(El País, 03-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

La inflación de la zona euro se modera en octubre hasta el 2,1%, una décima menos

Desde hace un tiempo, la inflación ha dejado de ser un tema central de preocupación en Europa. Las tasas se mantienen por debajo del 3% desde septiembre de 2023, y ni la guerra comercial ni las tensiones geopolíticas recientes han alterado esa estabilidad. No hay señales de retroceso. Tampoco en octubre, mes en el que los precios se moderaron hasta el 2,1%, una décima menos que en septiembre, según los datos preliminares publicados este viernes por Eurostat. Las cifras llegaron demasiado tarde para que Christine Lagarde pudiera presumir de ellas en la rueda de prensa posterior a la decisión del Banco Central Europeo (BCE) de mantener sin cambios los tipos de interés este jueves. Aun así, sí destacó el crecimiento del PIB de los Veinte, superior a lo previsto. La caída de la inflación en octubre refuerza la estrategia prudente del BCE, basada en observar la evolución económica antes de mover ficha, justo cuando la inflación se acerca a su meta oficial. Dentro de los aspectos positivos, destaca el descenso en los precios de alimentos, alcohol y tabaco, que bajaron del 3% al 2,5%. Sin embargo, persiste una nota preocupante: la inflación en los servicios volvió a repuntar del 3,2% al 3,4%, su nivel más alto en seis meses. Este aumento refuerza la postura de los llamados "halcones" del BCE -quienes priorizan contener la inflación- y complica la posibilidad de una reducción de tipos en el corto plazo. Expertos como la alemana Isabel Schnabel han atribuido esta rigidez a la evolución de los salarios, muy influida por los convenios colectivos del sector. Bert Colijn, economista jefe de ING en Países Bajos, considera que el mal dato de servicios servirá de contrapeso frente a quienes temían una caída excesiva de la inflación por la apreciación del euro frente al dólar y por el desvío de productos asiáticos hacia Europa debido a los aranceles estadounidenses. "En las últimas semanas se ha hablado más del riesgo de una inflación demasiado baja. Los datos de hoy muestran que los riesgos, tanto al alza como a la baja, siguen bastante equilibrados", afirmó. Las estadísticas armonizadas de Eurostat reflejan además una amplia brecha entre países de la eurozona. Francia (0,9%) e Italia (1,3%) se sitúan claramente por debajo del objetivo del BCE, mientras que Alemania (2,3%) y especialmente España (3,2%) lo superan. La inflación subyacente, por su parte, se mantiene estable en el 2,4%. De cara al cierre del año, el contexto parece propicio para nuevas bajadas gracias al llamado efecto base. Esto ha llevado a los analistas del BCE a proyectar una inflación media del 1,7% en 2026 y del 1,9% en 2027. "Esperamos que la inflación continúe descendiendo gradualmente durante el resto de 2025 y la primera mitad de 2026, lo que ayudará a reforzar el poder adquisitivo de los hogares", explica Diego Iscaro, director de Economía Europea en S&P Market Intelligence. En otros apartados, Eurostat informa que los bienes no industriales aumentaron un 0,6%, frente al 0,8% de septiembre, mientras que la energía descendió un 1%, por debajo del -0,4% del mes anterior. El precio del barril de Brent se ha reducido un 13% en los últimos 12 meses, en un contexto de incremento de la oferta mundial.

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(El Confidencial, 03-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El Supremo revoluciona el uso de la inteligencia artificial por la Administración

