(Expansión, 15-04-2026) | Fiscal

El Ibex 35 paga el 26,8% por el Impuesto sobre Sociedades en 2025

La aportación fiscal de los seis bancos que cotizan en bolsa alcanza el 29,1%, superando el tipo nominal del 25%. El Impuesto sobre Sociedades recae principalmente en las grandes empresas, cuya contribución resulta especialmente relevante. Las compañías del Ibex 35 registraron en 2025 un tipo efectivo del 26,8% en el Impuesto sobre Sociedades respecto a sus beneficios. En total, abonaron 25.100 millones de euros sobre unas ganancias antes de impuestos de 93.617 millones. En este contexto, destaca el peso del sector bancario. Los seis bancos cotizados presentan una carga fiscal media del 29,1%, claramente por encima del tipo general, consolidándose como el principal sostén de la recaudación dentro del índice. Estos datos proceden del Observatorio del Impuesto sobre Sociedades elaborado por el analista Joaquín Tamames a partir de la información pública que las empresas facilitan en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y en sus informes para inversores. Tamames subraya que el grueso del impuesto recae sobre las grandes corporaciones y que su aportación es considerable. Por ello, defiende que el debate sobre la fiscalidad empresarial debería basarse en datos objetivos y no en percepciones o discursos simplificados. El sector financiero lidera la contribución tanto en términos absolutos como relativos. En conjunto, Santander, BBVA, CaixaBank, Sabadell, Bankinter y Unicaja pagaron 14.135 millones de euros, lo que supone el 56% del total analizado. Entre ellos, destacan CaixaBank (32,0%), Sabadell (31,7%) y BBVA (31,4%) como los que soportan mayor presión fiscal, seguidos de Unicaja (29,7%) y Bankinter (29,0%). Banco Santander, con un 25,3%, se sitúa en línea con la media del índice. El estudio analiza 31 de las 35 empresas del Ibex a partir de sus cuentas de 2025, tomando como referencia el beneficio antes de impuestos y el gasto correspondiente al impuesto. Quedan fuera ArcelorMittal, por su contabilidad en dólares; Colonial y Merlin, por su régimen fiscal especial; y Cellnex, debido a sus pérdidas. Más allá de la banca, algunas empresas muestran cargas fiscales destacadas. Acerinox sobresale con un 158,9%, probablemente por ajustes contables o compensaciones de pérdidas pasadas, mientras que Sacyr alcanza el 43%. En casos como Telefónica y Ferrovial no se aplica una tasa efectiva: la primera por registrar pérdidas y la segunda por presentar ajustes fiscales positivos. En el lado opuesto, varias compañías presentan tipos más bajos, como Rovi (4,2%) o Acciona Energía (5,9%). También registran menor presión fiscal Enagás (16,9%), Grifols (18,7%), Acciona (19%) y Solaria (19,4%). No obstante, estos niveles reducidos suelen responder a factores puntuales, como el uso de créditos fiscales o la compensación de bases negativas de ejercicios anteriores. Por otro lado, un amplio grupo de empresas se sitúa cerca del tipo nominal del 25%, entre ellas Repsol (25,5%), IAG (25,8%), Naturgy (25,9%) y Mapfre (28,8%), junto con otras como Puig Brands, Indra, Logista, Aena y Endesa. En cuanto a la evolución reciente de la recaudación, en febrero de 2026 el Impuesto sobre Sociedades generó 21 millones de euros, mejorando frente al saldo negativo de 218 millones del mismo mes de 2025. En el acumulado de enero y febrero, el saldo neto sigue siendo negativo (-6.005 millones), debido a las devoluciones, aunque mejora un 18,8% respecto al año anterior. Según la Agencia Tributaria, este avance se explica por un menor volumen de devoluciones y un crecimiento homogéneo del 8,5% en febrero.

