(Expansión, 27-02-2026) | Laboral

El pluriempleo alcanza máximos históricos: 632.000 trabajadores

Mientras el Gobierno insiste en impulsar la reducción de la jornada laboral, cada vez más trabajadores en España optan por lo contrario: ampliar sus horas de trabajo mediante un segundo empleo para compensar la pérdida de poder adquisitivo. Como consecuencia, el pluriempleo ha alcanzado cifras récord en los últimos años. Según un informe reciente de la empresa de recursos humanos Randstad, unas 632.800 personas cuentan actualmente con una ocupación adicional. Al finalizar el cuarto trimestre de 2025, el número total de personas ocupadas en España ascendía a 22,46 millones, de acuerdo con la Encuesta de Población Activa elaborada por el Instituto Nacional de Estadística, lo que supone 605.000 trabajadores más que un año antes. Sin embargo, también aumentó de forma notable el número de personas con un segundo empleo, que creció en 50.200 hasta situarse en 632.600. Estos trabajadores dedican a su actividad adicional unas 13,4 horas semanales de media, aproximadamente un tercio de una jornada completa y media hora más que en 2024. Valentín Bote, responsable de Randstad Research, señala que los indicadores laborales reflejan una etapa de fuerte expansión económica, en la que la inmigración ha desempeñado un papel clave. No obstante, resulta llamativo que, pese a ese crecimiento, cada vez más personas recurran a tener más de un trabajo. Entre las razones principales figura el deterioro del poder adquisitivo sufrido en los últimos años, debido tanto a la inflación acumulada entre 2021 y 2024 como a que una parte de los convenios actualizados el pasado año contempló subidas salariales por debajo del IPC. A ello se suma la proliferación de empleos de baja intensidad -a tiempo parcial o fijos discontinuos-, que obliga a muchos trabajadores a buscar ingresos complementarios. La situación más frecuente es la del asalariado que obtiene un segundo empleo también por cuenta ajena, un grupo que suma 360.800 personas. No obstante, también hay un número considerable de trabajadores asalariados que optan por emprender como autónomos para generar ingresos adicionales (149.300), una alternativa más flexible pero que conlleva mayores costes, como la cuota a la Seguridad Social. Asimismo, 65.700 autónomos compaginan dos actividades dentro del mismo régimen y otros 54.100 trabajadores por cuenta propia cuentan con un empleo secundario como asalariados. Por ramas de actividad, la mayoría de quienes tienen más de un empleo trabajan principalmente en el sector servicios, donde abundan los contratos a tiempo parcial, los fijos discontinuos y salarios relativamente bajos. En concreto, 553.300 pluriempleados tienen su ocupación principal en este sector. Aunque muchos buscan también su segundo trabajo dentro de los servicios, otros se orientan hacia la industria (18.200) o la agricultura (17.400). Tras los servicios, la industria reúne a 40.700 trabajadores con un empleo adicional, seguida de la construcción (21.600) y la agricultura (17.000), si bien en estos casos la segunda ocupación suele localizarse igualmente en el sector servicios.

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(El País, 27-02-2026) | Laboral

El Gobierno enviará la semana que viene al Congreso el estatuto del becario pese a la falta de apoyos

