(Expansión, 04-02-2026) | Laboral

El Gobierno da luz verde, por segunda vez, a la actualización de las cotizaciones sociales de 2026

La aprobación de un decreto centrado exclusivamente en las medidas de Seguridad Social asegura tanto la revalorización de las pensiones en 2026 como la actualización de las cotizaciones sociales. Esta última medida, además de aportar certidumbre jurídica a las empresas tras varios días de dudas, tendrá un efecto directo en los salarios, ya que los trabajadores verán incrementadas sus aportaciones a la Seguridad Social, al igual que las contribuciones que deben asumir las empresas. Al mismo tiempo, se confirma la prórroga de las cuotas de los trabajadores autónomos, una medida ya anunciada a finales del año pasado pero que había quedado en suspenso tras la caída del denominado decreto escoba. De este modo, las cuotas de los autónomos se mantendrán en 2026 en los mismos niveles que en 2025. Entre los cambios que impactarán directamente en las nóminas destacan el aumento del mecanismo de equidad intergeneracional hasta el 0,9%, la elevación de la base máxima de cotización en un 3,9%, hasta situarse en 5.101,2 euros mensuales (61.214,4 euros anuales), y el incremento de la denominada cuota de solidaridad, que oscilará entre el 1,15% y el 1,46% en función de cuánto supere el salario la base máxima de cotización. El mecanismo de equidad intergeneracional afecta tanto a trabajadores por cuenta ajena como a autónomos y tiene como finalidad reforzar los ingresos del fondo de reserva de las pensiones. En 2026, esta aportación se fija en el 0,9%. En el caso de los asalariados, el 0,15% corre a cargo del trabajador y el 0,75% del empleador, mientras que los autónomos deben asumir la totalidad del importe al no contar con empresa que comparta la cotización. Así, para un salario bruto de 1.500 euros mensuales en doce pagas, la aportación será de 13,5 euros al mes (162 euros al año); con un sueldo de 2.000 euros, alcanzará los 18 euros mensuales (216 euros anuales); con 2.500 euros, se situará en 22,5 euros al mes (270 euros al año); y con 3.000 euros brutos mensuales, en 27 euros al mes (324 euros anuales). En el caso del salario mínimo, que en 2026 se elevará a 1.221 euros mensuales en catorce pagas, la cuota será de unos 11 euros al mes y 153,8 euros al año. Por su parte, la cuota de solidaridad se incrementa en 2026 hasta el 1,15% para la parte del salario que exceda la base máxima hasta un 10%, al 1,25% para el tramo que supere entre un 10% y un 50% dicha base, y al 1,46% para los ingresos que rebasen en más de un 50% la base máxima. Este recargo, destinado también a reforzar el sistema de pensiones, no se aplica a los trabajadores autónomos. De este modo, el tipo del 1,15% se aplicará a la parte del salario comprendida entre 5.101,21 y 5.611,32 euros mensuales, de los cuales el 0,96% lo abonará la empresa y el 0,19% el trabajador. En el caso de una nómina de 5.500 euros brutos mensuales, el importe a pagar será de 63,25 euros al mes y 759 euros al año. El tramo gravado al 1,25% afectará a la parte del salario situada entre 5.611,33 y 7.651,80 euros mensuales, con un reparto del 1,04% para la empresa y del 0,21% para el trabajador. Así, un sueldo de 6.000 euros supondrá una aportación de 75 euros mensuales (900 euros anuales), mientras que con 7.000 euros al mes la cuota ascenderá a 87,5 euros mensuales (1.050 euros al año). Finalmente, el tipo del 1,46% se aplicará a la parte de la retribución que supere los 7.651,80 euros mensuales, con un 1,22% a cargo de la empresa y un 0,24% del trabajador. Para un salario de 8.000 euros brutos al mes, la aportación alcanzará los 116,8 euros mensuales y 1.401,6 euros anuales. Según las estimaciones recogidas en la memoria de impacto económico de la orden de cotización de la Seguridad Social, la subida de la base máxima hasta los 5.101,2 euros mensuales en 2026 permitirá que esta parte del salario que comienza a cotizar genere unos ingresos adicionales cercanos a los 1.000 millones de euros a lo largo del año. Por último, ante la falta de acuerdo entre el Gobierno y las organizaciones representativas de los autónomos para actualizar las tablas de cotización en el marco del sistema de aportaciones según ingresos reales, se ha optado por prorrogar en 2026 las cuotas vigentes en 2025. Las cuotas partirán de los 200 euros mensuales para los autónomos con rendimientos netos inferiores a 670 euros al mes. Para ingresos de entre 670 y 900 euros, la cuota se mantiene en 220 euros, y asciende a 260 euros para quienes obtengan entre 900 y 1.166,7 euros mensuales. A partir de ese nivel, se despliegan los siguientes tramos: con rendimientos de entre 1.166,7 y 1.300 euros, la cuota será de 291 euros, importe que también se aplica a los ingresos de entre 1.300 y 1.500 euros y de entre 1.500 y 1.700 euros. En el siguiente escalón, los autónomos con ingresos de entre 1.700 y 1.850 euros abonarán 350 euros al mes; quienes ganen entre 1.850 y 2.030 euros pagarán 370 euros; y los que se sitúen entre 2.030 y 2.330 euros, 390 euros mensuales. En los tramos superiores, la cuota sube a 415 euros para ingresos de entre 2.330 y 2.760 euros; a 440 euros para quienes obtengan entre 2.760 y 3.190 euros; a 465 euros para el rango de 3.190 a 3.620 euros; y a 490 euros mensuales si los ingresos se sitúan entre 3.620 y 4.050 euros. Por último, los dos tramos de mayores rendimientos establecen una cuota de 530 euros mensuales para ingresos de entre 4.050 y 6.000 euros, y de 590 euros al mes para aquellos autónomos cuyos ingresos superen los 6.000 euros mensuales.