READ MORE

(El Economista, 15-04-2026) | Fiscal

Cataluña rechaza deflactar los tramos autonómicos del IRP

Cataluña es la única comunidad autónoma con alto nivel económico que todavía no ha ajustado los tramos autonómicos del IRPF a la inflación. Este miércoles, el Parlament debate una propuesta de ley impulsada por Junts que pretende precisamente eso: adaptar el impuesto sobre la renta al aumento del coste de la vida. Además, la iniciativa incluye otras rebajas fiscales, como elevar el mínimo exento y aplicar una bonificación del 99% en el impuesto de Sucesiones y Donaciones. No obstante, la negativa del PSC y de sus socios de gobierno, ERC y Comuns, impedirá que la medida prospere. Con ello, Cataluña continuará formando parte del reducido grupo de territorios que no han adoptado esta práctica. Según el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), en los últimos años diez comunidades autónomas han ajustado o suavizado los tramos del IRPF para compensar la subida de precios. Por ejemplo, la Comunidad de Madrid aplicó esta medida en 2022 y 2023, mientras que Andalucía y la Comunidad Valenciana también introdujeron cambios para aliviar la carga fiscal. En esta última, se incrementaron los mínimos personales y familiares, así como las deducciones, mientras que Andalucía optó por deflactar los primeros tramos del impuesto. Otras regiones con menor peso económico, como Aragón, Galicia, Canarias, Murcia o La Rioja, también han revisado su escala autonómica en los últimos años. En el caso de Navarra y el País Vasco, este ajuste se ha aplicado de forma continuada. Expertos como Valentí Pich, presidente del Consejo General de Economistas, recuerdan que desde 2020 la inflación acumulada supera el 20%, mientras que la recaudación ha crecido cerca de un 50%. Por ello, defienden la deflactación como una herramienta eficaz para aliviar la presión fiscal sobre la clase media, especialmente en una comunidad como Cataluña, donde este esfuerzo es de los más elevados. Junts ha situado la reducción de impuestos como uno de los pilares de su estrategia económica, con el objetivo de mejorar la competitividad y evitar la salida de talento. Su propuesta incluye una rebaja de los tipos en los primeros tramos del IRPF, especialmente para rentas bajas y medias, mediante un ajuste técnico basado en la paridad de poder adquisitivo. Aunque las reducciones son moderadas, se estima que tendrían impacto en los contribuyentes. Asimismo, el plan contempla elevar el mínimo exento hasta algo más de 5.900 euros y aplicar una bonificación casi total en Sucesiones y Donaciones, ampliando la cobertura a situaciones que actualmente no están contempladas, como ciertos negocios heredados. Sin embargo, todo apunta a que la iniciativa será rechazada por la mayoría parlamentaria de PSC, ERC y Comuns, que ya han presentado enmiendas a la totalidad. Una propuesta similar del PP tampoco salió adelante recientemente. Aun así, los populares ven con buenos ojos parte del planteamiento de Junts y critican que la política fiscal actual no favorece suficientemente a las rentas medias. Desde el entorno socialista recuerdan, por su parte, que ya se introdujeron cambios en 2025 para reducir el tipo mínimo del IRPF en rentas inferiores a 33.000 euros, una medida que, según defienden, benefició a la mayoría de los contribuyentes.

READ MORE

(El País, 14-04-2026) | Fiscal

Bruselas flexibilizará las ayudas de Estado para facilitar la respuesta a la crisis desatada por la guerra en Oriente Próximo

