(Expansión, 02-02-2026) | Fiscal

Los fallos del Estado aumentan el malestar por los altos impuestos

Cada vez son más los ciudadanos en España que se preguntan a qué se destina la histórica recaudación fiscal, en un contexto en el que se multiplican los retrasos en el transporte público, se alargan las listas de espera sanitarias y el funcionamiento de la Justicia empeora. En las últimas semanas -incluso antes del trágico siniestro ferroviario de Adamuz (Córdoba) y del colapso de Rodalies en Cataluña- las redes sociales se han visto inundadas de quejas de ciudadanos anónimos por el deterioro generalizado de los servicios públicos. El foco principal de las críticas se sitúa en el transporte, la sanidad y la Justicia. Retrasos cada vez más frecuentes en las líneas ferroviarias con mayor demanda (muchos de ellos sin compensación tras el cambio de política de Renfe), esperas interminables para acceder a la atención médica, fallos en los sistemas de prevención de enfermedades, agravamiento del atasco judicial o errores en los mecanismos de control de dispositivos electrónicos destinados a proteger a mujeres víctimas de violencia machista son solo algunos ejemplos. Todo ello contribuye a que crezca la desconfianza sobre el destino de los ingresos récord obtenidos por Hacienda en los últimos años. La más reciente encuesta del CIS -un organismo poco sospechoso de actuar contra el Ejecutivo- sobre fiscalidad ya mostraba que el 48,4% de los españoles considera que soporta una presión impositiva excesiva. Este porcentaje ha ido aumentando a medida que también lo hacía la carga fiscal, impulsada en gran medida por la decisión del Ministerio que dirige María Jesús Montero de no deflactar el IRPF. Al mismo tiempo, se ha incrementado notablemente el número de ciudadanos (57,9%) que cree que la sociedad recibe poco o ningún retorno por lo que paga en impuestos y cotizaciones a la Seguridad Social. El mismo sondeo reflejaba que el 71,5% se declara poco o nada satisfecho con el funcionamiento de la Justicia; el 61,9%, con la atención a personas dependientes; el 59,8%, con las infraestructuras públicas; y el 51,9%, con la asistencia sanitaria. El dato más revelador, no obstante, es que el 79,2% opina que la Administración hace escasos o nulos esfuerzos por explicar en qué se emplea el dinero recaudado. Una posible explicación la aporta Santiago Calvo, doctor en Economía por la Universidad de Santiago de Compostela y profesor en la Universidad de las Hespérides. Según sus estimaciones, desde 1995 el gasto público en España ha aumentado en 4.324,5 euros por habitante en términos reales, pero más de la mitad de ese incremento se ha destinado al pago de pensiones (52,5%). En cambio, solo el 18,8% del aumento de ingresos se ha dirigido a la sanidad (813,2 euros por persona) y el 7,7% a la educación (336,1 euros). En clara contradicción con el discurso oficial, el gasto estatal en políticas de transporte se ha reducido en 138,7 euros por habitante y el destinado a vivienda ha caído en 66,4 euros por persona. En la práctica, el sistema de pensiones absorbe la mayor parte de los nuevos recursos obtenidos por el Estado a través de trabajadores y empresas, pese a que Pedro Sánchez y María Jesús Montero insisten en que su prioridad es fortalecer los servicios públicos. Este fenómeno no es exclusivo de España, ya que se observa en toda Europa, aunque en nuestro país resulta especialmente intenso debido a la decisión -respaldada por la mayoría de las fuerzas políticas- de volver a vincular la actualización anual de las pensiones al IPC medio. De acuerdo con los datos recopilados por Pablo García-Guzmán, economista asociado al Banco Europeo para la Reconstrucción y el Desarrollo, el gasto público en pensiones y servicios para mayores ha aumentado un 111% en España desde 2004, mientras que el resto del gasto estatal, excluida la sanidad, solo ha crecido un 31%. Solo Finlandia presenta una brecha mayor entre ambas partidas: allí el gasto en pensionistas se ha incrementado un 108% en dos décadas, frente a apenas un 13% en el resto. En Portugal, la diferencia alcanza los 64 puntos porcentuales, y en Bélgica, los 50. Alemania e Italia, en cambio, muestran un reparto mucho más equilibrado, con diferencias de apenas 4 y 1 punto, respectivamente. Desde la llegada de Sánchez al Gobierno, la presión fiscal en España ha pasado del 34,4% al 36,7% del PIB, un aumento que triplica el promedio de la OCDE. Sin embargo, este mayor esfuerzo tributario no se ha traducido en una mejora de los servicios públicos, sino más bien en lo contrario, como demuestra el incremento sostenido de las quejas ante el Defensor del Pueblo por la falta de citas administrativas, los retrasos en trámites esenciales o las dificultades para acceder a consultas con médicos especialistas.

