(Expansión, 30-06-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Lagarde: "Podemos subir tipos sin preocuparnos de desatar tensión financiera"

Christine Lagarde, presidenta del Banco Central Europeo, inauguró una nueva edición del Foro de Bancos Centrales de Sintra, considerado el equivalente europeo de Jackson Hole Economic Symposium, trasladando un mensaje de confianza sobre la posición actual del organismo pese a las presiones inflacionistas derivadas del conflicto en Oriente Medio. La dirigente defendió la conveniencia de aplicar ajustes graduales en los tipos de interés, adaptados a la evolución de cada perturbación económica, y dejó entrever que herramientas extraordinarias, como los programas de compra de deuda, han perdido protagonismo. La máxima responsable del BCE considera que la institución se mueve en un entorno más favorable que en el pasado. A su juicio, el banco central puede recurrir a subidas de tipos para contener la inflación sin el riesgo de desencadenar episodios de inestabilidad financiera, una preocupación que durante años condicionó de forma decisiva la política monetaria europea. Durante su intervención en la apertura del encuentro, celebrado por decimotercer año consecutivo en el resort Penha Longa de Sintra, en Portugal, Lagarde subrayó que el endurecimiento monetario ya no tiene por qué convertirse en un factor adicional de tensión para los mercados financieros. El contraste con 2011 es significativo. Entonces, bajo la presidencia de Jean-Claude Trichet, una ligera subida de tipos contribuyó a intensificar la crisis de deuda soberana en Europa, en un contexto de fuerte presión sobre las primas de riesgo. Ahora, según Lagarde, el BCE dispone de margen suficiente para utilizar los tipos de interés como principal herramienta de actuación, sin depender tanto de la evolución de los diferenciales de la deuda. Esa confianza se apoya también en la experiencia reciente. Durante el episodio inflacionario provocado por la guerra entre Rusia y Ucrania, el BCE elevó los tipos hasta el 4%, un máximo histórico. Ante un nuevo repunte de precios, los mercados asumen que la autoridad monetaria está dispuesta a actuar con firmeza para preservar la estabilidad de precios. Lagarde señaló además que una mayor claridad sobre la reacción del BCE en distintos escenarios permite que los mercados anticipen parte del ajuste, facilitando así decisiones más sólidas por parte de la institución. La presidenta atribuyó esta mayor capacidad de maniobra al fortalecimiento de la arquitectura financiera europea. Destacó que tanto la supervisión bancaria común como el marco de resolución han reforzado la solidez del sector bancario. A ello se suma la evolución de los instrumentos fiscales europeos, desde el Mecanismo Europeo de Estabilidad hasta los fondos Next Generation EU y otros mecanismos de financiación conjunta. Según Lagarde, esta mayor resiliencia reduce la necesidad de aplicar respuestas monetarias excepcionales. Aunque reconoce que seguirán produciéndose shocks que alteren la inflación, considera que su impacto sobre la economía es ahora más limitado. En este contexto, sostuvo que ya no resulta imprescindible recurrir a medidas no convencionales. Aunque el BCE mantiene esas herramientas disponibles, la prioridad pasa por estabilizar la inflación utilizando los tipos oficiales como instrumento central. Esa visión coincide con la percepción predominante dentro del Consejo de Gobierno del BCE, donde cada vez se considera menos probable una vuelta a los grandes programas de compra de deuda que marcaron la etapa de Mario Draghi y los primeros años de Lagarde. Además, el BCE parece haber dejado atrás otra herramienta habitual de etapas anteriores: la forward guidance, es decir, la comunicación explícita sobre futuras decisiones de política monetaria. Para Lagarde, este tipo de compromisos pierde eficacia en entornos de elevada incertidumbre económica y geopolítica. En su lugar, apuesta por una comunicación basada en escenarios, explicando cómo podría reaccionar el BCE según evolucionen los datos macroeconómicos y permitiendo que sean los inversores quienes valoren cuál de esos escenarios resulta más probable. Por ello, Lagarde evitó adelantar pistas sobre la reunión de julio en Fráncfort, limitándose a reiterar que las decisiones seguirán dependiendo de los datos y se adoptarán reunión a reunión.

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(Expansión, 30-06-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La tensión geopolítica gana peso en las auditorías de 2025

