(El País, 06-11-2025) | Laboral

Trabajo se abre a que una parte del nuevo permiso por cuidados paliativos lo cubran las arcas públicas, como pide la patronal

El Ministerio de Trabajo inició este miércoles las negociaciones para ampliar el permiso por fallecimiento a diez días y crear dos nuevos: uno para cuidados paliativos y otro de acompañamiento en casos de eutanasia. Durante la reunión, según informaron los sindicatos, se abordó una propuesta que la patronal ya había planteado cuando el Ministerio presentó su primer borrador: que la financiación de estos permisos no recaiga exclusivamente en las empresas, sino que también participe la Seguridad Social. En concreto, el Ministerio se mostró dispuesto a estudiar esta opción para el permiso de cuidados paliativos, aunque esta medida supera sus competencias y afectaría al ámbito de la parte socialista del Gobierno. Por su parte, la CEOE reiteró su oposición a ampliar el permiso por fallecimiento a diez días, según confirmaron UGT y CC OO. El representante de CC OO, Javier Pacheco, explicó que la patronal defiende que los cuidados paliativos deberían contar con una prestación pública, probablemente a cargo de la Seguridad Social, para equipararse con otros tipos de cobertura asistencial. No obstante, tanto Pacheco como la negociadora de UGT, Patricia Ruiz, subrayaron la firme oposición de la patronal al conjunto de la propuesta del Ministerio. "Estamos muy lejos de alcanzar un acuerdo. Esperamos que cambien su postura de bloqueo", señaló Ruiz. Ni el Ministerio ni las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme realizaron declaraciones tras el encuentro. La reunión de este miércoles dio continuidad al proyecto que Trabajo presentó el 20 de octubre, fecha en la que, aunque el foco estaba en la reforma de la indemnización por despido (negociación de la que CEOE y Cepyme se retiraron), el departamento de Yolanda Díaz aprovechó para compartir un borrador de anteproyecto de ley que incluye la ampliación del permiso por fallecimiento y la creación de los nuevos permisos de cuidados paliativos y acompañamiento en la eutanasia (de un día). Según el borrador, el permiso de cuidados paliativos permitiría disfrutar de hasta 15 días hábiles para atender a un cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta segundo grado de consanguinidad que requiera dichos cuidados. El trabajador podría dividir los días en dos periodos dentro de los tres meses siguientes al inicio del permiso, y hasta el fallecimiento del familiar. Este derecho solo podría ejercerse una vez por cada persona enferma, aunque sería compatible con otros permisos por hospitalización o intervención quirúrgica sin ingreso. El Ministerio está abierto a que este permiso no sea financiado exclusivamente por las empresas, sino compartido con la Seguridad Social, aunque aún no se ha definido cómo se repartirían los costes. Esta opción, de momento, no se contempla para los permisos por fallecimiento ni por acompañamiento en la eutanasia. Trabajo se ha comprometido a convocar una nueva reunión el 25 de noviembre y a presentar una versión revisada del texto que recoja las aportaciones de los agentes sociales. Los sindicatos han pedido que esa sea la última reunión y que, si no hay consenso, el Gobierno adopte una decisión definitiva para evitar que el proceso se prolongue indefinidamente. En cuanto al permiso por fallecimiento, la propuesta de Trabajo plantea modificar el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, que regula los descansos y permisos, para establecer diez días hábiles de duelo en caso de muerte del cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta segundo grado de consanguinidad (padres, hijos, hermanos, abuelos o nietos). Estos días podrían distribuirse a lo largo de cuatro semanas desde el fallecimiento. Según UGT, la patronal considera que diez días es un plazo excesivo. El texto mantiene los dos días actuales para los fallecimientos por afinidad (suegros, cuñados o yernos), ampliables en caso de desplazamiento. Ruiz subrayó la necesidad de ampliar estos permisos, recordando que muchas personas terminan pidiendo bajas médicas porque no logran afrontar el duelo en solo dos o cuatro días. En la misma línea, CC OO pidió equiparar el derecho al duelo con los estándares europeos, y UGT puso ejemplos: "En Portugal el permiso varía entre cinco y veinte días según el parentesco, en Suecia es de diez días y en Croacia de siete. España no puede quedarse atrás", concluyó.

