(El Economista,25-03-2026) | Fiscal

El PP reclama deflactar el IRPF para los afectados por la subida de las hipotecas

El Partido Popular no tiene asegurado su respaldo a la primera fase del plan anticrisis -separada de las medidas relativas a vivienda- que se debatirá este jueves en el Congreso. Desde la dirección del partido consideran que las propuestas del Gobierno se quedan cortas, especialmente en el ámbito fiscal, al no contemplar medidas como la deflactación de los tramos del IRPF. A nivel estatal, esta medida no se ha aplicado ni siquiera en los momentos más duros de la inflación provocada por la guerra en Ucrania. En este sentido, el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, señaló recientemente que un contribuyente medio soporta unos 3.000 euros adicionales en el IRPF debido al efecto de la inflación. Fuentes del partido apuntan a que esta actualización de los tramos debería centrarse, sobre todo, en quienes están más afectados por la subida del euríbor, una de las consecuencias indirectas del conflicto en Oriente Próximo, que encarece las hipotecas. Según sus análisis, gran parte de la clase media española se encuentra en esta situación. Asimismo, el PP defiende que el plan del Ejecutivo debería ampliar las rebajas fiscales más allá de las ayudas vinculadas a carburantes, electricidad, gas o transición energética. Como ya propuso en años anteriores, el partido insiste en la necesidad de actuar también sobre la fiscalidad de los productos básicos de la cesta de la compra. Feijóo subrayó que el precio de los alimentos ha aumentado más de un 40% y recordó que su formación ya ha planteado reducir el IVA de la carne y el pescado al tipo superreducido del 4%, frente al 10% actual, así como aplicar un tipo del 0% a los productos frescos. Ante lo que consideran margen de mejora en el decreto aprobado recientemente por el Gobierno, los populares animan al Ejecutivo a reconsiderar su propuesta y abrir un periodo de negociación, señalando que aún hay tiempo antes de su votación. No obstante, si finalmente el texto se somete a votación este jueves, el partido decidirá su posición en ese momento, sin haberla adelantado por ahora. El líder del PP ha explicado que su propuesta de rebajar el IRPF -incluida en el paquete presentado el pasado 9 de marzo- tiene como objetivo aliviar la carga fiscal de los ciudadanos y facilitar que puedan afrontar mejor sus gastos mensuales.

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(El Periódico, 25-03-2026) | Fiscal

Junts votará a favor del decreto anticrisis si el PSOE respalda su propuesta sobre autónomos

Míriam Nogueras ha confirmado que su grupo respaldará el real decreto destinado a hacer frente a los efectos de la guerra en Irán, aunque ese apoyo no es incondicional. La portavoz de Junts per Catalunya ha señalado que su voto favorable dependerá de que el PSOE respalde también una proposición no de ley presentada por su formación. En ella se plantea eliminar el IVA para los autónomos con ingresos inferiores a 85.000 euros anuales, en línea con la directiva europea 2020/285. La formación independentista tuvo un papel clave en la configuración del decreto anticrisis aprobado recientemente por el Gobierno, al lograr incorporar buena parte de sus propuestas fiscales. Estas medidas proceden de un documento con 22 iniciativas que el partido liderado por Carles Puigdemont registró semanas atrás en el Congreso. Entre ellas figuran la reducción del IVA en carburantes, electricidad y gas, rebajas en impuestos energéticos, la suspensión temporal de determinados gravámenes o ayudas a sectores con alto consumo eléctrico. Según fuentes del partido, estos compromisos se cerraron tras una conversación entre la portavoz parlamentaria y el ministro Félix Bolaños antes del Consejo de Ministros extraordinario. En ese contacto, Nogueras habría dejado claro que el apoyo de su grupo dependía de la inclusión de estas medidas, que previamente el Ejecutivo había rechazado. Además, la dirigente de Junts se mostró contraria a aceptar iniciativas intervencionistas en materia de vivienda, como limitaciones a los precios del alquiler o prórrogas obligatorias de contratos. Este desacuerdo contribuyó a tensiones dentro del Gobierno de coalición, especialmente entre el PSOE y los ministros de Sumar, lo que acabó provocando ajustes en el contenido del decreto para lograr su aprobación. A pesar de ello, el respaldo definitivo de Junts aún no está garantizado. El partido condiciona su voto a que el Ejecutivo apoye su propuesta sobre el IVA de los autónomos. Desde la formación advierten de que, si no obtienen ese apoyo, será complicado que respalden otras iniciativas. La propuesta se debatirá previamente, lo que permitirá anticipar la postura del Gobierno antes de la votación clave en el Congreso. Con esta estrategia, Junts busca aliviar la presión fiscal sobre autónomos y clases medias, vinculando su apoyo al decreto a medidas que reduzcan la carga tributaria de estos colectivos.

