(Expansión, 06-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La abogacía pide reforzar la seguridad jurídica y la calidad regulatoria

Los continuos cambios legislativos y la creciente complejidad del marco regulatorio han situado la seguridad jurídica entre las principales preocupaciones de las empresas españolas. El próximo Gobierno tendrá entre sus principales desafíos la creación de un entorno normativo estable y previsible que permita fortalecer la confianza de las compañías y de los inversores. Para Fernando Vives, presidente ejecutivo de Garrigues, alcanzar este objetivo requiere contar con unas reglas "claras, estables y previsibles", además de reforzar la fortaleza y la independencia de las instituciones. Una opinión compartida por Eduardo Soler Tappa, socio director de Herbert Smith Freehills Kramer en España, quien considera necesario avanzar hacia un marco regulatorio competitivo que reduzca la carga administrativa y favorezca la inversión, especialmente en sectores estratégicos como la energía, las infraestructuras y la economía digital. José María Michavila, exministro de Justicia y socio cofundador de Michavila Acebes Abogados, vincula la seguridad jurídica con el cumplimiento de la Constitución y reclama recuperar la cultura del consenso. A su juicio, es necesario que la actividad legislativa vuelva a apoyarse en el Parlamento y se reduzca el recurso al real decreto-ley, de manera que las normas sirvan para solucionar problemas y no para alimentar la confrontación política. Desde el ámbito jurídico también se reclama una mayor estabilidad legislativa y un uso más limitado de los reales decretos-leyes. Cristina Camarero, socia directora de Ontier, advierte de que la incertidumbre normativa tiene efectos directos sobre empresas y ciudadanos, al traducirse en litigios que podrían evitarse y en decisiones de inversión que terminan aplazándose. En su opinión, unas normas consensuadas y con vocación de permanencia son fundamentales para garantizar seguridad jurídica. Otro de los desafíos será completar la adaptación de la legislación española a las exigencias procedentes de la Unión Europea. Javier Fontcuberta, consejero delegado de Cuatrecasas, considera que la transposición de las directivas comunitarias pendientes y la puesta en marcha de nuevas reformas serán determinantes para avanzar en los objetivos de la Brújula de la Competitividad, especialmente en ámbitos como la innovación, la transición energética, la autonomía estratégica europea y la seguridad jurídica. España mantiene actualmente 101 directivas pendientes de transponer, de las que 50 ya han superado el plazo establecido. Ignacio Hornedo, socio director de A&O Shearman, apunta además a sectores como la eficiencia energética, la inteligencia artificial, los servicios financieros y las infraestructuras como áreas en las que esta adaptación tendrá especial relevancia. Considera que España dispone de una posición sólida para continuar atrayendo inversión extranjera, aunque para aprovecharla será necesario garantizar un marco jurídico estable, previsible y basado en el respeto al Estado de derecho. Entre las cuestiones que también deberá abordar el próximo Gobierno destaca el acceso a la vivienda. Pedro Pérez-Llorca, socio director de Pérez-Llorca, considera prioritario impulsar la construcción de viviendas dirigidas especialmente a los jóvenes y a las personas con menos recursos. Para ello, reclama condiciones que permitan atraer a los inversores, con garantías para la propiedad y la seguridad jurídica, además de una simplificación de los procedimientos administrativos. A su juicio, las medidas imprevisibles o de carácter confiscatorio pueden contribuir a reducir todavía más la oferta disponible. Rosa Vidal, socia directora de Broseta, coincide en la necesidad de facilitar el acceso a la vivienda mediante instrumentos de financiación adecuados, una mayor colaboración entre las administraciones y el sector privado y una mayor disponibilidad de suelo, junto con medidas de liberalización que permitan incrementar la oferta. La inmigración y el reto demográfico también ocuparán un lugar destacado en la próxima legislatura. Pérez-Llorca defiende una inmigración ordenada y vinculada a las necesidades de la economía española, ante la dificultad para mantener el sistema con las actuales tasas de natalidad. En su opinión, el objetivo debe ser atraer perfiles que contribuyan a elevar la productividad y combinar el crecimiento demográfico con un incremento de la inversión y de la productividad. Para ello, vuelve a considerar esencial disponer de un marco jurídico que facilite la llegada de capital privado. En materia de Defensa y Seguridad, el nuevo Ejecutivo tendrá que afrontar los compromisos adquiridos por España, especialmente los relacionados con las inversiones y las capacidades que exige la OTAN, según señala Rosa Vidal. En el ámbito laboral, Íñigo Sagardoy, presidente de Sagardoy, sitúa entre las prioridades el refuerzo de las políticas activas de empleo para favorecer un mercado laboral más dinámico mediante la formación y una mejor adaptación a las necesidades de las empresas. En el terreno normativo, plantea simplificar y actualizar la legislación para adaptarla a los cambios económicos y sociales, así como conceder un mayor protagonismo a la negociación colectiva y reducir el peso de la regulación legal y reglamentaria cuando esta no resulte necesaria para garantizar el equilibrio entre trabajadores y empresas. Joaquín Merchán, presidente del Consejo General de Graduados Sociales de España, reclama además recuperar la integración de Trabajo y Seguridad Social en un único ministerio, al considerar negativa la experiencia de su separación. También pide abordar el absentismo como una cuestión de Estado y defiende que las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social puedan participar en la tramitación de las altas en los procesos de incapacidad temporal, siempre con las correspondientes garantías para los trabajadores. Desde el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), su decano, Eugenio Ribón, reclama que el colectivo profesional tenga una mayor participación en la elaboración de las normas. Considera que los abogados, por su contacto diario con la aplicación de la legislación, pueden detectar anticipadamente problemas, contribuir a mejorar las leyes y favorecer una regulación más eficaz y una mejor Administración de Justicia. Precisamente, el funcionamiento de la Justicia figura también entre las preocupaciones del sector. Michavila reclama preservar la independencia judicial y la neutralidad de los órganos e instituciones del Estado, además de garantizar la aprobación anual de los Presupuestos Generales del Estado. También plantea una reforma de la legislación electoral para evitar, en su opinión, situaciones en las que un Gobierno pueda depender del apoyo de formaciones minoritarias tras unas elecciones.