La Comisión Europea está ultimando su estrategia para hacer frente a la crisis energética derivada del conflicto en Oriente Próximo. Entre las medidas previstas figura una ya habitual en este tipo de situaciones: flexibilizar las normas sobre ayudas públicas -como subvenciones, incentivos fiscales o financiación en condiciones favorables- para facilitar que los gobiernos respalden a las empresas. Así lo anunció la presidenta del organismo, Ursula von der Leyen, tras una reunión del Colegio de Comisarios centrada en el impacto económico del conflicto en el golfo Pérsico. En ese contexto, señaló que, en apenas 44 días desde el inicio de la guerra, el coste de los combustibles fósiles para la Unión Europea ha aumentado en 22.000 millones de euros. Hace semanas, los líderes europeos ya pidieron a la Comisión que preparara un conjunto de medidas para afrontar el encarecimiento del petróleo y del gas natural licuado. Aunque el plan aún no se ha presentado oficialmente, ya se ha fijado la fecha: el 22 de abril. Al día siguiente, Von der Leyen expondrá sus líneas generales en una cumbre informal en Chipre, que ostenta la presidencia rotatoria del Consejo de la UE durante el primer semestre de 2026. La presidenta subrayó que las acciones que adopten los Estados deben ser concretas, rápidas y limitadas en el tiempo. Es decir, deben centrarse en los colectivos más afectados, aplicarse de forma inmediata y no prolongarse más de lo necesario. Entre estos grupos vulnerables se incluyen tanto los hogares con menos recursos como las empresas más perjudicadas por el aumento de los precios energéticos. Desde Bruselas también se insiste en aprender de la experiencia reciente, cuando tras la invasión rusa de Ucrania se aprobaron amplios paquetes de ayudas que incrementaron notablemente el gasto público en un momento delicado tras la pandemia. Aquellas decisiones contribuyeron a deteriorar las cuentas públicas y obligaron a mantener suspendidas las reglas fiscales durante más tiempo del previsto. En esta ocasión, la Comisión no contempla por ahora relajar esas normas fiscales, pero sí quiere facilitar que los países puedan conceder ayudas mediante una mayor flexibilidad en la normativa vigente. Este es uno de los aspectos más novedosos del planteamiento actual. Además, Von der Leyen recordó otras iniciativas ya en marcha, como el ajuste del sistema de derechos de emisión de carbono para mejorar la estabilidad de precios sin perder su efecto incentivador, o su futura revisión a mediados de 2026. También señaló que existe margen para reducir impuestos sobre la electricidad y abaratar los costes de las redes energéticas. La Comisión aprovecha esta crisis para insistir en la necesidad de reducir la dependencia de combustibles importados y avanzar hacia una mayor electrificación de la economía. En este sentido, se pretende fomentar el uso de la electricidad frente a los hidrocarburos. Por ello, Bruselas se muestra crítica con medidas como la reducción del IVA a los combustibles aplicada en algunos países, al considerar que incentivan el consumo en lugar de promover el ahorro energético. Finalmente, la estrategia europea pone el foco en los recursos propios, especialmente la electricidad generada mediante energías renovables y nuclear. Según la Comisión, estas fuentes garantizan mayor autonomía, estabilidad y seguridad energética. A largo plazo, la clave para reducir la dependencia de los combustibles fósiles pasa por modernizar el sistema energético, acelerar el despliegue de estas tecnologías y avanzar decididamente en la electrificación.

READ MORE

(El Economista, 14-04-2026) | Fiscal

El Supremo avisa que Hacienda podrá cobrarse deudas aunque los casos estén abiertos en los tribunales

El Tribunal Supremo ha determinado que la Agencia Tributaria puede reclamar una deuda incluso cuando el caso se encuentra en proceso judicial. En una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo fechada el 20 de marzo, el alto tribunal deja claro que presentar un recurso contra Hacienda no suspende automáticamente el plazo de prescripción para exigir el pago. Para que esto ocurra, es necesario que un juez lo acuerde expresamente. Esto implica que, si el contribuyente no solicita medidas cautelares para paralizar la ejecución, pueden darse dos situaciones: que la Administración continúe reclamando la deuda mientras se resuelve el proceso judicial o, por el contrario, que si no actúa dentro del plazo, pierda su derecho a hacerlo por prescripción, como sucedió en este caso. El pronunciamiento del Supremo resuelve un conflicto entre el Ayuntamiento de Arganda del Rey y el de Madrid por el pago de una tasa relacionada con la gestión de residuos. Madrid notificó en 2012 el embargo de bienes para cobrar la deuda. Arganda recurrió la decisión, primero en vía administrativa y después ante los tribunales, sin éxito en ambas instancias. Sin embargo, nunca solicitó la suspensión de la ejecución de la deuda durante el proceso. En 2019, el Ayuntamiento de Madrid volvió a ordenar el embargo, pero el Supremo ha concluido que su derecho a reclamar ya había prescrito, al haber transcurrido el plazo de cuatro años desde el final de la vía administrativa en 2014. La sentencia explica que, aunque la Ley General Tributaria establece como norma general que la prescripción se interrumpe al presentar un recurso judicial, existe una excepción: en lo relativo al derecho de la Administración a exigir el pago, esa interrupción solo se produce si se ha acordado la suspensión en sede judicial. Por tanto, si no se adopta esa medida cautelar, el plazo sigue corriendo y la Administración debe actuar para reclamar la deuda dentro del tiempo establecido. En resumen, recurrir ante los tribunales puede interrumpir la prescripción, pero si no se solicita la suspensión, Hacienda está obligada a seguir con las actuaciones para cobrar la deuda mientras dura el proceso.

