(El Economista, 16-02-2026) | Fiscal

Las facturas impagadas del Estado suben un 4,5% y suman 6.400 millones de euros

Los retrasos en sus pagos por parte del Estado, y del conjunto de las Administraciones Públicas, constituye un problema que nunca ha desaparecido en España y que, incluso, muestra un preocupante auge en los ejercicios más recientes. El registro más escrupuloso de estas obligaciones contraídas y no subsanadas -elaborado por la Intervención General del Estado (IGAE), dependiente del Ministerio de Hacienda- muestra cómo cerraron el año 2024 con un montante acumulado cercano a los 6.400 millones de euros, tras elevarse un 4,5%. El incremento con respecto a 2020, es del 41%, un ejercicio clave para hacer la comparativa ya que, a partir de ese año, el monto de las facturas en el cajón, adeudadas a empresas y ciudadanos particulares, nunca ha bajado de los 6.000 millones, una cota inédita en la serie histórica anterior. Pese que el Gobierno ha reiterado en numerosas ocasiones que las demoras en el pago del sector público son un problema del pasado, las estadísticas más escrupulosas reflejan una realidad diferente. La exhaustividad del recuento del IGAE proviene del hecho de que está contenido en una rúbrica elaborada ex profeso para que las facturas en el cajón no volvieran a quedar soterradas. Se trata de la llamada Cuenta 413 en la que se identifican las deudas en vigor de la Administración con los "acreedores por operaciones ya devengadas". En términos más sencillos, este capítulo computa los gastos que no se imputaron a los Presupuestos del año en curso y quedan pendientes para recogerse en las Cuentas del siguiente ejercicio. Esta práctica se va acumulando en el tiempo, hasta el punto de que el cómputo más reciente todavía recoge obligaciones de pago que se remontan cuatro años atrás y que todavía están por subsanarse. El 88% de ellas se generó en el ejercicio 2024. En particular, 162,22 millones de euros son gastos devengados en el ejercicio 2020 y anteriores; 50,67, proceden del ejercicio 2021; 345,62 millones, de 2022; 166,03 de 2023. Volviendo al último ejercicio cerrado, las obligaciones de pago pendientes, y transferidas al futuro, corresponden en más de un 35% del total al Ministerio de Transportes. Le sigue su homólogo de Educación y Formación Profesional, con más de 1.100 millones, el equivalente al 19%. Y cierra el Top 3 Transición Ecológica con un 11,5%. En lo que respecta al número uno del ránking, Transportes, el IGAE revela un cajón de sastre de compromisos de desembolsos pendientes. Dentro de las transferencias tanto corrientes como de capital "destacan las que se realizan a entidades dependientes del Ministerio (Correos y Renfe) o las compensaciones que tiene que hacer el Estado derivadas de rebajas o supresiones de peajes". Pero también hay referencias a aspectos que afectan directamente al bolsillo de los consumidores, como las subvenciones a familias por las bonificaciones al tráfico aéreo y marítimo de residentes no peninsulares entre la península y las islas. Las normas de la contabilidad pública no dejan dudas sobre el modo de considerar estos recursos. No en vano "toda rúbrica que no está expresamente imputada de ese modo está pendiente de pago", explica a elEconomista.es un destacado experto en política presupuestaria. Pese a su relevancia, la historia de la Cuenta 413 es todavía reducida, ya que no se remonta más allá de los comienzos de la década pasada, cuando el entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, se vio abocado a la creación de un instrumento fiable para la UE que siguiera el rastro de este tipo de partidas. En esa época, se generó una gran polémica entre Madrid y Bruselas ante el hecho de que el déficit público real español superaba con creces el 7% del PIB que reconocía el Gobierno del presidente José Luis Rodríguez Zapatero, si se sumaban las obligaciones de pago que el sector público contrajo con miles de pymes y ciudadanos, sin que se reconocieran oficialmente. Tras las elecciones de 2011, que dieron el triunfo al PP de Mariano Rajoy, fue necesario recurrir a un instrumento contable como la Cuenta 413 para que esta ocultación no volviera a ser posible. El objetivo se cumplió con creces a ojos de las autoridades españolas y comunitarias, dado que la estadística muestra cómo, entre 2013 y 2018 la cuenta de acreedores por operaciones no devengadas se mantuvo en el entorno de los 3.000 millones de euros anuales, la mitad de su volumen actual. Volviendo al presente, no es sencillo identificar las causas que actúan como motor del aumento de los retrasos, dada la heterogeneidad de los organismos en cuyos escritorios se acumulan las facturas. Varios expertos consultados apuntan incluso la posibilidad de que ministerios y otras instituciones del Estado estén asumiendo pagos futuros que corresponderían a las comunidades autónomas. En otras palabras, una política así equivaldría en la práctica a crear un "FLA encubierto", en tiempos en los que los Gobiernos regionales afrontan tensiones de tesorería, a las que contribuye el hecho de que las entregas a cuenta del Estado a esos Ejecutivos, derivadas del actual -y pendiente de reforma- sistema de financiación suelen sufrir también retrasos. La situación se ha agudizado en los últimos años, debido a las continuas prórrogas de los Presupuestos Generales, ininterrumpidas desde 2024, que dejan a numerosos Ejecutivos autonómicos, e incluso grandes ayuntamientos, a verse privados de una guía a la hora de afrontar la elaboración de sus propias Cuentas.

