(El País, 06-06-2025) | Fiscal

La escalada de precios de la vivienda dispara a máximos los ingresos de las comunidades

El mercado inmobiliario vive uno de sus momentos más dinámicos, y las comunidades autónomas están aprovechando esta coyuntura para aumentar significativamente su recaudación. El notable incremento en la compraventa de viviendas de segunda mano, unido al constante encarecimiento de los precios, ha llevado los ingresos fiscales relacionados con el sector inmobiliario a niveles récord. Según los últimos datos del Ministerio de Hacienda, en 2024 las autonomías ingresaron un total de 12.360 millones de euros a través del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y el de Actos Jurídicos Documentados (AJD), ambos aplicados a las operaciones de compraventa de inmuebles usados. Este volumen de ingresos representa un crecimiento del 14,8% con respecto al año anterior y un 1,5% más que en 2022, cuando se alcanzó un número récord de compraventas, aunque con precios más moderados. Ahora, el valor más alto de las viviendas está elevando las bases imponibles, lo que, según explica la economista María Cadaval, también incrementa directamente la recaudación. En la historia reciente del sector inmobiliario en España, se pueden distinguir dos etapas claras: una inicial, previa al estallido de la burbuja, con más de 700.000 ventas anuales dominadas por la obra nueva; y otra posterior a la crisis, con una fuerte caída de operaciones y precios. Desde entonces, con la excepción de la pandemia, el mercado ha ido recuperando fuerza hasta alcanzar su punto álgido en 2022, con más de medio millón de viviendas usadas vendidas. En 2024, aunque se registraron menos operaciones (unas 507.000 viviendas de segunda mano), los precios más altos compensaron esa caída, disparando la recaudación. El ITP y el AJD son tributos indirectos cuya gestión recae sobre las comunidades autónomas, que tienen margen para fijar sus tipos impositivos. El ITP grava la transmisión de bienes como viviendas usadas, préstamos hipotecarios o cesión de derechos, con tipos que varían entre el 6% y el 13% del valor de la operación, según la comunidad. El AJD, por su parte, se aplica a documentos notariales como escrituras y pólizas, con tipos entre el 0,5% y el 1,5%. Con precios en aumento y un volumen estable de transacciones, los ingresos por estos conceptos siguen al alza. Además, el valor catastral también influye, ya que puede utilizarse como base para calcular los impuestos si no es inferior al declarado. Todas las comunidades autónomas aumentaron su recaudación por estos conceptos. Los incrementos más destacados se produjeron en Aragón (25,7%), Madrid (23%) y Castilla y León (19%), regiones donde además aumentaron notablemente las ventas de segunda mano. En cambio, Galicia (4,3%), Baleares (5%) y Canarias (8,6%) mostraron crecimientos más moderados. En las islas, de hecho, se vendieron menos viviendas usadas, pero los precios más elevados compensaron esa bajada y elevaron la recaudación. Los datos del primer trimestre de 2025 indican que esta tendencia continuará: las comunidades ingresaron 3.307 millones de euros por ITP y AJD, un 31% más que en el mismo periodo del año anterior. Todo apunta a que 2025 será otro año destacado, con la vivienda de segunda mano manteniendo el protagonismo, debido a la lenta evolución del mercado de obra nueva. Según el Banco de España, se necesitarían unas 600.000 viviendas para cubrir la demanda actual, pero en 2024 apenas se concedieron 128.000 licencias de obra nueva. Con este escenario, la presión sobre la vivienda usada seguirá empujando tanto el número de operaciones como los precios. Así lo refleja también el informe de Presupuestos autonómicos de 2025 del Ministerio de Hacienda, que estima que las comunidades ingresarán un 14,3% más por ITP y AJD, hasta alcanzar los 12.588 millones de euros. Aunque cabe destacar que estas previsiones pueden quedarse cortas, ya que algunas regiones han prorrogado presupuestos anteriores y sus cifras no reflejan por completo la evolución actual del mercado. Un ejemplo claro es 2024, cuando las comunidades calcularon unos ingresos de 11.000 millones, y el resultado final fue muy superior.