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(El País, 04-02-2026) | Laboral

Trabajo quiere que la ampliación a 10 días del permiso por fallecimiento entre en vigor pese al riesgo de que el Congreso la tumbe

El Ministerio de Trabajo anunció el pasado 15 de diciembre un acuerdo con los sindicatos para ampliar hasta 10 días el permiso retribuido por fallecimiento de familiares. La propuesta supone multiplicar el permiso actual, que hoy es de dos días ampliables a cuatro, y cuenta con el respaldo de CC OO y UGT, pero con el rechazo frontal de la patronal. Según confirmó este martes el secretario de Estado de Trabajo, la intención del departamento que dirige Yolanda Díaz es aprobar esta ampliación mediante un real decreto ley. De ser así, la norma entraría en vigor de forma inmediata tras su aprobación por el Consejo de Ministros y debería ser convalidada por el Congreso en un plazo máximo de un mes para no decaer. Este procedimiento abre la puerta a una situación poco habitual: que durante ese intervalo algunos trabajadores puedan acogerse al permiso ampliado y que, posteriormente, la mayoría parlamentaria de derechas lo derogue. "Nos gustaría que esto se materializara lo antes posible", señaló este martes Joaquín Pérez Rey durante la rueda de prensa en la que presentó los datos de paro y afiliación a la Seguridad Social. El secretario de Estado añadió que la voluntad del ministerio es tramitar con urgencia la regulación de los permisos por duelo y fallecimiento y hacerlo a corto plazo mediante un real decreto ley. El acuerdo alcanzado entre Trabajo y los sindicatos no se limita a la ampliación del permiso por fallecimiento. Incluye también una prestación de 15 días por cuidados paliativos y un día de permiso para el acompañamiento en procesos de eutanasia. Todas estas medidas han sido rechazadas de forma tajante por CEOE y Cepyme, que acusan al ministerio de trasladar a las empresas el coste y la responsabilidad de políticas públicas de cuidados que, a su juicio, deberían ser asumidas por la Administración. Así lo expresaron en un comunicado difundido a principios de diciembre, en el que también denunciaban haber sido apartadas de la negociación. En esta misma línea, Trabajo ha cerrado recientemente con los sindicatos -y sin la patronal- un acuerdo para reforzar la prevención de riesgos laborales. La ampliación del permiso por fallecimiento requiere modificar el Estatuto de los Trabajadores, lo que obliga a obtener el respaldo del Parlamento. El Partido Popular ya ha anunciado su voto en contra, argumentando que la medida no cuenta con el apoyo de todo el diálogo social. Desde la llegada de Alberto Núñez Feijóo a la presidencia del partido, el PP defiende una posición clara en materia sociolaboral: apoya las reformas consensuadas entre sindicatos y patronal, pero rechaza aquellas respaldadas únicamente por los representantes de los trabajadores. Bajo este criterio, los populares votaron a favor de la última fase de la reforma de pensiones -avalada por CEOE y Cepyme-, pero se opusieron a la reducción de la jornada laboral. En ese precedente, el PP sumó sus votos negativos a los de Vox y Junts, alcanzando una mayoría absoluta que permitió tumbar la iniciativa. En aquel caso se trataba de un anteproyecto de ley, que no entra en vigor hasta completar todo el recorrido parlamentario. En cambio, un real decreto ley, como el que se plantea ahora para los permisos, se aplica de manera inmediata tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado. En este contexto, el futuro de la medida depende en buena parte del posicionamiento de Junts. Este medio ha consultado al grupo parlamentario catalán, que no adelanta el sentido de su voto. El partido ha mostrado en los últimos meses una actitud muy crítica con varias iniciativas del Gobierno que han generado rechazo en el ámbito empresarial, como la subida de las cotizaciones de los autónomos, debate en el que Junts se alineó claramente contra la propuesta de la Seguridad Social. Tampoco está definido el voto del PNV, el otro grupo nacionalista de derechas, tradicionalmente más próximo al Ejecutivo que Junts. Fuentes del partido vasco confirman que recibieron en diciembre el texto pactado entre Trabajo y los sindicatos, pero aseguran que aún no han fijado una posición definitiva. Para que la ampliación del permiso salga adelante, el Gobierno necesita el respaldo de toda la izquierda y el apoyo de ambos partidos nacionalistas o, al menos, el voto favorable de uno y la abstención del otro. La iniciativa de Trabajo tiene una clara carga política. El equipo de Yolanda Díaz busca dificultar el rechazo de la derecha ante una medida especialmente sensible, vinculada al fallecimiento de familiares de trabajadores. Además, desde el ministerio recuerdan que España se encuentra lejos de los países más avanzados en esta materia. En Portugal, por ejemplo, una reforma aprobada en 2023 amplió a 20 días el permiso retribuido por la muerte del cónyuge, frente a los cinco días anteriores, equiparándolo al permiso por fallecimiento de hijos. En Francia, el permiso es de 12 días laborables por la muerte de un hijo, que se amplía a 14 si este es menor de 25 años. Trabajo ya recurrió al real decreto ley para sacar adelante la reforma laboral, la principal iniciativa impulsada por Yolanda Díaz desde su llegada al ministerio. Su convalidación parlamentaria en la pasada legislatura se logró por un margen mínimo, gracias al error en la votación de un diputado del Partido Popular.

