(El País, 30-06-2026) | Fiscal

El Gobierno prorroga las rebajas a los combustibles, pero las irá retirando poco a poco durante el verano

El Gobierno ha decidido prolongar el escudo anticrisis mediante la aprobación de un nuevo real decreto que mantiene, aunque con ajustes significativos, la respuesta económica puesta en marcha tras la escalada del conflicto en Oriente Próximo, desencadenada por los ataques de Estados Unidos e Israel sobre Irán. Este nuevo paquete sustituye al plan aprobado en marzo, cuya vigencia finaliza este 30 de junio, y busca seguir amortiguando el impacto del encarecimiento energético sobre hogares, empresas y sectores especialmente vulnerables. Entre las principales medidas destaca la prórroga de las ayudas a los carburantes, aunque con un esquema de retirada gradual. Además, el Ejecutivo inicia la reducción progresiva del impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica, con el objetivo de eliminarlo por completo en 2028. El vicepresidente primero y ministro de Economía, Carlos Cuerpo, explicó tras el Consejo de Ministros que el nuevo real decreto-ley tendrá un coste fiscal estimado de 1.825 millones de euros. A esta cifra se suman otros 2.700 millones asociados a la rebaja y posterior supresión del gravamen sobre la producción e incorporación de energía eléctrica al sistema. En lo que respecta a los hogares, se mantendrán los descuentos sobre gasolina y gasóleo, aunque de forma decreciente. Durante julio, la bonificación equivaldrá a 15 céntimos por litro; en agosto se reducirá a 10 céntimos; y en septiembre quedará en 5 céntimos por litro, con la intención de eliminarla a partir de octubre. No obstante, el mecanismo incorpora una cláusula automática de reactivación: si la inflación de los combustibles supera el 15%, los descuentos volverán a elevarse hasta el equivalente a 20 céntimos por litro. Para los sectores más expuestos al encarecimiento energético, como agricultores, pescadores y transportistas, el apoyo será mayor. En estos casos se mantendrá una bonificación equivalente a 20 céntimos por litro de carburante, con el objetivo de preservar su competitividad y contener el impacto en costes operativos. En cambio, el decreto suprime de momento las rebajas fiscales aplicadas a otros componentes energéticos, como la electricidad y el gas. Aun así, el Gobierno ha previsto también un mecanismo de reactivación en este ámbito, de modo que podrían restablecerse bonificaciones si los precios oficiales de estos suministros aumentan por encima del umbral del 15%. La aprobación del decreto se produjo en un Consejo de Ministros extraordinario adelantado un día para asegurar su publicación en el Boletín Oficial del Estado dentro del plazo previsto. Con ello, el Ejecutivo consolida una nueva fase de un esquema de ayudas concebido desde el principio como flexible y adaptable a la evolución de la crisis. La primera batería de medidas fue aprobada con el respaldo de la mayoría de investidura, mientras que el Partido Popular y Podemos se abstuvieron y Vox votó en contra. Aquel plan incluía rebajas fiscales sobre electricidad, gas y carburantes, además de ayudas directas a sectores concretos y cláusulas de ajuste vinculadas a la evolución de la inflación. Con el nuevo decreto, el Ejecutivo modifica parte de ese esquema para adaptarlo a un contexto internacional todavía marcado por una fuerte incertidumbre geopolítica. El Gobierno considera que nuevas tensiones en los mercados energéticos podrían trasladarse rápidamente a la inflación y afectar a la actividad económica. Esta preocupación se produce en un momento en el que el IPC en España se ha mantenido en el 3,2% durante tres meses consecutivos, según el Instituto Nacional de Estadística. En el área económica del Ejecutivo existe inquietud por un posible repunte inflacionario coincidiendo con el periodo estival y el aumento de la movilidad durante las vacaciones. En paralelo, el Gobierno trabaja en un nuevo decreto centrado en vivienda. El 20 de marzo ya se aprobó un paquete específico tras intensas negociaciones entre el PSOE y Sumar, cuya medida estrella era la prórroga automática de contratos de alquiler. Sin embargo, esa iniciativa no prosperó en el Congreso. Ahora, el Ejecutivo negocia un nuevo decreto en materia de vivienda que prevé aprobar a lo largo de julio, con la intención de reactivar medidas de protección para inquilinos y reforzar la respuesta ante la crisis residencial.

