(Expansión, 15-12-2025) | Fiscal

Más de 640.000 devoluciones de Renta siguen pendientes de resolver

La Agencia Tributaria aún no ha efectuado la devolución de la última campaña de la Renta a 643.000 contribuyentes. Si estos reintegros no se realizan antes del 31 de diciembre, Hacienda tendrá que abonar intereses de demora por el retraso, siempre que la liquidación presentada sea correcta. Con apenas quince días para cerrar el año, siguen pendientes más de 640.000 devoluciones correspondientes al IRPF de 2024, a pesar de que la campaña concluyó hace más de cinco meses, el 30 de junio. Según confirman a EXPANSIÓN fuentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), hasta ahora se han cerrado 15,35 millones de acuerdos de devolución, de un total cercano a 16 millones de solicitudes, lo que supone un 1,81% menos que en el ejercicio anterior. En muchos casos, las devoluciones que continúan sin abonarse corresponden a declaraciones que requieren una revisión por parte de la Administración, por lo que la falta de respuesta puede anticipar una comprobación o la recepción de una notificación de la AEAT solicitando aclaraciones. En este contexto, durante la campaña la Agencia Tributaria puso en marcha un sistema automático para la corrección voluntaria de errores, enviando miles de avisos preventivos a contribuyentes que habían modificado el borrador inicial elaborado por Hacienda. Gracias a esta medida, se presentaron cerca de 45.000 declaraciones rectificativas, lo que permitió "evitar posibles comprobaciones posteriores, el devengo de intereses o la imposición de sanciones", según explican desde el Ministerio que dirige la vicepresidenta primera, María Jesús Montero. No obstante, haber presentado una rectificación puede ser uno de los motivos por los que algunas devoluciones aún no se hayan resuelto, cuando ya se acerca el fin del plazo legal. Desde la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) señalan que la fase de revisiones iniciada en septiembre, cuando todavía quedaban más de dos millones de devoluciones pendientes, ha supuesto el análisis de aquellas autoliquidaciones con posibles incoherencias. Como resultado, ya se han abonado 1,5 millones de devoluciones. Este proceso continuará hasta el 31 de diciembre y, a partir de esa fecha, los expedientes que sigan sin resolverse podrían pasar directamente a la Inspección para un examen más detallado por parte de un funcionario. Por ello, si el contribuyente no recibe la devolución antes del 1 de enero, es muy probable que se inicie un procedimiento inspector. Si Hacienda no devuelve antes del 31 de diciembre las cantidades pagadas de más en el IRPF de 2024, y la autoliquidación es correcta, estará obligada a pagar intereses de demora, que en 2025 se sitúan en el 4,06%. Así, una devolución de 1.500 euros ascendería a 1.560,90 euros si se abonara con un año de retraso. Si el reintegro se realiza antes, los intereses se calcularán de forma proporcional por meses, dividiendo el tipo del 4,06% entre doce y multiplicándolo por el número de meses de demora, explica Rubén Gimeno, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf) del Consejo General de Economistas. De este modo, si la devolución se efectúa en marzo, el interés aplicado sería del 1,015%. Desde la Agencia Tributaria recuerdan, no obstante, que no todas las 643.000 devoluciones pendientes acabarán pagándose en los términos solicitados. En algunos casos, las cantidades reclamadas son incorrectas y se devuelven importes menores, y en otros la declaración termina resultando a ingresar. En estas situaciones, si la resolución llega después de enero, el contribuyente deberá asumir no solo la deuda y los intereses correspondientes, sino también una sanción, cuyo importe varía según los plazos y el grado de voluntariedad o fraude apreciado por Hacienda. Las sanciones pueden ir desde el 1% de lo no ingresado, hasta el 50% en infracciones leves por importes inferiores a 3.000 euros, el 100% de la deuda si el importe es mayor o existe ocultación de datos, o incluso el 150% si se demuestra el uso de medios fraudulentos, según explican desde la asesoría Vázquez Asociados. Si tras la revisión de la Inspección la declaración debe corregirse pero mantiene un resultado favorable al contribuyente, la AEAT impone una sanción fija de entre 150 y 250 euros y devuelve la cantidad correcta junto con los intereses de demora, calculados únicamente sobre el importe finalmente reconocido y no sobre el exceso solicitado inicialmente. En cualquier caso, Gimeno advierte que el hecho de que Hacienda realice la devolución antes del 31 de diciembre "no implica que la declaración no pueda ser comprobada o investigada con posterioridad".

