(Cinco Días, 05-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La inflación en la zona euro sube hasta el 3,8%, el máximo nivel en los últimos tres años

La inflación vuelve a ganar fuerza en la zona euro y alcanzó el 3,8% en septiembre, impulsada principalmente por el encarecimiento de la energía. Según los datos publicados por Eurostat, se trata de la tasa más elevada de los últimos tres años y supone un notable incremento frente al 3,2% registrado en agosto. El contexto, sin embargo, es diferente al de entonces: mientras hace tres años los precios comenzaban a moderarse después del fuerte repunte provocado por la invasión rusa de Ucrania, ahora vuelven a subir como consecuencia de las tensiones en Oriente Próximo y del impacto del bloqueo del estrecho de Ormuz sobre los mercados energéticos. La energía vuelve a situarse en el centro del repunte inflacionista. En la anterior crisis, el principal problema fue la reducción del suministro de gas procedente de Rusia, hasta entonces uno de los grandes proveedores de Europa. En la situación actual, el aumento de los precios responde sobre todo al encarecimiento del petróleo y al riesgo de que el conflicto en Oriente Próximo termine afectando al suministro de determinados combustibles. El desglose de los datos de Eurostat muestra que, por el momento, el repunte está concentrado fundamentalmente en los productos energéticos, cuyos precios han aumentado un 18,8% en el último año. El resto de componentes registra incrementos mucho más moderados. Los servicios, que constituyen el grupo de mayor peso y suelen reaccionar con cierto retraso a las variaciones energéticas, suben un 3,2%, mientras que los bienes industriales no energéticos apenas aumentan un 1,1%. Esta evolución permite explicar que la inflación subyacente se mantenga en el 2,2%. Este indicador excluye los componentes más volátiles de la cesta de consumo, principalmente la energía y determinados alimentos, y ofrece una imagen más estable de la evolución de los precios. La presidenta del Banco Central Europeo, Christine Lagarde, señaló recientemente ante el Parlamento Europeo que la institución mantiene su previsión de que la inflación termine situándose en torno al 2% a medio y largo plazo. Al mismo tiempo, reconoció que el impacto de los acontecimientos derivados del conflicto entre Estados Unidos, Israel e Irán ha sido relevante y que el BCE debe tenerlo en cuenta a la hora de tomar sus decisiones de política monetaria. Por ahora, el organismo considera que la presión inflacionista sigue siendo relativamente contenida porque el incremento de los precios todavía no se ha trasladado de forma significativa a los salarios. Esta situación perjudica a los trabajadores al reducir su capacidad adquisitiva, pero también limita el riesgo de que se produzcan efectos de segunda ronda. Si las empresas no trasladan a sus precios unos costes laborales más elevados, se reduce la posibilidad de que se genere una nueva espiral de incrementos de precios. Pese a esta moderación, un nuevo repunte de la inflación podría llevar al BCE a endurecer nuevamente su política monetaria en los próximos meses. En la mayoría de los países de la zona euro, la inflación armonizada ya supera el 3%. Malta y Finlandia son las principales excepciones, mientras que Lituania registra la tasa más elevada, con un 6,1%. España se encuentra entre los países de la zona euro con una inflación superior al 5%, junto a economías como Luxemburgo, Chipre, Grecia y Bulgaria.

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(Expansión, 05-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Sánchez inaugura el Congreso de la Empresa Familiar al que regresa después de ocho años

Pedro Sánchez inaugurará este lunes el XXIX Congreso del Instituto de la Empresa Familiar (IEF), en lo que supondrá su regreso al encuentro empresarial ocho años después de su última participación, en 2018. El presidente del Gobierno intervendrá a las 9:30 horas, después de que durante el fin de semana haya analizado la situación política tras el rechazo del Congreso de los Diputados a los dos reales decretos relacionados con vivienda. Desde Moncloa señalaron el viernes que Sánchez estaría atento a la respuesta ciudadana durante el fin de semana antes de decidir si adelanta las elecciones generales. En la apertura del Congreso, que tendrá lugar en el Gran Teatro Príncipe Pío de Madrid, Sánchez estará acompañado por Eloi Planes, presidente del IEF y de Fluidra, que asumió el cargo el pasado mes de mayo. La inauguración estará precedida este domingo por una recepción oficial en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, presidida por el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, junto a la presidenta de la Asociación de la Empresa Familiar de Madrid, Verónica García. Tras la intervención del presidente del Gobierno está prevista la participación del líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, que mantendrá una conversación con Ignacio Rivera, presidente de Corporación Hijos de Rivera y antiguo presidente del IEF. El Rey no participará en esta edición debido a que las fechas del Congreso coinciden con el viaje de Estado que realizará a Finlandia a partir de este lunes. El encuentro empresarial se celebrará durante los días 5 y 6 de octubre y reunirá a más de 700 participantes, entre representantes institucionales, empresarios y expertos. Entre los ponentes figuran el consejero delegado de Telefónica, Emilio Gayo; el consejero delegado del Santander, Héctor Grisi; el consejero delegado de Ingka Group, propietario de Ikea, y el exvicepresidente del Banco Central Europeo Luis de Guindos. La inteligencia artificial será uno de los principales asuntos de debate durante el Congreso. El IEF abordará su incorporación a los modelos de negocio y su impacto en la sociedad, mientras que la jornada del lunes concluirá con una intervención de Pilar Manchón, directora de Estrategia de Investigación en Inteligencia Artificial de Google. También se analizará la denominada soberanía tecnológica en una conversación entre Emilio Gayo y José Luis Blanco, director general ejecutivo del IEF, dentro de un programa que pretende abordar los principales retos a los que se enfrentan actualmente las empresas familiares y la economía española.