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(El País, 06-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El Consejo de Ministros aprobará unos decretos de vivienda similares a los que cayeron para que los vote la Diputación Permanente

El Consejo de Ministros tiene previsto aprobar mañana nuevos decretos en materia de vivienda, similares pero no idénticos a los que fueron rechazados por el Congreso el pasado viernes. El Gobierno continúa trabajando en la redacción definitiva y pretende que las nuevas medidas puedan ser convalidadas por la Diputación Permanente, donde Junts no tendría capacidad para bloquearlas. Si el PNV mantiene su respaldo, podría salir adelante el denominado "decreto Maricarmen", que establece la protección frente a los desahucios de personas vulnerables, mientras que el segundo decreto, que plantea una mayor duración de los contratos de alquiler, tendría más dificultades. El Ejecutivo descarta recuperar exactamente los mismos textos, ya que fueron rechazados por el Pleno del Congreso y su posterior convalidación por un órgano de menor tamaño podría plantear dudas jurídicas. Por ello, estudia introducir modificaciones que permitan presentar nuevas versiones, aunque esto obligaría también a renegociar su contenido con los distintos grupos parlamentarios. Una de las principales incógnitas es cómo recuperar las medidas incluidas en los decretos que decayeron tras la votación parlamentaria. La Moncloa analiza las distintas alternativas jurídicas para mantener el mayor número posible de disposiciones, especialmente las relacionadas con el escudo frente a los desahucios, que contaba con el respaldo previo del PNV, Coalición Canaria y Junts, según el Ejecutivo. El adelanto electoral tampoco impediría al Gobierno aprobar nuevamente estas medidas, ya que hasta la celebración de las elecciones el Ejecutivo mantendría todas sus competencias. Sin embargo, con las Cortes disueltas, la convalidación de los decretos correspondería a la Diputación Permanente en lugar del Pleno. Este cambio facilitaría las opciones del Gobierno, ya que el voto de Junts dejaría de ser determinante. La Diputación Permanente está formada por 69 miembros y requiere 35 votos para alcanzar la mayoría absoluta. El PSOE cuenta con 25 representantes y Sumar con otros seis, por lo que necesitarían cuatro apoyos adicionales. El respaldo de EH Bildu, ERC, Podemos y PNV sería suficiente para aprobar el primer decreto, todos ellos grupos que ya votaron a favor de esta iniciativa en el Congreso. En cambio, el segundo decreto no tendría los apoyos necesarios si el PNV mantiene su rechazo.

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(El Economista, 06-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El adelanto electoral deja en el aire las ayudas al carburante, los descuentos al transporte y la Ley de Movilidad

