El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dictaminado que las empresas están obligadas a compensar económicamente a los trabajadores por las guardias si estas implican intervenciones frecuentes y no meramente ocasionales. La sentencia, emitida el 20 de marzo, resuelve un conflicto entre una trabajadora y su empresa, en el que la empleada reclamaba que las actuaciones realizadas durante sus guardias fueran reconocidas y pagadas como horas extraordinarias.
El tribunal da la razón a la trabajadora, señalando que la jornada diaria de una persona se distribuye en tres bloques equivalentes: trabajo, descanso y ocio. "Extender el horario laboral afecta directamente al tiempo destinado al descanso o al ocio", sostiene la resolución, añadiendo que cualquier prolongación de la jornada laboral, como es el caso de la disponibilidad continua para atender requerimientos del empleador, debe ser analizada con especial cuidado.
La sentencia advierte que solo en circunstancias excepcionales puede considerarse que los tiempos de guardia no constituyen tiempo de trabajo efectivo. Para ello, deben tratarse de situaciones puntuales y no de una exigencia reiterada hacia el trabajador. Así lo expresa el magistrado Florentino Eguaras, quien subraya que es necesario evaluar cada caso en concreto, dado que las demandas laborales varían según el tipo de empresa.
En este caso específico, la sentencia concluye que las intervenciones de la empleada durante las guardias no eran esporádicas, ya que se producían, en promedio, tres veces por mes. "Durante estos periodos, se genera una clara dependencia y una dedicación por parte del trabajador que afecta a su tiempo libre en favor de la disponibilidad exigida por la empresa [...]. No se trata de algo puntual, sino de una práctica recurrente que aporta un beneficio directo a la empresa a través del servicio prestado al cliente", finaliza el fallo.
CEOE y Cepyme se niegan a ceder espacio a Pimec en la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos (CCNCC). Tras la orden publicada por el Ministerio de Trabajo el pasado 10 de abril en el BOE, que daba diez días para pactar una redistribución de vocalías con la patronal catalana Pimec, la CEOE ha optado por recurrir a la vía judicial para frenar el proceso. En concreto, ha presentado un recurso ante la Audiencia Nacional con el objetivo de paralizar la ejecución de dicha orden.
Este nuevo recurso amplía otro anterior que la patronal ya había interpuesto contra una orden de agosto de 2024, en la que se establecían las reglas para la designación de miembros en la citada comisión. Mientras aquella norma fijaba el marco normativo, la del 10 de abril implicaba su aplicación práctica. Además, CEOE solicita medidas cautelares para que ambas órdenes queden en suspenso mientras no haya resolución judicial.
El movimiento confirma la reticencia de CEOE y Cepyme a compartir espacios de representación institucional con otras patronales como Pimec, e incluso con Conpymes. Esta disputa no se limita a la CCNCC, sino que se extiende al Consejo Económico y Social (CES) y podría intensificarse cuando se aborde la representatividad empresarial en la negociación colectiva, una cuestión estratégica para la CEOE.
El argumento principal que esgrimen CEOE y Cepyme para rechazar la incorporación de Pimec es que su representatividad es, según ellos, insuficiente. Apelan a la doctrina del Tribunal Supremo, que establece que la representatividad no otorga automáticamente un derecho pleno a participar en órganos consultivos, debiendo tenerse en cuenta criterios de proporcionalidad y ámbito geográfico. A su juicio, Pimec no alcanzaría esos mínimos exigidos.
Un segundo punto que plantean es que Pimec, al formar parte de una confederación de ámbito estatal como Conpymes, no podría ocupar una vocalía en la comisión de convenios. Sostienen que la normativa que regula la representación empresarial excluye a las organizaciones autonómicas integradas en estructuras estatales de este tipo de órganos.
La propuesta de nuevo reparto dejaría 4 vocalías para la CEOE, 1 para Cepyme y 1 para Pimec, frente al reparto actual que otorga 5 a CEOE y 1 a Cepyme. Al conocer la impugnación, adelantada por La Vanguardia, desde Pimec han calificado la acción como "sorprendente y preocupante", criticando que se recurra a los tribunales en lugar de aceptar una representatividad empresarial "más plural, democrática y fiel a la realidad".
