(Expansión, 15-05-2026) | Laboral

El absentismo se desborda y dispara los costes de las empresas en 2026

El coste del absentismo laboral sigue aumentando con intensidad en 2026. Solo en el primer trimestre del año, la factura para las empresas se aproxima ya a los 2.500 millones de euros, un 7% más que en el mismo periodo del ejercicio anterior, mientras que la duración media de las bajas se ha incrementado un 22,5%, hasta situarse cerca de los 49 días. El crecimiento sostenido de los gastos que soportan tanto las compañías como la Seguridad Social ha encendido las alarmas entre las patronales y el propio Gobierno, que analiza posibles medidas para mejorar la gestión de las incapacidades temporales y reducir su impacto económico en el marco del diálogo social con sindicatos y empresarios. Según los datos de las mutuas colaboradoras recopilados por Confemetal, el coste directo del absentismo para las empresas alcanzó al cierre de marzo los 2.432,6 millones de euros. A esta cantidad se suman otros 2.883,4 millones correspondientes a prestaciones económicas derivadas de incapacidades temporales por contingencias comunes, es decir, bajas por enfermedad no profesional. En conjunto, el desembolso asociado a estos procesos asciende a 5.316 millones de euros, frente a los 4.974 millones registrados un año antes, lo que supone un incremento de 341,5 millones y una subida interanual del 6,9%. Desde Confemetal, integrada en la CEOE y presidida por José Miguel Guerrero, advierten de que el absentismo vinculado a contingencias comunes está creciendo de forma muy relevante y afecta directamente a la organización de las plantillas, la productividad y la liquidez empresarial. Por ello, reclaman abordar esta situación "como una cuestión de Estado" con la participación conjunta de administraciones, empresas, sindicatos y trabajadores. Los datos de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, que cubren a cerca del 80% de los trabajadores, muestran una evolución negativa de los principales indicadores de incapacidad temporal, pese a que el número de procesos iniciados cayó un 14% interanual en marzo. En términos absolutos, se registraron 255.689 bajas menos que en el mismo mes del año anterior, pasando de 1,8 millones a 1,5 millones de procesos. Como consecuencia, la incidencia media mensual por cada 1.000 trabajadores protegidos descendió un 16%, desde 39,52 hasta 33,23 procesos. Sin embargo, el tiempo medio de duración de las bajas finalizadas aumentó de manera notable, pasando de 39,7 días a 48,7 días hasta marzo. Este incremento ayuda a explicar por qué el gasto sigue creciendo pese a la reducción del número de bajas iniciadas. En los procesos de larga duración, entre 366 y 545 días se contabilizan ya 104.120 bajas, un 15% más que hace un año; entre 546 y 730 días se registran 52.321 procesos, con un incremento del 20%; y las bajas superiores a los dos años alcanzan las 15.534, un 65,8% más. En total, los procesos que superan un año de duración ascienden a 171.975, lo que representa un aumento del 19% respecto al ejercicio anterior. A estos datos se suma la evolución del gasto de la Seguridad Social. La ejecución presupuestaria hasta marzo refleja un incremento del 10% en las prestaciones por incapacidad temporal, lo que apunta a que la factura anual podría superar los 20.000 millones de euros. En 2025, este gasto ya alcanzó los 18.505 millones tras crecer cerca de un 12% respecto al año previo. En paralelo, el Ministerio de Seguridad Social mantiene abiertas las negociaciones con sindicatos y empresarios para intentar contener el impacto económico derivado del aumento de las bajas laborales y del gasto asociado. Según AMAT, la patronal de las mutuas, el número de procesos iniciados creció un 7% en 2025, hasta alcanzar los 9,1 millones de bajas, lo que supone un incremento acumulado del 132% en la última década. Entre las medidas que sigue estudiando el departamento dirigido por Elma Saiz figura la implantación de las llamadas "altas progresivas". Este sistema permitiría que trabajadores con bajas de larga duración, superiores a 180 días, pudieran reincorporarse parcialmente a su actividad mientras compatibilizan durante un tiempo el salario con la prestación por incapacidad temporal. La propuesta no convence ni a las organizaciones empresariales ni a los sindicatos, aunque el Ejecutivo mantiene esta opción dentro de su hoja de ruta. El planteamiento ha cobrado fuerza tras un informe elaborado por la OCDE para el Ministerio de Seguridad Social, adelantado por EXPANSIÓN, que considera que este mecanismo podría incentivar el regreso al trabajo en procesos prolongados. Por su parte, la CEOE ha planteado distintas iniciativas orientadas a reforzar la gestión y el control de las bajas laborales. Entre otras medidas, propone que la Seguridad Social active antes la intervención de la inspección del INSS, sin esperar a que transcurran los 365 días de baja, momento en el que actualmente este organismo asume en exclusiva la evaluación y revisión de la incapacidad del trabajador. El objetivo sería intensificar los controles durante el proceso de incapacidad temporal.