READ MORE

(El Economista, 13-04-2026) | Fiscal

El gasto del Estado crece el doble que la recaudación fiscal

El periodo comprendido entre 2019 y 2025 ya se considera histórico en España por la evolución de los ingresos tributarios. Sin embargo, aunque la recaudación haya alcanzado cifras récord, el gasto no financiero de la Administración del Estado ha crecido aún más en términos relativos, duplicando su incremento durante esos mismos años, que coinciden con las legislaturas de Pedro Sánchez desde su llegada al poder tras la moción de censura. En concreto, los datos actualizados de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) reflejan que el gasto presupuestario efectivamente ejecutado alcanzó en 2025 los 197.890 millones de euros, más del doble que los 96.848 millones registrados en 2019. Este aumento contrasta con el crecimiento de los ingresos fiscales, que en ese mismo periodo se incrementaron un 51%, pasando de cerca de 213.000 millones a más de 325.000 millones, según cifras del Ministerio de Hacienda. Para realizar una comparación más precisa, se han considerado únicamente los gastos no financieros del Estado, es decir, aquellos directamente vinculados a su funcionamiento y a las decisiones del Gobierno en los últimos años. Quedan fuera partidas como el pago de la deuda pública, la financiación de comunidades autónomas o las relaciones financieras con la Unión Europea. El fuerte aumento del gasto llama la atención de los expertos, especialmente teniendo en cuenta que durante este periodo el Ejecutivo solo logró aprobar tres Presupuestos Generales del Estado, bajo la gestión de la entonces ministra María Jesús Montero. Además, el gasto real podría ser aún mayor si se incluyeran mecanismos adicionales utilizados para incrementar el desembolso al margen de las cuentas oficiales y del control parlamentario, especialmente en relación con los presupuestos de 2023, que siguen vigentes. En paralelo, los ingresos fiscales también han crecido impulsados por factores como la falta de actualización de los tramos del IRPF a la inflación, lo que ha contribuido a que este impuesto aumente su recaudación, incluso en comparación con el año anterior. Si se amplía la perspectiva al conjunto de las Administraciones públicas -incluyendo Seguridad Social, comunidades autónomas y entidades locales-, el gasto total alcanza niveles récord, superando los 725.000 millones de euros en 2024, con un incremento del 25% desde 2020, según la clasificación oficial Cofog. Este crecimiento del gasto está empezando a generar tensiones en las cuentas públicas, hasta el punto de que España podría tener dificultades para cumplir en 2026 con los compromisos presupuestarios adquiridos con la Unión Europea, pese al buen comportamiento de los ingresos. Por otro lado, el aumento del gasto no se ha traducido necesariamente en una mejora de los servicios públicos, ya que la inversión directa ha disminuido. De hecho, en 2024 la formación bruta de capital fijo registró su primera caída interanual desde comienzos de la década pasada, según datos de la IGAE. Aquella etapa coincidió con un contexto económico muy distinto, marcado por la crisis de deuda europea, que obligó a España a aplicar fuertes ajustes para reducir el déficit y la deuda pública.

READ MORE

(La Vanguardia, 13-04-2026) | Fiscal

¿Cómo puedo saber cuándo me devolverán el dinero de la declaración de la Renta?

