(El País, 05-03-2026) | Laboral

Díaz se reúne este jueves con los líderes patronales y sindicales para diseñar un escudo social ante la escalada bélica

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha citado para este jueves a los principales representantes de sindicatos y patronales con el fin de analizar posibles medidas de apoyo ante el agravamiento del conflicto en Oriente Próximo. A la reunión asistirán el secretario general de CC OO, Unai Sordo; el líder de UGT, Pepe Álvarez; el presidente de CEOE, Antonio Garamendi; y la presidenta de Cepyme, Ángela de Miguel. La ministra explicó que el objetivo del encuentro es estudiar un paquete de iniciativas que protejan tanto a los trabajadores como a las empresas ante las posibles consecuencias económicas y sociales derivadas de la escalada bélica, en referencia a lo que calificó como "ataques ilegales" del presidente estadounidense, Donald Trump, contra Irán. Según indicó, al igual que ocurrió durante la pandemia o tras el estallido de la guerra en Ucrania, el Ejecutivo actuará para salvaguardar a la ciudadanía frente a los efectos que pueda generar esta coyuntura. Así lo señaló durante la apertura de unas jornadas dedicadas al impacto de la inteligencia artificial en el empleo. Díaz, que gestionó personalmente la convocatoria con los dirigentes sindicales y empresariales, afirmó que el Gobierno está preparado para adoptar decisiones "de manera inmediata" si fuera necesario. Estas medidas podrían centrarse en ámbitos como el mantenimiento del tejido productivo, el encarecimiento de la cesta de la compra o el aumento de los costes energéticos. Fuentes cercanas a la reunión apuntan que, previsiblemente, las actuaciones relacionadas con la energía serán prioritarias, aunque se analizarán todos los posibles efectos económicos y sociales. Desde CC OO, su secretario de Acción Sindical, Javier Pacheco, señaló que la intención es diseñar un "escudo social", tomando como referencia los mecanismos aplicados durante la crisis sanitaria y los aprobados tras la invasión de Ucrania. Por su parte, el vicesecretario de Acción Sindical de UGT, Fernando Luján, indicó que los sindicatos acudirán con disposición a escuchar y a pactar las medidas que resulten necesarias, como ya hicieron en situaciones anteriores. Las organizaciones sindicales han comenzado a recopilar información urgente sobre el impacto que la actual escalada puede estar teniendo en empresas y sectores productivos, así como sobre el conflicto diplomático abierto recientemente entre Estados Unidos y el Gobierno español. En este contexto, Díaz respondió a las críticas de Trump defendiendo que España es un país soberano y comprometido con la paz, con plena legitimidad para decidir sobre los derechos y la vida de sus ciudadanos. Subrayó además que el país "no admite presiones ni lecciones de nadie". Asimismo, instó al líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, a posicionarse con claridad y a explicar si respalda la postura del Gobierno español o los planteamientos del mandatario estadounidense.

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(El Economista, 05-03-2026) | Laboral

