(Expansión, 12-05-2026) | Fiscal

La Comunidad de Madrid dispara a 12.367 millones la deuda del Estado con la región

La Comunidad de Madrid advierte de que la deuda acumulada que, según denuncia, mantiene el Gobierno central con la región por servicios públicos, prestaciones e inversiones comprometidas ya equivale al 40% del presupuesto autonómico previsto para 2026. En octubre del año pasado, el Ejecutivo madrileño calculaba en torno a 10.500 millones de euros la cantidad pendiente de recibir del Estado desde 2019. Siete meses después, esa cifra se ha elevado hasta los 12.367 millones, lo que supone un incremento de 1.867 millones, cerca de un 18% más. La consejera de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, Rocío Albert, calificó esta situación de "ruptura de la lealtad institucional" durante un encuentro informativo. Según explicó, el problema se ha agravado en los últimos tres años debido a la ausencia de Presupuestos Generales del Estado, un periodo en el que el Gobierno de Pedro Sánchez ni siquiera ha presentado proyectos de cuentas públicas, algo que definió como una situación "sin precedentes". Solo en lo que va de año, Madrid asegura haber dejado de percibir 750 millones de euros destinados a servicios esenciales por la falta de presupuestos estatales. Aunque el Ejecutivo regional sostiene que ha aprendido a gestionar en un contexto marcado por retrasos e incertidumbre, subraya que la deuda reclamada equivale prácticamente al presupuesto anual de la sanidad pública madrileña y representa cerca del 40% de las cuentas autonómicas previstas para 2026, que ascienden a 30.663 millones de euros. La Comunidad acusa además al Gobierno central de utilizar la liquidez de las autonomías como herramienta de presión en áreas fundamentales como sanidad o educación. Más de un tercio de la deuda corresponde, según Madrid, al Fondo de Competitividad, con 4.513 millones de euros pendientes entre 2019 y 2023. Otros 2.668 millones derivan, según la región, del incumplimiento de la financiación comprometida en la Ley de Dependencia, ya que el Estado asumió cubrir el 50% del sistema pero actualmente solo aporta el 27,9%. A ello se suman 2.785 millones de euros vinculados a inversiones hidráulicas y depuradoras pendientes de ejecución. De esa cantidad, 1.580 millones corresponderían al tercer ciclo del Plan Hidrológico del Tajo y cerca de 1.200 millones a actuaciones pendientes en las estaciones depuradoras de La China, Butarque y Sur. El Gobierno madrileño también denuncia una infrafinanciación de 993 millones de euros en el reparto de fondos europeos, al considerar que es la comunidad que menos recursos recibe por habitante. La lista de reclamaciones incluye además 765 millones de euros por el retraso en las entregas a cuenta correspondientes a 2026, un capítulo que representa aproximadamente el 77% de los ingresos autonómicos. Dentro de esa cuantía se incluyen 4,7 millones derivados de los intereses pagados por la financiación extraordinaria utilizada para compensar la falta de recursos y por la pérdida de rentabilidad financiera. En este contexto, Rocío Albert remitió a finales de abril una carta al nuevo ministro de Hacienda, Arcadi España, para exigir la actualización inmediata de las entregas a cuenta destinadas a las comunidades autónomas. Según el Ejecutivo regional, la misiva no ha recibido respuesta y los fondos continúan bloqueados. La consejera también criticó que el Gobierno central adopte decisiones de manera unilateral cuyos costes terminan asumiendo las autonomías, muchas veces sin consulta previa ni informes económicos que evalúen el impacto sobre las cuentas regionales. Entre esas medidas citó la subida salarial de los funcionarios, que supondrá para Madrid un coste de 888 millones de euros entre 2025 y 2026 y cerca de 2.000 millones hasta 2028. También mencionó el decreto anticrisis relacionado con la guerra en Irán, cuyo impacto para las arcas madrileñas calcula en 206 millones, además de la regularización masiva de inmigrantes y otras medidas como la reducción de la jornada laboral a 35 horas o los cambios en horarios lectivos y ratios escolares. Junto a estas partidas, Madrid sostiene que el Estado mantiene pendientes otros 417 millones de euros correspondientes al Consorcio Regional de Transportes, 149 millones en Sanidad, 61 millones en Justicia y 10 millones en Educación. Pese a todo, la Comunidad de Madrid mantiene su intención de reducir en 2027 medio punto adicional todos los tramos autonómicos del IRPF, al considerar que las rebajas fiscales han permitido aumentar la recaudación en los últimos años.

