(Expansión, 28-04-2026) | Fiscal

Juanma Moreno: "Vamos a seguir bajando impuestos" en Andalucía

A pocos días de que arranque la campaña electoral para las elecciones andaluzas, prevista para el viernes 1 de mayo, el presidente en funciones de la Junta y candidato del PP, Juanma Moreno, presentó este lunes el programa con el que busca lograr un tercer mandato el 17 de mayo. Lo hizo en un contexto favorable según las encuestas, que apuntan a la posibilidad de repetir la mayoría absoluta obtenida en 2022, pese a los acuerdos del PP con Vox en otras comunidades y a la polémica generada por la propuesta de este último partido sobre la llamada "prioridad nacional" en el acceso a ayudas públicas. En este escenario, y con la intención de mantener una mayoría suficiente para gobernar sin apoyos externos, Moreno volvió a poner el foco en las rebajas fiscales como uno de los pilares de su propuesta. Defendió que continuará reduciendo impuestos, a pesar de las críticas, con el objetivo de aumentar la renta disponible de los ciudadanos y, según sostuvo, mejorar también la recaudación. Durante la presentación del programa en Antequera, subrayó el peso central de la economía en su plan, que incluye más de 1.900 medidas. Argumentó que sin crecimiento económico resulta difícil redistribuir la riqueza, sostener los servicios públicos y avanzar como sociedad. Aunque no detalló todas las bajadas fiscales, que se irán desvelando durante la campaña, sí reiteró su intención de ampliar hasta el 99% la bonificación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones entre hermanos en transmisiones de vivienda, equiparándolo prácticamente a la situación de familiares directos. Desde que asumió la presidencia de la Junta en 2019, Moreno ha aplicado siete reducciones de impuestos, con un ahorro estimado cercano a los 1.800 millones de euros anuales para los contribuyentes, con la idea de impulsar el consumo, la actividad económica y la capacidad de ahorro de las familias andaluzas. Asimismo, anunció que promoverá medidas para fomentar la digitalización del tejido industrial, destacando la necesidad de incorporar tecnología al crecimiento económico. También se comprometió a elevar la inversión en investigación, desarrollo e innovación hasta el 2% del PIB andaluz en los próximos años, con el objetivo de situar a la comunidad entre las regiones más avanzadas en este ámbito tanto en España como en la Unión Europea.

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(El País, 28-04-2026) | Fiscal

Cuerpo anuncia una revisión de las previsiones económicas para actualizar a Bruselas el cumplimiento del Plan Fiscal

