(El Periódico, 26-06-2026) | Laboral

Ocho de cada diez españoles rechazan subir la edad de jubilación a 70 años para cobrar una pensión mayor

La preocupación por el futuro de las pensiones está ampliamente extendida entre la población española. Según la encuesta de 2026 sobre pensiones y educación financiera elaborada por Funcas, una mayoría muy significativa de ciudadanos teme que las reformas aplicadas hasta ahora no sean suficientes para garantizar la sostenibilidad del sistema público. Ocho de cada diez encuestados consideran insuficientes las medidas adoptadas hasta la fecha para asegurar el pago futuro de las pensiones. Además, existe un rechazo generalizado a una de las alternativas que suele plantearse para aliviar la presión financiera del sistema: retrasar progresivamente la edad de jubilación hasta los 70 años. Cerca del 80% de los participantes se muestra contrario a esta posibilidad, en un contexto en el que la edad legal de retiro ya se sitúa en 66 años y 10 meses y alcanzará los 67 años a partir del próximo año. La encuesta, realizada a más de 1.200 personas, también revela que el 70% de los ciudadanos cree que el pago de las pensiones se convertirá en un problema económico en un futuro cercano. Esta percepción refuerza la sensación de incertidumbre sobre la viabilidad del sistema actual. En cuanto a posibles soluciones, el estudio muestra cierto respaldo a medidas orientadas a aumentar los ingresos del sistema. Un 41% considera aceptable elevar las cotizaciones a la Seguridad Social que abonan trabajadores y empresas para sostener las pensiones. Por otro lado, un 31% apoyaría la creación de un impuesto específico destinado exclusivamente a financiar estas prestaciones. Respecto al modelo de pensión deseable, una mayoría del 58% considera que la prestación debería guardar relación con lo cotizado durante la vida laboral, frente a quienes priorizan una pensión que garantice un nivel de vida cómodo independientemente de las aportaciones realizadas. La investigadora de Funcas Elisa Chuliá subraya que cualquier reforma del sistema debe combinar rigor técnico con una comunicación clara hacia los ciudadanos. Según señala, la sostenibilidad financiera solo puede reforzarse si las medidas generan confianza entre las distintas generaciones. El estudio también evidencia una marcada brecha generacional en la percepción del problema. Los jóvenes son quienes muestran mayor inquietud y quienes más creen en la necesidad de buscar soluciones complementarias al sistema público. El 86% de las personas entre 18 y 30 años considera útil realizar inversiones privadas para complementar su futura pensión, mientras que entre los mayores de 60 años esta opinión es claramente minoritaria. La renta también condiciona esta visión. Entre quienes perciben más de 3.000 euros mensuales, el 72% ve necesario ahorrar o invertir por cuenta propia para la jubilación. En cambio, entre quienes ganan menos de 1.000 euros al mes, este porcentaje cae hasta el 29%, reflejando las dificultades reales de ahorro en los hogares con menor capacidad económica. Existe además un consenso muy amplio respecto a quién soportará el mayor coste de un eventual deterioro del sistema: los jóvenes. Siete de cada diez encuestados consideran que las personas de entre 18 y 30 años serán las más perjudicadas si no se adoptan reformas eficaces. Incluso entre los actuales pensionistas predomina esta percepción. Más de la mitad de los participantes también considera que los trabajadores menores de 45 años ya tienen una situación económica más complicada que la de muchos pensionistas actuales. Esta percepción refuerza la idea de un desequilibrio intergeneracional creciente. Otra conclusión destacada es que los menores de 45 años son quienes perciben con mayor intensidad el riesgo de sostenibilidad del sistema. El 76% de este grupo considera que la financiación de las pensiones será un problema importante para la economía en los próximos años, frente al 61% entre los mayores de 46 años. En conjunto, la encuesta refleja una convicción casi unánime: el sistema de pensiones cambiará antes de que la mayoría de los actuales trabajadores se jubile. De hecho, el 93% de los encuestados cree que las administraciones públicas introducirán nuevas reformas antes de su retirada laboral, lo que confirma la elevada incertidumbre que rodea al futuro del modelo actual.

