(Expansión, 02-03-2026) | Fiscal

El Supremo flexibiliza el límite de 10.000 euros de exoneración de créditos públicos

El Tribunal Supremo ha establecido que el tope de 10.000 euros de exoneración para deudas públicas -como las contraídas con Hacienda, la Seguridad Social o entidades locales- previsto en la Ley de Segunda Oportunidad debe aplicarse por separado a cada administración y no como un límite global. En varias resoluciones del 18 de febrero, conocidas por Efe, el alto tribunal analiza distintos aspectos de esta normativa tras el pronunciamiento de noviembre de 2024 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Este tribunal europeo señaló que la lista de deudas excluidas de la exoneración no es cerrada, lo que permite a cada país decidir qué créditos quedan total o parcialmente fuera, siempre que exista justificación y se respete la proporcionalidad. Esto implica que el límite de 10.000 euros se aplica a cada organismo público individualmente, no al conjunto de las administraciones. Así, podría existir un máximo de 10.000 euros para la Agencia Tributaria, otros 10.000 para la Seguridad Social y otro tanto para ayuntamientos u otras entidades locales. Además, las sentencias precisan que los primeros 5.000 euros de deuda pueden cancelarse por completo y, a partir de esa cantidad, se perdonaría el 50% hasta alcanzar el máximo de 10.000 euros por cada acreedor público. Según explica Juan Ignacio Navas, socio director del despacho Navas & Cusí, es frecuente que una persona tenga varios acreedores públicos. Si antes el límite total era de 10.000 euros, con este nuevo criterio podría situarse entre 30.000 y 40.000 euros. Otra de las resoluciones aclara que no se puede excluir automáticamente de la exoneración a un deudor por haber acumulado sanciones administrativas graves o por haber sido declarado responsable de deudas ajenas. Corresponde al acreedor público demostrar de forma clara que el deudor actuó con mala fe, ya que esta no puede presumirse. Las administraciones deberán acreditar conductas abusivas o negligentes, puesto que muchas de estas deudas se originan simplemente por falta de liquidez, lo que no implica necesariamente mala conducta y no debería impedir el acceso al beneficio. Asimismo, el Supremo avala la posibilidad de cancelar también la deuda subordinada -recargos, intereses y sanciones-, ya que excluirla vulneraría el principio de proporcionalidad recogido en la normativa europea. Navas subraya que estos conceptos suelen representar entre el 20% y el 60% de lo adeudado a las administraciones, pero considera que la medida no reducirá ingresos reales, sino expectativas de cobro poco probables. A su juicio, el cambio es sobre todo jurídico, no económico, y permite evitar que los ciudadanos queden atrapados en una situación de endeudamiento imposible de superar.

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(El Economista, 02-03-2026) | Fiscal

La deducción en el IRPF beneficiará a casi dos millones de salarios que superan el SMI