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(El País, 02-02-2026) | Fiscal

Hacienda elevará la deducción fiscal para que los perceptores del nuevo salario mínimo sigan sin tributar

El Ejecutivo ha confirmado que el salario mínimo interprofesional se incrementará ya este año hasta los 17.094 euros brutos anuales repartidos en 14 pagas, lo que supone un aumento del 3,1% respecto a 2025. Una vez resuelta la incógnita sobre la cuantía final de la subida -tras varias semanas de negociaciones entre el Ministerio de Trabajo y los agentes sociales-, el siguiente paso será ajustar el impuesto sobre la renta para que quienes perciban el nuevo mínimo salarial continúen sin pagar IRPF. Hacienda contemplaba ampliar la deducción vigente para adaptarla al nuevo SMI y, según fuentes del departamento, la medida ya está decidida y se aprobará próximamente mediante una ley. La finalidad de este ajuste es compensar por completo el efecto fiscal derivado del incremento del salario mínimo, como ya ocurrió el año anterior. La deducción actual, fijada en 340 euros anuales, resulta insuficiente tras la subida, por lo que se elevará hasta una cantidad cercana, aunque algo inferior, a los 600 euros. El funcionamiento será similar al actual: durante 2026 los trabajadores soportarán las retenciones correspondientes y, al presentar la declaración de la renta al año siguiente, recibirán una devolución equivalente. Con este planteamiento, el Gobierno cumple su compromiso de situar el salario mínimo en el 60% del salario medio, tal y como recoge la Carta Social Europea, sin necesidad de aplicar un incremento mayor del salario bruto. El énfasis se pone en el salario neto, es decir, en la cantidad que finalmente percibe el trabajador. El razonamiento es que, si el salario mínimo comenzara a tributar, parte de la mejora salarial se diluiría. Para alcanzar el 60% del salario medio en términos netos habría sido necesario un aumento mayor del SMI. La ampliación de la deducción evita ese escenario. En la práctica, el coste del ajuste se reparte entre las empresas y la Hacienda pública. Los empleadores asumen una subida más moderada del salario bruto, mientras que el Estado soporta una menor recaudación fiscal, con un impacto estimado de unos 200 millones de euros anuales. El trabajador, por su parte, percibe íntegramente la mejora salarial. Este enfoque era relevante para el Ejecutivo, que buscaba sumar el respaldo, al menos simbólico, de la patronal. Sin embargo, los empresarios finalmente se desmarcaron del acuerdo por la falta de actualización de los contratos públicos, y el Gobierno solo logró el apoyo de los sindicatos. La adaptación del IRPF también evita reabrir el conflicto surgido hace un año entre los socios de la coalición por la tributación del salario mínimo. Tras la subida anterior, por primera vez algunos perceptores del SMI -principalmente personas solteras sin hijos que no podían beneficiarse de deducciones familiares- comenzaron a pagar IRPF de forma regular, con un coste aproximado de 340 euros anuales. Aquella decisión generó una de las mayores tensiones internas de la legislatura. Desde el área económica del Gobierno se defendía que, tras los sucesivos incrementos, el salario mínimo debía empezar a contribuir a la recaudación, mientras que el Ministerio de Trabajo consideraba incoherente gravar a los trabajadores con ingresos más bajos. El desacuerdo se resolvió con una solución intermedia y, en principio, provisional: Hacienda devolvería al año siguiente lo abonado, de modo que el efecto sobre el salario neto fuera nulo. Con la nueva subida ya cerrada para 2026, el Ejecutivo ha optado por evitar un nuevo enfrentamiento y repetir el mismo esquema. La comisión de expertos convocada por Trabajo había planteado dos opciones: una subida moderada hasta los 17.094 euros brutos anuales y otra más elevada, hasta los 17.360 euros, asumiendo que el salario mínimo comenzara a tributar. La elección del primer escenario, acompañada de una deducción similar a la prevista, permite neutralizar el impacto fiscal y cumplir el objetivo salarial sin necesidad de elevar más el salario bruto.