El vicepresidente primero y ministro de Economía, Carlos Cuerpo, ha anunciado que el Gobierno enviará este jueves a Bruselas el informe de seguimiento del plan fiscal, en el que se detalla el grado de cumplimiento de las normas europeas en materia de deuda y déficit. Según explicó tras la inauguración del Invest in Spain Summit, España mantiene una posición sólida dentro del marco comunitario, con un comportamiento positivo tanto en el ámbito presupuestario como en la ausencia de desequilibrios macroeconómicos. El documento también incorporará una revisión del contexto económico, teniendo en cuenta la incertidumbre internacional provocada por el conflicto en Oriente Próximo. Al ser preguntado por la posibilidad de revisar las previsiones económicas -ya sea a la baja en crecimiento o al alza en inflación- debido a la guerra en Irán, Cuerpo aclaró que este informe es solo un paso previo a la actualización del cuadro macroeconómico que servirá de base para los próximos Presupuestos Generales del Estado. Indicó que aún es necesario evaluar el impacto de las medidas adoptadas y que será a finales de junio cuando se ajuste ese escenario, una vez haya mayor claridad sobre la situación. A partir de ahí se elaborarán las cuentas públicas, aunque el margen de tiempo, con el verano de por medio, es reducido y podría llevar a una nueva prórroga presupuestaria. En las últimas estimaciones oficiales, el Gobierno prevé un crecimiento del 2,2% para este año, lo que situaría a España como líder del crecimiento en la Unión Europea por quinto ejercicio consecutivo, y del 2,1% para 2027. Tras el estallido del conflicto en Irán y el fuerte aumento de los precios energéticos, el Ejecutivo puso en marcha un plan de respuesta con 80 medidas y un volumen de ayudas de 5.000 millones de euros, centrado principalmente en rebajas fiscales y apoyo al combustible. En paralelo, Cuerpo participó junto al presidente Pedro Sánchez en la apertura de la segunda edición de la cumbre destinada a atraer inversión extranjera, en la que participan representantes de 75 grandes multinacionales. Los directivos habían sido recibidos previamente en un acto celebrado en el estadio Santiago Bernabéu. Durante su intervención en el Teatro Real, Sánchez defendió a España como un destino atractivo para la inversión en un contexto internacional marcado por la inestabilidad, la tensión comercial impulsada por Estados Unidos y el impacto económico del conflicto en Irán. Subrayó que, en un entorno incierto, España ofrece estabilidad y oportunidades. También destacó la fortaleza de la economía española frente a otras grandes economías europeas, señalando que el país ha generado la mitad del empleo en la Unión Europea, cuenta con un suministro energético asegurado gracias a las energías renovables y, por primera vez en seis décadas, presenta un nivel de deuda inferior a la media mundial. Antes del acto, Sánchez mantuvo encuentros con responsables de grandes compañías industriales y químicas. El objetivo del Ejecutivo es superar los compromisos de inversión logrados en la primera edición del foro, que alcanzaron los 4.400 millones de euros. Se espera que una parte importante de estas inversiones proceda de Estados Unidos, que es el país con mayor representación en la cumbre, seguido por China, Japón, Francia y Reino Unido. Este liderazgo responde al fuerte crecimiento de la inversión estadounidense el pasado año, cuando superó los 10.000 millones de euros, impulsada en gran medida por los proyectos de grandes compañías tecnológicas como Amazon y Microsoft.

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(El Economista, 28-04-2026) | Fiscal

La Audiencia Nacional exige a Hacienda probar que el despido de mayores de 50 años no es pactado

La Audiencia Nacional ha puesto límites a las regularizaciones automáticas que venía realizando Hacienda en casos de despidos de trabajadores mayores de 50 años, y le exige que justifique con argumentos sólidos que esas salidas fueron realmente pactadas entre empresa y empleado. En los últimos años, la Agencia Tributaria ha centrado su atención en los ceses de empleados próximos a la jubilación para determinar si se trata de despidos efectivos -lo que permitiría que la indemnización quede exenta de IRPF hasta 180.000 euros- o si, por el contrario, son acuerdos encubiertos mediante los cuales el trabajador recibe una compensación para sostenerse hasta acceder a la pensión, lo que implicaría su tributación. En el caso analizado, Hacienda inspeccionó a una empresa que había despedido a 59 trabajadores, pero solo reclamó el IRPF de diez de ellos, todos con edades entre 56 y 64 años, y que aceptaron indemnizaciones inferiores a las que legalmente les correspondían. En una sentencia fechada el 8 de octubre, la Audiencia Nacional critica que la Administración basara su actuación en indicios que no prueban, ni de forma individual ni conjunta, que los despidos fueran simulados. Hacienda apoyó su decisión en cuatro elementos, pero el tribunal los rechaza uno a uno. En primer lugar, la Inspección aludía a las cuentas anuales de la empresa, donde se mencionaban indemnizaciones asociadas a una oferta para fomentar salidas voluntarias. Sin embargo, el tribunal interpreta que ese documento refleja que fue la empresa quien decidió los despidos. También se tuvo en cuenta la edad de los trabajadores afectados, todos mayores de 50 años. La Audiencia reconoce este hecho, pero considera que, en el contexto de un despido colectivo, la edad por sí sola no demuestra que existiera un acuerdo previo. Otro argumento de Hacienda fue que estos empleados, despedidos por causas económicas y organizativas, mostraron inicialmente su desacuerdo, pero posteriormente aceptaron en conciliación una indemnización inferior tras el reconocimiento de improcedencia por parte de la empresa. El tribunal aclara que alcanzar un acuerdo para evitar un juicio no implica necesariamente que existiera un pacto previo para extinguir la relación laboral. Por último, la Audiencia descarta que las causas alegadas por la empresa para justificar los despidos fueran irrelevantes, como sostenía la Inspección. En conclusión, el tribunal determina que estos indicios no permiten afirmar que hubiera un acuerdo entre las partes para el cese, y que, por el contrario, son compatibles con despidos decididos de forma unilateral por la empresa.