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(Expansión, 15-12-2025) | Fiscal

La UE impone una tasa de tres euros a los paquetes "low-cost" de plataformas

La medida tendrá carácter provisional y empezará a aplicarse en julio del próximo año, al margen de la posible comisión aduanera de dos euros que podría implantarse a partir de noviembre de 2026. Este gravamen se mantendrá en vigor durante dos años, hasta que la Autoridad Aduanera Europea esté plenamente operativa. La Unión Europea endurece su ofensiva contra las plataformas chinas de comercio electrónico. Los ministros de Finanzas de los Estados miembros han acordado este martes, en el marco de la reunión del Ecofin, establecer una tasa de tres euros para todos los envíos procedentes de terceros países con un valor inferior a 150 euros que accedan al mercado comunitario. La medida comenzará a aplicarse en julio del año que viene. Aunque el nuevo cargo no se presenta oficialmente como una acción dirigida contra empresas concretas como Temu, Shein o AliExpress, lo cierto es que estas plataformas concentran la inmensa mayoría de los envíos de bajo coste a la UE, por lo que serán las principales afectadas. En 2024 se importaron más de 4.500 millones de productos considerados low cost, el doble que el año anterior, y el 91% de ellos tuvo origen en China. Este gravamen se concibe como una solución temporal con la que los Estados miembros pretenden corregir el trato ventajoso del que actualmente se benefician los paquetes de bajo valor frente a los envíos de mayor importe. Estará vigente hasta la puesta en marcha de la Autoridad Europea de Aduanas, prevista para 2028. Una vez que la nueva plataforma centralizada esté operativa y se refuercen los controles en frontera, la tasa desaparecerá y todos los paquetes quedarán sujetos a los procedimientos habituales y a los aranceles correspondientes. "El comercio electrónico se está expandiendo a gran velocidad y el entorno global cambia cada vez más rápido, por lo que necesitamos instrumentos adecuados para adaptarnos. Por eso es tan relevante la decisión sobre los aranceles aplicables a los pequeños envíos que llegan a la UE, ya que permite garantizar una competencia equitativa en nuestras fronteras en la actual era del comercio digital", ha señalado Maros Sefcovic, comisario europeo de Comercio. La tasa de tres euros aprobada no sustituye a la comisión de gestión de dos euros que también se plantea para estos paquetes y que aún debe recibir el visto bueno de los Estados miembros y del Parlamento Europeo. De aprobarse, esta comisión entraría en vigor en noviembre del próximo año, elevando el coste total por envío hasta los cinco euros. Solo la aplicación de la tasa generaría unos ingresos de 13.500 millones de euros para las aduanas si el volumen de paquetes pequeños se mantiene en los niveles de finales del año pasado. En caso de sumarse la comisión de gestión, la recaudación total podría alcanzar los 22.500 millones de euros.

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(El País, 15-12-2025) | Fiscal

Hacienda baraja una deducción de unos 600 euros para que los perceptores del nuevo salario mínimo no paguen IRPF

