(Expansión, 30-09-2026) | Fiscal

El Gobierno prorroga hasta diciembre las bonificaciones fiscales a los carburantes

El nuevo decreto anticrisis aprobado por el Gobierno mantiene hasta finales de año las rebajas fiscales aplicadas a los carburantes, aunque con una reducción progresiva. El descuento será de 20 céntimos por litro en octubre, bajará a 13 céntimos en noviembre y quedará en 6 céntimos en diciembre. El Ejecutivo justifica la continuidad de estas medidas por el fuerte encarecimiento de la energía derivado de la situación en Oriente Próximo y por su impacto sobre la inflación, que en septiembre alcanzó el 4,9%, seis décimas más que en agosto. El paquete supone una nueva ampliación y adaptación de las medidas aprobadas en marzo y prorrogadas posteriormente en junio para hacer frente al deterioro del escenario energético. Además de los descuentos sobre gasolina y diésel, el decreto establece límites a las subidas del precio del gas. La tarifa de último recurso (TUR), utilizada por unos tres millones de consumidores, no podrá aumentar más de un 35% en la revisión de octubre ni más de un 15% en las posteriores. También se fija en 19,55 euros el precio máximo de la bombona de butano hasta junio de 2027. En el caso de los carburantes, si los precios aumentan más de un 15% durante noviembre y diciembre, la bonificación podrá volver a situarse en 20 céntimos por litro. El conjunto de medidas eleva por encima de los 12.000 millones de euros el coste de las actuaciones destinadas a amortiguar los efectos de la crisis energética. El Gobierno plantea retirar progresivamente estas ayudas para limitar su impacto sobre las cuentas públicas. El decreto mantiene además apoyos específicos para los sectores más afectados, entre ellos agricultores, ganaderos, armadores y transportistas. Para el transporte profesional por carretera continuará la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos, con 5 céntimos por litro en octubre, 12 en noviembre y 19 en diciembre. También seguirá hasta el 31 de diciembre la bonificación de 20 céntimos por litro para el gasóleo agrícola y la compensación destinada al sector pesquero. Entre las nuevas actuaciones figura una línea de apoyo al transporte ferroviario de mercancías, que concederá 15.000 euros por cada locomotora diésel. El decreto mantiene igualmente el mecanismo de protección vinculado al precio de la electricidad y el gas: si ambos registran en septiembre un incremento superior al 15% respecto al mismo mes del año anterior, el IVA aplicable se reducirá del 21% al 10% y el impuesto sobre la electricidad pasará del 5,1% al 0,5%. El paquete incorpora asimismo medidas relacionadas con la actividad empresarial, de modo que las compañías que reciban determinadas ayudas no podrán justificar despidos por los perjuicios derivados del conflicto en Oriente Próximo. En materia de seguridad energética, se prevé aumentar las reservas de gas natural licuado de cara al invierno y endurecer las sanciones en el sector de hidrocarburos, duplicando las multas previstas para determinadas infracciones. Por último, el Gobierno ha solicitado a la CNMC que analice la eficacia de las medidas adoptadas y el grado en que se están trasladando a los mercados energéticos, además de estudiar la evolución de los precios de los alimentos. El objetivo es evaluar el impacto real de las actuaciones desplegadas durante los últimos meses y comprobar su incidencia sobre la evolución de los costes energéticos y de los productos de consumo.

