(Expansión, 03-05-2024) | Fiscal

Las nuevas reglas fiscales europeas hipotecan los Presupuestos de 2025

Los recién establecidos límites de déficit y deuda pública obligarán al Gobierno a presentar ante la UE un plan de ajustes en septiembre, lo que reduce su capacidad para aumentar el techo de gasto, requiere mayores ingresos y podría demorar la aprobación del Presupuesto. Después de descartar la renuncia voluntaria del presidente, quien ha pasado cinco días reflexionando sobre el tema, el momento clave que determinará el rumbo de la legislatura y la permanencia de Pedro Sánchez al frente del Gobierno será su habilidad para aprobar los Presupuestos Generales de 2025. Dada la situación de minoría parlamentaria del Ejecutivo de coalición, su aprobación dependerá de satisfacer a los partidos que lo invistieron con un proyecto presupuestario, aunque Hacienda ha visto reducido su margen de maniobra debido a las nuevas reglas fiscales que entraron en vigor esta semana. Los nuevos límites de déficit y deuda ya han llevado al Gobierno a comprometerse con un aumento de la presión fiscal para 2025, mientras que restringirán su capacidad para incrementar el techo de gasto y lo obligarán a presentar un plan de ajustes en septiembre, lo que podría retrasar la elaboración del proyecto presupuestario. Al inicio de la legislatura, el Gobierno había anunciado que impulsaría un proyecto presupuestario extraordinario para 2024, el cual aumentaría el límite de gasto no financiero a 199.120 millones de euros, lo que representaría un incremento de recursos nacionales del 9,3%, hasta alcanzar los 189.215 millones, excluyendo los fondos europeos. Sin embargo, la convocatoria anticipada de elecciones catalanas para el 12 de mayo llevó al Ejecutivo a abandonar sus planes y reservarse para el proyecto presupuestario de 2025. Sin embargo, la llegada de las nuevas reglas fiscales dificultará retomar ese aumento de gasto de 16.000 millones. El nuevo marco de gobernanza europea ha sido moldeado por la presión combinada de los países que priorizan la disciplina presupuestaria y aquellos que buscan preservar el crecimiento económico y las inversiones estratégicas. Como resultado, las nuevas reglas fiscales mantienen los límites tradicionales de déficit, fijados en el 3% del PIB, y de deuda, en el 60%, establecidos en los tratados comunitarios, pero permiten que los países desarrollen planes de consolidación personalizados. Aquellos que superen los umbrales permitidos tendrán hasta el 20 de septiembre de este año para presentar un plan de ajustes plurianual, con una duración de cuatro años, ampliables a siete si incluyen reformas estructurales, que garantice una reducción de la deuda en un horizonte de diez años desde su implementación. Los países contarán con una trayectoria de referencia establecida por la Comisión Europea sobre sus límites de gasto. Además, Alemania logró incluir salvaguardas de ajuste común que estipulan que los países con exceso de déficit deben tomar medidas para reducirlo al 1,5%, y requieren una reducción de un punto porcentual anual de la deuda cuando esta supere el 90%, o de medio punto si se sitúa entre el 60% y dicho umbral. En el caso de España (actualmente con un déficit del 3,6% y una deuda del 107,7% del PIB), la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef) estima que el plan a presentar en septiembre deberá garantizar un ajuste de 0,63 puntos porcentuales del PIB al año durante el período 2025-2028 (un total de 2,52 puntos), o, en caso de optar por un período de siete años, un ajuste de 0,43 puntos porcentuales anuales entre 2025 y 2031 (un total acumulado de 3,01 puntos). Por su parte, el Banco de España calcula que el ajuste a siete años será de medio punto porcentual del PIB al año. Esto significa que el Gobierno deberá proponer medidas para reducir el gasto e incrementar los ingresos en un rango de entre 6.000 y 9.000 millones de euros anuales. Así, aunque normalmente el Ministerio de Hacienda debería comenzar la elaboración del presupuesto en julio, estableciendo el techo de gasto para el próximo año y la senda fiscal, los planes del Gobierno podrían verse obstaculizados por el acuerdo plurianual a negociar con la Unión Europea en septiembre, lo que podría retrasar la elaboración definitiva del proyecto presupuestario. Las nuevas reglas fiscales comunitarias entraron en vigor el pasado martes tras su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, justo a tiempo para evitar que los Estados miembros tuvieran que enviar el tradicional Programa de Estabilidad. Sin embargo, España optó por enviar voluntariamente un documento de actualización de sus previsiones fiscales y económicas de unas quince páginas, en lugar de las 125 de la edición anterior. A pesar de ello, el Gobierno aprovechó el documento para comprometerse ante Bruselas a aumentar los ingresos públicos como porcentaje del PIB, pasando del 42,6% en 2024 al 42,9% en 2025, principalmente mediante el aumento de los impuestos directos y las cotizaciones sociales. A partir de ahí, queda por ver si Hacienda se verá obligada a implementar nuevas medidas impositivas en el marco de la reforma fiscal acordada con la Unión Europea a cambio del quinto desembolso de fondos Next Generation. El Gobierno, que también ha revisado al alza en una décima el crecimiento del PIB para 2025, situándolo en el 1,9%, estima que el gasto público disminuirá del 45,6% al 45,4% del PIB, lo que le permitirá intensificar su compromiso de reducir el déficit al 2,5% para 2025.