La deducción fiscal impulsada por el Gobierno para evitar que quienes perciben el salario mínimo interprofesional (SMI) tengan que tributar también alcanzará a cerca de dos millones de trabajadores cuyos sueldos superan los 17.094 euros anuales, cifra en la que se sitúa actualmente el SMI. El motivo es que el Ministerio de Hacienda ha ampliado el beneficio a las nóminas inferiores a 20.000 euros, con el fin de suavizar el fuerte tipo marginal de IRPF que afectarían a estos salarios. Según cálculos de los técnicos de Hacienda agrupados en GESTHA, 668.058 trabajadores cobran entre el SMI y 18.376 euros anuales, mientras que otros 1.228.317 se sitúan entre esa cantidad y los 20.048,45 euros, límite hasta el que se aplicará progresivamente la deducción en la campaña de la Renta de 2026. El primer tramo disfrutará de una rebaja mayor que en la declaración de 2025, mientras que el segundo se beneficiará por primera vez de esta medida. La deducción cubre la tributación correspondiente al SMI y disminuye gradualmente para los salarios inmediatamente superiores. En concreto, se calcula multiplicando por 0,2 la diferencia entre el sueldo anual y el nuevo SMI. En 2025 el umbral máximo para acceder a este beneficio era de 18.276 euros, pero tras la última subida del SMI Hacienda lo elevó a 20.048 euros, lo que ha permitido incorporar a más de un millón adicional de beneficiarios potenciales. No obstante, desde GESTHA advierten de que se trata de estimaciones: si el trabajador no es soltero sin hijos o tiene otras circunstancias personales o familiares, podría no contar con suficientes retenciones para aplicar la deducción íntegra, especialmente si ya disfruta de otros beneficios fiscales. En principio, estos asalariados no estarán obligados a presentar la declaración si solo tienen un pagador, ya que el límite general se fija en 22.000 euros anuales. En caso de tener varios empleadores, deberán hacerlo a partir de 15.876 euros, salvo que los ingresos del segundo y siguientes no superen los 1.500 euros al año. Aun así, los técnicos consideran que podría resultar conveniente presentar la declaración a quienes perciban entre 15.876 y 20.048,45 euros brutos anuales. En esta franja se encuentran también quienes cobran el SMI completo o una cantidad inferior por trabajar a tiempo parcial. Este colectivo supera el medio millón de personas, de modo que el total de potenciales beneficiarios rebasa los 2,4 millones de asalariados. El coste estimado para las arcas públicas rondaría los 200 millones de euros, aunque Hacienda no ha ofrecido una cifra oficial. La rebaja en la recaudación solo se materializará si los trabajadores presentan la declaración correspondiente. A diferencia de años anteriores, cuando se utilizaban reducciones en la retención para evitar que el salario mínimo pagara IRPF, ahora se aplica una retención mensual que después se compensa vía deducción. Según explicó Raquel Jurado, economista del Consejo General de Economistas, el SMI soportará una retención aproximada de 43 euros al mes. La normativa establece que la cuota a pagar no puede superar el 43% de la diferencia entre el salario y el mínimo exento de IRPF (15.876 euros). Sin embargo, el diseño del impuesto provoca que, al empezar a aplicarse retenciones, se generen tipos marginales muy elevados -incluso superiores al 80% en determinados tramos-, aunque el tipo efectivo final se modera gracias a las deducciones. Este fenómeno, conocido como la "joroba" del IRPF, ha sido criticado por expertos y reconocido por el propio Gobierno como una disfunción del sistema. No obstante, hasta ahora no se ha abordado una reforma integral del impuesto, y el debate en el diálogo social se ha centrado principalmente en si el SMI debería o no estar sujeto a tributación.

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(El Economista, 02-03-2026) | Fiscal

Las personas que donen dinero en efectivo a familiares no tendrán que pagar IRPF

Quienes entreguen dinero en efectivo a un familiar -ya sea a un hijo o a un progenitor- no deberán pagar IRPF por esa operación. Así lo ha precisado la Dirección General de Tributos (DGT), dependiente del Ministerio de Hacienda, en una consulta vinculante fechada el 23 de diciembre, donde señala que la donación de dinero no genera ni ganancia ni pérdida patrimonial para quien la realiza. La aclaración responde al caso de una persona que quería transferir una cantidad a su madre y toma como referencia una consulta anterior de un padre que deseaba donar dinero a su hijo. El organismo explica que la situación cambia cuando lo que se transmite no es efectivo, sino otros bienes, como una vivienda o participaciones empresariales. En esos supuestos, el donante debe tributar en el IRPF por la posible ganancia patrimonial obtenida. Por ejemplo, si un inmueble se adquirió por 100.000 euros y en el momento de la donación está valorado en 150.000, el propietario deberá declarar en el IRPF la plusvalía de 50.000 euros. En cambio, si el bien se ha depreciado, esa pérdida no puede deducirse. En el caso del dinero en metálico, en cambio, no existe alteración patrimonial a efectos del IRPF. Eso sí, la DGT recuerda que quien recibe la cantidad donada sí está obligado a liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por el importe percibido.