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(Expansión, 30-09-2026) | Fiscal

¿Peligran los beneficios de la Ley de Mecenazgo? El Supremo lo estudia

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de casación que puede tener importantes consecuencias para las entidades del tercer sector, al abordar hasta dónde puede llegar la Agencia Tributaria a la hora de negar el régimen fiscal especial previsto en la Ley 49/2002, que regula el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y los incentivos fiscales al mecenazgo. El caso afecta a una fundación a la que la Administración tributaria retiró los beneficios fiscales previstos en esta normativa, lo que derivó en una regularización superior a 3,4 millones de euros y en una sanción de 1,5 millones. Hacienda cuestionó que las actividades de publicación y venta desarrolladas por la entidad estuvieran realmente vinculadas a fines de interés general y señaló también que la memoria económica exigida por la ley no había sido presentada dentro del plazo establecido, sino después de que comenzara la inspección. Una de las principales cuestiones que deberá resolver el Supremo es si la Agencia Tributaria puede cuestionar que una fundación cumple los fines de interés general cuando estos ya han sido examinados y considerados adecuados por el Protectorado de Fundaciones, que además había admitido el depósito de sus cuentas. El tribunal tendrá que determinar también cuál es el alcance de la memoria económica prevista en la Ley de Mecenazgo y si su presentación constituye un requisito esencial para acceder al régimen fiscal especial o si, por el contrario, se trata de una obligación de carácter formal. El recurso plantea además si puede imponerse una sanción cuando la entidad ha actuado siguiendo una interpretación razonable de la normativa y confiando en las actuaciones previas del Protectorado. La sentencia permitirá precisar, por tanto, en qué circunstancias una fundación puede perder los beneficios fiscales de la Ley 49/2002 y hasta qué punto los incumplimientos formales pueden justificar la pérdida de exenciones y deducciones. También contribuirá a delimitar el valor que tiene la actuación previa del Protectorado a efectos de seguridad jurídica para las entidades sin ánimo de lucro.

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(Expansión, 30-09-2026) | Fiscal

Recursos judiciales ponen en jaque el impuesto a las fortunas al destapar un tramo regresivo no detectado en 2023

Desde su aprobación a finales de 2022, el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF) ha estado rodeado de controversia tanto política como jurídica. El tributo, creado con el objetivo de homogeneizar la tributación sobre el patrimonio en España y elevar la carga fiscal de las grandes fortunas, superó el primer examen del Tribunal Constitucional, que rechazó los recursos planteados por varias comunidades autónomas. Sin embargo, su aplicación ha puesto de manifiesto una posible deficiencia técnica que podría abrir un nuevo frente constitucional: en determinados supuestos, el diseño del impuesto puede provocar que un contribuyente con un patrimonio superior termine soportando una cuota inferior. Según explican desde el despacho Cases & Lacambra, el problema no fue planteado en los recursos iniciales contra el impuesto y se ha detectado a raíz de su aplicación práctica. La anomalía estaría relacionada con el mecanismo utilizado para limitar conjuntamente la tributación de la renta y el patrimonio. De acuerdo con los abogados, para determinados niveles de renta existe un tramo en el que el aumento del patrimonio puede traducirse en una reducción de la cuota a pagar. Es decir, dentro de determinadas circunstancias, quien posee un patrimonio mayor podría terminar pagando menos que otro contribuyente con un patrimonio inferior. El problema no responde a una regresividad indirecta como la que puede producirse en determinados impuestos sobre el consumo, sino que estaría originado directamente por las reglas establecidas para calcular el impuesto. Los expertos consideran que esta situación podría entrar en conflicto con los principios de capacidad económica, justicia tributaria y progresividad recogidos en el artículo 31.1 de la Constitución. El origen de esta situación se encontraría en la configuración del límite conjunto entre renta y patrimonio que utiliza el ITSGF. La norma se remite en este aspecto a las reglas del Impuesto sobre el Patrimonio, pero, según los especialistas, no realizó las adaptaciones necesarias para tener en cuenta las características específicas del nuevo tributo. Durante la tramitación parlamentaria llegó a plantearse una modificación destinada a corregir este efecto, aunque finalmente no prosperó con el objetivo de evitar retrasos en la aprobación de la norma y permitir que pudiera aplicarse ya al ejercicio 2022. La cuestión también puede afectar al ámbito autonómico. Algunas comunidades modificaron sus normativas del Impuesto sobre el Patrimonio para eliminar o reducir las bonificaciones existentes y evitar que la recaudación quedara desplazada hacia el Estado. Al incorporar estas modificaciones, podrían haber trasladado igualmente la misma anomalía al impuesto autonómico. De este modo, una eventual controversia constitucional sobre el mecanismo podría extender sus efectos también al Impuesto sobre el Patrimonio. La cuestión ya ha llegado a los tribunales a través de recursos planteados por contribuyentes. La Audiencia Nacional tiene actualmente varios procedimientos en los que se cuestiona la constitucionalidad de este mecanismo y deberá determinar si procede plantear la cuestión ante el Tribunal Constitucional. Una eventual decisión en este sentido abriría un nuevo escenario jurídico para el ITSGF y podría tener consecuencias sobre su aplicación y sobre la recaudación asociada al impuesto.

