(Expansión, 07-10-2026) | Fiscal

Así queda el calendario de Verifactu y de la factura electrónica para empresas y autónomos

Hacienda ha decidido ampliar de nuevo los plazos para la aplicación definitiva de Verifactu y del resto de obligaciones derivadas de la Ley Antifraude, con el objetivo de hacerlos coincidir con el calendario previsto para la implantación de la factura electrónica obligatoria para empresas y autónomos. El Ministerio de Hacienda, dirigido por Arcadi España, comunicó este lunes una nueva ampliación del periodo disponible para adaptar los sistemas a estas obligaciones, entre las que se encuentra el sistema de verificación de facturas de la Agencia Tributaria, conocido como Verifactu. Es la tercera vez que se retrasa la aplicación de estas medidas. El último aplazamiento se produjo el pasado diciembre, cuando el Gobierno amplió en un año, hasta el próximo 1 de enero, el plazo para que empresas y autónomos pudieran adaptar sus sistemas y cumplir con los nuevos requisitos. Con el nuevo calendario, la implantación de Verifactu se extenderá hasta octubre de 2028. La fecha se hará coincidir con la entrada en vigor de la factura electrónica obligatoria para empresas y trabajadores autónomos con una facturación anual inferior a ocho millones de euros. La decisión responde a una de las principales peticiones planteadas por organizaciones como la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) y la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), que reclamaban una coordinación entre ambos calendarios. Hacienda señala que, una vez establecidos los nuevos plazos, se modificará la normativa para armonizar tanto su ámbito de aplicación como determinados aspectos técnicos con las futuras exigencias de intercambio y comunicación digital de información asociadas a la factura electrónica. Por su parte, el Ministerio también ha fijado el calendario definitivo para la implantación de la factura electrónica. Las empresas con una facturación superior a ocho millones de euros deberán utilizarla a partir del 2 de octubre de 2027. Para las empresas y autónomos con ingresos inferiores a esa cantidad, la obligación comenzará un año después, en octubre de 2028.

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(Expansión, 07-10-2026) | Fiscal

La nueva cuenta europea de inversión se "cuela" entre los decretos de Vivienda

Las ganancias obtenidas con las inversiones no estarán sujetas a tributación mientras permanezcan dentro de la cuenta. Una vez transcurridos cinco años, los rendimientos estarán completamente exentos hasta los primeros 10.000 euros y, por encima de esa cantidad, disfrutarán de una exención del 20%. El primero de los dos decretos de vivienda aprobados este martes por el Gobierno, que parte con mayores posibilidades de ser convalidado por la Diputación Permanente del Congreso, recupera la creación de la Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa, una medida que ya figuraba en el texto rechazado por la Cámara Baja el pasado viernes. Según explican fuentes del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, dirigido por Carlos Cuerpo, este instrumento pretende fomentar el ahorro a largo plazo y estará disponible para todos los contribuyentes del IRPF. Los interesados podrán contratarlo a través de sus entidades bancarias o de empresas de servicios de inversión. Cada contribuyente podrá disponer de una cuenta ordinaria, compatible con la modalidad destinada a la reinversión, y realizar aportaciones de hasta 150.000 euros. Mientras el dinero y las ganancias permanezcan dentro de la cuenta, las plusvalías no tributarán. Si se mantienen durante al menos cinco años, los primeros 10.000 euros de ganancias quedarán exentos y el exceso disfrutará de una exención del 20%. En cuanto a las inversiones que podrán realizarse, la cuenta podrá incluir acciones de compañías pertenecientes al Espacio Económico Europeo, así como fondos que destinen al menos el 70% de sus activos a inversiones europeas y un mínimo de la mitad de su cartera a renta variable. La contratación será posible una vez que Hacienda apruebe la orden que establecerá las obligaciones de información tributaria. Además, hasta que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) habilite el registro de fondos que podrán acogerse al sistema, en un plazo máximo de cuatro meses, las cuentas solo podrán incorporar acciones. El decreto contempla además la Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa Reinversión, diseñada para aplicar la exención en el IRPF sobre las ganancias patrimoniales obtenidas por la venta a las administraciones públicas de viviendas que hayan permanecido vacías de manera continuada y sin una causa justificada durante los dos años anteriores a la operación. En este caso, la exención será automática y completa cuando el precio de venta no supere los 200.000 euros. A partir de esa cantidad, el porcentaje exento irá disminuyendo progresivamente hasta desaparecer cuando el valor de la vivienda alcance los 800.000 euros. El propietario podrá, no obstante, ampliar la parte de la ganancia que queda exenta si destina proporcionalmente el importe obtenido con la venta a la nueva Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa Reinversión. Para ello dispondrá de seis meses desde la venta o, si la operación se realizó antes de que la cuenta estuviera disponible, desde su puesta en funcionamiento. El paquete incluye también la creación del Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo Financia Europa, que será comercializado por las compañías aseguradoras y permitirá a los ahorradores escoger entre distintas carteras de inversión europea gestionadas de forma delegada.

