(Expansión, 26-06-2026) | Fiscal

La Eurocámara presiona por un "tasazo" a los gigantes tecnológicos de hasta 43.000 millones

El Parlamento Europeo propone establecer un gravamen de entre el 3% y el 5% sobre las grandes empresas digitales que superen los 750 millones de euros de facturación global anual y obtengan más de 50 millones de euros de ingresos dentro de la Unión Europea. La recaudación obtenida se destinaría a reforzar el presupuesto comunitario a partir de 2028. La Unión Europea ha puesto su atención en las grandes tecnológicas como una posible vía para financiar nuevas prioridades estratégicas, entre ellas el refuerzo de la competitividad y el gasto en Defensa. Estas compañías generan miles de millones de euros en el mercado europeo, y el Parlamento presiona al resto de instituciones comunitarias para sacar adelante una tasa digital con la que la región podría recaudar hasta 43.000 millones de euros. La Eurocámara lleva tiempo analizando esta posibilidad y esta misma semana abordó el asunto en una reunión de la Comisión de Presupuestos (BUDG), donde expertos presentaron distintos análisis económicos y estimaciones de recaudación. La propuesta pasa por implantar este impuesto de manera uniforme en los veintisiete Estados miembros para evitar diferencias fiscales entre países. Los ingresos generados servirían para financiar el nuevo Marco Financiero Plurianual (MFF), que establecerá el presupuesto comunitario entre 2028 y 2034. Según el informe, un impuesto europeo sobre servicios digitales permitiría acabar con la fragmentación fiscal y dotar a la Unión de una fuente propia de financiación altamente visible. No obstante, advierte de que cualquier avance en esta dirección debería valorar cuidadosamente su impacto en la competitividad, la innovación, la carga administrativa y las relaciones internacionales. De acuerdo con el documento manejado por la Eurocámara, quedarían sujetas al impuesto aquellas compañías con ingresos globales superiores a 750 millones de euros y, al mismo tiempo, con más de 50 millones de facturación en Europa. Estos umbrales están diseñados para que el gravamen afecte principalmente a grandes grupos tecnológicos como Meta, Amazon, Netflix, Microsoft o X, dejando fuera a empresas pequeñas y startups. La recaudación final dependerá tanto del tipo impositivo definitivo como de las actividades digitales incluidas en la base imponible. Los expertos sugieren una tasa adicional de entre el 3% y el 5%, lo que permitiría obtener entre 20.600 y 42.900 millones de euros en 2028, año previsto para su entrada en vigor. Según las estimaciones de la Eurocámara, este impuesto podría aportar entre el 10% y el 22% del presupuesto actual de la Unión Europea. El comercio electrónico entre empresas y consumidores concentraría aproximadamente el 70% de la base imponible y sería, por tanto, la principal fuente de ingresos del gravamen. La propuesta supera el alcance de los impuestos digitales ya existentes en países como España, Francia o Italia, al incluir un abanico más amplio de actividades. Además de la publicidad digital, se plantea gravar el comercio electrónico B2B y B2C, los servicios de medios digitales y streaming, así como la computación en la nube. Por su parte, la Comisión Europea también estudia nuevas fuentes de ingresos para el presupuesto comunitario, aunque con estimaciones mucho más conservadoras. Su análisis, basado en extender a los 27 países los modelos tributarios ya existentes, sitúa la recaudación potencial en torno a 5.000 millones de euros anuales. El Parlamento considera que existe margen para una estrategia mucho más ambiciosa. Fuentes parlamentarias defienden que la Unión debe aprovechar el peso de su mercado de 450 millones de consumidores como herramienta de negociación. Además, sostienen que un impuesto más amplio sería menos susceptible de ser considerado una barrera comercial por terceros países. Aunque el Parlamento Europeo no tiene capacidad directa para fijar impuestos nacionales y su papel en materia fiscal es limitado, sí puede ejercer presión política. Mientras el presupuesto comunitario se aprueba por mayoría simple en la Eurocámara, en el Consejo de la UE se requiere unanimidad. Pese a ello, fuentes parlamentarias advierten de que podrían bloquear el marco financiero si no se incorporan nuevas figuras tributarias. La propuesta ha sido trabajada conjuntamente por eurodiputados del Partido Popular Europeo y del grupo de Socialistas y Demócratas, y cuenta inicialmente con el respaldo de buena parte de las fuerzas europeístas, lo que refuerza su influencia en la negociación. Algunos grupos políticos presentan además esta tasa digital como alternativa al gravamen CORE propuesto por la Comisión Europea, que afectaría a todas las compañías con una facturación superior a 100 millones de euros. Esta iniciativa ha generado rechazo en varios Estados miembros, especialmente del norte de Europa, por el temor a que perjudique la competitividad empresarial. Junto al impuesto sobre servicios digitales, el Parlamento Europeo también estudia la creación de tributos comunitarios aplicables al juego online y a las criptomonedas.