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(El Periódico, 03-05-2024) | Fiscal

La OCDE sugiere a España que suba el IVA y los impuestos ambientales para ajustar sus cuentas

La OCDE ha ajustado al alza su pronóstico de crecimiento para la economía española en 2024, elevándolo en una décima hasta alcanzar el 1,8%, y la destaca como la que experimentará el mayor impulso este año entre los principales socios de la UE, que se prevén cerca del estancamiento. Sin embargo, a pesar de este optimismo, la organización advierte en su informe sobre perspectivas globales publicado hoy jueves que la economía española requerirá en los próximos años un ajuste fiscal más significativo y sostenido en el tiempo para contrarrestar el marcado aumento del gasto en pensiones. La OCDE sostiene que la eliminación definitiva de las medidas antiinflación actualmente en vigor, especialmente las reducciones fiscales para mitigar el impacto de los precios de la energía y los alimentos, contribuirá a estabilizar las cuentas a corto plazo. A medio plazo, sugiere aumentar el IVA (reduciendo los bienes y servicios sujetos al tipo reducido) y los impuestos medioambientales, así como mejorar la eficiencia del gasto público. Además, advierte sobre la alta relación deuda pública/PIB, que se situó en el 107,7% en 2023 y se espera que aún alcance el 106,7% en 2025. En este sentido, la OCDE insiste en la necesidad de un ajuste fiscal más robusto y continuo a mediano plazo para mantener la deuda en una trayectoria descendente, cumplir con las reglas fiscales de la UE y abrir espacio para futuras prioridades de gasto. La previsión de crecimiento del 1,8% para la economía española en 2024 por parte de la OCDE se sitúa ligeramente por debajo de la proyectada por el Gobierno (2%), lo que implica una desaceleración notable con respecto a la tasa alcanzada en 2023 (2,5%). En resumen, las nuevas previsiones globales de la OCDE indican que la economía española crecerá en 2024 más del doble que la zona euro en su conjunto (0,7%), superando ampliamente las estimaciones para Alemania (0,2%), Italia (0,7%) o Francia (0,7%), y ligeramente por encima de Portugal (1,6%).

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(El Confidencial, 03-05-2024) | Fiscal

Las comunidades autónomas comenzaron el año con un fuerte incremento de su gasto público

