(El Economista, 07-05-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El Supremo culpa a la banca de las estafas digitales a clientes y les obliga a reponer el dinero de inmediato

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia clave sobre los fraudes bancarios que sufren los usuarios a través de internet o el móvil, determinando que son las entidades financieras las que deben asumir la responsabilidad y devolver de forma inmediata el dinero sustraído, salvo que puedan probar que el cliente actuó con negligencia grave, como por ejemplo, dejando sus claves escritas junto a la tarjeta. La resolución, fechada el 9 de abril y redactada por el magistrado Manuel Almenar Belenguer, analiza en profundidad tanto la Directiva europea sobre servicios de pago como su transposición al derecho español. En ella se establece que la única obligación del usuario es comunicar a su entidad, tan pronto como tenga conocimiento, cualquier operación no autorizada en su cuenta. Desde ese momento, salvo prueba de actuación fraudulenta o negligente del cliente, el banco debe devolver el importe sustraído de forma inmediata o, como mucho, al finalizar el siguiente día laborable. El Supremo también recuerda que son las entidades las que deben reforzar sus medidas de seguridad y establecer mecanismos más eficaces para detectar transacciones sospechosas. Se les insta a implementar sistemas automáticos que alerten de operaciones inusuales, como transferencias de gran importe, movimientos fuera del horario habitual o transacciones repetidas en poco tiempo, con el fin de activar medidas adicionales de verificación y prevenir posibles fraudes. Según el fallo, "no es razonable ni puede considerarse normal que una persona que nunca realiza operaciones de madrugada, de repente ejecute 17 transacciones consecutivas por sumas elevadas". Este pronunciamiento resuelve un caso concreto entre un cliente y su banco, en el que los ciberdelincuentes accedieron al correo electrónico de la víctima, duplicaron la tarjeta SIM del teléfono de su esposa y consiguieron extraer 83.600 euros mediante 15 transferencias y operaciones por Bizum durante la madrugada. El cliente había advertido al banco tres semanas antes sobre un posible acceso no autorizado tras recibir notificaciones de Google y varios SMS para validar movimientos. Sin embargo, la entidad no tomó ninguna medida. El banco alegó que las operaciones eran válidas porque se realizaron con una identificación aparentemente correcta, pero el Supremo desestima esta defensa. Considera que el acceso a las claves por parte de terceros no constituye, por sí solo, una negligencia grave del cliente, y subraya que aunque la filtración no sea atribuible directamente a la entidad, esto no exime al banco de su obligación de devolver el dinero, salvo que pueda acreditar que el usuario actuó con dolo o de manera especialmente imprudente.

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(El Periódico, 07-05-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El Gobierno quiere poner fin a las renovaciones automáticas sin avisar en servicios digitales

Olvidarse de cancelar a tiempo una suscripción a plataformas como Netflix, Spotify o cualquier otro servicio digital tras aprovechar una oferta inicial podría tener los días contados. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 está trabajando para que las empresas estén obligadas a notificar a sus clientes, con al menos 15 días de antelación, que su contrato se renovará automáticamente, incluso si las condiciones cambian y resultan menos favorables. Esta propuesta forma parte de una enmienda consensuada entre Sumar y el PSOE que se incorporará a la futura Ley de Atención al Consumidor, actualmente en proceso parlamentario. Aunque el texto fue aprobado hace tiempo por el Consejo de Ministros, aún debe pasar por el Congreso y el Senado, por lo que su aprobación definitiva no tiene fecha concreta. Desde el departamento que dirige Pablo Bustinduy explican que esta medida se enmarca dentro del impulso final para sacar adelante una norma que también contempla limitar los tiempos de espera en servicios telefónicos o acortar los plazos para resolver reclamaciones. El Ejecutivo quiere además facilitar el proceso para darse de baja de estas suscripciones. Según fuentes del Ministerio, las compañías deberán informar al consumidor sobre la fecha límite para cancelar la renovación automática, así como de las consecuencias de no hacerlo. El objetivo es fomentar decisiones de consumo más conscientes. Con esta medida, el consumidor podrá decidir con total claridad si desea continuar con un servicio o no, evitando así renovaciones no deseadas, especialmente en casos en los que ni siquiera recuerdan estar suscritos. "Se trata de evitar sorpresas y cargos inesperados por servicios olvidados", subrayan. La organización de consumidores Facua ha aplaudido la iniciativa, destacando que ofrecer un aviso previo da más control a los usuarios sobre sus gastos. Según su portavoz, Rubén Sánchez, esta obligación es particularmente útil en suscripciones que incluyen un período gratuito de prueba o aquellas que se renuevan de forma anual, sin que el cliente sea plenamente consciente. Además, recuerdan que muchas veces cancelar una renovación es más sencillo que solicitar la devolución de un cargo no deseado.

