(El Economista, 20-05-2025) | Laboral

El absentismo por incapacidad temporal se dispara

Según las estimaciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el aumento del empleo ha tenido un efecto directo en la intensidad de la actividad laboral, medida por los días realmente trabajados. En 2024, el promedio de días trabajados por cada cotizante ha subido un 2,9%, y desde 2019, este incremento alcanza un 12,6%. Estos datos buscan aportar más contexto al debate sobre el absentismo laboral en España, aunque también evidencian un notable incremento de las bajas por incapacidad temporal (IT): los días cotizados pero no trabajados por esta causa se han incrementado un 11,9% en el último año y un 61,3% desde 2019. En concreto, el promedio anual de días en IT por cada trimestre cotizado en 2024 se situó en 76,4, con un pico en el cuarto trimestre, que alcanzó los 78,5 días. Por esta razón, el ministerio liderado por Elma Saiz prefiere usar la media anual de los cuatro trimestres como referencia. Estos datos proceden de los registros administrativos de la Tesorería General de la Seguridad Social, tanto en afiliación como en bases de cotización, y complementan las estadísticas de horas trabajadas ya publicadas anteriormente. En cuanto a la incapacidad temporal, estas horas afectadas ascienden a 423.025 millones, aunque no se distingue entre empleos a jornada completa o parcial, por lo que el dato en días ofrece mayor precisión. En los tres últimos meses de 2024 se contabilizaron 1.436,5 millones de días cotizados, mientras que el promedio anual se situó en 1.419,4 millones, lo que supone un aumento del 2,19% respecto a 2023 y un 14,7% más en comparación con 2019. Esto equivale a una media de 85,3 días cotizados por trimestre y por cotizante, 2,1 días más que hace cinco años. De este total, 76,4 millones de días no se trabajaron por IT, a los que se suman 10,9 millones correspondientes a otras prestaciones como permisos de paternidad, y 1,16 millones relacionados con expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE). En conjunto, los llamados "días en periodos suspensivos" alcanzan una media de 88,5 millones por trimestre, lo que representa un aumento del 9,7% respecto al año anterior y del 57,9% respecto a 2019. Estas cifras indican que un 6,23% de los días cotizados no se trabajaron y que, de media, cada afiliado faltó 5,3 días por trimestre a su puesto. Descontando estas ausencias, el número de días realmente trabajados se sitúa en 1.330,9 millones, lo que supone un 12,6% más que en 2019 y un 2,9% más que el año pasado. En términos individuales, cada cotizante trabajó de media 80 días por trimestre en 2024, una cifra similar a los 79,3 días de 2023, pero notablemente superior a los 72 registrados en 2020. El hecho de que la media de días trabajados no haya crecido más, pese al aumento del número de empleados, no se percibe necesariamente como negativo. Sin embargo, se debe tener en cuenta que con la reforma laboral, la contratación indefinida ha ganado peso, lo que alarga los periodos de cotización. En este contexto, el incremento de los días no trabajados refleja también un posible obstáculo en forma de absentismo. Desde el punto de vista de la Seguridad Social, el absentismo se relaciona directamente con la incapacidad temporal, que ya era la principal causa de ausencias antes de la pandemia. En la actualidad, esta representa el 5,38% del total de días cotizados, un máximo histórico que equivale a una media de 4,6 días de ausencia por trimestre y por afiliado. Aunque los 76,3 millones de días afectados por IT no suponen una parte excesiva del total, su aumento relativo es muy superior al de los días realmente trabajados: un 61% más desde 2019 y un 11,3% más en solo un año. Este fuerte repunte genera inquietud en el tejido empresarial por el impacto económico que conlleva. Aunque los datos oficiales no son tan alarmantes como los presentados por consultoras privadas, sí confirman que el problema persiste y no ha retrocedido desde la pandemia. Durante los años 2020 y 2021, los ERTE fueron los principales responsables de las suspensiones laborales. Solo en el segundo trimestre de 2020 se superaron los 258 millones de días afectados por ERTE, y la media de ese año fue de 118,4 millones, más del doble que los días perdidos por IT. En los años posteriores, estas cifras han descendido notablemente hasta rondar el millón de días, aunque siguen por encima de los niveles prepandemia. En términos acumulados, los días en suspensión laboral han crecido un 42% respecto a 2019 y un 12,7% solo en 2024. Pese a que la media anual es más estable, los datos trimestrales muestran una mayor variabilidad: en el último trimestre de 2024 se dispararon hasta 1,8 millones, un 85% más que en el mismo periodo de 2023. Aunque estas cifras siguen siendo pequeñas en comparación con las registradas durante la pandemia, el repunte reciente resulta llamativo en el contexto actual del mercado laboral.