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(El Economista, 07-10-2026) | Fiscal

Hacienda deberá justificar con detalle cada embargo en las devoluciones para evitar la indefensión del contribuyente

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha cambiado su doctrina y reconoce ahora que las comunicaciones mediante las que la Administración informa del pago de una devolución tributaria después de aplicar una deducción por un embargo judicial son actos administrativos que pueden recurrirse. El nuevo criterio, fijado en una resolución de 17 de septiembre de 2026, deja atrás la interpretación anterior del propio organismo, que consideraba estas comunicaciones meros avisos informativos. El TEAC establece ahora que se trata de decisiones definitivas que ponen fin al procedimiento de devolución y afectan directamente al importe que corresponde recibir al contribuyente. El cambio responde a la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo, en particular a su sentencia de 15 de julio de 2026 y a otros pronunciamientos dictados durante ese mes. El alto tribunal determinó que cualquier decisión administrativa que reduzca o impida el pago de una devolución previamente reconocida debe estar suficientemente motivada en el expediente y puede ser revisada tanto en la vía económico-administrativa como ante los tribunales contencioso-administrativos. Con el nuevo criterio, la Agencia Estatal de Administración Tributaria no puede cuestionar la validez de una orden de embargo dictada por un órgano judicial, pero sí debe explicar de manera concreta cómo se aplica esa orden sobre el importe que la Administración debe devolver al contribuyente. Para ello, el expediente debe incluir la resolución judicial que ordena el embargo y precisar su alcance, de modo que el afectado pueda conocer las razones exactas por las que se ha reducido o eliminado la devolución. El caso analizado por el TEAC se refiere a una reclamación presentada después de que se inadmitiera un recurso de reposición contra la retención íntegra de una devolución de 4.365,33 euros como consecuencia de un embargo judicial. El tribunal ha dado la razón a la entidad reclamante y ha anulado la actuación administrativa al considerar que la simple referencia a la existencia del embargo en la comunicación de pago no permite justificar suficientemente la deducción. El TEAC considera además que la ausencia en el expediente de la correspondiente orden judicial impide al contribuyente conocer y comprobar el alcance de la medida aplicada, lo que supone una situación de indefensión. Por este motivo, la Administración debe acreditar formalmente la existencia y contenido de la orden antes de aplicar sus efectos sobre una devolución tributaria. La nueva doctrina permite recurrir este tipo de comunicaciones mediante recurso de reposición o reclamación económico-administrativa, conforme a los artículos 222, 226 y 227 de la Ley General Tributaria. Asimismo, el TEAC recuerda que cuando el retraso en el pago de una devolución sea imputable a la Administración, deberán abonarse al contribuyente los correspondientes intereses de demora desde que finalice el plazo legal para efectuar el pago.

