(El Economista, 14-10-2025) | Laboral

El Constitucional analiza la legalidad de las pruebas para hacer fijos a los interinos

El Tribunal Constitucional (TC) examinará la validez legal de las plazas públicas convocadas por la Administración para estabilizar a empleados interinos o trabajadores que hayan mantenido contratos temporales anteriores a 2016. El alto tribunal ha admitido a trámite, el pasado 7 de octubre, la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en relación con este tipo de convocatorias. Según el auto del 17 de julio, la Ley de diciembre de 2021 destinada a reducir la temporalidad en el sector público obliga a ofertar determinados puestos de forma que el tribunal considera "irracional e injustificada". Además, critica que se rebajan los requisitos de mérito y capacidad, ya que en lugar de cubrirse mediante un concurso-oposición (que combina una prueba de conocimientos con la valoración de méritos), estas plazas se adjudican solo por concurso, atendiendo exclusivamente a la trayectoria profesional. El TSJPV señala que la disposición adicional octava de la citada ley establece que deben salir a concurso las plazas que requieran cobertura permanente y que hayan estado ocupadas de forma temporal por un empleado público o interino que acumule contratos con la Administración desde antes del 1 de enero de 2016. Sin embargo, el tribunal advierte que esta norma obliga a incluir en el proceso de estabilización plazas incluso de reciente creación, siempre que el interino que las ocupe haya trabajado para la Administración antes de 2016, aunque solo lleve un día desempeñando ese puesto. En palabras del auto, "el resultado es que una plaza vacante, sin importar cuánto tiempo haya estado desocupada o si acaba de crearse, debe incluirse en la convocatoria excepcional de concurso, siempre que el interino que la ocupa cumpla la condición de haber trabajado para la Administración desde antes de 2016". El tribunal vasco considera que esta situación genera un proceso basado en "circunstancias arbitrarias y fortuitas", vinculadas únicamente al momento concreto en que el interino ocupa la plaza, como la fecha de entrada en vigor de la ley. El auto subraya que esto resulta "especialmente grave", ya que tales plazas quedarían fuera del sistema ordinario de acceso -oposición o concurso-oposición- que es el que garantiza los principios constitucionales de mérito y capacidad, siendo sustituidas por un sistema excepcional y menos garantista. Asimismo, advierte de que incluso podría darse el caso de que el interino no se presente al proceso, no lo supere o no obtenga la plaza, pero esta igualmente habría sido incluida en el sistema excepcional únicamente por su situación personal. El TSJPV concluye que esta disposición podría vulnerar el artículo 9.3 de la Constitución, que prohíbe la actuación arbitraria de los poderes públicos, al aplicar un criterio que rompe con los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público, sin justificar adecuadamente por qué estas plazas deben cubrirse por un procedimiento extraordinario. Si el Tribunal Constitucional fallara en contra de la norma, el pronunciamiento podría afectar a las convocatorias ya realizadas bajo este procedimiento de estabilización.

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(El Economista, 14-10-2025) | Laboral