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(Expansión, 06-05-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El alquiler sube un 10% anual en abril y alcanza su máximo histórico

El precio del alquiler en España ha alcanzado un nuevo máximo histórico, situándose en abril en 14,3 euros por metro cuadrado, el doble de lo que se pagaba en 2014, cuando rondaba los 7,1 euros. Esto supone una subida del 10% respecto al año anterior, lo que significa que alquilar una vivienda de 80 metros cuadrados cuesta ahora unos 1.144 euros mensuales. Este incremento es muy superior al del índice de precios de consumo (IPC), que desde 2014 ha aumentado un 25,4%. El encarecimiento del alquiler responde a una combinación de fuerte demanda y escasez de oferta. El mercado de arrendamiento se encuentra más tensionado que el de compraventa, debido a que muchas personas no pueden permitirse comprar una vivienda por falta de ahorros o avales, y se ven forzadas a alquilar. A esto se suma que la oferta de viviendas en alquiler de larga duración se ha reducido en un 56% desde 2020, según datos de Idealista, en parte por la desmotivación de los propietarios ante medidas legales como las restricciones a los desahucios. Esta falta de oferta ha generado un desequilibrio que ha favorecido a los arrendadores, quienes han subido precios y endurecido condiciones, incluso en zonas periféricas o pequeños municipios, donde ahora se alquilan más rápido que antes. El alza de precios no solo se da en grandes ciudades o destinos turísticos, como era habitual. Ahora también destaca en capitales del interior que previamente estaban rezagadas. Lideran el crecimiento Castellón de la Plana (+16,2%), Santa Cruz de Tenerife (+15,2%), Ávila (+14,9%), Ciudad Real y Segovia (+13,8%). Algunas de estas, como Ciudad Real y Segovia, podrían estar recibiendo parte de la demanda desplazada desde Madrid, donde los alquileres se han encarecido notablemente. Aun así, el precio por metro cuadrado en Ciudad Real sigue siendo uno de los más bajos del país, con 7,5 euros, frente a los 21,4 euros de Madrid. Otros aumentos significativos se han registrado en Lugo (+13,4%), Barcelona (+12,5%), Valencia (+12%), Palencia (+11,8%), Madrid y León (+11,7%), Burgos (+11,2%), Oviedo (+11,1%), Zaragoza (+11%), A Coruña (+10,7%), Córdoba (+10,6%), Alicante (+10,5%) y Logroño (+10,4%). En total, la mitad de las capitales españolas han alcanzado precios máximos históricos. Solo Lleida escapa a esta tendencia, con una bajada del 2,3% en el último año.

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(El Economista, 06-05-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Las insolvencias empresariales aumentaron un 5,2% en España en el primer trimestre de 2025

La rentabilidad financiera de las empresas continúa en descenso, lo que se refleja en el aumento de las insolvencias empresariales, que crecieron un 5,2% en el primer trimestre de 2025 en comparación con el mismo periodo del año anterior. Este dato se recoge en el Informe Trimestral de Insolvencias de Solunion. De este modo, se consolida la tendencia ascendente observada al cierre de 2024, cuando las insolvencias empresariales aumentaron un 17,5%, alcanzando los 5.953 concursos. Sin embargo, a pesar de los incrementos del 13% y 12% en enero y febrero, respectivamente, en marzo se registró un leve descenso del 9%. En el informe también se resalta la importancia del nuevo procedimiento concursal, puesto en marcha en enero de 2023, que busca agilizar los procesos de insolvencia para las microempresas, aquellas con menos de 10 empleados y hasta 2 millones de euros de volumen de negocio. A través de este trámite, las microempresas pueden declararse insolventes mediante la presentación electrónica de un formulario estandarizado. "Si analizamos los datos acumulados desde la implementación de esta herramienta, su uso ha ido en aumento. En 2024, primer año completo de aplicación, se presentaron 1.096 procedimientos especiales, lo que representa un incremento de 3,5 veces con respecto a 2023, y estos procedimientos supusieron el 18,4% del total de las insolvencias", explica Lorena Coiduras, Coordinadora de Administración de Riesgos e Informes de Solunion España. Los sectores con mayor número de concursos empresariales de microempresas, que son los que más recurren a este nuevo procedimiento, fueron en 2024 los de servicios y comercio minorista, con un 35% y un 23% del total de los procedimientos especiales, respectivamente, superando incluso las cifras de concursos tradicionales en ambos sectores. En los tres primeros meses de 2025, Cataluña fue la región con mayor número de concursos empresariales, registrando 471, lo que supone un aumento del 20% respecto al mismo periodo del año anterior. A continuación se sitúan Madrid y la Comunidad Valenciana, aunque ambas experimentaron variaciones negativas en 2025, con descensos del 5% y 4%, respectivamente. Por otro lado, Castilla y León y Murcia experimentaron los mayores incrementos, con aumentos del 41% y 38%, respectivamente. Las islas Baleares y Canarias, por su parte, vieron descensos significativos en comparación con el mismo periodo de 2024, con caídas del 28% y 24%, respectivamente.