El adelanto de las elecciones generales deja sobre la mesa numerosos asuntos pendientes en el Ministerio de Transportes, especialmente en materia de ayudas al sector y de desarrollo de la Ley de Movilidad Sostenible. La convocatoria electoral no supone la paralización automática de la actividad del departamento, por lo que obras, licitaciones y determinados procedimientos administrativos continuarán su curso. Sin embargo, quedan en una situación de mayor incertidumbre aquellas decisiones que requieren nuevas normas, respaldo presupuestario o una definición política. Además, el calendario añade presión, ya que varias medidas relevantes para el sector tienen su fecha de vencimiento en diciembre o al cierre del ejercicio. Una de las principales incógnitas es qué sucederá con las ayudas al transporte a partir del 1 de enero de 2027. El actual sistema de bonificaciones y apoyo al combustible está prorrogado hasta el 31 de diciembre y las empresas reclaman conocer cuanto antes si se mantendrá. El sector advierte de que la retirada de estas ayudas podría trasladar parte del incremento de costes a los usuarios, en un contexto todavía marcado por la inflación. La incertidumbre afecta tanto al transporte por carretera como a los trenes de viajeros de Renfe que circulan por líneas sin electrificar y al transporte ferroviario de mercancías, que tiene pendiente la nueva convocatoria de eco-incentivos y las compensaciones a los operadores por las perturbaciones ocasionadas por las obras de Adif. También está en juego la continuidad de las bonificaciones al transporte público. El actual sistema contempla descuentos en los abonos recurrentes de los servicios urbanos e interurbanos, Cercanías, Rodalies y Media Distancia convencional, además de reducciones en Avant y en los servicios estatales de autobús. Aunque estas medidas están contempladas en la previsible prórroga presupuestaria, será necesario resolver su continuidad antes de que finalice el año. El sector teme que una decisión tardía provoque problemas de financiación o eleve las tarifas para los usuarios, que podrían asumir incrementos de hasta el 50% si los descuentos no se mantienen. La situación cobra especial relevancia en un momento en el que los precios de los carburantes siguen elevados. La Ley de Movilidad Sostenible constituye otro de los grandes asuntos pendientes. La norma entró en vigor en diciembre de 2025, pero todavía necesita un amplio desarrollo reglamentario, especialmente para poner en funcionamiento el sistema de gobernanza de la movilidad. Entre sus elementos figuran el Foro Territorial de Movilidad Sostenible y el Consejo Superior de Movilidad Sostenible, concebidos para coordinar la actuación del Estado, las comunidades autónomas y los ayuntamientos. De este desarrollo depende también el avance del Documento de Orientaciones para la Movilidad Sostenible (DOMOS), que Transportes ha sometido recientemente a información pública y que deberá servir de referencia para que las administraciones planifiquen y gestionen el transporte. La propia ley establece además varios plazos que difícilmente podrán cumplirse con el actual calendario político. Antes del 5 de diciembre debía desarrollarse la regulación sobre el acceso de las plataformas de venta de billetes a la oferta de los operadores de transporte, así como los mecanismos de supervisión y resolución de conflictos de la CNMC. Se trata de una normativa relevante para el denominado ticketing multimodal. También permanecen pendientes otros desarrollos relacionados con el Punto de Acceso Nacional de Transporte Multimodal, el sandbox de innovación, los planes de movilidad sostenible al trabajo y el Espacio de Datos Integrado de Movilidad. Ese mismo 5 de diciembre concluye el plazo previsto para establecer una metodología común de cálculo de las emisiones contaminantes generadas por el transporte aéreo y marítimo. Vinculado al sistema de ayudas se encuentra también el Fondo Estatal de Contribución a la Movilidad Sostenible (FECMO). Aunque el fondo ya está contemplado en la legislación, su puesta en funcionamiento efectiva requiere que los Presupuestos Generales del Estado incorporen su primer presupuesto de explotación y de capital. Sin unas nuevas cuentas públicas y sin el desarrollo de sus bases reguladoras, el instrumento no podrá desplegar plenamente las ayudas previstas para el transporte público y los proyectos de movilidad sostenible. En el transporte por carretera, el adelanto electoral deja igualmente en suspenso varias reformas reclamadas por el sector. Entre ellas figura la jubilación anticipada de los conductores profesionales, cuya tramitación estaba pendiente de culminar. También queda en una situación incierta el proyecto del Ministerio de Trabajo para establecer un segundo registro horario adicional al tacógrafo. A ello se suma la interrupción de la tramitación parlamentaria del proyecto de ley destinado a consolidar la cláusula de indexación del precio de los carburantes, inicialmente aprobada mediante el Real Decreto-ley 9/2026. Los transportistas autónomos afrontan además una cuestión de carácter fiscal que requiere una solución antes de que termine el año: la aprobación de una norma con rango de ley que garantice la continuidad del régimen de módulos durante 2027. El sector también tiene pendientes cuestiones relacionadas con el marco europeo del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) y con la incorporación de conductores procedentes de terceros países que cumplan los requisitos de cualificación y seguridad. A estos asuntos se añaden otros de mayor recorrido, como el futuro modelo de financiación y conservación de la red viaria y las ayudas destinadas al abandono de la actividad. En el ámbito ferroviario, además de las ayudas pendientes, queda por completar una reforma normativa de gran alcance. Transportes debe desarrollar el nuevo Reglamento del Sector Ferroviario, que sustituirá al vigente desde 2004 y que continúa siendo el principal desarrollo reglamentario del sector pese a que la Ley 39/2003 que le dio origen fue reemplazada por la Ley 38/2015. El nuevo texto deberá adaptar la regulación a los cambios legislativos y a las exigencias europeas de los últimos años. También queda por definir el futuro modelo de liberalización de los servicios ferroviarios considerados Obligaciones de Servicio Público, que afectan directamente a Cercanías, Media Distancia y Avant actualmente operados por Renfe y que podrían quedar abiertos a otros operadores. La situación es diferente en el sector aéreo, que afronta el cambio político con buena parte de sus principales tareas completadas. La aprobación del tercer Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA III) ha fijado el marco de inversiones de Aena para el periodo 2027-2031, por lo que el adelanto electoral no altera, en principio, su planificación económica. Sí queda paralizada la tramitación parlamentaria de la proposición de ley impulsada desde Baleares para ampliar la capacidad de decisión de las instituciones autonómicas sobre los aeropuertos de Palma, Ibiza y Menorca. Junto a esta cuestión permanecen otros desarrollos de menor alcance, como las metodologías para evaluar las inversiones en carreteras, la coordinación entre el transporte por carretera y el ferrocarril o la planificación de carriles reservados para el transporte público y para vehículos de alta ocupación o de cero emisiones.

