(El País, 09-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La guerra en Irán amenaza con elevar la inflación por encima del 3% y restar dos décimas de crecimiento a España

La intensificación del conflicto en Oriente Próximo tras el ataque de Estados Unidos e Israel contra Irán ha reavivado los temores que ya se vivieron en 2022 y ha devuelto a la economía global un riesgo que parecía haber quedado atrás: un nuevo repunte de la inflación impulsado por el encarecimiento de la energía. Aunque España no se encuentra entre los países directamente afectados en el corto plazo, tampoco queda al margen de las consecuencias si la guerra se prolonga. De acuerdo con las estimaciones de Funcas, en el caso de que la escalada militar se mantuviera durante tres meses -escenario central que maneja el organismo-, la inflación podría situarse ligeramente por encima del 3% hacia el verano, mientras que el crecimiento del PIB en 2026 se reduciría aproximadamente en dos décimas respecto a las previsiones previas al conflicto, que apuntaban a un aumento del 2,4%. En este escenario inicial, los efectos serían relativamente limitados. Sin embargo, la Fundación de las antiguas Cajas de Ahorros advierte en un informe publicado este viernes que, si el enfrentamiento se prolongara más tiempo o si se vieran dañadas infraestructuras energéticas clave provocando interrupciones en el suministro, el impacto económico podría ser mucho más negativo. Las previsiones elaboradas por Funcas, además, no contemplan todavía la posible reacción del Gobierno si la guerra se agrava y empieza a afectar con mayor intensidad a hogares y empresas. Por ahora, el Ejecutivo no ha anunciado medidas concretas, aunque sí está siguiendo de cerca la evolución de los precios y los efectos macroeconómicos del conflicto para actuar si fuese necesario con un paquete de apoyo similar al desplegado en 2022 tras la invasión de Ucrania. De momento, el principal canal por el que el conflicto podría trasladarse a la economía española es el energético. Tras el inicio de las hostilidades y el casi total cierre del estrecho de Ormuz -una vía por la que transita cerca de una quinta parte del comercio mundial de hidrocarburos- los precios de la energía han reaccionado con rapidez. Desde el viernes de la semana pasada, el barril de Brent ha subido alrededor de un 14%, mientras que el Mibgas, referencia del mercado ibérico del gas, se ha encarecido un 48%. Otros mercados también han registrado tensiones en los últimos días. Es el caso de los fertilizantes, cuyo precio ha aumentado un 24% respecto a la semana anterior. Este encarecimiento se explica por el papel clave de los países del Golfo en el suministro global de estos productos, fundamentales para la producción agroalimentaria. El aumento de estos costes termina reflejándose en el índice de precios al consumo por distintas vías. El petróleo, por ejemplo, repercute directamente en el precio de los carburantes como la gasolina o el gasóleo, mientras que el gas natural influye tanto en el coste del suministro doméstico como en el precio de la electricidad. A partir de la relación histórica entre estos mercados y el IPC en España, Funcas calcula que un incremento del 10% en el precio del petróleo podría añadir aproximadamente una décima a la inflación, mientras que una subida similar en el gas tendría un impacto parecido en el índice general de precios. Algunas de estas consecuencias ya empiezan a percibirse. El precio de los combustibles ha subido cerca de diez céntimos por litro en comparación con la semana anterior. Asimismo, el precio regulado de la electricidad (PVPC) se sitúa en lo que va de mes alrededor de un 13% por encima de la media del mes pasado, aunque todavía resulta difícil determinar en qué medida este aumento está directamente relacionado con las tensiones recientes en los mercados energéticos. El encarecimiento de los precios podría frenar el crecimiento del consumo privado, que actualmente actúa como uno de los principales motores de la economía. Además, las exportaciones también podrían verse perjudicadas si el conflicto afecta negativamente a la actividad económica de otros países. El turismo sería otro de los sectores potencialmente afectados, debido al aumento del coste de los vuelos y al impacto general de la inflación sobre el poder adquisitivo de los visitantes. No obstante, el informe señala que este efecto podría compensarse parcialmente si España gana atractivo frente a destinos cercanos a la zona del conflicto, que podrían percibirse como menos seguros. Asimismo, la incertidumbre podría provocar que algunas decisiones de inversión se retrasen o queden paralizadas. A pesar de ciertas similitudes con la situación vivida tras la invasión de Ucrania, todavía es pronto para prever consecuencias de la misma magnitud. Por ahora, desde Funcas destacan que la reacción de los mercados ha sido menos intensa que en 2022. Entonces, el petróleo llegó a superar los 180 dólares por barril, más del doble de su cotización actual, y el Mibgas alcanzó los 200 euros, cuatro veces más que en la actualidad. Además, en comparación con aquel momento, Europa depende menos del gas procedente del Golfo, lo que también ocurre con los fertilizantes. Aunque sus precios han aumentado, todavía se mantienen por debajo de los máximos registrados en 2022.