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(El Economista, 06-11-2025) | Laboral

Los sindicatos plantearán a CEOE que los pluses salariales no se puedan recortar en ningún convenio

El Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), que actúa como marco general para la negociación colectiva en España, expira este diciembre, y los sindicatos CCOO y UGT ya están ultimando la propuesta que presentarán a la CEOE. Según fuentes consultadas por elEconomista.es, ambas organizaciones exigirán bloquear la posibilidad de reducir o eliminar los pluses salariales, con el fin de evitar que las empresas utilicen esa vía para no aplicar las subidas acordadas en las nóminas. Esta iniciativa amplía la propuesta que actualmente se debate en una de las mesas abiertas en el Ministerio de Trabajo, cuyo objetivo es impedir que las compañías compensen o absorban complementos como los de peligrosidad, nocturnidad o idiomas para esquivar el impacto de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En la práctica, se busca que el salario base se iguale al SMI y que los pluses se sumen aparte, sin que puedan utilizarse para cumplir con ese mínimo legal. La CEOE, presidida por Antonio Garamendi, ya ha anunciado que recurrirá el real decreto si finalmente se aprueba, alegando que supondría modificar la jurisprudencia del Tribunal Supremo y el Estatuto de los Trabajadores mediante una norma reglamentaria, lo cual considera ilegal. Por ello, se espera que los empresarios rechacen incluir este punto en el nuevo AENC, ya que implicaría extender las subidas salariales a todos los niveles retributivos, incluso los que superan los convenios colectivos. En cambio, los sindicatos consideran esta cuestión prioritaria en la negociación del nuevo SMI y en el futuro AENC. Su intención es eliminar definitivamente la posibilidad de absorber o compensar los pluses en todos los convenios colectivos, pese a que muchos de ellos recogen expresamente esa opción. El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, reiteró esta postura durante el Congreso de Acción Sindical celebrado la semana pasada, afirmando que "en los convenios colectivos no se puede permitir que se absorban cantidades que los trabajadores tienen reconocidas como derechos personales, como está ocurriendo en muchos casos actualmente". Actualmente, el Estatuto de los Trabajadores permite la compensación y absorción siempre que el salario total anual del empleado sea más favorable que el fijado por ley o convenio. Además, las sentencias del Tribunal Supremo avalan esta práctica, salvo cuando el propio convenio la prohíbe expresamente. Aunque el AENC no puede modificar la legislación ni la jurisprudencia, sí podría recomendar a los negociadores de convenios evitar incluir cláusulas que permitan la absorción o compensación de complementos salariales en el futuro. Por su parte, tanto la CEOE como la Cepyme (patronal de las pymes) defienden que este tipo de cuestiones deben negociarse con los sindicatos, y no imponerse desde el Gobierno. Este mismo argumento ha servido a los empresarios para oponerse a la reducción legal de la jornada laboral a 37,5 horas, aunque en este caso, la patronal teme que la medida rompa la estructura salarial y el equilibrio de la negociación colectiva. Aún no hay fecha para iniciar las conversaciones sobre el nuevo acuerdo marco. El actual AENC expira a finales de año, pero la incertidumbre sobre la reducción de jornada ha llevado a los empresarios a aplazar las negociaciones hasta que el Congreso vote la medida. Los sindicatos, por su parte, pretendían abrir la mesa en septiembre, aunque la ola de reformas impulsadas por el Ministerio de Trabajo ha generado desconfianza en la CEOE hacia UGT y CCOO, lo que ha retrasado el proceso. Mientras tanto, la patronal quiere que el nuevo acuerdo incluya medidas específicas para reducir el absentismo laboral, en especial las bajas por incapacidad temporal y las ausencias injustificadas. Este asunto ya se recogía en los dos AENC anteriores, en los que patronal y sindicatos se comprometieron a analizar las causas y duración de las bajas médicas y a establecer líneas de actuación para reducirlas. Tres años después, los sindicatos consideran que ese trabajo ya está hecho y rechazan nuevas referencias que impliquen mayor control o sospecha de fraude. En paralelo, ambas partes negocian con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones posibles reformas para mejorar la gestión de las incapacidades temporales. No obstante, ninguna propuesta ha alcanzado consenso: los sindicatos piden integrar las mutuas en el sistema público, mientras que los empresarios reclaman mayor capacidad para emitir altas médicas, con el fin de agilizar los procesos y aliviar la saturación del sistema público de salud.

