(Expansión, 09-09-2026) | Fiscal

La sustitución del empleo por la IA amenaza directamente la recaudación del IRPF

El Ministerio de Finanzas de Alemania ha puesto el foco en una cuestión relacionada con la inteligencia artificial que va mucho más allá de sus efectos sobre la productividad o la innovación: su posible impacto sobre la capacidad de los Estados para mantener sus ingresos públicos. En un análisis sobre la transformación hacia una economía basada en la IA, el Gobierno alemán advierte de que la automatización de tareas intelectuales podría provocar un desplazamiento progresivo de los ingresos desde el trabajo hacia el capital. Este escenario supone un desafío especialmente relevante para países como España, donde el IRPF y las cotizaciones sociales constituyen dos de los principales pilares de la recaudación destinada a sostener servicios públicos como las pensiones, la sanidad o la educación. El sistema fiscal español parte de una premisa fundamental: el empleo y los salarios generan una parte muy importante de los recursos con los que se financia el Estado. Sin embargo, si la inteligencia artificial deja de limitarse a ayudar a los trabajadores y comienza a sustituir determinadas funciones de análisis, redacción, programación o toma de decisiones, la masa salarial podría reducirse o crecer a un ritmo menor. El análisis alemán destaca que la actual revolución tecnológica presenta diferencias respecto a las anteriores fases de digitalización. La IA permite convertir la capacidad de computación en un recurso fácilmente escalable y asumir tareas que hasta ahora exigían trabajadores con elevados niveles de formación. En España, donde las pequeñas y medianas empresas tienen un peso muy elevado y buena parte de la actividad se concentra en los servicios, la automatización de labores administrativas podría tener un impacto significativo sobre el empleo cualificado y los salarios. Una menor masa salarial se traduciría también en una reducción de las bases sobre las que se recaudan impuestos y cotizaciones. A este riesgo se suma otro de carácter internacional. Una parte muy importante de la infraestructura y del desarrollo de las tecnologías más avanzadas de inteligencia artificial se encuentra fuera de Europa. De acuerdo con los datos analizados por las autoridades alemanas, aproximadamente el 74,5% de la capacidad de computación de los grandes centros de IA está localizada en Estados Unidos, mientras que la Unión Europea concentra únicamente el 4,8%. Si las empresas españolas recurren de forma generalizada a herramientas y servicios de inteligencia artificial desarrollados por compañías extranjeras, parte de los beneficios derivados de la mejora de la productividad podría acabar fuera del país mediante el pago de licencias, suscripciones o servicios tecnológicos. Esto podría provocar que una parte del valor generado se desplazara hacia los países donde tienen su sede los grandes proveedores de modelos de IA, reduciendo el margen de las administraciones españolas para captar esa riqueza mediante impuestos. La incorporación de esta tecnología tampoco supondrá necesariamente un aumento inmediato de la productividad. Los expertos hablan de una posible curva en J, según la cual las empresas deben asumir inicialmente inversiones, reorganizar procesos y formar a sus empleados antes de comenzar a obtener los beneficios derivados de la IA. Para España, que mantiene desde hace años un problema estructural de productividad, este periodo de transición podría resultar especialmente complicado en un contexto marcado por el envejecimiento de la población y el aumento de las necesidades de gasto público. Ante este escenario, el Gobierno alemán plantea la necesidad de anticiparse y realizar un seguimiento específico de las consecuencias fiscales de la inteligencia artificial. El objetivo sería determinar si la tecnología está actuando principalmente como complemento del trabajo o si, por el contrario, está sustituyendo de manera creciente a los empleados. Aplicado al caso español, este planteamiento abre la puerta a un debate sobre la necesidad de diversificar las fuentes de ingresos públicos. Una economía en la que una proporción cada vez mayor del valor se genere mediante algoritmos y capital tecnológico podría hacer más vulnerable un sistema fiscal excesivamente dependiente de los impuestos vinculados al empleo. Entre las posibles vías de reforma se encuentra el análisis de nuevas fórmulas de tributación relacionadas con los datos, la capacidad de computación o los beneficios extraordinarios obtenidos por las grandes plataformas tecnológicas. También se plantea la posibilidad de crear mecanismos que permitan repartir de una forma más amplia los beneficios derivados de la automatización, evitando que las ganancias generadas por la IA queden concentradas en un reducido grupo de grandes empresas. La expansión de la inteligencia artificial no elimina las reglas económicas, pero sí puede modificar de manera profunda dónde se genera y dónde se concentra la riqueza. El reto para España será adaptar su sistema tributario y sus fuentes de financiación pública antes de que el avance de la automatización transforme de manera permanente las bases imponibles tradicionales.

