(Cinco Días, 22-10-2026) | Fiscal

El gran consumo urge al futuro Gobierno a bajar impuestos a alimentos y energía ante el impacto de la inflación

Las empresas de gran consumo, desde fabricantes hasta distribuidores, reclaman al Gobierno que salga de las elecciones generales del próximo 29 de noviembre una reducción de los impuestos sobre los alimentos básicos y los suministros energéticos, así como la aprobación de nuevos Presupuestos Generales del Estado. El sector advierte de que la persistencia de la inflación y el aumento acumulado de los precios empiezan a mostrar señales de debilitamiento del consumo. Así lo ha expuesto el presidente de la patronal Aecoc, Ignacio González, durante la apertura del congreso anual de la asociación, que agrupa a unas 35.000 empresas. González considera que el incremento de la recaudación tributaria permite abordar una rebaja fiscal en un contexto en el que los hogares soportan una elevada presión impositiva, el encarecimiento de la vivienda y el aumento del coste de la vida. Entre las medidas propuestas figura recuperar el IVA reducido o del 0% para los alimentos básicos, una iniciativa que el Ejecutivo puso en marcha en 2022 para amortiguar el impacto de la inflación derivada de la guerra de Ucrania y que mantuvo hasta finales de 2024. La patronal también pide reducir la carga fiscal que soportan los suministros energéticos. Los últimos datos del índice de precios de consumo (IPC), correspondientes a septiembre, sitúan la inflación general interanual en el 4,9%, mientras que la de los alimentos y bebidas no alcohólicas alcanza el 2,7%. En septiembre de 2022, ambas tasas eran del 8,9% y del 14,4%, respectivamente. Aunque los incrementos actuales son inferiores a los registrados entonces, González advierte de que una moderación de la inflación no implica que los precios estén bajando, sino que las subidas anteriores se acumulan a las nuevas. El presidente de Aecoc también ha alertado de las primeras señales de desaceleración del consumo. Según un análisis de la consultora Circana, las compras aumentaron un 3% en septiembre, por debajo del crecimiento cercano al 4% acumulado durante los nueve primeros meses del año y del registrado en los últimos doce meses, también superior al 4%. A ello se suma que el índice de comercio al por menor del Instituto Nacional de Estadística acumula tres meses de descensos interanuales. González teme que las tensiones geopolíticas y el encarecimiento de la energía terminen debilitando una demanda que considera menos sólida de lo que reflejan las cifras generales. A su juicio, las empresas están absorbiendo parte de los incrementos de costes, como refleja la diferencia entre la inflación alimentaria y la general, pero su capacidad para seguir haciéndolo disminuirá si se prolonga la presión sobre los precios energéticos. El dirigente empresarial ha resumido la situación de los hogares como un escenario marcado por la presión fiscal, las dificultades para acceder a una vivienda y el encarecimiento de la vida. También ha señalado otros problemas estructurales de la economía española, como los retos demográficos, el absentismo laboral, la baja productividad y el elevado endeudamiento. En materia energética, Aecoc defiende que existe margen para reducir los impuestos que gravan estos suministros, dado el peso que tienen en su precio final. González sostiene que se trata de una decisión que puede adoptarse en el ámbito nacional, sin necesidad de recurrir a las instituciones europeas. La patronal reclama, además, que el próximo Ejecutivo apruebe nuevos Presupuestos Generales del Estado, ya que las últimas cuentas aprobadas corresponden a 2023 y desde entonces se mantienen prorrogadas. También pide poner fin al bloqueo parlamentario y aumentar la inversión pública en digitalización para impulsar la productividad empresarial y reducir la distancia con otros países europeos. Otra de las prioridades del sector es combatir el absentismo laboral, cuyo coste Aecoc estima en 36.000 millones de euros. Para ello, propone mejorar la atención sanitaria con el objetivo de reducir la duración de las bajas, reforzar el intercambio de información entre la Seguridad Social, los servicios autonómicos de salud y las empresas, ampliar progresivamente las funciones de las mutuas, modernizar la regulación de la incapacidad temporal e intensificar el diálogo social. Aunque estas propuestas se centran principalmente en las actuaciones de las administraciones públicas y del sistema sanitario, González ha reconocido que las empresas también tienen responsabilidad en la reducción del absentismo. En este sentido, ha señalado la importancia de factores como la motivación de los trabajadores, la política salarial y el ambiente laboral, y ha advertido de que sería un error que las compañías eludieran su parte de responsabilidad. Por último, Aecoc pide reducir la carga regulatoria que soportan las empresas, al considerar que genera incertidumbre y dificulta su actividad. La asociación también reclama medidas para evitar que la corrupción se normalice, al entender que deteriora la confianza ciudadana, frena la inversión extranjera, dificulta la captación de talento y puede perjudicar al turismo.