La creciente incertidumbre internacional está teniendo un impacto cada vez más visible en las cuentas de las grandes empresas españolas. Así lo refleja el último informe Cuestiones clave de auditoría 2025, elaborado por KPMG, que muestra un aumento notable de las menciones a riesgos geopolíticos en los informes de auditoría de las compañías del IBEX 35. Estas referencias han pasado del 6% en 2024 al 14% en 2025, evidenciando una mayor preocupación por el contexto internacional. Este incremento solo encuentra un antecedente similar en 2022, coincidiendo con el estallido de la guerra entre Rusia y Ucrania. Según el análisis, este repunte responde a un entorno marcado por la fragmentación económica global, el aumento de las tensiones comerciales y la persistencia de conflictos internacionales, factores que se han intensificado tanto en 2025 como en los primeros meses de 2026. David Hernanz, responsable del área de Auditoría de KPMG en España, señala que la atención de los auditores se centra cada vez más en riesgos vinculados a la incertidumbre geopolítica o al cambio climático, dado que ambos pueden afectar de forma directa al rendimiento financiero de las compañías. El estudio también pone de relieve que se ha frenado la tendencia descendente registrada en años anteriores en el número de cuestiones clave de auditoría. Durante 2025, los informes de las grandes cotizadas mantuvieron un total de 94 cuestiones clave, la misma cifra que el año anterior, con una media estable de 2,69 observaciones por informe. Según Hernanz, estas cuestiones suelen concentrarse en áreas que exigen estimaciones complejas, juicios contables relevantes o el análisis de operaciones extraordinarias, especialmente cuando existen cambios significativos en el entorno económico que modifican el mapa de riesgos. Más allá de los factores geopolíticos, los principales focos de atención de los auditores fueron el reconocimiento de ingresos, presente en el 49% de los informes; la recuperación del fondo de comercio, con un 43%; y la valoración y recuperabilidad de activos no corrientes, señalada en el 23% de los casos. Por sectores, los servicios financieros y los seguros continúan encabezando la lista de actividades con mayor número de cuestiones clave, con una media de 3,4 por informe. Les siguen las compañías de materiales básicos e industria, con una media de 3, y las empresas de tecnología y telecomunicaciones, con 2,8. Sin embargo, los mayores aumentos en el número de observaciones se registraron en los sectores inmobiliario, tecnológico y energético, reflejando una mayor exposición a cambios regulatorios, financieros y de mercado. Entre las novedades de 2025 también destaca un ligero aumento de las cuestiones relacionadas con provisiones, contingencias y litigios, que aparecieron en dos informes de auditoría. Si se amplía el análisis al conjunto de empresas cotizadas, incluyendo el Mercado Continuo, se observa que la media de cuestiones clave aumentó por primera vez desde 2018, hasta alcanzar 2,25 observaciones por informe. Sobresalen especialmente los incrementos detectados en compañías de productos farmacéuticos, biotecnología y servicios inmobiliarios. En total, el 72% de las 266 cuestiones clave identificadas en los informes se concentraron en cinco grandes áreas: reconocimiento de ingresos, recuperabilidad del fondo de comercio, recuperación de activos por impuesto diferido, valoración de activos no corrientes y provisiones ligadas a contingencias o litigios. Además, los auditores detectaron ocho casos de incertidumbre material y emitieron dos informes con salvedades, lo que refleja un entorno empresarial en el que la vigilancia sobre los riesgos financieros y operativos sigue ganando relevancia.

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(El Confidencial, 30-06-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El IPC se estabilizó en el 3,2% en junio: baja la gasolina pero sube la luz por el fin del IVA reducido

La inflación en España continúa instalada por encima del 3% pese al abaratamiento de los carburantes. La principal razón es la retirada gradual de las ayudas fiscales que el Gobierno puso en marcha al inicio del conflicto en Oriente Medio, lo que está neutralizando el efecto positivo de la bajada del precio de la gasolina y el gasóleo en las estaciones de servicio. En junio, el Índice de Precios de Consumo (IPC) se situó en el 3,2% en tasa interanual, el mismo nivel registrado en mayo y dos décimas por debajo del máximo alcanzado en marzo, según los datos adelantados por el Instituto Nacional de Estadística. Aunque la tasa general apenas varía, sí cambia la composición de las presiones inflacionistas. El principal cambio se observa en la energía. Mientras los combustibles han reducido su aportación a la inflación gracias al descenso del petróleo, la electricidad y el gas han ganado protagonismo tras el fin de las rebajas fiscales aplicadas hasta mayo. Desde el 1 de junio, la finalización de los tipos reducidos del IVA ha encarecido de nuevo estos suministros. Como consecuencia, la inflación energética subió hasta el 6,7%, frente al 5,9% de mayo, acercándose a los niveles máximos observados en marzo, cuando alcanzó el 7,3%. Aunque el dato adelantado del INE no ofrece todavía el detalle completo por productos, sí confirma que electricidad y gas están impulsando al alza el índice general, mientras que los carburantes ejercen un efecto moderador. El Gobierno presentará además un nuevo decreto de medidas antiinflación para sustituir al paquete vigente, que expira de forma inminente. La intención es ajustar el esquema de ayudas a la nueva situación energética. Una de las señales más positivas llega desde la inflación subyacente -que excluye energía y alimentos frescos-, que descendió una décima hasta el 2,9%. Este descenso indica que el encarecimiento energético todavía no se está trasladando de forma intensa al resto de bienes y servicios. Esto sugiere que muchas empresas consideran transitorio el actual shock de costes y, por ahora, están absorbiendo parte del incremento mediante una reducción de márgenes. También se moderó la inflación alimentaria. Los alimentos no elaborados registraron un aumento interanual del 2,6%, mientras que el conjunto de alimentos y bebidas se situó en el 2,1%, su nivel más bajo desde 2011. Esta evolución alivia parcialmente la presión sobre los hogares, especialmente en productos básicos. Los servicios también mostraron una ligera moderación, con una inflación del 3,9%, dos décimas menos que en mayo. Sin embargo, este componente continúa siendo uno de los principales focos de preocupación. Su crecimiento casi duplica el objetivo de estabilidad de precios del Banco Central Europeo, lo que refleja que persisten importantes tensiones inflacionistas en sectores como hostelería, turismo, ocio o transporte. De hecho, el mayor desafío inflacionario para la economía española ya no está tanto en la energía como en los servicios, donde la desinflación avanza con mucha más lentitud y los precios siguen aumentando a ritmos similares a los observados durante el pico de la crisis derivada de la guerra en Ucrania. En contraste, los bienes industriales no energéticos continúan actuando como elemento de contención. La intensa competencia internacional, especialmente desde China y otros países asiáticos, está limitando la capacidad de las empresas para trasladar a precios el aumento de sus costes de producción. En conjunto, la inflación de estos bienes industriales se situó en junio en apenas el 0,9%, contribuyendo a frenar el avance del IPC general. Sin embargo, esta moderación también refleja la presión creciente sobre la industria española, que debe equilibrar costes al alza con precios muy contenidos para mantener su competitividad frente a la competencia exterior.