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(El País, 05-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Cuerpo asegura que España agota “en plazo” el plan de recuperación europeo a falta de que Bruselas lo audite

El vicepresidente económico, Carlos Cuerpo, ha actualizado los datos relativos a la ejecución del Plan de Recuperación Europeo, cuyo periodo de aplicación finalizó el pasado 31 de agosto y del que todavía queda pendiente el desembolso correspondiente a la última solicitud presentada por España a finales de septiembre. Según explicó en sede parlamentaria, hasta el 31 de agosto las distintas administraciones habían asignado 79.854 millones de euros y se habían abonado alrededor de 96.000 millones a los beneficiarios, de acuerdo con la información de la Intervención General de la Administración del Estado. Además, las convocatorias ya resueltas alcanzaban los 72.030 millones de euros, una cifra que representa más del 90% de los recursos previstos en el programa. El Gobierno queda ahora a la espera de que la Comisión Europea revise y valide los gastos acreditados y autorice la última petición de fondos, que asciende a 25.861 millones de euros, principalmente en forma de transferencias. Cuerpo ha destacado que las diferentes fases del programa se han ido completando dentro de los plazos establecidos y ha señalado que la recta final exige un esfuerzo adicional por parte de la Administración. La documentación remitida deberá someterse ahora a una revisión detallada por parte de las autoridades europeas para comprobar el cumplimiento de los compromisos asumidos. La séptima y última solicitud de pago comprende la evaluación de 148 hitos y objetivos, aproximadamente un 30% del total fijado para España. En conjunto, el volumen de transferencias asociado al plan alcanza los 101.300 millones de euros. En caso de que Bruselas valide íntegramente la documentación presentada, España habría completado la totalidad de los objetivos vinculados a las transferencias del programa. No obstante, en anteriores solicitudes ya se han producido discrepancias con la Comisión Europea, especialmente en relación con determinados compromisos asociados a reformas legislativas que finalmente no obtuvieron suficiente respaldo parlamentario. Por lo que respecta a los préstamos incluidos en el Plan de Recuperación, el grado de ejecución alcanza aproximadamente el 98%, con un total de 11.532 millones de euros. El programa contemplaba inicialmente una cantidad de financiación mediante créditos similar a la prevista para las subvenciones. Sin embargo, el Gobierno decidió finalmente renunciar a una parte importante de estos préstamos, argumentando que existía una menor demanda del sector privado y que las empresas y administraciones podían acceder a otras fuentes de financiación en condiciones favorables sin quedar sujetas a las obligaciones específicas del mecanismo europeo. Esta decisión ha generado críticas tanto entre algunos socios del Ejecutivo como entre los grupos de la oposición, que cuestionan que España haya renunciado a una parte significativa de los recursos inicialmente disponibles. El calendario previsto establece que la Comisión Europea podría emitir una evaluación preliminar hacia mediados de noviembre. Posteriormente, el expediente deberá pasar por el Consejo antes de que pueda efectuarse el desembolso, que el Gobierno confía en recibir antes del 31 de diciembre. Durante su intervención, Cuerpo también puso el acento en el efecto transformador que, a juicio del Ejecutivo, ha tenido el Plan de Recuperación sobre la economía española. El programa ha supuesto una de las mayores iniciativas de inversión impulsadas hasta ahora por la Unión Europea y ha canalizado recursos hacia numerosos sectores y proyectos. Según los análisis económicos citados por el vicepresidente, el potencial de crecimiento de la economía española a medio y largo plazo habría aumentado respecto a la situación existente antes de la llegada de los fondos europeos. El Gobierno también destaca el avance registrado por España en su proceso de convergencia económica con otros países de la Unión durante los últimos años, así como los cambios observados en el mercado laboral. Entre ellos figura un aumento del peso de los empleos relacionados con actividades tecnológicas, científicas y de mayor cualificación. Otro de los aspectos señalados ha sido el alcance del programa entre el tejido empresarial. Según datos del Banco de España citados por Cuerpo, aproximadamente una de cada cinco empresas españolas habría solicitado algún tipo de financiación procedente de estos fondos. Pese a estos resultados, el despliegue del plan también ha recibido críticas. Algunos especialistas consideran que la capacidad para movilizar inversión privada ha sido inferior a la inicialmente prevista y señalan que una parte importante de los recursos se ha concentrado en proyectos basados en fórmulas de coinversión. También se ha cuestionado que la participación de las comunidades autónomas haya sido menor de lo esperado en determinadas fases del programa. El final del plazo oficial de ejecución no implica, sin embargo, la desaparición inmediata de todos los recursos asociados al plan. Una parte de los fondos se ha destinado a un vehículo de inversión gestionado por el Instituto de Crédito Oficial, que contará con 13.300 millones de euros y que pretende utilizar estos recursos como base para atraer financiación adicional. Entre las principales áreas de actuación previstas figura el impulso de proyectos destinados a aumentar la oferta de vivienda asequible. El objetivo es movilizar hasta 23.000 millones de euros mediante distintas fórmulas de financiación e inversión canalizadas a través del ICO.