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(Expansión, 30-09-2026) | Fiscal

La gran fuga fiscal: ¿hacia dónde huye el dinero global?

En un contexto marcado por las tensiones geopolíticas, los cambios fiscales y la volatilidad económica, la movilidad del patrimonio internacional se está convirtiendo en una estrategia que va más allá de la optimización tributaria. Cada vez más familias y grandes patrimonios analizan dónde establecer su residencia, trasladar sus inversiones o ubicar sus estructuras empresariales en busca de estabilidad jurídica, seguridad institucional y mayor capacidad de adaptación ante posibles cambios. El informe de Henley & Partners sobre movilidad patrimonial internacional para 2026 analiza distintos destinos en función de factores como la solidez institucional, la seguridad jurídica y su capacidad para atraer capital y residentes de elevado patrimonio. Singapur, con 79,5 puntos, encabeza la clasificación, seguido de Nueva Zelanda, con 75,8. La ciudad-Estado asiática mantiene su posición como uno de los principales centros financieros internacionales gracias a su Estado de derecho, sus mercados de capitales y el desarrollo de un potente ecosistema de family offices. Nueva Zelanda, por su parte, ha reforzado su atractivo tras reactivar su programa de visados para inversores, consolidándose como una opción para la planificación patrimonial y familiar a largo plazo. Europa concentra buena parte de los destinos destacados. Chipre obtiene 73,5 puntos y Países Bajos 72,8, mientras Portugal alcanza 72,5 pese a las dificultades burocráticas señaladas por el informe. Italia, con 72,3 puntos, gana atractivo por su régimen fiscal y el dinamismo de Milán. También aparecen Grecia, con 70,5 puntos, y Letonia, con 71,7. Suiza, con 70,8, mantiene su atractivo asociado a la estabilidad política, su sector financiero y determinados mecanismos de tributación, mientras Mónaco, con 70 puntos, continúa vinculado a la protección patrimonial y a la residencia de grandes fortunas. Fuera de Europa, Islas Caimán, con 74,3 puntos, y Bermudas, con 72, destacan por sus sistemas fiscales y sus marcos jurídicos de tradición anglosajona, especialmente relevantes para determinadas estructuras de inversión. El informe también señala el creciente protagonismo de América Latina. Uruguay, con 71,8 puntos, sobresale por su estabilidad institucional y sus condiciones fiscales para nuevos residentes. Panamá, con 71,5 puntos, combina un sistema tributario territorial, una economía dolarizada y facilidades para determinados programas de residencia, mientras Costa Rica, con 70,2 puntos, suma estabilidad, calidad de vida y una trayectoria de neutralidad política como elementos de atractivo para la diversificación patrimonial.