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(El Confidencial, 04-02-2026) | Laboral

España entra en el club con salario mínimo más alto (1.519 euros al mes) en términos reales

El salario mínimo continúa creciendo y lo hace con fuerza en términos reales, es decir, teniendo en cuenta el poder adquisitivo de los salarios, un criterio que permite establecer comparaciones entre países. Según los datos de Eurostat, España ya se sitúa -incluso antes de que entre en vigor en 2026 el incremento del 3,1%- entre los países cuyo salario mínimo, ajustado por paridad de poder de compra y libre del efecto de la inflación, supera los 1.500 euros mensuales. En concreto, el salario mínimo interprofesional alcanza los 1.519 euros al inicio del año, una cifra que solo es superada por Alemania, Luxemburgo, Países Bajos, Bélgica e Irlanda. A continuación se sitúan Francia y Polonia, este último el primer país del antiguo bloque del Este que entra en este grupo. La diferencia entre el salario mínimo más alto y el más bajo se mueve entre los 2.157 euros de Alemania y los 1.545 euros de Polonia. Por debajo se encuentra un conjunto de doce países cuyos salarios mínimos reales oscilan entre los 1.000 y los 1.500 euros mensuales. En el tramo inferior figuran Letonia y Estonia, ambos con un salario mínimo inferior a los 1.000 euros. Conviene recordar que, a 1 de enero de este año, 22 de los 27 países de la Unión Europea cuentan con un salario mínimo legal. El resto, entre ellos Italia, Austria o Suecia, no disponen de este instrumento. A partir de esta información se extrae una primera conclusión: la desigualdad salarial dentro de la UE sigue siendo muy elevada, aunque se reduce cuando la comparación se realiza en términos de paridad de poder de compra. Aun así, el salario mínimo más alto de la Unión -el alemán- es 4,4 veces superior al más bajo -el estonio- según esta metodología. En todos los casos, las cifras se expresan en términos brutos, es decir, antes de aplicar impuestos y cotizaciones a la Seguridad Social, que varían notablemente de un país a otro. En Dinamarca, por ejemplo, el sistema de protección social se financia fundamentalmente a través del IVA, por lo que los trabajadores no realizan aportaciones directas sobre su salario. Además, para facilitar la comparación, todas las cantidades se han homogeneizado a doce mensualidades, pese a que en países como España es habitual el pago en catorce. La utilización del poder de compra como referencia resulta clave para evitar distorsiones, ya que una comparación meramente nominal se ve afectada por la inflación y el coste de la vida. En el caso español, antes de la última subida acordada por UGT, CCOO y el Gobierno, el SMI en doce pagas se situaba en 1.424,5 euros mensuales, pero ajustado por poder adquisitivo asciende hasta los 1.519 euros, lo que explica su posición destacada en el ranking europeo. Eurostat publica los datos del salario mínimo en términos mensuales, aunque no todos los países lo abonan con esa periodicidad. Por ello, en aquellos donde se fija por horas -como Alemania, Francia, Irlanda o Países Bajos- la remuneración horaria se convierte en una equivalencia mensual. Otra forma de análisis consiste en comparar el salario mínimo con el salario medio o, de forma más precisa, con el salario mediano, que divide a los trabajadores en dos grupos iguales según sus ingresos. Desde esta perspectiva, la relación entre el salario mínimo y los ingresos brutos en Europa oscila entre el 44% en Estonia y el 69% en Portugal.

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(El Economista, 04-02-2026) | Laboral

Seguridad Social "depura" sus estadísticas y la volatilidad del empleo cae un 9,2% de golpe