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(El País, 09-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El precio de la vivienda registra en 2025 su mayor alza desde 2007 tras subir un 12,9%

Solo durante el periodo de la burbuja inmobiliaria se registraron incrementos del precio de la vivienda tan intensos como los del año pasado. En el tramo final de 2025, el coste de las casas aumentó de media un 12,9%, un porcentaje que únicamente queda por debajo del 13,1% registrado a comienzos de 2007. Sin embargo, mientras que aquel repunte precedió al estallido de la burbuja y fue perdiendo fuerza con el paso de los meses, en 2025 los precios continuaron subiendo de forma constante a lo largo del año. Por este motivo, si se observa el conjunto del ejercicio y no solo el último trimestre, el Instituto Nacional de Estadística (INE) considera que 2025 fue el año con el mayor aumento anual del precio de la vivienda, con una media del 12,7%, por encima de algo menos del 10% registrado en 2007. Según los datos publicados este viernes por el INE, las viviendas de obra nueva aumentaron su precio un 11,2% en el cuarto trimestre de 2025 en comparación con el mismo periodo del año anterior, mientras que en el total del ejercicio el incremento fue del 11,3%, todavía por debajo del promedio alcanzado en 2007. En cambio, las viviendas de segunda mano subieron un 13,1% al cierre del año y un 12,9% en el conjunto de 2025. Este último dato es histórico, ya que nunca antes las viviendas usadas habían experimentado un encarecimiento de dos dígitos durante todo un año. La escasez de oferta, junto con la limitada construcción de vivienda nueva que empuja a muchos compradores hacia el mercado de segunda mano, explica este nuevo récord en el mercado residencial español y la creciente dificultad para que muchas personas puedan acceder a una vivienda en propiedad. La tendencia alcista reflejada en la estadística oficial -basada en los datos de viviendas escrituradas del Consejo General del Notariado- comenzó en el cuarto trimestre de 2023, cuando los precios subieron un 4,2%. Desde entonces se han acumulado nueve trimestres consecutivos de incrementos. En apenas dos años, los precios prácticamente se han triplicado. Durante 2025, las subidas trimestrales se mantuvieron siempre entre el 12% y el 13%: el año comenzó con un incremento del 12,2% y terminó alcanzando el valor más alto en el último trimestre. Los datos de comienzos de 2026, que el INE publicará a principios de junio, permitirán comprobar si esta tendencia continúa o si el mercado empieza a moderarse. Ferran Font, director de Estudios del portal inmobiliario Pisos.com, considera que el mercado vive un momento de gran dinamismo. Según explica, el aumento de la demanda, una oferta que no logra crecer al mismo ritmo y un contexto de tipos de interés que empieza a suavizarse están impulsando esta situación. A corto plazo, añade, no parece probable que la tendencia cambie, ya que ninguno de estos factores -demanda, oferta o condiciones financieras- prevé alteraciones significativas en los próximos meses. En los últimos tres años, entre 2022 y 2025, el índice trimestral de precios de la vivienda solo registró descensos en dos ocasiones: a finales de 2022, cuando cayó un 0,8%, y en el último tramo de 2023, con un descenso del 1,1%. Esto significa que en 14 de los últimos 16 trimestres el precio de la vivienda ha aumentado. No obstante, la tendencia al alza se remonta aún más atrás. Tras el estallido de la burbuja y los años de ajuste del sector, los precios comenzaron a recuperarse en 2015. Ese año el INE estableció el índice base en 100 puntos, mientras que en 2025 se superaron los 186. En otras palabras, el precio de las viviendas ha aumentado más de un 86% en una década. Aun así, algunos expertos empiezan a detectar señales de agotamiento en el mercado. José García Montalvo, catedrático de Economía de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona, considera que se está alcanzando un límite. Según sus análisis, los plazos necesarios para cerrar operaciones están aumentando y también lo están haciendo los descuentos en los precios. Además, existe un choque de expectativas entre compradores y vendedores. Mientras algunos propietarios creen que los precios seguirán subiendo incluso hasta un 20% el próximo año -algo que el economista considera poco realista-, muchos compradores optan por esperar porque no pueden asumir los precios actuales. Montalvo prevé que, hasta que se produzca un ajuste natural, el mercado podría experimentar una ralentización tanto en las compraventas como en los precios. El temor de perder una oportunidad de compra ha impulsado las operaciones recientemente, pero cuando ese miedo desaparezca el ritmo podría moderarse. La falta de crecimiento del parque de viviendas ha provocado que la mayor parte de las compraventas en los últimos años correspondan a inmuebles usados. En 2025, siete de cada diez operaciones fueron de segunda mano. Esta situación ha contribuido a que su precio se dispare hasta niveles inéditos. El incremento del 13,1% registrado en el último trimestre del año pasado es el segundo mayor de toda la serie histórica, solo superado por el 13,4% alcanzado en el trimestre anterior. Por su parte, las viviendas de obra nueva han experimentado subidas algo más moderadas durante el último año. Aunque en tres de los últimos cuatro trimestres los precios aumentaron entre el 11% y el 12%, la evolución ha sido similar a la de 2024 y, sumando todos los incrementos, todavía queda por debajo de los niveles alcanzados en 2007. Sin embargo, desde 2015 el precio medio de la vivienda nueva se ha más que duplicado. Ante esta situación, el presidente de la Federación de Asociaciones de Empresas Inmobiliarias (Fadei), Miguel Ángel Gómez Huecas, reclama medidas urgentes para aumentar la oferta de viviendas. Advierte de que, si las administraciones públicas no actúan, la subida de precios continuará, ya que se prevé que la población siga creciendo con fuerza en los próximos años. Según señala, de mantenerse esta dinámica España podría acercarse progresivamente a un modelo residencial caracterizado por viviendas cada vez más pequeñas y condiciones habitacionales precarias, algo que considera inadmisible para un país desarrollado. Pese a que las ventas, las hipotecas y los precios siguen aumentando, algunos especialistas creen que el mercado podría estar cerca de alcanzar su techo. Yogi Thadhani, responsable de Finteca en España, considera que la curva de precios empieza a estabilizarse. Aunque se aprecia cierta ralentización en las ventas, asegura que no se trata de una situación preocupante y que se empiezan a observar signos de mayor equilibrio. En la misma línea, Ricardo Gulias, consejero delegado de RN Tu Solución Hipotecaria, advierte de que la continua modificación de las políticas de vivienda genera incertidumbre entre los propietarios, lo que provoca que muchos prefieran no sacar sus viviendas al mercado. Según explica, si la oferta no aumenta, la presión seguirá siendo elevada y los precios continuarán subiendo.