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(Expansión, 09-09-2026) | Fiscal

Se acabó el truco de las declaraciones sin ingreso para eludir a Hacienda

La Audiencia Nacional ha respaldado la aplicación del artículo 43.2 de la Ley General Tributaria y ha confirmado que la presentación reiterada de autoliquidaciones sin realizar el correspondiente pago puede justificar que la deuda tributaria se reclame subsidiariamente a los administradores de una sociedad. La sentencia considera que esta responsabilidad puede derivarse cuando la empresa continúa desarrollando su actividad pese a haber solicitado formalmente su baja censal. En el caso analizado, la existencia de pagos de rendimientos del trabajo y de retenciones laborales realizadas después del supuesto cese permitió acreditar que la compañía seguía operativa. Estas circunstancias llevaron al tribunal a rechazar los argumentos planteados por la defensa. No obstante, la Audiencia Nacional establece una precisión importante sobre quién puede ser considerado responsable. El tribunal excluye de la derivación de responsabilidad a una persona física que actuaba únicamente como representante de una sociedad que había sido designada administradora. De acuerdo con el artículo 212 bis de la Ley de Sociedades de Capital, la condición de administrador corresponde a la persona jurídica nombrada para desempeñar ese cargo y no automáticamente a la persona física que actúa en su representación. La resolución también avala la declaración de fallido de la sociedad deudora. Para la Audiencia Nacional, el hecho de que la empresa tuviera un crédito pendiente de resolución judicial no impedía que pudiera ser considerada insolvente a efectos de la derivación de responsabilidad tributaria.

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(Expansión, 09-09-2026) | Fiscal

Cómo el "IVA oculto" frena la innovación financiera en la UE

El sistema fiscal que se aplica al sector financiero europeo, cuyo diseño se remonta a 1977, ya no responde adecuadamente a la realidad de un sector transformado por la digitalización. Esta es una de las principales conclusiones de un estudio elaborado por un consorcio liderado por Syntesia para la Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera de la Comisión Europea (DG TAXUD). El informe pone el foco especialmente en la exención del IVA de los servicios financieros, una medida que históricamente se justificó por las dificultades para determinar la base imponible de operaciones vinculadas a los márgenes de los tipos de interés y otros cargos implícitos. Según el estudio, este modelo provoca importantes distorsiones económicas y ha generado una brecha fiscal que en 2023 alcanzó los 52.200 millones de euros, equivalente al 4,4% de toda la recaudación por IVA de la Unión Europea. Una de las principales consecuencias del sistema es la generación de lo que el informe denomina «IVA oculto». Al estar exentas de este impuesto, las entidades financieras no pueden recuperar el IVA que pagan por los bienes y servicios que adquieren. En 2023, la obligación total de IVA asociada al sector se situó en unos 72.400 millones de euros. De esta cantidad, 12.200 millones correspondieron al consumo final de los ciudadanos, mientras que otros 54.000 millones fueron IVA no recuperable soportado por las propias entidades en sus compras. Esta última proporción representa el 83,1% del total, frente al 33,5% registrado de media en el conjunto de la economía. El impacto también se aprecia en los tipos efectivos. El IVA medio aplicado a las operaciones entre empresas y consumidores (B2C) se sitúa en el 6,5%, mientras que el denominado IVA oculto asociado a operaciones entre empresas (B2B) y entre empresas y administraciones públicas (B2G) alcanza el 4,5%. El estudio advierte de que esta situación puede actuar como un obstáculo para la modernización del sector, ya que encarece la contratación externa de determinados servicios tecnológicos. Plataformas de pago, soluciones fintech y otras herramientas digitales pueden resultar más costosas cuando son adquiridas a proveedores externos, lo que genera incentivos artificiales para desarrollar estos servicios internamente o integrarlos en grupos de IVA nacionales. A juicio del informe, esta situación puede perjudicar la innovación y limitar las ganancias de productividad. A esta problemática se añade la elevada fragmentación de la fiscalidad específica del sector financiero. Los Estados miembros utilizan actualmente 92 medidas tributarias diferentes para compensar, en parte, la ausencia de una recaudación directa mediante el IVA. Entre ellas figuran impuestos sobre las primas de seguros, tasas sobre determinadas operaciones financieras y gravámenes sobre beneficios extraordinarios. En conjunto, estas figuras generan alrededor de 82.000 millones de euros de ingresos anuales, de los que unos 54.000 millones proceden del sector asegurador. Sin embargo, el estudio considera que esta diversidad de impuestos contribuye a fragmentar el mercado único y eleva los costes administrativos para las entidades. La gestión del IVA supone unos 1.300 millones de euros anuales en costes de cumplimiento, mientras que los impuestos específicos añaden otros 870 millones. El informe señala, además, que el sector financiero no representa una fuente especialmente relevante de fraude fiscal. Las principales incidencias detectadas estarían relacionadas con problemas técnicos y diferencias en la clasificación de determinadas operaciones, más que con conductas fraudulentas. Ante esta situación, el estudio plantea tres posibles alternativas para reformar el sistema. La primera consistiría en mantener la actual exención del IVA, pero simplificando las normas de deducción y actualizando las definiciones legales para adaptarlas a nuevas actividades y productos, como los criptoactivos, los derivados o las pasarelas de pago. La segunda opción trataría de reducir el impacto del IVA oculto mediante una mayor facilidad para crear grupos de IVA transfronterizos y mediante la posibilidad de que las entidades opten voluntariamente por tributar por IVA en el conjunto de la Unión Europea. Esta alternativa permitiría recuperar el impuesto soportado, especialmente en las operaciones dirigidas al mercado empresarial. La tercera vía plantea una transformación más profunda del modelo. Entre las posibilidades se encuentra eliminar la exención para aquellos servicios financieros remunerados mediante comisiones o tarifas fijas, una fórmula que ya ha sido aplicada en algunos países europeos y en otras economías. Otra alternativa sería crear un Impuesto sobre las Actividades Financieras (FAT), acompañado de un tipo cero de IVA y de la eliminación de determinadas tasas nacionales. El estudio considera que la justificación técnica que sustentaba la exención del IVA en 1977 ha perdido parte de su vigencia debido a la evolución del sector financiero y a la digitalización. Por ello, entiende que existen margen y opciones para abordar una reforma. No obstante, cualquier modificación de carácter estructural exigiría un amplio consenso entre los Estados miembros y una evaluación cuidadosa de sus consecuencias. La mejora de la neutralidad fiscal tendría que compatibilizarse con el posible impacto sobre los ingresos públicos nacionales y con los efectos que una reforma del sistema podría terminar trasladando a los consumidores.

