(Cinco Días, 22-05-2026) | Fiscal

Bruselas prevé para España una leve mejora en el crecimiento de 2026 hasta el 2,4% pese a la crisis energética

La economía española afrontará con relativa solidez el impacto de la crisis energética desencadenada por la guerra en Oriente Próximo. Así lo considera la Comisión Europea, que ha revisado al alza sus previsiones para España y estima ahora que el PIB crecerá un 2,4% este año, una décima más que en sus cálculos anteriores y dos décimas por encima de las previsiones del propio Gobierno. Se trata, además, de la única gran economía europea cuya estimación mejora, ya que Bruselas ha rebajado en tres décimas las perspectivas tanto para la zona euro, hasta el 0,9%, como para el conjunto de la Unión Europea, hasta el 1,1%. En cambio, sí empeoran las previsiones de inflación en toda Europa, donde se anticipa un aumento significativo de los precios. Hasta el inicio de los ataques sobre Irán a finales de febrero, la economía europea mostraba señales de recuperación tras varios años marcados por las consecuencias de la invasión rusa de Ucrania. Sin embargo, la Comisión advierte de que el nuevo conflicto ha alterado profundamente el escenario económico, provocando una de las mayores interrupciones del suministro energético registradas en las últimas décadas. Pese a este contexto, España seguirá creciendo claramente por encima de la media europea, como viene ocurriendo desde la salida de la pandemia. También mantendrá un mejor comportamiento que otras grandes economías del continente. Alemania, por ejemplo, apenas avanzará un 0,6% en 2026, la mitad de lo que se esperaba anteriormente y muy lejos del ritmo previsto para la economía española. Aun así, Bruselas aprecia una cierta desaceleración progresiva en España. El impulso económico actual se apoya en la fortaleza heredada del cierre de 2025 y del arranque de este año, pero las previsiones apuntan a una moderación gradual del crecimiento. Para 2027, la Comisión espera un avance del 1,9%, una décima menos de lo calculado el pasado otoño. Incluso así, España seguirá superando ampliamente las previsiones de crecimiento tanto de la eurozona como del conjunto de la UE. Según el análisis de la Comisión, la demanda interna será el principal motor de la economía española durante 2026 y 2027. El crecimiento estará impulsado especialmente por el consumo de los hogares y por la inversión privada y pública, todavía favorecida por el efecto de los fondos europeos de recuperación. Bruselas considera que el gasto de las familias continuará aumentando gracias a la creación de empleo, al crecimiento de la población derivado de la inmigración y al bajo nivel de endeudamiento de los hogares. El mercado laboral también seguirá mejorando. La Comisión prevé que la tasa de paro baje hasta el 9,9% en 2026 y hasta el 9,6% en 2027, situándose por debajo del 10% por primera vez desde 2007. El Ministerio de Economía destacó tras conocerse las previsiones que España es actualmente la única gran economía de la zona euro que combina un crecimiento claramente superior a la media con creación de empleo, descenso del desempleo y consolidación fiscal. Entre los principales riesgos identificados por Bruselas figura una posible pérdida de dinamismo del turismo, especialmente del procedente de mercados lejanos, debido al encarecimiento de los vuelos provocado por el aumento del precio del queroseno tras la crisis energética. La inflación aparece como otro de los grandes focos de preocupación. La Comisión calcula que este año alcanzará el 3% tanto en España como en la zona euro. Aunque se trata de una media anual, Bruselas advierte de que en algunos meses podrían registrarse cifras todavía más elevadas. A medida que avance 2027, el organismo espera una moderación gradual de los precios gracias a una posible relajación de las materias primas energéticas, aunque seguirán situándose alrededor de un 20% por encima de los niveles previos al conflicto. El comisario europeo de Economía, Valdis Dombrovskis, advirtió de que la guerra en Oriente Próximo supone un nuevo desafío para Europa en un contexto internacional ya marcado por tensiones geopolíticas y comerciales. En su opinión, la Unión Europea debe acelerar reformas económicas, eliminar obstáculos al crecimiento y mantener unas finanzas públicas sólidas. Desde Bruselas también subrayan que esta nueva crisis energética presenta diferencias importantes respecto a la provocada por la invasión rusa de Ucrania. En aquella ocasión, Europa afrontó el riesgo de quedarse sin suministro de gas ruso, lo que obligó a una rápida reorganización energética. Ahora, la crisis afecta sobre todo a materias primas energéticas que se negocian a escala mundial, por lo que el impacto se reparte de manera más uniforme entre las distintas economías. No obstante, la Comisión recuerda que la situación actual es especialmente delicada porque coincide con una economía europea más debilitada, con una desaceleración del empleo, políticas fiscales más restrictivas y unas condiciones de financiación mucho más exigentes. Por ello, Bruselas considera que podrían justificarse medidas temporales de apoyo para los sectores y hogares más afectados, aunque insiste en que deben ser limitadas, focalizadas y sin generar un aumento permanente del gasto público ni alterar las señales del mercado. En otras palabras, la Comisión deja claro que esta vez la respuesta no podrá basarse en grandes planes de gasto como ocurrió durante la pandemia o tras el estallido de la guerra de Ucrania.

