(Expansión, 22-12-2025) | Laboral

El elevado absentismo laboral es el mayor problema de la economía española en estos momento

Las principales organizaciones empresariales coinciden en señalar al alto nivel de absentismo laboral como el problema más grave de la economía española en la actualidad. Incluso por delante de la baja productividad -estrechamente vinculada a este fenómeno-, de la elevada carga fiscal o de la inseguridad jurídica, que cada año pone en riesgo inversiones por valor de millones de euros. Se trata de una tendencia al alza cuyo impacto económico es cada vez más significativo para las empresas, las mutuas colaboradoras y el propio sistema de Seguridad Social. Pese a ello, apenas ocupa espacio en el debate público ni figura entre las prioridades del Gobierno. Según los datos más recientes de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo y del Ministerio de Seguridad Social, el coste directo del absentismo ha pasado de 10.134 millones de euros hace una década a superar los 32.000 millones en el presente ejercicio. Este aumento es muy superior al crecimiento de la población ocupada, que en el mismo periodo ha pasado de 18 a 22 millones de trabajadores, según la última Encuesta de Población Activa correspondiente al tercer trimestre. La comparación refleja hasta qué punto las ausencias laborales se han intensificado desde la pandemia. La crisis sanitaria del Covid-19 supuso un punto de inflexión en el coste del absentismo, medido tanto por el gasto de las mutuas como por el que soportan las empresas. Sin embargo, el verdadero desbordamiento se ha producido a partir de 2022, hasta el extremo de que, según las patronales, ya está teniendo efectos negativos sobre la contratación, especialmente en los sectores más intensivos en mano de obra. La combinación de unas cotizaciones sociales al alza -fruto de los incrementos aprobados por el Ejecutivo año tras año- y el encarecimiento de las ausencias laborales está elevando de forma notable el coste de mantener las plantillas. Esto reduce la capacidad de las empresas para crear empleo. Los costes laborales encadenan ya 19 trimestres consecutivos de crecimiento, con un impacto especialmente acusado en las pequeñas y medianas empresas. Los expertos subrayan el contraste entre el aumento de contrataciones navideñas en grandes cadenas de distribución y la caída registrada en el pequeño comercio. A ello se suma la creciente dificultad para cubrir vacantes en sectores como la construcción, la hostelería o el transporte. Ante las previsiones de que el absentismo vuelva a repuntar en 2026, el Círculo de Empresarios ha pedido la puesta en marcha de un pacto nacional que involucre al Gobierno, a los agentes sociales y a las mutuas, con el fin de contener esta escalada. Entre las medidas propuestas figuran agilizar las altas laborales en los casos de bajas de corta duración, reforzar el control de las ausencias repetidas aunque breves y aumentar los recursos humanos en los centros de salud responsables de gestionar la mayoría de las incapacidades temporales. En los últimos cinco años, la duración de las bajas derivadas de contingencias profesionales ha crecido de forma moderada, mientras que las incapacidades temporales por enfermedad común han experimentado un fuerte aumento. Las primeras tienen una duración media de 37,3 días, frente a los 40,9 días de las segundas. En el caso de los trabajadores autónomos, las bajas se prolongan de media 83,46 días. Solo el 16% de los procesos supera el año de duración. En cualquier caso, los periodos de ausencia en España son sensiblemente más largos que en otros países europeos. En las economías centroeuropeas, la media se sitúa en torno a los 14 días, mientras que en los países nórdicos alcanza aproximadamente los 27 días. Aunque las estimaciones sobre el impacto del absentismo en el PIB varían entre el 3% y el 5,4%, resulta indiscutible que la pérdida anual de 368 millones de jornadas laborales supone un elevado coste de oportunidad para una economía que mantiene las tasas de desempleo más altas de la Unión Europea. Desde 2018, esta cifra ha aumentado un 52% y, según advierten las empresas, está condicionando negativamente sus planes de contratación a medio plazo.

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(El País, 22-12-2025) | Laboral

La Seguridad Social empieza a pagar indemnizaciones a las víctimas del amianto cuatro años después de lo previsto