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(El País, 30-06-2026) | Fiscal

El Gobierno revisa al alza el crecimiento de este año hasta el 2,6%

El Ministerio de Economía presentará este lunes una revisión al alza de sus previsiones de crecimiento para la economía española en 2026, elevando la estimación del PIB al 2,6%, frente al 2,2% proyectado en noviembre. Esta actualización del cuadro macroeconómico constituye el primer paso para la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2027. El departamento dirigido por Carlos Cuerpo prevé además que la economía mantenga un ritmo de expansión superior al 2% hasta 2029. Estas previsiones son más optimistas que las manejadas por otros organismos, como el Banco de España, que sitúa el crecimiento de 2026 en el 2,3%, o el Fondo Monetario Internacional, que lo rebaja al 2,1%. La revisión llega en un escenario marcado por la caída de las exportaciones y por una fuerte presión sobre la demanda interna, en un contexto de inflación todavía elevada -con el IPC en el 3,2%- y tras recientes subidas de tipos de interés. A pesar de ello, el consumo privado ha mostrado fortaleza durante el primer trimestre, apoyado en un mercado laboral que sigue ofreciendo señales de solidez. Con esta mejora de perspectivas, el Gobierno refuerza su defensa del paquete de medidas desplegado frente a la crisis energética, aprobado hace tres meses y que será renovado nuevamente por el Consejo de Ministros, dado que el plan vigente expira este mes. En el informe remitido a Comisión Europea en abril, el Ejecutivo reconocía que la guerra con Irán podía restar hasta cuatro décimas al crecimiento económico. El Banco de España llegó incluso a advertir de un impacto potencial de hasta ocho décimas si el estrecho de Ormuz quedaba bloqueado. Finalmente, los escenarios más adversos no se han materializado. La moderación del conflicto y la relajación de los precios energéticos han reducido significativamente los riesgos para la economía, favoreciendo esta revisión al alza del crecimiento previsto. Un avance del 2,6% situaría nuevamente a España muy por encima del promedio de la eurozona, cuya expansión para 2026 la Comisión Europea estima en apenas un 0,9%. Además, el dato se acercaría al crecimiento registrado en 2025, cuando la actividad económica avanzó un 2,8%, consolidando a España entre las economías más dinámicas del entorno desarrollado durante los últimos años. Este contexto de fortaleza económica también reabre el debate sobre la necesidad de mantener medidas de apoyo como la rebaja del IVA de los carburantes o las ayudas directas a transportistas. Diversos expertos y la propia Comisión Europea han cuestionado estas ayudas por considerar que incentivan el consumo de combustibles fósiles y distorsionan la demanda. Pese a ello, el Gobierno insiste en la conveniencia de seguir protegiendo a las familias y a sectores especialmente sensibles como el transporte, la agricultura y la industria, aunque ajustando progresivamente la intensidad de las ayudas. En este enfoque también pesa el contexto político: la fragilidad parlamentaria del Ejecutivo y la posibilidad de elecciones en el primer trimestre de 2027 condicionan el diseño de unas cuentas públicas que previsiblemente tendrán un marcado carácter expansivo. Otro elemento relevante en la elaboración del nuevo cuadro macroeconómico es el impulso final derivado de los fondos europeos Next Generation EU. Las administraciones están acelerando la ejecución de estos recursos antes de agosto, lo que prolongará durante un año adicional el efecto positivo del programa de recuperación aprobado en 2022 y seguirá actuando como uno de los principales motores de inversión y crecimiento.

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(La Vanguardia, 30-06-2026) | Fiscal

El Gobierno aprobará en julio otra prórroga de alquileres y el 21% del IVA de los pisos turísticos