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(Cinco Días, 26-06-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El INE confirma que la economía española creció un 0,6% en el primer trimestre del año gracias al dinamismo del consumo

La economía española ha vuelto a demostrar solidez en el arranque del año pese a un contexto internacional complejo. Según los datos definitivos de Contabilidad Nacional publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), el Producto Interior Bruto (PIB) creció un 0,6% entre enero y marzo, lo que supone una desaceleración de dos décimas respecto al cierre del año anterior, aunque mantiene un avance interanual del 2,7%. Aunque el Ministerio de Economía destaca que España sigue liderando el crecimiento entre las grandes economías de la eurozona, varios analistas señalan que la composición de ese avance presenta ciertas debilidades, al apoyarse en exceso en el consumo interno mientras la inversión y el sector exterior muestran señales de enfriamiento. La demanda interna fue el principal motor de la actividad en este primer trimestre, aportando 0,5 puntos al crecimiento trimestral y 3,5 puntos en términos interanuales. Dentro de ella, el consumo de los hogares avanzó un 0,6%, tres décimas menos que en el trimestre previo, aunque sigue siendo el gran sostén de la economía gracias al buen comportamiento del empleo. Por su parte, el gasto de las Administraciones Públicas aumentó un 0,5%, superando incluso las previsiones iniciales. El principal foco de preocupación está en la inversión, que prácticamente se estancó al crecer apenas un 0,1%, muy por debajo del 1,7% registrado en el trimestre anterior. Esta fuerte ralentización refleja la prudencia del tejido empresarial ante la incertidumbre generada por el conflicto en Irán. Economistas como Miguel Cardoso consideran que esta evolución evidencia una estructura de crecimiento menos saludable, al perder peso factores clave para el desarrollo a largo plazo. La inversión en bienes de equipo y maquinaria solo avanzó un 0,5%, cuatro décimas menos que en el trimestre previo, mientras que la construcción permaneció completamente estancada. Aunque en términos interanuales la inversión aún acumula un crecimiento del 5,8%, la brusca frenada trimestral apunta a un deterioro en las expectativas empresariales. El sector exterior tampoco ofreció señales positivas. Las exportaciones de bienes y servicios retrocedieron un 0,6% respecto al trimestre anterior, con una caída del 2% en las ventas de mercancías al exterior, afectadas por disrupciones en las cadenas de suministro. La aportación positiva del sector exterior al PIB, de apenas 0,1 puntos, se explica únicamente porque las importaciones descendieron aún más, un 1%. Según Cardoso, esta mejora aparente no responde a un aumento de la competitividad, sino a la menor demanda de insumos por parte de una industria que ha reducido actividad. Por su parte, Raymond Torres apunta que las exportaciones podrían haber sufrido un deterioro mayor de no haberse producido un adelanto de pedidos por parte de muchas empresas, que incrementaron existencias por temor a mayores interrupciones logísticas. Este efecto preventivo podría provocar una mayor debilidad en el segundo trimestre, una vez desaparezca. Desde el lado de la oferta, la economía avanza a diferentes ritmos según sectores. Los servicios continúan liderando el crecimiento con un avance del 0,8%, impulsados por comercio, transporte y hostelería. La industria manufacturera creció un modesto 0,3%, mientras que agricultura y pesca registraron un rebote del 3,3% tras meses de estancamiento. En términos interanuales, los servicios mantienen el mayor dinamismo con un crecimiento del 3,4%, seguidos de la industria con un 1,6%, mientras que el sector primario aún presenta una caída anual del 3,3%. El mercado laboral sigue actuando como uno de los grandes pilares de resistencia. Los puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo aumentaron un 2,8% interanual, manteniendo el mismo ritmo del trimestre anterior. Además, la remuneración de los asalariados creció un 7,2%, impulsada tanto por la creación de empleo como por el aumento del salario medio por puesto, que subió un 3,8%, contribuyendo a sostener el poder adquisitivo. Sin embargo, la inflación continúa siendo uno de los principales riesgos. Con una inflación subyacente situada en el 3% en mayo, persiste la preocupación por una posible pérdida de competitividad que termine afectando a las exportaciones. A ello se suma la presión derivada del encarecimiento energético y de la volatilidad internacional. Pese a estos riesgos, las perspectivas a corto plazo siguen siendo razonablemente favorables. Los indicadores de actividad de junio apuntan a que la economía mantiene una trayectoria positiva. Cardoso estima que el crecimiento del PIB en el segundo trimestre podría situarse entre el 0,6% y el 0,7%, lo que reforzaría la idea de que España continúa mostrando una capacidad notable para absorber perturbaciones externas.