La orden ministerial del 10 de abril cesaba a los seis vocales actuales y abría un plazo de diez días para llegar a un acuerdo con Pimec. Si no se producía el consenso, el Ministerio de Trabajo tomaría la decisión basándose en criterios objetivos, entre ellos garantizar al menos una vocalía para Pimec.
Tras publicarse la orden, Pimec envió una propuesta a las otras organizaciones empresariales para consensuar una redistribución en la comisión, expresando su voluntad de participar "de forma constructiva" en la búsqueda de consensos que permitan actualizar la representación empresarial en este órgano. La comisión ejerce funciones consultivas sobre los convenios colectivos y actúa como observatorio de la negociación colectiva. Su composición es clave, y este paso marca un cambio en el mapa de la representatividad patronal en España.
Además, el Ministerio de Trabajo ya ha reconocido el derecho de Pimec a ocupar una plaza en el Consejo Económico y Social. La decisión se basa en jurisprudencia que avala que las patronales con mayor representación en sus respectivas comunidades autónomas tienen derecho a estar presentes también en órganos estatales, siempre que superen un umbral mínimo del 15% de representación empresarial y de trabajadores. Un requisito que, según el Ministerio, Pimec cumple ampliamente.
Las empresas que formalicen contratos temporales de menos de 30 días con sus empleados tendrán que abonar este año un 4,4% más en concepto de cotización adicional, una penalización pensada para desincentivar este tipo de contratación breve. Este recargo asciende en 2025 a 32,60 euros, frente a los 31,22 euros que se exigían el año anterior.
El Ejecutivo comunicó recientemente esta subida, la cual se debe al aumento de las bases mínimas de cotización para este ejercicio, adaptadas al nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que ha quedado fijado en 1.184 euros mensuales repartidos en 14 pagas. Como ha ocurrido con el incremento del SMI, esta penalización se aplica con carácter retroactivo desde el 1 de enero. Esto implica que las empresas que hayan dado por finalizados contratos de menos de 30 días en los primeros meses de 2025 deberán regularizar estos pagos con la Seguridad Social en la próxima liquidación.
Esta medida se implantó en la reforma laboral de 2021 con el propósito de reducir la excesiva temporalidad, muy presente en sectores como la hostelería o el comercio, que recurren a este tipo de contratos para afrontar picos de actividad. Así, además de la cotización correspondiente al salario, las empresas están obligadas a abonar este recargo adicional.
Aunque el impacto económico de esta medida en las compañías es limitado, se suma a otras cargas laborales que han aumentado este año, como la subida del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) o el incremento de las cotizaciones en los salarios más altos.
Este nuevo ajuste, que supone un incremento de 1,38 euros respecto al año anterior, afectará aproximadamente a un tercio de los contratos firmados en el país. Sólo en marzo, el 32,6% de los contratos registrados -más de 380.000- tenían una duración inferior a 30 días, según datos del SEPE recogidos por Europa Press.
Dentro de ese grupo, la mayoría -unos 258.164 contratos- no superaban la semana de duración. Otros 66.385 se firmaron para un periodo de entre 16 días y un mes, y 55.732 tenían una duración de entre ocho y quince días.
A pesar de que esta medida pretende reducir la contratación temporal, los datos muestran que no está teniendo el impacto esperado por la ministra Yolanda Díaz. En marzo, la temporalidad creció un 6,3% respecto al mismo mes del año anterior, con más de 658.000 contratos temporales, lo que equivale al 56,4% de todos los acuerdos laborales firmados en ese mes.
La patronal y los sindicatos mayoritarios del sector de la construcción -que da empleo a alrededor de 1,4 millones de personas en España- han alcanzado un acuerdo para incluir un protocolo de protección frente a la discriminación del colectivo LGTBI+ en su convenio colectivo. La Confederación Nacional de la Construcción (CNC) ha confirmado que ha pactado esta medida con CC OO del Hábitat y UGT FICA, como un avance relevante en la defensa de los derechos del colectivo.
Este tipo de medidas responde a una nueva exigencia legal que obliga a que los convenios incluyan acciones específicas para garantizar la igualdad y evitar cualquier tipo de discriminación por orientación sexual o identidad de género.
