(Expansión, 13-05-2026) | Fiscal

La Inspección tributaria pone la lupa sobre los neobancos y las plataformas de activos digitales

La Agencia Tributaria (AEAT) se ha marcado para este año una meta prioritaria: acabar con las barreras digitales que aún permiten esconder patrimonio en el extranjero. Según las directrices del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero, el organismo prepara un importante despliegue tecnológico en el que la inteligencia artificial y la supervisión de la nueva banca digital tendrán un papel central. El mensaje de Hacienda es claro: la opacidad en el entorno digital tiene los días contados. El control ya no se limita a las cuentas tradicionales en paraísos fiscales, sino que se amplía a neobancos y plataformas de activos digitales, instrumentos que, según el plan, se utilizan cada vez más para ocultar rentas o blanquear capitales bajo una apariencia de anonimato. Entre las principales novedades del plan de 2026 figura la ofensiva contra las cuentas abiertas en entidades financieras digitales y neobancos. La Agencia Tributaria considera que muchos de estos operadores, que actúan mediante licencias de terceros o bajo regímenes de libre prestación de servicios, están sirviendo para esconder patrimonio y rentas fuera de España. Para hacer frente a esta situación, Hacienda se apoyará en la transposición de la directiva europea DAC8, que permitirá acceder de forma automática y detallada a información sobre dinero electrónico y monedas digitales emitidas por bancos centrales. El control será continuo y sistemático: el Fisco prevé disponer mensualmente de datos sobre titularidad de cuentas bancarias, así como un seguimiento exhaustivo de ingresos procedentes de TPV, tarjetas y pagos vinculados a teléfonos móviles. La intención de la Agencia Tributaria es cerrar cualquier posible vía de escape a través de plataformas digitales. Las entidades de pago y de dinero electrónico deberán facilitar información que hasta ahora quedaba en un espacio regulatorio difuso, lo que permitirá cruzar datos en tiempo real y detectar diferencias entre el nivel de gasto de un contribuyente y los ingresos declarados. La vigilancia sobre grandes patrimonios y fiscalidad internacional seguirá siendo otro de los ejes prioritarios. Hacienda endurecerá el control sobre quienes simulan residir fuera de España o en comunidades autónomas con menor carga fiscal para evitar tributar por IRPF o Patrimonio. Para ello, la AEAT recurrirá a herramientas de trazabilidad blockchain y al análisis masivo de datos mediante big data. El objetivo es desmontar estructuras de planificación fiscal agresiva y detectar sociedades instrumentales o pantalla utilizadas para desviar fondos al exterior o sufragar gastos personales con dinero opaco. También se reforzará el control sobre los activos situados fuera de España. Modelos informativos como el 721, destinado a declarar criptoactivos en el extranjero, serán esenciales para alimentar las bases de datos de Hacienda. La intención es que cualquier activo, desde inmuebles de lujo hasta carteras de criptomonedas depositadas en exchanges internacionales, quede plenamente identificado ante la Administración. El plan de control tributario para 2026 se apoya además en la capacidad de análisis de la inteligencia artificial. La Agencia Tributaria consolidará el uso de sistemas de IA para seleccionar deudores y detectar riesgos fiscales. A través del análisis posterior de la información, estos sistemas podrán identificar entramados societarios bajo un mismo control creados para vaciar patrimonios y esquivar deudas tributarias. En materia de blanqueo de capitales, la cooperación internacional se intensificará. Hacienda estrechará su colaboración con organismos como el Sepblac y Europol para seguir de cerca nuevas fórmulas de lavado de dinero que aprovechan la rapidez y alcance global de los neobancos. El control también se extenderá a sectores en expansión como el comercio electrónico y el mercado inmobiliario, considerados especialmente sensibles a la entrada de capitales de origen dudoso. Con estas medidas, España se alinea con las políticas de transparencia impulsadas por la OCDE y la Unión Europea. El nuevo plan de control tributario refleja cómo la tecnología ha dejado de ser un refugio para la opacidad y se ha convertido en una de las principales herramientas de inspección fiscal. Para los contribuyentes con bienes en el extranjero o usuarios habituales de plataformas financieras digitales, el escenario cambia de forma sustancial: Hacienda no solo dispone ya del respaldo legal para reclamar información, sino también de herramientas tecnológicas capaces de anticiparse y detectar irregularidades antes incluso de iniciar una comprobación formal. El cerco sobre los llamados paraísos digitales es cada vez más estrecho.

