(Expansión, 02-06-2025) | Fiscal

Desde hoy se puede hacer la declaración de la Renta en oficinas de la Agencia Tributaria

La campaña de la Renta 2024, iniciada el pasado 2 de abril, avanza hacia su recta final al entrar hoy en su tercera y última etapa, que se extenderá hasta el 30 de junio. A partir de este lunes, los contribuyentes que aún no hayan presentado su declaración, ya sea por vía telemática o telefónica, tienen la posibilidad de hacerlo de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. Aunque la atención presencial comienza hoy, el plazo para solicitar cita previa se abrió el pasado jueves 29 de mayo y permanecerá disponible hasta el 27 de junio. La campaña finalizará, para todos los canales, el día 30 de junio. Es importante destacar que aquellos contribuyentes cuyo resultado de la declaración sea a ingresar deben recordar que el 25 de junio es la fecha límite para domiciliar el pago. En caso de haber optado por fraccionarlo, el segundo plazo vence el 5 de noviembre. La solicitud de cita previa para la atención presencial puede realizarse a través de la página web de la Agencia Tributaria, mediante su aplicación móvil, o bien llamando a los teléfonos 91 553 00 71 y 901 22 33 44, disponibles de lunes a viernes en horario de 9:00 a 19:00. Quienes acudan presencialmente deberán llevar su DNI y, en su caso, copia del documento de identidad de todos los incluidos en la declaración. También será necesario aportar el número IBAN de la cuenta bancaria, las referencias catastrales de los inmuebles de los que sean propietarios o arrendatarios, y los justificantes que den derecho a deducciones, ya sean autonómicas u otras ventajas fiscales. Por ejemplo, en el caso del alquiler, se debe presentar el NIF del arrendador y los comprobantes de las cantidades abonadas. Hasta el 6 de mayo, es decir, tras poco más de un mes desde el inicio de la campaña, ya habían presentado su declaración más de 7,6 millones de personas, lo que representa un descenso del 4,7% respecto al mismo periodo del año anterior, sobre un total previsto de 30 millones de contribuyentes. De ellas, 6,07 millones eran solicitudes de devolución, un 6,3% menos que en 2023. Sin embargo, el importe total devuelto ha crecido notablemente, alcanzando los 3.040 millones de euros (un 7,1% más), distribuidos entre 4,34 millones de contribuyentes. En cuanto a las declaraciones con resultado a pagar, estas sumaban 1,11 millones a comienzos de mayo, lo que supone un incremento interanual del 1,8%. No obstante, estos contribuyentes no están obligados a efectuar el pago hasta el cierre de la campaña, el 30 de junio.

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(Expansión, 02-06-2025) | Fiscal