La sentencia del Tribunal Supremo del pasado 11 de septiembre marca un antes y un después en las relaciones electrónicas entre la Administración pública y la ciudadanía -incluidas las empresas que mantienen vínculos contractuales con el Estado-. El fallo obliga a los poderes públicos, en nombre de la transparencia, a informar sobre el uso creciente de la inteligencia artificial (IA) en sus actuaciones administrativas. En la práctica, el Supremo, tras una reclamación presentada por la Fundación Civio, reconoce como derecho subjetivo el acceso a la información que posea la Administración cuando utiliza sistemas basados en IA. Es decir, los ciudadanos pueden exigir al Estado conocer cómo y con qué herramientas tecnológicas se toman determinadas decisiones: desde la concesión de una subvención o una licitación pública hasta la selección de tribunales de oposiciones. En el caso concreto de la sentencia, el sistema Bosco es el que determina quién puede beneficiarse del bono social eléctrico. La resolución, que crea jurisprudencia, consagra el llamado "principio de transparencia algorítmica", lo que implica que la Administración tiene la obligación de revelar el código fuente de los programas utilizados para conceder ayudas, realizar inspecciones fiscales u otras tareas automatizadas. En definitiva, afecta a toda la Administración cuando recurre a herramientas que operan con la autonomía característica de la IA, basada en algoritmos capaces de "aprender" a partir de datos sin seguir instrucciones humanas directas. Un ejemplo de ello es la Agencia Tributaria, que emplea la IA en sus asistentes virtuales y en la detección de errores en las declaraciones del IRPF, además de identificar a posibles contribuyentes que no han presentado su declaración. Para evitar abusos, la Agencia ha aprobado un código ético que garantiza la supervisión humana de las decisiones y predicciones generadas por los sistemas automatizados. A raíz de este fallo, el Supremo ha aceptado también un nuevo recurso de casación interpuesto por el Consejo de Transparencia, después de que la Audiencia Nacional negara el acceso al código fuente de una aplicación informática usada por la Comunidad de Madrid para el sorteo de tribunales en oposiciones. El Consejo defiende que dicha información debe ser pública, ya que permite entender cómo se toman las decisiones y bajo qué criterios actúan las instituciones, sin que ello vulnere la propiedad intelectual. Aunque el fallo se refiere directamente a la Administración pública, tiene implicaciones indirectas en el ámbito laboral, ya que refuerza el control sindical sobre los algoritmos utilizados por las empresas. Según el Estatuto de los Trabajadores, reformado en 2021, los representantes sindicales -no los empleados de forma individual- tienen derecho a recibir información sobre los sistemas de IA que influyen en las condiciones laborales o en la toma de decisiones empresariales. El V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (2023-2025) también subraya la importancia del principio de transparencia algorítmica. La falta de transparencia, como advierte un informe de CCOO, puede ocultar sesgos en los datos o en los modelos de entrenamiento, generando decisiones injustas o discriminatorias. Esta opacidad aumenta la desigualdad entre empresas y trabajadores, quienes a menudo desconocen cómo se procesan sus datos y cómo influye ese análisis en su entorno laboral. Además, el riesgo de discriminación múltiple -por edad, género, origen o creencias- es especialmente alto cuando confluyen distintos prejuicios. El Estatuto de los Trabajadores establece que los comités de empresa deben conocer, con la periodicidad que se determine, los parámetros y reglas sobre los que se basan los algoritmos o sistemas de IA que inciden en las condiciones de trabajo. Aunque el sistema Bosco fue desarrollado por el Ministerio para la Transición Ecológica, la sentencia también impacta en la contratación pública. Según el experto Javier Vázquez Matilla, los nuevos pliegos de contratación deberán prever que el contratista entregue no solo el producto final, sino también el código fuente o los medios de acceso necesarios para garantizar el cumplimiento del derecho a la transparencia. Incluso si el proveedor conserva la titularidad del software, deberá incluir cláusulas que permitan al órgano público facilitar el algoritmo si un juez lo exige. En la misma línea, un análisis del despacho Garrigues considera que la Sala Tercera del Supremo ha introducido un cambio interpretativo de gran alcance, al dejar claro que la digitalización de la Administración no puede convertirse en un espacio opaco, sino que debe estar sujeta al mismo control público y judicial que cualquier otro procedimiento administrativo. En última instancia, la sentencia afirma que el derecho a la información prevalece sobre la reserva del Estado para mantener en secreto los algoritmos que sustentan sus decisiones. "Tanto la normativa europea como la española apuestan por la transparencia de los algoritmos públicos, lo que descarta la ocultación del código fuente como principio general de seguridad", señala el fallo, redactado por el magistrado Juan Pedro Quintana Carretero. En su conclusión, el Supremo reconoce el derecho de la Fundación Civio a acceder al código fuente de Bosco y ordena a la Administración a entregarlo.