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(Expansión, 22-05-2026) | Fiscal

Hacienda ultima incluir a Rusia en la lista de paraísos fiscales y excluir a Gibraltar

El Gobierno ultima una actualización de la lista española de paraísos fiscales que incluirá dos cambios relevantes. Por un lado, el Ministerio de Hacienda prevé añadir a Rusia debido a la falta de transparencia de determinados regímenes tributarios vinculados a sociedades empresariales, alineándose así con la estrategia seguida por la Unión Europea y otros organismos internacionales tras la invasión de Ucrania. Por otro, el Ejecutivo prepara la salida de Gibraltar de esa relación de jurisdicciones no cooperativas después del acuerdo alcanzado entre Bruselas y Londres para eliminar la Verja y facilitar la circulación de personas y mercancías entre el Peñón y España, acompañado además de compromisos de armonización fiscal. Con este objetivo, Hacienda abrirá desde hoy y hasta el próximo 1 de junio el trámite de audiencia e información pública del borrador de la orden ministerial que definirá qué países, territorios y regímenes tributarios serán considerados jurisdicciones no cooperativas, término con el que actualmente se designa a los tradicionales paraísos fiscales. El departamento dirigido por Arcadi España explica que la revisión de esta lista busca reforzar la lucha contra la competencia fiscal desleal, así como combatir el fraude, la evasión fiscal, la elusión tributaria y el blanqueo de capitales. Dentro de esa actualización, el Gobierno contempla incorporar específicamente el régimen fiscal ruso aplicado a holdings internacionales. Hacienda sostiene que la decisión responde a la opacidad del sistema tributario ruso en este ámbito empresarial. Según los datos aportados por el Ministerio, el valor contable de las inversiones rusas en empresas españolas alcanzó 1.203 millones de euros en 2021, cayó a 452 millones en 2022, se situó en 441 millones en 2023 y repuntó hasta 758 millones en 2024. En sentido inverso, las participaciones de inversores españoles en compañías radicadas en Rusia ascendieron a 580 millones en 2021, 582 millones en 2022, 411 millones en 2023 y 180 millones en 2024. Fuentes gubernamentales admiten además que la inclusión de Rusia en la lista negra fiscal responde también al objetivo político de acompasar las medidas impulsadas por la UE y otros organismos internacionales para limitar las actividades económicas ligadas al régimen de Vladimir Putin tras el inicio de la guerra en Ucrania. Al mismo tiempo, el Ejecutivo se dispone a retirar a Gibraltar de la lista de paraísos fiscales tras el acuerdo entre la Unión Europea y Reino Unido que regulará la relación del Peñón con España en el escenario posterior al Brexit. El pacto garantiza la libre circulación de personas y mercancías y establece mecanismos de cooperación social, medioambiental y tributaria. En materia fiscal, el acuerdo contempla la convergencia de la tributación indirecta sobre mercancías. Gibraltar deberá implantar un impuesto equivalente al IVA, comenzando con un tipo del 15%, que deberá aproximarse progresivamente al 21% aplicado en España en un plazo de tres años. También se prevé armonizar la fiscalidad del tabaco. Además de Gibraltar, Hacienda planea sacar de la lista a Barbados, Dominica, Samoa -en relación con su régimen offshore-, Seychelles y Trinidad y Tobago, teniendo en cuenta los cambios legislativos registrados en estos territorios, el intercambio de información tributaria y los criterios internacionales vigentes. Una vez concluido el periodo de consulta pública y analizadas las aportaciones recibidas, el Ministerio aprobará el texto definitivo. La orden ministerial entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE y afectará a los impuestos devengados desde ese momento y a los ejercicios fiscales iniciados posteriormente. Esta aplicación inmediata regirá para Gibraltar y los otros cinco territorios que abandonarán la lista. En cambio, la incorporación de Rusia contará con un periodo transitorio y no será efectiva hasta seis meses después de la publicación oficial de la norma. La lista española de paraísos fiscales ha experimentado una profunda transformación en los últimos años. Hacienda mantuvo prácticamente intacto el listado durante cerca de tres décadas hasta que en 2023 acometió una primera gran revisión. Desde entonces, el Gobierno se comprometió a actualizar periódicamente la relación de territorios en función de los estándares internacionales y del grado de cooperación tributaria de cada jurisdicción, con el objetivo de responder de forma más eficaz al uso de estos territorios con fines de evasión fiscal. Tras la reforma prevista por el Ministerio, la lista española de jurisdicciones consideradas paraísos fiscales quedará integrada por 19 territorios: Anguila, Bahréin, Bermudas, Fiji, Guam, Guernsey, Isla de Man, Islas Caimán, Islas Malvinas, Islas Marianas, Islas Salomón, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas, Islas Vírgenes de Estados Unidos, Jersey, Palaos, Samoa Americana, Vanuatu y Rusia, que se incorporará como principal novedad.