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(El País, 09-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Las donaciones de padres a hijos marcan un récord por la crisis de acceso a la vivienda

Detrás de la firma con la que muchos jóvenes compran su primera vivienda suele haber otra firma que no aparece en los documentos, pero que resulta clave para cerrar la operación. No figura en la escritura ni en el registro de la propiedad, pero corresponde a la ayuda económica de padres, abuelos u otros familiares que aportan el dinero necesario para superar el principal obstáculo de la compra: el pago de la entrada. Esta realidad es cada vez más habitual en España. De hecho, en 2025 se alcanzó un récord de donaciones formalizadas ante notario: más de 225.000, lo que supone un incremento del 13% respecto al año anterior, que ya había marcado cifras históricas. El cálculo procede del Consejo General del Notariado (CGN) y recoge todas las donaciones registradas, tanto de dinero como de viviendas u otros bienes. Según los notarios, el fuerte aumento se explica en gran parte por las dificultades actuales para acceder a la vivienda. María Teresa Barea, portavoz del CGN, atribuye este fenómeno a una combinación de factores. Por un lado, el mercado inmobiliario se caracteriza por precios en constante aumento, lo que provoca que muchos jóvenes puedan afrontar las cuotas de una hipoteca pero no dispongan del ahorro suficiente para cubrir la entrada y los gastos iniciales. Por otro lado, muchos padres y abuelos cuentan con mayor capacidad de ahorro y optan por apoyar económicamente a sus hijos o nietos para facilitarles la compra de su vivienda. Esto explica la naturaleza de muchas de estas donaciones. Según Barea, la mayoría de las denominadas "herencias en vida" consisten en transferencias de dinero. Habitualmente son padres -y en ocasiones abuelos o incluso tíos- quienes entregan una cantidad económica a familiares jóvenes, generalmente menores de 35 años. Las sumas suelen oscilar entre los 15.000 y los 40.000 euros y, en la mayoría de los casos, se destinan a financiar la entrada de la primera vivienda. Además, se trata principalmente de familias de clase media, ya que las donaciones de grandes cantidades son menos frecuentes. Una situación similar vivieron hace aproximadamente un año Daniel Navarro y Claudia Ruiz, una pareja de 34 y 32 años que reside en Madrid. Tras casi cinco años viviendo de alquiler y tratando de ahorrar para comprar una vivienda, comprobaron que los precios subían más rápido que su capacidad de ahorro. Cuando su casero les comunicó que el contrato terminaba y que el alquiler aumentaría casi 200 euros al mes, decidieron pedir ayuda a sus familias. Entre ambos hogares reunieron 30.000 euros mediante una donación, que sumados a sus ahorros les permitieron pagar la entrada y solicitar la hipoteca. La portavoz del Notariado destaca una cierta paradoja en el mercado. Mientras el acceso a las hipotecas se ha vuelto algo más flexible debido al cambio en la política monetaria del Banco Central Europeo y a la mejora de los ingresos medios, el fuerte encarecimiento de la vivienda ha neutralizado ese alivio. Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), los precios han crecido alrededor de un 12% anual en los últimos trimestres. En este contexto, explica Barea, surge lo que denomina "solidaridad intergeneracional", favorecida además por un tratamiento fiscal cada vez más favorable para las donaciones. La transferencia de riqueza entre generaciones antes del fallecimiento de los padres es un fenómeno relativamente reciente en España si se compara con otros países europeos, según señala Elisenda Rentería, doctora en Demografía y subdirectora del Centro de Estudios Demográficos. Tradicionalmente, cuando los padres no podían ayudar económicamente a sus hijos, la alternativa era permitirles permanecer más tiempo en el hogar familiar para que pudieran ahorrar antes de independizarse, lo que contribuye a explicar la tardía emancipación de los jóvenes en España. Sin embargo, en el contexto actual ni siquiera esa fórmula resulta suficiente. El precio de la vivienda ha crecido mucho más rápido que los salarios, lo que complica aún más la salida de los jóvenes del hogar familiar. Además, las generaciones de mayor edad viven más tiempo y, en muchos casos, cuentan con una situación económica más favorable que la de generaciones anteriores e incluso que la de las más jóvenes. La Encuesta Financiera de las Familias del Banco de España refleja este desequilibrio. La riqueza de los menores de 35 años representa hoy apenas el 2% del total, cuando hace dos décadas era del 8%. En cambio, el patrimonio de los mayores de 65 años ha aumentado del 25,4% a cerca del 40% en el mismo periodo. Este mayor patrimonio acumulado facilita que muchas familias puedan adelantar parte de la herencia mediante donaciones para ayudar a los jóvenes a comprar vivienda. Los datos del Notariado muestran que se trata de una tendencia generalizada en todo el país. Casi todas las comunidades autónomas registraron un aumento de las donaciones -solo Aragón y La Rioja experimentaron ligeros descensos-, con incrementos especialmente destacados en Baleares (35%), Cataluña (23%) y Asturias (19%). También superaron la media regiones como Madrid, la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha o Extremadura, en un contexto marcado por el fuerte encarecimiento del mercado inmobiliario. Las estadísticas notariales no especifican qué tipo de bienes se donan, pero otras fuentes permiten hacerse una idea. Según el INE, en ese mismo año se transmitieron por donación alrededor de 24.000 viviendas, lo que sugiere que la mayoría de las operaciones se realizan mediante entregas de dinero. El aumento de estas donaciones también tiene implicaciones en términos de desigualdad. El economista Ignacio Conde-Ruiz, subdirector de Fedea, señala que las transferencias anticipadas reflejan tanto las dificultades del mercado inmobiliario como un factor que puede ampliar las diferencias de patrimonio entre familias. Uno de los cambios estructurales que explica este fenómeno es el envejecimiento de la población, que retrasa cada vez más la edad a la que se reciben las herencias. Y esto tiene consecuencias importantes porque la riqueza tiende a acumularse con el tiempo. Recibir una herencia a los 35 años, por ejemplo, permite utilizar ese capital para comprar una vivienda o aumentar el patrimonio. Cuando la herencia llega mucho más tarde, esa oportunidad se reduce. Para compensar este retraso, algunas familias optan por adelantar parte de la herencia mediante donaciones. Sin embargo, no todos pueden hacerlo. A diferencia de la herencia tradicional, las donaciones dependen de la capacidad económica de cada familia. En un país donde gran parte del patrimonio está concentrado en la vivienda, muchos hogares no disponen de suficiente liquidez para transferir dinero en vida. Por ello, suelen ser los padres con mayor capacidad económica quienes pueden ayudar a sus hijos en el momento clave de la compra de una vivienda. Elena de la Plaza, responsable del área de sucesiones en Vestalia Abogados, confirma que en los últimos meses han aumentado notablemente las consultas relacionadas con este tipo de operaciones, ya sea mediante donaciones de dinero o incluso de inmuebles. No obstante, matiza que su despacho suele atender a clientes interesados en planificación patrimonial, lo que influye en el perfil de casos que reciben. Según concluye Conde-Ruiz, el resultado es claro: mientras algunos jóvenes pueden compensar el retraso en la recepción de una herencia gracias a las donaciones familiares, otros no solo heredan más tarde, sino que tampoco cuentan con esa ayuda previa para acceder a la vivienda.