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(El Economista, 02-03-2026) | Fiscal

La UE simplificará cinco directivas fiscales para reducir un 25% la carga administrativa de las compañías

La Comisión Europea planea simplificar cinco directivas fiscales relacionadas con el Impuesto sobre Sociedades con el fin de rebajar la carga administrativa de las empresas en un 25% y la de las pymes en un 35% antes de que termine 2029. Bruselas trabaja ya en una nueva Directiva Ómnibus en materia tributaria, cuya presentación está prevista para mediados de 2026. El propósito es unificar criterios fiscales en todos los Estados miembros, eliminar obstáculos para acceder a deducciones o exenciones según el país, evitar la doble imposición y la duplicidad en las obligaciones informativas, y hacer más claras y fáciles de aplicar las normas. La revisión afectará a la Directiva de fusiones, la Directiva contra la elusión fiscal, la de matrices y filiales, la de intereses y cánones y la relativa a los mecanismos de resolución de conflictos tributarios. La Comisión ha abierto una consulta pública hasta el 26 de marzo para empezar a elaborar el texto. En el caso de la normativa contra la elusión fiscal -que grava mediante el régimen de Sociedades Extranjeras Controladas a filiales ubicadas en territorios de baja tributación-, se introducirán cambios para evitar posibles situaciones de doble imposición derivadas de la implantación del impuesto mínimo global del 15%, conocido como Pilar II. Esta tasa mínima también obliga a los países de la UE a aplicar un gravamen complementario a filiales extranjeras que tributen por debajo de ese umbral. Asimismo, se revisará la regla que limita la deducibilidad de los intereses de los préstamos empresariales, con el objetivo de proteger especialmente a las pymes y a las compañías con mayor nivel de endeudamiento. En relación con la Directiva de matrices y filiales -que impide la doble tributación de dividendos entre empresas del mismo grupo en distintos países- y la de intereses y cánones, Bruselas pretende armonizar su aplicación, ya que actualmente cada Estado miembro la interpreta de forma diferente. La idea es que las empresas operen bajo condiciones homogéneas en toda la Unión, lo que aportaría mayor seguridad jurídica y reduciría costes administrativos. También se reformará la Directiva de fusiones, que permite realizar procesos de integración empresarial sin impacto fiscal inmediato, dado que su aplicación desigual entre países dificulta adquisiciones y reestructuraciones transfronterizas. Por último, se prevén cambios en la Directiva sobre resolución de litigios fiscales para aclarar los requisitos de admisión, asegurar una aplicación uniforme en todos los Estados miembros y facilitar su utilización tanto por las empresas como por las administraciones tributarias. Según la Comisión Europea, esta iniciativa busca simplificar la normativa vigente y mejorar el entorno empresarial, reduciendo de forma significativa los costes de cumplimiento mediante procedimientos más estandarizados y reglas más armonizadas, lo que reforzará la seguridad jurídica. Este proyecto se enmarca en la estrategia de simplificación normativa que Bruselas quiere culminar en 2029. De hecho, la UE aprobó en febrero la llamada Directiva Ómnibus I, centrada en disminuir las obligaciones de información empresarial en materia de sostenibilidad, dentro del mismo objetivo de reducir cargas y unificar criterios en el mercado europeo.