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(La Vanguardia, 05-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Miles de personas vuelven a manifestarse por la vivienda en varias ciudades tras la no aprobación de los dos reales decretos

Las movilizaciones por la vivienda han continuado este domingo en distintas ciudades españolas, entre ellas Bilbao, Oviedo, Almería, Badajoz, Salamanca y Cuenca, después de las protestas celebradas el día anterior. Las convocatorias, impulsadas por organizaciones de inquilinos, reclaman medidas frente al encarecimiento de la vivienda y mantienen sobre la mesa la posibilidad de promover una huelga general. Las principales reivindicaciones se centran en una mayor estabilidad de los contratos de alquiler, la reducción de las rentas, el incremento del parque público de vivienda, medidas frente a los grandes fondos inmobiliarios y una mayor protección ante los desahucios. Durante las concentraciones se han repetido también mensajes críticos con las políticas desarrolladas hasta ahora en materia de vivienda. En Salamanca, la manifestación reunió a unas 2.000 personas según las estimaciones policiales y se desarrolló sin incidentes. En Badajoz participaron alrededor de 500 personas pese a la lluvia, mientras que en Bilbao, Oviedo y Almería las concentraciones volvieron a incorporar llamamientos a continuar e intensificar las movilizaciones. Las protestas se han extendido además a otras ciudades como Logroño, Murcia, Teruel, Córdoba y Ourense, mientras que en Pontevedra está prevista una nueva convocatoria. Paralelamente, se mantienen diferentes acampadas relacionadas con estas reivindicaciones, entre ellas las de Valencia y Madrid. En la Puerta del Sol de Madrid, la acampada alcanzaba ya una semana de duración, mientras que en Valencia cientos de personas habían instalado tiendas en las inmediaciones del Ayuntamiento. Estas acciones pretenden mantener la presión social sobre un problema que se ha convertido en una de las principales preocupaciones ciudadanas, especialmente por el aumento de los precios de compraventa y alquiler y la insuficiencia de la oferta en determinadas zonas. Las movilizaciones se producen además tras el rechazo parlamentario de los dos reales decretos-ley impulsados por el Gobierno en materia de vivienda. La caída de estas normas ha incrementado la tensión política y social alrededor del mercado residencial y ha reforzado las convocatorias de los colectivos de inquilinos, que reclaman nuevas medidas para afrontar las dificultades de acceso a la vivienda.

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(Cinco Días, 02-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Sorpresa y buenas sensaciones en la industria financiera ante un producto que esperaba desde hace meses

