(Expansión, 17-11-2025) | Fiscal

El Supremo tumba la discriminación fiscal por Patrimonio a residentes en el exterior

El Tribunal Supremo ha vuelto a cuestionar la normativa fiscal española con una sentencia que unifica criterio y pone fin a una discriminación histórica. En esta resolución, el Alto Tribunal determina que los contribuyentes no residentes en España también pueden acogerse al límite conjunto aplicado al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y al Impuesto sobre el Patrimonio, un beneficio que hasta ahora solo se concedía a los residentes fiscales. La sentencia afirma que excluir a los no residentes de este límite vulnera la libre circulación de capitales, uno de los principios esenciales del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Según el Supremo, no existe "ningún motivo de interés general" que justifique un trato desigual basado únicamente en la residencia del contribuyente. Hasta este fallo, la legislación española diferenciaba entre dos tipos de contribuyentes del Impuesto sobre el Patrimonio: los residentes, sometidos a tributación por obligación personal sobre todos sus bienes en el mundo, podían aplicar el límite conjunto; los no residentes, sujetos solo por obligación real -es decir, por bienes situados en España- quedaban excluidos de este mecanismo. Ese límite establece que la suma de las cuotas del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio no puede superar el 60% de la base imponible del IRPF. Si se sobrepasaba, se ajustaba la cuota de Patrimonio hasta no exceder ese tope, con un máximo de reducción del 80%. La imposibilidad de aplicar este límite llevaba a que un no residente con el mismo patrimonio en España que un residente pudiera abonar una carga fiscal muy superior. El caso concreto que ha dado pie a este pronunciamiento se originó en la reclamación de un contribuyente residente en el extranjero frente a una liquidación de la Hacienda balear. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ya había fallado a su favor por considerar que la normativa española imponía un trato "desproporcionado e injustificado" a los no residentes. Aunque la Abogacía del Estado recurrió en casación, el Supremo ha rechazado sus argumentos y ha establecido un criterio que deberán aplicar tanto la Administración Tributaria como los tribunales inferiores. La lógica jurídica empleada por el Supremo no es nueva; se basa en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Uno de los antecedentes más relevantes es la sentencia de 2014 relativa al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, en la que se declaró ilegal que España negara a los no residentes las ventajas fiscales autonómicas, obligando después a modificar la legislación. Ahora, el Supremo traslada ese razonamiento al Impuesto sobre el Patrimonio. Considera que mantener una normativa que desincentiva la inversión extranjera al imponer a los no residentes una tributación potencialmente confiscatoria y más elevada que la de los residentes-sin una justificación objetiva-equivale a restringir de forma encubierta la libre circulación de capitales. Las consecuencias de esta sentencia son relevantes. A partir de ahora, cualquier no residente podrá aplicar el límite del 60% en sus declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio. Además, abre la posibilidad de que quienes hayan tributado en los últimos cuatro años soliciten la rectificación de sus autoliquidaciones y la devolución de lo pagado en exceso, junto con los intereses de demora. Para Esaú Alarcón, socio de Gibernau, el fallo del Supremo refleja una interpretación "audaz". Señala que el tribunal, ante la opción de ceñirse estrictamente al texto legal o adoptar una interpretación más flexible, ha optado por esta última, lo que en la práctica implica dejar sin efecto la norma nacional en favor de la primacía del Derecho europeo. Para Alarcón, se trata de "una excelente noticia" que evidencia la voluntad de los jueces -recordando que el TSJ de Baleares ya había aplicado este enfoque- de garantizar las libertades comunitarias. Por su parte, Alejandro del Campo, socio de DMS Legal Intelligence, considera que esta decisión se suma a una corriente más amplia de protección al inversor extranjero. Añade que el Supremo tendrá pronto que pronunciarse sobre otra cuestión relevante: la discriminación que afrontan los no residentes extracomunitarios con inmuebles alquilados en España en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, ya que la Abogacía del Estado ha recurrido la sentencia de la Audiencia Nacional del 28 de julio que permitió a estos arrendadores deducir gastos.