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(El Economista, 05-10-2026) | Fiscal

La tributación del alquiler en España supera en 13 puntos a la media de la UE

La fiscalidad del alquiler en España se sitúa por encima de la media europea y de la OCDE. Según los datos recogidos por este organismo, los impuestos representan alrededor del 44% de los rendimientos obtenidos por el arrendamiento de una vivienda, frente al 31% de media en la Unión Europea y al 32% en el conjunto de países de la OCDE. El Instituto de Estudios Económicos considera que esta presión fiscal puede influir en la oferta disponible en el mercado del alquiler. En España, los ingresos obtenidos por alquilar una vivienda tributan con carácter general en el IRPF como rendimientos del capital inmobiliario. Para calcular el rendimiento neto, el propietario puede deducir determinados gastos, como intereses de financiación, reparaciones, IBI, seguros, defensa jurídica y amortizaciones. Cuando el inmueble se destina a vivienda habitual, pueden aplicarse reducciones fiscales que, desde 2024, varían en función de las características del contrato y del arrendatario. En zonas declaradas tensionadas, la reducción puede alcanzar el 90% si se cumplen determinados requisitos, como una rebaja de la renta respecto al contrato anterior. Estas ventajas no se aplican del mismo modo a los alquileres turísticos o vacacionales. La Agencia Tributaria recuerda por ello la importancia de calcular correctamente los rendimientos y comprobar qué gastos y reducciones resultan aplicables en cada caso. El informe también analiza la fiscalidad desde la perspectiva de la inversión inmobiliaria. En el caso de las Socimi, la normativa obliga a distribuir una parte elevada de las rentas obtenidas y determinados dividendos, lo que, según el IEE, reduce su capacidad para reinvertir beneficios frente a otros modelos europeos más flexibles. En materia de IVA, el alquiler de viviendas está, con carácter general, exento. Esto implica que el propietario no repercute el impuesto al inquilino, pero también puede impedir la deducción del IVA soportado en la compra de una vivienda nueva destinada posteriormente al alquiler, aumentando así el coste efectivo de la inversión. Entre las propuestas planteadas por el Instituto de Estudios Económicos figura la introducción de mayores incentivos fiscales para los arrendadores y la posibilidad de que las rentas del alquiler pasen a integrarse en la base del ahorro del IRPF, en lugar de hacerlo en la base general, con el objetivo de acercar su tratamiento al de otros instrumentos de ahorro e inversión.

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(El Economista, 05-10-2026) | Fiscal

El Tribunal Supremo avala deducir el IVA refacturado a las filiales del grupo aunque no se obtengan beneficios

El Tribunal Supremo ha establecido, en sentencia de 21 de septiembre de 2026, que para considerar una operación realizada a título oneroso a efectos del IVA basta con que exista una contraprestación real y efectiva y que el impuesto sea repercutido. No es necesario que la entidad que refactura los costes obtenga un beneficio o margen económico. La sentencia se apoya en los artículos 4 y 96.Dos de la Ley del IVA, en conexión con la Directiva 2006/112/CE y con el principio de neutralidad fiscal. También recoge la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que viene señalando que la existencia de una operación onerosa depende de que haya una relación directa entre la prestación realizada y la contraprestación recibida, sin exigir la obtención de lucro. El litigio se originó a raíz de una comprobación de la Agencia Tributaria a una Agrupación de Interés Económico creada por varias empresas de un mismo grupo para centralizar determinados servicios. La entidad repercutía a sus socios los costes exactos de esas actuaciones, sin añadir margen alguno y operando a balance cero. La Administración rechazó la deducción de determinadas cuotas de IVA soportadas al considerar que, al no existir margen comercial en la refacturación, las operaciones no podían calificarse como onerosas. Este criterio fue inicialmente confirmado tanto en vía económico-administrativa como judicial. La entidad recurrió ante el Tribunal Supremo y la Abogacía del Estado terminó allanándose a sus pretensiones. El Alto Tribunal ha estimado el recurso y ha anulado la liquidación, al entender que la ausencia de beneficio no elimina el carácter oneroso de la operación cuando existe una contraprestación efectiva y continúa la cadena de repercusión del impuesto. La resolución refuerza así el principio de neutralidad del IVA y evita que se niegue la deducción únicamente porque una entidad refacture costes sin obtener margen económico, siempre que exista una verdadera prestación de servicios o entrega de bienes a cambio de una contraprestación.