La publicación en el BOE de las denominadas cuentas Financia Europa ha sido bien recibida por bancos, aseguradoras, gestoras de activos y distintos organismos vinculados a los mercados financieros. Se trata de un nuevo instrumento con ventajas fiscales destinado a fomentar que los particulares inviertan en acciones y otros activos relacionados con empresas y mercados de la Unión Europea. La iniciativa se viene desarrollando desde hace aproximadamente dos años y tiene su origen en las propuestas formuladas en el informe elaborado por Mario Draghi sobre la competitividad europea. Entre sus planteamientos figuraba la necesidad de impulsar los mercados de capitales de la Unión y favorecer que una mayor parte del ahorro de los ciudadanos europeos se destine a financiar empresas del propio continente. El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, ha participado activamente en el desarrollo de esta propuesta. En junio de 2025 presentó, junto con representantes de otros cinco países, la iniciativa Finance Europe, que posteriormente ha terminado incorporándose al ordenamiento español a través de un real decreto-ley que todavía debe ser convalidado por el Congreso. La inclusión de estas cuentas dentro del paquete normativo sobre vivienda no había sido anticipada por buena parte del sector financiero. Algunas entidades consideraban incluso que la medida tendría dificultades para aprobarse durante la actual legislatura. Su futura aplicación dependerá ahora de la convalidación parlamentaria de la norma y del posterior desarrollo reglamentario mediante la correspondiente orden ministerial. Una vez completados estos trámites, las entidades financieras podrán comenzar a diseñar y comercializar productos acogidos al régimen Financia Europa. Desde la Comisión Nacional del Mercado de Valores se considera que este instrumento puede contribuir a dinamizar los mercados de capitales y facilitar el acceso de los pequeños inversores a productos vinculados a la inversión europea. Entre sus características destaca una estructura relativamente sencilla y la incorporación de incentivos fiscales dirigidos especialmente a inversiones mantenidas a medio y largo plazo. Las cuentas permitirán realizar inversiones de hasta 150.000 euros en acciones de compañías europeas cotizadas y en determinados fondos de inversión con una exposición significativa a los mercados europeos. Una de sus principales ventajas será que las operaciones de compra y venta realizadas dentro de la propia cuenta no generarán tributación inmediata. Además, cuando la inversión permanezca durante un periodo mínimo de cinco años, los primeros 10.000 euros de las ganancias obtenidas en el momento de la venta quedarán exentos de tributación. El objetivo de este tratamiento fiscal es favorecer una mayor permanencia de las inversiones y orientar el ahorro particular hacia empresas y activos europeos. La regulación incorpora también una modalidad aseguradora denominada Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo Financia Europa. En este caso, los particulares podrán realizar aportaciones de hasta 10.000 euros anuales, frente al límite de 5.000 euros previsto actualmente para este tipo de productos. Si la inversión se mantiene durante al menos cinco años, las plusvalías generadas quedarán exentas de tributación. A diferencia de la cuenta de inversión, esta modalidad ofrece al ahorrador una menor capacidad para decidir directamente sobre los activos concretos en los que se invierte, ya que la gestión se articula a través de productos aseguradores de ahorro. Una vez que el decreto sea convalidado y el Ministerio de Economía apruebe las disposiciones necesarias para su desarrollo, las entidades financieras y aseguradoras podrán comenzar a estructurar su oferta bajo el sello Financia Europa. También deberán concretarse los fondos de inversión que podrán incorporarse a estas cuentas. La CNMV dispondrá de un plazo de cuatro meses para elaborar una relación de los productos que cumplan los requisitos establecidos. Entre esas condiciones figura que los fondos mantengan como mínimo un 50% de su patrimonio invertido en Bolsa y que al menos un 70% de su cartera se encuentre colocado en activos de la Unión Europea, tanto de renta variable como de renta fija. En la práctica, un inversor que quiera adquirir acciones de sociedades cotizadas españolas o europeas podrá hacerlo dentro de una cuenta Financia Europa siempre que la entidad financiera con la que opere haya habilitado previamente este servicio. De este modo, las operaciones realizadas podrán beneficiarse del tratamiento fiscal previsto por la nueva normativa. La gestión de estas cuentas podrá ser realizada por entidades de crédito, agencias y sociedades de valores y empresas de asesoramiento financiero habilitadas para ello. La normativa establece además determinadas limitaciones sobre el dinero que permanezca sin invertir. En la cuenta operativa utilizada para realizar las compras y ventas de activos no podrán mantenerse más de 1.500 euros en efectivo. Con esta restricción se pretende que la mayor parte de los fondos depositados se destinen efectivamente a inversiones y contribuyan a canalizar ahorro hacia la financiación de la economía europea.

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(Cinco Días, 02-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Junts tumbará los dos decretos de vivienda del Gobierno pese al clamor en las calles