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(El Periódico, 06-11-2025) | Laboral

El Gobierno ofrece a los funcionarios subir el sueldo al mismo nivel que el IPC hasta 2028

El Ministerio de Función Pública trabaja en un nuevo acuerdo salarial para los empleados públicos que cubriría el periodo 2026-2028, junto con una subida específica y diferenciada para 2025. El objetivo es que las actualizaciones anuales incluyan un componente fijo y otro variable, garantizando en todo momento la compensación frente a la inflación. En la primera reunión entre el Ministerio y los sindicatos CSIF, UGT y CCOO, se sentaron las bases para negociar este nuevo marco retributivo que afectará a más de 3,5 millones de trabajadores públicos. El departamento que dirige Óscar López propuso un acuerdo de tres años (2026-2028), además de una revisión salarial para 2025, año en el que las nóminas del sector público no han sido actualizadas, ya que el anterior pacto cubría el trienio 2022-2024. Aunque en este primer encuentro el Ejecutivo no detalló el mecanismo exacto para aplicar estas cuatro subidas acumuladas, sí confirmó que las revisiones salariales igualarán, como mínimo, el avance de la inflación, combinando una parte fija y otra variable con el fin de que los empleados no pierdan poder adquisitivo. Los sindicatos recordaron tras la reunión que el año 2025 no puede quedar fuera del acuerdo, ya que la única mejora aplicada hasta ahora, un 0,5% adicional aprobado en verano, se debía a las cláusulas del acuerdo 2022-2024, activadas al superarse los límites de inflación previstos. Por tanto, esa subida no corresponde a una actualización salarial propia de 2025, lo que equivale, de hecho, a una congelación salarial. El modelo propuesto por el Gobierno replicaría la fórmula mixta del último acuerdo, vigente entre 2022 y 2024, que combinaba incrementos fijos y variables. Dicho marco garantizaba una subida mínima del 6,5%, que podía llegar al 9,5% según la evolución del IPC y del PIB. En detalle: en 2022 se aplicó un aumento fijo del 2% más un 1,5% variable; en 2023, un 2,5% fijo más un 1% variable; y en 2024, un 2% fijo más un 0,5% adicional, abonado retroactivamente en verano junto con los atrasos correspondientes desde enero de ese año. "No aceptaremos un año de congelación salarial o subida cero", advirtió Isabel Araque, secretaria general de UGT Servicios Públicos, al término del encuentro. Por su parte, CSIF señaló que el 19 de noviembre Función Pública presentará ya una propuesta económica concreta tanto para el acuerdo 2026-2028 como para el incremento de 2025, que será "claramente diferenciado". La organización sindical exigió que la subida para 2025 se aplique de inmediato y con carácter retroactivo desde enero, y no descartó movilizaciones o huelgas si la oferta no satisface sus demandas. Fuentes del Ministerio explicaron que en esta primera toma de contacto se acordó un calendario de reuniones para elaborar un texto que pueda elevarse a la mesa general de negociación de las Administraciones Públicas "tan pronto como sea posible". La secretaria de Estado de Función Pública, Consuelo Sánchez, destacó que el propósito del acuerdo no es solo mejorar las retribuciones, sino también introducir reformas organizativas que beneficien tanto a los trabajadores como a los servicios públicos que reciben los ciudadanos. "Queremos avanzar con las organizaciones sindicales hacia una Administración más participativa, con servicios personalizados, políticas públicas centradas en las personas y una estructura preparada para afrontar los retos de la transformación digital y la transición ecológica", declaró Sánchez. En este sentido, el Ministerio señaló que el pacto incluirá mejoras organizativas y nuevos avances en la consolidación de derechos laborales para los empleados públicos.

