(El País, 24-07-2026) | Laboral

El Congreso aprueba la pasarela para que hasta 100.000 autónomos accedan a la pensión pública

Miles de abogados, procuradores y otros profesionales liberales podrán acceder en el futuro a una pensión pública tras la aprobación definitiva, por parte del Congreso, de la ley que crea una pasarela para trasladar al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) los derechos generados en las mutualidades profesionales. La medida pone fin a una reivindicación que estos colectivos venían defendiendo desde hace cuatro años, aunque deja fuera a quienes ya están jubilados y perciben prestaciones de sus mutualidades. La norma, que ya había superado su primera votación en el Congreso y su tramitación en el Senado, recibió el respaldo definitivo después de que prosperaran varias enmiendas introducidas por el Partido Popular gracias a la abstención del Grupo Socialista. La reforma afecta a abogados, procuradores, arquitectos, médicos, ingenieros y otros profesionales que, en lugar de cotizar al sistema público, lo han hecho durante años a través de mutualidades como la Mutualidad de la Abogacía, la Mutualidad de los Procuradores, la Hermandad Nacional de Arquitectos o Mutual Médica. Se estima que cerca de 100.000 profesionales se encuentran en esta situación, la mayoría abogados. Aproximadamente la mitad podría acogerse a la nueva pasarela para convertir el capital acumulado en sus planes privados en años de cotización a la Seguridad Social, lo que les permitirá acceder a una pensión pública de jubilación y al resto de prestaciones del sistema. El problema surgía porque las aportaciones mínimas exigidas por las mutualidades eran considerablemente inferiores a las del RETA, lo que ha dado lugar a ahorros insuficientes para garantizar una jubilación adecuada. En muchos casos, el capital acumulado apenas permite percibir rentas mensuales de entre 300 y 500 euros, cantidades que, además, no se actualizan conforme al IPC, a diferencia de las pensiones públicas. Pese al avance que supone la aprobación de la ley, algunos representantes del colectivo consideran que la reforma resulta insuficiente. Critican especialmente la exclusión de los mutualistas ya jubilados, el limitado reconocimiento de los años cotizados y el sistema de coeficientes establecido para calcular la equivalencia entre el capital acumulado y los años de cotización. Uno de los aspectos más debatidos durante la tramitación ha sido el mecanismo para transformar las aportaciones realizadas a las mutualidades en periodos cotizados a la Seguridad Social. Los afectados reclamaban que cada mes aportado se computara como un mes cotizado. Finalmente, ese criterio solo se aplicará a quienes estuvieran integrados en una mutualidad antes del 10 de noviembre de 1995 y tuvieran al menos 52 años a 31 de diciembre de 2026, con el objetivo de favorecer a quienes se encuentran más próximos a la jubilación. Para el resto de los casos, el cálculo se realizará tomando como referencia la base mínima de cotización del RETA y aplicando un coeficiente corrector que oscilará entre el 0,67 y el 0,87. Este sistema permitirá convertir el ahorro acumulado en años de cotización, siendo más favorable cuanto menor sea el coeficiente aplicado. Además, el dinero permanecerá en la mutualidad hasta el momento de la jubilación, aunque el profesional haya optado previamente por incorporarse al RETA. La ley mantiene fuera de la pasarela a los mutualistas ya retirados, una decisión que ha generado un amplio descontento. Diversos grupos parlamentarios y representantes de las mutualidades consideran que la situación de quienes ya perciben prestaciones muy reducidas debería abordarse mediante una futura reforma específica. El texto también establece que el Gobierno dispondrá de tres meses para aprobar el reglamento que desarrollará el funcionamiento de la pasarela. La incorporación será voluntaria, pero irreversible, de modo que quienes decidan integrarse en la Seguridad Social no podrán regresar posteriormente a su mutualidad. Por último, la reforma mantiene la existencia del sistema alternativo de mutualidades al menos hasta 2030. Durante ese periodo, el Ejecutivo elaborará un informe sobre la viabilidad de este modelo, mientras las propias mutualidades defienden su continuidad al considerar que constituye un mecanismo eficaz de colaboración entre el ámbito público y el privado sin perjuicio para los profesionales.