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(Expansión, 12-05-2026) | Laboral

Cómo fijan honorarios los despachos, ¿adiós a facturar por horas?

¿Cuánto cuesta realmente un servicio jurídico? Durante décadas, la respuesta habitual de los grandes despachos ha sido la misma: la hora facturable. Este sistema no solo ha servido para fijar honorarios, sino también para medir el rendimiento de los abogados y determinar ascensos o bonus. Sin embargo, algunas firmas comienzan a replantearse este modelo y están incorporando profesionales especializados exclusivamente en estrategias de precios. Varios bufetes internacionales lideran este cambio mediante la creación de departamentos específicos de pricing y el desarrollo de herramientas capaces de calcular la rentabilidad de un asunto antes incluso de aceptar el encargo. Uno de los ejemplos es Eversheds Sutherland. Según explica Jacobo Martínez, socio director en España, la firma dispone de equipos especializados en precios tanto en Estados Unidos como en Reino Unido, que colaboran en operaciones internacionales. En la oficina de Madrid, esta función la asumen el director financiero y los responsables de desarrollo de negocio, coordinados con los equipos globales para elaborar la propuesta económica de cada cliente. Martínez destaca que el despacho cuenta con un sistema propio obligatorio para todos los asuntos. Esta herramienta permite simular distintos escenarios y estudiar la rentabilidad neta antes de asumir un mandato. El modelo incorpora variables como el alcance del trabajo, las horas previstas, la ubicación, la composición del equipo, las tarifas pactadas y el denominado write-off, es decir, el porcentaje de horas trabajadas que finalmente podrían no facturarse. Aunque la facturación por horas continúa siendo el sistema más extendido, los modelos alternativos han ganado peso en el sector. Entre ellos destacan las tarifas con límite máximo y las igualas, basadas en cuotas fijas periódicas. Estas fórmulas permiten que el cliente pague en función del valor aportado, de determinados hitos o incluso de los resultados obtenidos, como ocurre con las tarifas a éxito, dejando atrás el criterio exclusivo de las horas trabajadas. Fuentes del sector jurídico señalan que los presupuestos cerrados son cada vez más habituales, ya que las empresas buscan conocer con antelación el coste final de los servicios. En el caso de Eversheds Sutherland, la rentabilidad se revisa cada mes mediante una calculadora específica que activa mecanismos de control cuando existen write-offs elevados o márgenes insuficientes. Los indicadores analizan el beneficio neto por asunto, área de práctica y cliente. No obstante, no todos los despachos evolucionan hacia un mismo sistema. Algunas grandes firmas nacionales consideran poco viable implantar un modelo centralizado de pricing en oficinas repartidas por distintos países y ciudades. Por ello, mantienen cierto margen de autonomía en cada departamento, aunque aplican directrices comunes para coordinar políticas comerciales y descuentos. Otros bufetes internacionales presentes en España también cuentan con equipos globales de pricing, generalmente integrados en el área financiera y coordinados estrechamente con desarrollo de negocio. El sistema de la hora facturable ha resistido durante años porque resulta sencillo de aplicar. Así lo explica Miguel Ángel Pérez de la Manga, profesor de gestión de la Universidad de Navarra y socio de la consultora BlackSwan. Según señala, el mecanismo tradicional consiste simplemente en registrar horas trabajadas y multiplicarlas por una tarifa determinada. Sin embargo, este modelo también genera una contradicción de fondo: mientras el despacho tiene incentivos para dedicar más tiempo a un asunto, el cliente no siempre sabe qué valor real obtiene por el dinero invertido. Para Pérez de la Manga, el cambio está impulsado tanto por los despachos como por los propios clientes. A los abogados les interesa cobrar por el valor que aportan y no únicamente por el tiempo invertido, mientras que las empresas rechazan pagar por horas tareas que consideran de escaso valor añadido. Esa coincidencia de intereses está favoreciendo, aunque lentamente, la transición hacia sistemas de pricing basados en el valor y en el impacto real del asesoramiento sobre el negocio del cliente.