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(Expansión, 05-10-2026) | Laboral

El Supremo blinda que las plataformas subcontraten el servicio de reparto

El Tribunal Supremo avala el recurso a empresas externas para prestar servicios de reparto de última milla a través de plataformas digitales, siempre que la compañía subcontratada mantenga una organización y una estructura empresarial propias. Así lo establece una reciente sentencia que da la razón a Just Eat en el conflicto derivado de la contratación de Fleet Delivery para realizar entregas de comida a domicilio. El caso se originó después de que la Inspección de Trabajo impusiera a Just Eat una multa de 187.515 euros al considerar que existía una cesión ilegal de trabajadores. A juicio de la Inspección, la plataforma ejercía de hecho el control y la organización de la actividad de los repartidores contratados por Fleet Delivery, hasta el punto de convertir a esta última en un mero proveedor de mano de obra. Entre los elementos que sustentaban esta interpretación figuraban las condiciones operativas fijadas por Just Eat, como las franjas horarias, los requisitos relativos a la imagen corporativa, los tiempos de desplazamiento o el uso de un sistema algorítmico para distribuir los pedidos. Para la Inspección, estas facultades evidenciaban que la plataforma actuaba como el verdadero empleador de los repartidores. El Supremo rechaza esta interpretación al considerar acreditado que Fleet Delivery no se limitaba a proporcionar trabajadores, sino que aportaba sus propios medios de organización y dirección. La empresa contaba con una estructura integrada por un coordinador de tráfico, jefes de tráfico y repartidores, siendo los responsables de la compañía subcontratada quienes organizaban la actividad, supervisaban a los trabajadores y les daban instrucciones. Los magistrados también destacan que no existían relaciones directas entre los empleados de Just Eat y los repartidores de Fleet Delivery. La plataforma no intervenía en su contratación, régimen disciplinario, vacaciones o turnos, aspectos que permanecían bajo la responsabilidad de la empresa de reparto. La sentencia señala que la actividad principal de Just Eat consiste en intermediar en los pedidos de comida a través de su plataforma digital y que, de forma complementaria, ofrece a los restaurantes que carecen de servicio propio de reparto la posibilidad de contratar este servicio, que posteriormente encarga a empresas especializadas. Otro de los aspectos determinantes para el Supremo es el funcionamiento de los medios tecnológicos utilizados para gestionar los repartos. Aunque la Inspección consideraba que el empleo de un software para asignar los pedidos demostraba la existencia de subordinación laboral, el tribunal concluye que existía una separación técnica entre las dos compañías. Just Eat no tenía acceso directo al software utilizado por Fleet Delivery ni a su aplicación para repartidores. Según los hechos probados, Just Eat proporcionaba a Fleet Delivery una plataforma externa especializada mediante una licencia, mientras que la empresa subcontratada era la que gestionaba los perfiles de los repartidores, modificaba las rutas y podía reasignar los pedidos cuando surgían incidencias. El Supremo también tiene en cuenta que Fleet Delivery asumía un verdadero riesgo empresarial. El contrato entre ambas compañías contemplaba penalizaciones y descuentos en los pagos cuando se producían retrasos o las entregas no se realizaban correctamente, lo que, a juicio del tribunal, refuerza la existencia de una actividad empresarial autónoma. La relevancia del fallo radica en que establece que la utilización de determinados criterios operativos o herramientas tecnológicas por parte de una plataforma no implica por sí misma que exista una cesión ilegal de trabajadores. Para determinar si la subcontratación es lícita resulta necesario analizar si la empresa contratista dispone realmente de organización, dirección y medios propios y si asume el riesgo derivado de su actividad. En este caso, el Tribunal Supremo concluye que Fleet Delivery contaba con una dirección efectiva, mandos propios, capacidad de organización independiente y responsabilidad empresarial, por lo que considera que se trató de una subcontratación legítima de los servicios de reparto y deja sin efecto la sanción impuesta por la Inspección de Trabajo.

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(Expansión, 05-10-2026) | Laboral

A partir de 2027, la edad de jubilación anticipada voluntaria será de 65 años salvo que tengas 38 años y 6 meses cotizados