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(Expansión, 26-06-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La EBA pide a la banca que mejore la calidad de los datos que aporta

La Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) ha puesto el foco en los procesos de reporte de las entidades financieras y reclama una mejora en la calidad de la información remitida, tras identificar discrepancias extendidas entre más de 2.700 bancos analizados. En un informe reciente, el supervisor evalúa la coherencia de las categorías empleadas por los bancos para informar sobre sus exposiciones crediticias y concluye que una misma contraparte puede ser clasificada de manera diferente según la entidad que reporte los datos. La normativa actual deja cierto margen de interpretación a la hora de categorizar las exposiciones de crédito, y además existen compañías con estructuras societarias complejas que dificultan encajarlas de forma clara en un único sector. Fuentes del sector financiero citan como ejemplo la financiación de empresas públicas como Redeia o Indra, cuya actividad puede analizarse desde enfoques distintos. Dependiendo del criterio aplicado, pueden clasificarse como compañías energéticas, entidades vinculadas al sector público o incluso dentro de otros segmentos específicos. Esta diversidad de criterios explica gran parte de las diferencias detectadas por la EBA al comparar información procedente de distintas entidades. El análisis del supervisor se basa en 19.003 contrapartes reportadas por más de un banco, con exposiciones agregadas superiores a 10,5 billones de euros. Según la EBA, las inconsistencias afectan al 65% del volumen examinado en entidades de 28 países europeos, lo que evidencia que se trata de una problemática generalizada y no de casos aislados. En determinados casos, corregir las categorías utilizadas en los reportes podría modificar los indicadores prudenciales de algunas entidades. La EBA apunta, por ejemplo, que 571 bancos deberían recalcular su ratio total de capital. Aun así, fuentes financieras consideran que el efecto global sobre la estabilidad del sistema sería reducido y que no supone un riesgo sistémico. En muchos casos, las discrepancias responden a diferencias en los criterios de clasificación y no a una infravaloración real del riesgo. Por ello, eventuales ajustes tendrían mayor relevancia para mejorar la uniformidad estadística y supervisora que para alterar de forma sustancial la solvencia de las entidades. Las fuentes consultadas descartan, además, que los bancos estén aprovechando deliberadamente estas ambigüedades para rebajar sus exigencias de capital. Más bien, consideran que la regulación vigente contiene zonas grises que permiten interpretaciones distintas. De hecho, los supervisores -especialmente el Banco Central Europeo- realizan inspecciones periódicas a las entidades y suelen detectar áreas susceptibles de mejora. Cuando se identifican deficiencias en el reporting, estas suelen traducirse en requerimientos adicionales de capital de carácter limitado, cuyo principal objetivo es impulsar mejoras en los sistemas de información. La EBA sostiene que avanzar hacia un sistema más homogéneo contribuiría a reforzar la fiabilidad de la información regulatoria y facilitaría tanto el trabajo de las entidades como el de los supervisores. Entre sus propuestas destacan la creación de listas de referencia comunes para determinadas contrapartes, una mayor alineación de las categorías con las utilizadas por Eurostat y, en general, un control supervisor más exhaustivo sobre las clasificaciones aplicadas por los bancos. Estas medidas implican mayores inversiones en sistemas de reporting con el fin de fortalecer los controles internos. El supervisor ya está exigiendo a las entidades mayor rapidez y precisión en la información que reportan. La EBA subraya en su informe que la calidad de los datos debe convertirse en una prioridad estratégica tanto para bancos como para reguladores. El organismo defiende que disponer de información fiable es indispensable para realizar análisis sólidos, diseñar políticas eficaces y ejercer una supervisión adecuada, situando así la integridad de los datos en el centro de la agenda regulatoria europea. Esta exigencia de mayor precisión no contradice el proceso de simplificación normativa que las entidades llevan tiempo reclamando. En los últimos años, los bancos han intensificado sus demandas en este sentido, mientras el BCE y Comisión Europea parecen cada vez más conscientes de la necesidad de agilizar procesos y reducir cargas regulatorias para mejorar la competitividad del sector bancario. Por su parte, el Banco de España ya ha recortado en un 34% el volumen de información financiera exigido a las entidades y aspira a alcanzar una reducción acumulada del 50%. Además, este mismo mes ha abierto una consulta pública sobre esta cuestión.