Entre enero y febrero, el gasto autonómico ascendió a 36.700 millones de euros, un 7% más que en el mismo período del año anterior. Esta cifra representa el nivel más alto de gasto autonómico registrado en enero y febrero en toda la serie histórica, así como uno de los mayores aumentos interanuales registrados. Por ejemplo, en 2021, durante el apogeo de la pandemia, el aumento del gasto público en este período fue del 6%. A pesar de las llamadas de contención por parte del Ministerio de Hacienda, las comunidades autónomas comenzaron el año sin tener en cuenta las advertencias. La ministra del ramo, María Jesús Montero, ya les había advertido que debían cerrar el año 2024 con estabilidad presupuestaria, es decir, con un déficit cero. Sin embargo, estas advertencias parecen haber sido ignoradas. La mayor parte del aumento del gasto se destinó al pago de salarios públicos, que aumentaron un 6,5% respecto al año anterior, lo que supone un incremento de 1.000 millones de euros en nóminas. Además, los gastos en intereses experimentaron un aumento significativo debido al endurecimiento de la política monetaria, registrando un aumento del 29%, lo que se traduce en casi 200 millones más de gasto en apenas dos meses. Todas las comunidades autónomas del régimen común han empeorado su situación presupuestaria en comparación con el inicio del año 2023. En total, han registrado un déficit de 3.600 millones de euros, casi el triple de lo registrado hace un año, cuando ascendía a 1.300 millones de euros. Medido como porcentaje del PIB, el déficit autonómico ha aumentado del 0,09% al 0,24% del PIB en los dos primeros meses del año. Las comunidades autónomas están presionando al Gobierno con su aumento del gasto, pero el Ministerio también está presionando al mantener bloqueada la actualización de las entregas a cuenta del sistema de financiación autonómica tras su negativa a presentar los presupuestos. La opción de actualizar las transferencias con un real decreto-ley está descartada por el momento, lo que complica la gestión de la tesorería para los gobiernos autonómicos. Las transferencias del Estado por el sistema de financiación se han reducido un 1% en los dos primeros meses del año, con un descenso del 1% en las entregas a cuenta, según datos de la IGAE. Algunas comunidades autónomas han comenzado a protestar por la congelación de las entregas a cuenta, que ya está generando problemas de liquidez. Por ejemplo, la Comunidad Valenciana ha denunciado que la congelación de las entregas a cuenta implica una reducción de 90 millones de euros al mes para la región. Su consellera de Hacienda, Ruth Merino, ha denunciado la "asfixia" financiera impuesta por el Gobierno, lo que dificulta que la comunidad pueda cumplir con los pagos a sus proveedores. "Nos enfrentamos a dificultades para realizar los pagos", alertó la semana pasada. Esta es la única comunidad autónoma a la que el Gobierno ha concedido un anticipo de financiación, por valor de 117 millones de euros, para que pueda hacer frente a sus pagos. A pesar de la presión financiera que sufren las comunidades autónomas, su déficit está aumentando rápidamente. En el caso de la Comunidad Valenciana, su déficit se ha incrementado hasta los 650 millones de euros en los dos primeros meses del año, un 38% más que el año anterior. Medido como porcentaje del PIB, su déficit ya representa el 0,45% de su PIB, lo que hace imposible que pueda acercarse siquiera al objetivo de estabilidad presupuestaria fijado por el Gobierno. La Comunidad Valenciana es la segunda región con más déficit debido a sus problemas de financiación, así como por la política expansiva llevada a cabo por el gobierno autonómico mediante aumentos del gasto y reducciones de impuestos. Una situación similar se presenta en Baleares, cuyo déficit asciende al 0,48% de su PIB. Murcia se sitúa justo detrás de la Comunidad Valenciana, con problemas de financiación similares, registrando un déficit del 0,38% del PIB. La comunidad que más ha incrementado su déficit al inicio del año ha sido Andalucía. Las reducciones de impuestos aprobadas por el Gobierno de Juanma Moreno están teniendo un impacto significativo en el saldo presupuestario, que ha empeorado en 0,4 puntos del PIB en comparación con el año anterior. Galicia y Castilla y León, que anteriormente tenían un pequeño superávit a principios de 2023, han pasado a registrar un leve déficit al comienzo de este año, del 0,17% y el 0,1% del PIB respectivamente. Solo dos comunidades autónomas del régimen común han comenzado el año con superávit: Asturias y Canarias, esta última con un régimen fiscal propio debido a su condición de territorio ultraperiférico. Este enfrentamiento entre las comunidades autónomas y el Ministerio de Hacienda está comenzando a generar tensiones en los pagos. La actualización de las entregas a cuenta no figura entre las prioridades del Ejecutivo, que teme que el Congreso pueda rechazar el decreto. Por lo tanto, lo más probable es que las comunidades autónomas deban encontrar la manera de hacer frente a los pagos necesarios. Sin embargo, estas no se están amedrentando y han comenzado el año con un fuerte aumento del gasto público, desafiando incluso los objetivos de estabilidad del Gobierno.