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(Expansión, 31-10-2025) | Fiscal

Hacienda vigilará más a fondo a las empresas que no usen su herramienta

Los inspectores admiten que la Agencia Tributaria podría rechazar la deducción de aquellas facturas que no incluyan el código QR obligatorio para las empresas a partir del 1 de enero. Comienza así la cuenta atrás -faltan 60 días- para la entrada en vigor de las nuevas obligaciones fiscales contempladas en la Ley Antifraude, que se implementarán mediante el reglamento del sistema Verifactu. Este sistema obligará a todas las compañías y a los trabajadores autónomos (estos últimos, desde el 1 de julio) que emitan facturas digitales a enviar determinada información a Hacienda en un formato estandarizado e inalterable. Desde esa fecha, las empresas deberán disponer de un software de facturación adaptado a Verifactu, ya sea mediante la herramienta pública o a través de soluciones privadas. No obstante, la Agencia Tributaria centrará sus inspecciones en aquellas que opten por programas distintos al oficial. Así lo explicó Javier Hurtado, inspector adjunto al jefe del área de la Oficina Nacional de Control del Fraude (ONIF), durante las jornadas anuales del Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf) en Cartagena. Hurtado señaló que usar Verifactu "transmitirá una imagen positiva tanto ante los clientes como ante la propia AEAT, que valorará de forma diferente a las empresas que no lo utilicen". Pese a los rumores recientes sobre una posible prórroga, el inspector desmintió categóricamente cualquier retraso y advirtió que "2025 será un año de gran esfuerzo de adaptación al sistema Verifactu". Quienes no lo hagan se exponen a sanciones que podrían alcanzar los 50.000 euros por cada ejercicio en que se detecten incumplimientos. La amenaza de multas y un mayor control fiscal refleja la relevancia que el Ministerio de Hacienda, liderado por María Jesús Montero, otorga al nuevo sistema, concebido para estrechar el cerco sobre las empresas menos rigurosas en su facturación, especialmente en lo referente a correcciones o anulaciones de facturas. Hasta ahora, según Hurtado, era habitual "corregir errores anulando la operación y emitiendo una nueva factura con los datos correctos". Sin embargo, a partir de enero, esta práctica quedará prohibida: será necesario emitir un segundo registro específico de anulación, rectificación o subsanación, es decir, una factura rectificativa vinculada a la original. A pesar de la magnitud de estos cambios, muchas empresas aún no han adoptado soluciones adaptadas al nuevo sistema, ya sea por desconocimiento o por intentar retrasar su implementación. El Barómetro de la Asesoría 2025 de Wolters Kluwer revela que el 61,1% de las compañías no tiene previsto enviar voluntariamente sus registros de facturación digital a la Agencia Tributaria mediante programas privados, algo que, según la Inspección, podría interpretarse como un indicio de posible fraude, aunque sea legalmente una opción válida. Otro informe, presentado por Teamsystem, indica que el 60% de las pymes y autónomos todavía no ha comenzado su adaptación, si bien los autónomos dispondrán de seis meses adicionales, hasta el 1 de julio de 2025. En este escenario, el presidente del Reaf del Consejo General de Economistas, Agustín Fernández, subrayó que cumplir con la nueva normativa puede ser una oportunidad para avanzar en digitalización y mejorar la productividad. "Las empresas pueden aprovechar esta transición para modernizarse, ganar eficiencia y dedicar más tiempo a otras tareas", afirmó. Una de las principales novedades del reglamento es la obligación de incluir un código QR en todas las facturas desde el 1 de enero, que permitirá a los clientes verificar que los datos se han registrado correctamente en Hacienda y que se han declarado los impuestos correspondientes. Según Hurtado, este requisito también servirá como señal de compromiso fiscal, mejorando la reputación del proveedor. No obstante, en la práctica, las empresas y profesionales que reciban las facturas deberán exigir que el código QR esté presente. De lo contrario, Hacienda podría denegarles la deducción de esos gastos por incumplimiento de la empresa emisora. "En mi opinión, la deducción terminará siendo aceptada, pero probablemente tras recurrir en los tribunales", advirtió Hurtado, anticipando una posible avalancha de reclamaciones por parte de negocios afectados por la negativa inicial del Fisco.