Según detalla la CNC, se han añadido dos anexos al convenio: uno con medidas orientadas a lograr la igualdad real y otro con un protocolo detallado para actuar frente a casos de acoso o violencia hacia personas LGTBI+. Aunque el documento aún no ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado, desde la patronal aseguran que lo será en breve.
Los representantes del sector han considerado necesario actualizar el régimen disciplinario del convenio, añadiendo nuevas infracciones relacionadas con la igualdad y la no discriminación. Entre las iniciativas se encuentran cláusulas que promueven la equidad en aspectos como el acceso al trabajo, la formación, la promoción interna, el uso de lenguaje inclusivo, así como permisos y beneficios sociales.
La nueva normativa será de obligado cumplimiento para todas las empresas del sector con más de 50 empleados. Además, la CNC destaca que estas medidas no solo afectan al personal contratado, sino también a quienes se postulen para un empleo, a empleados temporales, proveedores, clientes y cualquier otra persona que acceda a las instalaciones de las empresas. "La construcción reafirma así su compromiso con la comunidad LGTBI+, posicionándose como un sector puntero en la protección de sus derechos y en la lucha contra cualquier forma de discriminación o violencia", sostiene la CNC.
Este conjunto de iniciativas está vinculado al desarrollo reglamentario de la llamada "ley trans", que establece que los convenios deben incluir cláusulas específicas sobre igualdad de trato para personas LGTBI+, formación para prevenir discriminación en procesos de selección y promoción, protocolos frente al acoso y la violencia, y acciones que fomenten entornos laborales diversos e inclusivos. También se subraya la necesidad de impulsar la inclusión de personas trans, uno de los grupos más afectados por la exclusión laboral.
Estas políticas fueron acordadas por CEOE, Cepyme, CC OO y UGT junto al Ministerio de Trabajo, y deben implementarse obligatoriamente en empresas de más de 50 personas, aunque pueden extenderse a empresas más pequeñas si así se recoge en sus convenios colectivos.
No obstante, las asociaciones LGTBI+ han denunciado que muchas compañías están retrasando la aplicación de estos protocolos. El plazo para iniciar las negociaciones terminó el 8 de enero, y el 8 de abril era la fecha límite para cerrarlas. En caso de no haber alcanzado un acuerdo, las empresas están igualmente obligadas a aplicar unas medidas mínimas establecidas por ley, y se enfrentan a posibles sanciones si incumplen.
Este nuevo marco legislativo entra en vigor en España en un momento en que otros países, como Estados Unidos bajo el liderazgo de Donald Trump, han dado pasos atrás en materia de diversidad. Desde la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y más (FELGTBI+), se destaca que este contexto internacional pone en valor el papel de las leyes y del Estado de derecho como garantía frente a los vaivenes políticos.
Además, FELGTBI+ ha pedido al Ministerio de Trabajo que supervise la aplicación de estas medidas y ha recordado la promesa pendiente de aprobar un protocolo específico de inserción laboral para personas trans. "Actualmente, cuatro de cada diez personas trans están en riesgo de pobreza, un 16% más que la media de la población", subraya el colectivo.
Durante 2024, un total de 6,78 millones de personas firmaron 15,42 millones de contratos laborales en España, lo que equivale a una media de 2,27 contratos por trabajador, según datos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esta cifra refleja una menor rotación respecto al año 2021, cuando la media era de 2,72 contratos por persona antes de la reforma laboral, y sitúa el índice en niveles similares a los anteriores a la crisis económica de 2008. No obstante, los datos más recientes apuntan a que la tendencia positiva iniciada tras la reforma se ha estabilizado.
En comparación, el índice de 2023 fue ligeramente inferior, situándose en 2,26 contratos por persona. Esta leve subida se explica por una reducción tanto en el número de contratos, que cayó en 24.101, como en el de trabajadores contratados, que descendió en 46.347. Pese a ello, la reforma ha supuesto un cambio notable si se analiza la evolución desde antes de la pandemia, cuando el índice alcanzó un pico de 2,93 en 2019. Actualmente, aunque el índice sigue por encima del mínimo histórico (2,1 a inicios de los 2000), ya no se registran mejoras significativas.