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(El País, 09-09-2026) | Fiscal

El Supremo frena las sanciones automáticas de Hacienda a las empresas familiares

El Tribunal Supremo ha limitado la capacidad de la Agencia Tributaria para deshacer por completo operaciones de reorganización de empresas familiares cuando considere que detrás de ellas existe una finalidad de ahorro fiscal. En una sentencia dictada el pasado 20 de julio, el alto tribunal establece que Hacienda no puede aplicar un criterio de «todo o nada»: si aprecia un posible abuso, debe identificar la ventaja fiscal concreta y corregirla, pero no eliminar automáticamente todos los beneficios tributarios asociados a la operación. El caso analizado por el Supremo parte de una fórmula habitual entre grandes patrimonios familiares. Cuando una familia controla distintas sociedades, puede crear una sociedad holding y aportar a ella las participaciones que posee en las empresas. De esta manera, los beneficios generados por las compañías pueden permanecer en la holding y destinarse a nuevas inversiones, en lugar de distribuirse directamente entre los miembros de la familia. Esta estructura también ofrece ventajas fiscales. Cuando una sociedad distribuye dividendos a una holding que posee al menos el 5% de su capital, el 95% del dividendo queda exento del impuesto sobre sociedades. Solo tributa el 5% restante, lo que, con un tipo del 25%, supone una tributación efectiva del 1,25%. Un supuesto similar es el que ha llegado al Supremo. El conflicto se originó en 2006, cuando una empresaria, su marido y sus hijas constituyeron una holding a la que aportaron participaciones de distintas compañías familiares por un valor superior a 50 millones de euros. La operación se acogió al régimen especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores, conocido como régimen FEAC, que permite diferir la tributación cuando las participaciones se aportan a otra sociedad sin que exista una transmisión efectiva mediante una venta. En este tipo de operaciones, las acciones pueden haber incrementado considerablemente su valor desde el momento de su adquisición, pero mientras esa revalorización no se materialice mediante una venta, el régimen permite aplazar la tributación de la correspondiente plusvalía. La Agencia Tributaria entendió, sin embargo, que la reorganización carecía de motivos económicos válidos y que su finalidad era obtener una ventaja fiscal. Por este motivo, retiró íntegramente la aplicación del régimen FEAC y exigió a la empresaria tributar en el IRPF por las plusvalías acumuladas en sus participaciones. La Audiencia Nacional avaló posteriormente la actuación de Hacienda. Ahora, el Tribunal Supremo corrige este planteamiento y establece que la lucha contra el fraude o el abuso fiscal debe respetar el principio de proporcionalidad. Por tanto, cuando la Administración detecte una ventaja fiscal indebida, deberá actuar sobre esa ventaja concreta, pero no puede anular de manera automática todos los efectos fiscales de una operación de reorganización. La diferencia tiene importantes consecuencias. Si la ventaja considerada abusiva se encuentra, por ejemplo, en la tributación reducida de los dividendos percibidos por la holding, Hacienda podrá actuar sobre ese beneficio. Pero, según el criterio fijado por el Supremo, ello no permite retirar automáticamente el régimen FEAC y obligar al socio a tributar en su IRPF por todas las plusvalías acumuladas en el momento de aportar sus participaciones. Ángel Sáez, socio director de Ros Petit, considera que precisamente ahí se encuentra una de las claves de la sentencia. A su juicio, la eventual ventaja fiscal está en la sociedad holding, que puede recibir dividendos con una tributación efectiva del 1,25%, y no necesariamente en el socio que aportó sus participaciones. Por ello, entiende que no sería correcto hacer tributar a este último en su IRPF a medida que la sociedad vaya percibiendo esos dividendos. Si existe un abuso, sostiene, la respuesta debe dirigirse contra la ventaja concreta y no contra el conjunto de la reorganización. El Supremo añade además que el mero diferimiento de la tributación no puede considerarse por sí mismo una ventaja fiscal abusiva. Para eliminarlo, Hacienda tendría que acreditar que obtener ese aplazamiento constituía el objetivo principal de la operación. En este caso, el tribunal considera que la Agencia Tributaria no consiguió demostrarlo. Como consecuencia, el Supremo anula la liquidación practicada y reconoce a la contribuyente el derecho a recuperar las cantidades abonadas indebidamente, junto con los intereses correspondientes. La sentencia puede tener especial relevancia para las operaciones de aportación de participaciones a holdings familiares acogidas al régimen FEAC, que en los últimos años han sido objeto de numerosas inspecciones. Según Sáez, en muchos procedimientos Hacienda había exigido al socio tributar en el IRPF por el conjunto de la operación. El nuevo criterio del Supremo limita esta actuación, salvo que la Inspección consiga acreditar, mediante una prueba suficiente y reforzada, que la obtención de la ventaja fiscal constituía realmente la finalidad perseguida. Este pronunciamiento también podría obligar a los Tribunales Económico-Administrativos a revisar el criterio que venían aplicando en este tipo de operaciones.

