(Expansión, 06-10-2026) | Fiscal

Hacienda retrasa a octubre de 2028 la entrada en vigor de Verifactu para empresas y autónomos

La Agencia Tributaria ha confirmado un nuevo aplazamiento de la entrada en vigor definitiva de Verifactu, que queda fijada para octubre de 2028, coincidiendo también con la implantación de la factura electrónica obligatoria. La decisión se ha conocido este lunes, el mismo día en que se ha anunciado el adelanto de las elecciones generales, y supone un nuevo cambio en el calendario previsto para la implantación del sistema de verificación de facturas. El retraso llega después de que la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) presentara en junio una propuesta de hoja de ruta para coordinar la transición hacia la factura electrónica con la futura Directiva VIDA. El documento, elaborado por su grupo de expertos en impuestos indirectos, fue trasladado tanto a los medios de comunicación como a los distintos grupos políticos con representación parlamentaria. Tras el debate en el Senado de una propuesta de modificación, la Agencia Tributaria ha optado finalmente por adaptar el calendario. Desde Aedaf consideran que la nueva planificación permitirá avanzar de forma más ordenada hacia un sistema armonizado, reduciendo costes para las empresas, evitando duplicidades y mejorando la eficiencia del sistema tributario. La asociación también destaca que la coordinación de ambos procesos permitirá acercar progresivamente el modelo español al sistema de información digital que será obligatorio en el conjunto de la Unión Europea a partir de 2030. De esta forma, se pretende evitar que empresas y profesionales tengan que acometer sucesivas modificaciones de sus sistemas de facturación en un periodo de tiempo reducido.

LEER MÁS

(Expansión, 06-10-2026) | Fiscal

Los planes de pensiones podrían mejorar su fiscalidad

Los planes de pensiones podrían beneficiarse de una mejora de su fiscalidad si tras las elecciones del 29 de noviembre se produce un cambio de Gobierno. El sector reclama desde hace tiempo elevar el límite de las aportaciones con derecho a ventajas fiscales, después de los sucesivos recortes aplicados en los últimos años. Actualmente, los particulares pueden aportar hasta 1.500 euros al año con derecho a reducción fiscal. Esta cantidad se resta de la base imponible del contribuyente en la declaración de la renta, lo que permite reducir la factura tributaria en función del tipo impositivo aplicable. El límite se encontraba en 8.000 euros anuales en 2020, pero comenzó a reducirse un año después, cuando quedó fijado en 2.000 euros. Posteriormente volvió a recortarse en 500 euros hasta alcanzar los actuales 1.500 euros. Ante las próximas elecciones, el sector confía en que un eventual Gobierno del PP pueda atender sus reivindicaciones y elevar nuevamente el límite de las aportaciones a estos productos, concebidos como una fórmula de ahorro complementaria a la pensión pública. Inverco, la asociación que representa a las gestoras de fondos y planes de pensiones, ha reclamado en distintas ocasiones una mejora del tratamiento fiscal para impulsar el ahorro destinado a la jubilación. Los datos reflejan el descenso experimentado por las aportaciones en los últimos años. Durante el pasado ejercicio se realizaron aportaciones por 3.252 millones de euros a planes de pensiones, frente a unas prestaciones de 3.621 millones, lo que dejó un saldo negativo de 369 millones. Las aportaciones se sitúan así claramente por debajo de los más de 5.000 millones registrados cinco años antes. Según Inverco, durante este periodo se han dejado de aportar más de 12.500 millones de euros a raíz de la reducción de los límites aplicada por el Gobierno. Desde el sector también cuestionan los resultados de la reforma aprobada en 2022 para potenciar los planes de pensiones de empleo, impulsada durante la etapa de José Luis Escrivá al frente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La crítica es que la caída de las aportaciones a los planes individuales no se ha compensado mediante un aumento equivalente de las contribuciones a los sistemas de empleo. A pesar de esta evolución, el patrimonio acumulado por los planes de pensiones mantiene una trayectoria positiva. En el segundo trimestre de 2026 aumentó en 9.256 millones de euros, hasta alcanzar los 145.107 millones a finales de junio, principalmente por la revalorización de las carteras de los fondos de pensiones. En ese mismo periodo, las aportaciones realizadas por los particulares ascendieron a 682 millones de euros, prácticamente en línea con las registradas un año antes. En conjunto, el ahorro acumulado en estos productos alcanzó los 1.509 millones de euros, un 8,5% más que en el mismo periodo del ejercicio anterior.

