(Expansión, 18-04-2024) | Fiscal

El IRPF ha sido el tributo en el que más ha crecido la presión desde 2010

Los ingresos tributarios en España se fundamentan en cuatro pilares principales: el IRPF, el Impuesto de Sociedades, el IVA y los Impuestos Especiales, junto con las cotizaciones sociales, que constituyen las principales fuentes de recaudación para el Estado, representando conjuntamente el 80% de los ingresos no financieros. Durante la burbuja inmobiliaria, estos cuatro impuestos experimentaron una alta presión fiscal, alcanzando el 18% del PIB en 2007 debido al auge económico impulsado por el sector inmobiliario. Sin embargo, tras el estallido de la burbuja, la recaudación se desplomó hasta el 12,8% del PIB en 2009. Desde entonces, la presión fiscal ha ido en aumento, especialmente durante los gobiernos de Pedro Sánchez, alcanzando su punto máximo del 18,2% del PIB entre 2019 y 2022, aunque se moderó ligeramente al 17,8% en 2023. Este análisis fue publicado por Funcas y elaborado por el catedrático Desiderio Romero Jordán utilizando datos recientes de la Agencia Tributaria. Según el informe, el principal responsable de este incremento en la presión fiscal es el IRPF, debido a los constantes aumentos tanto en la base gravable como en los tipos impositivos. Esto se debe en parte a la falta de ajuste generalizado de la progresividad para compensar el efecto de la inflación en los contribuyentes. Esta actitud ha sido objeto de críticas por parte de varios partidos políticos. Recientemente, el Congreso apoyó una propuesta del PP para actualizar el Impuesto de la Renta con el IPC, lo que ha permitido al Gobierno aumentar la recaudación durante la crisis inflacionaria. Según estimaciones de la Airef, esto ha supuesto un incremento de 6.200 millones de euros en la recaudación en 2021 y 2022 debido al aumento de precios. A pesar de las fluctuaciones coyunturales, la presión fiscal sobre los cuatro principales tributos ha aumentado en promedio 0,36 puntos de PIB por año desde 2010, acelerándose significativamente durante la era Sánchez, llegando a 0,61 puntos anuales entre 2020 y 2022. En conjunto, estos impuestos han crecido en 1,4 puntos de PIB entre 2019 y 2023, coincidiendo con la pandemia de Covid y las tensiones geopolíticas tras la invasión rusa de Ucrania. El informe también destaca el aumento de la presión fiscal sobre el IVA, con un incremento del 1,2 puntos de PIB entre 2010 y 2023, especialmente durante los primeros años del gobierno de Sánchez debido al impacto inflacionario. Por otro lado, la presión fiscal sobre el Impuesto de Sociedades ha mostrado una tendencia descendente desde su máximo en 2007 (4,2% del PIB), situándose actualmente en torno al 2% del PIB o al 2,6% si se incluyen los impuestos temporales a bancos y energéticas. Los Impuestos Especiales también han experimentado un descenso, principalmente debido a la falta de actualización de los tipos de gravamen a la inflación, lo que ha generado un debate sobre la necesidad de revisar estos impuestos para mantener su efectividad a lo largo del tiempo.

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(Expansión, 18-04-2024) | Fiscal

La Comisión Europea actúa contra varios "tax rulings"

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de emitir un dictamen sobre la capacidad de los Estados miembros para establecer ciertos beneficios fiscales a través de los denominados "tax rulings", que son acuerdos fiscales entre países y empresas diseñados para atraer inversiones y multinacionales. La Abogada General de la Unión Europea, Laila Medina, ha respaldado firmemente este sistema y ha rechazado la postura de la Comisión Europea y del Tribunal General de la UE. Las conclusiones de la Abogada General, que suelen coincidir con la sentencia final del Tribunal en más del 90% de los casos, respaldan la exención de ciertos ingresos por financiación, específicamente los pagos de intereses por préstamos, de grupos multinacionales con actividad en el Reino Unido entre 2013 y 2018. La Justicia europea profundiza en su llamado a las autoridades europeas para que, en primer lugar, examinen el marco fiscal de referencia antes de pronunciarse en contra de estos "tax rulings". "De la jurisprudencia se puede deducir que el Tribunal europeo ha confirmado un enfoque que busca identificar el conjunto completo de normas que influyen en la carga fiscal que recae sobre las empresas", señala la Abogada General. "Esto garantiza que la selectividad de una medida fiscal se evalúe dentro de un marco que incluye todas las disposiciones pertinentes, y no dentro de un conjunto de disposiciones que han sido extraídas artificialmente de un marco normativo más amplio", añade.