Este estancamiento puede interpretarse como el cierre de una etapa en la que la reforma laboral logró frenar el aumento de la temporalidad que se había intensificado tras la crisis financiera y el auge del sector servicios. En contraste con la reforma de 2012, que propició un aumento de la rotación, la normativa de 2021 ha tenido un efecto inverso. Sin embargo, el dato de 2024 -idéntico al de 2006- confirma que no se han logrado avances adicionales en este aspecto. Lo positivo es que estos resultados se han alcanzado sin que haya habido una destrucción neta de empleo, a diferencia de lo que ocurrió durante la pandemia.
Por primera vez, el Observatorio de las Ocupaciones del SEPE ha hecho público el índice de rotación según cada tipo de contrato. Aunque no se indica cuántas personas firmaron cada modalidad, el estudio desglosa datos por tipo: indefinidos ordinarios a tiempo completo o parcial, fijos discontinuos y los diversos temporales.
En el caso de los contratos indefinidos, el índice medio se sitúa en 1,26. Las conversiones de temporales e incentivos específicos apenas alcanzan el 1,01, lo que indica una contratación más estable. En cambio, entre los nuevos trabajadores indefinidos -sin vínculo previo con la empresa- la rotación es algo mayor. Para los indefinidos ordinarios, la media es de 1,20, mientras que en los fijos discontinuos asciende a 1,46. En cuanto a los contratos temporales, el promedio es de 1,96, aunque varía según la modalidad: los eventuales por circunstancias de la producción tienen un índice de 2,29 y los del ámbito artístico alcanzan los 4,17 contratos por persona.
Un dato curioso es que la media general de rotación (2,27) supera a la registrada por separado en los contratos indefinidos y temporales. Esta diferencia se debe a que una misma persona puede firmar más de un tipo de contrato en el mismo año, especialmente en sectores con baja cualificación. Por eso, los índices desglosados deben entenderse como estimaciones aproximadas y no exactas.
El índice general también debe leerse como un promedio, ya que hay trabajadores que pueden haber firmado tres o más contratos en un mismo año. Aunque años atrás el SEPE ofrecía datos más detallados sobre cuántos contratos firmaba cada persona, desde 2013 esa información dejó de publicarse.
Otro contraste relevante es el que surge con los datos mensuales del SEPE, donde la rotación es mucho menor. Por ejemplo, en marzo de 2024 se firmaron 1,167 millones de contratos entre 952.918 personas, lo que arroja una media de 1,22. Esa ratio fue de 1,05 para los contratos indefinidos y 1,32 en los temporales. Sin embargo, estos datos mensuales no reflejan del todo la rotación anual, ya que una misma persona puede firmar múltiples contratos a lo largo del año.
Un análisis de la evolución histórica muestra que, aunque la contratación total ha caído desde la reforma laboral, el número de personas contratadas no lo ha hecho en igual proporción. Por ejemplo, en 2019 se registraron 22,5 millones de contratos -el máximo histórico-, frente a los 15,42 millones de 2024, lo que supone una caída del 31,5%. Sin embargo, el número de trabajadores contratados se redujo solo un 11,73%, es decir, 899.669 personas menos. En ese mismo periodo, el índice de rotación descendió de 2,93 a 2,27.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones fijó un calendario para regularizar las nuevas cuotas de cotización de los trabajadores autónomos, y el próximo día 30 marca el final de este proceso. A tan solo nueve días de que concluya el plazo, desde el departamento aseguran a elEconomista.es que "todo avanza correctamente" en lo referente a cumplir los tiempos para comunicar a los autónomos que han cotizado por debajo de lo que les corresponde, así como para reembolsar a quienes han pagado de más. Será entonces cuando el ministerio pueda obtener una imagen clara del funcionamiento del sistema implementado en 2023 y calcular los ingresos reales que generará esta reforma.
En caso de que no se cumplan los plazos, la Seguridad Social deberá abonar intereses a los beneficiarios, tal como establece el artículo 29 de la Ley General de la Seguridad Social. Si se pagan las cantidades fuera de plazo, el recargo será del 10% si se abonan en el primer mes natural tras el vencimiento, y del 20% si se excede ese período. De acuerdo con los últimos datos facilitados por el Ministerio, el 50,7% de los autónomos deberá ajustar su cuota. Dentro de este grupo, alrededor de 880.000 profesionales tendrán que pagar una cantidad adicional, con una media de hasta 450 euros, y dispondrán de un mes para hacerlo, hasta el 30 de abril.