Junts exige al Gobierno que convoque de inmediato un Consejo de Ministros para modificar el primer decreto de vivienda y que lo vuelva a llevar al Congreso la próxima semana para su aprobación. Los dos decretos de vivienda aprobados el martes por el Consejo de Ministros no contarán finalmente con el respaldo necesario para salir adelante, después de que Junts comunicara este jueves por la noche su decisión de votar en contra. La formación considera que los textos resultan decepcionantes y no responden a sus demandas en materia de vivienda. La portavoz de Junts en el Congreso, Míriam Nogueras, defendió que su partido seguirá reclamando medidas que, a su juicio, protejan los intereses de las familias catalanas. La dirección del partido, liderado por Carles Puigdemont, se reunió a las 21 horas del jueves para fijar su posición, especialmente respecto al primer decreto. El segundo texto ya afrontaba un escenario complicado después de que el PNV anunciara que votaría en contra. Este decreto contempla, entre otras medidas, sanciones para los propietarios que no prolonguen determinados contratos de alquiler. El primer decreto concentra buena parte de las medidas previstas por el Ejecutivo, entre ellas la prórroga automática de determinados arrendamientos, las restricciones a la adquisición de viviendas por parte de determinados fondos de inversión y un paquete de medidas fiscales que afecta al IRPF, el IVA y el IBI. El PNV había anunciado previamente un voto favorable, aunque acompañado de críticas al contenido y a la redacción del decreto. En ese escenario, una abstención de Junts habría podido permitir su convalidación, especialmente después de que Coalición Canaria confirmara durante la tarde que respaldaría el texto. El decreto incorpora algunas de las medidas que Junts había reclamado durante las negociaciones con el Ministerio de Vivienda, entre ellas determinados incentivos fiscales para propietarios y medidas relacionadas con la actividad de los fondos de inversión. Junts justificó su rechazo señalando que ambos decretos afectan a un ámbito especialmente sensible y advirtiendo de que algunas de las medidas podrían reducir todavía más la oferta disponible y contribuir a elevar los precios. La formación también subrayó que su prioridad debía ser la protección de los pequeños propietarios, algo que, en su opinión, no queda suficientemente garantizado en los textos aprobados por el Gobierno. Ante esta situación, Junts reclamó al Ejecutivo la elaboración de un nuevo decreto que introduzca cambios en la política de vivienda. La formación plantea que, una vez preparado, se convoque un nuevo Consejo de Ministros para aprobarlo como real decreto-ley y trasladarlo posteriormente al Congreso. Junts ha señalado que respaldaría ese nuevo texto si incorpora las modificaciones que reclama. El Gobierno había intentado hasta el último momento reunir los apoyos necesarios. El presidente Pedro Sánchez pidió este jueves públicamente a los grupos parlamentarios que apoyaran los dos decretos en la votación prevista para este viernes y manifestó su confianza en que pudieran ser convalidados. Por la tarde volvió a reclamar a sus socios parlamentarios que actuaran con "altura de miras", aunque la decisión de Junts deja en una situación especialmente complicada la tramitación parlamentaria de las medidas.

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(El País, 02-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La prórroga extraordinaria de dos años de los alquileres dejará de aplicarse si sale adelante la renovación automática del segundo decreto de vivienda