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(Expansión, 17-11-2025) | Fiscal

Los inspectores locales de Hacienda piden poder hacer embargos en todo el país

La asociación de inspectores municipales exige acabar con los "paraísos fiscales" utilizados por las empresas de renting de vehículos y prohibir que las inspecciones tributarias se privaticen. "La Hacienda local lleva décadas sufriendo la dejadez del legislador estatal, lo que ha generado una inseguridad jurídica perjudicial tanto para los contribuyentes como para las Administraciones", denuncia la Asociación Nacional de Inspectores de Hacienda Pública Local (Anihpl). Durante su congreso por el XXV aniversario -celebrado en Alicante el jueves y viernes-, la organización presentó un Libro Blanco para la reforma de la fiscalidad local, en el que recoge "100 propuestas orientadas a reforzar la seguridad jurídica y la justicia tributaria". El documento, de 265 páginas, detalla la redacción concreta de los cambios normativos necesarios para armonizar los tributos municipales, aumentar su seguridad jurídica y fortalecer las competencias de los inspectores locales. Entre esas medidas, la asociación plantea modificar la Ley de Haciendas Locales para permitir que los inspectores de los ayuntamientos puedan realizar actuaciones de recaudación ejecutiva en todo el territorio nacional, incluso fuera de su municipio. Esto incluiría, por ejemplo, ordenar embargos de cuentas bancarias en oficinas situadas en otras localidades. "La prohibición actual no tiene sentido, ya que el dinero no está vinculado físicamente a una oficina concreta", sostienen. Asimismo, y apoyándose en la jurisprudencia revelada por EXPANSIÓN, el colectivo reclama prohibir que las inspecciones fiscales se externalicen a empresas privadas, una práctica que algunos ayuntamientos han aplicado en los últimos años. Insisten en que "la gestión, recaudación, inspección, sanción y revisión de los tributos locales" debe ser exclusiva de funcionarios públicos por tratarse del ejercicio de autoridad, admitiéndose únicamente apoyo técnico puntual, tal como han subrayado tribunales como el TSJ de Cataluña. En cuanto al diseño de los tributos locales, los inspectores plantean varias reformas. En primer lugar, proponen eliminar los "paraísos fiscales" creados en torno al renting de vehículos, impidiendo que una empresa decida libremente en qué municipio matricula su flota para reducir el pago del Impuesto de Circulación. Denuncian que existen municipios con apenas 100 habitantes que figuran con 30.000 vehículos censados debido a estos incentivos fiscales. Defienden también que este impuesto deje de calcularse según los "caballos fiscales" y pase a basarse en el valor real del vehículo. Además, abogan por unificar los valores catastrales utilizados para calcular el IBI y reforzar su inspección municipal; ampliar la exención del Impuesto de Actividades Económicas a todos los contribuyentes con menos de un millón de euros de facturación; y simplificar el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

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(Expansión, 17-11-2025) | Fiscal

La recaudación del Impuesto de Plusvalía se dispara un 41% pero sigue por debajo de niveles prerreforma

Los ayuntamientos de España ingresaron más de 30.000 millones de euros en 2023 a través de impuestos y tasas municipales, según los datos publicados este viernes por el Ministerio de Hacienda. Esta cifra supone un aumento del 4,5% respecto al año anterior, un crecimiento en el que destaca especialmente el fuerte repunte del Impuesto de Plusvalía, cuya recaudación se disparó un 41%. Es importante recordar que el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido como Plusvalía, quedó prácticamente desmantelado después de varias sentencias del Tribunal Constitucional que culminaron en 2021 con la anulación de su sistema de cálculo. Esto obligó a Hacienda a rediseñar el tributo para preservar la que era la segunda principal fuente de financiación municipal, solo por detrás del IBI. Sin embargo, la reforma provocó una caída abrupta de su recaudación, que pasó de 2.449 millones en 2021 a 1.206 millones en 2022, un descenso del 40%. En 2023, los ingresos por Plusvalía se recuperaron hasta alcanzar los 1.702 millones, aunque aún no se sitúan en los niveles previos al cambio normativo. La mejora del mercado inmobiliario y la consolidación del nuevo método de cálculo parecen ser factores que explican esta evolución. De cara al futuro, los inspectores de Hacienda local prevén que la nueva tasa de basuras se convierta en la segunda mayor fuente de ingresos municipales, con una recaudación estimada de 3.500 millones anuales. No obstante, advierten de que su diseño presenta importantes problemas. Mientras tanto, en 2023 los ayuntamientos ingresaron 14.821 millones de euros por IBI (1,1% más); 6.358 millones por tasas municipales (3,3%); 2.402 millones por el Impuesto de Circulación (-1,5%); 1.684 millones por el Impuesto de Actividades Económicas (0,4% más); y 1.525 millones por el Impuesto sobre Construcciones y Obras, que creció un 10%.