El Ministerio de Trabajo avanza en la tramitación del Estatuto del Becario, la iniciativa con la que pretende reducir la precariedad que afecta a muchos estudiantes en prácticas. La comisión de secretarios y subsecretarios celebrada este jueves ha autorizado que el texto vuelva al Consejo de Ministros el próximo martes para su aprobación en segunda lectura, según fuentes del Ejecutivo. Este trámite es el último antes de que el anteproyecto llegue al Congreso, donde su aprobación se antoja complicada. Al previsible voto en contra de PP, Vox y Junts -que ya rechazaron la reducción de jornada- se suman las reservas de algunos aliados habituales del Gobierno. La trayectoria de esta norma ha sido especialmente accidentada. El acuerdo inicial fue alcanzado en junio de 2023 entre el Ministerio que dirige Yolanda Díaz y los sindicatos CCOO y UGT, poco antes de las elecciones generales. El texto contó desde el principio con la oposición de las organizaciones empresariales y de los rectores universitarios, pero también con críticas internas desde el ala socialista del Ejecutivo, que lo consideró poco maduro desde el punto de vista técnico. Ese desacuerdo público dentro del propio Gobierno fue inédito en iniciativas de este tipo. La convocatoria electoral y la prioridad otorgada a otras reformas, como la reducción de la jornada laboral, retrasaron su avance y generaron malestar en los sindicatos. Finalmente, en noviembre del año pasado el Consejo de Ministros dio luz verde al anteproyecto en primera vuelta, sin cambios relevantes respecto al documento original. Entre esa primera aprobación y la prevista para la próxima semana, el Consejo Económico y Social emitió su dictamen. Este órgano, en el que participan empresarios, sindicatos y representantes del Gobierno, criticó la falta de datos para evaluar el impacto económico de la medida y señaló que no contempla mecanismos específicos de apoyo para pequeñas y medianas empresas. El Estatuto plantea reducir a un máximo de 480 horas por estudiante las prácticas extracurriculares, actualmente más amplias y consideradas el ámbito donde se concentra buena parte del fraude por no estar ligadas directamente a la formación académica. También prevé un régimen sancionador con multas que pueden alcanzar los 225.000 euros en los casos más graves, y obliga a las empresas a asumir los gastos derivados de las prácticas, como el transporte. Esta compensación no afectaría a quienes ya reciben remuneración, al entenderse que su salario cubre esos costes. El texto no establece la obligación de pagar a todos los becarios, una reivindicación que finalmente quedó fuera del acuerdo. Desde la Conferencia de Rectores se valoró positivamente la previsión de cubrir gastos, aunque se expresó preocupación sobre su aplicación efectiva si empresas y entidades públicas no asumen esas cuantías. También señalaron la experiencia reciente con las cotizaciones a la Seguridad Social de los estudiantes no remunerados, que en la práctica están siendo abonadas por las universidades, pese a que inicialmente se planteó que correspondieran a las entidades receptoras. Se trata de una cantidad reducida, bonificada en un 95%, pero que muchos centros de prácticas están evitando asumir. Los sindicatos respaldan el planteamiento de Trabajo, aunque inicialmente aspiraban a medidas más ambiciosas, como la supresión total de las prácticas extracurriculares. Ante la posibilidad de alcanzar un consenso más amplio, moderaron sus pretensiones, aunque ese acuerdo con las patronales no llegó a producirse. De cara al trámite parlamentario, el panorama es incierto. PP, Vox y Junts suman mayoría suficiente para bloquear la iniciativa, y otras formaciones que suelen apoyar al Ejecutivo, como ERC, Bildu o PNV, ya manifestaron dudas cuando se presentó el texto. CCOO y UGT han pedido a los grupos que reconsideren su postura y permitan la aprobación de una norma que, a su juicio, supone un avance en la protección de los jóvenes frente a la precariedad laboral.

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(El Economista, 27-02-2026) | Laboral