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(El País, 26-06-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La vivienda devora ya un tercio del presupuesto de los hogares

El peso de la vivienda en la economía doméstica de los hogares españoles continúa aumentando y se consolida como el principal gasto familiar. Los datos más recientes del Instituto Nacional de Estadística confirman una tendencia que muchas familias ya perciben en su día a día: disponer de una vivienda y asumir sus costes asociados consume una parte cada vez mayor del presupuesto anual. Según la Encuesta de Presupuestos Familiares de 2025, los gastos relacionados con la vivienda -incluyendo alquiler o hipoteca, suministros energéticos, agua y mantenimiento- representan ya el 33,2% del gasto total medio de los hogares. Esto supone un desembolso anual de 11.665 euros, 636 euros más que el año anterior, lo que equivale a un incremento del 5,8%, el mayor aumento entre todas las partidas de gasto tanto en términos absolutos como relativos. La presión de la vivienda no es un fenómeno reciente. Desde 2016, el gasto medio en esta partida ha pasado de 8.737 a 11.665 euros anuales, lo que supone un incremento acumulado del 33,5%. Este aumento supera incluso la inflación acumulada en el mismo periodo, señal de que el encarecimiento de la vivienda y de sus costes fijos avanza a un ritmo superior al de otros bienes y servicios. Si se excluyen los años marcados por la pandemia, cuando el gasto en ocio y restauración cayó de forma extraordinaria y alteró las proporciones del presupuesto familiar, el peso actual de la vivienda es el más elevado de toda la serie histórica. Ni siquiera durante la burbuja inmobiliaria alcanzó una proporción tan alta dentro del gasto total de los hogares. El impacto es especialmente severo en las familias con menores ingresos. Para el 20% de los hogares con menos renta, los costes de vivienda absorben el 41,9% del presupuesto, muy por encima del umbral del 35% que el Banco de España considera límite de esfuerzo financiero razonable y también por encima del 30% que la legislación de vivienda identifica como nivel de asequibilidad. En contraste, el 20% con mayores ingresos destina a la vivienda un 28,9%, casi trece puntos menos. Tras la vivienda, las partidas que más recursos consumen son alimentación y bebidas no alcohólicas, con un 16% del gasto, y transporte, con un 11,5%. En conjunto, estos tres grandes capítulos absorben más del 60% del presupuesto medio familiar, lo que reduce la capacidad de ahorro y limita el gasto en otras actividades. En los hogares económicamente más vulnerables, esta presión resulta aún mayor: vivienda, alimentación y transporte llegan a representar el 68% de sus ingresos. Esto deja un margen mucho menor para gastos relacionados con ocio, cultura o deporte, así como para restauración y turismo, partidas donde las diferencias entre rentas altas y bajas son especialmente visibles. En términos globales, el gasto medio por hogar en España alcanzó los 35.101 euros en 2025, un 3,1% más que el año anterior. Por persona, el desembolso medio se situó en 14.066 euros anuales, aproximadamente 1.172 euros al mes. Por comunidades autónomas, los mayores niveles de gasto por habitante se registraron en el País Vasco y la Comunidad de Madrid, mientras que Andalucía, Extremadura y Región de Murcia registraron los niveles más bajos. La encuesta también refleja cambios en los hábitos de consumo. El gasto en bebidas alcohólicas y tabaco cayó un 3,4%, el mayor descenso entre todas las categorías, en línea con cambios generacionales hacia hábitos más saludables. También retrocedió el gasto en restaurantes y alojamiento, con una caída del 2,7%, en un contexto de fuerte encarecimiento de la hostelería y de los precios hoteleros, lo que parece estar afectando especialmente al consumidor nacional.