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(El Confidencial, 25-03-2026) | Fiscal

ICAM pide a Ayuso blindar al abogado en la ley contra los excesos de Hacienda

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, anunció hace casi tres años una iniciativa legislativa orientada a frenar lo que consideraba excesos de la Hacienda autonómica. Desde entonces, el proyecto ha seguido desarrollándose dentro del Ejecutivo regional hasta que, a comienzos de 2025, inició su recorrido parlamentario. El anteproyecto de la Ley de Defensa del Contribuyente, impulsado por el Gobierno madrileño a través de su área económica, pretende reforzar las garantías fiscales de los ciudadanos. Entre sus medidas se incluyen la simplificación de trámites, la creación de una carpeta fiscal digital para gestiones en línea y la posibilidad de que la Administración pida disculpas de forma oficial cuando un contribuyente gane un litigio frente a la Hacienda regional. Sin embargo, durante el periodo de información pública, el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid ha planteado que el concepto de "contribuyente" resulta demasiado limitado. En sus alegaciones, el organismo presidido por Eugenio Ribón propone sustituirlo por una noción más amplia, como la de "obligados tributarios", con el fin de que la protección legal se extienda también a profesionales que representan a los ciudadanos ante la Administración. La intención es que abogados y asesores fiscales queden igualmente amparados cuando actúan en defensa de terceros. Según el Colegio, centrarse únicamente en el contribuyente supone una restricción injustificada, ya que en la relación jurídico-tributaria intervienen otros actores que también necesitan garantías. Por ello, sugiere emplear fórmulas más inclusivas que abarquen a todos los implicados en este tipo de relaciones. Más allá de esta cuestión, el ICAM también cuestiona el enfoque general del anteproyecto. Considera que se da demasiada importancia a los servicios de información y asistencia, dejando en segundo plano los procedimientos tributarios, que es donde se originan la mayoría de conflictos, como inspecciones, comprobaciones o sanciones. Entre sus propuestas, destaca la necesidad de reforzar la seguridad jurídica de las consultas tributarias, asegurando su carácter vinculante y evitando cambios de criterio que puedan perjudicar a los ciudadanos. El Colegio advierte de que permitir a la Administración apartarse de sus propias interpretaciones alegando diferencias en los hechos podría vaciar de contenido estas garantías. Asimismo, subraya la importancia de mejorar la respuesta administrativa cuando no se contestan consultas en plazo, ya que esto genera incertidumbre, especialmente si posteriormente se derivan sanciones. Otro de los aspectos novedosos que introduce el ICAM es la incorporación de mecanismos de mediación para resolver discrepancias técnicas antes de que lleguen a los tribunales. En este sentido, plantea que la futura Oficina de Defensa del Contribuyente asuma un papel activo como intermediaria, promoviendo soluciones consensuadas entre la Administración y los ciudadanos. El Colegio también aboga por reforzar la independencia de este organismo, proponiendo que su dirección recaiga en una persona externa a la Administración tributaria y con experiencia acreditada. Además, sugiere que esta oficina pueda formular recomendaciones ante quejas ciudadanas y que las autoridades estén obligadas a justificar sus decisiones cuando no las sigan. Estas propuestas han sido elaboradas por especialistas en derecho tributario del ICAM y su centro de mediación, bajo la coordinación de Roberta Poza. Según explican, el objetivo es contribuir a que la futura ley establezca un equilibrio real entre la actuación de la Administración y la protección de los derechos de los ciudadanos, garantizando al mismo tiempo la lucha contra el fraude y el respeto a las garantías jurídicas.