El Gobierno concluye su evaluación sobre la reforma laboral sin el aval de CEOE

La reforma laboral pactada a finales de 2021 entre organizaciones empresariales, sindicatos y el Ministerio de Trabajo establecía que el Ejecutivo debía evaluar en enero de 2025 el impacto de las medidas destinadas a reducir la temporalidad. Sin embargo, no fue hasta abril cuando la ministra Yolanda Díaz presentó el equipo encargado de elaborar ese análisis, cuyo informe -según ha trascendido- se ha entregado esta semana y no incluye la participación de la patronal CEOE. La comisión estaba formada por expertos designados por los ministerios de Economía y Seguridad Social, la Oficina Económica de Moncloa, los sindicatos CCOO y UGT, y en un principio también por representantes de Cepyme y CEOE. Su misión consistía en estudiar la evolución de los contratos temporales e indefinidos y calcular la tasa de temporalidad global y por sectores. No obstante, la patronal abandonó el grupo en las primeras reuniones al considerar que se estaban ampliando los objetivos iniciales del análisis. Fuentes consultadas señalan que el documento se ha cerrado con un elevado grado de consenso y con una valoración mayoritariamente favorable, al concluir que la reforma ha logrado reducir la temporalidad en el sector privado. Según los últimos datos de la Encuesta de Población Activa elaborada por el Instituto Nacional de Estadística, la tasa de temporalidad en las empresas terminó 2025 en el 12,4%, mientras que la tasa general se situó en el 15,1%, su nivel más bajo hasta la fecha. El informe no analiza la situación del empleo público, donde la temporalidad sigue siendo más elevada y eleva la media global. Este fue uno de los argumentos utilizados por CEOE para retirarse de la comisión, al considerar que se estaba señalando injustamente a las empresas pese a su esfuerzo por generar empleo estable. Además de estudiar los datos de contratación -tal como preveía el acuerdo de 2021-, el grupo ha incorporado otros factores como la estabilidad real del empleo o el peso del trabajo a tiempo parcial, lo que ha dado lugar a una serie de propuestas orientadas a mejorar la regulación laboral. El contenido completo no se conocerá hasta que el Ministerio de Trabajo lo haga público, algo que aún no tiene fecha oficial. En la presentación del foro, Díaz había anunciado que el borrador estaría listo en octubre y publicado en diciembre, pero la entrega definitiva no se ha producido hasta ahora, por lo que su difusión no se prevé antes de marzo. Esta demora fue criticada por CEOE y Cepyme, que ya se desmarcaron del proceso desde el inicio y denunciaron un enfoque que, a su juicio, perjudicaba la imagen de empresas y sectores. Aunque el informe se publicará sin la participación de una de las partes firmantes de la reforma, sus conclusiones podrían tener consecuencias prácticas. Si detecta sectores donde la temporalidad no ha disminuido lo suficiente, el Gobierno estaría obligado a plantear nuevas medidas para corregirlo, lo que explica la reticencia empresarial a ampliar el análisis más allá de los contratos temporales. Por último, el retraso en la elaboración y entrega del estudio implica que la siguiente evaluación no se realizará hasta 2028, ya después de las próximas elecciones generales, en las que Díaz ya ha anunciado que no será candidata de la nueva plataforma política situada a la izquierda del PSOE.

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(La Razón, 27-02-2026) | Laboral

El Supremo confirma que si te readmiten tras un despido improcedente, la empresa deberá descontar de tu sueldo el paro cobrado durante el periodo de cese

El Tribunal Supremo ha reafirmado su doctrina según la cual los salarios de tramitación que la empresa debe abonar tras la readmisión de un trabajador no pueden cobrarse al mismo tiempo que la prestación por desempleo percibida durante el periodo en que estuvo fuera de su puesto. Cuando un despido disciplinario es declarado improcedente por una resolución judicial y se ordena la reincorporación, la empresa está obligada a pagar los salarios correspondientes al tiempo transcurrido desde el despido hasta el regreso efectivo al trabajo. Sin embargo, si el empleado recibió durante ese intervalo la prestación contributiva por paro, se produce una duplicidad de ingresos que la normativa corrige automáticamente. Para evitar que el trabajador cobre dos veces por el mismo periodo, las cantidades abonadas por el Servicio Público de Empleo Estatal deben devolverse. La base jurídica de este procedimiento se encuentra en el artículo 268.5.b) de la Ley General de la Seguridad Social, que establece que, una vez confirmada la readmisión mediante conciliación o sentencia firme, esas prestaciones pasan a considerarse indebidas. La devolución no la realiza directamente el trabajador. Es la empresa quien actúa como intermediaria: debe ingresar al SEPE el importe que el empleado cobró en concepto de desempleo, descontándolo de los salarios de tramitación que le corresponden, sin superar en ningún caso el total de dichos salarios. Tras la readmisión definitiva, el SEPE deja de pagar la prestación y solicita a la Tesorería General de la Seguridad Social la regularización de las cotizaciones efectuadas durante ese tiempo. Paralelamente, la empresa liquida los atrasos salariales al trabajador, pero retiene la parte equivalente a lo ya abonado por el organismo público. De este modo, el empleado no sufre pérdidas económicas: percibe íntegramente la remuneración correspondiente a esos meses, aunque una parte proceda del paro cobrado y otra del pago empresarial. Además, ese periodo se incorpora a su historial de cotización como tiempo efectivamente trabajado, ya que la empresa debe cotizar por él. El Alto Tribunal ha avalado este criterio en distintas resoluciones, entre ellas la sentencia 198/2024, de 29 de enero, de la Sala de lo Social, destacando que la devolución de las prestaciones es imprescindible para coordinar la readmisión judicial con el sistema de protección por desempleo. La norma se fundamenta en la imposibilidad legal de percibir simultáneamente el paro contributivo y los salarios de tramitación por el mismo lapso temporal.