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(Expansión, 13-05-2026) | Fiscal

Hacienda obliga a los nuevos propietarios a pagar deudas fiscales previas de la comunidad

La Dirección General de Tributos (DGT) ha fijado un nuevo criterio con importantes consecuencias para las operaciones inmobiliarias en España. El organismo considera que quien compra un inmueble y pasa a formar parte de una comunidad de propietarios responde solidariamente de las deudas tributarias de esa comunidad, incluso aunque dichas obligaciones fiscales se hubieran generado antes de la adquisición. Hasta ahora, el mercado manejaba una interpretación más protectora para el comprador. Sin embargo, la DGT sostiene que la responsabilidad solidaria prevista en el artículo 42.1.b) de la Ley General Tributaria (LGT) afecta a cualquier integrante de la comunidad de propietarios, sin importar cuándo se originaron las deudas tributarias cuya derivación reclama Hacienda. El criterio tiene especial relevancia en ámbitos como el de los centros comerciales, donde las comunidades de propietarios suelen desarrollar actividades económicas, por ejemplo mediante el alquiler de zonas comunes o aparcamientos. Según explican Ricardo García-Borregón y Emma Sevajol, del área de Derecho Financiero y Tributario de Ashurst, la cuestión era clave para determinar si un comprador podía acabar asumiendo "contingencias históricas" detectadas por la Agencia Tributaria tras una inspección o procedimiento de revisión. La DGT apoya su interpretación en principios del Código Civil, al entender que formar parte de una comunidad implica asumir tanto derechos como obligaciones. De este modo, cuando se produce la sustitución de un propietario, el nuevo adquirente se incorpora a la comunidad en función de la cuota adquirida y, con ello, acepta también las cargas asociadas a esa posición. Para los especialistas de Ashurst, este cambio de criterio genera incertidumbre. Consideran discutible que se utilicen argumentos propios del ámbito civil para justificar una responsabilidad tributaria que, a su juicio, debería regirse por criterios autónomos. Además, advierten de que esta interpretación puede acarrear efectos especialmente gravosos para el comprador, situándolo en una posición de mayor vulnerabilidad incluso que quien adquiere una empresa. A diferencia de lo que sucede en las transmisiones de negocios o actividades económicas, donde el adquirente puede solicitar a Hacienda un certificado que limite o excluya su responsabilidad futura, ese mecanismo de protección no existe en el caso de las comunidades de propietarios. Esto deja al inversor expuesto a posibles deudas fiscales desconocidas y generadas por terceros antes de la compra. Con este nuevo escenario, la prudencia pasará a ser un elemento esencial en cualquier operación inmobiliaria. El criterio obligará a llevar a cabo procesos de due diligence fiscal mucho más exhaustivos sobre la comunidad de propietarios y sobre todos los ejercicios no prescritos, en lugar de limitarse únicamente al inmueble concreto objeto de adquisición. Los expertos alertan además de que esta nueva doctrina tendrá un impacto directo en la duración y el coste de las transacciones. Los compradores se verán forzados a reforzar su protección mediante cláusulas contractuales de reembolso o recurriendo a seguros de manifestaciones y garantías (W&I) para cubrir riesgos fiscales que hasta ahora no se contemplaban en este tipo de operaciones.

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(Expansión, 13-05-2026) | Fiscal

Los asesores fiscales piden al Supremo la devolución general de la tasa de basura de Madrid

