(Expansión, 13-03-2026) | Fiscal

El Gobierno baraja rebajas fiscales a la luz pero busca alternativas a la bonificación sobre el litro de carburante

El Gobierno está preparando un plan para hacer frente a las consecuencias económicas que el conflicto en Oriente Próximo puede tener en España. Este plan incluirá medidas fiscales destinadas a frenar el aumento de los precios de la energía, así como acciones concretas para reducir el impacto del encarecimiento de los carburantes, prestando especial atención a sectores como el agrícola y el transporte. También contempla recuperar parte del llamado escudo social y activar mecanismos para proteger el empleo. Así lo explicó ayer el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, tras reunirse con empresarios y sindicatos para analizar posibles medidas, que el Ejecutivo pretende aprobar "en los próximos días" con la mayor rapidez posible, aunque no precisó si será en el Consejo de Ministros del próximo martes. Durante su intervención, Cuerpo quiso transmitir un mensaje de calma a la población y aseguró que la situación actual está lejos de la vivida en 2022 tras el inicio de la guerra en Ucrania. Según indicó, España llega a este momento con una mayor preparación en materia de seguridad energética, gracias a su apuesta por las energías renovables, la electrificación de la economía, la diversificación de fuentes de suministro y el desarrollo de infraestructuras como redes de transporte energético, refinerías o plantas de regasificación. El ministro detalló que el plan del Gobierno se estructurará en cuatro grandes bloques. El primero incluirá medidas fiscales dirigidas a reducir el coste de la electricidad y de la energía, siguiendo el modelo de algunas decisiones adoptadas durante la crisis provocada por la invasión rusa de Ucrania, cuando se rebajaron impuestos relacionados con la electricidad. El segundo bloque estará enfocado en mitigar el impacto del aumento del precio de los combustibles, especialmente del diésel, en sectores como el agrícola, el transporte por carretera y la logística, que son los más afectados. En este sentido, Cuerpo señaló que, tras consultar con agentes sociales y sectores implicados, se ha descartado repetir la bonificación general de 20 céntimos por litro aplicada en 2022. En su lugar, el Gobierno estudia fórmulas alternativas que permitan que las ayudas se reflejen de forma más efectiva en los precios finales y garanticen condiciones de competencia. Además, el Ministerio de Economía reforzará la vigilancia de los precios en colaboración con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Para comprobar la eficacia de las medidas, se empleará inteligencia artificial que permitirá supervisar los precios aplicados en las cerca de 12.600 estaciones de servicio del país. El tercer bloque del plan contempla recuperar algunas medidas del escudo social que quedaron paralizadas tras ser rechazadas en el Parlamento, como la prohibición de cortar suministros básicos a familias vulnerables o el mantenimiento del bono social eléctrico. También se prevé activar mecanismos de protección laboral, entre ellos los ERTE, para proteger el empleo en caso de que la situación económica se complique. Por último, el Ejecutivo quiere seguir impulsando su estrategia a largo plazo basada en el desarrollo de energías renovables, la transición ecológica y la electrificación de la economía, que el ministro considera una herramienta clave para reducir el impacto de futuras crisis energéticas. Cuerpo insistió en que la prioridad actual es cerrar cuanto antes un paquete de medidas que responda a las dificultades que ya están experimentando ciudadanos y empresas, incorporando las propuestas de sectores económicos, agentes sociales y grupos parlamentarios para lograr el mayor consenso posible. En un contexto marcado por la incertidumbre sobre la evolución del conflicto en Irán y sus posibles efectos en la economía mundial, el ministro subrayó que las decisiones deben adoptarse con rigor, responsabilidad y suficiente flexibilidad para adaptarse a cómo evolucione la situación.

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(Expansión, 13-03-2026) | Fiscal

El Plan de Control de Hacienda para 2026 estrecha el cerco sobre actividades digitales