La Seguridad Social ha comenzado en los últimos días a comunicar a algunos beneficiarios de pensiones de incapacidad permanente, reconocidas por contingencias profesionales vinculadas a enfermedades provocadas por la exposición al amianto, el próximo pago de sus indemnizaciones. Según fuentes del organismo, antes de que finalice el año se habrá informado del abono de alrededor de cinco compensaciones. Con ello se pone en marcha, por fin, el Fondo de Compensación para las Víctimas del Amianto, casi cuatro años después de su creación y de la primera dotación presupuestaria realizada en 2022. El reglamento que desarrolla este fondo entró en vigor el pasado 18 de septiembre, tres meses atrás, con un notable retraso: dos años y ocho meses después de lo establecido en la ley que dio origen al fondo en 2022. En principio, la aprobación de esta norma debía haber permitido iniciar de inmediato el pago de indemnizaciones a los cerca de 700 trabajadores que ya perciben una pensión de incapacidad permanente por enfermedades profesionales relacionadas con el amianto. Sin embargo, esto no ocurrió y los afectados han tenido que esperar hasta mediados de diciembre para recibir las primeras notificaciones. El nuevo aplazamiento se debe a la introducción de exigencias administrativas adicionales que han retrasado de nuevo la tramitación de los pagos. En concreto, el reglamento establece que, además de tener reconocida una pensión de incapacidad permanente por patologías derivadas del amianto, los beneficiarios deben disponer de un certificado específico que acredite dichas enfermedades. Estos documentos deben ser emitidos por unidades administrativas creadas expresamente por las comunidades autónomas. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), dependiente del Ministerio de Sanidad, aprobó el pasado 12 de noviembre el procedimiento para la expedición de estos certificados y la puesta en marcha de dichas unidades. Algunas comunidades ya las han constituido y están tramitando solicitudes, mientras que otras todavía se encuentran en fase de implementación. Como consecuencia de estos retrasos acumulados, el fondo ha permanecido prácticamente inactivo durante tres ejercicios consecutivos, sin efectuar ningún pago en 2022, 2023 ni 2024. En 2025, su utilización será mínima, ya que solo se abonarán compensaciones a menos de una decena de personas en los últimos días del año, con un desembolso aproximado de 300.000 euros, según estimaciones de las asociaciones de afectados. No obstante, la previsible prórroga automática de los Presupuestos a partir del 1 de enero permitirá que el fondo vuelva a contar con una dotación de 25 millones de euros para continuar con los pagos. En cualquier caso, dado que los importes no ejecutados no se acumulan de un ejercicio a otro, los continuos aplazamientos han supuesto que cerca de 100 millones de euros presupuestados en los últimos cuatro años no hayan llegado a los afectados por enfermedades causadas por el amianto en el ámbito laboral. De acuerdo con los datos recogidos en la memoria de impacto normativo del real decreto que regula el fondo, elaborada por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, se estima que cada año se producen 4.582 fallecimientos atribuibles a la exposición laboral al amianto, principalmente por mesotelioma y cáncer de pulmón y bronquios, y que el 92% de las víctimas son hombres. No obstante, el número de personas que podrían acceder efectivamente a estas compensaciones económicas es considerablemente menor. Según explica Jon García, portavoz de la Federación de Asociaciones de Víctimas del Amianto (FEDAVICA), se limitaría a menos de 700 trabajadores que tienen reconocida una incapacidad permanente por enfermedades relacionadas con el amianto y que continúan con vida. García denuncia la existencia de "dos grandes incoherencias entre la ley que creó el fondo en 2022 y el reglamento que regula su funcionamiento, aprobado el pasado septiembre", y reclama una modificación de la normativa. Por un lado, señala que "el espíritu de la ley planteaba una cobertura universal para todas las personas afectadas y sus familias, pero el reglamento ha reducido el acceso a las compensaciones a un colectivo muy reducido". Por otro, recuerda que la norma original también pretendía que las indemnizaciones fueran lo suficientemente elevadas como para evitar que los afectados recurrieran a la vía judicial, algo que, a su juicio, no se ha materializado. De hecho, las asociaciones denuncian que las indemnizaciones reconocidas actualmente por los tribunales suelen triplicar las cuantías fijadas por el fondo: 96.626 euros para los casos de mesotelioma, 64.414 euros para el cáncer de pulmón, 44.310 euros para el cáncer de laringe y 32.207 euros para la asbestosis.

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(El Economista, 22-12-2025) | Laboral