Los hogares registran una renta neta inferior a la de 2008, pero pagan más IRPF

En 2024, los hogares españoles registraron una renta neta real inferior a la que tenían en 2008, pero, a pesar de ello, están pagando más IRPF en términos reales que al inicio de la crisis financiera, según el economista Desiderio Romero-Jordán en su análisis publicado en la última edición de los Cuadernos de Información Económica, de Funcas. Romero-Jordán destaca en su informe sobre la evolución reciente de la carga fiscal sobre los hogares -con un enfoque especial en el IRPF- que "en términos reales, los contribuyentes abonan hoy más impuestos que antes de la crisis de 2008". El análisis señala que los principales tributos que aportan a la recaudación son, en este orden, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el Impuesto de Sociedades y los impuestos especiales. La recaudación conjunta de estos cuatro impuestos aumentó en 2024 un 8,1%, lo que equivale a 21.167 millones de euros adicionales. Esto hizo que su peso sobre el PIB pasara del 17,4% al 17,7%. De cada 10 euros de este incremento, 4 provienen del IRPF, 3 del IVA, 1,8 del Impuesto de Sociedades y 0,6 de los impuestos especiales. "Como ya ocurriera en años anteriores, el IRPF ha sido el principal responsable del aumento de la recaudación", subraya el autor. En 2024, el índice de carga media real del IRPF para los hogares se situó en 114,4, superando el valor de referencia de 100 registrado en 2008, mientras que el índice de la renta neta real fue de 95,7. Esto implica que, pese a contar con una menor renta neta real que en 2008, los hogares en 2024 soportan una mayor carga fiscal por IRPF. Según el informe, parte de esta diferencia se debe a la falta de actualización de los tramos del impuesto en función de la inflación durante el periodo pospandemia. En concreto, la renta neta media por hogar en 2024 representa solo el 95,7% de la registrada en 2008, lo que indica que, en promedio, los hogares aún no han recuperado su nivel de poder adquisitivo real más de quince años después de la crisis financiera. Romero-Jordán advierte que, con el ritmo actual de crecimiento de la renta real, pasarán varios años hasta que se igualen los niveles de 2008. En paralelo, la cuota media de IRPF ha crecido de manera significativa. Como este impuesto se resta de la renta disponible de los hogares, su incremento ha frenado la mejora del poder adquisitivo. El autor también advierte sobre el efecto acumulativo de la "progresividad en frío", que seguirá erosionando la renta real de los hogares mientras no se adopten medidas correctoras. Además, señala que un aumento sostenido del poder adquisitivo requerirá mejoras en la productividad del trabajo. Respecto al IVA, la presión fiscal en 2024 fue del 5,7%, similar al promedio del periodo pospandemia (5,8%) y al nivel de 2019. Entre 2021 y 2024, se aplicaron reducciones del tipo de IVA como parte del llamado "escudo fiscal", afectando a la electricidad, el gas y ciertos alimentos. No obstante, estos recortes fueron al menos parcialmente neutralizados por la inflación, que provocó un aumento de la recaudación. Según las estimaciones de Romero-Jordán, el IVA supuso un coste fiscal adicional medio por hogar de 75,7 euros en 2021, 195,2 euros en 2022, 98,6 euros en 2023 y 69,2 euros en 2024. La retirada de estas rebajas fiscales ha impulsado la recaudación por IVA en 2024 hasta alcanzar los 6.632 millones de euros. Por ello, el informe concluye que es previsible que la presión fiscal por este impuesto continúe su tendencia ascendente en los próximos años, especialmente si se mantiene el alto nivel de consumo gravado con IVA, que desde 2021 representa de media el 41,2% del PIB.

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(El Economista, 02-06-2025) | Fiscal

Las facturas sin pagar del sector público crecen un 45% desde 2019

El problema de los pagos aplazados por parte de las Administraciones Públicas -conocido popularmente como las "facturas en los cajones"- ha vuelto a tomar protagonismo en España. Según los datos más completos y recientes elaborados por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), organismo dependiente del Ministerio de Hacienda, el volumen de obligaciones pendientes de pago superaba a comienzos de 2024 los 6.000 millones de euros. Esta cifra representa un incremento del 45% respecto a 2019, cuando el importe adeudado alcanzaba los 4.237 millones de euros, incluyendo deudas tanto con empresas como con ciudadanos por bonificaciones o actualizaciones de prestaciones. La elección del año 2019 como referencia no es casual, ya que se considera un punto de equilibrio previo a la pandemia y a las múltiples crisis que la siguieron. Además, coincide con el inicio de las legislaturas de Pedro Sánchez, etapa en la que los retrasos en los pagos han alcanzado cifras sin precedentes desde que existe este registro. Un ejemplo destacado es el año 2022, en el que las facturas pendientes superaron los 7.000 millones de euros. Aunque las cifras actuales están algo por debajo, se mantienen muy próximas a ese récord histórico. El registro de estas deudas se recoge en la denominada "Cuenta 413", una herramienta contable creada específicamente para evitar que estos pagos se oculten o queden fuera del presupuesto. En ella se reflejan las obligaciones de la Administración con "acreedores por operaciones devengadas", es decir, gastos que no fueron incluidos en el presupuesto del ejercicio actual y que se trasladan al siguiente. Las normas de contabilidad pública son tajantes: todo gasto no imputado explícitamente al presupuesto queda pendiente de pago. La Cuenta 413 nació a principios de la década pasada bajo el mandato del entonces ministro Cristóbal Montoro, tras el escándalo que supuso para Bruselas descubrir que el déficit público español real era muy superior al declarado por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, debido a deudas no reconocidas con proveedores y ciudadanos. Desde entonces, este instrumento ha permitido un seguimiento más riguroso. Entre 2013 y 2018, los pagos pendientes recogidos en la Cuenta 413 se estabilizaron en torno a los 3.000 millones de euros anuales, es decir, la mitad de lo que se registra actualmente. Actualmente, resulta complicado señalar una causa única para el repunte de estas deudas, dada la variedad de entidades implicadas. Algunos analistas apuntan que ciertos ministerios podrían estar asumiendo gastos que, en realidad, corresponderían a las comunidades autónomas, actuando así como un "FLA encubierto" (en referencia al Fondo de Liquidez Autonómico), en un contexto donde muchas regiones enfrentan tensiones de tesorería. Estas tensiones se agravan por los retrasos en las entregas a cuenta del Estado, derivadas de un sistema de financiación autonómica aún pendiente de reforma. El informe más reciente de la IGAE ofrece pistas al respecto, señalando que uno de los mayores focos de pagos aplazados en 2023 corresponde al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Este ministerio acumula importantes obligaciones pendientes derivadas de transferencias habituales a entidades como Correos o Renfe, compensaciones por la supresión de peajes, subvenciones a residentes extrapeninsulares por viajes aéreos y marítimos, y ayudas para la compra de vivienda a través de la subsidiación de intereses. Además, se incluyen gastos relacionados con concesionarias de autopistas de peaje, a las que el Estado debe indemnizar según las condiciones de los contratos vigentes. El informe también admite la posibilidad de que algunas de estas deudas no se resuelvan en el plazo de un año, lo que refleja la gravedad del problema.