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(El País, 09-09-2026) | Fiscal

El Gobierno amplía el margen de las comunidades para invertir su superávit

El Ministerio de Hacienda permitirá a las comunidades autónomas utilizar durante los próximos ejercicios el superávit presupuestario acumulado en 2025 para financiar determinadas inversiones. La medida supone una mayor flexibilidad para los territorios con las cuentas más saneadas y se produce pocos días después de que la mayoría de las autonomías rechazara la propuesta del Gobierno para reformar el sistema de financiación autonómica. El ministro de Hacienda, Arcadi España, ha presentado esta decisión como una nueva muestra del respaldo del Ejecutivo de Pedro Sánchez a las finanzas regionales. Según ha explicado tras el Consejo de Ministros, las comunidades podrán destinar durante lo que queda de 2026 y a lo largo de 2027 los ahorros obtenidos en 2025 a las denominadas inversiones financieramente sostenibles, entre ellas proyectos relacionados con la vivienda social y asequible. La medida beneficiará inicialmente a ocho comunidades que cerraron 2025 con superávit: Asturias, Canarias, Navarra, País Vasco, Andalucía, Baleares, Cantabria y Galicia. En conjunto, Hacienda calcula que estos territorios podrían movilizar cerca de 4.000 millones de euros en inversiones. Las inversiones financieramente sostenibles son actuaciones capaces de generar efectos positivos sobre la economía y que tradicionalmente se han utilizado principalmente por las entidades locales. Las comunidades autónomas también pueden recurrir a esta fórmula, aunque hasta ahora debían destinar primero sus remanentes a reducir la deuda pendiente antes de poder invertirlos. El Gobierno ha introducido ahora una excepción para las autonomías con una posición financiera especialmente sólida. Asturias, Canarias, Navarra y País Vasco, que al cierre de 2025 presentaban una deuda inferior al 12,4% de su PIB, podrán utilizar directamente sus remanentes para financiar estas inversiones sin tener que amortizar previamente deuda, flexibilizando así la aplicación de las reglas presupuestarias. Hacienda ya había permitido el pasado año que las comunidades utilizaran el superávit generado en 2024 para este tipo de actuaciones, pero la nueva regulación amplía ahora esa posibilidad. Además, el gasto destinado a estas inversiones no computará a efectos de la regla de gasto. Arcadi España ha defendido que esta política forma parte del esfuerzo realizado por el Gobierno para reforzar la suficiencia financiera de las autonomías. Durante su comparecencia, ha recordado medidas adoptadas en los últimos años, como la compensación de las liquidaciones negativas generadas durante la pandemia y el incremento de los recursos procedentes del sistema de financiación. El ministro también ha aprovechado para reclamar responsabilidad a los gobiernos autonómicos ante la reforma del modelo de financiación planteada por el Ejecutivo. La propuesta, según Hacienda, permitiría incorporar más de 21.000 millones de euros adicionales al sistema. La iniciativa llega después de la reunión del Consejo de Política Fiscal y Financiera celebrada el pasado viernes, en la que el nuevo modelo recibió únicamente el respaldo de Cataluña y Canarias. El resto de comunidades votó en contra, incluidas las gobernadas por el PSOE y las del PP, que son mayoría. Los gobiernos autonómicos críticos con la reforma cuestionan especialmente que el nuevo sistema haya sido acordado mediante una negociación bilateral entre el PSOE y ERC y reclaman que cualquier modificación de la financiación autonómica se negocie de forma multilateral entre el conjunto de los territorios.

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(El País, 09-09-2026) | Laboral

La OCDE constata una subida de cotizaciones en España y otros países para sostener las pensiones