LEER MÁS

(La Vanguardia, 06-10-2026) | Fiscal

La reforma del modelo de financiación y la condonación del FLA caen por la convocatoria electoral

La convocatoria de elecciones generales para el próximo 29 de noviembre, anunciada este lunes por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, paralizará buena parte de las iniciativas legislativas que se encontraban en tramitación. Entre ellas figuran asuntos de especial relevancia para Catalunya, como la reforma del sistema de financiación autonómica o la condonación de una parte de la deuda de las comunidades con el Fondo de Liquidez Autonómica (FLA). La disolución de las Cortes implica que los proyectos de ley y las iniciativas parlamentarias que estén pendientes de aprobación decaen. Si el próximo Gobierno considera oportuno recuperarlos, deberán iniciar de nuevo todo el procedimiento legislativo en la siguiente legislatura. Esta situación afecta tanto a las propuestas promovidas por el Ejecutivo como a las impulsadas por los diferentes grupos parlamentarios. Además de la reforma de la financiación autonómica y la quita de deuda del FLA, también quedan en suspenso otras iniciativas promovidas por el Gobierno que todavía no habían completado su recorrido parlamentario. Entre ellas se encuentran las medidas destinadas a restringir el acceso de los menores a las redes sociales, la regulación de la inteligencia artificial y la reforma del modelo de instrucción judicial, que contempla trasladar a los fiscales las competencias que actualmente ejercen los jueces. La caída de la reforma de la financiación tiene una especial trascendencia para Catalunya, ya que el proyecto partía del acuerdo alcanzado entre el PSOE y Esquerra Republicana. Aunque el Ejecutivo no tenía asegurados todos los apoyos necesarios para su aprobación, el Govern había situado este cambio como una de las principales prioridades para la segunda mitad de la legislatura catalana. Junts había anunciado una enmienda a la totalidad con un texto alternativo que habría permitido mantener viva la iniciativa en el Congreso y abrir posteriormente una negociación política sobre las modificaciones legales necesarias. Con el adelanto electoral, esa posibilidad queda descartada y el debate deberá retomarse, en su caso, en la próxima legislatura. El Govern había considerado el nuevo modelo de financiación como una de las principales asignaturas pendientes de su mandato. El conseller de la Presidència, Albert Dalmau, lo señaló recientemente junto a cuestiones como la vivienda, la seguridad y las energías renovables. También la consellera de Economia i Finances, Alícia Romero, había defendido la necesidad de que el nuevo sistema permitiera incrementar los recursos disponibles para Catalunya, que según las estimaciones manejadas habría recibido unos 4.700 millones de euros adicionales. También queda en suspenso el acuerdo alcanzado por ERC con el PSOE y Sumar para introducir en la ley de condonación de la deuda del FLA una modificación que habría permitido a Catalunya asumir una mayor participación en la gestión del Consorci de la Zona Franca de Barcelona. El adelanto electoral, sin embargo, no impedirá necesariamente que todas las iniciativas del Ejecutivo queden paralizadas. Los decretos sobre vivienda que fueron rechazados por el Congreso la semana pasada podrían volver a ser aprobados por el Consejo de Ministros. En ese caso, con las Cortes ya disueltas, correspondería a la Diputación Permanente decidir sobre su convalidación. En este órgano, los votos de Junts no serían imprescindibles si el PNV mantiene el apoyo que ya expresó en la votación anterior. En materia económica, el adelanto electoral deja también varias leyes sin posibilidad de completar su tramitación parlamentaria. Entre las principales figura la de los Presupuestos Generales del Estado, que ni siquiera había sido presentada dentro del plazo previsto, antes del 30 de septiembre. El Ministerio de Economía tampoco podrá culminar en esta legislatura varias normas en las que había trabajado, como la creación de la autoridad de defensa del cliente financiero, la regulación de la información empresarial sobre sostenibilidad, la normativa sobre administradores de créditos y crédito al consumo, la reforma de la legislación de prevención del blanqueo de capitales y la actualización de los umbrales que determinan el tamaño de las empresas. Algunas iniciativas, en cambio, podrían avanzar mediante reales decretos si el Gobierno consigue aprobarlas antes de que concluya el actual periodo legislativo o si pueden ser convalidadas por la Diputación Permanente. Entre ellas se encuentra la reforma del régimen de control de las inversiones extranjeras, que pretende reforzar el denominado escudo antiopas e incorporar los centros de datos entre los activos considerados estratégicos. También existe margen para aprobar el decreto sobre centros de datos que prepara el Ministerio para la Transición Ecológica, cuya tramitación se está acelerando con el objetivo de aprobarlo durante octubre y que está pendiente, entre otros trámites, de un informe de la CNMC. Una situación similar se plantea con el nuevo mecanismo de capacidad del sistema eléctrico, que puede aprobarse mediante real decreto por el Consejo de Ministros. En cambio, no podrá continuar su tramitación parlamentaria el anteproyecto de ley sobre hidrógeno y gases renovables. Otras iniciativas vinculadas a la planificación energética podrían tener recorrido, al considerar el Gobierno que algunas de estas materias pueden ser abordadas por la Diputación Permanente. Los reales decretos sobre autoconsumo y comunidades energéticas también mantienen opciones de salir adelante. El adelanto electoral afecta asimismo a varias normas impulsadas por el Ministerio de Transformación Digital. Entre las iniciativas que quedan pendientes figuran las leyes de inteligencia artificial, función pública y servicios digitales, además de la regulación relacionada con los medios de comunicación. Por último, también queda paralizada la ley de industria y autonomía estratégica, una de las principales iniciativas pendientes del Ministerio de Industria. El proyecto pretendía reforzar la protección de las empresas y del empleo en sectores considerados estratégicos y expuestos a mayores riesgos. El departamento, no obstante, sí ha conseguido completar la ejecución de los Perte vinculados a los fondos europeos y poner en marcha las ayudas a la adquisición de vehículos del Plan Auto Plus.