LEER MÁS

(El País, 22-10-2026) | Fiscal

Los municipios recaudan casi 4.000 millones con el gravamen de basuras

La tasa de basuras ha vuelto a subir en 2026, después de la polémica que acompañó su implantación el año pasado. Los hogares españoles pagan de media 119,6 euros anuales, un 6,4% más que en 2025, un incremento superior a la inflación. Pese a esta subida, los ingresos obtenidos por los ayuntamientos siguen siendo insuficientes para cubrir el coste total del servicio. Además, las diferencias entre municipios continúan siendo muy acusadas: Valencia registra la cuota más elevada entre las capitales de provincia, con 292,48 euros, mientras que Soria presenta la más baja, con 42,31 euros. Así lo recoge el informe Las Tasas de Residuos en España 2026, elaborado por la Fundación ENT, especializada en investigación y políticas públicas medioambientales. Tras Valencia, Girona y San Sebastián ocupan los siguientes puestos entre las capitales con las tasas domésticas más altas, con 224,56 y 215,53 euros anuales, respectivamente. En el extremo opuesto, después de Soria se sitúan Palencia, con 58,45 euros, y León, con 62,53 euros. Madrid, con una cuota de 151,63 euros, y Barcelona, con 136,68 euros, también superan la media nacional, aunque se encuentran lejos de las cantidades más elevadas. En el ámbito comercial, los hoteles soportan las cuotas medias más altas, con 1.589 euros anuales, seguidos de los supermercados, con 1.033 euros, y los restaurantes, con unos 788 euros. El tamaño del municipio también influye en los importes. En las ciudades más grandes, hoteles y supermercados suelen afrontar las tarifas más elevadas, mientras que en las localidades pequeñas destacan especialmente las cuotas aplicadas a hoteles y restaurantes. La Fundación ENT elabora desde 2015 un análisis de las tasas municipales de residuos. La edición de 2026 examina una muestra de 134 municipios, entre ellos las 50 capitales de provincia. Para comparar las tarifas domésticas, el estudio utiliza un hogar estándar formado por dos personas de entre 20 y 59 años que residen en una vivienda habitual de 75 metros cuadrados. El modelo contempla un consumo de agua de 128 litros por persona y día, una generación anual de residuos de 464,3 kilos por habitante y una recogida selectiva del 41,5%. Más allá de las diferencias entre localidades, el principal problema sigue siendo la falta de cobertura financiera del servicio. La recaudación de la tasa solo permite sufragar, de media, el 69% del coste de recogida y tratamiento de residuos. Los presupuestos municipales para 2026 prevén unos gastos de 5.699 millones de euros y unos ingresos de 3.930 millones. En consecuencia, aproximadamente el 30% del coste continúa financiándose con recursos generales de los ayuntamientos. La cobertura ha mejorado 15,5 puntos porcentuales respecto a 2024, aunque las diferencias entre municipios siguen siendo importantes. Las localidades de hasta 1.000 habitantes alcanzan una cobertura media del 95,5%, lo que significa que sus ingresos por la tasa se aproximan al coste del servicio. En las ciudades de más de 50.000 habitantes, en cambio, la proporción se ha situado históricamente en torno al 70%. El origen de esta situación se encuentra en la obligación legal establecida por el Gobierno, que fijó abril de 2025 como fecha límite para que los ayuntamientos implantaran una tasa específica destinada a financiar íntegramente la recogida y gestión de residuos. La medida, derivada de una directiva europea, responde al principio de que quien contamina paga y pretende que el coste del servicio recaiga en mayor medida sobre quienes generan más basura. Sin embargo, la normativa no estableció un sistema tarifario común ni concretó cómo debían calcularse las cuotas. Esta falta de criterios uniformes ha dejado en manos de cada ayuntamiento el diseño de la tasa, lo que ha generado diferencias notables entre territorios. Enrique García, portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), considera que los consistorios han aplicado criterios muy diversos para trasladar el coste a los contribuyentes. En algunos municipios, explica, se ha introducido la nueva tasa sin reducir el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), lo que ha supuesto un aumento de la carga fiscal. En otros casos, los criterios utilizados no reflejan adecuadamente la cantidad de residuos generados por cada hogar. La OCU ya promovió el año pasado reclamaciones contra la tasa de basuras de Madrid, que fue anulada judicialmente por un defecto de forma. García considera que la nueva ordenanza tampoco deja suficientemente claros los criterios que garantizan la aplicación del principio de que quien contamina paga. Por ello, recomienda abonar la tasa madrileña y presentar después un recurso. Las fórmulas utilizadas para calcular las cuotas también varían considerablemente. El 32,8% de los municipios mantiene tarifas fijas para los hogares, frente al 37,4% registrado el año anterior. Esta modalidad es más habitual en localidades pequeñas. En los municipios de mayor tamaño se incorporan con más frecuencia otros factores, como la ubicación de la vivienda, utilizada en el 24% de los casos; el valor catastral, en el 12,7%; el número de integrantes del hogar, en el 11,2%, y la superficie del inmueble, en el 10,4%. Estas fórmulas han recibido críticas de expertos en fiscalidad local y han motivado numerosas reclamaciones de contribuyentes, ya que no siempre tienen en cuenta la cantidad de residuos generados ni el comportamiento de los hogares en materia de reciclaje. De este modo, pueden acabar aplicando criterios similares a viviendas cuyos niveles de producción de basura son diferentes. Solo el 3% de los ayuntamientos incluye en el cálculo variables relacionadas directamente con la generación de residuos o con la separación de la basura doméstica. El porcentaje se acerca al 10% si se incorporan los municipios que ofrecen bonificaciones medioambientales. Entre los casos analizados figuran Anglesola, en Lleida; Basauri, en Vizcaya; Girona y Madrid. Los tres primeros aplican reducciones vinculadas al reciclaje de residuos orgánicos, mientras que Madrid combina una tarifa variable según los kilos de basura generados por persona y distrito con un coeficiente relacionado con el reciclaje en cada barrio. La diversidad de modelos ha desembocado también en una creciente conflictividad judicial. Según un experto en tributación local citado en el informe, cientos de miles de contribuyentes han recurrido las tasas de sus municipios y los tribunales superiores de justicia autonómicos están dictando resoluciones de distinto signo. Algunas fórmulas han sido aceptadas por unos tribunales y rechazadas por otros, mientras que en determinados casos la anulación se ha basado en defectos formales, como ocurrió en Madrid. Esta incertidumbre podría prolongarse hasta que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre la cuestión, algo que el experto no espera antes de la segunda mitad del próximo año.