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(El Economista, 30-01-2026) | Fiscal

Hacienda incrementa las inspecciones sobre las estructuras que inflan créditos fiscales para sus socios

La Agencia Tributaria ha intensificado su vigilancia sobre el uso de las Agrupaciones de Interés Económico (AIE) cuando se emplean para generar créditos fiscales artificiales o sobredimensionados con el objetivo de reducir la carga tributaria de sus socios. Las AIE son estructuras legales habitualmente utilizadas para financiar proyectos de I+D+i o producciones audiovisuales, como películas o series. En estos casos, una empresa que necesita financiación recurre a un inversor privado, que aporta capital a través de una AIE creada específicamente para el proyecto. Desde el punto de vista fiscal, estas agrupaciones no tributan como entidad propia, sino que los beneficios, pérdidas y deducciones se trasladan directamente a sus socios. Así, si un inversor aporta, por ejemplo, 10 millones de euros y el proyecto genera pérdidas, estas se convierten en créditos fiscales que el socio puede utilizar para reducir su factura tributaria. A ello se suman las deducciones vinculadas a actividades de I+D+i, lo que puede hacer rentable la operación incluso aunque el proyecto no obtenga beneficios económicos directos. Según explica Javier Lucas, socio responsable del área fiscal de Ceca Magán, este tipo de estructuras cuentan con respaldo legal y han sido avaladas en numerosas ocasiones por la Dirección General de Tributos, ya que su finalidad es fomentar la inversión privada en determinados sectores mediante incentivos fiscales. No obstante, el experto advierte de que en algunos casos se han detectado prácticas abusivas, lo que ha llevado a la Inspección a intensificar los controles. "Se están revisando tanto estructuras claramente irregulares como otras que, en principio, parecen ajustadas a la norma", señala. En concreto, Hacienda analiza si la actividad declarada es realmente un proyecto de I+D y, en segundo lugar, si los costes declarados se corresponden con la realidad. El foco está en detectar posibles inflados artificiales del presupuesto con el objetivo de generar mayores deducciones fiscales. Por ejemplo, si un proyecto requiere 10 millones de euros pero se factura por 18 millones, el crédito fiscal generado sería muy superior al que correspondería en condiciones normales. "La Agencia Tributaria comprueba si la facturación es real o si existe simulación. Primero revisa la AIE y a la empresa ejecutora del proyecto, aunque a estas normalmente solo se les impone una sanción. Después, una vez determinado el crédito fiscal correcto, regulariza la situación del socio inversor", explica Lucas. La propia Agencia Tributaria reconoce que ha reforzado el control sobre estas estructuras en los últimos años. De hecho, el Plan Anual de Control Tributario de 2025 ya advertía de una supervisión específica sobre el uso de las AIE como instrumentos para canalizar deducciones fiscales. Según el organismo, ante la proliferación de este tipo de vehículos resulta imprescindible verificar que se cumplen todos los requisitos legales para aplicar los beneficios fiscales. En especial, se vigilan aquellos casos en los que se detectan prácticas abusivas, simulaciones o incrementos artificiales de los créditos fiscales que desvirtúan el objetivo para el que fueron creados estos incentivos.

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(El Economista, 30-01-2026) | Fiscal

Sumar propone prohibir el pago en efectivo del alquiler para evitar el fraude fiscal de los caseros

Sumar ha planteado la prohibición del pago en efectivo del alquiler de viviendas como medida para combatir el fraude fiscal cometido por algunos propietarios, proponiendo que únicamente se permitan transferencias bancarias u otros sistemas de pago electrónicos que puedan ser rastreados. Según informa Europa Press, el diputado de Compromís y portavoz de Sumar en la Comisión de Vivienda del Congreso, Alberto Ibáñez, ha presentado una proposición de ley que recoge un conjunto de iniciativas orientadas a frenar el fraude en las rentas inmobiliarias y a avanzar hacia un modelo de vivienda más accesible. La iniciativa persigue reducir el volumen de ingresos no declarados procedentes del alquiler y proteger a los inquilinos frente a posibles abusos. Para ello, la propuesta contempla que las entidades financieras comuniquen de forma automática a la Agencia Tributaria los datos relativos a los pagos realizados mediante medios electrónicos. Entre las medidas incluidas figura también la creación de una retención del 1% sobre el importe del alquiler, que sería asumida por el propietario y abonada mensualmente a Hacienda. Según Sumar, este mecanismo permitiría además disponer de un indicador fiable para seguir la evolución de los precios del alquiler. De forma paralela, el grupo parlamentario ha solicitado la puesta en marcha de un plan específico contra la evasión y el fraude fiscal en el ámbito inmobiliario, que, según sus estimaciones, podría aflorar hasta 12.500 millones de euros al año. Dado el refuerzo de medios que requeriría esta estrategia, Sumar propone aumentar de manera sostenida los recursos humanos y materiales de la Agencia Tributaria, con especial atención a la creación de unidades especializadas en la detección, prevención y sanción de prácticas irregulares relacionadas con el mercado de la vivienda, como alquileres no declarados, plusvalías ocultas u otros fraudes fiscales.