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(El Periódico, 20-05-2025) | Laboral

¿Sabías que puedes cobrar de golpe hasta 37.800 euros del paro si decides emprender tu propio negocio?

Pues sí, esta posibilidad existe y se conoce como la capitalización del paro o pago único del desempleo. Se trata de una medida que permite a las personas desempleadas que cumplan determinados requisitos recibir en un solo pago la prestación por desempleo que les corresponde, con el objetivo de invertirla en una actividad por cuenta propia. Este mecanismo está pensado para fomentar el autoempleo y la creación de nuevas empresas, y aunque no todo el mundo puede acceder a él, si cumples las condiciones, puede convertirse en una oportunidad para lanzar tu propio proyecto. A continuación, te explicamos quién puede acceder, cómo funciona y qué necesitas presentar al SEPE para cobrar el paro de golpe. ¿Se puede cobrar de golpe 37.800 euros del paro? Sí, es posible, pero no todo el mundo tendrá acceso a esa cifra. Para llegar a esa cantidad, primero tienes que haber cotizado lo suficiente como para generar una prestación por desempleo con un importe elevado. Actualmente, el paro máximo ronda los 1.575 euros mensuales si no tienes hijos, y más si tienes cargas familiares. Si tienes derecho a 24 meses de paro, podrías acumular hasta 37.800 euros brutos. Pero para poder recibir este importe de golpe, debes cumplir con unos requisitos específicos y destinar ese dinero exclusivamente a iniciar una actividad por cuenta propia. Es decir, no puedes solicitar el pago único del paro si simplemente quieres cobrarlo antes de tiempo sin emprender ningún proyecto. El SEPE establece unas condiciones claras para poder capitalizar el paro. Los principales requisitos son: Estar en situación legal de desempleo, es decir, haber sido despedido o terminado un contrato. No puedes acceder a esta ayuda si has dejado el trabajo voluntariamente o estás en excedencia. Tener al menos tres meses de prestación por desempleo pendientes de cobrar en el momento de la solicitud. No haber solicitado el pago único en los cuatro años anteriores. Iniciar una actividad como autónomo, socio de una cooperativa o sociedad laboral en un plazo máximo de un mes desde que se apruebe la solicitud. Presentar un proyecto viable, con una memoria explicativa detallando en qué consistirá el negocio y cómo se utilizará el dinero del paro para ponerlo en marcha. El trámite para solicitar el pago único del desempleo se realiza ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Lo puedes hacer de forma presencial con cita previa, o a través de la sede electrónica si tienes certificado digital o Cl@ve. Para ello, tendrás que presentar: El formulario oficial de solicitud. Una memoria explicativa del proyecto, que detalle en qué va a consistir el negocio, cómo vas a gestionarlo, qué necesitas para ponerlo en marcha, y una estimación de los gastos. Documentación personal como DNI/NIE y número de cuenta bancaria. Cualquier documento adicional que acredite tu incorporación a una cooperativa o sociedad laboral, si ese fuera el caso. Una vez aprobada la solicitud, deberás darte de alta como autónomo en un plazo máximo de un mes. Si no lo haces, podrías perder el derecho al cobro del pago único. ¿Se puede combinar con otras ayudas? Sí, es posible compatibilizar la capitalización del paro con otras ayudas para autónomos, como las subvenciones al autoempleo de las comunidades autónomas o la tarifa plana de 80 euros en la cuota de autónomos. Eso sí, debes informarte bien para no caer en incompatibilidades, ya que cada ayuda tiene sus propias condiciones. Además, puedes reservar una parte de tu paro para compensar futuras cuotas a la Seguridad Social. Esta opción es útil si no necesitas todo el capital inicial de golpe y prefieres contar con un respaldo para los primeros meses como autónomo.