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(El País, 25-03-2026) | Laboral

Trabajo dice que seguirá adelante pero con retoques con la tramitación del registro horario pese al dictamen desfavorable del Consejo de Estado

El informe negativo del Consejo de Estado sobre el refuerzo del registro horario impulsado por Yolanda Díaz no altera los planes del Ministerio de Trabajo. El departamento mantiene su intención de continuar con la tramitación del decreto prácticamente sin cambios de fondo y confía en llevarlo al Consejo de Ministros en su forma actual. Aunque se muestran abiertos a ajustes técnicos, descartan modificar aspectos esenciales o reabrir la negociación, pese al rechazo de las patronales y al respaldo de los sindicatos. Precisamente UGT y CC OO han manifestado su preocupación por el contenido del dictamen y han mostrado su desacuerdo con sus conclusiones en un comunicado conjunto. Esta iniciativa representa la alternativa del Ministerio tras el fracaso parlamentario de la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales. El objetivo es imponer un sistema de registro horario digital obligatorio y accesible para la Inspección de Trabajo. En un principio también se contemplaba endurecer las sanciones por incumplimientos, pero esa medida se descartó al requerir cambios legislativos y el respaldo del Parlamento. El Ministerio sostiene que el resto de medidas pueden aprobarse mediante un reglamento, sin necesidad de trámite parlamentario, algo que el Consejo de Estado cuestiona en su informe. Esta discrepancia, que también ha sido señalada por la CEOE, podría facilitar futuras impugnaciones judiciales por parte de las organizaciones empresariales. Por ahora, la patronal no se ha pronunciado oficialmente sobre el dictamen. Los sindicatos, en cambio, sí han reaccionado con contundencia. Consideran incomprensible que, ante el elevado volumen de horas extra no remuneradas -que cifran en cuatro de cada diez-, se introduzcan obstáculos que puedan perpetuar situaciones de incumplimiento. A su juicio, el actual sistema de registro, vigente desde 2019, ha demostrado ser insuficiente. Además, recuerdan que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido que los sistemas de control horario deben ser objetivos, fiables y accesibles, condiciones que, según los sindicatos, no se cumplen plenamente en España. Mientras que la normativa actual permite registros en papel, la propuesta del Ministerio obligaría a utilizar sistemas digitales, lo que reforzaría el control y dificultaría posibles manipulaciones. En materia de protección de datos, UGT y CC OO critican especialmente la postura del Consejo de Estado. Consideran que se está poniendo el foco en proteger a las empresas en lugar de a los trabajadores, al limitar el acceso de la Inspección a la información. Incluso plantean que, siguiendo ese razonamiento, también se podría restringir el acceso de la Inspección de Hacienda a la contabilidad empresarial. Ambos sindicatos instan al Gobierno a seguir adelante con la reforma, reforzando su eficacia y garantías. Por su parte, el Ministerio de Trabajo insiste en que no necesita someter de nuevo el texto al Consejo de Estado antes de su aprobación en el Consejo de Ministros. Antes de llegar a esa fase, el decreto deberá pasar por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, bajo la responsabilidad de Carlos Cuerpo, cuyo departamento ha mostrado reservas sobre la medida. El dictamen recoge numerosas objeciones tanto de Economía como de Función Pública y de la Agencia Española de Protección de Datos. A pesar de estas críticas, Yolanda Díaz ha reafirmado su intención de continuar con la reforma, defendiendo que existen millones de horas extra no pagadas cada semana que deben regularizarse. Por su parte, Carlos Cuerpo ha evitado confrontar directamente, mostrando coincidencia en los objetivos de la medida, aunque ha subrayado la necesidad de aplicarla de forma equilibrada, especialmente teniendo en cuenta la realidad de las pequeñas y medianas empresas.

