(El Economista, 11-06-2026) | Fiscal

Tributos descarta que las asesorías que llevan la contabilidad de los clientes estén sujetas a Verifactu

La Dirección General de Tributos (DGT) ha aclarado en una consulta fechada el 13 de abril que las asesorías que se encargan únicamente de la contabilidad de sus clientes y de la presentación de impuestos en su nombre no están obligadas a adaptarse a Verifactu, el sistema que exige el uso de programas informáticos de facturación que cumplan con determinados requisitos establecidos por la Agencia Tributaria. La consulta responde a la duda planteada por una asesoría que gestiona la contabilidad, los libros registro de facturas emitidas y la presentación de autoliquidaciones de sus clientes, y que preguntaba si debía utilizar un software de facturación adaptado a la normativa Verifactu. Tributos recuerda que la normativa general prevé la implantación de sistemas informáticos certificados para actividades relacionadas con la facturación y la gestión contable. Sin embargo, señala que el desarrollo reglamentario aprobado hasta el momento se limita exclusivamente a los programas de facturación utilizados por empresarios y autónomos, sin extenderse a los sistemas contables empleados por asesorías o despachos profesionales. En consecuencia, la DGT concluye que las asesorías que realizan tareas de contabilización y presentación de impuestos para terceros no están incluidas dentro del ámbito de aplicación del reglamento sobre sistemas informáticos de facturación. El organismo aclara también que los propios clientes tampoco están obligados a utilizar estos sistemas si emiten sus facturas de forma manual o mediante herramientas básicas como Word o Excel, siempre que no se utilicen programas que automaticen el tratamiento de los datos. No obstante, advierte de que en el momento en que se emplee cualquier sistema informático de facturación, aunque sea de forma parcial, sí será obligatorio cumplir con la normativa Verifactu. En ese caso, los programas utilizados deberán garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, además de contar con la correspondiente certificación exigida por la Agencia Tributaria.

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(Expansión, 11-06-2026) | Laboral

La IA no destruye empleos, pero bloquea la entrada a jóvenes cualificados

La idea de que la inteligencia artificial representa una amenaza inmediata para los empleos de oficina se ha convertido en un mensaje recurrente. Los despidos en empresas tecnológicas, los anuncios de automatización y las dificultades de muchos recién titulados para encontrar trabajo han alimentado la percepción de que la IA está sustituyendo de forma masiva a programadores, analistas, administrativos, redactores, abogados en sus primeros años o consultores. Sin embargo, los datos disponibles sugieren una realidad más matizada. Un estudio citado por LinkedIn y publicado por MIT Technology Review a finales de mayo analiza la preocupación existente sobre el impacto de la inteligencia artificial en las profesiones cualificadas. Su principal conclusión es que la IA todavía no ha provocado una destrucción generalizada de empleo, aunque sí está modificando el acceso a determinadas carreras profesionales, especialmente en aquellos puestos iniciales basados en tareas repetitivas, estructuradas y fácilmente automatizables. Existe una diferencia importante entre la capacidad tecnológica de la IA para realizar determinadas tareas cognitivas y que esa capacidad se traduzca en una transformación profunda del mercado laboral. Según The Budget Lab de la Universidad de Yale, en Estados Unidos se observan algunos indicios de menor contratación y dificultades para ciertos trabajadores, pero aún no existen pruebas concluyentes de que la inteligencia artificial sea la principal responsable de esa situación. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) llegó anteriormente a una conclusión similar al señalar que, por el momento, apenas existen evidencias de efectos negativos relevantes sobre el empleo total. Esto sugiere que el impacto de la IA podría estar concentrándose en determinados perfiles, tareas y etapas profesionales. Desde el Stanford Digital Economy Lab consideran que el debate no debe limitarse a elegir entre una visión catastrofista o una confianza absoluta en la tecnología. Aunque la inteligencia artificial no esté eliminando profesiones enteras, sí está alterando las funciones de entrada y las oportunidades laborales para los jóvenes con formación superior. Las investigaciones realizadas por la Universidad de Stanford muestran que los trabajadores de entre 22 y 25 años empleados en ocupaciones altamente expuestas a la IA han registrado una caída relativa del empleo del 16%. En cambio, los profesionales con más experiencia dentro de esas mismas actividades han mantenido o incluso mejorado su situación. Esto apunta a una presión específica sobre quienes intentan incorporarse al mercado laboral, más que a una desaparición de las profesiones afectadas. En este contexto resulta fundamental diferenciar entre automatización y complemento tecnológico. Cuando la IA actúa como apoyo, permite que los trabajadores sean más eficientes, tomen mejores decisiones o alcancen resultados con mayor rapidez. Sin embargo, cuando sustituye por completo determinadas tareas, las empresas pueden cuestionarse si necesitan incorporar el mismo número de empleados en niveles iniciales. El estudio de Stanford señala que los efectos más negativos para los jóvenes aparecen precisamente en aquellas ocupaciones donde la inteligencia artificial reemplaza funciones concretas. Por el contrario, en los empleos donde la tecnología actúa como herramienta de apoyo, no se observan las mismas consecuencias. La programación constituye uno de los ejemplos más evidentes. Una investigación de la Reserva Federal sobre profesiones relacionadas con el desarrollo de software en Estados Unidos concluye que el empleo total del sector no se ha desplomado, aunque sí ha mostrado una desaceleración desde la aparición de ChatGPT. Esta situación obliga a abandonar tanto las posiciones alarmistas como las excesivamente optimistas. La profesión de programador no desaparece, pero sí cambia la forma de acceder a ella. Dominar tareas rutinarias de programación ya no resulta suficiente cuando una herramienta de IA puede generar código básico, documentarlo, detectar errores y sugerir pruebas de funcionamiento. El Foro Económico Mundial también prevé cambios importantes en perfiles administrativos y estima que, entre 2025 y 2030, cerca del 39% de las habilidades actuales podrían transformarse o perder relevancia. Aun así, la implantación de la inteligencia artificial en las empresas sigue siendo desigual. Conviene distinguir además entre el uso individual y la adopción corporativa. La IA puede estar modificando la forma de trabajar de millones de personas antes de que las organizaciones acometan grandes procesos de reestructuración. Se produce así una paradoja. La inteligencia artificial puede facilitar enormemente el aprendizaje de los trabajadores menos experimentados al proporcionar instrucciones, borradores, resúmenes, respuestas o código que antes exigían meses de formación. Sin embargo, si estas herramientas permiten que equipos reducidos de profesionales veteranos generen más producción, las empresas podrían reducir la contratación de personal junior. Esto mejora la eficiencia a corto plazo, pero puede generar problemas en el futuro al limitar la formación de nuevos especialistas. La IA también puede provocar efectos sociales incluso sin provocar un aumento significativo del desempleo. Los profesionales experimentados que sepan aprovechar estas herramientas pueden incrementar su productividad y valor en el mercado, mientras que muchos jóvenes encuentran mayores obstáculos para adquirir experiencia práctica. Las tareas básicas que tradicionalmente servían para aprender una profesión son precisamente las más susceptibles de automatización. Esta dinámica puede debilitar el papel de la educación superior como mecanismo de promoción social y obligar a las empresas a replantear sus estructuras organizativas. Sectores como la abogacía, la consultoría, la banca, la tecnología, los medios de comunicación o el marketing podrían evolucionar hacia modelos con menos trabajadores en formación y una mayor concentración de profesionales experimentados. En definitiva, el principal desafío no radica únicamente en que la inteligencia artificial sustituya determinadas tareas, sino en que elimine precisamente aquellas funciones básicas que permitían a los jóvenes adquirir experiencia y desarrollar una carrera profesional. Aunque no se produzca una destrucción masiva de empleo, existe el riesgo de que se debilite la progresión profesional, con menos oportunidades de acceso, menos aprendizaje práctico y mayores dificultades para alcanzar niveles de especialización en muchas profesiones cualificadas.