LEER MÁS

(El Economista, 06-10-2026) | Fiscal

Hacienda duplicará el umbral de Intrastat para eximir a casi un 30% de las pymes de declarar en 2027

El Ministerio de Hacienda ha abierto el periodo de audiencia e información pública para dos proyectos de orden ministerial que plantean cambios en materia tributaria y estadística. El primero de ellos concentra en una única norma las modificaciones previstas para las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2026. Los cambios afectan a los modelos 187, 190, 198, 289 y 346, además de incorporar una actualización del anexo de gastos deducibles del modelo 210. La finalidad principal es mejorar la calidad de la información tributaria que recibe la Agencia Tributaria y que posteriormente se utiliza en las campañas de Renta y en herramientas como la cartera de valores. Hacienda pretende así evitar que las modificaciones queden dispersas en distintas normas y facilitar su conocimiento por parte de los contribuyentes, al tiempo que mejora las labores de asistencia, investigación y control mediante datos más completos y precisos. Entre las novedades previstas se encuentran nuevos campos en el modelo 346 para identificar las ayudas agrícolas desacopladas de la Política Agraria Común. El modelo 190 incorporará información más detallada sobre el régimen fiscal especial de las empresas emergentes, mientras que los modelos 187 y 198 incluirán ajustes en los diseños de registro relativos a operaciones con activos financieros y a instituciones de inversión colectiva. El segundo proyecto modifica la regulación de la declaración Intrastat, el sistema utilizado para recopilar estadísticas sobre el intercambio de mercancías entre los Estados miembros de la Unión Europea. El objetivo es reducir las obligaciones administrativas de los operadores económicos, especialmente de las pequeñas y medianas empresas. La principal modificación consiste en elevar de 400.000 a 800.000 euros anuales el umbral de exención para presentar la declaración, tanto en las operaciones de importación como en las de exportación. Según las estimaciones incluidas en la memoria del proyecto, este incremento permitirá que alrededor del 28% de las empresas que actualmente declaran operaciones de exportación y el 30% de las que realizan importaciones queden exentas de esta obligación. La medida pretende reducir la carga burocrática sin comprometer la calidad de las estadísticas comunitarias, ya que se mantendría una cobertura aproximada del 96,2% del valor del comercio exterior, por encima del mínimo del 95% establecido por la normativa europea. Hacienda prevé que ninguna de las dos iniciativas tenga impacto presupuestario ni implique un aumento del gasto público. La modificación de las declaraciones informativas se aplicará a las correspondientes al ejercicio 2026 que se presenten a partir del 1 de enero de 2027. En esa misma fecha comenzará a aplicarse el nuevo umbral de exención del sistema Intrastat.