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(Expansión, 15-05-2025) | Laboral

Fedea advierte de la ausencia de medidas de flexibilidad para la aplicación y adaptación a las 37,5 horas y de los costes laborales

El Gobierno ha remitido oficialmente al Congreso de los Diputados el proyecto de ley que plantea una reducción de la jornada laboral. A pesar de que algunas formaciones políticas han mostrado su escepticismo inicial y podrían frenar la iniciativa incluso antes de su debate si se presenta y prospera una enmienda a la totalidad, diversos expertos ya advierten que el texto acordado entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos podría tener un impacto muy negativo sobre el tejido empresarial -especialmente en las pequeñas y medianas empresas- y dificultar considerablemente la generación de empleo, dado que las pymes representan el 99% del total de empresas en España y generan el 75% del empleo. Partiendo de que la propuesta legislativa perjudicaría el rendimiento laboral, los analistas de Fedea han señalado varios puntos que, de implementarse, introducirían rigidez en las relaciones laborales y generarían incertidumbre en las empresas a la hora de adaptarse al nuevo límite legal de 37,5 horas semanales. Entre sus principales críticas destacan la ausencia de un periodo transitorio adecuado para su implementación, la falta de mecanismos de flexibilidad que ayuden a amortiguar el aumento de costes laborales, y un endurecimiento considerable en las exigencias del registro horario y las sanciones asociadas. Este último punto supone una carga especialmente pesada para las pequeñas empresas, que deberán afrontar costes adicionales vinculados a la digitalización de los sistemas de control horario. Los investigadores de Fedea, Jesús Lahera Forteza y José Ignacio Conde-Ruiz, califican la medida como una reducción de jornada "imperativa", "intervencionista" y "sin transición", lo que, según ellos, invalida su viabilidad. A su juicio, la norma no contempla las particularidades de cada sector ni los distintos niveles de productividad, lo que puede traducirse en un aumento de los costes, pérdida de competitividad y riesgos para el empleo, sobre todo en actividades donde el trabajo intensivo y la escasa capacidad de reorganización son la norma. Una de las principales rigideces señaladas es el reducido -y a estas alturas del año, prácticamente inexistente- plazo de adaptación a la nueva jornada, ya que el proyecto obliga a todas las empresas, estén o no cubiertas por convenio colectivo, a ajustarse a las 37,5 horas antes del 31 de diciembre de 2025. Según Fedea, este calendario acelerado impide que las empresas puedan adaptarse con flexibilidad, ya que elimina la posibilidad de modificar condiciones laborales más favorables conforme al artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores y prohíbe compensar con otros beneficios del convenio. Así, se cierran todas las vías de ajuste interno ante una medida de tanto calado. Además del incremento de costes que supone reducir la jornada sin bajar los salarios -cuyo impacto económico se sitúa entre los 14.000 y los 23.000 millones de euros, según diversas fuentes como Cepyme, los Gestores Administrativos y la CEOE-, se destaca como especialmente problemática la aplicación automática de la nueva jornada a todos los contratos a tiempo parcial y reducidos, sin permitir adaptaciones. Esta rigidez anula la capacidad de pacto entre empleador y trabajador. En este sentido, los expertos proponen que se permita un plazo de cuatro meses, a contar desde la publicación de la ley en el BOE, para que ambas partes puedan negociar una adaptación proporcional de las horas pactadas, conforme a la legislación vigente. Asimismo, los expertos alertan de la ausencia total de medidas de flexibilidad en la organización del tiempo de trabajo. La ley no contempla ampliar el actual 10% de jornada irregular anual -Fedea propone elevarlo al menos al 12,5%- ni aumentar el límite de 80 horas extraordinarias anuales. Tampoco se facilita, mediante la negociación colectiva, una mejor adaptación a la nueva jornada máxima. Como resultado, se eliminan en la práctica las bolsas de horas flexibles que se negociaban en los convenios colectivos sobre la base de las 40 horas semanales de referencia. No hay, en definitiva, un equilibrio entre la reducción impuesta por ley y los instrumentos para que las empresas puedan adaptarse mediante flexibilidad horaria, jornadas extras o mecanismos similares. Además, el corto plazo para renegociar los convenios impide una transición mínimamente ordenada. Por último, otro punto controvertido es el endurecimiento del sistema de control horario. Aunque el objetivo de vigilar el cumplimiento de la jornada es legítimo, la implementación de los nuevos sistemas impone costes adicionales a las empresas. Las sanciones previstas son más severas y podrían ser desproporcionadas en sectores donde, por la propia naturaleza del trabajo, el cumplimiento del horario requiere mayor flexibilidad. A diferencia del modelo actual recogido en el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores -que permite una aplicación adaptada a la negociación colectiva y a las características sectoriales-, la nueva regulación impone un sistema uniforme, digital y detallado, con escaso margen para que las empresas y los convenios se ajusten a sus realidades específicas.