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(El Economista, 28-04-2026) | Fiscal

Los jueces impiden al fisco ensañarse con los acogidos a la "Ley Beckham" si ya los inspeccionó

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha frenado la actuación de la Agencia Tributaria en relación con contribuyentes acogidos a la llamada Ley Beckham cuando ya han sido objeto de una revisión previa sin ajustes. Este régimen especial del IRPF permite a quienes se trasladan a España tributar como no residentes, aplicando un tipo fijo del 24% durante sus primeros años. En una sentencia del 19 de febrero, el tribunal da la razón a un contribuyente al que Hacienda investigó por los ejercicios de 2016 a 2018 por no haber presentado la declaración de la renta. El afectado alegó que estaba acogido a este régimen especial y aportó las declaraciones correspondientes, tras lo cual la Administración cerró el procedimiento sin realizar ninguna regularización. Tiempo después, sin embargo, Hacienda inició una nueva comprobación sobre esos mismos ejercicios y reclamó al contribuyente 72.900 euros en concepto de liquidación, además de imponerle una sanción de 49.300 euros. La Administración sostenía que el contribuyente se había acogido fuera de plazo al régimen especial y que había declarado incorrectamente sus ingresos. El tribunal concluye que la primera comprobación tenía efectos preclusivos, lo que significa que no se podían volver a revisar los mismos periodos y hechos si no habían aparecido nuevos elementos. La resolución subraya que el contribuyente presentó desde el inicio las autoliquidaciones correspondientes a esos años. Por ello, si Hacienda consideraba que había errores en la aplicación del régimen o en la declaración, debió actuar en esa primera revisión. Al no hacerlo, perdió la posibilidad de reabrir el caso posteriormente sin nuevos motivos que lo justificaran.

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(El Economista, 27-04-2026) | Fiscal

La justicia aclarará si Hacienda puede formalizar actas de inspección sin llamar al contribuyente para que firme

El Tribunal Supremo (TS) va a pronunciarse sobre las consecuencias legales de que la Agencia Tributaria no cumpla con su obligación de citar al contribuyente para la firma del acta de inspección. El alto tribunal ha admitido a trámite el recurso de un ciudadano al que Hacienda abrió una inspección tras detectar ingresos superiores a 200.000 euros en su cuenta que no fueron declarados en el IRPF. Durante el procedimiento, la Administración le ofreció un trámite de audiencia previa para presentar alegaciones, pero el contribuyente no hizo uso de él. Posteriormente, Hacienda levantó directamente el acta en disconformidad sin convocarle formalmente a una fecha y hora concretas para comparecer. Meses después, le notificó la liquidación correspondiente y la sanción. El afectado recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que desestimó su reclamación al considerar que no se había producido indefensión, dado que tuvo la oportunidad de formular alegaciones previamente. Según este tribunal, la falta de citación podría calificarse como una irregularidad, pero no lo suficientemente grave como para invalidar el procedimiento. Sin embargo, en un auto fechado el 15 de abril, el Tribunal Supremo ha decidido revisar el caso al apreciar interés casacional, ya que no existe una doctrina clara sobre esta cuestión. En concreto, el Supremo deberá determinar si la ausencia de una citación formal al contribuyente para firmar el acta -impidiéndole decidir si lo hacía en conformidad o disconformidad- y la emisión directa del acta en disconformidad suponen una vulneración del procedimiento que conlleve la nulidad de la actuación administrativa. Asimismo, analizará si esta omisión constituye un defecto sustancial que provoque anulabilidad por generar indefensión, al privar al contribuyente de un derecho reconocido por la ley, como es la posibilidad de beneficiarse de una reducción del 30% en la sanción prevista en la Ley General Tributaria.