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(Expansión, 31-10-2025) | Fiscal

La deducción por vivienda habitual puede aplicarse tras la venta del inmueble

Los ingresos obtenidos por la venta de una vivienda que se destinen a cancelar la hipoteca pueden beneficiarse de la deducción fiscal. En concreto, los contribuyentes que vendan su vivienda habitual y utilicen ese dinero para amortizar un préstamo hipotecario suscrito antes de 2013 podrán aplicar la deducción del 15% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), dentro de los límites legales establecidos. Así lo ha determinado el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) en una reciente resolución, que corrige de nuevo el criterio seguido hasta ahora por la Agencia Tributaria en la aplicación de estas deducciones, vigentes únicamente para las hipotecas sobre vivienda habitual formalizadas antes del 31 de diciembre de 2012. El TEAC argumenta que el dinero es un bien fungible, por lo que el hecho de que el préstamo se cancele con los fondos procedentes de la venta no impide aplicar la deducción, siempre que la vivienda haya sido la residencia habitual hasta el momento de la transmisión y se cumplan el resto de los requisitos exigidos, incluyendo el límite anual de 9.040 euros. La resolución hace referencia a un caso en el que un contribuyente, en 2018, abonó más de 1.600 euros en cuotas hipotecarias y canceló más de 100.000 euros del préstamo el mismo día en que vendió su vivienda. En su declaración del IRPF aplicó la deducción por un importe de 9.040 euros. Sin embargo, la Administración tributaria revisó su declaración y le impuso una sanción al entender que había aplicado incorrectamente la reducción. El TEAC ha revocado tanto la sanción como la liquidación complementaria, estableciendo que "cuando una persona vende su vivienda habitual y destina parte del importe obtenido a cancelar el préstamo hipotecario que la gravaba, puede beneficiarse de la deducción por inversión en vivienda habitual, incluyendo en la base de la deducción las cantidades procedentes de la venta que se hayan empleado para dicha cancelación". A la luz de este nuevo criterio, los expertos fiscales aconsejan a los contribuyentes en esta situación que acrediten que la vivienda fue su residencia habitual hasta el momento de la venta, verifiquen que cumplen los límites y requisitos legales, y conserven todos los justificantes de la operación: tanto los relativos a la cancelación del préstamo como los pagos de cuotas e intereses del año en que se realizó la compraventa. Esta resolución del TEAC se suma a otras recientes que aclaran aspectos relevantes sobre las deducciones por vivienda habitual en hipotecas firmadas antes de 2013. En una línea similar, la Dirección General de Tributos (DGT) publicó hace poco una consulta vinculante en la que confirma que el cambio de entidad bancaria no afecta al derecho a la deducción. Además, los gastos derivados de esa operación -como los de notaría, registro o las comisiones de cancelación y subrogación- también pueden incluirse en la base deducible del IRPF.

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(El Confidencial, 31-10-2025) | Fiscal

La Autoridad Fiscal pide al Gobierno replantear su reforma de la financiación autonómica