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(El Economista, 02-06-2025) | Fiscal

El Supremo frena las multas automáticas de Hacienda por los gastos deducibles

El Tribunal Supremo ha determinado que Hacienda no puede imponer sanciones de manera automática y generalizada a los contribuyentes que no logren justificar los gastos deducibles en el Impuesto sobre Sociedades. En una sentencia del pasado 7 de mayo, cuyo ponente fue el magistrado Francisco José Navarro Sanchís, se concluye que la ausencia de pruebas sobre un gasto no implica, por sí sola, que exista culpabilidad por parte del contribuyente ni justifica una sanción directa. Este fallo, que sienta jurisprudencia, establece que la Administración debe demostrar caso por caso que ha existido una conducta culposa, y debe motivar esa acusación de forma detallada y específica. El Supremo critica que Hacienda haya estado aplicando sanciones de forma masiva, utilizando razonamientos genéricos y sin análisis individualizado. El Tribunal recuerda que, según el artículo 179.1 de la Ley General Tributaria, solo es posible sancionar cuando se acredita la culpabilidad del contribuyente. Además, el apartado 2 de ese mismo artículo recoge una excepción importante: aunque se haya cometido una infracción, no se considerará culpable a quien haya actuado con la debida diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, incluso si su interpretación de la norma no resulta ser la correcta. El Supremo subraya que, si bien las reglas para sancionar son precisas, las que regulan las obligaciones tributarias pueden ser ambiguas, con formulaciones poco claras o incluso contradictorias. Por ello, para evitar que cualquier discrepancia de interpretación entre el contribuyente y la Administración termine automáticamente en una sanción, la ley contempla una exención de responsabilidad si el contribuyente actuó conforme a una interpretación razonable de la norma. Sin embargo, el tribunal reconoce que "interpretación razonable" es un concepto jurídico abierto y sujeto a valoración. En este sentido, el Supremo insiste en que Hacienda no puede limitarse a afirmar que la norma es clara para justificar una sanción. Debe demostrar formalmente la existencia de culpabilidad, con argumentos bien fundamentados. Asimismo, la sentencia aclara que los contribuyentes no pueden acogerse a esa exención de responsabilidad si la sanción no se basa en una interpretación discutible de la norma, sino simplemente en la falta de pruebas que respalden los gastos que se quieren deducir en el Impuesto sobre Sociedades. En este caso concreto, el Supremo desestima el recurso de una empresa contra Hacienda, al considerar que la compañía no aportó ni detalles objetivos ni subjetivos sobre los gastos en cuestión, ni probó su origen. Por tanto, el tribunal concluye que la culpabilidad no reside en una interpretación errónea de la norma, sino en la ausencia de justificación de los gastos deducibles.

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(El Economista, 02-06-2025) | Laboral

Las empresas dan la espalda al contrato de sustitución por maternidad por el tope a su bonificación

