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(Expansión, 11-03-2026)

Los asesores fiscales reclaman cambios normativos para la empresa familiar

El sistema fiscal que se aplica a la empresa familiar está complicando el proceso de relevo generacional. Así lo señalan los asesores fiscales, quienes consideran que los incentivos tributarios diseñados para estas sociedades resultan difíciles de aplicar en la práctica debido a su complejidad y a las diferentes interpretaciones que realiza la Administración Tributaria. Este asunto es especialmente relevante si se tiene en cuenta que las empresas familiares constituyen cerca del 90% del total de sociedades del tejido empresarial español y generan alrededor del 70% del empleo privado, según el Instituto de la Empresa Familiar (IEF). Además, uno de los rasgos característicos de este tipo de compañías es su vocación de continuidad entre generaciones, por lo que la fiscalidad en tributos como Patrimonio, Sucesiones y Donaciones, el IRPF o el Impuesto sobre Sociedades resulta determinante para asegurar su permanencia a largo plazo. De hecho, la duración media de los negocios familiares -33 años- supera a la del conjunto de empresas que se crean en España, de acuerdo con datos del IEF. En este contexto, la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) ha elaborado un informe en el que reclama mayor seguridad jurídica y normas más claras en todo lo relacionado con la fiscalidad de la empresa familiar. El documento incluye diversas propuestas de mejora en los impuestos que afectan a estas sociedades. Según su presidente, Bernardo Bande, la mayoría de las medidas planteadas no buscan reducir la carga fiscal ni conceder ventajas especiales, sino mejorar la calidad de la normativa, reforzar su coherencia técnica y disminuir los conflictos entre contribuyentes y Administración. Impuesto sobre el Patrimonio: La Aedaf sostiene que la regulación actual del Impuesto sobre el Patrimonio genera incertidumbre y numerosos desacuerdos entre las empresas familiares y la Administración, especialmente en lo referente a los bienes que pueden quedar exentos. Por ello, propone equiparar los requisitos para la exención de participaciones empresariales a los establecidos para las actividades económicas individuales. También plantea establecer criterios objetivos que permitan determinar qué activos son necesarios para la actividad empresarial, especialmente en relación con el capital circulante, con el objetivo de evitar disputas sobre la llamada tesorería ociosa. Asimismo, los asesores fiscales sugieren ampliar el concepto de "grupo familiar" hasta el cuarto grado de parentesco -incluidos los primos- y a las parejas de hecho, permitiendo además que cualquier miembro de ese grupo pueda desempeñar funciones directivas. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: En cuanto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el informe propone reducir de diez a cinco años el plazo durante el cual debe mantenerse la empresa recibida, tanto si se adquiere por herencia tras el fallecimiento del empresario como si se transmite mediante donación en vida. En el caso de las donaciones inter vivos, también se plantea eliminar la exigencia de que el donante tenga al menos 65 años para poder aplicar la reducción fiscal. Además, se propone que este beneficio se reconozca como un derecho automático del contribuyente y no como una opción que pueda perderse simplemente por no marcar una casilla en la declaración. IRPF: Respecto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los asesores fiscales consideran que también debería reducirse de diez a cinco años el plazo de mantenimiento de los fondos vinculados a la empresa, en línea con la propuesta para el impuesto de Sucesiones y Donaciones. La reforma presentada al Ministerio de Hacienda también insiste en la necesidad de aclarar el funcionamiento del régimen de exención con diferimiento, evitando contradicciones e inseguridad jurídica entre el IRPF, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y las normativas autonómicas. Según el informe, actualmente pueden darse situaciones en las que un incumplimiento posterior no tenga consecuencias para el receptor de la donación en el ISD, pero sí genere incertidumbre para el donante en el IRPF. Impuesto sobre Sociedades: Por último, en relación con el Impuesto sobre Sociedades, la Aedaf propone armonizar su normativa con la del IRPF y establecer un criterio único para definir qué se considera actividad económica. Este punto resulta especialmente relevante en ámbitos que han generado numerosos litigios en los tribunales, como el arrendamiento de inmuebles. Además, en el caso de las donaciones de empresas familiares, los asesores fiscales consideran que debería aplicarse únicamente la normativa de la comunidad autónoma en la que resida el donatario. De este modo se evitaría la complejidad actual cuando existen bienes inmuebles situados en distintos territorios, una situación que dificulta considerablemente la planificación del relevo generacional en este tipo de empresas.

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(Expansión, 11-03-2026)

Hacienda saca a audiencia pública la orden con las declaraciones de criptoactivos

Los contribuyentes que posean criptoactivos deberán remitir a la Agencia Tributaria hasta cuatro declaraciones informativas distintas. El organismo publicó ayer en audiencia pública un proyecto de orden ministerial con el que prevé aprobar estos nuevos modelos que deberán presentar tanto los titulares como los operadores que gestionan este tipo de activos digitales. En concreto, la normativa contempla la creación de cuatro formularios: el modelo 042, destinado a la declaración censal para el alta, modificación o baja en el registro de operadores de criptoactivos;el modelo 172, para informar sobre los saldos mantenidos en criptoactivos; el modelo 175, mediante el cual los proveedores de servicios relacionados con criptoactivos deberán comunicar determinada información; y el modelo 721, que servirá para declarar los criptoactivos que estén situados en el extranjero. Conviene recordar que estos activos digitales -no solo las criptomonedas- han pasado a ocupar un lugar prioritario en el control fiscal. La Agencia Tributaria ha intensificado su vigilancia sobre ellos dentro de su estrategia contra el fraude, tanto en el ámbito nacional como internacional. Desde este año, además, el fisco puede embargar criptoactivos a contribuyentes con deudas tributarias y exige a las plataformas que los gestionan que faciliten más datos sobre sus usuarios. Los nuevos modelos incluidos en la orden ministerial, que podría aprobarse y entrar en vigor en pocas semanas tras su publicación en el BOE, tienen como objetivo reforzar ese control. Asimismo, el texto sometido a audiencia pública introduce cambios en otra normativa aprobada hace una década, en la que figura el modelo 289, relativo a la declaración informativa anual de cuentas financieras en el marco de la asistencia mutua internacional, además de otras modificaciones en la regulación tributaria vigente.

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