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(Expansión, 29-01-2026) | Fiscal

Hacienda ofrece a CEOE compensar fiscalmente hasta el 100% del alza del SMI a las empresas que aumenten empleo

Hacienda permitirá a las empresas compensar fiscalmente hasta el 100% del incremento del salario mínimo interprofesional siempre que aumenten su plantilla. Esta es la pieza central de la propuesta adelantada por EXPANSIÓN con la que el Gobierno pretende atraer a la patronal a un acuerdo sobre la subida del SMI para este año. Según fuentes conocedoras del planteamiento, el Ejecutivo trasladó este miércoles la iniciativa a sindicatos y organizaciones empresariales, con la intención de alcanzar en la reunión prevista para mañana el primer acuerdo tripartito sobre el salario mínimo desde 2020. La propuesta contempla que las empresas puedan aplicar una reducción en la base imponible del impuesto correspondiente al ejercicio fiscal, siempre que la plantilla media al cierre del año -con salarios por encima del SMI- sea superior a la registrada al inicio del mismo periodo. En el caso de las empresas con menos de 100 trabajadores, el incentivo fiscal exigirá la contratación de al menos un empleado a jornada completa durante un año. Para aquellas con 100 o más trabajadores, será necesario incrementar la plantilla en al menos un 1%, con un mínimo de dos nuevos empleados a tiempo completo. El porcentaje de deducción dependerá del aumento del empleo. Si la plantilla crece un 5%, la empresa podrá deducirse el 25% del coste bruto derivado de la subida del SMI. Si el incremento alcanza el 10%, la compensación será del 50%. En caso de que el aumento llegue al 15%, la deducción ascenderá al 75%, y alcanzará el 100% cuando se supere ese umbral. Para acceder a esta rebaja fiscal, las empresas deberán acreditar que los gastos de personal representan al menos el 70% del total de los gastos de explotación reflejados en la cuenta de resultados. Además, la aplicación de la deducción no podrá dar lugar a una base imponible negativa. El beneficio fiscal estará condicionado a que la empresa mantenga o incremente su plantilla media al cierre del ejercicio y a que conserve el empleo generado durante un mínimo de dos años posteriores. A diferencia de lo que se planteó inicialmente, la medida no se limitará a sectores concretos, sino que podrá acogerse a ella cualquier empresa que cumpla los requisitos establecidos. Aunque la iniciativa está pensada principalmente para el Impuesto sobre Sociedades, fuentes próximas al proceso indican que también se extenderá a los autónomos que tributan por el sistema de estimación directa, alrededor de 300.000 empleadores. Quedarán fuera, en cambio, quienes tributan por módulos, unos 200.000 autónomos. La propuesta fue remitida este miércoles a CEOE, Cepyme, CCOO y UGT con el objetivo de facilitar un acuerdo que respalde la subida del salario mínimo. El Gobierno prevé aprobar el incremento incluso si no logra el respaldo empresarial, aunque advierte de que la compensación fiscal solo se aplicará si las organizaciones patronales avalan el acuerdo. La medida se debatirá en la reunión tripartita prevista para mañana. En cualquier caso, el Ejecutivo aprobará un aumento del SMI del 3,1%, hasta los 17.094 euros brutos anuales, equivalentes a 1.221 euros al mes en 14 pagas, con efectos retroactivos desde el 1 de enero.

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(Expansión, 29-01-2026) | Fiscal

El castigo fiscal a la plusvalía municipal vigente desde el 1 de enero ha decaído tras la derogación del decreto ómnibus