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(El País, 15-05-2026) | Laboral

Trabajo presenta la herramienta de formación en riesgos laborales para empleadas de hogar con un año de retraso

El Ministerio de Trabajo ha dado a conocer este jueves nuevas herramientas destinadas a reforzar la prevención de riesgos laborales entre las trabajadoras del hogar. Desde noviembre del año pasado, los empleadores están obligados a garantizar que las viviendas donde desarrollan su actividad estas profesionales cuenten con condiciones adecuadas para prevenir o minimizar posibles accidentes laborales. Aunque estas medidas debían haberse completado hace meses -la herramienta de formación tenía como fecha prevista marzo de 2025 y tanto el protocolo contra el acoso y la violencia como la guía técnica de prevención debían estar listos en septiembre del mismo año-, finalmente los tres recursos han sido presentados de manera conjunta. Durante el acto, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, afirmó que España ocupa una posición de referencia en materia de derechos laborales para el empleo doméstico. La ministra atribuyó estos avances a la larga lucha y organización de las propias trabajadoras del sector y criticó que durante años no hayan contado con derechos básicos como la evaluación de riesgos laborales. Según señaló, las nuevas medidas buscan reforzar la protección y la capacidad de defensa de uno de los colectivos más vulnerables del mercado laboral. La herramienta formativa estará disponible a partir del próximo lunes a través de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo. Incluye contenidos sobre identificación de riesgos, prevención de accidentes relacionados con instalaciones eléctricas, gas o mobiliario, así como pautas de actuación ante emergencias. Por su parte, tanto el protocolo frente al acoso como la guía técnica han sido desarrollados por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Desde los sindicatos valoraron positivamente la puesta en marcha de estas iniciativas. La responsable de Salud Laboral de UGT, Patricia Ruiz, destacó que se trata de un avance importante aunque tardío y recordó que todavía quedan compromisos pendientes, como la incorporación de reconocimientos médicos gratuitos para estas trabajadoras dentro de la cartera común del Sistema Nacional de Salud, una medida aún sin calendario de aplicación. En la misma línea, el representante de CC OO, Mariano Sanz, consideró que estas actuaciones ayudan a reparar una deuda histórica con un sector especialmente castigado por la precariedad y la falta de protección social. También alertó, junto a UGT, del creciente peso de las plataformas digitales en este ámbito laboral y de los riesgos que pueden generar para los derechos de las trabajadoras. Ante esta situación, Yolanda Díaz anunció una campaña específica de la Inspección de Trabajo para supervisar la actividad de estas plataformas. La ministra cuestionó además que estas empresas cobren comisiones por intermediar en este tipo de servicios. Según los últimos datos de la Seguridad Social correspondientes a abril, en España hay alrededor de 386.000 empleadas de hogar afiliadas. Se trata de uno de los sectores más precarios del mercado laboral español, con el salario medio más bajo -1.138 euros mensuales frente a los 2.386 euros de media nacional- y la jornada pactada más extensa, cercana a las 40 horas semanales. Además, concentra una elevada presencia de trabajadoras extranjeras o con doble nacionalidad, que representan el 66% del total, y una participación femenina prácticamente absoluta, con un 93% de mujeres. El Ministerio de Trabajo ya impulsó en 2022 otra reforma relevante para este colectivo al reconocer por primera vez el derecho a cobrar prestaciones por desempleo. Posteriormente, en noviembre del año pasado, extendió también a estas trabajadoras el derecho a la evaluación de riesgos laborales, una obligación ya existente en el resto de sectores. Desde entonces, las familias empleadoras deben analizar los posibles riesgos del puesto, informar a las trabajadoras de las medidas preventivas adoptadas y garantizar unas condiciones adecuadas de seguridad, bajo amenaza de sanción por parte de la Inspección de Trabajo en caso de incumplimiento. La implantación inicial de esta obligación registró algunos problemas técnicos, especialmente por las caídas de la plataforma gratuita habilitada por el Gobierno para realizar las evaluaciones de riesgos. Esa situación llevó incluso a que se pidiera temporalmente a la Inspección que evitara sancionar durante las primeras semanas de aplicación. Hasta noviembre, la plataforma había contabilizado unas 268.639 evaluaciones de riesgos realizadas, lo que dejaba todavía sin cobertura preventiva a cerca de tres de cada diez trabajadoras dadas de alta en la Seguridad Social. Según los datos facilitados este jueves, la situación apenas ha variado desde entonces.