El Ejecutivo quiere evitar a toda costa reabrir el conflicto generado por la fiscalidad del salario mínimo y está buscando una solución de consenso que satisfaga a los dos socios de la coalición. El objetivo es claro: no repetir la polémica del año pasado y centrar el debate en lo que el Gobierno considera prioritario, una nueva subida del salario mínimo interprofesional (SMI). En este contexto, el Ministerio de Hacienda analiza ampliar la deducción en el IRPF para los trabajadores que cobran el SMI, actualmente fijada en 340 euros anuales, hasta una cifra cercana a los 600 euros, según fuentes conocedoras del proceso, aunque los cálculos aún están en fase de ajuste. Esta alternativa, explican desde el Ejecutivo, permitiría contentar tanto al Ministerio de Trabajo como a las áreas económicas del Gobierno. Trabajo vería garantizado que el aumento del SMI se traduce en términos netos en el 60% del salario medio nacional, mientras que Economía y Hacienda respaldarían la medida porque el esfuerzo derivado del incremento salarial se repartiría entre el sector público y las empresas, evitando que el coste recaiga íntegramente sobre los empleadores. La deducción en el IRPF ligada al SMI no es una novedad. Tradicionalmente, cada vez que el salario mínimo se incrementaba, el impuesto se ajustaba de forma paralela para que los mínimos exentos cubrieran esos ingresos. Esta práctica se rompió en 2025, cuando, por primera vez, parte de los trabajadores que perciben el SMI -principalmente solteros sin hijos- comenzó a tributar, soportando una carga fiscal de unos 340 euros anuales entre retenciones y cuota. La falta de adaptación del impuesto provocó uno de los choques más intensos de la legislatura entre PSOE y Sumar. Desde el área económica se defendía que, tras años de subidas continuadas del SMI -un 61% desde 2018, pasando de 736 a 1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas-, este debía empezar a contribuir a la recaudación. El Ministerio de Trabajo, en cambio, sostenía que no era razonable gravar a quienes se sitúan en la franja salarial más baja. Para amortiguar ese impacto fiscal y poner fin al enfrentamiento, Hacienda articuló un mecanismo de devolución equivalente a la cantidad pagada, que los trabajadores recibirían al año siguiente al presentar la declaración de la renta. De este modo, los beneficiarios del SMI comenzaron a tributar, pero con la certeza de que se les reintegraría posteriormente el importe, evitando así una pérdida de poder adquisitivo, especialmente entre quienes no podían acceder a otras deducciones por su situación familiar. De cara a la subida prevista para 2026, el Gobierno estudia repetir esta fórmula, ampliando la deducción para que ese mismo perfil de trabajadores no vea mermada la mejora salarial. El razonamiento es idéntico al del año anterior: si el SMI aumenta pero los mínimos exentos del IRPF permanecen congelados, las retenciones crecerán y parte del alza del salario bruto no llegará al bolsillo del empleado. La comisión de expertos del Ministerio de Trabajo planteó recientemente dos posibles escenarios para 2026. En el primero, el SMI no tributa y sube un 3,1%, hasta 17.094 euros brutos anuales. En el segundo, el salario mínimo comienza a tributar y el incremento sería del 4,7%, hasta 17.360 euros. Con los mínimos exentos previsiblemente sin cambios y la deducción actual de 340 euros, ambos escenarios implicarían un aumento de las retenciones: en torno a 600 euros en el primer caso y cerca de 700 euros en el segundo, según los simuladores de la Agencia Tributaria. Por ello, Hacienda se inclina por el primer escenario y por ampliar la deducción hasta aproximadamente 600 euros. Esta medida permitiría que los perceptores del SMI quedaran prácticamente exentos de tributación en una subida moderada y garantizaría que el salario neto alcance el 60% del salario medio, en línea con la Carta Social Europea. Según fuentes de ambos socios, esta solución resulta aceptable para las dos partes, ya que cumple el objetivo social sin exigir un aumento mayor del salario bruto. Con este planteamiento, una parte del ajuste se realiza vía fiscal, asumiendo Hacienda una pérdida de recaudación, mientras que los trabajadores reciben íntegramente la mejora salarial y las empresas no soportan todo el coste del incremento. Aun así, el Gobierno debe cerrar los números y decidir si la deducción final compensará totalmente la subida fiscal o solo una parte. La elección de una deducción específica, en lugar de elevar los mínimos exentos del IRPF, responde a un criterio de eficiencia recaudatoria. Aumentar esos umbrales beneficiaría a todos los contribuyentes, incluidos los de rentas más altas, y tendría un impacto mucho mayor en las arcas públicas. Dado el carácter progresivo del impuesto, el Ejecutivo busca evitar que una medida pensada para los salarios más bajos termine favoreciendo también a quienes tienen mayores ingresos. Con la deducción, en cambio, el coste se limita a unos pocos cientos de millones de euros y la ayuda se dirige de forma precisa a los trabajadores con menores rentas y sin otras opciones de reducción fiscal, un colectivo que ronda las 500.000 personas.

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(El Economista, 15-12-2025) | Fiscal

Hacienda cierra el año sin prorrogar el límite de facturación de módulos y deja a 350.000 autónomos en el limbo