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(Expansión, 11-06-2026) | Laboral

Los convenios firmados este año alcanzan ya subidas del 4%

Los convenios colectivos registrados hasta mayo reflejan una subida salarial media del 3%, aunque aquellos firmados durante 2026 contemplan incrementos superiores, situados en torno al 4%, en un contexto marcado por el repunte de las tensiones inflacionistas. Aunque todavía resulta complicado determinar con exactitud el grado de influencia que la crisis energética derivada de la guerra en Irán está teniendo sobre el mercado laboral, los datos disponibles muestran una tendencia al alza en las revisiones salariales pactadas entre empresas y trabajadores. Según la información actualizada por el Ministerio de Trabajo, la subida salarial media acordada en los convenios registrados hasta mayo alcanzó el 3%, una cifra que se registra por primera vez este año y que ha ido aumentando gradualmente desde el 2,87% con el que comenzó 2026. No obstante, por tercer mes consecutivo este incremento se mantiene por debajo de la inflación, ya que el IPC cerró mayo en el 3,2%. Esto implica que, en términos generales, los trabajadores continúan perdiendo capacidad adquisitiva frente al aumento de los precios. Sin embargo, la situación no es uniforme para todos los asalariados. Dentro de una negociación colectiva caracterizada por grandes diferencias entre sectores y empresas, una parte relevante de los trabajadores ha conseguido pactar aumentos salariales superiores a la inflación. En concreto, cerca de 2,3 millones de empleados cubiertos por convenio, equivalentes al 29% de los 7,95 millones de trabajadores afectados hasta mayo, disfrutarán de incrementos salariales medios del 4,08% durante este año. Esta mejora supera en ocho décimas la inflación actual y se aproxima a las reivindicaciones planteadas por los principales sindicatos en las negociaciones para un nuevo Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva, tras la expiración del anterior pacto a finales de 2025. UGT y CCOO han propuesto para el periodo 2026-2028 una subida salarial anual del 4%, acompañada de cláusulas adicionales que permitirían incrementos de hasta un 1,5% extra cada año si la inflación supera determinados niveles. Los convenios firmados durante 2026 parecen seguir esa misma línea, ya que recogen aumentos medios del 4,04%, más de un punto por encima del incremento medio general del 3% y claramente superior al 2,92% registrado en los convenios suscritos en ejercicios anteriores pero con efectos económicos durante este año. Además, este porcentaje supera el 3,22% que reflejaban los convenios firmados hasta febrero, antes del inicio del conflicto bélico, lo que evidencia una creciente presión para elevar las retribuciones en el mercado laboral. Estas tensiones salariales podrían intensificarse durante los próximos meses si el conflicto en Oriente Próximo se prolonga o empeora. Un escenario de este tipo agravaría la actual crisis energética, impulsaría nuevas subidas de precios y aumentaría los problemas en las cadenas de suministro de materias primas estratégicas como el petróleo o el gas, factores que ya están generando preocupación sobre la evolución de la economía mundial. La OCDE ha elaborado distintos escenarios sobre las posibles consecuencias de esta situación. En el más negativo, advierte de que, si las perturbaciones económicas se prolongan hasta bien entrado 2027, el crecimiento global podría ralentizarse hasta el 2,1% en 2026 y el 1,8% en 2027, acercando a algunas economías a situaciones de recesión. Un deterioro de estas características tendría efectos tanto sobre la inflación como sobre el empleo, provocando previsiblemente un aumento del desempleo. Los 2,3 millones de trabajadores que disfrutarán de incrementos salariales superiores al 4%, repartidos en más de 299.600 empresas, conviven con una realidad laboral muy diversa. De hecho, alrededor de 5,65 millones de empleados, el 71% de los trabajadores cubiertos por convenio, percibirán aumentos inferiores al 3%. Dentro de este grupo se encuentran situaciones muy distintas. Algunos trabajadores verán congelados sus salarios, como ocurre con 2.631 empleados, mientras que otros recibirán incrementos muy reducidos, del 0,27% o del 0,56%. También destacan los más de 3,35 millones de asalariados cuyos convenios contemplan subidas del 2,96%, así como los cerca de 501.000 trabajadores con incrementos del 1,45% y otros más de 607.000 empleados que percibirán aumentos del 2,46%. Por sectores de actividad, los servicios registran la mayor subida salarial media, con un incremento del 3,06% que afecta a 5,35 millones de trabajadores. La construcción ocupa la segunda posición, con una mejora del 3% para cerca de 946.500 empleados. Por debajo de la media general se sitúan la industria, donde los salarios aumentan un 2,82% para 1,54 millones de trabajadores, y la agricultura, que registra una subida media del 2,74% para algo más de 106.000 personas.