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(El País, 15-05-2026) | Laboral

Los empleados públicos temporales afectados por la sentencia del Supremo llevarán el fallo ante Bruselas

El reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre el abuso de la temporalidad en el sector público, conocido esta semana, no ha cerrado la controversia sobre cómo deben compensarse los miles de empleados que encadenan contratos temporales durante años. Al contrario, ha abierto nuevas dudas interpretativas. Tras conocerse la sentencia, el despacho que representa a numerosos afectados y que impulsó el procedimiento de infracción de Bruselas contra España ha anunciado que presentará dos nuevas denuncias ante la Comisión Europea. Según explica Javier Araúz, de Araúz Abogados, una de las reclamaciones se dirige contra la propia sentencia de la Sala de lo Social del Supremo, al considerar que vulnera la directiva europea sobre empleo temporal. La otra se centrará en la postura de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que recientemente ha señalado que no modificará su criterio pese a la nueva doctrina establecida. Estas acciones afectan, por tanto, tanto a la Sala de lo Social, que resolvió el conocido caso Obadal -una trabajadora de la Comunidad de Madrid con años de contratos temporales encadenados y que superó parcialmente una oposición sin obtener plaza fija-, como a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que deberá resolver en el futuro los casos de interinos funcionarios en situación de abuso de temporalidad. La diferencia entre ambas jurisdicciones responde al régimen jurídico aplicable: el personal laboral se rige por el Estatuto de los Trabajadores y sus conflictos se resuelven en la vía social, mientras que los funcionarios interinos, que superan ampliamente los 700.000 efectivos, se regulan por el Estatuto Básico del Empleado Público y dependen de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las nuevas denuncias se incorporarán al procedimiento de infracción abierto por la Comisión Europea en 2014 contra España por la posible mala aplicación de la normativa comunitaria sobre trabajo temporal. Bruselas reactivó el expediente el pasado 29 de abril con dos dictámenes motivados en los que exige al Gobierno español corregir las situaciones de abuso en el empleo público. España dispone de dos meses, hasta el 29 de junio, para responder o adoptar reformas; en caso contrario, el asunto podría acabar ante el Tribunal de Justicia de la UE y derivar en sanciones económicas. El proceso, sin embargo, sigue abierto en varios frentes. Aún queda pendiente el fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo sobre si el Estado sanciona de forma suficiente el abuso de temporalidad en el empleo público. También están pendientes varias cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en las que se plantea la relación entre la normativa europea y la Constitución española, base utilizada por el Supremo para rechazar la conversión automática de temporales en fijos sin oposición. Además, será clave ver cómo aplican los tribunales inferiores la última doctrina del Supremo. La sentencia introduce la posibilidad de reclamar una doble indemnización en casos de abuso: una por la extinción del contrato y otra por daños y perjuicios. El Alto Tribunal, además, sugiere un umbral orientativo para estas compensaciones adicionales, que podría situarse entre 0 y 10.000 euros, aunque podría elevarse si se acreditan perjuicios superiores. Desde Araúz Abogados se cita ya una sentencia reciente del Juzgado de lo Social número 18 de Madrid, que declaró improcedente el despido de una trabajadora temporal de la Comunidad de Madrid y condenó a la Administración a optar entre la readmisión o una indemnización cercana a los 91.000 euros. El despacho considera que, a esa cuantía, habría que añadir la compensación por abuso de temporalidad, lo que podría elevar el total por encima de los 150.000 euros. En este contexto, el catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Jaén, Cristóbal Molina, plantea dudas sobre el alcance real de la sentencia del Supremo: si servirá para reducir el número de cuestiones prejudiciales ante el TJUE, si permitirá al Gobierno defender ante Bruselas que España ya cumple la directiva europea o si, por el contrario, puede generar nuevos conflictos interpretativos que compliquen aún más la resolución del problema en la práctica judicial.

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(La Vanguardia, 15-05-2026) | Laboral

España ganó en abril un récord de 97.000 empleos extranjeros y alcanza un total de 3,25 millones