Fedea desempolva su propuesta para reducir el gasto en pensiones hasta un 40%

En las últimas semanas, la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) ha difundido varios informes que señalan las carencias del sistema público de pensiones español y advierten de la necesidad de reformas urgentes. Este lunes, el centro de estudios ha presentado una propuesta concreta para garantizar su sostenibilidad: sustituir progresivamente el modelo actual por un sistema de cuentas nocionales. Según sus cálculos, esta transición, completada en un máximo de 20 años, podría generar un ahorro del 40% a largo plazo. El estudio, titulado Transición hacia un Sistema de Pensiones de Cuentas Nocionales en España: Fundamentos, Diseño e Impacto y elaborado por José Enrique Devesa, Rafael Doménech y Robert Meneu, explica que el sistema de pensiones español presenta un desequilibrio financiero y actuarial creciente, con un déficit contributivo cercano al 2% del PIB. A esto se suman los costes de las pensiones no contributivas, los complementos a las mínimas y las clases pasivas, lo que agrava el problema estructural. De acuerdo con las estimaciones de Fedea -y en línea con otros organismos como el Instituto de Actuarios-, los jubilados actuales reciben más en pensiones de lo que aportaron durante su vida laboral. Por ello, la fundación propone un sistema nocional de reparto, donde cada trabajador dispone de una "cuenta virtual" en la que se registran sus cotizaciones, revalorizadas en función del crecimiento económico o de los salarios. Al llegar la jubilación, el saldo acumulado se utiliza para calcular la pensión inicial según la esperanza de vida. Los autores del informe sostienen que, si la economía creciera al ritmo de las últimas décadas, las pensiones iniciales serían un 12% inferiores, pero el sistema ganaría equidad y sostenibilidad, eliminando el desequilibrio actuarial. Estiman que la pensión media rondaría los 1.248 euros mensuales en 14 pagas, frente a los 1.421 euros que cobraban los nuevos jubilados en 2023, o los 1.639 euros registrados en agosto de 2025. La principal ventaja de este modelo, según Fedea, es que vincula directamente las aportaciones con las prestaciones: por cada euro cotizado se recibiría un euro de pensión, frente al 1,12-1,25 euros actuales, reduciendo así la brecha entre contribuciones y beneficios. Si se incluyen los complementos no contributivos, la diferencia es aún mayor, ya que en 2025 un jubilado medio percibe un 62% más de lo aportado. Además, el sistema nocional incorpora mecanismos automáticos de ajuste que permiten adaptarse a cambios demográficos o económicos, indexando las pensiones al crecimiento del PIB, los salarios o la esperanza de vida. Fedea recuerda que países como Suecia, Italia, Polonia o Letonia ya aplican este tipo de sistemas, y que, según la Comisión Europea (2024), en estos Estados el gasto en pensiones apenas aumentará un 0,1% del PIB entre 2019 y 2050, mientras que en países sin mecanismos de ajuste, como España, el incremento rondará los 3,3 puntos del PIB. En opinión del centro de estudios, este modelo garantiza una relación estricta entre cotizaciones y prestaciones, mejora la equidad intergeneracional y mantiene la función redistributiva del sistema mediante un pilar no contributivo financiado con impuestos. La propuesta de Fedea contempla una transición gradual en 20 años, aplicable a quienes hayan nacido a partir de 1971. En un primer momento, coexistirían ambos sistemas: por ejemplo, un trabajador nacido en 1971 calcularía su pensión con un 5% bajo el modelo nocional y un 95% con el actual, mientras que los nacidos en 1990 ya se jubilarían completamente bajo el nuevo sistema. Según sus simulaciones, esta transición reduciría de forma significativa el gasto en pensiones: con un crecimiento del PIB del 2,24%, el ahorro alcanzaría un 3,8% en 2050 y un 10,7% a largo plazo; si el crecimiento fuera más modesto (1,23%), el ahorro sería del 11,5% en 2050 y del 40,1% a largo plazo. En términos del PIB, el ahorro se situaría entre el 0,6% y el 1,7% en 2050, dependiendo del escenario económico.

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(Expansión, 14-10-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El BCE ve "insignificante" el impacto de un alto capital en la competitividad de los bancos

El Banco Central Europeo (BCE) ha decidido plantar cara. Frente a la creciente presión del lobby bancario en Bruselas, que busca una notable reducción de los requisitos de capital, la institución que dirige Christine Lagarde ha respondido con varios estudios que concluyen que "los niveles de capital no tienen un efecto estadísticamente significativo sobre la eficiencia de las ganancias". Los autores de estos informes explican que su trabajo pretende contrarrestar los argumentos utilizados por el sector financiero y reconocen que "el análisis surge del debate político actual, en el que la industria bancaria suele afirmar que las elevadas exigencias de capital limitan su capacidad competitiva". Sin embargo, el BCE desmiente esa idea: sus datos muestran que la eficiencia de las ganancias crece a medida que aumenta el capital, hasta alcanzar un punto óptimo cercano al 18%. Solo a partir de ese nivel tan alto, las nuevas exigencias de capital empezarían a tener un efecto negativo sobre la rentabilidad. "Los requerimientos de capital actuales de la banca están claramente por debajo del nivel de capital CET1 que maximiza la eficiencia de las ganancias", sostienen los expertos del BCE, situándolo alrededor del 14%. Para calcular dicha eficiencia, el análisis compara el incremento de costes que las entidades deben asumir para generar una unidad adicional de negocio. Mientras tanto, el sector bancario continúa su pulso con los reguladores, reclamando liberar unos 100.000 millones de euros en capital que, según la patronal europea, permitirían aumentar los préstamos hasta en cuatro billones de euros. Las entidades no cuestionan los requisitos básicos de capital establecidos por las normas internacionales de Basilea, pero sí critican las exigencias adicionales -macroprudenciales y microprudenciales- impuestas por las autoridades europeas, que se aplican para prevenir riesgos derivados de burbujas económicas o de modelos de negocio demasiado arriesgados. No obstante, el BCE también aborda este punto en su informe y asegura que "la falta de relación significativa se mantiene incluso cuando se desglosan los requisitos de capital entre los de tipo microprudencial y macroprudencial". Para la autoridad monetaria, la alta solvencia de los bancos europeos es una fortaleza, no una desventaja. Aunque en los últimos años sus valoraciones bursátiles han sido inferiores a las de los grandes bancos estadounidenses, el BCE considera que esta diferencia no se debe a la regulación, sino que, por el contrario, las entidades europeas se han beneficiado de la solidez obtenida tras la crisis financiera global. "Unos coeficientes de capital más elevados reducen tanto los costes de financiación como la volatilidad de las ganancias -indicador clave de la estabilidad financiera-, lo que demuestra que una regulación robusta refuerza la estabilidad y la competitividad a largo plazo del sistema bancario", concluye el informe. El BCE se enfrenta actualmente a críticas por su enfoque supervisor, acusado por las entidades de depender en exceso de los recargos de capital como herramienta para abordar cualquier riesgo o deficiencia. Este debate se produce en el contexto de la iniciativa de la Comisión Europea para simplificar la normativa en todos los sectores económicos y en vísperas de la presentación, el próximo año, de un paquete de medidas de simplificación para la banca.