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(Expansión, 11-06-2026) | Laboral

El Supremo tumba el recurso de CEOE y allana que Conpymes participe en órganos consultivos del Gobierno

El Tribunal Supremo ha establecido que las organizaciones empresariales que cumplan los requisitos de representatividad previstos en el Estatuto de los Trabajadores pueden formar parte de los órganos consultivos de la Administración. Así lo recogen tres sentencias dictadas los días 14, 19 y 28 de mayo, en las que el Alto Tribunal desestima los recursos presentados por CEOE, Cepyme y la Confederación Nacional de la Construcción (CNC) contra el decreto aprobado por el Gobierno en febrero de 2024 para modificar la composición del Consejo Estatal de la Pyme, el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada y el Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas (CERSE), permitiendo la incorporación de Conpymes. Las organizaciones recurrentes defendían que la representación institucional empresarial en el Consejo Estatal de la Pyme debía recaer exclusivamente en las organizaciones empresariales de ámbito estatal y en aquellas de carácter intersectorial autonómico que alcanzaran los niveles mínimos de representatividad establecidos legalmente. Además, sostenían que dichos criterios se determinan en función del número de empresas asociadas y de trabajadores representados, sin tener en cuenta el tamaño de las compañías integradas en cada organización. No obstante, el Supremo considera que aceptar esta interpretación supondría, en la práctica, concentrar la representación empresarial en unas pocas organizaciones, convirtiéndolas en interlocutores exclusivos frente a las administraciones públicas. Los magistrados subrayan que tanto el Consejo Estatal de la Pyme como el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada son órganos de naturaleza consultiva y sin capacidad decisoria, cuya actividad afecta directamente a las pequeñas y medianas empresas. Por ello, consideran razonable que en estos foros exista una representación más amplia y diversa. La sentencia señala que esta pluralidad puede incluir tanto a las organizaciones empresariales de ámbito estatal consideradas más representativas como a aquellas que defienden específicamente los intereses de las pequeñas y medianas empresas. Sin embargo, aclara que todas las entidades que aspiren a ocupar estos puestos deberán acreditar los niveles de representatividad exigidos por la disposición adicional sexta del Estatuto de los Trabajadores, que establece un mínimo del 10% de representación de empresas y trabajadores a nivel estatal o del 15% en el ámbito autonómico. Desde CEOE interpretan que el fallo reconoce la posibilidad de que exista una representación más diversa en determinados órganos de carácter consultivo relacionados con las pymes. A su juicio, la resolución diferencia claramente entre la participación en organismos de asesoramiento, donde pueden intervenir distintas organizaciones empresariales para aportar propuestas y experiencia, y el diálogo social institucionalizado, la concertación social y la negociación colectiva, ámbitos reservados a las organizaciones empresariales reconocidas legalmente como más representativas y amparadas por el artículo 7 de la Constitución. Asimismo, la sentencia deja claro que la presencia en estos órganos consultivos está condicionada al cumplimiento de los criterios de representatividad establecidos por la legislación laboral. Las resoluciones del Supremo consolidan así la presencia de Conpymes en los organismos consultivos impulsados por el Gobierno. Esta decisión había generado un importante malestar en CEOE y Cepyme, que consideraban que el Ejecutivo estaba alterando los criterios tradicionales de representatividad para favorecer a una organización empresarial próxima a sus planteamientos políticos. Conpymes fue creada en mayo de 2021 en un contexto de tensiones entre el Gobierno de coalición formado entonces por PSOE y Unidas Podemos y las principales organizaciones empresariales, especialmente en debates relacionados con la reforma laboral y las sucesivas subidas del salario mínimo interprofesional. La asistencia de la entonces vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, así como de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, al acto de presentación de la nueva patronal alimentó las críticas de CEOE y Cepyme, que interpretaron el respaldo institucional como un intento de promover una alternativa empresarial alineada con el Ejecutivo. El Consejo Estatal de la Pyme es un órgano consultivo adscrito al Ministerio de Industria y Turismo cuya función principal es servir de espacio de diálogo entre las administraciones públicas y los agentes económicos para diseñar y evaluar políticas relacionadas con las pequeñas y medianas empresas. Entre sus competencias figuran la elaboración de informes sobre iniciativas normativas, el análisis de la evolución del tejido empresarial, el impulso al emprendimiento y la formulación de propuestas destinadas a mejorar la competitividad, el acceso a la financiación y la internacionalización de las empresas. Su composición incluye representantes de distintos ministerios, de las comunidades autónomas, de las entidades locales y de los principales agentes sociales. Tradicionalmente, la representación empresarial dentro de este órgano había estado integrada fundamentalmente por CEOE y Cepyme. Tras la reforma aprobada por el Gobierno y avalada ahora por el Tribunal Supremo, los ocho puestos reservados a las organizaciones empresariales se distribuyen de forma que siete corresponden a CEOE y Cepyme, mientras que uno queda asignado a Conpymes, formalizando así su incorporación al Consejo Estatal de la Pyme.