España y otros países europeos están modificando sus sistemas de cotizaciones a la Seguridad Social para hacer frente al creciente impacto del envejecimiento demográfico sobre las pensiones y el conjunto de los servicios de protección social. Los gobiernos buscan nuevas fuentes de ingresos ante unas próximas décadas en las que aumentará el número de jubilados y será más difícil sostener el gasto con las aportaciones de una población activa proporcionalmente menor. El último informe de la OCDE sobre reformas de política fiscal, que analiza la evolución de los 38 países miembros, refleja una tendencia clara en las cotizaciones sociales durante los últimos cuatro años. Mientras la evolución de los impuestos sobre la renta ha sido desigual y algunos países incluso han reducido la carga para determinados niveles salariales, las contribuciones a la Seguridad Social han seguido una trayectoria ascendente. Los gobiernos han recurrido tanto a incrementos de los tipos como a una ampliación de las bases sobre las que se aplican. España se encuentra entre los países que han reforzado estas aportaciones. Una de las principales medidas ha sido el incremento progresivo del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), aplicado desde enero de 2023 con el objetivo de reforzar los ingresos de la Seguridad Social ante el incremento del gasto derivado de la jubilación de la generación del baby boom, formada por los nacidos entre 1950 y 1970. El recargo afecta tanto a los trabajadores asalariados como a los autónomos. En el caso de los empleados por cuenta ajena, la aportación aparece directamente descontada de la nómina, mientras que los trabajadores autónomos la asumen mediante un aumento de su cuota mensual. El porcentaje destinado al MEI ha ido aumentando progresivamente desde su entrada en vigor y continuará haciéndolo durante los próximos años. El objetivo es que alcance el 1,2% en 2029. De ese porcentaje, el 1% corresponderá a las empresas y el 0,2% restante a los trabajadores, por lo que los empleados también asumirán directamente una parte del esfuerzo adicional. A esta medida se suma el incremento de la base máxima de cotización. El Gobierno está elevando el límite salarial sobre el que se calculan las aportaciones con el objetivo de aproximarlo a la evolución real de los salarios. Este tope aumenta cada año 1,2 puntos porcentuales por encima de la inflación y seguirá creciendo de manera progresiva hasta 2050. El aumento de la base máxima implica que los trabajadores con mayores remuneraciones cotizan por una proporción superior de sus ingresos brutos, al reducirse progresivamente la parte del salario que queda fuera de las cotizaciones. Paralelamente, España ha puesto en marcha la denominada cuota de solidaridad, que grava de forma progresiva la parte de las retribuciones que supera la base máxima de cotización. El fenómeno no es exclusivo de España. La OCDE constata que varios países europeos han adoptado reformas destinadas a ampliar la financiación de sus sistemas de pensiones y de asistencia sanitaria. Según el organismo, las modificaciones de las cotizaciones sociales han seguido una tendencia sostenida hacia la ampliación de las bases y el incremento de los tipos, en buena medida como respuesta a las presiones demográficas a largo plazo y a las mayores necesidades de financiación de los sistemas de protección social. Francia, por ejemplo, ha incrementado en tres puntos porcentuales la contribución empresarial destinada a las pensiones de los funcionarios de la Administración pública territorial. Grecia ha elevado un 2,5% el límite de ingresos sometidos a cotizaciones sociales, hasta situarlo por encima de los 7.760 euros mensuales. La modificación también afecta a las aportaciones de los trabajadores autónomos. Otros Estados han optado por suprimir ventajas o excepciones que reducían las contribuciones de determinados colectivos. En Bélgica, los deportistas profesionales han dejado de beneficiarse del límite que reducía las cotizaciones aplicables a los salarios más elevados. En Lituania, los autónomos soportan una mayor carga después de que la reforma haya elevado del 50% al 90% la proporción de sus ingresos que se tiene en cuenta para calcular las cotizaciones. Al mismo tiempo, se ha establecido un límite para las aportaciones empresariales, que no podrán superar el equivalente a 60 veces el salario medio nacional. Alemania ha concentrado parte del incremento en las aportaciones al seguro obligatorio de salud. La contribución adicional media asumida conjuntamente por empresas y trabajadores se ha elevado hasta el 1,45%. En Eslovaquia, la cotización sanitaria a cargo de los empleados ha aumentado un punto, hasta alcanzar el 5%, y se han ampliado también los supuestos en los que debe realizarse esta aportación. Entre los cambios introducidos en Eslovaquia destaca la eliminación de una excepción que permitía a los trabajadores dejar de cotizar durante los periodos de incapacidad temporal. Al desaparecer esta ventaja, el sistema obtiene nuevos ingresos procedentes de estas situaciones. El conjunto de estas reformas refleja la preocupación de los gobiernos europeos por garantizar la financiación de los sistemas de protección social en un escenario marcado por el envejecimiento de la población. El informe de la OCDE pone de manifiesto la importancia del empleo para sostener las cuentas públicas: en las economías desarrolladas, el impuesto sobre la renta y las cotizaciones sociales representan conjuntamente, de media, el 45% de toda la recaudación tributaria. Por ello, cualquier modificación significativa de la estructura demográfica puede tener consecuencias directas sobre los ingresos públicos. Con menos trabajadores en relación con el número de pensionistas, los gobiernos buscan aumentar las aportaciones de quienes permanecen en el mercado laboral y ampliar las bases sujetas a cotización. La OCDE, no obstante, advierte de que todavía es pronto para determinar si estos incrementos tendrán efectos positivos o negativos sobre el empleo y la actividad económica. Aunque la mayoría de los países analizados ya están registrando un aumento de los ingresos procedentes de las cotizaciones, el organismo se limita a comparar las reformas adoptadas y a seguir su evolución, sin realizar una valoración sobre la conveniencia o el impacto de cada una de ellas.

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(La Vanguardia, 09-09-2026) | Laboral

Las empresas tendrán que especificar el salario, los pluses y el horario en los nuevos contratos