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(Cinco Días, 05-05-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El BCE despeja el camino para recortar tipos ante una guerra comercial “desinflacionaria”

Para los integrantes del Banco Central Europeo (BCE), el periodo de seis semanas entre cada reunión sirve para examinar a fondo los indicadores económicos -como la inflación, los salarios o el crecimiento- y prestar atención a cualquier acontecimiento que pueda impactar esos datos, algo frecuente desde que Donald Trump llegó a la presidencia de EE. UU. y comenzó a desafiar constantemente el orden establecido. Durante ese tiempo, los gobernadores del BCE interpretan el contexto económico y suelen compartir sus percepciones públicamente, a menudo con más claridad que la propia presidenta, Christine Lagarde, quien mantiene un tono más prudente en sus declaraciones. Muchos de estos responsables del BCE participaron recientemente en las reuniones de primavera del Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial en Washington. Sus intervenciones dejaron entrever que, a pesar de los siete recortes ya realizados, existe una firme disposición a seguir reduciendo los tipos de interés. Robert Holzmann, presidente del banco central de Austria y considerado el miembro más conservador del BCE, sorprendió al declarar que, según su análisis, los aranceles estadounidenses tienen un efecto más desinflacionario que inflacionario. Esta afirmación sugiere que la inflación se acercaría e incluso podría quedar por debajo del objetivo del 2%, abriendo paso a nuevos recortes de tipos. Los mercados reaccionaron de inmediato, dando por hecho un nuevo descenso de tipos en junio. Por su parte, Olli Rehn, gobernador del banco central finlandés y de línea más flexible, señaló que si las proyecciones de junio muestran que la inflación quedará por debajo del 2% a medio plazo, lo más apropiado sería aplicar una bajada de tipos aún mayor, incluso de 50 puntos básicos, en lugar del recorte habitual de 25. Aunque esta opción no se considera aún probable, cobra fuerza la visión de que los aranceles están conteniendo los precios en Europa al frenar el crecimiento económico y facilitar la llegada de productos más baratos procedentes de China. No obstante, recortes más agresivos podrían ser malinterpretados como señales de alarma, por lo que el BCE prefiere seguir actuando con cautela. Además, la correlación de fuerzas dentro del Consejo de Gobierno -13 miembros más conservadores frente a 12 más proclives a la flexibilidad- requiere mantener el equilibrio para evitar tensiones internas. Otro factor relevante es que, aunque la posibilidad de que Bruselas imponga medidas arancelarias en respuesta a EE. UU. no se ha materializado, ese riesgo sigue presente. Sin embargo, mientras ese escenario no se concrete, las condiciones son favorables para continuar con las bajadas de tipos. "Los responsables del BCE no están mostrando resistencia a nuevos recortes; más bien lo contrario", concluyó un análisis reciente del banco holandés ING. También se pronunció el gobernador del banco central francés, François Villeroy de Galhau, quien afirmó que no se espera una subida de la inflación ni este año ni el próximo, lo que da margen para seguir bajando tipos de manera gradual. Aunque reconoce una desaceleración económica, considera poco probable una recesión en Francia o en Europa. Los datos publicados el miércoles reforzaron esa idea: la economía de la zona euro creció un 0,4% en el primer trimestre, aunque parte de ese crecimiento pudo deberse a compras anticipadas de empresas estadounidenses que buscan evitar los aranceles, lo que distorsionaría las cifras y obliga a esperar futuras confirmaciones. Klaas Knot, presidente del banco central de Países Bajos y otro defensor de la ortodoxia, fue tajante al afirmar que "es seguro al 100% que el shock de demanda prevalecerá a corto plazo", lo que hará bajar la inflación. No obstante, advirtió que a medio plazo el panorama es incierto y que podrían surgir presiones inflacionistas si se rompen cadenas de suministro, se imponen aranceles o aumenta el gasto público, como con el plan de rearme europeo o el levantamiento del techo de deuda en Alemania. Según Knot, el BCE se enfrenta a una situación en la que los riesgos de inflación se reparten en ambas direcciones. "La reunión de junio será especialmente complicada", resumió. Sin embargo, en lo relativo a la próxima bajada de tipos, la mayoría coincide en que ya está prácticamente decidida. La mayor incertidumbre gira en torno a las nuevas proyecciones económicas que se presentarán en esa reunión, ya que el contexto puede cambiar rápidamente dependiendo de cómo evolucionen las negociaciones comerciales de EE. UU. tras la tregua arancelaria de 90 días decretada por Trump. Gediminas Simkus, gobernador del banco central de Lituania, se mostró abierto a dos recortes adicionales este año, aunque señaló que, para ir más allá, sería necesario que surgieran más datos económicos negativos. Según sus cálculos, el tipo de interés podría situarse en el 1,75% antes de que finalice el año.