Los ceses en periodo de prueba se disparan un 864%

En 2025 las empresas españolas dieron por finalizados 1,02 millones de contratos porque los empleados no superaron el periodo de prueba. La cifra supone un aumento del 2,34% respecto a 2024 y un 79% más que en 2021, antes de la reforma laboral. Se trata del nivel más alto desde que existen registros comparables (2013) y contrasta con la ligera caída de los despidos en sentido estricto, que descendieron un 1,4% hasta los 1,04 millones, aunque todavía se sitúan un 94% por encima de los niveles previos al cambio normativo. Estos datos evidencian una divergencia entre las dos principales vías de extinción laboral que más han crecido en los últimos años. El contexto está marcado por el desplome de la contratación temporal y el avance de los contratos indefinidos. Esto influye especialmente en las bajas durante el periodo de prueba: las correspondientes a trabajadores fijos se han multiplicado un 864%, superando las 720.000, mientras que los despidos han aumentado un 137%. Esta evolución alimenta las sospechas de que el periodo de prueba se estaría utilizando para encubrir empleos de carácter eventual bajo la apariencia de indefinidos, generando trabajadores fijos con escasa estabilidad real. Conviene distinguir que no superar el periodo de prueba no equivale jurídicamente a un despido. Ambas figuras tienen regulación y efectos distintos en el Estatuto de los Trabajadores. El periodo de prueba, cuyo límite general es de seis meses -aunque los convenios pueden ampliarlo ligeramente-, vincula tanto a la empresa como al trabajador. Durante ese tiempo, el empleado puede marcharse sin necesidad de preaviso. No obstante, las estadísticas de la Seguridad Social solo contabilizan como bajas por no superar el periodo de prueba aquellas en las que el desistimiento parte del empresario; si es el trabajador quien se va, se considera dimisión. En estos casos, a diferencia del despido, no existe derecho a indemnización y apenas se exige justificación, salvo supuestos claros de discriminación. Además, los contratos temporales que concluyen al cumplirse el plazo pactado sí generan indemnización -12 días por año trabajado-, lo que implica que extinguir un contrato indefinido durante el periodo de prueba puede resultar incluso más barato que dejar finalizar uno eventual. Esta mayor facilidad, rapidez y menor coste respecto al despido o a la finalización de un contrato temporal ha situado al periodo de prueba en el centro del debate tras la reforma laboral, ante la sospecha de que en algunos casos sustituye de facto a la temporalidad. Si se observa la serie histórica, antes de la pandemia y de la reforma ya se apreciaba que, cuando el empleo repunta, aumentan con fuerza las bajas en periodo de prueba, llegando a superar a los despidos. Sin embargo, desde 2021 ambas variables han evolucionado de manera más paralela. Incluso en determinados meses, como enero, los despidos superan a las extinciones por no superar la prueba. En términos globales, el incremento podría interpretarse como una consecuencia lógica del aumento de la contratación indefinida desde 2021. Sin embargo, hay un dato revelador: en 2021 solo el 13% de las bajas por no superar el periodo de prueba afectaba a indefinidos; ahora ese porcentaje alcanza el 75%. Asimismo, el peso de los despidos sobre contratos indefinidos ha pasado del 75% al 93%. Esto plantea interrogantes. Es razonable que más contratación fija conlleve más despidos de indefinidos, pero la relación no es tan directa en el caso de las bajas en periodo de prueba, que afectan a contratos recién firmados. En 2021 apenas uno de cada diez contratos era indefinido; hoy representan el 41%. Sin embargo, el protagonismo de los indefinidos en las bajas se ha invertido de forma mucho más intensa, lo que sugiere una alteración en la forma de extinguir estos empleos. En concreto, las bajas de afiliación de indefinidos por no superar el periodo de prueba en 2025 aumentaron un 864% respecto a 2021 -aún marcado por la pandemia- y un 445% frente a 2019. En comparación, los despidos crecieron un 137% y un 130%, respectivamente. Por último, el análisis mensual revela un cambio de patrón tras la reforma laboral: las extinciones en periodo de prueba muestran ahora mayor volatilidad y un marcado componente estacional, con oscilaciones más intensas que en los despidos. Esta tendencia apunta a una posible precarización de los contratos indefinidos a través del uso creciente de esta vía de finalización.

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(El Economista, 05-03-2026) | Laboral

El TJUE aclarará el 14 de abril si el Estado debe hacer fijos a los interinos con contratos temporales abusivos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya ha fijado el 14 de abril como la fecha en la que dictará una de las resoluciones más relevantes para España en materia laboral pública. Ese día decidirá si la Administración está obligada a convertir en fijos a los interinos y empleados públicos que hayan encadenado contratos temporales de manera abusiva. La corte europea ya había apuntado esta posibilidad en sus sentencias del 22 de febrero y del 13 de junio de 2024, en las que abrió la puerta a la estabilización de estos trabajadores. No obstante, el Tribunal Supremo planteó una nueva cuestión prejudicial para que el TJUE aclarara el alcance de esos pronunciamientos. El alto tribunal español preguntó si la doctrina nacional, que impide la conversión automática en fijos de los interinos, es compatible con el derecho comunitario, recordando que la Constitución exige que el acceso al empleo público respete los principios de igualdad, mérito y capacidad. El pasado 9 de octubre, el Abogado General del TJUE presentó sus conclusiones, paso previo a la sentencia definitiva. En su dictamen señaló que el tribunal europeo no ha impuesto de forma directa la obligación de hacer fijos a estos empleados, aunque sí contempla esa solución si el ordenamiento español no prevé otra medida eficaz para corregir el abuso de la temporalidad y sancionar adecuadamente a la Administración. Asimismo, consideró que la indemnización más elevada prevista actualmente en España -33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades en caso de despido improcedente- no sería suficiente para compensar el perjuicio sufrido por estos trabajadores. La decisión del TJUE deberá aclarar, por tanto, si la conversión en indefinidos es obligatoria o si pueden establecerse mecanismos alternativos que resulten disuasorios frente al uso abusivo de contratos temporales y garanticen una reparación adecuada. El pronunciamiento podría tener un impacto significativo: de los cerca de tres millones de empleados públicos -entre funcionarios, interinos y personal laboral- aproximadamente un 32% mantiene una relación temporal, lo que supone casi un millón de personas potencialmente afectadas.