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(El Economista, 16-02-2026) | Fiscal

Una pyme paga 1.500 euros de media al año en impuestos y tasas municipales

Las pequeñas y medianas empresas abonan de media unos 1.500 euros anuales en tributos y tasas municipales. Entre estos pagos figuran el IBI del local -cuyo tipo alcanza el 0,98% en Madrid, el 0,66% en Barcelona y el 0,58% en Valencia-, la tasa de recogida de residuos comerciales -con un coste medio de 310 euros al año en Madrid y 243 en Valencia-, las licencias municipales -que oscilan entre 800 y 3.000 euros en Madrid, rondan los 1.300 en Barcelona y unos 1.260 de media en Valencia-, así como los vados u ocupaciones de vía pública, cuyo importe anual suele situarse entre 50 y 70 euros. Todo ello se suma a otros impuestos de ámbito autonómico o estatal que también deben afrontar. En este contexto, la organización de autónomos UPTA reclama rebajas fiscales para pymes y trabajadores por cuenta propia afectados por obras urbanas. Según la entidad, la combinación de una caída continuada de ingresos -provocada por las obras- y la imposibilidad de reducir gastos fijos pone en peligro la supervivencia de numerosos pequeños negocios. Por ello, impulsará una moción en los 8.132 ayuntamientos del país para establecer medidas de compensación económica. La organización advierte de que, cuando las restricciones se prolongan y dificultan el acceso o la visibilidad de los comercios, la facturación puede descender de media hasta un 30%. Además, las obras suelen extenderse unos seis meses, periodo durante el cual los autónomos deben seguir asumiendo impuestos y otros costes recurrentes que comprometen la estabilidad financiera del negocio. UPTA ha diseñado un Plan de Compensación Municipal destinado a pymes y autónomos cuya facturación haya caído al menos un 20% respecto al año anterior durante el tiempo que duren las obras. Para acceder a las ayudas, las pérdidas deberán estar directamente vinculadas a los trabajos municipales y las empresas deberán estar al corriente de pago con la Hacienda local. El plan, remitido a más de 8.000 ayuntamientos, contempla compensaciones directas de entre 500 y 1.000 euros por establecimiento afectado, así como bonificaciones mínimas del 50% en impuestos municipales como el IBI, el IAE, el ICIO -cuando haya actuaciones derivadas de las obras- y el IVTM, si el vehículo está ligado a la actividad económica. También prevé reducciones en tasas como la recogida de residuos comerciales, la ocupación de la vía pública (terrazas, expositores, etc.), licencias municipales, vados, zonas de carga y descarga y otros tributos directamente relacionados con la actividad. El documento plantea dos vías para aplicar estas exenciones: una reducción directa en los recibos municipales durante el periodo afectado o la devolución de cantidades ya abonadas ese mismo año, previa solicitud del interesado y verificación de los requisitos. Las ayudas, que supondrían un ahorro de entre 500 y 1.000 euros por negocio, serían compatibles con otras medidas de apoyo procedentes de distintas administraciones, como subvenciones autonómicas o estatales destinadas a compensar pérdidas o sostener la actividad. Además, podrían complementarse con otras ayudas municipales no vinculadas a tasas o impuestos, siempre que no se solapen sobre el mismo concepto. El Plan de Compensación Municipal contaría con una partida específica en los presupuestos locales del año en curso y del siguiente ejercicio, pudiendo ampliarse según el número de solicitudes aprobadas. Si finalmente se aprueba, tendría efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026 y permanecería vigente hasta la finalización de las obras y la recuperación de la actividad económica habitual.