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(Expansión, 29-06-2026) | Fiscal

El "castigo fiscal" a la vivienda alcanza el 62% de su precio durante todo su ciclo económico

La elevada carga fiscal que soporta la vivienda en España se ha consolidado como uno de los principales obstáculos tanto para aumentar la oferta residencial como para facilitar el acceso de las familias a la compra o al alquiler. En un contexto de escasez de vivienda y de escalada de precios, esta presión tributaria agrava especialmente la situación de los hogares con menor capacidad económica, que ya destinan cerca del 40% de su presupuesto al pago de la vivienda y de sus costes asociados. Según los cálculos del economista Jaume Menéndez, una vivienda en España puede llegar a soportar una carga fiscal superior al 62% de su precio de adquisición a lo largo de todo su ciclo económico. Esta tributación se reparte entre las distintas fases de vida del inmueble: la promoción o compra, donde intervienen figuras como el IVA, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) y el IRPF; la fase de tenencia, gravada mediante tributos como el IBI, el Impuesto sobre el Patrimonio o determinadas obligaciones en el IRPF; y, finalmente, la transmisión o venta, que vuelve a generar obligaciones fiscales en el IRPF y mediante la plusvalía municipal. Menéndez presentó estas conclusiones durante una jornada sobre fiscalidad inmobiliaria organizada por la Fundación de Estudios de Economía Aplicada, junto con la Confederación de Cámaras de la Propiedad Urbana y la Cambra de la Propietat Urbana de Barcelona. Los expertos sostienen que esta presión fiscal no solo encarece el acceso a la vivienda para los compradores, sino que también desincentiva la inversión y limita la creación de nueva oferta. En consecuencia, la política tributaria actual estaría dificultando la expansión de un parque de vivienda asequible, especialmente en alquiler. Otro de los problemas señalados es la fuerte disparidad territorial. La fiscalidad sobre la vivienda varía de forma significativa entre comunidades autónomas, ampliando desigualdades y afectando a la movilidad geográfica. Un ejemplo claro es el ITP, cuyos tipos oscilan entre el 6% en comunidades como Comunidad de Madrid o Navarra, y el 20% en Cataluña. Estas diferencias, según los analistas, encarecen artificialmente la vivienda de segunda mano y pueden dificultar los desplazamientos laborales entre regiones. La comparación con otros países europeos también refleja la magnitud de esta carga. Dentro de los miembros europeos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, España ocupa el cuarto lugar en peso de los impuestos sobre la propiedad respecto a la recaudación total. Estos tributos representan el 6,9% de los ingresos fiscales del país, solo por detrás de Luxemburgo (9,7%), Francia (8,1%) y Bélgica (7,7%). La cifra española supera claramente a la de Italia (5,7%), Portugal (4,3%), Países Bajos (3,9%) y Alemania (2,8%). En materia de inversión inmobiliaria, la distancia con Europa también es notable. El Instituto de Estudios Económicos estima que la tributación efectiva sobre la vivienda en propiedad alcanza el 30,3% en España, frente al 6,5% de media en la Unión Europea. En el caso de la vivienda destinada al alquiler, la fiscalidad asciende al 44%, muy por encima del 31% registrado en el conjunto europeo. Más allá de los impuestos, los expertos apuntan otros factores estructurales que limitan la oferta de vivienda. Entre ellos destaca el bloqueo de la reforma de la Ley del Suelo, que según promotores y analistas está ralentizando durante años el desarrollo de nuevas promociones residenciales. La rigidez normativa y los largos plazos urbanísticos generan inseguridad jurídica y retrasan la construcción. Ante este escenario, Menéndez defiende una reforma profunda del sistema fiscal aplicado a la vivienda, con el objetivo de incentivar la oferta, facilitar la demanda y reducir la fragmentación normativa entre administraciones. Sus propuestas abarcan las tres fases del ciclo inmobiliario. En la fase de promoción y adquisición, plantea eximir de IVA las promociones destinadas al alquiler y reducir el tipo del IVA para la compra de primera vivienda hasta el 4% o 5%. También propone introducir deducciones en el ITP para evitar el encarecimiento acumulativo que sufre una vivienda usada cada vez que cambia de propietario. Durante la fase de tenencia, propone elevar el mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio y actualizar la exención aplicable a la vivienda habitual hasta unos 600.000 euros, adaptándola a los precios actuales del mercado. Asimismo, defiende eliminar la imputación de rentas inmobiliarias sobre viviendas no alquiladas, al considerar que grava rentas teóricas y no ingresos reales. Por último, en la fase de transmisión, plantea recuperar los coeficientes de corrección monetaria en el cálculo de las ganancias patrimoniales en el IRPF derivadas de la venta de inmuebles. El objetivo sería que solo tribute la ganancia real, descontando el efecto de la inflación y evitando gravar beneficios meramente nominales.