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(El País, 06-06-2025) | Laboral

Medio millón de empleados no cobran sus horas extra

La frágil mayoría parlamentaria del Gobierno pone en riesgo la aplicación de la reducción de jornada laboral, una de las principales promesas del pacto entre PSOE y Sumar firmado en 2023. La falta de apoyo de Junts al proyecto que el Ministerio de Trabajo acordó con los sindicatos dificulta que la jornada laboral estándar se reduzca de 40 a 37,5 horas semanales. No obstante, existen otras modificaciones relacionadas con el tiempo de trabajo que podrían salir adelante sin necesidad de pasar por el Congreso. Entre ellas, el refuerzo del control del registro horario, una medida que el ministerio de Yolanda Díaz pretende aplicar mediante un real decreto, lo que permite su aprobación sin intervención legislativa. Esta iniciativa afecta directamente a los 459.900 asalariados que, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), realizaron horas extra no remuneradas en el primer trimestre del año. Esta cifra representa un aumento respecto al mismo periodo del año anterior (431.300) y también en comparación con 2023 (443.000). Aunque el número total de empleados ha crecido en los últimos años, lo que influye en las cifras absolutas, el porcentaje de trabajadores afectados también ha aumentado ligeramente: en el primer trimestre de 2025, el 2,5% de los asalariados realizaron horas extra sin cobrar, una décima más que el año anterior. Curiosamente, esta proporción supera incluso la de 2019, año en que el Gobierno del PSOE reformó el registro horario para hacerlo más riguroso. Según la normativa vigente, las empresas están obligadas a llevar un control diario de la jornada de cada trabajador, especificando las horas exactas de entrada y salida, y a conservar estos registros durante cuatro años. Además, deben estar accesibles tanto para los empleados como para la Inspección de Trabajo. Sin embargo, los inspectores aseguran que la aplicación de esta norma es deficiente. Según María José Díaz, presidenta de la Unión Progresista de Inspectores de Trabajo, la normativa permite a las empresas utilizar cualquier método para registrar la jornada, incluso aquellos fácilmente manipulables, como hojas en papel. Aunque existen sentencias judiciales que cuestionan estos sistemas poco fiables, su uso sigue siendo habitual debido a la falta de exigencias concretas en la ley. Otro dato preocupante es que la proporción de asalariados que no perciben compensación por sus horas extra ha empeorado. En el primer trimestre de 2025, el 50,5% de quienes realizaron horas extra no recibieron remuneración por todas ellas, lo que supone un incremento respecto al 48,7% del mismo periodo de 2024 y al 47,1% de 2019. El INE diferencia entre dos grupos dentro de ese 50,5%: un 42,6% de asalariados que no cobran ninguna de sus horas extra y un 7,9% que solo recibe pago por parte de ellas. En contraste, 450.200 asalariados, es decir, el 49,5% de quienes hacen horas extra, sí las cobran en su totalidad. En cuanto al volumen total de horas extraordinarias, en el primer trimestre de 2025 se realizaron semanalmente 3.316.000 horas extra pagadas y 2.566.000 impagadas. Esto significa que el 43,6% del total de horas extraordinarias no fueron remuneradas, una proporción mayor que en 2024 (41,2%) pero inferior a la registrada en 2019 (46,4%).

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(El País, 06-06-2025) | Laboral

Trabajo endurecerá por decreto el registro horario en las empresas aunque no se aprueben las 37,5 horas