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(El País, 17-11-2025) | Fiscal

Hacienda cita a las comunidades para fijar la senda de estabilidad

El Ministerio de Hacienda inicia este lunes el proceso de elaboración de los Presupuestos de 2026 con la reunión del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF), en la que presentará a las comunidades autónomas su propuesta de senda de estabilidad para el periodo 2026-2028. La cita, prevista para las 12:00 horas, incluirá también debates sobre el sistema de financiación autonómica, una cuestión prioritaria para la mayoría de los gobiernos regionales -especialmente los del PP-, que consideran la senda de estabilidad un asunto secundario debido a sus escasas posibilidades de superar el trámite parlamentario. La exposición de la senda de estabilidad ante las comunidades y su futura aprobación en Consejo de Ministros marca el inicio formal de unos presupuestos que ya acumulan un considerable retraso. En la reunión, Hacienda planteará los objetivos de déficit, deuda y regla de gasto para 2026-2028, tanto para el conjunto de las Administraciones Públicas como para cada subsector, en línea con los compromisos asumidos con la Unión Europea. Su aprobación está garantizada, ya que el Gobierno controla la mitad de los votos en el CPFF. Tras el visto bueno del Consejo de Ministros, estos objetivos se enviarán al Congreso junto con el techo de gasto -que no está sujeto a votación-. Las Cortes podrán avalarlos o rechazarlos: si el Congreso los aprueba pero el Senado los veta, la Cámara Baja puede levantar ese veto. Si finalmente son rechazados -probable, dado el precedente de Junts, que ya bloqueó la senda de 2025-2027-, el Gobierno deberá volver a aprobar una senda alternativa o repetir la misma en el plazo de un mes y reiniciar todo el procedimiento. Si la segunda propuesta también fracasa, se aplicarán automáticamente los objetivos enviados a Bruselas, aunque Hacienda no ha especificado si serán los del programa de estabilidad de 2023 (déficit del 2,5% del PIB en 2026) o los del plan fiscal (2,1% del PIB). En cualquier caso, tanto el Estado como las comunidades dispondrán de una senda válida sobre la que elaborar sus cuentas del próximo año, independientemente de que las Cortes la hayan respaldado o no. Una vez aprobado el proyecto presupuestario en el Consejo de Ministros, se remitirá al Congreso, donde comenzará una tramitación que suele prolongarse unos tres meses. El primer obstáculo será el debate de totalidad, ya que un veto aprobado obligaría a devolver el proyecto al Ejecutivo. Las cuentas para 2026 serían las primeras de esta legislatura -con el desafío añadido de incorporar el aumento del gasto en defensa- y sustituirían a los Presupuestos de 2023, aún en vigor tras dos prórrogas consecutivas. Dado el calendario, es imposible que los nuevos presupuestos entren en vigor el 1 de enero, por lo que será necesaria una tercera prórroga de las cuentas de 2023, al menos hasta que se aprueben las de 2026. Más allá de la senda de estabilidad, las comunidades llegan al CPFF centradas en la reforma de la financiación autonómica. Las regiones gobernadas por el PP -11 de 17- reclaman desde más recursos, como Andalucía, hasta una revisión completa del modelo, como plantean Comunidad Valenciana y Canarias (donde gobiernan PP y CC), mientras que Baleares critica la falta de transparencia de las negociaciones bilaterales. En la misma línea, el presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, defiende un sistema común sin "privilegios", y Asturias espera aclarar "incertidumbres" relacionadas con el déficit. Aunque no se sabe si Hacienda pondrá sobre la mesa una propuesta concreta, el secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón, sugirió hace unas semanas que las comunidades podrían dejar de depender del sistema de anticipos y liquidaciones para pasar a recibir en tiempo real los ingresos que les corresponden por IRPF e IVA.