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(Expansión, 05-05-2025) | Mercantil, civil y administrativo

La Justicia europea abre la puerta a reclamaciones de competencia prescritas

La Abogada General de la Unión Europea ha planteado que el plazo para presentar demandas por daños derivados de infracciones al derecho de la competencia debe comenzar únicamente cuando la sanción impuesta se vuelve firme, y no en el momento en que se hace pública inicialmente. Esta postura se enmarca en una tendencia del Tribunal de Justicia de la UE hacia una interpretación que retrasa el inicio de la prescripción, lo que permite a los afectados disponer de más tiempo para reclamar. Este enfoque favorece el acceso a la justicia de quienes han sufrido perjuicios y podría dar lugar a nuevas demandas. La Abogada General justifica su posición alegando que las resoluciones emitidas por autoridades nacionales de competencia, como la CNMC en España, pueden ser modificadas o anuladas en sede judicial, a diferencia de las decisiones de la Comisión Europea publicadas en el Diario Oficial. Por ello, sostiene que mientras no exista una resolución definitiva, los perjudicados carecen de una base segura y completa para interponer sus reclamaciones con garantías. Añade que la publicación en la web de la CNMC no equivale, en términos jurídicos, a una comunicación oficial conforme al ordenamiento español, ya que no tiene la misma validez que una publicación en un boletín oficial. En consecuencia, iniciar el cómputo del plazo desde esa publicación colocaría a los perjudicados en desventaja respecto a las empresas infractoras, sobre todo cuando hay desigualdad de información y plazos de prescripción breves, como el de un año que marca el Código Civil español. Por ello, la Abogada General propone que el plazo de prescripción comience únicamente cuando la resolución adquiera firmeza, momento en el cual la decisión tiene fuerza probatoria ante los tribunales. Este criterio, según afirma, beneficia a ambas partes y garantiza la igualdad de condiciones, como ocurre cuando una demanda se basa en una resolución firme de la Comisión Europea. Este debate tiene su origen en la resolución de la CNMC del 23 de julio de 2015 en el expediente S/0482/13 sobre fabricantes de automóviles, en el que se sancionó a varias empresas, incluida Nissan, por intercambiar información sensible. Aunque la infracción terminó en 2013, la multa fue publicada en la web de la CNMC el 15 de septiembre de 2015. Tras varios recursos, la sentencia fue ratificada en 2021 por el Tribunal Supremo. Si el TJUE adopta el criterio de la Abogada General, en casos como el de Nissan el plazo de prescripción habría comenzado en 2021, cuando la sanción se volvió firme, y no en 2015, cuando se hizo pública, lo cual permitiría presentar demandas que de otro modo habrían sido consideradas fuera de plazo. Nissan, por su parte, defendía que el plazo debía empezar en 2015, momento en el que el público ya tenía conocimiento del comportamiento sancionado gracias a la publicación en la web de la CNMC, la nota de prensa y su difusión mediática. El juzgado de primera instancia le dio la razón, considerando que ya entonces se disponía de los datos necesarios para presentar una reclamación. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Zaragoza se inclinó por el criterio opuesto, defendiendo que el plazo solo debe comenzar cuando la resolución es firme, lo que ocurrió en 2021. Esta discrepancia llevó al juzgado a plantear una cuestión prejudicial al TJUE para que aclare cómo debe interpretarse la Directiva sobre acciones por daños en materia de competencia. Ahora, será el Tribunal de Justicia de la Unión Europea quien tenga la última palabra sobre cuándo debe comenzar el plazo para reclamar.