READ MORE

(El País, 24-07-2026) | Laboral

El ingreso mínimo vital apenas llega al 44% de los hogares con condiciones para recibirlo

Cinco años después de su creación, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) continúa afrontando uno de sus principales retos: más de la mitad de los hogares que cumplen los requisitos para percibir la prestación siguen sin solicitarla. Así lo pone de manifiesto la quinta evaluación realizada por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef), que también ha anunciado que este será el último informe que elaborará sobre esta ayuda, salvo que se introduzcan cambios en su diseño. Según las estimaciones del organismo, al cierre de 2025 existían 1.031.442 hogares que reunían las condiciones de renta y patrimonio para acceder al IMV. Sin embargo, únicamente 455.401 estaban recibiendo la prestación, lo que supone que el sistema alcanzaba al 44,2% de los potenciales beneficiarios. La denominada tasa de no acceso, que mide el porcentaje de hogares con derecho a la ayuda que finalmente no la perciben, continúa siendo una de las principales debilidades del sistema. Aunque en estos cinco años se han producido mejoras tanto en la cobertura como en la gestión administrativa, estas no han sido suficientes para reducir de forma significativa el número de familias que permanecen fuera de la prestación. Entre los avances registrados destaca la reducción de los plazos de tramitación. Durante el último año, el Ministerio de Inclusión ha disminuido en 104 días el tiempo medio de resolución de los expedientes, situando la mediana en 99 días. Asimismo, el número de hogares beneficiarios aumentó un 16% respecto al año anterior y la cobertura pasó del 36% registrado en las primeras evaluaciones al 44,2% actual. No obstante, la Airef identifica diversos factores que siguen dificultando el acceso al IMV. Dos de los principales obstáculos son la acreditación de la unidad de convivencia y los problemas relacionados con el empadronamiento, cuestiones que explican el 66% de las solicitudes denegadas. Estas dificultades afectan especialmente a familias extensas, parejas no formalizadas o personas que comparten vivienda, donde resulta más complejo acreditar la composición real del hogar. El organismo también señala que el sistema utiliza, con carácter general, los ingresos del ejercicio anterior para determinar el derecho a la prestación, lo que puede retrasar el acceso de quienes experimentan una pérdida repentina de ingresos y atraviesan una situación económica distinta a la reflejada en los datos fiscales utilizados para la evaluación. En comparación con otros países europeos, España dispone de una de las rentas mínimas garantizadas de mayor cuantía, aunque ello no se traduce en una mayor cobertura. La Airef considera que el país continúa por debajo de la media europea tanto en el alcance de este tipo de prestaciones como en su capacidad para reducir la pobreza severa. Entre las razones figura que otros sistemas europeos cuentan con mecanismos de identificación y concesión automática que permiten localizar con mayor facilidad a los hogares con derecho a la ayuda, mientras que en España el acceso depende de que los potenciales beneficiarios conozcan la prestación, acrediten su situación y completen el procedimiento administrativo. Otro de los aspectos analizados es la limitada capacidad del IMV para favorecer la incorporación al mercado laboral. Según la Airef, la probabilidad media de abandonar la prestación por acceder a un empleo se sitúa en el 12%, porcentaje que aumenta hasta el 20% en el caso de las familias monoparentales y de aquellos hogares en los que el IMV representa una parte muy importante de sus ingresos. El organismo advierte de que algunos beneficiarios pueden encontrar escasos incentivos para aceptar empleos con salarios reducidos o contratos de corta duración, ya que la pérdida parcial o total de la prestación puede hacer que el incremento de ingresos resulte insuficiente para compensar el cambio. Con el objetivo de corregir esta situación, el Gobierno implantó en 2023 un incentivo al empleo, posteriormente reformado en marzo de 2026, que permite excluir parte del aumento de los ingresos laborales al calcular la reducción del IMV. Sin embargo, la Airef considera que esta medida no ha logrado los resultados esperados, en gran medida porque los beneficiarios tienen dificultades para conocer con antelación cómo afectará un empleo a la cuantía de la prestación. Por ello, recomienda simplificar el funcionamiento de este mecanismo. El informe también pone de relieve la elevada compatibilidad del IMV con otras ayudas públicas. El 51% de los beneficiarios percibe simultáneamente otra prestación y un 16% recibe dos o más ayudas adicionales. Entre ellas destaca el subsidio por desempleo, que percibe el 16,6% de los titulares del IMV durante su primer año como beneficiarios, una coincidencia especialmente frecuente entre las personas mayores de 52 años.