El Gobierno prevé aprobar durante julio un nuevo paquete de medidas destinado a mejorar el acceso a la vivienda, articulado en dos grandes bloques de actuación. El objetivo es intervenir tanto sobre la demanda como sobre la oferta, combinando iniciativas orientadas a contener los precios del alquiler con otras destinadas a aumentar el parque de vivienda asequible. El primer bloque se centrará en aliviar la presión sobre los inquilinos y reforzar la estabilidad del mercado del alquiler. Entre las medidas previstas figura una nueva prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento, con el propósito de ofrecer mayor protección a quienes ya ocupan una vivienda alquilada y evitar subidas bruscas de renta o desahucios por finalización contractual. Dentro de este mismo paquete también se incluirá una regulación específica para los alquileres de temporada y por habitaciones, dos modalidades que han ganado peso en los últimos años y que, según el Ejecutivo, en ocasiones se utilizan para esquivar la normativa del alquiler residencial tradicional. Además, se establecerá la obligatoriedad de formalizar por escrito todos los contratos de arrendamiento, con la intención de reducir situaciones de fraude o inseguridad jurídica. Otra de las medidas contempladas es la introducción de incentivos fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para propietarios que rebajen el precio de sus alquileres. Con ello, el Gobierno busca fomentar reducciones voluntarias de rentas sin recurrir exclusivamente a mecanismos de intervención directa en precios. El segundo bloque estará orientado a ampliar la oferta de vivienda asequible y a mejorar la eficiencia administrativa en el sector inmobiliario. Una de las medidas más destacadas será el aumento del IVA aplicado a las viviendas de uso turístico, que pasará al 21%. Esta subida fiscal pretende desincentivar la expansión de los pisos turísticos en zonas tensionadas y favorecer que parte de ese parque vuelva al mercado residencial convencional. La decisión afecta especialmente a un segmento que ha crecido con fuerza en ciudades con alta presión turística y donde la oferta residencial se ha reducido notablemente. El Ejecutivo considera que el encarecimiento fiscal de esta actividad puede contribuir a corregir distorsiones en el mercado. Junto a ello, el Gobierno trabaja en reformas dirigidas a agilizar trámites administrativos vinculados a la promoción y movilización de vivienda, con el fin de reducir plazos y facilitar la incorporación de nuevas unidades al mercado. Según ha explicado la ministra portavoz, Elma Saiz, el Ejecutivo aspira a lograr un amplio consenso parlamentario en torno a estas iniciativas. El Gobierno busca tejer apoyos entre diferentes grupos políticos para sacar adelante un real decreto-ley que permita aplicar estas medidas con rapidez. La intención es construir lo que el Ejecutivo define como un "gran acuerdo" en el Congreso de los Diputados que permita afrontar el problema de la vivienda de forma integral. El paquete pretende combinar medidas de contención de precios, refuerzo de derechos para inquilinos y estímulos para aumentar la oferta, en un contexto en el que el acceso a la vivienda se ha consolidado como una de las principales preocupaciones sociales en España.

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(El Economista, 30-06-2026) | Fiscal

El Supremo obliga a Hacienda a rebajar las multas por usar una empresa para facturar

El Tribunal Supremo ha limitado la práctica habitual de la Agencia Tributaria de imponer de forma automática la sanción tributaria más severa a contribuyentes regularizados por facturar sus servicios a través de una sociedad. La resolución, fechada el 4 de junio, supone un cambio relevante en el tratamiento de este tipo de regularizaciones, frecuentes en el ámbito fiscal. Hasta ahora, Hacienda venía considerando de manera casi automática que el uso de una sociedad para canalizar ingresos constituía una infracción muy grave, al entender que implicaba la utilización de medios fraudulentos. La Administración fundamentaba esta interpretación en el artículo 184.3.c) de la Ley General Tributaria, que contempla como agravante el empleo de personas o sociedades interpuestas para ocultar la identidad real de quien obtiene las rentas o ganancias económicas. Sin embargo, el alto tribunal aclara que la mera utilización de una sociedad para emitir facturas no basta por sí sola para concluir que exista una interposición fraudulenta. En la sentencia, cuya ponencia corresponde a la magistrada María de la Esperanza Córdoba Castroverde, se precisa que para aplicar esta agravación debe acreditarse una auténtica ocultación de identidad. En concreto, el Supremo sostiene que solo puede hablarse de interposición en el sentido sancionador cuando el verdadero titular de la capacidad económica permanece oculto tras terceros que actúan como pantalla, como testaferros o sustitutos. Por tanto, si la sociedad utilizada pertenece a los propios socios que generan realmente los ingresos, no puede presumirse automáticamente la existencia de ocultación. Distinto sería el caso en que la empresa esté formalmente en manos de terceros que actúan únicamente para encubrir al beneficiario real. La sentencia remarca que, aunque el uso de sociedades pueda formar parte de un esquema de simulación fiscal, ello no implica necesariamente la concurrencia de medios fraudulentos. El elemento decisivo no es la existencia de la sociedad en sí misma, sino si esta ha servido realmente para esconder la identidad del contribuyente. El tribunal reprocha expresamente a Hacienda el automatismo con el que venía aplicando la calificación más grave. Insiste en que el simple hecho de detectar un supuesto de simulación no permite elevar de manera automática la infracción al grado máximo. Además, recuerda que en materia sancionadora toda agravación exige una motivación específica y suficiente. En consecuencia, la Administración deberá justificar de forma individualizada que existió una estructura diseñada para ocultar la identidad real del obligado tributario. Esta distinción resulta especialmente importante por su impacto económico. La calificación de una infracción tributaria determina directamente el importe de la multa. Cuando la infracción es leve, la sanción equivale al 50% de la cantidad dejada de ingresar. Si se considera grave, la multa puede oscilar entre el 50% y el 100%. En cambio, si se califica como muy grave, la sanción puede alcanzar hasta el 150% de la cuota no ingresada. Con esta resolución, el Tribunal Supremo fija doctrina y establece un criterio más restrictivo para la imposición de sanciones máximas, obligando a Hacienda a acreditar de manera expresa la existencia de mecanismos reales de ocultación antes de aplicar las multas más elevadas.