Seguridad Social recaudará un 42% más de los sueldos más altos el año próximo

La segunda fase de la reforma de las pensiones, aprobada en 2023, incorporó un conjunto de medidas destinadas a fortalecer los ingresos de la Seguridad Social ante la próxima jubilación de la generación del baby boom. Estas iniciativas -la cuota de solidaridad, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) y el incremento de las bases máximas de cotización- se aplican de forma progresiva y suponen aumentos anuales. Aunque todas contribuirán a elevar la recaudación, la cotización adicional de solidaridad será la que experimente el mayor crecimiento en 2026, con un alza del 42% hasta alcanzar los 567 millones de euros procedentes de los salarios más elevados. En cuanto al MEI, que comenzó a aplicarse en 2023, los ingresos previstos para 2026 se sitúan en 5.298 millones de euros, lo que supone un 20% más que en 2025 y casi el doble de lo obtenido en su primer año de vigencia. En conjunto, ambas cotizaciones extraordinarias aportarán 5.865 millones de euros el próximo ejercicio, un 22% más que en el actual. Estas proyecciones, según recoge el Ministerio de Seguridad Social en la memoria de impacto de las normas de cotización para 2026, tienen en cuenta la evolución esperada del empleo y los salarios conforme a las previsiones económicas más recientes, así como las subidas de cuotas ya programadas para enero. La reforma diseñada bajo el mandato del entonces ministro de Seguridad Social y actual gobernador del Banco de España, José Luis Escrivá, estableció un incremento anual del MEI hasta alcanzar el 1,2% en 2030. A partir de enero, esta cotización aumentará en una décima, hasta situarse en el 0,9%, de la cual el 0,8% correrá a cargo de las empresas. La cuota de solidaridad sigue un esquema similar, aunque su entrada en vigor se ha producido en 2025 y su despliegue se prolongará hasta 2045. Esta cotización afecta exclusivamente a los salarios que superen la base máxima de cotización, fijada en 5.100 euros mensuales para 2026, y crecerá en distintos tramos: 0,23 puntos en el primero, 0,25 en el segundo y 0,29 en el tercero. Según explica Enrique Devesa, investigador del Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas (IVIE), estos ingresos adicionales no se traducen en un aumento de las pensiones futuras de quienes los abonan. "Contribuyen a reforzar la sostenibilidad del sistema, pero son cotizaciones finalistas que no generan derechos y, por tanto, no se reflejan en una mayor prestación para el cotizante", subraya. En el caso del MEI, los fondos recaudados se destinan a la llamada 'hucha de las pensiones', un mecanismo de ahorro de la Seguridad Social diseñado para afrontar el periodo de mayor presión demográfica, y que no podrá utilizarse antes de 2033. Por su parte, la cuota de solidaridad tiene como finalidad reforzar la sostenibilidad financiera del sistema y potenciar su carácter redistributivo, tal y como el Gobierno trasladó a la Comisión Europea en 2023. En total, la Seguridad Social prevé ingresar 189.800 millones de euros en 2026. El Ejecutivo confía en aumentar la recaudación un 7% respecto a 2025 y elevar el peso de las cotizaciones en el PIB en dos décimas, hasta el 10,8%. "El incremento de los ingresos no solo responde a la subida de las cuotas, sino también al avance del empleo y de los salarios", señala Devesa. Para 2026, las previsiones apuntan a un crecimiento del empleo del 1,7%, con unos 350.000 ocupados adicionales, y a un aumento salarial del 3%, según el consenso de Funcas. Otros organismos oficiales, como el Gobierno y la Airef, son más optimistas en cuanto a la creación de empleo, con estimaciones de crecimiento del 2,1% y del 2,2%, respectivamente, aunque prevén subidas salariales algo más moderadas, del 2,9% y el 2,7%. "Nuestros cálculos siguen siendo favorables y el dinamismo del mercado laboral se mantiene, aunque progresivamente se irá produciendo una desaceleración en línea con la evolución económica y con el menor empuje del fenómeno migratorio", resume Raymond Torres, director de Coyuntura de Funcas. Desde el Ministerio de Seguridad Social destacan también el impulso que el aumento previsto del empleo tendrá sobre los ingresos por cotizaciones en 2026. A diferencia del informe de impacto publicado a finales de 2024, el correspondiente a 2025 no detalla los ingresos derivados del aumento de la base máxima de cotización ni de la modificación del sistema de cuotas de los autónomos, conceptos que, según las previsiones oficiales, aportarían 996 millones de euros adicionales en 2025. En lo que va de año, los ingresos reales por cotizaciones se están ajustando de forma bastante precisa a las estimaciones realizadas por el Ministerio. Hasta octubre, último dato disponible, el departamento dirigido por Elma Saiz había recaudado 4.053,35 millones de euros a través del MEI, frente a los 4.403 millones previstos para el conjunto del ejercicio. Por su parte, la cuota de solidaridad ha aportado 334,7 millones de euros hasta ese mismo mes, acercándose a los cerca de 400 millones proyectados para todo el año.

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(El Economista, 22-12-2025) | Laboral

El tiempo de trabajo real del sector público se sitúa por debajo del propio del sector privado

