(Expansión, 03-07-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Bruselas aprueba el pago de 7.000 millones a España, pero retiene 537

La Comisión Europea ha aprobado el desembolso del sexto pago de los fondos europeos asignados a España dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aunque lo ha hecho de forma parcial al dejar en suspenso parte de la cuantía prevista por el incumplimiento técnico de varios hitos comprometidos. El importe autorizado asciende a 7.021 millones de euros brutos, de los cuales 5.970 millones corresponden a transferencias directas y 1.051 millones a préstamos. Con este nuevo desembolso, España habrá recibido ya más de 77.000 millones de euros procedentes del programa Next Generation EU, lo que representa aproximadamente el 76% del total de fondos asignados al país tras la pandemia de la COVID-19 pandemic. Entre los compromisos que Bruselas ha considerado cumplidos figuran la aprobación de la Ley de Movilidad Sostenible, la puesta en marcha de diversos proyectos de descarbonización, la creación de Casa47 -destinado a canalizar la oferta de vivienda pública y asequible- y la ampliación de los permisos de nacimiento y cuidado, entre otras medidas. No obstante, el sexto pago será inferior a lo inicialmente previsto. La Comisión ha decidido retener 537 millones de euros al no poder validar tres hitos incluidos en la solicitud: medidas relacionadas con la formación profesional bilingüe, servicios de teleasistencia y proyectos dirigidos a colectivos vulnerables, emprendedores y microempresas. Parte de esta retención se compensa con el desbloqueo de 302 millones de euros correspondientes al quinto desembolso, después de que España haya logrado completar dos compromisos que anteriormente no superaron la evaluación comunitaria. Estos avances afectan a la digitalización de administraciones regionales y locales y, de forma parcial, a la reforma fiscal. Según el Ministerio de Economía, los tres hitos pendientes no han sido rechazados por incumplimiento material, sino porque no han podido evaluarse correctamente debido a cuestiones técnicas. Para resolver esta situación, el departamento dirigido por Carlos Cuerpo presentará próximamente una nueva adenda destinada a clarificar los criterios de evaluación exigidos por Bruselas. El Gobierno sostiene que esta reorganización técnica de los hitos refleja la madurez del proceso de ejecución del plan y subraya que se ha trabajado de forma coordinada con la Comisión Europea para facilitar la validación de los objetivos pendientes. España deberá remitir esta adenda antes del 31 de agosto, fecha límite para ejecutar los fondos todavía pendientes y completar los 146 hitos comprometidos en esta fase del plan. Posteriormente, el Ejecutivo dispondrá hasta el 30 de septiembre para solicitar el séptimo y último desembolso de los fondos europeos, cuyo importe potencial asciende a 24.400 millones de euros. Sin embargo, la cifra final podría ser inferior si España renuncia nuevamente a parte de los créditos blandos asociados, que en esta ocasión suman 5.750 millones. El reto para acceder a este último tramo no será menor. Diversos analistas advierten de la necesidad de acelerar de forma significativa la ejecución de los fondos, dado que persiste una brecha considerable entre los recursos ya convocados y aquellos que realmente han sido adjudicados o ejecutados. En este contexto, los próximos meses serán decisivos para determinar si España logra completar con éxito la absorción de los fondos europeos dentro de los plazos establecidos por Bruselas.

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(La Vanguardia, 03-07-2026) | Mercantil, civil y administrativo

España bate récord de turistas, con 37 millones hasta mayo y un gasto de 50.000 millones