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(El Economista, 05-03-2026) | Laboral

Los salarios crecen el doble que la productividad por hora desde 2018

El Consejo de la Productividad, organismo independiente impulsado por el Ministerio de Economía en 2024, ha publicado su primer informe, en el que alerta de un crecimiento de la productividad "insatisfactorio" en España y de la debilidad de sus principales factores explicativos. Según el documento, la mejora del empleo registrada en los últimos años ha ido acompañada de un aumento de los salarios superior al avance de la productividad por hora trabajada. En concreto, desde 2018 la remuneración por hora ha aumentado un 7,7%, el doble que la producción generada en ese mismo tiempo, que ha crecido un 3,6%. Este comportamiento supone un cambio respecto a etapas anteriores. Entre 1999 y 2017, la productividad por hora se incrementó un 9,5%, mientras que los salarios por hora apenas avanzaron un 3%. Los economistas vinculan este giro a las sucesivas subidas del salario mínimo interprofesional y al impacto de la reforma laboral de 2021, que redujo de forma notable la temporalidad. Pese a esta evolución reciente, el informe señala que los salarios reales prácticamente no han mejorado en los últimos 25 años si se tiene en cuenta el efecto de la inflación. Aunque las transformaciones del mercado laboral compensaron parcialmente el impacto del fuerte repunte de precios en 2021 y 2022 -cuando el encarecimiento energético se trasladó a los precios sin un ajuste equivalente de los salarios nominales, reduciendo la cuota laboral-, ello no se ha traducido en una ganancia sostenida de poder adquisitivo. El Consejo destaca, no obstante, un elemento positivo: por primera vez, el aumento del peso de las rentas laborales coincide con una intensa creación de empleo, que ha elevado la tasa de ocupación y reducido el desempleo, al tiempo que la inmigración ha ampliado la población en edad de trabajar. Además, subraya que, a diferencia de otras economías europeas, la participación de las rentas del trabajo en el PIB parece haberse estabilizado en un nivel superior al previo a la pandemia, en parte porque los nuevos empleos generados presentan un perfil más técnico. El organismo advierte de que el escaso dinamismo de la productividad y el hecho de que durante años no se tradujera en mayores salarios han limitado la mejora del poder adquisitivo de los trabajadores. Por ello, plantea la necesidad de adoptar medidas estructurales. También recuerda que la relación entre productividad y salarios varía significativamente según el sector, el tamaño empresarial y el territorio, siendo las grandes compañías las que muestran mejores resultados, gracias a una mayor intensidad de capital y a una conexión más directa entre inversión y trabajo. Entre las recomendaciones, los expertos apuestan por reforzar los incentivos a la innovación tecnológica mediante mercados más integrados y políticas que fomenten la competencia, así como por impulsar estrategias industriales estables orientadas a la digitalización y la transición energética. También subrayan la importancia de proteger y formar a los trabajadores para facilitar la adaptación a los cambios estructurales. En esta línea, proponen la creación de un fondo de inversión que facilite financiación a largo plazo para empresas con elevado potencial de crecimiento.

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(Expansión, 04-03-2026) | Laboral