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(El Economista, 11-06-2026) | Laboral

La regularización de inmigrantes apenas impulsará el crecimiento del PIB en 2027

A menos de tres semanas de que concluya el proceso extraordinario de regularización impulsado por el Gobierno en abril, persiste la incertidumbre sobre su impacto real en la economía más allá de su efecto inmediato en el empleo. Un informe reciente de BBVA Research señala que esta medida tendría un impacto limitado sobre el crecimiento económico en 2027, especialmente si la mayor parte de las cerca de medio millón de personas previstas para regularizarse ya estaban trabajando previamente en la economía informal, tal como apuntan algunas estimaciones del Ministerio de Seguridad Social. Los economistas del banco advierten de que estas proyecciones están sujetas a una elevada incertidumbre, debido a la falta de información precisa sobre la situación laboral previa de estas personas. Esta falta de datos condiciona los resultados, ya que el efecto económico varía según se trate de nuevos trabajadores que se incorporan al mercado laboral o de personas que ya desempeñaban una actividad en la economía sumergida y pasan a formalizar su situación. Según el economista jefe para España y Portugal de BBVA Research, Miguel Cardoso, no puede descartarse que el impacto sobre el PIB sea nulo en algunos escenarios, dado que una parte importante de las personas regularizadas ya estarían trabajando de facto. En ese caso, su paso a la economía formal incrementaría las cifras de afiliación a la Seguridad Social, pero no alteraría de forma significativa la Encuesta de Población Activa ni, por tanto, el cálculo del PIB, al tratarse de un simple cambio de registro estadístico. En el escenario más favorable, en el que los nuevos regularizados se incorporaran efectivamente como trabajadores adicionales, el impacto podría alcanzar cerca de cinco décimas de PIB al inicio de 2027 y aproximarse a un punto porcentual hacia final de ese año. En cambio, si su incorporación se produce en sustitución de otros empleos ya existentes, el efecto sería mucho más reducido, en torno a medio punto del PIB. En cualquier caso, los analistas consideran que la contribución global de este proceso al crecimiento económico sería limitada. Aun así, reconocen que la incorporación de trabajadores extranjeros puede ayudar a paliar la escasez de mano de obra que las empresas vienen señalando en los últimos años como un freno a su actividad, además de haber sido un factor relevante en el crecimiento reciente de la economía. También apuntan a posibles efectos indirectos, como una mejora de la productividad si parte de estos trabajadores estaba previamente subempleada en la economía informal, así como un aumento del consumo y de la inversión. Estos factores podrían, en conjunto, aportar cierto dinamismo adicional, aunque de carácter moderado. Por otro lado, se prevé que la regularización pueda influir en variables como las cotizaciones sociales, el número de horas trabajadas o la evolución de los salarios reales, que según algunos análisis apenas han crecido desde la pandemia, con la excepción del salario mínimo interprofesional. Asimismo, se señala que podría ejercer cierta presión al alza sobre los precios. En términos de afiliación, los expertos no observan cambios estructurales en la tendencia de incorporación de trabajadores extranjeros tras la aprobación de miles de expedientes. Una vez finalizado el proceso, se estima que alrededor de 550.000 personas podrían incorporarse al sistema formal, lo que supondría un incremento aproximado del 17% en la afiliación de trabajadores extranjeros, en un contexto en el que este colectivo ya alcanza niveles históricos dentro del mercado laboral español.