España mantiene su fortaleza como potencia turística y continúa encadenando cifras récord de visitantes y gasto. Entre enero y mayo, el país recibió más de 36,8 millones de turistas internacionales, un 5% más que en el mismo periodo del año anterior, lo que confirma el dinamismo del sector en 2026. El gasto total realizado por estos viajeros también registró un fuerte avance, alcanzando los 50.257 millones de euros, un 7,8% más que un año antes. Según el Ministerio de Industria y Turismo, este crecimiento demuestra que el gasto turístico sigue aumentando a un ritmo superior al de las llegadas, reforzando la rentabilidad del sector. El desembolso medio por visitante también subió, con un incremento del 1,2%, hasta situarse en 1.231 euros por turista, lo que refleja una mayor capacidad de gasto por parte de quienes eligen España como destino. Solo en mayo, España recibió 10,3 millones de turistas internacionales. Cataluña se consolidó como el principal destino, al concentrar el 21,2% del total de visitantes, liderando tanto en número de llegadas como en gasto turístico. Tras Cataluña, Islas Baleares ocupó la segunda posición, mientras que la Comunidad de Madrid se situó en tercer lugar y destacó por ser la región con mayor crecimiento relativo, al aumentar un 17,4% respecto al mismo periodo del año anterior. Por mercados emisores, Reino Unido continúa siendo el principal origen de turistas hacia España, con más de 7 millones de visitantes en los cinco primeros meses del año. Le siguen Francia y Alemania, ambos con más de 4,5 millones de viajeros. También destaca el crecimiento del gasto de los turistas procedentes de Italia, cuyo desembolso aumentó un notable 26,2%, según el departamento dirigido por Jordi Hereu. En cuanto a la duración de las estancias, predominan los viajes de entre cuatro y siete noches, modalidad que reunió a 5,4 millones de visitantes tras crecer un 14,1%. Además, más de 7,5 millones de turistas viajaron sin contratar paquetes turísticos, una tendencia que confirma el auge de los viajes organizados de forma independiente. Las perspectivas para el verano también apuntan a un comportamiento muy positivo. Datos recientes elaborados por PwC y la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos reflejan un aumento de las reservas hoteleras en Barcelona para los próximos meses. A finales de junio, la ocupación prevista a 90 días alcanzaba el 36% para julio, el 24% para agosto y el 35% para septiembre, porcentajes que previsiblemente seguirán creciendo a medida que se acerquen las fechas de viaje, en un contexto en el que cada vez más turistas reservan a última hora.

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(Expansión, 02-07-2026) | Fiscal

Soledad Fernández deja la Agencia Tributaria

Tras la salida de Soledad Fernández al frente de la Agencia Tributaria, está previsto que en los próximos días se produzca una renovación en la cúpula del organismo. Desde el Ministerio de Hacienda rechazan que exista una crisis interna o que se trate de un cese, y sostienen que el cambio responde a un relevo pactado desde hace meses. Mientras tanto, el Partido Popular mantiene su intención de que Fernández comparezca en la comisión de investigación del Senado sobre la gestión de la SEPI. Una vez concluida la campaña de la Renta, cuyo plazo terminó el 30 de junio, se abre paso a esta reestructuración en la dirección de la Agencia Tributaria. La marcha de Fernández, directora general desde 2022, se produce junto a informaciones que apuntan también a la salida de otros dos altos cargos del organismo. Fuentes de Hacienda señalan que Fernández había solicitado dejar el cargo hace varios meses, incluso antes del inicio de la campaña de la Renta. Según explican, se acordó aplazar cualquier modificación hasta la finalización de este proceso, momento en el que finalmente se ha materializado el relevo. De este modo, el Ministerio intenta desmentir las informaciones que vinculan su salida a discrepancias con el departamento encabezado por Arcadi España. Insisten en que no existe ningún conflicto interno y que la transición estaba prevista con antelación. La salida de Fernández coincide además con la inminente publicación de los primeros datos de la campaña de la Renta de 2025, en la que se anticipa una recaudación récord. Durante los dos primeros meses, Hacienda ingresó un 24% más que en el mismo periodo del año anterior, lo que ha reavivado el debate sobre la necesidad de ajustar las tarifas del IRPF a la inflación. Pese a la versión oficial, algunas interpretaciones relacionan su marcha con las polémicas recientes que afectan al Gobierno, entre ellas la gestión de la SEPI. En este contexto, el PP ha confirmado que mantiene su citación para que Fernández comparezca el 13 de julio en la comisión de investigación del Senado. Desde el Partido Popular sostienen que su salida busca evitar explicaciones sobre la razón por la que Hacienda no se ha personado en la investigación judicial relativa a las joyas halladas en la caja fuerte del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero. Con su marcha, la Agencia Tributaria pierde a una dirigente estrechamente vinculada a la exvicepresidenta primera y exministra de Hacienda, María Jesús Montero, quien la designó en 2022. También deja atrás una etapa marcada por un notable incremento de la recaudación y una fuerte presencia técnica dentro del organismo. Antes de asumir la dirección general, Fernández desempeñó diversas responsabilidades dentro de la Administración tributaria, entre ellas la presidencia del Tribunal Económico-Administrativo Central, la dirección del Departamento de Gestión Tributaria, la Escuela de Hacienda Pública y la delegación adjunta de la Agencia Tributaria en Madrid. Aunque todavía no se ha anunciado quién ocupará su puesto, todo apunta a que el relevo recaerá en un perfil técnico que permita dar continuidad al Plan Estratégico 2024-2027 de la Agencia Tributaria. Ese plan incluye medidas orientadas a simplificar la documentación que reciben los contribuyentes y a reforzar un modelo preventivo basado en el cumplimiento voluntario. El objetivo es ofrecer más información y alertas para reducir errores en las declaraciones y, en consecuencia, minimizar sanciones. En línea con esa estrategia, durante la última campaña de la Renta la Agencia Tributaria remitió alrededor de 130.000 cartas de aviso a contribuyentes para advertir de posibles errores y facilitar su corrección dentro del periodo voluntario de presentación.