LEER MÁS

(El Economista, 05-10-2026) | Fiscal

La tributación del alquiler en España supera en 13 puntos a la media de la UE

La fiscalidad del alquiler en España se sitúa por encima de la media europea y de la OCDE. Según los datos recogidos por este organismo, los impuestos representan alrededor del 44% de los rendimientos obtenidos por el arrendamiento de una vivienda, frente al 31% de media en la Unión Europea y al 32% en el conjunto de países de la OCDE. El Instituto de Estudios Económicos considera que esta presión fiscal puede influir en la oferta disponible en el mercado del alquiler. En España, los ingresos obtenidos por alquilar una vivienda tributan con carácter general en el IRPF como rendimientos del capital inmobiliario. Para calcular el rendimiento neto, el propietario puede deducir determinados gastos, como intereses de financiación, reparaciones, IBI, seguros, defensa jurídica y amortizaciones. Cuando el inmueble se destina a vivienda habitual, pueden aplicarse reducciones fiscales que, desde 2024, varían en función de las características del contrato y del arrendatario. En zonas declaradas tensionadas, la reducción puede alcanzar el 90% si se cumplen determinados requisitos, como una rebaja de la renta respecto al contrato anterior. Estas ventajas no se aplican del mismo modo a los alquileres turísticos o vacacionales. La Agencia Tributaria recuerda por ello la importancia de calcular correctamente los rendimientos y comprobar qué gastos y reducciones resultan aplicables en cada caso. El informe también analiza la fiscalidad desde la perspectiva de la inversión inmobiliaria. En el caso de las Socimi, la normativa obliga a distribuir una parte elevada de las rentas obtenidas y determinados dividendos, lo que, según el IEE, reduce su capacidad para reinvertir beneficios frente a otros modelos europeos más flexibles. En materia de IVA, el alquiler de viviendas está, con carácter general, exento. Esto implica que el propietario no repercute el impuesto al inquilino, pero también puede impedir la deducción del IVA soportado en la compra de una vivienda nueva destinada posteriormente al alquiler, aumentando así el coste efectivo de la inversión. Entre las propuestas planteadas por el Instituto de Estudios Económicos figura la introducción de mayores incentivos fiscales para los arrendadores y la posibilidad de que las rentas del alquiler pasen a integrarse en la base del ahorro del IRPF, en lugar de hacerlo en la base general, con el objetivo de acercar su tratamiento al de otros instrumentos de ahorro e inversión.

LEER MÁS

(El Economista, 05-10-2026) | Fiscal

El Tribunal Supremo avala deducir el IVA refacturado a las filiales del grupo aunque no se obtengan beneficios

El Tribunal Supremo ha establecido, en sentencia de 21 de septiembre de 2026, que para considerar una operación realizada a título oneroso a efectos del IVA basta con que exista una contraprestación real y efectiva y que el impuesto sea repercutido. No es necesario que la entidad que refactura los costes obtenga un beneficio o margen económico. La sentencia se apoya en los artículos 4 y 96.Dos de la Ley del IVA, en conexión con la Directiva 2006/112/CE y con el principio de neutralidad fiscal. También recoge la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que viene señalando que la existencia de una operación onerosa depende de que haya una relación directa entre la prestación realizada y la contraprestación recibida, sin exigir la obtención de lucro. El litigio se originó a raíz de una comprobación de la Agencia Tributaria a una Agrupación de Interés Económico creada por varias empresas de un mismo grupo para centralizar determinados servicios. La entidad repercutía a sus socios los costes exactos de esas actuaciones, sin añadir margen alguno y operando a balance cero. La Administración rechazó la deducción de determinadas cuotas de IVA soportadas al considerar que, al no existir margen comercial en la refacturación, las operaciones no podían calificarse como onerosas. Este criterio fue inicialmente confirmado tanto en vía económico-administrativa como judicial. La entidad recurrió ante el Tribunal Supremo y la Abogacía del Estado terminó allanándose a sus pretensiones. El Alto Tribunal ha estimado el recurso y ha anulado la liquidación, al entender que la ausencia de beneficio no elimina el carácter oneroso de la operación cuando existe una contraprestación efectiva y continúa la cadena de repercusión del impuesto. La resolución refuerza así el principio de neutralidad del IVA y evita que se niegue la deducción únicamente porque una entidad refacture costes sin obtener margen económico, siempre que exista una verdadera prestación de servicios o entrega de bienes a cambio de una contraprestación.