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(El Economista, 27-04-2026) | Fiscal

Bruselas plantea la coordinación del Impuesto sobre Sociedades en la UE

La Unión Europea está explorando nuevas vías para reforzar su competitividad a nivel global, y una de las iniciativas más destacadas se centra en simplificar su compleja estructura fiscal. En este contexto surge el denominado Régimen Fiscal 28, un sistema opcional que funcionaría en paralelo a los 27 marcos tributarios nacionales actuales. No busca una unificación total de impuestos, como sería igualar los tipos del Impuesto sobre Sociedades, sino facilitar la coordinación entre países, reducir cargas administrativas, aportar mayor seguridad jurídica y evitar la doble imposición, respetando al mismo tiempo la autonomía fiscal de cada Estado miembro. El punto de partida es claro: mientras las empresas operan cada vez más a escala europea, los sistemas fiscales siguen siendo esencialmente nacionales. Esto obliga, especialmente a startups y compañías en expansión internacional, a enfrentarse a múltiples normativas distintas, con procedimientos variados, incentivos desiguales y reglas complejas en ámbitos como los precios de transferencia. Esta fragmentación eleva los costes, complica la gestión y puede frenar la inversión y el crecimiento frente a otras regiones del mundo. Entre las principales propuestas del Régimen 28 figura la creación de una "ventanilla única" o autoridad fiscal principal, que permitiría a las empresas gestionar sus obligaciones de forma centralizada, evitando duplicidades. En cuanto a la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, no se plantea una armonización completa, sino establecer criterios comunes de partida -como los resultados contables- con ciertos ajustes, dejando a cada país la potestad de fijar su tipo impositivo. Otro aspecto clave es el tratamiento de las pérdidas en distintos países. En lugar de consolidarlas de manera definitiva -lo que implicaría transferencias de ingresos entre Estados-, se propone un sistema temporal que permita diferir impuestos en el país de origen por las pérdidas generadas en el extranjero, facilitando así la liquidez de las empresas en expansión. El eje central de esta reforma sería la adopción de una normativa europea clara y operativa. Entre las medidas más relevantes destaca la introducción de los llamados "puertos seguros" (safe harbours), pensados para operaciones habituales y de bajo riesgo. Actualmente, tareas rutinarias como servicios administrativos internos o distribución básica generan elevados costes de cumplimiento y supervisión. Con estos mecanismos, se pretende evitar conflictos innecesarios y centrar los esfuerzos en cuestiones más complejas, como la valoración de activos intangibles. La "ventanilla única" también implicaría simplificar la documentación requerida, con un único envío electrónico basado en formatos armonizados que podrían utilizarse en todos los países participantes, reduciendo así la carga burocrática. Asimismo, para evitar discrepancias entre administraciones tributarias, el sistema contempla la designación de una autoridad principal encargada de coordinar el proceso, junto con auditorías conjuntas entre países. Esto permitiría evitar decisiones contradictorias y ajustes fiscales incoherentes. Finalmente, el régimen incluiría un mecanismo ágil para resolver disputas, basado en la directiva europea vigente en esta materia, con el objetivo de ofrecer mayor rapidez y seguridad jurídica en los casos en que exista riesgo de doble imposición sobre los mismos beneficios.

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(El Confidencial, 27-04-2026) | Fiscal

Sánchez pide flexibilizar las reglas fiscales y prolongar los fondos de la UE ante la crisis energética