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(Cinco Días, 06-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El bitcoin cae por debajo de los 100.000 dólares por primera vez desde junio

El mercado de las criptomonedas atraviesa un nuevo periodo de debilidad. El bitcoin, su activo más emblemático, ha caído este miércoles por debajo de los 100.000 dólares por primera vez desde junio. Ni las políticas favorables del presidente estadounidense Donald Trump ni su creciente reputación como activo institucional han logrado frenar la caída. Según datos de 10x Research, una fuerte ola de ventas en el mercado al contado, protagonizada por los grandes inversores -que han liquidado cerca de 45.000 millones de dólares en el último mes-, está detrás de este retroceso. Las altcoins, por su parte, han sufrido aún más debido a su menor liquidez y mayor volatilidad. El rally vivido durante el verano y prolongado hasta principios del otoño se ha desvanecido por completo. Desde sus máximos de octubre, bitcoin acumula una pérdida del 20%, aunque en el balance del año aún conserva una ganancia superior al 8%. Su rendimiento, sin embargo, queda por debajo del S&P 500 (15%), del Ibex (37%) o del oro (50%). En las últimas 24 horas, el bitcoin ha retrocedido más de un 2,5%, justo un año después de la reelección de Trump, evento que había impulsado su cotización más de un 12% en solo dos días. El descenso de los grandes inversores ("ballenas"), junto con salidas de capital en los ETF y una menor demanda institucional, ha debilitado la base del mercado. Los fondos de inversión ligados a criptomonedas están registrando retiradas de capital, mientras que la llegada de nuevos inversores se mantiene en niveles discretos. El sentimiento general también refleja el pesimismo: los indicadores de miedo y codicia muestran un mercado dominado por la cautela. Las altcoins han perdido todo el terreno ganado en verano: Ether cae un 32% desde agosto, XRP un 37% desde julio, y Solana se hunde un 40% desde marzo, regresando a niveles de mediados de año. En paralelo, los factores macroeconómicos han aumentado la presión sobre el mercado. Según Simon Peters, analista de eToro, las declaraciones del presidente de la Reserva Federal, Jerome Powell, enfriaron las expectativas de un recorte de tipos en diciembre. Antes de su intervención, el mercado estimaba una probabilidad del 96% de recorte; tras sus palabras, cayó por debajo del 70%. Desde XTB apuntan que "la creciente preocupación por la economía global y el fortalecimiento del dólar están llevando a los inversores a reducir su exposición a activos volátiles, como las criptomonedas". El nerviosismo también se traslada a la renta variable, donde crecen los temores de una sobrevaloración de las grandes tecnológicas, como Nvidia, lo que podría anticipar una nueva burbuja. Si aumenta la aversión al riesgo y la Bolsa corrige, bitcoin y el resto de criptoactivos podrían sufrir caídas adicionales por su alta correlación con los índices estadounidenses. Además, el mercado aún arrastra las consecuencias de la oleada de liquidaciones ocurrida entre el 10 y el 11 de octubre, cuando se esfumaron miles de millones en posiciones alcistas tras un tuit de Trump anunciando aranceles del 100% a China. Aunque la medida no llegó a aplicarse, el miedo provocó un cierre masivo de posiciones apalancadas, eliminando 19.000 millones de dólares en futuros en cuestión de horas. Según Chris Newhouse, analista de Ergonia, "el declive del bitcoin refleja que el mercado sigue lidiando con las secuelas psicológicas de ese episodio, que ha modificado la forma en que los inversores afrontan la tendencia bajista actual". Los datos de Deribit (Coinbase) respaldan su visión: los contratos de futuros que permiten vender bitcoin a 80.000 dólares son los más demandados de cara a finales de noviembre. Mientras tanto, el bitcoin ve cuestionada su reputación como activo más rentable que la Bolsa. Desde 2011, solo en tres ocasiones (2014, 2018 y 2022) ha rendido peor que el S&P 500, años marcados por fuertes desplomes. Ahora, sin una crisis equiparable, parece encaminarse a repetir ese patrón, aunque, como siempre, será el mercado quien tenga la última palabra.