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(El Economista, 26-06-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El Gobierno limita a 700 euros al día el gasto total en juego "online" y prohíbe hipotecar la vivienda

La Administración va a reforzar el control sobre los depósitos que los usuarios mantienen en distintas plataformas de juego y apuestas online, con el objetivo de fijar límites al dinero que pueden gastar diariamente, semanalmente y mensualmente. En concreto, los jugadores no podrán disponer de más de 700 euros al día sumando todas sus cuentas en los diferentes operadores, ni superar los 1.750 euros semanales o los 3.300 euros en un periodo de cuatro semanas. Además, a partir de la entrada en vigor de la medida, quedará prohibido utilizar la vivienda habitual en España como garantía hipotecaria para seguir jugando o para cubrir deudas relacionadas con el juego. Esta modificación ha sido aprobada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado. La reforma introduce un nuevo sistema de supervisión que amplía el control: ya no se limita a los fondos depositados en cada operador de forma individual, sino que abarca el conjunto de plataformas en las que cada usuario tenga cuenta, con el fin de limitar de forma más efectiva el gasto total en juego. La medida comenzará a aplicarse el 25 de marzo de 2027, aunque antes se desarrollará una fase de pruebas de seis meses a partir del 25 de septiembre de 2026. Durante ese periodo, operadores, usuarios y autoridades deberán adaptar sus sistemas al nuevo modelo de control. El objetivo declarado de esta regulación es reforzar la protección de los consumidores y promover un entorno de juego más seguro. Según se expone en la norma, una parte relevante de los jugadores utiliza varias plataformas a la vez, y un porcentaje reducido de usuarios concentra la mayor parte de las pérdidas en este tipo de actividades. No obstante, se prevé cierta flexibilidad, ya que los usuarios podrán solicitar incrementos de los límites de gasto establecidos. Estas solicitudes se harán efectivas tras un plazo de tres días, aunque solo podrán realizarse si han pasado al menos tres meses desde la última petición de aumento. La reforma también actualiza las garantías económicas exigidas a los operadores para obtener la primera licencia, que pasan de 2 a 2,6 millones de euros. Transcurridos dos años, el importe asociado al conjunto de licencias se ajustará a 1,3 millones, frente al millón exigido anteriormente.

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(Expansión, 25-06-2026) | Fiscal

Hoy es el último día para presentar la declaración si le sale a pagar y quiere domiciliarlo

La campaña de la Renta 2025 entra en su fase final y los contribuyentes deben prestar atención a las últimas fechas clave para evitar errores o posibles recargos. El primer plazo importante es el 25 de junio, último día para presentar la declaración con resultado a ingresar en caso de haber optado por el pago mediante domiciliación bancaria. Otro vencimiento relevante es el 29 de junio, fecha límite para solicitar cita previa para recibir atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. El cierre definitivo de la campaña será el 30 de junio, último día para presentar la declaración por cualquiera de las vías habilitadas: a través de internet, por teléfono o de forma presencial. En las dos últimas modalidades, es imprescindible contar con cita previa. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es el tributo que grava anualmente la renta obtenida por personas físicas y determinados contribuyentes en España. En él se incluyen, entre otras fuentes de ingresos, salarios, rendimientos de actividades económicas de autónomos, rentas del alquiler, intereses bancarios, inversiones y ganancias patrimoniales, descontando los gastos deducibles y teniendo en cuenta la situación personal y familiar de cada contribuyente. El resultado de la declaración puede ser a devolver o a ingresar, dependiendo de las retenciones y pagos realizados durante el año. Si el contribuyente ha aportado más de lo que le correspondía según la normativa fiscal, la declaración saldrá a devolver. En cambio, si las cantidades abonadas han sido inferiores a las que debía pagar, el resultado será a ingresar. También es posible realizar simulaciones previas para conocer de forma orientativa el resultado final. En esta campaña, la Agencia Tributaria prevé recaudar 24.628 millones de euros, lo que supone un incremento del 18,4% respecto al ejercicio anterior. Por otro lado, las devoluciones a los contribuyentes se estiman en 13.271 millones de euros, un 3,2% menos que el año pasado. En total, se espera la presentación de 25.251.000 declaraciones, un 2,1% más que en la campaña previa, impulsado principalmente por el aumento del empleo registrado durante 2025.