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(Cinco Días, 25-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El euríbor se dispara y roza el 3%, su nivel más alto en año y medio

El Consejo de Estado ha concluido que no es adecuado aprobar el real decreto planteado sobre el refuerzo del registro horario, una norma con la que el Ministerio de Trabajo pretende rescatar parte de su proyecto para reducir la jornada laboral. El dictamen, aprobado la semana pasada y al que ha tenido acceso la prensa, es muy crítico con la propuesta. Aunque valora positivamente su objetivo -evitar las horas extra no remuneradas mediante un sistema digital accesible para la Inspección-, considera que presenta importantes carencias. Entre los principales reproches, el órgano consultivo señala que no se ha evaluado correctamente el impacto económico de la medida, que invade competencias propias de una ley pese a tratarse de un reglamento, que no se adapta a las particularidades de distintos sectores y que no garantiza adecuadamente la protección de datos de los trabajadores. Además, el dictamen, que no es vinculante, incorpora críticas de otros organismos públicos como los ministerios de Economía y Función Pública o la Agencia Española de Protección de Datos. Desde el Ministerio de Trabajo han rechazado estas objeciones, defendiendo que la medida busca asegurar el cumplimiento de la normativa laboral y evitar que algunas empresas obtengan ventajas competitivas incumpliendo la ley y no pagando las horas extraordinarias. El Consejo de Estado también cuestiona la memoria de impacto normativo, al considerar que no analiza de forma adecuada las consecuencias para las empresas. Recuerda que el sistema digital sería obligatorio para más de un millón de compañías y califica de poco realista la afirmación de que no supondrá una carga significativa. A su juicio, una iniciativa de este alcance debería someterse a una tramitación más amplia. En este sentido, advierte de que el sistema implicará costes relevantes, ya que requerirá adquirir licencias, conexión permanente a la red y disponibilidad continua. El propio organismo estima un impacto inicial cercano a los 867 millones de euros anuales, sin incluir gastos adicionales como implantación, formación o mantenimiento. Por ello, considera que no se corresponde con la realidad empresarial afirmar que la medida no tendrá efectos relevantes en la economía. Asimismo, critica la ausencia de un cálculo detallado del impacto presupuestario para las administraciones públicas, en línea con las observaciones realizadas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, que prevé un coste elevado que no ha sido debidamente evaluado. El dictamen también recoge las reservas del Ministerio de Economía, que, si bien respalda el objetivo de la norma, considera que su aplicación requiere un periodo transitorio más amplio y medidas que reduzcan el impacto en las pequeñas y medianas empresas. Además, advierte de que imponer un sistema uniforme no tiene en cuenta las particularidades de determinados sectores. El propio Consejo de Estado coincide con este análisis y señala que existen actividades con características específicas -como la portería de fincas, el transporte ferroviario o la hostelería- en las que no resulta adecuado implantar un sistema digital único. Por ello, plantea que el futuro decreto no se aplique a ciertos regímenes especiales de jornada. En materia de protección de datos, el informe es especialmente crítico. Al igual que la Agencia Española de Protección de Datos, considera que la propuesta no garantiza suficientemente el uso adecuado de la información ni cuenta con una base jurídica sólida. Subraya que no basta con afirmar que solo accederán a los datos personas autorizadas, sino que es necesario establecer mecanismos concretos que lo aseguren. Además, el Consejo señala que el proyecto no aclara aspectos esenciales, como si se utilizarán sistemas biométricos o qué tipo de datos se recopilarán y cómo se gestionarán. Critica que se pretenda implantar un modelo digital que aún no está definido técnicamente ni cuenta con requisitos claros. En conclusión, el organismo considera que la información aportada por el Ministerio de Trabajo es insuficiente para justificar la norma, especialmente porque afecta a un derecho fundamental como la intimidad de los trabajadores. Añade que la protección frente a posibles riesgos no puede basarse en declaraciones genéricas, sino en una definición detallada del sistema, de los accesos y de los datos que se recogerán.

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(Cinco Días, 25-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Bruselas prohibirá a los bancos vender productos financieros con comisiones injustificadas

