(Cinco Días, 07-09-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Las energéticas dispararán su beneficio en 2026 gracias a los precios récord en gas y petróleo

Iberdrola, Endesa, Naturgy, Repsol y Moeve, antigua Cepsa, sumaron en 2023 un beneficio neto conjunto de 10.466 millones de euros. Ese año, el Gobierno decidió aplicar a estas compañías un gravamen extraordinario al considerar que estaban obteniendo ganancias adicionales como consecuencia de los elevados precios energéticos provocados por la invasión rusa de Ucrania. Sin embargo, en los seis primeros meses de 2026, las cinco grandes energéticas ya acumularon 9.863 millones de euros de beneficio, una cifra prácticamente equivalente a la registrada en todo 2023 pero conseguida en apenas la mitad de tiempo. Las previsiones de analistas y expertos apuntan, además, a que los resultados podrían mejorar durante la segunda parte del ejercicio, después de los máximos alcanzados durante el verano por los precios de la electricidad, el gas y los carburantes. Tampoco se espera una relajación significativa de los mercados energéticos en los próximos meses, en un contexto marcado por la incertidumbre derivada de la guerra iniciada por Estados Unidos e Israel a finales de febrero. Las propias compañías mantienen sus objetivos para el conjunto del año y algunas incluso anticipan una evolución más favorable de la prevista inicialmente. De cumplirse estas expectativas, las principales energéticas del Ibex-35 podrían cerrar 2026 con un beneficio histórico cercano a los 20.000 millones de euros. Esta cifra supondría más del doble de las ganancias obtenidas tres años antes y más de un 50% por encima de las registradas en 2025, cuando la situación en Oriente Próximo era mucho más estable. Este escenario ha reactivado las peticiones para establecer un nuevo impuesto sobre los beneficios extraordinarios de las compañías energéticas. Quienes defienden esta medida consideran que una parte importante de estas ganancias está relacionada con el impacto de la guerra en Oriente Próximo, al que se suma la destrucción de infraestructuras energéticas en Rusia, que también está contribuyendo a mantener la presión sobre los precios. Las voces favorables a elevar la fiscalidad sobre el sector han aumentado en las últimas semanas. La vicepresidenta de la Comisión Europea, Teresa Ribera, planteó recientemente la posibilidad de incrementar la fiscalidad sobre los combustibles para contribuir a financiar las inversiones necesarias para afrontar la emergencia climática. Ribera cuestionó la diferencia entre los elevados beneficios privados obtenidos por las petroleras y el coste que el cambio climático genera para el conjunto de la sociedad, y defendió abrir un debate sobre una posible fiscalidad global o europea sobre el petróleo. En una línea similar se pronunció el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, quien calificó de irresponsable mantener el consumo de combustibles fósiles ante la emergencia climática. El jefe del Ejecutivo también advirtió de que la dependencia energética supone una debilidad para los países. El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, ha sido todavía más explícito al reclamar que las empresas que están obteniendo mayores beneficios como consecuencia de la crisis contribuyan también a aliviar sus efectos. A finales de agosto, España, Alemania, Italia, Austria y Polonia volvieron a reclamar a la Unión Europea la creación de un impuesto extraordinario sobre los beneficios obtenidos por las petroleras como consecuencia del conflicto en Oriente Próximo. Esta petición se suma a otra iniciativa planteada en abril por Cuerpo junto a sus homólogos de Alemania, Italia, Austria y Portugal para establecer un tributo coordinado a escala europea. Los ministros sostienen que las petroleras están registrando una elevada rentabilidad y que sus márgenes en los productos refinados han aumentado incluso por encima de la subida del precio del crudo. El objetivo de la propuesta es establecer un mecanismo común que permita que las empresas beneficiadas por la crisis contribuyan a reducir el impacto económico que soportan los ciudadanos y las Administraciones públicas. La presión también llega desde los partidos que forman parte del espacio de la izquierda. Sumar y Podemos han reclamado medidas para limitar el precio de los carburantes y establecer un impuesto sobre los beneficios de las compañías energéticas, a las que acusan de beneficiarse del repunte de la inflación y, especialmente, del encarecimiento del petróleo. Podemos plantea además controles sobre determinados precios de los alimentos. Tras el inicio de la guerra entre Estados Unidos e Irán, el Ejecutivo aprobó un Real Decreto-ley para hacer frente al impacto económico del conflicto y posteriormente prorrogó parte de sus medidas en junio. Entre ellas se incluyeron diferentes ayudas y rebajas fiscales sobre los consumos energéticos. La reducción fiscal aplicada a los carburantes continúa vigente en septiembre, aunque se ha ido reduciendo progresivamente durante los últimos meses. Pese a estas actuaciones, los precios no han dejado de aumentar y la inflación alcanzó en agosto el 4,3%, su nivel más elevado de los últimos tres años. El paquete de medidas aprobado por el Gobierno expira este mes. Cualquier prórroga de las rebajas o la aprobación de nuevas actuaciones, entre ellas un eventual impuesto adicional a las energéticas, necesitaría el respaldo del Congreso de los Diputados, algo que no se presenta sencillo para el Ejecutivo. La creación de nuevos impuestos sobre las grandes empresas se ha convertido en uno de los asuntos más complejos para el Gobierno en los últimos años. Algunos de sus socios parlamentarios, entre ellos el PNV y Junts, se han mostrado contrarios a establecer cargas adicionales sobre las grandes compañías energéticas. En el caso del País Vasco, empresas como Iberdrola y Repsol tienen además una especial relevancia económica. El Ejecutivo ya intentó prolongar el gravamen extraordinario sobre las energéticas en 2025, pero la iniciativa no consiguió salir adelante en el Parlamento. El enfrentamiento llegó incluso al ámbito empresarial: durante el Foro de Davos de enero de 2025, Sánchez mantuvo un encuentro con representantes de grandes compañías del Ibex y llegó a bromear con el consejero delegado de Repsol, Josu Jon Imaz, sobre la votación parlamentaria que había impedido prorrogar el impuesto. Las compañías afectadas no cuestionan los elevados beneficios que están obteniendo actualmente, pero recuerdan que estos resultados deben analizarse dentro de una perspectiva más amplia. Desde una de ellas señalan que el Gobierno probablemente intentará impulsar nuevos impuestos, aunque también destacan las fuertes inversiones realizadas durante años y las pérdidas registradas en otros ejercicios. La capacidad del Ejecutivo para aprobar una nueva fiscalidad sobre el sector dependerá, por tanto, de su margen parlamentario. El escenario será especialmente complicado en un año previo a las elecciones, marcado por una inflación elevada, la evolución de los precios energéticos y las decisiones que pueda adoptar la Administración de Donald Trump, mientras aumenta la preocupación de los hogares por el encarecimiento de los productos y servicios básicos.

