(Expansión, 15-07-2026) | Laboral

Cataluña, Madrid y Andalucía asumen el 49% del coste total del absentismo

La tasa de horas de trabajo perdidas por ausencias laborales alcanzó el 7,6% de media en España, el nivel más alto registrado hasta la fecha. Según un informe elaborado por The Adecco Group Institute, el impacto económico del absentismo ascendió a 59.109 millones de euros durante el último año, una cifra que supera ampliamente las estimaciones manejadas por las organizaciones empresariales. El absentismo se ha situado entre las principales preocupaciones del ámbito económico y laboral. El Gobierno mantiene abiertas conversaciones con sindicatos y patronales para buscar soluciones que permitan frenar su crecimiento, aunque hasta ahora no se han producido avances significativos. Desde la CEOE calculan que este fenómeno supone un coste de unos 34.000 millones de euros, repartidos entre 16.000 millones asumidos por las empresas y 18.000 millones correspondientes a la Seguridad Social. Ante esta situación, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones estudia posibles reformas para reducir tanto el impacto económico como las dificultades organizativas que genera, especialmente en las pequeñas empresas, además de sus efectos sobre la productividad y la competitividad. El estudio de Adecco sitúa el coste total del absentismo todavía por encima de esas cifras. Basándose en la Encuesta de Costes Laborales del INE y en una tasa de absentismo del 7,6% sobre las horas de trabajo pactadas, estima que la factura alcanzó los 59.109 millones de euros en el último ejercicio, un 11,7% más que en 2024 y prácticamente el doble de los 30.171 millones registrados en 2019. Los especialistas señalan que la mayor parte de ese gasto corresponde a las prestaciones derivadas de las incapacidades temporales. Este concepto representa el 78% del coste total, con 46.105 millones de euros, y está relacionado con una tasa del 5,95% de horas de trabajo perdidas por bajas médicas de origen no laboral, también en máximos históricos. El informe también analiza las diferencias territoriales desde dos perspectivas: la incidencia del absentismo en cada comunidad autónoma y el coste económico total que soporta cada territorio. Ambos indicadores no coinciden necesariamente, ya que el primero refleja el porcentaje de horas perdidas por trabajador, mientras que el segundo depende del volumen de empleo existente en cada región. Las mayores tasas de absentismo se registraron en País Vasco, Canarias y Cantabria, todas con un 9,6% de las horas de trabajo pactadas perdidas. A continuación se situaron Galicia (9,1%), Asturias y Murcia (8,9% en ambos casos), Navarra (7,9%) y Aragón (7,8%). Cataluña y Castilla y León se mantuvieron en la media nacional del 7,6%, mientras que Castilla-La Mancha y Extremadura registraron un 7,3%, Andalucía y la Comunidad Valenciana un 7,2%, y las tasas más reducidas correspondieron a La Rioja (6,7%), Madrid (6,6%) y Baleares (6,2%). Si se analiza el impacto económico, el reparto cambia debido al mayor volumen de trabajadores afectados. Cataluña soportó el mayor coste, con 11.557 millones de euros, seguida por Madrid, con 10.290 millones, y Andalucía, con 7.410 millones. Entre las tres concentraron prácticamente la mitad del coste total del absentismo. A continuación se situaron la Comunidad Valenciana (5.424 millones), País Vasco (4.035 millones), Galicia (3.215 millones), Canarias (2.963 millones), Castilla y León (2.467 millones) y Castilla-La Mancha (2.020 millones). En el extremo opuesto figuraron Murcia (1.741 millones), Aragón (1.621 millones), Baleares (1.323 millones), Asturias (1.312 millones), Navarra (994 millones), Extremadura (839 millones), Cantabria (838 millones) y La Rioja (332 millones). Por sectores, la industria presentó la mayor tasa de absentismo, con un 8,2%, seguida por los servicios, con un 7,6%, y la construcción, con un 6,2%. Sin embargo, el mayor coste económico se concentró en el sector servicios, con 45.096 millones de euros, muy por encima de la industria, que acumuló 11.087 millones, y de la construcción, con 2.924 millones. Respecto al año anterior, el coste aumentó un 13% en los servicios, un 16% en la industria y un 11% en la construcción. Por ramas de actividad, las mayores tasas de absentismo se localizaron en las actividades postales y de correos, con un 13%; los servicios de edificios y jardinería, con un 12,5%; y las actividades de juego y apuestas, con un 12,2%. En el lado contrario, las menores tasas correspondieron a las actividades relacionadas con el empleo, con un 3%; las actividades jurídicas y de contabilidad, con un 3,7%; y los sectores de edición, actividades inmobiliarias y programación y consultoría informática, todos ellos con un 4%.