Giro inesperado en la fiscalidad inmobiliaria. El rechazo del Parlamento al decreto ómnibus impulsado por el Gobierno ha desencadenado una cadena de efectos que afecta de lleno a la plusvalía municipal. Al quedar sin efecto la norma, también se anulan los nuevos coeficientes previstos para 2026, lo que implica un retorno automático a las reglas vigentes antes del 1 de enero. Para miles de propietarios esto supone un alivio fiscal imprevisto, mientras que para otros se esfuma la posibilidad de vender con una carga tributaria más ventajosa. La derogación frena el intento del Ministerio de Hacienda de adaptar el impuesto a la "realidad del mercado", una reforma que desde comienzos de año penalizaba especialmente las operaciones de compraventa de inmuebles adquiridos en los últimos 15 años. Aunque el endurecimiento fiscal solo ha estado en vigor durante dos meses, su eliminación devuelve el escenario a los coeficientes de 2025, alterando de nuevo la planificación de muchos vendedores. La marcha atrás resulta especialmente beneficiosa para quienes compraron vivienda entre 2014 y 2018. Estos propietarios evitan, por ahora, el fuerte incremento fiscal previsto. El ejemplo más claro se da en los inmuebles con nueve años de antigüedad: mantener el coeficiente actual del 0,15 en lugar del 0,21 inicialmente previsto supone un ahorro del 40% en la base imponible. También se evitan subidas del 33% para ventas con diez años de tenencia y del 21% en el caso de ocho años. No obstante, los expertos advierten de que esta situación podría ser transitoria, ya que el Gobierno previsiblemente intentará sacar adelante la reforma por otras vías. El reverso de la moneda afecta a los propietarios de viviendas con mayor antigüedad. La derogación elimina los incentivos diseñados para premiar la tenencia prolongada. Quienes planeaban vender inmuebles con más de 20 años pierden la rebaja del 12,5% que contemplaba el nuevo decreto y vuelven al coeficiente máximo del 0,40. Para este colectivo, vender ahora resulta menos atractivo fiscalmente que bajo el marco que estuvo vigente desde enero. Ante este retorno al punto de partida, la estrategia de venta cambia por completo. Según explica Ricardo García-Borregón, socio de Ashurst, la incertidumbre ya no reside en si la norma saldrá adelante, sino en cuándo volverá a intentarlo el Ejecutivo. Para los propietarios que se libran de la subida -aquellos con periodos de generación entre 8 y 15 años-, el momento de actuar es ahora. "Al no haberse convalidado el real decreto, vuelven a aplicarse los coeficientes anteriores, lo que reduce notablemente el coste fiscal de la transmisión frente a lo que pretendía el Gobierno", señala el experto. Su recomendación es clara: aprovechar el marco actual y cerrar la operación antes de que se apruebe una nueva regulación. En cambio, quienes poseen inmuebles muy antiguos pueden permitirse esperar. Al desaparecer la rebaja prevista, la urgencia se diluye. "En estos casos, donde se iba a aplicar una reducción de coeficientes, puede ser aconsejable aguardar a que el Gobierno intente reintroducir la medida en una futura ley", apunta García-Borregón. Cabe recordar que el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana ha sufrido una profunda transformación en los últimos años. El punto de inflexión se produjo a finales de 2021, cuando el Tribunal Constitucional anuló el sistema de cálculo anterior al considerar que presumía incrementos de valor inexistentes. Aquella sentencia obligó al Ejecutivo a reformar el impuesto de urgencia para evitar un vacío legal en la financiación municipal, dando lugar al modelo actual, ahora nuevamente en revisión.

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(Expansión, 28-01-2026) | Fiscal

De la revalorización de pensiones a incentivos fiscales: todo lo que decae con el rechazo al decreto ómnibus

El rechazo parlamentario a la norma vuelve a obligar a las personas desempleadas a presentar la declaración del IRPF y deja sin efecto distintas rebajas fiscales, la ampliación de las cuotas reducidas para autónomos y la actualización del Impuesto de Plusvalía Municipal. Por segundo año seguido, el Ejecutivo se verá obligado a aprobar la subida de las pensiones mediante un decreto específico, separado del resto de iniciativas incluidas en el llamado escudo social. Este paquete fue rechazado ayer por PP, Vox, Junts y UPN, cuyos votos conjuntos bastaron para tumbar el denominado decreto ómnibus. La norma incorporaba tanto la revalorización de las pensiones como diversas medidas fiscales y sociales, y fue criticada por la oposición por considerar que el Gobierno pretendía forzar el respaldo del Congreso mezclando iniciativas de distinta naturaleza. El texto fue derogado con 178 votos en contra frente a 171 a favor. En esta ocasión, las críticas lanzadas desde el Gobierno de coalición no lograron modificar la postura de los grupos contrarios al decreto. Estos centraron su rechazo en el anexo que prorrogaba la suspensión de desahucios y lanzamientos de familias vulnerables sin alternativa habitacional, pese a que contemplaba compensaciones económicas para los propietarios afectados y la creación, por vía reglamentaria, de avales para cubrir posibles impagos del alquiler. Sobre este punto, PP y Junts justificaron su voto negativo alegando que el Ejecutivo "ampara" la ocupación ilegal y utiliza a los pensionistas como "rehenes" para sacar adelante el escudo social. De este modo, queda en suspenso -al menos por ahora- la revalorización de las 10,4 millones de pensiones contributivas que reciben 9,4 millones de personas, aunque el incremento del 2,7% ya ha sido aplicado en las nóminas de enero. Este fue uno de los principales argumentos empleados por el Gobierno. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, afirmó que el Partido Popular "no está perjudicando al Gobierno, sino a casi 10 millones de pensionistas", y aseguró que "el PP les ha arrebatado 50 euros". Desde la oposición, el presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, instó a Pedro Sánchez a tramitar de forma independiente la ley de revalorización de las pensiones y a dejar de utilizar a los pensionistas como "rehenes de la inquiokupación". En cualquier caso, la continuidad de la subida de las pensiones contributivas depende exclusivamente de que el Gobierno presente un nuevo decreto centrado únicamente en esta medida y que logre su convalidación en las Cortes. Además del aumento del 2,7% de las pensiones contributivas, el texto rechazado contemplaba incrementos de entre el 7% y el 11,4% para las pensiones mínimas, así como una subida del 11,4% para las no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital. Más allá de la paralización de la revalorización de las pensiones y de las medidas del escudo social -como la prohibición de desahucios sin alternativa habitacional o el veto a los cortes de suministros básicos-, la nueva derrota parlamentaria del Ejecutivo tiene efectos relevantes en el ámbito laboral y fiscal. Entre ellos, decae la rectificación del Gobierno respecto a la obligación de los desempleados de presentar la declaración de la Renta para no perder la prestación. Esta exigencia, promovida inicialmente por el Ministerio de Trabajo para reforzar el control sobre los perceptores del paro, fue retirada tras la polémica generada. Si la medida no se recupera antes del inicio de la Campaña de la Renta en abril, quienes hayan cobrado prestaciones por desempleo en 2025 estarán obligados a declarar el IRPF, incluso si no alcanzan los umbrales mínimos de ingresos: 22.000 euros anuales con un solo pagador o 15.876 euros con dos o más. Según el propio Gobierno, esta situación afecta a cerca de 2,5 millones de personas. Las familias con hijos podrían ser de las más perjudicadas, ya que podrían perder hasta 1.200 euros de deducción por cada descendiente si estos deben presentar su propia declaración y dejan de figurar en la de sus progenitores, según advierte la asesoría fiscal digital TaxDown. Asimismo, la decisión del Congreso deja sin efecto las exenciones en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades para las ayudas concedidas a los damnificados por la dana que afectó a la Comunidad Valenciana en octubre de 2024. También quedan anuladas la prórroga de los incentivos fiscales por obras de eficiencia energética en viviendas y por la adquisición de vehículos eléctricos. Otro efecto destacado es la caída de los nuevos coeficientes del Impuesto de Plusvalía Municipal. Ante la ausencia de Presupuestos Generales, el Ministerio de Hacienda había utilizado el real decreto ley para incrementar la carga fiscal sobre las ventas de inmuebles realizadas poco tiempo después de su compra, con el objetivo de frenar operaciones de carácter especulativo. Por último, con la derogación del decreto también desaparecen la ampliación de las cuotas reducidas para autónomos y la prolongación del sistema de módulos.