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(El Economista, 30-06-2026) | Fiscal

Hacienda abre una investigación a varias inmobiliarias por cobros en efectivo y comisiones ilegales

La Agencia Tributaria ha iniciado una operación de inspección en seis comunidades autónomas contra varias agencias inmobiliarias y algunos de sus socios por presuntas irregularidades fiscales relacionadas con cobros en efectivo no declarados y el cobro de comisiones supuestamente ilegales a inquilinos. Según ha informado el Ministerio de Hacienda, la actuación, denominada operación Insulae, se desarrolla tras diversas denuncias recibidas en 12 provincias repartidas entre Andalucía, Baleares, Canarias, Cataluña, Comunidad de Madrid y Comunidad Valenciana. La investigación afecta actualmente a 49 empresas y a 18 personas vinculadas a ellas. La Administración sospecha que estas inmobiliarias habrían percibido parte de sus ingresos en efectivo sin declararlos, o bien reflejando solo una parte de dichas cantidades en su contabilidad. Entre las prácticas bajo análisis figura también el cobro en metálico de comisiones exigidas a los inquilinos, una actuación que podría vulnerar la actual legislación sobre vivienda. En concreto, estas comisiones podrían contravenir lo establecido en la Ley de Vivienda, en vigor desde mayo de 2023, que trasladó al arrendador la obligación de asumir determinados gastos de gestión inmobiliaria, limitando así los costes que pueden repercutirse al arrendatario. La investigación también apunta a otros ingresos presuntamente opacos derivados de servicios adicionales, como el cobro por visitas a inmuebles, la emisión de informes o determinadas prestaciones complementarias ofrecidas durante el proceso de alquiler o compraventa. Asimismo, Hacienda analiza retribuciones variables y bonus comerciales que algunos agentes inmobiliarios habrían percibido por objetivos y que, según las sospechas del organismo, podrían no haber sido correctamente declarados. De forma paralela, la Agencia Tributaria ha ampliado el foco hacia los socios de las inmobiliarias investigadas para detectar posibles signos externos de riqueza incompatibles con los ingresos oficialmente declarados. El objetivo es comprobar si los beneficios obtenidos mediante ventas ocultas o cobros no registrados habrían terminado aflorando en forma de incrementos patrimoniales personales, como adquisiciones de bienes o aumentos de patrimonio difíciles de justificar con la renta declarada.

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(Cinco Días, 30-06-2026) | Laboral

El Gobierno desbloquea la jubilación parcial del personal laboral de todas las Administraciones