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(El Economista, 22-05-2026) | Fiscal

Los expertos advierten que quitar el IVA a los autónomos encarecerá su actividad y llevará cargas burocráticas

Los expertos alertan de que la posible eliminación del IVA para autónomos y pequeñas empresas con una facturación inferior a 85.000 euros podría tener efectos contraproducentes. Aunque la medida reduciría ciertas obligaciones formales relacionadas con la presentación trimestral y anual del impuesto, también podría elevar los costes de actividad de estos profesionales al impedirles deducirse el IVA soportado en compras y servicios vinculados a su negocio. Además, advierten de que el nuevo sistema incorporaría otras exigencias administrativas. El catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Extremadura, Juan Calvo Vérgez, abordó ayer las implicaciones del llamado IVA franquiciado durante una jornada organizada por el Consejo General de Economistas. El experto señaló que, si España termina implantando este modelo, cada autónomo o pyme deberá analizar cuidadosamente si realmente le compensa acogerse a él. Calvo Vérgez recordó que, al dejar de repercutir IVA en sus facturas y no tener que ingresarlo posteriormente a Hacienda, estos profesionales tampoco podrán deducirse el impuesto pagado en la adquisición de bienes y servicios necesarios para desarrollar su actividad. Según explicó, esta limitación puede incrementar considerablemente los costes de quienes soportan mucho IVA en sus gastos habituales. El catedrático insistió en que no existe una respuesta universal sobre las ventajas o inconvenientes del sistema, ya que dependerá de las características de cada negocio y de la estructura de sus gastos. Asimismo, cuestionó que el IVA franquiciado vaya a suponer realmente una gran simplificación burocrática. Aunque los profesionales dejarían de presentar las habituales declaraciones trimestrales y anuales del impuesto, tendrían que asumir nuevas obligaciones informativas. Entre ellas, destacó la necesidad de comunicar previamente a Hacienda la voluntad de acogerse al régimen, informar periódicamente del volumen de ingresos para acreditar que no se supera el límite de facturación de 85.000 euros y, en caso de operar con otros países de la Unión Europea, solicitar autorización específica y declarar también esas operaciones. La directiva europea aprobada en 2020 que regula este sistema simplificado no obliga a los Estados miembros a implantarlo, aunque España es actualmente el único país de la UE que todavía no lo ha incorporado. Lo que sí exige la normativa comunitaria es permitir que autónomos y pequeñas empresas españolas que vendan en otros países europeos puedan facturar sin repercutir IVA. Precisamente esta es la única parte que el Gobierno español prevé aplicar, aunque la reforma sigue bloqueada en el Congreso. La directiva también concede libertad a los Estados para fijar un umbral inferior a los 85.000 euros establecidos como máximo por Bruselas. De este modo, cada país puede reducir ese límite o incluso establecer distintos topes según el sector de actividad. El profesor de la Universidad de Extremadura advirtió además de que, si finalmente se aprueba este régimen, Hacienda intensificará el control sobre las declaraciones de ingresos de los profesionales acogidos para comprobar que no superan el umbral permitido. En caso de excederlo, los contribuyentes tendrían que regularizar su situación tributaria. Otro posible inconveniente señalado por el experto afecta a las relaciones comerciales. Algunas empresas podrían preferir contratar proveedores sujetos al régimen general del IVA para poder deducirse el impuesto soportado en las facturas. En consecuencia, los autónomos acogidos al sistema franquiciado podrían perder competitividad en determinadas operaciones y quedar desplazados frente a otros proveedores. No obstante, el régimen también presenta ventajas potenciales. Al no incluir IVA en sus facturas, estos profesionales podrían ofrecer precios finales más bajos y resultar más atractivos para determinados clientes, especialmente particulares. El Gobierno se ha mostrado históricamente reticente a implantar el IVA franquiciado por el impacto negativo que podría tener sobre la recaudación tributaria. Sin embargo, el pasado mes de marzo Junts per Catalunya condicionó su apoyo parlamentario al decreto fiscal impulsado por el Ejecutivo a la aprobación de este sistema. La proposición no de ley presentada por Junts salió adelante en el Congreso con el respaldo del PSOE, aunque ese voto no obliga legalmente al Gobierno a desarrollar la medida, sino que únicamente refleja la posición mayoritaria de la Cámara. Pese a ello, el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, rebajó recientemente las expectativas sobre una implantación inmediata del IVA franquiciado. Tras el Consejo de Ministros celebrado a comienzos de mes, recordó que la directiva europea no obliga ni a eximir del impuesto a estos profesionales ni a mantener el umbral máximo de 85.000 euros. Mientras tanto, la Comisión Europea ya ha denunciado a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber incorporado aún la parte obligatoria de la directiva, es decir, la posibilidad de que autónomos y pymes españolas puedan vender a otros países de la UE sin repercutir IVA. Esta obligación debía haberse aplicado desde el 1 de enero de 2025.