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(La Vanguardia, 11-06-2026) | Laboral

Las jornadas parciales explican la mitad de la brecha salarial entre hombres y mujeres

La brecha salarial entre hombres y mujeres continúa siendo una realidad significativa en el mercado laboral español, pese a la reducción experimentada durante las últimas décadas. Según los datos más recientes del Instituto Nacional de Estadística (INE), correspondientes a 2024, los hombres perciben una remuneración media anual de 32.058 euros brutos, frente a los 26.905 euros de las mujeres. Un informe elaborado por Comisiones Obreras (CC OO), basado en los microdatos de la Encuesta Cuatrienal de Estructura Salarial de 2022, analiza en profundidad las causas de esta diferencia y concluye que la mayor parte de la brecha se explica por factores estructurales relacionados con la organización del mercado laboral y la distribución de las responsabilidades de cuidados. El estudio estima que, dentro de la diferencia salarial existente en el sector privado, el principal factor explicativo es la mayor presencia de mujeres en empleos a tiempo parcial. Este elemento representa 15,6 puntos de los 30,7 puntos de brecha salarial identificados por el sindicato. Actualmente, cerca de tres cuartas partes de los trabajadores con jornada parcial son mujeres, una proporción que apenas ha variado en la última década. Según el análisis, esta situación está estrechamente vinculada a la desigual distribución de las tareas de cuidado familiar y doméstico, que siguen recayendo de forma mayoritaria sobre las mujeres y condicionan su disponibilidad laboral. El segundo factor más relevante corresponde a la parte de la brecha que no puede explicarse por variables objetivas como la formación, la ocupación o el sector de actividad. El informe atribuye 11,9 puntos a este componente, que identifica como una posible manifestación de discriminación laboral. En este apartado se incluyen fenómenos como las interrupciones profesionales asociadas a la maternidad, las dificultades para progresar en la carrera profesional o diferencias retributivas que persisten entre trabajadores con perfiles similares. El tercer elemento de mayor peso es la concentración femenina en sectores tradicionalmente peor remunerados. Esta circunstancia explica 5,8 puntos de la diferencia salarial total. Actividades como los cuidados, la educación infantil, determinados servicios personales o el comercio minorista presentan una elevada presencia de mujeres y salarios medios inferiores a los de otros sectores más masculinizados. El estudio también destaca que la brecha salarial no desaparece incluso cuando se comparan hombres y mujeres con características laborales semejantes dentro de una misma actividad económica. Esta persistencia apunta, según el sindicato, a la existencia de desigualdades que van más allá de la mera segregación sectorial. Uno de los mecanismos que contribuyen a ampliar estas diferencias son los complementos salariales. El informe señala que este tipo de retribuciones, habitualmente vinculadas a la disponibilidad horaria, la movilidad o determinadas responsabilidades adicionales, benefician con mayor frecuencia a los hombres. De acuerdo con los cálculos realizados, cuatro de cada diez euros de diferencia salarial entre ambos sexos proceden de estos complementos. Por edades, el análisis muestra que las diferencias salariales son mucho más reducidas entre las generaciones jóvenes y se amplían progresivamente a medida que avanza la trayectoria profesional. Esto sugiere que una parte importante de la desigualdad se genera a lo largo de la vida laboral, especialmente cuando aparecen las responsabilidades familiares y de cuidados. Entre los factores que contribuyen a reducir la brecha destaca el mayor nivel educativo de las mujeres. Actualmente, el porcentaje de asalariadas con estudios universitarios supera ampliamente al de los hombres. Esta ventaja formativa atenúa la diferencia salarial en unos 2,5 puntos. Sin embargo, el informe señala que este mayor capital educativo no se traduce plenamente en mejores salarios debido al efecto combinado del resto de factores estructurales. Desde CC OO se advierte de que la reducción de la brecha salarial se ha ralentizado en los últimos años. El sindicato considera que el impacto positivo que tuvieron medidas como las subidas del salario mínimo interprofesional o la reforma laboral se está agotando y reclama nuevas actuaciones para seguir avanzando hacia la igualdad retributiva. Entre las propuestas planteadas figuran una revisión de la regulación del trabajo a tiempo parcial para evitar usos abusivos, una mayor transparencia salarial en las empresas, la reforma de los sistemas de complementos retributivos y la adopción de nuevas políticas públicas que favorezcan la corresponsabilidad en los cuidados. Asimismo, CC OO recuerda que España debe incorporar plenamente a su legislación la directiva europea sobre transparencia retributiva e igualdad salarial, cuyo plazo de transposición ya ha expirado. El sindicato considera que esta norma puede convertirse en una herramienta relevante para reducir las diferencias salariales persistentes entre hombres y mujeres y avanzar hacia un mercado laboral más equitativo.

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(El Confidencial, 11-06-2026) | Laboral

El Gobierno cubrirá con interinos a personal laboral que se jubile anticipadamente