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(El Mundo, 27-02-2026) | Laboral

La Seguridad Social añade 11 nuevas patologías que permiten jubilarse a los 56 años sin reducción de pensión

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha comunicado la incorporación de 11 nuevas enfermedades al listado que permite adelantar la edad de jubilación hasta los 56 años. Esta ampliación alcanzará a cerca de 50.000 personas con un grado de discapacidad igual o superior al 45 %, que podrán acceder a la jubilación anticipada sin merma en el importe de su pensión. Las patologías que se suman son: espina bífida, amiloidosis por transtiretina variante, párkinson, distrofia miotónica tipo 1 (enfermedad de Steinert), enfermedad de Huntington, enfermedad renal crónica en estadio 5, esclerosis sistémica, lesión medular, degeneración corticobasal, atrofia multisistémica y parálisis supranuclear progresiva. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, subrayó que se trata de "una medida de justicia para miles de personas que conviven con enfermedades graves que afectan de forma intensa a su vida diaria y que precisan anticipar su jubilación para situarse en condiciones similares al resto de trabajadores". Esta modificación se llevará a cabo mediante la actualización del anexo del Real Decreto 1851/2009, norma que desarrolla el artículo 161 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Para poder acogerse a esta jubilación anticipada, será necesario encontrarse en situación de alta o asimilada al alta en el momento del hecho causante, así como acreditar un mínimo de 15 años cotizados, de los cuales al menos 5 deberán haberse realizado estando afectado por alguna de las patologías incluidas, con un grado de discapacidad igual o superior al 45 %. Asimismo, el tiempo en el que se adelante la edad de jubilación se considerará como cotizado a efectos de determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora, que es el elemento utilizado para calcular la cuantía final de la pensión de jubilación, según ha precisado el propio Ministerio.

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(Expansión, 26-02-2026) | Laboral