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(Expansión, 05-05-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Las eléctricas exigen al Gobierno datos secretos de la "caja negra" del apagón

El Gobierno obligó a las compañías eléctricas Iberdrola, Endesa y Naturgy a revelar millones de datos relacionados con el apagón del 28 de abril. Ahora, estas empresas exigen que Redeia también haga públicos sus datos para poder esclarecer responsabilidades, sin importar a quién puedan afectar. La llamada "caja negra" del apagón, donde el Ejecutivo está recopilando información detallada de lo ocurrido antes, durante y después del suceso, se ha convertido en el centro de una creciente disputa política y empresarial tras ese corte de luz sin precedentes en España. Las principales eléctricas y otros actores del sector han comenzado a presionar al Gobierno para acceder a esa información, que hasta ahora ha sido mantenida en secreto por varios departamentos estatales y por Redeia, la empresa responsable de la red de alta tensión del país. Las compañías exigen transparencia y reclaman el mismo nivel de exigencia que el Gobierno les impuso a ellas durante la crisis. Redeia, a través de Red Eléctrica, no solo gestiona la red troncal del sistema eléctrico, sino que también tiene en exclusiva el rol de operador del sistema, es decir, es la encargada de garantizar el flujo continuo de electricidad. Su función debería incluir la prevención o, al menos, la detección anticipada de incidentes como el apagón. Aunque solo un 20% de la empresa pertenece al Estado, la influencia del Gobierno sobre su dirección es total. Pese a que Redeia coordinó eficazmente con otras eléctricas para restablecer el suministro en menos de doce horas -una labor reconocida por expertos-, no ha escapado a las críticas por no haber anticipado ni evitado el corte. Acceder a todos los datos técnicos y operativos relacionados con este "blackout" será esencial para determinar responsabilidades. Las eléctricas temen que el Gobierno manipule los datos o los interprete de manera parcial para respaldar su propia versión de los hechos. Por su parte, el Partido Popular ha reclamado una auditoría independiente. Actualmente, hay tres investigaciones oficiales en curso: una de la CNMC, otra de la Audiencia Nacional (bajo el juez José Luis Calama), que analiza un posible ataque a infraestructuras críticas, y una tercera impulsada por el propio Gobierno, la más polémica hasta ahora. Tras el incidente, el Ejecutivo creó un "Comité para el análisis de las circunstancias de la crisis", liderado por la vicepresidenta tercera y ministra de Transición Ecológica, Sara Aagesen. Este comité incluye representantes de Presidencia del Gobierno, Defensa (incluyendo el CNI y el Estado Mayor), Interior (a través de organismos de seguridad cibernética y protección de infraestructuras) y Transformación Digital. También participan organismos como el Consejo de Seguridad Nuclear y el Instituto Nacional de Ciberseguridad, aunque el hecho de que se les haya mencionado como apoyo no implica que tengan acceso directo a la "caja negra". Redeia, que sí forma parte del comité, afirmó el 1 de mayo haber entregado todos los datos requeridos a la CNMC, asegurando su total colaboración desde el inicio del incidente. La empresa explicó que la caja negra contiene millones de registros sobre la operación del sistema y de sus sistemas informáticos. Sin embargo, el Gobierno contradijo esta versión el 3 de mayo, afirmando que aún falta parte de la información solicitada. Además, anunció la creación de dos subgrupos dentro del Comité: uno centrado en la operación del sistema eléctrico, coordinado por Transición Ecológica, y otro enfocado en ciberseguridad, bajo el liderazgo del Ministerio de Transformación Digital. A pesar de que Redeia insiste en haber entregado todo lo solicitado, el Ejecutivo sostiene que todavía falta información por parte de más de una treintena de centros de control de generación, empresas eléctricas y distribuidoras.