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(El País, 12-05-2026) | Laboral

El Supremo sentencia que el infarto de una teletrabajadora en su domicilio fue un accidente laboral

El Tribunal Supremo ha revocado una resolución previa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y ha reconocido como accidente laboral el infarto que provocó la muerte de una trabajadora que desempeñaba sus funciones en régimen de teletrabajo desde su domicilio y con horario flexible. Mientras el TSJM consideró que no había quedado acreditado que la empleada estuviera trabajando en el momento del fallecimiento, el alto tribunal entiende que sí existen pruebas suficientes para sostenerlo. La Sala de lo Social del Supremo subraya que correspondía a la empresa demostrar que la trabajadora no se encontraba desarrollando su actividad laboral en ese momento, y no a la familia asumir esa carga probatoria. Los magistrados aplican así la presunción de laboralidad recogida en el artículo 156.3 de la Ley General de la Seguridad Social, según el cual se presume que las lesiones sufridas durante el tiempo y en el lugar de trabajo constituyen accidente laboral salvo prueba en contrario. La fallecida trabajaba como técnica administrativa sénior y llevaba en la empresa desde 2010. Durante el periodo de invierno tenía una jornada de 42 horas y media semanales y teletrabajaba desde su vivienda de Madrid los lunes, miércoles y viernes. Su horario era flexible entre las 9.00 y las 19.00 horas, incluyendo una pausa para comer sin horario prefijado. El 21 de febrero de 2022 fue encontrada sin vida en su domicilio alrededor de las 20.00 horas. La autopsia concluyó que había sufrido un shock cardiogénico derivado de un infarto agudo de miocardio sobre las 15.00 horas. También determinó que no padecía patologías cardíacas relevantes previas y que tenía el estómago vacío. Este último elemento fue considerado por el Juzgado de lo Social número 33 de Madrid, criterio ahora respaldado por el Supremo, como un indicio relevante de que la trabajadora todavía no había realizado la comida y, por tanto, podía encontrarse trabajando en ese momento. El tribunal destaca además que no existe ninguna prueba que acredite que estuviera descansando cuando sufrió el infarto. La sentencia recuerda igualmente que la presunción de laboralidad también resulta aplicable a quienes desempeñan su actividad en remoto, salvo que la legislación establezca expresamente alguna limitación. Otro de los aspectos clave que llevan al Supremo a corregir el fallo anterior es la cuestión del horario laboral. Los magistrados señalan que los trabajadores a distancia están sujetos al mismo régimen de jornada que quienes trabajan presencialmente en las instalaciones de la empresa. Añaden además que, cuando la compañía fija tanto el lugar de trabajo -en este caso el domicilio- como el horario, es la empresa quien debe acreditar de forma precisa los tiempos de actividad y descanso, especialmente cuando dispone de herramientas tecnológicas para el control horario. En este procedimiento, el tribunal destaca que la empresa no aportó un registro detallado de jornada ni facilitó documentación suficiente sobre el control efectivo de la actividad laboral de la empleada. Aunque la compañía presentó determinados registros en fases anteriores del proceso, el Supremo considera que no existe constancia de que la trabajadora hubiera iniciado una pausa de descanso a las 15.00 horas ni de que hubiera finalizado su jornada antes de ese momento. Por ello, la resolución sostiene que la indefinición sobre el tiempo exacto de trabajo no puede perjudicar a quien presta servicios en modalidad de teletrabajo. Con todos estos elementos, el Tribunal Supremo concluye que el TSJM trasladó indebidamente la carga de la prueba a la trabajadora y afirma que existen "indicios sólidos y concluyentes" de que el fallecimiento se produjo dentro del tiempo de trabajo.

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(El Economista, 12-05-2026) | Laboral

El Supremo blinda el subsidio por desempleo para mayores de 52 años aunque cobren la pensión por incapacidad