La Agencia Tributaria reforzará este año su control sobre el uso de los inmuebles, realizará inspecciones en viviendas destinadas al alquiler turístico, supervisará los ingresos del sector de la construcción y pondrá especial atención en ámbitos como las criptomonedas, los neobancos y las plataformas digitales. Las actividades vinculadas al entorno digital y al sector inmobiliario serán los dos principales focos de actuación de Hacienda durante 2026. Así lo establece el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En el ámbito digital, la Agencia Tributaria centrará su vigilancia en los criptoactivos, las entidades financieras digitales, los pagos realizados mediante teléfonos móviles y los ingresos procedentes de plataformas online. En el plano físico, el control se intensificará sobre el mercado inmobiliario, la construcción y las viviendas destinadas al alquiler vacacional. Todo ello sin dejar de lado otros objetivos como la detección de falsas residencias fiscales, el control de grandes fortunas y multinacionales, el fraude relacionado con hidrocarburos o el uso de sociedades ficticias. Uno de los ejes de la estrategia de control consistirá en recopilar cada mes información sobre la titularidad de cuentas bancarias y sobre los ingresos obtenidos por empresarios y profesionales a través de sistemas de cobro con tarjeta (TPV) o mediante pagos asociados a números de teléfono móvil, como ocurre con aplicaciones de pago instantáneo. El control sobre las criptomonedas será otra de las prioridades del organismo. Según explica el plan, la naturaleza tecnológica y la facilidad para mover estos activos entre países generan una mayor dificultad para la Administración a la hora de obtener información, lo que hace necesario reforzar los mecanismos de supervisión y la cooperación internacional. El documento advierte de prácticas que dificultan la identificación de los verdaderos titulares de estos activos digitales, como el uso de plataformas de intercambio situadas en otros países, la utilización de monederos electrónicos no custodiados o las transferencias directas entre carteras personales. Para combatirlo, Hacienda aprovechará las nuevas obligaciones informativas de los contribuyentes y empleará herramientas de seguimiento basadas en tecnología blockchain, con el objetivo de localizar operaciones relevantes y detectar posibles patrimonios no justificados o ingresos no declarados. Dentro del entorno digital, también se impulsarán investigaciones sobre los llamados neobancos, entidades financieras que operan de forma digital y que a menudo utilizan licencias bancarias de otros países de la Unión Europea. El objetivo es evitar que estas plataformas puedan utilizarse para ocultar patrimonio o ingresos. Asimismo, la Agencia Tributaria continuará utilizando sistemas automatizados de información para supervisar los beneficios obtenidos a través de plataformas digitales dedicadas a la compraventa de productos, la prestación de servicios profesionales o el alquiler de viviendas y medios de transporte. En el ámbito inmobiliario, una de las novedades será la estrategia para detectar viviendas turísticas no declaradas. Para ello se elaborará un mapa que clasifique los inmuebles según su uso y se llevarán a cabo inspecciones presenciales para comprobar cómo se utilizan las viviendas en zonas urbanas. Estos planes de visitas permitirán identificar alquileres que se declaran con un uso diferente al real y detectar posibles irregularidades en los arrendamientos turísticos o de temporada. El plan también contempla reforzar la lucha contra el fraude fiscal en empresas con grandes volúmenes de negocio, en personas con patrimonios elevados y en casos de utilización indebida de estructuras societarias. Además, se intensificará la vigilancia sobre sectores económicos en expansión, como el comercio electrónico y el mercado inmobiliario y de la construcción. Por otro lado, Hacienda reforzará el control sobre las falsas residencias fiscales, tanto en el extranjero como entre distintas comunidades autónomas, en colaboración con las administraciones regionales. En el caso de las grandes fortunas, se investigarán especialmente aquellas situaciones en las que se detecten signos externos de riqueza que no se correspondan con los ingresos declarados. El uso de sociedades pantalla, empresas instrumentales o compañías sin actividad real será objeto de especial vigilancia. Finalmente, las grandes empresas también estarán bajo el foco de la inspección tributaria, especialmente tras la entrada en vigor del nuevo tipo mínimo global del 15% aplicado a grandes corporaciones y multinacionales.

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(El País, 13-03-2026) | Fiscal

Hacienda redoblará el control sobre el fraude en los alquileres de temporada y pisos turísticos

Ante las dificultades cada vez mayores para acceder a una vivienda en España, la Agencia Tributaria ha decidido centrar una parte importante de su estrategia de control para 2026 en el mercado inmobiliario, especialmente en los alquileres de temporada y en las viviendas destinadas al uso turístico. El objetivo de Hacienda es detectar inmuebles residenciales cuyo uso real no coincida con el declarado y que, en algunos casos, se presenten como alquiler de vivienda habitual cuando en realidad tienen otros fines. Así se recoge en las Directrices del Plan Anual de Control Tributario publicadas este jueves en el Boletín Oficial del Estado. Para ello, los inspectores realizarán visitas de comprobación con el fin de identificar mecanismos o fórmulas legales utilizados para esquivar obligaciones fiscales en este tipo de arrendamientos y aliviar, en la medida de lo posible, la presión existente en el mercado del alquiler. Esta intensificación del control llega en un momento en el que el sector de la construcción está experimentando un repunte tras varios años de menor actividad. Por esta razón, Hacienda ampliará la vigilancia sobre todo el ámbito inmobiliario, abarcando desde la promoción y construcción de viviendas hasta su venta, alquiler e intermediación. Se prestará especial atención a los ingresos obtenidos a través de plataformas digitales y a las comisiones de las empresas intermediarias para asegurar que el crecimiento del sector se refleje adecuadamente en la recaudación fiscal. La Agencia Tributaria advierte de que el aumento de la actividad inmobiliaria hace necesario reforzar el seguimiento de determinados riesgos fiscales habituales en este sector. Entre ellos menciona la deducción indebida de gastos financieros, el uso excesivo de subcontrataciones o determinadas prácticas en la comercialización e intermediación de inmuebles. Además, se intensificará el control sobre las actividades económicas relacionadas con la vivienda y los alquileres para detectar ingresos no declarados o casos en los que el uso real de los inmuebles difiere del declarado ante la Administración. También se revisarán con especial detalle otras prácticas que pueden generar irregularidades, como la valoración de los inmuebles en operaciones de compraventa, sobre todo cuando intervienen empresas vinculadas o estructuras societarias. De forma paralela, Hacienda mantendrá los planes de visitas a empresas y profesionales de distintos sectores para comprobar aspectos formales y censales de su actividad. Dentro de estas actuaciones, uno de los objetivos será localizar viviendas que, aunque figuren como alquiler residencial, en realidad se destinan a otros usos -como alquiler turístico o temporal- sin haber sido declaradas correctamente. Esta estrategia de control se desarrolla en un contexto marcado por el fuerte aumento del precio de la vivienda y la escasez de oferta en numerosas ciudades españolas. Ante esta situación, distintas administraciones han intensificado la regulación y la supervisión del mercado. En este marco, Hacienda pretende reforzar el control sobre actividades relacionadas con el alquiler vacacional y con nuevas fórmulas de arrendamiento temporal que, según la propia Administración, en ocasiones se utilizan para ocultar ingresos o evitar obligaciones fiscales. El plan de control para 2026 no se limita, sin embargo, al sector inmobiliario. Como en años anteriores, la Agencia Tributaria también incrementará la vigilancia sobre grandes empresas, contribuyentes con altos patrimonios y estructuras societarias que puedan utilizarse de forma indebida para reducir la carga fiscal. En particular, se prestará atención al uso de sociedades instrumentales para evitar el pago del IRPF o del impuesto sobre el patrimonio, por ejemplo imputando gastos personales a las empresas o mediante fórmulas que encubren el reparto de dividendos. Asimismo, Hacienda reforzará la lucha contra la economía sumergida y el fraude fiscal. Para ello, pondrá el foco en negocios que no aceptan pagos con tarjeta y en contribuyentes cuyo nivel de vida no se corresponde con los ingresos o el patrimonio que declaran. En materia de impuestos especiales, el plan también contempla un mayor control sobre el fraude relacionado con el impuesto sobre hidrocarburos y con productos sujetos a regímenes fiscales específicos, como el alcohol, las bebidas derivadas o el tabaco. Igualmente, se intensificará la vigilancia sobre el fraude del IVA en operaciones intracomunitarias -especialmente el denominado fraude carrusel- y sobre ciertas operaciones relacionadas con la matriculación y posterior venta de vehículos. Por último, el documento prevé reforzar el control sobre el comercio electrónico y los nuevos modelos de negocio desarrollados a través de redes sociales, así como el uso de cuentas en entidades financieras digitales o neobancos que puedan emplearse para ocultar ingresos o patrimonios fuera de España.