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(Expansión, 16-02-2026) | Laboral

CEOE exige a la Seguridad Social que la inspección controle las bajas antes del año

La patronal está elaborando un conjunto de iniciativas para frenar el absentismo laboral. Entre sus demandas al Ejecutivo figura intervenir sobre los empleados que encadenan múltiples bajas por incapacidad temporal y reforzar los recursos del sistema sanitario. El Gobierno ha reactivado la mesa de diálogo social con empresas y sindicatos para analizar el incremento sostenido de las bajas laborales en España, disparado tras la pandemia. Estas ausencias suponen ya un coste cercano a 16.000 millones de euros para las compañías y unos 17.000 millones para las arcas públicas en prestaciones. En el primer encuentro celebrado el año pasado en el Ministerio de Seguridad Social se planteó la posibilidad de reincorporaciones graduales en bajas superiores a 180 días, compatibilizando trabajo y subsidio, una propuesta que no convenció a ninguna de las partes. La última reunión tripartita se había producido en octubre, antes de retomarse las conversaciones en febrero. Los interlocutores sociales confían ahora en que el Ejecutivo perfeccione esa fórmula de altas progresivas para que realmente reduzca los efectos del absentismo, que genera costes económicos y organizativos, gastos de sustitución, sobrecarga de las plantillas y pérdida de competitividad y productividad. El departamento que dirige la ministra Elma Saiz insiste en diseñar un sistema que reduzca especialmente las bajas de muy larga duración, a partir de los seis meses. Mientras tanto, según fuentes del diálogo social citadas por EXPANSIÓN, la CEOE planea presentar medidas orientadas a mejorar la gestión y el control de las bajas, con el objetivo de detectar posibles abusos en determinados colectivos. Entre sus propuestas figura que la Seguridad Social movilice antes de los 365 días a la inspección del INSS, organismo competente en esta materia. Según la legislación vigente, al cumplirse un año de baja la inspección médica del INSS asume en exclusiva el seguimiento del caso y puede decidir el alta por recuperación, la prórroga de la baja, el alta por incomparecencia o la propuesta de incapacidad permanente. También puede extender la situación de incapacidad temporal hasta 180 días más o determinar una incapacidad definitiva. Aunque la ley permite que el INSS intervenga también durante el primer año con las mismas competencias que los servicios de salud autonómicos, en la práctica -según fuentes de mutuas- estos controles suelen activarse solo después de los 12 meses. Por ello, la patronal pide intensificar las inspecciones desde etapas más tempranas y reforzar los recursos humanos en todos los niveles: sanidad pública, inspección médica del INSS y mutuas. Especial atención solicitan para los trabajadores que acumulan varias bajas. Un estudio de la AIReF indica que los procesos de incapacidad se concentran en un grupo reducido de personas y que esta concentración ha aumentado: el 25% de los trabajadores acumula más de la mitad de las bajas, mientras que la mitad de la población concentra el 77% de los episodios. Según el organismo, el sistema está siendo utilizado de forma intensiva por un segmento limitado de beneficiarios. La patronal también rechaza el modelo de reincorporación gradual propuesto por el Gobierno, al considerar que trasladaría parte del coste de la incapacidad temporal a las empresas. El plan prevé que quienes lleven más de 180 días de baja vuelvan de forma paulatina durante un máximo de 30 días, trabajando media jornada y cobrando la parte proporcional del salario más una prestación equivalente al 50% del subsidio por el tiempo no trabajado. Tanto empresas como sindicatos muestran reservas. Las compañías sostienen que, si un trabajador recibe el alta, debería reincorporarse plenamente, mientras que las organizaciones sindicales defienden que solo existen dos situaciones posibles: baja si no está recuperado o alta si lo está completamente. La complejidad del modelo pone en duda su viabilidad, en un contexto en el que las bajas superiores a un año casi se han triplicado entre 2017 y 2024.