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(Expansión, 06-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

14 bancos cuestionan el euro digital del BCE

Crece la controversia en Europa en torno al euro digital, cuya implantación está prevista para 2029. El que se presenta como uno de los proyectos más transformadores en la historia reciente de las finanzas europeas se enfrenta ahora a importantes discrepancias y críticas dentro del propio sector financiero. En vísperas de una audiencia clave en el Parlamento Europeo, catorce entidades bancarias advirtieron ayer que la introducción de la nueva divisa digital podría poner en riesgo las soluciones de pago privadas desarrolladas por los propios bancos. Entre los firmantes se encuentran grandes nombres del sector, como Deutsche Bank, BNP Paribas o ING, que forman parte del grupo creado para competir con los gigantes estadounidenses de los pagos, como Visa y Mastercard, a través del servicio Wero, lanzado el año pasado. Según este consorcio bancario, el proyecto del euro digital, tal y como está planteado actualmente, no ofrece beneficios claros para los usuarios. "El diseño del euro digital minorista cubre prácticamente los mismos casos de uso que las soluciones privadas, sin aportar un valor añadido tangible para los consumidores", afirmaron los portavoces de las entidades. El eurodiputado español Fernando Navarrete, designado como ponente del Parlamento Europeo para evaluar la iniciativa, también ha defendido una versión más limitada del proyecto. El Banco Central Europeo (BCE) comenzó a estudiar la viabilidad de un dinero digital de banco central hace cinco años. La semana pasada, su Consejo de Gobierno decidió dar los pasos necesarios para que la institución esté en condiciones de emitir los primeros euros digitales en 2029, tras un periodo de prueba previsto para dentro de dos años. La base legal del proyecto fue presentada por la Comisión Europea en 2023, aunque la normativa actual solo autoriza al BCE a emitir dinero físico, no digital. Por tanto, la iniciativa solo podrá avanzar con la aprobación de los gobiernos de la UE y del Parlamento Europeo. Desde el BCE se defiende que el euro digital modernizaría los pagos ante la caída del uso del efectivo -un descenso de 20 puntos porcentuales entre 2019 y 2024- y reforzaría la independencia financiera europea frente al dominio de los sistemas de pago extranjeros. Según Piero Cipollone, miembro del Comité Ejecutivo del BCE, esta nueva divisa protegería la "libertad, autonomía y seguridad" de las finanzas de la zona euro. Otro motivo que impulsa el proyecto es la rápida expansión de las stablecoins o monedas estables en Estados Unidos, lo que muchos responsables europeos consideran una amenaza para la soberanía monetaria del euro. La creciente influencia de estos activos ha llevado a una veintena de ministros europeos a pedir a Bruselas que acelere el marco regulatorio necesario para impulsar el euro digital. Entre los expertos, las opiniones están divididas: algunos ven las divisas digitales vinculadas a monedas fiat como una herramienta esencial para competir con las criptomonedas, mientras que otros sostienen que se trata de activos de naturaleza completamente distinta. En un informe reciente, Navarrete propone que el euro digital se utilice solo como sustituto del efectivo en pagos sin conexión a Internet o al móvil, pero no como medio de pago digital en tiempo real, como plantea el BCE. Según el eurodiputado, permitir su uso online podría generar un sistema de pagos paralelo que limitaría el crecimiento de las soluciones privadas europeas. Navarrete sostiene además que la versión en línea del euro digital solo debería activarse si los competidores europeos fracasan en su intento de ofrecer alternativas sólidas a los servicios de pago estadounidenses. En declaraciones al Financial Times, el eurodiputado subrayó que, en el contexto económico actual, el sector financiero europeo está "más cerca que nunca" de construir un sistema de pagos propio y competitivo, lo que a su juicio reduce la necesidad de una versión digital completa del euro.

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(Expansión, 05-11-2025) | Fiscal

El Supremo aclara la reducción fiscal por parentesco cuando el heredero original renuncia y pasa a un beneficiario reserva