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(El País, 02-07-2026) | Fiscal

Los contribuyentes que ganan más de 601.000 euros al año se disparan un 28% y rozan ya las 19.000 personas

Cada vez son más los contribuyentes en España que declaran ingresos superiores a 601.000 euros anuales. El grupo de mayores rentas del país ha experimentado un notable crecimiento y en 2024 alcanzó los 18.829 declarantes, lo que representa un incremento cercano al 28% respecto a los 14.738 registrados el año anterior. Según la última estadística de declarantes del IRPF publicada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, esta cifra supone el nivel más alto desde que existen registros comparables, iniciados en 2007. Los datos, que corresponden a la liquidación realizada durante la campaña de la Renta del año pasado y se publican con dos años de desfase, reflejan el avance sostenido de las rentas más elevadas en España. Entre todos los tramos de ingresos analizados por Hacienda, el de quienes superan los 601.000 euros anuales es el que presenta el mayor crecimiento interanual. También aumenta con fuerza el número de contribuyentes con ingresos entre 150.000 y 601.000 euros, que rozan ya las 195.000 personas, un 21% más que en 2023. Del mismo modo, el segmento de rentas comprendidas entre 60.000 y 150.000 euros creció un 17%, hasta superar los 1,3 millones de declarantes. A pesar de este avance, las rentas más altas continúan representando una parte muy reducida del total de contribuyentes del impuesto sobre la renta. Quienes ingresan más de 601.000 euros apenas suponen el 0,08% de las más de 24,6 millones de declaraciones presentadas. Incluso sumando a quienes superan los 150.000 euros anuales, este colectivo apenas alcanza el 0,9% del total. La mayor concentración de declarantes se sitúa, en cambio, en los tramos intermedios de renta. El grupo más numeroso es el de quienes perciben entre 30.000 y 60.000 euros anuales, con cerca de 5,8 millones de personas, lo que equivale al 23,5% del total. Le siguen los contribuyentes con ingresos entre 21.000 y 30.000 euros, que representan el 18,5%, y los que se sitúan entre 12.000 y 21.000 euros, con un peso del 16,4%. La estadística también permite observar la distribución territorial de las grandes fortunas. La Comunidad de Madrid concentra, con diferencia, el mayor número de contribuyentes que superan los 601.000 euros de ingresos anuales. En 2024 fueron 8.278 personas, lo que equivale a casi el 44% del total nacional. Este liderazgo consolida a Madrid como principal polo de atracción de grandes patrimonios, impulsado tanto por el efecto capitalidad como por una política fiscal favorable. En segundo lugar se sitúa Cataluña, con 4.040 declarantes de este nivel de renta, algo más del 21% del total. A continuación aparece Andalucía con 1.501 contribuyentes, seguida por la Comunidad Valenciana con 1.375, Galicia con 707 y Illes Balears con 698. En estos datos no figuran el País Vasco ni Navarra, debido a sus sistemas fiscales propios. Aunque Madrid y Cataluña siguen muy por delante del resto de comunidades, el aumento de las rentas más altas ha sido generalizado en casi todo el territorio. Sobresalen especialmente los incrementos registrados en La Rioja, donde el número de grandes rentas creció un 84%, y en Extremadura, con una subida del 78%. No obstante, en términos absolutos, ambas comunidades siguen contando con menos de un centenar de contribuyentes en este tramo. La información de la Agencia Tributaria se basa en las declaraciones del IRPF y ofrece una visión amplia de las distintas fuentes de ingresos de los contribuyentes. Además de salarios y pensiones, incluye rendimientos procedentes de inversiones, plusvalías y ganancias patrimoniales, partidas que suelen tener un peso especialmente relevante entre las rentas más elevadas, mucho menos dependientes de los ingresos laborales que el conjunto de la población.