La Unión Europea ha decidido endurecer su postura frente al sector bancario. Las instituciones comunitarias han alcanzado un acuerdo para establecer un nuevo marco normativo destinado a limitar el cobro de comisiones consideradas excesivas o injustificadas en la comercialización de productos financieros, como fondos de inversión, servicios de gestión de carteras o seguros de ahorro. El Parlamento Europeo y el Consejo han fijado las bases de la nueva Estrategia de Inversión Minorista (RIS), una iniciativa que podría transformar profundamente el sector y que algunas entidades interpretan como un intento de control de precios. El acuerdo político se cerró el 18 de marzo, tras varias rondas de negociación entre el Parlamento, el Consejo y la Comisión Europea. Aunque aún debe ser ratificado formalmente en los próximos meses, el texto introduce cambios relevantes en la forma en que se venden estos productos, con el objetivo de reforzar la protección de los inversores particulares. El principio central de esta normativa es que las comisiones deben estar justificadas por un valor real para el cliente. Es decir, si el inversor paga, debe recibir una contraprestación clara. La directiva MiFID II, en vigor desde 2018, ya intentó mejorar la comercialización de fondos entre particulares, aunque desde el sector se considera que su impacto fue más formal que estructural. Ahora, sin embargo, se anticipan cambios más profundos. Desde Bruselas se pretende acabar con la comercialización de productos con comisiones elevadas que no se correspondan con su rendimiento. Por ejemplo, no se considera justificable que un fondo de renta variable estadounidense cobre comisiones altas si obtiene resultados inferiores a los de productos similares o a índices de referencia como el S&P 500. Esta futura regulación podría afectar especialmente a los fondos de gestión activa en España, que representan la mayor parte del patrimonio gestionado. En cambio, las grandes gestoras internacionales especializadas en gestión pasiva, como BlackRock o Vanguard, podrían verse favorecidas por este nuevo entorno. Desde el sector, la asociación Inverco ha expresado su preocupación por el impacto de estas medidas, advirtiendo de que podrían imponer nuevas cargas a las entidades sin aportar beneficios claros para los inversores. También alerta de que el concepto de "valor por dinero" podría derivar en una regulación indirecta de precios, limitando la flexibilidad del mercado mediante criterios rígidos. Expertos en regulación financiera señalan que las entidades deberán comparar sus productos con otros similares utilizando criterios objetivos, como el nivel de riesgo, el horizonte de inversión, la estrategia, el mercado al que se dirigen o su enfoque en sostenibilidad. El objetivo es garantizar comparaciones fiables y transparentes. En el caso de productos de inversión vinculados a seguros, como rentas vitalicias o unit linked, se utilizarán como referencia parámetros definidos por el supervisor europeo del sector asegurador, aunque durante un periodo transitorio también podrán emplearse sistemas nacionales. Las autoridades europeas reconocen el peso de bancos y aseguradoras en la distribución de productos financieros y buscan asegurar que actúan en beneficio del cliente. Por ello, exigirán que puedan demostrar que sus productos aportan valor y que son competitivos frente a alternativas del mercado. Uno de los puntos más controvertidos son las llamadas retrocesiones, comisiones que reciben los bancos por distribuir productos de terceros. Este sistema puede generar conflictos de interés, ya que una parte significativa de las comisiones pagadas por el cliente termina en manos de la entidad distribuidora. Aunque en el pasado se planteó su prohibición, finalmente no se ha llevado a cabo. Con la nueva normativa, Bruselas pretende vigilar más de cerca estos incentivos para evitar que influyan en las recomendaciones a los clientes. Desde el sector, sin embargo, se advierte de que la regulación podría dar lugar a interpretaciones distintas entre países, lo que dificultaría la integración del mercado europeo de capitales.

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(El País, 25-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El mercado de la vivienda reduce la velocidad en enero con una caída del 5% en las ventas