El Ejecutivo ha dejado en una situación de incertidumbre fiscal a unos 350.000 autónomos al finalizar el año sin aprobar la prórroga de los límites de facturación anuales que permiten acogerse al régimen de estimación objetiva del IRPF, conocido como sistema de módulos. Aunque sí se ha dado luz verde a la orden que garantiza la continuidad de este régimen durante 2026, los profesionales afectados todavía no saben cuáles serán los topes de ingresos que deberán cumplir para poder tributar por esta modalidad. Desde 2016, los distintos gobiernos han venido renovando año tras año los umbrales que permiten permanecer en el sistema de módulos: ingresos anuales inferiores a 250.000 euros o facturación a otras empresas y autónomos por debajo de 125.000 euros. En ausencia de esa prórroga, los límites se reducen de forma automática a 150.000 euros en el primer caso y a 75.000 euros en el segundo. De no aprobarse la ampliación, miles de trabajadores por cuenta propia quedarían excluidos de este régimen de tributación del IRPF en 2026. Los sectores más perjudicados serían el transporte, la hostelería y el pequeño comercio. Estos límites más bajos fueron introducidos en la reforma fiscal aprobada a finales de 2014 por el Gobierno de Mariano Rajoy, con Cristóbal Montoro al frente del Ministerio de Hacienda. La normativa preveía que los nuevos umbrales -150.000 euros de ingresos y 75.000 euros de facturación- entrasen en vigor el 1 de enero de 2016. Sin embargo, su aplicación se ha ido posponiendo cada año mediante sucesivas prórrogas, manteniendo los topes de 250.000 y 125.000 euros. Este aplazamiento debe formalizarse mediante una norma con rango de ley, pero el Ejecutivo ha cerrado el ejercicio sin aprobar ningún texto que lo contemple. Los expertos esperaban que la prórroga se incluyera en el último Pleno del Congreso del año, celebrado el jueves pasado, algo que finalmente no ocurrió. Todo apunta, por tanto, a que los autónomos iniciarán 2026 con límites de módulos más restrictivos. Además, según el calendario parlamentario, no está previsto ningún Pleno hasta febrero, salvo que se convoque una sesión extraordinaria, de la que por ahora no hay constancia. Con todo, comenzar el año sin la prórroga no supone un escenario irreversible. El Gobierno aún podría aprobar en enero un real decreto-ley que incluya esta medida y someterlo a convalidación en el Congreso en febrero. Cabe recordar que la prórroga de los límites de módulos para 2025 se incorporó a un real decreto-ley aprobado a finales de 2024, que debía ser convalidado por el Congreso en el plazo de 30 días. Sin embargo, en enero de 2025 la oposición rechazó el texto, lo que implicaba, en principio, una reducción automática de los umbrales. Ante esa situación, el Ministerio de Hacienda emitió una nota aclarando que, dado que el real decreto-ley estaba en vigor a 1 de enero de 2025, se entendía que los límites de facturación quedaban aprobados. Aunque legalmente la prórroga debía hacerse por ley, al tratarse de una medida favorable para miles de autónomos, no se produjeron objeciones. El régimen de módulos permite a los profesionales con un elevado uso de efectivo calcular la base imponible del IRPF a partir de una estimación de sus ingresos, teniendo en cuenta variables como el número de empleados, la superficie del local o el municipio en el que desarrollan su actividad. Por el contrario, los autónomos que quedan fuera de este sistema tributan en estimación directa, declarando los ingresos reales obtenidos a lo largo del año.

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(El Economista, 15-12-2025) | Fiscal