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(Expansión, 28-01-2026) | Fiscal

Hacienda ha subido este año los precios de referencia para calcular los impuestos a pagar por comprar o heredar coches, motos y embarcaciones

Adquirir un coche o una embarcación de segunda mano, así como recibirlos por herencia o donación, será más caro este año. El motivo es la actualización que ha realizado Hacienda de los valores de referencia y de los porcentajes de depreciación que se utilizan para calcular el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT). El Ministerio de Hacienda publicó el pasado 23 de diciembre en el BOE la orden que revisa los precios medios de venta y fija nuevas tablas de valoración, que sirven de base para determinar la cuantía sobre la que se aplican los impuestos correspondientes. Como principal novedad, este año se han renovado por completo las tablas, con un incremento medio de entre el 5% y el 7%, un aumento claramente superior a la inflación, según señalan expertos fiscales consultados por EXPANSIÓN. Además, por primera vez se distingue entre vehículos híbridos enchufables y eléctricos puros a la hora de fijar su valor medio. La actualización también incluye la incorporación de los motores marinos eléctricos y un nuevo sistema simplificado para valorar las motos acuáticas en función de su potencia. Asimismo, se han ajustado los porcentajes de uso y depreciación de embarcaciones y motores para adaptarlos mejor a la situación real del mercado. La orden ministerial recoge los valores de referencia de todos los vehículos, motocicletas y quads durante su primer año desde la matriculación, teniendo en cuenta el modelo, el periodo de comercialización, el tipo de motor y la potencia. Al comparar estas cifras con las del ejercicio anterior, se observa que los precios han aumentado en todos los casos, lo que se traducirá en una mayor carga fiscal para quienes realicen este tipo de operaciones. En el caso de las embarcaciones de recreo, Hacienda especifica que la valoración debe realizarse por separado, diferenciando entre el casco y el motor. Una vez determinado el valor fiscal del bien, el contribuyente debe aplicar los coeficientes reductores establecidos para calcular la base imponible del impuesto correspondiente. En el caso de los vehículos, estos coeficientes van desde el 100% si tienen menos de un año de antigüedad hasta el 10% cuando superan los 12 años. A partir de ahí se aplica el tipo impositivo que corresponda en cada comunidad autónoma, que puede variar según las bonificaciones existentes. En paralelo al incremento general de los valores de referencia, otra de las principales novedades es la modificación de los coeficientes de depreciación para las embarcaciones de recreo y sus motores. Se han añadido nuevos tramos en función de la antigüedad y se han elevado muchos de los porcentajes aplicables, lo que en la práctica supondrá un mayor pago de impuestos por la compra o herencia de barcos usados. Este incremento se producirá aunque los tipos impositivos y las bonificaciones autonómicas permanezcan sin cambios durante el año. Así lo señala Ángel Luis Valverde, miembro del Grupo de Expertos en Imposición Patrimonial y Empresa Familiar de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), quien subraya que el aumento de las bases imponibles será el principal factor que encarezca estas operaciones.