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(El Economista, 26-06-2026) | Fiscal

Hacienda limita la exención en el IRPF por reinvertir en vivienda habitual a las parejas de hecho

La Agencia Tributaria ha restringido la aplicación de la ventaja fiscal por reinversión en vivienda habitual en el caso de las parejas de hecho. La normativa del IRPF establece que los contribuyentes que adquieren una vivienda habitual y residen en ella durante al menos tres años consecutivos pueden quedar exentos de tributar por la ganancia patrimonial obtenida en la venta, siempre que destinen el importe a la compra de una nueva vivienda habitual. No obstante, la legislación también contempla excepciones a ese requisito temporal. Aunque no se hayan cumplido los tres años de residencia continuada, la vivienda puede seguir considerándose habitual cuando existan circunstancias que obliguen de forma necesaria al cambio de domicilio, como el matrimonio, una separación matrimonial, un traslado laboral, la obtención del primer empleo, un cambio de trabajo u otras situaciones similares debidamente justificadas. La Dirección General de Tributos, en una consulta emitida el 22 de mayo, concluye que la ruptura de una pareja de hecho, incluso cuando esta figure inscrita oficialmente en el registro autonómico correspondiente, no puede equipararse automáticamente a una separación matrimonial a efectos fiscales. Por tanto, la simple disolución de una pareja de hecho no basta por sí sola para justificar una residencia inferior a tres años y acceder a la exención por reinversión en el IRPF. Tributos argumenta que el concepto de pareja de hecho carece de una definición uniforme dentro del Derecho de familia recogido en el Código Civil, lo que impide asimilarlo de manera directa al matrimonio. En cambio, la separación matrimonial sí cuenta con efectos jurídicos claramente definidos. En concreto, el artículo 83 del Código Civil establece que la sentencia de separación implica la suspensión de la convivencia entre los cónyuges. Por ello, cuando la normativa del IRPF menciona la separación matrimonial como una causa que exige necesariamente el cambio de vivienda, lo hace apoyándose en una consecuencia jurídica expresamente reconocida por la ley. Aun así, la DGT matiza que las circunstancias que permiten aplicar la excepción no constituyen una lista cerrada. La referencia legal a "otras análogas justificadas" abre la puerta a analizar cada caso de forma individual. Esto significa que, si en una situación concreta puede acreditarse que la ruptura de una pareja de hecho hacía inevitable la separación y el cambio de residencia, podría llegar a admitirse la excepción. Tributos insiste en que el elemento clave es la necesidad real del cambio de domicilio. Es decir, para que proceda la exención, debe demostrarse que el traslado era inevitable y no una decisión opcional del contribuyente. Si la persona conservaba la posibilidad de continuar residiendo en el inmueble y optó voluntariamente por mudarse, la vivienda no perdería el requisito de permanencia de tres años ni podría beneficiarse de la excepción. En consecuencia, aunque Hacienda endurece el criterio para las parejas de hecho, no cierra completamente la puerta a la exención fiscal. La posibilidad de acogerse a ella dependerá de la capacidad del contribuyente para demostrar que existían circunstancias equiparables a las previstas expresamente por la normativa y que estas hacían imprescindible el cambio anticipado de vivienda.

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(La Vanguardia, 26-06-2026) | Fiscal

La Airef valora subir la previsión de crecimiento del PIB español del 2,2 al 2,4% este año