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(Expansión, 02-05-2024) | Fiscal

Golpe fiscal a las salidas pactadas de consejeros, directivos y administradores

El Alto Tribunal dictamina que los pagos de compensación acordados entre la compañía y estos altos ejecutivos no son descontables en el Impuesto de Sociedades. Determina que en estas situaciones, sin cláusulas de protección, el desembolso constituye una liberalidad. Penalización fiscal en las salidas convenidas de directivos, consejeros y altos ejecutivos. Las compensaciones negociadas entre la entidad y el individuo cesante no son deducibles en el Impuesto de Sociedades (IS). Este veredicto es ratificado por el Tribunal Supremo (TS) en una reciente sentencia. El fallo destaca que las empresas no tienen la capacidad de utilizar estas sumas para reducir la base imponible del impuesto, como sí pueden hacerlo con la remuneración de los directivos y consejeros según otras decisiones judiciales recientes. Sin embargo, respecto a la compensación acordada en la salida, los jueces determinan que estos pagos no son elegibles para desgravar. Específicamente, la sentencia establece que "los costos de compensación a un directivo, en este caso el presidente del consejo de administración, que derivan de un acuerdo para la salida negociada del ejecutivo y la terminación de su relación contractual con la entidad mercantil, y que no están contemplados en los estatutos de la sociedad ni en ningún contrato que vincule al mencionado directivo con la entidad, carecen de causa obligatoria correlacionada con la generación de ingresos de la actividad y no son costos fiscalmente deducibles para determinar la base imponible del Impuesto de Sociedades". De esta manera, el fallo del Tribunal Supremo establece jurisprudencia para estos casos cuando además no hay cláusulas de protección en los contratos. En el caso analizado por el Supremo, los jueces resaltan que en los estatutos de la sociedad -en este caso, un banco- "no se estipulaba ninguna cantidad para esta eventualidad", ni tampoco "se argumenta algún otro impedimento para que la sociedad pudiera llevar a cabo esa terminación". En efecto, los informes anuales de gobierno corporativo de la entidad presentados a la CNMV y los informes de retribuciones presentados en la junta general de accionistas indican que no existe obligación o compromiso de la entidad para estos casos, ya que se menciona expresamente que los consejeros -tanto ejecutivos como no ejecutivos- no tienen, en el marco de su relación mercantil con la sociedad, ningún tipo de cláusula de protección. "El afectado tenía derecho a recibir la remuneración estipulada en los estatutos durante el ejercicio de su cargo en el consejo, pero en el momento de su dimisión no tenía ningún importe garantizado, por lo que el banco no tenía la obligación de pagar los conceptos e importes que se le otorgan en el acuerdo de salida negociada", sostiene la sentencia del Tribunal Supremo. "Por tanto, este derecho no se deriva de los estatutos sino del acuerdo del propio consejo de administración, reflejado en el acta, resultado de la negociación puntual de su salida", agrega. El Tribunal Supremo considera entonces que estos pagos constituyen una liberalidad, por lo que no pueden ser incluidos en las deducciones por sueldos de los directivos que establece el Impuesto de Sociedades. "No se demuestra de ninguna manera qué relación puede existir entre los resultados de la actividad propia de la empresa y el pago de tales cantidades a quien, precisamente, recibe esas compensaciones debido a su desvinculación con la entidad que las otorga", señala el fallo. Por su parte, el banco argumentaba que la compensación acordada respondía a un claro objetivo empresarial que "impacta en los propios resultados" de la empresa. Sin embargo, el Supremo rechaza este argumento. "En absoluto se explica, y desde luego no consta en el acuerdo del consejo de administración, la razón para conceder una compensación de tal cantidad a la que no obligaban ni los estatutos ni el correspondiente contrato". Los jueces del Supremo añaden que "aquí es donde radica el núcleo de la cuestión". La sentencia explica que cuando la compensación por terminación se establece en los estatutos de la sociedad, o en el propio contrato mediante una cláusula de protección o blindaje, en principio existen sólidos indicios sobre la naturaleza de la retribución de la cantidad estipulada para el caso de terminación, y su correlación con el desarrollo de la actividad y la generación de ingresos. "Pero si eso no ocurre, y se establece de la manera en que se hizo en el caso litigioso, es decir, precisamente con motivo de la terminación del vínculo del administrador con la sociedad, y sin existir una previa obligación de origen estatutario o contractual que requiera su pago, es responsabilidad de la parte que busca deducir estos costos demostrar esa correlación con los ingresos", destaca el fallo del Tribunal. Los jueces concluyen que corresponde al sujeto pasivo del impuesto -es decir, en este caso la empresa- demostrar la efectividad y necesidad de los gastos cuya deducción se busca. Para ello, invocan el artículo 114 de la Ley General Tributaria, que establece esta obligación.