El real decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros introduce cambios en dos ámbitos para reforzar la transparencia de las relaciones laborales. La nueva regulación amplía la información que deberá figurar en los contratos, especialmente en lo relativo al salario y sus complementos, y establece límites a la prolongación del periodo de prueba más allá de los seis meses, que solo podrá justificarse en determinadas circunstancias. El Ministerio de Trabajo ya había avanzado buena parte de estas medidas, que suponen la transposición, con cuatro años de retraso, de una directiva europea. La principal novedad incorporada en el último momento es un plazo de 20 días para su aplicación. El proyecto inicial contemplaba que la norma entrara en vigor inmediatamente después de su publicación en el BOE, pero Trabajo ha aceptado conceder este margen adicional a petición de las organizaciones empresariales, especialmente para facilitar la adaptación de las pequeñas y medianas empresas. La elección del real decreto permite además al Gobierno aprobar estas modificaciones sin someterlas a una votación parlamentaria, en un contexto en el que el Ejecutivo no cuenta con una mayoría suficiente para garantizar su aprobación en las Cortes. A partir de ahora, los contratos tendrán que recoger de manera diferenciada el salario base y cada uno de los complementos salariales, indicando tanto la periodicidad como la forma en la que se realizará el pago. Cuando existan conceptos retributivos variables, también deberá explicarse cómo se calculan. La regulación amplía igualmente la información relacionada con el tiempo de trabajo. Los contratos deberán especificar la duración de la jornada y su distribución diaria, semanal y anual, así como señalar qué parte de la jornada corresponde a trabajo nocturno o a turnos. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha defendido que los trabajadores deben disponer de información suficiente sobre su remuneración, incluidos los complementos y las cantidades variables vinculadas, por ejemplo, al cumplimiento de objetivos. Además, deberán conocerse las razones que expliquen posibles diferencias salariales. Otro de los cambios afecta al uso de herramientas algorítmicas y sistemas automatizados en las empresas. Los contratos deberán informar de su existencia cuando estas tecnologías intervengan en decisiones relacionadas con las condiciones laborales, la remuneración, la evolución profesional o la finalización de la relación contractual. La norma busca así aumentar la transparencia sobre los criterios empleados por estos sistemas cuando afectan a las condiciones de trabajo. Díaz ha asegurado que los trabajadores tendrán derecho a conocer los mecanismos utilizados por las empresas en este tipo de decisiones. Las nuevas obligaciones se aplicarán directamente a los contratos que se formalicen a partir de la entrada en vigor de la norma. Para quienes ya tengan un contrato vigente, el trabajador podrá solicitar a su empresa aquella información que no aparezca recogida en el documento y la compañía dispondrá de un plazo máximo de 30 días para facilitarla. El segundo gran bloque de la reforma se refiere al periodo de prueba. La legislación mantiene el límite general de seis meses establecido en el Estatuto de los Trabajadores, aunque los convenios colectivos pueden contemplar determinadas ampliaciones. La novedad es que cualquier prolongación por encima de ese periodo deberá estar debidamente justificada. Entre las circunstancias que pueden explicar una extensión se encuentran situaciones como una ausencia temporal del trabajador por enfermedad o por el disfrute de un permiso. La ampliación deberá responder, en todo caso, a una causa concreta y quedar debidamente explicada. Trabajo pretende con esta modificación evitar que el periodo de prueba se utilice para finalidades distintas de las que justifican su existencia. El objetivo es reforzar la protección de los trabajadores frente a posibles abusos y conseguir que la duración del periodo de prueba esté no solo informada, sino también vinculada a una causa que permita justificarla.

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(El Periódico, 09-09-2026) | Laboral

La patronal estudia denunciar ante los tribunales la nueva reforma de los contratos laborales

La CEOE está estudiando la posibilidad de recurrir ante los tribunales la nueva reforma de los contratos de trabajo aprobada este martes por el Consejo de Ministros. La patronal considera que el real decreto podría invadir materias reservadas al Estatuto de los Trabajadores y cuestiona que el Gobierno utilice una norma de menor rango para modificar contenidos que, a su juicio, deberían abordarse mediante una disposición de rango superior. La nueva regulación amplía de forma significativa las obligaciones de las empresas a la hora de informar a sus empleados. Los nuevos contratos deberán recoger, entre otros aspectos, el salario base y los componentes variables de la remuneración, la distribución de la jornada diaria, mensual y anual, así como determinadas limitaciones relacionadas con los cambios de turno o los sistemas de llamamiento de los trabajadores fijos discontinuos. Fuentes de la CEOE señalan que la organización todavía no ha tomado una decisión definitiva sobre un posible recurso: «En CEOE estamos valorando la posibilidad o no de recurrirlo. Es algo que todavía no se ha decidido». El real decreto aprobado por el Ejecutivo tiene como objetivo incorporar al ordenamiento español la directiva europea sobre condiciones laborales transparentes y previsibles. España acumula varios años de retraso en esta transposición, que debería haberse completado en 2022, una demora que llevó a Bruselas a analizar posibles medidas frente al incumplimiento. El Ministerio de Trabajo ha intentado facilitar la adaptación de las empresas a las nuevas exigencias y, a petición de la patronal, ha establecido un periodo transitorio de 20 días. En un primer momento estaba previsto que las nuevas obligaciones comenzaran a aplicarse al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), pero finalmente las compañías dispondrán de ese margen adicional. Fuentes del departamento que dirige Yolanda Díaz aseguran que la medida fue solicitada para facilitar especialmente la adaptación de las pequeñas y medianas empresas y consideran razonable haber concedido ese plazo. La aprobación de la reforma se produce además en la recta final de la legislatura y después de varios años de retrasos. El real decreto tendrá que ser convalidado o rechazado por el Congreso en el plazo de 30 días, aunque no está garantizado que el Gobierno consiga los apoyos suficientes para mantenerlo en vigor. Mientras tanto, la CEOE analiza también el impacto que la nueva regulación puede tener sobre la carga administrativa de las empresas, especialmente sobre las gestorías que deberán gestionar buena parte de estas nuevas obligaciones. Los sindicatos, por su parte, defienden que una mayor transparencia en la información laboral puede reducir los desequilibrios entre trabajadores y empresas y dificultar determinadas prácticas abusivas por parte de compañías incumplidoras. El posible recurso añadiría un nuevo frente de conflicto entre la organización empresarial que preside Antonio Garamendi y el Ministerio de Trabajo. La patronal también mantiene abierta otra batalla judicial relacionada con la reforma del registro de jornada que prepara el Ejecutivo. Esta segunda regulación pretende eliminar los sistemas de control horario basados en papel y bolígrafo y obligar a las empresas a utilizar sistemas digitales. El objetivo es que la Inspección de Trabajo pueda acceder a los registros de forma remota y reforzar la vigilancia sobre el cumplimiento de la jornada laboral y los posibles excesos de horario. La CEOE ya ha anticipado que emprenderá acciones legales contra esta reforma una vez que sea aprobada definitivamente por el Consejo de Ministros. La organización empresarial considera que el Ejecutivo está utilizando de forma inadecuada la vía reglamentaria para introducir modificaciones de gran alcance que, en su opinión, deberían tramitarse mediante una ley. Esta alternativa obligaría a pasar por el Congreso, donde el Gobierno no tiene asegurada una mayoría suficiente. El Ministerio de Trabajo mantiene, no obstante, su intención de llevar el nuevo reglamento de registro de jornada al Consejo de Ministros durante este mes de septiembre.