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(Expansión, 17-04-2024) | Fiscal

Los ricos pagan el 50% de todo lo que recauda Hacienda en EEUU

Los datos recientes de la Agencia Tributaria de Estados Unidos revelan una marcada dependencia del 1% más rico de la población. El presidente de Estados Unidos, Joe Biden, repite la frase "los ricos tienen que pagar su parte" en cada ocasión que puede. Estamos en un año electoral y el candidato demócrata, quien tributa en el estado de Delaware, considerado casi como un paraíso fiscal, está recurriendo a promesas antiguas incumplidas para tratar de ganar votos frente a Donald Trump, un rico que no paga su parte porque, según él, Hacienda le devuelve dinero. Pero ¿todos son como Donald Trump? Bill Gates, el fundador de Microsoft y uno de los hombres más ricos del planeta, paga un 18% en impuestos. Es más de lo que paga el expresidente de Estados Unidos, pero sigue siendo siete puntos por debajo de lo que paga un estadounidense promedio. ¿Es esto ingeniería fiscal? Probablemente. Sin embargo, no se puede negar que gran parte de los ahorros fiscales se deben a su filantropía. A través de su fundación familiar, ha donado más de 59.000 millones de dólares en un cuarto de siglo, aproximadamente lo que vale BBVA en Bolsa. Bill Gates, Jeff Bezos, Warren Buffett... son nombres que vienen a la mente cuando se habla de grandes fortunas, pero hay muchos más anónimos. Estados Unidos es el país con más millonarios del mundo, según Credit Suisse. Alrededor de 25 millones de personas, el 39% de todos los millonarios del mundo, viven y tributan en el sueño americano. Estos individuos son responsables de más de la mitad de los ingresos que recauda Hacienda cada año, según los últimos datos publicados por la Agencia Tributaria (IRS). De hecho, solo el 1% más rico de los contribuyentes aporta el 45,8% de toda la recaudación anual. Aquí es cuando Biden repite su llamado a que "paguen su parte". Pero ¿y si ya lo estuvieran haciendo? Este 1% de contribuyentes, que representa casi la mitad de la recaudación, concentra solo el 26% de los ingresos totales declarados a Hacienda. El 85% de la población estadounidense genera la mayor parte de la riqueza del país en un año, pero su contribución a las arcas públicas no alcanza ni el 25%. Gracias a deducciones fiscales y a un sistema de impuestos progresivo, la contribución fiscal está alineada con los ingresos. Por ejemplo, la mitad de los estadounidenses se consideran de bajos ingresos, ganando menos de 46.500 dólares al año (43.700 euros), y su contribución fiscal es mínima. El 50% de los contribuyentes aporta menos del 2,5% de la recaudación total. El siguiente grupo, personas con ingresos entre 46.500 y 94.500 dólares al año (88.800 euros), representa el 25% del total de contribuyentes y aporta el 8,4% de la recaudación. El único grupo cuya contribución fiscal está alineada con sus ingresos es el formado por contribuyentes que ganan entre 253.000 y 682.000 dólares al año (238.000 y 640.000 euros). Declaran el 10,6% de los ingresos totales y aportan el 10,2% de la recaudación. Si observamos las series históricas de los últimos 25 años en Estados Unidos, queda claro que la contribución total de los contribuyentes que ganan menos de 253.000 dólares al año ha disminuido, mientras que la de los millonarios ha aumentado de poco más del 30% a más del 45% del total.

