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(Expansión, 14-03-2025)

Gestha desglosa las cuatro principales novedades de la próxima campaña de la Renta

La Agencia Tributaria ha introducido diversas novedades en la campaña de la Renta 2024, entre ellas la posibilidad de pagar mediante Bizum, una mayor reducción fiscal para rentas del trabajo, la obligatoriedad de declarar para quienes perciben el paro y la implementación de un nuevo mecanismo de autoliquidación rectificativa. Pago de la declaración a través de Bizum. Por primera vez, los contribuyentes podrán abonar su declaración del IRPF a través de Bizum, una opción que se suma a los métodos tradicionales como la domiciliación bancaria, el cargo en cuenta con Número de Referencia Completo (NRC) o el pago en ventanilla en una entidad bancaria. No obstante, será necesario comprobar los límites que establece cada banco para este tipo de transacciones, así como sus condiciones específicas para pagos a organismos públicos. Ampliación de la reducción fiscal para rentas del trabajo. En la campaña de la Renta 2024, se mantiene el umbral de exención para trabajadores que perciban hasta 22.000 euros anuales de un solo pagador o, en caso de contar con múltiples pagadores, si los ingresos del segundo y siguientes no superan los 1.500 euros. Aunque inicialmente el Gobierno propuso elevar este límite a 2.500 euros para 2025, esta modificación no se ha aprobado debido al rechazo del Congreso al Real Decreto-ley 9/2024. Por otro lado, la obligación de declarar se ha ampliado para aquellos con rentas del trabajo inferiores a 15.876 euros, sin importar el número de pagadores, en consonancia con la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Asimismo, la reducción fiscal por rendimientos del trabajo ha aumentado, beneficiando a quienes tengan ingresos netos inferiores a 19.747,5 euros. En esta declaración, la reducción máxima asciende a 7.302 euros, frente a los 6.498 euros del ejercicio anterior. Obligación de declarar para quienes reciben prestaciones por desempleo. A partir de 2024, todas las personas que perciban prestaciones por desempleo estarán obligadas a presentar la declaración de la Renta, incluso si el importe recibido es inferior a 15.876 euros. Esta medida no responde a cambios fiscales, sino a un nuevo requisito de la Seguridad Social, según lo establece el Real Decreto-ley 2/2024. No cumplir con esta obligación podría conllevar la pérdida del subsidio por desempleo. De manera similar, ya existía la exigencia de que todos los beneficiarios del ingreso mínimo vital, incluidos los menores de la unidad de convivencia, presentaran su declaración individual o conjunta con sus progenitores. Nueva modalidad de autoliquidación rectificativa. Otra novedad importante es la creación de un sistema único para corregir declaraciones erróneas o incompletas. Esta nueva figura de autoliquidación rectificativa reemplazará el modelo actual, que diferenciaba entre autoliquidaciones complementarias y solicitudes de rectificación. Con esta modificación, los contribuyentes podrán rectificar, completar o modificar su declaración sin necesidad de esperar una resolución administrativa. La próxima Orden Ministerial incluirá casillas específicas en el modelo de declaración para identificar las autoliquidaciones rectificativas y detallar los motivos de la corrección. A partir del 19 de marzo, los contribuyentes podrán acceder a sus datos fiscales. La presentación de la declaración por internet (Renta Web) estará disponible desde el 2 de abril hasta el 30 de junio. Quienes prefieran hacer la declaración por teléfono podrán hacerlo entre el 6 de mayo y el 30 de junio, solicitando cita previa del 29 de abril al 27 de junio. La declaración de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria o en puntos habilitados podrá realizarse del 3 al 30 de junio, con cita previa disponible del 29 de mayo al 27 de junio. Para aquellas declaraciones con resultado a ingresar mediante domiciliación bancaria, el plazo de presentación finaliza el 25 de junio.