READ MORE

(El País, 24-07-2026) | Laboral

Trabajo y Economía pactan llevar el refuerzo del control horario al Consejo de Ministros a la vuelta del verano, más tarde de lo que pedían CC OO y UGT

Los sindicatos habían lanzado un ultimátum al Gobierno para que aprobara antes de finales de julio la reforma del registro horario, pero el Ejecutivo no cumplirá ese plazo. Fuentes gubernamentales confirman que la medida no llegará al último Consejo de Ministros antes del parón estival y que su tramitación se pospondrá hasta septiembre, pese a que tanto el Ministerio de Economía como el de Trabajo aseguran haber alcanzado un acuerdo para impulsarla a la vuelta del verano. La advertencia de UGT y CC OO había sido clara. Sus secretarios generales, Unai Sordo y Pepe Álvarez, reclamaron que el refuerzo del control horario estuviera aprobado antes del 31 de julio o, de lo contrario, los sindicatos no apoyarían nuevos acuerdos con el Ejecutivo que posteriormente no se tradujeran en cambios legislativos. La presión sindical se debe a que esta reforma fue pactada con el Ministerio de Trabajo y puede aprobarse sin necesidad de una mayoría parlamentaria, a diferencia de la reducción de jornada, que fue rechazada en el Congreso por PP, Vox y Junts. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, había elevado las expectativas al afirmar que el Gobierno estaba trabajando para aprobar la norma "lo antes posible". Sin embargo, el Ejecutivo descarta incluirla en la próxima reunión del Consejo de Ministros, donde sí está previsto abordar otras medidas relacionadas con vivienda. El retraso refleja las diferencias que han existido dentro del Gobierno sobre el contenido de la reforma. La tensión alcanzó su punto máximo hace unos meses, cuando el Consejo de Estado emitió un dictamen crítico con algunos aspectos del proyecto, como la falta de adaptación a las particularidades de determinados sectores, el impacto sobre las pequeñas empresas y la posible invasión de competencias legislativas al regular mediante decreto aspectos considerados relevantes. Desde el Ministerio de Trabajo defendieron entonces la necesidad de mantener la reforma y acusaron indirectamente a Economía de haber influido en las objeciones planteadas. Díaz llegó a afirmar que seguiría adelante con el nuevo registro horario "aunque sea lo último que haga". Desde entonces, el tono se ha moderado y ambos departamentos han buscado una solución consensuada. La nueva versión del texto incorporará previsiblemente ajustes técnicos para responder a las observaciones del Consejo de Estado, aunque Trabajo asegura que no alterarán el objetivo principal de la reforma. Uno de los puntos de discrepancia entre ambos ministerios era el periodo de adaptación para las empresas: Trabajo defendía seis meses, mientras que Economía planteaba un plazo de un año. La reforma pretende modernizar el sistema actual de registro de jornada, obligatorio desde 2019, introduciendo un modelo exclusivamente digital y con acceso directo para la Inspección de Trabajo. El objetivo es que los inspectores puedan comprobar en tiempo real el cumplimiento de los horarios y detectar posibles excesos de jornada, especialmente en sectores donde los sindicatos denuncian mayores niveles de abuso laboral. Además del registro horario, UGT y CC OO reclaman al Gobierno que apruebe otro compromiso vinculado a la subida del salario mínimo: una norma que impida a las empresas absorber los incrementos del SMI mediante la reducción de complementos salariales como antigüedad o pluses de peligrosidad. Las centrales consideran esta medida necesaria para mantener el efecto real de las subidas salariales pactadas. La posición de los sindicatos tiene especial relevancia para Yolanda Díaz, ya que las organizaciones sindicales han sido el principal apoyo del diálogo social en sus reformas laborales, después de más de dos años sin acuerdos con las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme. Actualmente permanecen abiertas varias mesas de negociación, entre ellas la adaptación de la directiva europea sobre transparencia salarial, la participación sindical en los consejos de administración y la reforma del sistema de indemnización por despido. Aunque los sindicatos muestran mayor comprensión ante las dificultades del Gobierno para sacar adelante acuerdos parlamentarios en un Congreso fragmentado, consideran más difícil de justificar la demora en la aprobación de medidas que no requieren respaldo legislativo. Como resumió Pepe Álvarez, la prioridad es que el registro horario salga adelante cuanto antes, independientemente de las diferencias internas que hayan retrasado su aprobación.

READ MORE

(La Vanguardia, 24-07-2026) | Laboral

El Gobierno propone a Yolanda Díaz como directora general de la OIT, el organismo de la ONU dedicado al trabajo