La aprobación de la ley para reducir la jornada laboral máxima de 40 a 37,5 horas semanales se ha complicado notablemente, en gran parte debido a la presión ejercida por las organizaciones empresariales. A pesar de ello, la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, y su equipo siguen negociando con Junts, el principal escollo para sacar adelante esta medida. Desde el Ministerio de Trabajo no dan la batalla por perdida y, si finalmente la norma no logra salir adelante, ya tienen preparada una alternativa: implementar de forma unilateral, mediante un real decreto y sin necesidad de aprobación parlamentaria, una de las piezas clave del proyecto legislativo, la reforma del registro horario en las empresas. Este cambio, que puede hacerse mediante un reglamento aprobado en Consejo de Ministros, permitiría reforzar el control de las horas extra no pagadas, que son una práctica extendida en muchas empresas. Además, serviría como herramienta de presión en las negociaciones: las patronales, que se oponen frontalmente tanto a la reducción de jornada como al endurecimiento del registro horario, podrían verse forzadas a aceptar algún tipo de acuerdo si quieren influir en el diseño final de la ley. Si insisten en bloquear la norma a través de su influencia sobre Junts y otros grupos, el Gobierno dejará claro que al menos el registro horario saldrá adelante con o sin su apoyo. Desde el inicio de la legislatura, Sumar ha defendido que el recorte de la jornada debe ir acompañado de una revisión profunda del sistema de registro horario, instaurado de forma obligatoria desde mayo de 2019. Aunque esta reforma formaba parte del mismo paquete legislativo que la reducción de jornada y el derecho a la desconexión digital, no todas esas medidas necesitan pasar por el Parlamento: el registro puede actualizarse reglamentariamente. De hecho, en octubre del año pasado, el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ya admitía que compartía con UGT la idea de reformar el sistema de registro mediante un reglamento, incluso si la reducción de jornada no era aprobada. Esta vía ha ganado fuerza ante la creciente oposición empresarial, especialmente desde las patronales catalanas, que están presionando para frenar la ley y tienen una fuerte influencia sobre Junts. Aunque en el PSOE hay dudas sobre el éxito de las negociaciones, Yolanda Díaz mantiene la confianza y continúa los contactos con representantes de Junts, incluido Carles Puigdemont. Desde el Ministerio de Trabajo consideran que la estrategia de las patronales pasa por desacreditar públicamente la reducción de jornada, alertando sobre sus supuestas consecuencias económicas negativas, cuando en realidad su mayor preocupación es que un registro horario más estricto les impida seguir alargando jornadas sin pagar las horas extra. Por eso, el mensaje del Gobierno es firme: el refuerzo del control horario se aplicará sí o sí, con independencia de lo que ocurra en el Congreso con la jornada de 37,5 horas. En paralelo a las negociaciones parlamentarias, el Ejecutivo ya está elaborando el nuevo reglamento que detallará cómo debe llevarse a cabo este control horario. Entre los principales cambios, se exigirá que cada trabajador registre personalmente sus horas de entrada y salida, sin que pueda hacerlo un responsable o compañero. Además, el sistema deberá ser digital y contar con verificación de identidad. Los empleados también tendrán que indicar si las horas han sido efectivamente trabajadas o si han estado simplemente disponibles, así como si se trata de tiempo ordinario o extraordinario. Se establecerán nuevas obligaciones para garantizar el control: las representaciones legales de los trabajadores deberán tener acceso a los registros de forma periódica o participar en cualquier modificación de los mismos, lo que implicará un acceso electrónico seguro, con mecanismos como sellos de tiempo para garantizar su autenticidad. Asimismo, las empresas deberán asegurar el acceso inmediato y remoto a estos registros tanto para los trabajadores como para sus representantes sindicales y la Inspección de Trabajo. Esta reforma se apoyará en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, que habilita al Gobierno para regular el registro horario mediante reglamentos, así como en sentencias tanto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea como del Tribunal Supremo español que han perfilado los requisitos legales de este tipo de controles.

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(El Economista, 06-06-2025) | Laboral

La justicia ya obliga a registrar la jornada de las empleadas del hogar

La justicia española ya obliga a las personas que contratan a una empleada del hogar a registrar su horario laboral si trabaja a jornada completa. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) aplica la jurisprudencia que marcó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 19 de diciembre que indicó que la normativa española que excepciona a las empleadas de hogar del registro de jornada es contraria a la Directiva europea sobre la ordenación de los tiempos de trabajo ya que priva a estas empleadas de la posibilidad de determinar el número de horas efectivamente realizadas y su distribución en el tiempo. La sentencia, del pasado 6 de marzo, presiona al legislador a cambiar la norma para adaptarla a la europea ya que el Real Decreto-ley de 2019 por el que se establece la obligación de registrar el horario dejó fuera a estas trabajadoras. El Gobierno ya ha metido el registro de la jornada de estas empleadas dentro del Proyecto de Ley para reducir la jornada a 37,5 horas semanales que llegó a inicios de mayo al Congreso de los Diputados. No obstante, la aprobación de la norma apunta a estancarse en las Cortes ante el rechazo de PP, Vox y Junts a sacarla adelante. El TSJPV resuelve el caso de una empleada del hogar que fue despedida en febrero de 2021, tras cinco meses de contrato. El Juzgado de lo Social declaró el despido improcedente y obligó a los empleadores a indemnizar a la trabajadora con 364 euros más 934 euros por las vacaciones y pagas extras que se le debía. La empleada recurrió al TSJPV alegando que realmente había trabajado 79 horas semanales y no 40 horas, por lo que reclamaba una indemnización superior. El tribunal mandó una cuestión prejudicial al TJUE que se resolvió con la sentencia del 19 de diciembre de 2024. Ahora, el TSJPV estima el recurso de la trabajadora y concluye que "la obligación de registro del horario diario que establece el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores también se debe aplicar a la relación laboral especial del empleo doméstico, sin que ningún criterio interpretativo administrativo o judicial pueda excluir esta obligación legal". Asegura que las personas que contratan a estos trabajadores no están exentas de la obligación de registrar la jornada de trabajo. "Los empleadores domésticos han incumplido la obligación de registrar la jornada diaria de la trabajadora, impidiendo que esta última pueda probar, de manera objetiva, el número de horas trabajadas", dice el fallo. Asimismo, el tribunal advierte que exceptuar a estas empleadas del registro de jornada es discriminatorio por razón de género porque las coloca en una situación de "franca desventaja frente a los trabajadores masculinos en general", los cuales sí tienen derecho a dicho registro. "Tratándose de una mujer trabajadora, perteneciente a un colectivo claramente feminizado, empleadas de hogar, nos hallamos ante una discriminación indirecta por razón de sexo, puesto que la práctica o criterio de excluirla del registro de jornada no responde a una finalidad legítima, ni a un imperioso interés general, y le impide probar de manera objetiva y fiable la jornada que realmente ha venido realizando, a diferencia de los trabajadores varones", asevera la sentencia. Por tanto, reconoce a la empleada recurrente el horario de 79 horas semanales que había aducido y le concede una indemnización por despido improcedente de 4.183 euros más los respectivos intereses de demora.

