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Gabinete Asesor Fernandez, S.L. inicia sus actividades el año 1972, orientando su actividad a la asesoría de la pequeña y mediana empresa. Nuestro equipo de profesionales garantiza en todo momento un trato humano y directo que nos permite cumplir con nuestro principal objetivo que es ofrecer un servicio personalizado, ágil, completo y de calidad.

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(El País, 22-06-2026)

El Gobierno retrasa al 29 de junio la presentación del cuadro macro para aprobarlo junto al nuevo paquete anticrisis

El Gobierno ha optado por posponer unos días la actualización del cuadro macroeconómico, que finalmente se presentará el 29 de junio y no el 23, como había anunciado días atrás el vicepresidente primero y ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo. Según fuentes del Ejecutivo, el cambio responde a que ese mismo día también se aprobará el nuevo paquete de medidas anticrisis que reemplazará al actual, cuya vigencia termina el 30 de junio. De este modo, ambas iniciativas recibirán al mismo tiempo la aprobación del Consejo de Ministros. Este ajuste busca alinear ambos instrumentos en un escenario marcado por la incertidumbre internacional y por la evolución de los mercados energéticos, condicionados por la crisis en Oriente Próximo y por las dudas que aún persisten sobre la estabilidad del reciente acuerdo de paz entre Estados Unidos e Irán. El cuadro macroeconómico servirá como base para elaborar los Presupuestos Generales del Estado de 2027, cuya tramitación el Ejecutivo espera poner en marcha en las próximas semanas. Paralelamente, el Gobierno prepara nuevas medidas destinadas a contener los efectos de la inflación y de las tensiones derivadas del contexto geopolítico. Aunque Carlos Cuerpo había señalado en el Congreso de los Diputados que la revisión de las previsiones económicas se conocería el 23 de junio, finalmente el Ejecutivo ha decidido retrasarla unos días para poder incorporar al análisis las decisiones relacionadas con el llamado escudo anticrisis y ofrecer así una visión más completa de su estrategia económica para la segunda mitad del año. La revisión del cuadro macro incluirá nuevas estimaciones sobre crecimiento, empleo e inflación para los próximos ejercicios. Las previsiones actuales, elaboradas en noviembre, apuntaban a un crecimiento del PIB del 2,2% en 2026. Desde entonces, el panorama internacional ha cambiado de forma notable debido a las tensiones energéticas y comerciales. Aun así, los principales organismos internacionales siguen situando a España entre las economías más sólidas de la Unión Europea, con proyecciones muy similares a las del Ejecutivo. Mientras tanto, el Gobierno termina de diseñar el nuevo paquete de medidas frente a la crisis. El plan actualmente en vigor, aprobado en marzo, expira el 30 de junio. Entre sus medidas figuran rebajas fiscales aplicadas al gas, la electricidad y los carburantes, además de ayudas dirigidas a los sectores más afectados, con un coste para las arcas públicas que el Ministerio de Hacienda estima en algo menos de 5.000 millones de euros. Por ello, una eventual prórroga, ya sea completa o parcial, volverá a tener efectos sobre las cuentas públicas. Todos estos elementos deberán reflejarse en el cuadro macroeconómico que prepara el Ejecutivo. Este documento, junto con la senda fiscal que distribuye entre las distintas administraciones los límites de déficit permitidos, constituye una de las bases esenciales sobre las que se construyen los Presupuestos Generales del Estado.

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(El Economista, 22-06-2026)

Se acaba el plazo para domiciliar el pago de la Renta: el 25 de junio, último día

La Campaña de la Renta 2025 entra en su tramo final, con el 30 de junio de 2026 como fecha límite general para presentar la declaración. Como suele ocurrir cada año, muchos contribuyentes, especialmente aquellos con resultado a pagar, dejan el trámite para los últimos días, aunque esto obliga a extremar la atención a los plazos y a las novedades del ejercicio para evitar errores o perder deducciones. En el calendario fiscal hay fechas especialmente importantes. Si la declaración resulta a ingresar y se opta por la domiciliación bancaria, el plazo finaliza el 25 de junio de 2026. Pasada esa fecha, ya no será posible utilizar esta vía dentro del periodo voluntario. La Agencia Tributaria ha consolidado el uso de medios de pago electrónicos, como Bizum, tarjetas de débito o crédito, además de mantener la opción de fraccionar el pago sin intereses. En ese caso, se puede abonar el 60% al presentar la declaración y el 40% restante hasta el 5 de noviembre de 2026, una fecha que conviene tener presente para evitar recargos. Una de las principales novedades es el sistema único de corrección de errores mediante la autoliquidación rectificativa, que sustituye a los mecanismos anteriores. Ahora todas las modificaciones se realizan a través de Renta WEB con el modelo 100, marcando la casilla 103. También se incorpora la casilla 125 para solicitar que una declaración previa se considere no presentada si finalmente no existía obligación de declarar. Este sistema permite corregir declaraciones dentro o fuera del plazo voluntario, siempre que no haya prescrito el derecho de la Administración a liquidar o el del contribuyente a solicitar devolución. Sin embargo, si la rectificación implica un ingreso adicional, este no podrá fraccionarse, y no se permite adjuntar documentación en el procedimiento. Para agilizar el acceso al borrador, se ha reforzado el uso de sistemas de identificación digital como Cl@ve Móvil mediante código QR, además de la autenticación eIDAS para ciudadanos de la Unión Europea. Antes de confirmar la declaración, es clave revisar si existe obligación de presentarla. En 2025, el límite general se mantiene en 22.000 euros con un solo pagador, mientras que sube a 15.876 euros en caso de tener más de un pagador si el segundo y siguientes superan los 1.500 euros. Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital deben declarar, aunque no se les sancionará por incumplimiento en determinados casos, y los desempleados dejan de estar obligados con carácter general. Para rentas más bajas, se mantiene una deducción específica para contribuyentes con ingresos del trabajo inferiores a 18.276 euros, siempre que no superen otros umbrales de renta, con el objetivo de compensar el impacto del salario mínimo. En el ámbito del ahorro, el tipo máximo para rentas elevadas del capital puede alcanzar el 30% a partir de 300.000 euros. Además, se permite rescatar sin penalización determinados planes de pensiones antiguos con aportaciones anteriores a 2015. En vivienda, continúan varias deducciones por eficiencia energética, compra de vehículos eléctricos y puntos de recarga, así como beneficios fiscales vinculados al alquiler en determinadas zonas tensionadas, con reducciones que varían según el tipo de contrato y condiciones del arrendamiento. También existen regímenes transitorios para deducciones por compra o alquiler de vivienda habitual firmados antes de ciertas fechas, junto con exenciones en ayudas vinculadas a desastres naturales o programas de rehabilitación energética. En el caso de los vehículos eléctricos, se mantienen deducciones del 15% sobre la compra o instalación de infraestructuras de recarga, con bases máximas establecidas y requisitos de certificación energética y pagos bancarios. También se prevén beneficios fiscales para empresas que incorporen vehículos eléctricos como retribución en especie para empleados, con reducciones en su valoración fiscal bajo ciertas condiciones. Por último, en materia de inversión, se han introducido cambios relevantes en la tributación de ETF y Sicav, eliminando el diferimiento fiscal en determinados casos y unificando el tratamiento de fondos cotizados nacionales y extranjeros, lo que implica que las ventas generan tributación inmediata. Asimismo, se han endurecido los requisitos fiscales para las Sicav, estableciendo regímenes transitorios para su adaptación o disolución.

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