La prórroga extraordinaria de dos años prevista para determinados contratos de alquiler no podrá sumarse a los nuevos periodos de renovación automática establecidos en la segunda norma de vivienda. Así lo recoge expresamente el texto publicado en el BOE, que excluye la aplicación de aquella extensión cuando resulte procedente la prórroga regulada en el artículo 10.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Con el nuevo sistema, una vez alcanzada la duración mínima legal del contrato -cinco años cuando el propietario sea una persona física y siete cuando se trate de una persona jurídica-, el arrendamiento continuará automáticamente durante un nuevo periodo equivalente, salvo que alguna de las partes manifieste su voluntad de ponerle fin. Cuando sea el propietario quien decida no continuar con el alquiler, deberá abonar al arrendatario una compensación económica que, con carácter general, será equivalente como mínimo a doce mensualidades correspondientes a una vivienda de características similares. En cualquier caso, la cuantía no podrá situarse por debajo de una mensualidad de renta por cada año durante el que el inquilino haya residido en el inmueble. Este modelo pretende proporcionar una mayor estabilidad al arrendatario, al favorecer la continuidad de los contratos durante periodos prolongados y establecer una compensación económica cuando sea el propietario quien decida poner fin a la relación arrendaticia. No obstante, la obligación de indemnizar contempla diversas excepciones. El propietario no tendrá que pagar esta compensación cuando necesite recuperar la vivienda para destinarla a residencia habitual propia o de determinados familiares. Tampoco procederá cuando el arrendatario no haya ocupado efectivamente el inmueble durante más de seis meses al año sin una causa que lo justifique, disponga de otra vivienda adecuada en el mismo municipio o ambas partes acuerden formalizar un nuevo contrato. Igualmente, quedarán fuera de la obligación de indemnizar aquellos supuestos en los que el inquilino rechace una propuesta de renovación que reúna las condiciones establecidas legalmente o cuando el propietario pueda acreditar circunstancias excepcionales de vulnerabilidad. La norma también precisa que no habrá derecho a compensación cuando el arrendatario pueda beneficiarse de una prórroga que resulte obligatoria para el propietario, aunque finalmente opte por no hacer uso de ella. Con esta previsión se pretende impedir que una misma situación dé lugar simultáneamente a la prolongación obligatoria del contrato y al cobro de una indemnización. El nuevo marco conserva asimismo las prórrogas extraordinarias ya existentes, aunque adapta su aplicación al nuevo régimen de renovaciones. Continúa vigente la posibilidad de ampliar el alquiler hasta un año cuando el arrendatario se encuentre en una situación de vulnerabilidad social y económica y la vivienda pertenezca a un gran tenedor. También se mantiene la extensión extraordinaria de hasta tres años para los contratos correspondientes a viviendas ubicadas en zonas de mercado residencial tensionado. Esta ampliación tendrá prioridad sobre las demás prórrogas extraordinarias y no podrá acumularse con ellas. De esta forma, si el propietario comunica que no desea renovar el contrato una vez finalizado el periodo mínimo legal o cualquiera de las renovaciones automáticas posteriores, el arrendatario de una vivienda situada en una zona tensionada podrá solicitar una ampliación extraordinaria de hasta tres años. Finalizado ese plazo, no podrán añadirse los dos años previstos en el otro real decreto. La prórroga extraordinaria de dos años queda configurada, por tanto, como una solución transitoria aplicable principalmente a aquellos contratos en los que el propietario ya hubiera comunicado válidamente su intención de no renovarlos antes de la entrada en funcionamiento del nuevo régimen. Una vez concluido ese periodo adicional, el contrato terminará, salvo que propietario e inquilino lleguen a un acuerdo para mantener la relación o suscriban un nuevo arrendamiento. En estas situaciones, el arrendatario podrá conservar el derecho a percibir la compensación prevista por la nueva regulación cuando la finalización del contrato responda únicamente a la voluntad del propietario y no concurra ninguna de las causas que permiten excluir la indemnización. Otro de los cambios introducidos afecta al plazo con el que el propietario deberá comunicar al inquilino su decisión de no renovar el contrato. El preaviso se amplía de cuatro a seis meses respecto de la fecha de vencimiento del contrato o de cualquiera de sus prórrogas. Cuando sea el arrendatario quien quiera poner fin al alquiler, el plazo de comunicación se mantiene en dos meses. Para determinar el importe de la compensación económica que corresponda al inquilino se utilizará, siempre que resulte posible, el sistema estatal de referencia de precios del alquiler de vivienda. En todo caso, la cantidad final nunca podrá ser inferior a una mensualidad de renta por cada año de residencia del arrendatario en el inmueble. La segunda de las normas de vivienda aprobadas por el Gobierno centra así su contenido fundamental en modificar el régimen de continuidad de los contratos de arrendamiento. Frente al otro real decreto, que reúne medidas de distinta naturaleza relacionadas con el mercado residencial, este texto se ocupa específicamente de las renovaciones de los alquileres. La medida persigue favorecer una mayor continuidad de los contratos una vez cumplido el periodo mínimo obligatorio, de manera que la renovación pase a producirse automáticamente salvo que propietario o arrendatario manifiesten expresamente su voluntad de poner fin a la relación. La regulación de estas renovaciones se ha tramitado de forma separada del resto de medidas sobre vivienda. De este modo, su eventual falta de convalidación parlamentaria no afectaría directamente a las restantes disposiciones aprobadas dentro del paquete normativo.

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(Cinco Días, 01-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El tope a la tarifa del gas natural generará un déficit de 200 millones que pagarán los usuarios con un interés del 3,22%