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(Expansión, 28-01-2026) | Fiscal

El Parlamento Europeo advierte que la fragmentación tributaria actúa como un freno para la competitividad de las pymes

Mientras la economía avanza hacia la digitalización y los flujos de capital circulan sin apenas barreras, las administraciones fiscales europeas continúan funcionando con esquemas propios del siglo pasado. Esta es la principal conclusión del informe El futuro de la armonización de la política fiscal de la UE, elaborado por el Servicio de Investigación del Parlamento Europeo. El estudio señala que la defensa férrea de la soberanía fiscal por parte de los Estados miembros tiene un coste elevado. La diversidad de normativas genera lo que los expertos denominan el "coste de la no-Europa". Para las empresas, el diagnóstico es claro: operar en varios países de la Unión Europea sigue siendo un proceso complejo, costoso y lleno de obstáculos administrativos. Uno de los datos más reveladores del informe pone cifras a este problema. Las compañías que desarrollan su actividad en más de un Estado miembro soportan unos costes de cumplimiento fiscal un 67% superiores a los de aquellas que solo operan en su país de origen. No se trata de pagar más impuestos, sino del esfuerzo que implica cumplir con ellos: formularios distintos, calendarios fiscales descoordinados, programas contables incompatibles entre países y la necesidad de contratar asesores locales en cada jurisdicción. Para las grandes multinacionales, esta carga es asumible. Para las pequeñas y medianas empresas, en cambio, se convierte en una barrera difícil de superar. El informe estima que las pymes destinan alrededor del 2,5% de su facturación anual a cumplir con sus obligaciones fiscales, frente al 0,7% que destinan las grandes empresas. En la práctica, la burocracia fiscal actúa como un impuesto encubierto que penaliza el emprendimiento. El estudio también revela grandes diferencias en la eficiencia administrativa entre países. Dependiendo de dónde esté establecida una empresa, la relación con la administración tributaria puede ser ágil o extremadamente lenta. En países como Estonia o Irlanda, una empresa mediana necesita menos de 60 horas al año para preparar y presentar sus impuestos. En cambio, en otros como Bulgaria, el mismo proceso puede superar las 400 horas anuales. Estas diferencias generan distorsiones competitivas evidentes. Una empresa estonia dispone de cientos de horas más al año para innovar o vender que una búlgara, simplemente por el funcionamiento de su administración pública. La digitalización, que debería aliviar estos problemas, está contribuyendo en parte a agravarlos por la falta de criterios comunes. El informe destaca el desarrollo desigual de la facturación electrónica y de los sistemas de información en tiempo real. Mientras países como España o Italia avanzan hacia modelos obligatorios de facturación electrónica, especialmente en las relaciones entre empresas y con la administración, otros Estados siguen utilizando sistemas manuales y declaraciones periódicas tradicionales. Esta falta de armonización obliga a muchas empresas a duplicar procesos y mantener sistemas paralelos. Por ejemplo, una empresa tecnológica belga que opere en Alemania y España debe adaptarse a plataformas digitales distintas y no compatibles entre sí, lo que incrementa los costes y la complejidad operativa. El Parlamento Europeo subraya que la ausencia de un portal único o de estándares comunes de datos impide que la tecnología cumpla su función de simplificar la gestión tributaria. A ello se suma la inseguridad jurídica en sectores emergentes como el de los criptoactivos, donde no existe una clasificación homogénea: según el país, pueden considerarse moneda, activo financiero o bien intangible. Esta disparidad normativa genera riesgos de doble imposición y favorece que las empresas elijan su sede no por razones económicas, sino por claridad regulatoria. El resultado es una fragmentación del mercado de capitales europeo que dificulta la financiación y el crecimiento de las empresas innovadoras. El mensaje del informe es claro: no es necesario que todos los países tengan el mismo impuesto de sociedades para mejorar el entorno empresarial. El verdadero avance pasa por simplificar los procedimientos administrativos. Entre las propuestas destacan la eliminación de duplicidades en la información que deben presentar las empresas, la creación de un punto único de acceso digital para gestionar impuestos como el IVA y la unificación de criterios y definiciones fiscales. La advertencia final del estudio es contundente. La fragmentación fiscal ha dejado de ser un simple inconveniente administrativo y se ha convertido en una amenaza real para la competitividad europea. En un contexto de competencia global con potencias como Estados Unidos o China, el Mercado Único es la principal ventaja estratégica de la UE. Sin embargo, ese mercado sigue fragmentado por 27 sistemas fiscales distintos. Mientras una empresa estadounidense o china puede escalar su actividad en un mercado amplio bajo un marco normativo homogéneo, una compañía europea se enfrenta a barreras cada vez que cruza una frontera. Cada euro y cada hora invertidos en interpretar normativas nacionales son recursos que no se destinan a innovación, contratación o expansión. Un lastre autoimpuesto que limita la productividad y frena la aparición de grandes empresas europeas capaces de competir a escala global.