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(Expansión, 15-07-2026) | Laboral

La Seguridad Social confirma: recortará hasta un 15% la pensión a quienes hayan cotizado más de 41 años si adelantan su jubilación

La jubilación anticipada voluntaria continúa llevando aparejada una reducción permanente de la pensión, incluso para quienes han desarrollado largas carreras de cotización. En determinados casos, los recortes pueden alcanzar el 17% e incluso superar esa cifra mediante la aplicación de los coeficientes reductores previstos por la Seguridad Social, pese a haber cotizado más de 41 años. Las sucesivas reformas del sistema público de pensiones han reforzado estos mecanismos con el objetivo de desincentivar el retiro anticipado y favorecer la prolongación de la vida laboral. Por ello, acumular un elevado número de años cotizados ya no garantiza el acceso a la pensión íntegra cuando se decide adelantar voluntariamente la jubilación. La reducción que se aplica depende de dos factores: el tiempo que se anticipe la jubilación respecto a la edad ordinaria y el número total de años cotizados. Cuanto mayor sea el adelanto y menor el periodo de cotización acreditado, más elevada será la penalización. La normativa permite acceder a la jubilación anticipada voluntaria hasta dos años antes de la edad legal de jubilación. En 2026, esta posibilidad está abierta a partir de los 64 años y 10 meses para quienes hayan cotizado menos de 38 años y tres meses, mientras que quienes alcancen al menos ese periodo de cotización pueden jubilarse desde los 63 años. Para los trabajadores con pensiones inferiores a la pensión máxima, los coeficientes reductores oscilan entre el 3,26% y el 21% cuando se han cotizado menos de 38 años y seis meses. Si la carrera de cotización se sitúa entre 38 años y seis meses y menos de 41 años y seis meses, las reducciones varían entre el 3,11% y el 19%. Con una cotización igual o superior a 41 años y seis meses e inferior a 44 años y seis meses, los recortes se sitúan entre el 2,96% y el 17%. Finalmente, quienes acrediten al menos 44 años y seis meses cotizados soportan reducciones de entre el 2,81% y el 13%. En el caso de las personas cuya pensión calculada supera la pensión máxima, fijada en 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros anuales, también se aplican coeficientes reductores específicos. Para quienes hayan cotizado menos de 38 años y seis meses, las reducciones oscilan entre el 1,33% y el 9,10%. Si el periodo cotizado se encuentra entre 38 años y seis meses y menos de 41 años y seis meses, el recorte varía entre el 1,28% y el 8,5%. Cuando se acreditan entre 41 años y seis meses y menos de 44 años y seis meses, la reducción se sitúa entre el 1,24% y el 7,9%. Por último, quienes superen los 44 años y seis meses cotizados afrontan penalizaciones de entre el 1,19% y el 6,7%. En todos los supuestos, estos coeficientes se aplican sobre el importe definitivo de la pensión ya calculada y no sobre la base reguladora, por lo que la reducción afecta directamente a la cuantía que el pensionista percibirá durante toda su jubilación.

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(El Confidencial, 15-07-2026) | Laboral

La guerra por el talento en los despachos dispara los sueldos júnior más allá de los 40.000 euros

Los grandes despachos de abogados han intensificado la competencia por atraer a los mejores graduados en Derecho mediante una mejora significativa de los salarios de entrada. Durante 2025 aumentó de forma notable el número de firmas que ofrecen remuneraciones superiores a los 40.000 euros anuales a los abogados que inician su carrera profesional, hasta el punto de que uno de cada dos despachos del grupo de mayor facturación ya supera ese umbral. La tendencia es aún más evidente en los salarios más elevados. El porcentaje de firmas que pagan más de 50.000 euros a sus abogados de primer año pasó del 3,6% en 2024 al 11,1% en 2025, una práctica que, por el momento, se concentra en los grandes despachos internacionales. Según especialistas en selección de talento jurídico, los salarios de incorporación han aumentado entre un 10% y un 15% durante el último año. El proceso comenzó cuando algunas firmas decidieron revisar al alza sus escalas retributivas para ganar competitividad en la captación de profesionales, un movimiento que posteriormente fue seguido por otros grandes despachos nacionales e internacionales para evitar perder atractivo frente a sus competidores. La revisión salarial también ha alcanzado a las firmas nacionales de tamaño medio y a los despachos especializados, aunque en estos casos el incremento está siendo más gradual. Este aumento de las remuneraciones ha reducido considerablemente el número de grandes despachos que ofrecen menos de 30.000 euros anuales a los abogados recién incorporados. En apenas un año, ese porcentaje ha pasado de representar una cuarta parte de las firmas analizadas a situarse por debajo del 20%. La competencia por el talento también se refleja en la percepción de los responsables de recursos humanos, que consideran que la presión para revisar las bandas salariales se encuentra en su nivel más alto de los últimos cinco años. Sin embargo, elevar los salarios de acceso genera nuevos retos para las organizaciones. Cuando las retribuciones de los profesionales recién incorporados crecen con rapidez, la diferencia salarial respecto a abogados con varios años de experiencia se reduce, obligando a revisar también las escalas de los perfiles intermedios para evitar una excesiva compresión salarial entre categorías. Por este motivo, muchos despachos están actualizando igualmente las retribuciones de los abogados con mayor experiencia y otorgando un mayor peso a la remuneración variable como herramienta para reconocer el rendimiento y diferenciar la progresión profesional. Los estudios salariales del sector confirman esta evolución. En 2025, el salario fijo medio de un abogado júnior se sitúa en torno a los 43.400 euros anuales. Además, los mayores incrementos retributivos del último ejercicio se concentran en los asociados sénior, con aumentos próximos al 7% en su remuneración total, y en los directores, cuya retribución media supera ya los 125.000 euros anuales. Pese a estas cifras, este colectivo representa una minoría dentro del mercado laboral español. Mientras un abogado que inicia su carrera en un gran despacho puede percibir entre 40.000 y 45.000 euros al año, el salario medio de los trabajadores de entre 20 y 24 años ronda los 15.000 euros anuales, y el de quienes tienen entre 25 y 29 años se sitúa alrededor de los 22.700 euros. Asimismo, el salario más frecuente en España continúa situándose entre los 15.000 y los 20.000 euros, y solo una pequeña parte de los trabajadores alcanza niveles retributivos próximos a los 47.000 euros. Los expertos también destacan un cambio en los criterios de selección. Si durante años el expediente académico fue el principal elemento diferenciador para acceder a los grandes despachos, ahora el salario de entrada se ha convertido en un factor decisivo para muchos de los candidatos con mejores perfiles, que utilizan la remuneración inicial como uno de los principales criterios para decidir en qué procesos de selección participar. Una vez igualadas las condiciones económicas, el prestigio de la firma, las oportunidades de desarrollo profesional y la reputación corporativa adquieren un peso creciente. Al mismo tiempo, el mercado jurídico experimenta otra transformación. Los grandes despachos están moderando el crecimiento de sus plantillas y reduciendo el número de nuevas incorporaciones, una tendencia que podría intensificarse con la implantación de la inteligencia artificial, capaz de asumir parte de las tareas repetitivas que tradicionalmente realizaban los abogados más jóvenes. En este contexto, cada contratación resulta más estratégica para las firmas, que buscan atraer perfiles de alto potencial y ofrecerles planes de desarrollo profesional sólidos. Los especialistas en gestión del talento coinciden en que el salario constituye un importante elemento de atracción, pero no garantiza la permanencia de los profesionales. La conciliación entre la vida personal y laboral, las posibilidades de promoción, la visibilidad dentro de la organización y la identificación con el proyecto profesional continúan siendo los principales factores que explican la fidelización del talento en los grandes despachos.