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(Cinco Días, 07-09-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La morosidad bancaria de las empresas toca mínimos, pero el 60% sufre el golpe de los impagos de sus clientes

La morosidad bancaria en España se encuentra en niveles mínimos desde 2008, una evolución que también se refleja en el ámbito empresarial. Los créditos dudosos de las compañías han disminuido un 22,7% desde 2023 y representan ya el 3,14% del volumen total de financiación concedida, según los datos del Banco de España. Sin embargo, esta mejora no se traslada por completo a las relaciones comerciales entre empresas. Un informe elaborado por Gestión de Riesgo de Crédito y Caución e Iberinform, publicado a finales de julio, señala que seis de cada diez compañías españolas se ven perjudicadas por la morosidad. Para el 48%, el problema supone una reducción de ingresos, mientras que un 23% afronta un aumento de los costes financieros y un 8,1% considera que la situación puede llegar a comprometer la continuidad de su negocio. Antes de que se produzca un impago, el principal problema es el retraso en los cobros. Las administraciones públicas, que por ley deberían abonar sus facturas en un máximo de 30 días, tardaron una media de 70 días en pagar durante el pasado año, según el último informe de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), publicado en abril. Es el plazo más elevado desde 2020. En el caso de las empresas privadas, el periodo medio de pago alcanzó los 67 días, tres más que el año anterior y por encima de los 60 días establecidos legalmente. Además, un 26% de las compañías percibió durante el último año un alargamiento de los plazos. Aun así, la PMcM destaca que el porcentaje de facturas que finalmente quedaron impagadas se redujo del 5,2% al 3,3% en 2025. Las diferencias entre empresas según su tamaño también se reflejan en su capacidad para fijar las condiciones de pago. Según el estudio de Crédito y Caución e Iberinform, solo el 14% de los autónomos consigue establecer sus propios plazos, frente al 36% de las pequeñas y medianas empresas y el 46% de las grandes compañías. Estas últimas, además, presentan un comportamiento especialmente desfavorable en materia de pagos: de acuerdo con los datos de la PMcM publicados en abril, apenas el 15% cumple con los plazos establecidos por la legislación. La aparente contradicción entre una caída de los impagos y el aumento de los periodos de cobro tiene una explicación relacionada con la gestión de la liquidez. Francisco Rodríguez, director de estudios financieros de Funcas, señala que cuando una empresa atraviesa dificultades de tesorería suele priorizar el cumplimiento de sus obligaciones con los bancos, ya que necesita mantener abiertas sus vías de financiación. El retraso se traslada después a los proveedores, que terminan convirtiéndose de facto en financiadores involuntarios del circulante. Rodríguez descarta, sin embargo, que esta situación responda a un descenso generalizado de las ventas y recuerda que la encuesta SAFE sobre acceso a la financiación refleja una economía empresarial resistente. La presión se concentra especialmente en los costes. Entre ellos destacan los laborales y las cotizaciones sociales, además del gasto energético en determinados sectores. A esto se suma que, aunque los tipos de interés hayan comenzado a descender, muchas compañías han tenido que refinanciar su deuda durante los últimos años a tipos superiores a los que soportaban antes del endurecimiento monetario. De esta forma, una empresa puede aumentar sus ventas y, al mismo tiempo, encontrarse con problemas de liquidez si sus costes crecen a mayor velocidad o si sus márgenes se reducen. El sector de la construcción es uno de los que soporta con mayor intensidad esta situación. Según un informe de Equifax publicado en junio, concentra el 16,1% de las empresas españolas que se encuentran en concurso de acreedores, solo por detrás del comercio. La Confederación Nacional de la Construcción (CNC) advierte de que el incremento de los precios de los materiales y de la energía, especialmente condicionado por la crisis en Oriente Próximo, está agravando las dificultades del sector. La patronal reclama recuperar un mecanismo de revisión de precios en los contratos de obra pública, eliminado por el Gobierno en 2015. Sin esta posibilidad, un aumento de los costes de materiales o energía no modifica el importe acordado inicialmente, lo que reduce directamente el margen de los contratistas. El presidente de la CNC, Pedro Fernández Alén, explica que esta presión acaba trasladándose a lo largo de toda la cadena de proveedores. Las empresas priorizan el pago a las entidades financieras porque necesitan mantener su acceso al crédito, mientras que los retrasos terminan afectando a subcontratistas y proveedores. Fernández Alén asegura que algunas compañías están optando incluso por ralentizar de forma discreta la ejecución de sus obras a la espera de que los precios se moderen. La CNC solicitó formalmente a finales de julio al Ministerio de Hacienda que restablezca el mecanismo de revisión de precios y espera recibir una respuesta durante septiembre. Para Funcas, no obstante, todavía no existen motivos suficientes para hablar de una situación de alarma. El alargamiento de los plazos de pago no implica necesariamente que vaya a producirse un repunte de los impagos, aunque sí constituye una señal que debe vigilarse. La situación adquiriría una dimensión diferente si en los próximos meses los retrasos coincidieran con un deterioro de los márgenes empresariales, un aumento de los concursos de acreedores, un endurecimiento del acceso al crédito y un repunte de los préstamos dudosos. La cuestión fundamental será determinar si se trata únicamente de un problema de circulante derivado del aumento de los costes y de los plazos de cobro o si, por el contrario, supone el inicio de un deterioro financiero más profundo.