Las últimas cifras de la Encuesta de Población Activa (EPA) sitúan la jornada laboral media en torno a las 36 horas semanales, un nivel que incluso queda por debajo de las 37,5 horas que el Ministerio de Trabajo planteó impulsar a finales del pasado verano. En el ámbito del sector público, el periodo con menor jornada efectiva se registró en el cuarto trimestre de 2021, cuando los empleados públicos trabajaron una media de 33,7 horas a la semana. Posteriormente, la duración real de la jornada volvió a superar las 35 horas, aunque en el cuarto trimestre de 2022 -exactamente un año después- descendió de nuevo por debajo de las 34 horas semanales, hasta situarse en 33,8 horas. A pesar de esta evolución, la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI, integrada por el Ministerio de Función Pública y los sindicatos UGT y CCOO, se comprometió la semana pasada a trasladar a la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado (AGE) la implantación oficial de la jornada laboral de 35 horas semanales para el personal de la AGE. El Ministerio ha asumido el compromiso de que esta medida entre en vigor entre febrero y marzo. Durante el encuentro también se trataron otros asuntos pendientes, como la regulación del teletrabajo, que igualmente se elevará a la Mesa General de Negociación. No obstante, los sindicatos advierten de que esta mejora requerirá más tiempo y no se aplicará de forma inmediata. Por otro lado, la semana pasada los empleados de la Administración General del Estado comenzaron a percibir la subida salarial del 2,5% correspondiente a 2025, con carácter retroactivo desde enero. Los primeros en recibirla fueron los trabajadores de la Agencia Tributaria, seguidos posteriormente por el resto del personal. Desde el Ministerio de Función Pública, dirigido por Óscar López, confían en que los empleados públicos de las comunidades autónomas cobren este incremento antes de que finalice el mes, aunque regiones como Madrid, Cantabria o Galicia ya han anunciado que el pago se retrasará hasta enero y no se incluirá en la nómina de diciembre. De este modo, en enero los trabajadores públicos recibirán tanto la subida vinculada a 2025 como la prevista para 2026, fijada en un 1,5%, con la posibilidad de incrementarse en otro 0,5% si el IPC supera ese umbral, aunque este ajuste adicional no se abonará hasta 2027. En apenas dos meses, las nóminas del sector público habrán aumentado cerca de un 4%, dentro del incremento total del 11,4% pactado entre el Ministerio que encabeza Óscar López y los sindicatos.

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(Expansión, 19-12-2025) | Laboral

Los funcionarios empiezan a cobrar los atrasos de 2025 y el Gobierno abordará la jornada de 35 horas y el teletrabajo en enero

La Administración Pública comenzará este jueves a abonar en las nóminas de funcionarios y empleados públicos los atrasos derivados de la subida salarial de 2025. Además, a partir de enero abrirá con los sindicatos una mesa de negociación para tratar la implantación de la jornada laboral de 35 horas semanales y la regulación del teletrabajo. En determinadas comunidades autónomas -como Madrid, Cantabria o Galicia- y en algunos ayuntamientos, el pago de estos atrasos se retrasará hasta enero. La Administración General del Estado ha iniciado este jueves el pago del incremento salarial del 2,5% correspondiente a 2025, con efectos retroactivos desde el mes de enero, incluyendo las cantidades pendientes. Los primeros en recibirlo han sido los empleados de la Agencia Tributaria y, según ha confirmado el sindicato CSIF -firmante del acuerdo marco junto a CCOO y UGT-, el resto de departamentos de la Administración central comenzará a percibirlo en los próximos días. La mayoría de las comunidades autónomas también lo abonarán ahora, aunque en el caso de muchos ayuntamientos el ingreso se pospondrá previsiblemente a enero. Estas cantidades se reflejarán en la nómina de diciembre o mediante una paga extraordinaria. Desde CSIF señalan que ya se ha iniciado el proceso de pagos conforme a lo comprometido por Función Pública y aseguran que harán un seguimiento hasta que se complete en todos los ámbitos administrativos, agradeciendo el trabajo del personal encargado de cerrar las nóminas. Por su parte, CCOO destacó que, entre diciembre y enero, prácticamente todas las administraciones públicas habrán abonado la subida salarial de 2025 con carácter retroactivo. Una vez percibidos estos atrasos, en la nómina de enero se incorporará además el incremento previsto del 1,5% correspondiente a 2026, que podría aumentar en medio punto adicional en función de la evolución del indicador de referencia, siempre que alcance o supere ese umbral durante el próximo año. El Ministerio que encabeza Óscar López confía en que la mayoría de las comunidades autónomas abonen los atrasos este mismo mes, aunque algunas ya han anunciado que lo harán en enero. En el ámbito local, la situación es similar. Según explica CSIF, muchas corporaciones locales ya tenían cerradas las nóminas de diciembre y carecen de medios técnicos para emitir una nómina adicional, por lo que el abono se realizará en enero. Para agilizar el proceso, Función Pública se ha reunido con representantes de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). Este miércoles, el Ministerio de Función Pública y los sindicatos firmantes del Acuerdo Marco para la Mejora del Empleo Público constituyeron la Comisión de Seguimiento del acuerdo, lo que permitirá que los grupos de trabajo sobre Igualdad, Inteligencia Artificial, Salud Laboral y Empleo Público comiencen su actividad el próximo 29 de enero. El acuerdo alcanzado entre el Gobierno y los sindicatos no solo recoge las subidas salariales para el periodo 2025-2028, que arrancan con el pago retroactivo de 2025, sino que también incluye otras medidas laborales. Entre ellas figuran la negociación de la jornada semanal de 35 horas y la regulación del teletrabajo en la Administración General del Estado, previstas para comienzos de 2026. Además, CSIF ha planteado la creación de tres nuevos grupos de trabajo centrados en la promoción interna y la clasificación profesional, el mutualismo administrativo y las clases pasivas, así como en la ampliación de los derechos laborales.