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(Expansión, 16-02-2026) | Laboral

El salario mínimo se ha convertido en el mayor lastre para el campo

Agricultores y ganaderos aseguran que las elevadas cargas laborales derivadas de las políticas del Ejecutivo de PSOE y Sumar les impiden competir en igualdad de condiciones con los productos procedentes del exterior. Entre las protestas del sector que bloquearon el centro de Madrid la pasada semana destacó la denuncia de que los costes laborales -impulsados por las sucesivas subidas del salario mínimo por encima de la inflación y por el aumento de las cotizaciones sociales- encarecen notablemente la contratación del personal necesario para mantener las explotaciones, cuya rentabilidad disminuye año tras año. Según el sector agrario, cuando entre en vigor el nuevo incremento del SMI de este año, con efectos retroactivos desde el 1 de enero -acuerdo suscrito por Pedro Sánchez y Yolanda Díaz junto a los sindicatos-, el coste total de un jornalero (salario, cotizaciones y seguros) será diez veces mayor que en Marruecos y alrededor de un 30% más alto que en Portugal. Aunque el salario mínimo también ha aumentado en otros países del euro, solo en Europa del Este lo ha hecho con una intensidad comparable. Entre los grandes productores agrícolas, únicamente Francia supera a España en salario mínimo, pero su crecimiento porcentual desde 2016 ha sido aproximadamente la mitad. Si bien esta situación no afecta únicamente al campo, su impacto es especialmente acusado en el sector primario. De hecho, cerca de un 31% de los trabajadores beneficiados por la subida del SMI en 2025 -del 4,4%, casi el doble de la inflación media- pertenecían a la agricultura, donde la mano de obra supone aproximadamente el 45% de los costes de producción. Esto ha provocado que los costes unitarios del sector crezcan más rápido que los de la industria, favoreciendo el abandono de tierras y el traslado de parte de la producción a países con menores gastos operativos, principalmente Marruecos. Las organizaciones agrarias han solicitado en repetidas ocasiones a la vicepresidenta de Trabajo, Yolanda Díaz, y al ministro de Agricultura, Luis Planas ayudas o incentivos que compensen el impacto de estos costes, ya que la fuerte competencia internacional les impide repercutir plenamente el encarecimiento en los precios finales. Sin embargo, aseguran que sus peticiones no han sido atendidas. Aunque la Ley de la Cadena Alimentaria prohíbe vender por debajo de los costes de producción, en la práctica muchas explotaciones apenas obtienen beneficios. Esta situación genera especial inquietud ante la posible entrada en vigor del acuerdo comercial entre la Unión Europea y Mercosur -integrado por Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay-, que podría introducir en el mercado europeo productos a precios con los que los productores españoles difícilmente podrían competir. A las cargas laborales se suma el aumento de los costes de insumos, especialmente fertilizantes, piensos y semillas. Aunque estos precios se han moderado respecto al máximo alcanzado a finales de 2022, todavía se sitúan alrededor de un 20% por encima de los niveles previos a la guerra de Ucrania, lo que agrava la pérdida de competitividad. Ante la delicada situación del campo, agravada por los temporales recientes, el ministro Luis Planas ha mostrado su disposición a flexibilizar la aplicación de la PAC, revisar los módulos fiscales del IRPF agrario y asegurar contingentes de trabajadores temporales extranjeros para campañas estacionales. No obstante, con una estructura de costes fijos cada vez más condicionada por las decisiones gubernamentales, el sector considera complicado recuperar su competitividad.

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(El País, 16-02-2026) | Laboral

El índice de accidentados por cada 100.000 ocupados expuestos cae por tercer año consecutivo y se sitúa en 2.547 afectados con baja