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(El Periódico, 15-05-2025) | Laboral

Cataluña quiere incorporar 200.000 migrantes al mercado laboral con el nuevo reglamento de extranjería

Cataluña, al igual que el resto del país, tiene por delante el reto de aplicar la reciente reforma del reglamento de extranjería impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez, cuyo objetivo es facilitar la incorporación de un amplio número de personas migrantes al mercado laboral. Este miércoles, el delegado del Gobierno en Cataluña, Carlos Prieto, y la consellera de Drets Socials de la Generalitat, Mònica Martínez, presentaron los aspectos clave de esta reforma, que podría permitir la incorporación de hasta 200.000 personas migrantes al mercado laboral catalán en un plazo de dos años. La modificación del reglamento de extranjería, aprobada en noviembre del año pasado y que entrará en vigor este mes de mayo, amplía las vías de acceso a un permiso de trabajo para personas migrantes. La normativa contempla casos como el de estudiantes extranjeros o quienes tienen vínculos familiares estrechos con residentes en España. También abarca tanto a quienes ya residen en el país sin autorización laboral, como a los procesos de contratación en origen por parte de empresas. Además, se establece un permiso específico para personas que en el pasado contaron con autorización para trabajar, pero que la perdieron por diversas circunstancias. Durante su intervención, Carlos Prieto destacó el papel esencial que juega la población migrante en el sostenimiento del Estado del Bienestar: "Representan solo el 1% del gasto de la Seguridad Social, pero aportan el 10% de sus ingresos", afirmó. Por ello, subrayó que la finalidad de la reforma es facilitar la transición de quienes actualmente trabajan en la economía informal hacia el empleo regulado y con derechos. Para hacer realidad esta reforma, las oficinas de extranjería serán piezas clave. En este sentido, Prieto anunció un refuerzo del personal, tanto funcionario como interino, con un aumento previsto de entre el 30% y el 40% de la plantilla antes de octubre, aunque no concretó cifras. La coordinación entre administraciones también será fundamental para implementar eficazmente los cambios. La consellera Mònica Martínez garantizó la colaboración de la Generalitat, recordando que Cataluña siempre ha sido una "tierra de acogida". "Muchos de nosotros somos el resultado de procesos migratorios", afirmó. También citó unas palabras del president Salvador Illa, quien definió como catalanes a todas las personas que vienen con la intención de contribuir al progreso de Cataluña. Martínez defendió los beneficios de regularizar a las personas migrantes y facilitar su incorporación al empleo formal. Puso como ejemplo el proceso de regularización realizado durante el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, que permitió la formalización de 600.000 personas y, según estudios, contribuyó a aumentar la ocupación regulada y reducir la economía sumergida sin perjudicar los salarios ni el empleo. Actualmente, hay en España 2,9 millones de trabajadores afiliados a la Seguridad Social nacidos en el extranjero, lo que representa más del 13% del total. Con esta reforma, el Ejecutivo pretende prolongar el importante papel de la población migrante en el actual ciclo de crecimiento del empleo. Desde la recuperación económica tras la pandemia, más de un tercio de los nuevos empleos han sido ocupados por personas migrantes, una tendencia que en el último año ha aumentado hasta alcanzar el 41%.

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(El País, 14-05-2025) | Laboral

El plazo para que los funcionarios que pasaron años como interinos pidan una indemnización concluye en un mes