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(El Economista, 06-06-2025) | Laboral

El 41% de los inscritos en una oficina de empleo se queda fuera de las cifras del paro

A pesar de la evolución positiva de la economía y del aumento en la creación de empleo, las cifras de desempleo aún no logran recuperar los niveles previos a 2008, año que marcó el inicio de la Gran Recesión. En mayo de este año se registraron 2,45 millones de personas en situación de desempleo, lo que todavía representa un 4,3% más que en el mismo mes de hace 17 años. Sin embargo, en este período se ha producido un notable incremento en el número de personas inscritas en los servicios públicos de empleo que, aunque no se consideran desempleados oficialmente, forman parte de la estadística. Este grupo alcanzó los 1,71 millones el pasado mayo, lo que supone un aumento del 73% respecto a 2008 y del 29% desde 2022, justo cuando la nueva reforma laboral comenzaba a aplicarse. Actualmente, estas personas representan el 41,1% del total de demandantes de empleo, una proporción que solo se había superado durante la pandemia. En total, en mayo había 4,17 millones de personas inscritas en las oficinas de empleo. Esto supone un 24,37% más que en mayo de 2008 y apenas un 1,94% menos que en 2022, a pesar de que el número de parados registrados ha descendido un 16% en los últimos tres años. Aunque el análisis del mercado laboral suele centrarse en la cifra de desempleo, el hecho de que el volumen total de inscritos apenas se haya reducido implica que la carga de trabajo en las oficinas de empleo sigue siendo prácticamente la misma, lo que pone en entredicho su efectividad. El elevado porcentaje de demandantes que no son considerados parados (41,1%) -una cifra solo superada en los mayos de 2020 y 2021, durante la plena aplicación de los ERTE por la pandemia- ha vuelto a poner el foco en la reforma laboral aprobada a finales de 2021, y plenamente vigente desde abril de 2022. Es importante señalar que ha cambiado el perfil de estos demandantes "no parados". La mayoría (1,14 millones) están catalogados como "ocupados", aunque seis de cada diez de ellos solo mantienen una relación contractual activa pero sin estar trabajando. Es decir, están en situación de suspensión del contrato, ya sea por estar incluidos en un ERTE o por tratarse de trabajadores con contrato fijo discontinuo que se encuentran inactivos hasta ser llamados nuevamente por la empresa. Este grupo ha crecido un 189,7% desde la entrada en vigor de la reforma laboral y un 653,9% desde 2008, alcanzando los 669.209 inscritos. En cambio, el número de ocupados realmente activos ha descendido un 11,9% en comparación con 2008 y un 21,36% desde la reforma laboral, situándose en 468.004 personas. Esto demuestra que no son estos trabajadores en activo los que explican la persistencia de un elevado número de demandantes de empleo. De hecho, se ha producido una situación llamativa: los demandantes sin empleo pero que no se contabilizan como parados han superado a los ocupados. En mayo, este grupo ascendía a 576.862 personas, la tercera cifra más alta registrada para ese mes tras los picos de 2020 y 2012. Esto supone un incremento del 52% respecto a 2008 y del 14% desde que se aprobó la reforma laboral. Este grupo incluye a personas que no cumplen con los criterios del paro registrado definidos en la Orden Ministerial de 11 de marzo de 1985. Según esta normativa, los trabajadores fijos discontinuos inactivos también están excluidos del paro, aunque en la práctica se contabilizan como demandantes con relación laboral. Dentro de los no ocupados se incluyen también personas con disponibilidad limitada, como quienes participan en cursos de formación, o aquellos que buscan empleos con condiciones muy específicas. En mayo, este subgrupo sumaba 374.073 personas. Además, se añadían otros 202.789 demandantes de empleo no ocupados (DENOS) que tampoco se consideran parados. Este colectivo abarca desde beneficiarios del subsidio agrario hasta estudiantes, así como personas inscritas en el sistema con una "alta especial" en la Seguridad Social, como emigrantes retornados, trabajadores desplazados, personas en excedencia o, de nuevo, trabajadores fijos discontinuos aún no reincorporados.