La difusión de los datos de paro y afiliación correspondientes al primer mes del año ha estado condicionada por la introducción de un ajuste estadístico en la clasificación de las actividades económicas, cuyo objetivo es afinar el peso real del sector tecnológico dentro de la economía, aunque el cambio también ha tenido efectos sobre otros ámbitos y ramas productivas. No ha sido la única novedad: la Tesorería General de la Seguridad Social ha aplicado además una "depuración" en el cómputo de las altas y bajas de afiliación con el fin de reflejar de manera más precisa la evolución del mercado laboral. Esta revisión, sin embargo, ha tenido un impacto significativo en los indicadores de rotación del empleo, que se reducen un 9,2%. Tras la modificación metodológica, en enero de 2026 se contabilizaron 1,69 millones de altas y 1,78 millones de bajas en el Régimen General, los niveles más bajos de toda la serie histórica -excluyendo el periodo de la pandemia-. Este descenso se produce pese al crecimiento del empleo, que normalmente implica un mayor volumen de entradas y salidas, y a pesar de que estas cifras habían aumentado de forma progresiva desde la reforma laboral. A modo de comparación, en enero de 2025 se registraron 1,87 millones de altas y 2,04 millones de bajas al cierre del mes, lo que supone alrededor de 200.000 movimientos menos en cada categoría en solo un año. No obstante, esta comparación directa no resulta estadísticamente válida, ya que se desconoce cómo habrían sido los datos de 2025 aplicando la nueva metodología, por lo que es necesario recurrir a otros enfoques para evaluar el impacto real del cambio. En cualquier caso, los nuevos registros encajan mejor con la evolución de un mercado laboral en el que el contrato indefinido ordinario ha ganado protagonismo y en el que, tal y como reflejan las estadísticas paralelas del Ministerio de Trabajo, se necesitan menos contratos para generar empleo. Aun así, España continúa presentando el mayor nivel de volatilidad laboral de Europa -medido por el volumen de entradas y salidas del empleo- incluso tras esta revisión estadística. La razón del ajuste queda recogida en una nota metodológica de la Tesorería General de la Seguridad Social, que explica que el recuento tradicional de altas y bajas se veía alterado por modificaciones en las condiciones de la relación laboral, como cambios de jornada, así como por anulaciones, correcciones u otros movimientos administrativos que afectaban al estatus del trabajador. Hasta ahora, estos supuestos se contabilizaban como nuevas relaciones laborales que sustituían a las anteriores, generando "altas ficticias" y "bajas ficticias" que no respondían a una contratación real ni a la finalización de un contrato. Como consecuencia, las estadísticas de rotación laboral aparecían sobredimensionadas. La actualización del algoritmo empleado por la Tesorería permite ahora filtrar este tipo de movimientos y ofrecer una imagen más fiel de la realidad laboral, manteniendo una única relación contractual cuando se producen cambios internos y avanzando hacia resultados más consistentes y alineados con otras fuentes estadísticas que miden las altas y bajas por métodos alternativos. No obstante, el brusco corte en la serie de datos acumulados a final de mes -y el hecho de que la nueva metodología no se haya aplicado de forma retroactiva- dificulta la comparación histórica. Existe, sin embargo, una vía alternativa: los datos en términos de media diaria, que sí incorporan una serie reconstruida hasta enero de 2025 y permiten analizar con mayor claridad el efecto de la depuración. Al comparar las altas y bajas calculadas con ambos sistemas, se observa que la nueva contabilidad reduce estos movimientos en torno a un 9,2% de media anual, con oscilaciones que van del 7% al 11% según el mes, en buena medida por la estacionalidad que caracteriza a muchos empleos. El impacto tampoco es homogéneo por tipo de contrato: en el caso de los fijos discontinuos, la modalidad con mayor rotación, la volatilidad solo se reduce un 6,7%. A la espera de que la Seguridad Social revise las estadísticas y mejore la comparabilidad histórica -un proceso complejo que coincide además con la implantación del nuevo sistema de clasificación de actividades económicas, el CNAE 2025, que sustituye al vigente desde 2009-, los datos apuntan más a una limpieza estadística que a una reducción sustancial de uno de los principales problemas estructurales del mercado laboral español: la elevada volatilidad del empleo. De hecho, aunque los niveles absolutos sean ahora algo más bajos, la tendencia al alza de la rotación se mantiene, lo que sugiere un mercado laboral más dinámico, pero todavía muy condicionado por el peso de las actividades estacionales y temporales, aunque estas se articulen cada vez más mediante contratos indefinidos. Una de las cuestiones clave pendientes es cómo afectará esta depuración a las estadísticas que explican las causas de las bajas de afiliación. La publicación de estos datos se ha interrumpido justo cuando estaban a punto de difundirse las cifras correspondientes al cierre de 2025, que apuntaban a un máximo histórico -desde que existe la serie en 2012- en dimisiones y despidos, un récord que podría verse atenuado con la aplicación de la nueva metodología.

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(Expansión, 03-02-2026) | Laboral

Los funcionarios tendrán un día moscoso más en 2026 para compensar el 15 de agosto

Los funcionarios y empleados públicos contarán en 2026 con un día adicional de asuntos propios, ya que el 15 de agosto, festivo nacional, coincide ese año en sábado. Esta circunstancia genera el derecho a un permiso extra por asuntos particulares, que podrá sumarse a los conocidos "moscosos" en función de la antigüedad de cada trabajador. Este día adicional beneficiará al personal que presta servicios en la Administración General del Estado y en sus organismos dependientes o vinculados, al tratarse de un festivo nacional no recuperable ni sustituible que cae en un día inhábil para las administraciones públicas. La concesión del permiso extra compensa precisamente esa coincidencia del festivo con un sábado. La normativa general que regula las condiciones laborales en la Función Pública establece que, cuando una festividad nacional retribuida y no sustituible se celebra en sábado, puede añadirse hasta un día más de permiso por asuntos particulares dentro del mismo año natural. En este sentido, al tratarse el 15 de agosto de una festividad de ámbito nacional, "corresponde, conforme a la normativa vigente, la incorporación de un día adicional de permiso para el personal incluido en el ámbito de aplicación de la Resolución de 28 de febrero de 2019 sobre jornada y horarios", según ha informado el área de Servicios Públicos del sindicato UGT. La medida queda recogida en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 27 de enero de 2026, que regula el disfrute de este día adicional de permiso para el año 2026 como consecuencia de la coincidencia en sábado de un festivo nacional no recuperable ni sustituible, tal y como ya contemplaba la Resolución de 28 de febrero de 2019. Esta última norma, que establece las instrucciones sobre jornada y horarios del personal al servicio de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos, señala en su apartado 9.8 que se podrá incorporar cada año natural, y como máximo, un día adicional de permiso cuando alguna de las festividades laborales nacionales, retribuidas y no sustituibles por las comunidades autónomas, coincida en sábado.