La afiliación de trabajadores extranjeros a la Seguridad Social continúa avanzando con intensidad y volvió a marcar un máximo histórico en abril. Según los últimos datos difundidos por el Gobierno, el número de cotizantes foráneos aumentó en 96.684 personas respecto al mes anterior, el mayor incremento registrado para un mes de abril desde que comenzó la serie estadística en 2012. Con ello, el total de afiliados extranjeros alcanza ya los 3,25 millones. El crecimiento registrado este año supera ampliamente al de ejercicios anteriores. En abril de 2025 el aumento mensual fue de 76.102 afiliados, frente a los 70.936 de 2024 y los 80.795 de 2023, que hasta ahora representaban el récord para este periodo. En términos interanuales, la creación de empleo entre la población extranjera también acelera su ritmo. Actualmente hay 250.939 afiliados más que hace un año, frente a los 192.253 que se sumaban en el mismo periodo de 2025. Esto supone una subida anual del 8,4%, claramente superior al 6,9% registrado entonces. Durante el mismo periodo, la afiliación de trabajadores españoles creció en 266.253 personas. Sin embargo, dado que el colectivo nacional supera los 18,7 millones de ocupados, el incremento relativo es mucho más moderado, del 1,4%. De este modo, en los últimos doce meses los trabajadores extranjeros explican prácticamente la mitad del crecimiento total del empleo en España: un 48,5%, frente al 51,5% correspondiente a los españoles. Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones descartan que estos datos reflejen todavía el impacto de la regularización extraordinaria de inmigrantes que comenzó el pasado 16 de abril. El departamento dirigido por Elma Saiz considera que el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la medida ha sido insuficiente para resolver expedientes de manera significativa, aunque prevé que sus efectos comiencen a apreciarse con más claridad a partir del verano. Por nacionalidades, Marruecos lidera el incremento mensual de afiliación en abril, con 16.817 trabajadores más, seguido de Colombia, con 11.459. También destacan los aumentos registrados entre ciudadanos de Italia, Venezuela, Perú, Senegal, Rumanía y Argentina. En comparación con hace un año, los mayores incrementos corresponden a Colombia, con 45.367 nuevos afiliados; Venezuela, con 38.601; Marruecos, con 34.347; Perú, con 18.522; y Mali, con 11.628. Por sectores, la hostelería y el sistema especial agrario fueron las actividades que más empleo extranjero generaron en abril, impulsadas por el inicio de la temporada alta turística y agrícola. Los bares y restaurantes incorporaron 42.451 trabajadores extranjeros más dentro del régimen general, un incremento cercano al 10%. En este sector, los empleados foráneos representan ya el 30% de la plantilla, el doble de la media nacional. En el sistema agrario especial, el aumento fue de 11.671 afiliaciones, con un crecimiento del 4,5%. En esta actividad, los trabajadores extranjeros suponen alrededor del 41% del total. El Ministerio destaca además que desde abril de 2022, coincidiendo con la entrada en vigor plena de la reforma laboral, la afiliación extranjera ha aumentado en cerca de 890.000 personas. Esto significa que aproximadamente el 43% del empleo creado desde entonces corresponde a trabajadores de origen extranjero. La ministra Elma Saiz subraya también que la presencia de trabajadores extranjeros se está extendiendo cada vez más a nuevos sectores económicos. Destaca especialmente el peso creciente que tienen entre los autónomos vinculados a actividades de telecomunicaciones y programación informática, donde ya representan el 32% de los ocupados. El empleo por cuenta propia entre extranjeros sigue además en expansión. Actualmente hay más de 512.000 autónomos foráneos afiliados a la Seguridad Social, un 6,8% más que hace un año.

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(El Confidencial, 15-05-2026) | Laboral

UGT convoca una huelga indefinida en el transporte por carretera a partir del 8 de junio

UGT ha anunciado la convocatoria de una huelga general indefinida en el sector del transporte de mercancías y viajeros por carretera a partir del próximo 8 de junio. El sindicato protesta por la demora del Gobierno en aprobar las medidas necesarias para permitir la jubilación anticipada sin penalizaciones en esta actividad. Durante una rueda de prensa, el secretario general de la Federación de Servicios de UGT, Antonio Oviedo, y el responsable del sector de carreteras, Diego Buenestado, advirtieron de que mantendrán la convocatoria si el Ministerio de Seguridad Social no responde a sus demandas. Aunque la huelga todavía no ha sido registrada formalmente -un trámite previsto para la última semana de mayo-, UGT confía en que el resto de sindicatos y también las patronales del sector se sumen a la protesta. Tanto las organizaciones empresariales del transporte de mercancías, encabezadas por CETM, como las del transporte de viajeros, agrupadas en Confebus, junto con UGT y CCOO, habían solicitado conjuntamente al Gobierno que esta actividad fuese reconocida como especialmente penosa. Ese reconocimiento permitiría aplicar coeficientes reductores para acceder a la jubilación anticipada sin recortes en la pensión. UGT considera que el plazo inicialmente previsto para que el Ministerio de Seguridad Social emitiera el informe necesario ya ha expirado y entiende que opera el denominado silencio administrativo, lo que equivaldría a una denegación de la petición. Antonio Oviedo criticó además la falta de comunicación por parte del Ministerio y aseguró que el sindicato no ha mantenido ninguna reunión con el departamento durante el último año. También emplazó a CCOO a mostrar cualquier documento que demuestre que el procedimiento sigue activo y que el Gobierno continúa trabajando en él. Según afirmó, si existiera esa confirmación oficial, reconsideraría la convocatoria de huelga. Sin embargo, tanto las patronales del sector como CCOO se han desmarcado de la iniciativa de UGT y consideran que la convocatoria no está justificada en este momento. Desde la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) sostienen que el conflicto afecta directamente al Gobierno y no a las empresas, que serían las principales perjudicadas por un paro del sector. En la misma línea, el presidente de Confebus, Rafael Barbadillo, señaló que cualquier movilización debería dirigirse contra la Administración y no contra las compañías de transporte. Como alternativa, sugirió organizar manifestaciones o protestas frente a las instituciones públicas en lugar de paralizar la actividad empresarial. Fenadismer también calificó de difícil de entender el anuncio de huelga y defendió que las presiones deben dirigirse al Ministerio de Seguridad Social, encargado de aprobar la declaración de actividad penosa que permitiría aplicar posteriormente los coeficientes reductores para la jubilación anticipada. Por su parte, CCOO considera prematuro convocar un paro porque, según explica el responsable del sector de transporte por carretera del sindicato, Francisco Vegas, el Ministerio continúa elaborando el informe técnico necesario para respaldar esta medida. A su juicio, lo razonable sería conceder más margen al Ejecutivo para completar ese trabajo. Ambos sindicatos, UGT y CCOO, participaron conjuntamente el pasado 10 de marzo en una protesta frente al Ministerio de Transportes para reclamar precisamente la aplicación de estos coeficientes reductores. No obstante, CCOO ha decidido ahora desvincularse de la convocatoria de huelga planteada por UGT. Fuentes del Ministerio de Seguridad Social han confirmado que el informe sigue en elaboración y han subrayado que se trata del primer procedimiento de este tipo, basado en indicadores objetivos y técnicamente complejo.