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(El País, 30-09-2026) | Fiscal

Medidas del acuerdo sobre vivienda: ampliación hasta 2030 de la protección frente a los desahucios y prórroga de dos años de los alquileres

El Gobierno ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros dos reales decretos-ley en materia de vivienda, después de una negociación de última hora entre los socios del Ejecutivo que incluso obligó a retrasar una hora la reunión. El primero contempla una mayor protección frente a los desahucios y una prórroga extraordinaria de hasta dos años para los contratos de alquiler que continúen vigentes. El segundo incorpora medidas de mayor alcance, entre ellas la renovación automática de los contratos de arrendamiento. Ambos textos serán sometidos por separado a la convalidación del Congreso, previsiblemente este mismo viernes. La importancia de las medidas ha llevado al Gobierno a solicitar la celebración de un pleno extraordinario para su aprobación inmediata. Los dos reales decretos-ley necesitan el respaldo de las Cortes antes de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y de su entrada en vigor. La negociación entre PSOE y Sumar se prolongó durante toda la noche del lunes y la mañana del martes, con Sumar y otras formaciones de izquierda reclamando mayores garantías para los inquilinos, mientras el PSOE buscaba una fórmula que facilitara también el apoyo parlamentario de Junts y PNV. El acuerdo se produce en un contexto de creciente presión social por el acceso a la vivienda, marcado por movilizaciones y protestas en distintas ciudades. El decreto extiende hasta 2030 la vigencia del denominado escudo social, manteniendo la prohibición de los desahucios de familias en situación de vulnerabilidad. Además, se prevé reforzar los mecanismos de protección de las administraciones públicas destinados a prevenir estas situaciones y atender a las personas afectadas. En materia de compras de vivienda con fines especulativos, el texto plantea identificar a las empresas que adquieran inmuebles para destinarlos al alquiler o a la especulación y limitar su capacidad de compra, previsiblemente hasta 2028. Sin embargo, todavía está pendiente de concretar qué empresas serán consideradas fondos o sociedades especulativas, por lo que habrá que esperar al contenido definitivo de la norma. También se prevé modificar la fiscalidad de las Socimis dedicadas a la inversión en vivienda para alquiler, con el objetivo de orientar su actividad hacia la vivienda asequible. La propuesta ya figuraba en el borrador remitido a los grupos en julio e incluía elevar hasta el 25% el gravamen especial sobre los beneficios no distribuidos cuando las viviendas no se destinen al alquiler asequible. El decreto contempla igualmente una prórroga de los contratos de alquiler que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028. El inquilino podrá solicitar una extensión de un año, ampliable a un segundo, sin que la renta pueda superar los límites establecidos. A ello se suma una limitación del 2% para las subidas de los alquileres. En el ámbito de los pisos turísticos, se plantea elevar del 0% al 10% el IVA aplicable a aquellos alojamientos que no presten servicios de atención o limpieza. Asimismo, se incorporarán medidas dirigidas a evitar posibles situaciones de fraude mediante el uso de contratos de alquiler de temporada o por habitaciones. Entre las medidas de apoyo a la compra de vivienda figura la creación de una línea de préstamos gestionada por el ICO, de hasta 50.000 euros y a interés cero, destinada a facilitar la adquisición de una primera vivienda. El paquete también contempla beneficios fiscales para los inquilinos cuyos ingresos anuales no superen los 33.000 euros. Según las estimaciones de la Agencia Tributaria citadas por la ministra, esta medida podría beneficiar a alrededor de 1,6 millones de hogares. Paralelamente, se prevén mayores incentivos fiscales para los propietarios que reduzcan el precio del alquiler. Por último, el decreto incluiría una reducción del IVA aplicado a la construcción de viviendas de promoción pública y viviendas protegidas, que pasarían a tributar por el tipo superreducido del 4%. El segundo decreto recoge el acuerdo para implantar un sistema de renovación automática de los contratos de alquiler, una de las cuestiones que más diferencias ha generado entre los socios del Ejecutivo. La propuesta pretende reforzar la estabilidad de los arrendamientos y evitar que la finalización del plazo contractual permita automáticamente al propietario recuperar la vivienda o plantear nuevas condiciones económicas. La principal diferencia entre ambos modelos reside en la duración de la protección del inquilino. Mientras el primer decreto establece una extensión limitada de dos años, el segundo plantea un mecanismo de renovación automática que permitiría mantener el contrato mientras el arrendatario cumpla sus obligaciones y no exista una causa justificada para ponerle fin. Esta última fórmula responde a una de las principales reivindicaciones del Sindicato de Inquilinas, que reclama trasladar al mercado del alquiler una lógica similar a la de los contratos laborales indefinidos, de modo que la relación arrendaticia no quede vinculada a una fecha de finalización automática.