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(Expansión, 14-10-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El PP impulsa un plan para agilizar los fondos europeos destinados a la industria

El Partido Popular ha presentado una propuesta para agilizar y flexibilizar la gestión de las ayudas europeas, establecer un calendario vinculante de proyectos y reprogramar los fondos aún sin utilizar. Con la cuenta atrás ya en marcha para aprovechar los fondos Next Generation -que deben ejecutarse antes de septiembre de 2026 y de los cuales España todavía tiene un 30% pendiente de desbloquear-, el PP ha optado por una estrategia propositiva con el fin de "evitar el efecto precipicio" que supondría perder esos recursos una vez vencido el plazo. Para ello, el principal partido de la oposición ha registrado en el Congreso de los Diputados una proposición no de ley, a la que ha tenido acceso Expansión, que incluye una serie de medidas destinadas a acelerar la ejecución de las ayudas destinadas a la industria española. Entre ellas se encuentran la simplificación de los procedimientos administrativos, la publicación de un calendario de proyectos con carácter vinculante y la reprogramación de los fondos no ejecutados. La iniciativa parte de la idea de que tanto el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) como los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE) son herramientas fundamentales para impulsar a la industria nacional en un momento clave de "doble transición tecnológica y energética". No obstante, el PP advierte que la gestión de los últimos años ha generado "cuellos de botella" que podrían hacer perder una oportunidad histórica y frenar inversiones privadas esenciales para la modernización del tejido productivo. Según la formación, en esta "recta final de ejecución" la falta de eficacia del Gobierno "ha encendido las alarmas en el tejido productivo". El PP denuncia que existen resoluciones favorables que no se traducen en pagos a tiempo, lo que bloquea la tesorería de las empresas e impide arrancar proyectos o mantener inversiones en digitalización, descarbonización o nuevas líneas productivas, siendo el sector de la automoción un ejemplo representativo. Asimismo, el partido critica los retrasos en las convocatorias y resoluciones que gestiona la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial (Sepides), lo que acorta los plazos de ejecución y eleva el riesgo de perder ayudas, especialmente en programas de descarbonización industrial, agroalimentación, semiconductores y automoción. El PP cita además datos de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), que muestran que hasta julio solo se habían desembolsado 2.001 millones de euros, es decir, el 10,6% de los 17.774 millones presupuestados para 2025, lo que supone unos 15.400 millones menos que en 2024. Por otro lado, los populares alertan sobre el elevado volumen de fondos no utilizados y los problemas estructurales de burocracia, que alargan los plazos de los procedimientos hasta triplicar los límites legales, llegando incluso a esperas superiores a un año para obtener autorizaciones clave. Esta situación, advierten, genera graves tensiones de liquidez y obliga a establecer con urgencia calendarios de pago vinculantes y mecanismos de anticipo para evitar que las empresas industriales queden sin recursos. Apoyándose en un informe reciente de Funcas, el PP subraya que, a pesar de que España es uno de los países que más fondos europeos ha recibido, menos de un tercio de los créditos se han convertido en pagos efectivos, con una tasa de ejecución cada vez menor. "Esta paradoja -ser líder en Bruselas pero rezagado en la economía real- amenaza con diluir el impacto transformador de los fondos y aumentar el riesgo de no aprovechar a tiempo tanto las subvenciones como los préstamos", advierte la propuesta. Para corregir esta situación, el PP propone varias medidas concretas: publicar en un plazo máximo de dos meses un calendario vinculante con todas las resoluciones y pagos de los PERTE vinculados a Industria y Turismo, con actualización mensual y comparecencias trimestrales ante el Congreso; habilitar ventanillas permanentes para tramitar proyectos pendientes antes de agosto de 2026; e impulsar procedimientos extraordinarios de simplificación administrativa, reduciendo plazos, simplificando convocatorias y fomentando la tramitación digital. El plan incluye también la "reprogramación inmediata" de los créditos no adjudicados o en riesgo de no ejecución, redirigiéndolos hacia proyectos con alta demanda y potencial tractor. Además, plantea transformar los préstamos blandos -de los cuales solo se ha liberado un 20%- en instrumentos de coinversión en sectores estratégicos. Por último, insta a aprovechar al máximo la flexibilidad permitida por Bruselas para garantizar que los fondos se destinen a proyectos viables y se ejecuten en su totalidad antes del plazo límite.

