(El Economista, 19-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Las tecnológicas aumentan sus despidos en más del 50% en lo que va de año por culpa de la IA

La Inteligencia Artificial (IA) empieza a tener un efecto cada vez más visible en las plantillas de las empresas tecnológicas, con un volumen de despidos en lo que va de año un 52% superior al registrado en el mismo periodo de 2025. Así lo refleja un ranking sectorial elaborado por el portal Layoff, que recopila datos de 60 compañías a partir de fuentes como Bloomberg, The New York Times, The Wall Street Journal, Los Angeles Times o The Guardian, además de información publicada por las propias empresas. En total, los recortes de empleo conocidos hasta ahora en el sector tecnológico ascienden a 38.645 puestos, lo que supone 13.200 más que los 25.411 eliminados entre enero y mediados de marzo del año pasado. Estas cifras comienzan a confirmar las previsiones de algunos expertos del sector, que anticipaban un impacto significativo de la IA sobre el empleo, incluso antes de lo esperado. Es el caso de Dario Amodei, consejero delegado de Anthropic, quien advirtió que esta tecnología podría suprimir hasta la mitad de los trabajos de oficina en unos cinco años. En la misma línea, un estudio de la Universidad de Oxford estimaba que cerca del 47% de los empleos en Estados Unidos podrían ser automatizados en un horizonte de una o dos décadas. Si la tendencia actual se mantiene, los despidos en el sector podrían superar los 165.000 a lo largo del año, lo que representaría un aumento del 33% respecto a 2025, ejercicio en el que solo Intel eliminó 22.000 empleos. Entre las compañías más afectadas destaca Amazon, que lidera los recortes en este primer trimestre tras anunciar en enero la salida de 16.000 empleados, a los que se suman otros 14.000 puestos ya en riesgo desde octubre de 2025. También sobresalen Block, dedicada a los pagos digitales, con 4.000 despidos, y ASML, que ha comunicado la salida de 1.700 trabajadores. Otras empresas relevantes como Ericsson y Atlassian han reducido sus plantillas en 1.600 empleados cada una. Meta, por su parte, ha recortado 1.500 puestos en el primer trimestre del año, aunque esta cifra es un 59% inferior a la del mismo periodo de 2025. Asimismo, se han producido ajustes importantes en compañías como Wisetech (2.000 empleos), Livspace (1.000) y Pinterest (700). En el caso de Microsoft, la empresa ha negado los rumores sobre un supuesto plan de despidos masivos que hablaba de hasta 22.000 salidas, tras haber reducido su plantilla en 10.000 personas en 2023, 1.900 en 2024 y 15.000 en 2025. Desde Amazon, su vicepresidenta de People Experience & Technology, Beth Galetti, ya reconocía a finales de enero que el entorno empresarial evoluciona a gran velocidad, al justificar los recortes. No obstante, evitó vincular directamente estas medidas a un cambio estructural impulsado por la IA, señalando que cada equipo seguirá ajustando su organización en función de la eficiencia, la agilidad y la innovación orientada al cliente. Aun así, la compañía tiene en el horizonte un ambicioso plan de automatización que podría implicar la sustitución de hasta 600.000 puestos de trabajo por robots de aquí a 2033.

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(Cinco Días, 19-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

España activará mecanismos para mantener bajo control los fondos para minoristas de deuda privada