LEER MÁS

(El País, 22-10-2026) | Fiscal

Nuevo ‘impuesto al sol’ en Castilla y León que gravará a los grandes parques solares

La Junta de Castilla y León ha incluido en el Proyecto de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas para 2027 una reforma del impuesto sobre la afección medioambiental que amplía su aplicación a los grandes parques fotovoltaicos y a las infraestructuras fijas de telecomunicaciones. El tributo, que hasta ahora gravaba las instalaciones eólicas, los embalses hidroeléctricos y las líneas de alta tensión, es la única figura impositiva propia que mantiene la comunidad tras la supresión del impuesto sobre vertederos. El Ejecutivo autonómico, integrado por PP y Vox y presidido por Alfonso Fernández Mañueco, justifica la modificación por la necesidad de adaptar el gravamen a la realidad actual y extenderlo a actividades que, según el proyecto, generan costes sociales y medioambientales. La inclusión de las instalaciones solares pretende reforzar la neutralidad fiscal entre actividades con una finalidad económica similar y que pueden producir efectos adversos sobre el entorno. La Junta también invoca el principio europeo de «quien contamina, paga» y recuerda que Castilla y León produce más energía renovable de la que consume, aunque soporta parte de los impactos derivados de estas instalaciones. La nueva regulación busca gravar los efectos visuales y ambientales de los parques eólicos y fotovoltaicos, que pueden alterar el paisaje, la flora y la fauna, además de ocupar terrenos agrícolas y modificar los usos tradicionales del suelo. La obligación tributaria se mantendrá incluso cuando las instalaciones estén fuera de servicio, hasta que sean completamente desmanteladas y se restituya el entorno natural a su estado original. El gravamen también afectará a determinadas instalaciones de autoconsumo. Quedan fuera del impuesto las placas solares situadas en cubiertas y tejados de edificios, así como las instalaciones sobre suelo que ocupen menos de cinco hectáreas. Sin embargo, las grandes plantas de autoconsumo industrial o agrícola ubicadas en terrenos de mayor superficie deberán cumplir condiciones específicas para conservar la exención. En las instalaciones de autoconsumo con excedentes que ocupen cinco hectáreas o más, la potencia contratada durante el periodo punta P1 deberá representar, al menos, el 50% de la potencia de generación instalada. Si no se alcanza ese umbral, la Administración podrá considerar que la finalidad principal de la instalación es vender electricidad a la red y aplicar el impuesto íntegro por hectárea. Castilla y León se suma así a Aragón y La Rioja, otras dos comunidades gobernadas por el PP que ya han establecido gravámenes sobre la energía solar. No obstante, fuentes de la asociación fotovoltaica Unef sostienen que la carga prevista en el proyecto castellanoleonés es considerablemente superior a la de los tributos aprobados en esos territorios. La reforma también incrementa la tributación de las instalaciones eólicas. El proyecto actualiza las cuantías de los tramos vigentes, que permanecían sin cambios desde 2012, e incorpora dos nuevas tarifas de 14.000 y 16.000 euros por unidad para los aerogeneradores de mayor potencia. Además, la Junta plantea reducir la exención fiscal del 100% durante los primeros cinco años de funcionamiento, aprobada en 2017. Según la justificación recogida en el proyecto, esta bonificación ha perdido su razón de ser debido al liderazgo de Castilla y León en potencia eólica instalada. Con la reforma, el periodo exento quedaría limitado al año de puesta en marcha y al siguiente. Las empresas podrán reducir el impacto de la subida si acometen proyectos de repotenciación que disminuyan el número de aerogeneradores o realizan inversiones destinadas a combatir la despoblación en los municipios afectados. En el ámbito de las telecomunicaciones, el proyecto incorpora al impuesto los elementos fijos de las redes de comunicaciones telefónicas o telemáticas. La Junta fundamenta esta decisión en los posibles efectos visuales y ambientales de estas infraestructuras sobre el paisaje y los ecosistemas. La cuota prevista asciende a 700 euros por cada poste, torre o antena que no esté conectado con otros elementos mediante cables. Las nuevas instalaciones disfrutarán de una exención durante los dos primeros años. Asimismo, quedarán totalmente exentos los nuevos despliegues en municipios rurales de menos de 1.000 habitantes que carezcan de cobertura básica antes de 2027. La ampliación del impuesto sobre las instalaciones fotovoltaicas tendrá consecuencias económicas para las grandes compañías energéticas y los promotores que operan en la comunidad, entre ellos Iberdrola, Endesa, Naturgy, Solaria, Acciona Energía y Eni. La cuantía se calculará en función de la superficie ocupada por cada planta, tomando como referencia el terreno delimitado por vallas u otros elementos fijos. En las instalaciones flotantes sobre embalses, se atenderá a la superficie de generación. El proyecto contempla una exención temporal para las instalaciones fotovoltaicas durante el ejercicio en que comiencen a funcionar y el siguiente ejercicio completo. También establece que la recaudación se destinará a financiar programas medioambientales y de eficiencia energética, en lugar de incorporarse a la financiación general. Por último, las empresas podrán reducir el impacto fiscal mediante una deducción del 20% del importe invertido en programas y actuaciones dirigidos a mejorar el bienestar socioeconómico y combatir la despoblación en los municipios directamente afectados. Esta deducción tendrá como límite el 30% de la cuota tributaria y exigirá que las inversiones se articulen mediante convenios con las entidades locales o con la Administración autonómica.