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(El País, 14-10-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Sumar propone un real decreto con medidas urgentes para intervenir el mercado de la vivienda

Sumar ha elaborado un real decreto con un conjunto de medidas urgentes para intervenir en el mercado de la vivienda, uno de los principales problemas de la legislatura debido al fuerte encarecimiento de los precios. La formación liderada por Yolanda Díaz presentará ahora este plan al PSOE para su negociación dentro del Gobierno de coalición. La propuesta fue presentada oficialmente en el Ministerio de Trabajo, en un acto en el que participaron todos los ministros de Sumar, salvo Sira Rego, que se encontraba de viaje oficial en Jordania. El texto incluye medidas como la congelación de los contratos de alquiler, una mayor protección para los inquilinos, un nuevo régimen sancionador para los alquileres turísticos, de temporada y por habitaciones, además de reformas fiscales destinadas a frenar la compra especulativa de viviendas. "Queremos que la propuesta llegue al Consejo de Ministros y se apruebe. El Gobierno tiene que ser valiente: esta es una propuesta seria para poner límites a los abusos. O defendemos los derechos o el rentismo. ¡Una casa no puede ser un privilegio!", declaró Yolanda Díaz. Mientras tanto, la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, detallará este martes, tras el Consejo de Ministros, otras medidas aprobadas por su departamento y el miércoles presentará en el Congreso el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030. Entre las principales propuestas, Sumar plantea la prórroga y congelación de los alquileres para ofrecer una protección inmediata a los arrendatarios. Para ello, propone ampliar la duración de todos los contratos tres años más, incluyendo los ya vigentes. En las zonas tensionadas, la prórroga se extendería dos años adicionales, hasta alcanzar un mínimo de 10 años. Además, Sumar quiere aplicar la regulación de rentas de forma general y temporal mientras se delimitan las zonas tensionadas, un proceso que bloquean la mayoría de gobiernos autonómicos del PP al negarse a aplicar la Ley de Vivienda. Según el texto, los nuevos contratos o renovaciones deberían mantener el mismo precio que el anterior. El partido también alerta de que la riqueza de los hogares jóvenes ha caído un 75% en los últimos 20 años debido a la crisis de acceso a la vivienda, siendo esta la principal causa del empobrecimiento de las familias menores de 35 años. El ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy, es el responsable del diseño jurídico del decreto. Su propuesta amplía los derechos de los inquilinos habituales a quienes alquilan habitaciones y combate el uso fraudulento de los contratos de temporada. Así, los alquileres de menos de 30 días pasarán a considerarse turísticos. "La vivienda es la razón principal por la que los buenos datos macroeconómicos no se reflejan en la vida de las familias. El mercado actúa como una aspiradora de renta y riqueza, dominado por dinámicas especulativas", explicó Bustinduy. En materia fiscal, Sumar propone medidas contra la especulación inmobiliaria. Recuerda que en 2024, el 60% de las viviendas se compraron sin hipoteca, es decir, al contado. Por ello, plantea modificar el Impuesto Temporal de las Grandes Fortunas para que los propietarios de cuatro o más viviendas contribuyan con un 5% anual sobre su patrimonio inmobiliario, desincentivando así la concentración de vivienda en pocas manos. Asimismo, quiere eliminar la bonificación del 40% del Impuesto de Sociedades para las rentas del alquiler, salvo que se trate de viviendas a precio asequible conforme al índice oficial. También establece que las nuevas compras destinadas al alquiler solo puedan realizarse bajo criterios de vivienda asequible, aplicando los límites de la Ley de Vivienda a los grandes propietarios. Respecto al alquiler turístico, Sumar propone que los contratos inferiores a 30 días se consideren automáticamente turísticos y estén sujetos a un IVA del 21%, eliminando su actual ventaja fiscal. Además, busca elevar a rango de ley el registro obligatorio y el régimen sancionador previsto en el Real Decreto 1312/2024 para reforzar el control sobre los alquileres turísticos y de temporada. Según el Banco de España, el alquiler turístico representa cerca del 10% del mercado del alquiler, concentrado en zonas turísticas y centros urbanos. "Los barrios donde más pisos turísticos hay presentan mayores subidas de precios. Por eso, proponemos aplicar de inmediato estas medidas para liberar el mercado de la vivienda del control de los fondos buitre y los grandes tenedores", concluyó Bustinduy.