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(Expansión, 29-06-2026) | Fiscal

Trump amenaza con un arancel del 100% a los países europeos que graven a las tecnológicas de EEUU

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha advertido de que impondrá aranceles del 100% a todos los productos procedentes de países europeos que apliquen impuestos dirigidos a gravar la actividad de las grandes tecnológicas estadounidenses. A través de su red social, Truth, el mandatario aseguró que cualquier país que apruebe este tipo de tasa se enfrentará de manera inmediata a un arancel del 100% sobre todos los bienes exportados a Estados Unidos. Además, sostuvo que esta medida dejaría sin efecto cualquier acuerdo comercial suscrito con ese país, con independencia de si dicho acuerdo ya ha entrado en vigor o permanece pendiente de aplicación. La base legal de esta represalia sería la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, una norma que faculta al presidente estadounidense para adoptar medidas de respuesta cuando una investigación concluye que determinadas políticas comerciales extranjeras son discriminatorias o restringen injustamente el comercio internacional. La advertencia de Trump llega en un momento especialmente sensible para las relaciones transatlánticas, después de que el Parlamento Europeo haya intensificado la presión sobre el resto de instituciones comunitarias para impulsar un impuesto digital europeo que podría alcanzar una recaudación de hasta 43.000 millones de euros. Este gravamen, de salir adelante, se aplicaría de forma homogénea en los 27 Estados miembros de la Unión Europea, con el objetivo de evitar una fragmentación fiscal entre países y establecer un marco común para gravar los ingresos generados por los servicios digitales. En Europa ya existen precedentes de este tipo de tributación. Países como España, Francia, Italia, Austria y Hungría han implantado tasas sobre determinados servicios digitales, lo que en el pasado ya provocó tensiones con Washington. Las autoridades estadounidenses han defendido reiteradamente que estos impuestos perjudican de forma desproporcionada a compañías tecnológicas con sede en Estados Unidos, al considerar que están diseñados específicamente para gravar a grandes grupos como Google, Apple, Amazon o Meta. Trump ha insistido en varias ocasiones en que estos tributos constituyen una práctica injusta que busca "aprovecharse" del éxito y la rentabilidad de las tecnológicas estadounidenses. En línea con esta postura, hace apenas unos días amenazó a Francia con imponer un arancel del 100% al vino francés si el Gobierno galo no eliminaba su tasa del 3% sobre servicios digitales. De forma similar, en abril lanzó advertencias contra Reino Unido por aplicar un impuesto comparable. La propuesta de un impuesto digital común en la Unión Europea podría servir como mecanismo de protección para evitar que países individuales se conviertan en objetivos directos de represalias comerciales. Sin embargo, también abre la puerta a una respuesta más amplia por parte de Estados Unidos, dirigida contra el bloque europeo en su conjunto. No es la primera vez que se intenta alcanzar una solución multilateral. En el pasado, la Unión Europea promovió junto a Estados Unidos y otros países un marco global de fiscalidad digital dentro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. No obstante, las negociaciones quedaron estancadas y el proyecto terminó paralizándose, lo que llevó a varios países a desarrollar sus propias iniciativas nacionales. Este nuevo pulso comercial refleja cómo la fiscalidad digital se ha convertido en uno de los principales focos de fricción entre ambos lados del Atlántico, en un contexto en el que la regulación tecnológica y la competencia fiscal ganan cada vez más peso en la agenda económica internacional.

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(El Economista, 29-06-2026) | Fiscal

Desde el 1 de julio se aplicará una nueva tasa a las importaciones de bajo valor de compras en plataformas de comercio electrónico