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(Expansión, 02-05-2024) | Fiscal

El Supremo sí permite deducir los salarios de los cargos

El Tribunal Supremo ha emitido una línea jurisprudencial reciente que permite a las empresas deducir en el Impuesto sobre Sociedades (IS) las remuneraciones de administradores, consejeros y directivos, incluso si no están estipuladas en los estatutos de las compañías. Esto marca un cambio respecto a la rigurosa posición de la Agencia Tributaria, que anteriormente no permitía esta deducción al considerarla una "liberalidad no deducible". La cuestión de la deducción de las remuneraciones de los administradores ha sido un tema relevante en las inspecciones tributarias durante la última década. En su más reciente sentencia, emitida hace poco más de un mes, el Tribunal Supremo abordó los casos en los que los estatutos sociales no contemplan la remuneración del cargo. En este fallo, el Alto Tribunal establece que la falta de previsión de remuneración en los estatutos sociales no puede automáticamente implicar que el gasto sea considerado una liberalidad y, por ende, no deducible. Esta conclusión se alinea con el principio de correlación entre ingresos y gastos, ya que "no es aceptable que un gasto salarial directamente relacionado con la actividad empresarial y la generación de ingresos sea tratado como una donación o liberalidad no deducible". Además, el Tribunal Supremo reafirma su jurisprudencia y subraya que no se puede denegar la deducción de los salarios de los trabajadores que también ejercen funciones como administradores.

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(Expansión, 02-05-2024) | Fiscal

El Supremo aclara el plazo para que Hacienda reclame deudas

El Tribunal Supremo (TS) ha esclarecido los plazos de prescripción para que la Hacienda reclame deudas a los contribuyentes y ha detenido una de las tácticas de la Administración para ganar tiempo. En específico, el Supremo ha impedido a la Agencia Tributaria que no considere el último día del plazo cuando este cae en un día inhábil y exija el pago al primer día hábil siguiente. La nueva doctrina del Supremo establece que "el plazo de cuatro años de prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación, según lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 58/2003, General Tributaria (LGT), debe ser calculado de fecha a fecha, independientemente de que el último día del plazo sea hábil o inhábil". Los magistrados del Supremo explican que "en el contexto de la prescripción de un derecho, como el reconocido por nuestro ordenamiento jurídico tributario para la Administración a fin de liquidar la deuda tributaria, no es posible justificar la ampliación o extensión de ese período temporal basándose en si el último día del plazo es hábil o inhábil". En este sentido, el Supremo sostiene que un plazo de prescripción de un derecho, establecido en años, se calcula de fecha a fecha, de acuerdo con el artículo 5 del Código Civil, aplicable supletoriamente en este caso, según lo establecido en su artículo 4.3 y el artículo 7.2 de la LGT, sin importar si el último día del plazo es hábil o inhábil, especialmente cuando, como señala el apartado 2 del mencionado artículo 5 del Código Civil, en el cómputo civil de los plazos no se excluyen los días inhábiles. "La postura de la Administración carece de justificación desde la perspectiva de la funcionalidad y la naturaleza de la prescripción extintiva", concluye la sentencia del Tribunal Supremo sobre este tema.

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(El País, 02-05-2024) | Fiscal

El Gobierno ratifica su intención de rebajar el agujero fiscal al límite del 3% este año