El Ministerio de Hacienda está diseñando una reforma del sistema de financiación autonómica sustentada en dos grandes principios. El primero consiste en mejorar la situación relativa de las comunidades que actualmente se consideran más perjudicadas (el cuadrante sureste del país) y de aquellas que aportan más recursos de los que reciben (Cataluña, Baleares y Madrid). El segundo busca que ninguna comunidad salga perdiendo con el nuevo modelo, para evitar una oposición frontal al cambio. Este planteamiento obligaría al Estado a transferir parte de sus actuales recursos a las autonomías. Sin embargo, la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ha pedido al Gobierno que revise este enfoque. La situación financiera del Estado y la de las comunidades autónomas difieren considerablemente, siendo mucho más delicada la del primero, tanto por su déficit y nivel de endeudamiento como por las obligaciones de gasto que deberá afrontar en el futuro. Según la AIReF, si alguna administración atraviesa dificultades reales, esa es la Administración Central. Por ello, una reforma que implique ceder más fondos a las autonomías sin un traspaso paralelo de competencias podría poner en peligro el control del déficit y limitar la capacidad del Estado para atender sus compromisos en la próxima década. Históricamente, todas las reformas de financiación autonómica han seguido un mismo patrón: reducir el peso del Estado en favor de las comunidades. Pero eso no significa que sea la estrategia más adecuada. La presidenta de la AIReF, Cristina Herrero, lo resume así: "La Administración Central tiene serias limitaciones para aportar más recursos a las comunidades autónomas". Actualmente, se prevé que las comunidades alcancen el equilibrio presupuestario en 2026, mientras que la Administración Central registrará un déficit del 1,9% del PIB. De cada 10 euros de déficit público, 9,5 corresponderán al Estado. Además, la deuda neta de las comunidades equivale al 143% de su gasto anual -una cifra que podrían amortizar en alrededor de un año y medio-, frente al 700% de los ingresos del Estado, lo que evidencia su frágil posición financiera. Desde 2014, cuando caducó el actual modelo, el gasto autonómico en relación con el PIB ha crecido 0,6 puntos, mientras que el del Estado ha disminuido 0,4. En otras palabras, las comunidades ya han salido beneficiadas en este tiempo. Por ello, la AIReF sostiene que la Administración Central no está en condiciones de desprenderse de más fondos y sugiere al Gobierno reconsiderar su planteamiento: "Esa idea de que toda reforma debe implicar más recursos para las autonomías debería revisarse", afirma Herrero. El riesgo de la propuesta actual radica en que las comunidades utilicen los recursos adicionales sin que el Estado compense con un ajuste equivalente, lo que incrementaría el déficit público. Las conversaciones entre Hacienda y la Generalitat apuntan a una aportación de más de 20.000 millones de euros al nuevo modelo. Si el Estado no realiza un ajuste paralelo, la reforma supondría, en la práctica, un aumento del déficit que recaería sobre futuros gobiernos. Como alternativa, la AIReF plantea redistribuir los fondos existentes dentro del sistema, aunque reconoce que esta opción es "políticamente sensible". Una posibilidad sería implementar la reforma de forma gradual, aprovechando el crecimiento de la recaudación para aumentar los recursos disponibles, o incluso mediante una aportación temporal de equilibrio por parte del Estado. En definitiva, todo dependerá de la voluntad política para alcanzar una solución equilibrada. "No puedo determinar cuántos ingresos necesitan las comunidades", concluye Herrero, "pero sí creo que una reforma debe partir de establecer cuántos recursos se necesitan en conjunto y cómo deben repartirse". Una visión muy distinta de la que actualmente maneja el Gobierno.

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(El Economista, 31-10-2025) | Fiscal

El Supremo impide a las empresas deducir gastos en ejercicios ya prescritos

El Tribunal Supremo (TS) ha dictaminado que las empresas no pueden deducir gastos correspondientes a ejercicios fiscales que ya hayan prescrito. Con esta decisión, el alto tribunal pone fin a un litigio entre una compañía y la Agencia Tributaria, en el que la empresa intentó incluir en el Impuesto sobre Sociedades de 2012 un gasto de 463.000 euros por una indemnización pagada a los propietarios de una nave industrial alquilada, cuyas rentas no había abonado entre 2001 y 2010. Hacienda rechazó la deducción de las cantidades correspondientes a los años 2001-2007 al considerar que esos ejercicios ya estaban prescritos. La empresa alegó que, en virtud del principio de regularización íntegra, ese gasto debía imputarse a los ejercicios en los que realmente se había generado (de 2001 a 2007) y pidió que se emitiera una nueva liquidación, lo que habría supuesto un beneficio fiscal al aumentar los gastos deducibles del Impuesto sobre Sociedades. Sin embargo, el Supremo, en una sentencia del 7 de octubre -cuyo ponente fue el magistrado Miguel de los Santos Gandarillas Martos-, establece que los gastos contabilizados de forma tardía no pueden modificar la base imponible de ejercicios prescritos. Según el fallo, la Ley del Impuesto sobre Sociedades exige que un gasto debe haberse contabilizado previamente en la cuenta de pérdidas y ganancias de la empresa para poder ser deducido. En consecuencia, si no se registró en su momento, no puede aplicarse la deducción posteriormente. En este caso, el gasto se registró contablemente en 2012, cuando debía haberse hecho en los ejercicios en que se devengaron las rentas, o al menos haberse provisionado en los años en los que no se realizaron los pagos. El Supremo aclara que este tipo de errores contables deben corregirse cargando el importe directamente al patrimonio neto de la empresa, para no alterar los resultados del ejercicio actual. La sentencia recuerda además que, aunque Hacienda puede revisar bases imponibles negativas de hasta diez años atrás, las modificaciones derivadas de esas comprobaciones solo pueden afectar a los ejercicios no prescritos, que según la Ley General Tributaria se limitan a los últimos cuatro años. El fallo concluye afirmando que "ni el principio de regularización íntegra ni el de buena administración pueden eludir lo que la ley establece sobre la determinación de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, los criterios de imputación temporal o los plazos de prescripción fijados por el legislador".