En términos prácticos, la nueva medida de la Unión Europea supone que las compras realizadas en plataformas como Shein o Temu por un valor inferior a 150 euros estarán sujetas a un recargo adicional de 3 euros por categoría de producto. Con esta iniciativa, Bruselas busca frenar posibles prácticas de competencia desleal derivadas de la comercialización masiva de artículos a precios extremadamente bajos, especialmente procedentes de China. La medida consiste en aplicar una tasa fija de 3 euros a cada categoría de producto adquirida a través de plataformas de comercio electrónico cuando el valor total del envío no supere los 150 euros. Es importante destacar que este recargo no se calcula por paquete, sino por tipo de artículo incluido en el pedido. La tasa permanecerá vigente hasta el 1 de julio de 2028. A partir de entonces, las mercancías quedarán sujetas al régimen aduanero ordinario, con aranceles calculados según la naturaleza de cada producto. El recargo afecta a todas las mercancías incluidas en paquetes de menos de 150 euros comercializadas mediante ecommerce. No obstante, Bruselas subraya que no se trata de un impuesto dirigido directamente al consumidor final. Su objetivo principal es eliminar una exención arancelaria considerada obsoleta, que hasta ahora otorgaba una ventaja competitiva a ciertos modelos de negocio basados en importaciones de bajo coste. La responsabilidad de abonar esta tasa recae sobre el declarante de la mercancía, es decir, el vendedor o el importador. Solo en circunstancias excepcionales el coste podría trasladarse al comprador final, aunque en la práctica es probable que muchas plataformas lo repercutan indirectamente en el precio. El cálculo del arancel depende de la clasificación aduanera de los productos y no del número de unidades. Por ejemplo, un envío con cinco camisetas pagará un único recargo de 3 euros, ya que todas pertenecen a la misma categoría. En cambio, si el paquete incluye cinco camisetas y unas gafas de sol, el arancel ascenderá a 6 euros, al tratarse de dos categorías distintas. La razón de esta reforma radica en la necesidad de actualizar el sistema aduanero europeo. La exención para importaciones inferiores a 150 euros fue diseñada en un contexto en el que el comercio electrónico transfronterizo tenía un peso mucho menor y buscaba evitar cargas administrativas desproporcionadas para las aduanas. Sin embargo, el crecimiento explosivo del ecommerce ha convertido esa excepción en un factor que favorece especialmente a operadores de bajo coste. El volumen de estas importaciones ilustra la magnitud del fenómeno. En 2024, el número de paquetes de comercio electrónico importados en la Unión Europea se duplicó hasta alcanzar 4.600 millones de envíos, según datos de Bruselas. Además, cerca del 90% de esos paquetes procedían de China, lo que explica por qué las plataformas chinas aparecen como las principales afectadas por la medida. Aunque el debate se ha centrado en empresas chinas, la tasa no discrimina por país de origen. Se aplicará de forma general a todas las compras online de bajo valor realizadas fuera de la Unión Europea, independientemente del operador logístico o del país exportador. Aun así, debido a su modelo de precios ultracompetitivos, plataformas como Shein y Temu serán previsiblemente las más impactadas. Cuando esta tasa temporal expire, entrará en funcionamiento un sistema aduanero más amplio. A partir de noviembre, la Unión Europea comenzará a aplicar un cargo adicional de gestión aduanera, también calculado por categoría de producto, cuyo importe rondará los 2 euros por envío y que se sumará al recargo ya existente. La fecha de noviembre coincide con la puesta en marcha de una nueva fase del sistema aduanero digital europeo. Este mecanismo sustituirá al actual modelo fragmentado y centralizará los datos de importación en toda la Unión, permitiendo una valoración más precisa del contenido real de los paquetes. El objetivo final es eliminar definitivamente el umbral de 150 euros y avanzar hacia una aplicación uniforme de aranceles sobre todas las mercancías importadas.

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(El Economista, 29-06-2026) | Fiscal

El Supremo estudia la posibilidad de "saltar" la vía administrativa cuando se denuncia la inconstitucional de un tributo

El Tribunal Supremo estudia una cuestión de gran relevancia procesal en el ámbito tributario: si los contribuyentes que solicitan la rectificación de liquidaciones fiscales y la devolución de ingresos indebidos pueden acudir directamente a la vía judicial cuando su única alegación es la supuesta inconstitucionalidad de la norma aplicada, sin necesidad de agotar previamente la vía administrativa. El alto tribunal ha admitido varios recursos sobre esta materia, entre ellos uno recogido en un auto de 3 de junio, con el que pretende fijar doctrina al constatar que hasta ahora no existe jurisprudencia consolidada sobre este asunto. La Sala de lo Contencioso-Administrativo parte de una premisa clara: ni los tribunales económico-administrativos regionales o locales ni el Tribunal Económico-Administrativo Central tienen competencia para pronunciarse sobre la constitucionalidad de una ley tributaria. Es decir, estos órganos administrativos no pueden valorar si una norma fiscal vulnera la Constitución Española. Por ello, el Supremo deberá resolver si, cuando el único motivo de impugnación es precisamente la inconstitucionalidad de la norma que sustenta la liquidación tributaria, sigue siendo obligatorio pasar por la vía económico-administrativa o si, por el contrario, el contribuyente puede acudir de forma directa a la jurisdicción contencioso-administrativa. En otras palabras, el tribunal decidirá si tiene sentido exigir a los contribuyentes que recorran una vía administrativa previa cuando el órgano encargado de revisarla carece, de entrada, de capacidad legal para pronunciarse sobre el único argumento planteado. Uno de los recursos admitidos ilustra bien esta controversia. Se trata del caso de un contribuyente que solicitó la rectificación de la liquidación del Impuesto sobre el Patrimonio y la devolución íntegra de lo abonado, un total de 220.000 euros, al considerar que dicho impuesto es contrario a la Constitución. Este tributo, que grava el patrimonio neto de las personas con mayor riqueza, lleva más de cinco años pendiente de revisión ante el Tribunal Constitucional. Sin embargo, el recurso continúa sin resolverse, lo que mantiene una importante incertidumbre jurídica. Mientras no exista un pronunciamiento del Tribunal Constitucional, los contribuyentes afectados siguen obligados a presentar y abonar el impuesto cada ejercicio, pese a que persisten dudas sobre su encaje constitucional. Esta situación ha generado un creciente debate sobre la tutela judicial efectiva y sobre si la actual exigencia de agotar la vía administrativa puede convertirse, en la práctica, en una carga procesal innecesaria. La futura decisión del Tribunal Supremo podría tener un impacto significativo, ya que no solo afectará a los litigios relacionados con el Impuesto sobre el Patrimonio, sino también a cualquier procedimiento tributario en el que la controversia se base exclusivamente en la constitucionalidad de una norma fiscal. Si el Supremo permite acudir directamente a los tribunales, los contribuyentes podrían acortar considerablemente los plazos para obtener una respuesta judicial.