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(Expansión, 14-07-2026) | Laboral

Por qué cogen la baja los trabajadores españoles: las enfermedades más comunes

El absentismo laboral continúa aumentando en España y ya supera los 1,2 millones de trabajadores de baja cada día. Durante 2025, la Seguridad Social contabilizó más de nueve millones de procesos de incapacidad temporal por contingencias comunes, es decir, por enfermedades no relacionadas con la actividad laboral. Como consecuencia, se pierde más del 7% de las horas de trabajo pactadas cada año. El impacto económico de esta situación también sigue creciendo. Las prestaciones por incapacidad temporal suponen un coste superior a los 18.000 millones de euros anuales para la Seguridad Social, mientras que las empresas asumen alrededor de 16.000 millones. En conjunto, la factura del absentismo alcanza los 34.000 millones de euros al año. Los datos de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT), elaborados a partir del sistema de información RESINA, muestran que las patologías musculoesqueléticas continúan siendo la principal causa de las bajas laborales. No obstante, las enfermedades relacionadas con la salud mental han ganado un protagonismo creciente y ya figuran entre las principales causas de incapacidad temporal. Entre las dolencias que originan un mayor número de procesos destacan los síntomas generales asociados a distintas patologías, con más de 726.000 bajas y una duración media de 18 días; las infecciones respiratorias agudas, con más de 602.000 procesos y una duración de cinco días; las dorsopatías, con cerca de 539.000 bajas y una media de 68 días; y los trastornos neuróticos, de la personalidad y otros trastornos mentales, que superan los 405.000 procesos y presentan una duración media de 104 días. También figuran entre las patologías más habituales las enfermedades infecciosas intestinales, las artropatías, el reumatismo, la neumonía y la gripe, además de diversas alteraciones oculares, auditivas y digestivas. Si se analizan exclusivamente las veinte patologías traumatológicas más frecuentes, entre las que se incluyen lesiones de espalda, rodilla, tobillo o pie, estas concentran cerca del 82% de las bajas relacionadas con enfermedades de este tipo. Dentro de este grupo, las fracturas registran las recuperaciones más prolongadas, con una duración media de 118 días, seguidas de las artropatías, con 108 días. En conjunto, estas patologías presentan una duración media de 76,6 días por proceso. Aun así, son los trastornos mentales los que generan las bajas de mayor duración. Los episodios de psicosis prolongan la incapacidad una media de 173 días, mientras que los trastornos neuróticos, de la personalidad y otras alteraciones psicológicas alcanzan los 104 días de baja. Durante 2025 se iniciaron 446.116 procesos de incapacidad temporal por trastornos mentales, un 7,2% más que el año anterior, lo que supone casi 30.000 casos adicionales. Si se compara con 2015, el incremento alcanza el 197%, con casi 296.000 procesos más en apenas once años. La incidencia mensual también mantiene una tendencia ascendente. En 2025 se registraron, de media, 2,31 procesos por trastornos mentales al mes por cada 1.000 trabajadores protegidos, un 5,5% más que en 2024 y un 131% por encima del nivel registrado once años antes. Este incremento también tiene un importante reflejo económico. Según AMAT, el coste de las prestaciones abonadas por las mutuas para cubrir las bajas por trastornos mentales ascendió a 2.110 millones de euros en 2025, un 13,5% más que el año anterior, lo que supone un aumento de 249 millones de euros. Si la comparación se realiza con 2015, el desembolso se ha multiplicado por más de cinco, al pasar de 393 millones a 2.110 millones de euros, lo que representa un incremento del 436%. A esta cantidad se suman otros 1.575 millones de euros soportados por las empresas, elevando el coste total de las bajas laborales por trastornos mentales hasta los 3.685 millones de euros en 2025.