El Gobierno ha decidido presentar la candidatura de la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, para ocupar la dirección general de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), según han confirmado fuentes del Ejecutivo. De resultar elegida, se convertiría en la primera mujer y la primera representante de España al frente de este organismo especializado de Naciones Unidas. Díaz competirá por el cargo con el actual director general de la OIT, Gilbert F. Houngbo, que ocupa la presidencia de la institución desde 2022. En los últimos meses, diversas organizaciones sindicales españolas han mostrado su desacuerdo con la orientación adoptada por la organización bajo su mandato, una crítica que la propia ministra expresó durante su intervención del pasado 9 de junio en la sede de la OIT, en Ginebra. En aquella ocasión afirmó que la institución atraviesa una etapa de dificultades y defendió la necesidad de preservar su misión de protección del trabajo digno. La posibilidad de que Yolanda Díaz optara a la dirección de la OIT comenzó a tomar fuerza a mediados de junio, aunque el Ministerio de Trabajo evitó entonces pronunciarse sobre esa opción. Los principales sindicatos españoles señalaron que no habían impulsado su candidatura, si bien valoraron positivamente su perfil para asumir esta responsabilidad. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció oficialmente la candidatura a través de las redes sociales, donde destacó la trayectoria de Díaz en materia de derechos laborales, diálogo social y crecimiento económico. La vicepresidenta también confirmó su decisión y aseguró que afronta la candidatura con el objetivo de representar a España, Europa, el Sur Global y al conjunto de la comunidad internacional. La elección corresponde al Consejo de Administración de la OIT, integrado por 56 miembros: 28 representantes gubernamentales, 14 representantes de los trabajadores y otros 14 de las organizaciones empresariales. El plazo para presentar candidaturas permanecerá abierto hasta el 14 de agosto, mientras que la votación está prevista para el 16 de noviembre. La persona elegida asumiría el cargo en noviembre de 2027. En caso de resultar vencedora, Díaz mantendría sus responsabilidades como vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo hasta la fecha de incorporación a la organización. Fuentes conocedoras del funcionamiento interno de la OIT consideran que la candidatura española afronta una competición exigente, aunque con opciones reales de éxito. Según este análisis, resulta previsible que la representación empresarial no respalde mayoritariamente a Díaz debido a sus posiciones en materia de regulación laboral, mientras que el bloque sindical podría inclinarse en buena medida a su favor, aunque no de forma unánime. El resultado dependerá en gran medida del voto de los representantes gubernamentales de los 28 países que forman parte del Consejo de Administración. Entre ellos figuran Estados como Alemania, Brasil, China, Francia, Italia, Japón, Canadá, Estados Unidos, Reino Unido, India, España, Corea del Sur o Uruguay, entre otros. La candidatura de Yolanda Díaz se suma a la del ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, quien también aspira a dirigir otro organismo de Naciones Unidas, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO).

READ MORE

(El Economista, 24-07-2026) | Laboral

El salario bruto subió un 3,1% en 2025 hasta los 28.410, su nivel más elevado desde 2008

El salario bruto anual por trabajador alcanzó en 2025 los 28.410,78 euros, lo que supone un incremento del 3,1% respecto al año anterior y el nivel más elevado registrado desde el inicio de la serie estadística en 2008, según los datos de la Encuesta Anual de Coste Laboral publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Esta remuneración representó el 73,3% del coste laboral total soportado por las empresas. El principal componente de los costes no salariales fueron las cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social, que ascendieron a 9.354,87 euros por trabajador y equivalieron al 24,1% del coste total. En conjunto, salarios y cotizaciones concentraron el 97,4% del coste laboral bruto. El coste laboral anual por trabajador se situó en 38.748,94 euros, un 3,3% más que en 2024. Una vez descontadas las subvenciones y deducciones recibidas de las administraciones públicas, el coste laboral neto alcanzó los 38.511,76 euros, lo que representa un aumento interanual del 3,2%. El resto de los costes laborales correspondió a distintos conceptos complementarios. Las empresas destinaron una media de 531,46 euros por trabajador a beneficios sociales, entre los que se incluyen aportaciones voluntarias a seguros y planes de pensiones, prestaciones complementarias de la Seguridad Social y otros gastos de carácter social. Asimismo, dedicaron 194,68 euros a otros gastos derivados del trabajo, como indemnizaciones por finalización de contratos, ropa y material de trabajo, transporte o procesos de selección de personal. Las indemnizaciones por despido ascendieron a una media de 180,66 euros por trabajador, mientras que la formación profesional supuso un gasto de 76,49 euros. Por comunidades autónomas, la Comunidad de Madrid registró el mayor coste laboral anual, con 45.983,31 euros por trabajador, seguida del País Vasco, con 44.034 euros, y de Navarra, con 41.697,31 euros. En el extremo opuesto se situaron Extremadura, con 31.657,19 euros, Canarias, con 32.016,86 euros, y la Región de Murcia, con 33.293,38 euros. En cuanto a la evolución anual, Baleares, La Rioja y Castilla y León fueron las comunidades que experimentaron los mayores incrementos del coste laboral, mientras que Asturias fue la única región en la que el coste laboral neto registró un descenso respecto al ejercicio anterior. El estudio del INE también pone de relieve el elevado grado de cobertura de la negociación colectiva. Durante 2025, el 95,4% de los centros de trabajo, que agrupaban al 86,7% de los trabajadores, estuvieron regulados por convenios colectivos, predominando los convenios de ámbito inferior al estatal.