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(Expansión, 07-09-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Las exportaciones agroalimentarias españolas a Estados Unidos cayeron un 10% en 2025 por los aranceles

Las exportaciones españolas de productos agroalimentarios y pesqueros hacia Estados Unidos cayeron un 10% en 2025, hasta situarse en 3.256 millones de euros, de acuerdo con los datos del Informe Anual de Comercio Exterior Agroalimentario y Pesquero 2025 elaborado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. El retroceso se produjo en un contexto marcado por las tensiones comerciales y las dificultades derivadas de la política arancelaria impulsada por la Administración de Donald Trump. A comienzos de año, además, los importadores realizaron operaciones de acopio de mercancías ante la incertidumbre sobre la evolución de los aranceles, pero este movimiento no evitó el descenso de las ventas españolas al mercado estadounidense. Pese a esta caída, Estados Unidos continuó siendo en 2025 el segundo mayor destino de los productos agroalimentarios españoles fuera de la Unión Europea, solo por detrás de Reino Unido. Las exportaciones al mercado británico alcanzaron los 5.241 millones de euros, aunque también registraron un ligero descenso, cercano al 1%. La evolución del comercio estuvo condicionada por el giro de la política comercial estadounidense tras la victoria de Trump en las elecciones presidenciales de noviembre de 2024. Washington estableció en abril de 2025 un arancel general del 10% y, posteriormente, Estados Unidos y la Unión Europea acordaron a finales de julio un tipo máximo general del 15%, que comenzó a aplicarse a mediados de agosto, con algunas excepciones para determinados productos considerados estratégicos. Este endurecimiento de las condiciones comerciales elevó el arancel medio aplicado por Estados Unidos a las importaciones agrícolas procedentes de todo el mundo desde menos del 4% hasta superar el 16%, el nivel más alto desde 1930. A pesar del descenso global de las exportaciones, algunos productos españoles mantienen una posición destacada en Estados Unidos. Es el caso del aceite de oliva, del que el mercado estadounidense fue en 2025 el segundo mayor comprador mundial de producto español, con adquisiciones por valor de 970,55 millones de euros, solo por detrás de Italia. Las bebidas también tienen una importante presencia en el mercado estadounidense, que se situó como el quinto destino mundial y el segundo fuera de la Unión Europea. El vino concentra buena parte de estas ventas, con exportaciones por 374,71 millones de euros. Las conservas vegetales ocuparon asimismo una posición destacada entre los productos más vendidos, especialmente las elaboradas a partir de legumbres y hortalizas. En sentido contrario, las importaciones españolas de productos agroalimentarios procedentes de Estados Unidos aumentaron un 24% durante 2025, hasta alcanzar los 2.568 millones de euros. Entre las principales compras destacaron el maíz, por un valor de 772,58 millones de euros, y la soja, con 504,97 millones. El incremento de las compras a Estados Unidos, unido a la reducción de las exportaciones españolas hacia ese país, provocó una notable reducción del superávit comercial agroalimentario de España con el mercado estadounidense.