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(El Economista, 17-11-2025) | Fiscal

La nueva tasa de basuras incrementa la desigualdad entre los ciudadanos españoles

La diferencia en las cuotas de la tasa de basuras puede alcanzar hasta 230 euros según el municipio de residencia. La media nacional se sitúa en 122 euros, aunque los vecinos de Valencia, Gerona, Tarragona, Palma y San Sebastián son los que pagan más, superando los 200 euros por vivienda. En concreto, los valencianos abonan de media 287 euros; en Gerona, 238 euros; Tarragona, 236 euros; Palma, 209 euros; y San Sebastián, 206 euros. Estas cinco capitales de provincia se sitúan por encima de los 200 euros, mientras que la media del resto de municipios queda por debajo de ese umbral, según datos de la Asociación Nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local (ANIHPL), provenientes de la Fundación ENT. Estos promedios indican que habrá vecinos que paguen más o menos según cómo cada ayuntamiento calcule la cuota, considerando criterios como los metros cuadrados del inmueble, el valor catastral o el consumo de agua, entre otros. Por ejemplo, Madrid cobrará por primera vez esta tasa desde que la exalcaldesa Ana Botella la eliminara de cara a 2015, y a partir de 2026 tendrá en cuenta el número de personas empadronadas en cada vivienda para ajustar mejor el cálculo de residuos generados. En el extremo opuesto, las ciudades con la tasa más baja son Toledo (56 euros), Palencia (57 euros), León (62 euros), Cáceres (63 euros) y La Coruña (68 euros). La nueva tasa surge de la Ley de Residuos de 2022, que transpone la directiva europea sobre economía circular y obligó a todos los ayuntamientos a aprobar antes de abril de 2025 una ordenanza reguladora del gravamen con dos condiciones principales: que cada vivienda pague según la basura que genera y que la recaudación cubra por completo el coste del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos. Esto ha provocado que consistorios que ya contaban con la tasa la aumentaran y que los que no la tenían la implantaran. El aumento de la tasa en los municipios donde ya existía ha sido del 30% de media, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), registrándose un alza del 30,3% en comparación con el año anterior. Se trata del incremento más alto frente a otros bienes y servicios como alimentación, vivienda, ropa, sanidad, transporte u ocio. Sin embargo, los incrementos podrían continuar en los próximos años. Los inspectores de Hacienda Local advirtieron recientemente que el coste total del servicio de basura en España para 2025 asciende a 5.325 millones de euros, mientras que las nuevas tasas solo financian 3.488 millones, el 65,5% del total. Quedan, por tanto, 1.837 millones sin cubrir, lo que significa que algunos ayuntamientos podrían tener que seguir subiendo la cuota para garantizar la financiación completa del servicio, con impacto económico para los ciudadanos y consecuencias financieras para los consistorios. Los inspectores alertan de que la tasa de basuras podría generar más litigios que el impuesto de plusvalía municipal. Miles de ciudadanos y asociaciones ya están recurriendo la tasa en todo el país. La clave legal será determinar si las ordenanzas cumplen con la Ley de 2022, que exige aplicar el principio de "quien contamina, paga", es decir, que la cuota se ajuste a la basura efectivamente generada. Aunque se estima que los casos tarden entre tres y cuatro años en llegar al Tribunal Supremo, una eventual anulación de ordenanzas obligaría a los ayuntamientos a devolver el dinero recaudado, más intereses. En Madrid, donde se espera recaudar entre 250 y 275 millones de euros, el impacto financiero sería considerable. No obstante, la práctica judicial hasta ahora ha limitado las devoluciones solo a quienes reclamen y cuyas resoluciones administrativas o judiciales aún no sean firmes, como ocurrió con las devoluciones del impuesto de plusvalía municipal.

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(Expansión, 13-11-2025) | Fiscal