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(El Economista, 29-06-2026) | Fiscal

El impacto de las rebajas fiscales y ayudas directas ya asciende a 4.200 millones

El paquete de medidas aprobado por el Gobierno en marzo para mitigar el impacto económico del conflicto entre Estados Unidos e Irán ha supuesto un coste presupuestario de 4.200 millones de euros, equivalente al 0,25% del PIB español. Según el Informe Anual 2025 del Banco de España, este porcentaje sitúa a España como el país con mayor esfuerzo fiscal de la Unión Europea en respuesta a los shocks inflacionarios vinculados al encarecimiento de la energía. Cuando el Ejecutivo aprobó este paquete el 20 de marzo, estimó inicialmente un coste total de 5.000 millones de euros, repartidos entre 2.500 millones por menores ingresos fiscales y otros 2.500 millones en subvenciones y ayudas directas. El Banco de España precisa que el impacto de 4.200 millones incorpora también otras medidas adoptadas o detalladas desde el 1 de marzo. El cálculo incluye exclusivamente actuaciones con efecto presupuestario directo orientadas a amortiguar el impacto del encarecimiento energético sobre hogares y empresas, dejando fuera inversiones de largo plazo ligadas a la transición energética. El informe destaca que España, junto con Alemania e Italia, ha concentrado gran parte de su respuesta en rebajas fiscales sobre combustibles, electricidad y gas. En contraste, países como Francia han recurrido en mayor medida a mecanismos regulatorios y acuerdos con operadores privados. El regulador también subraya que, en el caso español, las ayudas específicas a sectores industriales especialmente expuestos al coste energético ayudan a explicar el mayor peso del esfuerzo fiscal. En términos de impacto sobre el PIB, las rebajas en el IVA, en el Impuesto Especial de Hidrocarburos y la suspensión del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica representan un 0,15% del PIB, mientras que las ayudas directas suponen un 0,14%. El informe recuerda que la mayoría de países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos adoptaron medidas similares tras el estallido del conflicto. Respecto al impacto real en la recaudación, todavía no existen cifras definitivas. La estimación de 2.500 millones anunciada por el Gobierno sigue siendo provisional, ya que los datos oficiales de la Agencia Tributaria se publican con retraso. Hasta finales de junio solo se dispone de información consolidada hasta abril, que incluye únicamente los primeros diez días de aplicación efectiva de las rebajas fiscales en marzo, ya que entraron en vigor el día 22 tras su publicación en el BOE. Según esos primeros datos, la reducción del IVA sobre combustibles supuso una menor recaudación de un millón de euros; la rebaja del IVA de la electricidad, 45 millones; y la reducción del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos, 67 millones. Para contextualizar estas cifras, en abril la recaudación total del IVA ascendió a 12.068 millones de euros, mientras que el Impuesto Especial de Hidrocarburos generó 1.275 millones. El Ministerio de Hacienda había calculado inicialmente pérdidas de recaudación de 507 millones por la rebaja del IVA de combustibles, 656,5 millones por el recorte del impuesto sobre hidrocarburos, 539,1 millones por la rebaja del IVA aplicado a electricidad, gas y madera, y 450 millones por la supresión temporal del IVPEE. En conjunto, estas cifras representan menos del 1% de la recaudación tributaria anual. Aunque las medidas de aplicación inmediata ya están en vigor, buena parte del plan gubernamental continúa pendiente de desarrollo normativo o reglamentario. El decreto distingue entre actuaciones coyunturales orientadas a proteger a hogares y empresas y un segundo bloque centrado en acelerar la electrificación, reforzar la soberanía energética y facilitar el despliegue renovable. Uno de los principales frentes pendientes es el de las redes eléctricas. El decreto introduce nuevas herramientas para combatir el acaparamiento de capacidad, mejorar la transparencia en permisos de acceso y conexión, establecer mecanismos de reserva de capacidad y priorizar proyectos considerados estratégicos. Sin embargo, la efectividad de estas medidas dependerá de desarrollos regulatorios posteriores, de la información aportada por los gestores de red y de su aplicación práctica a proyectos industriales, centros de datos, vivienda o almacenamiento energético. También queda por concretar el acceso flexible a las redes, un instrumento diseñado para permitir la conexión de consumos modulables y sistemas de almacenamiento bajo condiciones específicas de disponibilidad. La intención es liberar capacidad actualmente bloqueada y favorecer nuevas inversiones sin necesidad de grandes ampliaciones de infraestructura, aunque su impacto real dependerá de los criterios técnicos y operativos que finalmente se aprueben. Otro capítulo aún abierto es el de las Zonas de Aceleración Renovable. El decreto establece el marco general para delimitar áreas con menor sensibilidad ambiental y con procedimientos de tramitación más ágiles. No obstante, la medida todavía no es plenamente operativa porque faltan por definirse las zonas concretas, sus criterios de delimitación y las medidas ambientales asociadas. Por ahora, se trata más de una estructura regulatoria que de una herramienta efectiva. Asimismo, el texto incorpora el llamado estándar de excelencia social y territorial, con el objetivo de reforzar la participación pública en grandes proyectos de generación y almacenamiento energético y reducir la conflictividad territorial. Sin embargo, todavía están pendientes los mecanismos de acreditación, supervisión y aplicación práctica de estos estándares. El desarrollo del biometano constituye otro de los asuntos clave aún sin resolver. El real decreto-ley encomienda al Gobierno fijar objetivos obligatorios de uso de este gas renovable en sectores distintos del transporte, con el fin de impulsar su producción nacional y reducir la dependencia energética exterior. No obstante, la medida requiere una regulación adicional que defina cuotas, sectores obligados, calendario de implantación y mecanismos de certificación. Hasta que ese marco normativo no se complete, su efecto seguirá siendo limitado.