La banca española reduce 110.000 empleos desde la crisis de 2008

Desde la crisis financiera de 2008, la banca española ha reducido su plantilla en torno a un 40%, lo que equivale a perder tantos puestos de trabajo como los que tiene Mercadona, el mayor empleador del país con unos 110.000 trabajadores. Actualmente, las entidades integradas en las patronales AEB y CECA suman unos 164.000 empleados, sin contar las numerosas cajas rurales repartidas por España. Entre los grandes bancos, solo Bankinter e ING han logrado aumentar su plantilla neta durante este periodo. Aunque en los últimos tiempos no se han producido grandes expedientes de regulación de empleo (ERE), el sector ha seguido reduciendo personal mediante planes de prejubilación. Entre las mayores empresas españolas por número de empleados, el único banco presente es CaixaBank, que ocupa la décima posición con 42.644 trabajadores tras absorber a Bankia en 2021. El ranking lo encabezan compañías como Mercadona, El Corte Inglés, ACS, ONCE y Mondragón Corporación Cooperativa. A corto plazo no se prevén nuevas fusiones bancarias, por lo que tampoco se esperan ERE masivos, aunque sí continuará el goteo de salidas por prejubilación. Banco Sabadell ha puesto en marcha recientemente un plan dirigido previsiblemente a trabajadores mayores de 58 años que reducirá su plantilla en unas 300 personas, mientras que Unicaja Banco prepara otro programa para alrededor de 100 empleados. En conjunto, las plantillas siguen disminuyendo, aunque los bancos también están contratando perfiles muy específicos, sobre todo expertos en inteligencia artificial, análisis de datos, computación en la nube, ciberseguridad y disciplinas técnicas como matemáticas, física o ingeniería. En entidades como BBVA y CaixaBank, las nuevas incorporaciones han compensado en los últimos años parte de las salidas. El sector es consciente de que afronta un profundo cambio tecnológico impulsado por la inteligencia artificial generativa, por lo que está reforzando sus equipos digitales para competir con las grandes tecnológicas y mantener sus áreas de negocio tradicionales. En el último año, CaixaBank ha incorporado a unos 500 ingenieros y mantiene abierto un programa para contratar hasta 3.000 profesionales técnicos menores de 35 años. BBVA y Banco Santander desarrollan iniciativas similares para atraer talento joven y reducir progresivamente el envejecimiento de sus plantillas y los elevados costes salariales heredados. Aunque la inteligencia artificial podría provocar recortes de empleo, se prevé que su impacto se note sobre todo a medio plazo y que pueda alcanzar alrededor del 15% de los puestos, dado que la actividad bancaria es especialmente intensiva en datos. Según explicó el presidente de BBVA, Carlos Torres Vila, la IA transformará el sector con una profundidad comparable a la revolución tecnológica anterior. En este contexto, BBVA firmó en diciembre una alianza estratégica con OpenAI que le permitirá acceder de forma preferente a expertos y a los modelos más avanzados de la compañía, además de colaborar directamente con sus equipos de ingeniería e investigación. Paralelamente, la entidad desplegará ChatGPT Enterprise entre sus más de 120.000 empleados en todo el mundo.

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(Expansión, 26-02-2026) | Laboral

Las nuevas pensiones de jubilación ya rozan los 2.000 euros mensuales

La nómina de las pensiones contributivas aumenta un 6%, mientras que los precios lo hacen un 2,3%. Las nuevas jubilaciones ya superan los 1.800 euros mensuales de media en catorce pagas, y las procedentes del régimen general alcanzan los 1.982 euros. Desde que las pensiones se revalorizan conforme a la inflación, el gasto mensual de la Seguridad Social no ha dejado de crecer. A este aumento se suma el llamado efecto sustitución: las nuevas prestaciones que se incorporan al sistema son más elevadas que las que dejan de abonarse. Como consecuencia, el coste total crece a un ritmo casi tres veces superior al de los precios e incluso por encima de la subida aprobada por el Gobierno. Tras la revalorización del 2,7% aplicada a las pensiones contributivas en 2026, el desembolso mensual supera con holgura los 14.000 millones de euros -14.272 millones en febrero-. No obstante, el incremento interanual del gasto, del 6%, supera tanto el ajuste aplicado como la evolución del IPC, que promedió el 2,7% el año pasado y se sitúa en el 2,3% en enero de 2026. Esta divergencia se mantiene desde que el actual Gobierno volvió a ligar las pensiones al IPC. En 2019, por ejemplo, el gasto creció un 4,7% frente a una inflación del 0,7%. En 2020, con los precios cayendo un 0,3% durante la pandemia, el coste aumentó un 2,3%. En 2021 subieron un 3% los precios y un 3,2% las pensiones; en 2022, con un IPC medio del 8,4%, el gasto avanzó un 10,7%. En 2024 la diferencia superó los cuatro puntos (7% frente a 2,8%); en 2025 se redujo a 3,3 puntos (6% frente a 2,7%); y en lo que va de 2026 vuelve a ampliarse hasta casi 3,8 puntos. La razón principal es la diferencia entre las pensiones que salen del sistema y las que se incorporan. Las nuevas son casi un 20% más altas porque corresponden a trabajadores con carreras de cotización más completas y bases reguladoras superiores. Según el Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas (Ivie), de los 12.600 millones de euros adicionales que se pagarán este año, unos 5.300 millones se deben a este efecto sustitución. Algunos datos lo ilustran: en enero, las nuevas pensiones de jubilación se situaron en 1.865 euros mensuales de media en catorce pagas, mientras que las del régimen general alcanzaron los 1.982 euros. Esta última cifra es un 15% superior a la media de las pensiones vigentes de esa categoría, y los 1.865 euros superan en un 19% la media global de jubilación considerando todos los regímenes. Por su parte, las pensiones de Clases Pasivas del Estado -que corresponden principalmente a militares y a funcionarios de la Administración General, Justicia, Cortes y otros órganos- son aún más elevadas: 2.386 euros mensuales. Estas prestaciones, percibidas por 707.230 beneficiarios, superan en un 38% la media del régimen general y en un 19% las nuevas jubilaciones de asalariados. El gasto asociado a este colectivo asciende a 1.758 millones de euros.