A partir de 2027 cambiarán algunos de los requisitos que determinan cuándo puede accederse a la jubilación ordinaria y qué porcentaje de la pensión corresponde en función de los años cotizados. Uno de los principales cambios afecta a quienes quieran jubilarse a los 65 años sin que se aplique una reducción sobre su pensión. Desde el 1 de enero será necesario acreditar al menos 38 años y seis meses de cotizaciones, tres meses más que el periodo exigido durante 2026. Esta modificación responde al calendario progresivo establecido por la Ley 27/2011 para elevar de forma gradual tanto la edad ordinaria de jubilación como el periodo de cotización necesario para poder retirarse a los 65 años. El proceso culminará en 2027 con la aplicación de los nuevos umbrales. De este modo, quienes no alcancen los 38 años y seis meses cotizados deberán esperar hasta los 67 años para acceder a la jubilación ordinaria en las condiciones previstas para esa edad. Si deciden retirarse antes, la pensión podrá verse reducida mediante los correspondientes coeficientes, aunque hayan acumulado más de 40 años de actividad laboral. También variará el periodo de cotización necesario para obtener el 100% de la base reguladora. En 2026 se requieren 36 años y seis meses, mientras que desde enero de 2027 serán necesarios 37 años. Con 36 años cotizados, el porcentaje aplicable será del 99% de la base reguladora. Los cambios también afectan a la jubilación anticipada voluntaria. La normativa permite adelantar como máximo dos años la edad ordinaria que corresponda al trabajador. Por tanto, quienes no hayan alcanzado los 38 años y seis meses de cotización podrán acceder a esta modalidad a partir de los 65 años, mientras que quienes sí hayan alcanzado ese periodo podrán hacerlo desde los 63 años. Para acceder a la jubilación anticipada voluntaria se mantiene además el requisito de acreditar al menos 35 años de cotización. También es necesario haber cotizado durante un mínimo de dos años dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud de la jubilación. Otro de los cambios se refiere al sistema utilizado para calcular la cuantía de la pensión. El régimen dual permite comparar dos métodos de cálculo y aplicar el que resulte más beneficioso para el futuro pensionista. Uno mantiene como referencia los últimos 25 años cotizados, mientras que el otro amplía progresivamente el periodo considerado y permite excluir los meses con peores bases de cotización. En 2027, esta segunda alternativa incorporará cuatro meses adicionales respecto al año anterior. La evolución de las pensiones también refleja el incremento de las cuantías medias. En septiembre, la pensión media del sistema alcanzó los 1.374,6 euros mensuales, un 4,6% más que un año antes. La pensión media de jubilación se situó en 1.576,1 euros al mes, tras aumentar un 4,5% en términos interanuales. En el caso de los trabajadores autónomos, la cuantía media de la pensión fue de 1.062,8 euros mensuales, una cantidad sensiblemente inferior a la media correspondiente al conjunto del sistema.

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(Expansión, 05-10-2026) | Laboral

Las empresas buscan ahora profesionales que sepan dudar de la IA

El mercado laboral está elevando el listón en el uso de la inteligencia artificial. Ya no basta con saber utilizar estas herramientas: las empresas buscan cada vez más profesionales capaces de revisar sus resultados, detectar errores y decidir cuándo es necesario corregir o incluso descartar lo generado por una IA. Un estudio del IBM Institute for Business Value, elaborado junto a Oxford Economics a partir de las respuestas de 1.500 directivos de Recursos Humanos y 8.800 empleados de 21 países y 23 sectores, refleja esta diferencia de expectativas. El 71% de los responsables de Recursos Humanos considera que supervisar, validar y, cuando sea necesario, rechazar los resultados de una inteligencia artificial será una de las capacidades más importantes de los trabajadores en 2026. Entre los empleados, sin embargo, solo el 29% concede a esta competencia el mismo nivel de importancia. Además, el 60% reconoce que teme estar perdiendo capacidades propias al delegar determinadas tareas en sistemas de inteligencia artificial. Esta distancia entre las prioridades de las empresas y las de los trabajadores coincide con la evolución del Barómetro E&E de habilidades más demandadas. La nueva clasificación mantiene las mismas 20 competencias que ya figuraban en la edición anterior, aunque su posición cambia de forma significativa: cinco avanzan, seis retroceden y nueve permanecen en el mismo puesto. Entre los ascensos más destacados se encuentran el desarrollo de software y agentes de inteligencia artificial, que pasa del puesto 12 al 7, y el gobierno del dato y de la IA, que avanza del 17 al 12. La evolución de ambas competencias refleja una misma tendencia: junto a la capacidad para desarrollar soluciones utilizando inteligencia artificial, aumenta la necesidad de profesionales capaces de supervisar su funcionamiento, controlar los riesgos y garantizar que los resultados sean fiables. La evolución del ranking apunta así hacia una nueva etapa en la incorporación de la inteligencia artificial al entorno empresarial. Durante los primeros años de la IA generativa, dominar herramientas como ChatGPT, saber formular instrucciones eficaces o automatizar determinadas tareas podía marcar diferencias entre profesionales. Ahora estas capacidades empiezan a generalizarse y las empresas demandan competencias adicionales relacionadas con la evaluación de resultados, la gestión de riesgos, la construcción de sistemas fiables y la coordinación entre personas y tecnología. Este cambio no supone que las habilidades tradicionales hayan dejado de ser relevantes. La clasificación mantiene en primera posición el pensamiento analítico, el juicio y la toma de decisiones basadas en datos, mientras que la alfabetización en inteligencia artificial ocupa el segundo lugar. La comunicación y la colaboración transversal suben del quinto al tercer puesto, y la ciberseguridad pasa del sexto al quinto. También avanzan el liderazgo, el desarrollo de software y agentes de IA, el análisis e ingeniería de datos, el aprendizaje permanente y la arquitectura cloud. En sentido contrario, creatividad baja del noveno al decimotercer puesto e inteligencia emocional pasa del 13 al 17, dentro de un ranking en el que ninguna competencia entra o sale del grupo de las 20 más demandadas. El resto de la clasificación se completa con gestión de proyectos, gobierno de la inteligencia artificial, venta consultiva, gestión del cambio, gestión del talento, inteligencia emocional, comprensión financiera, optimización de procesos y sostenibilidad. La evolución confirma que el perfil profesional más valorado no es únicamente el de quien sabe utilizar la IA, sino el de quien combina conocimientos tecnológicos con capacidad de análisis, criterio profesional y habilidades para coordinar personas y sistemas.