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia contraria al criterio de la Seguridad Social y ha abierto la puerta a que más personas puedan acceder al subsidio por desempleo para mayores de 52 años, incluso cuando ya perciben una pensión de incapacidad permanente total. El alto tribunal establece que las cotizaciones acumuladas antes de que se reconociera la incapacidad también deben computarse para determinar si el trabajador tiene derecho a esta ayuda asistencial. En una resolución fechada el 25 de marzo, el Supremo rechaza que la Administración aplique a este subsidio las mismas condiciones exigidas para acceder a la prestación contributiva por desempleo. El subsidio para mayores de 52 años está diseñado para garantizar ingresos a quienes se acercan a la jubilación y, además, permite seguir cotizando hasta alcanzar la pensión. La sentencia recuerda que, cuando un trabajador pierde su empleo debido a una incapacidad que le impide continuar en su puesto, no puede cobrar simultáneamente la pensión de incapacidad y el paro. En ese caso, debe elegir entre una de las dos prestaciones. Si opta inicialmente por el desempleo, solo podrá percibir la pensión cuando se agote el paro. Por el contrario, si decide cobrar la incapacidad permanente, únicamente tendrá derecho posteriormente a una prestación por desempleo si encuentra otro empleo compatible con su situación y vuelve a generar cotizaciones. La Seguridad Social trataba de trasladar esta misma interpretación al subsidio para mayores de 52 años. Sin embargo, la sentencia, cuya ponencia corresponde a la magistrada Luisa María Gómez Garrido, aclara que ambas situaciones jurídicas son diferentes y deben recibir un tratamiento distinto. La Seguridad Social exige para acceder a esta ayuda que el solicitante reúna todos los requisitos necesarios para obtener la jubilación, salvo la edad mínima. Entre esas condiciones figura haber cotizado al menos 15 años. Hasta ahora, la Administración venía excluyendo del cómputo los años trabajados antes de la incapacidad permanente, lo que impedía a muchos beneficiarios alcanzar ese periodo mínimo exigido. No obstante, el Supremo considera incorrecta esa interpretación y sostiene que el requisito de los 15 años pertenece al ámbito de la jubilación y no puede convertirse en una exigencia específica del subsidio para mayores de 52 años. El tribunal entiende que esa interpretación iría contra la lógica del propio sistema, ya que esta ayuda tiene precisamente como finalidad proteger a las personas desempleadas hasta que puedan jubilarse. Además, recuerda que el subsidio incluye cotizaciones a cargo de la entidad gestora para la futura pensión de jubilación, algo que no ocurre en otras prestaciones asistenciales. Por ello, concluye que si una persona mayor de 52 años alcanza el periodo mínimo de cotización sumando los años trabajados antes y después de la incapacidad permanente, no existe motivo para negarle el acceso al subsidio y dejarla sin protección económica.

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(El Economista, 12-05-2026) | Laboral

Los sindicatos llevan a la Agencia Tributaria ante los tribunales por incumplir el acuerdo de ascensos y retribuciones

El Sindicato Independiente de la Agencia Tributaria ha decidido acudir al Tribunal Superior de Justicia de Madrid para denunciar al Ministerio de Hacienda por el incumplimiento del acuerdo firmado en 2007 sobre el desarrollo de la carrera profesional y administrativa dentro de la Agencia Tributaria. Aquel pacto, alcanzado entre la Administración y los sindicatos, establecía un sistema propio de promoción profesional y mejora salarial para los empleados de la Agencia Tributaria, permitiendo ascensos de tramo vinculados a la antigüedad y acompañados de incrementos retributivos. El acuerdo quedó paralizado durante la crisis económica comprendida entre 2008 y 2014. Aunque Hacienda terminó reclasificando al personal afectado en septiembre de 2019, las organizaciones sindicales sostienen que desde entonces el Ministerio no ha retomado plenamente el desarrollo del sistema, lo que mantiene bloqueadas las opciones de promoción laboral y mejora económica de más de 20.000 trabajadores de los ámbitos tributario y aduanero. Según los representantes de los empleados, la Administración justifica esta situación alegando las distintas circunstancias excepcionales vividas en los últimos años, entre ellas la pandemia, la crisis energética derivada de la guerra entre Rusia y Ucrania y la ausencia de nuevos Presupuestos Generales del Estado, ya que el Gobierno continúa prorrogando las cuentas de 2023 ante la dificultad para reunir apoyos parlamentarios suficientes. Ante este escenario, el SIAT ha presentado un recurso ante el TSJM contra la inactividad de Hacienda y contra la falta de respuesta a los requerimientos formales realizados por el sindicato para exigir medidas urgentes que permitan recuperar plenamente la vigencia del acuerdo de 2007. El sindicato recuerda además que Hacienda se comprometió a finales de 2024 a reactivar ese sistema de carrera profesional. Sin embargo, ahora el Ministerio habría modificado su planteamiento y apuesta por abrir distintos concursos y convocatorias de plazas entre 2026 y 2028 para facilitar la progresión profesional de parte de la plantilla.