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(El País, 30-09-2026) | Fiscal

Los inquilinos de renta media ahorrarán 500 euros en el IRPF si la autonomía declara la zona tensionada

Los inquilinos que residan en una zona declarada oficialmente como mercado residencial tensionado y cumplan los límites de renta fijados por el Gobierno podrán beneficiarse de una nueva deducción en el IRPF. La medida permitirá desgravar el 10% de las cantidades abonadas por el alquiler a los contribuyentes con ingresos inferiores a 33.007 euros anuales. Hacienda estima que podría beneficiar a unos 1,6 millones de contribuyentes, con un coste aproximado de 820 millones de euros para las arcas públicas y un ahorro medio cercano a los 512 euros anuales por persona. La deducción forma parte del paquete de medidas en materia de vivienda aprobado por el Consejo de Ministros mediante dos reales decretos ley, cuya convalidación por el Congreso está prevista para el viernes. El primero recoge distintas medidas fiscales dirigidas tanto a propietarios como a inquilinos, mientras que el segundo establece la ampliación de la duración de determinados contratos de alquiler. El acceso a la deducción estará condicionado a que la vivienda arrendada se encuentre en una zona declarada como mercado residencial tensionado. La declaración corresponde a las comunidades autónomas, por iniciativa propia o a propuesta de los ayuntamientos, por lo que el nuevo incentivo fiscal queda vinculado a la existencia de esta declaración territorial. La cuantía de la deducción dependerá además de los ingresos del contribuyente y estará sujeta a determinados límites. Para bases imponibles de hasta 23.007,20 euros, la base máxima sobre la que se aplicará el 10% será de 11.630 euros, lo que permitiría alcanzar una deducción de unos 1.163 euros al año. A partir de ese nivel de renta, la base deducible irá disminuyendo progresivamente hasta desaparecer cuando los ingresos superen los 33.007,20 euros. El beneficio fiscal no supondrá una reducción inmediata de la mensualidad del alquiler, sino que se aplicará en la declaración del IRPF. Una vez publicado el decreto en el BOE, el primer efecto se produciría en la declaración correspondiente al ejercicio 2026, que se presentará en 2027. Además, según el borrador del decreto utilizado para realizar los cálculos, la deducción no sería aplicable cuando el contribuyente o algún integrante de su unidad familiar sea propietario o usufructuario de otra vivienda situada a menos de 50 kilómetros del inmueble alquilado. El paquete fiscal también introduce modificaciones para los propietarios. Las reducciones sobre los rendimientos obtenidos por el alquiler podrán alcanzar el 100% en determinados supuestos, con mayores incentivos para quienes reduzcan las rentas. En sentido contrario, el diseño previsto contempla una reducción progresiva de las bonificaciones fiscales cuando el alquiler aumente respecto al contrato anterior, utilizando el IRPF como mecanismo para desincentivar las subidas de las rentas.

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(La Vanguardia, 30-09-2026) | Laboral

Foment quiere recuperar el despido por absentismo y eliminar complementos en las bajas