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(Expansión, 17-04-2024) | Fiscal

La Agencia Tributaria pide extremar la precaución y despliega un sistema contra los ciberataques

Los ciberataques dirigidos a instituciones públicas, como la Agencia Tributaria (AEAT), son cada vez más frecuentes, siendo esta una preocupación importante debido a la sensibilidad de la información que almacenan, que incluye millones de datos de contribuyentes, tanto empresas como particulares. Ante esta situación, la AEAT ha intensificado la vigilancia para prevenir posibles brechas de seguridad. Recientemente, la AEAT alertó sobre una nueva ola de ciberdelincuencia mediante envíos de mensajes de correo electrónico y SMS falsos que suplantan la identidad de la agencia. El objetivo de estos delincuentes es obtener datos personales o bancarios de las víctimas, ya sea redirigiéndolas a sitios web falsos que simulan ser de la AEAT o haciendo que descarguen archivos con virus. Ante esta amenaza, Hacienda ha tomado medidas proactivas, incluyendo la creación del Centro de Ciberseguridad y Protección de Datos de la AEAT, así como la Unidad Central de Sistemas de Atención al Contribuyente. La AEAT reconoce que los riesgos de ciberataques y amenazas a la seguridad de la información son cada vez mayores, lo que hace imperativo llevar a cabo acciones para prevenir, detectar y corregir cualquier peligro que pueda afectar su actividad digital. Los sistemas de información de la AEAT son cruciales, ya que su correcto funcionamiento es fundamental para cumplir con los objetivos de la agencia y ante el creciente uso de la Administración electrónica por parte de los contribuyentes. Francisco Pérez Bes, socio de Derecho digital de Ecix Tech, confirma el aumento de los ciberataques y destaca la importancia del enfoque estratégico de la AEAT hacia la ciberseguridad, considerando su papel como infraestructura crítica. Subraya que un ataque a la AEAT tendría consecuencias devastadoras, como se vio en el incidente que afectó al SEPE. En su Plan Estratégico 2024-2027, la AEAT dedica un apartado específico a fortalecer la ciberseguridad, impulsando medidas de prevención, detección y respuesta ante ciberataques, así como el fortalecimiento de la protección de datos y la gestión de la privacidad. Es importante destacar que la amenaza de ciberataques no se limita a España, afectando a agencias tributarias en todo el mundo. Los servicios tributarios de Estados Unidos, como el IRS, también enfrentan desafíos significativos en materia de ciberseguridad, lo que subraya la importancia de tomar medidas efectivas para proteger la información sensible de los contribuyentes.

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(El Economista, 17-04-2024) | Fiscal

Los jubilados de las mutualidades podrán hacer la declaración de la Renta a partir de este sábado

Los pensionistas que realizaron aportaciones a las antiguas mutualidades laborales podrán presentar la declaración de la Renta a partir de este sábado 20, según anunció la Agencia Tributaria. La Administración informó el pasado 3 de abril, al inicio de la campaña de la Renta para 2023, que estaban aún recibiendo toda la información de la Seguridad Social sobre las aportaciones realizadas por estos contribuyentes para calcular la reducción correspondiente en el IRPF por las aportaciones realizadas antes de 1978, que entonces la ley no permitía deducir en el impuesto. Tras la sentencia del Tribunal Supremo de enero de 2023 que determinó que los contribuyentes debían deducir el 25% correspondiente a las aportaciones realizadas antes de 1978 en el IRPF, y una segunda sentencia de enero de este año que aclara cómo calcular la devolución del IRPF, Hacienda aplicará automáticamente esta reducción en el IRPF a partir de esta declaración. De esta manera, los afectados podrán ver el ajuste realizado en el IRPF por estas antiguas aportaciones en su borrador a partir del próximo sábado, bajo el epígrafe 'Ajuste por Mutualidades-DT2 LIRPF' (Ajuste por Mutualidades-Disposición Transitoria 2ª de la Ley del IRPF). Sin embargo, para aquellos contribuyentes que deseen realizar la declaración de la Renta por teléfono, podrán solicitar cita a partir del 29 de abril y las declaraciones comenzarán a realizarse a partir del 7 de mayo. Para quienes prefieran realizarla de manera presencial, podrán solicitar cita a partir del 29 de mayo y las declaraciones comenzarán el 3 de junio. Rubén Gimeno, secretario técnico del REAF (Registro de Economistas Asesores Fiscales), ha destacado este martes en la rueda de prensa conjunta celebrada por el REAF y el Colegio General de Economistas (CGE) sobre la declaración de la Renta que pensaban inicialmente que el tema de las antiguas mutualidades afectaba a un pequeño grupo, como los mutualistas de entidades bancarias, Telefónica o Endesa, pero les sorprendió descubrir cuántas empresas habían cotizado a través de estas mutualidades. De hecho, los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) estiman que hasta 4,8 millones de jubilados podrán beneficiarse de la reducción en el IRPF por haber cotizado a estas mutualidades laborales. Por otro lado, la Agencia Tributaria también ha habilitado en su página web un formulario para que los afectados puedan reclamar la devolución del IRPF de los últimos cuatro años no prescritos, es decir, 2019, 2020, 2021 y 2022.