La deuda privada se ha convertido en uno de los principales focos de inquietud en los mercados. Los fondos especializados en conceder financiación fuera del circuito bancario tradicional han comenzado a abrirse a inversores minoristas, lo que ha intensificado la atención sobre su funcionamiento. En Estados Unidos ya se han producido cierres de carteras y restricciones a los reembolsos, debido a que estos vehículos invierten en préstamos que, por su naturaleza, no pueden liquidarse de forma inmediata. Ante este contexto, España y la Unión Europea preparan una regulación específica para los fondos que ofrecen cierta liquidez -los denominados fondos "evergreen" o semilíquidos-, a los que se exigirá una gestión especialmente prudente y la realización de pruebas de resistencia anuales. Estos fondos permiten a los inversores recuperar su dinero en determinadas ventanas, aunque invierten en activos no cotizados. Su crecimiento ha sido notable: han aumentado un 20% a nivel global en los últimos dos años, alcanzando los 419.000 millones de dólares, impulsados por el interés de inversores particulares y clientes de banca privada que buscan acceso a mercados privados sin renunciar a cierta liquidez. La Comisión Europea ha decidido intervenir con una directiva -pendiente de transposición- que pone el foco en los riesgos derivados del auge del crédito privado, advirtiendo de posibles impactos micro y macroprudenciales que podrían extenderse al conjunto del sistema financiero. En España, la CNMV será la encargada de autorizar y supervisar estos vehículos. La nueva normativa obligará a las gestoras a no solo cumplir con requisitos formales, sino también a realizar tests de estrés anuales para evaluar su capacidad de atender reembolsos. Estos análisis deberán contemplar escenarios adversos, como subidas de tipos de interés, ampliación de diferenciales, impagos o presión masiva de retiradas. El objetivo es evitar situaciones como la vivida en Estados Unidos, donde gestoras como Blue Owl han tenido que bloquear fondos para minoristas, o BlackRock, que ha limitado los reembolsos al 5% ante una avalancha de solicitudes. También se han aplicado restricciones en productos de Morgan Stanley y Cliffwater, lo que refleja una tensión creciente en este segmento. La preocupación se extiende más allá de la deuda privada. Desde el ámbito del private equity, algunas voces advierten de que una parte relevante del sector ya se encuentra en situación de estrés o dificultad, lo que podría agravar el escenario actual. Uno de los factores de riesgo es que aproximadamente el 80% de los préstamos en este mercado se conceden a empresas participadas por fondos de capital riesgo, generalmente a tipos más elevados que los de la banca. Esto implica mayor rentabilidad, pero también un nivel de riesgo superior. Además, fuentes financieras alertan de posibles salidas de capital ante el aumento de la incertidumbre, especialmente en empresas susceptibles de verse afectadas por cambios tecnológicos como la inteligencia artificial. No obstante, algunas entidades financieras han defendido la calidad de sus exposiciones, descartando un deterioro generalizado del crédito. La regulación busca, sobre todo, evitar problemas de liquidez. Para ello, contempla herramientas como la posibilidad de limitar reembolsos, ya sea a nivel de fondo o por inversor, retrasar los plazos de pago o incluso, en casos excepcionales, satisfacer los reembolsos mediante la entrega de activos en lugar de efectivo. Asimismo, se prohíbe una práctica considerada especialmente peligrosa: la estrategia de "conceder para distribuir", que consistía en otorgar préstamos con la intención de venderlos posteriormente a otros fondos. La normativa exigirá que las gestoras retengan parte del riesgo, reforzando así la calidad del crédito concedido. En paralelo, la normativa europea establece un marco común mínimo, pero también introduce cierta flexibilidad en las herramientas de liquidez. Esto podría impulsar el desarrollo de nuevos vehículos en España, donde la CNMV ya ha autorizado varios fondos de este tipo para inversores minoristas. El supervisor español analiza con detalle aspectos como la coherencia entre la estructura del fondo, su estrategia de inversión y la liquidez real de los activos, así como la capacidad de atender reembolsos sin generar conflictos entre inversores. En cualquier caso, la CNMV mantiene una vigilancia estrecha sobre estos productos, con el objetivo de evitar situaciones como las vividas en el pasado, cuando algunos fondos inmobiliarios en España se vieron obligados a bloquear reembolsos tras la crisis financiera de 2008.

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(Cinco Días, 19-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La Fed mantiene los tipos en el 3,5% y enfría las perspectivas de nuevas rebajas

La Reserva Federal ha decidido actuar con prudencia ante el repunte de las presiones inflacionistas derivadas de la guerra en Irán y ha optado por mantener los tipos de interés sin cambios, situándolos en el rango del 3,5% al 3,75%. De cara a 2026, la mayoría de sus responsables considera que, como mucho, podría haber una única bajada adicional de tipos este año, e incluso no descarta que no se produzca ninguna, aunque por ahora sí descartan nuevas subidas pese al contexto geopolítico. Se trata de la segunda pausa en lo que va de año. El banco central estadounidense sigue así la estrategia marcada tras las tres reducciones consecutivas aprobadas a finales de 2025, iniciando 2026 con un enfoque más cauteloso para evaluar tanto el efecto de esos recortes como el impacto de la incertidumbre internacional. Los mercados están muy atentos a cómo evolucionan las previsiones de los miembros de la Fed para el resto del ejercicio. En los últimos días, los analistas ya apuntaban a la posibilidad de un único recorte en la segunda mitad del año, probablemente en otoño, frente a los dos que se contemplaban antes del estallido del conflicto en Irán. Las nuevas proyecciones del organismo confirman este giro: la mayoría de los gobernadores se divide entre quienes prevén una sola bajada y quienes no anticipan ninguna, con siete apoyos para cada postura de un total de 19 votos. Como aspecto positivo, por ahora se descarta la necesidad de subir los tipos en 2026. Este escenario plantea un reto adicional para Kevin Warsh, quien asumirá la presidencia de la Fed en mayo en sustitución de Jerome Powell. El economista, cercano a Donald Trump, tendrá que decidir entre impulsar recortes de tipos, en línea con las expectativas políticas, o retrasarlos ante el deterioro del contexto inflacionario, una decisión compleja que podría incluso aumentar el riesgo de recesión en la economía estadounidense. Desde Loomis Sayles (Natixis) advierten de que cualquier bajada de tipos que no responda al mandato de estabilidad de precios y empleo, y que esté más orientada a favorecer la política fiscal, sería mal recibida por los mercados. La moderación en las expectativas de recortes está directamente relacionada con el comportamiento de la inflación. Aunque el IPC se ha relajado respecto a los niveles más altos de los últimos años, sigue mostrando una resistencia mayor de lo esperado. En febrero, la inflación interanual se situó en el 2,4%, igual que el mes anterior. Pese a estar cerca del objetivo del 2% de la Fed, existe preocupación por el posible impacto del encarecimiento energético derivado del conflicto en Irán, que podría reactivar las presiones inflacionistas. Además, el indicador preferido por la Fed, el índice de precios del consumo personal (PCE), ha repuntado recientemente. La inflación subyacente se sitúa en torno al 3,1% interanual, su nivel más alto en casi dos años, lo que limita el margen para aplicar políticas más expansivas. En cuanto al empleo, el panorama tampoco es del todo tranquilizador. La tasa de paro se sitúa en el 4,4%, un nivel todavía bajo en términos históricos, pero con una tendencia al alza en los últimos meses, lo que refleja cierto debilitamiento del mercado laboral. Las dudas sobre la fortaleza económica se han visto reforzadas por la revisión a la baja del crecimiento. Según los últimos datos del Departamento de Comercio, la economía de Estados Unidos cerró 2025 con un ritmo más débil de lo previsto: el PIB del cuarto trimestre creció solo un 0,7% anualizado, la mitad de la estimación inicial, debido a un menor dinamismo del consumo y de la inversión empresarial. Este contexto complica la toma de decisiones de la Fed. Mantener los tipos elevados durante demasiado tiempo podría frenar aún más la actividad económica, mientras que reducirlos antes de tiempo podría avivar nuevamente la inflación, especialmente en un entorno marcado por el encarecimiento de la energía y la incertidumbre geopolítica.