LEER MÁS

(El Economista, 22-10-2026) | Fiscal

El Tribunal Supremo prohíbe que la tasa de incendios municipal se convierta en un impuesto encubierto a las aseguradoras

Los ayuntamientos no pueden reclamar a las compañías aseguradoras, como sustitutas de los contribuyentes, el pago de una tasa por prevención y extinción de incendios que supere o no se corresponda con las cantidades que deberían abonar los beneficiarios efectivos del servicio. Así lo establece el Tribunal Supremo en una sentencia de 5 de octubre de 2026. La magistrada Córdoba Castroverde, ponente de la resolución, señala que las entidades locales deben identificar en las liquidaciones a los contribuyentes sustituidos y concretar el importe que corresponde a cada uno. De este modo, se garantiza que la carga económica total exigida a la aseguradora no exceda de las obligaciones tributarias que recaerían sobre los contribuyentes reales. El criterio del alto tribunal se fundamenta en el artículo 36.3 de la Ley General Tributaria (LGT), que regula la figura del sustituto del contribuyente. Según este precepto, el sustituto está obligado por ley a cumplir la obligación tributaria principal en lugar del contribuyente, pero conserva el derecho a reclamarle posteriormente las cantidades satisfechas. Por tanto, la Administración no puede imponerle una deuda superior a la que correspondería a los sujetos pasivos a los que sustituye. El Tribunal Supremo advierte de que, cuando un ayuntamiento establece una cuota global calculada a partir de las primas cobradas por las aseguradoras, sin individualizar las deudas ni identificar a los titulares de los inmuebles afectados, impide que las compañías puedan repercutir el importe a los contribuyentes correspondientes. Esta forma de liquidación convierte, en la práctica, la tasa en un gravamen independiente que recae exclusivamente sobre las aseguradoras. El litigio tiene su origen en una autoliquidación de 59.465,97 euros presentada por una compañía aseguradora ante el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, conforme a la Ordenanza Fiscal 16. Esta norma establecía un gravamen del 5% para las primas de los seguros contra incendios y del 2,5% para las correspondientes a seguros multirriesgo. Después de que el consistorio rechazara la solicitud de rectificación tributaria, tanto el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirmaron la decisión municipal. Sin embargo, el recurso de casación ante el Tribunal Supremo ha concluido con la anulación de los artículos 6 y 7 de la ordenanza y el reconocimiento del derecho a recuperar los ingresos indebidos, junto con los correspondientes intereses de demora.

LEER MÁS

(La Vanguardia, 22-10-2026) | Laboral

Garamendi mantiene a sus vicepresidentes en CEOE y Sánchez Llibre volverá a ser el enlace con las Cortes

La CEOE ha designado a los responsables de sus órganos de gobierno para los próximos cuatro años durante la primera reunión de su Junta Directiva tras la reelección de Antonio Garamendi como presidente por tercer mandato consecutivo. La patronal mantiene a su equipo de vicepresidentes y recupera para Josep Sánchez Llibre, presidente de Foment del Treball, la responsabilidad de las relaciones con las Cortes, un cargo que había perdido formalmente tras las elecciones internas de 2022. Además de la vicepresidencia que corresponde por derecho a Cepyme, presidida por Ángela de Miguel, los empresarios han reelegido a Miguel Garrido, presidente de la patronal madrileña CEIM, como vicepresidente primero. Sánchez Llibre vuelve a asumir oficialmente la interlocución con el Parlamento, una función que ha seguido ejerciendo en la práctica durante los últimos cuatro años. En las anteriores elecciones patronales, el dirigente catalán había apoyado la candidatura alternativa de Virginia Guinda, que no logró imponerse a Garamendi. En esta ocasión, tanto Garrido como Sánchez Llibre han respaldado la continuidad del presidente de la CEOE, pese a las dudas iniciales. El resto de las vicepresidencias seguirá en manos de Lorenzo Amor, presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA); Mirenchu del Valle, al frente de la patronal aseguradora Unespa; Javier González de Lara, presidente de la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA); Vicente Lafuente, presidente de la Confederación Empresarial de la Comunitat Valenciana (CEV); Julián Núñez, presidente de la patronal de las constructoras Seopan; Alejandra Kindelán, presidenta de la Asociación Española de Banca (AEB); e Íñigo Fernández de Mesa y María Helena Antolin. Garamendi también ha mantenido a aproximadamente un tercio de los presidentes de las cerca de treinta comisiones de trabajo de la organización, al tiempo que ha situado a varios dirigentes en áreas estratégicas para la próxima etapa legislativa, que comenzará tras las elecciones generales del 29 de noviembre. Entre los nombramientos destaca el de Lorenzo Amor al frente de la Comisión de Seguridad Social, mientras que Juan Pablo Lázaro, expresidente de CEIM, dirigirá la Comisión de Trabajo. Josep Antoni Duran i Lleida, exdiputado de CiU, asumirá la presidencia de la Comisión de Competitividad, Comercio y Consumo, e Íñigo Fernández de Mesa estará al frente de la Comisión de Economía y Fiscalidad. Por su parte, Xavier Vilajoana, de la Asociación de Promotores Constructores de España (APCE), dirigirá la Comisión de Vivienda y Urbanismo. Rafael Barbadillo, de Confebus, asumirá la dirección de la Comisión y el Consejo del Transporte y la Logística. El primer desafío de los nuevos equipos directivos será la huelga general convocada por CCOO y UGT para el 11 de noviembre, la primera de este tipo en 14 años dirigida contra la patronal y motivada por la crisis de la vivienda. La convocatoria incluye reivindicaciones salariales y laborales. La CEOE ha criticado el paro al considerar que tiene un componente político, especialmente por su proximidad a las elecciones generales, y ha anunciado que presentará una impugnación.