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(El Economista, 06-03-2026) | Fiscal

Hacienda usa la IA para controlar a los ciudadanos mientras hacen la Renta

La Agencia Tributaria está utilizando sistemas de inteligencia artificial (IA) para identificar en tiempo real posibles fallos u omisiones que los contribuyentes puedan cometer mientras completan su declaración de la Renta. Así lo explicó el director del Departamento de Informática Tributaria del organismo, José Borja Tomé, quien señaló que uno de los ejemplos más recientes de integración de estas tecnologías se encuentra en el funcionamiento del servicio Renta Web. Según detalló, estos sistemas analizan determinados cambios que el contribuyente realiza en las casillas del formulario y pueden prever cuándo existe la posibilidad de que se esté produciendo un error, ya sea involuntario o potencialmente deliberado. Cuando el sistema detecta una situación de este tipo, aparece un aviso en la plataforma que pregunta al usuario si está seguro de la modificación que pretende realizar, especialmente cuando el algoritmo interpreta que podría tratarse de una alteración intencionada. Borja lo explicó durante una mesa redonda sobre el uso de la inteligencia artificial en la administración tributaria, celebrada en la XIX Jornada Nacional de Estudio de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf). El responsable informático indicó que, tras recibir estas advertencias, un número elevado de contribuyentes decide corregir el dato y volver a su estado anterior, aunque no siempre ocurre así. Reconoció también que la Agencia Tributaria no dispone de toda la información de forma completamente precisa, pero defendió que es preferible alertar al ciudadano durante la elaboración de la declaración que hacerlo después de presentada, cuando meses más tarde se envía una propuesta de liquidación. Borja añadió que la inteligencia artificial también se utiliza durante la campaña de la Renta para detectar, incluso antes de que finalice, a aquellas personas que probablemente estén obligadas a presentar la declaración pero aún no lo han hecho. En esos casos, la Agencia envía recordatorios a los contribuyentes que podrían desconocer su obligación. El uso de estas herramientas, explicó, abarca distintas fases del proceso tributario, desde la asistencia inicial al ciudadano y la prevención de errores hasta las tareas de control e inspección. No obstante, insistió en que las decisiones no se adoptan de forma automática únicamente por sistemas de IA, sino que siempre interviene personal de la Administración. Durante el debate, el profesor de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Complutense de Madrid, Bernardo Olivares, expresó dudas sobre el uso que Hacienda hace de estas tecnologías. A su juicio, aunque la Agencia Tributaria reconoció públicamente en 2023 que empleaba inteligencia artificial, diversos contratos públicos indican que ya en 2015 se adquirieron servicios para desarrollar programas capaces de identificar y analizar patrones de comportamiento de los contribuyentes. De acuerdo con esa información, la Administración habría encargado el desarrollo de herramientas destinadas a tomar decisiones relacionadas con la inclusión de empresarios en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), la tramitación de devoluciones de IVA a no residentes o la detección de posibles fraudes. También se habrían diseñado sistemas para analizar datos procedentes tanto de fuentes públicas como privadas, incluidos contenidos en redes sociales o páginas web, con el objetivo de localizar bienes ocultos, posibles testaferros o relaciones familiares relevantes. Olivares criticó que los contribuyentes no sean informados de manera clara sobre la utilización de estas tecnologías. Por su parte, el abogado y economista Daniel Gómez-Olano, coordinador del Consejo Asesor Institucional de Aedaf y moderador de la mesa redonda, planteó la posibilidad de que el uso de inteligencia artificial por parte de la Agencia Tributaria pueda afectar a derechos fundamentales de los ciudadanos, como la protección de datos personales o el derecho a la intimidad.