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(El Economista, 06-06-2025) | Laboral

Seguridad Social desoye a la Airef y excluye la reforma de la regla de gasto de las pensiones

Cuatro meses después de haber sido aprobado, el Ministerio de Seguridad Social ha introducido modificaciones al Real Decreto que regula el análisis de las pensiones por parte de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF). Estos cambios incorporan algunas de las recomendaciones emitidas por el organismo fiscal, y además solicitan un nuevo informe para 2026. Sin embargo, las modificaciones son limitadas y no incluyen la propuesta más relevante planteada por la AIReF: la revisión de la regla de gasto. Esta regla establece que el gasto medio neto en pensiones no debe superar el 13,3% del PIB entre 2022 y 2050. Cambiarla requeriría una ley formal aprobada por el Congreso, ya que un Real Decreto -como el que se ha modificado- solo puede desarrollar normas ya existentes y no tiene la capacidad de reformarlas de fondo. La reforma de pensiones impulsada por el exministro José Luis Escrivá fue evaluada por primera vez en marzo. Si no superaba dicha evaluación, el Gobierno estaría obligado a introducir ajustes. Aunque la AIReF aprobó la reforma, manifestó su desacuerdo con el uso de la regla de gasto como criterio de referencia, ya que considera que no refleja adecuadamente la sostenibilidad del sistema y limita su labor supervisora. Por eso, recomendó sustituirla por una metodología más ajustada a los objetivos del marco fiscal europeo y nacional. En su informe también alertó de que las reformas no habían mejorado sustancialmente la sostenibilidad del sistema. En particular, la AIReF solicitó al Ejecutivo que, al adaptar el marco fiscal nacional al europeo, se reconfigurase también la regla de gasto de pensiones, armonizándola con los plazos y metas comunitarias. Esta no es una demanda nueva: desde marzo de 2023 la institución ha advertido de las debilidades de esta regla, que depende excesivamente de los supuestos y metodologías aplicadas. En el análisis publicado este año, la AIReF reconocía que la regla limita el crecimiento del gasto, pero señalaba que su cumplimiento puede ofrecer una imagen distorsionada de la sostenibilidad. Es un criterio sensible al momento del análisis, no abarca el conjunto del sistema y es vulnerable a revisiones estadísticas. La crítica se profundiza al compararla con el marco europeo, que impone un límite general del 3% anual en el crecimiento del gasto primario neto entre 2025 y 2031. La regla española, en cambio, permite aumentos del 4% en el gasto en pensiones durante ese mismo periodo, lo que restringe la capacidad de gasto en otras partidas para cumplir los compromisos fiscales. El nuevo documento del Ministerio de Seguridad Social, publicado esta semana, introduce dos cambios clave en la evaluación de la AIReF: por un lado, amplía el alcance del análisis para incluir la sostenibilidad de las finanzas públicas a largo plazo (sin tocar la regla de gasto); por otro, elimina la referencia explícita a "del sistema" en las medidas de incremento de ingresos, excluyendo las transferencias estatales, como recomienda la Comisión Europea. Además, el decreto solicita a la AIReF la elaboración de un informe adicional antes del 1 de junio de 2025, para reflejar los impactos de los recientes cambios macroeconómicos y evaluar con más datos las reformas aplicadas, como la laboral. Este nuevo análisis será complementario al que el organismo ya realiza cada tres años. Según fuentes del Ministerio, esta medida responde a un esfuerzo de "transparencia" y no constituye una nueva evaluación formal, por lo que no implicaría la obligación de aplicar ajustes si el resultado fuera negativo. El propósito, añaden, es seguir las recomendaciones de la AIReF y la Comisión Europea, y reforzar la credibilidad del sistema de pensiones. Este informe, dicen, permitirá incorporar datos más recientes sobre crecimiento, empleo y los efectos de las reformas estructurales.