La Unión Europea implementó el martes nuevas normativas fiscales que delinean los límites presupuestarios de los Estados miembros, y España buscó destacar para evitar el riesgo de iniciar esta nueva fase con un apercibimiento. Aunque formalmente los Veintisiete estaban exentos de presentar el Programa de Estabilidad a finales de abril, el Gobierno optó por enviar una versión simplificada de dicho documento, actualizando sus previsiones económicas y fiscales, con el objetivo de reforzar su compromiso de reducir el déficit del país para 2025 y así evitar la apertura de un expediente comunitario por déficit excesivo en junio. En primer lugar, el documento enviado por el Ejecutivo ratifica el compromiso de España de cerrar 2024 reduciendo el desequilibrio entre gastos e ingresos públicos al límite comunitario del 3% del PIB. Además, el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Economía reducen en dos décimas la anterior previsión de déficit para el año 2025, comprometiéndose ahora a reducir el déficit fiscal para entonces al 2,5%. Estos nuevos compromisos se sellan tras una mejora en el dato de déficit de 2023, que pasó del 3,9% oficialmente previsto al 3,64%. En paralelo, España promete a la Unión Europea que su estrategia fiscal permitirá continuar reduciendo su déficit estructural, alcanzando en 2025 un superávit fiscal primario. Esto sería un logro inédito desde 2007. La proyección oficial estima que el déficit estructural del 1,1% del PIB de 2023 se reducirá a tres décimas este año y se convertirá en un superávit de una décima en 2025. Estos nuevos compromisos tienen como objetivo suavizar la evaluación de la Comisión Europea sobre los datos presupuestarios de España este año. La reactivación de las reglas fiscales supondrá la apertura de expedientes de déficit excesivo a los países cuyo déficit fiscal supere el 3% del PIB, incluyendo a España. Sin embargo, Bruselas ha insinuado que, al tratarse de un año de transición, considerará no solo la cifra de déficit, sino también su proyección, donde España espera demostrar su compromiso bajando al límite este año y reduciéndolo significativamente el próximo. Para alcanzar el nuevo objetivo de déficit del 2,5% para 2025, el Gobierno prevé un ajuste de 16.700 millones de euros en estos dos años, tanto a través de ingresos como de gastos. Por un lado, se espera un ligero aumento en los ingresos públicos este año, que alcanzarían el 42,6% del PIB, y un alza adicional de la presión fiscal en 2025 debido al fin de las reducciones tributarias y al aumento de los impuestos sobre el capital. Por otro lado, se espera una ligera disminución en el peso de los gastos sobre el PIB, pasando del 46,4% en 2023 al 45,6% este año y al 45,4% en 2025. Finalmente, se prevé un crecimiento del PIB del 2% este año y un aumento en una décima para 2025, alcanzando el 1,9%. Se espera también un crecimiento del empleo del 2,4% este año y del 1,7% el próximo, lo que permitirá reducir la tasa de desempleo al 11,2% este año y al 10,7% el próximo.

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(El País, 02-05-2024) | Fiscal