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(El País, 14-07-2026) | Laboral

Los siniestros laborales en la construcción no dan tregua: 71 muertes de enero a mayo

La construcción continúa siendo el sector con mayor número de accidentes laborales mortales en España y mantiene una evolución preocupante. Entre enero y mayo de 2026 fallecieron 71 trabajadores durante su jornada laboral, uno más que en el mismo periodo del año anterior. Aunque el incremento es reducido, la cifra confirma la persistencia de unos niveles de siniestralidad muy superiores a los registrados hace apenas unos años, cuando en los cinco primeros meses de 2023 se contabilizaron 47 fallecidos. El aumento de la mortalidad en la construcción contrasta con la evolución del conjunto de la economía. Según los datos del Ministerio de Trabajo, entre enero y mayo se produjeron 293 accidentes laborales mortales, cuatro menos que en el mismo periodo de 2025, gracias al descenso registrado en otros sectores como la industria manufacturera, el transporte o la minería. La evolución de la construcción resulta especialmente significativa porque no solo aumenta el número absoluto de fallecimientos, sino también su incidencia en relación con el volumen de empleo. El índice de incidencia alcanza el 0,987, ligeramente por encima del 0,977 registrado en 2025 y claramente superior al 0,858 de 2024 y al 0,683 de 2023. Estos datos reflejan que el incremento de la actividad, impulsado por el crecimiento del sector residencial y la demanda de vivienda, no explica por sí solo el aumento de la siniestralidad. Desde 2021, la construcción ha incorporado cerca de 300.000 trabajadores, pasando de 1,29 a 1,58 millones de afiliados. Los sindicatos consideran que la situación ha alcanzado un nivel insostenible y reclaman actuaciones urgentes para reforzar la prevención de riesgos laborales. Entre sus principales reivindicaciones figuran un mayor endurecimiento de las sanciones para las empresas que incumplen las normas de seguridad, un incremento de la vigilancia por parte de la Inspección de Trabajo y la puesta en marcha de un pacto de Estado que permita reducir la elevada mortalidad en el sector. Las organizaciones sindicales también insisten en la necesidad de facilitar la jubilación anticipada de los trabajadores que desempeñan las tareas de mayor riesgo mediante la aplicación de coeficientes reductores. Recuerdan que hace un año solicitaron formalmente al Gobierno que estudiara esta posibilidad, aunque la propuesta continúa sin el respaldo de la patronal de la construcción debido al incremento de cotizaciones que supondría para las empresas. Además de la construcción, el sector agrario también experimenta un aumento de los accidentes mortales durante la jornada laboral. Entre enero y mayo se registraron 23 fallecimientos, frente a los 19 del mismo periodo del año anterior. No obstante, la cifra sigue siendo inferior a la registrada en 2022 y 2023. Estos datos todavía no reflejan el posible impacto de las elevadas temperaturas registradas durante el verano, ya que las estadísticas únicamente abarcan hasta el mes de mayo. En sentido contrario, el transporte presenta una mejora significativa. Hasta mayo fallecieron 35 trabajadores, diez menos que un año antes. También desciende de forma notable el índice de incidencia, que pasa del 0,791 en 2025 al 0,595 en 2026, muy por debajo incluso del registrado en 2024. La industria manufacturera también reduce su siniestralidad mortal, con 25 fallecimientos frente a los 34 contabilizados el año anterior. Otro dato destacado es que durante los cinco primeros meses de 2026 no se ha registrado ningún accidente laboral mortal en el sector de la minería, mientras que en el mismo periodo de 2025 ya se habían producido seis fallecimientos. Por el contrario, aumentan los accidentes mortales en algunos sectores donde tradicionalmente el riesgo es menor. Las actividades administrativas pasan de 15 a 21 fallecimientos, el comercio registra 22 frente a los 18 del año anterior y la Administración pública eleva los decesos de cinco a nueve, aunque se trata de sectores con un elevado volumen de trabajadores. En conjunto, durante la jornada laboral se produjeron 239 fallecimientos entre enero y mayo, seis menos que en el mismo periodo de 2025, lo que supone un descenso del 2,4% mientras el empleo creció alrededor de un 2,5%. Si se añaden los accidentes mortales ocurridos durante los desplazamientos de ida o vuelta al trabajo, los denominados accidentes in itinere, el balance alcanza las 293 víctimas mortales, cuatro menos que las 297 registradas en los cinco primeros meses del año anterior.