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(Expansión, 14-05-2026) | Laboral

La patronal carga contra Yolanda Díaz por poner en riesgo a las pymes con las subidas del SMI

Cepyme alerta de que el deterioro del diálogo social impulsado por el Ministerio de Trabajo, junto al aumento de los costes laborales y la creciente carga regulatoria, está poniendo contra las cuerdas a las pequeñas y medianas empresas españolas. La patronal considera que las medidas aprobadas por el Gobierno en los últimos años están reduciendo de forma notable los márgenes de las pymes y dificultando su viabilidad. Estas compañías, que representan el 99% del tejido empresarial español, afrontan importantes dificultades para adaptarse a las nuevas exigencias normativas por carecer, en muchos casos, de estructuras suficientes para asumir rápidamente los cambios regulatorios. A esta situación se suma, según la organización, el incremento de los costes de producción y especialmente de los laborales, impulsados principalmente por las sucesivas subidas del salario mínimo interprofesional promovidas por el Ministerio de Trabajo. Cepyme advierte de que esta combinación de factores está generando un escenario especialmente delicado para miles de pequeños negocios. Ante este contexto, la patronal presidida por Ángela de Miguel reclama al Ejecutivo mayor moderación tanto en la aprobación de nuevas obligaciones administrativas como en el incremento de costes laborales. En un comunicado difundido este miércoles, la organización carga especialmente contra el departamento que dirige la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, al que acusa de haber deteriorado el diálogo social y de adoptar decisiones unilaterales sin evaluar adecuadamente sus consecuencias sobre las empresas. En los últimos meses, tanto Cepyme como CEOE han abandonado distintas mesas de negociación al considerar que el Ministerio de Trabajo ya daba por cerrados determinados acuerdos antes de escuchar las propuestas empresariales. Entre los principales desacuerdos figuran las negociaciones sobre la reducción de jornada, la reforma del despido o los cambios en la normativa de prevención de riesgos laborales. La patronal de las pymes sostiene que la situación de estas empresas se ha agravado por la pérdida de calidad del diálogo social y denuncia que el Gobierno está dejando de lado a las organizaciones empresariales en cuestiones clave. A su juicio, esta dinámica refleja un desconocimiento de la realidad de las pequeñas empresas y supone un riesgo creciente para el tejido productivo español. Cepyme también advierte de que las pymes afrontan problemas estructurales que amenazan tanto su competitividad como su continuidad. Entre ellos destaca el exceso de burocracia y la sobrerregulación, que generan elevados costes administrativos y restan tiempo y recursos, especialmente en el caso de las microempresas, que carecen de departamentos especializados. Asimismo, la organización critica que muchas de las medidas laborales aprobadas no tienen en cuenta las circunstancias reales de las empresas, lo que provoca una creciente desconexión entre la legislación y la actividad económica cotidiana. La patronal señala además que la elevada presión fiscal, el encarecimiento de los costes laborales y operativos, las dificultades para avanzar en digitalización, la incertidumbre regulatoria y la falta de seguridad jurídica están configurando un escenario especialmente complejo para las pequeñas empresas. En su opinión, si esta tendencia continúa podrían multiplicarse los cierres de negocios, agravarse la despoblación y aumentar los desequilibrios territoriales. Por ello, Cepyme reclama un diálogo social "real y transparente" que incorpore las necesidades específicas de las pymes y evite decisiones unilaterales que puedan perjudicar la inversión, la competitividad y la estabilidad económica. La organización también pide medidas adaptadas al tamaño de las empresas, incentivos fiscales y apoyo específico para acelerar los procesos de digitalización.