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(Expansión, 14-03-2025)

Castigo fiscal en Euskadi a las rentas altas y a las grandes empresas

El nuevo acuerdo entre PNV, PSE y Podemos permitirá sacar adelante la reforma fiscal impulsada por las Haciendas forales, después de que la formación morada retirara recientemente su apoyo al primer pacto. Ante el riesgo de que la propuesta quedara estancada, nacionalistas y socialistas -que gobiernan conjuntamente en las tres Diputaciones vascas- han introducido modificaciones que afectan principalmente a grandes empresas y rentas altas, al tiempo que refuerzan los beneficios para las rentas más bajas. Dado que PNV y PSE no cuentan con mayoría en las Juntas Generales de Álava y Gipuzkoa, necesitaban el respaldo de otro partido. EH Bildu se descartó de la negociación, mientras que los socialistas vetaron al PP, lo que dejó a Podemos como el socio clave en las conversaciones. Podemos ha dado a conocer este jueves los principales puntos acordados: Aumento del tipo del Impuesto de Sociedades del 24% al 28% para gravar beneficios extraordinarios de grandes empresas (con ganancias superiores al 35% en la media de los últimos tres años). Establecimiento de un tipo mínimo efectivo del 19% en Sociedades (actualmente 15%) para empresas que no mantengan empleo ni realicen inversiones en Euskadi. Incremento del tipo máximo del impuesto al ahorro del 25% al 28%. Reducción de la exención en el rescate de aportaciones a entidades de previsión social al 30% con un límite de 10.000 euros (actualmente del 40% y 12.000 euros). Aplicación de un impuesto a las entidades financieras desde este año. Kutxabank y Laboral Kutxa, bajo regulación autonómica, estaban previstas para quedar exentas en 2025, pero el acuerdo anticipa su aplicación. Sin embargo, su entrada en vigor depende de la modificación del Concierto Económico en el Parlamento español y su posterior tramitación en las Diputaciones y Juntas Generales. Eliminación de deducciones por compra o alquiler de vivienda para rentas superiores a 68.000 euros, aunque quienes ya las disfrutan podrán mantenerlas. Recargo del 159% en el IBI para viviendas vacías. Envío de datos por parte de las Haciendas forales en marzo y abril para fijar precios de referencia en las zonas de alquiler tensionadas. Aumento del umbral para presentar declaración de renta a 20.000 euros. Posibilidad de deducirse el 35% del alquiler (hasta 2.800 euros) para quienes no lleguen al mínimo exigido para declarar, siempre que presenten la declaración de la Renta. Podemos ha subrayado que esta reforma marca un cambio estructural en el sistema fiscal, introduciendo por primera vez la "reembolsabilidad de las deducciones o imposición negativa", lo que permitirá que quienes cumplan los requisitos puedan recibir hasta 2.800 euros por alquiler sin necesidad de tributar. Según la formación morada, las medidas pactadas beneficiarán a un millón de personas en Euskadi. Desde las Diputaciones forales han valorado positivamente el acuerdo, mientras que los sindicatos y empresarios han expresado posturas divergentes. ELA, el sindicato mayoritario en Euskadi, considera que la medida del tipo mínimo efectivo en Sociedades tiene "letra pequeña que la invalida" y que la subida de impuestos solo afectará a empresas que no inviertan, lo cual "es fácil de sortear". Por su parte, la patronal Confebask sigue analizando el impacto del pacto, y asociaciones empresariales como Cebek critican que no se han tenido en cuenta sus demandas. El Círculo de Empresarios, a través de su portavoz Enrique Portocarrero, advierte que la reforma no contempla medidas para fomentar la inversión ni generar un entorno favorable para la actividad económica. Asimismo, sostiene que penalizar a quienes desempeñan un papel clave en la creación de empleo y bienestar social podría ser contraproducente. Por último, expertos fiscales consideran que el endurecimiento de la carga tributaria para rentas altas y grandes empresas podría ir en contra del objetivo del Gobierno vasco y las Diputaciones de atraer talento e inversiones.

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