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(Expansión, 03-02-2026) | Laboral

Yolanda Díaz insiste en endurecer el registro horario pese a la reticencia de Carlos Cuerpo

El reglamento mediante el cual el Ministerio de Trabajo pretende reforzar las exigencias del registro horario en las empresas se encuentra en la fase final de los trámites obligatorios antes de su aprobación por el Consejo de Ministros. El proceso no está exento de tensiones, ya que el Ministerio de Economía está intentando introducir ajustes en el texto para suavizar el impacto que la norma tendrá sobre el tejido empresarial, especialmente en las pequeñas y medianas empresas, que deberán adaptarse a sistemas digitales para cumplir con los nuevos requisitos de control de la jornada laboral. Unos cambios que la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, no está dispuesta a asumir. Por el contrario, defiende que el reglamento se apruebe conforme al planteamiento original, concebido inicialmente como un complemento a la reducción de la jornada laboral y, posteriormente, como una medida autónoma articulada por vía reglamentaria. La única modificación relevante ha sido la retirada del endurecimiento del régimen sancionador, descartado para evitar una reforma legal que obligara a pasar por el Parlamento y, de ese modo, esquivar un escenario adverso en el Congreso. Pese a ello, los condicionantes incluidos en el texto -que, según fuentes del diálogo social, se encuentra ultimando la recepción de los informes de los distintos ministerios antes de su envío al Consejo de Estado- no terminan de convencer al departamento que dirige Carlos Cuerpo. Así lo reconoció la propia Yolanda Díaz, en lo que constituye un nuevo desencuentro entre Trabajo y Economía a propósito de las iniciativas impulsadas desde el área laboral. "El Ministerio de Economía se opuso en su momento a la reducción de la jornada laboral, y fue la Presidencia del Gobierno la que recondujo esa postura", recordó la vicepresidenta, subrayando que el refuerzo del registro horario era el principal instrumento de la ley para reducir el tiempo efectivo de trabajo, especialmente a través del control de las horas extraordinarias no remuneradas. Ese mismo efecto es el que espera ahora el Ministerio de Trabajo con el endurecimiento del sistema de control horario, cuyos ejes fundamentales son la digitalización de los registros y el acceso remoto de la Inspección de Trabajo a los datos. "Confío en que rectifiquen; el procedimiento está llegando a su fase final para poder aprobar la norma", afirmó Díaz durante la presentación de un informe sobre democratización del trabajo. En ese contexto, volvió a criticar la posición de Economía, a la que acusó de mantener una visión contraria a iniciativas que considera beneficiosas para el país, recordando anteriores fricciones en asuntos como el salario mínimo interprofesional, los ERTE o la ley rider. Este nuevo choque se produce poco después de que el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, solicitara al departamento de Trabajo "buscar un equilibrio" con las empresas en relación con otras medidas en preparación, como la ampliación de los permisos por fallecimiento. Finalmente, Trabajo acordó el aumento de los días únicamente con los sindicatos, tras las críticas de las organizaciones empresariales por el desarrollo del proceso negociador. "Lo importante es que somos hegemónicos. Después, el Partido Socialista acaba reconociendo estos logros. Esto es ejercer la hegemonía", afirmó Díaz, anticipando que su postura volverá a imponerse frente a la de Economía. No obstante, fuentes del diálogo social señalan que sí se están recibiendo aportaciones de otros ministerios, aunque dudan de que estas obliguen a reabrir el trámite de consulta pública del reglamento. También apuntan a la incógnita de si será necesario recabar el informe de la Agencia Española de Protección de Datos en caso de que se facilite copia de los registros a la representación legal de los trabajadores. Tal y como ya habían advertido las organizaciones empresariales, el principal foco de oposición a la reducción de la jornada se encontraba precisamente en el refuerzo del registro horario. La futura normativa incrementará las obligaciones para todas las empresas, independientemente de su tamaño, que deberán implantar sistemas digitales de control de la jornada. Además, los datos registrados deberán ser interoperables y accesibles para la Inspección de Trabajo. La norma también eleva el nivel de detalle exigido. Será responsabilidad del trabajador introducir la información relativa a sus tiempos de trabajo en la herramienta proporcionada por la empresa, y el reglamento obliga a extremar la precisión de los registros. Deberá consignarse el momento exacto de inicio y finalización de cada jornada, con indicación de la hora y el minuto, así como el comienzo y fin de cada pausa que no compute como tiempo de trabajo efectivo. Para garantizar el correcto funcionamiento de estos sistemas, las empresas estarán obligadas a proporcionar la formación necesaria a su plantilla.

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(El País, 03-02-2026) | Laboral

Un tercio de los puestos del consejo de administración tendría que ser para los trabajadores en empresas de 25 o más empleados