Las previsiones para 2026 ya apuntaban a una moderación del mercado inmobiliario, debido a una tensión que sigue presente y que acabaría afectando a las compraventas. Los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística correspondientes a enero confirman esa tendencia: durante ese mes se cerraron 57.489 operaciones, un 5% menos que en el mismo periodo del año anterior. Aun así, se trata de la segunda cifra más alta para un mes de enero desde 2008. En paralelo, la firma de hipotecas mostró fortaleza, con 40.273 préstamos concedidos, un 6,3% más interanual y el volumen más elevado desde 2011. Pese al ligero descenso frente a 2025, el inicio de 2026 sigue mostrando dinamismo. Los datos reflejan que el sector inmobiliario mantiene un buen ritmo, aunque será complicado igualar los niveles alcanzados el año pasado, cuando se registraron más de 752.000 compraventas, el mayor volumen desde 2007. A partir de ahora, uno de los factores clave será el impacto del conflicto en Irán, que podría encarecer tanto los materiales de construcción como el euríbor, referencia principal de las hipotecas variables. No obstante, los datos de enero -y previsiblemente los de febrero- aún no recogen los efectos de esta situación, aunque el sector ya muestra inquietud por su posible repercusión en los precios. Las operaciones registradas en enero suponen unas 3.000 menos que las del mismo mes de 2025. Por tipología, se vendieron 13.573 viviendas nuevas y 43.916 de segunda mano; además, 53.364 fueron libres y 4.125 protegidas. Aunque estas cifras mejoran las de diciembre, quedan por debajo de las del enero anterior. Aun así, hay que remontarse a 2008 para encontrar un inicio de año con mayor actividad. Por territorios, el comienzo del año ha sido más débil en algunas zonas con mayor presión en el mercado. Canarias lidera las caídas con un descenso del 21% en las compraventas, seguida de Madrid (-19,65%). También destacan los retrocesos en Asturias (-14,72%) y Castilla-La Mancha (-12,63%), regiones donde hasta ahora no se habían observado signos claros de enfriamiento. El elevado número de hipotecas firmadas también se sitúa entre los niveles más altos desde que hay registros. Para encontrar una cifra superior en un mes de enero hay que retroceder hasta 2011. Desde entonces, solo en 2020 se superaron nuevamente las 40.000 operaciones, situándose cifras similares a las actuales. El aumento continuado de los precios de la vivienda ha provocado que el importe medio de los préstamos también crezca. En enero se situó en 165.677 euros, un 8,6% más que un año antes. Sin embargo, el tipo de interés medio fue del 2,87%, ligeramente inferior al de enero de 2025, lo que supone un alivio relativo para los compradores. En cuanto a la modalidad de financiación, las hipotecas a tipo fijo siguen predominando, representando el 66,7% del total, frente al 33,3% de las variables, ampliando la diferencia respecto al año anterior. No obstante, el contexto internacional, especialmente la situación en Irán, podría influir en esta tendencia, ya que episodios de inestabilidad suelen provocar subidas del euríbor, encareciendo los préstamos variables. De hecho, el 10 de marzo este indicador alcanzó el 2,552% tras un repunte significativo, el mayor registrado en los últimos 18 años.

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(El Economista, 25-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El acuerdo comercial con Australia permitirá eliminar las barreras arancelarias por valor de 1.000 millones de euros al año

La Unión Europea sigue avanzando en su política de diversificar sus socios comerciales tras las tensiones surgidas con Estados Unidos desde la llegada de Donald Trump a la Casa Blanca. En este contexto, la Comisión Europea ha cerrado un acuerdo de libre comercio con Australia después de una década de negociaciones, que permitirá suprimir aranceles valorados en unos 1.000 millones de euros anuales. Este pacto se anuncia apenas un día después de que Bruselas confirmara la aplicación del acuerdo con los países del Mercosur a partir del 1 de mayo. En el caso australiano, el acuerdo prevé la eliminación del 99% de los aranceles, lo que supondrá un importante ahorro en costes aduaneros. El tratado facilitará además el acceso de las empresas europeas al mercado de servicios australiano, incluyendo sectores como telecomunicaciones y finanzas, así como a contratos públicos. También fija normas para el intercambio de datos entre ambas regiones y refuerza las cadenas de suministro de materias primas estratégicas, reduciendo barreras y fomentando la inversión. Este último aspecto resulta especialmente relevante para la UE, dado que China domina la producción mundial de tierras raras y las relaciones con el país asiático atraviesan un momento delicado. Australia, por su parte, es un proveedor clave de recursos como litio, aluminio, magnesio, cobre, cobalto o níquel, fundamentales para la competitividad industrial. El acuerdo busca precisamente asegurar el abastecimiento de estos materiales. En el ámbito agroalimentario, el pacto elimina aranceles para la mayoría de productos, como quesos, preparados cárnicos, vinos espumosos o productos derivados de frutas y verduras, incluyendo chocolate y azúcar. Actualmente, la UE mantiene un superávit en este sector de unos 2.300 millones de euros. No obstante, el acuerdo también contempla medidas de protección para sectores sensibles de la agricultura europea, como la carne de vacuno y ovino, el azúcar, algunos lácteos y el arroz, mediante cuotas o limitaciones a las importaciones. Asimismo, se garantiza la protección de 165 denominaciones de origen y 231 bebidas espirituosas, entre ellas productos emblemáticos como el queso Manchego o el whiskey irlandés. También se amplía el listado de vinos protegidos en Australia, que alcanza los 1.600, con nuevas incorporaciones. Las previsiones apuntan a que este acuerdo podría impulsar las exportaciones europeas hasta en un 33% en la próxima década, alcanzando los 17.700 millones de euros anuales. Sectores como los lácteos, la automoción o la industria química presentan un alto potencial de crecimiento. Además, la inversión europea en Australia podría incrementarse en más de un 87%. En el sector del automóvil, Australia eliminará completamente las restricciones de acceso para turismos, aunque algunas tasas para vehículos pesados se retirarán de forma progresiva. También se elevará el umbral fiscal para vehículos eléctricos hasta los 120.000, lo que permitirá que alrededor del 75% de estos automóviles queden exentos del impuesto de lujo. Antes de su entrada en vigor, el acuerdo deberá ser aprobado por los 27 Estados miembros y posteriormente ratificado por ambas partes. En conjunto, supone un paso significativo para la UE en su objetivo de garantizar el suministro de materias primas y reforzar su posición comercial a nivel global.