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(Expansión, 21-05-2026) | Fiscal

Hacienda pierde 9.428 millones por el fraude en el IVA de los hogares

La Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) estima que el fraude relacionado con el IVA de los hogares asciende a 9.428 millones de euros. Esta cifra refleja la diferencia entre los ingresos que el Estado debería obtener por el consumo de las familias y la cantidad que finalmente recauda. Según el informe, esta desviación equivale a una "brecha de cumplimiento" del 13,3% y representa alrededor del 0,69% del Producto Interior Bruto (PIB) español. El estudio, elaborado por los investigadores Julio López Laborda, Carmen Marín González y Jorge Onrubia, analiza únicamente el IVA vinculado al consumo de los hogares residentes, excluyendo tanto el gasto de no residentes como el de las administraciones públicas. Para calcular la recaudación potencial, los autores emplean una metodología de microsimulación. A partir de este modelo concluyen que, en ausencia de fraude o evasión fiscal, el Estado habría debido ingresar 70.717 millones de euros por el IVA asociado al consumo final de las familias. Sin embargo, tras ajustar los datos con la Contabilidad Nacional y las actuaciones de control de la Agencia Tributaria, la recaudación efectiva neta quedó en 61.289 millones. La diferencia entre ambas cantidades constituye la denominada brecha fiscal, que mide la distancia entre la recaudación teórica y la realmente obtenida. Los 9.428 millones estimados reflejan posibles prácticas como ventas ocultas, actividad en la economía sumergida o errores en las declaraciones tributarias. El informe también destaca la relación existente entre el IVA y los Impuestos Especiales que gravan productos como el alcohol, el tabaco, los hidrocarburos o la electricidad. Dado que el IVA se calcula sobre el precio final que ya incorpora estos tributos, cualquier fraude en los Impuestos Especiales repercute automáticamente en una menor recaudación del IVA. Los investigadores aclaran que su cálculo principal parte de la hipótesis de que no existe fraude en los Impuestos Especiales. No obstante, si se asumiera también evasión en esos impuestos, la brecha del IVA se reduciría ligeramente, hasta unos 8.403 millones de euros, ya que la base imponible teórica sería menor. Las cifras de Fedea superan ampliamente las estimaciones realizadas por otras instituciones. La Comisión Europea, por ejemplo, situó para el mismo periodo la brecha total de cumplimiento del IVA en España en torno a 3.986 millones de euros, una cantidad que los autores consideran inferior a la realidad detectada mediante su sistema de microsimulación. El estudio concluye que el volumen de la brecha evidencia un importante margen de mejora en la capacidad recaudatoria del IVA. Aunque los autores recomiendan interpretar los datos con cautela debido a las limitaciones de las encuestas de presupuestos familiares, consideran que combatir esta evasión permitiría reforzar los ingresos públicos sin necesidad de aumentar los tipos impositivos. El informe diferencia además entre la brecha de cumplimiento y la brecha de política fiscal. La primera se refiere exclusivamente al fraude y es la que analiza el estudio. La segunda responde a decisiones legislativas, como la aplicación de tipos reducidos del 4% o el 10%, así como determinadas exenciones en ámbitos como la sanidad o la educación. La suma de ambas elevaría considerablemente el potencial recaudatorio del IVA, aunque abriría un debate político sobre progresividad fiscal y acceso a servicios esenciales. Por último, Fedea subraya la importancia de ajustar y "calibrar" los resultados con los datos de la Contabilidad Nacional para evitar distorsiones estadísticas, ya que la fiabilidad de la estimación depende en gran medida de la calidad del proceso de integración de la información.

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(El País, 21-05-2026) | Fiscal

El FMI alerta de que los subsidios a los combustibles y la energía pueden elevar aún más la inflación

