(Cinco Días, 03-12-2025) | Mercantil, civil y administrativo
La industria cripto en España puede respirar más tranquila este miércoles. A pocas semanas de que se cumpla el primer año del reglamento MiCA -la normativa que regula los criptoactivos en la Unión Europea-, la ESMA ha actualizado el listado oficial de los periodos transitorios y el Ministerio de Economía ha decidido ampliar de 12 a 18 meses el plazo para adaptarse a esta regulación. De este modo, las compañías que ya operaban antes de enero de este año y aún no hayan obtenido la licencia podrán continuar funcionando hasta julio de 2026. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) gana así margen para tramitar las 24 solicitudes pendientes, 22 de proveedores de servicios cripto y dos de entidades bancarias.
Aunque MiCA fija un periodo máximo de 18 meses para que los países adapten y apliquen la normativa a los proveedores que ya operaban bajo su legislación nacional antes del 30 de diciembre de 2024, Bruselas dejó libertad a cada Estado para acortar ese tiempo si lo consideraba oportuno. La mayoría optó directamente por los 18 meses, mientras que algunos, como Polonia o Suecia, redujeron el plazo a seis y nueve meses, respectivamente.
En España, el Ministerio de Economía anunció en verano de 2023 que apostaría por un periodo de solo un año, que debía finalizar en diciembre. La entonces vicepresidenta y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, defendió que esta decisión permitiría a la CNMV comenzar a supervisar antes y contribuiría a ofrecer "seguridad jurídica y mayor protección a los inversores".
Sin embargo, para que ese plazo fuera efectivo era necesario modificar la normativa española, un trabajo que dependía del Ministerio de Economía y que nunca llegó a materializarse. Esto causó inquietud en el sector durante las últimas semanas, ya que existía el temor de que algunas empresas que operaban antes de diciembre de 2024 tuvieran que detener su actividad hasta obtener la licencia MiCA. Desde Economía señalan que finalmente se ha optado por mantener el periodo máximo para garantizar "una transición adecuada".
De haberse mantenido el límite de 12 meses a última hora, algunas firmas podrían haberse visto obligadas a parar su actividad, pese a estar inscritas en el registro del Banco de España -que supervisaba a los proveedores cripto en materia de prevención de blanqueo antes del traspaso de funciones a la CNMV- o a haber solicitado ya la licencia MiCA.
El silencio del Ministerio llevó a parte del sector a asumir que el Gobierno daría marcha atrás y ampliaría el periodo a los 18 meses previstos como máximo por MiCA. Así ha ocurrido finalmente. Aunque la industria celebra disponer de más tiempo para adaptarse, critica que Economía no formalizara a tiempo su decisión inicial mediante una norma con rango de ley. Desde el Ministerio admiten que, de haberse seguido adelante con el plazo más breve, algunas entidades habrían tenido que transferir sus clientes a compañías ya autorizadas en España o en otro país de la UE, con los riesgos y perjuicios que ello podría conllevar.
Tampoco era el mejor escenario para la CNMV, que afronta decenas de expedientes atascados y difícilmente hubiera podido resolverlos antes de final de año. El organismo ya reconoció en octubre que el proceso de concesión de licencias MiCA está siendo más complejo y lento de lo previsto, tanto por las exigencias regulatorias para los grandes proveedores como por la evolución constante del mercado y los servicios que ofrecen. "Con tantos expedientes pendientes, la CNMV también salía perjudicada. Disponer de unos meses adicionales le viene bien para poner al día todas las solicitudes", señala una fuente del sector.
Además, el supervisor se enfrentaba a la posibilidad de abrir procedimientos sancionadores a aquellas plataformas que, habiendo pedido la licencia pero sin haberla obtenido todavía, continuaran operando más allá del periodo transitorio fijado por la Comisión Europea, que concluye en julio de 2026. España no es el único país que ha ampliado el plazo inicialmente previsto. Lituania, por ejemplo, había fijado en un primer momento un periodo transitorio hasta el 1 de junio de 2025, pero finalmente lo ha extendido hasta el 30 de diciembre ante la preocupación del sector y para evitar que algunas firmas tuvieran que suspender su actividad mientras tramitaban la licencia.
Desde ESMA recuerdan que, una vez concluido el periodo transitorio, cualquier entidad que no disponga de una licencia MiCA deberá cesar su actividad en la UE y subrayan la importancia de una coordinación temprana y estrecha entre todas las partes implicadas para minimizar los efectos negativos del fin de estos periodos.