La prolongada prórroga de los Presupuestos Generales del Estado, vigentes desde 2023, sigue generando preocupación entre los organismos de supervisión fiscal. La presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, Inés Olóndriz, ha advertido de que mantener durante años unas cuentas prorrogadas no es una situación deseable, al dificultar la planificación económica y retrasar decisiones que pueden afectar al crecimiento. Durante su intervención en los cursos de verano de la Asociación de Periodistas de Información Económica en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, Olóndriz subrayó que, aunque el sistema contempla la prórroga presupuestaria como mecanismo excepcional, su prolongación durante demasiado tiempo reduce la capacidad de planificación de las administraciones públicas y del conjunto de la economía. La situación actual responde a la dificultad del Gobierno para reunir los apoyos parlamentarios necesarios para aprobar nuevas cuentas públicas. La fragmentación política y el deterioro de las alianzas parlamentarias han complicado aún más la negociación presupuestaria, pese a que el Ejecutivo ya trabaja en unas nuevas cuentas de cara a 2027. Aun así, la responsable de la Airef reconoció que la economía española continúa mostrando una fortaleza superior a la esperada. Según explicó, esta resiliencia se apoya principalmente en la solidez del mercado laboral, favorecido por el dinamismo migratorio y la resistencia del consumo interno. Este comportamiento podría llevar a una revisión al alza de las previsiones de crecimiento de la Airef para 2026, actualmente situadas en el 2,2%. No obstante, también alertó de varios factores de riesgo. Entre los desafíos internos destacó la baja productividad, el progresivo agotamiento de los fondos europeos y las crecientes presiones estructurales sobre el gasto público, derivadas del envejecimiento demográfico y de nuevas necesidades de inversión en áreas como defensa o transición energética. A ello se suman riesgos externos, como las tensiones geopolíticas en Oriente Medio, el endurecimiento del entorno comercial con Estados Unidos o la desaceleración económica en Europa. Estos elementos adquieren mayor relevancia en un contexto de deuda pública todavía elevada, cercana al 100% del PIB, lo que aumenta la vulnerabilidad ante posibles perturbaciones económicas. Olóndriz fue especialmente crítica con la planificación fiscal del Gobierno y con las carencias del plan fiscal estructural remitido a Comisión Europea. Señaló que persisten incoherencias entre la regla de gasto nacional y la europea, además de una falta de concreción en la senda fiscal más allá de cifras agregadas. Según la presidenta de la Airef, España necesita algo más que cumplir formalmente las reglas fiscales: requiere una estrategia presupuestaria de medio plazo que resulte creíble, coherente entre administraciones y compatible con el crecimiento económico y el sostenimiento del Estado del bienestar. También puso el foco en el impacto que esta falta de planificación tiene sobre comunidades autónomas y otras administraciones territoriales, que operan con elevada incertidumbre respecto a sus márgenes de actuación y a la evaluación de su disciplina fiscal. En este sentido, defendió una mayor corresponsabilidad entre todos los niveles administrativos. Además, insistió en la necesidad de abordar reformas pendientes, como la revisión del sistema de financiación autonómica, bloqueado desde hace más de una década, y planteó limitar mecanismos extraordinarios de liquidez como el Fondo de Liquidez Autonómico a situaciones verdaderamente excepcionales. En síntesis, la Airef considera que el principal desafío no es solo cumplir los objetivos fiscales a corto plazo, sino construir una estrategia integral y sostenible que permita afrontar los retos estructurales de las finanzas públicas españolas en el medio y largo plazo.

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(El Confidencial, 26-06-2026) | Fiscal

Hacienda quiere aumentar la información disponible de los no residentes y tener más capacidad para el escrutinio de sus rentas, dividendos e inmuebles

Una reciente orden ministerial ha endurecido las exigencias informativas y ha introducido cambios formales en la presentación de determinadas declaraciones tributarias de no residentes. En concreto, la orden HAC/623/2026 ha aprobado nuevos modelos de liquidación -210, 211 y 213- e incorpora modificaciones relevantes en el modelo 296, correspondiente al Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR). El objetivo de estos cambios es reforzar la capacidad de control de la Agencia Tributaria, especialmente en dos ámbitos sensibles: las devoluciones de retenciones sobre dividendos y la declaración de rentas inmobiliarias obtenidas por no residentes. Con ello, Hacienda busca mejorar tanto la supervisión fiscal como la asistencia ofrecida a los contribuyentes. Las modificaciones afectan a las autoliquidaciones del IRNR vinculadas a rentas obtenidas en España sin establecimiento permanente. Esto incluye tanto las retenciones practicadas en la compra de inmuebles a no residentes como el gravamen especial aplicable a estas operaciones. Una de las principales novedades es la creación de un anexo específico dentro del modelo 210 para declarar dividendos derivados de la tenencia de acciones. Dado que muchas empresas reparten dividendos en distintos momentos del año, Hacienda ha optado por permitir su agrupación en un único modelo, aunque cada dividendo deberá detallarse individualmente en un anexo adicional, denominado 210R. Este nuevo anexo exigirá información más precisa sobre los valores declarados, incluyendo el código ISIN, el identificador LEI y la clave del mercado de cotización. Con ello, la Administración pretende reforzar la trazabilidad de las operaciones y controlar mejor posibles abusos relacionados con convenios fiscales internacionales o devoluciones indebidas de retenciones. En el ámbito de las rentas inmobiliarias, también se introduce un nuevo anexo en el modelo 210. A partir de ahora, los contribuyentes no residentes deberán detallar de forma individualizada todos los gastos deducibles, algo que hasta ahora podía declararse de manera agregada. Además, se incorporan nuevos campos obligatorios, como el número de días en los que el inmueble ha estado alquilado, el porcentaje de titularidad y la referencia catastral del bien. Estos datos permitirán a Hacienda contrastar automáticamente la información declarada con otras bases de datos oficiales, especialmente con el Catastro, mejorando así la detección de inconsistencias o posibles irregularidades. Asimismo, el modelo 296 amplía las obligaciones informativas de los pagadores de rentas sujetas al IRNR. Se requerirá mayor detalle sobre valores negociables, mercados de cotización, identificación de emisores y la identidad del titular registral, reforzando los mecanismos de cruce automatizado de datos. Otra modificación importante afecta a los plazos de presentación, que ahora quedan más claramente definidos para evitar dudas interpretativas. En caso de venta de un inmueble, la autoliquidación deberá presentarse en un plazo de tres meses. Para rentas derivadas del alquiler de inmuebles, la presentación se concentrará en el mes de abril. En el resto de rentas, cuando la autoliquidación resulte a ingresar, deberá presentarse dentro de los veinte primeros días naturales posteriores al cierre de cada trimestre. Si la cuota resulta cero, el plazo será entre el 1 y el 20 de enero del año siguiente. En caso de solicitar devolución, la presentación podrá realizarse a partir del 1 de febrero del ejercicio siguiente al de la obtención de la renta. En conjunto, estos cambios reflejan una estrategia de control fiscal más exhaustiva. Más que una actualización técnica de formularios, suponen un refuerzo del seguimiento tributario mediante mayor trazabilidad, automatización y capacidad de comprobación por parte de la Administración.