LEER MÁS

(El Economista, 22-10-2026) | Laboral

Los funcionarios quieren recuperar su paga extra: qué pasó en 2010 y por qué quedó congelada

El adelanto de las elecciones generales ha acelerado las reivindicaciones de los empleados públicos, que buscan dejar garantizada antes de la cita electoral del 29 de noviembre la subida salarial del 4,5% prevista para 2027. El Gobierno confirmó verbalmente ayer que mantendrá el incremento pactado, aunque todavía no ha concretado cuándo aprobará su aplicación. Al margen de esta mejora retributiva, los sindicatos han vuelto a situar entre sus prioridades la recuperación de las pagas extraordinarias anteriores a los recortes de 2010. El incremento salarial para 2027 estaba contemplado en el acuerdo plurianual 2025-2028 que el Ejecutivo firmó con las organizaciones sindicales en noviembre del año pasado, con el objetivo de elevar las retribuciones un 11% durante ese periodo. La confirmación de que las nóminas aumentarán un 4,5% el próximo año despeja las dudas sobre el cumplimiento de ese compromiso, pero sigue pendiente determinar cuándo se aprobará la medida, debido a las dificultades que introduce el adelanto electoral en el calendario político. Los empleados públicos también tienen pendiente un incremento adicional del 0,5% correspondiente a 2026, que se sumará al 1,5% ya consolidado. Esta subida estaba condicionada a que la inflación media anual superase el 1,5%, una circunstancia que, según las previsiones recogidas en el texto, se verá confirmada por la evolución de los precios. El aumento tendrá efectos retroactivos desde el inicio del año, aunque tampoco se conoce la fecha en la que se hará efectivo. En cualquier caso, deberá aplicarse a las nóminas correspondientes a todo 2026. Una vez encauzada la cuestión de las subidas salariales, los sindicatos pretenden intensificar su campaña para recuperar la estructura retributiva de las pagas extraordinarias anterior a los recortes de 2010. La reivindicación afecta a unos 2,9 millones de empleados públicos, entre funcionarios y personal estatutario, cuyas pagas extraordinarias siguen sin equivaler a una mensualidad ordinaria completa. Varias organizaciones sindicales pusieron en marcha en septiembre una campaña para reclamar la restitución de estas cuantías. Su estrategia pasaba por exigir al actual Gobierno que incluyera la recuperación de las pagas extraordinarias en la elaboración de los próximos Presupuestos Generales del Estado. Sin embargo, el adelanto electoral introduce incertidumbre sobre la posibilidad de avanzar en esta negociación antes de los comicios. El origen del recorte se encuentra en el Real Decreto-ley 8/2010, aprobado durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero para reducir el déficit público en plena crisis financiera internacional. La norma estableció una reducción salarial media del 5% para los empleados públicos y modificó de forma estructural los porcentajes del sueldo base y de los trienios que se incorporan a las pagas extraordinarias. Como consecuencia, estas dejaron de alcanzar el importe de una mensualidad ordinaria completa, una situación que se mantiene desde entonces. La primera paga extraordinaria afectada fue la de diciembre de 2010. Según las estimaciones sindicales, la modificación supone una pérdida media de alrededor de 1.000 euros anuales por trabajador, al tener en cuenta la diferencia entre las cuantías que se perciben y las que corresponderían con la estructura retributiva anterior. La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) mantiene abierta desde 2024 una vía judicial para intentar revertir esta situación. El sindicato presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional después de que el Congreso rechazara tramitar una iniciativa legislativa popular (ILP) que reclamaba la recuperación íntegra de las pagas extraordinarias. La organización sostiene que las circunstancias económicas actuales son diferentes de las que justificaron los recortes hace más de una década y espera una resolución del tribunal. CSIF calcula que, durante los 16 años transcurridos desde la aplicación de la medida, los empleados públicos han dejado de percibir unos 48.000 millones de euros. Esta estimación incluye tanto la reducción inicial de las pagas extraordinarias como las actualizaciones salariales que, según el sindicato, habrían correspondido a esas cantidades si se hubiera mantenido la estructura retributiva anterior.

LEER MÁS

(Cinco Días, 22-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La banca afronta una factura millonaria al tener que devolver el dinero a sus clientes víctimas de fraude