LEER MÁS

(Expansión, 02-10-2026) | Fiscal

Un paquete fiscal de 2.000 millones para intervenir la vivienda en el limbo

El primer decreto contempla incentivos fiscales dirigidos a propietarios e inquilinos, así como ventajas tributarias para quienes vendan sus viviendas al sector público. También introduce una mayor tributación para los pisos destinados al alquiler turístico y para las Socimis que cuenten con vivienda residencial en sus carteras. Tras el impulso que experimentaron las negociaciones desde finales de la semana pasada, a raíz del desahucio de Maricarmen, el Gobierno aprobó el martes dos reales decretos en materia de vivienda. Sin embargo, ambos afrontan ahora serias dificultades para salir adelante después de que Junts comunicara anoche su rechazo. El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, dirigido por Isabel Rodríguez, se enfrenta este viernes a una jornada decisiva en el Congreso. La Cámara Baja deberá decidir si convalida o deroga los dos textos, que han generado controversia durante los últimos días. El segundo decreto ha suscitado especial debate por establecer una prórroga automática de determinados contratos de alquiler, acompañada de importantes indemnizaciones para los propietarios en caso de incumplimiento. El primero tampoco ha quedado al margen de las críticas: distintos juristas han planteado dudas sobre su contenido, mientras que promotores y expertos del sector inmobiliario consideran que algunas de sus medidas podrían dificultar la creación de nueva oferta en un mercado caracterizado por la escasez de vivienda. Al margen de los cambios regulatorios, el primer decreto incorpora un amplio conjunto de medidas fiscales cuyo impacto para las arcas públicas se calcula en unos 2.000 millones de euros, según la memoria que acompaña al texto publicado en el BOE. La norma modifica aspectos relacionados con hasta cinco figuras tributarias, aunque la mayor parte de sus efectos se concentra en el IRPF. En el caso de los propietarios que alquilan sus viviendas, las reducciones aplicables a los rendimientos del alquiler pasan a estar vinculadas a la evolución de la renta respecto al contrato anterior. Según explica el abogado fiscalista Pablo González Vázquez, de GVA Asesores, cuando el arrendador no tenga la consideración de gran tenedor y reduzca al menos un 5% el precio respecto al contrato anterior, podrá aplicar una reducción sobre los rendimientos obtenidos que oscilará entre el 70% y el 100%. Para los inquilinos de vivienda habitual, el decreto establece una deducción en el IRPF equivalente al 10% de las cantidades satisfechas durante el año, siempre que sus ingresos anuales no superen los 33.007,20 euros. La norma también eleva la tributación asociada a las viviendas que permanecen vacías, mediante un incremento de la imputación de rentas. La medida puede afectar tanto a inmuebles que permanecen desocupados como a determinados pisos heredados o segundas residencias. Por otro lado, el Gobierno pretende incentivar que parte de estas viviendas se incorporen al parque público de alquiler mediante ventajas fiscales para sus propietarios. Así, se establece una exención en el IRPF sobre las ganancias patrimoniales obtenidas por la venta de determinados inmuebles al Estado por importes inferiores a 200.000 euros. El porcentaje de exención se reduce progresivamente a medida que aumenta el precio de venta, hasta un límite de 800.000 euros. En materia de IVA, una de las principales novedades afecta a los alquileres turísticos y de corta duración, cuya actividad quedaría sometida a un tipo del 10%. Esta modificación supondría un incremento de la carga fiscal para este tipo de alojamientos, aunque también permitiría a sus titulares deducir el IVA soportado en determinados gastos vinculados a la actividad, como reformas, mobiliario, suministros o servicios de gestión. También se reduce la tributación de determinadas obras realizadas en viviendas destinadas al alquiler de larga duración. Los propietarios podrán aplicar un tipo de IVA del 10% a determinadas actuaciones de renovación y reparación, frente al 21% vigente hasta ahora. El decreto contempla además un IVA reducido del 4% para la construcción de viviendas protegidas sometidas a un régimen de calificación permanente o indefinida, tanto respecto de la vivienda como de un máximo de dos plazas de garaje. Este tipo se aplicaría cuando se trate de la primera entrega del inmueble. En el ámbito de los impuestos municipales, los ayuntamientos podrán establecer recargos de hasta el 150% en el IBI de las viviendas que permanezcan desocupadas durante más de dos años sin una causa justificada. La norma también modifica los coeficientes máximos aplicables al método objetivo de cálculo de la plusvalía municipal, que desde el 1 de diciembre de 2026 podrán alcanzar el 0,30 en función del periodo de permanencia del inmueble. Por último, el decreto eleva la tributación de los beneficios no distribuidos de las Socimis que inviertan en vivienda residencial. El tipo pasa del 15% al 25%, aunque las sociedades podrán beneficiarse de una reducción de hasta el 100% cuando al menos el 80% de su cartera esté destinada a alquiler asequible y las ganancias se reinviertan durante los tres ejercicios siguientes.