READ MORE

(Expansión, 23-07-2026) | Laboral

La Seguridad Social prevé recortar hasta un 21% la pensión a los trabajadores que hayan cotizado menos de 38 años si adelantan su jubilación

La normativa vigente permite acceder a la jubilación anticipada de forma voluntaria, aunque hacerlo antes de la edad ordinaria conlleva una reducción permanente de la pensión. En el caso de quienes hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses, el recorte puede alcanzar el 21%, según las reglas aplicadas por la Seguridad Social. Contar con una larga trayectoria de cotización no garantiza que la pensión quede exenta de penalizaciones. Las últimas reformas del sistema de pensiones han reforzado los incentivos para retrasar la jubilación y prolongar la vida laboral, incrementando los coeficientes reductores para quienes deciden retirarse antes de tiempo. La reducción aplicada depende tanto del número de meses de anticipo respecto a la edad legal de jubilación como del tiempo total cotizado. Además, durante el periodo transitorio también existen coeficientes específicos para quienes generan una pensión teórica superior a la pensión máxima establecida. Actualmente, la jubilación anticipada voluntaria puede solicitarse hasta 24 meses antes de la edad ordinaria. Esto permite jubilarse a los 64 años y 10 meses a quienes hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses, mientras que quienes acrediten al menos ese periodo de cotización pueden hacerlo a partir de los 63 años. Las penalizaciones varían según los años cotizados. Para quienes acumulan menos de 38 años y 6 meses, la reducción oscila entre el 3,26% y el 21%. Si el periodo cotizado se sitúa entre 38 años y 6 meses y menos de 41 años y 6 meses, el recorte va del 3,11% al 19%. Con una cotización de entre 41 años y 6 meses y menos de 44 años y 6 meses, la reducción se sitúa entre el 2,96% y el 17%. Finalmente, quienes acreditan al menos 44 años y 6 meses cotizados afrontan reducciones de entre el 2,81% y el 13%. En el caso de los trabajadores cuya pensión calculada supera la pensión máxima, fijada en 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros anuales, también se aplican coeficientes reductores, aunque de menor intensidad. Así, las reducciones oscilan entre el 1,33% y el 9,10% para quienes han cotizado menos de 38 años y 6 meses; entre el 1,28% y el 8,5% para quienes acreditan entre 38 años y 6 meses y menos de 41 años y 6 meses; entre el 1,24% y el 7,9% para los que suman entre 41 años y 6 meses y menos de 44 años y 6 meses; y entre el 1,19% y el 6,7% para quienes superan los 44 años y 6 meses de cotización. En todos los supuestos, los coeficientes reductores se aplican sobre el importe de la pensión ya calculada y no sobre la base reguladora.

READ MORE

(El País, 23-07-2026) | Laboral

Yolanda Díaz asegura que el refuerzo del registro horario está “prácticamente listo” a una semana de que venza el ultimátum sindical