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(El Economista, 07-10-2026) | Fiscal

Las nuevas bonificaciones fiscales para caseros e inquilinos de los decretos de vivienda que votará la Diputación Permanente

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes dos nuevos decretos con medidas destinadas a facilitar el acceso a la vivienda, similares a los que fueron rechazados por el Congreso el pasado viernes. El paquete incluye incentivos fiscales tanto para propietarios como para inquilinos, que deberán ser convalidados por la Diputación Permanente tras el adelanto electoral y la disolución de las Cortes. Entre las medidas planteadas figura la ampliación de los beneficios fiscales para los propietarios que destinen sus viviendas al alquiler residencial y cumplan determinados requisitos relacionados con el precio y la duración de los contratos. En algunos casos, la reducción aplicable sobre los rendimientos obtenidos por el alquiler podrá llegar al 100%. El Gobierno pretende con estos incentivos aumentar la oferta disponible en el mercado del alquiler y favorecer que los propietarios mantengan sus viviendas arrendadas a precios considerados asequibles. Las ventajas fiscales serán especialmente elevadas cuando los inmuebles se incorporen a programas de vivienda social o asequible, cuando se reduzca la renta respecto a determinados niveles o cuando se hayan realizado obras de rehabilitación. Para los arrendatarios, el Ejecutivo propone crear una nueva deducción estatal en el IRPF que permitirá desgravar hasta el 10% de las cantidades destinadas al alquiler de la vivienda habitual. La medida se dirige a contribuyentes con ingresos de hasta aproximadamente 33.000 euros anuales y contempla distintos porcentajes de deducción en función del nivel de renta. Según las estimaciones del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, un hogar que pague 800 euros mensuales de alquiler podría obtener un ahorro fiscal cercano a los 1.000 euros al año. El paquete también incorpora medidas para reforzar la estabilidad de los contratos de alquiler. Los arrendamientos que cumplan los requisitos establecidos podrán acogerse a una prórroga extraordinaria de hasta dos años. Además, se fijan nuevas condiciones para determinados supuestos en los que los propietarios pretendan no renovar los contratos una vez alcanzado el periodo previsto.

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(El Periódico, 07-10-2026) | Fiscal

Barcelona vuelve a plantear la subida de hasta el 150% en el recargo del IBI para pisos turísticos

El Ayuntamiento de Barcelona prevé aplicar el recargo de hasta el 150% del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a las viviendas de uso turístico que contempla uno de los decretos de vivienda impulsados por el Gobierno central, siempre que la norma sea finalmente convalidada. El recargo sería del 50% para los propietarios con una vivienda turística, del 100% para quienes dispongan de dos o tres y del 150% para los titulares de cuatro o más. El teniente de alcaldía de Economía, Vivienda, Hacienda y Turismo, Jordi Valls, ha explicado que, si el decreto obtiene el respaldo necesario, el Gobierno municipal prevé llevar la aplicación de esta medida a la comisión de Economía "entre esta semana y la próxima". Barcelona cuenta actualmente con 10.627 licencias de viviendas de uso turístico. Según los datos facilitados por Valls, aproximadamente un 30% pertenecen a titulares con una única licencia, mientras que un 12% corresponden a propietarios que tienen entre dos y tres. El grupo mayoritario, entre el 57% y el 60% del total, está formado por titulares con cuatro o más licencias. El Ayuntamiento sostiene que el objetivo principal del recargo no es aumentar la recaudación, sino reducir el atractivo económico de esta actividad. Valls ha defendido que los pisos turísticos constituyen una actividad económica y ha señalado que "esto es un negocio y una actividad económica", por lo que considera que su relación con las administraciones debe abordarse desde esta perspectiva. El Gobierno municipal estima que la aplicación del incremento del IBI podría generar entre siete y ocho millones de euros adicionales. Sin embargo, Valls ha insistido en que la finalidad de la medida es "desincentivar" la actividad de las viviendas turísticas y avanzar hacia el objetivo municipal de que este tipo de alojamientos desaparezcan de Barcelona en 2028.