LEER MÁS

(El Economista, 02-10-2026) | Fiscal

El ‘guardián de la UE’ pilla el truco de España para evitar un examen del déficit

El Consejo Fiscal Europeo, organismo asesor independiente encargado de supervisar la evolución de las finanzas públicas comunitarias, ha puesto en cuestión la forma en que España ha gestionado sus desviaciones presupuestarias y el recurso a la cláusula de escape para las inversiones en Defensa, que permitió al Gobierno evitar el análisis previo a una posible apertura de un procedimiento por déficit excesivo. El organismo considera que el caso español constituye una prueba para el nuevo marco de reglas fiscales de la UE. Según sus cálculos, la desviación de España respecto a la trayectoria de gasto neto recomendada alcanzó el 0,4% del PIB en 2025 y podría situarse en el 0,6% en 2026. Ambos porcentajes superan el margen anual del 0,3% establecido por las normas comunitarias, de modo que la previsión para este año duplicaría ese límite. La situación resulta especialmente relevante porque España mantiene una deuda pública por encima del umbral europeo del 60% del PIB. En circunstancias ordinarias, una desviación de estas características habría podido llevar a la Comisión Europea a examinar el cumplimiento del criterio de deuda dentro del procedimiento por déficit excesivo. El informe también analiza el momento en que España solicitó acogerse a la excepción vinculada al incremento del gasto en Defensa. El Gobierno presentó la petición el 13 de abril, apenas dos semanas antes de remitir su informe anual de progreso, mientras que la mayoría de los países que recurrieron a esta posibilidad lo habían solicitado un año antes. A juicio del Consejo Fiscal Europeo, el momento elegido fue determinante para que España quedara fuera de ese análisis. El organismo pone además el foco en la relación entre el aumento del gasto militar y la desviación presupuestaria registrada. El incremento de la partida de Defensa entre 2024 y 2025 representó alrededor del 0,1% del PIB, mientras que el exceso de gasto respecto a la trayectoria recomendada fue cuatro veces superior. El Consejo Fiscal considera, por tanto, que la mayor parte de la desviación tuvo su origen en partidas distintas de Defensa y cuestiona que la cláusula de escape pueda utilizarse como cobertura cuando el incremento del gasto militar explica solo una parte reducida del desequilibrio. El análisis también señala el comportamiento de la economía española. El país ha registrado un crecimiento del PIB nominal superior al previsto al mismo tiempo que el gasto neto ha evolucionado por encima de la senda recomendada. El Consejo Fiscal califica esta combinación de procíclica, al considerar que el aumento del gasto público durante una fase de crecimiento económico reduce el margen disponible para afrontar futuras situaciones adversas. Las reglas comunitarias mantienen asimismo el control sobre la evolución de la deuda y sobre el cumplimiento de los compromisos presupuestarios destinados a reducirla. El procedimiento por déficit excesivo constituye el principal mecanismo correctivo de la UE y puede activarse, entre otros motivos, cuando un Estado incumple el criterio de deuda. La flexibilidad concedida a España fue respaldada por el Consejo de la UE el 12 de junio. La autorización se extiende durante cuatro años y permite un margen adicional de gasto de hasta el 1,5% del PIB. No obstante, esta excepción está limitada a las necesidades vinculadas a Defensa y no supone una suspensión general de las reglas fiscales europeas. El resto del gasto público continúa sujeto a los compromisos presupuestarios establecidos en el nuevo marco comunitario. El Consejo Fiscal Europeo también reclama un seguimiento más exhaustivo de las reformas asociadas a los planes nacionales. España se encuentra entre los ocho Estados miembros a los que se ha permitido una adaptación más gradual a cambio de ejecutar determinadas inversiones y reformas estructurales. El presidente del organismo, Pieter Hasekamp, considera necesario que la Comisión Europea compruebe con mayor detalle que esos compromisos se incorporan efectivamente a la legislación y se aplican en la práctica, más allá de una revisión centrada principalmente en aspectos procedimentales. En este contexto, el organismo reclama mayor transparencia sobre las previsiones de ingresos, las desviaciones del gasto y los criterios utilizados para decidir cuándo procede abrir un expediente. Su planteamiento incide en la necesidad de que las excepciones previstas en las reglas fiscales mantengan condiciones claras y verificables para preservar la credibilidad de los compromisos asumidos por los Estados miembros. Por otro lado, el Consejo Fiscal Europeo ha pedido a los gobiernos de la eurozona que eviten repetir las políticas de apoyo generalizado aplicadas durante la crisis energética de 2022. Ante el nuevo encarecimiento de la energía provocado por la guerra en Irán, el organismo considera que la respuesta presupuestaria en 2027 debería centrarse en cumplir los ajustes previstos en el nuevo marco fiscal europeo, en lugar de recurrir nuevamente a programas generales de ayudas dirigidos a consumidores y empresas.