La batalla judicial por la tasa municipal de basuras del Ayuntamiento de Madrid sigue escalando. Después de que el consistorio anunciara su intención de recurrir ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que anuló el nuevo tributo y abría la puerta a devolverlo a los vecinos que lo habían reclamado, los asesores fiscales también han decidido acudir al Alto Tribunal, aunque con un objetivo distinto: lograr que la devolución alcance a todos los contribuyentes, incluso a quienes no impugnaron el pago. Así lo comunicó este martes la Asociación Española de Asesores Fiscales, AEDAF, que explicó que inicialmente no tenía previsto recurrir la sentencia favorable dictada por el TSJM para evitar que se retrasaran las devoluciones correspondientes a los ciudadanos que sí habían presentado reclamaciones. Sin embargo, tras conocer el recurso planteado por el Ayuntamiento de Madrid, presidido por José Luis Martínez-Almeida, la asociación ha optado por presentar también un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. En este caso, la intención de AEDAF no pasa únicamente por confirmar la nulidad de la ordenanza municipal declarada por el tribunal madrileño, sino por conseguir que esa nulidad tenga efectos generales y obligue al consistorio a reintegrar lo cobrado a todos los vecinos afectados por la tasa, independientemente de si recurrieron o no en su momento. Hasta ahora, los tribunales se han pronunciado a favor de los contribuyentes. El pasado marzo, la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaró nula de pleno derecho la nueva tasa por el servicio de gestión de residuos implantada en la capital. La resolución judicial consideró que el procedimiento de aprobación de la ordenanza incurrió en un defecto sustancial al omitir durante el trámite de información pública parte esencial del informe técnico-económico que justificaba el cálculo del tributo. En concreto, el tribunal señaló que no se incorporaron ni difundieron los anexos relativos al estudio sobre generación de residuos por actividades económicas, documentación que consideró imprescindible para evaluar y justificar el importe de la tasa. Las tasas de basuras municipales se han convertido en la fórmula escogida en España para cumplir con las exigencias de la Unión Europea en materia de financiación de la gestión de residuos. Desde finales de 2025, numerosos ayuntamientos han implantado sus propios modelos de cobro, en paralelo a tributos ya existentes como el IBI. Solo en Madrid, AEDAF estima que se presentaron alrededor de 50.000 reclamaciones contra esta nueva tasa, cuya nulidad sigue ahora pendiente de la decisión definitiva que adopte el Tribunal Supremo tras los recursos presentados tanto por el ayuntamiento como por los asesores fiscales.

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(El País, 13-05-2026) | Fiscal

Trump propone suspender el impuesto sobre la gasolina para evitar una crisis política por los carburantes

La gasolina se ha convertido en uno de los principales puntos débiles políticos de Donald Trump. En Estados Unidos, el precio de los carburantes es un asunto especialmente sensible, dado que los desplazamientos laborales suelen ser largos y los vehículos tienen, por norma general, un mayor consumo que en otros países. La escalada del conflicto en Irán ha provocado un fuerte repunte del petróleo y ha tensionado los mercados energéticos, trasladando esa presión directamente a los surtidores, donde la gasolina se ha encarecido más de un 50% desde el inicio de la crisis. En este contexto, el presidente estadounidense ha anunciado su intención de proponer la suspensión temporal del impuesto federal sobre los combustibles. La iniciativa ha sido criticada por parte de la oposición demócrata, que la interpreta como una estrategia de impacto mediático para desviar la atención del encarecimiento general del coste de la vida. No obstante, algunos legisladores de ambos partidos han mostrado su disposición a estudiarla como medida de alivio para los consumidores. Trump defendió la propuesta en una entrevista con CBS, donde planteó la posibilidad de eliminar el impuesto federal a la gasolina durante un periodo limitado. Según afirmó, la medida sería temporal y se revertiría progresivamente cuando los precios se estabilizaran. Posteriormente, reiteró esta idea ante los medios en la Casa Blanca, aunque sin mencionar que su aprobación depende del Congreso, lo que complica su viabilidad política. El presidente, vinculado a la corriente conservadora MAGA (Make America Great Again), atraviesa además un momento de desgaste en las encuestas debido al impacto económico y geopolítico del conflicto en Irán. Su nivel de aprobación se sitúa por debajo del 40%, en mínimos de sus dos mandatos, a pocos meses de las elecciones legislativas de mitad de mandato. El antecedente legislativo tampoco juega a favor de la iniciativa. Intentos similares, como el del expresidente Joe Biden en 2022 para suspender temporalmente el impuesto federal sobre los carburantes durante la crisis energética derivada de la guerra de Ucrania, no llegaron a prosperar. De hecho, la única reducción significativa del impuesto federal sobre combustibles en Estados Unidos se remonta a 1934. Incluso si la medida saliera adelante, su impacto sobre el precio final sería limitado. El propio Trump reconoció que se trataría de un alivio parcial, dado que el impuesto representa solo una fracción del precio final de la gasolina. El precio de los carburantes en Estados Unidos está determinado principalmente por el coste del petróleo en los mercados internacionales. Aproximadamente la mitad del precio de la gasolina corresponde al crudo, mientras que el resto se reparte entre refino, distribución, comercialización e impuestos. El impuesto federal se sitúa en torno a 18,3 centavos de dólar por galón en gasolina y 28,3 en diésel, a lo que se suman tasas estatales y locales que elevan la carga fiscal total. El problema añadido es el destino de esos ingresos, ya que financian el mantenimiento de infraestructuras viarias. Según estimaciones de centros de análisis independientes, una suspensión temporal del impuesto federal podría reducir de forma significativa la recaudación y aumentar el déficit público, además de afectar al estado de conservación de las carreteras. A ello se suma la advertencia de algunos economistas, que señalan que una bajada de impuestos no siempre se traduce en precios más bajos para el consumidor final, especialmente en contextos inflacionistas. En estos escenarios, los minoristas pueden no trasladar íntegramente las rebajas fiscales al precio de venta. Además, una reducción de impuestos podría incentivar el consumo de combustible, aumentando la demanda y ejerciendo una presión adicional al alza sobre los precios. El trasfondo de esta situación es la persistencia del conflicto en Oriente Próximo, que se ha convertido en un problema político y económico para la administración estadounidense. La expectativa inicial de una intervención militar breve ha dado paso a un escenario prolongado de inestabilidad, con efectos directos sobre los mercados energéticos. La tensión en la región ha afectado a puntos estratégicos como el estrecho de Ormuz, por donde transita una parte relevante del comercio mundial de petróleo y gas. Las restricciones y bloqueos en la zona, junto con las medidas de represalia entre actores internacionales, han contribuido a disparar los precios del crudo, que han pasado de niveles inferiores a 70 dólares por barril a situarse en torno a los 110 dólares en los momentos de mayor tensión.