Por otro lado, unos 990.000 autónomos recibirán devoluciones de hasta 600 euros por haber cotizado en un tramo superior al que les correspondía. No obstante, este reembolso solo se efectuará si no optan por mantener esa cotización más alta, lo cual podría ser beneficioso a largo plazo para acceder a mejores prestaciones, como la jubilación. En febrero, un 60% de los notificados decidió continuar con la base superior elegida.
Del análisis de los datos aportados por la Agencia Tributaria sobre 3.729.782 autónomos, se concluyó que el 49,3% no necesitaría modificar su tramo de cotización. Esto incluye tanto a quienes no tienen periodos que regularizar (21,9%) como a aquellos que ya están cotizando correctamente dentro del tramo que les corresponde (28,11%).
El Ministerio detectó un desequilibrio en el sistema cuando impulsó el cambio en las bases de cotización. Antes de la reforma, un 80% de los autónomos cotizaba por la base mínima, a pesar de que sus ingresos reales eran mayores, lo que generaba un déficit estructural, ya que este régimen depende en gran medida de la financiación cruzada con otros. Además, al cotizar por bases más bajas, estos trabajadores acababan percibiendo prestaciones inferiores al resto de asalariados.
Con la entrada en vigor del nuevo modelo, los autónomos deben elegir su tramo de cotización en función de sus beneficios reales. La implantación del sistema basado en ingresos netos ajustó tanto las bases mínimas como los tramos y las cuotas mensuales que se deben pagar.
Esta modificación obliga a los trabajadores por cuenta propia a abonar una cuota mensual que va desde los 200 hasta los 590 euros, dependiendo de sus ingresos. Para quienes declaran más de 1.700 euros netos al mes, la cuota se incrementa. La reforma dejó claro que algunos autónomos tendrían que pagar hasta 90 euros más al mes. De cara al próximo ejercicio, las cuotas estarán entre los 350 y los 590 euros mensuales, mientras que los autónomos con menos ingresos -aproximadamente el 40%- se beneficiarán de una reducción que puede llegar a los 30 euros mensuales.
La Seguridad Social ha propuesto a los agentes sociales una medida para fomentar la jubilación flexible, que permitiría a los jubilados que deseen volver a trabajar aumentar su jornada parcial, la cual actualmente está limitada entre el 50% y el 75%. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se reunió ayer con los sindicatos y la patronal para seguir avanzando en el desarrollo del acuerdo de pensiones alcanzado el 31 de julio de 2024.
Durante la reunión, se discutieron posibles mejoras para hacer más atractiva la jubilación flexible, una modalidad que permite a los jubilados que ya reciben pensión reincorporarse al trabajo. La secretaria ejecutiva de UGT, Cristina Estévez, explicó a los medios que actualmente solo unas 3.000 personas están acogidas a este tipo de jubilación, lo que la convierte en una opción "prácticamente inexistente" por su falta de atractivo. El Ministerio está estudiando diferentes opciones para promover esta modalidad sin que interfiera con otros tipos de jubilación, como la demorada o la activa, y se comprometió a enviar una propuesta legislativa antes de la próxima reunión programada para el 5 de mayo.
Además, se contempla modificar las reglas sobre las incompatibilidades y compatibilidades del sistema, así como introducir incentivos para el inicio de la jubilación flexible, sin que se limite únicamente al recálculo de la pensión al final del contrato a tiempo parcial.
En la reunión también se trataron otros temas, como los coeficientes reductores para adelantar la edad de jubilación. Se espera que el Consejo de Estado emita su informe sobre este asunto a finales de este mes o principios de mayo. Además, el Ministerio está negociando la transferencia parcial de las bajas laborales por traumatología.
Los líderes sindicales han exigido este lunes al Gobierno que acelere la tramitación de la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales, una de las principales promesas del Ejecutivo en materia laboral para esta legislatura. Desde la sede de Comisiones Obreras, su secretario general, Unai Sordo, ha sido claro: "Queremos recordarle al Gobierno que esto hay que sacarlo adelante. Que haya bajado la atención mediática no significa que vayamos a dejar de presionar. Hay que avanzar rápido". A su lado, el líder de UGT, Pepe Álvarez, ha insistido en que "es hora de poner en marcha el proceso legislativo. No tiene sentido que esté paralizado. Hay que impulsarlo ya, no es momento de esperar".