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(El Economista, 06-03-2026) | Fiscal

Tributos confirma que los mayores de 65 años están exentos de pagar IRPF por donar su vivienda habitual

La Dirección General de Tributos (DGT), organismo dependiente del Ministerio de Hacienda, ha precisado en una consulta vinculante emitida el 23 de diciembre que las personas mayores de 65 años no tienen que pagar IRPF cuando donan su vivienda habitual. Con carácter general, cuando un contribuyente transmite un bien -como una vivienda o participaciones empresariales- debe declarar en el IRPF la ganancia o pérdida patrimonial que se produce con esa operación. En el caso de los inmuebles, el impuesto se calcula sobre la diferencia entre el precio al que se adquirió la vivienda y el valor que tiene en el momento de la donación. Por ejemplo, si una vivienda se compró hace dos décadas por 100.000 euros y en la actualidad su valor asciende a 250.000, la ganancia patrimonial sería de 150.000 euros y, en principio, debería tributar por esa cantidad. No obstante, la Ley del IRPF contempla una excepción. El artículo 34 establece que las ganancias patrimoniales derivadas de la donación de la vivienda habitual estarán exentas cuando el propietario tenga más de 65 años o cuando se trate de personas con dependencia severa o gran dependencia. Para beneficiarse de esta ventaja fiscal deben cumplirse, por tanto, dos condiciones: que el donante haya superado los 65 años y que el inmueble tenga la consideración de vivienda habitual. La normativa considera vivienda habitual aquella en la que el contribuyente haya residido de forma continuada durante al menos tres años. Sin embargo, también se puede reconocer esta condición aunque no se haya alcanzado ese plazo si existen circunstancias que justifiquen el cambio de residencia, como un matrimonio, una separación, un traslado por motivos laborales o un cambio de empleo. En su consulta, la Dirección General de Tributos concluye que cuando se cumplen ambos requisitos -que la vivienda donada sea la residencia habitual del contribuyente y que este tenga más de 65 años o se encuentre en situación de dependencia severa o gran dependencia conforme a la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia- se aplica la exención prevista en la Ley del IRPF.

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(El Economista, 06-03-2026) | Fiscal

Los autónomos reclaman a Díaz una rebaja de cuotas, IVA reducido de la luz y bonificaciones al combustible

Las organizaciones de trabajadores autónomos ATA, UATAE y UPTA se reunieron este jueves con la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, para analizar el impacto económico derivado del estallido del conflicto en Irán y estudiar posibles respuestas ante esta situación. Mientras ATA, integrada en la CEOE, apuesta por seguir de cerca la evolución internacional antes de exigir medidas concretas, UATAE y UPTA -vinculadas a CCOO y UGT- han pedido al Gobierno la puesta en marcha de un paquete de actuaciones que incluya rebajas en las cuotas a la Seguridad Social, aplazamientos en el pago de impuestos como el IRPF o el IVA y ayudas relacionadas con el combustible. Según UATAE, los autónomos -más de 3,4 millones en España- figuran entre los colectivos más expuestos ante este tipo de crisis, ya que suelen contar con menor capacidad financiera y son los primeros en asumir el impacto del aumento de costes en la economía. Por ello, la organización reclama al Ejecutivo la adopción urgente de medidas coordinadas que eviten el cierre de negocios, la pérdida de empleo y el deterioro del tejido productivo, especialmente en sectores más sensibles como el transporte, la agricultura o el comercio. La asociación presidida por María José Landaburu propone aplicar de forma temporal tipos reducidos en la electricidad y el gas destinados al uso profesional, así como en los combustibles y otros suministros básicos para las actividades más afectadas. No obstante, plantean que estas ayudas se dirijan únicamente a autónomos con menor capacidad económica, dejando fuera a quienes obtengan rendimientos netos superiores a 60.000 euros anuales. También solicitan acelerar la devolución del IVA para evitar problemas de liquidez. Por su parte, UPTA plantea que ese tipo reducido se sitúe en el 5% y que se complemente con descuentos en la factura energética y subvenciones para el autoconsumo. Asimismo, propone una bonificación en el precio del combustible para profesionales de entre 20 y 30 céntimos por litro, vinculada a la tarjeta profesional del autónomo. Esta ayuda podría aumentar en zonas rurales y activarse automáticamente si el precio del petróleo supera un determinado nivel. UATAE respalda también esta bonificación al gasóleo, además de proponer rebajas en los peajes y la concesión de ayudas directas. Otra de las propuestas de UATAE es la creación de una deducción extraordinaria en el IRPF para compensar el encarecimiento de los costes energéticos y logísticos. En concreto, sugieren que la deducción alcance el 100% para quienes tengan ingresos inferiores a 20.000 euros anuales y que disminuya progresivamente hasta desaparecer para quienes superen los 60.000 euros. Además, plantean limitar los aplazamientos fiscales a los autónomos con ingresos netos inferiores a 40.000 euros.