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(El Confidencial, 13-03-2026) | Fiscal

El Tribunal Europeo de Justicia de la Unión Europea (TJUE) da la razón a Hacienda en su negativa a que se pueda deducir el IVA por invitaciones a clientes a espectáculos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha respaldado que las empresas no puedan deducir el IVA de los gastos destinados a invitar a clientes a espectáculos, como palcos deportivos o zonas VIP, siguiendo la postura de Hacienda. La sentencia, publicada este jueves, coincide con el criterio de la abogada general y aclara que los Estados miembros no pueden modificar de manera unilateral las normas del IVA, salvo excepciones previas a la incorporación de España al régimen europeo en 1986. En nuestro país, la Agencia Tributaria impide deducir el IVA en gastos relacionados con invitaciones a clientes para espectáculos y actividades de representación, algo que no ocurre en otros Estados miembros porque no está contemplado en la normativa europea. En casos anteriores, los tribunales dieron la razón a Hacienda frente a reclamaciones de empresas como Randstad, que entre 2009 y 2011 invitó a clientes a los palcos del Santiago Bernabéu, el Camp Nou, la zona Paddock Club del Gran Premio de Fórmula 1 de Barcelona y viajes en la embarcación Clipper Stad Amsterdam. Sin embargo, al llegar al Tribunal Supremo, surgieron dudas sobre si la ley española cumplía con la "cláusula stand-still", que permite a los Estados mantener ciertas exclusiones existentes antes de la aplicación de la directiva comunitaria del IVA en 1985. El fallo del TJUE establece que esta prohibición de deducción aplica a espectáculos deportivos y también a otros de carácter recreativo, como cine o teatro. Las empresas no podrán deducir el IVA de los gastos realizados para invitar a clientes, proveedores, asesores o personas vinculadas a la compañía. Antes de 1986, España no tenía un sistema de IVA con deducciones, aunque introdujo una exclusión específica justo antes de su adhesión para mantener dicha prohibición. Tras 40 años, se debatía si esta exclusión era compatible con la normativa europea. Despachos y asesores confiaban en que Europa corrigiera la interpretación de Hacienda, pero la abogada general Juliane Kokot propuso el 23 de octubre dar la razón a la Agencia Tributaria, postura que finalmente adoptó el TJUE este jueves. El tribunal recuerda que la legislación española no amplió el alcance de la exclusión y que, antes de la entrada en vigor del IVA, no existía un sistema que permitiera deducir este tipo de gastos. Además, la normativa nacional define claramente la naturaleza de los bienes y servicios excluidos, garantizando que la excepción no se convierta en una exclusión generalizada. El TJUE considera que la sentencia es relevante porque cierra el debate sobre la validez de la prohibición absoluta de deducir el IVA en atenciones a clientes, proveedores y empleados, incluyendo entradas a espectáculos deportivos o recreativos. Aunque no satisface las expectativas de los contribuyentes, aporta seguridad jurídica. Las empresas deberán asumir que el IVA de este tipo de gastos no es deducible, aunque sí podrá considerarse gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades dentro del límite del 1 % de la cifra neta de negocios. Jorge Gómez, director en Alvarez & Marsal, advierte además que intentar deducir este IVA podría considerarse no razonable según la normativa y conllevar un riesgo de sanción.

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(Expansión, 12-03-2026) | Fiscal