Febrero se salda con casi 3.600 parados más y suma 97.000 cotizantes al sistema

El desempleo aumentó en febrero en 3.584 personas respecto a enero (+0,1%), lo que supone el mayor repunte en este mes desde 2021. El incremento se explica principalmente por el comportamiento del sector servicios y del colectivo sin empleo anterior, integrado en su mayoría por jóvenes que buscan su primera oportunidad laboral. A pesar de esta subida, la Seguridad Social registró un crecimiento de 97.004 afiliados de media, alcanzando los 21.670.636 ocupados, la cifra más alta para un mes de febrero. Los datos han sido difundidos por los Ministerios de Trabajo e Inclusión. En contraste con lo ocurrido este año, en febrero de 2025 y 2024 el paro descendió en 5.994 y 7.452 personas, respectivamente; en 2023 aumentó en 2.618 desempleados y en 2022 cayó en 11.394. Con todo, el total de personas inscritas en las oficinas del SEPE se situó en 2.442.646, el nivel más bajo para un mes de febrero en los últimos 18 años. Desde 1996, el paro ha subido en febrero en 14 ocasiones y ha bajado en 17. El mayor incremento se produjo en 2009, con 154.000 desempleados más, mientras que la mayor caída tuvo lugar en 1998, con 23.843 parados menos. Si se eliminan los efectos estacionales, el desempleo descendió en 3.718 personas. En términos interanuales, el paro se redujo en 150.803 personas, un 5,8% menos que hace un año. Por sectores, además del colectivo sin empleo anterior -que sumó 6.263 desempleados más (+2,8%)-, también aumentó el paro en los servicios, con 1.158 personas más (+0,06%). En cambio, descendió en la construcción (-2.140, un 1,2% menos), en la industria (-1.122, un 0,6% menos) y en la agricultura (-575, un 0,8% menos). Territorialmente, el desempleo bajó en seis comunidades autónomas y subió en once. Los mayores incrementos se registraron en Madrid (+3.694), Cataluña (+2.039) y Castilla-La Mancha (+1.070). Por el contrario, las mayores caídas se produjeron en Andalucía (-2.629), País Vasco (-1.146) y Comunidad Valenciana (-1.102). A nivel provincial, el paro descendió en 21 provincias -con Cádiz, Vizcaya y Baleares a la cabeza- y aumentó en 31, destacando Madrid, Barcelona y Zaragoza. Los secretarios de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, y de Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez, atribuyeron el ligero repunte a la incorporación de nuevos demandantes al mercado laboral. En su valoración, subrayaron que las cifras siguen siendo "claramente positivas", con 150.000 parados menos que hace un año, un peso de la contratación indefinida superior al 44% y una tasa de cobertura cercana al 82%. En paralelo, la afiliación a la Seguridad Social creció en febrero en 97.004 personas de media, recuperando parte del retroceso habitual de comienzos de año. Es el tercer mayor aumento en este mes desde 2007, aunque el más moderado desde 2023. En el último año, el sistema ha sumado 474.482 cotizantes, lo que supone un crecimiento del 2,2%. En términos desestacionalizados, la afiliación aumentó en 45.220 personas (+0,2%), hasta un máximo histórico de 21.930.359 cotizantes. El Régimen General, que concentra la mayoría de los trabajadores, incorporó 88.529 afiliados medios (+0,5%), hasta los 18,19 millones. Destacaron educación, con 30.142 nuevos ocupados (+2,3%); hostelería, con 22.932 (+1,6%); y construcción, con 17.478 (+1,7%). El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) sumó 7.868 afiliados (+0,2%), hasta 3.414.614. Entre las actividades con descensos figuraron el comercio mayorista (-13.500 afiliados), las actividades sanitarias (-9.500), el Sistema Especial Agrario (-3.692) y el Sistema del Hogar (-2.761). Por comunidades autónomas, el empleo aumentó en 15 regiones, con Cataluña (+23.564), Baleares (+13.539) y Madrid (+12.806) a la cabeza. Solo se registraron retrocesos en Castilla-La Mancha (-1.657) y Extremadura (-775). Desde febrero de 2021, el mercado laboral ha ganado 4.716.953 ocupados con contrato indefinido y ha reducido en 1.900.668 los afiliados con contrato temporal, consolidando el peso del empleo estable.

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(El País, 04-03-2026) | Laboral