LEER MÁS

(El País, 02-10-2026) | Fiscal

El diésel se encarece un 8% en septiembre pese al aumento de la rebaja fiscal

Los carburantes mantienen la presión sobre la inflación y han llevado al Gobierno a prolongar hasta finales de año el escudo anticrisis. El nuevo paquete de medidas, que entra en vigor este jueves, coincide con un fuerte repunte de los precios en las estaciones de servicio españolas. Según el Boletín Petrolero de la UE, tanto el diésel como la gasolina se sitúan cerca de los 1,90 euros por litro, sus niveles más elevados desde 2022. El gasóleo es el que ha experimentado el mayor incremento durante septiembre, con una subida próxima al 8%, pese a contar con una bonificación fiscal superior a la de la gasolina, cuyo precio aumentó alrededor de un 7%. Durante este mes, el diésel ha disfrutado de una rebaja de 20 céntimos por litro, frente a los 5 céntimos aplicados a la gasolina. El mecanismo anterior contemplaba reducciones progresivas del descuento, aunque podía recuperar su nivel máximo si los precios registraban determinados incrementos. El nuevo decreto aprobado por el Gobierno mantiene un esquema similar para los próximos meses. Durante octubre, tanto la gasolina como el diésel tendrán una reducción de 20 céntimos por litro en el impuesto de hidrocarburos. La bonificación se reducirá a 13 céntimos en noviembre y a 6 céntimos en diciembre, salvo que los precios experimenten incrementos interanuales superiores al 15%. El sistema incorpora además mecanismos para reforzar temporalmente la ayuda si se mantienen las fuertes subidas. Si el precio de la gasolina o del gasóleo en septiembre supera en más de un 15% el registrado un año antes, la rebaja se mantendrá en 20 céntimos durante noviembre y se situará en 13 céntimos en diciembre. Si ese umbral se supera en octubre, la bonificación volverá a alcanzar los 20 céntimos en diciembre. El paquete pretende amortiguar también el impacto de los costes energéticos sobre hogares y empresas. Entre las medidas figura la congelación del precio de la bombona de butano, ayudas dirigidas al transporte profesional y límites al incremento de la tarifa regulada del gas. Además, se recupera la reducción del IVA de la electricidad del 21% al 10%, aplicada anteriormente entre marzo y junio, aunque su activación queda condicionada a que el precio de la electricidad registre un incremento superior al 15%. La norma encarga asimismo a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) analizar la eficacia de las medidas adoptadas en los mercados energéticos y realizar un seguimiento de los precios de los alimentos. El objetivo es detectar posibles traslados del encarecimiento de los carburantes a los precios de la cesta de la compra. Este es el tercer paquete de medidas aprobado por el Gobierno desde marzo para contener las consecuencias económicas del conflicto en Oriente Próximo y limitar su impacto sobre los precios. El IPC adelantado de septiembre situó la inflación interanual en el 4,9%, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), seis décimas por encima del registro de agosto y en su nivel más elevado desde 2023. En agosto, la inflación española ya había alcanzado el 4,3%, más de un punto por encima de la registrada en la zona euro. Pese al fuerte aumento registrado en España, los carburantes no se encuentran entre los más caros de la Unión Europea. Durante la última semana de septiembre, el precio medio de la gasolina y del diésel en el conjunto de la UE superó los dos euros por litro, mientras que Dinamarca registró los niveles más elevados, con ambos carburantes por encima de los 2,50 euros. El Gobierno prevé revisar trimestralmente las ayudas para adaptarlas a la evolución de los precios y a las circunstancias de un conflicto cuya duración y efectos económicos siguen siendo inciertos. Con el nuevo paquete incluido, el coste acumulado de las medidas desplegadas para contener el impacto de la crisis energética y de los carburantes se aproxima ya a los 12.000 millones de euros.