Los autónomos reclaman bajar 5 puntos el IRPF autonómico para ahorrar 650 euros

La carga impositiva es una de las principales inquietudes de los trabajadores autónomos, y las organizaciones empresariales del sector están elaborando propuestas para rebajar los impuestos y aliviar su situación económica. En este contexto, la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (Upta) ha remitido a los parlamentos autonómicos una iniciativa en la que reclama a las comunidades autónomas una reducción de cinco puntos en el IRPF para las rentas de hasta 35.200 euros. Esta medida supondría un ahorro anual de hasta 650 euros por autónomo y liberaría recursos que podrían destinarse a inversión y crecimiento de la actividad. La propuesta se apoya en la Ley 22/2009 de financiación autonómica, que otorga a las comunidades competencias para fijar su propia escala del IRPF, introducir deducciones y regular tipos y tramos. Además, la patronal de autónomos trasladó esta iniciativa el pasado miércoles a la mesa del foro tributario que mantienen las organizaciones de autónomos y los agentes sociales con la Agencia Tributaria. El objetivo es que Hacienda valore una rebaja tanto a nivel autonómico como estatal, de forma que el ahorro total para los trabajadores por cuenta propia alcance entre 1.300 y 1.400 euros anuales. En este sentido, el presidente de Upta, Eduardo Abad, ha señalado que Esquerra Republicana (ERC) ha sido el primer grupo parlamentario en llevar el debate al Congreso, aunque limitando la medida a rentas de hasta 25.000 euros. No obstante, el informe económico elaborado por Upta advierte de que una rebaja conjunta del IRPF a nivel autonómico y estatal supondría una merma recaudatoria de entre 1.000 y 1.500 millones de euros. Para compensar esta pérdida, la organización propone elevar entre cinco y siete puntos el Impuesto sobre Sociedades a las empresas que facturen más de cuatro millones de euros anuales, un grupo que engloba a unas 50.000 sociedades, menos del 5% del total. En la actualidad, el tipo efectivo que soportan estas empresas se sitúa en torno al 20%. La propuesta plantea incrementarlo hasta el 25% o el 27%, lo que permitiría recuperar la recaudación perdida por la rebaja del IRPF. Según las estimaciones de Upta, esta medida generaría ingresos adicionales de entre 1.200 y 1.800 millones de euros. Con este planteamiento, la organización defiende una mayor "progresividad fiscal", argumentando que no es razonable que autónomos con ingresos inferiores a 35.000 euros soporten una carga impositiva más elevada que grandes empresas con estructuras económicas mucho más potentes. Más allá de la rebaja del IRPF, Upta plantea ampliar el abanico de deducciones para equiparar la fiscalidad de los autónomos a la de las pequeñas y medianas empresas. Esta línea de actuación cuenta con el respaldo de ATA, según fuentes consultadas por elEconomista.es, aunque esta organización no apoya la reducción de cinco puntos en el IRPF. Entre las medidas propuestas destaca el aumento de las deducciones por gastos de suministros como agua, electricidad, internet, teléfono y alquiler, que actualmente se sitúan en el 30% y que Upta plantea elevar hasta el 50%, dado que muchos autónomos desarrollan su actividad desde el domicilio. Otra de las iniciativas es permitir la deducción de hasta el 100% del coste de adquisición de un vehículo y de los gastos asociados a su uso profesional cuando su vinculación a la actividad económica supere el 70%. Asimismo, se propone crear deducciones específicas para inversiones en herramientas digitales, software, marketing online, así como en energías renovables, vehículos eléctricos y mejoras en eficiencia energética. El objetivo es facilitar que los autónomos puedan incorporarse a la transición digital y energética, un proceso más asumible para las grandes empresas que para los pequeños negocios. Por último, con el fin de impulsar la contratación y la colaboración profesional, Upta plantea una deducción del 100% de los gastos derivados de la contratación de personal o de la colaboración con otros profesionales, además de bonificaciones específicas por la incorporación del primer empleado o por la formalización de contratos indefinidos.

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(El Confidencial, 15-12-2025) | Fiscal

Hacienda asume pérdidas millonarias por sanciones por un error con los plazos

La Agencia Tributaria está viéndose obligada a asumir pérdidas de gran magnitud tras declarar nulas numerosas sanciones impuestas por la Inspección que fueron tramitadas fuera del plazo legal. El origen del problema se encuentra en una interpretación errónea del cambio normativo introducido en 2021, que amplió de tres a seis meses el margen para iniciar un procedimiento sancionador después de una inspección o comprobación. La Ley 11/2021, de 9 de julio, modificó este plazo, pasando de tres a seis meses el tiempo disponible para que Hacienda pudiera abrir un expediente sancionador una vez concluidas las actuaciones de comprobación, verificación o inspección. Según coinciden distintos fiscalistas, este nuevo plazo se ha aplicado en algunos expedientes durante los últimos ejercicios, aunque no siempre resultaba jurídicamente procedente. Normalmente, explican los expertos, las propuestas de sanción se formulan casi de inmediato al finalizar una inspección. Sin embargo, también existen expedientes donde la Administración ha agotado el plazo disponible. En estos casos, y especialmente en los que afectan a ejercicios anteriores a 2021, Hacienda está anulando sus propias sanciones. El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha aclarado recientemente que, cuando la infracción es anterior a 2021, el plazo aplicable es el vigente en el momento en que se cometió la infracción, con independencia de que el expediente sancionador se iniciara después de ese año. Es decir, el plazo correcto seguía siendo de tres meses. Dado que las infracciones tributarias prescriben a los cuatro años -plazo que se interrumpe al iniciarse un procedimiento-, muchas sanciones actuales provienen de actuaciones sobre ejercicios todavía no prescritos anteriores a 2021. En ellos, el límite temporal era de tres meses, pero la Agencia Tributaria utilizó en algunos casos el plazo de seis meses, lo que, a la luz del criterio del TEAC, invalida el procedimiento sancionador y obliga a anular la sanción, con el consiguiente impacto económico. Además, al tratarse de un pronunciamiento del propio TEAC, Hacienda no puede recurrirlo. Las anulaciones son automáticas en cuanto se acredita que el procedimiento se inició fuera de plazo y el contribuyente recurrió. Las resoluciones que están recibiendo los afectados contienen fórmulas como: "Se declara la caducidad del procedimiento sancionador y se ordena el archivo del expediente [...] quedando sin efecto". Según explica Luis Miguel Larriba, socio fundador de LRB Tax & Legal, esta resolución "impide a la Administración sancionar en cientos de expedientes en los que se superó el plazo de tres meses para comenzar el procedimiento sancionador, una situación frecuente en algunas delegaciones". Añade que tanto la Agencia Tributaria como los tribunales económico-administrativos y los juzgados deberán apreciar de oficio la extemporaneidad y anular las sanciones sin posibilidad de reiniciar el proceso, lo que supone para Hacienda dejar de ingresar sanciones en miles de expedientes. Aunque lo habitual es que Hacienda no agote los plazos y proponga la sanción casi inmediatamente después de finalizar la comprobación, también hay muchos expedientes en los que la decisión se demora por análisis internos, consultas o porque se asumía que el plazo de seis meses era aplicable. Por ahora no puede calcularse el impacto total, pero se trata de pérdidas millonarias derivadas de sanciones que ya no podrán exigirse.