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(Expansión, 02-03-2026) | Laboral

El Gobierno blinda la subida del SMI: prohíbe a las empresas absorber la antigüedad y los incentivos

El Ministerio de Trabajo no descarta que, mediante la negociación colectiva, empresas y sindicatos puedan pactar en los convenios qué complementos salariales sí podrían compensar las subidas del salario mínimo. El Gobierno ha iniciado el trámite de un real decreto para adaptar al ordenamiento español la directiva europea sobre salarios mínimos adecuados aprobada en 2022. En este texto, el departamento que dirige Yolanda Díaz pretende desarrollar el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores con el fin de restringir que los incrementos del salario mínimo interprofesional (SMI) se neutralicen mediante pluses o complementos salariales, práctica que permite a algunas empresas evitar parte del aumento real del sueldo. Esta iniciativa ya se había adelantado en el acuerdo con los sindicatos UGT y CCOO para elevar el SMI un 3,1% en 2026, hasta 1.221 euros mensuales en catorce pagas. Ambas organizaciones condicionaron su respaldo a que se impidiera compensar la subida con complementos, de forma que el salario mínimo funcionara como una base fija sobre la que se sumaran obligatoriamente los demás conceptos retributivos. La publicación del decreto ha suscitado críticas de las organizaciones empresariales, que consideran que prohibir esa compensación supondrá un aumento significativo de costes laborales. El borrador establece que, si el salario total anual de un trabajador a jornada completa iguala o supera el SMI, se entenderá que este queda cubierto. No obstante, para calcularlo se excluirán numerosos complementos, entre ellos los vinculados a las condiciones del puesto (nocturnidad, peligrosidad, turnos o disponibilidad), los asociados a características personales del trabajador (antigüedad, formación o residencia), los ligados al rendimiento (incentivos, primas o comisiones) y aquellos que los convenios declaren expresamente no compensables. En la práctica, esto deja fuera de la compensación a la mayoría de los pluses habituales en los convenios. Sin embargo, el texto introduce una excepción importante: sí podrían absorber la subida aquellos complementos que así se acuerden expresamente en la negociación colectiva entre empresa y representación de los trabajadores. El decreto señala que se aplicarán las reglas generales de compensación y absorción salvo que los convenios establezcan otras distintas, especificando cómo se aplicaría cada complemento. De este modo, se refuerza el papel de la negociación colectiva para decidir qué conceptos pueden neutralizar las subidas del SMI. El objetivo principal es blindar el salario mínimo como una retribución base garantizada, a la que deban añadirse todos los demás complementos sin que estos sirvan para diluir los incrementos aprobados por el Gobierno. Asimismo, se dota a los representantes de los trabajadores de mayor capacidad para negociar mejoras en los salarios más bajos. Por otro lado, la norma consolida el comité de expertos que asesora sobre el SMI, convirtiéndolo en un órgano consultivo permanente. Para fijar o revisar el salario mínimo, el Gobierno deberá solicitar un informe a esta comisión asesora, que se remitirá a sindicatos y empresarios al menos 15 días antes de la consulta oficial. El real decreto también define la composición de dicha comisión, cuyos miembros serán designados por el Ministerio de Trabajo. Estará presidida por la Secretaría de Estado de Trabajo e incluirá representantes de varios ministerios, de los sindicatos más representativos -UGT y CCOO-, de las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme, así como expertos independientes en materia salarial.

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(Expansión, 02-03-2026) | Laboral