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(El Economista, 19-12-2025) | Laboral

El Gobierno paraliza la reforma del registro de jornada

El Ministerio de Trabajo presentó la reforma del registro horario como la alternativa a la frustrada ley de reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales. Apenas un día después de que esa iniciativa no prosperara, el departamento impulsó un real decreto y lo sometió a consulta pública, y veinte días más tarde el Consejo de Ministros autorizó su tramitación por la vía de urgencia. Sin embargo, según fuentes del Gobierno consultadas por elEconomista.es, casi tres meses después el texto sigue bloqueado y carece todavía de los informes internos que deben emitir los ministerios controlados por el PSOE. El acuerdo alcanzado a finales de septiembre pretendía evitar que la exigencia de informes ralentizara la entrada en vigor de los nuevos requisitos sobre control horario más allá de enero o febrero. La tramitación urgente permite, en teoría, avanzar sin esperar a todos los dictámenes ministeriales o al del Consejo de Estado. No obstante, en este periodo no se ha registrado ningún progreso, algo que también reconocen los interlocutores del diálogo social. De acuerdo con la memoria del borrador del reglamento, el Ministerio de Trabajo debía recabar los informes de Economía y de Transformación Digital -ambos dirigidos por ministros socialistas-, así como el de la Agencia Española de Protección de Datos. Este último era el que se preveía más complejo, aunque Yolanda Díaz confiaba en que sirviera para despejar las dudas de la CEOE en materia de protección de datos, inquietudes que la patronal había trasladado a otros departamentos. Pese a ello, fuentes conocedoras del proceso indican que el organismo independiente aún no está analizando el texto. El real decreto se encuentra, por tanto, atascado en esta fase inicial y sin un calendario definido para su aprobación en el Consejo de Ministros. La inclusión de asuntos en el orden del día del Gobierno depende en gran medida de las prioridades políticas del momento, como suelen admitir los propios ministerios. En el contexto actual de tensiones con el PSOE, las iniciativas del socio minoritario podrían quedar relegadas. Además, las normas de carácter económico deben recibir el aval de la Comisión Delegada de Asuntos Económicos (CDGAE), presidida por Carlos Cuerpo, un órgano que ya generó fricciones con la propuesta de reducción de jornada. El titular de Economía llegó incluso a expresar, un día antes del acuerdo del Consejo de Ministros, sus dudas sobre que la tramitación urgente del registro horario fuera a incluirse en la agenda, evidenciando de nuevo las diferencias de su departamento con medidas que suscitan un mayor rechazo empresarial. No es extraño que la CEOE destaque la buena sintonía con Economía frente a la tensión que asegura mantener con el Ministerio de Trabajo. Mientras las empresas esperan conocer cuándo deberán adaptar sus sistemas de control horario a las nuevas exigencias, el calendario depende exclusivamente del Ejecutivo. El decreto elimina el plazo de seis meses que contemplaba el proyecto de ley de reducción de jornada y entraría en vigor apenas 20 días después de su publicación en el BOE. Incluso los sindicatos, que presionaron para que estos cambios se impulsaran mediante real decreto, admiten no disponer de más información sobre los plazos de tramitación. El último borrador, difundido en octubre, introducía cambios relevantes respecto a la propuesta vinculada a la reducción de la jornada. El eje central de la reforma es la obligación de que todas las empresas implanten un registro digital de la jornada, con acceso remoto para la Inspección de Trabajo y con un alto nivel de detalle en la anotación de las horas trabajadas, diferenciando entre jornada ordinaria y horas extraordinarias. El texto establece que los empleados deberán registrar los horarios de entrada y salida, así como las pausas realizadas durante la jornada, tanto si el trabajo se realiza de forma presencial como a distancia, incluso en supuestos de teletrabajo parcial. También deberán indicar la duración de su jornada según el tipo de contrato y, en caso de realizar horas extra, si estas se compensan con descanso o con retribución. Aunque la obligación de disponer de un sistema de registro conforme a la normativa recae sobre la empresa, el borrador asigna al trabajador la responsabilidad de realizar las anotaciones, incluyendo el detalle de los minutos en los que permanece a disposición de la compañía, en espera de tareas o cuando interrumpe su derecho a la desconexión digital.