En 2025 se registraron 620.386 accidentes laborales con baja médica, lo que supone una caída del 1,3% respecto al año anterior, es decir, cerca de 8.000 casos menos, según el avance provisional publicado por el Ministerio de Trabajo. Sin embargo, esta ligera mejora global no impidió un notable incremento de los fallecimientos en el sector de la construcción, donde murieron 29 trabajadores, un 22% más que en 2024. En el conjunto de la economía, las muertes en el trabajo sí descendieron: se contabilizaron 735 en 2025 frente a las 796 del año previo, lo que representa una reducción cercana al 8%. Aun así, el responsable de Salud Laboral de Comisiones Obreras (CC OO), Mariano Sanz, calificó estas cifras de "inaceptables" y señaló que el país no debería asumir ese nivel de tragedia humana. Habitualmente, cuando el empleo crece con fuerza también lo hace la siniestralidad, pero en España esta relación no siempre se cumple. Pese al fuerte aumento de la ocupación en los últimos tres años -superior al 2% anual-, el número de accidentes ha descendido de forma continuada. Por ello, los expertos consideran más adecuado analizar el índice de incidencia, que mide los accidentes o fallecimientos por cada 100.000 trabajadores expuestos. Este indicador se situó en 2.547 accidentes con baja en 2024, un 4% menos que el año anterior, y en 2,8 muertes por cada 100.000 trabajadores, un descenso del 11,6%. No obstante, estos índices también reflejan el deterioro en la construcción, donde la mortalidad alcanzó 11,3 fallecidos por cada 100.000 trabajadores, un 18% más. En cambio, en el resto de sectores se redujo: en agricultura cayó un 31% (6,7 muertes por cada 100.000), en servicios -donde es más baja- descendió un 21,6% (1,6 fallecidos), y en la industria se situó en 4,5 muertes, un 6,7% menos. El sindicato UGT advierte, no obstante, que la cifra final de fallecidos podría aumentar cuando se disponga de datos definitivos. La organización subraya que cada año mueren de media unas 700 personas en accidentes laborales y que en el último lustro la cifra acumulada ronda los 4.000 fallecidos. Por ello, reclama actualizar la normativa y reforzar los medios de la Inspección de Trabajo para garantizar el cumplimiento de las medidas preventivas. El descenso de los accidentes con baja se concentró principalmente en los ocurridos durante la jornada laboral -540.314 del total-, que se redujeron casi un 2%. En cambio, los accidentes "in itinere", producidos en los desplazamientos hacia o desde el trabajo, aumentaron en 2.562 casos, un 3% más que el año anterior. Los hombres siguieron concentrando la mayoría de los siniestros (372.117) frente a las mujeres (157.712), en gran medida por su mayor presencia en sectores de riesgo como la construcción o la industria. Además, la reducción de accidentes fue más intensa entre los varones (unos 9.000 menos, un 2,4% de descenso) que entre las mujeres (1.474 menos, un 1%). En cuanto a las causas, los sobreesfuerzos físicos y los golpes contra objetos fijos provocaron cerca de la mitad de los accidentes con baja, con descensos del 8% y del 0,5%, respectivamente. Por su parte, los infartos -que causaron 251 muertes- fueron el motivo más frecuente de fallecimiento durante la jornada laboral.

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(El Economista, 16-02-2026) | Laboral

Los despidos considerados "ejecutivos", los disciplinarios que no conllevan indemnización, se han frenado en seco