La economía social alcanza el 11,1% de PIB y el 5,8% del empleo

El Valor Añadido Bruto (VAB) generado por la economía social en España ascendió a 54.424 millones de euros en 2023, lo que representa el 4,0% del total nacional y el 11,1% del Producto Interior Bruto (PIB) a precios corrientes, según un estudio del Instituto Nacional de Estadística (INE) que evalúa el peso actual de este sector en la economía española. De acuerdo con la Cuenta Satélite de la Economía Social -publicada por primera vez por el INE-, el volumen de negocio de estas entidades se ha mantenido estable entre 2019 y 2023 en torno al 11,1% del PIB nominal. El informe analiza la actividad económica y laboral de organizaciones como cooperativas, mutualidades, fundaciones, asociaciones o cofradías que desarrollan actividad económica, e incluye datos para valorar el impacto de la pandemia de Covid-19. En 2020, primer año de la crisis sanitaria, este peso llegó al 11,9%, reflejando un comportamiento relativamente mejor que el del conjunto de la economía. Posteriormente, la participación volvió a situarse en el 11,1% en 2023. El VAB directo generado por la economía social -calculado a partir de la producción de empresas financieras y no financieras, así como de entidades sin ánimo de lucro- alcanzó esos 54.424 millones de euros, equivalentes al 4,0% del VAB total del país. En materia laboral, el empleo directo superó los 1,2 millones de trabajadores en 2023, es decir, el 5,8% del empleo total. Durante 2020 este porcentaje se elevó al 6,5%, lo que evidencia que la destrucción de empleo en este sector fue menor que en el conjunto de España durante la pandemia. Desde el punto de vista productivo, la economía social aportó 120.701 millones de euros al total nacional en 2023, mientras que los consumos intermedios sumaron 66.277 millones. En términos de ocupación, estas entidades emplearon directamente a cerca de 1,28 millones de personas. Por sectores institucionales, el VAB generado por las sociedades no financieras y los hogares vinculados a la economía social representó el 3,9% del total de su agrupación en 2023. Ese mismo porcentaje se registró en las sociedades financieras, mientras que en las instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares -donde se concentra gran parte del llamado tercer sector- alcanzó el 81,6%. En cuanto a las ramas de actividad, la mayor presencia de la economía social se dio en la agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, donde explicó el 24,9% del VAB del sector. Le siguieron las actividades de servicios, con un 18,2%. El informe también cuantifica el impacto económico del voluntariado entre la población mayor de 16 años. En 2023, el voluntariado formal alcanzó al 10,3% de este grupo y, si ese trabajo hubiera sido remunerado, su valor equivaldría al 1,0% de la masa salarial total y al 0,5% del VAB de la economía española.

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(El País, 02-03-2026) | Laboral

Juventud activa un buzón para que los becarios denuncien de forma anónima si sufren explotación laboral

Para muchos jóvenes, las prácticas en empresas se asocian a condiciones precarias: horarios excesivos, poca supervisión, tareas mal definidas y gastos que no se compensan. Con el fin de corregir parte de estas situaciones, el Ministerio de Trabajo impulsó el llamado estatuto del becario, un anteproyecto con escasas opciones de aprobarse en el Congreso de los Diputados debido a la mayoría conservadora. Paralelamente, y sin necesidad de tramitación parlamentaria, el Ministerio de Juventud e Infancia pone en marcha una medida adicional: el "Buzón de las Becarias", un canal para que estudiantes en prácticas denuncien de forma anónima posibles abusos laborales. Según el departamento dirigido por Sira Rego, este sistema permitirá comunicar irregularidades como prácticas sin relación con los estudios, sustitución encubierta de trabajadores, realización de funciones propias de la plantilla, ausencia de tutoría o encargos ajenos al carácter formativo. Aunque ya es posible acudir a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la iniciativa busca sacar a la luz casos que de otro modo no se denunciarían. El Instituto de la Juventud recopilará las comunicaciones y las trasladará a la Inspección para su investigación. El buzón, disponible online desde este lunes, será presentado por Rego junto a la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Datos de la Encuesta de Juventud de 2023 indican que el 42% de los jóvenes afirma haber sufrido algún tipo de explotación laboral, aunque estas situaciones rara vez llegan a denuncias formales. En 2024, la Inspección realizó 802 actuaciones para detectar falsos becarios, lo que permitió regularizar 187 puestos de trabajo -132 correspondientes a estudiantes- y reclamar 457.000 euros en cotizaciones a la Seguridad Social. La presentación coincide con la inminente aprobación en segunda lectura del estatuto del becario por el Consejo de Ministros, paso previo a su debate parlamentario, donde se prevé un fuerte rechazo de partidos como Partido Popular, Vox y Junts per Catalunya, además de dudas entre otros aliados del Ejecutivo. Aunque cuenta con el apoyo sindical, las organizaciones empresariales no lo respaldan. El texto plantea reducir a un máximo de 480 horas las prácticas extracurriculares -la mitad que actualmente-, introducir sanciones de hasta 225.000 euros por infracciones graves y obligar a las empresas a cubrir gastos como el transporte. Esta compensación no se aplicaría a quienes ya perciben una remuneración. Sin embargo, no se establece la obligación general de pagar a los becarios, una demanda habitual de sectores políticos y sindicales de izquierda que finalmente quedó fuera del acuerdo. La CRUE valoró positivamente la compensación de gastos, pero advirtió sobre el riesgo de que empresas y entidades públicas no asuman esos costes. Su presidenta, Eva Alcón, expresó preocupación por la viabilidad económica de las medidas si no existe corresponsabilidad entre todos los actores implicados, motivo por el cual la organización mantiene su rechazo al estatuto.