Montero promete el 2,1% de gasto en Defensa este año, 2.300 millones más

La ministra de Hacienda contempla recurrir a la cláusula de escape de las reglas fiscales europeas para poder compatibilizar el aumento del gasto en Defensa con el paquete de medidas que el Gobierno prepara como respuesta al conflicto en Irán. El Ejecutivo tiene la "voluntad firme de mantener la inversión pública" en materia de Defensa después de haber alcanzado en 2025 el 2% del PIB. De hecho, prevé elevar esa cifra hasta el 2,1% durante este año, según anunció en el Senado la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero. Para lograrlo, el Gobierno planea repetir el elevado gasto militar del ejercicio anterior y aumentarlo en unos 2.300 millones de euros adicionales. Ante este esfuerzo presupuestario, Montero señaló que, si fuera necesario, el Ejecutivo solicitará la activación de la cláusula de escape de las normas fiscales europeas. El objetivo sería evitar que el incremento de la inversión en Defensa compita con el gasto social, que también aumentará debido al plan de apoyo que el Gobierno está preparando para afrontar las consecuencias del conflicto en Oriente Próximo. Según explicó la ministra, mientras continúe la situación de incertidumbre derivada de la guerra en Irán, el Gobierno acompañará estos créditos con medidas urgentes destinadas a paliar sus efectos. El Ejecutivo trabaja en un conjunto de iniciativas dirigidas a amortiguar el encarecimiento de los precios y apoyar al tejido productivo. Estas medidas se irán aprobando en diferentes Consejos de Ministros en función de la evolución de variables como el precio del petróleo, de la energía y de otras materias primas. En este contexto, Montero presidirá hoy una reunión con los principales ministros del área económica -entre ellos los responsables de Trabajo, Energía, Economía y Seguridad Social- a la que también asistirán representantes de las patronales CEOE y Cepyme y de los sindicatos CCOO y UGT para analizar posibles actuaciones. Aún sin concretar el volumen total de las ayudas, la ministra afirmó ante la Comisión de Hacienda del Senado que, si la situación lo requiere, el Gobierno podría solicitar a la Comisión Europea la activación de la cláusula de escape para que el incremento de la inversión en Defensa no limite el gasto social. En cuanto al ámbito militar, y a falta de unos nuevos Presupuestos Generales del Estado para 2026 que consoliden el punto de partida actual, mantener el nivel de gasto alcanzado en 2025 obligaría ya a buscar mecanismos para movilizar unos 10.500 millones de euros. Además, el crecimiento del PIB y el incremento adicional anunciado supondrán unos 2.300 millones más para alcanzar el objetivo del 2,1%. Según las estimaciones de la OTAN, España destinó el año pasado 33.123 millones de euros a Defensa, lo que equivale al 2% de su PIB. Este objetivo estaba inicialmente previsto para 2029, pero el Gobierno lo adelantó tras las presiones del entonces presidente estadounidense Donald Trump para que todos los miembros de la Alianza llegaran a la cumbre de La Haya con ese mínimo de inversión. En esa reunión, los 32 países de la OTAN acordaron reforzar sus capacidades militares hasta alcanzar en 2035 un gasto equivalente al 5% del PIB: un 3,5% en Defensa y un 1,5% adicional en ciberseguridad e infraestructuras. Sin embargo, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sostiene que España podrá cumplir los compromisos de capacidades con una inversión del 2,1% del PIB, el nivel que el Ejecutivo pretende consolidar este año. Para alcanzar el 2% en 2025, sin nuevos presupuestos y sin el respaldo de sus socios parlamentarios, el Gobierno puso en marcha el Plan Industrial Tecnológico para la Seguridad y la Defensa, dotado con 10.470 millones de euros y aprobado sin pasar por el Parlamento. Montero explicó que la financiación de este plan procedió de distintas fuentes: menores aportaciones a la Unión Europea (641,56 millones), créditos no ejecutados de organismos del Ministerio de Defensa (97,4 millones), partidas ya utilizadas en ejercicios anteriores sin continuidad (1.744,8 millones), reducción de provisiones por reclamaciones patrimoniales (103 millones), ingresos por servicios del propio ministerio (632 millones), menor necesidad de liquidez gracias a la mejora del déficit público (2.819 millones), devolución de préstamos del Ministerio de Industria (1.680 millones), recursos del Fondo de Contingencia (1.395 millones) y reajustes en distintos programas del Gobierno central (1.356 millones). En términos generales, el 35% de esos fondos se destinó a mejorar las condiciones laborales de la tropa y la marinería; el 31% a nuevas capacidades en telecomunicaciones y ciberseguridad; el 19% a la modernización de los sistemas de defensa y disuasión de las Fuerzas Armadas; el 17% a reforzar capacidades duales para responder a emergencias y catástrofes naturales; y el 3% restante a misiones internacionales de paz. La ministra subrayó que este aumento del gasto militar se llevó a cabo sin recortar el gasto social, sin subir impuestos y sin incrementar el endeudamiento público. Por otro lado, durante su intervención también descartó modificar la regla de gasto para permitir a las comunidades autónomas utilizar su superávit, al considerar que esa opción no contaría con el respaldo de la Unión Europea.

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(Expansión, 12-03-2026) | Fiscal

"Cómo" pagan las empresas ya pesa más que "cuánto gano"