Foment ha planteado recuperar la posibilidad de realizar despidos objetivos vinculados a ausencias laborales recurrentes por bajas médicas. La propuesta se ha presentado durante la publicación del Libro Blanco sobre el absentismo, en la que el presidente de la patronal, Josep Sánchez Llibre, también ha defendido revisar los complementos salariales que muchas empresas abonan durante los periodos de incapacidad temporal. A juicio de la organización empresarial, mantener una remuneración similar a la del puesto de trabajo durante una baja puede reducir los incentivos para reincorporarse a la actividad. El catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universitat de Barcelona y coordinador del estudio, Jordi García Viña, ha señalado que las consecuencias del absentismo justifican recuperar la posibilidad de extinguir determinados contratos por acumulación de ausencias. Según los datos recogidos por Foment, el coste de las bajas por contingencias comunes se ha duplicado en los últimos ocho años y ya supera los 33.000 millones de euros anuales en España. La patronal calcula además que cada día alrededor de 1,4 millones de personas no acuden a su puesto de trabajo. El informe constata que las bajas por enfermedad común han aumentado de forma significativa, aunque al mismo tiempo se ha reducido su duración media. La mayor parte de los procesos de incapacidad temporal corresponde a contingencias comunes. Entre las medidas propuestas para abordar esta evolución, Foment reclama reforzar los mecanismos de control para detectar posibles situaciones fraudulentas y mejorar la comunicación entre empresas y trabajadores durante los periodos de baja. Sánchez Llibre ha señalado que el objetivo del Libro Blanco es trasladar el problema del absentismo al debate entre partidos políticos y organizaciones sindicales, ante su posible impacto sobre la competitividad de las empresas. Por su parte, García Viña ha defendido la necesidad de recuperar una mayor cultura del esfuerzo y ha destacado que el incremento de los procesos de baja es especialmente acusado entre los trabajadores jóvenes, mientras que las ausencias de mayor duración se concentran entre los empleados de más edad.

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(La Vanguardia, 30-09-2026) | Laboral

Menos ninis en España, aunque sigue por encima de la OCDE

La OCDE vuelve a situar el foco sobre la situación educativa y laboral de los jóvenes españoles con su informe Education at a Glance 2026. El estudio muestra que el porcentaje de jóvenes que ni estudian ni trabajan sigue siendo superior en España al promedio de la OCDE y de la Unión Europea, aunque la evolución de la última década refleja una mejora significativa. En 2025, el 17% de las personas de entre 18 y 24 años se encontraba en esta situación, frente al 23% registrado en 2015. Pese al descenso, España mantiene una tasa de jóvenes que no estudian, trabajan ni reciben formación por encima de la media de la OCDE y de la UE, situada en ambos casos en el 13% en 2025. El porcentaje español también supera al de países como Portugal, Bulgaria, Polonia, Hungría, Croacia o Eslovenia, mientras que Italia ha conseguido reducir su tasa desde el 30% de 2015 hasta el 16% en 2025. La OCDE advierte de que la permanencia prolongada en esta situación durante las primeras etapas de la vida puede tener consecuencias negativas sobre la trayectoria socioeconómica posterior y considera necesario reforzar los sistemas de apoyo a los jóvenes. El informe también refleja diferencias por sexo. En España, en 2025, el 18% de los hombres de entre 18 y 24 años no estudiaba ni trabajaba, frente al 16% de las mujeres. Diez años antes, los porcentajes eran del 24% y del 23%, respectivamente. En el conjunto de la OCDE, la tendencia ha sido diferente, con una reducción media de cuatro puntos entre las mujeres y de dos puntos entre los hombres durante el mismo periodo. La organización señala, no obstante, que la evolución varía considerablemente entre países y que no existe una única política capaz de reducir estas tasas en todos los contextos. La incorporación al mercado laboral de los jóvenes con estudios terciarios también ha mejorado en España. La tasa de desempleo entre los adultos jóvenes con formación universitaria o de Formación Profesional de grado superior pasó del 18% en 2015 al 8% en 2025. Aun así, continúa por encima de la media de la OCDE, que se situó en el 5% en 2025, frente al 7% una década antes. Otro de los problemas que identifica la OCDE es la escasez de docentes cualificados, una situación que afecta a numerosos sistemas educativos y que podría agravarse en los próximos años por el envejecimiento de las plantillas y la competencia con otros sectores por atraer trabajadores. Las dificultades son especialmente visibles en determinadas zonas rurales y aisladas. Ante la falta de profesores, algunos sistemas educativos recurren a profesionales que no reúnen plenamente las cualificaciones exigidas, una situación que afectaba de media al 9% del profesorado de educación primaria en los países analizados.