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(Expansión, 26-06-2026) | Laboral

Las empresas están obligadas a pagar un 10% anual de interés si se retrasan con el pago de la nómina

El Estatuto de los Trabajadores establece que, cuando una empresa se retrasa en el pago de los salarios, deberá abonar al trabajador un interés de demora equivalente al 10% anual sobre las cantidades pendientes. La normativa laboral, concretamente en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, señala que cualquier retraso en el pago de la nómina obliga a la empresa a asumir este recargo adicional. Dicho interés se calcula únicamente sobre el importe salarial adeudado y no contempla otros posibles costes, como indemnizaciones por daños y perjuicios. El trabajador genera este derecho desde el mismo instante en que se produce el retraso en el pago. Este interés del 10% anual se aplica sobre todos los conceptos salariales ordinarios incluidos en la nómina, como el salario base, complementos salariales, pluses -incluidos los de trabajo en fin de semana-, guardias, atención continuada y cualquier otra retribución periódica. El artículo 29 también deja claro que la empresa no puede demorar más de un mes el abono de las retribuciones habituales. Asimismo, establece que el salario debe liquidarse y pagarse puntualmente, de forma documentada y en la fecha y lugar previamente acordados o conforme a los usos habituales. Conviene subrayar que esta obligación legal no depende de la situación financiera de la empresa. Aunque atraviese dificultades económicas, la compañía sigue obligada a abonar tanto el salario pendiente como el interés de demora correspondiente. El objetivo de esta medida es reforzar la protección del trabajador y garantizar el cobro puntual de su remuneración. Aunque el derecho al interés nace automáticamente con el retraso, en la práctica no siempre se abona de forma voluntaria por parte de la empresa. En muchos casos, es el propio trabajador quien debe reclamarlo expresamente. Si la empresa no atiende la reclamación, el reconocimiento de este derecho puede obtenerse a través del Juzgado de lo Social. En estos supuestos, suele ser recomendable contar con el apoyo de un abogado laboralista o de un servicio de asesoramiento especializado. Estos profesionales pueden orientar al trabajador durante el proceso de reclamación, ayudarle a reunir la documentación necesaria y defender sus intereses frente a la empresa.

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(El País, 26-06-2026) | Laboral

Trabajo abre la negociación con sindicatos y patronales para reducir la brecha salarial en las empresas

El Ministerio de Trabajo ha convocado a los sindicatos CC OO y UGT, junto con las patronales CEOE y Cepyme, para iniciar la negociación sobre la incorporación a la normativa española de la directiva europea de transparencia salarial. El departamento dirigido por la ministra Yolanda Díaz ha citado a los agentes sociales para una reunión prevista la próxima semana, el miércoles 1 de julio. España, al igual que el resto de Estados miembros, debía haber adaptado esta directiva antes del 7 de junio, pero no ha cumplido el plazo al no haber aprobado todavía la norma de transposición. La directiva de la Unión Europea en materia de transparencia retributiva tiene como objetivo principal reducir la brecha salarial entre mujeres y hombres en puestos de igual valor. La norma fija como referencia un límite del 5% de diferencia salarial: a partir de ese umbral, las empresas deben analizar, junto con la representación de los trabajadores, si existe discriminación y corregirla en caso necesario, con posibilidad de sanciones si no se actúa. Mientras no se produzca su incorporación al ordenamiento jurídico español, la directiva no es plenamente aplicable en España. Sin embargo, los sindicatos recuerdan que, en procedimientos judiciales por discriminación salarial, los tribunales pueden tenerla en cuenta como criterio interpretativo. El propio Ministerio de Trabajo comparte esta visión y considera que, incluso sin transposición, los jueces deben interpretar la normativa interna de acuerdo con el contenido de la directiva europea. El Ministerio aseguró a comienzos de mes que estaba ultimando un borrador normativo que se someterá a diálogo con los agentes sociales. No ha concretado aún si la adaptación se realizará mediante real decreto-ley o a través de un real decreto reglamentario, lo que determinaría su alcance y su tramitación. En cualquier caso, el departamento de Trabajo sostiene que España ya cuenta con una legislación avanzada en materia de igualdad salarial y un nivel de cumplimiento elevado respecto a las exigencias europeas. Según datos de la Confederación Europea de Sindicatos, solo Eslovaquia, Italia y Lituania han completado la adaptación dentro del plazo. Otros países han realizado una transposición parcial o han retrasado sus proyectos legislativos, mientras que varios Estados miembros ni siquiera han iniciado el proceso o no tienen calendario definido. En este último grupo se encuentra España, junto a otros socios comunitarios, lo que refleja un grado de retraso significativo en la aplicación de la norma. Suecia, por su parte, ha optado por no aplicar la directiva. Esta nueva mesa de negociación se suma a otras ya abiertas por el Ministerio de Trabajo, como la reforma del sistema de indemnización por despido o la propuesta de incorporar representación sindical en los consejos de administración de las empresas. En estos procesos, las posiciones de sindicatos y patronal distan notablemente, hasta el punto de que CEOE y Cepyme llegaron a anunciar inicialmente su intención de no participar en las reuniones, aunque finalmente sí acudieron a los últimos encuentros.