Ambos han hecho estas declaraciones durante la presentación de las movilizaciones del Primero de Mayo, que este año se celebrarán en medio centenar de ciudades y estarán marcadas, según los sindicatos, por el rechazo a las políticas de Donald Trump. "Este Primero de Mayo es especialmente relevante, probablemente uno de los más significativos a nivel global en más de un siglo", ha afirmado Álvarez.
El acuerdo para reducir la jornada laboral se presentó el 20 de diciembre junto a la vicepresidenta Yolanda Díaz. Desde entonces, ha habido tensiones entre los Ministerios de Economía y Trabajo. El anteproyecto fue aprobado en una primera vuelta por el Consejo de Ministros el 4 de febrero, y tras el informe del Consejo Económico y Social, debe volver al Gobierno antes de iniciar su recorrido parlamentario. Sin embargo, no cuenta con mayoría asegurada en el Congreso. Junts, cuyo voto es clave, ya ha expresado sus reservas: "Tampoco apoyamos ahora mismo este proyecto de ley", dijeron a Díaz en una reciente comisión.
Ante estas reticencias, la cocoordinadora de Sumar, Lara Hernández, ha reiterado este lunes el compromiso con la medida: "Seguimos trabajando intensamente. Esta es una propuesta fundamental y vamos a sacarla adelante". También ha defendido la discreción en las negociaciones como una clave del éxito político.
Sordo ha aclarado que, aunque la reducción de jornada no encabece las reivindicaciones del Primero de Mayo por el contexto internacional, no por ello dejarán de exigir su aplicación: "Vamos a ser firmes. Esto se tiene que aprobar a tiempo". También ha advertido que el retraso está empezando a dificultar las negociaciones colectivas: "Al no saberse cómo terminará el proceso, la patronal se resiste a hablar de subidas salariales". El dirigente sindical ha anunciado que reanudarán las movilizaciones iniciadas en Barcelona en cuanto arranque el trámite parlamentario. "Debe entrar en vigor este año. No podemos mirar hacia otro lado. Hay que afrontar las enmiendas", ha remarcado.
Por su parte, Álvarez ha subrayado que "no se puede seguir esperando" y ha defendido la urgencia de comenzar el debate parlamentario: "Ahí veremos quién apoya realmente esta medida. Quien se oponga irá en contra de lo que quiere la mayoría de la sociedad". El líder de UGT ha urgido a que la reforma se apruebe "cuanto antes" para que pueda aplicarse en 2025, como estaba previsto. El Ejecutivo ya ha incumplido el paso intermedio: la aplicación de las 38,5 horas en 2024.
Ambos sindicalistas han recordado también que el Gobierno tiene pendiente reformar el sistema de indemnización por despido, después de los pronunciamientos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que cuestionan su legalidad bajo la Carta Social Europea. "Es evidente que el actual sistema genera inseguridad jurídica", ha advertido Sordo. "La patronal deberá decidir si prefiere una reforma pactada o que lo determinen los tribunales". Álvarez ha añadido que el Ejecutivo "tiene la obligación" de legislar conforme al marco jurídico europeo.
Asimismo, han lamentado el repunte de la siniestralidad laboral, con un aumento del 10% en las muertes en el trabajo en lo que va de año, hasta alcanzar los 796 fallecimientos. Por ello, han pedido reforzar las políticas de prevención, una cuestión que también están negociando con el Gobierno.
Una parte importante de la comparecencia ha estado dedicada al contexto internacional y a la amenaza que, en su opinión, suponen las políticas del expresidente estadounidense. "Este Primero de Mayo quiero animar a los trabajadores a que salgan a la calle", ha dicho Álvarez, denunciando lo que llama "la internacional del odio", que según él "rechaza todo lo que defendemos: la igualdad, los derechos LGTBI+, la inclusión de migrantes, y nuestras conquistas sociales". Ha manifestado su deseo de que estas movilizaciones sean "el inicio de una nueva etapa de fortalecimiento del sindicalismo".