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(El Economista, 17-04-2024) | Fiscal

Hacienda amplía las obligaciones de las compañías de suministro de electricidad

A partir de febrero de 2025, se establecerá la obligación para las compañías eléctricas de informar al fisco sobre clientes más vulnerables, específicamente aquellos que cuenten con bono social y aquellos que hayan contratado alguna forma de autoconsumo, como la energía fotovoltaica. Esto se lleva a cabo con el propósito de detectar alquileres no declarados o actividades económicas ocultas. Desde 2011, las empresas eléctricas han estado obligadas a proporcionar al fisco una serie de datos de sus clientes correspondientes al ejercicio anterior. Entre estos datos se incluyen el nombre y apellido o razón social, el número de identificación fiscal, la referencia catastral del inmueble y su ubicación, la potencia contratada y el consumo anual en kilovatios, la ubicación del punto de suministro y la fecha de alta del suministro. Actualmente, el Ministerio de Hacienda está elaborando una nueva Orden que requerirá incluir información sobre si el titular es beneficiario del bono social de electricidad o si está participando en alguna forma de autoconsumo de energía eléctrica. El objetivo es aprobar esta nueva orden durante este año para que las compañías eléctricas informen por primera vez sobre estos dos aspectos en febrero de 2025.

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(El Periódico, 17-04-2024) | Fiscal

Ajustar el IRPF a la inflación de los tres últimos años ahorraría 232 euros a un contribuyente medio

La falta de ajuste por inflación en la escala del impuesto sobre la renta está afectando a los contribuyentes. Según el Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf), no haber actualizado la tarifa estatal del impuesto de acuerdo con la inflación acumulada en los años 2021, 2022 y 2023 (16,1%) significa que un contribuyente promedio tendrá que pagar 232,56 euros más en su declaración actual de la renta, considerando un ingreso laboral anual de aproximadamente 30.000 euros. El sobrecoste por no ajustar el 16,1% de la inflación acumulada en estos tres años se estima en 403,98 euros para un contribuyente con ingresos laborales anuales de 45.000 euros; 611,74 euros para una renta de 70.000 euros; y 1.707,73 euros para aquellos con ingresos elevados de 350.000 euros. El Reaf, especializado en fiscalidad dentro del Consejo General de Economistas de España, ha calculado estos importes considerando la inflación anual y el aumento del salario medio en cada periodo. Solo para la declaración de renta del año 2023, que se puede presentar hasta el 30 de junio, no ajustar la tarifa estatal del impuesto según la inflación del 3,2% de ese año (con un aumento del salario medio del 5,4%) significará un mayor pago de impuestos de 46,2 euros para un ingreso anual de 30.000 euros; 85,65 euros para 45.000 euros; y 162,45 euros para 70.000 euros. Para un salario anual de 350.000 euros, la falta de ajuste a la inflación de 2023 se traducirá en un aumento en la carga fiscal de 354,45 euros, según los cálculos del Reaf. La ausencia de corrección por inflación en la escala del IRPF puede llevar a que un trabajador pague impuestos en un tramo superior sin haber ganado poder adquisitivo, simplemente porque su salario se actualizó con la inflación. Deflactar el IRPF significa ajustar cada uno de los seis tramos de la escala del impuesto según la inflación para evitar que ningún contribuyente cambie de tramo solo debido a la inflación. Sin embargo, la escala del IRPF no se ha ajustado desde 2008, acumulando una inflación del 31% desde entonces. En años con inflaciones bajas o incluso negativas, el ajuste de la escala no era tan crucial. Pero en periodos como los últimos tres años, se ha experimentado una erosión significativa, especialmente en 2022, cuando la inflación media fue del 8,2%. Según el Reaf, no solo es necesario corregir la inflación en la escala del impuesto, sino también actualizar las exenciones mínimas y las deducciones, como explicaron sus representantes en una conferencia de prensa para presentar la 35ª edición de su informe tradicional 'Declaración de Renta y Patrimonio' para el ejercicio 2023. Algunas comunidades autónomas, como Aragón, Canarias, Madrid, Navarra y País Vasco, sí han ajustado la inflación de cara a la declaración de la renta de 2023, pero no así el Estado. La deflactación de la escala del IRPF es una de las demandas que el Partido Popular, como principal partido de la oposición, ha venido haciendo al Ministerio de Hacienda en los últimos años.