El Consejo de Ministros envía al Parlamento el estatuto del becario

Cubrir los gastos de transporte y manutención de los estudiantes sin salario, acotar las prácticas que no formen parte del plan de estudios y endurecer las sanciones a las empresas que incumplan la normativa. Esos son los ejes centrales del llamado estatuto del becario, cuyo anteproyecto de ley ha recibido este martes la segunda aprobación del Consejo de Ministros, después de una primera lectura en noviembre. El texto deberá ahora afrontar su tramitación en el Congreso, donde sus posibilidades de prosperar son reducidas. A la oposición previsible de PP, Vox y Junts -que ya rechazaron la reducción de jornada- se suman las reservas de algunos aliados habituales del Ejecutivo. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha definido la iniciativa como "la reforma laboral para la juventud" y ha subrayado que busca erradicar la figura del falso becario, a la que considera una anomalía que precariza el mercado laboral. El objetivo, según ha explicado, es proteger a los jóvenes y poner fin a situaciones abusivas. El estatuto fue pactado en junio de 2023 entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos UGT y CC OO, poco antes de las elecciones generales. Sin embargo, además del rechazo de las patronales y de los rectores universitarios, el texto también encontró resistencias dentro del propio Gobierno. Desde Moncloa y el área económica se calificó entonces de inmaduro y necesitado de mayor desarrollo técnico. Aquella discrepancia pública supuso un hecho inédito en el seno del Ejecutivo. La falta de consenso interno, el calendario electoral y la prioridad de otras reformas, como la reducción de la jornada laboral, ralentizaron la tramitación, lo que generó malestar sindical. Finalmente, en noviembre del año pasado el Consejo de Ministros dio luz verde al anteproyecto en primera vuelta, prácticamente sin modificaciones respecto al texto inicial. El PSOE nunca detalló públicamente qué motivó su cambio de postura. La portavoz del Gobierno y ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, ha defendido la oportunidad de la norma al destacar que ya son más de dos millones los jóvenes que han cotizado por prácticas formativas no remuneradas desde el 1 de enero de 2024. Entre ambas lecturas del anteproyecto se conoció el informe del Consejo Económico y Social, que cuestionó la falta de datos para evaluar el impacto económico de la medida y advirtió de que no contempla apoyos específicos para pequeñas y medianas empresas. El texto fija un máximo de 480 horas para las prácticas extracurriculares -la mitad de lo permitido actualmente-, modalidad en la que se concentran más irregularidades al no estar directamente vinculada a la formación académica. También establece sanciones que pueden alcanzar los 225.000 euros en los casos más graves y obliga a las empresas a asumir determinados gastos del estudiante, como el transporte. Esta compensación no se aplicará a quienes perciban una nómina, ya que se entiende que la retribución cubre esos costes. No obstante, la norma no impone la obligación de pagar un salario a todos los becarios, una demanda reiterada por sectores de la izquierda política y sindical que finalmente no se incorporó al acuerdo. El futuro parlamentario del estatuto es incierto. PP, Vox y Junts suman mayoría absoluta y previsiblemente votarán en contra. Yolanda Díaz ha apelado directamente al líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, instándole a posicionarse del lado de los jóvenes. Desde la dirección popular se mantiene que solo respaldarán reformas laborales que cuenten con el aval de todos los agentes sociales, no únicamente de los sindicatos, como ocurre en este caso. Además, formaciones que habitualmente apoyan al Ejecutivo, como ERC, EH Bildu o el PNV, han expresado reparos. ERC insiste en la necesidad de que las prácticas sean obligatoriamente remuneradas, aspecto ausente en el texto actual. El BNG, por su parte, considera positiva la regulación de la figura del becario como herramienta contra la precariedad, aunque prefiere esperar al resultado definitivo del trámite parlamentario.

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(El Economista, 04-03-2026) | Laboral

Trabajo pisa el acelerador para aplicar la directiva que acabará con el secreto salarial en las empresas españolas

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha manifestado su intención de incorporar "lo antes posible" la directiva europea sobre transparencia salarial, cuyo objetivo es eliminar el secretismo en torno a los sueldos para combatir la discriminación retributiva. El plazo fijado por la Unión Europea para que los Estados adapten esta norma concluye el próximo 7 de junio, aunque no está garantizado que España llegue a tiempo. Aun así, el departamento prevé abrir de inmediato el diálogo con sindicatos y organizaciones empresariales para consensuar un texto que pueda publicarse sin demora en el Boletín Oficial del Estado. Así lo señaló el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, durante la presentación de los datos de paro y afiliación, en vísperas del 8 de marzo. Subrayó que se trata de una regulación clave en cuya negociación el Ejecutivo español ha participado activamente en el ámbito europeo. La directiva 2023/970 establece que las empresas deberán facilitar a cualquier trabajador que lo solicite información sobre cómo se sitúa su salario en comparación con el de sus compañeros y corregir las diferencias que no estén sustentadas en criterios objetivos y neutros, los cuales deberán constar por escrito. Además, será obligatorio incluir la horquilla salarial en las ofertas de empleo, algo que actualmente solo aparece en alrededor del 18% de las vacantes publicadas en España. La normativa también suprime las cláusulas contractuales que impiden a los empleados divulgar su sueldo y prohíbe preguntar a los candidatos por sus retribuciones anteriores. Con ello, Bruselas pretende reforzar la posición negociadora de los trabajadores, especialmente de las mujeres, a quienes considera más perjudicadas por prácticas salariales opacas. Asimismo, las compañías deberán publicar periódicamente datos sobre la brecha salarial entre hombres y mujeres. La frecuencia dependerá del tamaño de la plantilla: anualmente en empresas con más de 250 empleados y cada tres años en aquellas con entre 100 y 249 trabajadores. Según Pérez Rey, esta directiva completa el marco normativo ya existente en España en materia de planes de igualdad y transparencia retributiva, y constituye un paso decisivo para cerrar la brecha salarial de género. Aunque destacó que la diferencia se ha reducido en los últimos años, insistió en que cualquier desigualdad resulta inaceptable. La norma no modifica directamente los convenios colectivos, pero sí limita la discrecionalidad de las empresas a la hora de ofrecer salarios distintos fuera de las referencias establecidas, obligándolas a justificar adecuadamente cualquier mejora individual. Esto podría reducir su margen para competir por talento si no fundamentan bien sus propuestas, un aspecto que podría generar reticencias en el ámbito empresarial. No obstante, el secretario de Estado no adelantó detalles concretos sobre el contenido final de la transposición. Si la adaptación española reproduce fielmente el texto europeo, las empresas que incumplan estas obligaciones no podrán contratar con las administraciones públicas. Aunque la legislación nacional ya excluye de la contratación pública a compañías que carecen de planes de igualdad, la nueva regulación amplía el alcance a todas las medidas vinculadas al principio de "igual salario por igual trabajo", más allá de la cuestión estrictamente de género. Además, al tratarse de una directiva comunitaria, contará con respaldo europeo y será de aplicación en todos los Estados miembros.

