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(El País, 11-02-2026)

Hacienda amplía el plazo para que los autónomos elijan entre el sistema de módulos o el de ingresos reales en el IRPF

El Ministerio de Hacienda ha optado por ampliar el plazo para que los trabajadores autónomos y pequeños negocios puedan renunciar, si así lo desean, al régimen de estimación objetiva del IRPF -conocido como módulos- y a los regímenes simplificados del IVA. La nueva fecha límite para ejercer o revocar esta opción se ha fijado en el 16 de febrero, debido a las complicaciones normativas que han rodeado recientemente a este paquete de medidas fiscales. La modificación figura en uno de los dos reales decretos ley publicados la semana pasada en el Boletín Oficial del Estado, que incluyen actuaciones urgentes en materia tributaria orientadas a atender situaciones de vulnerabilidad social, junto a otros cambios. Entre ellas se encuentra la ampliación excepcional del plazo para renunciar o revertir la renuncia al sistema de estimación objetiva en el IRPF y a los regímenes especiales simplificado y de agricultura, ganadería y pesca del IVA de cara al ejercicio 2026. Este ajuste se produce tras varios contratiempos legislativos. A finales de diciembre, el Gobierno aprobó un decreto ómnibus con medidas laborales, sociales y fiscales que debían entrar en vigor al inicio del año. Sin embargo, tras semanas de incertidumbre, el Congreso rechazó la norma al no prosperar parte del denominado escudo social, especialmente lo relativo a la protección frente a desahucios de personas vulnerables. Posteriormente, el Ejecutivo dividió el texto en dos nuevos decretos con la intención de sacar adelante la mayoría de las medidas inicialmente previstas. Entre ellas figura la que afecta a los autónomos. Para evitar perjuicios a quienes tomaron decisiones durante el periodo de vigencia provisional de la norma, Hacienda ha dado validez a las renuncias y revocaciones presentadas en diciembre de 2025 y enero de 2026. Además, permitirá modificar la elección adoptada hasta el 16 de febrero. Con el objetivo de aclarar las dudas generadas por los cambios de calendario, la Agencia Tributaria ha difundido una nota informativa en la que resume las novedades fiscales y las nuevas fechas. El régimen de estimación objetiva simplifica la tributación de determinados autónomos al calcular el rendimiento neto mediante parámetros fijados por la Administración, como el volumen de facturación, la actividad desarrollada, el tamaño del local, el número de empleados o la potencia contratada. Este sistema facilita una mayor previsibilidad en el pago de impuestos y reduce las obligaciones administrativas, siendo habitual en sectores como la hostelería, el comercio minorista o el transporte. Como alternativa, la estimación directa implica tributar según los ingresos y gastos reales del negocio. Aunque ofrece una imagen más fiel de la situación económica en cada ejercicio, exige llevar una contabilidad más detallada y efectuar pagos fraccionados periódicos. La decisión de abandonar el régimen de módulos tiene relevancia, ya que, salvo que concurran causas de exclusión automática, la opción escogida vincula al contribuyente durante un mínimo de tres años. Por ello, la ampliación del plazo para 2026 pretende ofrecer más margen a quienes no habían formalizado su decisión en un contexto marcado por la incertidumbre normativa reciente.

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(El Economista, 11-02-2026)

La legalidad del valor de referencia catastral para gravar la compra de la vivienda llega al Constitucional

El Pleno del Tribunal Constitucional analiza este miércoles si el sistema utilizado para fijar el valor de referencia catastral -que sirve de base para liquidar impuestos como el de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados- respeta el principio de capacidad económica de los contribuyentes. La sesión prevista constituye un primer debate para conocer la posición de los magistrados, por lo que no es imprescindible que hoy adopten una decisión definitiva ni que dicten sentencia. En caso de consenso podrían resolver de inmediato, aunque también cabe la posibilidad de que pospongan el pronunciamiento para una nueva deliberación. La controversia se originó en mayo de 2025, cuando el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía planteó una cuestión de inconstitucionalidad al considerar que se emplea un sistema de valoración masiva basado en una metodología poco transparente, difícilmente comprensible para el ciudadano medio y cuyos criterios no figuran de forma expresa en una norma con rango de ley. El valor de referencia catastral, en vigor desde 2022, es el importe que utiliza la Administración como base imponible para calcular tributos como el ITP o el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Este valor se determina a partir de cálculos estadísticos realizados por Hacienda. Sin embargo, el tribunal andaluz cuestiona que el método se apoye en una muestra limitada de operaciones y que incorpore esos datos al cálculo del ejercicio siguiente, lo que, a su juicio, deja de lado características relevantes de cada inmueble que influyen de manera decisiva en su precio de mercado, como los materiales, el estado de conservación o la existencia de anexos e instalaciones adicionales. Según el TSJA, este sistema puede arrojar resultados alejados del valor real de los inmuebles e incluso generar situaciones poco coherentes, como asignar el mismo valor de referencia a viviendas muy diferentes situadas en una misma zona. En febrero de 2023, el Tribunal Supremo ya abordó esta cuestión y estableció que corresponde a la Agencia Tributaria justificar adecuadamente el valor asignado, y no al comprador demostrar que es incorrecto. El alto tribunal consideró que un método basado en aplicar coeficientes o índices sobre el valor catastral resulta demasiado general y desvinculado de las características concretas del bien, lo que puede perjudicar a los contribuyentes. En aquella resolución, el Supremo advirtió de que este sistema permite a la Administración invertir la carga de la prueba, obligando al interesado a acreditar que el valor comprobado no coincide con el valor real de la transmisión del inmueble.

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