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(El Economista, 25-06-2026) | Fiscal

Hacienda deniega la reducción del 30% en el IRPF a la indemnización por despido pactado si se cobra a plazos

La Agencia Tributaria mantiene un criterio restrictivo respecto a la reducción del 30% en el IRPF aplicable a determinados rendimientos del trabajo calificados como irregulares, especialmente en el caso de indemnizaciones por despido pactado que se cobran de forma fraccionada. Según este criterio, cuando los pagos no se perciben en un único ejercicio fiscal, no procede aplicar dicho beneficio. La normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece que pueden beneficiarse de esta reducción los rendimientos generados en un periodo superior a dos años y que, en principio, permiten suavizar la carga fiscal al concentrar la tributación en un solo ejercicio. No obstante, el reglamento del impuesto matiza que esta reducción solo puede aplicarse cuando los ingresos se imputan en un único periodo impositivo. El conflicto surge cuando empresa y trabajador acuerdan fórmulas de pago diferido, ya sea en varios ejercicios o mediante pagos periódicos. En estos casos, la administración tributaria interpreta que no se cumple el requisito de imputación única, por lo que deniega la reducción del 30%. Sin embargo, varias sentencias recientes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid han cuestionado esta interpretación. Los tribunales consideran que el derecho a la reducción no debe perderse por el hecho de que el pago se fraccione, y admiten su aplicación al primer ejercicio en el que se percibe la indemnización. Pese a este criterio judicial, la Dirección General de Tributos ha mantenido su posición en consultas recientes, en las que reafirma que las indemnizaciones percibidas en varios ejercicios no pueden acogerse a esta reducción, al no cumplirse el requisito de tributación en un único año. En la práctica, esto genera una discrepancia entre la interpretación administrativa y la judicial, lo que afecta a trabajadores que pactan indemnizaciones diferidas en el tiempo. Hacienda sostiene que la fragmentación del cobro impide aplicar el beneficio fiscal, mientras que algunos tribunales defienden una interpretación más flexible. Conviene recordar que las indemnizaciones por despido unilateral de la empresa están exentas de tributación hasta un máximo de 180.000 euros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Sin embargo, cuando el cese es pactado entre las partes, la tributación sí se aplica, aunque puede existir la citada reducción si se cumplen los requisitos legales de generación del rendimiento en más de dos años.

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(El Economista, 25-06-2026) | Fiscal

Hacienda también podrá embargar el salario en especie

La Dirección General de Tributos (DGT), dependiente del Ministerio de Hacienda, ha aclarado en una consulta reciente que la Agencia Tributaria puede embargar también las retribuciones en especie de los trabajadores que mantengan deudas con la Administración. Este tipo de remuneraciones, cada vez más habitual en las empresas, incluye beneficios como cheques restaurante, tarjetas de transporte, seguros médicos o la cesión de vehículos como parte del salario. La DGT, en una consulta de 13 de mayo, establece que todas las percepciones económicas derivadas del trabajo, ya se perciban en dinero o en especie, tienen la consideración de salario y, por tanto, pueden ser objeto de embargo. A efectos prácticos, la Administración debe calcular el valor económico de estos beneficios en especie y sumarlo al salario en efectivo del trabajador. Sobre el total resultante se aplican los límites legales de inembargabilidad previstos en la normativa, lo que determina la parte que puede ser retenida para saldar la deuda. El marco actual establece que el salario solo es inembargable hasta el nivel del Salario Mínimo Interprofesional, fijado en 1.221 euros mensuales. A partir de esa cantidad, la Ley de Enjuiciamiento Civil permite embargar tramos progresivos del sueldo: un 30% en el primer tramo por encima del SMI, un 50% en el siguiente, un 60% en el tramo posterior, un 75% en el siguiente nivel y hasta un 90% en las cantidades que superen los umbrales más altos. La interpretación de la DGT implica que estos beneficios en especie no quedan al margen del cálculo, sino que se integran en la base salarial sobre la que se aplica este sistema progresivo de embargo. En cuanto al procedimiento, la Agencia Tributaria sigue un orden de prelación para el embargo de bienes, comenzando por el dinero en cuentas bancarias, seguido de créditos y valores a corto plazo, después salarios y pensiones, y posteriormente otros activos como inmuebles, rentas, joyas o bienes muebles. Este criterio refuerza la capacidad recaudatoria de la Administración al ampliar el concepto de salario embargable, incluyendo elementos retributivos que hasta ahora podían generar dudas interpretativas en determinados casos.