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(El Economista, 06-06-2025) | Laboral

La hostelería romperá por primera vez en verano la barrera de los dos millones de trabajadores

Este verano, la hostelería en España alcanzará un nuevo récord. Impulsado por el auge del turismo, el sector -que abarca bares, restaurantes y cafeterías- logrará por primera vez superar la cifra de dos millones de empleados. Ya en 2023 estuvo cerca de alcanzar ese hito, pero una temporada estival menos dinámica de lo previsto impidió rebasar esa marca. Sin embargo, este año el panorama es más favorable. Según los datos de afiliación a la Seguridad Social, en mayo ya se contaban 1,96 millones de trabajadores en el sector. José Luis Álvarez Almeida, presidente de Hostelería de España, sostiene que "todo indica que esta vez sí se superará esa barrera". Las previsiones de la patronal apuntan a que este máximo histórico en empleo vendrá acompañado también de un récord en facturación. Aun así, Álvarez Almeida hace un llamado a la cautela. "Es cierto que se está generando empleo y aumentando los ingresos, pero el verdadero problema está en la rentabilidad", advierte. En declaraciones a elEconomista.es, muestra su inquietud ante el encarecimiento de los costes de aprovisionamiento y de personal, que representan ya un 40% y un 33% de los gastos, respectivamente. A eso se suman alquileres, hipotecas y otros gastos fijos que reducen drásticamente los márgenes de beneficio. Además, la posible reducción de la jornada laboral promovida por el Gobierno podría agravar la situación. Álvarez Almeida señala que "los costes laborales ya se han incrementado un 12% y una jornada de 37,5 horas semanales supondría, según nuestras estimaciones, un aumento adicional de entre el 6% y el 9%". Este ajuste implicaría restar 12 días laborales al año, una carga significativa para autónomos y pequeñas empresas con pocos empleados. En su opinión, el principal reto ya no es tanto la escasez de personal, sino la falta de profesionales cualificados, especialmente cuando el cliente actual es más exigente. También destaca la creciente incidencia del absentismo laboral: "Hace falta una mejor gestión de las bajas médicas y una reorganización del sistema sanitario", afirma. En cuanto a la demanda interna, las perspectivas no son del todo optimistas, a la espera de la llegada masiva de turistas extranjeros en verano. El Barómetro "Momentos de consumo fuera del hogar", presentado recientemente por Aecoc, refleja que solo el 33% de los españoles ha incrementado su gasto en bares y restaurantes en 2025. La mayoría ha mantenido su nivel de gasto (45%), y un 22% incluso lo ha reducido por necesidad de ahorro o dificultades económicas. De hecho, de entre quienes siguen acudiendo a locales de hostelería, un 37% lo hace con menos frecuencia que el año pasado.

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(Cinco Días, 06-06-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El Banco Central Europeo (BCE) ha bajado los tipos de interés hasta el 2%