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(El Economista, 02-07-2026) | Fiscal

Luz verde a deducir el seguro de vida de la hipoteca en el alquiler en contra del criterio de Hacienda

El Tribunal Económico-Administrativo Central ha establecido un nuevo criterio al considerar que el seguro de vida vinculado a una hipoteca puede deducirse como gasto en el cálculo de los rendimientos obtenidos por el alquiler de un inmueble. En una resolución dictada el 24 de junio, el tribunal rechazó el recurso presentado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que sostenía que este tipo de gasto no era deducible. Con ello, el TEAC también se aparta del criterio que venía manteniendo la Dirección General de Tributos sobre esta cuestión. El órgano entiende que, cuando el seguro de vida forma parte de las condiciones asociadas al préstamo hipotecario, debe considerarse un gasto de financiación. Esta interpretación se apoya en el artículo 23 de la Ley del IRPF, que permite restar de los ingresos obtenidos por el arrendamiento aquellos gastos relacionados con la financiación del inmueble. El tribunal subraya que, aunque contratar un seguro de vida no siempre sea una exigencia formal para obtener una hipoteca, en la práctica muchas entidades bancarias condicionan mejores tipos de interés a la contratación de este producto. Por ello, considera que el carácter aparentemente voluntario del seguro no impide reconocer su relación directa con la financiación. Según el TEAC, no debe confundirse la voluntariedad de la contratación con la imposibilidad de deducir el gasto. Si el seguro aparece recogido en el contrato del préstamo y guarda una relación directa con la obtención de los ingresos sujetos a tributación, las primas abonadas anualmente podrán considerarse deducibles, en proporción al tiempo en que el inmueble haya estado efectivamente alquilado. El tribunal recuerda además que la propia DGT ya había reconocido, en una consulta emitida en agosto de 2021, que el seguro de vida asociado a una hipoteca podía calificarse como gasto de financiación en el ámbito de la deducción por inversión en vivienda habitual. A juicio del TEAC, resulta coherente extender ese mismo razonamiento al cálculo del rendimiento neto derivado del alquiler. Asimismo, el tribunal destaca una cuestión de lógica fiscal: si la contratación del seguro permite reducir el tipo de interés aplicado a la hipoteca, negar su deducción generaría una incoherencia. En ausencia de ese seguro, el contribuyente probablemente pagaría más intereses hipotecarios, gastos que sí serían deducibles sin discusión. Con esta resolución, el TEAC refuerza la posibilidad de que los propietarios que alquilan viviendas puedan reducir su carga fiscal al incluir como gasto deducible las primas del seguro de vida vinculadas a la financiación hipotecaria, siempre que exista una conexión clara entre dicho seguro, el préstamo y la obtención de rendimientos del arrendamiento.

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(Expansión, 02-07-2026) | Laboral

La Seguridad Social ha confirmado que es posible jubilarse antes de los 52 años bajo ciertos requisitos