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(El Economista, 02-03-2026) | Laboral

El salario público medio toca máximos y rebasa en un 20,3% el del sector privado

El sueldo medio de los empleados públicos ha alcanzado su nivel más alto en el último año, superando los 2.800 euros mensuales. Según la Estadística de Bases de Cotización de la Seguridad Social, que recoge datos hasta septiembre de 2025, alrededor de 1,2 millones de trabajadores públicos adscritos al Régimen General percibieron ese mes una base media de 2.853,5 euros. Incluso en agosto de 2025 se registró el máximo de la serie, con 2.861,32 euros de media. La base de cotización refleja la remuneración bruta total -en metálico o en especie- que recibe un trabajador y es uno de los indicadores más actualizados sobre la evolución salarial en España. En comparación con el conjunto de asalariados, los empleados de la Administración Pública y defensa cobran de media un 20,3% más. La diferencia salarial supera los 500 euros mensuales y, en septiembre de 2025, se situó en 579 euros. Aunque los sueldos del resto de trabajadores también han crecido en los últimos años -sin bajar de los 2.200 euros mensuales desde noviembre de 2024-, el mayor ritmo de subida en el sector público ha mantenido esa brecha. Dentro de las estadísticas, educación y sanidad aparecen como categorías diferenciadas. Los trabajadores de la enseñanza perciben de media 276 euros menos que los de Administración Pública y defensa, mientras que en el ámbito sanitario la diferencia asciende a 403,86 euros mensuales. En términos de afiliación, los cotizantes de la Administración Pública y defensa son 693.884 menos que los del sector sanitario, aunque superan en 69.218 a los profesionales de la educación. Los funcionarios representan el 6,9% del total de cotizantes, lo que los sitúa como el quinto grupo más numeroso. Por delante están el comercio minorista (2,7 millones de trabajadores, con un salario medio de 1.992 euros), la industria manufacturera (2,04 millones, con 2.608 euros mensuales), las actividades sanitarias y la hostelería, sector este último que registra las nóminas más bajas, con una base media de 1.475 euros, muy por debajo de la Administración Pública y defensa. En cuanto a la brecha salarial por sexo, el conjunto del mercado laboral muestra una diferencia cercana a los 610 euros mensuales (1.827 euros de media para las mujeres frente a 2.437 para los hombres). En el sector público, sin embargo, la distancia se reduce a 229 euros: en septiembre, las mujeres cotizaban por una base media de 2.742 euros y los hombres por 2.971. Pese a que los datos disponibles llegan hasta septiembre de 2025, en diciembre se alcanzó un acuerdo salarial entre el Ministerio de Función Pública -dirigido por Óscar López- y los sindicatos CSIF, UGT y CCOO. El pacto contempla subidas del 2,5% en 2025; del 1,5% en 2026 -con un 0,5% adicional variable si el IPC iguala o supera el 1,5%, que se abonaría en 2027 con carácter retroactivo-; del 4,5% en 2027; y del 2% en 2028. En conjunto, supone un incremento acumulado del 11,45%, recogido en el Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI 2025-2028. Este aumento es 1,2 puntos superior al pactado en el anterior acuerdo (vigente hasta 2024), que preveía una subida del 9,8% entre 2022 y 2024 y que no contó con el respaldo de CSIF, al considerar que no compensaba la inflación. De hecho, la inflación media acumulada en esos años alcanzó el 14,7% (8,4% en 2022, 3,5% en 2023 y 2,85% en 2024), lo que implicó una pérdida de poder adquisitivo del 5,2% para los empleados públicos. Desde CSIF, organización presidida por Miguel Borra, se sostiene además que, desde 2010, el deterioro del poder de compra ronda el 19%. Uno de los objetivos centrales de los sindicatos en la negociación fue precisamente avanzar en la recuperación de ese poder adquisitivo perdido desde la crisis financiera y, especialmente, desde 2022. Aunque la Airef prevé una inflación acumulada del 8,5% para los próximos tres años, el incremento pactado permitiría recuperar capacidad de compra en ese periodo, pero no compensar completamente lo perdido en etapas anteriores.