La justicia europea ha zanjado la disputa entre los bancos y los clientes víctimas de fraudes bancarios al establecer que las entidades deben devolver el dinero de las operaciones no autorizadas incluso cuando el usuario haya incurrido en una negligencia grave. Así lo determina una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que impide a los bancos utilizar directamente este argumento para rechazar el reembolso. Si consideran que el cliente actuó de forma gravemente negligente, deberán devolver primero el importe y reclamarlo después, acreditando las circunstancias que justifiquen esa petición. La resolución puede tener importantes consecuencias económicas para el sector financiero, tanto por los nuevos casos de fraude como por las reclamaciones anteriores que todavía puedan ejercitarse. Según los últimos datos del Banco Central Europeo (BCE), la Autoridad Bancaria Europea (EBA) y el Banco de España, las estafas bancarias alcanzaron los 4.200 millones de euros en el Espacio Económico Europeo en 2024, de los que más de 300 millones correspondieron a España. Fuentes del sector financiero estiman que las reclamaciones que podrían plantearse en España por operaciones de los últimos cinco años podrían acercarse a los 1.000 millones de euros. Aunque esta cifra quedaría por debajo de los 2.300 millones abonados por las entidades a raíz de las reclamaciones por las cláusulas suelo, el impacto sobre sus cuentas podría ser considerable. Desde el sector advierten de que las devoluciones afectan directamente al resultado de los bancos y obligan a restituir los fondos con rapidez. Hasta ahora, las entidades financieras habían recurrido con frecuencia a la negligencia del usuario para eludir su responsabilidad. Según los datos disponibles, los clientes asumían aproximadamente el 80% de las pérdidas derivadas de los fraudes mediante transferencias. En las operaciones con tarjetas, los bancos soportaban cerca del 60% de los importes defraudados, mientras que en las retiradas de efectivo la distribución de las pérdidas se encontraba prácticamente equilibrada. El informe del BCE y la EBA correspondiente a 2024 sitúa las transferencias como el principal instrumento utilizado en las estafas, con 153 millones de euros defraudados en España, seguidas de las operaciones con tarjetas, con 141 millones, y las retiradas de efectivo, con 17 millones. El resto de las pérdidas se distribuyó entre domiciliaciones bancarias y operaciones con dinero electrónico. En el conjunto del Espacio Económico Europeo, el importe total de los fraudes aumentó un 17% respecto al año anterior, hasta los 4.200 millones de euros. Las transferencias representaron el 61% del total y las tarjetas, el 31%. Los usuarios soportaron cerca de 2.500 millones de euros en pérdidas, frente a los 830 millones asumidos por las entidades financieras y los 450 millones atribuidos a otros participantes, principalmente plataformas tecnológicas. La sentencia establece un criterio relevante para la gestión de estas reclamaciones: cuando una operación no ha sido autorizada por el cliente, el banco debe proceder al reembolso sin demora, sin que la posible negligencia grave del usuario permita denegarlo de entrada. Si la entidad considera que existen motivos para atribuirle responsabilidad, deberá acreditar las circunstancias correspondientes y reclamar posteriormente las cantidades que procedan. La decisión llega en un contexto de creciente sofisticación de las estafas digitales. El Banco de España señala que el importe medio de las transferencias fraudulentas aumentó un 42% durante el primer semestre de 2025, hasta alcanzar los 2.347 euros por operación, según su memoria de supervisión. Ante esta situación, las entidades financieras han intensificado las campañas de prevención dirigidas a sus clientes. Los bancos insisten en la necesidad de proteger las claves, no compartir códigos de autenticación y desconfiar de los enlaces recibidos por mensajes o correos electrónicos. Sin embargo, algunas fuentes del sector consideran que estas comunicaciones también buscan delimitar la responsabilidad de las entidades ante el nuevo escenario jurídico. Los plazos para reclamar resultan determinantes. El cliente dispone de 13 meses desde la fecha del cargo para comunicar una operación no autorizada. Una vez presentada la reclamación, la entidad tiene 15 días hábiles para responder. Tras esa respuesta, el usuario cuenta con un año para acudir al Banco de España, mientras que la posibilidad de emprender acciones judiciales está sujeta, con carácter general y según la acción ejercitada, a un plazo de prescripción de cinco años. Carol Rodríguez, directora de Regulación Financiera de finReg360, explica que el pronunciamiento europeo refuerza las reclamaciones que todavía se encuentran dentro de los plazos legales, aunque no permite reabrir automáticamente los procedimientos que ya han adquirido firmeza. Por tanto, los clientes a quienes se denegó el reembolso alegando una negligencia grave podrían volver a reclamar si su caso sigue siendo jurídicamente revisable. La sentencia del 15 de octubre resuelve el caso de una clienta de una entidad polaca que había anunciado la venta de un artículo en una plataforma de internet. Un estafador se hizo pasar por un comprador y le envió un enlace a una página que imitaba la web de su banco. La mujer introdujo sus credenciales de acceso y el delincuente transfirió unos 700 euros a una cuenta propia. Cuando la clienta comunicó el fraude al día siguiente, la entidad rechazó devolver el dinero al considerar que no había protegido adecuadamente sus instrumentos de pago ni impedido que una persona no autorizada accediera a ellos. Hasta ahora, argumentos similares habían servido a los bancos para denegar el reembolso en determinadas situaciones. La nueva interpretación del TJUE modifica este enfoque al separar la obligación inicial de devolver los fondos de la posibilidad de exigir responsabilidades al cliente con posterioridad. La experta de finReg360 recuerda que la negligencia grave ha sido uno de los motivos habituales empleados por las entidades y los proveedores de servicios de pago para rechazar las reclamaciones. También señala que el Tribunal Supremo español ya había establecido que corresponde a los bancos demostrar esa negligencia y que el mero uso de las credenciales del cliente o de mecanismos de autenticación reforzada no constituye, por sí solo, una prueba suficiente. Con este pronunciamiento, la justicia europea refuerza la protección de los usuarios frente a las operaciones bancarias no autorizadas y obliga a las entidades a asumir inicialmente el coste del reembolso, sin perjuicio de que puedan reclamar posteriormente al cliente cuando acrediten que concurren los requisitos legales para hacerlo.

LEER MÁS

(Expansión, 22-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El plan de vivienda de Feijóo: rebajas fiscales, Ley del Suelo y "desokupaciones" exprés