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(El Confidencial, 25-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El Supremo tumba el derecho de tanteo cuando un fondo oportunista compra una hipoteca

El Tribunal Supremo ha dictado una resolución relevante para el sector financiero al reforzar la seguridad en la compraventa de carteras de créditos dudosos con garantía hipotecaria. En concreto, el alto tribunal ha rechazado que el deudor pueda ejercer el derecho de tanteo cuando su préstamo es transmitido dentro de este tipo de operaciones, corrigiendo así el criterio mantenido previamente por la Audiencia Provincial de Barcelona. Según la sentencia, se establece doctrina que aporta mayor certidumbre a bancos y fondos especializados en la adquisición de activos deteriorados. Aunque el ordenamiento jurídico español reconoce, por tradición, la posibilidad de que el deudor iguale la oferta en créditos litigiosos para evitar prácticas especulativas, el Supremo entiende que este principio no es aplicable cuando se trata de carteras de préstamos impagados. El tribunal ya había fijado posición respecto a créditos sin garantía hipotecaria, pero quedaba por aclarar su aplicación a los hipotecarios. Hasta ahora, algunos deudores -especialmente empresas con inmuebles como garantía- recurrían a iniciar litigios sobre sus préstamos (por cuestiones como cláusulas abusivas o falta de transparencia) para convertirlos en créditos litigiosos. De este modo, intentaban acogerse al derecho de tanteo y recomprar la deuda al mismo precio reducido al que la adquirían los fondos, que suele implicar descuentos superiores al 50%, logrando así cancelar gran parte de la deuda y conservar el activo. Este tipo de prácticas generaba dudas en el mercado sobre la estabilidad de estas operaciones. El caso analizado enfrentaba a un fondo que había comprado una cartera de créditos a un banco con una empresa que reclamaba ese derecho. Tanto un juzgado de primera instancia como la audiencia provincial dieron inicialmente la razón a la compañía, pero el Supremo ha revocado esas decisiones. En su razonamiento, el alto tribunal considera que la transmisión se realiza como un conjunto unitario de activos y no como operaciones individuales separadas. Aunque los créditos estén identificados dentro de la cartera, forman parte de un único objeto de compraventa. Además, subraya que estos préstamos no tienen un precio individual autónomo, ya que el valor corresponde al conjunto de la cartera. También recuerda que este tipo de ventas responde a la necesidad de las entidades financieras de sanear sus balances, mejorar su liquidez y reducir costes asociados a activos problemáticos, objetivos que difieren de la finalidad protectora que inspira el derecho de tanteo en créditos litigiosos. La sentencia ha sido impulsada por un recurso presentado por el abogado Juan Verdugo, actualmente responsable del área de reestructuraciones en la DLA Piper. Según explica, el fallo supone un paso decisivo al cerrar el debate sobre la aplicación del retracto en este ámbito, incluso en los casos en los que los contratos incluyan precios individualizados para los créditos hipotecarios. El Supremo insiste en que la finalidad de esta figura jurídica no puede prevalecer en operaciones de venta de carteras de deuda, ya que ello pondría en riesgo el objetivo económico de permitir a las entidades desprenderse de créditos fallidos. Asimismo, destaca la importancia de interpretar de forma conjunta la normativa vigente, dado que existen leyes que obligan a detallar el precio de los créditos hipotecarios en estas transacciones, lo que no debería convertirse en un perjuicio para quienes cumplen con esa exigencia legal.