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(Cinco Días, 31-10-2025) | Laboral

Los procuradores apoyan la reclamación de los autónomos para equiparar sus prestaciones a las de los asalariados

El Consejo General de Procuradores de España (CGPE) ha mostrado su respaldo a las asociaciones de trabajadores autónomos en su reivindicación para lograr una equiparación de sus prestaciones con las de los asalariados, en plena negociación con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Se trata de una cuestión clave que ha generado un intenso debate dentro del colectivo, compuesto en su mayoría por profesionales que trabajan por cuenta propia. En un comunicado difundido este jueves, el CGPE subraya la importancia del diálogo social y defiende que se respete el espíritu del Pacto de Toledo, concretamente su recomendación quinta, que insta a igualar la protección social de los autónomos con la de los trabajadores por cuenta ajena. "Esa equiparación debe aplicarse tanto en las contribuciones fiscales como en las prestaciones públicas", señala la institución. El Consejo también expresa su apoyo a la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) y al resto de organizaciones del sector, animándolas a seguir reclamando una nueva propuesta que corrija los errores detectados en la única regularización del sistema de cotización por ingresos reales del RETA, correspondiente a 2023. A juicio del CGPE, la propuesta actual del Gobierno resulta insuficiente, ya que "solo ha cumplido con el aumento de las cotizaciones, dejando de lado cuestiones relevantes como la sobrecotización de los colegiados que se encuentran en situación de pluriactividad", quienes ya cotizan en el régimen general por la base máxima. Además, el Consejo lamenta la falta de avances en el reconocimiento de permisos y ayudas esenciales, como el derecho a la lactancia o el subsidio para los mayores de 52 años que hayan agotado la prestación por cese de actividad, en igualdad de condiciones con los asalariados que finalizan su prestación por desempleo. También advierte de los problemas que pueden surgir en el mantenimiento de la base de cotización de los procuradores societarios inscritos en el RETA antes de 2022. Pese a ello, el CGPE valora positivamente que la nueva propuesta ministerial haya reducido los incrementos de cuotas y que estas se mantengan congeladas para los profesionales con menores ingresos, situando el resto en niveles próximos a la inflación, una medida que considera un paso en la dirección adecuada.

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(El Economista, 31-10-2025) | Laboral

El salario mínimo interprofesional va camino de convertirse en el más frecuente en España