El Gobierno español ha planteado tres medidas clave a la Unión Europea para hacer frente a la actual crisis energética: la creación de un impuesto extraordinario sobre las grandes empresas energéticas que están obteniendo elevados beneficios por la subida de precios, la ampliación del plazo de los fondos Next Generation EU -cuyo periodo de solicitud finaliza en agosto- y una mayor flexibilidad en las reglas del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Así lo explicó el presidente Pedro Sánchez a su llegada a la reunión de líderes europeos celebrada este viernes en Nicosia, en Chipre. Sánchez propuso abrir el debate sobre una relajación de las normas fiscales comunitarias, similar a la que ya se ha aplicado en el ámbito del gasto en defensa, pero orientada en este caso a impulsar inversiones en electrificación y transición energética. Esta idea guarda cierta similitud con la defendida por el ministro de Finanzas italiano, Giancarlo Giorgetti, y respaldada por la primera ministra Giorgia Meloni, aunque con matices. Mientras Italia busca mayor margen general para gestionar su déficit, España plantea limitar esa flexibilidad a proyectos vinculados a energías renovables y electrificación. Por su parte, la Comisión Europea ha presentado recientemente propuestas centradas sobre todo en reforzar la coordinación entre países, y se espera que próximamente concrete un marco más flexible en materia de ayudas de Estado, que regula cómo los gobiernos pueden apoyar a empresas y sectores afectados. Meloni consideró adecuada esta flexibilización, aunque advirtió de que no todos los países cuentan con el mismo margen presupuestario, por lo que planteó fórmulas similares a las utilizadas en el ámbito de la defensa, como la emisión de deuda conjunta europea para financiar determinados gastos. Otra de las propuestas españolas pasa por extender entre seis y doce meses el plazo para solicitar los fondos del programa Next Generation EU, creados tras la pandemia para reactivar la economía. Aunque la Comisión ha reiterado en varias ocasiones que no prevé modificar el calendario, España defiende ampliar ese periodo para destinar nuevos recursos, especialmente a proyectos relacionados con la electrificación. Finalmente, Sánchez insistió en la necesidad de implantar un gravamen extraordinario a las grandes compañías energéticas, siguiendo la línea de iniciativas adoptadas durante la crisis derivada de la guerra en Ucrania. El objetivo sería obtener ingresos adicionales para financiar medidas de apoyo a ciudadanos, empresas e industrias. El presidente subrayó que se requieren más recursos para avanzar en la transición energética, reforzar las interconexiones y reducir la dependencia energética.

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(El Confidencial, 27-04-2026) | Fiscal

Hacienda notifica que el déficit se estancará cerca de los 37.000 millones de euros

España ha sido uno de los países de la Unión Europea que más ha logrado reducir su déficit público en los últimos años, pero esa tendencia parece estar perdiendo fuerza. El Ministerio de Hacienda ha comunicado a Bruselas que la disminución del déficit se ralentizará y se mantendrá en torno al 2,1% del PIB. En términos absolutos, incluso aumentará ligeramente hasta los 36.955 millones de euros, unos 175 millones más que el año anterior. Esta información forma parte del informe semestral que los Estados miembros deben remitir a la Comisión Europea dentro del marco presupuestario común. Tras varios años de ajustes intensos, el Gobierno prevé que en 2026 ese ritmo se detenga. Entre 2021 y 2025, España redujo el déficit a un promedio de 1,5 puntos del PIB al año, más del doble que la media europea. Sin embargo, este ejercicio no registrará mejoras si se excluye el impacto extraordinario de la DANA. En 2025, el déficit se redujo en 0,8 puntos del PIB, o en un punto completo sin contar el coste de las inundaciones. No obstante, el dato de 2024 estuvo condicionado por la imputación de unos 6.500 millones de euros en devoluciones derivadas de sentencias judiciales, lo que facilitó el ajuste posterior. De cara a 2026, el Estado ya no afrontará el gasto asociado a la DANA ni parte de las medidas adoptadas por la crisis comercial con Estados Unidos. A cambio, deberá asumir nuevos costes relacionados con la situación en Oriente Medio. Según la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, las primeras medidas adoptadas supondrán un gasto equivalente al 0,3% del PIB. Este organismo incluso prevé que el déficit aumente hasta el 2,6%, lo que podría poner en riesgo el superávit primario alcanzado el año anterior. Este freno en la reducción del déficit contrasta con el buen comportamiento de la economía y la inflación. El Ejecutivo estima un crecimiento nominal del PIB del 4,3%, lo que favorecerá la recaudación. De hecho, los ingresos públicos podrían alcanzar el 46,1% del PIB, su nivel más alto desde 2022, con un crecimiento del 8,6% en el arranque del año. Sin embargo, el aumento de los ingresos no basta para compensar el fuerte incremento del gasto, en un contexto además marcado por el ciclo preelectoral en distintas administraciones, que suele impulsar el desembolso público. La AIReF advierte de que España podría incumplir las reglas fiscales tanto europeas como nacionales. Uno de los factores que explican esta situación es el mayor coste de los intereses de la deuda, que se situarán en torno a los 42.000 millones de euros, unos 1.700 millones más que el año anterior. Aun así, en proporción al PIB se mantendrán estables gracias al crecimiento económico. El Gobierno también prevé incrementar la inversión pública hasta los 51.700 millones de euros, lo que supone 2.100 millones más que en 2025, aunque su peso sobre el PIB se mantendrá sin cambios debido al crecimiento de la economía. En paralelo, la reducción de la deuda pública también se ralentizará. Según las previsiones remitidas a Bruselas, apenas bajará del 100,6% al 100,3% del PIB, una caída mucho menor que la registrada el año anterior. En conjunto, pese al crecimiento económico y al aumento de la recaudación, el Ejecutivo anticipa un estancamiento en la reducción del déficit. Esto contrasta con los compromisos adquiridos con la Comisión Europea, que exigen limitar el crecimiento del gasto. Aunque el objetivo era situarlo en el 3,5%, la AIReF calcula que alcanzará el 5,9%. El propio plan fiscal del Gobierno contemplaba una moderación progresiva del gasto a lo largo del tiempo, pero en la práctica está ocurriendo lo contrario. Según la AIReF, el gasto crecerá este año más que en 2025, lo que refleja las dificultades para aplicar ajustes en la fase final de la legislatura.