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(El Economista, 13-10-2025) | Fiscal

Las 10 claves para pymes y autónomos de la nueva obligación de facturación y evitar multas de 50.000 euros

A partir de 2026, las empresas y los trabajadores autónomos podrán ser sancionados con multas de hasta 50.000 euros si no cuentan con un Sistema Informático de Facturación (SIF) o si este no cumple con los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria. Las compañías que tributen por el Impuesto sobre Sociedades deberán disponer de estos programas desde el 1 de enero de 2026, mientras que los autónomos sujetos al IRPF tendrán hasta el 1 de julio del mismo año para adaptarse. Conforme se acerca la fecha de entrada en vigor, Hacienda ha ido precisando y actualizando los detalles de esta obligación. El término "Verifactu", aunque se utiliza con frecuencia, no es el nombre oficial del sistema, sino la denominación de los nuevos requisitos que deben cumplir los SIF para evitar el fraude en el IVA. Estos programas permitirán emitir, almacenar y gestionar facturas, además de poder conectarse con la Agencia Tributaria para enviar la información cuando sea necesario. Las empresas no están obligadas a remitir automáticamente todas sus facturas al fisco, basta con que el sistema esté certificado y sea capaz de hacerlo si Hacienda lo solicita. Sin embargo, los programas que sí transmiten la facturación en tiempo real reciben el nombre de Verifactu, y los profesionales podrán decidir libremente si optan por utilizarlos o no. Por ahora, el envío automático no es obligatorio, aunque la Administración no descarta implantarlo más adelante. Los SIF deben permitir la emisión y conservación de facturas, así como el tratamiento de los datos para elaborar otros documentos contables, como los libros del IVA o del IRPF. Además, deberán garantizar que las facturas no puedan ser modificadas una vez emitidas, incluir una firma electrónica y generar un código QR con toda la información del documento. Solo los sistemas que cumplan con todas las exigencias de la Agencia Tributaria podrán utilizarse legalmente. Estarán obligadas a disponer de un SIF todas las empresas y autónomos que no facturen exclusivamente a mano, que no estén dentro del sistema de Suministro Inmediato de Información (SII), que no tengan domicilio fiscal en el País Vasco o Navarra, y que no estén exentos de emitir facturas, como algunos profesionales del sector primario o los que tributan por el régimen simplificado del IVA. Aquellos que emitan facturas manualmente no tendrán que contar con un SIF, pero si en algún momento utilizan un programa informático para hacerlo, deberán adaptarse a la normativa o usar la aplicación gratuita que ofrecerá la Agencia Tributaria. En cuanto a herramientas como Word o Excel, si se emplean únicamente para redactar y guardar facturas, no será necesario un sistema certificado. No obstante, si también se usan para procesar información contable o fiscal, deberán cumplir las condiciones de un SIF. Hacienda podrá verificar si los programas utilizados reúnen los requisitos exigidos. Negocios como bares, tiendas o comercios electrónicos que emitan facturas simplificadas también deberán adoptar estos sistemas. En caso de utilizar un programa Verifactu, su facturación se compartirá directamente con Hacienda. Las micropymes con hasta tres trabajadores podrán solicitar hasta el 31 de octubre una ayuda del Kit Digital, que ofrece hasta 2.000 euros para financiar la compra de estos programas. Alternativamente, podrán usar la aplicación gratuita de la Agencia Tributaria, aunque esta estará pensada para quienes emitan un número reducido de facturas anualmente. Los arrendadores de inmuebles estarán exentos de usar un SIF, salvo que desarrollen una actividad económica, en cuyo caso deberán disponer de estos programas. También estarán obligados quienes gestionen alquileres turísticos y ofrezcan servicios propios del sector hotelero, como limpieza o cambio de ropa de cama. Todas las facturas emitidas deberán incluir un código QR -o una URL en el caso de las electrónicas- que permitirá al receptor verificar si el documento está registrado en la Agencia Tributaria, asegurando así que el proveedor declara correctamente el IVA. Además, el receptor podrá enviar voluntariamente los datos de la factura al fisco para dejar constancia de la operación. Esta obligación de disponer de un sistema de facturación certificado y conectado con Hacienda es independiente del futuro requisito de facturación electrónica previsto en la Ley Crea y Crece de 2022. Esta otra norma, dirigida a empresas con una facturación anual inferior a ocho millones de euros, busca eliminar el uso del papel, aunque su entrada en vigor sigue aplazada y se prevé que comience a aplicarse a partir de 2027.