Hacienda prevé aumentar en 25.000 millones la recaudación

La actualización de las previsiones macroeconómicas remitida por el Gobierno a la Comisión Europea en la noche del martes recoge entre sus páginas un aumento de la presión fiscal en España para el año 2025, entendida siempre como porcentaje del producto interior bruto (PIB). Las cotizaciones sociales, de un lado, pasarán del entorno de los 210.000 millones de euros en este ejercicio a los 221.000 millones en el próximo. Del otro, la recaudación total por impuestos avanzará desde los 386.000 millones a los 411.000 millones, unos 25.000 millones más. Entre ambos conceptos, por lo tanto, el Ministerio de Hacienda confía en un crecimiento aproximado de 36.000 millones que se explica en gran medida por el aumento de la imposición directa, esencialmente la vinculada al IRPF y al impuesto de sociedades. En esta tendencia también influyen, no obstante, la paulatina retirada de las ayudas para hacer frente a la inflación y los efectos del tirón del empleo, claves tanto en el impuesto sobre la renta como en las cotizaciones sociales. Entre otros, estos mimbres permitirían aumentar los ingresos hasta el 42,9% del PIB, rebajar los gastos hasta el 45,4% y cerrar el año con un déficit público del 2,5%, medio punto mejor de lo que se espera conseguir en 2024. Las cifras dadas a conocer por el departamento que dirige la también vicepresidenta primera, María Jesús Montero, reflejan en concreto un aumento de los ingresos tributarios de casi medio punto de PIB -del 25% al 25,4%-que descansa esencialmente en los impuestos directos. El peso de este grupo, en el que se encuentran los gravámenes a la renta y a las empresas, pasará del 13,1% al 13,5% del PIB entre un ejercicio y otro. En cifras absolutas, supone que la imposición directa avance desde los 202.000 millones que se prevén ingresar este año a los 218.000 millones, un aumento aproximado de 16.000 millones que representa el 65% de toda la subida fiscal. Por su parte, los indirectos -principalmente IVA y especiales- tendrán un peso del 11,6% de la riqueza nacional tanto en 2024 como en 2025, incrementándose desde los 179.000 millones a los casi 188.000 millones, un avance de 8.500 millones que se diluye al referenciarse con el PIB debido a la previsión de crecimiento económico, que una vez sumada la inflación alcanzará en euros aumentos que rondan el 5% anual. En el texto enviado a Bruselas, Hacienda señala que el incremento de la recaudación tributaria "consolida la tendencia observada en los últimos años", en los que se han registrado cifras récord. También afirma que esta buena marcha de los impuestos es el factor principal que permite que aumente el peso de los ingresos públicos sobre el PIB. Y añade una serie de razones que explican la tendencia, la cual podría haber sido incluso mayor si no fuera por las rebajas fiscales puestas en marcha para abaratar la energía o los alimentos. El Gobierno detalla que los ingresos "se verán impulsados positivamente por el efecto de medidas tributarias adoptadas en el pasado", cuyos efectos se han prolongado varios años. Como ejemplos, menciona los dos gravámenes extraordinarios sobre las empresas energéticas y sobre las entidades financieras y de crédito, que la coalición estudia convertir en permanentes. También destaca la subida de tipos en la base del ahorro del IRPF, aprobada en los Presupuestos Generales del Estado de 2023, "pero que será ingresada en la declaración en este año" y en los venideros. Por su parte, se espera que la recaudación en sociedades registre "un crecimiento dinámico sobre la base de la buena marcha de los beneficios empresariales y, sobre todo, por el efecto de las menores devoluciones". En esta evolución no puede obviarse el efecto de la retirada progresiva de las rebajas fiscales en la producción e importación de energía y, en consecuencia, el aumento del gasto en consumo final. Hay que tener en cuenta, señala Hacienda, que estas previsiones se calculan en un escenario inercial que contempla la retirada progresiva de medidas impositivas adoptadas en los últimos años, por lo que se presuponen mayores ingresos por el IVA energético y también por el de los alimentos, cuya rebaja ha restado 400 millones a las arcas públicas solo en el primer trimestre de 2024. Hacienda también incluye otras razones añadidas como el crecimiento de la recaudación del impuesto de la renta de los no residentes o los efectos positivos que traen las medidas contra el fraude fiscal.

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(El Confidencial, 02-05-2024) | Fiscal

La recaudación por IRPF se disparará al 9% del PIB en 2025 si no se deflacta

La inflación ha impactado fuertemente en el poder adquisitivo de las familias en los últimos años, y aunque ha disminuido su intensidad, aún continúa afectando (el IPC aumentó una décima en abril, hasta el 3,3%). Sin embargo, lo que ha sido perjudicial para el bolsillo del contribuyente se ha convertido en una fuente de ingresos para las arcas públicas, que han experimentado un aumento significativo en la recaudación debido a la inflación. Principalmente, esto se ha reflejado en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), donde el Gobierno ha optado por no ajustar la tarifa del tributo con el avance de los precios y salarios, evitando así una subida fiscal encubierta, lo que se conoce como progresividad en frío. Según estimaciones del Banco de España, la recaudación por IRPF habría aumentado de aproximadamente 86.000 millones de euros en 2019 a alrededor de 124.000 millones en 2023, lo que representa un incremento de 38.000 millones. Una parte significativa de este aumento se debe a la ampliación de la base tributaria (número de trabajadores y pensionistas), pero otra parte importante se debe a la falta de ajuste por inflación. De hecho, el banco estima que si el IRPF se hubiera ajustado según el IPC entre 2019 y 2023, la recaudación habría sido aproximadamente 11.000 millones menor. Aunque la inflación se ha moderado en los últimos meses, la tendencia de la recaudación sigue siendo alcista. Sin cambios en la normativa del IRPF, los ingresos por este impuesto podrían representar el 9% del PIB en 2025 (alrededor de 131.000 millones), un aumento del 29% en comparación con 2019, cuando representaba el 6,9% del PIB. El efecto de la progresividad en frío explicaría aproximadamente la mitad de este incremento. Incluso si el tributo se ajustara con el IPC en 2024 y 2025, su peso sería del 8,6%, un 24% más que en 2019. El impacto de la falta de ajuste por inflación se ha sentido en el poder adquisitivo de familias y trabajadores. Aunque la mayoría del Congreso instó al Gobierno a principios de abril a actualizar el IRPF con el aumento de los precios, la reclamación no ha sido atendida. El Ejecutivo argumenta que un ajuste generalizado beneficiaría a todas las rentas, incluidas las más altas, por lo que ha optado por recortes específicos a las rentas más bajas. En este contexto, el Banco de España advierte que el crecimiento nominal de la base del IRPF puede resultar en un aumento de los tipos medios efectivos del impuesto cuando los parámetros que determinan la cuota tributaria no se actualizan al ritmo de crecimiento de dicha base. El banco central también alerta que, sin ajuste por inflación, el tipo medio efectivo del IRPF, que ha aumentado del 12,8% en 2019 al 14,7% en 2023, podría alcanzar el 15,3% en 2025. Esta situación afectaría especialmente a las rentas medias, que representan el 55% de la recaudación total por IRPF.