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(Expansión, 24-04-2026) | Fiscal

El Supremo sopesa la devolución de miles de euros de IRPF a padres divorciados

El Tribunal Supremo está valorando la posibilidad de obligar a la Agencia Tributaria a devolver cantidades importantes del Impuesto sobre la Renta a padres divorciados a quienes se les ha denegado de forma reiterada ciertos beneficios fiscales. En concreto, se analiza si los progenitores con custodia compartida pueden combinar la reducción fiscal correspondiente al mínimo por descendiente con el tratamiento favorable de las pensiones alimenticias. Hasta ahora, Hacienda ha rechazado esta compatibilidad, aunque algunos tribunales ya la han reconocido. Por ello, el Supremo ha decidido intervenir para fijar un criterio definitivo. Este conflicto lleva años enfrentando a contribuyentes con el Ministerio de Hacienda. Por un lado, está el mínimo por descendientes, una ventaja en el IRPF para quienes tienen hijos menores de 25 años con ingresos inferiores a 1.800 euros anuales. Las cantidades fijadas son de 2.400 euros por el primer hijo, 2.700 por el segundo, 4.000 por el tercero y 4.500 a partir del cuarto, con posibilidad de mejora por parte de las comunidades autónomas. Este beneficio reduce la cuota del impuesto y, en casos de custodia compartida, se reparte al 50 % entre ambos progenitores. Por otro lado, está el régimen aplicable a las pensiones alimenticias, que permite calcular el impuesto de forma separada sobre esas cantidades, evitando que se les aplique la progresividad total del IRPF. Sin embargo, tanto la Dirección General de Tributos como el Tribunal Económico-Administrativo Central han mantenido que este beneficio solo corresponde a quienes no tienen la custodia del hijo. La normativa actual no contempla expresamente la situación en la que un progenitor tenga custodia compartida y, al mismo tiempo, esté obligado a pagar una pensión alimenticia. La ley regula ambos aspectos por separado, sin aclarar si pueden aplicarse conjuntamente. Aun así, esta situación es cada vez más habitual, lo que ha llevado a muchos afectados a acudir a los tribunales. En los últimos años, varios tribunales superiores de justicia autonómicos han dado la razón a los contribuyentes, considerando que la incompatibilidad solo se produce cuando se aplica el mínimo por descendientes en su totalidad, pero no cuando se utiliza parcialmente en casos de custodia compartida. En un auto reciente, el Tribunal Supremo ha señalado que este asunto tiene interés suficiente para establecer jurisprudencia, ya que debe decidir si es posible aplicar ambos beneficios fiscales al mismo tiempo en un mismo periodo impositivo cuando existe custodia compartida. El caso que ha llegado al Supremo procede de un contribuyente al que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dio la razón, lo que motivó que Hacienda presentara recurso. Si finalmente el Tribunal Supremo avala esta compatibilidad, podría dar lugar a numerosas devoluciones del IRPF para los afectados. Además, se abriría la opción de solicitar la rectificación de declaraciones y reclamar ingresos indebidos correspondientes a ejercicios no prescritos. Los expertos recomiendan revisar especialmente la declaración del año 2021, ya que el plazo para solicitar devoluciones de ese ejercicio finaliza en junio, lo que hace aconsejable actuar con antelación ante una posible resolución favorable. La decisión del Tribunal Supremo de sentar jurisprudencia sobre la compatibilidad de los beneficios fiscales de los que pueden disfrutar los progenitores de hijos en custodia compartida pone en juego cuantiosas devoluciones fiscales por parte de Hacienda, que pueden ascender a los 6.000 euros anuales para un contribuyente que aporte 50.000 euros en anualidades por alimentos, por ejemplo.