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(El Confidencial, 13-5-2026) | Fiscal

El Supremo limita a Hacienda para reclamar deudas a directivos de empresas quebradas

La Agencia Tributaria acaba de recibir un importante revés judicial por parte del Tribunal Supremo. El alto tribunal ha cuestionado el sistema utilizado por Hacienda en las derivaciones de responsabilidad, el mecanismo mediante el cual intenta recuperar deudas tributarias de empresas insolventes reclamándolas posteriormente a administradores, socios o familiares vinculados a esas compañías. Este procedimiento, que consiste en exigir el pago a personas físicas relacionadas con sociedades que mantienen deudas fiscales, ha ganado peso en los últimos años. De hecho, en 2024 se alcanzó un máximo histórico de 40.580 expedientes de derivación de responsabilidad, según las cifras más recientes. La cuestión tiene una enorme relevancia para Hacienda, ya que la deuda tributaria en fase ejecutiva -aquella cuyo periodo voluntario de pago ya ha vencido- ascendía a 25.920 millones de euros al cierre de 2024, un 4,2% más que el año anterior. Esta cantidad equivale aproximadamente al 1,6% del PIB y, aunque se trata de ingresos reconocidos por la Administración, no computa como déficit público pese a que no existe garantía de cobro. En los últimos años, el Supremo ha ido limitando distintos aspectos de la actuación de Hacienda en este ámbito, especialmente en cuestiones relacionadas con la carga de la prueba o el orden en el que deben reclamarse las responsabilidades a deudores principales y subsidiarios. Ahora, el tribunal añade un nuevo límite relacionado con los plazos de actuación de la Agencia Tributaria. La sentencia más reciente reduce de forma considerable el margen temporal del que dispone Hacienda para iniciar estos procedimientos. Hasta ahora, la Agencia Tributaria entendía que el plazo de prescripción de cuatro años comenzaba cuando declaraba formalmente fallido al deudor principal, algo que en muchos casos retrasaba hasta el auto judicial de conclusión del concurso de acreedores. Sin embargo, los concursos pueden prolongarse durante años -especialmente los derivados de la crisis inmobiliaria iniciada en 2008- mientras que el informe provisional del administrador concursal suele emitirse mucho antes y ya refleja, en muchos casos, la insuficiencia patrimonial de la empresa para afrontar sus deudas. Numerosos expertos fiscalistas sostenían desde hace tiempo que el cómputo del plazo debía iniciarse precisamente desde ese primer informe concursal y no desde el cierre definitivo del concurso. El Supremo ha respaldado ahora esa interpretación en una sentencia dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, presidida por José Navarro Sanchís. El fallo establece que el denominado "dies a quo" -el momento a partir del cual empieza a contar el plazo de prescripción- no puede situarse en la fecha en que Hacienda declara fallido al deudor, sino en el instante en que la Administración tuvo conocimiento de la insolvencia patrimonial de la empresa a través del informe provisional del administrador concursal. La resolución considera que, una vez constatada esa situación de insolvencia, Hacienda debía haber actuado de manera inmediata para iniciar el procedimiento de derivación de responsabilidad frente a los posibles responsables subsidiarios. El caso se originó en Valencia y fue defendido por Alberto Giménez Ruiz, del despacho Varona Legal & Numbers. El procedimiento judicial se prolongó durante siete años después de que tanto el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia como el Tribunal Superior de Justicia valenciano rechazaran inicialmente la reclamación planteada. Finalmente, el Supremo estimó el recurso de casación y fijó doctrina jurisprudencial sobre esta cuestión. Según explica Giménez Ruiz, la sentencia obligará tanto a los tribunales inferiores como a la propia Agencia Tributaria a modificar el criterio aplicado hasta ahora en los procedimientos de derivación de responsabilidad vinculados a concursos de acreedores.