Los contratos temporales utilizados para cubrir las ausencias laborales por permisos de nacimiento y cuidado del menor (como maternidad, paternidad, adopción o acogida), así como por riesgo durante el embarazo o la lactancia, estaban completamente bonificados hasta hace poco. No obstante, en 2023 el Gobierno modificó esta normativa, fijando un límite de 366 euros mensuales para la bonificación y restringiéndola exclusivamente a contrataciones de personas desempleadas menores de 30 años. Esta modificación ha provocado una caída notable en el uso de este tipo de contratos, como reflejan los datos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). La reforma se introdujo mediante el Real Decreto-ley 1/2023 y entró en vigor en septiembre de ese año. Como consecuencia, al cierre de 2023 los contratos acumulados bajo esta modalidad cayeron un 20% respecto a 2022. La reducción ha sido aún más drástica en 2024, con una caída del 60% respecto al año anterior: se firmaron 38.176 contratos frente a los 94.244 de 2023. En 2022, antes del cambio, se registraron 119.857. Esta bajada es uno de los principales efectos de la nueva normativa promovida por el Ministerio de Trabajo, que, aunque tenía como objetivo mejorar las condiciones laborales en el ámbito artístico, también incluyó medidas para "racionalizar" las bonificaciones a la contratación. Se pretendía que estas ayudas fueran más efectivas y evitar su uso en contrataciones que probablemente se hubieran producido igualmente, lo que se conoce como "efecto muerto". Sin embargo, la nueva política ha tenido como resultado una drástica disminución en el uso de estos contratos con incentivos. El Consejo Económico y Social (CES), en su último informe sobre la situación socioeconómica y laboral de España en 2024, recoge esta evolución y plantea objeciones a la reforma. La entidad, que agrupa a representantes sindicales y empresariales, critica que el nuevo sistema excluya del beneficio a otras personas que, aunque capacitadas para cubrir el puesto vacante, no cumplan con el criterio de edad, pese a enfrentar también dificultades para acceder al mercado laboral. El CES subraya que este tipo de bonificaciones busca precisamente facilitar que los empleados puedan disfrutar de sus permisos sin que ello suponga un coste extra para la empresa ni una sobrecarga para sus compañeros. Por ello, considera que hubiese sido razonable mantener la exoneración total de las cotizaciones empresariales que existía antes. Además, advierte de que el nuevo límite puede llevar a contratar a trabajadores con salarios y cualificaciones más bajos, en lugar de seleccionar al candidato más adecuado para el puesto. Cabe recordar que esta bonificación nació en 1998 como parte de un conjunto de medidas destinadas a favorecer la incorporación de las mujeres al mercado de trabajo. Desde entonces, si una empresa no cubría una baja por maternidad o adopción, debía seguir pagando las cotizaciones de la persona ausente. Pero si contrataba a un sustituto, ambas cotizaciones quedaban bonificadas al 100%. Desde la reforma de 2023, esa exención se sustituye por una deducción fija de 366 euros por trabajador y mes, independientemente del salario. El rediseño de los incentivos también ha cambiado el perfil de quienes más se benefician. Las personas con discapacidad pasaron a recibir más de la mitad de las bonificaciones, y los jóvenes también vieron un aumento, aunque en menor medida. En ambos casos, estas ayudas se destinaron sobre todo a contratos temporales, ya que, como es habitual en sustituciones por maternidad o similares, estos contratos no son indefinidos. Por esta razón, los miembros del CES insisten en la importancia de mantener cierta flexibilidad en estos incentivos, advirtiendo de que una aplicación demasiado rígida puede dificultar su eficacia en la lucha contra el desempleo, especialmente en colectivos como los mayores de 52 años desempleados de larga duración. El órgano recomienda que los servicios públicos de empleo mejoren la personalización de los perfiles de los demandantes de empleo para orientar mejor las políticas de bonificación y dirigirlas a los grupos que más lo necesiten.

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(El Economista, 02-06-2025) | Laboral