El encarecimiento del petróleo acaba repercutiendo en toda la economía, aunque no siempre se refleje de forma inmediata en el precio que pagan los conductores en las gasolineras. Ese es el mensaje que ha lanzado este miércoles el Fondo Monetario Internacional (FMI) en su última actualización sobre la crisis energética provocada por el cierre del golfo Pérsico, una zona estratégica por la que circula cerca del 20% del petróleo consumido a nivel mundial. El organismo insiste, como ya hizo en abril, en que las ayudas públicas para abaratar los combustibles deben utilizarse únicamente en situaciones excepcionales. A su juicio, subvencionar carburantes, como ha ocurrido en España, puede terminar teniendo un efecto contraproducente al mantener elevada la demanda en un contexto de escasez, lo que acaba presionando aún más los precios y afectando al conjunto de la economía. "El papel de la política fiscal puede ser importante, pero las medidas deben ser temporales, selectivas y adaptadas a cada situación", señala el FMI en su informe. Aunque no menciona países concretos, uno de los ejemplos más evidentes es España. Entre abril y junio, el Gobierno dejó de ingresar más de 1.000 millones de euros tras reducir el IVA de los carburantes del 21% al 10% y rebajar el impuesto especial sobre hidrocarburos, medidas aprobadas a finales de marzo para contener el precio de los combustibles. Sin embargo, el impacto sobre el precio final fue limitado y, apenas unas semanas después, el efecto de la rebaja fiscal prácticamente había desaparecido en el caso del gasóleo. Además, la Comisión Europea advirtió posteriormente a España de que la reducción del IVA incumplía la normativa comunitaria, que no permite aplicar tipos reducidos a los carburantes, aunque sí consideró válido el ajuste en el impuesto especial. Para el FMI, este caso demuestra que las medidas mal diseñadas pueden resultar muy costosas para las cuentas públicas y complicadas de revertir. Además, advierte de que pueden alimentar la inflación, deteriorar la situación fiscal de los países e incluso contribuir a elevar aún más los precios internacionales de la energía. El organismo sostiene que las subvenciones energéticas generan distorsiones en el mercado y terminan beneficiando en mayor medida a las rentas más altas, ya que son los hogares con más consumo energético los que obtienen una mayor ventaja. Lo mismo ocurre, según el Fondo, con otras medidas generalizadas como los topes de precios, que además suelen ser difíciles de retirar una vez implantadas. El FMI recuerda que estas situaciones ya se están produciendo en distintos países. Indonesia, por ejemplo, ha ampliado sus subsidios a los carburantes tras la crisis del golfo Pérsico, pese a que experiencias anteriores demostraron su escasa eficacia y generaron importantes tensiones sociales cuando el Gobierno intentó reducirlos. Argentina es otro ejemplo citado por el organismo, que atribuye parte de sus desequilibrios fiscales a décadas de subvenciones masivas a la energía, incluidas las tarifas eléctricas. El Fondo considera que este tipo de ayudas solo deberían aplicarse en circunstancias extremas, como cuando el incremento de los costes energéticos amenaza con trasladarse rápidamente al conjunto de la economía o cuando las finanzas públicas tienen capacidad suficiente para absorber el impacto. Aun así, reconoce que evaluar estas condiciones en tiempo real resulta complejo y recuerda que los controles generalizados de precios suelen tener efectos secundarios importantes. Aunque admite que no existe una fórmula universal para afrontar una crisis energética, ya que cada país presenta características diferentes según su dependencia de los combustibles fósiles o su margen presupuestario, el FMI insiste en que las primeras medidas deben dirigirse a proteger a los colectivos más vulnerables. Según el organismo, los hogares con menos ingresos destinan proporcionalmente mucho más dinero a energía y alimentación y cuentan además con menos capacidad de ahorro, por lo que son los más expuestos a una escalada de precios. Para protegerlos y evitar un aumento de la pobreza y de la tensión social, recomienda priorizar las transferencias directas y focalizadas. El Fondo también considera que las primeras respuestas para empresas y pequeños negocios deberían centrarse en medidas temporales de liquidez, como créditos avalados por el Estado, líneas de financiación o aplazamientos fiscales y de cotizaciones sociales. Estas herramientas, sostiene, son menos costosas para las arcas públicas y más fáciles de retirar que las subvenciones directas o las inyecciones de capital, que suelen generar mayores dificultades políticas y presupuestarias a largo plazo. En definitiva, el FMI defiende que cualquier respuesta frente a una crisis energética debe ser limitada en el tiempo y diseñada para evitar que las ayudas temporales se conviertan en gastos estructurales permanentes.

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(El Confidencial, 21-05-2026) | Fiscal

Los paraísos fiscales hablan chino: Pekín utiliza territorios opacos para canalizar sus inversiones