El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública trabaja junto a los sindicatos UGT y CCOO en una solución normativa para desbloquear las jubilaciones parciales anticipadas del personal laboral de la Administración General del Estado (AGE), paralizadas desde abril de 2025 por cambios introducidos en la legislación. El problema se originó tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2024, que endureció las condiciones de acceso a esta modalidad de jubilación al exigir que el trabajador relevista fuera contratado de forma indefinida y a jornada completa en el mismo momento en que se produjera la jubilación parcial. Aunque este requisito resulta viable en el sector privado, las particularidades de los procedimientos de contratación pública han impedido su aplicación efectiva en la Administración. Para superar este obstáculo, el Gobierno negocia con las organizaciones sindicales un nuevo real decreto-ley que permitiría, de forma transitoria, la contratación de relevistas interinos mientras se tramitan y convocan las correspondientes plazas de reposición. Estas vacantes pasarían posteriormente a integrarse en las ofertas de empleo público anuales para su cobertura definitiva mediante los procedimientos ordinarios de acceso. Las fuentes implicadas en la negociación confían en que el acuerdo pueda cerrarse antes de la interrupción estival de la actividad parlamentaria y que el Ejecutivo apruebe poco después la nueva norma. Los representantes sindicales consideran que, pese a la compleja situación política y parlamentaria, una medida de estas características tendría opciones de ser convalidada por las Cortes, como ha ocurrido recientemente con otras iniciativas relacionadas con el empleo público. Mientras se completa esta reforma, Función Pública ha adoptado una medida provisional. A través de una resolución aprobada el 9 de junio, se permite al personal laboral de la Administración General del Estado solicitar desde el 10 de junio la jubilación parcial anticipada. Esta posibilidad se apoya en una tasa extraordinaria de reposición aprobada en julio de 2025, que contempla 1.049 plazas destinadas a relevistas. Sin embargo, tanto los sindicatos como los afectados consideran que esta solución tiene un alcance limitado, ya que obliga a retrasar el acceso efectivo a la jubilación parcial durante más de un año en numerosos casos, desvirtuando en parte el objetivo de esta modalidad de retiro. La fórmula actualmente en negociación pretende corregir precisamente este desfase temporal, permitiendo que la incorporación del relevista se produzca de forma simultánea a la jubilación parcial del trabajador, aunque inicialmente sea mediante un nombramiento temporal. No obstante, la solución proyectada tendría un alcance restringido al personal laboral de la Administración General del Estado. Los trabajadores laborales de comunidades autónomas y entidades locales continúan encontrándose con importantes dificultades para ejercer este derecho, pese a que también lo tienen reconocido en sus respectivos convenios colectivos. Las administraciones territoriales alegan problemas para planificar con antelación las plazas de reposición necesarias y, hasta el momento, los tribunales han respaldado mayoritariamente esta interpretación. Mientras tanto, los sindicatos mantienen negociaciones con la Seguridad Social para intentar extender una solución similar a estos colectivos. Paralelamente, el conflicto laboral en la Administración General del Estado se ha intensificado debido al bloqueo de la negociación del V Convenio Colectivo del personal laboral. El actual convenio fue denunciado a finales de 2024 y, según denuncian las organizaciones sindicales, los avances en la negociación han sido escasos. Entre las principales reivindicaciones figura una mejora salarial que permita equiparar las retribuciones del personal laboral con las de los funcionarios que desempeñan puestos equivalentes. También reclaman la cobertura de aproximadamente 17.000 vacantes existentes en la Administración, de las cuales unas 11.000 ya cuentan con autorización en ofertas de empleo público aprobadas en los últimos años, pero todavía no han sido convocadas. Los sindicatos alertan de que la pérdida de atractivo de determinados puestos está dificultando cada vez más la cobertura de plazas. Según sus datos, el porcentaje de ocupación efectiva de las ofertas públicas de empleo ha descendido de forma significativa en los últimos años, al tiempo que las categorías salariales más bajas han visto reducirse la distancia respecto al salario mínimo interprofesional. Las organizaciones sindicales también denuncian que la falta de reposición de efectivos está favoreciendo una creciente externalización de servicios públicos. Aunque UGT, CCOO y CSIF comparten buena parte de las reivindicaciones, mantienen diferencias en sus planteamientos y todavía no han logrado consensuar una estrategia común de movilización. Cada organización ha convocado sus propias concentraciones durante el mes de junio para visibilizar el conflicto y presionar al Gobierno. Pese a ello, las propias fuentes sindicales reconocen que no esperan avances significativos en las próximas semanas y sitúan el periodo posterior al verano como el momento en el que previsiblemente aumentará la presión negociadora y la conflictividad laboral dentro de la Administración.

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(Cinco Días, 11-06-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La banca europea pacta reclamar a Bruselas avanzar en la unión del mercado sin mencionar el fondo de depósitos