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(El Economista, 13-10-2025) | Fiscal

Hacienda exige a los caseros tributar el alquiler en el IRPF aunque sufran impagos

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha determinado que los propietarios de inmuebles en España, tanto residentes como no residentes, deben declarar en el Impuesto sobre la Renta los ingresos del alquiler aunque el inquilino no haya efectuado el pago. En una resolución emitida el 24 de junio, el TEAC aclara que esta obligación, prevista en la Ley del IRPF para los contribuyentes residentes, también se aplica a los propietarios extranjeros que tributan por medio del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). El caso analizado enfrenta a una ciudadana suiza con la Agencia Tributaria. La contribuyente había alquilado una vivienda en España, pero su inquilino dejó de pagarle. Ante el impago, interpuso una demanda de desahucio. Pese a no haber recibido las rentas, la propietaria incluyó esos ingresos en sus declaraciones de la Renta de 2018 y 2019. Más tarde, solicitó una rectificación para recuperar los impuestos abonados por unas rentas no percibidas, pero Hacienda rechazó su petición. El TEAC explica que, según el IRNR, la base imponible se compone del total de los rendimientos obtenidos en España conforme a las normas del IRPF. Esta última ley establece que los ingresos procedentes del alquiler se consideran rendimientos íntegros derivados de la titularidad de inmuebles. En consecuencia, tanto los residentes como los no residentes deben tributar por el arrendamiento, incluso si las rentas no han sido efectivamente cobradas, siendo necesario determinar en qué momento deben imputarse. Para fijar ese momento, el tribunal remite nuevamente al artículo 22 de la Ley del IRPF, que establece que los rendimientos del capital inmobiliario se atribuyen al período en el que sean exigibles para el arrendador. Es decir, las rentas deben declararse cuando el propietario tiene derecho a reclamarlas, con independencia de que el inquilino las haya pagado o no. El TEAC respalda su posición citando una sentencia del Tribunal Supremo del 14 de diciembre de 2021, que estableció que las cantidades que el arrendador tiene derecho a recibir tras presentar una demanda de desahucio por impago se consideran rendimientos de capital inmobiliario y deben declararse en el ejercicio en que resulten exigibles. Por todo ello, el tribunal concluye que las rentas derivadas del alquiler del inmueble de la ciudadana suiza deben computarse como rendimientos de capital inmobiliario correspondientes a cada ejercicio en el que fueron exigibles. En consecuencia, rechaza la rectificación de las declaraciones presentadas por la contribuyente.

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(El Economista, 13-10-2025) | Fiscal

Andalucía, Canarias y Extremadura son las regiones con mayor "dinero negro" sobre el PIB