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(El Economista, 12-05-2026) | Laboral

España tiene 4,7 millones de personas buscando trabajo pero el 45% de las empresas no las encuentran

España mantiene desaprovechado el 18,2% de su potencial laboral, lo que equivale a 4,69 millones de personas disponibles para trabajar, según las últimas cifras publicadas por Eurostat. Al mismo tiempo, el 45% de las empresas asegura que su actividad sigue condicionada por las dificultades para encontrar trabajadores. Esta contradicción evidencia que el problema del mercado laboral no depende únicamente de la cantidad de personas disponibles, sino también del desajuste entre la oferta y la demanda de perfiles profesionales, lo que reabre el debate sobre si la regularización de inmigrantes puede ayudar a aliviar esta situación. La última Encuesta del Banco de España sobre Actividad Empresarial refleja una ligera reducción en el impacto negativo derivado de la escasez de mano de obra, después de varios años de aumento continuo desde 2021 y de alcanzar un máximo del 48% a finales del año pasado. El organismo considera que esta moderación encaja con la desaceleración del mercado laboral que viene observándose en los últimos meses: si el empleo crece a menor ritmo, la presión empresarial para contratar también disminuye. Aun así, la falta de trabajadores sigue siendo el segundo factor que más preocupa a las empresas, citado por el 45% de ellas, solo por detrás de la incertidumbre sobre política económica, que afecta al 50%. Por encima incluso del impacto de los costes energéticos, mencionado por un 42%. El estudio, no obstante, se elaboró antes del agravamiento del conflicto entre Estados Unidos e Irán y del bloqueo del estrecho de Ormuz, cuyos efectos económicos previsiblemente se harán más visibles en los próximos meses. Según el Banco de España, la escasez de trabajadores se concentra especialmente en sectores intensivos en mano de obra, como la construcción, la hostelería y el transporte. En estas actividades, el 58%, el 55% y el 52% de las empresas, respectivamente, afirman verse perjudicadas por este problema. La situación coincide con el incremento de vacantes detectado por la Encuesta Trimestral de Costes Laborales, que contabilizó 155.713 puestos sin cubrir al cierre de 2025. Sin embargo, esta cifra apenas representa el 0,9% del empleo total, la tasa más baja de toda la zona euro. El supervisor también advierte de que las dificultades para cubrir puestos coinciden con el aumento de las bajas por incapacidad temporal, otro elemento que añade tensión al mercado laboral. No obstante, aclara que el principal obstáculo no es la ausencia de trabajadores, sino la dificultad para encontrar perfiles adecuados para cada puesto. El Banco de España atribuye este desajuste a la escasez de profesionales cualificados y a factores de carácter cíclico. En etapas de crecimiento económico, aumenta la demanda de trabajadores por parte de las empresas, pero también sube el salario mínimo que aceptan los desempleados para incorporarse a un puesto de trabajo. El organismo dirigido por José Luis Escrivá evita precisar el efecto concreto que tiene en este fenómeno el incremento del salario mínimo interprofesional aprobado por el Gobierno. Esta situación ayuda a explicar una de las principales paradojas del mercado laboral español: pese a la desaceleración económica, España sigue creando empleo con mayor intensidad que otros países de la Unión Europea, aunque sin lograr una reducción proporcional del desempleo. Según la EPA, en el primer trimestre se registraron 527.600 ocupados más que un año antes, mientras que el número de desempleados solo disminuyó en 80.600 personas, manteniéndose todavía en torno a los 2,7 millones. La cifra de mano de obra disponible es incluso mayor si se tiene en cuenta toda la denominada holgura laboral calculada por Eurostat. Este indicador incluye, además de los 2,6 millones de parados, a 717.000 personas inactivas que desean trabajar pero no buscan empleo activamente, otras 253.000 que no podrían incorporarse de forma inmediata y alrededor de 1,1 millones de trabajadores a tiempo parcial que quieren ampliar su jornada laboral. Sumando todos estos colectivos, el volumen de personas infrautilizadas alcanza los 4,69 millones. Además, el desempleo se concentra cada vez más entre trabajadores mayores de 45 años, un perfil que en muchos casos no encaja con las preferencias de los sectores con mayor demanda de mano de obra. Este desajuste explica por qué el mercado laboral español sigue necesitando trabajadores extranjeros, tal y como refleja el aumento de ocupados inmigrantes y el respaldo empresarial a los últimos procesos de regularización. Sin embargo, los expertos advierten de que el problema no reside únicamente en la cantidad de trabajadores disponibles, sino también en su nivel de cualificación y en la adecuación de sus perfiles a las necesidades reales de las empresas.