El 78% de las empresas españolas usa algoritmos para dirigir a sus empleados

Cuando se habla del uso de algoritmos en la organización del trabajo, muchos expertos piensan inmediatamente en los repartidores o riders, cuyo empleo está dirigido y evaluado a través de plataformas digitales. Sin embargo, esta percepción resulta limitada frente al crecimiento del uso de estas tecnologías en múltiples sectores. De hecho, según un estudio reciente de la OCDE, el 78% de las empresas españolas ya emplea al menos una herramienta de este tipo. El informe, basado en encuestas a responsables de unas 6.000 compañías en países como Francia, Alemania, Italia, Japón, Estados Unidos y España, destaca que estas herramientas -muchas de ellas impulsadas por inteligencia artificial generativa- pueden mejorar tanto la productividad como la eficacia, además de aportar mayor objetividad y coherencia a las decisiones empresariales. No obstante, también reconoce que cada vez hay más evidencias que apuntan a los posibles impactos negativos de su uso. En España, la Ley Rider, que ya tiene cuatro años, no solo reguló las condiciones laborales de quienes trabajan en plataformas digitales para acabar con la figura del "falso autónomo", sino que también obligó a las empresas a informar a sus empleados sobre cómo se usan los algoritmos en su actividad laboral. Este principio también fue recogido en el V Acuerdo para la Negociación Colectiva de 2023, que subraya el papel clave que debe jugar la negociación colectiva en el establecimiento de criterios para un uso adecuado de la inteligencia artificial, así como en el cumplimiento del deber de información a los representantes de los trabajadores. Aunque la incorporación de esta temática a los convenios colectivos avanza lentamente -solo un 5,84% lo hacía en 2023, y un 6,05% en 2024-, la OCDE señala que España se sitúa a la cabeza en cuanto a regulaciones que garantizan transparencia y derecho a la información laboral. Además, se ha convertido en una referencia para una directiva europea que, aunque más moderada, el Ministerio de Trabajo considera un punto de partida importante para futuras normativas. A pesar de los temores iniciales de que una regulación estricta pudiera frenar la digitalización empresarial, esto no ha ocurrido. España mantiene el mismo porcentaje de uso de algoritmos en la gestión del trabajo (78%) que Alemania, por encima de Italia y casi el doble que Japón, aunque por debajo del 81% de Francia y del 90% de Estados Unidos. Ahora bien, no todos los trabajadores están en la misma situación que los riders frente al uso de estas tecnologías. Lo importante no es solo si se usan o no, sino con qué frecuencia e intensidad, y para qué tareas concretas. El informe de la OCDE distingue tres tipos principales de algoritmos según su función, aunque cada uno agrupa múltiples herramientas y aplicaciones distintas. ¿Para qué se usan los algoritmos? El primer grupo está formado por los algoritmos de instrucción, que asignan horarios, reparten tareas, designan clientes a trabajadores o proporcionan instrucciones laborales. El 69% de las empresas españolas usa al menos una de estas herramientas, una cifra similar a la media europea pero notablemente inferior al 90% de Estados Unidos. Dentro de este grupo, el 43% las utiliza para programar turnos o repartir trabajo, y menos del 35% para dar instrucciones detalladas, cifras más bajas que las de Francia o Alemania. En EE.UU., en cambio, casi el 90% de las empresas emplea todas estas funciones. El segundo grupo corresponde a los algoritmos de monitoreo, que vigilan la ejecución del trabajo, la velocidad del empleado o el tiempo efectivo invertido. Algunas herramientas llegan incluso a niveles más intrusivos, como registrar comunicaciones, seguir la ubicación del trabajador o analizar su estado de salud o fatiga. En España, el 70% de las empresas usa al menos una de estas funciones. La mitad lo hace para controlar el cumplimiento de tareas o el tiempo trabajado, un 20% mide la velocidad de ejecución, y menos del 15% emplea otras formas de vigilancia. Solo el 6% monitorea comunicaciones, un porcentaje muy bajo frente al 55% en EE.UU. Por último, están los algoritmos de evaluación, que se utilizan para fijar objetivos, premiar el rendimiento o sancionar la baja productividad. También pueden servir para crear ránkings visibles por toda la plantilla. En España y Europa, su uso es aún limitado (menos del 35%), frente al 90% en Estados Unidos. En nuestro país, la mayoría de empresas que los emplean se centra en la fijación de metas (19%). Curiosamente, España lidera en Europa el uso de estas herramientas para imponer sanciones por bajo rendimiento: un 10% de las empresas lo hace, frente al 4% en Italia, Francia o Alemania. En resumen, aunque el uso de algoritmos se ha extendido en las empresas españolas, su intensidad y función varían considerablemente. Y aunque existe un marco legal avanzado para regularlos, su implementación práctica y el control efectivo aún tienen camino por recorrer.

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(Cinco Días, 02-06-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Trump anuncia que subirá del 25% al 50% los aranceles sobre el acero y el aluminio