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(Expansión, 29-06-2026) | Laboral

La economía de los jóvenes, peor que hace 30 años por la vivienda y el empleo

La precariedad laboral, reflejada en la temporalidad no deseada y en el aumento del pluriempleo, sigue mermando la calidad del empleo, mientras que la limitada oferta de vivienda y el encarecimiento de los precios dificultan cada vez más el acceso al mercado inmobiliario. En teoría, el paso del tiempo debería traducirse en una mejora de las condiciones de vida de las nuevas generaciones, impulsada por avances en sanidad, mejoras tecnológicas aplicadas al trabajo y una oferta educativa más amplia y especializada. Sin embargo, el bienestar social depende de múltiples factores y las crisis económicas pueden alterar esa evolución esperada. Según un estudio reciente elaborado por PwC, al que ha accedido EXPANSIÓN, la juventud española atraviesa una situación económica peor que la de hace tres décadas. Las principales causas son el encarecimiento de la vivienda y las dificultades para acceder a ella, el impacto del envejecimiento demográfico y un mercado laboral que ofrece menos estabilidad y menor capacidad adquisitiva que en el pasado. Esta es la principal conclusión del Indicador Sintético de Juventud desarrollado por la Fundación PwC junto al Círculo de Empresarios, que concluye que los jóvenes actuales presentan peores condiciones económicas y sociales que los de 1995. Para ello, el informe analiza 39 variables agrupadas en cuatro grandes áreas: demografía, empleo, educación y vivienda. El estudio abarca desde 1995 hasta 2024 e identifica la crisis financiera de 2008 como el momento clave en el deterioro de la situación. Cada bloque de variables tiene un peso específico dentro del indicador, al igual que cada uno de los factores analizados. El resultado global arroja 17 puntos, una cifra que refleja un empeoramiento respecto al nivel de referencia de 1995. En este sistema, una puntuación positiva indica que la distancia en términos de bienestar entre la juventud actual y la de hace treinta años se ha ampliado. El análisis muestra que una de las mayores brechas se encuentra en el ámbito demográfico. El envejecimiento de la población y la creciente carga que previsiblemente recaerá sobre los jóvenes dibujan un escenario más desfavorable que el de hace tres décadas. Entre los factores que explican esta evolución destacan la reducción del peso relativo de la población joven, el descenso de la natalidad y de la fertilidad, así como el aumento del desequilibrio entre jóvenes y mayores. Aunque algunos indicadores han mejorado, como la esperanza de vida o el gasto público destinado a las familias, esos avances no compensan el deterioro general. También el mercado laboral actúa como un freno para el progreso de los jóvenes. La incorporación al empleo se ve afectada por factores como el aumento del pluriempleo, la escasa mejora de los salarios medios y una mayor presencia de contratos temporales involuntarios y jornadas parciales no deseadas. El único elemento claramente positivo es la caída del desempleo, cuya tasa ha descendido progresivamente hasta situarse en el 10,8%, cerca de los niveles más bajos registrados antes de la crisis financiera. No obstante, el mayor deterioro detectado por los expertos se concentra en el acceso a la vivienda. Este ámbito es el que presenta la mayor distancia respecto a la situación de 1995, debido al empeoramiento de las diez variables analizadas. El principal retroceso se observa en la relación entre población y disponibilidad de vivienda, aunque también influyen la fuerte caída en la construcción de nuevas viviendas y el incremento tanto del precio de compra como del alquiler. Todo ello eleva el esfuerzo económico necesario para emanciparse y complica seriamente la independencia residencial de los jóvenes. Los expertos concluyen que el acceso a la vivienda se ha deteriorado de forma continuada con el paso del tiempo, agravándose especialmente tras la crisis inmobiliaria y alcanzando en 2024 niveles récord de dificultad. Frente a este panorama, la educación es el único ámbito en el que se observan mejoras claras. La reducción del abandono escolar y del número de jóvenes que ni estudian ni trabajan, junto con el mayor peso de la formación profesional y de los estudios superiores, explican esta evolución positiva. En conjunto, el estudio confirma que la crisis de 2008 supuso un punto de inflexión que abrió una brecha generacional que todavía no se ha cerrado. Además, los expertos anticipan que factores como el envejecimiento demográfico y la presión sobre el mercado de la vivienda podrían seguir agravándose en los próximos años.