Los sindicatos han advertido al Gobierno de que no respaldarán nuevos acuerdos si antes del parón estival no se aprueba el refuerzo del registro horario. Tras no incluirse esta medida en la última reunión del Consejo de Ministros, el Ejecutivo dispone únicamente de una sesión más antes de las vacaciones de agosto para cumplir el compromiso adquirido con las organizaciones sindicales. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, aseguró tras el Consejo de Ministros que la norma se encuentra "prácticamente lista" y expresó su confianza en que pueda recibir luz verde en la próxima reunión del Ejecutivo. Díaz explicó que el Gobierno continúa trabajando en la tramitación de la reforma y reiteró la necesidad de reforzar el control sobre las horas extraordinarias no remuneradas. Según recordó, en España se realizan cada semana alrededor de 2,65 millones de horas extra que no son retribuidas, una situación que calificó de inaceptable y que, según afirmó, la nueva regulación pretende corregir. La negociación continúa abierta entre los ministerios de Trabajo y Economía, ya que el refuerzo del registro horario constituye una de las medidas del proyecto de reducción de la jornada laboral que puede aprobarse mediante vía reglamentaria, sin necesidad de una nueva tramitación parlamentaria. Los sindicatos, que participaron en el acuerdo alcanzado con el Ministerio de Trabajo sobre esta reforma, han mostrado su malestar por el retraso acumulado y consideran que las diferencias existentes dentro del Gobierno están demorando innecesariamente su aprobación. Las discrepancias se hicieron públicas hace cuatro meses, cuando el Consejo de Estado emitió un dictamen crítico con el proyecto. El órgano consultivo cuestionó, entre otros aspectos, la falta de adaptación de la norma a las particularidades de algunos sectores, el impacto que podría tener sobre las pequeñas y medianas empresas y el hecho de que un reglamento incorporase materias que, a su juicio, deberían regularse mediante una norma con rango de ley. Desde el Ministerio de Trabajo sostienen que buena parte de esas observaciones procedían de las aportaciones realizadas por el Ministerio de Economía durante la elaboración del texto. En aquel momento, Yolanda Díaz manifestó su intención de continuar adelante con la reforma pese a las discrepancias existentes dentro del Ejecutivo. En los últimos meses, sin embargo, ambas partes han mantenido un tono más conciliador con el objetivo de alcanzar un acuerdo. Trabajo ha avanzado que introducirá algunos ajustes de carácter técnico para responder a las observaciones del Consejo de Estado, aunque asegura que esos cambios no alterarán el contenido esencial de la reforma. Uno de los principales puntos de desacuerdo continúa siendo el periodo de adaptación que tendrán las empresas para implantar el nuevo sistema. Mientras el Ministerio de Trabajo defiende un plazo de seis meses, el Ministerio de Economía considera más adecuado conceder un año. El registro horario es obligatorio en España desde 2019. Con la nueva regulación, el Gobierno pretende reforzar su eficacia imponiendo que el control de jornada sea exclusivamente digital y que la Inspección de Trabajo pueda acceder directamente y en tiempo real a los registros para comprobar el cumplimiento de la normativa sobre jornada laboral y horas extraordinarias. La presión sindical continúa aumentando. El secretario general de Comisiones Obreras, Unai Sordo, ha advertido de que, si el nuevo registro horario no está aprobado antes del 31 de julio, los sindicatos dejarán de participar en acuerdos que posteriormente no se traduzcan en cambios legislativos. En términos similares se ha pronunciado el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, quien considera que la paciencia de las organizaciones sindicales está prácticamente agotada.

READ MORE

(El Economista, 23-07-2026) | Laboral

Los gestores administrativos denuncian que una baja laboral le cuesta al autónomo más que el beneficio mensual