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha criticado en varias ocasiones la legislación española por no contar con mecanismos eficaces para frenar el uso excesivo de contratos temporales en la Administración Pública. En su sentencia del 13 de junio de 2023, el alto tribunal europeo instó a España no solo a hacer fijos a los interinos que llevaban años encadenando contratos temporales, sino también a compensar económicamente a quienes, después de años en situación de temporalidad, lograron una plaza fija. Sin embargo, el plazo para reclamar esa compensación está a punto de expirar: el próximo 13 de junio se cumple un año desde que se emitió la sentencia, y quienes no hayan iniciado el proceso legal antes de esa fecha perderán su derecho a reclamar. Desde Unive Abogados recuerdan que "la sentencia del TJUE deja claro que también tienen derecho a una indemnización quienes han logrado plaza tras un abuso prolongado de contratos temporales, pero deben actuar antes de que finalice el plazo". Aunque aún son pocos los casos, ya hay sentencias favorables en la justicia española. Un ejemplo relevante es el del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que en julio del año pasado ordenó a la Universidad de Vigo indemnizar con más de 31.500 euros a un trabajador que, tras pasar 13 años en puestos temporales, tuvo que cesar para poder acceder a una plaza fija mediante oposición. Este caso es representativo de un colectivo que podría superar las 800.000 personas, muchas de las cuales llevan décadas trabajando de forma temporal en la administración pública. El afectado encadenó contratos desde 2004 hasta que en 2010 obtuvo un contrato de interinidad. Finalmente, en 2023 accedió como funcionario de carrera, aunque antes tuvo que renunciar formalmente a su contrato interino. En su fallo, los magistrados gallegos destacaron que el trabajador estuvo en situación temporal mucho más allá del límite de tres años que establece la ley. Esta prolongación injustificada constituye, en su opinión, un abuso contractual claro, ya que la administración no justificó por qué no se convocó un proceso selectivo durante todo ese tiempo. La sentencia de junio del TJUE se suma a otra emitida en febrero de 2024, en la que el tribunal europeo volvió a señalar a España por incumplir el Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada. El TJUE insistió en que la conversión en fijo de los trabajadores en situación irregular es una medida adecuada para evitar el fraude. A pesar de ello, el Tribunal Supremo español ha rechazado esta vía, argumentando que vulnera los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad para el acceso a la función pública, fijando así una doctrina contraria al criterio europeo. Mientras tanto, el problema de la temporalidad sigue sin resolverse. Aunque los últimos datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) del primer trimestre del año muestran una leve mejora -con una tasa del 28%, dos décimas menos que en el trimestre anterior-, el porcentaje de temporalidad en el sector público sigue duplicando al del sector privado (12,1%). Esta situación amenaza con poner en riesgo la recepción de fondos europeos, ya que España se comprometió con la Comisión Europea a reducir el porcentaje de interinos al 8% antes del 31 de diciembre de 2024. A pesar de aprobar en 2021 una ley para rebajar la temporalidad en el empleo público, los avances han sido insuficientes, y el tiempo para cumplir con Bruselas se agota.

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(El País, 14-05-2025) | Laboral

Macron pone de ejemplo a España para defender su reforma de las pensiones

El presidente de Francia, Emmanuel Macron, defendió este martes la polémica reforma del sistema de pensiones aprobada en 2023, utilizando como referencia el caso de España, que -según señaló- implementó "reformas muy exigentes hace 15 años" que le han permitido gozar actualmente de una "buena salud fiscal". "España funciona porque acometió reformas muy duras hace 15 años", afirmó Macron durante una entrevista en el canal TF1, en respuesta a la secretaria general del sindicato CGT, Sophie Binet, quien le instó a convocar un referéndum para revocar la reforma que elevó la edad de jubilación de 62 a 64 años. El mandatario francés argumentó que el Gobierno de Pedro Sánchez ha podido elevar de forma notable el salario mínimo interprofesional debido a la estabilidad presupuestaria lograda tras aquellas reformas, entre las que destacó el incremento progresivo de la edad mínima de jubilación. En España, esta edad alcanzará los 67 años para quienes no lleguen a cotizar 38 años y 6 meses, mientras que quienes sí lo hagan podrán seguir jubilándose a los 65. Binet insistió en que Macron debería someter la reforma a votación popular, dado el amplio rechazo social que generó su aprobación. Sin embargo, el presidente francés descartó convocar un referéndum al respecto.