El Tribunal Supremo (TS) ha emitido una sentencia que pone fin a la incertidumbre existente en torno al Impuesto sobre Sucesiones, favoreciendo directamente a los herederos más jóvenes. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha precisado cómo debe aplicarse la reducción fiscal por parentesco en los casos en que el heredero inicial renuncia a su parte y la herencia pasa a un beneficiario sustituto con un grado de parentesco más cercano al fallecido. El caso que dio origen al conflicto partía de una situación real: un menor, nieto de la causante, recibió una herencia después de que su padre renunciara a ella de forma "pura, simple y gratuita". En el testamento de la abuela se había previsto esta posibilidad mediante la figura de la sustitución vulgar, designando a un heredero alternativo para el supuesto de que el primero no aceptara. Dado que el nieto era menor de 21 años, pertenecía al Grupo I, que contempla la mayor reducción fiscal. No obstante, la Administración Tributaria del Principado de Asturias le aplicó el parentesco de su padre (Grupo II, con una reducción inferior), lo que resultó en una liquidación de 29.792,70 euros. El Tribunal Supremo ha resuelto la controversia entre las normas relativas a la renuncia (artículo 28.1 de la LISD) y las que regulan la sustitución (artículo 26.f de la LISD). La doctrina fijada establece que, cuando la herencia se transmite al sustituto por disposición testamentaria -mediante sustitución vulgar-, el impuesto debe calcularse atendiendo al parentesco del beneficiario final, es decir, del sustituto, con el causante. En consecuencia, el Supremo anula la liquidación practicada por la Administración y confirma que, en estos casos, el sustituto -el nieto en este supuesto- hereda directamente del causante. Por tanto, no debe aplicarse la regla que impone considerar el parentesco del renunciante (el padre) cuando ello perjudica el tratamiento fiscal del heredero efectivo.

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(Expansión, 05-11-2025) | Fiscal

El Supremo acota las sanciones a profesionales que facturan a través de empresas

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia de gran relevancia que redefine los criterios aplicables a la inspección y sanción de los profesionales que utilizan sociedades interpuestas para emitir facturas por sus servicios. En una resolución fechada el 22 de octubre de 2025, el alto tribunal no solo precisa cómo deben calcularse las sanciones en los casos de simulación, sino que además refuerza de manera notable el derecho fundamental del contribuyente a la presunción de inocencia, en consonancia con la doctrina europea. La sentencia analiza una práctica fiscal común y desde hace años objeto de persecución por parte de la Agencia Tributaria: la constitución de sociedades por profesionales (como abogados, asesores, artistas, entre otros) con el fin de canalizar a través de ellas los ingresos de su actividad personal. Este mecanismo permite tributar por el Impuesto sobre Sociedades (IS), que suele tener un tipo impositivo inferior al máximo del IRPF, obteniendo así un ahorro fiscal. Cuando Hacienda detecta este tipo de estructuras, las considera "operaciones simuladas" y atribuye los ingresos directamente a la persona física. La principal aportación de este fallo radica en la forma de calcular la sanción impuesta al socio. El Supremo reitera la doctrina ya establecida en su sentencia de 8 de junio de 2023, aunque la matiza: solo procede aplicar una compensación en la base de la sanción cuando la Administración no haya efectuado una "doble regularización". Es decir, si Hacienda no ha descontado previamente de la base imponible de la sociedad los ingresos que ahora atribuye al socio, deberá hacerlo para evitar un castigo excesivo. De lo contrario, el contribuyente estaría siendo sancionado dos veces por el mismo ingreso: una en la sociedad y otra en su ámbito personal. De forma especialmente relevante, el Supremo se apoya en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos -en particular, en la sentencia del caso Saquetti Iglesias c. España- para reforzar las garantías del contribuyente. El tribunal reconoce que, en este tipo de casos, puede existir vulneración del principio de presunción de inocencia recogido en el artículo 24 de la Constitución. Esto significa que la Administración no puede imponer sanciones automáticas basándose únicamente en la existencia de una sociedad interpuesta; debe demostrar de forma clara y motivada la existencia de dolo o intención de defraudar. Esta exigencia refuerza el derecho de defensa del afectado y mejora el control judicial sobre las sanciones impuestas por Hacienda. Por último, la sentencia aclara la relación entre los procedimientos administrativos sancionadores y los procesos penales por delito fiscal. El Tribunal Supremo determina que no se infringe el principio non bis in idem (no ser sancionado dos veces por los mismos hechos) cuando ambos procedimientos se refieren a ejercicios fiscales diferentes, aunque la conducta sea similar. De este modo, un contribuyente puede ser investigado penalmente por un ejercicio y, a la vez, sometido a una sanción administrativa por otro distinto, sin que ello suponga una duplicidad de castigo. Esta precisión aporta mayor seguridad jurídica al definir con claridad los límites entre la vía administrativa y la penal.