La conciliación entre la vida personal, familiar y profesional se ha convertido en uno de los principales desafíos económicos para los cerca de 3,5 millones de trabajadores autónomos en España. A diferencia de lo que ocurre con los asalariados, cuya ausencia puede ser asumida por la organización de la empresa, la continuidad de un negocio gestionado por un autónomo depende en gran medida de su presencia y dedicación directa. Situaciones habituales como una baja por maternidad, una enfermedad o la necesidad de atender a un familiar dependiente pueden provocar la interrupción de la actividad o una importante reducción de los ingresos, comprometiendo la viabilidad del negocio. Un informe elaborado por el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid (Icogam) concluye que la conciliación ha dejado de ser únicamente una cuestión de derechos laborales para convertirse en un problema económico de carácter estructural. El elevado coste que supone mantener la actividad durante una ausencia lleva a muchos profesionales a renunciar, en la práctica, a ejercer derechos reconocidos legalmente por temor a poner en riesgo su empresa. El estudio estima que contratar a una persona para sustituir al autónomo durante el primer mes de ausencia supone un coste aproximado de 2.339,90 euros. Esta cifra incluye tanto los gastos laborales derivados de la contratación como la pérdida de productividad asociada al periodo de adaptación del sustituto. Este importe supera el rendimiento neto medio mensual de un trabajador autónomo, situado en torno a los 2.298 euros. Incluso una vez superada la fase inicial de adaptación, el margen económico disponible tras asumir el coste de la sustitución se reduce a unos 417,70 euros mensuales, una cantidad que resulta insuficiente para hacer frente a los gastos fijos del negocio o a posibles imprevistos. Como consecuencia, muchos pequeños empresarios se enfrentan a la disyuntiva de asumir pérdidas económicas importantes o paralizar temporalmente su actividad. Según el informe, esta situación provoca que numerosos autónomos continúen trabajando pese a estar enfermos, pospongan tratamientos médicos o reduzcan los permisos destinados al cuidado de familiares. El presidente del Icogam, Fernando Jesús Santiago Ollero, señala que para millones de trabajadores por cuenta propia la conciliación constituye, sobre todo, un problema económico, ya que atender responsabilidades familiares o recuperarse de una enfermedad puede poner en peligro la continuidad de su negocio. El análisis también desglosa el origen de estos costes. Para calcular el gasto laboral mensual de 1.880,30 euros, el estudio toma como referencia un Salario Mínimo Interprofesional proyectado para 2026 de 1.425 euros brutos mensuales en doce pagas, al que se añaden las cotizaciones sociales a cargo del empleador, así como una pérdida de productividad estimada en el 20% durante el primer mes de incorporación del sustituto. A ello se suman los costes derivados de la formación. En la mayoría de los pequeños negocios, el sustituto debe aprender procedimientos específicos, el funcionamiento de herramientas concretas y la gestión personalizada de la cartera de clientes, un proceso que requiere la implicación directa del titular precisamente cuando dispone de menos tiempo para dedicar a estas tareas. El informe también advierte de otros riesgos indirectos asociados a la falta de sustitución, como retrasos en la relación con proveedores, errores operativos o incumplimientos de obligaciones fiscales, laborales o regulatorias que pueden derivar en sanciones. Esta realidad se ve agravada por dos características del tejido empresarial español. Por un lado, el envejecimiento del colectivo de autónomos, ya que una parte importante supera los 45 años, incrementando la probabilidad de sufrir problemas de salud o asumir responsabilidades de cuidado familiar. Por otro, el predominio del sector servicios, donde la mayoría de los negocios son microempresas cuya actividad depende casi exclusivamente de la presencia del titular. El estudio calcula que cada hora de trabajo efectivo de un autónomo genera un valor medio de 16,11 euros. Si decide cerrar temporalmente el negocio en lugar de contratar un sustituto, una interrupción de apenas dos semanas supone dejar de ingresar alrededor de 1.149 euros. Además, el cierre de la actividad no elimina los gastos fijos. El pago del alquiler del local, los suministros, las cuotas de préstamos, los seguros y las obligaciones fiscales continúan devengándose, por lo que el impacto económico final resulta muy superior a la simple pérdida de ingresos. El presidente del Icogam destaca que esta situación explica por qué muchos autónomos siguen trabajando durante una baja médica o reducen sus permisos familiares, al considerar que el coste de dejar temporalmente la actividad supera los beneficios que genera su negocio. El informe también pone de relieve las diferencias existentes entre comunidades autónomas. Las ayudas destinadas a facilitar la conciliación varían considerablemente según el territorio, existiendo regiones que carecen de programas específicos y otras donde las coberturas resultan insuficientes para afrontar los costes reales de una sustitución. A esta desigualdad territorial se añade un aspecto fiscal relevante: buena parte de las ayudas públicas disponibles tributan en el IRPF como rendimientos de actividades económicas, lo que reduce el importe neto que finalmente perciben los trabajadores autónomos beneficiarios.

READ MORE

(Expansión, 21-07-2026) | Laboral

Las empresas deberán informar a sus empleados de vacantes que mejoren sus condiciones o podrían ser multadas

El Estatuto de los Trabajadores garantiza que las empresas informen a determinados empleados sobre las vacantes disponibles cuando estas puedan suponer una mejora de sus condiciones laborales. Esta obligación está regulada, principalmente, en los artículos 15 y 12 de la norma. El artículo 15, dedicado a la duración del contrato de trabajo, establece en su apartado séptimo que las empresas deben comunicar a los trabajadores con contratos temporales, de duración determinada o formativos la existencia de puestos vacantes que permitan acceder a un empleo estable. El objetivo es que estos empleados puedan optar a contratos indefinidos en igualdad de condiciones que el resto de la plantilla. La información sobre estas vacantes debe difundirse mediante un anuncio público en un lugar accesible del centro de trabajo o a través de los procedimientos que establezca la negociación colectiva. Asimismo, la empresa está obligada a informar de estas oportunidades a la representación legal de los trabajadores, aunque no sea necesario entregar una copia básica de la comunicación. Esta regulación impide que las empresas excluyan a los trabajadores temporales o con contratos formativos de los procesos para cubrir puestos indefinidos. De este modo, se garantiza que todos los empleados tengan las mismas posibilidades de acceder a una mejora de sus condiciones laborales. Por otro lado, el artículo 12.4.d) del Estatuto de los Trabajadores protege específicamente a quienes prestan servicios a tiempo parcial. Este precepto reconoce que estos empleados deben disfrutar de los mismos derechos que quienes trabajan a jornada completa, sin que puedan sufrir un trato discriminatorio por razón de su modalidad de contratación. La norma añade que estos derechos deberán aplicarse conforme a la legislación vigente, la normativa reglamentaria y los convenios colectivos, respetando el principio de proporcionalidad cuando proceda, como ocurre con el salario en función del tiempo trabajado. Además, se garantiza expresamente la ausencia de cualquier discriminación, tanto directa como indirecta, entre hombres y mujeres.