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(Expansión, 04-09-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El PMI de la eurozona en agosto sin cambios, con España e Italia como motores de crecimiento

La actividad del sector privado de la zona euro permaneció estable en agosto, con el índice PMI compuesto situado en 52 puntos, el mismo nivel registrado en julio y una décima por debajo de la estimación preliminar publicada días atrás. El dato confirma que la economía de la región experimentó en agosto su mayor ritmo de expansión de los últimos ocho meses y se mantuvo cerca de su media histórica, situada en 52,3 puntos. El mercado laboral también ofreció señales positivas, ya que el empleo aumentó por primera vez en lo que va de año, favorecido por el crecimiento de las ventas netas. Mientras tanto, las presiones sobre los precios se mantuvieron prácticamente sin cambios durante el mes, gracias a una ligera moderación de los costes de los insumos y a un incremento de los precios de venta. A pesar de ello, la inflación continúa en niveles elevados como consecuencia del impacto de la guerra de Irán sobre la energía. España e Italia se consolidaron como los principales motores del crecimiento de la zona euro, con una notable expansión de su actividad. Alemania también mejoró sus registros, aunque su avance siguió siendo moderado, mientras que Francia encadenó su octavo mes consecutivo de contracción de la actividad empresarial. Según Chris Williamson, economista jefe de S&P Global Market Intelligence, los datos de agosto apuntan a que la zona euro mantiene una trayectoria de crecimiento sólido durante el tercer trimestre. La recuperación de la industria ganó intensidad y los servicios consiguieron superar la debilidad que habían mostrado inicialmente tras el repunte de los precios energéticos provocado por el conflicto en Oriente Próximo. Williamson también advirtió de que la evolución de los precios apunta a una pérdida de impulso en el proceso de desinflación iniciado meses atrás. Esta circunstancia, combinada con la resistencia mostrada por la actividad económica, podría llevar al Banco Central Europeo a valorar un endurecimiento de su política monetaria en su próxima reunión. Los mercados ya contemplan la posibilidad de una subida de los tipos ante el repunte de la inflación asociado al conflicto con Irán.

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(El Economista, 04-09-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La Comisión Europea quiere archivar las denuncias contra España sobre el IRPH

La Comisión Europea se prepara para cerrar el expediente iniciado a raíz de las numerosas denuncias presentadas contra España por la aplicación de la normativa europea sobre cláusulas abusivas en determinados procedimientos relacionados con el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH). Bruselas ha optado, de momento, por no iniciar un procedimiento de infracción y esperar a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) vuelva a pronunciarse sobre esta cuestión. Las reclamaciones ponen en duda que varias decisiones judiciales españolas sean compatibles con la Directiva europea sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores. Entre las resoluciones cuestionadas figuran las sentencias 1590/2025 y 1591/2025 del Tribunal Supremo, dictadas el 11 de noviembre de 2025. La Comisión Europea no respalda de forma expresa la interpretación realizada por el Tribunal Supremo. Su decisión de no avanzar por ahora con un procedimiento de infracción se explica porque ya hay una cuestión prejudicial ante el TJUE que plantea esencialmente los mismos interrogantes jurídicos. El procedimiento, registrado como asunto C-297/26, fue planteado por la Sección Civil número 15 del Tribunal de Instancia de Palma y enviado al tribunal europeo el pasado 7 de abril. El objetivo es que Luxemburgo determine qué criterios deben aplicar los tribunales españoles para valorar tanto la transparencia como el posible carácter abusivo de las cláusulas hipotecarias vinculadas al IRPH. La cuestión prejudicial hace referencia expresamente a las dos sentencias del Supremo objeto de las denuncias. Por ello, la Comisión entiende que iniciar ahora un procedimiento de infracción no contribuiría a resolver con mayor rapidez el conflicto. La comunicación de Bruselas tampoco implica que las reclamaciones hayan quedado definitivamente archivadas. Los denunciantes dispondrían previsiblemente hasta octubre para presentar nuevos datos o argumentos que puedan llevar a la Comisión a modificar su posición. Si no aparecen elementos relevantes, Bruselas podrá proceder al cierre formal del expediente. La Comisión mantiene además la posibilidad de actuar en el futuro, una vez que el TJUE dicte su sentencia. No obstante, recuerda que no tiene capacidad para revisar decisiones judiciales nacionales concretas ni para resolver disputas individuales entre bancos y consumidores. Por tanto, quienes reclamen la devolución de cantidades o una eventual indemnización deberán hacerlo ante los tribunales españoles. La presentación de una denuncia ante las instituciones europeas tampoco paraliza los plazos establecidos en España para iniciar acciones judiciales, por lo que los afectados deben respetar igualmente los plazos nacionales. El IRPH ha generado durante años una elevada conflictividad judicial entre clientes y entidades financieras. Este índice se utilizó como referencia en numerosos préstamos hipotecarios a interés variable y, en términos generales, se situó por encima del euríbor. El TJUE empezó a fijar criterios sobre el análisis de estas cláusulas en marzo de 2020, en el conocido asunto Gómez del Moral Guasch. Posteriormente volvió a pronunciarse en 2021, 2023 y diciembre de 2024, cuando estableció nuevos criterios relacionados con la información que las entidades debían proporcionar a los consumidores antes de contratar. A raíz de esta última resolución europea, el Tribunal Supremo dictó en noviembre de 2025 sus primeras sentencias específicas sobre el IRPH. El alto tribunal rechazó que pudiera declararse la nulidad de forma generalizada y señaló que tanto la transparencia de la cláusula como su posible abusividad deben analizarse teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada contrato. Ahora corresponde al TJUE aclarar una de las cuestiones centrales del conflicto: si es suficiente con que el contrato remita a la normativa aplicable y a las publicaciones oficiales relativas al IRPH o si, por el contrario, las entidades financieras estaban obligadas a explicar directamente al cliente las características del índice y las consecuencias económicas que podía tener para su préstamo.