Los paraísos fiscales existen desde hace siglos, prácticamente desde el nacimiento de las primeras civilizaciones. Sin embargo, su gran expansión llegó a mediados del siglo XX, impulsada por fenómenos como la descolonización -que dio lugar a nuevos territorios desvinculados de las antiguas potencias-, la globalización y el desarrollo tecnológico, que facilitaron las transacciones internacionales fuera de los sistemas fiscales tradicionales. También hubo motivaciones políticas. Suiza, por ejemplo, instauró hace casi un siglo el secreto bancario como fórmula para sostener económicamente su neutralidad. El resultado ha sido la creación de una enorme red financiera ligada a la vertiente más agresiva del capitalismo global. Paradójicamente, uno de los países que más ha aprovechado este sistema es China, pese a definirse formalmente como una economía socialista. Pekín ha convertido los territorios de baja tributación en una pieza clave de su estrategia internacional de inversión. Un estudio de la Oficina Nacional de Investigación Económica de Estados Unidos (NBER, por sus siglas en inglés) revela que el 37,7% de las inversiones chinas en el exterior se canalizan a través de intermediarios ubicados en paraísos fiscales o jurisdicciones con fiscalidad reducida. Según los autores del informe, estas operaciones pasan por al menos un intermediario radicado en este tipo de territorios, lo que dificulta enormemente su rastreo y hace que las estadísticas tradicionales de inversión extranjera directa no reflejen la dimensión real de la presencia china en el exterior. La magnitud de esta estrategia es relevante si se tiene en cuenta que China, incluyendo Hong Kong y Macao, es ya el segundo mayor inversor mundial, con alrededor de 3,3 billones de dólares invertidos fuera de sus fronteras, solo por detrás de Estados Unidos. Esa cifra equivale aproximadamente al doble del PIB español y representa cerca del 3% de los activos corporativos globales. Además, las inversiones de las compañías chinas crecen a un ritmo medio anual del 20%. El peso de China en determinados paraísos fiscales es especialmente elevado. Las empresas chinas controlan activos equivalentes al 58% del total corporativo en las Islas Caimán, al 40,6% en Bermudas y al 15% en las Islas Vírgenes Británicas. Según el estudio, estos datos muestran el papel central que desempeñan los centros financieros offshore dentro de la estructura internacional de propiedad empresarial china. También destacan las posiciones en Portugal y Singapur, considerados puntos estratégicos de entrada hacia la Unión Europea y los mercados financieros asiáticos. Si se analiza el volumen de inversión, las Islas Caimán aparecen como el principal destino del capital chino, con 424.000 millones de dólares invertidos entre 2012 y 2021. Reino Unido ocupa el segundo lugar con 380.000 millones, seguido por Australia, Singapur y Bermudas. El informe considera que esta distribución refleja tanto el uso intensivo de estructuras offshore como la preferencia de China por invertir en economías desarrolladas. La expansión china se concentra especialmente en sectores considerados estratégicos y de alto contenido tecnológico. Las inversiones más relevantes se dirigen a la industria manufacturera y a actividades científicas y profesionales, mientras que cerca del 80% de esas operaciones tienen como destino Europa y América del Norte. El estudio también observa que las empresas estatales chinas priorizan la adquisición de compañías con elevada inversión en investigación y desarrollo. Tras las compras, las empresas aumentan su capital y el gasto en I+D, aunque este esfuerzo no se traduce necesariamente en una mayor producción de patentes ni en mejoras de rentabilidad. De hecho, el informe detecta un ligero deterioro en la rentabilidad de los activos tras las adquisiciones, lo que sugiere que el objetivo principal no sería obtener beneficios inmediatos, sino asegurar el acceso a tecnología y capacidades industriales estratégicas a largo plazo. Los analistas sí detectan efectos indirectos positivos para las matrices chinas, que terminan incrementando su capacidad de innovación y registro de patentes gracias al conocimiento adquirido en los países avanzados donde realizan las inversiones. La estrategia internacional de Pekín tomó especial impulso a partir de 2015, con el objetivo de reforzar diez sectores tecnológicos prioritarios y elevar la competitividad industrial del país. Europa y Norteamérica concentran actualmente la mayor parte de las inversiones chinas, mientras que Asia apenas representa el 15% de sus activos exteriores. En cambio, el peso de África, Oceanía y Sudamérica dentro de la estrategia inversora china se ha reducido significativamente en los últimos años. La investigación se basa en datos de Moody's Orbis, una base de información empresarial que recoge datos de más de 400 millones de compañías en 212 economías. El análisis abarca el periodo comprendido entre 2012 y 2021, una década marcada por el fuerte crecimiento de la presencia global de las empresas chinas. Según el estudio, los activos controlados por accionistas chinos en el extranjero crecieron desde 551.000 millones de dólares en 2012 hasta 2,5 billones en 2021. Si se suman Hong Kong y Macao, la llamada Gran China alcanzó los 4,27 billones de dólares en activos exteriores al cierre del periodo analizado. Aun así, Estados Unidos sigue manteniendo una posición claramente superior, con inversiones internacionales que aumentaron desde 10 billones hasta 18,2 billones de dólares durante esos mismos años.

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(Expansión, 20-05-2026) | Fiscal

Hacienda estrecha el control sobre el Bizum tras llegar a los comercios físicos

La puesta en marcha esta semana de Bizum Pay para realizar pagos en comercios físicos coincide con un endurecimiento de los controles fiscales sobre las operaciones electrónicas, después de que Hacienda eliminara el límite mínimo que obligaba a los bancos a informar sobre determinados movimientos empresariales. Desde comienzos de esta semana, Bizum ha empezado a activar su sistema de pagos presenciales mediante móvil, permitiendo a los usuarios pagar en establecimientos acercando el teléfono al terminal de cobro, de forma similar a los pagos contactless con tarjeta bancaria. Con esta novedad, Bizum se convierte en la primera plataforma europea de este tipo que ofrece este servicio a sus más de 31 millones de usuarios. Sin embargo, la expansión de esta herramienta podría incrementar la exposición de autónomos y empresas comerciales a posibles inspecciones tributarias, ya que desde el pasado 1 de enero la Agencia Tributaria tiene acceso a un mayor volumen de información sobre los cobros recibidos por estos contribuyentes. Dentro del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para 2026, Hacienda ha reforzado especialmente el seguimiento de las operaciones bancarias. Entre sus objetivos figura obtener información mensual sobre la titularidad de cuentas y sobre los ingresos obtenidos por empresarios y profesionales a través de terminales de pago y sistemas vinculados a números de teléfono móvil, después de haberse eliminado el umbral de 3.000 euros que obligaba a las entidades financieras a comunicar esos movimientos. Los expertos fiscales consultados consideran que estas nuevas obligaciones informativas, introducidas en el marco de la directiva europea DAC 8, proporcionarán más herramientas a la Inspección de Hacienda para detectar posibles fraudes tributarios. A su juicio, el acceso a un mayor volumen de datos permitirá aumentar las comprobaciones sobre empresas, autónomos y particulares. Además, prevén que este control pueda intensificarse en los próximos meses a medida que los pagos con Bizum en tiendas físicas se extiendan entre las distintas entidades bancarias. Según explica César García Novoa, coordinador del grupo de expertos en Derechos y Garantías del Contribuyente y Práctica Tributaria de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), la Administración tributaria centrará cada vez más su atención en los movimientos bancarios asociados a pagos electrónicos. Ante este escenario, y teniendo en cuenta el crecimiento constante de las operaciones realizadas mediante Bizum -que el pasado año alcanzaron los 58 millones de transacciones por un importe de 3.107 millones de euros-, los asesores fiscales recomiendan a profesionales y empresarios separar claramente las cuentas personales de las destinadas a la actividad económica. El objetivo es diferenciar con claridad qué transferencias corresponden a operaciones comerciales y cuáles pertenecen al ámbito privado. La creciente capacidad de control también ha reabierto el debate sobre la privacidad y la protección de datos de los contribuyentes. Algunos expertos advierten de que el acceso generalizado a la información sobre pagos puede afectar de forma significativa a la intimidad financiera de los ciudadanos, al permitir a la Administración conocer con detalle parte de sus hábitos y movimientos económicos.