El salario ya no se percibe únicamente como una cantidad de dinero. La forma en que se recibe -a través de beneficios adicionales y ventajas fiscales- empieza a tener más peso que la cifra final, ya que permite mejorar tanto el ahorro como el bienestar de los trabajadores en España. Tradicionalmente, la pregunta "¿cuánto gano?" ha sido el principal atractivo para quienes buscan empleo o desean mantenerse en su puesto. El sueldo mensual sigue siendo el factor más visible a la hora de aceptar o conservar un trabajo. Sin embargo, cada vez cobra más importancia "cómo" se paga esa remuneración. El informe Compensación salarial e innovación 2026: un análisis del mercado español, elaborado por Coverflex, refleja que el modelo basado únicamente en el salario fijo está perdiendo protagonismo. Solo el 9% de los trabajadores en España considera que el sueldo base es suficiente como única forma de compensación. En consecuencia, para el 91% restante, una oferta laboral centrada exclusivamente en dinero resulta incompleta. La llamada compensación total -que incluye beneficios económicos y no económicos- se ha convertido en un elemento esperado que puede marcar la diferencia al elegir o cambiar de empleo. Esto no significa que los beneficios estén reemplazando al salario, pero sí que los trabajadores son cada vez más conscientes del impacto de los impuestos sobre sus ingresos. En el estudio, realizado entre 1.208 personas, se planteó una elección: un sueldo bruto anual de 25.000 euros o uno de 21.000 euros acompañado de un paquete de beneficios flexibles valorado en 5.000 euros y exento de impuestos. El 39% optó por la primera opción, mientras que el 45% prefirió la segunda. Un 16% no se inclinó por ninguna de ellas. Según el análisis, el desafío para las empresas no es convencer a los empleados de la utilidad de la retribución flexible, sino lograr que realmente resulte ventajosa. De hecho, siete de cada diez trabajadores consideran que el paquete de beneficios es determinante para incorporarse o permanecer en una organización. La eficiencia fiscal es especialmente valorada por la Generación Z -personas nacidas entre 1996 y 2010- y por los empleados con hijos. El informe indica que estos colectivos aprecian especialmente las estrategias financieras inteligentes de las empresas. Un ejemplo es el cheque guardería, que está exento de IRPF sin límite, lo que permite a los trabajadores aumentar su poder adquisitivo sin incrementar el salario bruto. La compensación total, por tanto, no sustituye al dinero, sino que lo optimiza. A través de la retribución flexible -que permite destinar hasta el 30% del sueldo bruto a productos o servicios libres de IRPF- el trabajador puede incrementar su capacidad de gasto real sin que la empresa tenga que elevar su coste salarial. No obstante, el estudio también señala una limitación: el 54% de los empleados aún no disfruta de este tipo de beneficios y solo el 18% afirma conocer bien sus ventajas. Esta evolución también aparece en el informe Global Talent Trends de Mercer, que señala que la idea de "salario justo" ha cambiado. Ya no se trata únicamente de cuánto se paga, sino de cómo la empresa contribuye al bienestar del trabajador. De hecho, uno de cada tres empleados en el mundo estaría dispuesto a renunciar a un aumento salarial directo a cambio de mayor flexibilidad laboral o beneficios personalizados relacionados con la salud. En la misma línea, el informe de compensación total de WTW destaca que las empresas están pasando de modelos cerrados de beneficios -donde el trabajador elegía entre unas pocas opciones- a presupuestos abiertos centrados en el bienestar. Según sus datos, el 75% de las compañías a nivel global ha revisado su estrategia de beneficios durante el último año antes que los salarios base. Para esta consultora, el sueldo fijo es un elemento básico, pero la compensación total es lo que realmente diferencia a una empresa. Tras la pandemia, la consultora Gartner ya advirtió de que el contrato laboral estaba evolucionando: de un intercambio puramente económico -dinero por tiempo- a una relación más centrada en las personas. Actualmente sostiene que las empresas que ofrecen una compensación integral enfocada en el bienestar financiero, el propósito y la salud logran aumentar en un 20% la intención de permanencia de sus empleados, incluso cuando sus salarios están ligeramente por debajo de la media del mercado. Julia Abarca, responsable de Coverflex en España, coincide con esta tendencia. Explica que en 2025 se observaba una brecha entre lo que valoraban los trabajadores y lo que ofrecían las empresas, pero en 2026 el nivel de exigencia ha aumentado: el 91% de los profesionales espera que la compensación vaya más allá del salario base. Además, la convivencia de cuatro generaciones distintas en el mercado laboral obliga a las compañías a diseñar sistemas de compensación más completos y adaptables. El reto consiste en crear un modelo que integre salario, beneficios y experiencia del empleado de forma coherente y estratégica. El estudio Human Capital Trends: Beyond Pay, de Deloitte, respalda esta idea. Señala que, especialmente entre la Generación Z, el talento busca beneficios alineados con sus valores, como permisos para voluntariado o fondos de inversión sostenibles. Además, el 64% de los trabajadores considera que las prestaciones relacionadas con la salud mental y el bienestar financiero son tan importantes como el salario base al valorar una oferta laboral. En definitiva, el dinero sigue siendo relevante, pero ha perdido parte de su protagonismo dentro de los modelos de compensación. El hecho de que solo el 9% de los empleados considere suficiente el salario base demuestra que la compensación se ha transformado en algo más amplio. Como señala Abarca, "la compensación ya no es un complemento, sino una forma de expresar cómo entiende una empresa su relación con el talento". Otro dato significativo es que el 64% de los trabajadores afirma que los beneficios vinculados al bienestar tienen la misma importancia que el sueldo base a la hora de aceptar un empleo, según Deloitte. Además, el informe de Coverflex indica que el 78% de las personas reconoce que el modelo de trabajo -parte de la compensación total- influye mucho o bastante en su decisión de quedarse en una empresa o cambiar de empleo.

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(Expansión, 12-03-2026) | Fiscal

Los automovilistas españoles contribuirán con 3.000 millones de euros este año por el impuesto de tracción mecánica