El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros una reforma que permitirá a todas las administraciones públicas contratar trabajadores relevistas para sustituir al personal laboral que opte por la jubilación parcial, desbloqueando así miles de retiros que permanecían paralizados desde abril de 2025. El origen del problema estaba en la reforma que endureció las condiciones de acceso a esta modalidad de jubilación al exigir que el trabajador relevista fuese contratado de manera indefinida y a jornada completa. Este requisito resultó especialmente difícil de cumplir en el sector público, donde los procesos de contratación están sujetos a limitaciones administrativas y a las ofertas de empleo público. Como consecuencia, quedó bloqueado el acceso a la jubilación parcial para gran parte del personal laboral de las administraciones, un colectivo de alrededor de 700.000 trabajadores, especialmente concentrado en ayuntamientos y universidades. La solución adoptada llega mediante un real decreto-ley que deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado para entrar en vigor de forma inmediata, aunque posteriormente tendrá que ser convalidado por el Parlamento en el plazo de un mes. La principal novedad es que vuelve a permitirse la contratación temporal de relevistas en aquellos casos en los que no sea viable formalizar un contrato indefinido. Gracias a este cambio, el personal laboral indefinido del sector público podrá volver a acogerse a la jubilación parcial, un derecho que ya tenía reconocido pero que quedó suspendido tras la reforma anterior. El Ejecutivo cumple así también con el compromiso alcanzado con los sindicatos en abril, después de que las centrales sindicales paralizaran la negociación sobre pensiones y absentismo hasta encontrar una solución. El Gobierno ya había dado un primer paso en junio al aprobar la reactivación de estas jubilaciones parciales para el personal laboral de la Administración General del Estado. Sin embargo, esta medida todavía no resuelve la situación del personal funcionario de carrera, que sigue sin acceso a esta modalidad de retiro. Su regulación está prevista en la futura Ley de Función Pública, cuya tramitación parlamentaria permanece bloqueada desde 2024. La jubilación parcial permite a trabajadores con contrato a tiempo completo reducir su jornada antes de alcanzar la edad ordinaria de jubilación. Para acceder a ella, la legislación exige que la administración contrate simultáneamente a un relevista que cubra la parte de jornada liberada. Además, el trabajador debe cumplir una serie de condiciones: adelantar la jubilación como máximo tres años respecto a la edad legal, acreditar al menos 33 años cotizados, contar con seis años de antigüedad en la administración correspondiente y reducir su jornada entre un 25% y un 75%. Si la anticipación supera los dos años, durante el primer año la reducción de jornada deberá situarse entre el 20% y el 33%. En la práctica, esto permite que el trabajador siga percibiendo una parte de su salario por la jornada que mantiene activa, mientras recibe simultáneamente la parte proporcional de su pensión por el tiempo de trabajo reducido. La clave del desbloqueo aprobado ahora reside en permitir que las administraciones recurran a contratos temporales de sustitución a jornada completa cuando no sea posible cubrir el puesto mediante un trabajador fijo. La contratación temporal se extinguirá cuando se formalice el contrato indefinido de relevo o, como máximo, al término del segundo año posterior a la finalización de la jubilación parcial. Las administraciones deberán priorizar la cobertura de estos puestos a través de ofertas públicas de empleo específicas. De hecho, la oferta de empleo público de 2026 para la Administración del Estado ya contempla 854 plazas destinadas a personal relevista fijo. La nueva norma también aclara que el puesto ocupado por el relevista podrá ser igual o distinto al del trabajador jubilado parcialmente, siempre que exista una correspondencia razonable entre las bases de cotización de ambos, conforme a la normativa de la Seguridad Social. Además, se establece un régimen transitorio hasta el 1 de abril de 2027 para facilitar la adaptación progresiva al nuevo modelo. Durante ese periodo, las administraciones podrán vincular estas jubilaciones parciales a contratos fijos formalizados desde abril de 2024 como resultado de convocatorias ordinarias de empleo público, lo que permitirá acelerar la normalización del sistema.

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(El País, 30-06-2026) | Laboral

El Gobierno pide a Bruselas hasta marzo de 2027 para atajar la temporalidad en el sector público y evitar una demanda ante el TJUE