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(Expansión, 12-12-2025) | Fiscal

Los autónomos podrán seguir tributando en módulos en 2026

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer la orden del Ministerio de Hacienda que amplía, por al menos un año más, la aplicación del sistema de estimación objetiva -conocido como módulos- y del régimen simplificado del IVA para autónomos de distintos sectores, especialmente hostelería, comercio, transporte y agricultura. La norma, que estuvo recientemente en consulta pública, también mantiene la reducción del 5% sobre el rendimiento neto que actualmente beneficia a unos 1,1 millones de trabajadores por cuenta propia en España: 352.000 de actividades no agrícolas y 772.000 del ámbito agrario, según datos de la Agencia Tributaria. El sistema de módulos consiste en pagar una cuota fija en las declaraciones trimestrales de IRPF e IVA, en lugar de tributar según el beneficio real obtenido (ingresos menos gastos). Para muchos autónomos supone un alivio fiscal, ya que suelen abonar menos impuestos durante el año, aunque Hacienda ajusta después las cifras en la declaración anual de la Renta o en la última liquidación trimestral del IVA, presentada en enero. Si un autónomo considera que este régimen ya no le resulta ventajoso, puede renunciar a él antes del 31 de diciembre y pasar al sistema de estimación directa, tributando así según los beneficios reales de cada trimestre. Sin embargo, la orden ministerial publicada en el BOE no aclara si se prolongarán los límites de facturación que permiten acogerse a los módulos -125.000 o 250.000 euros, según se facture a empresas o a particulares-. Desde ATA recuerdan que esta decisión debe aprobarse en el Congreso mediante un real decreto antes de que concluya el primer trimestre. El año pasado, esta ampliación salió adelante en el último momento, tras un rechazo inicial al decreto ómnibus de enero. De no renovarse, los límites regresarían a los establecidos en 2015: 75.000 euros para actividades con obligación de emitir factura y 150.000 euros para el resto, salvo en agricultura, ganadería y forestal, donde se mantendrían los 250.000 euros. Fuentes del Ministerio de Hacienda, consultadas por EXPANSIÓN, no garantizan la continuidad de estos topes, aunque admiten que la intención del departamento dirigido por María Jesús Montero es prorrogarlos vía real decreto. Con esta nueva prórroga de los módulos, el Gobierno aplaza también la implantación de un régimen de IVA franquiciado para autónomos, pese a que es una exigencia de la normativa europea y que España es el único país de la UE que aún no ha incorporado. Los expertos consideran que esta situación coloca en desventaja a los autónomos españoles frente a sus homólogos europeos.