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(Expansión, 19-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El petróleo supera los 110 dólares tras los ataques de Irán e Israel a instalaciones energéticas

Irán ha advertido que responderá atacando infraestructuras de petróleo y gas en todo el Golfo, después de que varios misiles alcanzaran South Pars, una zona clave del mayor yacimiento de gas del mundo y pilar fundamental del sistema energético del país. Según autoridades iraníes, este ataque -dirigido también contra complejos petroquímicos vinculados al yacimiento- podría provocar una fuerte intensificación del conflicto. Se trata del primer golpe contra instalaciones energéticas iraníes desde que Estados Unidos e Israel iniciaron su ofensiva el 28 de febrero. Tras lo ocurrido, el precio del crudo Brent se disparó más de un 7%, alcanzando los 111 dólares por barril (máximo desde el 9 de marzo), mientras que el gas natural en Europa subió un 8%, hasta los 55 euros por MWh. Ante este contexto, las firmas de análisis están revisando sus previsiones tanto sobre la duración del conflicto como sobre la evolución del petróleo. Citi, que asigna un 50% de probabilidad a su escenario principal, considera que una desescalada real podría tardar entre cuatro y seis semanas en producirse, es decir, hacia mediados o finales de abril. Con esta perspectiva, reconoce una visión cada vez más alcista a corto plazo y eleva su previsión del Brent para los próximos tres meses a un rango de entre 110 y 120 dólares por barril. Por su parte, Fidelity también anticipa un conflicto prolongado, con una guerra de desgaste que podría extenderse durante semanas o incluso meses. Dado que el petróleo incorpora una prima de riesgo geopolítico sostenida, la gestora estima que el Brent podría oscilar entre los 90 y los 110 dólares, dependiendo de la duración del conflicto y de la reacción de la oferta. En general, las revisiones recientes de los analistas tienden al alza. Standard Chartered ha aumentado de forma significativa su previsión media para el segundo trimestre hasta los 98 dólares por barril, muy por encima de los 67 dólares que estimaba antes del estallido del conflicto en Irán. A más largo plazo, también se están revisando al alza las previsiones para 2026. Bank of America sitúa el precio medio del Brent en 77,5 dólares, mientras que Barclays eleva su estimación hasta los 85 dólares por barril. Además, esta última entidad advierte de un posible escenario más tensionado, en el que el precio podría acercarse a los 100 dólares si el bloqueo del estrecho de Ormuz se prolonga más de lo previsto. En el escenario más extremo contemplado por Fidelity, marcado por una grave interrupción del suministro energético, el petróleo podría superar los 120 dólares, con efectos significativos sobre la inflación y el crecimiento económico. Este escenario tiene una probabilidad estimada del 35%. Citi, por su parte, plantea un escenario aún más alcista: el Brent podría alcanzar los 150 dólares por barril, e incluso escalar hasta los 180 o 200 dólares a mediados de año en caso de una situación especialmente crítica.