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(Expansión, 06-03-2026) | Laboral

El Tribunal Supremo sentencia que el calendario laboral no puede alterar la jornada anual fijada en convenio

El Tribunal Supremo ha dictaminado que la aprobación de un calendario laboral no puede utilizarse para modificar de forma unilateral lo establecido en un convenio colectivo, ya que hacerlo supondría, en la práctica, ampliar la jornada laboral sin seguir los procedimientos legales previstos, como el llamado "descuelgue". La sentencia responde al recurso de casación presentado por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras (FSC-CCOO) y concluye que la Mancomunidad de los Canales del Taibilla -organismo dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico- vulneró lo establecido en el convenio colectivo al aumentar la jornada máxima anual del personal que trabaja a turnos. En concreto, el organismo elevó el cómputo de horas de 1.642 a 1.680 durante la elaboración del calendario laboral. La Sala de lo Social del Supremo declara nula la decisión de la entidad pública, que en la práctica suponía alargar la jornada anual de los trabajadores de las estaciones de tratamiento de agua potable. Según CCOO, la sentencia 175/2026, dictada el 19 de febrero de 2026, respalda con claridad la defensa que el sindicato había realizado del IV Convenio Único del personal laboral de la Administración General del Estado y de los derechos ya consolidados de los empleados. El conflicto surgió cuando la Mancomunidad aprobó el calendario laboral correspondiente a 2024. Hasta entonces, el convenio fijaba una jornada máxima anual de 1.642 horas. Sin embargo, la empresa decidió aplicar un nuevo sistema de cálculo basado en 1.680 horas teóricas para el personal a turnos, argumentando que era necesario adaptarlo para garantizar el disfrute efectivo de los seis días de asuntos propios. CCOO denunció que esta medida suponía modificar de forma unilateral la jornada máxima acordada en el convenio, sin seguir el procedimiento legal correspondiente y vulnerando derechos laborales básicos. Aunque la Audiencia Nacional rechazó inicialmente la demanda, el caso llegó al Tribunal Supremo, que finalmente ha corregido ese criterio y ha determinado que la empresa no podía alterar la jornada anual establecida mediante la simple aprobación del calendario laboral. El alto tribunal subraya que el calendario laboral no puede contradecir lo fijado en un convenio colectivo de carácter estatutario. Por ello, la jornada anual de 1.642 horas es una condición pactada y obligatoria que no puede ampliarse por decisión unilateral de la empresa. Además, el Supremo considera que el sistema aplicado por la Mancomunidad suponía, en la práctica, modificar o dejar sin efecto lo estipulado en el convenio. Recuerda también que, si una empresa pretende cambiar condiciones recogidas en un convenio colectivo, debe recurrir al procedimiento previsto en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores -conocido como descuelgue- que exige negociación y, en su caso, mecanismos de mediación o arbitraje. En este caso, dicho procedimiento no se siguió, ya que el nuevo cómputo horario se impuso a través del calendario laboral, con el acuerdo de UGT y CSIF, pero sin aplicar el trámite legal exigido. La resolución también tiene en cuenta una sentencia previa que reconocía el derecho de un trabajador a disfrutar los seis días de asuntos propios conforme al convenio, es decir, cuando lo estimara oportuno y no integrados obligatoriamente en los periodos de descanso. El Supremo recuerda que estos días constituyen permisos retribuidos y se consideran tiempo de trabajo efectivo, por lo que deben contabilizarse dentro de la jornada máxima anual, y no fuera de ella. De este modo, el tribunal concluye que la solución adoptada por la empresa -elevar el cómputo teórico a 1.680 horas- superaba el límite fijado en el convenio. Además, recalca que no es aceptable modificar de forma indirecta la duración máxima de la jornada pactada alegando que se pretende facilitar el disfrute de permisos, y menos aún sin activar los mecanismos legales previstos para ello. Con esta decisión, el Supremo estima el recurso de CCOO, anula la sentencia anterior de la Audiencia Nacional y declara inválida la decisión empresarial que modificaba la jornada anual del personal a turnos de las plantas de tratamiento de agua potable de la Mancomunidad. El sindicato considera que el fallo supone un respaldo claro a la negociación colectiva y al carácter vinculante de los convenios. La resolución refuerza además la idea de que las condiciones pactadas no pueden alterarse de manera indirecta ni mediante fórmulas técnicas que en la práctica impliquen ampliar la jornada laboral. Asimismo, la sentencia consolida una doctrina relevante: cualquier cambio en las condiciones fijadas en un convenio colectivo debe someterse al procedimiento específico de inaplicación, sin que las empresas puedan imponer modificaciones de forma unilateral alegando razones organizativas vinculadas al calendario laboral. En definitiva, el fallo restablece la jornada anual de 1.642 horas para los trabajadores afectados y lanza un mensaje claro al conjunto de administraciones y empresas públicas: el respeto a la negociación colectiva y a los derechos recogidos en los convenios no es opcional. Con esta decisión, el Tribunal Supremo reafirma el papel central del convenio colectivo como garantía de estabilidad en las condiciones laborales.

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(Expansión, 06-03-2026) | Laboral

Jubilación anticipada para conductores profesionales: piden agilizar los coeficientes reductores por trabajo penoso