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(Expansión, 12-12-2025) | Fiscal

El Congreso convalida la prórroga de Verifactu hasta 2027

El Congreso de los Diputados ha aprobado el decreto con las concesiones a Junts que el Consejo de Ministros validó la semana pasada, y que contempla, entre otros puntos, ampliar un año el plazo para la entrada en vigor del sistema de verificación de facturas de la Agencia Tributaria. La Cámara Baja dio este jueves su visto bueno a la norma impulsada por el Ejecutivo para recuperar el respaldo de Junts. Entre las medidas incluidas destaca la prórroga de doce meses para que empresas y profesionales estén obligados a implantar Verifactu, el nuevo sistema de control de facturación. Con esta convalidación se fijan oficialmente las nuevas fechas para cumplir con las obligaciones derivadas de la Ley Antifraude, que incorpora importantes cambios para todas las compañías y autónomos que utilicen programas informáticos de facturación, con el fin de reforzar la lucha contra el fraude fiscal. Las empresas deberán adaptar sus sistemas antes del 1 de enero de 2027, mientras que los trabajadores por cuenta propia dispondrán de un margen adicional de seis meses, hasta el 1 de julio de ese mismo año. Se trata de la segunda ampliación de plazos aprobada por el Ejecutivo -la primera se acordó en abril-, ya que la entrada en vigor estaba inicialmente prevista para junio. Con esta nueva prórroga, el Ministerio de Hacienda aproxima la aplicación de la Ley Antifraude a la futura obligatoriedad de la factura electrónica, cuyo calendario sigue sin concretarse. Cuando se publique la orden correspondiente, las compañías con una facturación superior a ocho millones de euros tendrán un año para adaptarse, y las de ingresos inferiores, dos. El anuncio de esta extensión ha provocado opiniones encontradas en el ámbito empresarial. Aunque inicialmente fue bien recibida por Pimec y por la asociación de autónomos ATA, numerosas entidades han mostrado su rechazo, al considerar que responde a intereses políticos y perjudica a quienes ya habían dedicado tiempo y recursos a adaptarse a las exigencias de Verifactu. Agustín Fernández, presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf), explicaba recientemente que muchas empresas han tenido que priorizar la adaptación a Verifactu por encima de otros proyectos esenciales debido a la falta de tiempo y presupuesto. En la misma línea, la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) subrayó que introducir cambios de tal envergadura a última hora mina la confianza en la estabilidad normativa y crea incertidumbre sobre la planificación fiscal. En un contexto económico complejo -advirtieron- la seguridad jurídica es fundamental. Las críticas también se han dejado sentir dentro del propio Ministerio de Hacienda, dirigido por María Jesús Montero. La Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado expresó su "preocupación" por una modificación aprobada "sin el necesario contraste técnico previo", y a escasos días de la fecha que muchas empresas daban por definitiva, el 1 de enero, después de una prórroga previa de seis meses. Asimismo, Javier Hurtado, inspector adjunto en la Oficina Nacional de Control del Fraude y uno de los principales responsables del desarrollo de Verifactu, admitió haber recibido la noticia con "gran desconcierto" tras más de cuatro años de trabajo, y pidió disculpas a empresas, desarrolladores y despachos que habían confiado en que los plazos anunciados se cumplirían.

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(El Economista, 12-12-2025) | Fiscal

Hacienda permitirá salir del sistema de facturación de grandes firmas a quienes se adhirieron para huir de Verifactu

La Agencia Tributaria habilitará un plazo excepcional para que los empresarios que se refugiaron en el sistema de facturación para grandes compañías -el Suministro Inmediato de Información (SII)- con el fin de evitar Verifactu puedan ahora abandonarlo. El secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), Rubén Gimeno, señala que existe "una clara disposición" por parte de Hacienda para permitir la salida de estos contribuyentes, que han quedado atrapados en el régimen del SII. No obstante, recuerda que es necesario modificar su reglamento, algo que no depende directamente de la Agencia Tributaria, sino de la Dirección General de Tributos (DGT), cuya delegación de IVA se espera que actúe próximamente. El Congreso convalidó ayer el Real Decreto-ley que aplaza hasta 2027 la entrada en vigor de Verifactu. Este sistema, previsto inicialmente para enero de 2026, obligaba a empresas con ingresos inferiores a seis millones de euros y a autónomos a incorporar un software de facturación que cumpliera nuevos estándares: trazabilidad completa, conservación obligatoria, imposibilidad de alterar las facturas ya emitidas y blindaje frente a contabilidades paralelas, entre otros requisitos. Quienes lo desearan podían, además, remitir voluntariamente sus facturas a la Administración, algo que, según advertían los técnicos de Hacienda en los últimos meses, probablemente sería obligatorio en el futuro. Gimeno explica que, en los últimos meses, muchos empresarios se adhirieron voluntariamente al SII para eludir los costes asociados a Verifactu, como la compra de software o la adaptación de sus procesos internos. Sin embargo, con la prórroga anunciada el 2 de diciembre y confirmada ayer, han quedado atrapados en el SII, ya que el plazo para solicitar la baja venció en noviembre. Aunque Hacienda muestra voluntad de permitir una salida extraordinaria, Gimeno insiste en que cuanto antes se modifique el reglamento, mejor. Recuerda que, aunque el sistema para grandes empresas es gratuito, implica obligaciones mucho más estrictas: la obligación de comunicar las facturas cada cuatro días al fisco. Si el cambio normativo se aprueba en enero, las empresas deberán enviar toda la facturación de diciembre; si se aprueba en febrero, también la de enero. El experto confía en que se abra cuanto antes la vía para que estas compañías puedan abandonar el SII y no queden sometidas a un régimen mucho más exigente que Verifactu.