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(El Economista, 26-02-2026) | Laboral

El récord de bajas por enfermedad resta siete décimas anuales al PIB desde 2021

El aumento histórico de las bajas por enfermedad se ha convertido en uno de los principales problemas para las empresas en España. En los últimos meses, distintos estudios han intentado calcular su coste para empleadores y administraciones públicas, pero aún persiste la gran incógnita: cómo afecta este fenómeno -sin precedentes- a la productividad y al crecimiento económico del país. Un nuevo análisis estima que, desde la pandemia, las ausencias por incapacidad temporal han aumentado un 43% por encima de lo esperado, lo que habría restado, de media, siete décimas al PIB anual entre 2021 y 2025. Este impacto resulta significativo si se considera que, aunque España ha crecido más que otros países, su economía muestra señales de desaceleración: en 2025 el PIB aumentó un 2,8%, siete décimas menos que en 2024. Esa diferencia equivale a unos 12.000 millones de euros en un solo año y cerca de 60.000 millones acumulados desde 2021. El profesor Diego Dueñas, de la Universidad de Alcalá, ha elaborado un estudio con un enfoque distinto al habitual: el problema no radica tanto en el coste total de las bajas, sino en cómo se han desviado de la tendencia previa a 2019. Si hubieran evolucionado como se preveía según los años anteriores, a finales de 2025 habría unos 724.981 trabajadores de baja cada semana, en línea con el aumento del empleo. Sin embargo, la cifra real supera los 1,04 millones, un récord histórico y un 43% más de lo esperado. Este desfase no puede atribuirse únicamente a la pandemia. Ya a finales de 2020 las bajas superaban en un 31,5% lo previsto, y en 2021 en un 36%. Tras la crisis sanitaria, lejos de corregirse, la diferencia ha seguido ampliándose. El investigador advierte de que el cálculo se basa en una tendencia hipotética y puede tener cierto margen de error, pero subraya que la brecha es considerable, pues representa alrededor del 30% de los trabajadores ausentes por incapacidad temporal. El estudio también destaca el aumento de personas ocupadas que declaran no haber trabajado ninguna hora en la semana analizada. Estas ausencias pueden deberse a vacaciones, permisos, nacimiento de hijos, ERTE, huelgas, accidentes o enfermedad. Según la EPA, quienes no trabajaron por estar de baja ya representan el 4,64% de los ocupados. La diferencia entre las horas que no se trabajan por bajas y las que se habrían perdido según la tendencia esperada implica una caída de la productividad por hora y, en consecuencia, del PIB. Las conclusiones apuntan a que entre 2021 y 2025 se ha perdido cada año, de media, un 0,69% del PIB. Aplicado al PIB de 2025, esto supone unos 11.790 millones anuales, es decir, cerca de 59.000 millones en cinco años debido al aumento de las incapacidades temporales. Aunque no cuantificaba directamente la merma de productividad, un informe reciente de la AIReF también señalaba efectos negativos: aunque el coste directo recae sobre todo en las empresas, la frecuencia y duración de las bajas perjudican la organización del trabajo, la productividad y el gasto público asociado. Por su parte, el estudio de la patronal catalana Pimec indica que entre 2013 y 2024 las horas perdidas por incapacidad temporal aumentaron un 112,9%, mientras que el PIB solo creció un 25,1% y la productividad por trabajador prácticamente se estancó, con un descenso del 1,8%. El análisis confirma además que no solo hay más personas de baja, sino que las bajas duran más. Los datos sobre la evolución de la población activa muestran una mayor probabilidad de que un trabajador continúe de baja entre dos trimestres consecutivos, fenómeno que el experto denomina "efecto atrapamiento". Al mismo tiempo, se aprecia una ligera disminución en el ritmo de reincorporación al trabajo.

