(Expansión, 29-07-2025) | Laboral

El último Consejo de Ministros antes del parón veraniego trae consigo una nueva ampliación de los permisos para facilitar la conciliación entre la vida laboral y familiar. En concreto, fruto de un acuerdo entre el PSOE y Sumar -recogido en el pacto de Gobierno para la legislatura actual-, el permiso por nacimiento de hijo para madres y padres se amplía de 16 a 17 semanas. Además, dentro del permiso parental de 8 semanas no remuneradas para el cuidado de hijos menores de ocho años, se incorporan ahora dos semanas que sí serán retribuidas.

Con esta medida, el Gobierno aprovecha el cierre del periodo legislativo antes del verano para sacar adelante una serie de iniciativas de carácter social contempladas en el pacto de investidura firmado por el presidente Pedro Sánchez y la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz. Sin embargo, esta ampliación queda por debajo de los objetivos iniciales que ambas formaciones se habían marcado.

El acuerdo original preveía aumentar los permisos de maternidad y paternidad hasta 20 semanas, aunque finalmente se quedan en 17. Igualmente, se aspiraba a que cuatro de las ocho semanas del permiso parental fueran retribuidas; por ahora serán únicamente dos. Estas dos se añaden a las ocho no remuneradas que ya contempla el Estatuto de los Trabajadores.

Así, el permiso por nacimiento para progenitores pasa a tener una duración total de 17 semanas. Las seis primeras seguirán siendo obligatorias e ininterrumpidas tras el parto, mientras que las 11 semanas restantes podrán disfrutarse de manera flexible -seguidas o en periodos separados- durante los doce meses posteriores al nacimiento. Esta prestación está dirigida tanto a trabajadores por cuenta ajena como autónomos, siempre que estén dados de alta y cumplan con los periodos mínimos de cotización exigidos.

No obstante, se aplican ciertas excepciones según la edad. Para menores de 21 años no se exige un mínimo de cotización. Para trabajadores de entre 21 y 25 años, se requiere haber cotizado 90 días en los siete años previos al permiso o 180 días en total en su vida laboral. Para quienes tengan 26 años o más, el requisito sube a 180 días en los últimos siete años o 360 días a lo largo de su carrera profesional.

La prestación económica la asume la Seguridad Social, mientras que las empresas deben conservar el puesto de trabajo del empleado y seguir cotizando durante su ausencia. El subsidio equivale al 100% de la base reguladora, que se calcula en función de la base de cotización del mes anterior al previo al nacimiento, dividida entre los días correspondientes.

En cuanto al permiso parental, se mantiene la duración de ocho semanas utilizables hasta que el menor cumpla ocho años. La novedad es que dos de esas semanas estarán retribuidas, y el abono correrá a cargo del Estado como prestación social, también equivalente al 100% de la base reguladora del trabajador. La empresa, por su parte, deberá conservar el empleo y seguir cumpliendo con las obligaciones de cotización.

Otra novedad es que las dos semanas retribuidas del permiso parental tendrán efecto retroactivo desde agosto de 2024, en cumplimiento de la normativa europea -la Directiva (UE) 2019/1158-, cuyo plazo de adaptación venció en ese mes. Finalmente, se amplía también el permiso por nacimiento en familias monoparentales, que pasa de 26 a 32 semanas, de las cuales cuatro podrán disfrutarse hasta que el menor cumpla ocho años.

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