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(El Periódico, 19-12-2025) | Laboral

Lorenzo Amor, presidente de ATA: "La burocracia está ahogando a los autónomos"

La carga administrativa se ha transformado en una especie de "segundo empleo" para los autónomos. Así lo denuncia la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), que calcula que los más de 3,4 millones de trabajadores por cuenta propia que hay en España dedican de media unas 200 horas al año a trámites, gestiones y obligaciones ante las distintas administraciones. En la práctica, esto equivale a perder casi un mes completo de trabajo únicamente en papeleo, al margen de su actividad profesional habitual. El impacto no es solo en tiempo, sino también en dinero. Según las estimaciones de ATA, esas 200 horas, valoradas en unos 15 euros la hora, representan un coste anual de alrededor de 3.000 euros por autónomo. En conjunto, el esfuerzo administrativo supone cerca de 10.000 millones de euros y más de 650 millones de horas empleadas en cumplimentar modelos, atender notificaciones y presentar declaraciones. El problema, subraya la organización, no reside únicamente en la cantidad de trámites, sino en la percepción de que las exigencias aumentan año tras año. "La burocracia está asfixiando al colectivo. Desde hace tiempo se habla de simplificar y reducir cargas administrativas, pero esa promesa nunca termina de materializarse", afirma Lorenzo Amor, presidente de ATA. De acuerdo con el último barómetro elaborado por la federación, el 90% de los autónomos considera que las trabas administrativas se han incrementado en el último año. En un colectivo que ya soporta jornadas muy extensas -con una media de 47 horas semanales, según ATA-, el tiempo dedicado al papeleo repercute directamente en el descanso y en la conciliación personal y familiar. La situación se agrava aún más para quienes tienen trabajadores a su cargo. Cerca de un millón de autónomos, según la asociación, deben afrontar no solo sus propias obligaciones, sino también las derivadas de ser empleadores: contratos, cotizaciones, prevención de riesgos, comunicaciones a la administración y un mayor número de controles. A esta presión se suma la inseguridad normativa. Un ejemplo reciente es la adaptación de los programas de facturación al sistema Verifactu. La Agencia Tributaria ha vuelto a modificar los plazos y fija ahora la obligación en 2027: el 1 de enero para quienes tributan por el Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio para el resto. Mientras tanto, la implantación de la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales continúa pendiente de desarrollo reglamentario, aunque Hacienda mantiene la idea de aplicarla de forma progresiva una vez se apruebe. Por otro lado, la Seguridad Social ha afianzado el sistema de cotización por ingresos reales, con revisiones automáticas y comunicaciones telemáticas. Un modelo más digital, sí, pero que también implica más plataformas, más avisos y más fechas que controlar. Ante este panorama, ATA reclama un "cambio radical" para que la Administración deje de ser una carga y se convierta en un apoyo real para el autónomo. El mensaje es claro: menos tiempo dedicado a trámites y más tiempo para generar ingresos.

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(El Periódico, 19-12-2025) | Laboral

Si tu día de descanso cae en festivo, deberán darte otro día libre adicional

La gestión de los horarios laborales en el comercio y en el sector servicios ha cambiado de forma notable en los últimos años. La presión del mercado y la evolución de los hábitos de consumo han llevado a muchas empresas a abrir de manera ininterrumpida, de lunes a domingo. Este modelo ha dado lugar a turnos fijos o rotatorios en los que el descanso semanal de los trabajadores no siempre coincide con el fin de semana, sino que se fija en días laborables, como martes o miércoles. De ahí surge una cuestión que ha generado numerosos conflictos judiciales: ¿qué sucede cuando ese día de descanso habitual coincide con un festivo nacional o autonómico? Hasta hace poco, algunas compañías entendían que, si el festivo caía en el día de libranza, el trabajador no tenía derecho a nada adicional, ya que, a su juicio, el descanso se producía igualmente. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha zanjado esta controversia con una sentencia que marca doctrina y refuerza los derechos de la plantilla. El alto tribunal ha determinado que, cuando el descanso semanal coincide con un festivo, la empresa está obligada a conceder un día libre compensatorio. El pronunciamiento judicial trae causa de una demanda colectiva presentada por los sindicatos contra una conocida empresa del sector textil. En esta compañía, los empleados trabajaban de lunes a domingo y tenían asignado un día fijo de descanso entre semana. La normativa interna establecía que, si ese día coincidía con un festivo, se consideraba ya disfrutado, sin generar compensación alguna. El asunto había sido resuelto previamente por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que dio la razón a la empresa. Los magistrados entendieron que el hecho de conceder cuatro días adicionales de descanso al año era suficiente para compensar estos solapamientos. No obstante, el Tribunal Supremo ha corregido esta interpretación y ha dejado claro que las vacaciones extra o las mejoras voluntarias no pueden sustituir ni absorber el derecho legal a disfrutar de los 14 festivos anuales previstos en el calendario laboral. La resolución del Supremo se apoya en una clara distinción jurídica entre dos derechos diferentes: el descanso semanal y el festivo laboral. El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores define las fiestas laborales como días de descanso retribuidos y no recuperables, lo que evidencia que su naturaleza no es la misma que la del descanso semanal derivado de la jornada de trabajo. Tanto el Estatuto como el Real Decreto 2001/1983 garantizan el disfrute efectivo de estos días. La normativa establece que, cuando por razones organizativas no sea posible disfrutar de un festivo o del descanso semanal, la empresa debe compensar al trabajador, bien mediante el pago correspondiente o concediendo un descanso alternativo. Permitir que el festivo quede absorbido por el día libre semanal supondría, por tanto, vulnerar el derecho a disfrutar de ambos descansos de forma diferenciada. El Supremo subraya que cada uno de estos derechos debe respetarse de manera completa e independiente. Además, la sentencia persigue evitar situaciones de desigualdad dentro de las empresas. Los trabajadores que descansan en fin de semana suelen beneficiarse de la mayoría de los festivos, que normalmente caen de lunes a viernes. En cambio, quienes libran entre semana podrían acabar disfrutando de menos días festivos a lo largo del año si no se aplicara esta compensación. Con esta doctrina, el Tribunal Supremo busca igualar las condiciones reales de descanso y trabajo. Cualquier coincidencia entre festivo y libranza debe resolverse garantizando el disfrute efectivo del tiempo libre. En la práctica, los trabajadores afectados podrán exigir un día de descanso alternativo, y las empresas deberán reorganizar sus turnos para asegurar que el descanso semanal y los festivos se respeten como derechos distintos. Queda así claro que la flexibilidad horaria empresarial no puede imponerse a los mínimos legales de descanso reconocidos por la normativa laboral.