La banca europea ha redoblado la presión sobre las instituciones comunitarias para que impulsen una profunda simplificación de la regulación financiera y culminen de una vez la unión bancaria. La ofensiva coincide con el debate abierto en Bruselas sobre cómo reforzar la competitividad de la economía europea y movilizar los recursos necesarios para financiar las grandes inversiones que afronta la Unión en ámbitos como la transición energética, la digitalización, la defensa o las infraestructuras. En este contexto, la Federación Bancaria Europea ha presentado un informe elaborado por la consultora Oliver Wyman en el que eleva hasta 1,4 billones de euros las necesidades anuales de financiación de la economía europea. La cifra supera ampliamente los 800.000 millones estimados anteriormente por el informe elaborado por Enrico Letta sobre el futuro del mercado único. Para cubrir ese déficit de financiación, el sector financiero considera imprescindible avanzar en dos frentes: una reducción de las cargas regulatorias y una mayor integración del mercado bancario europeo. Uno de los elementos centrales del debate vuelve a ser la unión bancaria, un proyecto iniciado tras la crisis financiera de 2008 que todavía permanece incompleto. Durante la última década, la Unión Europea ha puesto en marcha un supervisor bancario único bajo la responsabilidad del Banco Central Europeo y un mecanismo común para gestionar la resolución de entidades en dificultades. Sin embargo, sigue pendiente la creación de un sistema europeo de garantía de depósitos. La ausencia de este tercer pilar ha sido uno de los principales obstáculos para la integración financiera europea. Países como Alemania y otras economías del norte han mostrado históricamente reticencias a compartir riesgos con los sistemas bancarios de los países del sur, argumentando que ello podría implicar la mutualización de problemas derivados de decisiones nacionales. Pese a estas resistencias, la cuestión ha vuelto a cobrar protagonismo en los últimos meses gracias al impulso de países como España, Italia y Francia. La Comisión Europea ha abierto consultas públicas sobre la materia y prepara un informe que podría servir de base para futuras propuestas legislativas. Los grandes bancos europeos consideran que completar la unión bancaria es una condición indispensable para favorecer las fusiones transfronterizas y permitir la aparición de entidades paneuropeas con mayor capacidad financiera y competitiva frente a los grandes grupos estadounidenses y asiáticos. Actualmente, el sistema financiero europeo continúa muy fragmentado, con predominio de grandes entidades nacionales pero sin bancos verdaderamente integrados a escala continental. Según Oliver Wyman, esta situación limita la eficiencia en la asignación de capital y liquidez dentro del mercado único y reduce la capacidad de financiación de proyectos estratégicos. El informe señala que las exigencias de mantener recursos propios y liquidez de forma separada en cada filial nacional, junto con las diferencias regulatorias y supervisoras entre países, dificultan los procesos de consolidación bancaria. Asimismo, destaca que las distintas medidas macroprudenciales aplicadas por cada Estado pueden generar diferencias relevantes en los requisitos de capital exigidos a las entidades. Más allá de la unión bancaria, el sector reclama una revisión general del marco regulatorio. Entre las propuestas figura una evaluación conjunta de todos los requisitos de capital impuestos a las entidades financieras, especialmente aquellos derivados de los procesos supervisores que se añaden a los mínimos establecidos por la normativa internacional. Los bancos también solicitan una revisión del papel del Banco Central Europeo como supervisor. Actualmente, su misión se centra en preservar la estabilidad financiera de la zona euro, pero el sector considera que debería incorporarse un segundo objetivo relacionado con el fortalecimiento de la competitividad de la banca europea. El informe de Oliver Wyman incluye además otras recomendaciones destinadas a mejorar la capacidad de financiación de la economía comunitaria. Entre ellas destacan la simplificación de determinadas exigencias prudenciales, la modernización del marco regulatorio, el desarrollo de una cuenta única de inversión para los ciudadanos europeos y una reforma del mercado de titulizaciones que facilite la movilización de capital hacia proyectos productivos. La creciente presión del sector financiero se produce en un momento especialmente sensible para la integración bancaria europea, marcado por operaciones corporativas transfronterizas de gran relevancia y por el renovado interés de Bruselas en reforzar la autonomía económica y financiera de la Unión. El debate sobre cómo equilibrar estabilidad, competencia e integración vuelve así al centro de la agenda económica europea.

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(Expansión, 10-06-2026) | Fiscal

Hacienda apunta a las ventas en plataformas digitales: 437.000 avisos preventivos este año

Las ventas de productos de segunda mano a través de plataformas digitales como Wallapop, Vinted o Milanuncios se han consolidado como una práctica habitual entre los consumidores españoles. Con un volumen de negocio que supera los 8.500 millones de euros al año, estas operaciones se encuentran cada vez más bajo la supervisión de la Agencia Tributaria, que ha reforzado sus mecanismos de control sobre este tipo de transacciones. La entrada en vigor de la normativa derivada de la Directiva europea DAC-7 obliga a las plataformas digitales a comunicar periódicamente a Hacienda información sobre determinados usuarios y sus operaciones. En concreto, deben identificar a aquellos vendedores que superen las 30 transacciones anuales o ingresen más de 2.000 euros al año mediante estas actividades. Como consecuencia, la Agencia Tributaria intensificará durante este ejercicio las labores de control mediante el envío de avisos preventivos a los contribuyentes. Según ha explicado la directora general de la Agencia Tributaria, Soledad Fernández, estos mensajes tienen carácter informativo y buscan que los ciudadanos revisen sus declaraciones antes de que finalice la campaña del IRPF. En total, Hacienda remitirá cerca de 437.000 comunicaciones para alertar sobre posibles discrepancias entre la información declarada por los contribuyentes y los datos facilitados por las plataformas digitales de compraventa. La tributación de estas operaciones depende de si existe o no una ganancia económica. Los vendedores únicamente deben declarar en el IRPF aquellas ventas en las que el precio obtenido sea superior al coste de adquisición original del bien. En ese caso, la diferencia positiva se considera una ganancia patrimonial y debe integrarse en la base imponible del ahorro. Sin embargo, la mayoría de las ventas entre particulares se realizan por importes inferiores al precio de compra inicial debido al desgaste, la depreciación o el paso del tiempo. En estas circunstancias se genera una pérdida patrimonial que, aunque no está sujeta a tributación, tampoco puede utilizarse para compensar otras ganancias obtenidas en operaciones similares. A pesar de que no exista beneficio económico, las plataformas están obligadas a informar a Hacienda cuando se superan los límites establecidos por la normativa. Si posteriormente el contribuyente no incluye correctamente estas operaciones en su declaración cuando corresponda, puede enfrentarse a sanciones económicas que parten de los 300 euros, además de posibles recargos e intereses. Cuando sí existe una ganancia patrimonial, como puede ocurrir en la venta de artículos de colección, antigüedades o determinados objetos revalorizados, el beneficio debe tributar en la base del ahorro del IRPF. Los primeros 6.000 euros tributan al 19%, mientras que los tipos aumentan progresivamente para las cuantías superiores hasta alcanzar el 30% en los tramos más elevados. Los expertos fiscales recomiendan conservar siempre las facturas, tickets o cualquier documento que permita acreditar el precio de adquisición original de los bienes vendidos. Esta documentación resulta esencial para demostrar ante la Administración tributaria si realmente se ha obtenido una ganancia o una pérdida. Las obligaciones fiscales no afectan únicamente a los vendedores. Los compradores también pueden estar sujetos al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) cuando adquieren determinados bienes usados a otros particulares. Este tributo es gestionado por las comunidades autónomas y su tipo impositivo varía según el territorio, situándose generalmente a partir del 4%. La aplicación del ITP adquiere especial relevancia en las compraventas de vehículos de segunda mano. Para estos casos, Hacienda actualiza periódicamente las tablas de valoración fiscal utilizadas para determinar la base imponible del impuesto. En la última revisión, los valores de referencia de los vehículos registraron incrementos medios de entre el 5% y el 7%. Además, las nuevas tablas distinguen por primera vez entre vehículos híbridos enchufables y automóviles totalmente eléctricos, estableciendo criterios de valoración diferenciados para cada categoría. Una vez determinado el valor fiscal del vehículo, se aplican los coeficientes reductores correspondientes en función de su antigüedad. Así, los vehículos con menos de un año mantienen el 100% de su valor de referencia, mientras que aquellos con más de doce años de antigüedad pueden reducir su valoración hasta el 10%. Sobre la cuantía resultante se aplica posteriormente el tipo del ITP fijado por cada comunidad autónoma. La creciente digitalización del mercado de segunda mano ha llevado a las administraciones tributarias a reforzar los mecanismos de control e intercambio de información. Por ello, tanto vendedores como compradores deben prestar especial atención a sus obligaciones fiscales para evitar sanciones, recargos o futuras comprobaciones por parte de Hacienda.