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(El Economista, 30-09-2026) | Laboral

Cambiar de trabajo ya no sale a cuenta: el "plus" salarial se borra bajo la inflación

Las empresas españolas están afrontando el repunte de la inflación en un contexto de menor dinamismo en la demanda de trabajadores. Los datos de ofertas de empleo apuntan a un enfriamiento del mercado laboral que, además, coincide con una pérdida de poder adquisitivo en los salarios anunciados. El volumen de ofertas publicadas en Indeed ha descendido un 12% desde el máximo alcanzado en marzo y los nuevos anuncios acumulan una caída del 15%. Mientras tanto, el IPC ha pasado del 2,3% en febrero al 4,9% estimado para septiembre. Los salarios ofrecidos, en cambio, apenas han reaccionado. En agosto crecían alrededor de un 3,6%, siete décimas por debajo de la inflación y con la mayor diferencia desde abril de 2023. La evolución supone un cambio respecto a los últimos años, cuando los salarios anunciados aumentaban por encima de los precios. Desde 2023, la moderación de la inflación permitió que las remuneraciones ofertadas mantuvieran un crecimiento superior al IPC, pese a que la demanda de trabajadores continuaba siendo elevada. Ahora se combina una menor presión de contratación con una aceleración de los precios, lo que reduce el margen para mejorar las condiciones salariales. Otros indicadores también reflejan esta moderación. Las vacantes registradas por el INE alcanzaron un máximo en el primer trimestre, pero descendieron un 5% en el segundo, especialmente en el sector servicios, que concentra la mayor parte de los puestos sin cubrir. Los datos de Indeed apuntan a que la tendencia continuó durante el verano. Aun así, el mercado laboral mantiene una mayor tensión que antes de la pandemia, con unas 61 vacantes por cada 1.000 desempleados, casi el doble que a finales de 2019. El comportamiento de la contratación, sin embargo, presenta una evolución diferente. Entre marzo y agosto se formalizaron un 6,6% más de contratos que en el mismo periodo de 2025, con un incremento cercano al 9% en los indefinidos. Esto muestra que el descenso de las ofertas no se está trasladando de momento con la misma intensidad a la contratación registrada. La relación entre ambos indicadores tampoco ha sido constante en los últimos años: la fuerte demanda de trabajadores de 2021 y 2022 sí estuvo acompañada entonces por un incremento significativo de los salarios anunciados, pero posteriormente ambas variables han seguido trayectorias más independientes. La negociación colectiva tampoco está compensando completamente el repunte de los precios. El incremento medio pactado en los convenios con efectos en 2026 se situaba en el 3,04% en agosto, frente a una inflación del 4,3% en ese momento. Además, una parte importante de los trabajadores está cubierta por convenios plurianuales acordados antes de la actual subida de los precios y solo el 39% dispone de una cláusula de garantía salarial, porcentaje que es todavía menor en los servicios. El resultado es un escenario en el que coinciden una reducción de las ofertas de empleo, un crecimiento de los salarios anunciados inferior a la inflación y unas revisiones salariales pactadas que también evolucionan por debajo de los precios. Aunque la contratación continúa creciendo, estos indicadores apuntan a una menor capacidad de los trabajadores para recuperar poder adquisitivo a través de nuevas incorporaciones o revisiones salariales mientras persista el actual repunte inflacionista.