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(Expansión, 03-03-2026) | Laboral

Los sindicatos exigen reactivar la jubilación parcial de los empleados públicos

UGT condiciona la negociación con el Ministerio de Seguridad Social y la patronal sobre el creciente coste de las bajas laborales a que antes se desbloquee la jubilación parcial del personal laboral en las administraciones públicas. Por ahora, no se vislumbra un acuerdo en la mesa tripartita destinada a frenar el aumento de la incapacidad temporal. La última reunión ha evidenciado el estancamiento del diálogo. Mientras el Gobierno y las organizaciones empresariales quieren concretar medidas para reducir el impacto económico del alza de las bajas -que ya supone un desembolso de 33.000 millones de euros para empresas y sector público-, UGT y CCOO exigen que, antes de avanzar en ese debate, el departamento que dirige la ministra y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, active soluciones que permitan al personal laboral de las administraciones acceder a la jubilación parcial. Este choque de prioridades ha paralizado, en la práctica, el principal objetivo de la mesa: contener el gasto derivado del incremento de las incapacidades temporales. El Ejecutivo ha redoblado esfuerzos para plantear alternativas, entre ellas las llamadas "altas progresivas", que buscan facilitar la reincorporación paulatina de trabajadores que lleven más de 180 días de baja. La propuesta contempla que, durante un periodo de 30 días, puedan volver a su puesto con jornada reducida mientras siguen percibiendo parte de la prestación. Sin embargo, esta fórmula no convence ni a empresarios ni a sindicatos. Desde el ámbito empresarial advierten de que implicaría trasladar parte del coste de las bajas a las compañías y defienden que el regreso al trabajo solo debe producirse cuando exista alta médica y plena capacidad para desempeñar las funciones. Los sindicatos comparten ese planteamiento: sostienen que durante una baja solo caben dos escenarios, o bien el trabajador está incapacitado y no puede trabajar, o bien recibe el alta y puede reincorporarse en condiciones normales. Ante este bloqueo, las centrales sindicales han advertido al Ministerio de Seguridad Social de que podrían abandonar la mesa si no se resuelven antes los compromisos pendientes, acusando al departamento de incumplir su palabra. Entre las reivindicaciones prioritarias que señala UGT figuran, además de la jubilación parcial del personal laboral público, la revisión de los coeficientes aplicables a las pensiones máximas en casos de despidos colectivos (ERE) y los coeficientes reductores de la edad de jubilación para trabajos especialmente penosos o peligrosos. La situación se agravó tras la entrada en vigor, en abril de 2025, de los nuevos requisitos para acceder a la jubilación parcial. La reforma tuvo un efecto colateral en la Administración Pública, afectando al personal laboral de la Administración General del Estado, comunidades autónomas y ayuntamientos. Aunque son los únicos empleados públicos con derecho reconocido a la jubilación parcial anticipada con contrato de relevo, desde el endurecimiento de las condiciones -especialmente las exigencias sobre el trabajador relevista- no están pudiendo ejercerlo. Las particularidades de la contratación indefinida y a tiempo completo en el sector público han frenado en seco las solicitudes, pese a que muchos empleados cumplen los requisitos para esta retirada gradual. Fuentes del diálogo social señalan que el Ministerio de Seguridad Social planteó como posible salida la apertura de un periodo transitorio que permitiera a las administraciones recurrir a personal interino para cubrir los contratos de relevo, sorteando temporalmente la obligación de contratación indefinida que no pueden asumir de inmediato. La propuesta del equipo de Elma Saiz no busca instaurar una excepción permanente para el sector público, sino prorrogar temporalmente la normativa anterior. Con esta medida, alrededor de 250.000 trabajadores laborales podrían acceder a la jubilación parcial. Los interinos ocuparían esos puestos de forma provisional hasta que las amplias ofertas de empleo público aprobadas en los últimos años se traduzcan en plazas fijas.