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(El Economista, 14-05-2025) | Laboral

Los trabajos de la Comisión de Evaluación de la Reforma Laboral reabren el debate sobre las indemnizaciones

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha reiterado que no ha abandonado su intención de reformar el despido para hacerlo más costoso. Aunque este compromiso figura en el acuerdo de legislatura con Pedro Sánchez, los intentos realizados hasta ahora para avanzar en esa dirección no han dado frutos. Díaz se ha marcado como horizonte el año 2026, coincidiendo con la culminación del proceso parlamentario para reducir la jornada laboral. Sin embargo, esto no significa que vaya a posponer el debate hasta entonces. De hecho, la Comisión de Evaluación de la Reforma Laboral, recientemente constituida, se presenta como el primer escenario donde se librará esta batalla clave del tramo final de la legislatura en materia laboral. La comisión analizará los datos de empleo temporal e indefinido de enero de 2025. Si se concluye que no se está logrando una reducción significativa de la temporalidad, Díaz ha advertido que se adoptarán nuevas medidas para reforzar ese objetivo. Ahora bien, queda por determinar a qué tipo de temporalidad se referirá el análisis: si al peso de los contratos temporales sobre el total o a la rotación laboral, incluyendo despidos durante el periodo de prueba y la inestabilidad de los contratos fijos discontinuos. Aunque la reforma laboral actual ha conseguido disminuir notablemente la proporción de contratos temporales, España sigue padeciendo altas tasas de desempleo y rotación laboral, muy superiores a las del resto de la Unión Europea. Esto ocurre a pesar de que el empleo indefinido ha ganado terreno, pero el problema de fondo -un modelo productivo dependiente de actividades estacionales y eventuales- persiste. A día de hoy, seis de cada diez contratos siguen siendo temporales, y la mayoría de las bajas en la afiliación se deben a la finalización de estos contratos. Además, los despidos entre empleados con contrato indefinido han crecido de forma notable, con un aumento superior al 100%. La mayoría se tramita como despido disciplinario, lo que desencadena una impugnación judicial que suele terminar con una sentencia de improcedencia y la correspondiente indemnización de 33 días por año trabajado. Muchas empresas recurren a esta vía como alternativa a la contratación temporal, ya que el coste de indemnización es bajo debido a la escasa antigüedad de los trabajadores. Esta situación es la que Díaz pretende cambiar endureciendo las condiciones del despido. Cabe recordar que la reforma laboral de 2021 no modificó el abaratamiento de los despidos impuesto en 2012 por el Gobierno del PP. Los sindicatos y la propia ministra aceptaron en su momento no tocar ese aspecto para lograr un consenso más amplio, y también por evitar conflictos con Bruselas. Sin embargo, pocos meses después, CCOO y UGT llevaron el asunto ante el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), alegando que el límite general a la indemnización por despido improcedente vulnera la Carta Social Europea y los convenios de la OIT, que exigen una compensación proporcional al perjuicio sufrido, es decir, que sea reparadora y disuasoria. Esta postura defiende que, si la empresa no puede prever con exactitud el coste de un despido improcedente, se lo pensará mejor antes de recurrir a él. Aunque esta tesis fue respaldada por Díaz y no implicaba derogar la reforma de 2012, no contó con el apoyo ni de la patronal ni del PSOE. No obstante, tras las elecciones de 2023 y la entrada de Sumar en el Ejecutivo, Pedro Sánchez aceptó incluir en el pacto de gobierno una cláusula ambigua sobre "garantizar la protección frente al despido", cumpliendo así con la Carta Social Europea y reforzando la justificación necesaria para extinguir un contrato. Esto se interpreta como una puerta abierta a endurecer las condiciones del despido sin concretar cómo se hará. A medida que avanza la legislatura, el CEDS ha respaldado las reclamaciones sindicales, algo previsible por precedentes similares en Francia, Italia y Finlandia. Sin embargo, estos países no han modificado su legislación, ya que las decisiones del CEDS no tienen carácter vinculante. En España, además, el Tribunal Supremo ha limitado recientemente a los jueces que venían concediendo indemnizaciones superiores a los 33 días al amparo de la Carta Social Europea, dejando claro que no pueden superar el marco legal vigente. Este pronunciamiento judicial es una señal para Díaz: si se quiere cambiar el marco del despido, debe modificarse la ley. No será sencillo. No cuenta con el respaldo de la patronal y, además, el Gobierno ya está embarcado en otra compleja negociación: la reducción de la jornada laboral de 40 a 37,5 horas semanales. Aun así, el reloj corre. Sumar no quiere cerrar la legislatura sin haber cumplido una de sus promesas estrella, y los sindicatos tampoco están dispuestos a que su ofensiva en defensa de un despido más justo quede en el olvido. La Comisión de Evaluación será clave en este proceso.