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(Expansión, 13-07-2026) | Laboral

Los autónomos registran cuatro veces menos bajas laborales que los asalariados

El creciente absentismo laboral continúa generando preocupación por su impacto económico y organizativo, aunque su incidencia varía de forma significativa según el tipo de trabajador, el territorio o el sector de actividad. Las diferencias son especialmente visibles entre autónomos y asalariados, así como entre empleados del sector público y del privado, lo que pone de manifiesto distintas realidades en cuanto a productividad y gestión de las bajas laborales. Los datos más recientes de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT), correspondientes a 2025, muestran que las bajas por incapacidad temporal derivadas de enfermedades comunes son mucho menos frecuentes entre los trabajadores autónomos que entre los asalariados. Mientras en el Régimen General se contabilizan una media de 42,6 procesos mensuales por cada 1.000 trabajadores, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) la cifra se reduce a 10,7, lo que supone una incidencia cuatro veces inferior. A pesar de registrar menos bajas, los autónomos figuran entre los colectivos más perjudicados por sus consecuencias económicas. Según las estimaciones de AMAT, el coste anual del absentismo alcanza los 34.000 millones de euros, de los que más de 16.000 millones recaen directamente sobre las empresas, muchas de ellas pequeños negocios gestionados por autónomos con empleados. De acuerdo con la Encuesta de Población Activa del primer trimestre, cerca de 976.000 trabajadores por cuenta propia tienen personal contratado. Las organizaciones empresariales consideran que uno de los principales problemas del absentismo no es solo su coste económico, sino también el impacto que provoca en la organización del trabajo. CEOE, Cepyme y ATA subrayan que las pequeñas empresas cuentan con una capacidad mucho más limitada para sustituir a un empleado de baja que las grandes compañías. En negocios con plantillas muy reducidas, la ausencia de un trabajador puede obligar a interrumpir la actividad o incluso a contratar un sustituto si la incapacidad se prolonga, con el consiguiente efecto sobre la productividad. El presidente de ATA, Lorenzo Amor, explica que la menor incidencia de bajas entre los autónomos no responde a que enfermen menos, sino a que muchos continúan trabajando pese a sufrir dolencias leves, ya que dejar de hacerlo implica dejar de percibir ingresos. Además, destaca que las mutuas ejercen un mayor seguimiento sobre las bajas de este colectivo que el realizado por el Sistema Nacional de Salud. Amor también recuerda que los autónomos no perciben prestación durante los primeros días de incapacidad temporal, mientras que numerosos convenios colectivos permiten que los asalariados completen su prestación hasta alcanzar el 100% de su salario desde el inicio de la baja. Como consecuencia de esta situación, los procesos de incapacidad temporal entre los autónomos suelen prolongarse durante más tiempo. Un estudio reciente del Consejo General de Graduados Sociales señala que, frente a una duración media de 43 días en el conjunto de trabajadores, las bajas de los autónomos se acercan a los 100 días de duración, lo que refleja que, cuando finalmente cesan su actividad por motivos de salud, suele tratarse de patologías que requieren recuperaciones más largas. Los datos también evidencian diferencias entre el sector público y el privado. Según AMAT, las administraciones públicas y las empresas públicas registraron durante el último año una media de 43 bajas mensuales por cada 1.000 trabajadores, frente a las 38 registradas en las empresas privadas. Esto supone que la incidencia de la incapacidad temporal es aproximadamente un 12,5% superior entre los empleados públicos. En conjunto, durante el pasado ejercicio la Seguridad Social contabilizó más de nueve millones de procesos de incapacidad temporal entre la población ocupada, una cifra que confirma la creciente dimensión del absentismo laboral y los desafíos que plantea tanto para las empresas como para el sistema de protección social.

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(El País, 13-07-2026) | Laboral

La relación entre las bajas laborales y las listas de espera sanitarias pone el foco sobre las comunidades autónomas