Una vez más, el Banco Central Europeo (BCE) ha optado por aplicar la misma medida que ha venido repitiendo en los últimos meses: una reducción de los tipos de interés de 25 puntos básicos. Este jueves se ha producido la séptima bajada consecutiva -la octava desde que se inició el ciclo de rebajas hace un año-, situando el tipo de interés en un 2%, el nivel más bajo desde diciembre de 2022. Christine Lagarde, presidenta del BCE, ofrecerá más información en una rueda de prensa a partir de las 14:45. El mercado ya daba por hecho este movimiento, con una probabilidad cercana al 100%, y el Consejo de Gobierno del BCE no encontró razones para contradecir esa expectativa. Detener las bajadas justo ahora, cuando la inflación ha descendido por debajo del simbólico 2%, mientras el euro gana fuerza, la energía baja de precio, los salarios se moderan y los servicios aflojan la presión sobre los precios, habría resultado difícil de justificar. Tampoco se esperaba una bajada más agresiva, de medio punto porcentual, sobre todo porque el BCE ya ha liderado entre los grandes bancos centrales el proceso de reducción de tipos -acumulando una rebaja de 200 puntos básicos en un año, el doble que la Reserva Federal o el Banco de Inglaterra. Avanzar demasiado rápido podría ser arriesgado: persisten amenazas para la estabilidad de precios, como un posible fracaso en las negociaciones comerciales entre la UE y EE. UU., cuyo plazo expira el 9 de julio, y que podría desembocar en una escalada de aranceles perjudicial para ambas partes. Al igual que en sus anteriores revisiones -en septiembre, diciembre y marzo-, el BCE ha vuelto a ajustar a la baja sus previsiones de crecimiento económico, aunque de forma mínima esta vez. Se espera que la economía de la eurozona crezca un 0,9% en 2025 (igual que antes), un 1,1% en 2026 (una décima menos), y un 1,3% en 2027, sin cambios. Aunque el comunicado oficial no menciona a Donald Trump, se intuye que sus amenazas arancelarias han influido en estas revisiones. No obstante, el BCE confía en que otros factores amortigüen el impacto. En palabras del organismo: "Aunque la incertidumbre sobre las políticas comerciales puede afectar negativamente a la inversión empresarial y a las exportaciones en el corto plazo, el incremento del gasto público en defensa e infraestructuras debería sostener el crecimiento a medio plazo". En este contexto, ha ganado notoriedad un acrónimo que circula entre analistas: TACO (Trump Always Chickens Out), que sugiere que el expresidente estadounidense suele recular en sus amenazas más duras, como ya ocurrió con las tarifas a China o sus intentos de destituir a Jerome Powell, presidente de la Reserva Federal. Si se repite el patrón, podría retirarse también de la imposición de aranceles a Europa. Sin embargo, el BCE prefiere mantener la cautela y sigue considerando que el entorno comercial supone un riesgo real para la recuperación. Por el lado de los precios, el panorama también mejora. Las nuevas proyecciones del BCE sitúan la inflación media de 2024 en el 2% (anteriormente 2,3%), la de 2026 en el 1,6% (por debajo del 1,9% estimado antes), y para 2027 se mantiene en el 2%. Esta evolución se atribuye, entre otros factores, al fortalecimiento del euro, al abaratamiento del petróleo y a una fuerte caída del precio del gas en el índice TTF holandés, que ha descendido casi un 40% desde su punto máximo en febrero. Ante esta situación, las proyecciones futuras dependen en buena medida de que las tensiones comerciales entre la Unión Europea y Estados Unidos no escalen. Si se evita una confrontación, el BCE podría continuar con su política monetaria flexible. De hecho, el descenso de la inflación en mayo al 1,9% refuerza esta estrategia gradual de bajadas de tipos, sin que se observen efectos inflacionarios adversos. Según Bloomberg Economics, el desvío de productos chinos hacia Europa -como resultado de las restricciones en EE. UU.- podría reducir la inflación en la eurozona en hasta cuatro décimas este año y el próximo. Los mercados financieros ya anticipan entre uno y dos nuevos recortes de tipos antes de que termine 2025, con septiembre y diciembre como fechas clave. Esta tendencia también se está reflejando en el euríbor, que está a punto de situarse por debajo del 2% por primera vez desde septiembre de 2022, lo que supondría un alivio importante para quienes tienen hipotecas variables y facilitaría el acceso al crédito inmobiliario. Entre los elementos que más han contribuido a esta mejora en los precios destacan varias partidas que preocupaban al BCE. La inflación en el sector servicios ha bajado del 4% al 3,2%, el nivel más bajo en más de tres años; los salarios pactados en convenios se han moderado del 4,1% al 2,4%; y la inflación subyacente -que excluye componentes volátiles como energía, alimentos, alcohol y tabaco- descendió en mayo del 2,7% al 2,3%. Estos datos refuerzan la percepción de que la desaceleración inflacionaria es sólida y permite continuar con los ajustes monetarios sin grandes riesgos.

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(Expansión, 06-06-2025) | Mercantil, civil y administrativo

España y otros seis países lanzaron ayer el primer marco conjunto de instrumentos de inversión comunes

El nuevo distintivo europeo, denominado Finance Europe, fue aprobado este lunes en París por los ministros de Economía de España, Carlos Cuerpo, y de Francia, Éric Lombard, principales impulsores de la iniciativa, junto con sus homólogos de Alemania, Países Bajos, Portugal, Luxemburgo y Estonia. En el acto también participaron destacados representantes del sector financiero europeo, entre ellos bancos, aseguradoras y asociaciones empresariales. La Unión Europea dispone de un volumen de ahorro de los hogares que ronda los 35 billones de euros, aunque cada año se desvían alrededor de 300.000 millones hacia Estados Unidos, según estima el informe Letta. Además, buena parte del capital restante tampoco se canaliza de forma eficaz hacia inversiones productivas dentro de la propia UE. Ante esta situación, los siete países firmantes han puesto en marcha un marco común destinado a facilitar la creación de productos financieros orientados a aprovechar ese ahorro interno, reforzar el mercado único y dirigir los recursos privados hacia sectores clave como la innovación, la transición ecológica y digital, la defensa y la autonomía estratégica de Europa. Los productos financieros que se ajusten a este nuevo marco podrán recibir incentivos fiscales a nivel nacional para aumentar su atractivo entre los inversores. A cambio, deberán cumplir tres condiciones fundamentales: Al menos el 70% de los activos deben estar invertidos en empresas europeas; Se exigirá un compromiso mínimo de inversión de cinco años y Una parte importante de la cartera deberá estar destinada a renta variable, sin garantía de capital, con el fin de fomentar la inversión productiva y estimular el crecimiento económico. Según el Ministerio de Economía, "una mayor implicación de los ciudadanos en los mercados de capitales permitirá también una gestión del ahorro más eficiente". El sello podrá aplicarse tanto a nuevos productos como a instrumentos ya existentes que se adapten a los criterios establecidos. El sistema está diseñado para ser simple y descentralizado, de modo que bancos, aseguradoras y otros intermediarios financieros podrán ofrecer productos bajo la etiqueta Finance Europe, siempre que cumplan las reglas del marco común. Las autoridades nacionales competentes serán las encargadas de vigilar que se respeten estas normas, lo que garantizará la transparencia y la credibilidad del nuevo distintivo. Se prevé que más países se sumen próximamente a la iniciativa. Durante el acto de presentación, Carlos Cuerpo calificó el sello como "una herramienta innovadora y muy necesaria para movilizar fondos privados frente a los desafíos actuales de la Unión Europea". Además, propuso continuar el trabajo conjunto, en coordinación con la Comisión Europea y otras instituciones internacionales, para impulsar nuevas medidas dentro del proceso de integración de la Unión Bancaria y del Mercado de Capitales.