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(El País, 14-05-2026) | Laboral

Los expertos advierten que la sentencia del Supremo sobre los trabajadores públicos temporales disparará las demandas

La sentencia del Tribunal Supremo sobre el abuso de la temporalidad en el empleo público, conocida este martes, no parece que vaya a poner fin al intenso debate judicial que ya acumula alrededor de 40.000 reclamaciones en distintas instancias. Al contrario, expertos del ámbito jurídico, académico y sindical consideran que el fallo provocará un aumento de la litigiosidad entre los trabajadores de administraciones y organismos públicos, ante la ausencia de una reforma legislativa que aporte una solución definitiva. Aunque los especialistas coinciden en que la resolución del Supremo está sólidamente argumentada, también advierten de que deja numerosas cuestiones abiertas que seguirán resolviéndose en los tribunales. El responsable del área de Empleo Público del despacho Vento Abogados & Asesores, Pablo Guntiñas, explica que el criterio fijado por el Supremo no es completamente nuevo, ya que el tribunal ya se había pronunciado en una línea similar en 2021. Sin embargo, considera que esta nueva resolución supone un cambio relevante que podría traducirse en un incremento significativo de demandas relacionadas con la fijeza laboral. El fallo responde al conocido como "caso Obadal", relativo a una trabajadora de la Comunidad de Madrid que acumuló contratos temporales durante siete años, entre 2016 y 2023. La empleada había superado parte del proceso selectivo, pero no consiguió plaza debido a que el número de aprobados superaba las vacantes disponibles, lo que provocó que continuara vinculada a la Administración mediante contratos temporales. Según explica Guntiñas, la trabajadora únicamente aprobó la fase eliminatoria de oposición, pero no logró superar la valoración de méritos. Aun así, el Supremo considera suficiente haber superado esa parte del proceso para reconocer la transformación de su relación laboral en fija. A juicio del abogado, esta interpretación puede animar a otros empleados públicos temporales a reclamar la fijeza simplemente por haber superado alguna fase selectiva. La propia sentencia incluye además un voto particular del magistrado Rafael Antonio López Parada que va incluso más lejos y plantea la posibilidad de extender este criterio a procedimientos basados exclusivamente en concursos de méritos, aunque esa posición no representa la opinión mayoritaria de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. La resolución también introduce novedades relevantes en materia de indemnizaciones por abuso de temporalidad. Además de reconocer la posible conversión en trabajadores fijos del personal laboral afectado -en este caso, la empleada ya tenía reconocida la condición de indefinida no fija- el tribunal contempla la posibilidad de que estos trabajadores puedan recibir una doble compensación económica. Por un lado, prevé una indemnización vinculada a la extinción de la relación laboral, similar a la que perciben los trabajadores despedidos en el sector privado. Por otro, abre la puerta a reclamar una compensación adicional por daños y perjuicios derivados del abuso de la contratación temporal. Para calcular esta segunda indemnización, el Supremo sugiere utilizar criterios similares a los contemplados en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, fijando como referencia cantidades mínimas que podrían alcanzar los 10.000 euros. Los expertos creen que este nuevo escenario incrementará también las reclamaciones económicas. Según Guntiñas, la sentencia obligará a los abogados a reforzar la argumentación de las demandas para acreditar los perjuicios concretos sufridos por los trabajadores y aspirar así a indemnizaciones superiores. Además, recuerda que incluso quienes ya hayan obtenido plaza fija podrían reclamar compensaciones si anteriormente padecieron situaciones de abuso de temporalidad. También las demandas ya presentadas podrán modificarse para incorporar los nuevos criterios establecidos por el Supremo. El catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad de Sevilla, Jesús Cruz Villalón, considera igualmente que esta sentencia no supone un punto final, sino el inicio de una nueva etapa judicial en la materia. A su juicio, todavía quedan numerosos aspectos pendientes que seguirán resolviéndose caso por caso en los tribunales. No obstante, Cruz Villalón sostiene que la solución definitiva no puede depender únicamente de los jueces, sino de una reforma legal impulsada por el Gobierno. Entre las posibles medidas, menciona la necesidad de establecer responsabilidades personales y patrimoniales para los funcionarios que permitan abusos en la temporalidad, agilizar los procesos selectivos para evitar retrasos de varios años y reservar plazas específicas para atender necesidades temporales o coyunturales dentro de las administraciones públicas.