En términos similares se ha expresado Sordo: "Estados Unidos va camino de convertirse en una autocracia. Lo que estamos viendo es un desafío a las reglas democráticas y comerciales. Trump actúa como el matón del patio". Ha advertido que parte de la derecha europea está asumiendo ese discurso, lo que exige una respuesta firme. "España no le debe nada a Estados Unidos. Esta guerra comercial carece de justificación y busca minar nuestro modelo económico", ha sentenciado, pidiendo intensificar las relaciones con regiones como América Latina o China. Álvarez, en esa línea, ha pedido mirar a otros mercados "sin complejos".
El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) se ha manifestado recientemente en relación con una reclamación presentada por Comisiones Obreras (CC OO) en 2022 contra el sistema laboral español. Aunque aún no se ha hecho público el dictamen completo, se adelanta que el actual sistema de indemnización por despido improcedente (33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades) no siempre compensa adecuadamente al trabajador ni cumple con el objetivo disuasorio frente al empleador.
Tal como ha adelantado El País, el CEDS ha dado la razón a CC OO, considerando que España estaría incumpliendo la Carta Social Europea, especialmente en los casos de despidos injustificados a empleados con poca antigüedad en la empresa. Algunos jueces habían intentado compensar esta deficiencia con indemnizaciones adicionales -en ocasiones mucho más elevadas que las establecidas por ley-, pero el Tribunal Supremo limitó esa práctica. Ahora la responsabilidad recae en el Gobierno. La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha mostrado su intención de impulsar una reforma, aunque el ministerio esperará a la publicación oficial del dictamen, prevista para el 27 de junio, antes de actuar.
El dictamen plantea varios puntos de discusión más allá del importe de la indemnización por despido. "También se abordan cuestiones relevantes como la eliminación de los salarios de tramitación tras la reforma laboral de 2012", explica Guillermo Barrios, catedrático de la Universidad Rey Juan Carlos y asesor de Labormatters Abogados.
Según declaraciones de CC OO a Cinco Días, la reclamación del sindicato busca reformar tres aspectos clave del sistema actual. Primero, proponen priorizar la readmisión frente al despido, dando al trabajador la posibilidad de decidir si desea volver a su puesto. "No es lógico que el empresario, que ha infringido la normativa, sea quien decida entre readmisión o indemnización", señala Raúl Olmos, de la Secretaría Confederal de Acción Sindical del sindicato. La idea es convertir el despido en una medida realmente excepcional para las empresas.
En segundo lugar, exigen que los trabajadores tengan derecho a percibir los salarios de tramitación aunque no recuperen su empleo, ya que en el modelo actual no se garantiza la recuperación de los ingresos perdidos ni de las cotizaciones a la Seguridad Social. Finalmente, solicitan establecer una indemnización mínima para los empleados con escasa antigüedad, cuyas compensaciones actuales son, según Olmos, "insignificantes".
Las decisiones del CEDS no son legalmente vinculantes. Es decir, aunque el dictamen considere que España viola la Carta Social Europea, no obliga automáticamente a modificar la legislación. Sin embargo, Guillermo Barrios advierte que este es un asunto delicado, y se espera que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo se pronuncie próximamente. Aunque sin fuerza legal directa, el dictamen podría motivar un aumento en las demandas judiciales basadas en su contenido.
Según Enrique Ceca, socio director en Ceca Magán Abogados, el dictamen del Consejo Europeo podría incentivar a más trabajadores a acudir a los tribunales para defender sus derechos. No obstante, aclara que los empleados deberán reclamar expresamente una indemnización adicional y justificarla correctamente, ya que los jueces no pueden otorgarla de forma automática. Víctor Canalda, abogado y graduado social, apunta que no será necesario mencionar directamente la resolución del CEDS en las demandas. Bastará con invocar el "control de convencionalidad" de los tratados internacionales ratificados por España.
Aunque el dictamen del Comité Europeo no constituye jurisprudencia, algunos tribunales autonómicos, como los de Cataluña o el País Vasco, ya lo han tenido en cuenta al interpretar el artículo 10 del Convenio 158 de la OIT. Sin embargo, en diciembre pasado, el Tribunal Supremo rechazó estas indemnizaciones adicionales al considerar que el Estatuto de los Trabajadores ya cumple con dicho convenio. Cabe destacar que esta decisión se refería a un caso anterior a la ratificación por parte de España de la Carta Social Europea en 2021.