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(Cinco Días, 25-06-2026) | Laboral

La justicia declara improcedente el despido de un empleado que se negó a devolver su ordenador porque creía que era un regalo

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha confirmado la improcedencia del despido de un trabajador que fue cesado por negarse a devolver un ordenador portátil entregado por la empresa, al considerar que esta actuó fuera del plazo legal para sancionar la conducta. El empleado, que trabajaba como oficial de primera a jornada completa en una empresa zaragozana dedicada a la compraventa, alquiler y reparación de maquinaria, sostuvo desde el inicio que el ordenador le había sido entregado como un regalo y no como material de trabajo susceptible de devolución. Esa fue también la postura que mantuvo tanto en la vía laboral como en la penal. Según los hechos recogidos en la sentencia, en abril de 2022 la empresa le remitió un correo electrónico exigiendo la devolución inmediata, en un plazo de siete días, de un portátil Asus propiedad de la compañía, que había sido entregado al trabajador dos semanas antes. El empleado respondió por escrito afirmando que el equipo era un obsequio de la empresa y que, por tanto, no procedía su devolución. Tras recibir esta respuesta, la dirección presentó una denuncia en comisaría por la sustracción del equipo y, poco después, impuso al trabajador una sanción de suspensión de empleo y sueldo durante sesenta días, condicionando además su reincorporación a la devolución del ordenador. La negativa persistente del empleado dio continuidad al procedimiento penal. En julio de 2024, el Juzgado de lo Penal número 7 de Zaragoza lo condenó por un delito de apropiación indebida a nueve meses de prisión, condena que posteriormente fue ratificada por la Audiencia Provincial de Zaragoza. Sin embargo, en el ámbito laboral el desenlace fue distinto. El Juzgado de lo Social número 7 de Zaragoza declaró improcedente el despido al entender que la falta muy grave había prescrito. El Estatuto de los Trabajadores establece que la empresa dispone de sesenta días desde que tiene conocimiento pleno de los hechos para sancionar este tipo de conductas, y en este caso el despido se produjo más de tres meses después. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha confirmado ahora este criterio. Los magistrados rechazan el argumento de la empresa, que sostenía que el cómputo del plazo debía iniciarse cuando su procuradora recibió la declaración del trabajador ante el juzgado de instrucción. Para el tribunal, el momento determinante fue mucho anterior: el 5 de abril de 2022, fecha en la que el empleado comunicó de forma clara y por escrito que no pensaba devolver el portátil. Ese día, según la sentencia, la empresa ya tenía un conocimiento "cabal, pleno y exacto" de la infracción. El tribunal también descarta que el despido deba calificarse como nulo, pese a la cercanía temporal entre la declaración judicial del trabajador como investigado y su cese. Los magistrados consideran que no hubo vulneración de derechos fundamentales, ya que la decisión empresarial no se basó exclusivamente en el proceso penal, sino en la negativa previa y reiterada del empleado a devolver el ordenador. Además, subrayan que durante el procedimiento penal el trabajador contó con todas las garantías constitucionales, incluido el derecho a no autoincriminarse. Por ello, tampoco procede reconocer la indemnización de 19.000 euros que reclamaba por supuesta vulneración de derechos fundamentales. En definitiva, la sentencia confirma que, aunque la conducta del trabajador fue suficientemente grave como para derivar en una condena penal por apropiación indebida, la empresa perdió su capacidad de despedir disciplinariamente por haber dejado transcurrir el plazo legal para sancionar la infracción.