Las decisiones judiciales y pequeños cambios normativos, aparentemente secundarios, se han convertido en una especie de reforma laboral encubierta que ya ha tenido un efecto claro en las estadísticas: los despidos disciplinarios sin indemnización -los llamados "ejecutivos"- se han reducido con fuerza, registrando una caída interanual del 7,5%. Mientras sigue abierto el debate político y sindical sobre una posible modificación de los límites del despido improcedente -con recursos ante el Tribunal Constitucional y la intención del Ministerio de Trabajo de impulsar cambios pese a la falta de apoyos parlamentarios-, las empresas se han enfrentado a un escenario distinto en la práctica. Los datos muestran que, tras la reforma laboral, el número total de despidos ha aumentado, especialmente entre trabajadores con contrato indefinido, algo que el Gobierno atribuye al mayor peso de este tipo de empleo. Sin embargo, hay una anomalía destacada: las bajas en la Seguridad Social por despido disciplinario han descendido un 7,5% en el último año. En 2020 y 2021 también se redujeron, pero entonces se debía al uso de los ERTE, que favorecieron la conservación del empleo fijo. En 2025 esa explicación ya no vale, porque hay más trabajadores indefinidos que nunca y, aun así, es la única modalidad de despido que disminuye. En contraste, los despidos por causas objetivas -principalmente económicas, técnicas u organizativas- aumentaron un 5,4%. Este fenómeno resulta llamativo en un contexto de crecimiento económico y niveles récord de empleo, donde cabría esperar menos ceses por motivos económicos. La razón parece estar en el endurecimiento práctico de las condiciones para despedir, que no ha reducido el número total de salidas, pero sí ha obligado a las empresas a cambiar de estrategia. El despido disciplinario, utilizado durante años como vía rápida para prescindir de un trabajador, pierde atractivo. Tradicionalmente, esta modalidad se asociaba al llamado despido "exprés": la empresa comunicaba un despido disciplinario -sin indemnización- y posteriormente pactaba con el trabajador una compensación equivalente a la del despido improcedente. Así se evitaban los trámites y la dificultad de justificar causas objetivas. Por ello, sindicatos y Ministerio de Trabajo han planteado revisar los límites indemnizatorios para desincentivar esta práctica. No obstante, el verdadero punto de inflexión ha llegado por vía judicial. Según expertos laboralistas, una sentencia reciente ha introducido la obligación de conceder al trabajador una audiencia previa antes de ejecutar un despido disciplinario por conducta o rendimiento. Si no se cumple este trámite, el despido puede ser declarado nulo -no solo improcedente-, lo que implica la readmisión obligatoria. Este requisito, incorporado a finales de 2024, ha reducido notablemente los llamados despidos disciplinarios "ejecutivos". Los abogados recomiendan ahora documentar exhaustivamente estos ceses, con informes detallados sobre conductas o rendimiento, y desaconsejan utilizar esta vía como atajo para evitar los procedimientos del despido objetivo, especialmente habitual en pequeñas empresas. La alternativa más segura, señalan, es recurrir a un despido objetivo bien fundamentado. Este cambio explica por qué los despidos disciplinarios retroceden mientras crecen los objetivos. Aunque muchas compañías siguen utilizándolos, ya no resultan tan sencillos ni seguros como antes. Además, los trabajadores despedidos han modificado su propia estrategia legal. El aumento de demandas por nulidad y por daños morales es cada vez más frecuente. Aunque el Tribunal Supremo mantiene el límite de indemnización por despido improcedente en 33 días por año trabajado (con un máximo de 24 mensualidades), se observa un incremento de los casos en los que se solicita la nulidad por vulneración de derechos fundamentales, discriminación o represalias -lo que se conoce como garantía de indemnidad-. En estos supuestos, los trabajadores no buscan solo la indemnización legal máxima, sino la readmisión obligatoria y el pago de los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la sentencia. Además, suelen reclamar compensaciones adicionales por perjuicios morales, lo que puede elevar considerablemente el coste para la empresa. En definitiva, sin una reforma legislativa formal, la combinación de jurisprudencia y cambios procesales está transformando de hecho el sistema de despido en España, encareciendo y complicando especialmente el uso del despido disciplinario como vía rápida de extinción del contrato.

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(El Economista, 16-02-2026) | Laboral

Díaz firma con los sindicatos el alza del SMI para 2026

La vicepresidenta segunda y titular de Trabajo, Yolanda Díaz, rubricará este lunes junto a los líderes sindicales Unai Sordo (CCOO) y Pepe Álvarez (UGT) el incremento del 3,1% del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2026, pactado sin el respaldo de la CEOE, que acumula seis años sin avalar estas subidas. Este trámite formal previsiblemente antecederá al envío del decreto al Consejo de Ministros de este martes, aunque desde Trabajo no dan por cerrada la agenda. La firma tendrá lugar a las 11:30 en el Ministerio de Trabajo y contará con la presencia del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. El alza, con efectos retroactivos desde el 1 de enero y exenta de IRPF, implicará 37 euros más al mes (518 al año), situando el salario bruto en 1.221 euros mensuales repartidos en 14 pagas. Salvo contratiempos, el Real Decreto que recoge la medida podría aprobarse ese mismo martes en el Consejo de Ministros; de lo contrario, se tramitaría como muy tarde en la reunión interministerial del día 24, ya que el objetivo de Trabajo es dejarla ratificada entre mediados y finales de mes. La actualización, basada en la recomendación del comité de expertos, beneficiará a unos 2,5 millones de trabajadores, que pasarán a percibir en general 17.094 euros brutos anuales (40,70 euros al día). Para eventuales y temporeros, el mínimo por jornada legal será de 57,82 euros, mientras que las empleadas del hogar deberán cobrar al menos 9,55 euros por hora. Como en años anteriores, la subida no modifica los salarios profesionales que ya superen el SMI en cómputo anual. En cambio, sí deberán ajustarse los sueldos fijados en contratos o acuerdos privados por debajo del nuevo mínimo, aplicando las normas vigentes de absorción y compensación. Además, el Gobierno y los sindicatos han pactado revisar dichas reglas para evitar que el aumento se neutralice reduciendo complementos como los de peligrosidad o nocturnidad. Esta reforma se aprobará en un decreto distinto, vinculado a la transposición de la directiva europea sobre salarios mínimos, con el fin de no retrasar la entrada en vigor de la subida, que en todo caso tendrá efectos desde el 1 de enero.