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(El Economista, 26-06-2026) | Laboral

Bruselas sitúa la "hucha de las pensiones" española como la menos rentable de la UE

El Fondo de Reserva de la Seguridad Social, conocido popularmente como la hucha de las pensiones, continúa aumentando su patrimonio año tras año gracias al incremento de las cotizaciones derivado del Mecanismo de Equidad Intergeneracional. Sin embargo, sigue arrastrando una importante debilidad relacionada con la gestión de sus inversiones, una cuestión que preocupa especialmente a la Comisión Europea. Los expertos comunitarios sitúan la rentabilidad del fondo español como la más baja de toda la Unión Europea, incluso por debajo de la obtenida por el fondo de pensiones de Polonia, tradicionalmente uno de los peor posicionados en este ámbito. El pasado mes, la Comisión publicó la edición 2026 del European Financial and Stability Integration Review, su informe económico anual, que dedica un amplio análisis a la situación de los sistemas de pensiones europeos y, en particular, a mecanismos similares al Fondo de Reserva español. El informe subraya el elevado potencial de estos instrumentos para generar rentabilidades reales significativas, aunque matiza que dicho potencial solo se aprovecha plenamente cuando existe una exposición amplia a los mercados financieros. Precisamente ahí radica uno de los principales problemas del fondo español, cuya estrategia inversora ha estado históricamente concentrada en renta fija nacional. En este sentido, los expertos comunitarios destacan que el Fondo de Reserva español no tiene exposición alguna a renta variable, una circunstancia especialmente llamativa incluso en comparación con otros países con niveles considerados modestos, como Francia, donde la inversión en bolsa alcanza el 30%, o Polonia, con un 12%. Muy por encima se encuentra Suecia, que dispone de tres fondos de este tipo -AP1, AP3 y AP4- en los que la inversión en renta variable supera el 75% del patrimonio. El resultado de estas diferencias en la política de inversión es evidente. Según los datos recopilados al cierre de 2025, España registra la peor rentabilidad entre los 27 países de la Unión Europea, con retornos negativos del 2,1% en activos a diez años. Incluso países que también figuran entre los más rezagados presentan mejores resultados: Francia obtiene una rentabilidad del 1,3%, mientras que Polonia limita sus pérdidas al 1,7%. La Comisión Europea considera que no sería necesario asumir niveles excesivos de riesgo para mejorar estos resultados. Según sus expertos, bastaría con una exposición a renta variable de alrededor del 45% del patrimonio. Economías como Luxemburgo y Finlandia ya operan con porcentajes similares, obteniendo rentabilidades del 3,7% y 2,6%, respectivamente. En el conjunto de la Unión Europea, la rentabilidad media de estos fondos ronda el 3%, de acuerdo con las últimas estimaciones comunitarias. Fuera de Europa, pero dentro del entorno de la OCDE, países como Japón, Nueva Zelanda o Canadá también apuestan por estrategias de inversión más diversificadas, logrando rendimientos considerablemente superiores a los de España. La situación llevó finalmente al Gobierno a introducir cambios regulatorios. En febrero de 2025, el Ejecutivo aprobó un Real Decreto para desarrollar una nueva regulación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social. La normativa permite ampliar el universo de inversión a títulos emitidos por entidades públicas nacionales e internacionales con elevada calidad crediticia y suficiente liquidez. Asimismo, abre la puerta a otras inversiones en valores de alta solvencia emitidos por organismos públicos. Estas inversiones deberán contar con la aprobación del Consejo de Ministros y ser propuestas por los ministerios competentes, entre ellos el de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dirigido por Elma Saiz; el de Economía, Comercio y Empresa, liderado por Carlos Cuerpo; y el de Hacienda, encabezado por Arcadi España. No obstante, las estadísticas disponibles aún no reflejan plenamente el impacto de esta reforma. Pese a las limitaciones en su rentabilidad, el patrimonio del fondo sigue creciendo. Muy lejos quedan los años en los que la hucha de las pensiones estuvo prácticamente vacía. Según los datos cerrados en marzo de este año, el Fondo de Reserva alcanza ya los 15.200 millones de euros, su nivel más alto en la última década, y las previsiones para 2026 continúan siendo positivas. De acuerdo con las estimaciones presentadas por Elma Saiz en el Congreso, los ingresos del fondo podrían situarse en 5.230 millones de euros durante 2026. Aun así, estas cifras deben analizarse junto al déficit estructural del sistema, que obliga al Estado a realizar transferencias superiores a 40.000 millones de euros para sostener la Seguridad Social. El crecimiento del fondo responde en gran medida al buen comportamiento recaudatorio del MEI, la cotización específica creada para reforzar esta reserva financiera. Solo en el primer trimestre del año, la recaudación alcanzó 1.417 millones de euros, lo que representa más de la mitad de lo previsto para el conjunto del ejercicio. Además, en comparación con el mismo periodo del año anterior, el aumento ronda el 30%. Conviene tener en cuenta, no obstante, que estas previsiones se basan en estimaciones presupuestarias congeladas desde 2023 debido a la ausencia de nuevos Presupuestos Generales del Estado. Según la Memoria del Análisis de Impacto Normativo de 2026 elaborada por el Ministerio de Seguridad Social, la recaudación anual del MEI podría alcanzar los 5.298 millones de euros en diciembre. La tendencia al alza resulta clara en los últimos años: los ingresos derivados del MEI pasaron de 2.746 millones de euros en 2023 a 3.712 millones en 2024, subieron a 4.934 millones en 2025 y continúan creciendo en 2026, consolidando el papel de este mecanismo como una de las principales fuentes de financiación futura del Fondo de Reserva.