La crisis de la vivienda, que ha motivado la convocatoria anticipada de elecciones generales, se perfila como uno de los asuntos centrales de la campaña. Frente a las iniciativas del PSOE, plasmadas en los dos decretos aprobados por Pedro Sánchez tras la disolución de las Cortes, el presidente del PP y candidato a los comicios del 29 de noviembre, Alberto Núñez Feijóo, detalló ayer algunas de las medidas que pretende impulsar si llega a la presidencia del Gobierno. Durante un acto celebrado en Sevilla junto al presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, Feijóo reafirmó su objetivo de construir un millón de viviendas durante la próxima legislatura. Para alcanzar esa meta, se comprometió a aprobar en sus primeros cien días en La Moncloa la Ley del Suelo, una iniciativa que lleva años bloqueada en el Congreso de los Diputados y que, según el PP, permitiría acelerar las licencias y reducir la burocracia asociada a la construcción residencial. También planteó poner a disposición de nuevas promociones todo el suelo disponible, en un contexto en el que el déficit de viviendas aumenta en más de 100.000 unidades al año y podría superar el millón en 2028, de acuerdo con las últimas estimaciones del Banco de España. Feijóo defendió la necesidad de modificar las políticas de vivienda aplicadas por el actual Ejecutivo, a las que atribuyó la gravedad de la crisis habitacional. El líder popular sostuvo que cambiar el rumbo en esta materia constituye una de las prioridades más urgentes del país y afirmó que corregir la situación actual sería uno de los principales objetivos de un eventual Gobierno del PP. Para ello, anunció que buscará la colaboración de los presidentes autonómicos y de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) con el fin de facilitar la liberación de terrenos destinados a nuevas promociones residenciales. El programa del PP también contempla incentivos fiscales dirigidos a los jóvenes que quieran adquirir su primera vivienda. En línea con los compromisos incluidos en el documento Contrato por España, presentado a principios de semana, Feijóo anunció que pretende poner en marcha lo que calificó como la mayor ayuda de la historia para este colectivo. Entre las medidas propuestas figuran avales de hasta el 100% del precio del inmueble y una reducción del 60% en el IVA y en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) para los compradores menores de 40 años. A estas iniciativas se sumaría la creación de una cuenta de ahorro específica para la adquisición de vivienda, cuyos rendimientos estarían exentos de tributación siempre que se destinasen a ese fin. Según los cálculos del Partido Popular, una persona menor de 40 años que compre una vivienda de 250.000 euros después de cinco años trabajando podría ahorrarse 25.000 euros en impuestos y necesitar 50.000 euros menos para formalizar su primera hipoteca. Otra de las propuestas anunciadas por Feijóo consiste en reformar la legislación para facilitar el desalojo de ocupantes ilegales en un plazo de 48 horas. El PP considera que esta medida contribuiría a incrementar la oferta de viviendas en alquiler al proporcionar mayor seguridad jurídica a los propietarios. El candidato popular argumentó que una mayor protección para los arrendadores favorecería la salida de más inmuebles al mercado y, con ello, podría contribuir a mejorar los precios para los inquilinos. La vivienda también centró el enfrentamiento entre los dos principales partidos durante la jornada. El director de campaña del PP, Miguel Tellado, envió una carta a la sede del PSOE en la calle Ferraz, dirigida a la responsable de estrategia socialista, María Jesús Montero, en la que solicitaba la celebración de un debate entre la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, y el vicesecretario de Hacienda y Vivienda del PP, Juan Bravo. En el escrito, Tellado cuestionó irónicamente la responsabilidad de Montero en la gestión del Gobierno, recordando su etapa como vicepresidenta, y defendió que los socialistas debían explicar las políticas que Sánchez pretende mantener durante una nueva legislatura. Según fuentes de la dirección popular, una trabajadora del PSOE acudió a recoger la carta, pero finalmente rechazó recibirla. Desde Génova justificaron la petición del debate señalando que la vivienda había sido uno de los argumentos utilizados por Sánchez para convocar las elecciones y que el PP estaba dispuesto a confrontar sus propuestas con las del Ejecutivo. No obstante, la discusión sobre las políticas residenciales podría terminar abordándose en el debate electoral previsto entre Feijóo y Sánchez.

LEER MÁS

(Expansión, 22-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Basilea se impone a los bancos y fuerza cambios para evitar que maquillen sus datos

El Comité de Basilea mantiene su postura y considera que existen pruebas de que algunas entidades bancarias manipulan sus cifras para aparentar un menor tamaño y reducir las exigencias regulatorias que deben cumplir. Para frenar esta práctica, ha aprobado nuevas directrices que detallan cómo deben calcularse determinados indicadores, pese a la oposición generalizada del sector financiero. El Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, responsable de establecer los estándares internacionales de regulación bancaria, lleva años cuestionando la transparencia de las entidades a la hora de presentar sus datos. Una de sus principales preocupaciones se centra en los indicadores utilizados para determinar qué bancos forman parte de la lista de las 30 entidades consideradas de importancia sistémica mundial, es decir, aquellas cuya quiebra podría tener graves consecuencias para el sistema financiero. Santander es el único banco español incluido en este grupo. El organismo sostiene ahora que dispone de «pruebas que indicaban que algunos bancos adoptan medidas para reducir temporalmente los valores de determinados indicadores al cierre del ejercicio, lo que da lugar a una subestimación de su importancia sistémica». Esta práctica, conocida en el ámbito financiero como window dressing, consiste en presentar una imagen más favorable de la situación de una entidad mediante ajustes temporales en sus cifras. Basilea considera que este comportamiento resulta inaceptable, ya que, según advierte, «socava los objetivos políticos previstos en las normas del Comité y pone en riesgo el buen funcionamiento de los mercados financieros». La cuestión es relevante porque la clasificación como entidad de importancia sistémica mundial, conocida por las siglas G-SIB, implica la obligación de mantener recursos adicionales y cumplir requisitos regulatorios más exigentes. Además, existen diferentes niveles dentro de esta categoría, de manera que los bancos considerados más arriesgados deben asumir mayores exigencias para reducir el peligro que representan para la estabilidad financiera. Hasta ahora, las entidades podían reducir temporalmente sus exposiciones al aproximarse el cierre del año, fecha de referencia para calcular los indicadores, y recuperar después sus niveles habituales. De este modo, conseguían aparentar una importancia sistémica inferior a la real. Un informe publicado por el Banco Central Europeo en 2024 señalaba que esta práctica podía permitir a los bancos reducir hasta un 15% la valoración de su riesgo sistémico. Las nuevas normas de Basilea pretenden cerrar esta vía mediante la modificación de los criterios de medición. Las entidades de mayor tamaño, aquellas que pertenecen o han pertenecido al grupo de bancos sistémicos o que se encuentran cerca de alcanzar esa condición, deberán facilitar datos correspondientes a los cierres trimestrales, mensuales e incluso diarios en determinados casos. Con ello, se busca impedir que las entidades puedan alterar temporalmente sus cifras para mejorar su clasificación. Para el resto de los bancos, bastará con realizar mediciones trimestrales en todas las categorías. Este criterio supone una concesión al sector, ya que la propuesta inicial del Comité contemplaba la obligación de efectuar mediciones diarias para todas las entidades. El organismo internacional afirma que ha intentado compatibilizar la lucha contra estas prácticas con la necesidad de evitar una carga informativa desproporcionada. Según explica, ha valorado las ventajas de aplicar controles más específicos frente a la posibilidad de imponer una metodología uniforme a todos los bancos. La decisión supone una respuesta a las críticas planteadas por la industria financiera durante el proceso de elaboración de la normativa. En 2024, un escrito conjunto respaldado por asociaciones bancarias que representaban a más de un millar de entidades de alrededor de un centenar de países rechazó las acusaciones de malas prácticas y cuestionó que Basilea dispusiera de pruebas suficientes para justificar los cambios. El Comité también ha introducido una modificación favorable para el sector al elevar de 200.000 millones a 350.000 millones de euros el umbral que determina qué entidades deben comunicar sus datos conforme a los criterios establecidos para evaluar su importancia sistémica. La ratio de apalancamiento seguirá siendo la referencia para determinar la aplicación de esta obligación. El calendario de aplicación contempla dos plazos diferentes. El nuevo umbral comenzará a aplicarse el 1 de enero de 2027, mientras que el resto de las modificaciones regulatorias no entrará en vigor hasta el 1 de enero de 2030.