Para poder acceder a la jubilación a los 52 años, la Seguridad Social establece una serie de requisitos muy concretos, aunque en determinados supuestos excepcionales la retirada laboral puede producirse incluso antes. El primer requisito es acreditar una discapacidad igual o superior al 65%. Además, es necesario haber cotizado al menos 15 años a lo largo de la vida laboral, de los cuales un mínimo de 5 años debe haberse realizado con la discapacidad ya reconocida oficialmente. A ello se suma una tercera condición: haber trabajado al menos 2 años dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación. Por ejemplo, una persona cuya discapacidad fue reconocida a los 20 años y que cotizó entre los 20 y los 35 años cumpliría tanto el requisito de cotización total como el periodo mínimo cotizado con discapacidad. Sin embargo, si después deja de trabajar y no acredita al menos 2 años cotizados entre los 37 y los 52 años, no podría acceder a la jubilación a esa edad. Este sistema se basa en la aplicación de coeficientes reductores, que permiten rebajar la edad ordinaria de jubilación en función del grado de discapacidad. En el caso de trabajadores con una discapacidad del 65%, se aplica un coeficiente reductor de 0,25, lo que equivale a reducir tres meses de la edad de jubilación por cada año trabajado. Si, además, la persona necesita la asistencia de una tercera persona para realizar actividades esenciales de la vida diaria, el coeficiente aumenta hasta 0,50. En ese supuesto, cada año trabajado reduce la edad de jubilación en seis meses. Cuando se cumplen estas condiciones, el trabajador puede acceder a la pensión con el 100% de la base reguladora, sin penalizaciones económicas por adelantar la jubilación. Respecto a la posibilidad de jubilarse a los 51 años o incluso antes, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aclara que los coeficientes reductores aplicables a la discapacidad no permiten, con carácter general, rebajar la edad por debajo de los 52 años. No obstante, existen excepciones para determinados trabajadores incluidos en regímenes especiales, especialmente aquellos que desempeñan profesiones consideradas de especial peligrosidad, toxicidad o penosidad. Entre ellos se encuentran los trabajadores de la minería del carbón y del sector marítimo. Aun así, poder jubilarse antes de los 52 años en estos casos depende de un requisito adicional: haber consolidado ese derecho antes del 1 de enero de 2008. Esa fecha marca la entrada en vigor de una reforma legal que impidió que quienes comenzaran a trabajar en esos regímenes especiales con posterioridad pudieran acceder a jubilaciones por debajo de ese umbral de edad. Por tanto, los trabajadores de estos sectores que ya estaban incluidos en el sistema antes de esa fecha mantienen las condiciones anteriores, mientras que quienes se incorporaron después quedaron sujetos a las nuevas limitaciones legales.

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(Expansión, 02-07-2026) | Laboral

El Gobierno asegura que la mitad de solicitudes para la regularización de inmigrantes ya están en trámite

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones mantiene por ahora la cautela ante la posibilidad de que el proceso extraordinario de regularización de inmigrantes acabe siendo examinado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para determinar si se ajusta plenamente a la normativa comunitaria. A la espera de los datos definitivos que el Gobierno prevé hacer públicos en las próximas horas, más de un millón de personas migrantes habrían solicitado acogerse a este procedimiento excepcional, según indicó la ministra Elma Saiz. Además, señaló que aproximadamente la mitad de las solicitudes ya han superado la fase inicial de admisión a trámite. Por el momento, el Ejecutivo evita pronunciarse sobre una eventual intervención del TJUE. En una entrevista en Radio Nacional de España, la portavoz del Gobierno confirmó que su departamento presentará este viernes las alegaciones correspondientes en respuesta a las providencias dictadas por el Tribunal Supremo, tras los recursos interpuestos por los gobiernos de Aragón y Comunidad Valenciana. Una vez analizadas, será el Alto Tribunal quien decida si plantea una cuestión prejudicial ante la justicia europea. El Ministerio ofrecerá este jueves un primer balance del proceso de regularización, en un contexto marcado por las dudas expresadas por el Supremo. Los magistrados cuestionan si el real decreto garantiza una evaluación individual y detallada de cada expediente o si, por el contrario, establece una regularización de carácter general para ciudadanos extracomunitarios que ya se encontraban en España en situación administrativa irregular. Además, el Alto Tribunal aprecia posibles incompatibilidades con el Unión Europea Pacto de Migración y Asilo aprobado en 2024, que establece que el derecho a permanecer en un territorio mientras se resuelve una solicitud no equivale automáticamente a un permiso de residencia. También se señala una posible colisión con la Directiva de Retorno, una norma comunitaria que España debía haber incorporado en 2011 y cuya transposición sigue pendiente. En ese marco, los jueces de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se preguntan si resulta conforme al derecho europeo conceder, de forma general, autorizaciones temporales de residencia a personas en situación irregular sin que medie previamente una orden de retorno, salvo en los supuestos excepcionales contemplados por la propia normativa comunitaria. Desde el ámbito profesional, los gestores administrativos también han subrayado la complejidad técnica del procedimiento. El presidente del Consejo General de Gestores Administrativos, Fernando Jesús Santiago Ollero, recuerda que cada solicitud requiere acreditar circunstancias personales, laborales, familiares o de vulnerabilidad, además de presentar documentación diversa y cumplir exigentes requisitos legales para obtener autorización de residencia y trabajo. Santiago Ollero insiste en que no se trata de un trámite automático ni de una solicitud estándar, sino de un proceso que exige conocimientos especializados, experiencia y criterio técnico para evaluar correctamente cada caso. Pese a las dudas jurídicas, la ministra Saiz reiteró un mensaje de calma dirigido a los solicitantes. Recordó que el Tribunal Supremo ya rechazó hace pocas semanas la adopción de medidas cautelares contra el procedimiento y defendió que el marco normativo cuenta con suficiente solidez jurídica. Asimismo, subrayó que este mecanismo únicamente reconoce el derecho a residir y trabajar en España a quienes cumplan los requisitos establecidos.