Los conductores españoles abonarán este año cerca de 3.000 millones de euros a los ayuntamientos en concepto del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), conocido popularmente como impuesto de circulación. Sin embargo, la cantidad que paga cada automovilista puede variar enormemente según el municipio donde esté registrado el vehículo, llegando en algunos casos a ser hasta diez veces mayor que en otros. Así lo señala un estudio elaborado por la asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que analiza las importantes diferencias fiscales existentes entre municipios españoles en relación con este impuesto. Por ejemplo, el propietario de un turismo medio de 11,99 caballos fiscales paga 89,25 euros en San Sebastián, mientras que en localidades madrileñas como La Hiruela, Navacerrada, Moralzarzal o Brunete el mismo vehículo abona solo 8,52 euros, lo que supone una diferencia de más de diez veces. El informe también identifica los municipios donde el impuesto resulta más caro y los que aplican tarifas más bajas. Además, advierte de la existencia de auténticos "paraísos fiscales" municipales: pequeñas localidades de provincias como Madrid, Barcelona, Valencia, Alicante o Málaga en las que numerosas empresas de alquiler y renting registran sus flotas para beneficiarse de una fiscalidad más favorable. Para ello, las compañías únicamente necesitan abrir una pequeña oficina en el municipio donde desean matricular los vehículos. Este procedimiento legal les permite ahorrar grandes cantidades en el impuesto de circulación, mientras que el ayuntamiento recibe ingresos importantes por las tasas de vehículos que, en realidad, no circulan por sus calles. El estudio también considera como destinos fiscalmente ventajosos algunas capitales de provincia como Santa Cruz de Tenerife, Melilla, Ceuta, Zamora, Palencia, Badajoz, Cáceres o A Coruña. Por ejemplo, mientras que un turismo medio paga 34,08 euros en Santa Cruz de Tenerife, en San Sebastián el importe es casi el triple: 89,25 euros, es decir, un 161% más. Junto a San Sebastián, los municipios con el impuesto de circulación más elevado se encuentran en ciudades como Vitoria (76,17 euros), Bilbao (71,45), Barcelona (68,16), Girona (67,24), Tarragona (68,16), Lleida (68,15), Ciudad Real (68,16), Jaén (68,16), Granada (68,16), Huelva (68,16), Salamanca (67,76), Santander (67,96) y Cádiz (67,25). Según AEA, el origen de estos "paraísos fiscales" se remonta a septiembre del año 2000, cuando desapareció el indicativo provincial de las matrículas en España. Este cambio permitió a las empresas con grandes flotas de vehículos de alquiler o renting concentrar las matriculaciones en municipios con menor presión fiscal. El impuesto de circulación se calcula en función de la potencia fiscal del vehículo en el caso de los turismos. Existe una tarifa mínima común en España -salvo en el País Vasco y Navarra-, aunque la normativa permite a los ayuntamientos aumentar libremente estas cuotas e incluso aplicar bonificaciones de hasta el 75% según el tipo de combustible o las características del motor. Además, los consistorios pueden eximir del pago a los vehículos históricos o con más de 25 años de antigüedad. Según AEA, esta libertad de los ayuntamientos para fijar las tarifas ha provocado que el sistema se desvirtúe, dando lugar a verdaderos "paraísos fiscales" dentro del ámbito local para un impuesto que afecta a cerca de 38 millones de contribuyentes. Este año, algunas ciudades como Jaén, Pamplona, San Sebastián, Soria y Vitoria han incrementado las tarifas del impuesto, mientras que otras como Almería, Huesca y Valladolid las han reducido. En el resto de municipios se han mantenido sin cambios, teniendo en cuenta que en siete capitales ya se aplica desde hace años el máximo permitido por la ley. El informe también señala que aproximadamente el 35% de los coches de empresa matriculados en España -unos 244.921 vehículos de un total nacional de 694.559- se concentran en solo diez municipios con entre 600 y 15.000 habitantes gracias a su baja fiscalidad. Entre ellos destacan localidades madrileñas como Moralzarzal, Venturada, Navacerrada, Las Rozas de Puerto Real, Robledo de Chavela, Brunete, Collado Mediano y Patones; además de Finestrat, en Alicante, y Tejeda, en Gran Canaria. A estos se suman otros quince municipios que también funcionan como destinos fiscales atractivos para las flotas empresariales. El estudio identifica además 25 ayuntamientos donde el número de vehículos matriculados supera al de habitantes censados, generando niveles de motorización muy superiores incluso a los de países como Estados Unidos o Japón. Un ejemplo llamativo es La Hiruela, en Madrid, con solo 88 vecinos y donde el año pasado se registraron 69 vehículos por habitante. Entre los municipios considerados "paraísos fiscales" por AEA se encuentran varias localidades de la Comunidad de Madrid -como La Hiruela, Las Rozas de Puerto Real, Patones, Venturada, Robledo de Chavela, Navacerrada, Moralzarzal, Collado Mediano y Brunete-, además de otros pequeños municipios repartidos por distintas provincias españolas como Castellón, Barcelona, Mallorca, Zaragoza, Las Palmas, Málaga, Valencia, Alicante, Ciudad Real y Tarragona.

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(La Vanguardia, 12-03-2026) | Fiscal

Bruselas lleva a España a la justicia europea por no trasponer la directiva que exime del IVA a los autónomos

La Comisión Europea ha decidido este miércoles denunciar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no haber incorporado a su normativa interna, dentro del plazo establecido, dos directivas comunitarias vinculadas al IVA. Una de ellas introduce varias modificaciones, entre las que destaca la posibilidad de que los Estados miembros liberen de este impuesto a los trabajadores autónomos con una facturación anual de hasta 85.000 euros. Bruselas, además, pedirá que se impongan sanciones económicas al considerar que el incumplimiento se mantiene pese a las advertencias previas. Los países de la Unión Europea tenían de plazo hasta el 31 de diciembre de 2024 para adaptar su legislación a estas dos normas. Ante la ausencia de avances, la Comisión activó el procedimiento de infracción enviando a España una carta de emplazamiento el 31 de enero de 2025 y, más adelante, un dictamen motivado en julio del mismo año. No obstante, según indica el Ejecutivo comunitario, España continúa sin comunicar la transposición completa de ambas directivas y es el único Estado miembro que todavía no lo ha hecho. Una de estas normas introduce cambios en el sistema del IVA aplicable a las pequeñas empresas. Su objetivo es reducir los trámites administrativos y los costes derivados del cumplimiento fiscal para pymes y autónomos, además de facilitar la supervisión por parte de las autoridades tributarias. Entre las medidas previstas se incluye la posibilidad de fijar un límite de facturación anual -de hasta 85.000 euros- por debajo del cual pequeñas empresas y trabajadores por cuenta propia podrían quedar exentos de aplicar el impuesto. Esto implicaría no tener que incluir el IVA en sus facturas ni presentar las declaraciones periódicas relacionadas con este tributo. La Comisión señala en un comunicado que "España ha indicado que no prevé aplicar la exención del IVA para las pymes contemplada en la directiva, ya que su adopción es voluntaria para los Estados miembros". Sin embargo, Bruselas subraya que, aunque esta medida sea opcional, sí se espera que España incorpore las disposiciones que permiten a las pequeñas empresas establecidas en el país beneficiarse de ese régimen de exención cuando operen en otros Estados miembros. Para ello, una empresa española que quiera acogerse a la exención en otro país de la UE debe registrarse previamente ante las autoridades nacionales. Desde el Ministerio de Hacienda explican que el Gobierno ha incorporado recientemente una enmienda durante la tramitación de otra directiva -la conocida como DAC 8- con el fin de adaptar la normativa española al régimen especial para pequeñas empresas. Esa modificación introduce una disposición adicional en la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido que regula la posibilidad de que empresarios o profesionales establecidos en España puedan acogerse al sistema de franquicia del IVA cuando desarrollen su actividad en otros Estados miembros. Para ello deberán comunicar previamente a la Agencia Tributaria, por vía electrónica, su intención de aplicar ese régimen en el país correspondiente. La propuesta del Ministerio establece que podrán beneficiarse de este mecanismo aquellos negocios cuyo volumen anual de operaciones en toda la Unión Europea no supere los 100.000 euros. Además, detalla cómo debe calcularse esa cifra, incluyendo el total de entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el conjunto de la UE durante el año natural, sin contar el IVA ni, en su caso, el recargo de equivalencia. No obstante, la enmienda no menciona la posible exención para empresas con ingresos de hasta 85.000 euros, lo que sugiere que el Gobierno no tiene previsto implantarla en España. La Comisión Europea también advierte de que la falta de adaptación de la normativa española en lo relativo al lugar de prestación de los servicios puede generar problemas como la doble imposición o, por el contrario, situaciones en las que no se pague el impuesto. Esto se debe a que los otros 26 países de la UE sí han incorporado ya estas reglas y aplicarán criterios distintos. La organización de autónomos ATA reclamó hace meses a Bruselas que actuara contra España por no aplicar estos cambios. Según la entidad presidida por Lorenzo Amor, la falta de iniciativa legislativa provoca que la mayoría de los autónomos españoles no puedan acogerse a un régimen simplificado del IVA y deban cumplir las mismas obligaciones formales que las grandes empresas. Por su parte, el líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, anunció en octubre que, si llega al Gobierno, impulsará una medida para eximir del IVA a los autónomos que facturen hasta 85.000 euros al año, una propuesta inspirada precisamente en esta directiva europea.