El límite del 15% a la subida de la Tarifa de Último Recurso (TUR) del gas natural aprobado por el Gobierno generará un déficit de alrededor de 200 millones de euros durante el periodo en el que estará vigente, correspondiente al último trimestre de 2026 y al primero de 2027. La diferencia entre el coste real de la materia prima y el precio que finalmente pagarán los 3,1 millones de consumidores acogidos a esta tarifa no será asumida directamente por el Estado, sino que quedará pendiente de recuperación. Los usuarios deberán hacer frente posteriormente a ese importe, con un interés del 3,22%, mediante futuras revisiones de la tarifa. La TUR está disponible para hogares y microempresas con un consumo anual inferior a 50.000 kWh y conectados a redes con una presión inferior a 4 bares. Dentro de esta tarifa existen distintos tramos, siendo uno de los más habituales el correspondiente a consumidores que utilizan el gas para agua caliente, cocina y calefacción. El resto de usuarios, hasta alcanzar unos 4,8 millones, se encuentra en el mercado libre, bien porque ha elegido voluntariamente esta modalidad pese a poder acogerse a la tarifa regulada o porque supera los límites de consumo establecidos. La decisión de limitar la subida responde a la fuerte escalada que habría experimentado la TUR si se hubiese aplicado sin cambios la fórmula de actualización trimestral. Según los cálculos recogidos en el real decreto ley, la revisión automática habría supuesto un incremento aproximado del 45% respecto al tercer trimestre, con aumentos superiores al 50% en alguno de los tramos. El coste de la materia prima habría pasado así de 2,65 céntimos por kWh en junio a 5,63 céntimos en octubre. El déficit estimado de 200 millones corresponde precisamente a la diferencia entre ese incremento que habría resultado de aplicar la metodología y el aumento finalmente limitado al 15%. A diferencia de lo ocurrido durante la crisis energética derivada de la guerra de Ucrania, cuando una medida similar estuvo vigente entre octubre de 2021 y diciembre de 2023 y fue financiada mediante los Presupuestos Generales del Estado, en esta ocasión serán las comercializadoras de último recurso las que adelanten el importe. Estas compañías, pertenecientes a Naturgy, Iberdrola, Endesa y TotalEnergies, recuperarán posteriormente las cantidades a través de las futuras revisiones de la tarifa. En la práctica, el coste se trasladará de forma aplazada a los consumidores acogidos a la TUR. El límite del 15% se aplicará durante el último trimestre de 2026 y el primero de 2027. Sin embargo, la tarifa continuará incorporando mecanismos de recuperación de la deuda mientras existan cantidades pendientes. La norma establece que no podrá reducirse el componente de la materia prima de la TUR mientras persista ese importe por recuperar. Para el trimestre actual, el incremento máximo de este componente respecto al periodo anterior será del 35%, mientras que en enero de 2027 el límite será del 15%. Además, se pretende evitar que los consumidores abandonen la tarifa regulada una vez beneficiados por la limitación temporal de precios. Quienes pasen al mercado libre antes de que se haya recuperado completamente la cantidad pendiente deberán abonar a la comercializadora de último recurso el importe correspondiente a la deuda media asociada a su tramo de peaje. La recuperación del déficit comenzará a aplicarse en las revisiones posteriores al 1 de enero de 2027, mediante un incremento del componente de materia prima, con un límite del 15%, hasta que se haya recuperado toda la cantidad pendiente. A este importe se añadirá un interés del 3,22%, calculado tomando como referencia el coste de la deuda utilizado por la CNMC para determinar la tasa de retribución financiera de las actividades de transporte, regasificación y distribución de gas durante el periodo regulatorio 2027-2032. La TUR se actualiza cada tres meses mediante una fórmula establecida en una orden ministerial de 2009. El cálculo combina el coste de la materia prima, los peajes de acceso, los costes de comercialización y los correspondientes a la seguridad de suministro. Una particularidad de esta metodología es que el componente de materia prima no se determina directamente a partir del precio del gas negociado en el mercado español Mibgas. La fórmula utiliza principalmente la cotización del petróleo Brent y, durante los trimestres de invierno, también los precios de los futuros del mercado británico NBP. Este sistema de cálculo ha sido cuestionado por las comercializadoras, que consideran que la referencia utilizada no refleja directamente el coste del gas que adquieren para sus clientes. También han señalado la menor liquidez del mercado NBP frente al TTF neerlandés, que constituye una de las principales referencias europeas para el precio del gas. El mecanismo elegido para recuperar el déficit también difiere del utilizado en el sistema eléctrico. En este caso, el importe se incorporará al precio de la energía, mientras que en el sistema eléctrico la deuda acumulada se trasladó inicialmente a los peajes y posteriormente se recurrió a los denominados cargos para financiar determinados costes del sistema. En la TUR del gas no existe este componente de cargos. El real decreto ley introduce asimismo una modificación que afecta a las empresas comercializadoras: deberán mantener almacenadas reservas de gas equivalentes a 21 días de consumo medio mensual, frente a los 16,5 días que establecía hasta ahora la normativa.

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(Expansión, 01-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La letra pequeña del decreto de vivienda: fondos "buitre", desahucios, prórrogas y ayudas