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(El Periódico, 14-05-2025) | Laboral

Trabajo repartirá 2.571 millones de euros entre las autonomías para políticas de empleo

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el presupuesto destinado a las políticas activas de empleo (PAE) para el ejercicio 2025, que se mantiene en 2.571 millones de euros, la misma cantidad que en 2024. El reparto de estos fondos, gestionados por el Ministerio de Trabajo, se realizará entre las comunidades autónomas, aunque aún no se ha determinado cuánto recibirá cada una. La distribución concreta se fijará próximamente en la Conferencia Sectorial de Empleo, ya que son los gobiernos autonómicos quienes deben diseñar y aplicar los programas de empleo y formación correspondientes. Este presupuesto, afectado por la prórroga de las cuentas públicas en vigor, tiene como metas principales reducir la elevada tasa de paro -actualmente del 11,4%, la más alta de la Unión Europea- y mejorar la cualificación de los trabajadores en activo para hacerlos más productivos y empleables. Una de las novedades destacadas este año es que parte de los fondos se destinarán a subvencionar la formación en áreas estratégicas. Según ha explicado el Ministerio de Trabajo en un comunicado, se dará prioridad a aquellas empresas que apuesten por capacitar a sus empleados en competencias relacionadas con el uso de algoritmos, la inteligencia artificial o la gestión de emergencias climáticas, retos que el departamento de Yolanda Díaz considera cada vez más relevantes para el mercado laboral. El presupuesto se divide en varias partidas ya definidas por el Ministerio: 1.424,3 millones de euros se dedicarán a servicios de empleo y formación. 440,5 millones se asignarán a iniciativas de formación profesional. 633,6 millones se destinarán a programas de formación en alternancia con el empleo. 73,5 millones se invertirán en la modernización de los servicios públicos de empleo. Con esta distribución, el Ejecutivo busca impulsar una adaptación del mercado laboral a los desafíos del presente y del futuro, manteniendo el compromiso con la mejora de la empleabilidad y la reducción del desempleo estructural.

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(Expansión, 13-05-2025) | Laboral

1,25 millones de personas faltan cada día a su puesto de trabajo

La tasa de absentismo laboral en España alcanzó el 7,4% en el cuarto trimestre de 2024, lo que supone un aumento de dos décimas respecto al mismo periodo de 2023, y se mantiene en niveles históricamente elevados, incluso superiores a los registrados durante la pandemia del Covid-19. Aunque han pasado más de cinco años desde que estalló la crisis sanitaria, sus consecuencias siguen latentes, especialmente en el mercado laboral. El fuerte aumento del absentismo experimentado durante la pandemia no ha sido algo puntual, sino que se ha consolidado como una tendencia persistente. Antes del Covid, en 2018, la tasa de absentismo -que mide las horas no trabajadas sobre el total pactado- rondaba el 5%. Desde entonces, el indicador ha subido hasta estabilizarse por encima del 7%. En el último trimestre de 2024, alcanzó el 7,4%, apenas por debajo del 7,5% del trimestre anterior, pero por encima del 7,2% del mismo periodo del año anterior, según recoge el informe de The Adecco Group Institute sobre absentismo y siniestralidad laboral. Esta cifra supera el 7,06% alcanzado en pleno auge del Covid en 2020, y queda muy lejos del 4,1% registrado en 2013, cuando la economía aún sentía los efectos de la gran recesión financiera. En términos concretos, con una jornada media pactada de 454 horas por trabajador en el cuarto trimestre, y con 31 horas de media no trabajadas por persona, el volumen de absentismo equivale a que 1,25 millones de empleados no se presentaran ni un solo día a su puesto de trabajo. Esto representa un 6% más que en el trimestre anterior y un 7,1% más que un año antes. Este fenómeno creciente del absentismo se explica, según los expertos, por una combinación de factores como el envejecimiento poblacional, el aumento de problemas de salud mental y la ineficiencia de la Seguridad Social en la tramitación de las bajas médicas. Todo ello representa un serio obstáculo para la productividad, especialmente para las pequeñas y medianas empresas, que cuentan con menos recursos para afrontar la ausencia de trabajadores. Un informe reciente de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT) estima que el absentismo laboral costó a las empresas españolas 13.961 millones de euros en 2024, un 14% más que el año anterior y casi tres veces más que en 2015, cuando el coste era de unos 4.800 millones. A este impacto en el ámbito empresarial hay que sumar el gasto público asociado, que superó los 15.000 millones de euros el año pasado. La mayoría del absentismo corresponde a bajas por incapacidad temporal, ya sea por enfermedades comunes o accidentes fuera del entorno laboral, que representaron un 5,8% del total, dos décimas más que en el mismo trimestre de 2023. En cambio, la siniestralidad laboral se mantuvo estable, con 214 accidentes por cada 100.000 trabajadores, incluso bajando un 2% respecto al trimestre anterior. Aunque el absentismo es un problema generalizado, su intensidad varía significativamente entre comunidades autónomas. Asturias lidera con una tasa del 9,5%, seguida por el País Vasco y Aragón, ambas con un 8,4%. En el extremo contrario, Madrid y Andalucía presentan las tasas más bajas, con un 6,9%, seguidas por Castilla-La Mancha, con un 7%. Cataluña, la segunda economía regional del país, se sitúa por encima de la media con un 7,6%. También hay grandes diferencias por sectores. La industria registra la mayor tasa de absentismo, con un 8,1%, seguida por los servicios (7,3%) y la construcción (6,3%). Las actividades con mayor nivel de ausencias fueron las sanitarias y las relacionadas con juegos de azar y apuestas, ambas con un 11,5%, superando ampliamente la media nacional. Por el contrario, las actividades jurídicas y de contabilidad mostraron los niveles más bajos, con apenas un 3,5%.