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(El Economista, 03-03-2026) | Laboral

En 10 provincias hay más personas cobrando el paro que parados

El año 2026 arrancó con un máximo histórico en la tasa de cobertura de las prestaciones por desempleo, que en enero se situó en el 81,9%. Más llamativo aún es que, por primera vez desde que existen registros, diez provincias superan el 100%. Esto significa que hay más personas cobrando una prestación que parados inscritos con derecho teórico a percibirla. El Ejecutivo suele destacar el aumento de la cobertura como prueba de la recuperación de la protección social tras los ajustes aplicados en 2012 por los gobiernos del PP. Hasta ahora, el récord en un mes de enero se había alcanzado en 2010, en plena crisis financiera, con un 80,9%, ligeramente por debajo del dato actual. Sin embargo, este nuevo máximo no responde a una oleada de despidos como la de hace más de una década. El contexto laboral ha cambiado de forma notable. El crecimiento de la contratación indefinida ha incrementado las altas en prestaciones contributivas, ya que los trabajadores con empleos estables acumulan más cotizaciones y, por tanto, más derecho a cobrar el paro. También influye el aumento de perceptores del subsidio para mayores de 52 años, que tras la pandemia tienen más facilidades para acceder a una ayuda que pueden mantener hasta la jubilación. A ello se suma la caída del desempleo: pese al mayor gasto, el número total de beneficiarios se redujo un 4% en el último año. Es decir, el incremento de la cobertura puede interpretarse como una asignación más eficaz de los recursos, sin que necesariamente desincentive la búsqueda de empleo. No obstante, el hecho de que en algunas provincias la cobertura supere el 100% genera dudas. A primera vista, parece indicar que hay más personas percibiendo el paro que desempleados con derecho a hacerlo. La explicación es sencilla y aparece en una nota metodológica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE): en territorios con un elevado número de trabajadores fijos discontinuos, la tasa puede rebasar el 100% en temporada baja. Estos empleados no pierden su contrato, sino que este se interrumpe y pasan a un periodo de inactividad hasta que la empresa vuelve a llamarlos. Durante ese tiempo pueden cobrar la prestación, pero no figuran como parados registrados. Desde la reforma laboral, las altas en prestaciones por este motivo superan a las derivadas de despidos. Eso sí, como alternan periodos de actividad e inactividad, las prestaciones suelen ser más breves, lo que explica las fuertes oscilaciones mensuales. Las provincias donde este fenómeno es más acusado son Baleares (332,3%, más del triple de beneficiarios que parados), Girona (123,8%), Huelva (117,3%), Huesca (114,5%), Teruel (107,4%), Soria (104,5%), Jaén (103,6%), Cáceres (102,7%), Segovia (101,8%) y Tarragona (101,7%). Otras diez provincias superan el 90%. Por comunidades autónomas, solo Baleares -de carácter uniprovincial- rebasa el 100%, aunque Extremadura alcanza esa cota de media por primera vez. Hace un año solo cinco provincias superaban el 100%, y si se retrocede a enero de 2021, únicamente Baleares registraba más beneficiarios que parados con derecho a prestación. En el archipiélago, muy dependiente del turismo y la hostelería, el uso del contrato fijo discontinuo ha sido tradicionalmente elevado, aunque entonces la tasa era muy inferior a la actual. La fórmula de cálculo de la tasa de cobertura -sin cambios en la última década- divide el total de beneficiarios entre el número de parados con experiencia laboral, descontando a quienes cobran el antiguo subsidio agrario (PER), que no computan como desempleados registrados. Este ajuste se introdujo para evitar distorsiones en Andalucía y Extremadura. Sin embargo, no se previó excluir del denominador a los fijos discontinuos inactivos que perciben prestación sin figurar como parados. Aunque ya se conocía su impacto en Baleares, la reforma laboral de 2021 extendió esta modalidad a todos los sectores, incluidas las empresas de trabajo temporal. Además, muchos trabajadores eventuales agrarios pasaron a esta fórmula contractual y, en sus periodos de inactividad, cobran prestación contributiva en lugar de subsidios específicos, lo que eleva la tasa. En definitiva, el peso de los fijos discontinuos en el aumento de la cobertura y del gasto en prestaciones es una de las grandes incógnitas del nuevo mercado laboral surgido tras la reforma de 2021. El debate enlaza con la controversia sobre si el impulso a esta figura está maquillando las estadísticas de empleo. Pero, sobre todo, pone el foco en la realidad de miles de trabajadores que encadenan fases de actividad e inactividad, dependen durante semanas o meses de la prestación y, sin embargo, no aparecen como desempleados en las cifras oficiales.