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(Expansión, 05-11-2025) | Fiscal

El Consejo de Ministros ha dado da luz verde a la norma que aliviará las exigencias contables a las pymes

Un respiro contable para las pequeñas y medianas empresas. Después de recibir los informes favorables -aunque con ciertos matices- del Consejo Económico y Social (CES) y de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), el Consejo de Ministros aprobó este martes el anteproyecto de ley que modifica los criterios de tamaño empresarial. La medida eleva los umbrales de balance y facturación para adaptarlos a la inflación registrada en 2021 y 2022, con el objetivo de aliviar las cargas informativas, administrativas y económicas que soportan miles de compañías. Esta reforma, que responde a la obligación de transponer una directiva europea de 2023, permitirá que numerosas empresas actualmente clasificadas como medianas pasen a ser consideradas pequeñas a efectos contables, lo que les supondrá un alivio frente a la creciente presión burocrática y regulatoria. Según el Ministerio de Economía, la futura ley elevará los límites de activos y de volumen de negocio "para que más empresas puedan acogerse al régimen simplificado de información financiera (modelos abreviados), reduciendo sus cargas administrativas y favoreciendo un entorno empresarial más eficiente". En concreto, se considerarán pequeñas aquellas empresas con un balance total que no supere los 7,5 millones de euros -frente a los 4 millones actuales- y una facturación que no exceda los 15 millones de euros, frente a los 8 millones vigentes. Gracias a esta modificación, unas 5.800 empresas podrán beneficiarse del modelo abreviado de información corporativa. Además, el anteproyecto contempla un aumento del 25% en los límites que determinan la obligatoriedad de auditar las cuentas. Así, quedarán exentas de auditoría las compañías con activos de hasta 3,56 millones de euros (actualmente 2,85 millones) o una cifra de negocios inferior a 7,12 millones (en lugar de 5,7 millones). Esto implicará que, una vez aprobada la ley en el Congreso, unas 4.300 empresas dejarán de estar obligadas a auditar sus cuentas. Se trata de la primera revisión de estos umbrales desde 2013. No obstante, la norma no atiende una de las principales demandas del tejido empresarial: elevar los límites relativos al número de empleados. Alcanzar o superar los 50 trabajadores seguirá implicando un aumento significativo de obligaciones administrativas y regulatorias, lo que muchos empresarios denominan la "maldición del empleado 50", un obstáculo que frena el crecimiento de las pymes en España, donde predominan los pequeños negocios y micropymes. La ley mantiene, por tanto, los actuales tramos de clasificación: empresas pequeñas hasta 50 trabajadores; medianas entre 50 y 250 empleados (con el límite de activos ampliado de 20 a 25 millones y el de facturación de 40 a 50 millones); y grandes empresas por encima de esos valores. El Gobierno defiende que esta reforma, respaldada por patronales como Cepyme y Pimec, reducirá las cargas administrativas y permitirá destinar más recursos a inversión, digitalización y creación de empleo, fortaleciendo así la competitividad empresarial. Sin embargo, algunos expertos advierten que este alivio podría afectar a la transparencia y a la calidad de la información financiera, abriendo la puerta a un mayor riesgo de fraude. En esta línea se pronunció el presidente del Registro de Economistas Auditores, Emilio Álvarez, quien alertó de que una menor fiscalización puede deteriorar la confianza de los accionistas y los mercados. Los auditores de cuentas también han mostrado su preocupación, advirtiendo a través del Instituto de Censores Jurados de Cuentas que la exclusión de miles de empresas del deber de auditoría podría perjudicar la lucha contra la economía sumergida, la protección de los inversores minoritarios y la viabilidad de muchos pequeños despachos de auditoría. En su informe sobre el anteproyecto, emitido el pasado agosto, la CNMC avaló la reforma, aunque recomendó tomar medidas para evitar que las empresas ofrezcan una menor fiabilidad financiera ante inversores y terceros.