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(El Confidencial, 19-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Bruselas presenta su plan para crear empresas "europeas" en 48 horas y por 100 euros

La Comisión Europea ha dado a conocer su propuesta para implantar un marco administrativo y jurídico común para empresas en los 27 Estados miembros, conocido como "régimen 28". Esta iniciativa, aún sujeta a cambios durante su tramitación, plantea un modelo simplificado que permitiría crear una empresa en 48 horas, con un coste máximo de 100 euros y sin exigencia de capital mínimo. Bruselas estima que, tras su entrada en vigor, podrían constituirse unas 300.000 sociedades bajo el formato "EU Inc." en la próxima década, dando respuesta a las recomendaciones de competitividad formuladas por Enrico Letta y Mario Draghi. La propuesta no supone la creación de un sistema completamente paneuropeo. Las empresas seguirán teniendo que adaptarse a los procedimientos nacionales cuando operen en otros países, aunque estos trámites se verán considerablemente simplificados. Hasta ahora, la normativa comunitaria en materia societaria estaba orientada principalmente a grandes corporaciones, dejando fuera a pymes, startups y proyectos innovadores, que son precisamente los principales beneficiarios de este nuevo enfoque. Aunque el tejido empresarial ha acogido positivamente la iniciativa, algunas voces consideran que carece de ambición suficiente para impulsar a las empresas más innovadoras. El cambio más relevante es la introducción de una nueva forma jurídica común: la "EU Inc.", que convivirá con figuras nacionales como la SL española o la GmbH alemana. Actualmente, una empresa constituida en un país debe afrontar numerosos trámites adicionales para operar en otro Estado miembro -traducciones, registros y procedimientos administrativos-. Con esta nueva figura, una empresa registrada en un país podrá expandirse a otros con menos obstáculos y mayor rapidez. No obstante, cada Estado incorporará esta figura a su propio ordenamiento, sin sustituir su normativa nacional. Aun así, aspectos clave como el derecho laboral, la fiscalidad o la participación de los trabajadores seguirán regulándose por la legislación del país donde la empresa esté establecida. La Comisión reconoce que las barreras al crecimiento empresarial en Europa son múltiples y que esta propuesta aborda únicamente una de ellas: la fragmentación del derecho societario, dejando otras cuestiones para futuras iniciativas. El objetivo principal es impulsar la competitividad y facilitar la inversión en la UE. Para ello, la propuesta introduce medidas como la eliminación de trámites presenciales, la digitalización de procesos financieros, la simplificación en la transmisión de participaciones y la supresión de la obligatoriedad de intermediarios en determinadas operaciones. Además, abre la puerta a que los Estados permitan a estas sociedades acceder a los mercados bursátiles. Durante su diseño, Bruselas optó por un enfoque intermedio: no limitar el uso de esta figura a un tipo concreto de empresa, pero tampoco armonizar aspectos sensibles que podrían generar rechazo entre los Estados miembros. Se busca así un alto grado de uniformidad en un ámbito reducido, evitando bloqueos políticos. Algunos expertos valoran positivamente la iniciativa por su potencial para reducir la dispersión normativa y facilitar el acceso a financiación en toda la UE. Sin embargo, también existen críticas. Desde el ámbito empresarial innovador se señala que la propuesta no logra establecer un verdadero estándar único europeo, mientras que los sindicatos advierten del riesgo de posibles efectos en materia de dumping social. En cualquier caso, la propuesta dista de otros modelos más ambiciosos planteados en el ámbito académico, que abogan por una autoridad central europea, tribunales específicos y una regulación completamente unificada. Frente a ello, la Comisión ha optado por una solución más pragmática y gradual, centrada en reducir barreras sin alterar profundamente los equilibrios nacionales.

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(Expansión, 18-03-2026) | Fiscal

Hacienda abre el plazo para obtener el número de referencia para la declaración de la Renta

La Agencia Tributaria ya ha activado el servicio necesario para llevar a cabo uno de los trámites esenciales de cara a la próxima campaña de la Renta: la obtención del número de referencia, clave para acceder y gestionar el borrador del IRPF a partir del 8 de abril. La Campaña de la Renta 2026 está a punto de comenzar. En ella deberán declararse los ingresos y gastos correspondientes al ejercicio 2025 sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Desde hace unos días, ya es posible solicitar este número de referencia, que permite acceder a los distintos servicios de la campaña actual y también a gestiones relacionadas con ejercicios anteriores, como modificaciones o rectificaciones. Como principal novedad, la Agencia Tributaria advierte de que los números de referencia obtenidos en años anteriores dejan de ser válidos, por lo que será imprescindible generar uno nuevo para esta campaña. Para obtenerlo, es necesario acceder a la web de la Agencia Tributaria e identificarse mediante Cl@ve Móvil, certificado digital o DNI electrónico. También existe la opción de introducir el DNI junto con el importe de la casilla 505 de la declaración de la Renta 2024. La AEAT recomienda utilizar su aplicación móvil, ya que facilita el acceso durante toda la campaña y simplifica el uso de los servicios más habituales. No obstante, quienes estén registrados en el sistema Cl@ve podrán realizar todas las gestiones sin necesidad de solicitar este número de referencia. La campaña comenzará el 8 de abril y finalizará el 30 de junio. Sin embargo, los plazos varían según el método elegido para presentar la declaración: Presentación por internet: desde el 8 de abril. Presentación telefónica: disponible a partir del 6 de mayo, con cita previa desde el 29 de abril. Atención presencial en oficinas: desde el 1 de junio. Conviene tener en cuenta estos plazos para planificar con antelación la presentación de la declaración y evitar incidencias de última hora.