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(El Economista, 26-02-2026) | Laboral

Hay más altas para cobrar el paro de fijos discontinuos que de despedidos

La reforma laboral acordada entre el Gobierno, las organizaciones empresariales y los sindicatos a finales de 2021 se perfila como el principal legado de la vicepresidenta segunda Yolanda Díaz para el empleo en España, tras anunciar que no encabezará la candidatura unitaria a la izquierda del PSOE en las próximas elecciones generales. No obstante, una de las principales críticas a esta norma se centra en cómo afecta a las estadísticas de paro el colectivo de trabajadores con contrato fijo discontinuo cuando pasan a periodos de inactividad a la espera de ser llamados por su empresa. Este no es, sin embargo, el único cambio que ha alterado las condiciones de acceso a las prestaciones por desempleo. El Ministerio de Trabajo evita detallar cuántos de estos trabajadores inactivos se registran en los servicios públicos de empleo para cobrar prestaciones sin computar como parados. Aun así, los datos oficiales muestran que en 2025 se concedieron 802.952 prestaciones contributivas por esta causa, una cifra récord que incluso supera a las 780.632 originadas por despidos. Este fenómeno se repite desde 2022, coincidiendo con la entrada en vigor de la reforma, y no incluye los subsidios posteriores a la prestación contributiva. Aunque el contrato fijo discontinuo es indefinido, las estadísticas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) registran estas prestaciones como derivadas de la "finalización de una relación temporal", junto con la expiración de contratos administrativos o temporales. Aun así, el fin de contratos temporales continúa siendo la principal vía de acceso a la prestación, con 1,55 millones de casos, aunque esta cifra ha caído un 28,6% desde 2021. Durante ese mismo periodo, las prestaciones por despido han aumentado un 57,3%, y las vinculadas a la inactividad de los fijos discontinuos un 67,8%. En 2025 ambas descendieron ligeramente -un 4,2% y un 2,7%, respectivamente- lo que sugiere cierta estabilización, mientras que las derivadas de contratos temporales repuntaron un 3,1%. El incremento más acusado se observa entre quienes no superan el periodo de prueba: desde 2022 estas altas han crecido un 82,5% y en 2025 alcanzaron un nuevo máximo histórico de 134.554 tras aumentar otro 2,7%. Este colectivo suele acumular cotizaciones muy cortas -inferiores a seis meses-, lo que limita su acceso a la prestación. Más de la mitad (55,1%) de las prestaciones concedidas a fijos discontinuos son reanudaciones de ayudas previamente suspendidas, un comportamiento más parecido al de los trabajadores temporales (72,8%) que al de los despedidos, donde solo representan el 16,9%. Esto refleja la alternancia entre periodos de actividad e inactividad propios de estos contratos, aunque exista garantía de reincorporación. En el caso de quienes pierden el empleo durante el periodo de prueba, las reanudaciones alcanzan el 66,2%, lo que indica una situación todavía más precaria. Para acceder a la prestación contributiva es necesario haber cotizado al menos 360 días en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. Esto implica que quienes encadenan contratos breves, ceses en periodo de prueba o trabajos discontinuos suelen percibir el paro durante menos tiempo. Además, cuando un fijo discontinuo vuelve a su puesto, la prestación se interrumpe. Debido a la menor duración de estas ayudas, los despedidos siguen siendo el grupo con mayor número medio de beneficiarios mensuales: han aumentado un 25,8% desde 2021 y un 41,2% desde 2019, hasta situarse en torno a 356.000 personas. Por el contrario, los procedentes de contratos temporales expirados se han reducido un 46,2% desde 2021, pasando de más de 334.000 a unos 178.000, una caída comparable solo a la registrada durante la Gran Recesión, aunque ahora se debe a un cambio estructural hacia el empleo indefinido. En cuanto a los fijos discontinuos, pese a superar las 800.000 altas anuales, el promedio mensual de beneficiarios se sitúa en 128.908 personas, un 33% más que en 2021. Conviene recordar que ese año aún estaban vigentes las medidas extraordinarias por la pandemia, que permitían a muchos de estos trabajadores -habitualmente ligados a sectores estacionales como el turismo- no consumir prestaciones, de forma similar a los afectados por ERTE. Si se compara con 2019, el aumento alcanza el 123%.