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(Expansión, 06-10-2026) | Fiscal

Hacienda retrasa a octubre de 2028 la entrada en vigor de Verifactu para empresas y autónomos

La Agencia Tributaria ha confirmado un nuevo aplazamiento de la entrada en vigor definitiva de Verifactu, que queda fijada para octubre de 2028, coincidiendo también con la implantación de la factura electrónica obligatoria. La decisión se ha conocido este lunes, el mismo día en que se ha anunciado el adelanto de las elecciones generales, y supone un nuevo cambio en el calendario previsto para la implantación del sistema de verificación de facturas. El retraso llega después de que la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) presentara en junio una propuesta de hoja de ruta para coordinar la transición hacia la factura electrónica con la futura Directiva VIDA. El documento, elaborado por su grupo de expertos en impuestos indirectos, fue trasladado tanto a los medios de comunicación como a los distintos grupos políticos con representación parlamentaria. Tras el debate en el Senado de una propuesta de modificación, la Agencia Tributaria ha optado finalmente por adaptar el calendario. Desde Aedaf consideran que la nueva planificación permitirá avanzar de forma más ordenada hacia un sistema armonizado, reduciendo costes para las empresas, evitando duplicidades y mejorando la eficiencia del sistema tributario. La asociación también destaca que la coordinación de ambos procesos permitirá acercar progresivamente el modelo español al sistema de información digital que será obligatorio en el conjunto de la Unión Europea a partir de 2030. De esta forma, se pretende evitar que empresas y profesionales tengan que acometer sucesivas modificaciones de sus sistemas de facturación en un periodo de tiempo reducido.

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(Expansión, 06-10-2026) | Fiscal

Los planes de pensiones podrían mejorar su fiscalidad

Los planes de pensiones podrían beneficiarse de una mejora de su fiscalidad si tras las elecciones del 29 de noviembre se produce un cambio de Gobierno. El sector reclama desde hace tiempo elevar el límite de las aportaciones con derecho a ventajas fiscales, después de los sucesivos recortes aplicados en los últimos años. Actualmente, los particulares pueden aportar hasta 1.500 euros al año con derecho a reducción fiscal. Esta cantidad se resta de la base imponible del contribuyente en la declaración de la renta, lo que permite reducir la factura tributaria en función del tipo impositivo aplicable. El límite se encontraba en 8.000 euros anuales en 2020, pero comenzó a reducirse un año después, cuando quedó fijado en 2.000 euros. Posteriormente volvió a recortarse en 500 euros hasta alcanzar los actuales 1.500 euros. Ante las próximas elecciones, el sector confía en que un eventual Gobierno del PP pueda atender sus reivindicaciones y elevar nuevamente el límite de las aportaciones a estos productos, concebidos como una fórmula de ahorro complementaria a la pensión pública. Inverco, la asociación que representa a las gestoras de fondos y planes de pensiones, ha reclamado en distintas ocasiones una mejora del tratamiento fiscal para impulsar el ahorro destinado a la jubilación. Los datos reflejan el descenso experimentado por las aportaciones en los últimos años. Durante el pasado ejercicio se realizaron aportaciones por 3.252 millones de euros a planes de pensiones, frente a unas prestaciones de 3.621 millones, lo que dejó un saldo negativo de 369 millones. Las aportaciones se sitúan así claramente por debajo de los más de 5.000 millones registrados cinco años antes. Según Inverco, durante este periodo se han dejado de aportar más de 12.500 millones de euros a raíz de la reducción de los límites aplicada por el Gobierno. Desde el sector también cuestionan los resultados de la reforma aprobada en 2022 para potenciar los planes de pensiones de empleo, impulsada durante la etapa de José Luis Escrivá al frente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La crítica es que la caída de las aportaciones a los planes individuales no se ha compensado mediante un aumento equivalente de las contribuciones a los sistemas de empleo. A pesar de esta evolución, el patrimonio acumulado por los planes de pensiones mantiene una trayectoria positiva. En el segundo trimestre de 2026 aumentó en 9.256 millones de euros, hasta alcanzar los 145.107 millones a finales de junio, principalmente por la revalorización de las carteras de los fondos de pensiones. En ese mismo periodo, las aportaciones realizadas por los particulares ascendieron a 682 millones de euros, prácticamente en línea con las registradas un año antes. En conjunto, el ahorro acumulado en estos productos alcanzó los 1.509 millones de euros, un 8,5% más que en el mismo periodo del ejercicio anterior.