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunció hace casi un año la puesta en marcha de un grupo de especialistas con el objetivo de promover una nueva normativa orientada a reforzar la democracia en la gestión empresarial. En términos prácticos, se trata de definir mecanismos para que los trabajadores participen en las decisiones de las empresas y puedan, incluso, convertirse en propietarios de parte de ellas. Ese grupo de expertos sobre democracia en el trabajo ya ha concluido su labor y este lunes ha entregado su informe a la ministra. El documento plantea, entre otras medidas, que el Gobierno impulse un sistema de cogestión en el que los trabajadores ocupen un tercio de los asientos en los consejos de administración de empresas con plantillas de entre 50 y 1.000 personas. En el caso de compañías de mayor tamaño, la propuesta eleva esa representación hasta la mitad de los miembros del órgano directivo. Además, el informe va un paso más allá y sugiere que se diseñe un plan para facilitar el acceso de los empleados a la propiedad empresarial, garantizando como mínimo un 2% del accionariado en empresas a partir de 25 trabajadores. Díaz ha señalado que el Ejecutivo está dispuesto a avanzar en esta regulación mediante una ley que se negociará con patronales y sindicatos en un plazo reducido, al tratarse de una reforma pendiente en España. Aunque no suele formar parte del debate habitual, recuerda que esta cuestión sí estuvo presente durante la Transición. La ministra ha subrayado también que este modelo no es ajeno al país, ya que existe en cooperativas, en alguna empresa pública como Navantia y en determinadas compañías del País Vasco, sin que ello haya generado problemas. El informe, que supera las 500 páginas, responde al encargo de fundamentar y estructurar una futura regulación sobre la participación de los trabajadores en la toma de decisiones empresariales, siguiendo el ejemplo de la mayoría de países europeos. La ministra justifica esta iniciativa en el hecho de que la Constitución, en su artículo 129.2, contempla este principio, aunque hasta ahora no se ha desarrollado normativamente. Dicho artículo establece que los poderes públicos deben promover las distintas formas de participación en la empresa, fomentar las cooperativas mediante una legislación adecuada y facilitar el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción. La presidenta del comité de expertos, Isabelle Ferreras, ha denunciado que este mandato constitucional no se aplica de forma adecuada en España. Aunque reconoce la existencia de un sistema dual de representación a través de delegados de personal y comités de empresa, considera que los derechos de participación son muy limitados y no alcanzan a las decisiones estratégicas. En este sentido, ha coincidido con Díaz en señalar que España es una excepción en Europa, ya que 18 de los 27 países de la Unión Europea han regulado la presencia de los trabajadores en los órganos de dirección empresarial. Por todo ello, la comisión propone que el Gobierno y los agentes sociales desarrollen una estrategia basada en dos ejes: reforzar la capacidad de los empleados para influir en las decisiones de sus empresas y facilitar su acceso a la propiedad. En cuanto al primer aspecto, se plantea ampliar la participación mediante nuevos requisitos legales que refuercen el papel de los comités de empresa y de los delegados de personal. Entre otras medidas, se sugiere reconocer un derecho de codecisión en cuestiones como la implantación de sistemas de inteligencia artificial en el entorno laboral. Asimismo, los expertos reclaman la creación de la figura del representante conjunto de personal en centros de trabajo muy pequeños, con menos de seis o diez empleados, y la constitución de comités de empresa a nivel de grupo para mejorar la gobernanza en grandes estructuras empresariales. También proponen que los comités cuenten con el apoyo de especialistas remunerados en ámbitos como la inteligencia artificial o el impacto social y ambiental de las decisiones corporativas. En caso de que el diálogo social no alcance acuerdos, el informe defiende que el Gobierno establezca procedimientos formales para garantizar la participación de los trabajadores en los órganos de gobierno de las empresas, tomando como referencia las prácticas más avanzadas de países como Suecia y Alemania. Así, se propone reservar un tercio de los puestos del consejo de administración a los trabajadores en empresas de entre 50 y 1.000 empleados y, en las compañías de mayor tamaño, asignarles la mitad de los asientos, rebajando el umbral alemán a partir de 1.000 trabajadores. Respecto a la participación en la propiedad, el documento fija mínimos legales de capital en manos de los empleados: más del 2% en empresas de entre 25 y 1.000 trabajadores y más del 10% en aquellas que superen los 1.000 asalariados. Para ello, se plantea la creación de planes de adquisición de acciones por parte de los empleados, especialmente pensados para procesos de relevo generacional. Ferreras ha explicado que podrían articularse fondos ciudadanos de ámbito regional, gestionados por los propios trabajadores, que permitan adquirir acciones en momentos críticos y evitar la entrada de fondos especulativos. Por último, los expertos recomiendan acordar incentivos que animen a las empresas a ir más allá de las exigencias mínimas de la ley. Para ello, proponen diseñar un Índice de Desarrollo Democrático Corporativo que permita aplicar mecanismos de recompensas y penalizaciones en función del nivel de participación alcanzado. Estos incentivos podrían traducirse en ayudas públicas, beneficios fiscales, tasas diferenciadas o un acceso preferente a la contratación pública, con el objetivo de impulsar una mayor implicación de los trabajadores en la vida empresarial.

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(El Periódico, 03-02-2026) | Laboral

El Gobierno se abre ahora a trocear el escudo social para asegurar la revalorización de las pensiones