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(Expansión, 02-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Alerta en el mercado petrolero mundial por el cierre del estrecho de Ormuz

Cada día cruzan el estrecho de Ormuz más de 20 millones de barriles de petróleo procedentes de Irán, Arabia Saudí, Emiratos Árabes Unidos o Irak, lo que equivale a aproximadamente una quinta parte del consumo mundial. Si esta ruta quedara bloqueada durante un periodo prolongado, el precio del crudo se dispararía y tendría un fuerte impacto negativo en la economía global. Tras los ataques de Estados Unidos e Israel contra Irán, toda la atención del mercado petrolero se centra en este paso estratégico situado frente a la costa suroeste iraní. Por él circula a diario más de un tercio del petróleo transportado por mar en el mundo. Tanto Washington como Teherán han aconsejado evitar la zona por considerarla insegura, lo que ha incrementado el temor a que el barril supere los 100 dólares. La Guardia Revolucionaria iraní advirtió que navegar por el estrecho ya no es seguro, mientras que el Departamento de Transporte estadounidense pidió a los buques comerciales que eviten la zona, así como el golfo Pérsico, el golfo de Omán y el mar Arábigo, debido a la intensificación de la actividad militar desde finales de febrero. Aunque ambas advertencias responden a intereses distintos -Irán busca presionar a la economía mundial y Estados Unidos pretende proteger a las compañías-, el efecto práctico sería el mismo: interrumpir una vía esencial para el suministro energético. Un cierre prolongado podría provocar un fuerte aumento del precio del Brent, referencia en Europa, que actualmente ronda los 73 dólares, llevándolo a niveles de tres cifras. El encarecimiento vendría tanto por un posible bloqueo iraní como por una eventual reducción de su producción, lo que disminuiría la oferta global. El dominio iraní de la orilla norte del estrecho constituye una importante carta estratégica frente a un ataque estadounidense, ya que cualquier interrupción afectaría a toda la economía mundial. Aunque cerca del 90% del petróleo iraní se exporta directamente a China -junto con gran parte del crudo de otros países de Oriente Próximo-, si el gigante asiático tuviera que abastecerse en otros mercados, los precios globales subirían. En los últimos años, Estados Unidos ha intentado reducir el riesgo de un shock energético mediante alianzas y preparativos logísticos. Como señaló el general Robert H. Barrow, la logística es determinante en cualquier conflicto. En este contexto, la reactivación de los Acuerdos de Abraham entre Israel y varios países árabes, especialmente Arabia Saudí, ha fortalecido la cooperación regional, mientras que la respuesta israelí ha debilitado a grupos afines a Teherán. Esto ha favorecido un entendimiento entre Jerusalén, Riad y Washington: Israel aporta tecnología para diversificar la economía saudí, Arabia Saudí incrementa la producción de petróleo para contener la inflación -agravada por la guerra comercial impulsada por Donald Trump- y Estados Unidos respalda el acuerdo mientras presiona a Irán, aliado de Rusia. Como resultado, la OPEP+ decidió aumentar su producción en los meses previos y volver a incrementarla en abril para estabilizar el mercado. Aun así, los datos previos a la apertura bursátil apuntan a una subida del Brent de entre el 8% y el 10%. Solo el tiempo dirá si estas medidas bastarán para evitar un fuerte impacto en la economía mundial. El crudo West Texas se ha disparado hasta un 13% en los primeros compases de la sesión de este lunes. Un porcentaje que se ha atenuado con el paso de las horas hasta situarse en el 7-8%. "La razón es directa: Irán produce más de tres millones de barriles diarios y controla el estrecho de Ormuz, el cuello de botella por donde circula aproximadamente el 20% de todo el petróleo que se consume en el planeta. Cualquier perturbación en esa ruta -y un conflicto militar es la perturbación máxima- dispara el precio del crudo de forma automática", explica al respecto Sergio Ávila, de IG. También se ha visto reacción en otra commoditie como es el oro, uno de los activos que sirve -en parte- como termómetro de las tensiones geopolíticas y de mercado. El metal registra un avance en la jornada del lunes que se suma a los ya acumulados en las últimas sesiones, que le han permitido alejarse más de un 14% de los mínimos marcados a comienzos de febrero y quedarse a tan solo un 1% de sus máximos históricos, marcados en las inmediaciones de los 5.415 dólares por onza. Por su parte, la volatilidad, que cotizaba en las últimas sesiones ligeramente por encima de la media de los últimos doce meses -situada sobre los 19 puntos-, se presume que será otro de los activos que registre fuertes alzas a tenor de la evolución de los mercados de renta variable. No en vano, en Asia, las bolsas cotizan con descensos superiores al 1% en selectivos como el Nikkei de Japón, el Hang Seng de Hong Kong o el Kospi de Corea del Sur. Un comportamiento que los futuros de las bolsas de Europa y EEUU descuentan que van a replicar en el comienzo de la jornada.