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(Cinco Días, 05-05-2025) | Mercantil, civil y administrativo

La CNMV reúne a organismos públicos y privados para revitalizar los mercados españoles

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), organismo que supervisa la Bolsa y los mercados financieros, ha puesto en marcha un grupo de trabajo que reunirá a representantes del sector público y privado con el objetivo de reactivar los mercados de valores, siguiendo las orientaciones que la OCDE presentó hace cinco meses. Esta iniciativa estará liderada por un comité directivo en el que participarán la CNMV, BME (operador de los mercados bursátiles y de renta fija), Inverco (asociación de fondos de inversión y pensiones), AEB (asociación de bancos), Ceca (organización de las antiguas cajas de ahorro), Fogain (fondo de garantía de inversiones), Emisores Españoles (representantes de empresas cotizadas), Spaincap (capital riesgo) y Adepo (depositarios de fondos y planes). También estarán presentes como observadores la Dirección General de Seguros y la Secretaría General del Tesoro, ambas dependientes del Ministerio de Economía. El grupo trabajará sobre las propuestas que la OCDE presentó el pasado 5 de diciembre en la sede de la CNMV, justo antes del relevo en la presidencia del organismo, cuando Carlos San Basilio sustituyó a Rodrigo Buenaventura. Dicho informe, elaborado junto al Tesoro y la Comisión Europea, sugería una serie de medidas destinadas a mejorar el funcionamiento de los mercados financieros, para que estos puedan jugar un papel más relevante en la financiación de las empresas españolas. En la actualidad, cerca del 90% de la inversión empresarial en España depende del crédito bancario, lo que limita el acceso a recursos y deja las decisiones de inversión sujetas a la disponibilidad y criterios de las entidades financieras. Estas recomendaciones están alineadas con los objetivos del informe Draghi sobre la competitividad europea y con las conclusiones del informe Letta. Por su parte, BME también elaboró un Libro Blanco con 56 propuestas. Ahora, el objetivo del grupo es concretar estas ideas en un plan de acción: el comité entregará a la OCDE y a la Comisión Europea una hoja de ruta con recomendaciones antes de que acabe el año. Algunas medidas ya se encuentran en fase de preparación, como la creación de un segmento específico dentro del mercado bursátil que facilite la salida a Bolsa de empresas, una propuesta respaldada por la CNMV y BME. Además, el Gobierno está trabajando en una cuenta de inversión simplificada para particulares, que podría estar operativa a mediados de este año. Sin embargo, las reformas más estructurales, como la creación de cuentas de ahorro individual al estilo sueco -que unifican la fiscalidad de diferentes productos financieros para facilitar su gestión e incentivar la inversión productiva- requerirían cambios fiscales que exceden las competencias del grupo de trabajo actual. El grupo se dividirá en dos ramas técnicas: una se enfocará en las medidas dirigidas a mejorar la oferta, es decir, cómo facilitar a las empresas el acceso a los mercados para obtener financiación; la otra trabajará sobre medidas para estimular la demanda, fomentando que los inversores utilicen más activamente los mercados de valores. Entre las recomendaciones de la OCDE se incluyen propuestas como ampliar el tamaño de los fondos de pensiones de empleo mediante el fomento de estos planes empresariales y mejorar el tratamiento fiscal de los planes de pensiones individuales. También sugiere suprimir la opción de rescatar anticipadamente estos fondos. Fuera del ámbito de la inversión colectiva, se proponen cambios fiscales para equiparar los beneficios de emitir capital propio a los de contraer deuda, flexibilizar el requisito de los 100 partícipes para crear un fondo de inversión, facilitar el traspaso de ETFs y agilizar la emisión de bonos. Asimismo, la OCDE apuesta por fortalecer la colaboración público-privada para fomentar el uso del mercado en la financiación de las pymes, creando un entorno con múltiples fuentes de financiación y mejorando el análisis y la calificación de valores de pequeña capitalización.