Hacienda deberá incluir más información en sus notificaciones tributarias

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo obliga a la Agencia Tributaria a especificar el motivo de sus comunicaciones desde el mismo acuse de recibo. En los últimos meses, varios tribunales han corregido la forma en que Hacienda venía gestionando las notificaciones tributarias, reforzando así la protección de los derechos de los contribuyentes, que en muchos casos no habían sido plenamente respetados. El nuevo criterio del Supremo se centra en la obligación de informar claramente sobre la razón por la que se emite una notificación en el propio acuse de recibo. En una resolución dictada el pasado 1 de octubre, el Alto Tribunal considera insuficiente la información que la Agencia Tributaria incluía hasta ahora en sus avisos, ya que esta no permitía al ciudadano conocer de antemano el contenido de la comunicación, actuar con la debida diligencia al recogerla o, en su caso, responder adecuadamente. Por ello, el Tribunal modifica el criterio aplicado hasta el momento -que podría hacerse extensivo a cualquier otro tipo de notificación administrativa- y determina que "es necesario que la documentación acreditativa del intento de notificación contenga, además de la identificación del expediente, la fecha, la identidad y el contenido del acto que se pretende notificar, mediante una referencia específica a su contenido esencial". Expertos en derecho tributario señalan que, si Hacienda incumple esta exigencia y procede a publicar la notificación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el procedimiento podría considerarse defectuoso, lo que abriría la posibilidad de recurso por parte del contribuyente. Además, este nuevo criterio se suma a la doctrina establecida por el Tribunal Supremo a comienzos de año, según la cual la Agencia Tributaria debe agotar todos los medios de comunicación disponibles antes de dar por válida una notificación electrónica que el contribuyente no haya abierto en un plazo de diez días, principio que ya están aplicando otros tribunales.

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(El País, 13-11-2025) | Fiscal

Hacienda tienta con 125.000 millones a las CCAA para atar la financiación autonómica

En el Consejo de Política Fiscal y Financiera convocado para el lunes, el Gobierno planteará a las comunidades autónomas una propuesta que les permitirá recibir de forma inmediata el 50% de la recaudación del IRPF, el 50% del IVA y el 58% de los Impuestos Especiales. El objetivo es facilitar la negociación de la reforma del sistema de financiación autonómica, pendiente desde 2014. El Ministerio de Hacienda prepara una propuesta difícil de rechazar: sustituir las entregas a cuenta tradicionales por un sistema de pago directo y en tiempo real de los grandes impuestos, lo que supondría transferir más de 125.000 millones de euros anuales a las comunidades. Con ello, el Ejecutivo busca avanzar en un nuevo modelo de financiación regional que, además, permita integrar el futuro "cupo catalán" en un marco común, al tiempo que se retrasa su puesta en marcha definitiva. Aunque el punto principal del Consejo será la distribución del déficit que servirá de base para los Presupuestos Generales de 2026, el debate sobre la financiación autonómica -aplazado en varias ocasiones- se ha convertido en una prioridad. El Gobierno pretende presentar un esquema que acomode el pacto singular ofrecido a ERC para garantizar la investidura de Salvador Illa como presidente de la Generalitat, sin generar agravios con el resto de territorios, la mayoría gobernados por el Partido Popular. Ante la posibilidad de que las comunidades forzaran el debate, Hacienda decidió incluir este asunto en el orden del día del encuentro. Concretamente, el sexto punto abordará el "estado actual de la reforma del sistema de financiación autonómica". La propuesta del Ministerio busca poner fin al sistema de entregas a cuenta -un mecanismo provisional de reparto anual de fondos que se liquida dos años después- y reemplazarlo por un modelo de distribución simultánea entre el Estado y las autonomías a medida que se recauden los impuestos. "Estamos estudiando que la recaudación se reparta al mismo tiempo para todas las administraciones, de manera que el dinero del IRPF, del IVA y de los impuestos compartidos llegue en tiempo real", explicó recientemente el secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón. En la práctica, esto supondría que las comunidades recibieran de forma inmediata su parte de los principales tributos: el 50% del IRPF, el 50% del IVA y el 58% de los Impuestos Especiales. Aplicado a los datos de 2024, implicaría transferencias automáticas de 64.700 millones por IRPF, 45.270 millones por IVA y 12.800 millones por Impuestos Especiales, en total unos 123.000 millones de euros. Para 2025, la cifra sería aún mayor, dado que la recaudación ha crecido un 10%, con 20.000 millones adicionales hasta septiembre. El nuevo modelo -de adhesión voluntaria y que se estrenaría con el IRPF- también pretende dar cabida al sistema fiscal especial para Cataluña. Este prevé el traspaso progresivo de la gestión, recaudación e inspección de todos los impuestos a la Generalitat, empezando por la renta. Así, Cataluña recibiría directamente la recaudación del IRPF, mientras que el resto de comunidades también podrían beneficiarse de la liquidación en tiempo real mediante el nuevo sistema. La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero -también candidata socialista a la presidencia de Andalucía-, defiende que el acuerdo con Cataluña no supondrá privilegios frente a otras regiones. Además, al incluir el cupo catalán dentro de la reforma global del sistema de financiación, su aplicación efectiva se retrasará al menos hasta después de las elecciones andaluzas del próximo verano, una demora que parece contar con el visto bueno de ERC, que esta semana ha aplazado la tramitación de su propuesta sobre el cupo.