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(El Periódico, 02-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La inflación se mantiene en el 2,3% en febrero pero los precios subieron un 0,4%

El Índice de Precios de Consumo (IPC), referencia principal para medir la inflación, se mantiene estable en febrero en el 2,3% interanual, tras haber descendido seis décimas en enero. Según el dato adelantado publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), que se confirmará el 13 de marzo, la tasa no varía en el segundo mes del año gracias a la caída del precio de la electricidad, que compensa los aumentos en carburantes, hostelería y alimentos. Con ello, el indicador se sitúa seis décimas por debajo de la media registrada en 2025. Por su parte, la inflación subyacente -que excluye los componentes más volátiles como la energía y los alimentos frescos- sube una décima respecto a enero, hasta el 2,7%, alcanzando su nivel más alto desde agosto de 2024. En términos mensuales, los precios de febrero aumentaron un 0,4% respecto a enero, lo que supone el mayor incremento desde octubre, cuando subieron un 0,7%. El índice armonizado (IPCA), utilizado para comparaciones internacionales por organismos como Eurostat, se sitúa en el 2,5% interanual, una décima más que el mes anterior, con un avance mensual también del 0,4%. La inflación subyacente del IPCA se estima en el 2,8% en febrero, una cifra que el INE incorpora por primera vez en esta estadística. Desde el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa señalan que España continúa en la trayectoria de contención de precios alineada con el objetivo del Banco Central Europeo (BCE), que busca una inflación próxima al 2%. Según el departamento, esta moderación permite que los salarios crezcan por encima de los precios, favoreciendo así la recuperación del poder adquisitivo de los hogares.

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