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(Expansión, 20-05-2026) | Fiscal

Los empresarios con clientes extranjeros también deberán usar Verifactu

La Dirección General de Tributos (DGT) ha aclarado que la obligación de utilizar el sistema Verifactu depende del lugar de residencia fiscal de quien emite la factura y no del país en el que se encuentre el cliente. A medida que se acerca la entrada en vigor definitiva del sistema de verificación de facturas impulsado por la Agencia Tributaria, Hacienda continúa resolviendo dudas planteadas por empresarios y profesionales sobre la aplicación de la normativa. En una reciente consulta vinculante, la DGT ha precisado que los contribuyentes del IRPF que desarrollen actividades económicas y utilicen sistemas informáticos de facturación estarán obligados a cumplir con el reglamento Verifactu aunque sus clientes estén ubicados fuera de España. El organismo dependiente del Ministerio de Hacienda sostiene que la normativa afecta a todas las facturas emitidas mediante un sistema informático de facturación, con independencia del país del destinatario. De este modo, únicamente quedarían al margen de esta obligación quienes continúen realizando facturas manuales o manuscritas. En cambio, aquellos que empleen un software de facturación deberán aplicar Verifactu a la totalidad de sus documentos emitidos. La implantación definitiva del sistema se aproxima después de que el Gobierno aprobara el pasado diciembre una prórroga extraordinaria de un año para adaptar los programas de facturación a las exigencias de la Ley Antifraude. Según el nuevo calendario, las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades deberán disponer de un software actualizado antes del 1 de enero de 2027. En el caso de los autónomos persona física, el plazo finalizará el 1 de julio de ese mismo año. Con esta ampliación de fechas, Hacienda ha buscado coordinar la entrada en vigor de las obligaciones derivadas de la Ley Antifraude con el despliegue progresivo de la factura electrónica obligatoria contemplada en la Ley Crea y Crece. Esta última está prevista para octubre de 2027 en las empresas con una facturación superior a ocho millones de euros anuales, mientras que para el resto podría retrasarse hasta octubre de 2028.

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(Expansión, 20-05-2026) | Fiscal

La fiscalidad de la vivienda representa hasta una cuarta parte del coste total de un inmueble

En un momento en el que el acceso a la vivienda se ha convertido en una de las mayores inquietudes de los ciudadanos, el foco del debate suele ponerse en la escasez de suelo o en el encarecimiento de los precios. Sin embargo, existe otro factor con un peso determinante que a menudo pasa desapercibido: la carga fiscal. Según el informe La fiscalidad de la vivienda en España: una propuesta de mejora, elaborado por el IEE, los impuestos pueden llegar a representar hasta una cuarta parte del coste total de un inmueble y sitúan a España entre los países con mayor presión tributaria sobre la vivienda, tanto en propiedad como en alquiler. El estudio señala que el tipo marginal efectivo aplicado a la vivienda en propiedad alcanza el 30,3% en España, muy por encima de la media de la OCDE, situada en el 9,7%, y de la Unión Europea, donde apenas llega al 6,5%. Esto implica que los propietarios e inversores españoles destinan proporcionalmente muchos más recursos al pago de impuestos que la mayoría de sus vecinos europeos. La situación es aún más exigente en el mercado del alquiler. El informe cifra en un 44% el tipo marginal efectivo sobre la vivienda arrendada, frente al 32% de promedio en la OCDE. El IEE considera que esta elevada fiscalidad, unida a la regulación introducida por la Ley de Vivienda de 2023 y a los controles de precios en las zonas tensionadas, está desincentivando la oferta de alquiler. Según el organismo, muchos propietarios optan por retirar sus inmuebles del mercado ante el aumento de costes y la inseguridad jurídica. Para quienes adquieren una vivienda protegida, el peso de los impuestos se refleja claramente en el precio final. Datos de ASPRIMA indican que aproximadamente el 25% del importe total de una vivienda corresponde a tributos como el IVA, el Impuesto de Sociedades, el ITP o el AJD. En otras palabras, de cada 100.000 euros invertidos, unos 25.000 terminan en las arcas públicas. El informe también destaca el caso del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), donde España figura entre los países con mayores gravámenes de la OCDE, solo por detrás de Bélgica y Reino Unido. A ello se suma que España sigue siendo uno de los pocos países europeos que mantiene el Impuesto sobre el Patrimonio y presenta además uno de los tipos máximos más elevados en el Impuesto sobre Sucesiones, con una tasa que puede alcanzar el 87,6%. El análisis territorial refleja además profundas diferencias entre comunidades autónomas. El nuevo Índice de Competitividad Fiscal Inmobiliaria del IEE sitúa a la Comunidad de Madrid a la cabeza, con una puntuación de 9,5, seguida por La Rioja, con 9,2. Ambas regiones han apostado por una política de menor presión fiscal para estimular la actividad inmobiliaria. Madrid, por ejemplo, mantiene el tipo mínimo estatal del 6% en el ITP, frente al 10% u 11% aplicado en autonomías como Cataluña, Comunidad Valenciana o Extremadura. Las diferencias también son notables en la recaudación media por operación de ITP. Mientras la media nacional ronda los 14.548 euros, en Baleares la cifra supera los 44.000 euros por vivienda debido al elevado precio de los inmuebles y a tipos impositivos que llegan al 13%. En el extremo contrario se encuentran Murcia y La Rioja, con costes medios notablemente inferiores. El estudio presta igualmente atención al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Castilla-La Mancha encabeza la clasificación de presión fiscal tomando como referencia la media nacional, seguida por Extremadura. Por el contrario, País Vasco y Baleares figuran entre las regiones con menor carga relativa en este tributo. También existen grandes diferencias en la plusvalía municipal. Ciudades como Madrid, Barcelona, Málaga o Valencia aplican el tipo máximo permitido del 30%, mientras que en algunas comunidades, como Castilla y León, el promedio apenas supera el 2%, lo que evidencia el amplio margen de actuación de los ayuntamientos en materia fiscal. Ante este escenario, el IEE propone fijar límites estatales a los tipos máximos del ITP y del AJD para evitar grandes diferencias entre territorios. El informe sostiene además que una menor fiscalidad no tiene por qué traducirse en menos ingresos públicos. Como ejemplo, señala que Madrid, pese a aplicar un tipo reducido del 6% en el ITP, logra una recaudación por habitante similar a la de Cataluña, donde el gravamen alcanza el 11%, gracias a un mayor volumen de operaciones inmobiliarias.