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(El País, 30-09-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El Gobierno limita la subida de la tarifa del gas natural al 15% y fija la de la bombona de butano en 19,55 euros

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un límite a las posibles subidas de la tarifa regulada del gas natural, que no podrá incrementarse más de un 15%, y fijará en 19,55 euros el precio máximo de la bombona de butano. Con esta decisión, el Gobierno pretende contener el fuerte aumento que resultarían de aplicar las fórmulas automáticas de revisión trimestral de estos combustibles. Sin esta intervención, la Tarifa de Último Recurso (TUR) del gas habría experimentado desde el 1 de octubre un incremento superior al 45% en los tramos más bajos y por encima del 50% en la tarifa habitual, la 2.0. La medida busca proteger a los consumidores frente a la elevada volatilidad de los mercados energéticos ante los próximos meses de invierno, según ha explicado la vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica, Sara Aagesen. El Ejecutivo recupera así un mecanismo que ya utilizó durante la crisis energética provocada por la invasión rusa de Ucrania, aunque entonces el incremento de la TUR estaba limitado al 5% por trimestre entre octubre de 2021 y diciembre de 2023. En aquella ocasión, el Gobierno también intervino sobre el coste de las materias primas utilizado para calcular la tarifa, estableciendo un límite del 15%. Ahora, la materia prima podrá reflejar un incremento de hasta el 35%. La tarifa regulada está disponible para hogares y microempresas con un consumo anual inferior a 50.000 kWh. La TUR se actualiza cada tres meses, el 1 de enero, abril, julio y octubre, y su nuevo importe se publica en el BOE. La aplicación de la fórmula correspondiente a este trimestre apuntaba a incrementos superiores al 50%, que se habrían trasladado directamente a las facturas desde este jueves. Actualmente, unos 3,1 millones de clientes tienen contratada esta modalidad, aproximadamente el 40% del mercado, a través de las comercializadoras de referencia vinculadas a Naturgy, Iberdrola, Endesa y TotalEnergies. En cuanto al butano, el precio máximo de la bombona se situará en 19,55 euros hasta junio de 2027, frente a los 18,84 euros actuales. Este producto es utilizado por alrededor de siete millones de consumidores en España, especialmente en zonas rurales. Durante la anterior crisis energética, el Gobierno optó inicialmente por aplazar la diferencia entre los costes reales y los precios regulados que correspondían a las comercializadoras. Posteriormente, decidió asumir ese importe con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, para lo que llegó a habilitar una partida de 3.000 millones de euros, aunque finalmente solo fueron necesarios unos 600 millones durante los dos años en los que estuvieron vigentes los límites a la TUR. En esta ocasión, y ante la situación presupuestaria y el déficit público, el Ejecutivo se inclina nuevamente por un mecanismo de déficit de tarifa, cuya instrumentación podría realizarse mediante un fondo. En el caso del gas licuado de petróleo envasado, principalmente el butano, el eventual desfase se compensaría mediante el mecanismo habitual de este combustible, cuyo precio está sujeto a una variación máxima del 2% al alza o a la baja en cada revisión bimestral. La intervención era una medida que el mercado ya esperaba después de que la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) advirtiera de que la factura del gas regulado podía aumentar un 54% a partir de octubre. Las comercializadoras temen ahora que más hogares abandonen las tarifas del mercado libre para acogerse a la TUR. Cerca de cinco millones de consumidores permanecen actualmente en el mercado liberalizado, alrededor del 60% del total, y sus contratos podrían afrontar precios superiores durante el próximo invierno. No obstante, la TUR está limitada a determinados hogares y microempresas, por lo que no todas las pymes pueden acceder a ella. El mayor trasvase hacia la tarifa regulada se produjo en 2022, cuando alrededor de 1,4 millones de clientes cambiaron al mercado regulado en menos de un año. El Gobierno incorporará ahora los límites al gas y al butano al real decreto-ley que aprobará este martes, junto con otro paquete de medidas dirigido a contener el fuerte incremento de los precios de la vivienda. Estas actuaciones suponen nuevas intervenciones respecto al paquete aprobado en marzo para hacer frente a las consecuencias económicas de la crisis derivada de la guerra en Oriente Medio.

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