Con la campaña de la Renta ya en marcha, muchos contribuyentes que esperan una devolución se preguntan cuándo recibirán el ingreso y de qué forma pueden comprobar el estado de su declaración. La Agencia Tributaria pone a disposición distintas herramientas para ello y establece, además, un plazo máximo para efectuar las devoluciones. La campaña se desarrolla habitualmente entre abril y finales de junio. Desde el inicio ya es posible presentar la declaración por internet; posteriormente se habilita la atención telefónica y, más adelante, la presencial con cita previa. El plazo ordinario concluye el 30 de junio, aunque la Agencia Tributaria continúa gestionando devoluciones después de esa fecha. Las primeras devoluciones suelen abonarse pocos días tras el inicio de la campaña, pero no todas se tramitan al mismo ritmo ni se pagan simultáneamente. La declaración puede presentarse por diferentes canales: sede electrónica, aplicación móvil o asistencia telefónica y presencial con cita previa. Para acceder es necesario identificarse mediante certificado digital, sistema Cl@ve o número de referencia. Cuando el resultado es "a devolver", es la propia Agencia Tributaria la que inicia el procedimiento para reembolsar el importe correspondiente. No existe una fecha fija de pago. Hacienda va efectuando las devoluciones conforme revisa las declaraciones. Aquellas más sencillas, sin incidencias ni comprobaciones adicionales, suelen resolverse antes, mientras que las que incluyen deducciones complejas o requieren verificación pueden demorarse más. Por ello, dos personas que presenten la declaración el mismo día pueden recibir el ingreso en momentos distintos. El seguimiento del estado de la devolución puede realizarse de forma sencilla a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, dentro del apartado de Renta, previa identificación. También está disponible esta información en la aplicación oficial para dispositivos móviles, que muestra los mismos datos. En ambos casos se indica la fase exacta de la tramitación y si el pago ya ha sido ordenado. La consulta puede realizarse en cualquier momento y se actualiza automáticamente cuando hay cambios. Durante el proceso pueden aparecer distintos estados: "en trámite", cuando la declaración ha sido recibida y está siendo revisada; "en comprobación", si se están verificando datos; "tramitada", cuando la revisión ha finalizado; "emitida", si la devolución ya ha sido ordenada; y "realizada", cuando el importe ha sido transferido a la cuenta bancaria. Aunque la denominación puede variar ligeramente, una vez aparece el último estado, el ingreso suele hacerse efectivo en pocos días, dependiendo de la entidad bancaria. Según la Ley del IRPF, la Agencia Tributaria dispone de un plazo máximo de seis meses para realizar la devolución. Este periodo se cuenta desde el final del plazo de presentación voluntaria (1 de julio) si la declaración se presentó dentro de plazo, o desde la fecha de presentación si se hizo fuera de él. En la práctica, muchas devoluciones se abonan antes del verano, especialmente las de declaraciones tempranas y sin incidencias. No obstante, otras pueden demorarse si requieren comprobaciones adicionales. Si se supera el plazo legal de seis meses sin que se haya efectuado el pago, la Administración debe abonar automáticamente intereses de demora, sin necesidad de que el contribuyente los reclame. Estos intereses se calculan desde el día siguiente al vencimiento del plazo hasta la fecha en que se ordena el pago. Un retraso no implica necesariamente un problema, ya que puede deberse a revisiones habituales o comprobaciones de datos. Aun así, es recomendable consultar periódicamente el estado de la devolución para detectar posibles incidencias. En algunos casos, la Agencia Tributaria puede solicitar información adicional mediante un requerimiento, que se notifica a través de la sede electrónica o por correo postal, por lo que es importante revisar las comunicaciones y responder dentro del plazo indicado. También es aconsejable verificar que el número de cuenta bancaria sea correcto y que los datos personales estén actualizados, ya que cualquier error puede retrasar el ingreso. En definitiva, consultar el estado de la devolución permite conocer la situación del proceso en cada momento. Aunque la mayoría de los contribuyentes recibe el dinero sin necesidad de realizar gestiones adicionales, esta revisión ayuda a anticipar plazos y detectar posibles incidencias.

READ MORE

(La Razón, 10-04-2026) | Fiscal

La OCDE critica el abuso del Gobierno con la subida de cotizaciones y reclama eliminar "gradualmente" prestaciones para reforzar los incentivos al trabajo"