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(El País, 05-10-2026) | Laboral

Este lunes entra en vigor el decreto que obliga a las empresas a detallar mucho más la relación laboral

El contrato de trabajo constituye la base de la relación laboral y recoge las condiciones bajo las que una persona presta sus servicios a cambio de una remuneración. Desde el 5 de octubre, las empresas deben proporcionar a los nuevos trabajadores mucha más información sobre esas condiciones, ya sea directamente en el contrato o mediante un documento anexo. Los empleados que ya están contratados también pueden solicitar estos datos. El cambio deriva del nuevo decreto aprobado para adaptar la normativa española a las reglas europeas sobre condiciones laborales transparentes y previsibles. Una de las principales novedades afecta a la información salarial. Además de indicar el salario base, los complementos y la periodicidad de los pagos, las empresas deberán explicar cómo se realiza el abono de las cantidades y cómo se calculan los componentes variables de la remuneración, incluidos los criterios que determinan cuándo se perciben. También se amplía la información relativa a la jornada laboral. El contrato deberá especificar el número de horas diarias, semanales y anuales, así como si el trabajo se desarrolla en horario nocturno o mediante turnos. Además, tendrá que recoger el procedimiento para modificar la duración o distribución de la jornada y las condiciones relativas a las horas extraordinarias y su remuneración. En los casos de distribución irregular, será necesario indicar las horas y días en los que la empresa puede requerir la prestación de servicios y los plazos mínimos de preaviso, incluida su cancelación. Para los trabajadores fijos discontinuos deberán detallarse los periodos de actividad e inactividad o, cuando proceda, una estimación de estos. El periodo de prueba también queda sujeto a mayores exigencias. La empresa deberá indicar su duración y, cuando supere los seis meses, justificar ese plazo atendiendo a la naturaleza del puesto, al interés del trabajador o a la necesidad de evaluar su idoneidad cuando exista una suspensión de la relación laboral. La nueva regulación pretende limitar así la utilización de periodos de prueba superiores al semestre cuando no exista una causa que los justifique. En los contratos temporales, además, deberá identificarse de manera concreta la causa que permite recurrir a esta modalidad, las circunstancias que la justifican y su relación con la duración prevista del contrato. El objetivo es reforzar la justificación de estas contrataciones y evitar que relaciones laborales que deberían ser indefinidas se formalicen como temporales. La normativa incorpora asimismo información relacionada con el uso de sistemas algorítmicos. Cuando una empresa utilice herramientas automatizadas para tomar decisiones que afecten a las condiciones de trabajo, deberá informar de su existencia y explicar las pautas, criterios y reglas de funcionamiento de estos sistemas. En materia de igualdad, la empresa tendrá que indicar si dispone de un plan de igualdad y, en su caso, informar sobre sus políticas de conciliación y el protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo. También deberá comunicar las medidas y recursos destinados a garantizar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI+, cuando corresponda. El trabajador recibirá también información más detallada sobre el convenio colectivo que le resulta aplicable. Deberán identificarse su código, la fecha de publicación, el periodo de vigencia y, cuando proceda, su situación de ultraactividad. El empresario tendrá que comunicar además la entidad gestora o colaboradora con la Seguridad Social que cubre las contingencias y prestaciones, así como la existencia de planes y fondos de pensiones promovidos en favor de la plantilla y las aportaciones realizadas. Entre la información adicional se incluye el derecho a la formación proporcionada por la empresa. En el caso de las empresas de trabajo temporal, deberá identificarse también la empresa usuaria y la causa que justifica cada contrato de puesta a disposición. Para quienes trabajan a distancia, el contrato deberá señalar el centro de trabajo al que están adscritos. Otra modificación relevante afecta al momento en que debe facilitarse esta información. Hasta ahora existía un plazo de hasta dos meses desde el inicio de la relación laboral para aportar determinados datos. Con la nueva regulación, la información deberá entregarse antes de la firma del contrato, ya sea dentro del propio documento contractual o en un anexo. En el caso de trabajadores con discapacidad o con capacidad intelectual límite, la empresa deberá garantizar además que la información sea accesible y comprensible. Los trabajadores que ya tengan un contrato en vigor también pueden solicitar esta información. La empresa dispondrá de 30 días hábiles para responder a la petición. Para facilitar el cumplimiento de las nuevas obligaciones, el Ministerio de Trabajo ha puesto a disposición de las empresas un modelo de documento estandarizado. El incumplimiento de estas obligaciones puede dar lugar a sanciones. No informar por escrito sobre los elementos esenciales del contrato y las principales condiciones de la relación laboral constituye una infracción leve, con multas de entre 70 y 750 euros por trabajador. Las sanciones pueden elevarse entre 751 y 7.500 euros por trabajador cuando no se formalice por escrito el contrato en los casos en que sea obligatorio o cuando no se formalice correctamente el acuerdo de trabajo a distancia.