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(Expansión, 03-09-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Los bancos españoles reclaman a bufetes y asesorías rebajas de tarifas por la IA

Los bancos españoles están empezando a replantearse el coste de los servicios que externalizan a bufetes de abogados, auditoras y consultoras a medida que la inteligencia artificial gana presencia en estas actividades. Algunas entidades están negociando una reducción de las tarifas o, alternativamente, una ampliación de los servicios recibidos cuando los proveedores utilizan herramientas de IA para mejorar su productividad. El objetivo es contener los costes en un contexto en el que el gasto tecnológico de las entidades continúa aumentando, al tiempo que se busca elevar la eficiencia. Esta estrategia todavía es incipiente en España, pero ya está más avanzada en Estados Unidos, donde grandes bancos de Wall Street como Goldman Sachs, Morgan Stanley o Citi han alcanzado acuerdos con despachos jurídicos para ajustar sus honorarios al considerar que la IA permite realizar determinadas tareas de forma más rápida. El modelo tradicional de la abogacía, basado en facturar por horas trabajadas, empieza así a verse cuestionado por las ganancias de productividad que aporta esta tecnología. En España, algunas entidades ya están trasladando estas nuevas exigencias a sus proveedores. Hay bancos que consideran que las herramientas de IA son capaces de realizar análisis preliminares o ejercicios de comparación entre entidades con un nivel similar al de técnicos y analistas. Por ello, reclaman que esa mayor productividad se traduzca en más servicios, como automatizaciones para supervisar proyectos o un mayor número de propuestas y alternativas. Cuando el proveedor no ofrece un incremento de las prestaciones, la opción que se plantea es renegociar los honorarios. La expansión de la IA también está favoreciendo que algunas entidades internalicen trabajos que hasta ahora encargaban a despachos externos, especialmente en procesos como las due diligence. Mientras los asuntos jurídicos más complejos continúan en manos de asesores externos, las tareas repetitivas o de menor valor añadido pueden pasar a realizarse dentro del propio banco con ayuda de estas herramientas. Este cambio está provocando, en determinados casos, una revisión del importe global de las facturas. De hecho, algunos clientes financieros ya incorporan en contratos vinculados a operaciones de fusiones y adquisiciones cláusulas que contemplan una reducción de los honorarios cuando el despacho utiliza inteligencia artificial durante la operación. Sin embargo, esta práctica todavía no se ha generalizado entre las entidades españolas. Otros bancos ponen el foco en el valor adicional que puede aportar la tecnología y no tanto en conseguir una rebaja de precios. Desde esta perspectiva, la IA permite mejorar la precisión de determinados análisis, ampliar la capacidad de búsqueda y aumentar el grado de especialización del servicio. Los proveedores de servicios profesionales, por su parte, defienden precisamente el argumento contrario. Algunas firmas han incrementado sus tarifas porque consideran que las inversiones realizadas en tecnología han elevado la calidad y sofisticación de sus servicios. Su posición es que los clientes ya no están pagando únicamente por horas de trabajo, sino por análisis y búsquedas apoyados en herramientas avanzadas que permiten obtener resultados más precisos y especializados.

