(El Economista, 14-07-2025) | Laboral
Existe un acuerdo general dentro del diálogo social respecto a la necesidad de revisar el complemento de pensión por brecha de género, a raíz de recientes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del Tribunal Supremo, que han considerado que esta prestación podría discriminar a los hombres. Tanto los sindicatos como las organizaciones empresariales coinciden en que es necesario reformular el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social, que regula este complemento, y están a la espera de que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones proponga una nueva redacción.
Tras hacerse pública la sentencia del TJUE, los sindicatos mayoritarios (UGT y CCOO) emitieron un comunicado conjunto en el que urgían al Gobierno a dar una respuesta rápida. Para estas organizaciones, la modificación del complemento es una prioridad en la mesa del diálogo social, ya que temen que pueda acabar funcionando como una especie de "plus por paternidad", desvirtuando así su objetivo original. Aunque el fallo europeo establece que si ambos progenitores lo solicitan, el complemento debe concederse a quien perciba la pensión más baja, los sindicatos alertan de que, dado que los hombres suelen jubilarse antes que las mujeres, podrían adelantarse a solicitar la ayuda, dejando a las mujeres sin la posibilidad de percibirla en el futuro.
Desde el entorno empresarial comprenden esta preocupación y señalan que, si la mujer resulta tener finalmente una pensión inferior, podrá reclamar el complemento y recibirlo. Por el momento, apuntan que el Ministerio está analizando los efectos de la sentencia y las posibles formas de adaptar la normativa. Recuerdan también que la última reforma tardó un año en aplicarse tras una situación similar.
El complemento por brecha de género fue introducido en 2021, reemplazando al antiguo complemento por maternidad, que solo se reconocía a las mujeres con dos o más hijos. Aquel cambio fue consecuencia de una sentencia del TJUE de 2019 que consideró discriminatorio excluir a los hombres. Sin embargo, el nuevo sistema también ha generado polémica, ya que impone requisitos adicionales a los hombres que solicitan el complemento, mientras que a las mujeres se les concede de manera automática por el simple hecho de haber sido madres.
En concreto, los hombres deben demostrar que su trayectoria laboral se vio afectada por el cuidado de los hijos: si estos nacieron antes de 1995, deben acreditar una interrupción en su carrera; si fue después, deben probar que su base de cotización en los dos años posteriores al nacimiento fue al menos un 15% inferior a la de los dos años anteriores.
Por otro lado, este miércoles el Tribunal Supremo estableció que los hombres tienen derecho a percibir este complemento en igualdad de condiciones que las mujeres. Según datos del Ministerio, en junio se incluía el complemento por brecha de género en 1.042.384 pensiones, de las cuales el 88,4% correspondían a mujeres. El importe medio mensual fue de 75,3 euros.