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(El Confidencial, 12-05-2026) | Laboral

El Gobierno defiende ante el TS la regulación exprés de Sánchez: "Subirán las cotizaciones"

La Abogacía del Estado ha respaldado ante el Tribunal Supremo la regularización extraordinaria de inmigrantes impulsada por el Gobierno, cuya aplicación ha sido recurrida por la vía contencioso-administrativa. El alto tribunal deberá pronunciarse en los próximos días sobre la petición de suspensión cautelar planteada por Hazte Oír, una medida a la que los servicios jurídicos del Ejecutivo se oponen al considerar que la norma genera efectos positivos tanto sociales como económicos. En el escrito presentado ante el Supremo, la Abogacía del Estado sostiene que la concesión de autorizaciones de residencia permitirá a los beneficiarios acceder plenamente a los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico, especialmente al derecho al trabajo. Según argumenta, esto favorecerá su integración social y contribuirá además a aumentar las cotizaciones a la Seguridad Social gracias a su incorporación regular al mercado laboral. El documento también rechaza que la regularización pueda provocar un deterioro en los servicios públicos o sanitarios. La defensa jurídica del Gobierno recuerda que las personas extranjeras afectadas por la medida ya residían en España antes del 1 de enero de 2026 y, por tanto, ya hacían uso de dichos servicios. Respecto a la atención sanitaria, añade que la legislación vigente garantiza el acceso a la sanidad con independencia de la situación administrativa de los inmigrantes. La Abogacía advierte además de que una eventual paralización cautelar causaría perjuicios importantes y afectaría al interés público, dado que la norma ya está en vigor y produce efectos desde el día siguiente a su publicación. Según expone, suspenderla impediría su desarrollo dentro del plazo previsto, ya que la fecha límite para presentar solicitudes concluye el próximo 30 de junio. Asimismo, sostiene que la suspensión perjudicaría gravemente a los potenciales beneficiarios, que perderían temporalmente la posibilidad de acceder a las autorizaciones administrativas contempladas en la regulación. El escrito explica que la medida pretende dar cobertura a personas que llevan tiempo residiendo en España y que, en muchos casos, ya participan de facto en el mercado laboral. Según la Abogacía del Estado, el objetivo es reducir situaciones de vulnerabilidad, reforzar la cohesión social y favorecer un crecimiento económico más inclusivo mediante la creación de una nueva fórmula de arraigo extraordinario. También niega que la regularización genere efectos irreversibles, al tratarse de autorizaciones de naturaleza administrativa que no consolidan derechos permanentes y que incluso prevén mecanismos específicos para su extinción en determinados supuestos, aunque no exista una declaración formal de nulidad. Por otro lado, la defensa del Ejecutivo descarta irregularidades en la tramitación del decreto y sostiene que la norma se elaboró siguiendo los procedimientos legalmente establecidos. Añade además que responde a una necesidad real derivada de la situación social actual y que constituye una medida proporcionada, adecuada y necesaria para afrontar esa realidad. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo analizará este miércoles la solicitud de suspensión cautelar presentada por Hazte Oír y por la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica, en una vista en la que estudiará los argumentos de ambas partes sobre la legalidad y los efectos de la regularización extraordinaria de inmigrantes.

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(Expansión, 12-05-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La guerra drena 14 millones de barriles de crudo al día y la AIE pide ahorrar energía