El primer decreto de vivienda publicado en el Boletín Oficial del Estado concreta varias de las medidas anunciadas por el Gobierno en materia de desahucios, acceso a la vivienda y alquileres. El texto introduce una definición específica de los denominados fondos buitre, establece nuevas condiciones para la protección de hogares vulnerables, crea una línea de financiación sin intereses para la compra de la primera vivienda y amplía temporalmente la duración de determinados contratos de arrendamiento. En materia de desahucios, la norma establece distintos procedimientos en función de las características del propietario. Para las entidades consideradas especulativas, definidas como aquellas dedicadas a adquirir inmuebles o créditos hipotecarios impagados con el objetivo de obtener una rentabilidad, se contempla la paralización del lanzamiento cuando el juez determine que concurren las condiciones previstas. Las comunidades autónomas podrán asumir voluntariamente la deuda asociada a la suspensión y, posteriormente, el Estado podrá hacerse cargo de estas cantidades. Cuando el propietario no tenga esa consideración, los juzgados deberán solicitar inicialmente a los servicios sociales de la comunidad autónoma que proporcionen una alternativa habitacional a los hogares vulnerables. Si no existe una solución residencial disponible, la Administración autonómica deberá compensar al propietario por las rentas que deje de percibir, importe que posteriormente podrá ser asumido por el Estado. El decreto incorpora también una nueva línea de préstamos sin intereses de hasta 50.000 euros para facilitar la adquisición de la primera vivienda, sin establecer un límite de edad para acceder a ella. La financiación podrá alcanzar esa cantidad o, como máximo, el 20% del valor del inmueble. A cambio, los beneficiarios tendrán limitada la posibilidad de obtener una plusvalía con la posterior venta de la vivienda, ya que no podrán transmitirla por un precio superior al de adquisición actualizado conforme al IPC. Otra de las medidas afecta a los contratos de alquiler que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028. Los inquilinos podrán solicitar una prórroga extraordinaria de un año, con posibilidad de ampliarla durante un segundo año. Para acceder a ella deberán estar al corriente del pago de la renta y no haber incurrido en retrasos durante los ocho meses anteriores a la solicitud. Como regla general, los propietarios deberán aceptar esta ampliación y mantener las condiciones del contrato vigente, incluida la renta. No obstante, podrán evitar la prórroga extraordinaria si alcanzan con el inquilino un acuerdo para renovar el contrato con una reducción de al menos el 5% del alquiler. Esta opción permitiría prolongar la relación contractual durante un periodo más amplio. El texto modifica asimismo la Ley de Arrendamientos Urbanos en relación con las prórrogas posteriores al periodo inicial de cinco años, o de siete cuando el propietario sea una persona jurídica. Para evitar la renovación, el arrendador deberá comunicar su decisión con al menos cuatro meses de antelación, mientras que el inquilino tendrá que avisar con dos meses. Si no se produce esa comunicación, el contrato se renovará por periodos anuales, hasta un máximo de tres años. En cuanto a la evolución de las rentas, el decreto establece una congelación para aquellos contratos cuyo precio se encuentre por encima del valor de referencia determinado por el Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda (SERPAVI). En los casos en los que la renta esté por debajo de ese índice, el propietario podrá aplicar un incremento máximo del 2% anual hasta finales de 2027.

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(Expansión, 01-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El segundo decreto de vivienda obliga al casero a indemnizar con un mínimo de 12 meses a los inquilinos a los que no se les renueve el contrato

El segundo decreto de vivienda publicado hoy en el BOE establece una prórroga forzosa e indefinida de los contratos de alquiler una vez superado el periodo mínimo de cinco años de duración, o de siete años cuando el propietario sea una persona jurídica. La norma contempla, además, que los propietarios que decidan no renovar el contrato, ya sean pequeños o grandes arrendadores, deberán indemnizar al inquilino con una cantidad equivalente a doce mensualidades de la renta, incluso cuando hayan comunicado correctamente su voluntad de no prorrogar el contrato. La única excepción se produce cuando el propietario necesite la vivienda para sí mismo o para un familiar hasta segundo grado. La nueva regulación establece que, una vez cumplida la duración mínima del contrato, este se irá prorrogando por periodos sucesivos de la misma duración, salvo que alguna de las partes comunique con seis meses de antelación su decisión de no continuar. El impacto económico de la medida puede ser relevante para los propietarios. Por ejemplo, tomando como referencia los datos del Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda (SERPAVI), el dueño de un piso de 80 metros cuadrados con ascensor situado en una segunda planta del barrio madrileño de Puerta del Ángel, fuera de la M-30, podría tener que afrontar una indemnización de entre 7.000 y 10.000 euros si decide no renovar el contrato al llegar a su vencimiento. El contenido del decreto también introduce diferencias respecto al primer texto aprobado por el Gobierno. Entre ellas figura el plazo de preaviso, que pasa a ser de seis meses frente a los cuatro meses contemplados en el otro decreto, además de ampliar la protección de los contratos que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028. Estas diferencias han generado críticas entre distintos grupos parlamentarios y han añadido incertidumbre sobre la tramitación de las medidas. Junts, una de las formaciones cuyo apoyo resulta relevante para la convalidación de los decretos, ha expresado su preocupación por el contenido de las normas. Su portavoz en el Congreso, Míriam Nogueras, ha manifestado su "decepción y preocupación" y ha reclamado mayor rigor y solvencia en el texto. Por su parte, el presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, ha cuestionado las diferencias entre ambos decretos, ha anunciado el rechazo de su grupo y ha criticado que las medidas no incorporen actuaciones destinadas a incrementar la construcción de vivienda. Desde Podemos también se ha reclamado la retirada de los dos decretos para sustituirlos por un único texto que incluya sus propuestas, entre ellas la prórroga indefinida de los alquileres. El vicepresidente primero y ministro de Economía, Carlos Cuerpo, ha pedido a la formación responsabilidad para respaldar las medidas, mientras Podemos todavía no había concretado el sentido de su voto.

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