Con el nuevo dictamen del CEDS, algunos jueces podrían apartarse de la doctrina del Supremo y volver a aceptar indemnizaciones superiores a las previstas legalmente. "Es posible que los tribunales de instancia consideren que la postura del Supremo no se ajusta a los compromisos internacionales, sobre todo si el trabajador fundamenta bien su reclamación invocando el artículo 24 de la Carta Social Europea", indica Enrique Ceca. Esto, añade, podría generar inseguridad jurídica debido a posibles fallos contradictorios en casos similares.
El propio Tribunal Supremo podría ser el que provoque un cambio de criterio. Según Barrios, el Comité Europeo es el intérprete autorizado de la Carta Social Europea, y además, la reciente renovación de la Sala de lo Social podría haber modificado la correlación de fuerzas dentro del alto tribunal.
La presencia de trabajadores extranjeros en el mercado laboral español sigue en aumento. En marzo se alcanzó un récord histórico de afiliación a la Seguridad Social con 2.921.205 personas de origen foráneo, lo que supone 46.807 más que en febrero y un incremento de 187.086 respecto al mismo mes del año anterior.
Este crecimiento implica que las personas nacidas fuera de España contribuyeron con el 29% de los nuevos empleos creados en marzo -sobre un total de 161.492 altas- y con el 41% del empleo generado en los últimos doce meses -de un total de 455.659 nuevos afiliados-. De hecho, la proporción de trabajadores extranjeros sobre el total de afiliados ha aumentado del 13% registrado el año pasado al 13,7% actual. Hace diez años, su peso era considerablemente menor, con apenas un 9,2%.
A pesar de su creciente relevancia en la sostenibilidad del mercado laboral, en especial en sectores clave como los servicios, la aportación de estos trabajadores está marcada por una concentración geográfica. Entre los 2,9 millones de afiliados extranjeros, los tres países con mayor representación son Marruecos (355.296), Rumanía (339.527) y Colombia (224.501), que en conjunto representan el 31,5% del total de trabajadores extranjeros registrados. Les siguen Italia (197.113), Venezuela (181.917), China (121.237) y Perú (88.664).
También hay una fuerte concentración sectorial. Según los datos de cierre de marzo, entre los asalariados extranjeros (2.439.776, es decir, el 83,5% del total), los sectores que más empleo concentran son comercio (311.280), hostelería (406.340) y agricultura (246.386), que en conjunto agrupan al 40% de los afiliados extranjeros al régimen general.
Otro dato relevante es el crecimiento del número de extranjeros que deciden emprender por cuenta propia. Los autónomos foráneos ya representan el 16,5% del total de trabajadores extranjeros, con 476.039 afiliados en marzo. Esto supone 34.446 más que un año atrás y 4.522 más que en febrero. Dentro de este colectivo de autónomos, también se observa una clara concentración en determinadas actividades económicas. De los casi 500.000 trabajadores por cuenta propia de origen extranjero, el comercio reúne 103.937 afiliados, la hostelería 76.995 y la construcción 67.882, lo que representa en conjunto el 52% del total.
En cuanto a la distribución territorial, el número de afiliados extranjeros creció en todas las comunidades autónomas en marzo, salvo en Castilla-La Mancha (-288), Navarra (-71) y La Rioja (-100). Los mayores incrementos se registraron en Andalucía (+12.129), Baleares (+9.201) y Cataluña (+8.435).
La ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, ha subrayado la "importancia vital" de este colectivo para rejuvenecer el mercado laboral ante el envejecimiento de la población, así como para garantizar el relevo generacional en sectores como el manufacturero. Saiz afirmó que sin la aportación de los trabajadores extranjeros "no se habría producido el crecimiento actual del empleo" y destacó su papel esencial para asegurar la sostenibilidad del sistema de pensiones. "Más de 4 millones de personas se jubilarán en los próximos diez años", recordó, remarcando la necesidad de contar con estos trabajadores para garantizar el futuro del sistema.
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