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(El País, 02-07-2026) | Laboral

Trabajo quiere obligar a las empresas a detallar los salarios medios por sexo y categoría

El Ministerio de Trabajo ha abierto este miércoles la negociación con patronales y sindicatos para incorporar al ordenamiento español la directiva europea sobre transparencia salarial, una norma orientada a reducir la brecha retributiva entre hombres y mujeres. El departamento dirigido por Yolanda Díaz ha presentado un borrador que introduce cambios relevantes en materia de información salarial y promoción profesional. Entre las principales novedades figura la obligación para las empresas de definir de forma clara los criterios utilizados para fijar los salarios. Además, en aquellas compañías con más de 50 empleados, también deberán explicarse los criterios que justifican ascensos o progresiones salariales. Junto a ello, se refuerza el derecho de los trabajadores a conocer su situación retributiva y compararla con la media salarial de la empresa, incluyendo desgloses por sexo y categoría profesional. El Ministerio pretende aprobar estas medidas mediante real decreto, lo que evitaría la necesidad de una votación parlamentaria, aunque no descarta incorporar aspectos que sí requieran rango legal y, por tanto, el respaldo del Congreso. El texto remitido a los agentes sociales establece que las empresas deberán facilitar a su plantilla información sobre los criterios objetivos y neutrales desde el punto de vista de género que emplean para determinar salarios y niveles retributivos. En el caso de las compañías de mayor tamaño, también será obligatorio informar sobre los factores que influyen en la progresión salarial. Además, las empresas deberán recordar al menos una vez al año a sus empleados que tienen derecho a solicitar esta información, garantizando que esté disponible en formatos accesibles para personas con discapacidad. El proyecto también reconoce el derecho de cada trabajador a solicitar por escrito información sobre su salario individual y sobre las retribuciones medias de empleados que desempeñen funciones equivalentes o de igual valor, con desglose por sexo. De esta forma, se pretende facilitar la detección de posibles desigualdades salariales. Si la información entregada resulta incompleta o poco precisa, el trabajador podrá solicitar aclaraciones adicionales, que deberán ser respondidas por la empresa en un plazo máximo de dos meses. El principio que inspira la reforma es que una mayor transparencia salarial permita identificar discriminaciones directas o indirectas, especialmente aquellas derivadas de valoraciones incorrectas de los puestos de trabajo. Para ello, el proyecto refuerza la obligación empresarial de elaborar registros y auditorías salariales, una exigencia ya contemplada en la normativa de igualdad retributiva aprobada en 2020, pero que ahora se amplía para alinearla con las exigencias europeas. Estas auditorías incluirán un análisis de la distribución de hombres y mujeres por grupos o categorías profesionales, los niveles salariales medios en cada uno de ellos y las posibles causas de diferencias retributivas. También deberán recoger información sobre mejoras salariales otorgadas tras reincorporaciones derivadas de permisos por nacimiento y cuidado de menores. El incumplimiento de estas obligaciones seguirá pudiendo derivar en sanciones, en línea con el marco sancionador ya vigente. Desde la Confederación Española de Organizaciones Empresariales señalan que están analizando el borrador antes de fijar una posición oficial. Por parte de Unión General de Trabajadores, la negociadora Patricia Ruiz ha avanzado que el sindicato propondrá medidas para garantizar que las auditorías salariales sean realmente útiles y transparentes. Además, recordó que la brecha salarial en España ronda el 15% y subrayó la necesidad de avanzar también en la reforma del registro horario para obtener un diagnóstico más preciso sobre las horas trabajadas y su remuneración. Desde Comisiones Obreras, Javier Pacheco mostró respaldo al proceso y destacó la importancia de culminar la transposición completa de la directiva europea, pese a las resistencias de algunas organizaciones empresariales en el ámbito comunitario. La próxima reunión entre el Ministerio, sindicatos y patronales ha sido fijada para el 15 de julio. España debía haber adaptado esta directiva antes del 7 de junio, plazo marcado por la Comisión Europea, pero el Gobierno no llegó a tiempo. Dentro de la Unión Europea, solo Eslovaquia, Italia y Lituania han completado la transposición dentro del plazo. Otros países han realizado adaptaciones parciales o han retrasado sus proyectos legislativos, mientras que España figura entre los Estados más rezagados al no contar aún con una norma aprobada ni con un calendario definitivo para su entrada en vigor.