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(El País, 03-09-2026) | Mercantil, civil y administrativo

España apurará el plazo hasta finales de mes para pedir el último pago de los fondos europeos de recuperación

El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, ha anunciado este miércoles en Bruselas que España solicitará a finales de septiembre el séptimo y último desembolso del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El Ejecutivo apurará de esta forma el calendario establecido por la Unión Europea para que los Estados miembros reclamen los fondos pendientes, cuyo plazo finaliza el 30 de septiembre. La solicitud tendrá un importe cercano a los 26.000 millones de euros, de los que 21.462 millones corresponderán a transferencias no reembolsables y otros 4.400 millones a préstamos en condiciones favorables. Para que la Comisión Europea dé luz verde a este último pago, España tendrá que acreditar el cumplimiento de 148 hitos y objetivos cuyo plazo de ejecución concluyó el pasado 31 de agosto. A partir de esa fecha ya no es posible añadir nuevas actuaciones al programa, por lo que el trabajo del Gobierno se centra ahora en reunir la documentación necesaria y elaborar la certificación que Bruselas deberá analizar. La Comisión determinará entonces si España ha cumplido los compromisos y qué cantidad concreta corresponde desembolsar, ya que podrá aplicar recortes si aprecia incumplimientos parciales de las reformas previstas. El plazo para efectuar las transferencias se extiende hasta el 31 de diciembre, fecha límite fijada por el calendario europeo. Este séptimo tramo pondrá punto final a un programa que ha supuesto una inyección extraordinaria de recursos comunitarios para España. Hasta ahora, el país ha recibido unos 78.000 millones de euros a través de seis desembolsos: alrededor de 61.000 millones en ayudas a fondo perdido y más de 17.000 millones en préstamos que deberán ser devueltos. Si Bruselas considera satisfechos todos los requisitos del último tramo, España habrá captado más de 100.000 millones de euros del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia antes de que finalice 2026. El programa comenzó a gestarse en julio de 2020, aunque su puesta en marcha formal se produjo en la primavera de 2021, como respuesta europea a la crisis económica provocada por la pandemia. Durante estos años, la utilización de los fondos ha evolucionado de forma desigual en función del tipo de financiación. Mientras las subvenciones han avanzado a un ritmo elevado, la utilización de los créditos europeos ha quedado muy por debajo de las expectativas iniciales. En 2023, el Gobierno preveía solicitar más de 80.000 millones de euros en préstamos europeos. Finalmente, la cifra se situará en torno a los 21.500 millones, lo que implica dejar sin utilizar aproximadamente el 75% del volumen de crédito que estaba disponible. La principal razón es la menor demanda de estos recursos. El Tesoro ha podido financiarse en los mercados en condiciones competitivas, reduciendo así el atractivo de los préstamos comunitarios, mientras que las empresas han mostrado un interés limitado debido, entre otros factores, a los trámites administrativos asociados a estas líneas de financiación. Las dificultades para sacar adelante determinados compromisos también han estado condicionadas por la situación parlamentaria. Uno de los ejemplos más significativos es la equiparación fiscal del diésel con la gasolina, una medida pactada con Bruselas que el Gobierno ya ha reconocido que no podrá cumplir en los términos inicialmente previstos. En esta fase final, las conversaciones con la Comisión Europea están centradas en el cierre del programa. El Ministerio de Economía trabaja además en simplificar los procedimientos de comprobación de los últimos hitos y objetivos para agilizar el análisis de los expedientes y evitar que el elevado volumen de documentación pendiente termine retrasando el desembolso. El impacto económico del Plan de Recuperación continúa siendo objeto de discusión. El Gobierno defiende que los fondos europeos han contribuido de manera relevante al crecimiento de la economía española. Esta tesis cuenta también con el respaldo de organismos de análisis como Funcas, que estima que los recursos europeos explicaron entre el 10% y el 14% del crecimiento medio anual del PIB registrado entre 2021 y 2025. Las críticas se concentran principalmente en la gestión del programa y en el grado de participación de los distintos agentes. Algunos analistas y el principal partido de la oposición han cuestionado que las comunidades autónomas y el tejido empresarial hayan tenido un papel suficientemente relevante en la ejecución de las inversiones financiadas con estos recursos. La principal incertidumbre se trasladará ahora a 2027, cuando desaparezca esta fuente extraordinaria de financiación europea. El Ejecutivo teme que el final del programa pueda provocar una pérdida de ritmo en la inversión precisamente cuando España deberá volver a ajustarse plenamente a las reglas fiscales europeas. Estas normas limitarán el crecimiento del gasto público y obligarán a reducir progresivamente tanto el déficit como la deuda. A este escenario se añade un contexto internacional marcado por la incertidumbre geopolítica, especialmente por la guerra en Oriente Próximo y la ausencia de perspectivas claras de una solución a corto plazo. Para tratar de mantener el impulso inversor una vez finalizado el programa europeo, el Gobierno ha puesto en marcha España Crece, un fondo de coinversión público-privada gestionado por el Instituto de Crédito Oficial. El instrumento dispondrá inicialmente de 10.500 millones de euros procedentes de los recursos sobrantes del Plan de Recuperación y pretende movilizar hasta 120.000 millones de euros durante la próxima década mediante la participación conjunta de inversores públicos y privados, tanto nacionales como internacionales.