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(El País, 05-05-2025) | Mercantil, civil y administrativo

La inflación en la eurozona se mantuvo en el 2,2% en abril

La inflación interanual en la eurozona se mantuvo estable en abril, situándose en el 2,2%, el mismo porcentaje que en marzo, según la estimación preliminar publicada este viernes por Eurostat, la oficina de estadística de la Unión Europea. No obstante, la inflación subyacente -que excluye los precios más volátiles como los de la energía, alimentos frescos, alcohol y tabaco, y que es un indicador clave para las decisiones del Banco Central Europeo- subió tres décimas hasta alcanzar el 2,7%. Por categorías, el mayor encarecimiento en abril se dio en los servicios, cuyos precios aumentaron un 3,9%, frente al 3,5% registrado el mes anterior. Le siguieron los alimentos, el alcohol y el tabaco, con una inflación del 3%, una décima más que en marzo. En cambio, los precios de la energía intensificaron su caída, con una bajada del 3,5% respecto al año anterior, frente al retroceso del 1% observado el mes previo. Por su parte, los bienes industriales no energéticos mantuvieron su tasa de inflación sin cambios, en el 0,6%. En el caso de España, la inflación interanual también fue del 2,2%, en línea con la media de la eurozona. Entre los países con mayores subidas de precios destacan Estonia, con un 4,4%, y Letonia, Países Bajos, Eslovaquia y Croacia, todos con una inflación del 3,9%. Otros países que superaron la media europea fueron Lituania (3,6%), Austria (3,3%), Bélgica y Grecia (3,1%), Grecia nuevamente (2,7%), Malta (2,5%) y Eslovenia (2,3%). Alemania, por su parte, registró una inflación igual a la media, del 2,2%. En el extremo opuesto, con una inflación inferior al promedio, se situaron Italia y Portugal (2,1%), Irlanda y Finlandia (2%), Luxemburgo (1,7%), Chipre (1,3%) y Francia, que con un 0,8% tuvo el menor incremento de precios del conjunto de la eurozona.

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(El Economista, 05-05-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El Tribunal Supremo abre la puerta a que arrendador y arrendatario puedan cobrar sus seguros sobre el mismo inmueble

Tanto el arrendador como el arrendatario pueden percibir indemnizaciones de sus respectivos seguros contratados sobre un mismo inmueble sin que ello suponga un caso de enriquecimiento injusto, siempre que los intereses asegurados por cada uno sean diferentes. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo en una sentencia de 25 de marzo de 2025. El magistrado ponente, Vela Torres, explica que, aunque los seguros afecten al mismo bien, los intereses protegidos pueden no coincidir. En el caso del arrendatario, el seguro puede estar orientado a salvaguardar su derecho de uso del inmueble para mantener la continuidad de su actividad comercial, así como cubrir su responsabilidad civil. Por ello, su póliza podría contemplar una suma asegurada menor para el continente y dar mayor relevancia a otros aspectos clave para su negocio. Por su parte, el arrendador tiene como interés asegurado la integridad de su propiedad frente a posibles daños. Su seguro suele centrarse en el continente y en la estructura del inmueble, con el objetivo de garantizar la reparación o reposición en caso de siniestro. La sentencia aclara que no procede aplicar el artículo 32 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS) cuando hay diferentes tomadores, ya que este artículo regula los casos en los que una misma persona suscribe múltiples seguros con distintas aseguradoras sobre el mismo interés y sin conocimiento mutuo entre ellas. Para que haya concurrencia de seguros, deben coincidir el tomador, el interés asegurado, el riesgo cubierto, el periodo de cobertura y la simultaneidad de la obligación indemnizatoria. No obstante, el principio que prohíbe el enriquecimiento injusto mediante el seguro sigue vigente, como recoge el artículo 26 de la LCS. Esto implica que, aunque haya varios seguros, no se puede recibir una compensación superior al daño realmente sufrido. En casos de doble seguro con los mismos elementos (riesgo, interés, periodo y tomador), debe aplicarse la regla de reparto proporcional entre aseguradoras, según la suma asegurada por cada una. El Tribunal subraya que no todos los supuestos de coexistencia de seguros sobre un mismo bien deben tratarse igual. En el ámbito del arrendamiento, aunque se trate del mismo inmueble, los intereses pueden divergir claramente: el del arrendatario se enfoca en mantener el uso del local y su operatividad, y el del arrendador en preservar el valor de su propiedad. Finalmente, se destaca que, en el caso juzgado, las coberturas de ambos seguros eran solo parcialmente coincidentes. La póliza del arrendatario aseguraba el continente con una suma más baja y daba prioridad a otros aspectos fundamentales para su actividad comercial. Esto demuestra que los intereses y niveles de cobertura eran diferentes entre ambas partes.

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