Los sindicatos UGT y CCOO han llamado a los conductores profesionales de transporte de mercancías, transporte de viajeros y grúas autopropulsadas a concentrarse el próximo 10 de marzo en Madrid para reclamar al Gobierno que dé una respuesta favorable a la solicitud de jubilación anticipada para este colectivo mediante la aplicación de coeficientes reductores por la dureza del trabajo. Paralelamente, la Seguridad Social ha rectificado el procedimiento que obligaba a los conductores a facilitar su NIF antes del 2 de marzo, por lo que ese trámite ya no será necesario para continuar con el expediente. Las federaciones de carretera, transporte urbano y logística de UGT y CCOO exigen al Ejecutivo que apruebe las peticiones registradas en octubre de 2025 para reconocer dichos coeficientes reductores, que permitirían adelantar la edad de jubilación a los conductores de transporte de mercancías por carretera, autobuses y grúas autopropulsadas en España. Los sindicatos explican en un comunicado que, aunque la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) ya está tramitando el proceso administrativo, por el momento no existen garantías de que la resolución final vaya a ser positiva. Por este motivo, han decidido reactivar las movilizaciones del sector. Recuerdan además que los conductores profesionales se encuentran entre los colectivos que han solicitado poder jubilarse anticipadamente a partir de los 52 años, siguiendo lo establecido en el Real Decreto 402/2025, aprobado el 27 de mayo, que regula la aplicación de coeficientes reductores para profesiones consideradas especialmente penosas o peligrosas conforme a la Ley General de la Seguridad Social. Este reglamento permite que determinados colectivos puedan acceder a la jubilación anticipada mediante un procedimiento administrativo específico, en lugar de depender exclusivamente de un proceso de negociación, salvo en lo relativo a la firma de la solicitud conjunta y su fecha de presentación. Según explican las organizaciones sindicales, el procedimiento previsto en este real decreto permite que la Seguridad Social inicie una evaluación técnico-actuarial de las solicitudes presentadas por determinados colectivos profesionales. En este caso, la petición corresponde al grupo profesional de conductores mecánicos y conductores recogidos en el II Acuerdo General del sector, y cuenta además con el respaldo de parte del sector empresarial. La solicitud para aplicar estos coeficientes reductores a los conductores se registró el 20 de octubre de 2025 y fue presentada conjuntamente por UGT, CCOO y la Agrupación Empresarial Nacional de Alquiladores de Grúas de Servicio Público (Anagrual). La decisión final dependerá de un informe técnico elaborado por una comisión integrada por especialistas de distintos ministerios, representantes de las patronales y sindicatos. Si el informe es favorable, los trabajadores podrían acogerse a los coeficientes reductores, lo que implicaría también una cotización adicional a la Seguridad Social asumida por empresas y trabajadores -o únicamente por el trabajador en el caso de los autónomos-. La Administración dispone de un plazo de seis meses para resolver, por lo que la decisión debería conocerse antes de abril de 2026. Por otra parte, la Seguridad Social ha rectificado una de las exigencias iniciales del procedimiento. Según ha informado la sección de carretera y logística de CCOO, ya no será necesario que los sindicatos presenten los NIF de los cerca de 400.000 profesionales incluidos en los colectivos de conductores de transporte de mercancías por carretera y transporte de viajeros en autobús que hayan trabajado en el sector entre 2018 y 2025. El mes pasado, la DGOSS había enviado un requerimiento a las organizaciones solicitantes en el que exigía la identificación fiscal de todas las personas que actualmente prestan o habían prestado servicios durante ese periodo en los sectores afectados. Para ello se habilitó un formulario que debía completarse en un plazo de 20 días, que finalizaba el 2 de marzo. Sin embargo, tras las críticas sindicales, esta obligación ha sido eliminada. CCOO explicó en un comunicado del 27 de febrero que, tras una intensa labor para evitar la recopilación de esos 400.000 NIF y solicitar que fuera la propia Administración la que aportara los datos necesarios, finalmente se logró retirar este requisito. Aun así, los sindicatos consideran que el proceso sigue siendo complejo y todavía no ha concluido. Por ello mantienen la convocatoria de concentración frente al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible el próximo 10 de marzo, tal como ha señalado el secretario general del Sector de Carretera y Logística de FSC-CCOO, Francisco José Vegas.

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(El País, 06-03-2026) | Laboral

Las mujeres alcanzan el 38% de los consejos de administración de las empresas cotizadas en España