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(Expansión, 05-06-2025) | Fiscal

La declaración del Impuesto sobre Sociedades de 2024 comienza el 1 de julio

El próximo 1 de julio comenzará una nueva campaña del Impuesto sobre Sociedades, en la que todas las empresas deberán presentar el modelo 200 correspondiente al ejercicio 2024. Aunque en esta declaración todavía no será posible aplicar los nuevos tipos reducidos para pymes y microempresas que entraron en vigor el 1 de enero, el Registro de Economistas Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas ha señalado hasta siete cambios relevantes para tener en cuenta. Uno de los principales cambios afecta a las donaciones realizadas por las empresas, ya que este año el porcentaje de deducción en la cuota íntegra aumenta hasta el 40% de la base de deducción. Además, si en los dos ejercicios anteriores se realizaron donaciones por importes iguales o superiores al de este año a la misma entidad, ese porcentaje podría llegar al 50%. En cualquier caso, el límite de la deducción seguirá siendo del 15% de la base imponible. Otra novedad es la posibilidad de aplicar la amortización libre, en lugar de acelerada, para inversiones en determinados vehículos eléctricos e híbridos enchufables, así como para la instalación de puntos de recarga. Esta medida, recogida en el Real Decreto-ley 4/2024, se aplica a las inversiones que comiencen a funcionar en los ejercicios iniciados en 2024 y 2025. También se han introducido modificaciones en la reserva de capitalización. A partir de esta campaña, el incremento de los fondos propios que puede reducir la base imponible será del 15% y el periodo obligatorio para mantener dicha cantidad se reduce de cinco a tres años. En la próxima campaña, correspondiente al ejercicio 2025, esta reducción podrá alcanzar el 20% y, en el caso de empresas que aumenten su plantilla en al menos un 10%, hasta el 30%. En relación con los gastos no deducibles, no se podrá incluir como gasto deducible el importe correspondiente al Impuesto Complementario que establece un mínimo de tributación global para grupos multinacionales y grandes empresas, ni tampoco el impuesto sobre márgenes de intereses y comisiones aplicable a ciertas entidades financieras. En cuanto a la compensación de bases imponibles negativas, tras la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló los límites anteriores, se vuelven a establecer topes diferenciados según el volumen de facturación. Las empresas que facturen entre 20 y 60 millones de euros podrán compensar pérdidas hasta un 50% de la base imponible, las que superen los 60 millones sólo hasta el 25%, mientras que las que facturen menos de 20 millones podrán hacerlo hasta el 70%. Respecto a las deducciones para evitar la doble imposición, se vuelve a fijar un límite del 50% de la cuota íntegra para las deducciones por doble imposición internacional o interna, generadas o pendientes de aplicar. Este límite solo afecta a las sociedades con una facturación superior a los 20 millones de euros en los doce meses previos al inicio del ejercicio fiscal. Finalmente, y como consecuencia de otra sentencia del Tribunal Constitucional, desde este ejercicio las empresas deberán revertir de forma lineal los deterioros de valor de participaciones que fueron deducibles antes de 2013. A partir de ahora, estas reversiones deberán integrarse en la base imponible de manera igual en cada periodo impositivo iniciado desde el 1 de enero de 2024, en lugar de hacerlo en cinco partes como hasta ahora.

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