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(Expansión, 10-06-2026) | Fiscal

Hacienda también juega la Champions: rebajas de impuestos para la final de Madrid en 2027

La celebración de la final de la Liga de Campeones de la UEFA en Madrid en mayo de 2027 ya está generando movimientos tanto en el ámbito empresarial como en el fiscal. El encuentro, que tendrá lugar en el estadio Riyadh Air Metropolitano, sede del Atlético de Madrid, se perfila como uno de los mayores acontecimientos deportivos del próximo año y tendrá un impacto económico significativo en la capital española. Las estimaciones apuntan a que el evento podría aportar alrededor de 50 millones de euros adicionales a la economía madrileña gracias al aumento del turismo, el consumo y la actividad empresarial vinculada a la organización de la final. Con el objetivo de facilitar los preparativos y atraer la actividad económica asociada al evento, el Gobierno ha aprobado un régimen fiscal especial para las empresas, entidades y trabajadores relacionados con la organización de la final. Las medidas han sido incorporadas al ordenamiento jurídico a través del Real Decreto-ley 12/2026 y afectan a diversos tributos, entre ellos el Impuesto sobre Sociedades, el IVA, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). En materia de Impuesto sobre Sociedades, las entidades residentes en España creadas específicamente por la UEFA o por los clubes finalistas para la gestión y organización del evento podrán beneficiarse de una exención fiscal sobre las rentas obtenidas directamente por su participación en la final. El objetivo es evitar cargas tributarias adicionales derivadas de una actividad temporal y estrechamente vinculada al acontecimiento deportivo. La normativa también introduce ventajas en el ámbito aduanero para facilitar la entrada de mercancías necesarias para la organización del encuentro. Los bienes importados podrán permanecer en territorio español bajo los distintos regímenes aduaneros durante un plazo máximo de veinticuatro meses o, como límite, hasta el 31 de diciembre de 2028. Esta medida afecta tanto a las mercancías sometidas al régimen general de importación como a aquellas acogidas al régimen de importación temporal. En el ámbito de la fiscalidad personal, las personas físicas que no sean residentes fiscales en España y presten servicios a la UEFA o a los equipos participantes no tendrán que tributar en España por las rentas obtenidas en relación con dichas actividades. Estas remuneraciones no se considerarán generadas en territorio español a efectos fiscales. Asimismo, los trabajadores desplazados a España para colaborar en la organización de la final que adquieran la condición de residentes fiscales por permanecer más de 183 días en el país podrán acogerse a un régimen especial. En lugar de tributar conforme a las reglas generales del IRPF, podrán optar por hacerlo a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, que contempla tipos impositivos generalmente más favorables para este tipo de contribuyentes. Por lo que respecta al Impuesto sobre el Valor Añadido, la normativa flexibiliza diversos requisitos para los empresarios y profesionales extranjeros que participen en actividades relacionadas con la final. En particular, se elimina la exigencia de reciprocidad que normalmente condiciona la devolución del IVA soportado por operadores establecidos fuera de España. Además, estos empresarios no estarán obligados a designar un representante fiscal en territorio español para gestionar sus obligaciones relacionadas con el impuesto. También podrán solicitar la devolución de las cuotas de IVA soportadas en el desarrollo de su actividad vinculada al evento, siempre que presenten la correspondiente solicitud dentro de los veinte primeros días naturales del mes siguiente al devengo del impuesto. Las mismas ventajas fiscales previstas en materia de IVA serán aplicables tanto a la UEFA como a los clubes que disputen la final. Con este conjunto de medidas, la Administración pretende facilitar la organización de uno de los principales acontecimientos deportivos internacionales, reducir las cargas fiscales asociadas a su preparación y maximizar el impacto económico que la final de la Champions League tendrá sobre Madrid y sobre la economía española en general.

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