España ha respondido a la Comisión Europea dentro del procedimiento de infracción abierto por el abuso de la temporalidad en el sector público, solicitando una prórroga hasta marzo de 2027 para comenzar a aplicar nuevas medidas correctoras. El plazo fijado por Bruselas expiró a medianoche, después de que el organismo comunitario exigiera explicaciones sobre el retraso en la adopción de soluciones tanto para prevenir futuros abusos como para compensar a los trabajadores ya afectados por el encadenamiento prolongado de contratos temporales. Con esta petición, el Gobierno gana margen para seguir negociando con Bruselas e intentar evitar que el caso termine ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Si la Comisión decide llevar el asunto al tribunal, este deberá determinar si España ha incumplido la normativa comunitaria. Habitualmente, una primera sentencia no implica sanciones económicas directas, aunque un eventual incumplimiento posterior sí podría desembocar en multas coercitivas o sanciones a tanto alzado. En paralelo, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado a las comunidades autónomas y a la Federación Española de Municipios y Provincias a una reunión de coordinación prevista para el 8 de julio en Santander. El objetivo será estudiar propuestas para reducir la temporalidad en las administraciones públicas y diseñar posibles cambios normativos. Este encuentro servirá para activar formalmente el grupo de trabajo constituido tras la reunión celebrada el pasado 7 de mayo. En ese foro, el Ejecutivo espera recabar propuestas legislativas que permitan responder a las exigencias comunitarias. Uno de los factores que condiciona el debate es la reciente sentencia del Tribunal Supremo del 11 de mayo, que reafirmó la imposibilidad de convertir automáticamente en personal fijo a empleados públicos temporales sin superar un proceso selectivo. No obstante, el fallo también abrió la puerta a nuevas vías de compensación económica o sanción administrativa en casos de abuso de temporalidad. Precisamente, el Gobierno ha utilizado esta resolución judicial como uno de sus principales argumentos para justificar ante Bruselas la necesidad de más tiempo. El Ejecutivo sostiene que el pronunciamiento introduce nuevos elementos jurídicos sobre el régimen de indemnizaciones que requieren un análisis detallado, además de la necesidad de cuantificar con precisión cuántos trabajadores se encuentran en situación de abuso en el conjunto de las administraciones. La dimensión del problema se concentra principalmente en las comunidades autónomas. Mientras que la tasa de temporalidad en la Administración General del Estado ronda el 4,7%, en los servicios gestionados por las autonomías alcanza niveles muy superiores, cercanos al 40%. Destacan especialmente los sectores de educación y sanidad, donde la temporalidad se sitúa en torno al 40% y al 43%, respectivamente. Sin embargo, desde el ámbito jurídico existen voces que cuestionan la posibilidad de una nueva prórroga. El abogado Javier Araúz, del despacho Araúz Abogados, que representa a miles de empleados públicos interinos y ha impulsado parte de las reclamaciones ante Europa, sostiene que una reciente reforma comunitaria impediría a la Comisión ampliar de nuevo los plazos y obligaría a Bruselas a actuar de inmediato. Frente a ello, fuentes gubernamentales aseguran que dicha reforma aún no ha entrado en vigor porque continúa en fase de negociación entre los Estados miembros. El origen del conflicto se remonta a 2014, cuando la Comisión Europea abrió dos expedientes contra España por la incorrecta aplicación de la normativa europea sobre contratación temporal en el sector público. Aunque estos procedimientos quedaron temporalmente en suspenso tras la reforma impulsada por el Gobierno para estabilizar plazas públicas, las medidas adoptadas no lograron resolver el problema estructural. Esa insuficiencia quedó reflejada en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictada en febrero de 2024, que consideró insuficientes las reformas aplicadas. Como consecuencia, la Comisión reactivó los expedientes durante ese mismo año. En los dictámenes motivados remitidos el pasado 29 de abril, Bruselas exigió a España eliminar las condiciones laborales discriminatorias en el sector público y adoptar medidas eficaces para impedir el uso abusivo de contratos de duración determinada. El conflicto representa el último episodio de una disputa jurídica e institucional prolongada durante más de una década, en la que confluyen las reclamaciones de cientos de miles de empleados interinos, la actuación del Estado, las resoluciones de los tribunales nacionales y europeos y la presión regulatoria de las instituciones comunitarias.

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(Expansión, 30-06-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El déficit público de España cae al 0,26% del PIB hasta abril

Las cuentas públicas españolas reflejan una mejora del déficit en los primeros meses de 2026, aunque parte de esta evolución está condicionada por el menor impacto del gasto extraordinario asociado a la dana de 2024. El conjunto de las administraciones públicas, excluyendo la Administración local, cerró abril con un déficit de 4.637 millones de euros, un 33,4% inferior al registrado en el mismo periodo del año anterior. Esta cifra equivale al 0,26% del PIB, frente al 0,41% contabilizado en abril de 2025. Entre enero y abril de 2026, el gasto extraordinario vinculado a las inundaciones provocadas por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), fenómeno meteorológico extremo que afectó a varias zonas de España entre finales de octubre y comienzos de noviembre de 2024, ascendió a 183 millones de euros. En el mismo periodo de 2025, este desembolso había alcanzado los 2.620 millones. Si se excluye en ambos ejercicios el efecto de este gasto excepcional, la lectura cambia. El déficit agregado de las administraciones públicas sin contar las entidades locales habría alcanzado los 4.454 millones de euros hasta abril, lo que supone un incremento del 2,7% respecto a los 4.338 millones del mismo periodo del año anterior. Por su parte, el Estado presentó un deterioro de sus cuentas hasta mayo. El déficit estatal en términos de contabilidad nacional se situó en 14.177 millones de euros, un 31,3% más que en mayo de 2025, cuando se contabilizaron 10.801 millones. En relación con el PIB, este saldo negativo representa el 0,80%, por encima del 0,64% registrado un año antes. Al descontar el coste de los intereses de la deuda se obtiene el denominado saldo primario, indicador que permite medir el equilibrio presupuestario sin el peso del endeudamiento acumulado. En este caso, el Estado registró hasta mayo de 2026 un superávit primario de 1.571 millones de euros, equivalente al 0,09% del PIB. No obstante, esta cifra es un 53,4% inferior a la obtenida en el mismo periodo de 2025, cuando el superávit primario alcanzó los 3.373 millones, es decir, el 0,20% del PIB. Durante los cinco primeros meses del año, el gasto extraordinario del Estado vinculado a la dana fue de 82 millones de euros. De esa cantidad, 36 millones correspondieron a transferencias a organismos públicos y 3 millones a transferencias dirigidas a la Administración local. En el mismo periodo del año anterior, este gasto había sido muy superior, con 2.183 millones de euros, de los cuales 1.783 millones se destinaron a las entidades locales. Asimismo, se han conocido los primeros datos de ejecución presupuestaria de 2026 correspondientes a las corporaciones locales, referidos al primer trimestre del año. Las entidades locales registraron un déficit de 2.058 millones de euros, equivalente al 0,12% del PIB. Con la incorporación de estos datos, el déficit conjunto del total de las administraciones públicas durante el primer trimestre se situó en el 0,36% del PIB, ligeramente por debajo del 0,38% observado en marzo de 2025. Esta evolución responde a un crecimiento de los ingresos del 7,4%, ligeramente superior al incremento del gasto, que avanzó un 7,2%.