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(Expansión, 18-03-2026) | Fiscal

Bruselas ofrece ventajas fiscales al pago con acciones en empresas innovadoras

La Comisión Europea presenta hoy su ambicioso proyecto normativo dirigido al ámbito empresarial: el nuevo régimen corporativo EU Inc. Este modelo pretende establecer un marco jurídico y administrativo común que permita a las empresas operar con reglas homogéneas en toda la Unión, eliminando la actual fragmentación de los 27 sistemas nacionales mediante procesos íntegramente digitalizados. Más allá de simplificar trámites, la iniciativa busca reforzar la competitividad de las empresas innovadoras, especialmente en lo relativo a la captación y fidelización del talento. La intención es revertir la tendencia de muchas compañías a trasladarse a mercados como Estados Unidos, atraídas por entornos regulatorios y fiscales más favorables. De acuerdo con el borrador al que ha tenido acceso EXPANSIÓN, el nuevo régimen introduce un incentivo fiscal relevante: las start up y scale up consideradas innovadoras podrán ofrecer retribuciones en acciones a sus empleados sin que estas tributen en el momento de su concesión. La tributación se diferirá hasta que los títulos se vendan, lo que incrementa notablemente el atractivo de este tipo de compensación. En concreto, la Comisión establece que no se generará renta imponible en el momento de concesión, adquisición o ejercicio de derechos sobre acciones. Este tratamiento se asemeja al de los dividendos en acciones, donde la carga fiscal también se pospone hasta la transmisión de los títulos. Este enfoque no solo retrasa el pago de impuestos, sino que permite ajustar la tributación al valor real de las acciones en el momento de su venta, algo especialmente relevante en empresas jóvenes, donde la valoración puede fluctuar significativamente. De este modo, se evita que los profesionales soporten una carga fiscal sobre un valor que posteriormente puede no materializarse. Desde Bruselas se subraya que este tipo de remuneración resulta clave para empresas en fases iniciales o de crecimiento, que no siempre pueden ofrecer salarios elevados y recurren a planes de opciones sobre acciones para competir por talento cualificado. Aunque varios Estados miembros ya cuentan con regímenes fiscales favorables para estas fórmulas, la propuesta europea introduce un principio adicional: si una empresa EU Inc cumple también los requisitos de un régimen nacional, se aplicará el tratamiento fiscal más beneficioso entre ambos. Esto garantiza a las empresas el acceso a las mejores condiciones posibles en cada país. En el caso de España, ya existe un sistema de diferimiento fiscal para este tipo de retribuciones desde 2022, aunque con un límite anual de 50.000 euros en acciones. El borrador europeo, por ahora, no establece topes cuantitativos, lo que supondría una mejora significativa. No obstante, fuentes comunitarias no descartan que estos límites puedan incorporarse durante la tramitación legislativa en el Parlamento Europeo y el Consejo. La medida no será aplicable a personas con participaciones significativas en la empresa (superiores al 25%) ni a quienes las hayan tenido en los dos años previos a la concesión de las acciones. Además, para acogerse a estas ventajas, las empresas deberán implantar un plan específico denominado "EU-ESOP", aprobado por la junta general, en el que se definan aspectos como el número máximo de derechos a emitir y las acciones vinculadas a los mismos. Finalmente, la propuesta adopta la forma de reglamento europeo, lo que implica que, una vez aprobada, será directamente aplicable en todos los Estados miembros sin necesidad de adaptación normativa nacional.