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(Cinco Días, 09-09-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El petróleo roza los 100 dólares ante la escalada bélica en Oriente Próximo

La escalada militar en Oriente Próximo vuelve a trasladarse al mercado energético y empuja al alza el precio del petróleo. A los ataques estadounidenses contra petroleros iraníes del pasado fin de semana se suma ahora la ofensiva de los hutíes de Yemen, aliados de Teherán, contra instalaciones energéticas de Arabia Saudí, que ha dejado más de 70 heridos. En este contexto, el barril de Brent ha vuelto a acercarse a los 100 dólares y las perspectivas apuntan a que la presión sobre el crudo continuará mientras persista la violencia y se mantengan las dificultades para el transporte marítimo en el estrecho de Ormuz y el mar Rojo. El Brent sube más de un 2% durante la mañana y supera los 99 dólares por barril, acercándose de nuevo a la barrera de los 100 dólares. El crudo había conseguido alejarse de ese nivel en mayo, después de haber alcanzado casi los 120 dólares en marzo, cuando el estallido de la guerra en Irán provocó el mayor repunte registrado durante el conflicto. La situación en Ormuz se ha convertido en uno de los principales focos de preocupación para el mercado. Por este estrecho circulaba antes de la guerra alrededor del 20% del petróleo y el gas consumidos a escala mundial, y su bloqueo ha obligado a buscar rutas alternativas. La inestabilidad también se ha extendido al mar Rojo, donde los hutíes yemeníes amenazan el tráfico marítimo a través de Bab el-Mandeb, el paso que separa África de la península Arábiga y conecta el mar Rojo con el canal de Suez. El ataque contra instalaciones saudíes supone una nueva escalada y complica todavía más la capacidad exportadora del principal productor de la región. Arabia Saudí había recurrido al mar Rojo como una vía alternativa para dar salida a parte de su producción ante las dificultades provocadas por el cierre de Ormuz. La prolongación del conflicto y las alteraciones en el transporte marítimo están obligando también a revisar al alza las previsiones sobre el precio del petróleo para los próximos meses. El escenario que hace unos meses contemplaba una posible solución diplomática y cierta recuperación de la normalidad antes de terminar el año pierde fuerza, mientras aumenta el riesgo de que el crudo vuelva a superar los 100 dólares. Goldman Sachs ha elevado en cinco dólares su previsión para el Brent y sitúa ahora su estimación en 85 dólares por barril a finales de año y en 80 dólares para 2027. Sin embargo, la entidad advierte de que el precio podría superar los 120 dólares si la producción media del Golfo durante 2027 se mantiene cuatro millones de barriles diarios por debajo de los niveles anteriores a la guerra, frente a los 500.000 barriles diarios de déficit contemplados en su escenario central. El banco considera, además, que una intensificación de los ataques contra los buques que navegan por Ormuz y el mar Rojo sería el principal factor capaz de provocar una nueva escalada de las cotizaciones. Pese a todo, el encarecimiento del crudo está siendo más contenido que el de los carburantes. El cierre del estrecho de Ormuz ha generado un fuerte shock energético, pero el petróleo acumula una subida aproximada del 40% desde el comienzo de la guerra, mientras que los combustibles han llegado a duplicar su precio. La diferencia responde, entre otros factores, a las limitaciones de la capacidad mundial de refino. Las refinerías rusas continúan afectadas por los ataques de Ucrania y las estadounidenses operan cerca de sus límites de capacidad, lo que incrementa el riesgo de nuevas tensiones en caso de averías. En Estados Unidos, el precio de la gasolina vuelve a situarse por encima de los cuatro dólares por galón, mientras que en España se aproxima de nuevo a sus máximos del año. El mercado petrolero ha conseguido amortiguar parcialmente el impacto del conflicto gracias, en buena medida, a la utilización de reservas estratégicas por parte de los países de la OCDE y a la menor demanda de crudo de China. Según Goldman Sachs, los inventarios comerciales terrestres de la OCDE, uno de los elementos determinantes para la evolución de los precios, apenas han disminuido desde el inicio de la guerra. Esto apunta a que el déficit de suministro está siendo menor de lo previsto inicialmente gracias a la capacidad del mercado para adaptarse. La entidad calcula que las reservas comerciales se encuentran todavía un 16% por encima de su media de 2003, el nivel más bajo de la serie histórica. Los inventarios mundiales de petróleo almacenados en tierra han pasado de unos 9.100 millones de barriles antes de la guerra a alrededor de 8.600 millones en la actualidad, aunque siguen por encima de lo que Goldman Sachs considera el mínimo necesario para garantizar el almacenamiento operativo. La guerra sí ha reducido progresivamente las reservas de petróleo acumuladas en el mar como consecuencia de las sanciones a la industria rusa. Al mismo tiempo, los productores del Golfo Pérsico están buscando fórmulas para sacar parte de su producción pese a las restricciones en Ormuz, entre ellas desactivar temporalmente los sistemas de localización por satélite o realizar transferencias de crudo entre buques en alta mar. La evolución de la demanda china también puede actuar como elemento de contención. El repunte de los precios podría llevar a Pekín a mantener reducidas sus compras de petróleo, contribuyendo así a limitar la presión sobre las cotizaciones internacionales. Para Norbert Rücker, director de Investigación Económica y Next Generation de Julius Baer, existe una diferencia significativa entre la situación del mercado físico y la evolución de los mercados financieros. Aunque persisten los temores sobre el suministro, las exportaciones de Oriente Próximo y las reservas mundiales permanecen relativamente estables. La elevada negociación financiera del petróleo, que moviliza diariamente alrededor de medio billón de dólares, estaría contribuyendo a amplificar la percepción de riesgo y, con ella, las cotizaciones. El experto considera que actualmente existe una prima de riesgo excepcionalmente elevada en el precio del crudo y mantiene una recomendación de cautela ante la posibilidad de que nuevas escaladas militares vuelvan a tensionar el mercado.