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(El Economista, 12-03-2026) | Fiscal

Hacienda facilita a las empresas deducir el 50% del IVA por los coches que ceden a los trabajadores

La Agencia Tributaria deberá permitir que las empresas se deduzcan el 50% del IVA de los vehículos que ponen a disposición de sus empleados cuando estos se utilizan tanto para fines profesionales como personales. Así lo ha establecido el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), que pone fin a la práctica habitual de la inspección de Hacienda de reducir ese porcentaje en función de las horas de trabajo anuales. Hasta ahora, la Administración solía basarse en los convenios colectivos para calcular el tiempo que los empleados dedicaban al trabajo durante el año y, a partir de ahí, determinar qué parte del uso del vehículo era profesional. Por ejemplo, si el convenio fijaba una jornada anual de 1.826 horas, esa cifra representaba aproximadamente el 20,84% del total de horas del año, teniendo en cuenta fines de semana, festivos, vacaciones y tiempo fuera del horario laboral. Con ese cálculo, Hacienda concluía que el coche solo se utilizaba para la actividad profesional alrededor de un 20% del tiempo, por lo que limitaba la deducción del IVA a ese mismo porcentaje. Sin embargo, en una resolución del 27 de febrero, el TEAC recuerda que el artículo 95.Tres de la Ley del IVA establece que las empresas pueden deducirse el 50% del IVA soportado en la compra o alquiler de vehículos que se ceden a los trabajadores para un uso mixto. Según el tribunal, la norma presume que la utilización profesional de estos vehículos es del 50%. Por tanto, tanto si la empresa pretende demostrar que el uso profesional es mayor, como si la Administración quiere aplicar un porcentaje inferior, deberán acreditarlo con pruebas. El TEAC señala que no es conforme a derecho reducir el porcentaje deducible del IVA basándose en el cálculo de la disponibilidad del vehículo para uso personal a partir de la jornada laboral anual recogida en los convenios colectivos. En los casos de vehículos de uso mixto cedidos sin contraprestación, concluye el organismo, debe aceptarse la deducción del 50% mientras la inspección no demuestre lo contrario. Enrique Vázquez, socio y director del área fiscal de Broseta en Valencia, considera que la actuación de la inspección vulneraba claramente lo establecido en la Ley del IVA, que fija de forma expresa una presunción de uso profesional del 50% para estos vehículos. Aunque esta presunción admite prueba en sentido contrario, Vázquez señala que demostrar un porcentaje superior por parte de la empresa resulta prácticamente imposible y que, de igual modo, también sería muy difícil que la Administración pudiera justificar un porcentaje inferior. El experto explica además que la práctica administrativa resultaba improcedente por varias razones. En primer lugar, porque los convenios colectivos regulan derechos y obligaciones dentro de las relaciones laborales y forman parte de la normativa laboral, pero no pueden utilizarse para modificar lo establecido en una ley fiscal. Si la Ley del IVA hubiera querido vincular el porcentaje de deducción a las jornadas laborales de los convenios, lo habría indicado expresamente, algo que no ocurre. En segundo lugar, añade Vázquez, las empresas no están obligadas a justificar la existencia de jornadas especiales para los trabajadores que utilizan estos vehículos cuando se acogen a la presunción del 50% establecida por la ley. Si la inspección desea apartarse de ese porcentaje, es la propia Administración la que debe demostrar cuál es el uso real del vehículo en la actividad empresarial. Limitarse a aplicar los convenios colectivos, concluye, supone trasladar indebidamente a la empresa la carga de la prueba.