El aumento de las bajas laborales en España ha reabierto el debate entre sindicatos y organizaciones empresariales, que, pese a sus diferencias sobre las causas del fenómeno, coinciden en señalar que uno de los principales factores que prolongan la duración de las incapacidades temporales es el funcionamiento del sistema sanitario, especialmente las listas de espera. Mientras la patronal insiste en la necesidad de combatir el absentismo injustificado, los sindicatos sostienen que el verdadero problema radica en que muchos trabajadores continúan acudiendo a su puesto pese a estar enfermos por temor a perder el empleo. Sin embargo, ambas partes reclaman un refuerzo de los recursos sanitarios para reducir los tiempos de espera, agilizar los diagnósticos y acelerar la recuperación de los pacientes. El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, ha defendido la contratación de más profesionales sanitarios, una mayor dotación para la sanidad pública y una colaboración más estrecha con las mutuas para acortar los procesos de incapacidad temporal. En la misma línea, UGT ha instado a las comunidades autónomas a reforzar los servicios sanitarios, especialmente en aquellos territorios donde las listas de espera prolongan innecesariamente las bajas laborales. Comisiones Obreras también atribuye parte del incremento de las incapacidades temporales al retraso en la obtención de consultas médicas, pruebas diagnósticas y tratamientos especializados. Esta valoración coincide con las conclusiones del informe elaborado por el Consejo General de Graduados Sociales, que subraya la existencia de importantes diferencias territoriales en la gestión de las bajas laborales. Según el organismo, la rapidez con la que funcionan la atención primaria y la asistencia especializada influye directamente en la duración de los procesos, aunque recuerda que también intervienen otros factores como la edad de la población trabajadora, la estructura productiva de cada comunidad autónoma o el tamaño medio de las empresas. Las cifras de las listas de espera reflejan una realidad desigual entre territorios. A finales de 2025, más de 853.500 personas aguardaban una intervención quirúrgica en España, con una demora media de 121 días. Andalucía encabezaba la clasificación con 173 días de espera, seguida de Cataluña con 142 y Cantabria con 137, mientras que Madrid registraba el menor plazo medio, con 50 días. No obstante, la duración de las listas de espera no siempre coincide con una mayor incidencia de bajas laborales, ya que influyen otros elementos de carácter demográfico y económico. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) también ha constatado una relación entre los tiempos de espera sanitarios y la duración de las incapacidades temporales. Su análisis concluye que las demoras para acceder a intervenciones quirúrgicas suelen traducirse en bajas laborales más prolongadas, especialmente en especialidades como angiología, oftalmología o cirugía maxilofacial, donde la operación constituye un elemento decisivo para la recuperación del paciente. En el ámbito de las consultas con especialistas, la relación también existe, aunque resulta menos intensa y más heterogénea. La AIReF identifica una mayor influencia de las listas de espera en áreas como neurología, aparato digestivo o traumatología, donde la valoración especializada resulta determinante para confirmar el diagnóstico o establecer el tratamiento más adecuado. El organismo recuerda además que diversos estudios internacionales han demostrado que los retrasos en la atención sanitaria no solo afectan a la recuperación clínica, sino también a la reincorporación al trabajo. Entre ellos destaca una investigación realizada en Noruega que concluyó que cada diez días adicionales de espera para una intervención ortopédica prolongan la baja laboral en unos 2,6 días. Otro estudio en ese mismo país asoció mayores tiempos de espera con un incremento acumulado de 8,7 días de ausencia laboral durante los cinco años posteriores, además de elevar el riesgo de acceder a una pensión por incapacidad permanente. Ante esta situación, la AIReF propone reforzar la coordinación entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, las comunidades autónomas, las mutuas colaboradoras y las empresas. El organismo considera que el actual reparto competencial genera una disfunción estructural, ya que la autoridad clínica que concede las bajas depende de los servicios de salud autonómicos, mientras que el coste económico de las prestaciones corresponde a la Seguridad Social, lo que dificulta una gestión más eficiente del sistema. Precisamente con el objetivo de mejorar esa coordinación, en septiembre de 2024 la Seguridad Social, las organizaciones empresariales y los sindicatos alcanzaron un acuerdo para ampliar la participación de las mutuas en el diagnóstico y tratamiento de las bajas por patologías musculoesqueléticas. Sin embargo, su desarrollo está siendo desigual, ya que requiere la firma de convenios específicos con cada comunidad autónoma. Hasta el momento, únicamente Cataluña, Asturias, Castilla-La Mancha, Cantabria y Baleares han formalizado estos acuerdos, mientras que Navarra mantiene las negociaciones abiertas. El resto de comunidades todavía no se han adherido al sistema, aunque algunas, como Galicia, han optado por impulsar medidas propias para reducir la duración de las bajas laborales. Paralelamente, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones mantiene abiertas las conversaciones con sindicatos y empresarios para estudiar nuevas medidas, si bien las negociaciones previsiblemente no se reactivarán hasta después de las elecciones de la CEOE previstas para el próximo otoño.

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(El País, 13-07-2026) | Laboral