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(Cinco Días, 25-02-2026) | Laboral

La Audiencia Nacional reprocha la falta de una política eficaz de prevención de riesgos que evitara el accidente de una funcionaria en los juzgados

La Audiencia Nacional ha condenado a indemnizar con 20.000 euros a una funcionaria interina del cuerpo de auxilio judicial que sufrió una caída durante un servicio de guardia al tropezar con varios cables informáticos que estaban sueltos en el suelo del juzgado. A raíz del accidente, la trabajadora padeció una fractura de húmero en tres fragmentos. En una sentencia reciente, el tribunal rechaza el argumento del Abogado del Estado, que intentó atribuir parte de la responsabilidad a la empleada por no haber comunicado formalmente una incidencia al servicio de mantenimiento. Los magistrados concluyen que existió un funcionamiento anómalo del servicio público al no garantizarse condiciones adecuadas de seguridad en el puesto de trabajo, lo que obliga a compensar el daño sufrido. Según los hechos acreditados, la mujer desempeñaba su labor en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Mérida y en 2022 cayó mientras realizaba funciones de guardia en el Palacio de Justicia de la ciudad. Uno de los numerosos cables situados bajo su mesa se enganchó en la rueda de su silla; al desplazarse hacia atrás y levantarse, su pie quedó atrapado entre los cables, lo que provocó la caída. Tras ser atendida en distintos centros hospitalarios, se le diagnosticó una fractura proximal de húmero en tres partes. La mutua realizó el seguimiento médico durante los meses posteriores. Aunque recibió el alta laboral en julio, la recuperación completa no se produjo hasta noviembre. Durante ese tiempo compatibilizó la rehabilitación con su trabajo. Una vez restablecida, reclamó una indemnización de 31.643,20 euros por las lesiones, tras un periodo de curación de 277 días, parte de ellos con afectación moderada de su calidad de vida. Sin embargo, la Secretaría de Estado de Justicia rechazó su petición al considerar que los gastos médicos cubiertos y la prestación por incapacidad temporal de 990 euros abonada por la mutua constituían una compensación suficiente. Disconforme con esa decisión, la afectada acudió a los tribunales, que ahora le reconocen el derecho a una indemnización, aunque por un importe inferior al solicitado. La Sala entiende que hubo un mantenimiento deficiente del puesto de trabajo, lo que evidencia un funcionamiento irregular de la Administración. La presencia de cables sueltos en el suelo supuso una negligencia que guarda relación directa con las lesiones sufridas. Las pruebas practicadas no lograron desvirtuar el vínculo entre la disposición inadecuada del cableado y la caída. Los magistrados descartan que pueda imputarse responsabilidad a la trabajadora por no actuar con la diligencia exigible y subrayan que la obligación de mantener condiciones seguras correspondía a la Administración, a través de la empresa encargada del mantenimiento. Añaden que el deber de los empleados públicos de utilizar correctamente los medios a su alcance no exime a la Administración de aplicar una política eficaz de prevención de riesgos, ni queda anulada por la ausencia de una comunicación formal de incidencia. En consecuencia, el tribunal acuerda el abono de una cantidad adicional que garantice una reparación completa del perjuicio, fijada en 20.000 euros tras valorar la edad de la afectada, las secuelas y el tiempo de recuperación.

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