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) ha trasladado al Gobierno de Pedro Sánchez varias recomendaciones centradas en reducir la carga fiscal sobre el trabajo, apostar por impuestos menos distorsionadores, simplificar de forma notable la burocracia y revisar progresivamente determinadas prestaciones para reforzar los incentivos al empleo. En concreto, el organismo sugiere rebajar los gravámenes laborales, al considerar que frenan la creación y búsqueda de empleo, y compensarlo con un mayor peso de figuras como el IVA -eliminando algunas exenciones- y una reorganización de los impuestos medioambientales. Estas propuestas se recogen en el informe "Fundamentos para el Crecimiento y la Competitividad", donde se analiza la situación de España y se plantean reformas para impulsar la productividad. El documento señala que, aunque la diferencia del PIB per cápita respecto a la media de la OCDE se ha reducido tras la pandemia hasta situarse en torno al 30% en 2024, sigue siendo elevada. Para acortarla, considera necesario mejorar la productividad, abordar el envejecimiento demográfico y avanzar hacia un mercado laboral más flexible, un tejido empresarial más dinámico y una mayor inversión en investigación y desarrollo. También propone reforzar la formación, especialmente para jóvenes que abandonan los estudios y adultos que necesitan mejorar sus competencias. El informe es especialmente crítico con el sistema fiscal español. Subraya que la carga impositiva sobre el trabajo es elevada, en parte por el aumento de las cotizaciones, y advierte de que algunas prestaciones sociales pueden reducir los incentivos para trabajar o buscar empleo, especialmente entre personas con bajos ingresos. Asimismo, cuestiona las exenciones y tipos reducidos del IVA, al considerar que disminuyen la base imponible y afectan a la eficiencia del sistema. Según la OCDE, el modelo tributario presenta carencias que perjudican tanto a la productividad como a la recaudación, ya que grava en exceso el trabajo y mantiene tipos efectivos elevados debido a la combinación de impuestos y retirada rápida de ayudas. Esto, a su juicio, desincentiva la actividad laboral, sobre todo en colectivos con menores ingresos o en hogares con más de un perceptor. También advierte de que el sistema favorece la financiación mediante deuda frente al capital, lo que puede frenar la inversión y la innovación. En el ámbito educativo, el organismo también muestra preocupación por las altas tasas de repetición y abandono escolar temprano, así como por el escaso peso de la Formación Profesional. Recomienda mejorar la detección temprana de estudiantes en riesgo, ofrecer itinerarios formativos más flexibles, facilitar segundas oportunidades y reforzar la formación continua de adultos. Además, señala desajustes entre las cualificaciones y las necesidades del mercado laboral, así como debilidades en los servicios de empleo, que deberían modernizarse mediante más digitalización, recursos humanos y colaboración con el sector privado. Respecto a la regulación, la OCDE considera que existe un exceso de cargas administrativas para empresas y ciudadanos, y propone simplificar los trámites mediante una ventanilla única digital. También sugiere mejorar el acceso de las pymes a financiación, fomentar su conexión con los mercados de capitales y potenciar su digitalización, incluyendo el uso de inteligencia artificial, servicios en la nube y análisis de datos. Por último, el informe alerta sobre el aumento de los costes económicos asociados a los desastres climáticos. Aunque reconoce que la estrategia de adaptación de España está bien orientada, advierte de una aplicación desigual según el territorio y de una inversión insuficiente en prevención. Por ello, recomienda reforzar las infraestructuras, mejorar la coordinación entre administraciones, agilizar los permisos y aumentar la inversión en redes energéticas, incluidas las interconexiones, para hacer frente a los retos del suministro y la transición energética.

READ MORE

(El Confidencial, 10-04-2026) | Fiscal

Hacienda advierte que suprimir la tasa de basuras veta el acceso a fondos europeos