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(Expansión, 24-03-2026) | Fiscal

Hacienda avisa a las multinacionales por carta: se aproxima el pago del tipo mínimo

La Agencia Tributaria ha empezado a avisar a los grandes grupos empresariales de que dispondrán del periodo comprendido entre abril y junio para presentar las nuevas declaraciones fiscales exigidas, mientras que en julio deberán efectuar el pago correspondiente. El proceso ya está en marcha. En los últimos días, grandes compañías y multinacionales que operan en España han comenzado a recibir comunicaciones en las que se les informa de la inminente obligación de abonar, por primera vez, un nuevo impuesto adicional al de Sociedades. Este tributo busca asegurar la aplicación de un tipo mínimo global del 15%, acordado en el ámbito de la OCDE. Según indica Hacienda, las empresas afectadas tendrán desde el 30 de abril hasta el 30 de junio para remitir la información fiscal requerida, antes de proceder a la primera liquidación del impuesto durante el verano. En la notificación, la Agencia Tributaria señala que se dirige a aquellas entidades que podrían formar parte de grandes grupos, tanto nacionales como multinacionales, sujetos a este "Impuesto Complementario" vinculado al tipo mínimo global. En caso de estar incluidas, deberán cumplir con las obligaciones formales y materiales que establece esta normativa. Este nuevo gravamen en España deriva de la adaptación de una directiva europea, que a su vez responde al acuerdo internacional alcanzado en 2021 por cerca de 140 países en el seno de la OCDE. El objetivo es garantizar que las multinacionales tributen al menos un 15% sobre sus beneficios, independientemente del país donde operen. Esta medida forma parte del llamado Pilar 2 del proyecto BEPS contra la erosión de bases imponibles y el traslado de beneficios. Sin embargo, la retirada de Estados Unidos de este compromiso ha debilitado su alcance y ha complicado la puesta en marcha del Pilar 1, destinado a repartir la recaudación entre los países donde operan estas empresas. A pesar de ello, en España, el resto de Europa y la mayoría de economías avanzadas, el impuesto mínimo global comenzará a aplicarse a empresas con una facturación superior a 750 millones de euros anuales (durante al menos dos de los últimos cuatro años). En el caso español, alrededor de 140 grupos empresariales se verán afectados, y todos ellos deberán cumplir con sus obligaciones fiscales, hayan recibido o no la comunicación de Hacienda. Desde la consultora BDO aclaran que la carta tiene carácter informativo y no exige respuesta, aunque advierte de la posible sujeción de la empresa a este impuesto. Entre las obligaciones, las empresas deberán presentar nuevas declaraciones informativas. En primer lugar, las entidades en España pertenecientes a un grupo afectado deberán cumplimentar el Modelo 240, que identifica a la entidad encargada de presentar la declaración informativa. Esta obligación puede cumplirse mediante una única comunicación que incluya a todas las entidades del grupo en el país. Además, deberán presentar el Modelo 241, correspondiente a la declaración informativa del impuesto. No obstante, si la empresa matriz u otra entidad designada presenta una declaración conjunta desde España o desde un país con acuerdos de intercambio automático de información, esta obligación podría quedar cubierta. El plazo para presentar ambos modelos será del 30 de abril al 30 de junio. Posteriormente, si una empresa es la única representante del grupo en España, deberá presentar el Modelo 242 para autoliquidar el impuesto y efectuar el pago. En caso de que existan varias entidades del grupo en el país, una de ellas actuará en representación del resto, presentando tantas autoliquidaciones como contribuyentes represente. Finalmente, la Agencia Tributaria recuerda que la autoliquidación debe presentarse incluso si el resultado es cero. Asimismo, desde BDO advierten que el hecho de no haber recibido la notificación no exime a las empresas de cumplir con esta obligación fiscal.

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