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(El País, 24-04-2026) | Fiscal

El tipo efectivo de los grandes impuestos en España supera el 16% por primera vez

El tipo medio efectivo que grava la renta y el consumo -que reúne los principales impuestos en España- alcanzó en 2025 el 16,2%, según los datos provisionales publicados por la Agencia Tributaria en su informe anual. Se trata de la primera vez que este indicador supera el 16% en las estadísticas oficiales, lo que supone un aumento de cuatro décimas respecto al año anterior y confirma una tendencia ascendente sostenida en los últimos cinco años. Este indicador refleja la presión fiscal real sobre los ingresos de hogares y empresas, así como sobre su gasto, al combinar los resultados del IRPF, el impuesto sobre sociedades, el IVA y los impuestos especiales, como los aplicados a la electricidad, los combustibles o el alcohol. El incremento del gravamen, que ya se sitúa más de un punto por encima del nivel previo a la pandemia, responde a dos factores principales: los cambios en la política fiscal y la evolución de los salarios. Según explica la Agencia Tributaria, uno de los elementos clave en 2025 ha sido la retirada definitiva de las medidas fiscales extraordinarias que se adoptaron para contener el impacto de la inflación tras el inicio de la guerra en Ucrania en 2022. Durante el último ejercicio se restablecieron los tipos habituales del IVA en sectores como la electricidad, el gas o los alimentos básicos, que habían sido reducidos de forma temporal. Al desaparecer esas rebajas, el tipo medio ha aumentado automáticamente. A ello se suma la recuperación de los niveles normales en el impuesto especial sobre la electricidad y la introducción de nuevos gravámenes en el tabaco, lo que ha incrementado la recaudación por unidad de consumo. Como resultado, el tipo efectivo sobre el gasto sujeto a IVA subió del 14,5% en 2024 al 15,1% en 2025, mientras que el de los impuestos especiales pasó del 23,6% al 24,1%. En cuanto a la tributación sobre la renta, el aumento se explica principalmente por el crecimiento de los salarios y las pensiones. Este comportamiento ha elevado el tipo efectivo del IRPF hasta el 15,1%. En un sistema progresivo, el incremento de los ingresos nominales provoca que una mayor parte de las rentas tribute en tramos más altos, incluso sin cambios en la estructura del impuesto. Este efecto, junto con el dinamismo del empleo, ha impulsado la contribución de las rentas al tipo global, que en años anteriores se situaba en torno al 14%. En 2025, los ingresos brutos de los hogares alcanzaron los 970.000 millones de euros, lo que supone un aumento del 7%. También influye la falta de ajuste del IRPF a la inflación. Al no actualizarse los tramos, mínimos y deducciones, el incremento salarial -destinado a compensar la subida de precios- termina elevando la carga fiscal efectiva de los contribuyentes. Por su parte, el tipo efectivo del impuesto sobre sociedades descendió ligeramente, una décima, hasta el 21,1%, aunque se trata de una cifra provisional pendiente de los datos definitivos que se conocerán en verano. En conjunto, la recaudación tributaria alcanzó en 2025 los 325.356 millones de euros, un 10,4% más que el año anterior. Este crecimiento se explica tanto por el aumento de las bases imponibles -es decir, los ingresos y el consumo sujetos a impuestos- como por los cambios normativos. Aunque el ritmo de crecimiento fue algo menor que en 2024 debido a una moderación de las rentas, el consumo repuntó y las modificaciones fiscales, especialmente la vuelta a los tipos habituales del IVA, ciertos ajustes en sociedades y la creación de nuevos impuestos, contribuyeron de forma significativa al incremento de los ingresos públicos.

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