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(El Economista, 12-12-2025) | Fiscal

El Congreso rechaza definitivamente la senda fiscal del Gobierno y deja en vía muerta los Presupuestos

El Congreso ha vuelto a rechazar la senda de estabilidad propuesta por el Gobierno. En esta segunda votación -celebrada este jueves, apenas dos semanas después del primer intento fallido- el plan fiscal ha sido nuevamente tumbado por 177 votos en contra, frente a 166 a favor y 5 abstenciones (Podemos y Compromís). A pesar de que la ley permite una segunda votación, el Ministerio de Hacienda no ha modificado los objetivos presentados el pasado 27 de noviembre: un déficit del -2,1% para 2026, distribuido entre el Estado (-1,8%), las comunidades autónomas (-0,1%), las entidades locales (equilibrio) y la Seguridad Social (-0,2%). Los objetivos para 2027 y 2028 tampoco han variado, del mismo modo que el techo de gasto previsto para 2025 (216.177 millones incluyendo fondos europeos, aunque este no se somete a votación) ni la meta de deuda pública, fijada en el 100% del PIB. La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha defendido la presentación de la misma propuesta alegando que supone "un respaldo financiero muy relevante" para autonomías, entidades locales y servicios públicos. También ha asegurado que el Gobierno trabaja para presentar cuanto antes los nuevos Presupuestos. Pero la reacción de Junts, grupo clave para sacar adelante la votación, ha sido contundente. Su portavoz, Josep Cruset, ha zanjado: "No. Incumplir con Cataluña tiene consecuencias; por tanto, ni objetivos de déficit ni Presupuestos". Cruset ha sido especialmente crítico con Montero y la ha acusado de aportar "mentiras, medias verdades y trilerismo numérico". La jornada, sin embargo, comenzó con buen pie para el Ejecutivo. En este último Pleno del año -acortado por las elecciones en Extremadura- se convalidó el Real Decreto-ley que aplaza la puesta en marcha de Verifactu, permite a comunidades autónomas y ayuntamientos realizar Inversiones Financieramente Sostenibles con su superávit de 2024 y devuelve a Cataluña la capacidad de gestionar las ofertas de empleo público y los procesos selectivos de los funcionarios locales, competencias anuladas en 2023. Todas estas medidas formaban parte de las exigencias de Junts. También salió adelante el decreto que regula la subida salarial de los empleados públicos entre 2025 y 2028. Con su aprobación quedan fijados los incrementos: un 11,4% total con efecto arrastre incluyendo el ejercicio en curso. En 2025 la subida será del 2,5%, con carácter retroactivo desde enero y previsión de abonarse este mismo mes. Para 2026, se aplicará un 1,5% fijo y un 0,5% adicional que se pagará en el primer trimestre de 2027 si la inflación supera el 1,5% (la AIReF prevé un 1,9%). En 2027 se producirá el mayor aumento, un 4,5%, fundamental para recuperar poder adquisitivo, y en 2028 el alza será del 2%. En relación con los autónomos y las pymes, el Gobierno ha decidido aplazar hasta 2027 la obligación de utilizar herramientas informáticas que permitan enviar las facturas a Hacienda, es decir, la implantación de Verifactu. Las empresas con una facturación inferior a seis millones debían adaptarse inicialmente en enero de 2026, y los autónomos a partir de julio del mismo año. Con el cambio anunciado, las compañías tendrán de plazo hasta el 1 de enero de 2027, y los trabajadores por cuenta propia hasta el 1 de julio de 2027.

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