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(Expansión, 18-03-2026) | Fiscal

El TJUE avala la ley española que impide a las empresas deducir el IVA de los gastos de representación

No llegan buenas noticias para el tejido empresarial en España. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha resuelto el conocido caso Randstad confirmando que la normativa española, que impide deducir el IVA en determinados gastos de representación y ocio, es plenamente conforme con el Derecho comunitario. Con esta sentencia se cierra una de las cuestiones fiscales más relevantes de los últimos años. No se trataba solo de interpretar un precepto técnico, sino de la posibilidad de que las empresas recuperaran importes muy significativos de IVA soportado en conceptos como entradas a eventos deportivos, espacios VIP en Fórmula 1, viajes de incentivo o invitaciones a clientes. El origen del litigio se sitúa en Randstad España, que entre 2009 y 2011 se dedujo el IVA de gastos vinculados a entradas para partidos del Real Madrid C. F. y el F. C. Barcelona, accesos al Paddock Club del Gran Premio de España de Fórmula 1 y cruceros dirigidos a clientes. La Agencia Tributaria rechazó estas deducciones apoyándose en el artículo 96 de la Ley del IVA, que excluye expresamente los servicios recreativos y las atenciones a clientes. El núcleo del debate jurídico ha girado en torno a la llamada cláusula "standstill" prevista en la Directiva del IVA, que permite a los Estados miembros mantener limitaciones a la deducción ya existentes en el momento de su adhesión a la Unión Europea. La defensa de Randstad -respaldada por buena parte de la doctrina- sostenía que España no podía ampararse en esta cláusula, al no existir un sistema de IVA previo al 1 de enero de 1986. Sin embargo, el TJUE ha respaldado la interpretación de la Abogada General, Juliane Kokott, al considerar que introducir estas limitaciones desde el mismo momento de creación del impuesto no supone un perjuicio añadido para el contribuyente, sino una configuración inicial permitida por el legislador europeo para evitar que gastos de carácter privado se presenten como profesionales. La reacción en el ámbito fiscal ha sido, en general, de decepción. La sentencia se percibe como una ocasión perdida para avanzar en la armonización real del IVA en Europa y reducir la elevada litigiosidad que rodea a estos gastos desde hace décadas. Miguel Ferrández Amorós, socio de tributación indirecta en KPMG Abogados, señala que el problema reside en que bajo un mismo marco normativo se agrupan situaciones muy distintas. No es equiparable, por ejemplo, intentar deducir el IVA de un gasto claramente personal, con aquellos supuestos en los que el gasto responde a una estrategia empresarial legítima, como la entrega de bienes a clientes para fidelizarlos. El fallo, además, deja a las empresas en una posición delicada frente a interpretaciones amplias por parte de la Inspección. La falta de una delimitación clara entre lo que constituye una "atención a clientes" y un gasto necesario para la actividad seguirá generando controversia. En esta línea, Francisco Cremades y Alfonso Viejo Madrazo, socios de PwC Tax & Legal, advierten que la indefinición del concepto puede dar lugar a interpretaciones extensivas que desvirtúan la lógica del sistema del IVA. En definitiva, la resolución del TJUE cierra la vía a miles de empresas que mantenían reclamaciones abiertas o esperaban este pronunciamiento. El resultado es contundente: los gastos vinculados a invitaciones y atenciones a clientes continuarán siendo un coste íntegro, sin posibilidad de recuperación del IVA soportado.

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(El País, 18-03-2026) | Fiscal

Bruselas plantea bajar impuestos a la electricidad para abaratarla y “evitar cierres prematuros” de centrales nucleares