Las empresas dan formación exprés a inmigrantes para cubrir sus vacantes

La dificultad para cubrir puestos de trabajo continúa siendo uno de los principales retos para numerosos sectores de la economía española. Ante la escasez de profesionales, la incorporación de trabajadores inmigrantes se presenta como una vía para aliviar la falta de mano de obra, aunque en muchos casos resulta necesario proporcionarles formación específica que facilite su acceso al empleo. Con este objetivo, varias grandes empresas, a través de sus fundaciones, han puesto en marcha programas piloto de capacitación dirigidos a personas extranjeras, con el propósito de adaptar sus competencias a las necesidades reales del mercado laboral. Estas iniciativas persiguen un triple objetivo: mejorar las oportunidades de empleo de los participantes, favorecer su integración social y ayudar a las empresas a cubrir vacantes que permanecen sin ocupar. La aportación de la inmigración al mercado laboral español continúa siendo determinante. Los primeros datos del proceso extraordinario de regularización, finalizado el pasado 30 de junio, reflejan que 159.097 personas ya regularizadas están dadas de alta en la Seguridad Social y que el 77% de ellas cuentan con un contrato indefinido. Además, durante los últimos siete años España ha incorporado cerca de 2,94 millones de nuevos cotizantes, de los que aproximadamente el 43% nacieron fuera del país. Desde la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) destacan que los trabajadores extranjeros representan ya más del 15% de los afiliados a la Seguridad Social y alrededor del 21% de la población activa. Su presencia resulta especialmente relevante en sectores como la hostelería, la construcción, el transporte, la agricultura o los cuidados, aunque también existe demanda de perfiles cualificados en actividades tecnológicas, de ingeniería o vinculadas a las energías renovables. La patronal considera que el principal desafío no reside únicamente en aumentar el número de trabajadores disponibles, sino en lograr una mejor adecuación entre las competencias de los candidatos y las necesidades de las empresas. Para ello, reclama sistemas más ágiles de reconocimiento de cualificaciones y una mayor participación del tejido empresarial en el diseño de los perfiles profesionales que requiere el mercado. En respuesta a esta situación, diversas entidades han desarrollado programas de formación específicos. La Fundación Laboral de la Construcción impulsa un plan dirigido a personas extranjeras con residencia regular o en proceso de regularización, que combina orientación laboral, formación profesional e intermediación con empresas del sector. Los cursos, de entre 30 y 60 horas de duración, abarcan especialidades como albañilería, instalación de placas de yeso laminado, pintura, alicatado o manejo de maquinaria de obra pública, con la previsión de ampliar la oferta formativa para favorecer una mayor especialización. Por su parte, la Fundación Iberdrola señala que cerca del 80% de los participantes en sus programas han nacido fuera de España, aunque también participan jóvenes españoles de origen inmigrante. Uno de los requisitos para acceder a la formación es disponer de una situación administrativa regular. Los cursos incluyen especialidades relacionadas con logística, manejo de carretillas elevadoras, carnicería, pescadería y hostelería, además de programas de 150 horas dirigidos a mujeres y jóvenes en situación de vulnerabilidad para trabajar en pequeñas empresas de electricidad e instalación de placas solares. La Fundación Mapfre también desarrolla iniciativas orientadas a cubrir necesidades inmediatas de contratación. A través de su programa Taller de Aprendices ofrece formación básica en oficios como carpintería, electricidad, fontanería, albañilería y pintura, así como en reparación de vehículos, especialmente en chapa y pintura, con la posibilidad de incorporarse posteriormente a talleres colaboradores de la aseguradora. Los resultados obtenidos muestran una elevada inserción laboral. En los cursos relacionados con la construcción, el 95% de los participantes completó la formación y tres de cada cuatro lograron encontrar empleo. Ante estos resultados, la fundación ha ampliado el número de centros donde se imparten estos programas. Asimismo, el itinerario dedicado al sector de la automoción cuenta con 200 horas de formación práctica y prepara a los alumnos para incorporarse directamente a talleres especializados. Algunos proyectos combinan el objetivo laboral con un fuerte componente de integración social. Es el caso del programa En Marcha, impulsado conjuntamente por la Fundación Mapfre y la Z Zurich Foundation, dirigido a jóvenes migrantes sin apoyo familiar o que han estado tutelados por la Administración. Los participantes, acogidos en centros gestionados por San Juan de Dios en Barcelona y Lleida, pueden obtener certificados de profesionalidad en electromecánica y carrocería o cursar formación profesional básica en construcción y carpintería. Además, empleados de ambas entidades colaboran como mentores para facilitar su incorporación al mercado laboral. Estas iniciativas suelen desarrollarse en colaboración con organizaciones sociales encargadas de seleccionar a los candidatos y acompañarlos durante el proceso formativo. El objetivo es que la formación responda a las necesidades reales de las empresas y se traduzca en oportunidades laborales efectivas, favoreciendo al mismo tiempo la integración de las personas inmigrantes y contribuyendo a paliar la falta de trabajadores que afecta a numerosos sectores de la economía española.

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(Expansión, 10-07-2026) | Laboral

La Seguridad Social confirma que abonará complementos a las pensiones contributivas más bajas

La Seguridad Social ha recordado que los pensionistas cuya prestación sea inferior a la pensión mínima podrán acceder a un complemento económico, siempre que cumplan una serie de requisitos relacionados con sus ingresos y su situación personal. No obstante, estos complementos podrán revisarse o incluso extinguirse si cambian las circunstancias del beneficiario. La regulación se encuentra recogida en el artículo 59 de la Ley General de la Seguridad Social y en el Real Decreto 39/2026, que establece el carácter absorbible de estos complementos. La normativa determina que podrán percibirlos aquellos pensionistas cuyos ingresos, distintos de la pensión, no superen determinados límites y que, además, tengan su residencia habitual en España en los términos previstos por la legislación vigente. En concreto, no podrán superar el límite de rentas establecido los ingresos procedentes del trabajo, del capital, de actividades económicas, del régimen de atribución de rentas o de las ganancias patrimoniales. Si la suma de estos rendimientos y la pensión excede el umbral fijado por la normativa, el derecho al complemento desaparecerá. El Real Decreto 39/2026 establece que la suma de la pensión anual y del resto de ingresos no podrá superar los 9.442 euros, más el importe correspondiente a la pensión mínima aplicable en cada caso. En el supuesto de pensionistas con cónyuge a cargo, el límite se eleva hasta los 11.013 euros anuales, además de la cuantía mínima de la pensión. La normativa también precisa que estos complementos no tienen carácter consolidable, sino absorbible. Esto significa que pueden reducirse o desaparecer cuando aumente la cuantía de la pensión por cualquier motivo, como consecuencia de las revalorizaciones anuales o por el reconocimiento de nuevas prestaciones. Dado que las pensiones se actualizan cada año, los complementos también son objeto de revisión periódica. En 2026, las pensiones contributivas experimentaron una revalorización del 2,7%, mientras que las pensiones no contributivas aumentaron un 11,4%. En la práctica, un pensionista puede perder el derecho al complemento aunque no obtenga nuevos ingresos laborales o patrimoniales, si la revalorización de su pensión hace que esta alcance o supere la cuantía mínima garantizada o si la percepción de otras prestaciones provoca que se rebasen los límites de renta establecidos. La Ley General de la Seguridad Social contempla, además, algunas situaciones específicas. Entre ellas, la posibilidad de incrementar la pensión de orfandad con la de viudedad cuando fallecen ambos progenitores del beneficiario. Asimismo, la normativa establece que las personas que perciben una pensión por gran invalidez no están sujetas a los límites previstos para el reconocimiento de los complementos a mínimos.