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(Expansión, 12-05-2026) | Fiscal

La Comunidad de Madrid dispara a 12.367 millones la deuda del Estado con la región

La Comunidad de Madrid advierte de que la deuda acumulada que, según denuncia, mantiene el Gobierno central con la región por servicios públicos, prestaciones e inversiones comprometidas ya equivale al 40% del presupuesto autonómico previsto para 2026. En octubre del año pasado, el Ejecutivo madrileño calculaba en torno a 10.500 millones de euros la cantidad pendiente de recibir del Estado desde 2019. Siete meses después, esa cifra se ha elevado hasta los 12.367 millones, lo que supone un incremento de 1.867 millones, cerca de un 18% más. La consejera de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, Rocío Albert, calificó esta situación de "ruptura de la lealtad institucional" durante un encuentro informativo. Según explicó, el problema se ha agravado en los últimos tres años debido a la ausencia de Presupuestos Generales del Estado, un periodo en el que el Gobierno de Pedro Sánchez ni siquiera ha presentado proyectos de cuentas públicas, algo que definió como una situación "sin precedentes". Solo en lo que va de año, Madrid asegura haber dejado de percibir 750 millones de euros destinados a servicios esenciales por la falta de presupuestos estatales. Aunque el Ejecutivo regional sostiene que ha aprendido a gestionar en un contexto marcado por retrasos e incertidumbre, subraya que la deuda reclamada equivale prácticamente al presupuesto anual de la sanidad pública madrileña y representa cerca del 40% de las cuentas autonómicas previstas para 2026, que ascienden a 30.663 millones de euros. La Comunidad acusa además al Gobierno central de utilizar la liquidez de las autonomías como herramienta de presión en áreas fundamentales como sanidad o educación. Más de un tercio de la deuda corresponde, según Madrid, al Fondo de Competitividad, con 4.513 millones de euros pendientes entre 2019 y 2023. Otros 2.668 millones derivan, según la región, del incumplimiento de la financiación comprometida en la Ley de Dependencia, ya que el Estado asumió cubrir el 50% del sistema pero actualmente solo aporta el 27,9%. A ello se suman 2.785 millones de euros vinculados a inversiones hidráulicas y depuradoras pendientes de ejecución. De esa cantidad, 1.580 millones corresponderían al tercer ciclo del Plan Hidrológico del Tajo y cerca de 1.200 millones a actuaciones pendientes en las estaciones depuradoras de La China, Butarque y Sur. El Gobierno madrileño también denuncia una infrafinanciación de 993 millones de euros en el reparto de fondos europeos, al considerar que es la comunidad que menos recursos recibe por habitante. La lista de reclamaciones incluye además 765 millones de euros por el retraso en las entregas a cuenta correspondientes a 2026, un capítulo que representa aproximadamente el 77% de los ingresos autonómicos. Dentro de esa cuantía se incluyen 4,7 millones derivados de los intereses pagados por la financiación extraordinaria utilizada para compensar la falta de recursos y por la pérdida de rentabilidad financiera. En este contexto, Rocío Albert remitió a finales de abril una carta al nuevo ministro de Hacienda, Arcadi España, para exigir la actualización inmediata de las entregas a cuenta destinadas a las comunidades autónomas. Según el Ejecutivo regional, la misiva no ha recibido respuesta y los fondos continúan bloqueados. La consejera también criticó que el Gobierno central adopte decisiones de manera unilateral cuyos costes terminan asumiendo las autonomías, muchas veces sin consulta previa ni informes económicos que evalúen el impacto sobre las cuentas regionales. Entre esas medidas citó la subida salarial de los funcionarios, que supondrá para Madrid un coste de 888 millones de euros entre 2025 y 2026 y cerca de 2.000 millones hasta 2028. También mencionó el decreto anticrisis relacionado con la guerra en Irán, cuyo impacto para las arcas madrileñas calcula en 206 millones, además de la regularización masiva de inmigrantes y otras medidas como la reducción de la jornada laboral a 35 horas o los cambios en horarios lectivos y ratios escolares. Junto a estas partidas, Madrid sostiene que el Estado mantiene pendientes otros 417 millones de euros correspondientes al Consorcio Regional de Transportes, 149 millones en Sanidad, 61 millones en Justicia y 10 millones en Educación. Pese a todo, la Comunidad de Madrid mantiene su intención de reducir en 2027 medio punto adicional todos los tramos autonómicos del IRPF, al considerar que las rebajas fiscales han permitido aumentar la recaudación en los últimos años.