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(Expansión, 30-06-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Lagarde: "Podemos subir tipos sin preocuparnos de desatar tensión financiera"

Christine Lagarde, presidenta del Banco Central Europeo, inauguró una nueva edición del Foro de Bancos Centrales de Sintra, considerado el equivalente europeo de Jackson Hole Economic Symposium, trasladando un mensaje de confianza sobre la posición actual del organismo pese a las presiones inflacionistas derivadas del conflicto en Oriente Medio. La dirigente defendió la conveniencia de aplicar ajustes graduales en los tipos de interés, adaptados a la evolución de cada perturbación económica, y dejó entrever que herramientas extraordinarias, como los programas de compra de deuda, han perdido protagonismo. La máxima responsable del BCE considera que la institución se mueve en un entorno más favorable que en el pasado. A su juicio, el banco central puede recurrir a subidas de tipos para contener la inflación sin el riesgo de desencadenar episodios de inestabilidad financiera, una preocupación que durante años condicionó de forma decisiva la política monetaria europea. Durante su intervención en la apertura del encuentro, celebrado por decimotercer año consecutivo en el resort Penha Longa de Sintra, en Portugal, Lagarde subrayó que el endurecimiento monetario ya no tiene por qué convertirse en un factor adicional de tensión para los mercados financieros. El contraste con 2011 es significativo. Entonces, bajo la presidencia de Jean-Claude Trichet, una ligera subida de tipos contribuyó a intensificar la crisis de deuda soberana en Europa, en un contexto de fuerte presión sobre las primas de riesgo. Ahora, según Lagarde, el BCE dispone de margen suficiente para utilizar los tipos de interés como principal herramienta de actuación, sin depender tanto de la evolución de los diferenciales de la deuda. Esa confianza se apoya también en la experiencia reciente. Durante el episodio inflacionario provocado por la guerra entre Rusia y Ucrania, el BCE elevó los tipos hasta el 4%, un máximo histórico. Ante un nuevo repunte de precios, los mercados asumen que la autoridad monetaria está dispuesta a actuar con firmeza para preservar la estabilidad de precios. Lagarde señaló además que una mayor claridad sobre la reacción del BCE en distintos escenarios permite que los mercados anticipen parte del ajuste, facilitando así decisiones más sólidas por parte de la institución. La presidenta atribuyó esta mayor capacidad de maniobra al fortalecimiento de la arquitectura financiera europea. Destacó que tanto la supervisión bancaria común como el marco de resolución han reforzado la solidez del sector bancario. A ello se suma la evolución de los instrumentos fiscales europeos, desde el Mecanismo Europeo de Estabilidad hasta los fondos Next Generation EU y otros mecanismos de financiación conjunta. Según Lagarde, esta mayor resiliencia reduce la necesidad de aplicar respuestas monetarias excepcionales. Aunque reconoce que seguirán produciéndose shocks que alteren la inflación, considera que su impacto sobre la economía es ahora más limitado. En este contexto, sostuvo que ya no resulta imprescindible recurrir a medidas no convencionales. Aunque el BCE mantiene esas herramientas disponibles, la prioridad pasa por estabilizar la inflación utilizando los tipos oficiales como instrumento central. Esa visión coincide con la percepción predominante dentro del Consejo de Gobierno del BCE, donde cada vez se considera menos probable una vuelta a los grandes programas de compra de deuda que marcaron la etapa de Mario Draghi y los primeros años de Lagarde. Además, el BCE parece haber dejado atrás otra herramienta habitual de etapas anteriores: la forward guidance, es decir, la comunicación explícita sobre futuras decisiones de política monetaria. Para Lagarde, este tipo de compromisos pierde eficacia en entornos de elevada incertidumbre económica y geopolítica. En su lugar, apuesta por una comunicación basada en escenarios, explicando cómo podría reaccionar el BCE según evolucionen los datos macroeconómicos y permitiendo que sean los inversores quienes valoren cuál de esos escenarios resulta más probable. Por ello, Lagarde evitó adelantar pistas sobre la reunión de julio en Fráncfort, limitándose a reiterar que las decisiones seguirán dependiendo de los datos y se adoptarán reunión a reunión.