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(El País, 14-05-2026) | Laboral

Trabajo recurrirá la sentencia del Supremo que limita el acceso de los inspectores a miles de empresas

El Tribunal Supremo emitió el pasado 14 de abril una sentencia con importantes consecuencias para la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El fallo establece que los inspectores necesitarán autorización judicial para acceder a un centro de trabajo cuando este coincida con el domicilio social de una empresa. En la práctica, esta decisión afecta especialmente a numerosas pymes donde la sede social y el lugar de actividad comparten ubicación. El Ministerio de Trabajo considera que esta interpretación limita la capacidad de actuación de la Inspección y, por ello, ha solicitado a la Abogacía del Estado que presente recurso contra la sentencia, según adelantó eldiario.es y han confirmado fuentes del departamento dirigido por Yolanda Díaz a EL PAÍS. Mientras espera el resultado del recurso, Trabajo asegura que la Inspección continúa desarrollando su labor con normalidad y garantizando el respeto a los derechos de los trabajadores. El ministerio explica además que, tras conocerse el fallo, se trasladaron nuevas directrices internas destinadas a reforzar la seguridad jurídica de los inspectores durante sus actuaciones. Desde el departamento subrayan que los inspectores siguen teniendo acceso a cualquier centro de trabajo, salvo en el caso de domicilios de personas físicas y, tras esta sentencia, también en determinados espacios pertenecientes a personas jurídicas considerados constitucionalmente protegidos. Según la interpretación del ministerio, esta limitación no afecta a todas las instalaciones de la empresa, sino únicamente a zonas reservadas donde se realizan tareas de dirección, se toman decisiones estratégicas o se conserva documentación sensible. En aquellos casos en los que la Inspección necesite acceder a esos espacios, Trabajo señala que será necesario obtener el consentimiento del titular o representante de la empresa. Si este se negara, los inspectores tendrían que solicitar autorización judicial para entrar en áreas no abiertas al público vinculadas a funciones directivas o de custodia documental. El ministerio recuerda además que impedir injustificadamente el acceso de la Inspección puede constituir una obstrucción sancionable conforme a la legislación vigente. La resolución del Supremo ha provocado malestar entre los representantes de los inspectores. El Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social (SITSS) advirtió en un comunicado de que exigir autorización judicial previa dificultará las inspecciones sorpresa en miles de empresas y puede perjudicar la rapidez y eficacia de las actuaciones inspectoras. El sindicato considera además que equiparar el domicilio social de una empresa al domicilio particular altera el equilibrio existente entre la protección de derechos fundamentales y las facultades de control de la Inspección de Trabajo.

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(Expansión, 13-05-2026) | Laboral