La falta de una mayoría clara de izquierdas en el Congreso obliga al Gobierno a maniobrar de forma constante para mantener los equilibrios parlamentarios. El decreto que incluía la prórroga del escudo social y la actualización de las pensiones es un ejemplo evidente de esta situación. La iniciativa fue rechazada por la Cámara con los votos de PP, Vox y Junts. Tanto los populares como los posconvergentes criticaron que en un mismo texto se uniera la subida del 2,7% de las pensiones medias con la ampliación de la suspensión de desahucios para familias vulnerables hasta que se les ofreciera una alternativa habitacional. Tras ese revés, el Ejecutivo negocia a contrarreloj para recuperar el decreto y se plantea dividirlo con el fin de garantizar que cerca de diez millones de pensionistas no sufran recortes en su paga de febrero. Fuentes gubernamentales al tanto de las conversaciones consideran viable presentar las medidas por separado, tal y como reclama Junts. Se trata de un cambio relevante respecto a la postura de la semana anterior, cuando el objetivo era mantener el decreto íntegro, una exigencia defendida por el socio minoritario de la coalición. La intención del Gobierno es aprobar un nuevo decreto en el Consejo de Ministros de este martes o, como máximo, en el de la próxima semana. El presidente Pedro Sánchez fue tajante este domingo en un acto en Teruel, donde apoyó a la candidata socialista a la presidencia de Aragón, Pilar Alegría, al asegurar que las pensiones se actualizarán "en cualquier caso, con o sin el PP". Aunque el Ejecutivo se muestra dispuesto a separar el contenido del decreto ómnibus para votarlo por partes y minimizar riesgos, su prioridad sigue siendo sacar adelante el conjunto de las medidas. Además de la revalorización de las pensiones y la prórroga del escudo social -que incluye la prohibición de desahucios y de cortes de suministros a hogares vulnerables-, el texto contemplaba la actualización de las entregas a cuenta a comunidades autónomas y entidades locales, así como rebajas fiscales para los afectados por la dana y los incendios del pasado verano. Desde Moncloa insisten en que su objetivo es impulsar un decreto de medidas sociales que cuente con un respaldo amplio en el Congreso. Para ello, las negociaciones se centran en lograr el apoyo de Junts, aunque cualquier concesión a esta formación puede complicar el respaldo de otros socios del bloque progresista. Ya la semana pasada, fuentes parlamentarias de uno de los grupos más favorables a la prórroga del escudo social advertían de que, si el Gobierno ofrecía acuerdos que también podría suscribir el PP, el eje de la izquierda perdería peso en la ecuación. El PSOE trata de atraer a Junts en el ámbito de la vivienda mediante fórmulas que refuercen la seguridad de los propietarios frente a posibles impagos del alquiler, tanto con más recursos económicos como con procedimientos más ágiles. El Consejo de Ministros ya reservó 300 millones de euros para avales estatales con este fin. Estas ayudas, destinadas a cubrir impagos en alquileres de jóvenes y colectivos vulnerables, ya estaban previstas en el Plan Estatal de Vivienda, pero ante su retraso se aprobaron por decreto el pasado diciembre y ahora cuentan con dotación presupuestaria. El texto establece que el aval cubrirá todas las rentas impagadas hasta que el propietario recupere la vivienda, así como los daños ocasionados en el inmueble por el inquilino, los suministros asumidos por la propiedad y otros costes que se determinen reglamentariamente. Con ello, el Ejecutivo busca un equilibrio entre la protección de las familias vulnerables y las garantías para los arrendadores. Otro elemento clave en la negociación es la posible delegación de competencias en materia de inmigración a Catalunya, tras la disposición de Podemos a levantar su veto a cambio del acuerdo alcanzado con el Gobierno para una regularización rápida de hasta medio millón de migrantes. El desbloqueo de esta cuestión pasa ahora por modificar el preámbulo del proyecto, una opción que Junts estaría dispuesto a aceptar y que Podemos exige para apoyar la iniciativa, eliminando referencias que considera de carácter racista. En el Gobierno consideran que existe margen de entendimiento con Junts, al entender que sus críticas al escudo social no coinciden con el enfoque del PP. A los populares les reprochan vincular a las personas vulnerables que no pueden afrontar puntualmente el alquiler con comportamientos delictivos. Entre los argumentos que Junts compartió con el PP para votar en contra del decreto estuvo la mezcla de estas medidas con la subida de las pensiones, algo que calificaron de chantaje. "Pensiones, sí; ocupaciones, no. No pueden forzarnos a apoyar que no se pueda actuar cuando te ocupan una vivienda y no pagan el alquiler",

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(El Economista, 03-02-2026) | Laboral

Récord de beneficiarios del subsidio de mayores de 52 años en plena ofensiva de la OCDE para eliminarlo