Los salarios en España han experimentado un cambio profundo en los últimos años, y no precisamente para bien. El salario mínimo interprofesional (SMI) está cada vez más cerca de convertirse en el sueldo más común del país. En términos reales -es decir, descontando la inflación-, la diferencia entre el salario más frecuente y el SMI se ha reducido hasta apenas un 2,97%, cuando en 2018 era del 39,3%. Esto refleja una realidad clara: el aumento del SMI no ha generado un "efecto arrastre" sobre los sueldos medios y altos, y muchos trabajadores están perdiendo poder adquisitivo frente a la inflación. Un estudio realizado por Fernando Pinto, profesor de Economía Aplicada en la Universidad Rey Juan Carlos, muestra cómo la estructura salarial española se ha ido concentrando en los niveles más bajos desde la crisis financiera. En 2009, el salario más habitual era de 15.491,59 euros anuales frente a los 8.736 euros del SMI, una diferencia de 6.755,59 euros (un 77%). En 2018, el salario modal ascendía a 16.977,6 euros, mientras que el SMI se situaba en 10.302,6 euros, reduciendo la brecha a 6.675 euros (un 64%). Sin embargo, a partir de ese año el salario mínimo inició una fuerte escalada con el objetivo de alcanzar el 60% del salario medio, tal como establece la Carta Social Europea. En 2023, según la última Encuesta de Estructura Salarial, el sueldo más frecuente había caído un 8,6%, hasta 15.575 euros, mientras que el SMI aumentó un 46%, hasta 15.120 euros. La diferencia entre ambos quedó reducida a solo 455 euros, un 3%. El descenso del salario modal comenzó en 2022, tras una década de relativa estabilidad, y apenas repuntó ligeramente en 2023. Pinto atribuye esta tendencia al efecto pospandemia: la rápida reactivación del turismo generó empleo, sobre todo con la incorporación de mano de obra inmigrante, pero sin un incremento proporcional de los salarios. Las mejoras salariales se concentraron en la parte baja de la escala -donde influye directamente el SMI-, sin extenderse a los tramos medios y altos. Este fenómeno cuestiona uno de los objetivos de las subidas del salario mínimo: mejorar no solo las condiciones de los trabajadores con sueldos más bajos, sino también impulsar una mejora general del mercado laboral. Entre 2018 y 2023, el SMI subió un 46%, tres veces más que en la década anterior, pero muchas empresas no han podido absorber ese aumento. Como resultado, el SMI pasó de equivaler al 60% del salario modal en 2018 al 97% en 2023. El análisis en términos reales, considerando la inflación -que desde 2019 acumula un 22,93%-, muestra una pérdida de poder adquisitivo aún más marcada. Pinto calcula que entre 2018 y 2023 el salario más frecuente cayó un 21,1% (de 17.453,1 a 13.773,7 euros reales), mientras que el SMI aumentó un 26% (de 10.590,1 a 13.370,4 euros). La diferencia entre ambos apenas llega al 2,93%, aunque la evolución ha sido distinta: el salario modal real se recuperó ligeramente en 2020 y 2021, pero volvió a caer con fuerza en 2022 y 2023 (un 16% acumulado). El economista destaca el impacto de "una subida nominal del salario mínimo muy por encima del crecimiento de la productividad y del PIB per cápita", mientras que el salario más común se ha estancado o reducido en términos reales por efecto de la inflación, la fragmentación laboral y la baja productividad. Además, señala que incluso el propio SMI ha perdido valor real: en 2023 su poder adquisitivo era inferior al de 2019, ya que las subidas aplicadas (5,6% en 2020, 1,6% en 2021, 3,6% en 2022 y 8% en 2023) se vieron neutralizadas por el alza de los precios. El estudio, basado en la Encuesta Anual de Estructura Salarial del INE (actualizada hasta 2023), no incluye las últimas subidas del SMI en 2024 (4,4%) y 2025 (5,5%). Sin embargo, la debilidad del salario mínimo en términos reales explicaría, según Pinto, la intención de la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, de impedir que las próximas subidas puedan absorberse mediante pluses o complementos, con el fin de que el incremento se refleje de forma directa en las nóminas. No obstante, esta interpretación contrasta con los datos de la OCDE, que señalan que hasta abril de 2025 el SMI en España ha crecido un 3,1% en términos reales respecto a enero de 2021, una cifra inferior a la media de la organización (7,9%), pero mejor que la caída del 4,2% de los salarios reales totales en el mismo periodo.

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(El Economista, 31-10-2025) | Laboral

El Gobierno cede a negociar la subida salarial de los funcionarios tras la primera movilización de los sindicatos

La primera protesta de los funcionarios ha logrado su objetivo al conseguir que el Ministerio de Función Pública abandone su parálisis. La nueva secretaria de Estado, Consuelo Sánchez, se ha reunido esta mañana con los representantes sindicales Isabel Araque (UGT), Miguel Borra (CSIF) y Lucho Palazzo (CCOO), y ha fijado para el próximo miércoles la primera reunión formal con el fin de iniciar las negociaciones de un nuevo Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI y abordar la subida salarial correspondiente a 2025, congelada tras expirar el pacto anterior. Tras semanas de movilizaciones convocadas por los principales sindicatos del sector público, el Ministerio ha dado finalmente una fecha para reabrir el diálogo: este miércoles. Durante este primer encuentro con Sánchez Naranjo, la plataforma conjunta de UGT, CCOO y CSIF presentará sus propuestas en torno a la mejora salarial "que los empleados públicos necesitan", afirmó Araque ante los medios. La dirigente sindical también recalcó que "la pelota está ahora en el tejado del Ministerio de Función Pública", en referencia a la decisión sobre el porcentaje de incremento retributivo que se aprobará. Los sindicatos llevaban reclamando desde junio una reunión con el ministro Óscar López, enviando cartas y convocando protestas para forzar la reactivación de la mesa de negociación. Pese al avance logrado con esta convocatoria, desde UGT advierten que mantendrán la presión y el calendario de movilizaciones, ya que consideran que este es solo un primer paso: "Si no hay voluntad, compromiso, calendario y financiación para la subida salarial y el nuevo acuerdo, seguiremos movilizándonos". Respecto al reciente cese de Carla Mapelli, anterior secretaria de Estado destituida hace dos semanas, Araque declaró que "si el Gobierno ha decidido cambiarla, tendrá sus motivos". No obstante, valoró positivamente el gesto de la nueva responsable: "Hoy se han vuelto a abrir las puertas del ministerio, con disposición, agenda y compromiso".