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(Cinco Días, 25-06-2026) | Laboral

Mientras la productividad por hora aumenta a ritmos positivos, la productividad por trabajador ocupado hace lo contrario o apenas se recupera

El mercado laboral en España ha experimentado en los últimos años una transformación profunda que ha generado una aparente contradicción en los indicadores. Por un lado, los datos de afiliación a la Seguridad Social muestran una evolución muy positiva, con más de 21 millones de ocupados, una fuerte reducción de la temporalidad tras la reforma laboral de 2021 y una notable resistencia del empleo incluso en contextos inflacionarios. Sin embargo, al analizar las horas efectivamente trabajadas, la Encuesta de Población Activa (EPA) refleja una tendencia distinta, ya que el número medio de horas por trabajador habría caído hasta niveles históricamente bajos. Esta divergencia ha alimentado parte del debate político actual, en el que se ha planteado la reducción de la jornada laboral hasta las 37,5 horas semanales bajo el argumento de que la propia dinámica del mercado ya estaría conduciendo a trabajar menos. No obstante, surge la duda de si esta tendencia refleja realmente un cambio estructural en el trabajo o si es el resultado de diferencias metodológicas en la medición. Para responder a ello es necesario comparar la información de la EPA con otras fuentes, como la Encuesta Trimestral de Coste Laboral o los registros administrativos de la Seguridad Social. Desde 2019, la EPA muestra una reducción clara del tiempo de trabajo por ocupado, especialmente a partir de 2021, con una pérdida estimada de decenas de horas anuales por trabajador a tiempo completo. Sin embargo, los datos procedentes de la Seguridad Social, que incorporan con precisión situaciones como ERTE, bajas médicas o permisos, indican una evolución muy distinta, con un aumento significativo de las horas efectivas totales respecto a los niveles previos a la crisis, superior al 12%. Por su parte, la Encuesta Trimestral de Coste Laboral se sitúa en un punto intermedio, con una leve caída inferior al 2%. Estas diferencias se explican, en gran medida, por el cambio metodológico aplicado en 2021 por el Instituto Nacional de Estadística para adaptarse a las directrices de Eurostat en la medición de las horas trabajadas y de las ausencias laborales. El denominado "efecto olvido" ayuda a entender parte de esta discrepancia. Hasta 2020, la EPA partía de las horas habituales declaradas por el trabajador y solo profundizaba en las causas de reducción de jornada si el encuestado mencionaba espontáneamente haber trabajado menos. Este método dependía en gran medida de la memoria del entrevistado y tendía a infravalorar pequeñas ausencias. Con el nuevo sistema, el cuestionario obliga a recordar de forma más explícita cualquier ausencia, ya sea por vacaciones, enfermedad u otros motivos. Este cambio ha permitido aflorar un volumen mucho mayor de horas no trabajadas que antes no se registraban, lo que altera la comparación histórica de los datos. El análisis de microdatos muestra que, tras la introducción del nuevo cuestionario, se ha incrementado notablemente el registro de ausencias cortas. Mientras las bajas largas o vacaciones de una semana han aumentado de forma moderada, las ausencias de pocas horas o de uno o dos días han crecido de manera muy significativa, lo que sugiere que no se trata necesariamente de un cambio real en el comportamiento laboral, sino de una mejor captación estadística. Este ajuste metodológico también ayuda a explicar parte de las discrepancias entre la productividad por hora y la productividad por trabajador, fenómeno que algunos analistas han denominado "enigma de la productividad". La incorporación de más horas no trabajadas en las estadísticas reduce artificialmente las horas medias trabajadas, lo que afecta a la interpretación de la productividad agregada. En conjunto, estos elementos invitan a interpretar con cautela las series estadísticas cuando se utilizan como base para justificar cambios normativos, ya que las diferencias entre fuentes pueden deberse tanto a la realidad económica como a modificaciones en la forma de medirla.

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