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció este viernes que el aumento de los aranceles al acero, que pasarán del 25% al 50%, se hará efectivo el próximo miércoles 4 de junio. Asimismo, precisó que esta medida también se aplicará al aluminio. "Me enorgullece anunciar que vamos a duplicar los aranceles sobre el acero y el aluminio, del 25% al 50%, a partir del miércoles 4 de junio. Nuestras industrias del acero y el aluminio están resurgiendo como nunca", expresó Trump a través de su red social Truth Social. El exmandatario añadió que esta decisión representará "otra gran noticia para nuestros increíbles trabajadores" del sector industrial. Trump hizo público este anuncio durante un acto celebrado en una planta de U.S. Steel en Pittsburgh (Pensilvania), donde destacó el acuerdo aprobado el pasado 23 de mayo entre la siderúrgica estadounidense U.S. Steel y la japonesa Nippon Steel. Según explicó, inicialmente consideró elevar los aranceles hasta un 40%, pero representantes del sector le habrían solicitado que los incrementara hasta el 50%. Este anuncio coincide con la reciente decisión de una Corte de Apelaciones, que el día anterior revocó parcialmente una medida del Tribunal de Comercio Internacional que había paralizado varios componentes de la política arancelaria de Trump respecto a las importaciones de diversos países. Aunque esa medida judicial no afectaba directamente a los aranceles sobre el acero, sí bloqueaba los aranceles globales del 10% anunciados el 2 de abril, dirigidos a casi todos los socios comerciales de Estados Unidos. También se había detenido temporalmente la aplicación de unos aranceles ajustables por país, que variaban en función de los déficits comerciales y del volumen de importaciones, y que la Casa Blanca había calificado como "aranceles recíprocos", con su entrada en vigor prevista para julio.

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(Expansión, 02-06-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El BCE reprende al Banco de España por los pagos al Sepblac

Los pagos que realiza el Banco de España al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) no se ajustan a lo establecido en los tratados de la Unión Europea. Así se lo ha comunicado el Banco Central Europeo (BCE), que ha instado a la institución presidida por José Luis Escrivá a "replantear los acuerdos vigentes para asegurar su conformidad" con las normativas comunitarias. La normativa que rige el funcionamiento de las instituciones europeas establece, en su artículo 123, la prohibición de que el BCE y los bancos centrales nacionales financien directamente a los Estados miembros. Esto implica que estas entidades, con capacidad de emisión monetaria, no pueden conceder préstamos directos ni adquirir deuda pública directamente de los gobiernos o de sus organismos. En la práctica, el Banco de España adelanta los fondos necesarios para cubrir los gastos operativos del Sepblac, los cuales son liquidados mensualmente con el Tesoro, que luego son reembolsados por el Ministerio de Economía. Aunque finalmente es el Estado quien asume el coste, el anticipo de esos fondos por parte del banco central se interpreta como una financiación directa, algo que el BCE considera una práctica contraria a los tratados. El marco presupuestario actual del Sepblac se estableció en 2010, y en 2023 su presupuesto alcanzó los 20,4 millones de euros. Esta es la primera vez que el BCE llama la atención al Banco de España por este motivo. "El criterio del BCE respecto al principio de financiación monetaria ha cambiado con el tiempo, influido por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Actualmente es más estricto y entiende que esto constituye una financiación de un ente público por parte de un banco central", indican fuentes del Banco de España al diario Expansión. El sistema tiene sus complejidades. Ni el BCE ni los bancos centrales nacionales pueden comprar deuda pública directamente en las subastas estatales. Durante la crisis de deuda y la pandemia, los programas de adquisición de deuda se realizaban en el mercado secundario. Sin embargo, esta limitación no se aplicaba a la deuda corporativa, que sí podía adquirirse de forma directa. El Banco de España no es el único banco central al que el BCE ha señalado. También han sido advertidos el Banco de Francia y el Banco Nacional de Bélgica por sus aportaciones al FMI con el objetivo de aliviar la deuda de países en desarrollo, así como el Banco Nacional de Hungría, por su participación en el capital de su bolsa de valores. Una vez que el BCE ha calificado la financiación del Sepblac como incompatible con los tratados europeos, el Banco de España tiene poco margen de actuación para corregir esta situación. Según fuentes del organismo, es el Gobierno quien debe tomar la iniciativa, y ya ha sido informado por el Banco de España sobre posibles alternativas de financiación que se ajusten al marco legal europeo. Este contexto coincide con una transformación del sistema de supervisión europea en materia de blanqueo de capitales, con la creación de la Autoridad Europea contra el Blanqueo de Capitales (AMLA), que asumirá un papel coordinador entre las distintas autoridades nacionales. Esta nueva agencia estará plenamente operativa en 2026 y podría influir en cómo se estructura la financiación del Sepblac. "Una buena oportunidad para introducir los cambios necesarios podría ser la próxima revisión de la directiva europea sobre la lucha contra el blanqueo de capitales", apuntan desde el Banco de España. Esta reforma sería un momento adecuado para adaptar el modelo de financiación del Sepblac al marco legal comunitario. "Ya antes del pronunciamiento del BCE estábamos evaluando cuál sería el modelo más adecuado para prevenir el blanqueo de capitales con la llegada de AMLA. Evidentemente, en esa evaluación también habrá que considerar las observaciones que ahora plantea el BCE respecto a la financiación", concluyen estas fuentes.