Reducir el coste de la energía se ha convertido en una de las principales prioridades de la Unión Europea. En el corto plazo, el objetivo es amortiguar el impacto del encarecimiento del petróleo provocado por la guerra en Oriente Próximo; a más largo plazo, la meta es mejorar la competitividad de las empresas europeas en los mercados internacionales. Con esta finalidad, la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, ha planteado a los líderes europeos una serie de medidas que podrían aplicarse con rapidez. Entre ellas figura la posibilidad de reducir los impuestos sobre la electricidad, fijar límites al precio del gas -o incluso subvencionarlo- cuando se utilice para generar electricidad, y revisar el sistema de derechos de emisión de carbono para frenar, al menos temporalmente, su encarecimiento. Además, pensando en el futuro, la dirigente alemana ha insistido en la conveniencia de evitar el cierre anticipado de infraestructuras energéticas como las centrales nucleares que aún están en funcionamiento. La guerra en Oriente Próximo ha vuelto a evidenciar la vulnerabilidad europea frente a los combustibles fósiles. Así lo reconoce la propia Von der Leyen en una carta enviada a los jefes de Estado y de Gobierno antes del Consejo Europeo previsto para esta semana. En el documento señala que varios sectores de la economía comunitaria, especialmente el transporte, continúan dependiendo en gran medida de combustibles fósiles importados. Algo similar ocurrió en 2022, cuando la invasión rusa de Ucrania provocó una fuerte crisis en el mercado del gas. En el actual conflicto, el problema se ha trasladado al petróleo, cuyo encarecimiento ha supuesto ya un coste estimado de 6.000 millones de euros para empresas y hogares europeos desde que comenzaron los bombardeos en Irán el 28 de febrero, según cálculos de la Comisión. Bruselas considera que Europa estaría mejor preparada para afrontar este tipo de crisis si hubiera avanzado más en la electrificación y la descarbonización de su economía. Por ello, la principal estrategia que propone el Ejecutivo comunitario pasa por acelerar el despliegue de energías renovables. A esta apuesta se suma también una renovada defensa de la energía nuclear, una postura que Von der Leyen ha reforzado recientemente al advertir de que el cierre prematuro de centrales nucleares -como ha ocurrido en algunos países- puede haber sido un "error estratégico". En su opinión, estas instalaciones pueden seguir aportando electricidad fiable, con costes relativamente bajos y con bajas emisiones. Tanto las renovables como la energía nuclear se encuentran, de hecho, entre las fuentes de generación eléctrica más económicas. Por este motivo, la Comisión descarta modificar el actual mecanismo de formación de precios del mercado eléctrico, al considerar que favorece la inversión en energías limpias. En cambio, apuesta por reforzar las interconexiones eléctricas entre países europeos y fomentar contratos de suministro a más largo plazo que protejan a las empresas frente a la volatilidad de los precios de los combustibles fósiles. Sin embargo, estas soluciones estructurales no resuelven el problema inmediato de los altos precios energéticos, especialmente visibles en las gasolineras tras el cierre del estrecho de Ormuz. El comisario europeo de Energía, Dan Jørgensen, explicó tras reunirse con los ministros de Energía de la UE que Bruselas trabaja en medidas urgentes para aliviar la situación de empresas y ciudadanos más vulnerables. Según indicó, el análisis se centra en cuatro componentes de la factura energética: el precio de la energía, los costes de las redes, los impuestos y gravámenes, y los costes asociados al carbono. Las propuestas concretas se darán a conocer a finales de semana, siguiendo un procedimiento similar al aplicado al inicio de la guerra en Ucrania. Mientras tanto, Von der Leyen ha adelantado en su carta algunas de las líneas de actuación que estudia la Comisión. Una de ellas consiste en flexibilizar las normas sobre ayudas de Estado en el ámbito energético o permitir que los países establezcan límites al precio del gas utilizado para generar electricidad, una fórmula similar a la conocida como "excepción ibérica" aplicada en 2022. El Ejecutivo comunitario también ve margen para actuar en el ámbito fiscal. Según señala la presidenta de la Comisión, los impuestos y tasas varían mucho según la fuente energética, y en muchos casos la electricidad soporta una carga fiscal mucho mayor que el gas, llegando a ser hasta quince veces superior. Por ello, Bruselas plantea revisar esta situación para favorecer un tratamiento fiscal más favorable para la electricidad frente a los combustibles fósiles. Esta opción tiene la ventaja de alinearse con el objetivo estratégico de electrificar la economía y reducir las emisiones de carbono. En cambio, otras medidas como los topes al gas o las subvenciones podrían tener un efecto negativo si, al contener temporalmente los precios, retrasan la reducción de la dependencia de los combustibles fósiles. Otra posible vía de actuación sería modificar temporalmente el sistema europeo de comercio de emisiones de carbono (ETS). La normativa prevé revisar este mecanismo en 2026, y existe consenso en que serán necesarios algunos ajustes. Sin embargo, no hay acuerdo sobre la dirección de esos cambios. La Comisión, al menos por ahora, no parece partidaria de una reforma profunda, ya que este sistema ha contribuido -según recuerda Von der Leyen- a reducir el consumo de 100.000 millones de metros cúbicos de gas natural. Aun así, varios países, entre ellos Italia, Polonia o Alemania, presionan para introducir cambios más flexibles. Frente a ellos se ha formado una alianza poco habitual integrada por los países nórdicos (Suecia, Finlandia y Dinamarca), los países ibéricos (España y Portugal), además de Luxemburgo, Países Bajos y Eslovenia, que defienden mantener el sistema actual aunque aceptan introducir ajustes puntuales. En una posición intermedia parece situarse la Comisión, que contempla aumentar la disponibilidad de derechos de emisión, lo que podría contribuir a reducir su precio en el mercado.

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(La Vanguardia, 18-03-2026) | Fiscal

De 1.440 euros a 338 euros: el cambio en tu declaración de la Renta si bajas el alquiler un 6% este año