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(El Periódico, 26-06-2026) | Laboral

Ocho de cada diez españoles rechazan subir la edad de jubilación a 70 años para cobrar una pensión mayor

La preocupación por el futuro de las pensiones está ampliamente extendida entre la población española. Según la encuesta de 2026 sobre pensiones y educación financiera elaborada por Funcas, una mayoría muy significativa de ciudadanos teme que las reformas aplicadas hasta ahora no sean suficientes para garantizar la sostenibilidad del sistema público. Ocho de cada diez encuestados consideran insuficientes las medidas adoptadas hasta la fecha para asegurar el pago futuro de las pensiones. Además, existe un rechazo generalizado a una de las alternativas que suele plantearse para aliviar la presión financiera del sistema: retrasar progresivamente la edad de jubilación hasta los 70 años. Cerca del 80% de los participantes se muestra contrario a esta posibilidad, en un contexto en el que la edad legal de retiro ya se sitúa en 66 años y 10 meses y alcanzará los 67 años a partir del próximo año. La encuesta, realizada a más de 1.200 personas, también revela que el 70% de los ciudadanos cree que el pago de las pensiones se convertirá en un problema económico en un futuro cercano. Esta percepción refuerza la sensación de incertidumbre sobre la viabilidad del sistema actual. En cuanto a posibles soluciones, el estudio muestra cierto respaldo a medidas orientadas a aumentar los ingresos del sistema. Un 41% considera aceptable elevar las cotizaciones a la Seguridad Social que abonan trabajadores y empresas para sostener las pensiones. Por otro lado, un 31% apoyaría la creación de un impuesto específico destinado exclusivamente a financiar estas prestaciones. Respecto al modelo de pensión deseable, una mayoría del 58% considera que la prestación debería guardar relación con lo cotizado durante la vida laboral, frente a quienes priorizan una pensión que garantice un nivel de vida cómodo independientemente de las aportaciones realizadas. La investigadora de Funcas Elisa Chuliá subraya que cualquier reforma del sistema debe combinar rigor técnico con una comunicación clara hacia los ciudadanos. Según señala, la sostenibilidad financiera solo puede reforzarse si las medidas generan confianza entre las distintas generaciones. El estudio también evidencia una marcada brecha generacional en la percepción del problema. Los jóvenes son quienes muestran mayor inquietud y quienes más creen en la necesidad de buscar soluciones complementarias al sistema público. El 86% de las personas entre 18 y 30 años considera útil realizar inversiones privadas para complementar su futura pensión, mientras que entre los mayores de 60 años esta opinión es claramente minoritaria. La renta también condiciona esta visión. Entre quienes perciben más de 3.000 euros mensuales, el 72% ve necesario ahorrar o invertir por cuenta propia para la jubilación. En cambio, entre quienes ganan menos de 1.000 euros al mes, este porcentaje cae hasta el 29%, reflejando las dificultades reales de ahorro en los hogares con menor capacidad económica. Existe además un consenso muy amplio respecto a quién soportará el mayor coste de un eventual deterioro del sistema: los jóvenes. Siete de cada diez encuestados consideran que las personas de entre 18 y 30 años serán las más perjudicadas si no se adoptan reformas eficaces. Incluso entre los actuales pensionistas predomina esta percepción. Más de la mitad de los participantes también considera que los trabajadores menores de 45 años ya tienen una situación económica más complicada que la de muchos pensionistas actuales. Esta percepción refuerza la idea de un desequilibrio intergeneracional creciente. Otra conclusión destacada es que los menores de 45 años son quienes perciben con mayor intensidad el riesgo de sostenibilidad del sistema. El 76% de este grupo considera que la financiación de las pensiones será un problema importante para la economía en los próximos años, frente al 61% entre los mayores de 46 años. En conjunto, la encuesta refleja una convicción casi unánime: el sistema de pensiones cambiará antes de que la mayoría de los actuales trabajadores se jubile. De hecho, el 93% de los encuestados cree que las administraciones públicas introducirán nuevas reformas antes de su retirada laboral, lo que confirma la elevada incertidumbre que rodea al futuro del modelo actual.