La economía sumergida continúa siendo un problema de gran relevancia en España, incluso en periodos de crecimiento económico. Aunque el país suele figurar entre los más señalados en los estudios sobre este fenómeno, su impacto varía considerablemente según la región. De acuerdo con el informe Economía sumergida e irregularidades laborales en la Región de Murcia, elaborado por la Universidad de Murcia en colaboración con el CES de esa comunidad, seis autonomías españolas presentan niveles de economía sumergida superiores al 16% de su Producto Interior Bruto (PIB). En detalle, las comunidades con mayor peso de la economía oculta son Andalucía y Canarias (17,9% del PIB), Extremadura (17,8%), la Región de Murcia (17,4%), Castilla-La Mancha (16,8%) y Baleares (16,1%). En el caso de Murcia, este porcentaje equivale a entre 5.600 y 6.900 millones de euros, lo que supondría una media de unos 8.500 euros por persona ocupada al año. Por el contrario, las regiones con menor presencia de "dinero negro" son Madrid (13,8%), País Vasco (13,9%), Cataluña (14,4%), Navarra (14,5%) y La Rioja (15%). Aun así, el estudio muestra que la economía sumergida ha disminuido en todas las comunidades desde 2004, aunque con fluctuaciones a lo largo del tiempo. El descenso se inició en los años 2004, 2006 y 2008, pero en 2010 se produjo un repunte en la Región de Murcia, donde el peso de la economía sumergida aumentó del 19,7% al 21,4% del PIB. A partir de 2012, la tendencia volvió a ser descendente hasta 2020. Sin embargo, con la llegada de la pandemia, el volumen de dinero no declarado creció en todas las comunidades, siendo Canarias la más afectada: pasó de un 18,6% del PIB en 2018 a un 20,3% en 2020. La economía sumergida genera consecuencias negativas a nivel general, ya que perjudica la competencia entre empresas y trabajadores, distorsiona indicadores económicos y reduce la recaudación fiscal. Esto provoca una mayor carga tributaria sobre quienes sí cumplen con sus obligaciones, según advierte el Instituto de Estudios Económicos (IEE) en su informe Competitividad fiscal 2020. ¿Por qué no se pueden subir más los impuestos en España? El IEE señala que, aunque España recauda el equivalente al 34,7% del PIB en impuestos, este porcentaje se obtiene solo del 78% de la actividad económica legal, dado que el 22% del PIB se corresponde con la economía sumergida. Por ello, la presión fiscal real para los contribuyentes asciende al 44,5%. Además, un estudio reciente del Centro para la Investigación Económica y sobre Políticas (CEPR), elaborado por Francesco Pappadà (Universidad de Venecia) y Kenneth Rogoff (Universidad de Harvard), sitúa a España entre los tres países de la Unión Europea con mayor proporción de economía sumergida, junto con Portugal. Según este informe, el dinero que circula fuera del control fiscal en España representa el 24% del PIB, solo por detrás de Grecia (36%) e Italia (31%).

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(Expansión, 13-10-2025) | Laboral

Trabajo concreta los requisitos de los nuevos sistemas de control de la jornada laboral

El Ministerio de Trabajo se encuentra en la fase final para aprobar el reglamento que establecerá las nuevas obligaciones de empresas y trabajadores tras el refuerzo del control del registro horario. El departamento encabezado por la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, ha concretado los requisitos que deberán cumplir los sistemas de control de jornada en las empresas, como paso previo a la aprobación del real decreto por el Consejo de Ministros. Según la norma, estas exigencias serán obligatorias veinte días después de la publicación del texto en el Boletín Oficial del Estado. Todas las empresas deberán asegurar que el registro diario de la jornada laboral de cada trabajador se realice por medios digitales. Para que este registro sea válido, el sistema tendrá que ser objetivo, fiable y accesible. Será considerado objetivo si refleja la información de forma imparcial y verificable; fiable si los datos no pueden modificarse sin autorización de la empresa y del trabajador; y accesible si las personas con derecho a registrar o consultar la información pueden hacerlo fácilmente, garantizando la igualdad y la no discriminación. El registro también deberá respetar el derecho a la intimidad y a la protección de datos personales. En este sentido, la empresa deberá evitar que el sistema esté ubicado en zonas de acceso público o que sea accesible por personas ajenas al proceso de registro. Cada trabajador deberá registrar su jornada en el sistema que la empresa facilite, incluyendo con detalle las horas de inicio y finalización del trabajo, así como las pausas, indicando hora y minuto. El sistema deberá permitir identificar si la jornada se realiza de forma presencial o a distancia y especificar si las horas son ordinarias, extraordinarias o complementarias. También deberá reflejar los tiempos de espera, los periodos a disposición de la empresa que no se consideren tiempo de trabajo efectivo y las interrupciones relacionadas con el derecho a la desconexión. Además, se registrarán las horas trabajadas en virtud de medidas de conciliación, flexibilidad o distribución irregular de la jornada. Toda esta información deberá consolidarse en resúmenes diarios y mensuales por trabajador. En caso de que se realicen horas extra, la empresa deberá indicar si serán compensadas con descanso o retribuidas, y si corresponden a tareas urgentes o extraordinarias. Las modificaciones en los registros solo podrán hacerse con autorización tanto de la empresa como del trabajador. Si existe desacuerdo, deberá informarse a la representación legal de los trabajadores, dejando constancia en el registro tanto de la modificación como de la discrepancia del empleado. El reglamento subraya que los registros y sus cambios deben realizarse sin presiones de ningún tipo sobre el trabajador. Si se produce una incidencia técnica que impida registrar la jornada por medios digitales, se permitirá hacerlo temporalmente por otro medio, trasladando los datos al sistema digital tan pronto sea posible. En caso de desacuerdo sobre la digitalización, también deberá notificarse a la representación legal. Las empresas tendrán la obligación de conservar los registros durante un periodo de cuatro años. Los trabajadores podrán consultar y obtener copia de sus registros y modificaciones en cualquier momento, y recibirán un resumen junto con su nómina. Los representantes de los trabajadores también tendrán acceso a estos datos, aunque deberán anonimizar la información personal no necesaria, excluyendo datos como el DNI, el domicilio o el estado civil. Asimismo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social deberá poder acceder al registro de forma inmediata, tanto presencial como remotamente, y los datos deberán presentarse en un formato legible y compatible con los sistemas habituales, cumpliendo con la normativa de protección de datos. La empresa, tras informar y consultar a los sindicatos, tendrá que elaborar un protocolo sobre la organización y documentación del registro de jornada, donde se especifique el procedimiento de anotación y modificación de los datos, la información que debe incluirse y la forma de evaluar el funcionamiento del sistema. Finalmente, la empresa será responsable de garantizar que todos los empleados reciban formación e información adecuadas sobre el uso del sistema de registro. El tiempo dedicado a esta formación se considerará tiempo de trabajo efectivo.