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(El Economista, 05-11-2025) | Fiscal

Tributos rechaza que los asistentes que heredan de las personas que cuidan puedan aplicar deducciones

La Dirección General de Tributos (DGT) ha determinado que los cuidadores que terminan siendo herederos de las personas a las que atendían no pueden aplicar reducciones fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para disminuir el pago del tributo. En una consulta fechada el 15 de septiembre, el organismo dependiente del Ministerio de Hacienda aclara que, aunque entre el cuidador y la persona atendida pueda surgir un vínculo socioafectivo fuerte, semejante al de una familia, a efectos fiscales el cuidador sigue considerándose un "extraño". Por ello, no puede beneficiarse de las deducciones reservadas a los familiares directos. La respuesta de Tributos se da ante el caso de una mujer que cuidó durante años a una persona mayor, con quien mantuvo una relación estable, cercana y de confianza, llegando incluso a actuar como apoderada legal de la misma. Tras su fallecimiento, la cuidadora fue nombrada heredera universal. El organismo recuerda que, salvo que las comunidades autónomas establezcan otras reducciones, las bonificaciones del impuesto de Sucesiones se aplican conforme a los grupos de parentesco definidos por la ley: Grupo I: descendientes menores de 21 años, con una reducción de 15.956 euros, más 3.990 euros por cada año que falte para alcanzar esa edad, hasta un máximo de 47.858 euros. Grupo II: descendientes mayores de 21 años y cónyuges, con una reducción de 15.956 euros. Grupo III: familiares de segundo y tercer grado (hermanos, primos, sobrinos...), con una reducción de 7.993 euros. Grupo IV: familiares de cuarto grado y personas sin parentesco, sin derecho a reducción alguna. Finalmente, la DGT subraya que, conforme a la Ley General Tributaria, no puede aplicarse la analogía para extender los beneficios fiscales más allá de los supuestos previstos expresamente por la norma. Por tanto, concluye que la cuidadora no ostenta ningún grado de parentesco con la causante, y no puede acogerse a ninguna reducción en el impuesto.

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(Expansión, 05-11-2025) | Laboral

El Gobierno sondea la subida de sueldo para los 3,5 millones funcionarios

La presión ejercida por los sindicatos en los últimos días, mediante diversas movilizaciones para reclamar al Gobierno el inicio de las negociaciones sobre el nuevo marco de incrementos salariales para los funcionarios, ha obligado al Ministerio de Función Pública a reaccionar. El departamento encabezado por Óscar López ha citado hoy a los sindicatos CSIF, UGT y CCOO para abrir el diálogo sobre la próxima evolución de las retribuciones de los 3,5 millones de empleados públicos. Este nuevo marco deberá incluir la subida correspondiente a 2025, ya que el único incremento aplicado hasta ahora -un 0,5% aprobado a comienzos del verano- se derivaba de las condiciones pactadas en el acuerdo marco 2022-2024, tras superarse los límites de inflación establecidos para dicho periodo. En consecuencia, no se ha aplicado todavía la subida específica para 2025, lo que ha provocado el descontento generalizado entre las organizaciones sindicales. A este malestar se sumaron las declaraciones del ministro Óscar López, quien vinculó la nueva revalorización salarial a la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado, lo que intensificó las protestas. Desde CSIF, el sindicato mayoritario, señalan que "la movilización responde también a la necesidad urgente de proteger el Estado del Bienestar, amenazado por el deterioro progresivo de los servicios públicos". Además, advierten que, si no se alcanza un acuerdo antes de que termine el año, convocarán una huelga en diciembre. "La situación es plenamente conocida por el Gobierno", afirma la organización dirigida por Miguel Borra, que alerta sobre "el deterioro de lo público, que está generando consecuencias preocupantes y un aumento de la tensión social", especialmente visible en sectores como la Sanidad, la Educación o los Servicios Sociales. En la mesa de negociación, los sindicatos también pondrán de relieve la falta de personal y el envejecimiento de las plantillas. Las tres principales centrales sindicales recuerdan a las Administraciones Públicas que "son necesarios cambios profundos para transformar y modernizar los servicios públicos", empezando por recuperar lo perdido en las últimas dos décadas. Por ello, reclaman garantizar subidas salariales, mejorar el empleo público y las condiciones laborales de más de tres millones y medio de trabajadores del sector. Según cálculos de CSIF, desde los recortes de 2010 los empleados públicos han perdido más del 20% de su poder adquisitivo. Cabe señalar que, con el reconocimiento del 0,5% pendiente desde enero de 2025, el Gobierno tuvo que abonar 18 meses de atrasos, ya que la revalorización tenía carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024. Considerando que el salario medio del personal público asciende a 3.026 euros mensuales en doce pagas, según el INE, el pago adicional por los atrasos alcanzó los 272 euros por trabajador.

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