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(El Confidencial, 19-12-2025) | Laboral

El Gobierno acelerará la recaudación por cotizaciones en 2026 hasta el 10,8% del PIB

Los ingresos procedentes de las cotizaciones sociales volverán a alcanzar un máximo histórico en 2026, impulsados tanto por el aumento del empleo y de los salarios como por las medidas adoptadas para sostener el creciente gasto en pensiones. De acuerdo con las previsiones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones incluidas en la orden que fija las bases de cotización, la recaudación por este concepto ascenderá el próximo año a 189.800 millones de euros, lo que supone un incremento del 7% respecto al ejercicio anterior y un nuevo récord. En términos absolutos, serían 12.486 millones de euros más que lo estimado para 2025. Si se cumplen estas previsiones, las cotizaciones sociales crecerán muy por encima tanto del avance del empleo como del aumento del PIB nominal, que el cuadro macroeconómico del Ministerio de Economía sitúa en el 2,2% y el 4,3%, respectivamente. Como consecuencia, el peso de las cotizaciones sobre el PIB alcanzaría el 10,8%, también un máximo histórico. Además, el aumento previsto del 7% incluso aceleraría ligeramente el ritmo observado en 2025 -cuando el crecimiento fue del 6,8% en los diez primeros meses- pese a que se espera una menor expansión económica. Del incremento total de 12.486 millones de euros, alrededor del 8,5% (1.062 millones) procederá del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que aportaría 5.298 millones, y de la cuota de solidaridad, con unos ingresos adicionales de 567 millones. Ambos conceptos se actualizan cada año para reforzar los recursos destinados al Fondo de Reserva de la Seguridad Social y al sistema de pensiones. A ello se suma el impacto del destope gradual de las bases máximas de cotización, que en 2026 se situarán en 5.101,20 euros mensuales, lo que añadirá aproximadamente otros 1.000 millones de euros. En conjunto, estas medidas explican en torno al 11,5% del aumento anual de la recaudación. El resto del crecimiento se atribuye a la creación de empleo y a las subidas salariales, aunque estas también están condicionadas por decisiones del propio Gobierno. Parte del aumento de las bases de cotización que impulsa la recaudación deriva de la actualización anual del salario mínimo interprofesional -aún pendiente de concretar- y del incremento de los sueldos de los empleados públicos, del 2,5% en 2025 y, al menos, del 1,5% en 2026. En conjunto, las reformas y medidas adoptadas en el mercado laboral influyen de forma directa e indirecta en los ingresos por cotizaciones sociales. Sin embargo, ni siquiera con estas cifras récord y con unas transferencias iniciales previstas de la Administración Central de 22.881 millones de euros para 2026 se logrará equilibrar las cuentas de la Seguridad Social. El Ministerio de Hacienda prevé un déficit del 0,2% del PIB para el sistema tanto en 2026 como en 2027, el mismo nivel estimado para 2025. Las cotizaciones evolucionan en línea con lo previsto en la reforma de 2023 impulsada por José Luis Escrivá, pero siguen siendo insuficientes para cubrir el gasto en pensiones. Según las estimaciones del IVIE, el desembolso en pensiones crecerá en 2026 un 5,8%, hasta alcanzar los 229.491 millones de euros, teniendo en cuenta la revalorización de las prestaciones contributivas y no contributivas, el aumento del número de pensionistas y el efecto sustitución. Este desfase ya se produjo en 2025 y no bastó para corregir el desequilibrio financiero de la Seguridad Social. Parte del alivio se diluye por el fuerte incremento del gasto en prestaciones por incapacidad temporal. Además, los ingresos adicionales procedentes del MEI se destinan al Fondo de Reserva, en lugar de emplearse para sufragar el pago mensual de las pensiones. La persistencia del déficit en los próximos ejercicios obligará a aumentar las transferencias desde la Administración Central para atender los pagos ordinarios y a recurrir a préstamos puntuales para cubrir las pagas extraordinarias, lo que seguirá incrementando la deuda del sistema de la Seguridad Social. Históricamente, España se ha caracterizado por un peso elevado de las cotizaciones sociales a cargo de las empresas en comparación con otros países europeos y economías avanzadas. Según el último informe de la OCDE, en 2024 las cotizaciones empresariales representaron el 25,9% del total de la recaudación fiscal, el tercer porcentaje más alto del conjunto analizado, solo por detrás de la República Checa y Estonia. En contraste, la aportación de los trabajadores fue relativamente reducida, con un 5,3% del total, situando a España entre los países con menor peso de las cotizaciones a cargo del empleado. En términos agregados, las cotizaciones sociales recaudadas en España no son especialmente elevadas, pero su evolución difiere de la media de la Unión Europea y de la de muchos países del entorno. Según Eurostat, las "cotizaciones sociales netas" -que incluyen también las aportaciones a fondos privados y otros sistemas- alcanzaron en 2024 el 13,2% del PIB en España, frente al 14% de la media comunitaria. Esta diferencia se ha ido reduciendo con el paso del tiempo. En 1995, primer año con datos disponibles, las cotizaciones sociales representaban el 12,2% del PIB en España, frente al 15,8% en la UE. Desde entonces, el aumento de la ratio española ha recaído fundamentalmente sobre las aportaciones empresariales.