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(Cinco Días, 31-10-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El BCE fija como objetivo lanzar el euro digital en 2029

El proyecto del euro digital continúa avanzando, aunque sigue pendiente el elemento más importante: la aprobación de su marco legal. Este miércoles, el Banco Central Europeo (BCE) dio un nuevo paso al aprobar en su consejo de gobierno el inicio de la fase técnica, tras haber concluido la etapa preparatoria. El objetivo es que la versión digital de la moneda única esté lista en 2029, siempre que en 2026 las autoridades europeas hayan dado luz verde a la normativa correspondiente. Con esta decisión, el BCE responde a la petición de los líderes de la Unión Europea, que en la cumbre de octubre respaldaron el proyecto y definieron algunos aspectos clave, como los límites de tenencia. En su comunicado, el banco central destacó que el euro digital garantizará la libertad de elección de los ciudadanos europeos, la protección de la privacidad, la soberanía monetaria y la seguridad económica. También subrayó su potencial para fomentar la innovación en los pagos, fortalecer la competitividad, mejorar la resiliencia ante crisis y promover la inclusión financiera. El proceso, sin embargo, no está exento de obstáculos. El sector privado muestra reticencias debido a los elevados costes de infraestructura y al temor de que se produzca una fuga de depósitos desde los bancos hacia el euro digital. A esto se suma la lentitud con la que avanza el Parlamento Europeo en la tramitación legislativa. Pese a ello, el auge de las stablecoins en Estados Unidos -criptomonedas vinculadas a divisas tradicionales como el dólar o el euro- está presionando a Europa para acelerar el desarrollo de su propia alternativa pública. El BCE considera que la creación de un medio de pago público y digital complementario al efectivo es una necesidad urgente ante la evolución de los métodos de pago. No obstante, ha dejado claro que la decisión definitiva sobre su emisión no se tomará hasta que el marco legal esté aprobado. Actualmente, se espera que el ponente del Parlamento Europeo, el español Fernando Navarrete, presente su propuesta en los próximos meses, y que la posición final de la Eurocámara no se conozca hasta mayo. Sin ese paso, no podrán comenzar las negociaciones entre el Parlamento y el Consejo de la UE para acordar el texto definitivo. Dentro del Parlamento, el Partido Popular Europeo apuesta por una alternativa privada, mientras que los liberales y la izquierda defienden una solución pública. Con esta resolución, el BCE pone fin a la fase de preparación iniciada en noviembre de 2023. La nueva etapa se centrará en el desarrollo técnico, la creación de sistemas, la realización de pruebas piloto -previstas para 2027- y la colaboración con empresas de pago, comercios y consumidores para definir su funcionamiento y estudiar su uso. Además, el banco apoyará el proceso legislativo en curso. Entre las posibles funciones del euro digital ya se han planteado opciones como el pago de compras online solo tras su recepción o las transferencias condicionadas. En cuanto a los costes, el BCE estima que el desarrollo y la operación del euro digital supondrán unos 1.300 millones de euros para su lanzamiento y unos 320 millones anuales a partir de 2029. Sin embargo, los gastos para el sector privado son motivo de controversia. El BCE calcula que podrían situarse entre 4.000 y 5.700 millones de euros, mientras que la Comisión Europea los estima entre 2.800 y 5.400 millones. En contraste, un informe reciente de PwC eleva esa cifra a unos 18.000 millones, e incluso hasta 30.000 millones si se incluyen funciones avanzadas, como los pagos sin conexión. El banco también ha tratado de disipar el temor a una posible fuga de depósitos hacia el euro digital en momentos de inestabilidad financiera. A su juicio, esta moneda fortalecería la estabilidad, ya que en una situación de crisis los depósitos podrían desplazarse hacia stablecoins privadas, en su mayoría denominadas en dólares. Además, la creciente preocupación por la autonomía estratégica de Europa -agravada por el regreso de Donald Trump a la política estadounidense- ha reavivado el debate sobre la dependencia europea de las empresas norteamericanas Visa y Mastercard en el ámbito de los pagos.

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