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(Expansión, 16-02-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Sánchez presenta el fondo "España Crece" dotado con 10.500 millones de euros

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, acompañado por el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, y la titular de Vivienda, Isabel Rodríguez, presenta este lunes el nuevo fondo soberano "España crece", dotado con 10.500 millones de euros, parte de los cuales se destinarán a impulsar la construcción de viviendas destinadas al alquiler asequible. La iniciativa pretende prolongar el impulso inversor generado por los fondos europeos del plan de recuperación. Sánchez anunció este instrumento en enero y su presentación estaba prevista poco después, pero se pospuso tras el accidente ferroviario ocurrido el 18 de enero en Adamuz (Córdoba), en el que murieron 46 personas. Con este fondo, el Ejecutivo busca dar continuidad al impacto de los fondos Next Generation -puestos en marcha por la Unión Europea tras la pandemia- cuyo despliegue finaliza en agosto, cinco años después de la primera transferencia recibida por España. El objetivo es seguir avanzando en ámbitos como la transición energética, la digitalización, el desarrollo del capital humano y la reindustrialización del país. El instrumento será administrado por el ICO y contará con una dotación inicial de 10.500 millones procedentes de dichos fondos europeos, con la intención de movilizar hasta unos 120.000 millones mediante financiación privada y la participación de inversores nacionales e internacionales. Según la agencia Efe, el plan priorizará nueve áreas estratégicas para elevar la productividad económica: vivienda, energía, digitalización, inteligencia artificial, reindustrialización, economía circular, infraestructuras, gestión del agua y saneamiento, y seguridad. Por su parte, el ministro de Economía ha señalado que se prevé activar el fondo durante el segundo trimestre del año y que, además de los 10.500 millones destinados a crédito, se añadirán unos 2.800 millones en ayudas no reembolsables. Entre sus metas principales figura aumentar el parque de vivienda en alquiler a precios asequibles. La iniciativa ha sido duramente criticada por el Partido Popular, que la considera una operación de "propaganda" sin efectos reales sobre el crecimiento ni la productividad. El vicesecretario económico de la formación, Alberto Nadal, sostiene que el verdadero propósito sería evitar la devolución de parte de los fondos europeos asignados y maquillar las cuentas públicas. Según su valoración, el nuevo fondo reproduce los objetivos del plan de recuperación original -que, a su juicio, no se ha ejecutado adecuadamente- y se basa en previsiones de financiación y capacidad de movilización de capital que considera poco creíbles.

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(Expansión, 16-02-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El BCE lanza líneas de liquidez extraordinaria con todos los bancos centrales del mundo