¿Puede ocurrir que un propietario ingrese menos por el alquiler de su vivienda y, aun así, termine obteniendo más beneficio neto al final del año? La clave está en los incentivos fiscales introducidos por la Ley por el Derecho a la Vivienda de España. Por ejemplo, un arrendador que percibe 12.000 euros al año por el alquiler de un inmueble y tributa a un tipo del 30% tendría que pagar alrededor de 1.440 euros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) aplicando la reducción habitual. Sin embargo, si decide bajar el precio del alquiler un 6%, podría acogerse a una bonificación fiscal del 90%. En ese caso, el importe a pagar a Hacienda se reduciría aproximadamente a 338 euros. El ahorro fiscal logrado con esta medida no solo compensa la rebaja del alquiler, sino que incluso puede aumentar la rentabilidad final de la vivienda. La normativa vigente, reformada tras la aprobación de la Ley por el Derecho a la Vivienda de España, busca fomentar precios más moderados y contratos de alquiler estables, aunque sus beneficios fiscales varían considerablemente según la situación de propietarios e inquilinos. El objetivo del sistema es impulsar el alquiler de vivienda habitual a largo plazo, especialmente en zonas donde la presión del mercado es mayor. Según datos de la Agencia Tributaria de España, la deducción estatal por alquiler para inquilinos desapareció en 2015 para los contratos firmados a partir de esa fecha. No obstante, se mantiene un régimen transitorio y existen diversas deducciones autonómicas que pueden reducir el pago de impuestos en determinados casos. En el caso de quienes firmaron su contrato antes del 1 de enero de 2015, todavía se aplica una deducción estatal del 10,05% sobre las cantidades pagadas por el alquiler de la vivienda habitual, siempre que la base imponible anual sea inferior a 24.107 euros. A estas ventajas se suman las deducciones autonómicas. En territorios como Catalunya, por ejemplo, se permite deducir cerca del 10% del importe del alquiler, con límites que pueden situarse entre los 300 y los 600 euros anuales dependiendo de factores como la edad del inquilino, sus ingresos o su situación laboral. Además, en algunos supuestos concretos -sobre todo en áreas rurales o en mercados inmobiliarios tensionados- determinadas comunidades autónomas han incorporado deducciones adicionales que pueden elevar el ahorro fiscal hasta cerca del 30% del alquiler abonado. En el caso de los propietarios, el sistema funciona de forma diferente. Se basa en la reducción del rendimiento neto del alquiler, es decir, del beneficio que queda tras restar gastos deducibles como el IBI, los seguros, los gastos de comunidad o los intereses de la hipoteca. Carlos Muñoz, abogado del Il·lustre Col·legi de l'Advocacia de Barcelona y socio de CIM Tax & Legal, explica que la normativa contempla diferentes niveles de reducción fiscal. "Antes de aplicar el porcentaje de reducción, el propietario puede deducir los gastos vinculados al inmueble, lo que reduce aún más la base sobre la que se calcula el impuesto", señala. Tras la entrada en vigor de la ley, las reducciones fiscales se organizan en varios tramos: Reducción del 90%: se aplica cuando la vivienda se encuentra en una zona declarada tensionada y el propietario reduce el precio del alquiler en más de un 5% respecto al contrato anterior. Reducción del 70%: puede aplicarse si la vivienda se alquila por primera vez en una zona tensionada, si el inquilino tiene entre 18 y 25 años o si el inmueble se destina a programas de alquiler social gestionados por administraciones públicas o entidades sin ánimo de lucro. Reducción del 60%: corresponde a viviendas que han sido rehabilitadas recientemente. Reducción del 50%: es la reducción general para los contratos que no cumplen ninguno de los supuestos anteriores. Muñoz recuerda que estas ventajas fiscales solo pueden aplicarse cuando el inmueble se alquila como vivienda habitual y el arrendador es una persona física. Además, aclara que estos beneficios no se aplican a alquileres turísticos ni de temporada. El impacto fiscal puede ser notable según el caso. Si un propietario cobra 1.000 euros al mes -12.000 euros al año-, con la antigua reducción del 60% la base imponible sería de 4.800 euros. Con un tipo medio del 30%, el impuesto rondaría los 1.440 euros. Si ese mismo arrendador decide reducir el alquiler un 6% para acceder a la bonificación del 90%, sus ingresos anuales bajarían a 11.280 euros, pero la base imponible se reduciría a unos 1.128 euros. En ese escenario, el pago aproximado en el IRPF sería de unos 338 euros. Aunque el propietario ingrese algo menos por el alquiler, el mayor beneficio fiscal puede compensar gran parte de la diferencia. No obstante, la conveniencia de estas bonificaciones depende del contexto del mercado. Según Muñoz, en zonas donde los precios del alquiler están limitados o regulados puede resultar más interesante acogerse a la reducción del 90%. "En áreas donde el mercado no está tensionado y el propietario puede aumentar el precio del alquiler de forma significativa, quizá no le resulte rentable rebajarlo para acceder a la bonificación", explica. A esto se suma que las comunidades autónomas pueden establecer deducciones adicionales en el tramo autonómico del IRPF, lo que provoca diferencias fiscales entre territorios. Pese a estos incentivos, algunos expertos consideran que las medidas fiscales no solucionan los principales problemas del mercado del alquiler. Muñoz señala que muchos propietarios siguen mostrando preocupación por la inseguridad jurídica en situaciones como los impagos o los procesos de ocupación. "La regulación se ha vuelto cada vez más compleja y, en lugares como Catalunya, el marco legal puede resultar difícil de interpretar", concluye.

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