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(Expansión, 30-04-2024) | Fiscal

Las nuevas reglas fiscales entran hoy en vigor con 11 países incumpliéndolas

Hoy marca el estreno de las nuevas normativas fiscales en la Unión Europea. Después de más de un año de negociaciones intensas, los veintisiete países miembros dieron ayer su aprobación final al nuevo régimen que establece límites para los niveles de deuda y déficit públicos aceptables, así como los mecanismos de ajuste para evitar sofocar las inversiones estratégicas y el crecimiento económico en el camino. Este modelo contempla sendas de corrección de las finanzas públicas adaptadas a cada país, basadas en un esfuerzo mínimo común anual para todos los incumplidores. Sin embargo, en su debut, ya son 11 los países de la Unión que superan estos límites, incluida España. Los tres textos que componen el nuevo Marco de Gobernanza Económica de los veintisiete serán publicados hoy en el Diario Oficial de la Unión Europea, lo que los pondrá automáticamente en vigor. Esto ocurre después de que el Parlamento Europeo diera su aprobación final la semana pasada y el Consejo hiciera lo propio ayer. Este articulado es el resultado de la confrontación entre los países partidarios de la ortodoxia presupuestaria, liderados por Alemania, y aquellos que priorizan garantizar el crecimiento, como Francia o España. "La nueva legislación mejorará significativamente el marco existente y proporcionará normas efectivas y aplicables para todos los países de la UE. Salvaguardará unas finanzas públicas equilibradas y sostenibles y aumentará la atención prestada a las reformas estructurales y a las inversiones para estimular el crecimiento y la creación de empleo en toda la UE. Ha llegado el momento de una rápida implementación", defendió ayer Vincent Van Peteghem, viceprimer ministro y titular de Finanzas de Bélgica, país que ostenta la presidencia de turno durante este semestre. El nuevo marco mantiene los límites tradicionales del 3% del PIB para el déficit y del 60% para la deuda. Los países que superen estos umbrales deberán presentar un plan de reequilibrio a cuatro años vista -siete si incluye reformas estructurales- antes del 20 de septiembre, asegurando una reducción de la deuda en los 10 años siguientes. Además, si la deuda supera el 90% del PIB, deberán reducirla en un punto anual, o en medio punto si está por encima del 60% pero no alcanza el umbral. También se establece una reducción del déficit al 1,5% si supera el 3%. Actualmente, 11 países ya han rebasado el límite de desequilibrio presupuestario, arriesgándose a la apertura de un expediente por déficit excesivo en junio, después de las elecciones comunitarias. Estos países son Italia (7,4% de déficit en su PIB), Hungría (6,7%), Rumanía (6,6%), Francia (5,5%), Polonia (5,1%), Malta y Eslovaquia (4,9% en ambos casos), Bélgica (4,4%), República Checa (3,7%), España (3,6%) y Estonia (3,4%). Con la entrada en vigor de las nuevas reglas fiscales hoy, los países ya no están obligados a presentar el tradicional Programa de Estabilidad. Sin embargo, España tiene previsto enviar información sobre su senda fiscal a Bruselas para reiterar su compromiso de reducir el déficit al 3% este mismo año. Esta promesa podría ser considerada por Bruselas y evitar así un expediente en junio.

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