Nunca antes se había registrado un número tan elevado de personas desempleadas mayores de 50 años percibiendo algún tipo de subsidio. En 2025, la media mensual alcanzó las 545.393 personas, lo que supone un incremento del 4,7% respecto a 2024, a pesar de que en ese mismo periodo el paro registrado descendió un 4,5%. La inmensa mayoría -el 84%- corresponde a beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años, una prestación que también ha alcanzado máximos históricos tras permanecer durante los últimos tres años en el centro del debate por su posible efecto desincentivador sobre la reincorporación al mercado laboral y su papel como antesala de la jubilación anticipada. Esta cuestión está siendo analizada por la OCDE, que considera que su diseño contribuye a cronificar el desempleo sénior y aboga por replantear la ayuda, aunque sus propuestas implicarían, en la práctica, su eliminación. Las cifras de 2025 resultan especialmente llamativas porque se producen en un contexto de descenso del desempleo, incluido el de los trabajadores de mayor edad. Sin embargo, esta mejora no se refleja en el sistema de prestaciones, que también ha aumentado en su vertiente contributiva: los mayores de 50 años que cobran prestación contributiva crecieron un 5,2%, hasta situarse en una media mensual de 281.000 personas. Aun así, este volumen sigue lejos de los niveles alcanzados durante la pandemia y representa apenas la mitad del total de perceptores del nivel asistencial, integrado por los distintos subsidios por desempleo, las rentas agrarias y el subsidio específico para mayores de 52 años. Esta ayuda, actualmente fijada en 480 euros mensuales, presenta dos características singulares. Por un lado, puede percibirse hasta alcanzar la edad legal de jubilación; por otro, el SEPE cotiza por el beneficiario durante ese periodo. La cotización se realiza por el 125% de la base mínima, lo que equivale a una base de 1.726 euros mensuales de cara a la pensión futura. Esta circunstancia provoca que, para muchos desempleados mayores de 52 años, aceptar un empleo con un salario inferior resulte poco atractivo desde el punto de vista económico. El problema se intensifica si se tiene en cuenta que el salario mínimo interprofesional ha aumentado más de un 66% en los últimos años y se sitúa actualmente en 1.184 euros, a la espera de una nueva actualización. Este es precisamente el argumento central de la OCDE, recogido de forma clara en su último Economic Survey sobre España publicado a finales de 2025 y reiterado en análisis posteriores, como el reciente artículo titulado "¿Estancados a los 52? Repensar el subsidio de desempleo para las personas mayores en España". En él, sus autores -Aida Caldera, Claudia Ramírez y Dimitris Mavridis- advierten de que, aunque la prestación cumple una función de protección social, su configuración puede reducir involuntariamente los incentivos para volver al empleo, incluso entre quienes desean hacerlo. El informe subraya que, aunque la cuantía del subsidio es limitada, aceptar un trabajo mal remunerado implica renunciar tanto a la prestación como a las cotizaciones a la Seguridad Social que se generan durante el desempleo, de modo que el beneficio neto de reincorporarse al mercado laboral puede ser mínimo. En este contexto, destaca que la evidencia empírica muestra un fuerte aumento del desempleo de larga duración a partir de los 52 años, justo cuando se accede a esta ayuda. Estudios recientes de la AIReF revelan que, mientras que antes de los 50 años menos del 5% de los beneficiarios lleva más de un año en paro, a partir de los 52 esa proporción supera el 40%. La idea de que el subsidio actúa como freno a la activación laboral de los desempleados de más edad no es nueva. Numerosos analistas sostienen que su diseño dificulta la reincorporación de trabajadores con baja cualificación, empleados tradicionalmente en sectores de salarios reducidos, especialmente cuando cuentan con apoyo familiar que les permite aguardar hasta la jubilación con una pensión más favorable gracias a la sobrecotización del subsidio. Este efecto afecta de manera particular a las mujeres, que representan el 54% de las personas beneficiarias. El impacto también se extiende a trabajadores con niveles de renta elevados que han salido del mercado laboral tras despidos colectivos. En estos casos, el subsidio para mayores de 52 años se ha convertido en uno de los pilares de los esquemas de prejubilación, reforzado además por el aumento del SMI y, con él, de las cotizaciones asumidas por el SEPE. Para estos perfiles, aceptar un nuevo empleo puede resultar aún menos atractivo, ya que la pérdida no se limita a la sobrecotización, sino también a otros compromisos económicos pactados con su antigua empresa. Precisamente para frenar las salidas anticipadas del mercado laboral y fomentar la activación de los desempleados, el Gobierno del PP elevó en 2012 la edad de acceso al subsidio hasta los 55 años y redujo la cotización al 100% de la base mínima. Esta reforma provocó un descenso significativo del número de beneficiarios que se prolongó hasta 2019, cuando el Ejecutivo de Pedro Sánchez restituyó las condiciones originales de la ayuda. El efecto fue inmediato: el número medio de perceptores se disparó un 22% en solo un año y continuó creciendo posteriormente, hasta adquirir un marcado carácter anticíclico tras la pandemia, con los subsidios al alza pese a la moderación del paro. A finales de 2023, el Gobierno impulsó una reforma del sistema de subsidios por desempleo con el objetivo de reforzar su función de acompañamiento en la búsqueda de empleo. Para ello, se modificó la cuantía inicial de las ayudas, se amplió su compatibilidad con el trabajo y se reforzó la conexión con prestaciones de carácter social, como el Ingreso Mínimo Vital. En ese proceso se planteó también reducir la sobrecotización del subsidio para mayores de 52 años del 125% al 100%, pero la propuesta fue rechazada en el Congreso por Podemos, lo que obligó a rehacer la reforma y mantener esta ayuda sin cambios. Tal y como ha informado elEconomista.es, los efectos de la reforma han sido significativos: entre 2023 y 2025, los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años aumentaron un 5,5%, mientras que el número de mayores de 50 años que perciben otros subsidios creció un 20%, al pasar de 71.600 a 81.500 personas. Todo ello en un periodo en el que el desempleo sénior, aunque a un ritmo más moderado que en otros colectivos, se redujo un 7,9%.

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(El Economista, 03-02-2026) | Laboral

El Supremo establece que no se pueden recortar del bonus los días de baja médica o los permisos

El Tribunal Supremo ha considerado ilegal y discriminatoria la política aplicada por la empresa Ayesa Ibermática que dejaba fuera del cálculo de la retribución variable los días de baja por incapacidad temporal y los permisos retribuidos previstos en la normativa laboral. Según ha informado el sindicato en un comunicado, el Alto Tribunal ha dado la razón a FeSMC-UGT y ha ratificado en todos sus términos la sentencia anterior de la Audiencia Nacional. Esta decisión supone, en palabras del sindicato, "un serio revés a las prácticas empresariales que penalizan a las personas trabajadoras por enfermar, atender cuidados o ejercer derechos de conciliación". Ayesa Ibermática había establecido un sistema de incentivos vinculado a las denominadas "jornadas productivas", excluyendo del cómputo tanto las bajas médicas como determinados permisos legalmente reconocidos. No obstante, en su sentencia de 16 de enero de 2026, el Supremo concluye que esta forma de cálculo constituye una discriminación directa por motivos de salud, prohibida expresamente por la Ley 15/2022 de igualdad de trato y no discriminación. En consecuencia, el tribunal determina que la situación de incapacidad temporal no puede servir de justificación para minorar salarios ni incentivos económicos. Asimismo, la resolución protege de manera expresa los permisos retribuidos recogidos en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, incluidos los relacionados con enfermedad grave u hospitalización de familiares, el ejercicio de funciones sindicales y los vinculados al embarazo, parto, adopción o acogimiento. Tal y como subraya UGT, la sentencia recuerda que estos permisos son derechos legales que deben mantenerse íntegramente retribuidos, y que excluirlos del acceso a incentivos salariales implica una discriminación indirecta, especialmente hacia las mujeres, al estar estrechamente relacionados con las labores de cuidado y conciliación.

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