"La cantidad de petróleo que está desapareciendo del mercado en esta crisis supera la registrada en cualquier otra crisis energética anterior", advirtió el director ejecutivo de la Agencia Internacional de la Energía, Fatih Birol. La comparación histórica refleja la magnitud del problema. En 1973, tras la guerra del Yom Kipur y el apoyo occidental a Israel, la primera gran intervención de la Organización de Países Exportadores de Petróleo provocó una caída de 4,5 millones de barriles diarios en el suministro mundial. En 1979, durante la Revolución Islámica iraní, el mercado perdió otros 4 millones de barriles al día. Más tarde, durante la guerra del Golfo de 1990 y 1991, Irak y Kuwait dejaron de exportar alrededor de 4,3 millones de barriles diarios. Sin embargo, el impacto actual derivado de la guerra en Irán y el cierre del estrecho de Ormuz ya supera conjuntamente a aquellas tres grandes crisis. La AIE calcula que el conflicto iraní ha eliminado del mercado unos 14 millones de barriles diarios. Birol explicó este lunes en Viena que nunca antes el mundo había sufrido una interrupción tan severa del suministro energético. A la situación inicial, marcada por el bloqueo iraní del estrecho de Ormuz y los ataques contra países vecinos, se ha sumado en las últimas semanas el bloqueo impuesto por Estados Unidos a puertos y embarcaciones iraníes. Como consecuencia, el mercado ha perdido en apenas dos meses y medio un volumen equivalente al 13,5% del consumo mundial de petróleo. Ante este escenario, Birol defendió políticas de ahorro energético frente a las rebajas fiscales destinadas a amortiguar el impacto en consumidores y empresas. Aunque la AIE trabaja diplomáticamente para que países productores alejados de Oriente Próximo, como Nigeria, Brasil o Canadá, incrementen su producción, el organismo considera imprescindible reducir también la demanda para evitar una mayor escasez y nuevas perturbaciones económicas globales. Entre las medidas propuestas figuran potenciar el transporte público, rebajar los límites de velocidad en carretera, disminuir el uso del avión y favorecer el teletrabajo. Birol advirtió de que cuanto más se retrase la reacción, más duras tendrán que ser las decisiones posteriores. Según indicó, varios países asiáticos ya han comenzado a aplicar planes de ahorro energético, mientras que en Europa todavía no existe la misma percepción sobre la gravedad de la situación. En su opinión, los gobiernos europeos deberían seguir el ejemplo asiático y adoptar iniciativas destinadas a contener el consumo, en lugar de centrarse únicamente en ayudas para reducir el impacto económico sobre los ciudadanos. Aunque reconoció que Asia depende más de los suministros procedentes del Golfo Pérsico, recordó que el mercado energético es global y las consecuencias afectan a todos los países. Precisamente este domingo, el primer ministro de la India, Narendra Modi, pidió a la población reducir drásticamente el consumo de combustible, limitar las importaciones y evitar la compra de oro para proteger la economía frente a la escalada de precios provocada por la guerra. Modi animó a priorizar el uso del metro, compartir coche y apostar por el transporte ferroviario para las mercancías. También solicitó reducir el consumo de aceite, al considerar que supone un elevado gasto de divisas. Esta recomendación se explica en parte por el fuerte encarecimiento de los fertilizantes, ya que alrededor del 30% del suministro mundial atraviesa el estrecho de Ormuz. La situación ha impulsado además el precio de numerosos productos agrícolas entre marzo y mayo. India se suma así a otros países asiáticos como China, Japón, Corea del Sur, Indonesia, Tailandia, Vietnam, Bangladesh o Filipinas, que ya están aplicando restricciones o medidas de racionamiento para contener el consumo de petróleo y otros productos vinculados al estrecho de Ormuz. En cambio, varios países europeos como España, Alemania, Italia, Suecia, Austria, Hungría o Croacia han optado por reducir impuestos sobre los carburantes o fijar límites a los precios. Según la AIE, este tipo de medidas termina agravando el problema a largo plazo, ya que al contener artificialmente los precios mantiene elevado el consumo y dificulta corregir el déficit existente en el mercado energético.

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(Expansión, 12-05-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El alquiler sube un 11,3% en abril, con Barcelona y Madrid a la cabeza

El precio del alquiler volvió a subir en abril y alcanzó una media de 14,64 euros por metro cuadrado, lo que supone un incremento del 11,3% respecto al mismo mes del año anterior. Según los datos difundidos este lunes por Pisos.com, las rentas también aumentaron un 0,83% en comparación con marzo. En este contexto, y ante las dificultades del mercado residencial, "acceder a una vivienda en alquiler se ha convertido en un proceso competitivo, restrictivo y, en muchos casos, excluyente", afirma Ferran Font, director de Estudios del portal inmobiliario. A su juicio, el problema va más allá de la subida de precios y responde a un desequilibrio estructural entre una oferta insuficiente y una demanda cada vez mayor y más diversa. Font sostiene que el mercado no ha sido capaz de generar vivienda asequible al ritmo que exige el crecimiento demográfico y la concentración de población en las grandes ciudades. Además, recuerda que una parte importante del parque residencial permanece fuera del mercado, ya sea por tratarse de viviendas vacías, inmuebles deteriorados o pisos destinados a fórmulas de alquiler más rentables. Según apunta, esta situación también está relacionada con la inseguridad percibida por los propietarios y con la aplicación de límites a los precios. El responsable de Estudios de Pisos.com añade que el actual marco regulatorio introduce incertidumbre en el sector, especialmente tras el rechazo en el Congreso a la prórroga de determinadas medidas sobre alquileres. En su opinión, tanto propietarios como inversores operan en un escenario cambiante, donde la falta de estabilidad normativa termina afectando a la oferta disponible. Por ciudades, Barcelona se mantuvo como la capital más cara para alquilar, con un precio medio de 30,24 euros por metro cuadrado. Le siguieron Madrid, con 29,62 euros, y Donostia-San Sebastián, con 21,28 euros por metro cuadrado. En el lado opuesto, Palencia registró el alquiler más económico, con 6,67 euros por metro cuadrado. También destacaron por sus bajos precios Zamora, con 7,30 euros, y Huelva, con 7,32 euros. En términos mensuales, Vitoria-Gasteiz encabezó las mayores subidas con un avance del 1,88%, mientras que Sevilla registró el mayor descenso mensual, con una caída del 5,89%. Si se compara con abril de 2025, Sevilla lideró los incrementos interanuales con una subida del 17,68%, mientras que Palencia protagonizó el mayor ajuste de precios, con un retroceso del 17,62%.