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(El País, 13-11-2025) | Fiscal

Hacienda presentará el techo de gasto la próxima semana

El Ministerio de Hacienda ha puesto en marcha por fin el proceso para la elaboración de los nuevos Presupuestos. El Gobierno convocó ayer a las comunidades autónomas a un Consejo de Política Fiscal y Financiera que se celebrará el próximo lunes, donde presentará su propuesta de senda de déficit. Además, prevé aprobar el techo de gasto para 2026 en el Consejo de Ministros del martes. Ambos elementos serán las bases fundamentales sobre las que se construirá el nuevo proyecto presupuestario. En circunstancias normales, estos pasos deberían haberse dado en julio, para cumplir con el mandato constitucional de remitir el proyecto de Presupuestos Generales al Congreso antes de finalizar septiembre. Sin embargo, el Ejecutivo acumula un retraso de cuatro meses y enfrenta nuevos obstáculos políticos. La ruptura con Junts, que ha advertido a Pedro Sánchez de que no respaldará ninguna votación parlamentaria, amenaza con bloquear el proyecto incluso antes de su presentación. Aun así, el presidente ha prometido llevarlo adelante, tras dos años consecutivos sin presentar presupuestos. Durante el Consejo del lunes, Hacienda expondrá su propuesta de distribución del déficit entre las distintas administraciones para el periodo 2026-2028. El Gobierno podría aprobarla con el apoyo de una sola comunidad -Cataluña, cuyo respaldo está garantizado-, aunque necesitará posteriormente el aval del Parlamento. Precisamente en ese punto se truncó la tramitación presupuestaria el año pasado, cuando Junts se unió al PP y a Vox para rechazar la senda fiscal propuesta. En aquella ocasión, el Ejecutivo planteó un déficit del 1,8% para el Estado en 2026, reservando 0,2 puntos para la Seguridad Social y 0,1 para las autonomías, mientras que exigía equilibrio presupuestario a los ayuntamientos. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ya ha advertido de que será "difícil" que el Gobierno disponga de margen para ofrecer "más recursos a las comunidades" este año, lo que complica el intento de recuperar el apoyo de Junts. Pese a ello, Hacienda trabaja en un techo de gasto expansivo, diseñado para permitir nuevas concesiones financieras o, al menos, para atribuir la responsabilidad del bloqueo a los partidos que se opongan al proyecto.

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(El Economista, 13-11-2025) | Fiscal

Los cinco cambios en el IRPF de 2025 que pueden reducir la factura fiscal

La Declaración de la Renta del próximo año se empieza a definir en los últimos meses de este ejercicio, por lo que conviene tener presentes las últimas modificaciones introducidas en el IRPF y a quién afectan. Desde 2025 se aplica una nueva deducción de 340 euros dirigida a los trabajadores con ingresos iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional, fijado en 16.576 euros anuales. Esta ayuda busca evitar que la subida del SMI afecte negativamente a quienes lo perciben. La deducción se reduce progresivamente a medida que los ingresos superan ese umbral, hasta desaparecer cuando se alcanzan los 18.276 euros al año. Por ejemplo, quien gane 16.800 euros podrá deducirse 295,2 euros; con 17.000 euros, 255,2; y con 18.000 euros, 55,2. Quienes tengan ingresos cercanos al SMI y una retención muy baja deberían presentar la declaración aunque no estén obligados, ya que probablemente les saldrá a devolver. Otra novedad es la subida del tipo máximo del IRPF sobre el ahorro, que desde el 1 de enero de 2025 pasa del 28% al 30% para las rentas de capital que superen los 300.000 euros. Los tramos inferiores no cambian, por lo que la medida solo afecta a los contribuyentes con grandes patrimonios. Para evitar saltar de tramo, puede ser recomendable planificar las ventas de activos o compensar las ganancias con pérdidas pendientes. También hay cambios relevantes en los planes de pensiones. Desde 2025 será posible rescatar el dinero aportado con más de diez años de antigüedad sin necesidad de justificar motivos especiales, como desempleo o incapacidad. Además, las aportaciones anteriores a 2006 podrán beneficiarse de una reducción del 40% si se rescatan en forma de capital, aunque esta ventaja solo se mantendrá hasta 2026. Por ello, puede resultar conveniente combinar un rescate parcial en forma de capital antes de esa fecha y continuar cobrando el resto como renta a partir de 2027. Los artistas, técnicos audiovisuales y creadores que cedan los derechos de sus obras literarias, científicas o artísticas disponen de una nueva reducción del 30% sobre los rendimientos generados en ejercicios excepcionales. Podrán aplicarla cuando esos ingresos superen en más de un 30% la media de los tres años anteriores, con un límite máximo de 150.000 euros. Así, si alguien ha facturado 60.000 euros anuales de media y en 2025 obtiene 110.000 euros, podrá aplicar la reducción sobre el exceso de 78.000 euros. Por último, quienes adquieran un coche eléctrico en 2025 podrán deducirse el 15% del importe de la compra, siempre que el vehículo no supere los 45.000 euros. Esta misma deducción se aplica a la instalación de un punto de recarga en el hogar, tanto en vivienda habitual como en una alquilada, siempre que se cuente con la documentación técnica y las facturas correspondientes. Para beneficiarse, la compra o instalación debe realizarse y pagarse dentro del ejercicio 2025.