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(El País, 11-05-2026) | Fiscal

Trump da un ultimátum a la UE para que elimine los aranceles a Estados Unidos o disparará las tasas sobre Europa

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha vuelto a elevar la presión sobre la Unión Europea en plena negociación comercial, aunque al mismo tiempo ha concedido algo más de margen para alcanzar un acuerdo. El mandatario ha fijado un ultimátum para resolver las diferencias entre ambas potencias: si Bruselas no elimina los aranceles a los productos estadounidenses antes del próximo 4 de julio, fecha en la que se conmemorarán los 250 años de la independencia de Estados Unidos, Washington responderá elevando de forma inmediata los gravámenes sobre las importaciones europeas. La amenaza, sin embargo, supone también una ampliación de los plazos para que las instituciones europeas puedan culminar el proceso de ratificación del pacto. Fiel a su estilo, y a través de su red social Truth Social, Trump aseguró que había esperado "pacientemente" a que la UE cumpliera con su parte del acuerdo comercial alcanzado en Turnberry, Escocia, al que volvió a definir como "el mayor acuerdo comercial de la historia". Según explicó, Bruselas se comprometió a reducir a cero los aranceles sobre productos estadounidenses y él accedió a conceder tiempo hasta la celebración del aniversario nacional estadounidense antes de aplicar represalias comerciales. El nuevo mensaje llega después de una conversación telefónica con la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, máxima responsable de la política comercial del bloque y principal negociadora del acuerdo cerrado en Escocia durante una controvertida reunión celebrada en el club de golf del presidente estadounidense. La tensión se había intensificado esta semana después de que Trump amenazara con imponer aranceles del 25% al automóvil europeo, uno de los sectores más sensibles para la economía comunitaria. Por ello, en Bruselas la nueva fecha límite del 4 de julio se interpreta más como una prórroga que como una escalada inmediata del conflicto. Von der Leyen aseguró este jueves, tras su conversación con Trump, que las negociaciones avanzan con el objetivo de cerrar el acuerdo arancelario a comienzos de julio. No obstante, durante la madrugada, y tras más de seis horas de reunión, los negociadores europeos no lograron dar luz verde definitiva al texto que contempla la eliminación por parte de la UE de los aranceles a productos industriales estadounidenses, mientras Washington limitaría al 15% los gravámenes sobre la mayoría de importaciones europeas. El acuerdo ya había encontrado obstáculos en el Parlamento Europeo, donde varios grupos frenaron su aprobación por la volatilidad política de Trump y, especialmente, por sus reiteradas alusiones a una posible anexión de Groenlandia, territorio autónomo perteneciente a Dinamarca. Actualmente se negocian modificaciones para introducir mecanismos de revisión y cláusulas de salvaguarda que permitan suspender el pacto si el presidente estadounidense lanza amenazas que afecten a la integridad territorial europea. Los representantes del Parlamento, de los Estados miembros y de la Comisión Europea han quedado emplazados para una nueva reunión el próximo 19 de mayo. Estos retrasos han provocado malestar en Washington. Sin embargo, Trump también ha tratado de rebajar la tensión y mostrar sintonía con Bruselas en otros asuntos, especialmente en relación con la guerra en Irán. En un mensaje publicado en su red social, el mandatario destacó que mantuvo una "excelente conversación" con Von der Leyen y subrayó que ambas partes comparten la convicción de que Irán no debe disponer de armamento nuclear. Según afirmó, coincidieron en que un régimen que reprime a su propia población no puede tener acceso a una capacidad destructiva de esa magnitud. La presidenta de la Comisión Europea también calificó la llamada de "positiva" y aseguró que ambas partes abordaron la situación en Oriente Próximo y la coordinación con los socios regionales. Von der Leyen insistió en que los acontecimientos recientes evidencian que los riesgos para la estabilidad regional y la seguridad internacional son demasiado elevados como para permitir que Irán acceda a armamento nuclear.