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(Cinco Días, 26-06-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El INE confirma que la economía española creció un 0,6% en el primer trimestre del año gracias al dinamismo del consumo

La economía española ha vuelto a demostrar solidez en el arranque del año pese a un contexto internacional complejo. Según los datos definitivos de Contabilidad Nacional publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), el Producto Interior Bruto (PIB) creció un 0,6% entre enero y marzo, lo que supone una desaceleración de dos décimas respecto al cierre del año anterior, aunque mantiene un avance interanual del 2,7%. Aunque el Ministerio de Economía destaca que España sigue liderando el crecimiento entre las grandes economías de la eurozona, varios analistas señalan que la composición de ese avance presenta ciertas debilidades, al apoyarse en exceso en el consumo interno mientras la inversión y el sector exterior muestran señales de enfriamiento. La demanda interna fue el principal motor de la actividad en este primer trimestre, aportando 0,5 puntos al crecimiento trimestral y 3,5 puntos en términos interanuales. Dentro de ella, el consumo de los hogares avanzó un 0,6%, tres décimas menos que en el trimestre previo, aunque sigue siendo el gran sostén de la economía gracias al buen comportamiento del empleo. Por su parte, el gasto de las Administraciones Públicas aumentó un 0,5%, superando incluso las previsiones iniciales. El principal foco de preocupación está en la inversión, que prácticamente se estancó al crecer apenas un 0,1%, muy por debajo del 1,7% registrado en el trimestre anterior. Esta fuerte ralentización refleja la prudencia del tejido empresarial ante la incertidumbre generada por el conflicto en Irán. Economistas como Miguel Cardoso consideran que esta evolución evidencia una estructura de crecimiento menos saludable, al perder peso factores clave para el desarrollo a largo plazo. La inversión en bienes de equipo y maquinaria solo avanzó un 0,5%, cuatro décimas menos que en el trimestre previo, mientras que la construcción permaneció completamente estancada. Aunque en términos interanuales la inversión aún acumula un crecimiento del 5,8%, la brusca frenada trimestral apunta a un deterioro en las expectativas empresariales. El sector exterior tampoco ofreció señales positivas. Las exportaciones de bienes y servicios retrocedieron un 0,6% respecto al trimestre anterior, con una caída del 2% en las ventas de mercancías al exterior, afectadas por disrupciones en las cadenas de suministro. La aportación positiva del sector exterior al PIB, de apenas 0,1 puntos, se explica únicamente porque las importaciones descendieron aún más, un 1%. Según Cardoso, esta mejora aparente no responde a un aumento de la competitividad, sino a la menor demanda de insumos por parte de una industria que ha reducido actividad. Por su parte, Raymond Torres apunta que las exportaciones podrían haber sufrido un deterioro mayor de no haberse producido un adelanto de pedidos por parte de muchas empresas, que incrementaron existencias por temor a mayores interrupciones logísticas. Este efecto preventivo podría provocar una mayor debilidad en el segundo trimestre, una vez desaparezca. Desde el lado de la oferta, la economía avanza a diferentes ritmos según sectores. Los servicios continúan liderando el crecimiento con un avance del 0,8%, impulsados por comercio, transporte y hostelería. La industria manufacturera creció un modesto 0,3%, mientras que agricultura y pesca registraron un rebote del 3,3% tras meses de estancamiento. En términos interanuales, los servicios mantienen el mayor dinamismo con un crecimiento del 3,4%, seguidos de la industria con un 1,6%, mientras que el sector primario aún presenta una caída anual del 3,3%. El mercado laboral sigue actuando como uno de los grandes pilares de resistencia. Los puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo aumentaron un 2,8% interanual, manteniendo el mismo ritmo del trimestre anterior. Además, la remuneración de los asalariados creció un 7,2%, impulsada tanto por la creación de empleo como por el aumento del salario medio por puesto, que subió un 3,8%, contribuyendo a sostener el poder adquisitivo. Sin embargo, la inflación continúa siendo uno de los principales riesgos. Con una inflación subyacente situada en el 3% en mayo, persiste la preocupación por una posible pérdida de competitividad que termine afectando a las exportaciones. A ello se suma la presión derivada del encarecimiento energético y de la volatilidad internacional. Pese a estos riesgos, las perspectivas a corto plazo siguen siendo razonablemente favorables. Los indicadores de actividad de junio apuntan a que la economía mantiene una trayectoria positiva. Cardoso estima que el crecimiento del PIB en el segundo trimestre podría situarse entre el 0,6% y el 0,7%, lo que reforzaría la idea de que España continúa mostrando una capacidad notable para absorber perturbaciones externas.