Las dificultades surgidas en la aplicación de la tasa de basuras, evidenciadas tras recientes sentencias judiciales, han reactivado el debate sobre su posible eliminación. El municipio de Alcorcón, con más de 175.000 habitantes y gobernado por una coalición liderada por el PSOE junto a Más Madrid y Ganar Alcorcón, ha sido uno de los primeros en plantear abiertamente esta opción, estudiando incluso suspender o suprimir el impuesto, aunque el contexto legal lo complica. Desde el Ministerio de Hacienda recuerdan que su implantación es obligatoria y advierten de que incumplirla podría acarrear sanciones y la pérdida de acceso a fondos europeos. Tras un año en vigor, el impuesto ha generado numerosos problemas para las administraciones, con miles de reclamaciones -solo en Madrid se han registrado 130.000- y varias resoluciones judiciales en contra, como en León o en la capital, donde se declaró nulo por completo. No obstante, estos fallos se basan en aspectos formales y no cuestionan directamente el fondo del tributo, por lo que no justifican su retirada en otros municipios. Hacienda se remite al marco normativo elaborado antes de la entrada en vigor de la tasa, en el que se advierte de que su eliminación podría derivar en sanciones de la Unión Europea por incumplir los objetivos en materia de gestión de residuos. En ese caso, las multas recaerían sobre las administraciones responsables, incluidas las entidades locales que no apliquen correctamente el sistema. Además, el incumplimiento de esta obligación podría impedir a los ayuntamientos acceder a fondos europeos, como los del programa Next Generation, al tratarse de un requisito vinculado a la financiación comunitaria. En Madrid y León, los tribunales han anulado el impuesto por defectos en su aplicación. En el caso de la capital, se consideró que los ciudadanos no tuvieron acceso suficiente a la información necesaria para entender y recurrir la tasa, especialmente en lo relativo a su cálculo, que combina una parte fija basada en el valor catastral y otra variable ligada a la generación de residuos. En León, la anulación se debió a la falta de justificación y proporcionalidad en los criterios utilizados para determinar la cuota. Ambos ayuntamientos han anunciado que estudian recurrir estas decisiones. Estas resoluciones han influido en la postura de Alcorcón. Su alcaldesa, Candelaria Testa, anunció a finales de marzo que había pedido a su equipo analizar la viabilidad de suspender el impuesto, con el objetivo de reducir la presión fiscal sobre vecinos y comercios, además de aportar mayor seguridad jurídica. El rechazo a esta tasa no es nuevo ni aislado. El año anterior, varios municipios mostraron su oposición, calificando el impuesto de injusto y excesivo, e incluso amenazaron con no aplicarlo. Algunos gobiernos locales responsabilizaron al Ejecutivo central y señalaron que la normativa europea no obligaba expresamente a implantar este tipo de tributo. Leganés, gobernado por el Partido Popular, encabezó este movimiento, mientras que Vox también lo utilizó como eje de su discurso político a nivel nacional, llegando a afirmar que había conseguido retrasar su aplicación. Sin embargo, desde los ministerios de Hacienda y de Transición Ecológica, impulsores de la medida a través de la ley de 2022, se reiteró que no existe margen para aplazar ni suspender su entrada en vigor.

READ MORE

(El Economista, 10-04-2026) | Fiscal

Hacienda valida las salidas del sistema de facturación de grandes firmas de los empresarios que huyeron de Verifactu

La Agencia Tributaria ha explicado en una nota informativa que las renuncias extraordinarias de empresas al sistema de facturación de grandes compañías son completamente válidas. En diciembre, Hacienda abrió un plazo excepcional para que estos empresarios pudieran abandonar el Suministro Inmediato de Información (SII) hasta el 31 de enero, medida incluida en un Real Decreto-ley aprobado el 23 de diciembre que posteriormente fue rechazado por el Congreso. Más adelante, se estableció un nuevo plazo, hasta el 16 de febrero, a través de otro Real Decreto-ley del 3 de febrero, que también fue tumbado por la Cámara Baja. El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF-CGE) había señalado que, al no prosperar estas normas, las salidas del SII realizadas hasta el 16 de febrero carecían de validez, lo que implicaría que las empresas seguían obligadas a permanecer en este sistema de gestión del IVA. Sin embargo, la Agencia Tributaria ha aclarado ahora que dichas renuncias sí tienen validez. El SII es obligatorio para empresas con una facturación superior a seis millones de euros y exige llevar los libros de registro del IVA de forma electrónica a través de la sede de Hacienda, aunque también puede ser utilizado de manera voluntaria por otras compañías. En los últimos meses de 2025, muchas empresas optaron por incorporarse al SII para evitar tener que adquirir el nuevo software exigido por el sistema Verifactu, que obliga a generar y conservar registros de facturación. No obstante, la decisión del Gobierno de aplazar la entrada en vigor de Verifactu hasta 2027 dejó a estas compañías dentro del SII, ya que el periodo ordinario para abandonarlo finaliza en noviembre. Para facilitar su salida, el Ejecutivo incluyó en el decreto de diciembre -que también contemplaba la revalorización de las pensiones- un plazo extraordinario de renuncia hasta el 31 de enero. Esta norma fue rechazada en el Congreso debido, entre otros motivos, a la inclusión de la prórroga de medidas antidesahucios. Posteriormente, se aprobó un segundo decreto que confirmaba la validez de las renuncias realizadas hasta enero y ampliaba el plazo hasta el 16 de febrero, pero también fue rechazado por la Cámara Baja por motivos similares. Expertos fiscales advierten de que validar disposiciones que no han sido aprobadas por el Congreso puede generar problemas jurídicos y democráticos. No obstante, matizan que, en este caso, se trata de una cuestión reglamentaria -relativa al reglamento del IVA y no a la ley del impuesto-, por lo que las medidas pudieron tener efectos mientras estuvieron vigentes. Este escenario contrasta con el de los límites de facturación para tributar por módulos, ya que en ese caso sí se modificaba la ley del IRPF. Aun así, la Agencia Tributaria defendió en una nota anterior que esos cambios eran válidos al estar en vigor en el momento en que se devenga el impuesto. En definitiva, aunque no es la vía más adecuada, los expertos consideran que mantener la validez de las salidas del SII no vulnera el principio de legalidad tributaria.