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(El Economista, 16-04-2024) | Fiscal

Hacienda deja en el limbo la tributación en el Impuesto de Patrimonio de las firmas inmobiliarias

La reactivación del Impuesto de Patrimonio en varias comunidades autónomas como Madrid, Andalucía o Galicia genera gran preocupación entre los contribuyentes que tienen sociedades con inmuebles destinados al alquiler. La determinación subjetiva que emplea la Agencia Tributaria para decidir si estas empresas realizan o no una actividad económica deja en una situación incierta a estos contribuyentes, quienes desconocen si el fisco considerará que su empresa realiza una actividad económica de alquiler y, por ende, está exenta del pago de Patrimonio, o si deberán tributar por estos activos. La Ley del Impuesto de Sociedades establece que una empresa debe tener ocho o más inmuebles alquilados o disponibles para alquilar durante un periodo mínimo de tres años para ser considerada con actividad económica. Además, requiere la organización por cuenta propia de los medios de producción y recursos humanos, lo que implica tener al menos un empleado con contrato laboral y jornada completa. Sin embargo, cumplir con todos estos requisitos no garantiza automáticamente que la empresa esté afecta a actividad económica, como dictaminó el Tribunal Supremo en su sentencia del 7 de diciembre de 2016. Incluso si la empresa tiene un empleado a jornada completa, si no hay una carga mínima de trabajo, no se puede presumir que exista actividad económica. Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares del 31 de enero refuerza este criterio, al señalar que la contratación de un empleado a jornada completa no estaba justificada debido a la insuficiente carga de trabajo, principalmente porque la mayoría de los contratos de arrendamiento eran temporales y realizados a trabajadores del propietario de la empresa, lo que limitaba la actividad de captación de clientes. Siro Barro, socio del Departamento de Derecho Fiscal de Escalona & de Fuentes, explica que si la empresa no tiene un empleado a jornada completa, no hay mucho que hacer. Pero si lo tiene y Hacienda considera que no está justificada su contratación por falta de carga de trabajo suficiente, podría negar que la empresa realice una actividad económica de arrendamiento, lo que implica que los activos inmobiliarios no estén afectos a esta actividad para efectos de Patrimonio. Esta situación de incertidumbre representa un desafío para asesores y clientes, ya que la determinación de la carga de trabajo suficiente es subjetiva. "¿Cuándo se considera que existe una carga de trabajo suficiente para justificar la necesidad de un empleado a jornada completa dedicado exclusivamente a la gestión del patrimonio inmobiliario?", cuestiona el abogado. La creación del Impuesto a las Grandes Fortunas en diciembre de 2022 ha cambiado la tributación de los más adinerados. Este impuesto estatal grava las fortunas por encima de los 3 millones de euros, obligando a los contribuyentes residentes en CCAA con bonificación en el Impuesto de Patrimonio a tributar por su fortuna. Por ello, comunidades como Madrid, Andalucía y Galicia han eliminado la exención del Impuesto de Patrimonio para evitar que la recaudación de sus contribuyentes más ricos vaya al Estado en lugar de a las arcas autonómicas.