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(El Economista, 11-05-2026) | Fiscal

La mitad de los 13 millones de ciudadanos exentos de hacer la Renta la presentan para cobrar deducciones

Casi la mitad de los contribuyentes que, en teoría, no están obligados a presentar la declaración de la Renta terminan haciéndolo para recuperar cantidades retenidas de más o acceder a determinadas deducciones fiscales. Actualmente, alrededor de 13,7 millones de personas están exentas de presentar el IRPF por percibir ingresos inferiores a 22.000 euros anuales -o menos de 15.876 euros en caso de contar con dos o más pagadores-. Sin embargo, de ese total, unos 6,6 millones acaban realizando igualmente la declaración para reclamar devoluciones o beneficiarse de ventajas fiscales como las deducciones por maternidad, familia, ayudas autonómicas, aportaciones a planes de pensiones o reformas destinadas a mejorar la eficiencia energética de la vivienda. La Agencia Tributaria, que analiza este fenómeno en un informe, destaca que el 48,1% de los ciudadanos exentos de declarar presentaron finalmente la Renta en 2023 con el objetivo de obtener devoluciones. El porcentaje supera al registrado un año antes, cuando se situó en el 46,5%, y evidencia, según el organismo, que esta situación se ha convertido en una práctica habitual y no en algo puntual. Aunque la posibilidad de quedar exento de declarar ya existía antes de 1999, ese año se aprobó una reforma que amplió de forma significativa el número de contribuyentes liberados de esta obligación. No obstante, más de dos décadas después, el propio análisis de la Administración reconoce que la evolución del impuesto ha provocado que cada vez más ciudadanos, pese a estar formalmente exentos, terminen teniendo que presentar la declaración. Además, el límite de ingresos a partir del cual no es obligatorio declarar apenas ha cambiado en los últimos 27 años. Mientras que actualmente se mantiene en 22.000 euros anuales, en 1999 el umbral ya rondaba prácticamente esa cifra, fijado entonces en 21.035 euros, equivalentes a 3,5 millones de pesetas. A ello se suma que en los últimos años determinados colectivos con ingresos inferiores a ese límite han pasado a estar obligados a presentar la declaración. Es el caso de los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y de todos los trabajadores autónomos, independientemente de cuánto ingresen. Asimismo, desde el ejercicio pasado, aunque no exista obligación formal, todos los trabajadores que percibieron el Salario Mínimo Interprofesional -que en 2025 ascendió a 16.576 euros anuales- deberán presentar la Renta para recuperar las cantidades retenidas a través de una nueva deducción de 340 euros. Esta medida también afecta a quienes cobraron menos de 18.276 euros, ya que la deducción se aplica de manera progresiva para evitar saltos bruscos en la tributación. El perfil más habitual de quienes presentan la declaración pese a no estar obligados no corresponde, además, a los contribuyentes con ingresos cercanos al límite de 22.000 euros. Según los datos de la Agencia Tributaria, la mayoría son personas con rentas relativamente bajas. Un 33% declara ingresos de entre 10.000 y 15.000 euros anuales; un 25% percibe entre 15.000 y 20.000 euros; y un 22% ingresa entre 5.000 y 10.000 euros. En cambio, únicamente el 8% de quienes ganan entre 20.000 y 22.000 euros decide presentar la Renta. El informe también refleja que la mayoría de estos contribuyentes tiene menos de 40 años y que, en el 98% de los casos, sus ingresos proceden principalmente del trabajo. Solo un pequeño porcentaje obtiene rentas derivadas del alquiler de inmuebles o del ahorro.

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(Expansión, 08-05-2026) | Fiscal

El Tribunal de Comercio Internacional de EEUU bloquea el arancel global del 10% de Trump

El Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos suspendió este jueves la aplicación de un arancel general del 10% sobre la mayoría de las importaciones, al concluir que el presidente Donald Trump recurrió de manera inapropiada a una antigua ley comercial para justificar esta medida. La corte consideró que Trump hizo un uso indebido de esa normativa al aprobar los aranceles el pasado mes de febrero, poco después de que el Tribunal Supremo invalidara otro conjunto de medidas similares. En su resolución, el tribunal con sede en Nueva York señaló que el Gobierno sobrepasó las competencias que le otorga la ley al imponer de forma masiva gravámenes a productos procedentes de casi todos los países. Aun así, el caso sigue abierto, ya que la Administración ya contemplaba que este arancel global fuera una solución provisional mientras buscaba otras vías legales para establecer tarifas más permanentes. El gravamen del 10% comenzó a aplicarse el 24 de febrero al amparo de la sección 122 de la Ley de Comercio de 1974 y tiene una duración máxima de 150 días, por lo que dejará de estar vigente el próximo 23 de julio.  Para extenderlo más allá de esa fecha sería necesaria la aprobación del Congreso, según informó la agencia Efe. De acuerdo con The New York Times, se prevé que el Ejecutivo de Trump recurra la decisión judicial, lo que podría alargar el proceso. En caso de una derrota definitiva, el Gobierno tendría que reembolsar los ingresos obtenidos mediante estos aranceles, calculados en unos 166.000 millones de dólares. Tras el rechazo previo del Tribunal Supremo a otras medidas arancelarias, la Administración optó por apoyarse en la sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, una disposición que rara vez se utiliza. Sin embargo, el Tribunal de Comercio destacó que esta cláusula solo autoriza la aplicación temporal de aranceles limitados y únicamente en situaciones excepcionales relacionadas con desequilibrios graves en la balanza de pagos o problemas en el sistema financiero internacional. La sentencia también recuerda que dicha normativa permite imponer aranceles de hasta el 15% durante un periodo máximo de 150 días, y que cualquier prolongación posterior requiere la autorización expresa del Congreso.

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(El País, 08-05-2026) | Fiscal

Hacienda devuelve en el primer mes de campaña de la renta 3.147 millones y avisa de la llegada de las cartas preventivas

La Agencia Tributaria comunicó este jueves que más de 4,49 millones de contribuyentes ya han recibido la devolución correspondiente a la declaración de la Renta. En el primer mes de campaña, Hacienda ha abonado un total de 3.147 millones de euros. El volumen de devoluciones pagadas hasta ahora supera en un 3,5% al registrado en la campaña anterior, en línea con el aumento de las solicitudes de devolución presentadas por los contribuyentes, que alcanzan los 6,339 millones, un 4,4% más que hace un año. Esto supone que ya se ha efectuado el pago de cerca del 71% de las declaraciones con resultado a devolver presentadas hasta la fecha. No obstante, al tratarse en muchos casos de devoluciones de importe reducido, el dinero ya reintegrado representa aproximadamente el 58% del total pendiente de abono. Por otro lado, Hacienda también ha señalado que se han presentado 1,179 millones de declaraciones con resultado a ingresar, lo que supone un incremento del 6% respecto al ejercicio pasado. En conjunto, durante el primer mes de campaña se han registrado 7,978 millones de declaraciones, un 4,9% más que en el mismo periodo del año anterior, pese a que este año la campaña arrancó seis días más tarde. De todas las declaraciones presentadas, 1,376 millones se realizaron mediante el servicio Renta Directa. Además, a través de la aplicación móvil -que incorpora opciones de pago como Bizum y tarjeta bancaria- se tramitaron más de 635.000 declaraciones, un 24,5% más que en las mismas fechas del año pasado. A estos canales se suma ahora el plan telefónico 'Le Llamamos', que vuelve a convertirse en una de las principales fórmulas de asistencia personalizada durante la campaña. El pasado ejercicio permitió confeccionar 1,188 millones de declaraciones. Este sistema ofrece a los contribuyentes una alternativa a la atención presencial en oficinas. Durante toda la campaña, los usuarios también disponen de más contenidos y materias en el asistente virtual del portal de la Agencia Tributaria. Cuando la herramienta no resuelve completamente las dudas, los contribuyentes pueden recurrir al Informador, que reúne toda la información tributaria organizada por bloques temáticos, o contactar mediante chat con especialistas de la Administración Digital Integral para recibir atención personalizada. Asimismo, la Agencia Tributaria volverá a poner en marcha el envío de cartas preventivas, una iniciativa que ya aplicó en los dos ejercicios anteriores. Estas comunicaciones, junto con avisos en Renta Web y en la aplicación móvil, estarán dirigidas a contribuyentes que hayan modificado datos facilitados previamente por Hacienda al presentar su declaración. El objetivo es que revisen si deben presentar una declaración complementaria ajustada a la información que obra en poder de la AEAT. Está previsto que el envío se realice en dos fases, una a mediados de mayo y otra en junio, con cerca de 130.000 cartas remitidas conforme avancen las presentaciones de declaraciones.

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