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(Expansión, 10-07-2026) | Laboral

El Senado da luz verde a la pasarela al RETA: excluidos los mutualistas jubilados

La futura pasarela que permitirá a los mutualistas alternativos incorporarse al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ha dado un nuevo giro tras su paso por el Senado. Las enmiendas aprobadas por el Partido Popular modifican parte del texto que había salido previamente del Congreso, revirtiendo algunos de los cambios introducidos entonces. Entre las principales novedades destaca la exclusión nuevamente de los mutualistas ya jubilados del acceso a este mecanismo. Esta rectificación reducirá el coste previsto para la Seguridad Social. El Gobierno había estimado que la medida supondría un desembolso cercano a los 5.200 millones de euros con el texto aprobado inicialmente en el Congreso, una cifra que contemplaba la incorporación de unos 20.000 mutualistas jubilados y de aquellos profesionales en activo que ya hubieran cotizado al menos 15 años en la Seguridad Social, requisito que les permite acceder a una pensión contributiva de jubilación. La reforma, que beneficiará potencialmente a cerca de 100.000 profesionales que actualmente cotizan a mutualidades alternativas en lugar de hacerlo al RETA, supera así un nuevo trámite parlamentario. No obstante, al haberse introducido modificaciones en el Senado, el proyecto deberá regresar al Congreso para su aprobación definitiva. Además, la aplicación práctica de la norma dependerá en gran medida del posterior desarrollo reglamentario, que deberá concretar aspectos esenciales sobre las condiciones para transferir los fondos acumulados a la Seguridad Social. Uno de los principales cambios aprobados consiste en volver a dejar fuera de la pasarela a los mutualistas retirados. La propuesta inicial impulsada por el PSOE y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ya contemplaba esta exclusión como una condición imprescindible para limitar el impacto económico de la medida sobre las cuentas públicas. Sin embargo, durante la tramitación en el Congreso prosperó una enmienda del PP que permitía también el acceso a los mutualistas pensionistas. Esa posibilidad generó numerosas dudas, ya que estos profesionales ya están percibiendo las prestaciones derivadas de los fondos acumulados en sus mutualidades, que funcionan mediante un sistema de capitalización individual. En consecuencia, surgían interrogantes sobre cómo podrían trasladarse esos derechos económicos al sistema público una vez iniciada la percepción de la renta o del capital acumulado. Finalmente, el Senado ha recuperado la exclusión de este colectivo. La nueva redacción establece que únicamente podrán solicitar la transferencia quienes no sean pensionistas ni de la Seguridad Social ni de la mutualidad alternativa correspondiente, salvo en el caso de quienes perciban una pensión de viudedad. Otro de los aspectos más relevantes de la reforma afecta al denominado coeficiente de conversión, es decir, el mecanismo que determinará cómo se transforman las aportaciones realizadas a las mutualidades en años y bases de cotización dentro de la Seguridad Social. Este punto ha sido uno de los más debatidos durante la negociación. La propuesta inicial del Gobierno contemplaba un coeficiente situado entre 0,67 y 0,87, mientras que durante la tramitación en el Congreso se fijó provisionalmente en 0,77. Posteriormente, una enmienda del PP aprobada en la Cámara Baja estableció una equivalencia de uno por uno, de forma que cada año cotizado en la mutualidad computara como un año completo de cotización en la Seguridad Social, pese a que las aportaciones realizadas por estos profesionales suelen ser inferiores a las efectuadas por los autónomos integrados en el RETA. Las modificaciones introducidas ahora por el Senado diferencian ambos conceptos. Por un lado, se mantiene el reconocimiento de un año de cotización por cada año aportado a la mutualidad a efectos de calcular la carrera de cotización y el porcentaje de pensión que corresponderá al trabajador. Sin embargo, las bases de cotización no se equipararán automáticamente, sino que se calcularán aplicando un coeficiente corrector sobre la base mínima de cotización del RETA. La nueva redacción recupera así el planteamiento inicial del Ejecutivo, estableciendo que las bases se determinarán tomando como referencia la base mínima que habría correspondido al trabajador en el RETA y aplicando un coeficiente de mejora comprendido entre el 0,67 y el 0,87 para reflejar las contingencias que no estaban cubiertas por las mutualidades.

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