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(El País, 16-04-2024) | Fiscal

El Tribunal Supremo respalda la deducción de gastos contabilizados incorrectamente en el impuesto de sociedades

El Tribunal Supremo ha sentado jurisprudencia al permitir que las empresas puedan deducirse, en el impuesto de sociedades, cantidades que fueron contabilizadas de manera incorrecta en otro periodo fiscal, aunque el año en que se realizaron los registros haya prescrito. Con esta decisión, el alto tribunal contradice el criterio de Hacienda, que sostenía que esta práctica no era admisible si los efectos del ejercicio en cuestión ya habían caducado. La Sala de lo Contencioso-Administrativo, en una sentencia del 22 de marzo, ha rechazado el recurso de la Abogacía del Estado -en representación de la Administración- contra una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que en junio de 2022 avaló la liquidación del impuesto de sociedades de una empresa que imputó gastos a un periodo incorrecto. El debate se originó a raíz de la declaración de la empresa Masarvix en relación al ejercicio de 2016, durante el cual contabilizó y dedujo como gasto en el impuesto de sociedades cinco facturas por un total de 10.187,40 euros. Sin embargo, esos gastos correspondían al ejercicio 2009. Según Hacienda, esta tributación fue incorrecta y su criterio fue respaldado por el Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) de Andalucía, que consideró que un gasto devengado en un ejercicio anterior al registrado puede ser deducible en este último "siempre que no resulte en menor tributación" y teniendo en cuenta si ha prescrito o no el ejercicio del devengo del gasto. La empresa argumentó que en cualquier caso no hubo "menor recaudación para el erario público" porque, de haber contabilizado correctamente las facturas en el ejercicio correspondiente, "la base imponible declarada en 2009 no habría sido positiva en 2.844,52 euros sino negativa en 7.342,88". Además, sostuvo que la base imponible de 2016, después de las compensaciones, sería cero. Tras estudiar esta cuestión durante nueve meses, desde que en junio de 2023 admitió el recurso de la Administración, el Tribunal Supremo concluyó que "la circunstancia de que debió contabilizarse en el ejercicio en el que se devengó no impide que pueda admitirse su contabilización ulterior", como ha sido el caso de Masarvix. El tribunal también aclara que lo que prescribe es "el derecho de la Administración a liquidar o el derecho del contribuyente a rectificar una autoliquidación", dos escenarios que, según indica la sentencia, no se han producido en la presente controversia.

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(La Vanguardia, 16-04-2024) | Fiscal

Economía plantea adaptar el impuesto a banca a la evolución del ciclo de tipos y al fomento de crédito a pymes

Carlos Cuerpo, ministro de Economía, propone ajustar el impuesto extraordinario a la banca en función de la evolución del ciclo de tipos de interés y para promover el crédito a las pymes, en caso de que este gravamen se mantenga como permanente. Durante su intervención en el Nueva Economía Fórum, destacó que la implementación de estos impuestos ha sido exitosa, aunque evitó confirmar su continuidad a largo plazo, como estipula el acuerdo entre el PSOE y Sumar. El Gobierno tiene la intención de convertir en atemporal el impuesto a las empresas energéticas, permitiendo a las empresas deducir inversiones estratégicas relacionadas con proyectos industriales y la descarbonización. Respecto al impuesto a la banca, el Ejecutivo aún está evaluando la medida, buscando un equilibrio entre los diferentes sectores económicos. Cuerpo reconoció que establecer un impuesto permanente requerirá un acuerdo político en el Congreso, un desafío dada la actual configuración parlamentaria. Destacó la importancia del diálogo político y social para lograr un enfoque equilibrado y sostenible en la implementación de estos gravámenes. En relación con la reducción de la jornada laboral, el ministro señaló la necesidad de abordar este proceso de manera gradual y flexible, en colaboración con los representantes de los trabajadores y empresarios, para evitar impactos negativos en la productividad y los salarios. El acuerdo de gobierno prevé una reducción progresiva de la jornada laboral máxima a 38,5 horas semanales este año y a 37,5 horas en 2025, con una mesa de diálogo en marcha con los agentes sociales. Cuerpo enfatizó la importancia de conciliar la vida laboral con la personal y familiar, mediante un proceso equilibrado de reducción de la jornada laboral basado en el consenso entre todos los actores involucrados.

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