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(La Vanguardia, 02-06-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El euríbor prolonga su racha de caídas y abarata las hipotecas en más de 1.600 euros al año

El euríbor ha cerrado mayo con una nueva bajada, la cuarta consecutiva, y se sitúa en el 2,081%, su nivel más bajo desde agosto de 2022. Este descenso responde a los datos positivos de inflación en la eurozona -actualmente en el 2,2%- y al temor de una desaceleración económica debido a la creciente tensión comercial, lo que está impulsando al Banco Central Europeo a considerar nuevas reducciones de los tipos de interés. Aunque la diferencia respecto a abril (cuando el euríbor marcó un 2,143%) es pequeña, su impacto en las hipotecas será notable, ya que se compara con el dato de hace un año, que era mucho más elevado: en mayo de 2024 estaba en el 3,680%. Esta bajada interanual -la más pronunciada desde diciembre de 2009- puede traducirse en un ahorro de unos 137 euros mensuales o 1.644 euros anuales para quienes tengan una hipoteca media, estimada en 145.673 euros a 25 años, según el INE. Desde que alcanzó su pico en octubre de 2023, la caída del euríbor ha generado un doble efecto. Por un lado, los titulares de hipotecas a tipo variable están viendo reducciones considerables en sus cuotas, lo que les permite liberar recursos para el consumo, el ahorro o la inversión. Por otro, los compradores que buscan adquirir una vivienda -ya sea por decisión previa o para escapar del elevado precio del alquiler- encuentran ahora condiciones más accesibles, dado que los bancos han rebajado los intereses, facilitando la concesión de préstamos. Este contexto ha impulsado las transacciones inmobiliarias, que han alcanzado su mayor ritmo desde el estallido de la burbuja en España, con más de 180.000 compraventas en el primer trimestre de 2025. A diferencia de lo sucedido en los años previos a la crisis de 2008, el mercado no muestra síntomas de sobrecalentamiento, en gran medida porque las entidades financieras, sujetas a una regulación más estricta, financian una menor proporción del precio de compra. Antonio Gallardo, analista económico de Asufin, destaca que mayo ha sido un mes más estable para el euríbor, especialmente tras un abril turbulento, marcado por la incertidumbre generada por decisiones comerciales del presidente estadounidense, Donald Trump. "El contexto ha sido más tranquilo. Se ha elegido al nuevo canciller alemán y la tendencia sigue siendo bajista, aunque sin sobresaltos importantes", afirma. Durante el mes, el euríbor bajó en 12 sesiones, subió en 8 y se mantuvo estable en una. Según el INE, el tipo de interés medio de las hipotecas firmadas en marzo ya bajó del 3%, situándose en el 2,97%. Ese mes, tanto el número de hipotecas como el capital prestado crecieron de forma notable -un 44,5% y un 65,2% respectivamente-, lo que refleja cómo las mejores condiciones crediticias están animando a muchos compradores. Parte de este repunte, no obstante, puede explicarse por el efecto calendario de Semana Santa, que en 2024 se celebró en abril y en 2023, en marzo. Desde el comparador iAhorro señalan que, si el BCE aprueba una nueva rebaja de tipos la próxima semana, es probable que el euríbor caiga por debajo del 2% diario en junio. Además, destacan que la fuerte bajada del euríbor está cambiando el panorama hipotecario: la cuota de las hipotecas variables es prácticamente inexistente, y la mayoría de los nuevos contratos se reparten entre tipos fijos y mixtos. En marzo, el 49,12% de los clientes de iAhorro optaron por hipotecas fijas y el 50,88% por mixtas. En los registros oficiales del INE, las hipotecas a tipo fijo siguen predominando, con un 66,8% en marzo, su nivel más alto desde enero de 2023. El mercado espera que el Banco Central Europeo rebaje nuevamente los tipos de interés la próxima semana, situándolos en el 2%. Sería la séptima reducción en menos de un año, y la sexta de forma consecutiva. Factores como la guerra comercial -que por ahora no ha provocado represalias por parte de Bruselas y que, por tanto, se considera desinflacionaria- o la apreciación del euro frente al dólar -que abarata las importaciones- están ayudando a contener los precios. También contribuye la moderación salarial: los sueldos en la eurozona crecieron un 2,4% en el primer trimestre, una cifra muy inferior al 4,1% del último trimestre de 2024 o al 5,4% del tercero, lo que despeja el temor a una espiral inflacionista de precios y salarios, y deja más margen al BCE para seguir bajando los tipos.