READ MORE

(El Economista, 10-04-2026) | Fiscal

Los ciudadanos pagarán más de 1.000 euros de diferencia en el IRPF según su comunidad autónoma

Con el inicio de la campaña de la Renta, las diferencias en la carga fiscal entre ciudadanos se hacen más evidentes según la comunidad autónoma en la que residan. Para contribuyentes con ingresos bajos y medios, entre 20.000 y 45.000 euros anuales, la variación en el IRPF puede superar los 1.000 euros, situándose Cataluña como la región más cara y el País Vasco como la más favorable para estos niveles de renta. El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas publicó recientemente un informe sobre la fiscalidad autonómica en 2026, en el que se ejemplifica esta desigualdad tomando como referencia a un contribuyente tipo: soltero, menor de 65 años, sin hijos y con ingresos únicamente procedentes del trabajo. Según el estudio, una persona que percibe 20.000 euros anuales -aunque no esté obligada a presentar la declaración- paga de media 1.772 euros en IRPF mediante retenciones, salvo en Navarra, donde abona unos 1.200 euros, y en el País Vasco, donde no paga este impuesto en ese nivel de renta. Si los ingresos ascienden a 30.000 euros, la diferencia entre territorios es de unos 463 euros: en Cataluña se pagarían 4.958 euros, frente a los 4.495 euros del País Vasco. Para quienes ganan 45.000 euros, la brecha aumenta hasta superar los 1.000 euros, con 9.689 euros en Cataluña frente a 8.626 en el País Vasco. En niveles de renta más altos, como 70.000 euros anuales, Extremadura es la comunidad con mayor carga fiscal (19.365 euros), mientras que el País Vasco vuelve a ser la más baja (17.446 euros), con una diferencia cercana a los 2.000 euros. En el caso de los salarios más elevados, entre 110.000 y 600.000 euros, Madrid se posiciona como la región con menor presión fiscal, mientras que la Comunidad Valenciana es la más gravosa. Por ejemplo, un contribuyente con ingresos de 600.000 euros pagaría unos 251.049 euros en Madrid, frente a 297.152 euros en la Comunidad Valenciana, lo que supone una diferencia de más de 46.000 euros. Estas diferencias se explican porque las comunidades autónomas gestionan el 50% del IRPF y pueden modificar aspectos como los tipos impositivos o los mínimos personales y familiares, es decir, la parte del salario que queda exenta por cubrir necesidades básicas. El tipo mínimo estatal es del 9,5%, aunque algunas comunidades lo reducen. Mientras cinco regiones lo mantienen, otras lo sitúan entre el 9% y el 8%, lo que reduce la carga fiscal total en las rentas más bajas. En este sentido, La Rioja y Extremadura presentan algunos de los tipos más reducidos, aunque Navarra destaca con un tipo mínimo conjunto del 13%. En el extremo contrario, el País Vasco aplica el tipo mínimo más alto para rentas bajas, con un 23%, seguido de varias comunidades que alcanzan el 19%. En cuanto al tipo máximo, que afecta a las rentas más altas, parte del 24,5% estatal y, sumado al autonómico, puede llegar hasta el 54% en la Comunidad Valenciana, frente al 45% en Madrid. Como novedad, Asturias y Cataluña han reducido recientemente sus tipos mínimos. Además, varias comunidades han incrementado los mínimos personales y familiares -la parte exenta del impuesto- por encima de los niveles estatales, entre ellas Andalucía, Galicia, Madrid o la Comunidad Valenciana, lo que también influye en el resultado final del impuesto.

READ MORE

ARE YOU LOOKING

FOR PERSONAL OR BUSINESS ADVICE?

Make your inquiry online or come visit us