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(El País, 13-10-2025) | Laboral

El número de horas trabajadas por ocupado se sitúa un 3,6% por debajo de los niveles prepandemia

El número de horas trabajadas por persona ocupada aumentó un 0,3% en el segundo trimestre de 2025, tras haber caído más de medio punto en el primero. Sin embargo, este ligero repunte no logra compensar el hecho de que, a mediados de este año, el volumen total de horas trabajadas seguía siendo un 3,6% inferior al registrado antes de la pandemia. Así lo refleja la XV edición del informe Human Capital Outlook, elaborado por el Instituto EY Talento e Innovación y publicada este viernes. El estudio, presidido por la exministra Fátima Báñez, atribuye esta reducción de las horas trabajadas respecto al periodo prepandemia al incremento de las personas ocupadas que, pese a tener empleo, no trabajaron. Este grupo ha aumentado un 4,1% desde el cuarto trimestre de 2019. El informe señala que las principales causas de esta situación son las bajas por enfermedad o incapacidad y los periodos de vacaciones o permisos, que representan el 90% del crecimiento de dicha población. No obstante, el documento subraya que el aumento del empleo, con una fuerza laboral casi un 9% superior a la de antes de la pandemia, ha compensado parcialmente la reducción de horas trabajadas. En cuanto a la jornada laboral semanal, los datos de Eurostat indican que en España la media efectiva es de 36,4 horas, una cifra similar al promedio de la Unión Europea (36 horas). Los países con jornadas más largas son Grecia (39,8 horas), Bulgaria (39) y Polonia (38,9), mientras que los que registran las más cortas son Países Bajos (32,1), Noruega (33,7) y Dinamarca (33,9). El informe también resalta que la productividad laboral permanece prácticamente estancada: el PIB por persona ocupada no mostró variación en el segundo trimestre de 2025, mientras que el PIB por hora trabajada apenas avanzó un 0,5%. Desde 2019, la productividad por hora solo ha crecido un 3,6%, frente a un aumento del 4% en los costes laborales durante el último año, impulsado por el alza del salario por hora y la débil evolución de la productividad. Ante este escenario, Fátima Báñez señaló que "los datos del Observatorio confirman que España continúa generando empleo, pero también evidencian la necesidad de avanzar hacia un modelo laboral basado en la productividad, la estabilidad y el talento". Respecto al empleo, el informe apunta que la creación de puestos de trabajo mantuvo un ritmo similar al de trimestres anteriores, con un crecimiento entre el 0,6% y el 0,8%. Sin embargo, advierte que los datos de afiliación a la Seguridad Social anticipan una desaceleración de la actividad en el tercer trimestre. Además, el empleo indefinido aumentó un 1,3% en el segundo trimestre, mientras que el temporal se redujo un 0,6%, lo que situó la tasa de temporalidad en el 15,3%. Por último, el estudio estima que las vacantes laborales alcanzaron cerca de 155.000 en el segundo trimestre de 2025, el nivel más alto del año, prolongando la tendencia ascendente observada en los últimos ejercicios.

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