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(El Periódico, 02-06-2025) | Mercantil, civil y administrativo

La inflación se modera en mayo hasta el 1,9%, el nivel más bajo en siete meses, pese al aumento del recibo de la luz tras el apagón

La inflación en España continuó descendiendo en mayo, situándose en el 1,9% interanual, tres décimas por debajo de la cifra registrada en abril y alcanzando su nivel más bajo en los últimos siete meses, según los datos preliminares del Instituto Nacional de Estadística (INE). Este resultado, que coincide con las previsiones de los expertos, se da en un entorno marcado por algunas tensiones energéticas puntuales, como el apagón del pasado 28 de abril que provocó un repunte temporal en el precio de la electricidad. Sin embargo, ese aumento puntual no logró alterar la tendencia general de reducción de los costes energéticos que se ha consolidado durante los últimos meses. La inflación subyacente -que excluye productos más volátiles como los alimentos frescos y la energía- también se moderó ligeramente, situándose en el 2,1%, tres décimas menos que en abril. Según fuentes del Gobierno, esta evolución se debe en gran parte al buen comportamiento del sector turístico y a la bajada de los precios de la electricidad. El apagón de finales de abril obligó a utilizar más intensamente tecnologías fósiles, más costosas, para garantizar el suministro eléctrico, lo que encareció la factura de la luz en el mercado regulado en unos cuatro euros mensuales, según estimaciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). A pesar de ello, la tendencia a la baja en el coste de la energía no se ha visto alterada, en parte gracias a un contexto internacional más favorable, con una reducción del precio del petróleo y una estabilización del gas natural tras las turbulencias provocadas por la guerra en Ucrania. Paradójicamente, aunque el precio de la luz subió momentáneamente, el conjunto del componente energético ha seguido contribuyendo a la contención de la inflación. Esta dinámica ha sido clave para la bajada del índice general, según los analistas de BBVA Research. Por su parte, Raymond Torres, director de coyuntura en Funcas, señala que "los precios energéticos han bajado incluso más de lo esperado", y estima que la caída podría superar el 1% en términos mensuales. A su juicio, el efecto del apagón fue neutralizado por mejoras en otros ámbitos del sector energético, manteniéndose así su impacto bajo control. Desde el Ministerio de Economía destacan que estos datos reflejan la solidez de la economía española, que ha logrado mantener un crecimiento robusto al tiempo que reduce progresivamente la inflación. "España sigue combinando una contención sostenida de los precios con uno de los mayores crecimientos entre las economías avanzadas, lo que resulta especialmente destacable en un entorno internacional marcado por la incertidumbre", han señalado. A pesar del enfriamiento de la subyacente, esta sigue por encima del índice general, lo que se atribuye a la presión de los precios en el sector servicios. Este componente, muy vinculado a los costes laborales, refleja el impacto de los aumentos salariales acordados en convenios colectivos recientes. Torres explica que "los precios de los servicios siguen creciendo por encima del 3%, impulsados por la demanda turística y por las nuevas condiciones salariales pactadas". Esta inercia dificulta una bajada más rápida de la inflación subyacente, que es una referencia clave para evaluar la tendencia de los precios a largo plazo y medir la eficacia de la política monetaria. El dato de mayo representa el tercer mes consecutivo de descensos en la inflación. Tras un inicio de año con niveles cercanos al 3%, el índice comenzó a moderarse en marzo hasta alcanzar el 1,9% actual, una cifra que incluso se sitúa por debajo del objetivo del Banco Central Europeo. El contraste con el mismo mes de 2024 es notable: entonces, la inflación alcanzó el 3,6% tras encadenar tres meses al alza, impulsada por el aumento del precio de los alimentos y los carburantes. La situación actual es distinta. El componente energético ya no actúa como motor inflacionario y, aunque los servicios continúan presionando al alza, su impacto se ve contrarrestado por la estabilidad en otros bienes. Con los precios de los alimentos estabilizados tras los picos de 2022 y 2023 -el mes pasado la tasa bajó cuatro décimas hasta el 2%-, los analistas consideran que hay margen para que la inflación se mantenga dentro del objetivo del BCE. El principal reto continúa siendo la inflación subyacente, especialmente por el comportamiento del sector servicios, en un contexto en el que "conviven fuerzas contrapuestas", según resume Torres.

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