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(Expansión, 16-12-2025) | Laboral

Las pensiones mínimas y no contributivas subirán más de un 11% en 2026

Las pensiones mínimas y las no contributivas volverán a experimentar en 2026 un incremento sensiblemente superior al 2,7% previsto para las pensiones contributivas, una subida que ya ha sido confirmada por la Seguridad Social. Aunque todavía está pendiente de que el Gobierno apruebe oficialmente la revalorización mediante un real decreto ley, ya es posible anticipar el aumento que registrarán estas prestaciones, dado que deben ajustarse al calendario establecido para reducir la distancia respecto al umbral de pobreza. La normativa aprobada en 2023 dentro del proceso de reforma del sistema de pensiones establece que, a partir de 2027, la pensión mínima de jubilación contributiva para personas mayores de 65 años con cónyuge a cargo no podrá situarse por debajo del umbral de pobreza correspondiente a un hogar formado por dos adultos. Para alcanzar ese objetivo, la ley prevé aplicar incrementos adicionales diferenciados según exista o no carga familiar, con el fin de acortar progresivamente la brecha respecto a un indicador de suficiencia vinculado a la pobreza relativa. En el ejercicio 2026, dicha brecha deberá haberse reducido en un 50%, dentro de un periodo transitorio que culminará en 2027, cuando la corrección será total. De acuerdo con las estimaciones del Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas (Ivie), las pensiones mínimas sin cargas familiares se revalorizarán un 7,07%, mientras que aquellas que sí cuentan con responsabilidades familiares aumentarán un 11,43%. Como resultado, la pensión mínima de jubilación con cónyuge a cargo -así como las pensiones por incapacidad absoluta o total para mayores de 60 años con cónyuge a cargo y las pensiones de viudedad con cargas familiares- alcanzará los 1.256,5 euros mensuales, frente a los 1.127,6 euros fijados para 2025. Por su parte, la pensión de jubilación a partir de los 65 años sin cónyuge a cargo, la incapacidad absoluta o total en ese mismo supuesto y la viudedad sin cargas familiares se elevará hasta los 936,2 euros al mes, frente a los 874,4 euros actuales. Asimismo, la jubilación con 65 años y cónyuge no a cargo -y las pensiones de incapacidad en iguales condiciones- pasará a situarse en 888,6 euros mensuales, frente a los 830 euros de 2025. En cuanto a las pensiones no contributivas, su actualización sigue un criterio similar al de las mínimas, aunque el umbral de referencia se fija en el 75% del umbral de pobreza. De este modo, la pensión no contributiva de jubilación e invalidez vigente en 2025 se incrementará un 11,34%, lo que supondrá pasar de 564,7 euros mensuales a una cuantía estimada de 628,7 euros al mes en 2026, es decir, 64 euros más cada mes.

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