LEER MÁS

(El País, 01-10-2026) | Fiscal

El decreto de vivienda incluye incentivos fiscales a los particulares que vendan sus casas vacías a empresas públicas

Entre las iniciativas aprobadas por el Gobierno para hacer frente al problema de la vivienda figura una medida dirigida a movilizar parte de los millones de inmuebles que permanecen vacíos en España. La propuesta busca animar a sus propietarios a venderlos a organismos públicos dedicados a la promoción de vivienda social y asequible mediante incentivos fiscales. Para poder acogerse a estas ventajas, las operaciones deberán formalizarse antes de 2028. Actualmente, la venta de una vivienda que no constituye la residencia habitual del propietario genera, con carácter general, una ganancia patrimonial que debe tributar en el IRPF. Esta se calcula como la diferencia entre el precio de adquisición y el de transmisión. La normativa contempla determinadas excepciones, como la reinversión de la ganancia obtenida por la venta de la vivienda habitual en la compra o rehabilitación de otra residencia habitual dentro de los dos años siguientes, así como la venta de la vivienda habitual por contribuyentes mayores de 65 años. La nueva medida amplía estas posibilidades para los propietarios de viviendas vacías que decidan venderlas a una entidad pública, como las empresas municipales de vivienda de Madrid o Barcelona. En estos casos, la ganancia patrimonial podrá quedar totalmente exenta de IRPF cuando el valor de transmisión, una vez descontados los gastos e impuestos asumidos por el vendedor, no supere los 200.000 euros. Cuando el precio de venta sea superior a esa cantidad, la exención se aplicará de forma decreciente hasta llegar a un máximo de 800.000 euros. Por ejemplo, para una vivienda transmitida por 300.000 euros, quedará exento el 83,33% de la ganancia patrimonial. Si el importe asciende a 500.000 euros, la exención será del 50%, mientras que para una venta por 700.000 euros se reducirá al 16,67%. A efectos de esta medida, tendrán la consideración de viviendas vacías aquellas que hayan permanecido desocupadas de manera continuada y sin una causa justificada durante los dos años anteriores a la transmisión. La situación podrá acreditarse mediante datos del padrón municipal o a través del consumo de suministros. Según el INE, en 2021 había 3,8 millones de viviendas vacías en España, equivalentes al 14,4% del parque residencial. Ese análisis incorporó por primera vez información sobre consumo eléctrico y mostró que el 45% de estos inmuebles se encontraba en municipios de menos de 10.000 habitantes, mientras que las ciudades de más de 250.000 habitantes concentraban el 10,5%. El Gobierno incorpora además un segundo mecanismo fiscal que puede resultar especialmente relevante en las operaciones de mayor importe, siempre que la vivienda sea adquirida por una entidad pública dedicada a la vivienda social. Se trata de una modalidad específica de la nueva Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa, diseñada para que el propietario pueda reinvertir en este producto la parte de la ganancia que no haya quedado exenta por la venta del inmueble. El plazo para realizar esta reinversión será de seis meses desde la transmisión. Así, tomando como referencia una vivienda vendida por 500.000 euros, el propietario tendría inicialmente exenta la mitad de la ganancia patrimonial. La parte restante, que estaría sujeta a tributación, podría quedar también exenta si se reinvierte en esta nueva fórmula de ahorro e inversión, que canaliza los fondos hacia acciones y fondos de inversión de la Unión Europea. La cuenta admitirá aportaciones de hasta 800.000 euros y contará con un tratamiento fiscal similar al previsto para la cuenta de ahorro con orientación europea. Si los fondos permanecen invertidos durante cinco años, las ganancias generadas estarán exentas en su totalidad hasta los primeros 10.000 euros y en un 20% para el importe que supere esa cantidad. La inversión deberá realizarse en activos europeos, entre ellos acciones, fondos de inversión o fondos cotizados. Si el dinero se retira antes del plazo establecido, habrá que devolver la ventaja fiscal aplicada. El real decreto establece que una misma persona podrá disponer tanto de una Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa como de una cuenta de reinversión, aunque esta última únicamente podrá recibir fondos procedentes de la venta de una vivienda. El nuevo vehículo estará formado por dos cuentas vinculadas, además de la cuenta corriente asociada a las operaciones financieras. La cuenta operativa destinada a realizar aportaciones, adquirir o vender activos y asumir los gastos de gestión podrá mantener un saldo de hasta 8.000 euros, frente al límite de 1.500 euros previsto para la cuenta de ahorro e inversión ordinaria. Además, el texto introduce una previsión específica para las personas mayores de 65 años que se encuentren en situación de dependencia severa o gran dependencia. Cuando estas personas tengan que trasladarse a una residencia o pasar a convivir con un familiar, su vivienda podrá seguir considerándose residencia habitual a efectos fiscales. De este modo, la venta posterior del inmueble podrá beneficiarse de la exención en el IRPF aplicable a las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual.

LEER MÁS

¿ESTAS BUSCANDO

ASESORÍA PERSONAL O EMPRESARIAL?

Realiza tu consulta online o ven a visitarnos