LEER MÁS

(La Vanguardia, 22-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Fedea advierte de que los créditos públicos para la entrada de la primera vivienda pueden encarecer más los precios

Los créditos públicos sin intereses que permiten financiar hasta el 20% de la entrada para comprar la primera vivienda habitual podrían contribuir a elevar aún más los precios, según advierte la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) en un informe publicado este miércoles. El estudio examina los dos decretos de vivienda aprobados por el Gobierno en una segunda ronda de medidas, que se someterán a convalidación en la Diputación Permanente del Congreso la semana de la huelga general del 11 de noviembre. Los autores concluyen que algunas de las iniciativas pueden perjudicar a determinados colectivos en un mercado que ya presenta importantes dificultades de acceso. El informe, elaborado por los economistas Fernando Pinto Hernández y Santiago Calvo, identifica quiénes podrían beneficiarse de las nuevas medidas y quiénes podrían salir perjudicados, tanto en materia de alquiler como de fiscalidad y compra de vivienda. Sobre el programa conocido como «Tu Casa», que ofrece préstamos al 0% para financiar la entrada de una vivienda, Fedea advierte de que, al impulsar la demanda en un mercado con una oferta limitada, buena parte de la ayuda podría trasladarse a los precios. Además, las viviendas adquiridas mediante este mecanismo quedarían sujetas de forma permanente a un precio máximo de reventa actualizado conforme al IPC. Esto supondría renunciar a la revalorización futura de todo el inmueble y, según los autores, podría llevar a los compradores a decantarse por zonas con menores perspectivas de apreciación. La fundación considera que las medidas del Ejecutivo no resuelven el principal problema estructural del mercado inmobiliario: la escasez de viviendas disponibles en las zonas donde se concentra la demanda. Aunque el decreto incorpora instrumentos para facilitar la financiación de nuevas promociones, sus efectos no serían inmediatos. Tampoco aborda los obstáculos que ralentizan la conversión del suelo en viviendas, como los trámites urbanísticos, los prolongados plazos administrativos y la falta de suelo urbanizado en las áreas con mayor presión residencial. Fedea recuerda que España acumula un déficit estimado de 750.000 viviendas, según el Banco de España. La diferencia entre la creación de hogares y la construcción de inmuebles también evidencia el desequilibrio: en 2025 se formaron alrededor de 240.000 hogares netos, frente a unas 92.000 viviendas terminadas. Para los autores, reforzar la protección de quienes ya disponen de una vivienda no basta para solucionar las dificultades de quienes intentan acceder por primera vez al mercado. El informe también cuestiona los incentivos fiscales previstos para los propietarios que reduzcan el precio del alquiler. En concreto, critica que las rebajas del IRPF dependan de determinados tramos de reducción de la renta inicial, una fórmula que podría generar diferencias fiscales desproporcionadas y condicionar las decisiones de los arrendadores. Entre los posibles efectos, señala que algunos propietarios podrían optar por congelar el alquiler o reducirlo más de un 5% para beneficiarse de una deducción superior. Los economistas advierten, además, de que las desgravaciones fiscales para los inquilinos pueden estimular la demanda, pero no contribuyen directamente a incrementar la oferta de viviendas. En conjunto, Fedea alerta de que parte de los recursos públicos destinados a facilitar el acceso a la vivienda podría terminar beneficiando también a propietarios y vendedores, sin solucionar de manera estructural el problema de la asequibilidad. El análisis es especialmente crítico con el decreto que modifica la duración de los contratos de alquiler, establece prórrogas sucesivas obligatorias para el arrendador -de cinco años cuando es una persona física y de siete cuando se trata de una persona jurídica- y contempla indemnizaciones de al menos doce mensualidades en determinados casos de no renovación. La norma ya está en vigor, aunque no cuenta con los apoyos necesarios para su convalidación en el Congreso. Según los autores, estas obligaciones pueden desincentivar la puesta de viviendas en alquiler y favorecer que algunos propietarios opten por venderlas o destinarlas a otras modalidades de arrendamiento. El impacto podría ser especialmente relevante entre los pequeños arrendadores, ya que, de acuerdo con los datos del Banco de España citados en el informe, el 76,1% de los particulares que alquilan una vivienda solo dispone de un inmueble destinado a este fin. Pinto y Calvo consideran que la norma puede ofrecer mayor protección y seguridad a los inquilinos que ya tienen un contrato, pero también dificultar el acceso a quienes buscan una vivienda de alquiler, al reducir potencialmente la oferta disponible. No obstante, Fedea reconoce que algunas medidas del primer paquete de iniciativas pueden tener efectos positivos a corto plazo. El programa «Tu Casa», por ejemplo, podría aliviar el coste financiero inicial de los hogares que quieren comprar una vivienda y ayudarles a superar una de las principales barreras para acceder a la financiación privada. Asimismo, la fundación considera necesarias las ayudas dirigidas a promotores y constructores para ampliar el parque inmobiliario. También destaca la importancia de proteger a los inquilinos vulnerables para evitar situaciones de desahucio como la de Maricarmen.

LEER MÁS

¿ESTAS BUSCANDO

ASESORÍA PERSONAL O EMPRESARIAL?

Realiza tu consulta online o ven a visitarnos