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(El Economista, 29-06-2026) | Laboral

Un convenio premia la reducción de las bajas laborales con jubilaciones parciales

El aumento del absentismo por incapacidad temporal se ha convertido en una de las principales preocupaciones de las organizaciones empresariales en España. Tanto el coste asumido por las empresas como el gasto soportado por la Seguridad Social derivados de estos procesos no han dejado de crecer desde 2019, lo que ha llevado a las patronales a buscar fórmulas dentro de la negociación colectiva para contener este impacto económico, combinando medidas de control con mejoras laborales para las plantillas. En este contexto, el sector de la seguridad privada ha incorporado por primera vez una cláusula novedosa que vincula la aceptación de solicitudes de jubilación parcial a la reducción de las tasas de absentismo. El acuerdo fue suscrito a comienzos de abril por las patronales APROSER, ASECOPS y FES, junto a los sindicatos UGT, CCOO y USO. Según lo establecido en el convenio, las empresas se comprometen a aceptar al menos el 10% de las solicitudes de jubilación parcial presentadas durante el año si la tasa de absentismo por incapacidad temporal del sector, medida mediante los datos publicados por Randstad, desciende por debajo del 8%. Se trata de un mecanismo inédito dentro de la negociación colectiva, cuya posible extensión a otros sectores genera escepticismo tanto entre sindicatos como entre negociadores. La inclusión de esta medida partió inicialmente de una propuesta sindical. Desde CCOO explican que la negociación estuvo fuertemente condicionada por el marco regulatorio del sector, especialmente por la normativa que impide a las administraciones públicas revisar el precio de las licitaciones para compensar a las empresas por el aumento de los costes laborales. Ante la insistencia de las patronales -en línea con las posiciones de CEOE- en abordar el problema de las bajas laborales, los sindicatos optaron por explorar una fórmula que transformara esa preocupación empresarial en un nuevo derecho parcial para los trabajadores. La normativa vigente y el convenio anterior ya reconocían la posibilidad de solicitar la jubilación parcial a aquellos trabajadores mayores de 63 años que hubieran cotizado lo suficiente para acceder a una pensión contributiva. Esta modalidad permite reducir la jornada laboral y comenzar a percibir una parte de la pensión durante el tiempo no trabajado. Sin embargo, la aceptación de la solicitud dependía de la voluntad de la empresa, por lo que la parte sindical vio margen para mejorar esta situación, aunque asumiendo el riesgo de vincular ese avance a un indicador privado. El concepto de absentismo, además, sigue siendo objeto de debate. La CEOE utiliza este término para agrupar todas las ausencias laborales, tanto justificadas como no justificadas, mientras que no existe un indicador oficial único más allá de las estadísticas de horas no trabajadas elaboradas por el Instituto Nacional de Estadística. En este caso, el convenio toma como referencia los informes trimestrales que Randstad publica desde 2018 sobre horas de trabajo perdidas. El acuerdo establece una escala progresiva. Si la tasa de absentismo descendiera hasta el 4%, las empresas aceptarían el 100% de las solicitudes de jubilación parcial de los trabajadores que cumplan los requisitos legales. No obstante, los propios negociadores reconocen que alcanzar ese nivel parece poco probable en el corto plazo. En los tramos intermedios, se priorizará a los trabajadores de mayor edad, a quienes hayan prestado más días de servicio durante el último año y a quienes acumulen mayor antigüedad en la empresa. Desde el ámbito empresarial se considera que, aunque la propuesta fue inicialmente sorprendente, resultó útil para orientar el convenio hacia la reducción de un problema que preocupa cada vez más a las compañías del sector y, en general, al tejido empresarial español. Sin embargo, la fórmula genera fuertes reticencias entre los sindicatos. USO, que contaba con representación minoritaria en la mesa negociadora, considera que esta cláusula constituye un error que debería corregirse en la próxima revisión del convenio. El sindicato rechaza de forma frontal cualquier vínculo entre jubilación parcial y absentismo. Desde USO sostienen que condicionar la jubilación parcial a la reducción de bajas laborales supone una medida inaceptable, ya que convierte un derecho adquirido tras décadas de cotización en un instrumento de presión ligado a variables colectivas. Además, advierten de que esta relación puede derivar en la estigmatización de trabajadores enfermos o de mayor edad y abrir la puerta a prácticas discriminatorias. Las organizaciones sindicales mayoritarias tampoco apoyan la extensión de este modelo a otros sectores. Tanto CCOO como UGT han reiterado en los últimos meses que no aceptarán negociar cambios en convenios colectivos basados en planteamientos que vinculen derechos laborales al control del absentismo, marcando así una línea roja en futuras negociaciones con la patronal.

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