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(Expansión, 13-05-2025) | Laboral

Cómo ganar hasta cinco años más de cotización para la jubilación sin haber trabajado

Desde el año pasado y hasta 2028, las personas que fueron becarias en el pasado pueden recuperar hasta cinco años de cotización a la Seguridad Social, gracias a un convenio especial que les permite contabilizar los periodos de prácticas como tiempo cotizado a efectos de acceder a una pensión pública. Para ello, deben abonar unas cuotas establecidas. Desde el 1 de enero de 2024, los estudiantes que realicen prácticas formativas, ya sean remuneradas o no, están dados de alta en la Seguridad Social. Sin embargo, muchos desconocen que, desde el 2 de agosto de 2023, está en vigor una normativa que también beneficia a quienes realizaron prácticas en años anteriores, permitiéndoles computar ese tiempo como cotizado mediante un acuerdo con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Esta medida se aplica a quienes participaron en prácticas formativas, prácticas académicas externas, o programas de doctorado de carácter investigador, tanto en España como en el extranjero, siempre que dichas prácticas se hayan realizado antes del 4 de febrero de 2006, fecha de entrada en vigor del Estatuto del Personal Investigador en Formación. A través de este convenio especial, estos antiguos becarios pueden sumar hasta un máximo de cinco años de cotización. A efectos de la Seguridad Social, se les considerará como trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General, lo que les da derecho a prestaciones por jubilación, incapacidad permanente y fallecimiento, en los casos de contingencias comunes. La base de cotización para este convenio se corresponde con la base mínima vigente en 2024 para el grupo 7 del Régimen General, sobre la cual se aplica un coeficiente del 0,77. En términos prácticos, esto implica un coste mensual que varía entre 40 y 140 euros por cada mes que se quiera computar, para prácticas realizadas entre los años 1980 y 2006. Una vez que la TGSS calcula la cantidad total a pagar, el interesado puede optar por abonar la suma completa de una vez o fraccionarla en tantas mensualidades como meses se vayan a cotizar, según informa el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Para acogerse a esta opción, las prácticas no remuneradas deben haberse realizado antes del 1 de enero de 2024, y las remuneradas antes del 1 de noviembre de 2011. En ambos casos, es obligatorio presentar una certificación expedida por la universidad o centro educativo. Si se trata de prácticas remuneradas, dicha certificación también puede ser emitida por la empresa en la que se realizaron. En los casos en que se hubieran efectuado prácticas remuneradas antes del 1 de noviembre de 2011 y ya se hubiera firmado un convenio especial conforme a la normativa de 2011 (Real Decreto 1493/2011), el nuevo convenio solo permitirá computar los días restantes hasta completar el máximo de 1.825 días (equivalentes a cinco años). Por tanto, en la solicitud del nuevo convenio debe indicarse si ya se firmó uno anterior, según explica el sindicato UGT.

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