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(El País, 03-09-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Sánchez convocará a patronal y sindicatos para un pacto nacional sobre inteligencia artificial

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tiene previsto convocar en las próximas semanas a las organizaciones empresariales y sindicales para abrir una negociación con el objetivo de alcanzar un acuerdo tripartito sobre inteligencia artificial. Así lo anunció este miércoles el vicepresidente primero y ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, durante la clausura en Santander del 40º Encuentro de la Economía Digital y las Telecomunicaciones, organizado por Ametic. El Ejecutivo quiere integrar este acuerdo en un pacto nacional que establezca las bases para la implantación de la inteligencia artificial en el tejido productivo español. La iniciativa pretende aprovechar el potencial económico de estas tecnologías y, al mismo tiempo, reducir los riesgos asociados a su incorporación en los diferentes sectores de actividad. La negociación entre Gobierno, empresarios y sindicatos será el eje central del proyecto. Posteriormente, está previsto ampliar el diálogo a expertos y representantes de la sociedad civil, así como de sectores como la industria, la sanidad y la educación. Según Cuerpo, incorporar el diálogo social a la estrategia de desarrollo de la inteligencia artificial permitirá garantizar que las ganancias derivadas del aumento de la productividad se repartan de forma equilibrada. El ministro ha explicado que el futuro acuerdo abordará cuestiones regulatorias, laborales, financieras y de infraestructuras con el propósito de orientar la transición tecnológica. El Ejecutivo pretende situar la seguridad de los ciudadanos "en el centro del proceso" y asegurar que los beneficios generados por la inteligencia artificial se distribuyan "de manera justa entre la ciudadanía". En materia de gobernanza digital, Cuerpo ha advertido de que la evolución hacia un escenario económico favorable dependerá, entre otros factores, de "quién va a controlar esta tecnología" y de "quién va a ser capaz de capturar las ganancias" asociadas a su desarrollo. A su juicio, las decisiones relacionadas con la inteligencia artificial son "decisiones de país" que requieren, además, una estrategia coordinada en el ámbito europeo. Por otro lado, el ministro de Economía no ha confirmado que el Consejo de Ministros vaya a aprobar durante septiembre el nuevo registro horario. Cuerpo ha señalado que el Gobierno tramitará la norma "cuanto antes" y ha explicado que el Ministerio está introduciendo modificaciones en el proyecto impulsado por la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, después de las observaciones formuladas por el Consejo de Estado. El Ejecutivo considera esta regulación una pieza "clave" para hacer efectiva la reducción de la jornada laboral. La incertidumbre sobre su aprobación mantiene, no obstante, la presión de los sindicatos CCOO y UGT, que han advertido de que podrían romper el diálogo social si la norma no sale adelante este mes.

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(El Economista, 03-09-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El Supremo fija los límites para anular un juicio por la mala defensa de un abogado de oficio