La presencia femenina en los órganos de gobierno de las empresas cotizadas españolas continúa avanzando, aunque de forma gradual. Al cierre de 2025, las mujeres ocupaban el 37,71% de los asientos en los consejos de administración del mercado continuo y el 23,59% de los puestos en la alta dirección, según el XIV Informe de Mujeres en los Consejos del Ibex 35 elaborado por IESE y Atrevia, presentado en Madrid. Si se mantiene el ritmo actual de crecimiento, de 1,67 puntos porcentuales, el objetivo del 40% fijado por la Ley de Paridad podría alcanzarse en 2027. No obstante, desde Atrevia apuntan que el cumplimiento podría adelantarse gracias al impulso registrado por compañías fuera del Ibex. En total, 65 de las 115 empresas cotizadas, es decir, el 56,5%, ya alcanzan o superan el umbral del 40%, frente al 47,4% del año anterior. Dentro del Ibex 35, ocho de cada diez consejos cumplen ese objetivo, aunque siete compañías aún se sitúan por debajo. En el selectivo, la representación femenina alcanza el 41,93%, y se ha triplicado el número de empresas donde hay más consejeras que consejeros. Destacan casos como Bankinter, Redeia e IAG, mientras que Inditex y Logista superan el 50% de presencia femenina en sus consejos. Fuera del Ibex, también rebasan esa proporción empresas como Prisa, Ebro Foods, Cevasa, Dia, Faes Farma, Grenergy, Libertas 7, Línea Directa, Meliá y Realia. Pese a los avances, aún existen compañías sin ninguna mujer en sus órganos de gobierno, como Nyesa, Pescanova, Soltec y Berkeley. Dentro del Ibex 35, Solaria presenta la menor proporción femenina, con un 16,6%. Tampoco alcanzan el 40% Puig, Naturgy, Indra, Grifols, Ferrovial y Acerinox. Durante 2025 se incorporaron nueve mujeres a los consejos, en parte favorecido por la reducción del número total de asientos, con 29 menos que el ejercicio anterior. Según el informe, la mayoría de los puestos que no se han renovado correspondían a hombres. En cuanto a la presidencia de las compañías del Ibex 35, una nueva mujer se sumó en 2025 a las cuatro ya existentes. Anne-Catherine Berner asumió la presidencia de Grifols, incorporándose a un grupo formado por Dolores Dancausa en Bankinter, Ana Botín en Santander, Marta Ortega en Inditex y Beatriz Corredor en Realia. De todas ellas, solo Botín ejerce funciones ejecutivas. En el conjunto del mercado continuo hay 10 presidentas, además de cinco consejeras delegadas y ocho vicepresidentas. La brecha es más evidente en los comités de dirección. En el Ibex 35, la presencia femenina se sitúa en el 23,5%, ligeramente por debajo de la media del mercado continuo, y apenas ha aumentado 0,76 puntos en el último año. Aena, Enagás, Rovi, Redeia e Inmobiliaria Colonial superan el 40%, mientras que Grifols no cuenta con ninguna mujer en su comité ejecutivo. Solo 10 de las 115 cotizadas alcanzan la paridad en la alta dirección. Por el contrario, Amrest, Berkeley Energía, Cevasa, Edreams, Meliá, Naturhouse y OHLA no tienen presencia femenina en sus equipos directivos. En el extremo opuesto se sitúan Renta Corporación, Prisa, Global Dominion, Tubacex y CIE Automotive, que superan el 40%. El informe también analiza la percepción del liderazgo empresarial en redes sociales y medios digitales, a partir de más de tres millones de publicaciones. La familia Ortega, vinculada a Inditex, concentra el 16% de las menciones, muy por encima de cualquier otro directivo. Aunque la conversación pública menciona de forma similar a hombres y mujeres, el enfoque varía: los líderes masculinos suelen asociarse a riqueza e ideología, mientras que las mujeres destacan sobre todo en contextos de nombramientos. Además, las referencias a la vida privada y la conciliación representan el 20% de las conversaciones, y en ocho de cada diez casos aluden a directivas, lo que evidencia que el liderazgo femenino sigue vinculado en mayor medida al ámbito personal que el masculino.

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(El País, 06-03-2026) | Laboral

El Gobierno activa un buzón anónimo para denunciar fraudes con becarios: la Inspección de Trabajo vigilará a los despachos de abogados

Desempeñar un trabajo sin contrato, realizar prácticas sin remuneración o ejercer como falso autónomo son algunas de las situaciones de abuso laboral que, según la Encuesta de Juventud 2023, aseguran haber padecido cuatro de cada diez jóvenes a lo largo de su trayectoria profesional. Con el objetivo de frenar estas prácticas y reforzar la protección de los derechos laborales de la juventud, el Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley del denominado Estatuto del Becario. El texto contempla un régimen sancionador severo, con multas que pueden alcanzar los 225.000 euros en los supuestos más graves. Según explicó la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, la norma pretende combatir una forma de precariedad que, además de vulnerar derechos, desvirtúa la finalidad formativa de las prácticas al permitir que personas en situación de beca realicen tareas estructurales sin salario ni garantías, sustituyendo puestos de trabajo ordinarios. El anteproyecto, que ahora deberá iniciar su tramitación parlamentaria en el Congreso, incluye también la obligación de que las empresas asuman los gastos derivados de las prácticas. Asimismo, establece que estas no podrán superar las 480 horas y que el estudiante no deberá abonar ninguna cantidad por realizarlas. Paralelamente, el Ministerio de Juventud e Infancia, en colaboración con la Inspección de Trabajo, ha puesto en marcha el denominado Buzón de las personas becarias, un canal que permitirá presentar denuncias anónimas sobre posibles abusos o irregularidades para su posterior traslado a la autoridad laboral. Este mecanismo se ha activado antes incluso de la aprobación definitiva del Estatuto, al considerar el Ejecutivo que el marco normativo actual ya ofrece herramientas suficientes para que la Inspección actúe en casos de fraude. La ministra de Juventud, Sira Rego, ha señalado que el objetivo es erradicar prácticas que no guardan relación con la formación académica, así como situaciones en las que los becarios desempeñan las mismas funciones que el resto de la plantilla sin percibir salario ni contar con protección adecuada. Las denuncias anónimas han ganado relevancia en el ordenamiento jurídico español como instrumento útil en determinados procedimientos de investigación, aunque también suscitan debate por el posible riesgo de indefensión para la persona denunciada. A diferencia de las denuncias formales, en las que el denunciante debe identificarse, este sistema permite comunicar irregularidades sin revelar la identidad. Además, desde el 1 de enero de 2024 es obligatorio dar de alta en la Seguridad Social a todos los becarios, tanto en prácticas curriculares como extracurriculares. En sectores como la abogacía, la formación práctica ha sido tradicionalmente un pilar esencial en la preparación de nuevos profesionales. Las antiguas pasantías desempeñaron durante años un papel clave en ese aprendizaje. Sin embargo, en el contexto actual, cada vez resulta más complejo para los despachos asumir becarios de forma generalizada, dado que implica costes económicos y nuevas obligaciones legales, sin una contraprestación directa. Aunque la prevención de abusos constituye un objetivo legítimo, distintas fuentes empresariales advierten de que las medidas deben aplicarse con garantías jurídicas para todas las partes implicadas. En su opinión, el endurecimiento del marco sancionador y el recurso a denuncias anónimas podrían generar un efecto disuasorio que lleve a algunas empresas a reducir o eliminar la oferta de prácticas por temor a posibles reclamaciones.

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