READ MORE

(El Confidencial, 21-07-2026) | Laboral

La AIReF y el Banco de España están preocupados por el desajuste entre salarios y productividad

España continúa registrando una inflación superior a la media de la zona euro. Mientras el Índice de Precios de Consumo (IPC) se sitúa en el 3,6%, el promedio de la eurozona alcanza el 2,8%. Según distintos análisis, si no se hubieran aplicado las rebajas fiscales destinadas a contener el encarecimiento de los precios, la inflación habría ascendido hasta el 4,4% en junio, una de las tasas más elevadas del área del euro, únicamente por detrás de Chipre. Este comportamiento de los precios se produce en un contexto de fuerte crecimiento económico. La economía española acumula varios años expandiéndose a un ritmo superior al del conjunto de la eurozona. Sin embargo, tanto el Banco de España como la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) advierten de la evolución de los costes laborales unitarios (CLU), un indicador que relaciona el coste salarial necesario para producir una unidad de bienes o servicios y que depende tanto de la evolución de los salarios como de la productividad. La AIReF señala que los costes laborales unitarios nominales están aumentando en un escenario caracterizado por incrementos moderados de los salarios reales y por un estancamiento de la productividad. Según sus previsiones, este indicador continuará creciendo un 3,1% este año y un 3,3% el próximo. El organismo también prevé que la productividad mantenga una evolución muy limitada durante los próximos ejercicios y que las mejoras de los salarios reales sigan siendo moderadas. En consecuencia, considera que la elevada inflación limita el avance del poder adquisitivo de los trabajadores, ya que las subidas salariales no compensan plenamente el aumento del coste de la vida. Además, la AIReF advierte de que España ha experimentado una pérdida de competitividad en términos de precios frente al conjunto de la eurozona, especialmente en la industria manufacturera, como consecuencia del incremento de los costes laborales unitarios. Desde el inicio de la pandemia, la productividad por trabajador ocupado ha evolucionado de forma dispar entre España y la eurozona. Mientras en el conjunto del área del euro ha aumentado un 0,6%, en España ha retrocedido un 0,8%, según los datos citados por la institución. Entre los factores que explican este comportamiento figura el aumento del absentismo laboral asociado a las bajas médicas. Aunque la productividad por hora trabajada ha mostrado cierta mejora, el elevado número de horas no trabajadas ha reducido la productividad por empleado. Durante el último año, más de un millón de personas dejaron de acudir diariamente a su puesto de trabajo por encontrarse en situación de incapacidad temporal, lo que equivale aproximadamente al 4,6% de la población ocupada, según la Encuesta de Población Activa (EPA). El Banco de España también ha alertado en informes recientes del mayor crecimiento de los costes laborales unitarios respecto al conjunto de la eurozona. La institución considera que el mercado laboral presenta señales de creciente tensión. Aunque España mantiene una tasa de desempleo superior al 10%, algunas empresas comienzan a encontrar dificultades para cubrir determinados puestos de trabajo. Según el supervisor, la relación entre personas desempleadas y vacantes disponibles ha disminuido de forma significativa. Si en 2020 existían unas 77 personas desempleadas por cada puesto vacante, actualmente la cifra se sitúa en torno a 33, sin que se observen signos de moderación. Además, una parte importante de los desempleados corresponde a parados de larga duración cuyas características personales o profesionales dificultan su incorporación al mercado laboral. Esta escasez de mano de obra obliga a numerosas empresas a ofrecer mejores condiciones salariales para atraer trabajadores. No obstante, tanto el Banco de España como la AIReF advierten de que los incrementos salariales que no vayan acompañados de mejoras de la productividad pueden traducirse en una pérdida de competitividad para la economía. Pese a ello, la AIReF señala que España todavía mantiene una posición sólida en los mercados internacionales y no ha registrado una pérdida significativa de cuota en las exportaciones. El organismo recuerda que las ganancias de competitividad obtenidas durante los años posteriores a la anterior crisis económica proporcionan cierto margen para mejorar las retribuciones. Sin embargo, considera que, mientras la inflación española continúe situándose por encima de la media europea, una parte importante de esas subidas salariales difícilmente se traducirá en una mejora efectiva del poder adquisitivo y sí podría afectar a la competitividad de la economía a medio plazo.

READ MORE

ARE YOU LOOKING

FOR PERSONAL OR BUSINESS ADVICE?

Make your inquiry online or come visit us