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(El País, 05-10-2026) | Laboral

El empleo registra el mejor septiembre de la serie con 92.327 afiliados más y nueve de cada diez son extranjeros

La regularización extraordinaria de inmigrantes ha vuelto a impulsar con fuerza el mercado laboral en septiembre, un mes que habitualmente presenta un comportamiento más moderado por el final de buena parte de los empleos vinculados a la temporada turística. En esta ocasión, la Seguridad Social registró 92.327 nuevos afiliados, el mejor resultado para un mes de septiembre desde que existen registros, en 2002. El total de afiliaciones alcanzó así los 22,4 millones y el crecimiento interanual del empleo se aceleró hasta el 3,4%, la tasa más elevada para este mes desde 2017. El avance resulta especialmente significativo porque prácticamente multiplica por tres el anterior récord de septiembre, registrado en 2025, cuando se incorporaron 31.462 cotizantes. La evolución también fue positiva al eliminar el efecto de la estacionalidad: la afiliación aumentó en casi 109.000 personas en términos desestacionalizados, encadenando 68 meses consecutivos de crecimiento. La inmigración tuvo un papel determinante en este incremento. De las nuevas afiliaciones registradas en septiembre, 84.220 correspondieron a trabajadores extranjeros, el 91% del total. La cifra guarda relación con las 83.406 personas migrantes que fueron regularizadas durante el mes, con lo que el número acumulado desde el inicio del proceso supera ya las 421.000 personas. Cataluña y la Comunidad de Madrid concentran la mayor parte de las altas derivadas de este proceso, con más de 83.000 y 80.500, respectivamente. A continuación se sitúan Andalucía, con cerca de 59.600, y la Comunidad Valenciana, con más de 50.500. Por países de origen, Colombia encabeza la clasificación, con 118.485 afiliados procedentes de la regularización, seguida de Venezuela, con 71.999. Entre ambas nacionalidades reúnen casi la mitad de los trabajadores regularizados que estaban dados de alta a finales de septiembre. El impacto del proceso también se ha reflejado en las estadísticas del paro. El número de desempleados registrados aumentó en septiembre en 23.587 personas respecto a agosto, hasta situarse en 2.379.505. El incremento se explica, según el Gobierno, porque muchas de las personas que regularizan su situación se inscriben posteriormente en los servicios públicos de empleo para buscar trabajo, cambiar de ocupación o acceder a formación. Por sectores, la evolución mantiene en buena medida el patrón habitual de septiembre. El final de la temporada provocó la pérdida de casi 40.000 afiliaciones en el comercio y de 21.884 en la hostelería, mientras que la sanidad redujo sus efectivos en 5.431 personas. Estas bajas fueron ampliamente compensadas por la incorporación de unos 63.500 trabajadores a la educación con motivo del inicio del curso escolar. También aumentó el empleo en informática y telecomunicaciones, con unos 5.200 nuevos afiliados, en la industria, con 7.145, y en la construcción, con 11.640. En términos interanuales, la construcción es precisamente el sector que más empleo ha creado, pese a las dificultades que atraviesa por la falta de vivienda. En septiembre contaba con más de 97.000 afiliados adicionales respecto al mismo mes del año anterior. La hostelería ocupó el segundo lugar, con cerca de 80.000 trabajadores más. Otro rasgo destacado del empleo creado durante septiembre fue el elevado peso de las mujeres. De los 92.327 nuevos afiliados, 90.859 fueron mujeres, frente a apenas 1.468 hombres. De esta forma, las trabajadoras concentraron el 98% del incremento mensual de la afiliación. El empleo generado también mostró una mejora en términos de estabilidad contractual. Más del 44% de los contratos registrados en septiembre fueron indefinidos, el porcentaje más elevado desde enero y el mejor para este mes desde 2023. Los contratos fijos aumentaron un 60% respecto a agosto, frente al incremento del 26% de los temporales. En comparación con septiembre del año anterior, la contratación indefinida creció un 6,5%, mientras que la temporal lo hizo un 2,4%. En conjunto, los datos dibujan un mercado laboral que mantiene un elevado ritmo de creación de empleo y en el que la regularización extraordinaria de inmigrantes está teniendo un impacto especialmente visible. El perfil de las nuevas afiliaciones de septiembre estuvo marcado por la elevada presencia de trabajadores extranjeros, principalmente procedentes de Colombia y Venezuela, por el fuerte aumento de la ocupación femenina y por el impulso de la contratación vinculada al inicio del curso educativo.

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