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(Expansión, 09-09-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El BCE subirá los tipos al 2,5%

El encarecimiento del dinero parece estar condicionado por la evolución de la inflación, aunque dentro del Banco Central Europeo ya hay voces que reclaman un endurecimiento mayor de la política monetaria. La institución se prepara para acometer la segunda subida de tipos de este nuevo episodio de presión sobre los precios. El Banco Central Europeo afrontará el inicio del nuevo curso con un incremento de los tipos de interés que situará el precio oficial del dinero en el 2,5%. La decisión, que se da prácticamente por descontada para la reunión del jueves, elevará las tasas hasta niveles que no se veían desde marzo del año pasado. Ninguno de los miembros del Consejo de Gobierno del BCE que preside Christine Lagarde se ha manifestado públicamente en contra de esta subida, una medida que ya había quedado prácticamente anunciada durante la reunión de política monetaria celebrada en julio. El repunte de las tensiones entre Estados Unidos e Irán, unido a las consecuencias sobre el estrecho de Ormuz y su posible impacto en los precios energéticos, refuerza las expectativas de un nuevo incremento de los tipos, que los mercados prácticamente dan por seguro. El presidente del Banco de Lituania, Gediminas Šimkus, considera que el escenario inflacionista se ha deteriorado y que existen argumentos sólidos para elevar los tipos. En términos similares se ha expresado el gobernador del Banco de Eslovenia, Primo Dolenc, quien ha defendido que las circunstancias justifican una subida en septiembre para garantizar el cumplimiento del objetivo de inflación. La reunión tendrá lugar en un centro recreativo del Deutsche Bundesbank situado en el distrito berlinés de Steglitz-Zehlendorf. El Banco Central alemán ha escogido este emplazamiento para acoger la reunión, que, una vez al año, se celebra fuera de la sede habitual del BCE en Fráncfort. El presidente del Bundesbank, Joachim Nagel, también ha respaldado abiertamente el nuevo incremento de los tipos y ha considerado que el resultado de la reunión es bastante previsible. La principal incógnita aparece a partir de ahora. Mientras existe prácticamente unanimidad sobre la subida de septiembre, no está claro cuál será el siguiente paso del BCE. Lagarde ha insistido en que el escenario actual no es comparable con el vivido durante 2022 y 2023, cuando la crisis energética provocó tasas de inflación superiores al 10%. En la actualidad, el crecimiento de los precios se mantiene en torno al 3%. El gobernador del Banco de Irlanda, Gabriel Makhlouf, considera que todavía no está claro que sea necesario volver a subir los tipos después del movimiento previsto para esta semana. En la misma línea, el gobernador del Banco de Bulgaria, Dimitar Radev, ha defendido la necesidad de mantener una actitud prudente y esperar a conocer la evolución de los datos. Frente a estas posiciones más cautelosas se encuentra Isabel Schnabel, miembro del Comité Ejecutivo del BCE, que a finales de agosto apuntó que con el nivel actual de los tipos resulta poco probable que la inflación regrese al objetivo a medio plazo. A su juicio, podría ser necesario aplicar un mayor endurecimiento monetario, aunque la magnitud de ese ajuste dependerá de los datos que se vayan conociendo. Si el BCE mantiene la estrategia seguida durante este nuevo ciclo monetario, el escenario más probable sería una pausa en la reunión de octubre, manteniendo los tipos sin cambios. Posteriormente, la institución volvería a analizar la evolución de la inflación y del resto de indicadores para decidir si es necesario acometer un nuevo incremento en diciembre.

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