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(El Economista, 12-05-2026) | Mercantil, civil y administrativo

España pagó un 22% más caro el gas en tres meses

El coste del gas natural licuado (GNL) importado desde Estados Unidos se ha convertido en una de las principales fuentes de presión para el sistema gasista español. De acuerdo con los datos de Aduanas, el precio del GNL estadounidense adquirido por España pasó de 25,57 euros por megavatio hora en noviembre de 2025 a 31,24 euros/MWh en febrero de 2026, lo que representa un encarecimiento del 22,2% en apenas tres meses. Este aumento todavía no incorpora plenamente el efecto derivado de la crisis en el estrecho de Ormuz, aunque ya refleja una subida significativa de los costes energéticos en un momento en el que Estados Unidos se ha consolidado como el principal suministrador de gas para España, según las cifras difundidas por Enagás. En abril, el GNL procedente de Estados Unidos alcanzó los 10.071 GWh, equivalentes al 35,1% del consumo total de gas en España, superando ligeramente a Argelia, que aportó 9.787 GWh y una cuota del 34,1%. En el conjunto de los cuatro primeros meses del año, el suministro estadounidense ascendió a 47.901 GWh, lo que supone el 36,2% de todos los aprovisionamientos gasistas españoles, frente al 30,6% correspondiente a Argelia. Los datos del sistema muestran además el cambio estructural del mercado energético español hacia el gas natural licuado. Durante abril, el 65,3% del gas recibido llegó por vía marítima en forma de GNL, mientras que el 34,7% restante se transportó mediante gasoductos. Aunque el peso del GNL descendió ligeramente respecto a marzo, sigue evidenciando una elevada dependencia del mercado internacional y de los grandes exportadores atlánticos. Para la economía española, el problema es que esta mayor exposición al GNL coincide con un contexto internacional marcado por la tensión en los precios. Desde el inicio del conflicto entre Estados Unidos e Israel con Irán, Europa y Asia compiten por atraer cargamentos de gas licuado. España mantiene una posición estratégica gracias a su amplia red de plantas regasificadoras, pero no escapa al encarecimiento del mercado spot internacional. El impacto de estos precios elevados ya se deja sentir especialmente en el consumo industrial. Según Enagás, la demanda convencional -donde se concentra gran parte de la actividad industrial- descendió un 6,3% en abril, hasta situarse en 16.448 GWh. En el acumulado anual, la caída alcanza el 3,4%, mientras que en términos interanuales móviles el retroceso es del 1,3%. La compañía atribuye parte de esta reducción al aumento de las temperaturas, que fueron 1,81 grados superiores a las registradas en el mismo mes del año anterior. No obstante, incluso corrigiendo ese factor climático, la demanda convencional mantiene una caída del 2,5%. Frente al descenso industrial, el consumo de gas destinado a generación eléctrica mostró una evolución muy distinta. La demanda del sector eléctrico aumentó un 19,6% en abril y alcanzó los 6.617 GWh, impulsada por la menor producción eólica e hidráulica y por una mayor utilización de los ciclos combinados dentro de la denominada operación reforzada del sistema eléctrico. En términos energéticos, el volumen de gas utilizado para producir electricidad pasó de 5,5 TWh a 6,6 TWh en un año, elevando la participación del gas natural en el mix eléctrico español hasta el 12%.

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