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(El Economista, 03-03-2026) | Laboral

Trabajo admite que las cotizaciones sociales subirán 370 euros al año al sumar los pluses al SMI

El Ejecutivo prepara una reforma legal destinada a evitar que las empresas reduzcan o eliminen complementos salariales para absorber la subida del salario mínimo interprofesional (SMI). El borrador, acordado únicamente con los sindicatos, se ha sometido a audiencia pública acompañado de una memoria económica que apunta a un incremento relevante de las cotizaciones empresariales, que podría alcanzar hasta 370 euros más por trabajador al año. El Ministerio de Trabajo pretende aprovechar el reglamento que adaptará al ordenamiento español la directiva europea sobre salarios mínimos para modificar las reglas de compensación y absorción que permiten a las compañías ajustar los pluses ante incrementos del SMI. Este cambio tendría un impacto económico significativo, ya que elevaría tanto los sueldos como las bases de cotización de empresas y empleados. Según los cálculos oficiales, los trabajadores que actualmente perciben el SMI anual de 17.094 euros experimentarían aumentos salariales de entre el 3,5% y el 8,5%. La vicepresidenta Yolanda Díaz cifró la mejora media en 234 euros. Este incremento salarial implica también una subida de la base sobre la que se calculan las cotizaciones sociales. Trabajo estima que el coste adicional para las empresas oscilaría entre 1.500 y 3.800 millones de euros, de los cuales entre 420 y 1.000 millones corresponderían al aumento de las cuotas sociales, mientras que el resto derivaría directamente del alza de los salarios. El Gobierno calcula que 2,47 millones de personas cobran el SMI. En términos medios, las cotizaciones empresariales por trabajador aumentarían entre 170 y 370,3 euros anuales, dependiendo de los complementos reconocidos y del incremento final de cada salario. Como referencia, la última subida del SMI ya supuso un encarecimiento de unos 173 euros anuales en cotizaciones por empleado. Por tanto, la nueva regulación sobre los complementos podría tener un efecto incluso superior al propio aumento hasta los 1.221 euros mensuales. Estas cifras son aproximadas, ya que dentro del tipo del 32% que abonan las empresas se incluyen conceptos como contingencias comunes, desempleo, formación profesional, FOGASA, el MEI y las cotizaciones por accidentes laborales, estas últimas variables según el sector. Además, el Ministerio advierte de que se trata de un impacto máximo estimado, que podría verse modulado por la negociación colectiva o por cambios en la estructura salarial. La norma prevé que empresas y representantes de los trabajadores puedan pactar en cada convenio colectivo cómo se aplicarán las reglas de compensación y absorción a cada complemento. El texto establece que se aplicará el régimen general salvo que la negociación colectiva determine otro sistema específico para cada plus. Desde el ámbito empresarial se señala que alcanzar estos acuerdos podría resultar más complejo bajo un marco normativo más favorable a los trabajadores. La propuesta consensuada por el Gobierno, CCOO y UGT contempla impedir que se modifiquen complementos vinculados a la actividad (como el de nocturnidad), a cualidades personales (por ejemplo, idiomas), a incentivos por rendimiento (bonus) o aquellos que el convenio colectivo declare intocables. En paralelo, el Ministerio de Hacienda ha ampliado la deducción para que quienes perciben el SMI no tributen por IRPF. Sin embargo, la subida salarial derivada de la nueva regulación podría provocar que algunos trabajadores comiencen a pagar este impuesto. Según las estimaciones oficiales, tributarían aquellos cuyos ingresos aumenten más de un 5,5% al sumar los complementos. La memoria económica indica que el impacto recaudatorio adicional por IRPF podría situarse entre cero euros -si los salarios suben hasta un 5,5%- y 560 millones de euros en el escenario máximo de incremento del 8,5%. No se detallan los supuestos concretos empleados para estas proyecciones, ya que la retención depende de la situación personal y familiar de cada contribuyente. De confirmarse estos ingresos, compensarían con creces la merma recaudatoria derivada de la ampliación de la deducción prevista para la campaña de la Renta de 2026, que los técnicos de Hacienda (GESTHA) estiman en 200 millones de euros. El Gobierno ha incrementado esta deducción de 340 a 590,89 euros, el doble del importe máximo que los perceptores del SMI tendrían que asumir por la cuota estatal, de modo que también cubra la parte autonómica. Además, el beneficio fiscal se extiende a salarios inferiores a 20.000 euros, aplicándose de forma progresivamente decreciente. Esta ampliación permitirá que cerca de dos millones de trabajadores con ingresos superiores al SMI se beneficien de la medida. En concreto, 668.058 empleados ganan entre el actual salario mínimo y 18.376 euros anuales, mientras que 1.228.317 perciben entre esa cantidad y los 20.048,45 euros, umbral en el que finaliza la aplicación progresiva de la nueva deducción.

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