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(Expansión, 26-06-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La EBA pide a la banca que mejore la calidad de los datos que aporta

La Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) ha puesto el foco en los procesos de reporte de las entidades financieras y reclama una mejora en la calidad de la información remitida, tras identificar discrepancias extendidas entre más de 2.700 bancos analizados. En un informe reciente, el supervisor evalúa la coherencia de las categorías empleadas por los bancos para informar sobre sus exposiciones crediticias y concluye que una misma contraparte puede ser clasificada de manera diferente según la entidad que reporte los datos. La normativa actual deja cierto margen de interpretación a la hora de categorizar las exposiciones de crédito, y además existen compañías con estructuras societarias complejas que dificultan encajarlas de forma clara en un único sector. Fuentes del sector financiero citan como ejemplo la financiación de empresas públicas como Redeia o Indra, cuya actividad puede analizarse desde enfoques distintos. Dependiendo del criterio aplicado, pueden clasificarse como compañías energéticas, entidades vinculadas al sector público o incluso dentro de otros segmentos específicos. Esta diversidad de criterios explica gran parte de las diferencias detectadas por la EBA al comparar información procedente de distintas entidades. El análisis del supervisor se basa en 19.003 contrapartes reportadas por más de un banco, con exposiciones agregadas superiores a 10,5 billones de euros. Según la EBA, las inconsistencias afectan al 65% del volumen examinado en entidades de 28 países europeos, lo que evidencia que se trata de una problemática generalizada y no de casos aislados. En determinados casos, corregir las categorías utilizadas en los reportes podría modificar los indicadores prudenciales de algunas entidades. La EBA apunta, por ejemplo, que 571 bancos deberían recalcular su ratio total de capital. Aun así, fuentes financieras consideran que el efecto global sobre la estabilidad del sistema sería reducido y que no supone un riesgo sistémico. En muchos casos, las discrepancias responden a diferencias en los criterios de clasificación y no a una infravaloración real del riesgo. Por ello, eventuales ajustes tendrían mayor relevancia para mejorar la uniformidad estadística y supervisora que para alterar de forma sustancial la solvencia de las entidades. Las fuentes consultadas descartan, además, que los bancos estén aprovechando deliberadamente estas ambigüedades para rebajar sus exigencias de capital. Más bien, consideran que la regulación vigente contiene zonas grises que permiten interpretaciones distintas. De hecho, los supervisores -especialmente el Banco Central Europeo- realizan inspecciones periódicas a las entidades y suelen detectar áreas susceptibles de mejora. Cuando se identifican deficiencias en el reporting, estas suelen traducirse en requerimientos adicionales de capital de carácter limitado, cuyo principal objetivo es impulsar mejoras en los sistemas de información. La EBA sostiene que avanzar hacia un sistema más homogéneo contribuiría a reforzar la fiabilidad de la información regulatoria y facilitaría tanto el trabajo de las entidades como el de los supervisores. Entre sus propuestas destacan la creación de listas de referencia comunes para determinadas contrapartes, una mayor alineación de las categorías con las utilizadas por Eurostat y, en general, un control supervisor más exhaustivo sobre las clasificaciones aplicadas por los bancos. Estas medidas implican mayores inversiones en sistemas de reporting con el fin de fortalecer los controles internos. El supervisor ya está exigiendo a las entidades mayor rapidez y precisión en la información que reportan. La EBA subraya en su informe que la calidad de los datos debe convertirse en una prioridad estratégica tanto para bancos como para reguladores. El organismo defiende que disponer de información fiable es indispensable para realizar análisis sólidos, diseñar políticas eficaces y ejercer una supervisión adecuada, situando así la integridad de los datos en el centro de la agenda regulatoria europea. Esta exigencia de mayor precisión no contradice el proceso de simplificación normativa que las entidades llevan tiempo reclamando. En los últimos años, los bancos han intensificado sus demandas en este sentido, mientras el BCE y Comisión Europea parecen cada vez más conscientes de la necesidad de agilizar procesos y reducir cargas regulatorias para mejorar la competitividad del sector bancario. Por su parte, el Banco de España ya ha recortado en un 34% el volumen de información financiera exigido a las entidades y aspira a alcanzar una reducción acumulada del 50%. Además, este mismo mes ha abierto una consulta pública sobre esta cuestión.

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