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(Expansión, 30-06-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La tensión geopolítica gana peso en las auditorías de 2025

La creciente incertidumbre internacional está teniendo un impacto cada vez más visible en las cuentas de las grandes empresas españolas. Así lo refleja el último informe Cuestiones clave de auditoría 2025, elaborado por KPMG, que muestra un aumento notable de las menciones a riesgos geopolíticos en los informes de auditoría de las compañías del IBEX 35. Estas referencias han pasado del 6% en 2024 al 14% en 2025, evidenciando una mayor preocupación por el contexto internacional. Este incremento solo encuentra un antecedente similar en 2022, coincidiendo con el estallido de la guerra entre Rusia y Ucrania. Según el análisis, este repunte responde a un entorno marcado por la fragmentación económica global, el aumento de las tensiones comerciales y la persistencia de conflictos internacionales, factores que se han intensificado tanto en 2025 como en los primeros meses de 2026. David Hernanz, responsable del área de Auditoría de KPMG en España, señala que la atención de los auditores se centra cada vez más en riesgos vinculados a la incertidumbre geopolítica o al cambio climático, dado que ambos pueden afectar de forma directa al rendimiento financiero de las compañías. El estudio también pone de relieve que se ha frenado la tendencia descendente registrada en años anteriores en el número de cuestiones clave de auditoría. Durante 2025, los informes de las grandes cotizadas mantuvieron un total de 94 cuestiones clave, la misma cifra que el año anterior, con una media estable de 2,69 observaciones por informe. Según Hernanz, estas cuestiones suelen concentrarse en áreas que exigen estimaciones complejas, juicios contables relevantes o el análisis de operaciones extraordinarias, especialmente cuando existen cambios significativos en el entorno económico que modifican el mapa de riesgos. Más allá de los factores geopolíticos, los principales focos de atención de los auditores fueron el reconocimiento de ingresos, presente en el 49% de los informes; la recuperación del fondo de comercio, con un 43%; y la valoración y recuperabilidad de activos no corrientes, señalada en el 23% de los casos. Por sectores, los servicios financieros y los seguros continúan encabezando la lista de actividades con mayor número de cuestiones clave, con una media de 3,4 por informe. Les siguen las compañías de materiales básicos e industria, con una media de 3, y las empresas de tecnología y telecomunicaciones, con 2,8. Sin embargo, los mayores aumentos en el número de observaciones se registraron en los sectores inmobiliario, tecnológico y energético, reflejando una mayor exposición a cambios regulatorios, financieros y de mercado. Entre las novedades de 2025 también destaca un ligero aumento de las cuestiones relacionadas con provisiones, contingencias y litigios, que aparecieron en dos informes de auditoría. Si se amplía el análisis al conjunto de empresas cotizadas, incluyendo el Mercado Continuo, se observa que la media de cuestiones clave aumentó por primera vez desde 2018, hasta alcanzar 2,25 observaciones por informe. Sobresalen especialmente los incrementos detectados en compañías de productos farmacéuticos, biotecnología y servicios inmobiliarios. En total, el 72% de las 266 cuestiones clave identificadas en los informes se concentraron en cinco grandes áreas: reconocimiento de ingresos, recuperabilidad del fondo de comercio, recuperación de activos por impuesto diferido, valoración de activos no corrientes y provisiones ligadas a contingencias o litigios. Además, los auditores detectaron ocho casos de incertidumbre material y emitieron dos informes con salvedades, lo que refleja un entorno empresarial en el que la vigilancia sobre los riesgos financieros y operativos sigue ganando relevancia.

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