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(El Confidencial, 12-03-2026) | Fiscal

Los expatriados en Dubái cuentan sus días aquí bajo la lupa de Hacienda

En España existe una cifra clave en materia fiscal: 183 días. Si una persona permanece en el país más tiempo que ese durante un año natural, la Agencia Tributaria puede considerarla residente fiscal, lo que implica tributar aquí por sus ingresos. Este cálculo es el que ahora empiezan a tener presente muchos residentes fiscales en Oriente Próximo que han regresado temporalmente a España o que se encontraban ya aquí cuando estalló el conflicto en la región. Sin embargo, incluso si la estancia es inferior a la mitad del año, Hacienda podría examinar cada caso con detenimiento. El jugador de pádel Lucas Bergamini lo comentaba en tono distendido el pasado jueves en Gijón. El deportista, que recientemente se trasladó a Dubái (Emiratos Árabes Unidos), regresó a España de forma temporal y bromeó sobre si tendría que volver a tributar aquí por pisar territorio español. Su compañero Javi Garrido, natural de Córdoba, relató también las dificultades que tuvo para salir de Dubái y llegar hasta Gijón. Más allá de las bromas, cuestiones como la residencia fiscal suelen ser tratadas con gran seriedad tanto por la Agencia Tributaria como por asesores fiscales y contribuyentes. El conflicto en la zona, junto con los ataques atribuidos a la Guardia Revolucionaria iraní en países cercanos, ha generado preocupación entre muchas personas que se habían trasladado a ciudades como Dubái o Abu Dabi atraídas por su fiscalidad, donde el impuesto sobre la renta es del 0%. Entre quienes se han instalado allí hay deportistas, profesionales liberales, empresarios, directivos, nómadas digitales o grandes patrimonios, además del rey emérito Juan Carlos I. El interés por este destino también ha impulsado la actividad de la banca privada y de asesores fiscales especializados en expatriación, tanto en España como en Emiratos. No obstante, el marco legal no es sencillo. El convenio de doble imposición entre ambos países no contempla una figura clara para quienes se trasladan por trabajo o negocios, algo que sí ocurre en otros acuerdos internacionales. Para la Hacienda española, quienes se han mudado a Emiratos pasan a ser no residentes, por lo que solo tributan aquí por las rentas o el patrimonio generado en España. Además, si surge un conflicto entre ambas administraciones tributarias, el convenio no establece mecanismos claros para decidir dónde corresponde pagar impuestos, lo que complica posibles inspecciones. En la actualidad, muchos de estos contribuyentes se encuentran temporalmente en España y no saben cuánto durará su estancia. Todo dependerá de cómo evolucione el conflicto, de la percepción de seguridad en la zona y de la normalización del tráfico aéreo. Si su presencia en España supera los 183 días durante 2026, Hacienda podría considerarlos residentes fiscales, lo que supondría un cambio importante en su estrategia fiscal. En ese caso, el impacto tributario podría ser especialmente elevado para quienes viven en Emiratos. Mientras que algunos contribuyentes con altos ingresos estructuran su patrimonio para reducir impuestos, muchos residentes en Dubái no lo hacen porque allí no pagan IRPF. Por ello, si volvieran a tributar en España, la carga fiscal potencial podría ser considerablemente mayor que la de patrimonios similares ya estructurados dentro del sistema español. Aunque el conflicto apenas lleva dos semanas y aún queda tiempo para alcanzar ese límite de días, el asunto no es tan simple. En materia fiscal, Hacienda también puede valorar dónde se encuentra el centro de intereses económicos o personales del contribuyente, incluso si no supera los 183 días de estancia. Esto cobra especial relevancia en el caso de profesionales que viajan constantemente. Los desplazamientos por trabajo suelen considerarse ausencias esporádicas, que se computan en el lugar donde se presume la residencia. Por ello, si una persona pasa una parte significativa del año en España, la Agencia Tributaria podría argumentar que esos viajes deben contabilizarse igualmente como días vinculados al país, sobre todo si el contribuyente mantiene aquí vivienda, familia o inversiones. El caso de los jugadores de pádel resulta especialmente ilustrativo. A medida que este deporte ha ganado popularidad y ha incrementado los ingresos de sus profesionales -incluso deportistas fuera de las finales han llegado a superar los 150.000 euros anuales en premios, cifra que puede duplicarse con patrocinios y exhibiciones-, varios han decidido trasladar su residencia a Dubái pese a mantener vínculos en España. Entre ellos se encuentran, además de Bergamini y Garrido, jugadores como Jon Sanz, Javi Leal o Gonzalo Rubio, así como deportistas del circuito femenino como Victoria Iglesias o Virginia Riera, y el gallego Pablo Lijó. Algunos de ellos ni siquiera pudieron acudir al torneo de Gijón por las dificultades para encontrar vuelos. Según advierten expertos fiscales, la situación de estos deportistas podría generar problemas con Hacienda. Si a las visitas habituales a España por motivos familiares se suma la estancia actual provocada por el conflicto, el número de días en territorio español aumenta. Además, su actividad deportiva les obliga a viajar constantemente por el mundo. Tras el torneo de Gijón, su calendario incluye competiciones en Cancún, Miami, Doha, Giza o Bruselas. En ocasiones viajan directamente de un torneo a otro, pero otras veces regresan a su residencia habitual, que en este momento podría estar siendo España. Desde el punto de vista de una posible inspección, muchos de estos desplazamientos podrían considerarse ausencias temporales computadas como días de residencia en España. Y demostrar que la residencia efectiva sigue estando en Dubái puede resultar complicado, especialmente con un estilo de vida marcado por los viajes continuos. Si además no pasan el tiempo suficiente en Emiratos para acreditar su residencia allí, la balanza podría inclinarse hacia España. Las obligaciones fiscales prescriben a los cuatro años, por lo que si estos contribuyentes no tributan en España y la Agencia Tributaria detecta inconsistencias, podría iniciar inspecciones en el futuro. De hecho, Hacienda ya ha intensificado la vigilancia sobre traslados a jurisdicciones con fiscalidad más favorable como Portugal, Andorra o Emiratos Árabes Unidos, y la exposición mediática de algunos deportistas aumenta la probabilidad de que sus casos sean revisados.

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