El Banco Central Europeo (BCE) ha optado por ampliar sus mecanismos extraordinarios de liquidez con bancos centrales de todo el mundo con el objetivo de reforzar la presencia internacional del euro. Así lo comunicó la presidenta de la institución, Christine Lagarde, durante su intervención en la Conferencia de Seguridad de Múnich. La medida se apoya en el marco EUREP, creado en 2020 para hacer frente a las tensiones financieras provocadas por la pandemia y posteriormente extendido tras la invasión rusa de Ucrania. Mediante este programa, el Eurosistema facilita financiación de emergencia en euros a bancos centrales ajenos a la zona euro a cambio de activos de alta calidad como garantía y bajo condiciones diseñadas para reducir riesgos de impago. Además de impulsar la demanda global de la moneda única, el mecanismo incentiva a estas autoridades monetarias a mantener y emitir deuda denominada en euros -ya sea soberana o supranacional-, puesto que dichos títulos podrán emplearse como colateral para acceder a los fondos. En principio, quedarán excluidos los bancos centrales sometidos a sanciones internacionales, como el de Rusia o el de Corea del Norte, así como aquellos vinculados a actividades ilícitas como el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. El acceso a estas operaciones deberá contar previamente con la aprobación del Consejo de Gobierno del BCE. Las nuevas facilidades, gestionadas desde Fráncfort, funcionan como acuerdos de recompra (repo): el BCE entrega euros a cambio de activos de calidad, que se devuelven cuando la autoridad monetaria beneficiaria reintegra el dinero recibido. Actualmente disponen de líneas repo varios países europeos no pertenecientes al euro, entre ellos Rumanía, Hungría, Albania, Andorra, Macedonia del Norte, San Marino, Montenegro y Kosovo. El nuevo esquema será más flexible que el anterior, ya que no impondrá limitaciones previas sobre el destino de los fondos. Antes, estas líneas estaban orientadas a que los bancos centrales externos prestaran a sus propias entidades financieras nacionales. Lagarde subrayó que el BCE debe prepararse para un contexto global más inestable, marcado por políticas industriales más intervencionistas, crecientes tensiones geopolíticas y disrupciones en las cadenas de suministro, factores que pueden intensificar la volatilidad financiera. No obstante, estas líneas se conciben como un instrumento de último recurso. El coste de esta financiación será menos favorable que obtener euros directamente en los mercados, por lo que se prevé que solo se utilicen en situaciones de tensión o disfunción financiera. Cada banco central participante podrá solicitar hasta 50.000 millones de euros. Su atractivo será inferior al de las líneas swap -acuerdos de intercambio de divisas entre grandes bancos centrales sin necesidad de aportar garantías adicionales- que el BCE mantiene con instituciones como los bancos centrales de Dinamarca, Suecia, Canadá, China, Japón, Suiza, Reino Unido y la Reserva Federal estadounidense, que seguirán vigentes. Según Lagarde, este instrumento también fortalece el papel internacional del euro al ofrecer un respaldo de última instancia a las autoridades monetarias extranjeras, lo que aumenta la confianza para invertir, financiarse y realizar operaciones en esta moneda incluso en periodos de turbulencias. En un entorno donde las dependencias económicas pueden convertirse en riesgos estratégicos, concluyó, Europa aspira a consolidarse como un factor de estabilidad tanto para sí misma como para sus socios.

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(Expansión, 13-02-2026) | Fiscal

El Constitucional avala el valor de referencia con el que Hacienda grava las transmisiones de inmuebles

El Pleno del Tribunal Constitucional ha respaldado por unanimidad la validez constitucional del llamado valor de referencia. Este importe, determinado por la Dirección General del Catastro, sirve como base imponible en impuestos relevantes del ámbito inmobiliario, como Transmisiones Patrimoniales (ITP), Actos Jurídicos Documentados (AJD) y Sucesiones y Donaciones. La resolución, cuyo ponente ha sido el magistrado Ricardo Enríquez Sancho, responde a una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga. Dicho órgano entendía que el sistema podía vulnerar el principio de capacidad económica recogido en el artículo 31.1 de la Constitución, al apoyarse en criterios generales y abstractos que no tienen en cuenta las circunstancias concretas de cada inmueble. Frente a estos planteamientos, el Tribunal Constitucional concluye que la utilización del valor de referencia es acorde con la Constitución y que constituye una forma adecuada de cuantificar la riqueza sujeta a gravamen. A juicio del tribunal, existe una relación razonable entre el hecho imponible y la base imponible del tributo. La sentencia destaca además que este método de estimación no resulta arbitrario, sino que persigue objetivos legítimos como la simplificación administrativa, la disminución de la litigiosidad y la prevención del fraude fiscal. Asimismo, considera que el sistema aporta mayor seguridad jurídica tanto a los contribuyentes como a la Administración, al fijar un criterio objetivo y previsible. Un aspecto determinante para el aval del Constitucional es que el mecanismo no es cerrado ni inamovible. El valor de referencia no se impone de forma absoluta, sino que actúa como un indicio susceptible de ser cuestionado. De este modo, los contribuyentes que estimen que el valor asignado por el Catastro supera el valor real de mercado de su inmueble pueden demostrarlo mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho. Al tratarse de un sistema que admite revisión, el Tribunal entiende que se garantiza el derecho a tributar conforme a la verdadera capacidad económica cuando exista una discrepancia con el mercado. Aunque el análisis se centra técnicamente en el ITP y el AJD, la decisión del Constitucional consolida la práctica administrativa de emplear valores objetivos de referencia para facilitar la gestión de los tributos relacionados con la propiedad, como la plusvalía municipal y otros impuestos locales. Con esta sentencia, el Tribunal cierra la vía a una posible nueva oleada de recursos masivos contra las valoraciones catastrales.

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