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(Expansión, 27-01-2026) | Fiscal

Hacienda pierde hasta 51.000 millones anuales por las rentas no declaradas al Fisco

Los ingresos que los contribuyentes dejan de declarar a la Agencia Tributaria alcanzan en España unos 112.000 millones de euros anuales, una cantidad que, de aflorar, podría generar hasta 51.000 millones de euros adicionales en recaudación. Esta es la estimación presentada este lunes por la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) en un informe sobre evasión fiscal, en el que se constata que el cumplimiento tributario ha mejorado de forma notable en las últimas dos décadas, aunque todavía se sitúa por debajo del nivel de otros países del entorno. El estudio, firmado por los investigadores Jaime Vallés y Anabel Zárate, de la Universidad de Zaragoza, examina la denominada "brecha fiscal" derivada de aquellos trabajadores, inversores, arrendadores y empresarios que, de forma intencionada, no comunican a Hacienda la totalidad de sus ingresos, no presentan la declaración del IRPF o abonan solo una parte de la cuota que les corresponde. Esta estimación se centra exclusivamente en el fraude del impuesto sobre la renta y no debe confundirse con el concepto de economía sumergida, que incluye además actividades ilegales, empleo irregular, servicios sin facturar y otros tributos distintos del IRPF. El análisis, que abarca el periodo comprendido entre 2003 y 2022, muestra una evolución positiva en el grado de declaración de las rentas. Si a comienzos de siglo se declaraba aproximadamente entre el 70% y el 75% de los ingresos reales, en la actualidad ese porcentaje se sitúa en torno al 80%-85%. Aun así, el volumen de rentas ocultas continúa siendo elevado y en 2022 aumentó más de un 7%, hasta alcanzar los 112.000 millones de euros. Con estos datos, Fedea estima que la pérdida bruta de recaudación asociada a la brecha fiscal del IRPF se situó ese año entre 21.000 y 51.000 millones de euros, dependiendo del tipo impositivo aplicable a las rentas no declaradas, que puede oscilar entre el 19% y el 47% según el tramo del impuesto. En términos macroeconómicos, esta merma equivale a entre 1,5 y 3,7 puntos del PIB. No obstante, una parte de este impacto se compensa gracias a las actuaciones de control de la Agencia Tributaria. En 2022, Hacienda logró recuperar alrededor de 10.000 millones de euros mediante inspecciones y comprobaciones, lo que reduce el coste neto de la evasión fiscal a un rango de entre 11.300 y 41.300 millones de euros, es decir, entre el 0,8% y el 3% del PIB. En comparación internacional, el informe señala que el peso del fraude fiscal neto sobre el PIB es superior al observado en países como Reino Unido, Suecia o Canadá, aunque se sitúa en niveles similares a los de Italia, Estados Unidos o Australia. Según Fedea, incluso en la hipótesis más prudente, la brecha fiscal del IRPF representa un volumen de recursos equiparable al de algunas de las principales partidas de gasto público. Por ello, el estudio alerta de las relevantes implicaciones sociales y económicas del fenómeno, tanto en términos de eficiencia y equidad como de sostenibilidad de las finanzas públicas. El informe destaca que las rentas del trabajo son las que presentan mayores niveles de cumplimiento, con tasas de declaración superiores al 90%. Esta elevada fidelidad se explica, en gran medida, por el sistema de retenciones en origen, que limita de forma muy efectiva la posibilidad de ocultar ingresos. En cambio, las rentas no laborales, que cuentan con menor trazabilidad, registran porcentajes de declaración significativamente más bajos, cercanos a la mitad de los ingresos reales. En concreto, solo se declara el 54,5% de las rentas procedentes del alquiler de inmuebles, mientras que los ingresos del capital mobiliario -como los derivados de fondos de inversión, depósitos bancarios o dividendos- se comunican a Hacienda en apenas un 57% de los casos. Como conclusión, Fedea insta a la Agencia Tributaria a implantar controles periódicos y sistemáticos sobre las rentas no declaradas, siguiendo el modelo de otros países que elaboran estimaciones oficiales de forma recurrente para combatir el fraude fiscal.

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