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(La Vanguardia, 06-10-2026) | Fiscal

La reforma del modelo de financiación y la condonación del FLA caen por la convocatoria electoral

La convocatoria de elecciones generales para el próximo 29 de noviembre, anunciada este lunes por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, paralizará buena parte de las iniciativas legislativas que se encontraban en tramitación. Entre ellas figuran asuntos de especial relevancia para Catalunya, como la reforma del sistema de financiación autonómica o la condonación de una parte de la deuda de las comunidades con el Fondo de Liquidez Autonómica (FLA). La disolución de las Cortes implica que los proyectos de ley y las iniciativas parlamentarias que estén pendientes de aprobación decaen. Si el próximo Gobierno considera oportuno recuperarlos, deberán iniciar de nuevo todo el procedimiento legislativo en la siguiente legislatura. Esta situación afecta tanto a las propuestas promovidas por el Ejecutivo como a las impulsadas por los diferentes grupos parlamentarios. Además de la reforma de la financiación autonómica y la quita de deuda del FLA, también quedan en suspenso otras iniciativas promovidas por el Gobierno que todavía no habían completado su recorrido parlamentario. Entre ellas se encuentran las medidas destinadas a restringir el acceso de los menores a las redes sociales, la regulación de la inteligencia artificial y la reforma del modelo de instrucción judicial, que contempla trasladar a los fiscales las competencias que actualmente ejercen los jueces. La caída de la reforma de la financiación tiene una especial trascendencia para Catalunya, ya que el proyecto partía del acuerdo alcanzado entre el PSOE y Esquerra Republicana. Aunque el Ejecutivo no tenía asegurados todos los apoyos necesarios para su aprobación, el Govern había situado este cambio como una de las principales prioridades para la segunda mitad de la legislatura catalana. Junts había anunciado una enmienda a la totalidad con un texto alternativo que habría permitido mantener viva la iniciativa en el Congreso y abrir posteriormente una negociación política sobre las modificaciones legales necesarias. Con el adelanto electoral, esa posibilidad queda descartada y el debate deberá retomarse, en su caso, en la próxima legislatura. El Govern había considerado el nuevo modelo de financiación como una de las principales asignaturas pendientes de su mandato. El conseller de la Presidència, Albert Dalmau, lo señaló recientemente junto a cuestiones como la vivienda, la seguridad y las energías renovables. También la consellera de Economia i Finances, Alícia Romero, había defendido la necesidad de que el nuevo sistema permitiera incrementar los recursos disponibles para Catalunya, que según las estimaciones manejadas habría recibido unos 4.700 millones de euros adicionales. También queda en suspenso el acuerdo alcanzado por ERC con el PSOE y Sumar para introducir en la ley de condonación de la deuda del FLA una modificación que habría permitido a Catalunya asumir una mayor participación en la gestión del Consorci de la Zona Franca de Barcelona. El adelanto electoral, sin embargo, no impedirá necesariamente que todas las iniciativas del Ejecutivo