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(El Economista, 02-07-2026) | Laboral

El lío sobre el pago del permiso parental de ocho semanas divide a los jueces

Los tribunales españoles mantienen criterios dispares sobre si el permiso parental de ocho semanas para el cuidado de hijos menores de 12 años debe ser retribuido. Mientras algunos jueces consideran que estas semanas deben abonarse al entender que España realizó una transposición incompleta de la normativa europea, otros rechazan esa interpretación, aunque reconocen la existencia de resoluciones judiciales favorables al pago. Por ahora, los empleados públicos son quienes más éxito están teniendo al reclamar judicialmente la remuneración de este permiso, aunque tampoco existe unanimidad entre los tribunales. En el ámbito privado, en cambio, la tendencia mayoritaria es negar el derecho a percibir salario durante ese periodo. El origen del debate se encuentra en la directiva europea sobre conciliación, que obligó a los Estados miembros a introducir un permiso parental de ocho semanas. El Gobierno español aprobó este permiso en junio de 2023, pero dejó sin concretar si sería remunerado o no. Posteriormente, en julio de 2025, aclaró mediante un real decreto-ley que dicho permiso no tendría carácter retribuido. Una de las resoluciones más favorables al pago fue dictada por el Tribunal de Instancia de lo Contencioso-Administrativo de A Coruña, que en marzo obligó a la Consejería de Sanidad de Galicia a remunerar las semanas solicitadas por un trabajador en enero de 2025. El tribunal entendió que, al haberse solicitado el permiso antes de la aprobación del decreto de 2025, seguía vigente la regulación de 2023, que no aclaraba expresamente su naturaleza retributiva. En consecuencia, consideró aplicable de forma directa la directiva europea, cuyo artículo 8 establece la obligación de garantizar remuneración para parte del permiso parental. Sin embargo, otros tribunales han mantenido la posición contraria. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco rechazó en marzo la remuneración solicitada por un trabajador del sector privado que había pedido una semana de permiso en 2024. La Sala de lo Social argumentó que la directiva europea no tiene eficacia directa entre particulares y que, además, no establece con suficiente precisión la obligación de pago. No obstante, esta sentencia incluyó un voto particular del magistrado Florentino Eguaras Mendiri, quien sostuvo que existe una desigualdad evidente entre empleados públicos y privados. Según su criterio, quienes solicitaron el permiso antes de julio de 2025 deberían beneficiarse directamente de la norma europea, que reconoce el derecho a un periodo parental retribuido. El magistrado defendió que la directiva obliga a garantizar dos meses de permiso con compensación económica, ya sea mediante salario o prestación pública. A su juicio, España no cumplió plenamente con esa exigencia, dejando una laguna normativa en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores al no concretar el mecanismo de remuneración. También existen resoluciones contrarias incluso para empleados públicos. El Tribunal de Instancia de lo Contencioso-Administrativo número 5 rechazó en abril la pretensión de un trabajador de la Administración, pese a que había solicitado el permiso antes del decreto de 2025. El juzgado concluyó que la directiva no impone de forma expresa la retribución y recordó que la norma aprobada por el Gobierno excluyó efectos retroactivos. En la misma línea, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía denegó en enero la remuneración solicitada por otro trabajador, al considerar que la directiva europea carece de la claridad suficiente para aplicarse directamente. La disparidad de criterios hace prever que el conflicto termine siendo resuelto por el Tribunal Supremo. Aunque el alto tribunal aún no se ha pronunciado de forma definitiva sobre la retribución de este permiso, una resolución de enero de 2026 ya dejó entrever una posición poco favorable al reconocimiento automático del pago. El Supremo deberá aclarar, especialmente, qué sucede con los trabajadores que solicitaron el permiso entre junio de 2023 y julio de 2025, el periodo en el que la legislación española reconocía el permiso parental pero no especificaba expresamente si debía ser remunerado o no.