El Tribunal Supremo, en una sentencia dictada el 29 de julio de 2026, establece los criterios que deben concurrir para que la pasividad, negligencia o los errores cometidos por un abogado de oficio puedan considerarse una vulneración efectiva del derecho de defensa y, en consecuencia, justificar la nulidad de un juicio penal. La resolución, de la que es ponente el magistrado Del Moral García, señala que no es suficiente con la mera designación formal de un abogado de oficio, sino que este debe desarrollar una actuación razonablemente efectiva. No obstante, advierte de que las deficiencias en la defensa deben ser especialmente evidentes para que los tribunales puedan intervenir. El Supremo destaca que el control judicial sobre la actuación de los abogados de oficio debe ejercerse de forma muy restrictiva, con el objetivo de preservar la independencia de la abogacía y evitar que los jueces interfieran en las decisiones estratégicas adoptadas por los profesionales. En este sentido, la sentencia analiza la doctrina de la defensa ineficaz, una materia para la que el ordenamiento español no establece un criterio regulatorio concreto y que, por ello, ha sido desarrollada fundamentalmente a través de la jurisprudencia constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Para determinar cuándo una defensa puede considerarse constitucionalmente inadecuada, la Sala recurre al denominado estándar Strickland, desarrollado por la Corte Suprema de Estados Unidos en 1984 y utilizado como referencia para valorar la eficacia de la asistencia letrada. Este criterio exige acreditar dos circunstancias. Por un lado, que la actuación del abogado se apartó de los estándares objetivos de razonabilidad profesional y, por otro, que esa deficiencia tuvo una incidencia relevante en el procedimiento, de manera que, de no haberse producido, existía una probabilidad razonable de que el resultado hubiera sido sustancialmente distinto y más favorable para el acusado. La sentencia también advierte de que los tribunales no deben realizar una revisión retrospectiva excesivamente rigurosa de las decisiones adoptadas por los abogados. Un control de estas características podría limitar su libertad para diseñar la estrategia de defensa y favorecer actuaciones excesivamente conservadoras. Por ello, el Supremo parte de una fuerte presunción de que la actuación profesional se ajusta a los estándares exigibles y reclama una especial deferencia hacia las decisiones técnicas adoptadas por los letrados. Esta protección de la independencia profesional, sin embargo, no significa que cualquier actuación pueda considerarse suficiente. El Supremo recuerda que la defensa letrada no puede convertirse en una mera formalidad carente de contenido. Existen supuestos de inactividad absoluta e injustificada que pueden afectar directamente al derecho de defensa, como no aportar pruebas esenciales que estaban disponibles, no haber mantenido ningún contacto previo con el acusado, desconocer de forma manifiesta las circunstancias de la causa o no acudir a actuaciones procesales fundamentales. Cuando estas deficiencias resultan evidentes y existe una relación causal directa entre ellas y el resultado condenatorio, los tribunales tienen el deber de actuar para evitar una situación de indefensión y garantizar que el acusado disfrute de un proceso justo. La clave, por tanto, se encuentra en distinguir entre las decisiones estratégicas propias de la autonomía profesional del abogado y aquellas omisiones graves y manifiestas que privan al acusado de una defensa efectiva.

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(Cinco Días, 02-09-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La CNMC urge a las empresas a registrar sus alias a 15 días del bloqueo de SMS comerciales

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha pedido este martes a empresas y organizaciones que registren sus alias comerciales antes del 15 de septiembre de 2026 para evitar que las compañías de telecomunicaciones bloqueen la identificación de sus mensajes SMS, MMS y RCS. El objetivo de esta medida es comprobar que los remitentes son legítimos y reforzar la lucha contra las estafas basadas en la suplantación de identidad. Las entidades disponen así de apenas 15 días para completar el proceso antes de que comience a aplicarse el nuevo sistema de filtrado. Según fuentes del sector, las grandes empresas de servicios, compañías energéticas, bancos, aseguradoras y operadores de telecomunicaciones ya han registrado mayoritariamente sus denominaciones en el registro habilitado para ello. La situación es diferente entre las pequeñas y medianas empresas y los autónomos, donde el grado de inscripción es mucho menor. Entre las razones apuntadas figuran el desconocimiento de las nuevas obligaciones y las dificultades para gestionar adecuadamente sus canales de comunicación. La regulación alcanza a todas las entidades que utilizan identificadores alfanuméricos para enviar comunicaciones informativas o transaccionales a sus clientes, como nombres comerciales, denominaciones sociales o dominios de internet, en lugar de una numeración telefónica convencional. Entre los colectivos afectados se encuentran comercios, empresas de transporte, proveedores de servicios sanitarios y organismos de la Administración pública, que deberán realizar el trámite si quieren seguir mostrando su identidad comercial en los dispositivos de los destinatarios. Desde el 15 de septiembre, las operadoras bloquearán los SMS, MMS y RCS enviados mediante alias que no figuren en el Registro de Alias de la CNMC. También deberán impedir la llegada de mensajes identificados procedentes de operadores que no estén registrados en el sistema. Las empresas que no hayan completado el trámite podrán seguir comunicándose electrónicamente con sus clientes, pero sus mensajes se enviarán utilizando únicamente una numeración telefónica convencional y dejarán de mostrar el alias corporativo. El nuevo procedimiento administrativo tiene su origen en la Orden Ministerial aprobada el pasado 12 de febrero y en la Circular de la CNMC de 18 de marzo. Ambas disposiciones establecen las condiciones técnicas, los formatos y los mecanismos necesarios para vincular los identificadores alfanuméricos con sus respectivos remitentes dentro del Plan Antiestafas impulsado por el Gobierno. De esta manera, los operadores pueden comprobar que la identidad que aparece en pantalla pertenece realmente a la compañía responsable de la comunicación. El regulador también ha recomendado a las entidades que hayan recibido comunicaciones oficiales solicitando su inscripción que respondan con suficiente antelación para evitar posibles interrupciones en sus comunicaciones comerciales o informativas. En cualquier caso, las empresas que no completen el registro antes del 15 de septiembre podrán realizarlo posteriormente y recuperar así la posibilidad de enviar mensajes utilizando sus identificadores corporativos.

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