queden paralizadas. Los decretos sobre vivienda que fueron rechazados por el Congreso la semana pasada podrían volver a ser aprobados por el Consejo de Ministros. En ese caso, con las Cortes ya disueltas, correspondería a la Diputación Permanente decidir sobre su convalidación. En este órgano, los votos de Junts no serían imprescindibles si el PNV mantiene el apoyo que ya expresó en la votación anterior. En materia económica, el adelanto electoral deja también varias leyes sin posibilidad de completar su tramitación parlamentaria. Entre las principales figura la de los Presupuestos Generales del Estado, que ni siquiera había sido presentada dentro del plazo previsto, antes del 30 de septiembre. El Ministerio de Economía tampoco podrá culminar en esta legislatura varias normas en las que había trabajado, como la creación de la autoridad de defensa del cliente financiero, la regulación de la información empresarial sobre sostenibilidad, la normativa sobre administradores de créditos y crédito al consumo, la reforma de la legislación de prevención del blanqueo de capitales y la actualización de los umbrales que determinan el tamaño de las empresas. Algunas iniciativas, en cambio, podrían avanzar mediante reales decretos si el Gobierno consigue aprobarlas antes de que concluya el actual periodo legislativo o si pueden ser convalidadas por la Diputación Permanente. Entre ellas se encuentra la reforma del régimen de control de las inversiones extranjeras, que pretende reforzar el denominado escudo antiopas e incorporar los centros de datos entre los activos considerados estratégicos. También existe margen para aprobar el decreto sobre centros de datos que prepara el Ministerio para la Transición Ecológica, cuya tramitación se está acelerando con el objetivo de aprobarlo durante octubre y que está pendiente, entre otros trámites, de un informe de la CNMC. Una situación similar se plantea con el nuevo mecanismo de capacidad del sistema eléctrico, que puede aprobarse mediante real decreto por el Consejo de Ministros. En cambio, no podrá continuar su tramitación parlamentaria el anteproyecto de ley sobre hidrógeno y gases renovables. Otras iniciativas vinculadas a la planificación energética podrían tener recorrido, al considerar el Gobierno que algunas de estas materias pueden ser abordadas por la Diputación Permanente. Los reales decretos sobre autoconsumo y comunidades energéticas también mantienen opciones de salir adelante. El adelanto electoral afecta asimismo a varias normas impulsadas por el Ministerio de Transformación Digital. Entre las iniciativas que quedan pendientes figuran las leyes de inteligencia artificial, función pública y servicios digitales, además de la regulación relacionada con los medios de comunicación. Por último, también queda paralizada la ley de industria y autonomía estratégica, una de las principales iniciativas pendientes del Ministerio de Industria. El proyecto pretendía reforzar la protección de las empresas y del empleo en sectores considerados estratégicos y expuestos a mayores riesgos. El departamento, no obstante, sí ha conseguido completar la ejecución de los Perte vinculados a los fondos europeos y poner en marcha las ayudas a la adquisición de vehículos del Plan Auto Plus.