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(El Economista, 20-05-2026) | Fiscal

La Audiencia ve pacto en los despidos de mayores de 50 años si la indemnización se ajusta hasta la jubilación

La Audiencia Nacional ha respaldado la postura de Hacienda en su disputa sobre los despidos de trabajadores mayores de 50 años, al considerar que estas salidas deben entenderse como acuerdos cuando los empleados aceptan indemnizaciones inferiores a las que les corresponderían legalmente, calculadas en función del tiempo restante hasta la jubilación. En los últimos años, la Agencia Tributaria ha intensificado el control sobre este tipo de desvinculaciones laborales para determinar si se trata realmente de despidos decididos de forma unilateral por la empresa -en cuyo caso la indemnización estaría exenta de IRPF hasta un máximo de 180.000 euros- o si, por el contrario, son pactos entre ambas partes. En este segundo escenario, las compensaciones percibidas se consideran rendimientos sujetos a tributación en el Impuesto sobre la Renta. La sentencia, fechada el 4 de marzo, analiza las pruebas aportadas por Hacienda y concluye que existe una conexión clara entre los hechos acreditados y la hipótesis planteada por la inspección, lo que permite inferir que empresa y trabajadores alcanzaron un acuerdo para extinguir la relación laboral en términos favorables para ambos. El caso se remonta a una inspección abierta por la Agencia Tributaria relativa al IRPF de los ejercicios 2012 y 2013, en los que la empresa cesó a seis empleados, todos ellos mayores de 61 años. La compañía defendió que los despidos respondían a causas objetivas, derivadas de su situación económica negativa y pérdidas empresariales. Sin embargo, durante el proceso de conciliación se reconoció que se trataba de despidos improcedentes. Los trabajadores no solicitaron su reincorporación y aceptaron las indemnizaciones ofrecidas por la empresa, de cuantía inferior a la prevista para el despido improcedente, sin presentar reclamaciones posteriores. La resolución también subraya, según los argumentos de Hacienda, que las indemnizaciones no guardan relación con la antigüedad ni con el salario de los empleados. De hecho, señala que cuanto mayor era la edad del trabajador, menor resultaba el porcentaje de compensación recibido, lo que permite inferir que las cantidades estaban vinculadas al tiempo que les quedaba hasta la jubilación. El análisis de los datos sugiere, además, que la suma de indemnización, subsidio de desempleo y pensión futura habría buscado aproximarse a lo que habrían percibido si hubieran permanecido en la empresa hasta la edad de retiro. En este sentido, el fallo considera que la compensación estaría más asociada a un incentivo por la salida voluntaria que a una indemnización por despido forzoso. Tras valorar todos los indicios, la Audiencia Nacional coincide con la interpretación de la Inspección y concluye que las extinciones fueron pactadas, por lo que la empresa debe ingresar a Hacienda las retenciones correspondientes a dichas indemnizaciones. No obstante, el Tribunal Central Económico-Administrativo ya advirtió en una sentencia del 8 de octubre que no todos los ceses de trabajadores mayores de 50 años pueden presumirse como acuerdos, insistiendo en que la Administración debe aportar pruebas suficientes para acreditarlo en cada caso.

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