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(Expansión, 12-11-2025) | Fiscal

Verifactu: ¿qué empresas y autónomos no tendrán que cumplir las obligaciones en 2026?

La mayoría de las empresas y profesionales deberán adaptarse durante el próximo año a las nuevas exigencias establecidas por la Ley Antifraude. Algunos podrán quedar fuera de su aplicación, aunque asumirán un mayor riesgo de ser objeto de inspecciones por parte de Hacienda. La cuenta atrás para la entrada en vigor de estas obligaciones ya ha comenzado: a partir del 1 de enero de 2026, las compañías obligadas a presentar el Impuesto sobre Sociedades deberán cumplir con los nuevos requisitos de facturación, mientras que los autónomos tendrán que hacerlo desde el 1 de julio del mismo año. Aunque la mayoría de estos colectivos deberán ajustarse a las nuevas normas -como el registro cerrado de facturas, la incorporación de un código QR en los recibos o la prohibición de programas que permitan una doble contabilidad-, existen ciertos grupos que quedarán exentos. En concreto, hay cuatro colectivos que podrían quedar fuera del cumplimiento de estas obligaciones: Las empresas acogidas al Suministro Inmediato de Información (SII), ya que transmiten sus datos directamente a la Agencia Tributaria. Los que tributan bajo el régimen especial de actividades agrícolas y ganaderas. Aquellos sin obligación de emitir facturas ni justificantes de venta. Y quienes empleen el sistema TicketBAI en el País Vasco y Navarra, equivalente al sistema Verifactu en el resto del territorio foral. El resto de empresarios y profesionales que utilicen un Sistema Informático de Facturación (SIF) deberán ajustarse a las nuevas normas, incluso si trabajan con herramientas simples como hojas de cálculo en Excel o documentos en Word. Así lo confirmó la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) del Ministerio de Hacienda durante las jornadas del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF). El reglamento define de manera amplia lo que se considera un programa de facturación, lo que implica que el uso de estas herramientas también puede obligar a cumplir con la ley, salvo en determinados casos. La propia Agencia Tributaria aclara que el reglamento no afectará a quienes usen procesadores de texto o hojas de cálculo únicamente para registrar, emitir, imprimir o conservar facturas. Sin embargo, sí se considerará un sistema informático de facturación si el programa se utiliza para procesar la información y generar directamente los libros registro de IVA o IRPF, la contabilidad u otros documentos relacionados con obligaciones tributarias. Por ejemplo, si un usuario emplea Excel solo para listar facturas y realizar sumas básicas, no estará afectado. Pero si lo programa para crear una base de datos que genere el libro registro de facturas expedidas, entonces sí deberá cumplir con los nuevos requisitos. Este punto resulta clave, ya que, aunque el uso de Verifactu no sea obligatorio para todos, la ONIF advierte que no utilizar este sistema de envío en tiempo real de facturas a Hacienda podría incrementar el riesgo de inspecciones por parte del Fisco.

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