El "síndrome del papeleo" cuesta 5.500 euros por empleado en España

La burocracia tiene un coste económico, emocional y también competitivo para las empresas. En España, el tiempo perdido en tareas administrativas supone un impacto de unos 5.500 euros anuales por empleado, según un informe de Factorial. Las compañías están cada vez más digitalizadas, pero eso no implica necesariamente que sean más eficientes. En muchas organizaciones, el problema ya no es la falta de tecnología, sino el exceso de fricción interna. El estudio de Factorial, elaborado a partir del análisis de más de 16.000 empresas, calcula que las compañías españolas destinan miles de euros por trabajador a labores administrativas que consumen tiempo productivo. En una empresa de 100 empleados, el coste anual de estas ineficiencias puede superar los 550.000 euros, no por grandes errores estratégicos, sino por dedicar personal cualificado a validar procesos, rellenar formularios, perseguir aprobaciones o revisar datos. El fenómeno refleja que muchas empresas han confundido digitalización con eficiencia operativa. El papel ha desaparecido, pero sus dinámicas siguen presentes en formularios digitales, cadenas de aprobaciones, hojas compartidas y plataformas desconectadas entre sí. Todo ello alimenta lo que se conoce como retrabajo o "work about work", término utilizado por Asana. Según su informe Anatomy of Work, cerca del 60% del tiempo de los trabajadores del conocimiento se consume en coordinación, reuniones, búsquedas de información o duplicidades, en lugar de dedicarse a las funciones especializadas para las que fueron contratados. Microsoft llega a conclusiones similares en su Work Trend Index. A partir del análisis de la actividad en Microsoft 365, la compañía detecta que el empleado medio dedica el 57% de su jornada a comunicarse mediante correos, reuniones o chats, mientras solo el 43% se emplea en crear contenido o desarrollar trabajo productivo. Microsoft define esta situación como "deuda digital": una acumulación constante de mensajes, reuniones, datos y notificaciones que supera la capacidad humana para procesarlos y limita el tiempo disponible para pensar, innovar o tomar decisiones. Los mandos intermedios son uno de los colectivos más afectados. Según Factorial, el 46% de los managers en España dedica más de cinco horas semanales a tareas administrativas alejadas de sus responsabilidades principales. Además, el 75% considera que esa carga genera errores y retrasos, mientras que el 70% afirma que les impide centrarse en labores clave como la estrategia, el liderazgo o la toma de decisiones. La burocracia, por tanto, no solo consume recursos, sino que desplaza la función directiva hacia tareas operativas de bajo valor añadido. La consultora McKinsey & Company también ha alertado sobre este fenómeno. En uno de sus análisis sobre los mandos intermedios, describe a este perfil como un recurso esencial dentro de las organizaciones, pero sometido a una creciente sobrecarga entre las exigencias de la dirección y las necesidades de los equipos. Cuando estos profesionales terminan convertidos en gestores de reportes y coordinadores administrativos, las empresas desaprovechan una de sus principales palancas de ejecución. El impacto no es únicamente económico. La burocracia también pasa factura a nivel psicológico. Factorial señala que el 45% de los directivos intermedios ve invadido su tiempo personal al menos una vez por semana debido a estas tareas; el 65% reconoce haber perdido horas de descanso o tiempo libre y el 48% identifica esta carga administrativa como origen de estrés o ansiedad. Todo ello repercute además en la retención del talento. El 67% de los managers afirma haber pensado en abandonar su puesto debido a procesos internos excesivamente manuales o desorganizados, y un 22% asegura haberlo hecho ya en algún momento. Este deterioro conecta con una tendencia global: la caída del compromiso laboral. Según el informe State of the Global Workplace 2026 de Gallup, únicamente el 20% de los trabajadores del mundo estaba realmente comprometido con su empleo en 2025. La consultora estima que esta falta de engagement provocó pérdidas de productividad valoradas en unos 10 billones de dólares para la economía mundial. Gallup atribuye buena parte del problema al desgaste de los propios managers y al deterioro de su experiencia laboral. La situación se intensifica además con la denominada "gran aplanación corporativa". En busca de estructuras más ágiles y eficientes, muchas grandes compañías y empresas tecnológicas han reducido niveles jerárquicos y ampliado el tamaño de los equipos bajo supervisión de cada directivo. De ahí surge la figura de los llamados "megamanagers", responsables de más personas y más funciones que nunca. Según Gallup, en mercados como Estados Unidos el número medio de subordinados directos por manager pasó de 8,2 en 2013 a 12,1 en 2025, frente a los 10,9 registrados apenas un año antes, en 2024.

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(El País, 13-05-2026) | Laboral

El Supremo cierra la puerta a hacer fijos a los empleados públicos que encadenen contratos temporales sin aprobar una oposición

El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha hecho pública este martes una sentencia en la que rechaza que los empleados públicos que hayan sufrido un uso abusivo de contratos temporales pasen automáticamente a ser trabajadores fijos como compensación por esa situación. El alto tribunal considera que la utilización de contratos temporales por parte de las administraciones públicas sin haber superado previamente un proceso de acceso basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad no puede desembocar en la adquisición directa de la condición de fijo. Según explica la resolución, permitirlo supondría vulnerar tanto la Constitución Española como el Estatuto Básico del Empleado Público, además de perjudicar el derecho del resto de ciudadanos a acceder al empleo público en igualdad de condiciones. No obstante, el Supremo sí contempla una excepción. La sentencia admite la posibilidad de reconocer la condición de fijo a aquellos trabajadores que hayan participado en un proceso selectivo para obtener una plaza estable, hayan aprobado las pruebas y demostrado su capacidad, pero no lograran plaza únicamente porque el número de aspirantes aprobados superaba las vacantes ofertadas. Para ello, además, debe haberse producido posteriormente una sucesión abusiva de contratos temporales. El tribunal señala que esta decisión se adopta en línea con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, al que el propio Supremo había planteado dudas sobre si la normativa española ofrecía mecanismos suficientes para sancionar el abuso de temporalidad en el empleo público. En su respuesta del pasado 14 de abril, la justicia europea cuestionó la eficacia de las principales medidas existentes en España para reparar estos abusos. Entre ellas citó las indemnizaciones al finalizar la relación laboral, los procesos de estabilización abiertos a todos los aspirantes y la figura del trabajador indefinido no fijo, al considerar que ninguna de estas fórmulas parece suficiente para sancionar adecuadamente el abuso ni para corregir plenamente el incumplimiento de la normativa europea. El TJUE dejaba así abierta la posibilidad de aplicar medidas más contundentes, como la conversión de trabajadores temporales en fijos, el incremento de las indemnizaciones o la puesta en marcha de procedimientos específicos de estabilización. Frente a ello, el Supremo sostiene ahora que las medidas adecuadas para prevenir y reparar el abuso de la temporalidad y garantizar el cumplimiento de la normativa europea pasan por el pago de indemnizaciones calculadas conforme a los criterios fijados por el TJUE y por trasladar los casos acreditados de abuso a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que inicie los correspondientes procedimientos sancionadores.

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