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(El Economista, 02-07-2026) | Laboral

CEOE convoca elecciones el 1 de octubre para elegir presidente hasta 2030

La patronal española ha dado inicio oficialmente al proceso electoral que determinará quién presidirá la Confederación Española de Organizaciones Empresariales durante los próximos cuatro años. El comité ejecutivo de la organización ha fijado para el 1 de octubre la celebración de la asamblea general electoral, una cita que se adelanta respecto al calendario inicial, que situaba las elecciones en noviembre. La decisión llega después de que el actual presidente, Antonio Garamendi, optara por anticipar los plazos la semana pasada. Desde la CEOE explican que este adelanto responde a motivos organizativos, con el objetivo de evitar coincidencias con la XXX Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, prevista en Madrid los días 4 y 5 de noviembre de 2026, un evento en el que la patronal participa activamente en la organización de encuentros empresariales. Sin embargo, el proceso electoral no está exento de controversia, especialmente tras la denuncia presentada por uno de los vicepresidentes de la organización en relación con las elecciones celebradas hace algo más de un año en Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa, en las que resultó vencedora Ángela de Miguel, candidata respaldada por Garamendi. Por ahora, el único aspirante confirmado es el propio Garamendi. El presidente anunció recientemente su intención de presentarse de nuevo, argumentando que cuenta con el respaldo de buena parte del tejido empresarial, que considera necesario mantener la continuidad en un contexto económico y político complejo. En caso de revalidar el cargo, Garamendi ampliaría su permanencia al frente de la patronal hasta 2030, acumulando doce años desde su llegada a la presidencia en 2018. Además, una reforma estatutaria impulsada durante su mandato eliminó la limitación de dos mandatos consecutivos de cuatro años que había establecido su antecesor, Juan Rosell, lo que le permitiría incluso optar nuevamente al cargo en el futuro. Garamendi accedió por primera vez a la presidencia en noviembre de 2018 y renovó su mandato cuatro años después con un amplio respaldo en la asamblea electoral, donde obtuvo 534 votos frente a los 87 conseguidos por su rival, Virginia Guinda. La posibilidad de una nueva candidatura alternativa procedente del ámbito empresarial catalán quedó prácticamente descartada este miércoles. El presidente de Foment del Treball, Josep Sánchez Llibre, confirmó públicamente su respaldo a la reelección de Garamendi para un tercer mandato, al considerar que su gestión y la de la actual junta directiva han sido muy positivas en los últimos años. Sánchez Llibre destacó, además, que este mandato ha estado marcado por un contexto especialmente complejo, señalando las tensiones mantenidas con parte del Gobierno. En particular, criticó la actitud de la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, a quien acusó de mantener una postura especialmente dura hacia el tejido empresarial. Al mismo tiempo, diferenció su actuación de la del vicepresidente económico, Carlos Cuerpo, cuya interlocución valoró de forma más positiva. El dirigente de la patronal catalana defendió que la continuidad de Garamendi puede reforzar la estabilidad interna de la CEOE y facilitar que la organización afronte con cohesión los retos económicos y empresariales de los próximos años.

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