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(El Economista, 06-10-2026) | Fiscal

Hacienda duplicará el umbral de Intrastat para eximir a casi un 30% de las pymes de declarar en 2027

El Ministerio de Hacienda ha abierto el periodo de audiencia e información pública para dos proyectos de orden ministerial que plantean cambios en materia tributaria y estadística. El primero de ellos concentra en una única norma las modificaciones previstas para las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2026. Los cambios afectan a los modelos 187, 190, 198, 289 y 346, además de incorporar una actualización del anexo de gastos deducibles del modelo 210. La finalidad principal es mejorar la calidad de la información tributaria que recibe la Agencia Tributaria y que posteriormente se utiliza en las campañas de Renta y en herramientas como la cartera de valores. Hacienda pretende así evitar que las modificaciones queden dispersas en distintas normas y facilitar su conocimiento por parte de los contribuyentes, al tiempo que mejora las labores de asistencia, investigación y control mediante datos más completos y precisos. Entre las novedades previstas se encuentran nuevos campos en el modelo 346 para identificar las ayudas agrícolas desacopladas de la Política Agraria Común. El modelo 190 incorporará información más detallada sobre el régimen fiscal especial de las empresas emergentes, mientras que los modelos 187 y 198 incluirán ajustes en los diseños de registro relativos a operaciones con activos financieros y a instituciones de inversión colectiva. El segundo proyecto modifica la regulación de la declaración Intrastat, el sistema utilizado para recopilar estadísticas sobre el intercambio de mercancías entre los Estados miembros de la Unión Europea. El objetivo es reducir las obligaciones administrativas de los operadores económicos, especialmente de las pequeñas y medianas empresas. La principal modificación consiste en elevar de 400.000 a 800.000 euros anuales el umbral de exención para presentar la declaración, tanto en las operaciones de importación como en las de exportación. Según las estimaciones incluidas en la memoria del proyecto, este incremento permitirá que alrededor del 28% de las empresas que actualmente declaran operaciones de exportación y el 30% de las que realizan importaciones queden exentas de esta obligación. La medida pretende reducir la carga burocrática sin comprometer la calidad de las estadísticas comunitarias, ya que se mantendría una cobertura aproximada del 96,2% del valor del comercio exterior, por encima del mínimo del 95% establecido por la normativa europea. Hacienda prevé que ninguna de las dos iniciativas tenga impacto presupuestario ni implique un aumento del gasto público. La modificación de las declaraciones informativas se aplicará a las correspondientes al ejercicio 2026 que se presenten a partir del 1 de enero de 2027. En esa misma fecha comenzará a aplicarse el nuevo umbral de exención del sistema Intrastat.

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(El Economista, 05-10-2026) | Fiscal

La tributación del alquiler en España supera en 13 puntos a la media de la UE

La fiscalidad del alquiler en España se sitúa por encima de la media europea y de la OCDE. Según los datos recogidos por este organismo, los impuestos representan alrededor del 44% de los rendimientos obtenidos por el arrendamiento de una vivienda, frente al 31% de media en la Unión Europea y al 32% en el conjunto de países de la OCDE. El Instituto de Estudios Económicos considera que esta presión fiscal puede influir en la oferta disponible en el mercado del alquiler. En España, los ingresos obtenidos por alquilar una vivienda tributan con carácter general en el IRPF como rendimientos del capital inmobiliario. Para calcular el rendimiento neto, el propietario puede deducir determinados gastos, como intereses de financiación, reparaciones, IBI, seguros, defensa jurídica y amortizaciones. Cuando el inmueble se destina a vivienda habitual, pueden aplicarse reducciones fiscales que, desde 2024, varían en función de las características del contrato y del arrendatario. En zonas declaradas tensionadas, la reducción puede alcanzar el 90% si se cumplen determinados requisitos, como una rebaja de la renta respecto al contrato anterior. Estas ventajas no se aplican del mismo modo a los alquileres turísticos o vacacionales. La Agencia Tributaria recuerda por ello la importancia de calcular correctamente los rendimientos y comprobar qué gastos y reducciones resultan aplicables en cada caso. El informe también analiza la fiscalidad desde la perspectiva de la inversión inmobiliaria. En el caso de las Socimi, la normativa obliga a distribuir una parte elevada de las rentas obtenidas y determinados dividendos, lo que, según el IEE, reduce su capacidad para reinvertir beneficios frente a otros modelos europeos más flexibles. En materia de IVA, el alquiler de viviendas está, con carácter general, exento. Esto implica que el propietario no repercute el impuesto al inquilino, pero también puede impedir la deducción del IVA soportado en la compra de una vivienda nueva destinada posteriormente al alquiler, aumentando así el coste efectivo de la inversión. Entre las propuestas planteadas por el Instituto de Estudios Económicos figura la introducción de mayores incentivos fiscales para los arrendadores y la posibilidad de que las rentas del alquiler pasen a integrarse en la base del ahorro del IRPF, en lugar de hacerlo en la base general, con el objetivo de acercar su tratamiento al de otros instrumentos de ahorro e inversión.

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