El primer Consejo de Ministros centrado en políticas sociales del Gobierno aprobó ayer medidas de vivienda por un importe superior a 220 millones de euros. Estas iniciativas se suman a los efectos de la entrada en vigor del primero de los dos decretos sobre vivienda aprobados a comienzos de mes, cuya continuidad está pendiente de la votación en el Congreso de los Diputados.
Entre las medidas aprobadas figura la creación de 2.000 nuevas plazas de alojamiento universitario, destinadas a ampliar la oferta residencial para estudiantes y personal docente e investigador, favorecer la movilidad académica y aliviar la presión sobre el mercado del alquiler en las ciudades universitarias. El programa dispondrá de un presupuesto de 45 millones de euros, con las mayores asignaciones previstas para la Universidad Autónoma de Madrid, la Universidad de Castilla-La Mancha y la Universidad Pablo de Olavide, en Sevilla.
El Ejecutivo también aprobó un real decreto que regula la concesión de ayudas directas por valor de 180 millones de euros a las comunidades autónomas que han aplicado la Ley de Vivienda mediante la declaración de zonas de mercado residencial tensionado. Cataluña recibirá la mayor parte de estos fondos, con 119,4 millones de euros. También se beneficiarán el País Vasco, Navarra, Galicia y Asturias.
Las administraciones autonómicas podrán destinar estas ayudas a construir o rehabilitar viviendas para alquiler asequible o social, adquirir suelo con uso residencial y comprar inmuebles para incorporarlos al mercado de alquiler protegido. Asimismo, podrán emplear los recursos para cubrir impagos de contratos de arrendamiento, una medida vinculada a la suspensión de los desahucios hasta 2030 contemplada en el primero de los dos decretos de vivienda pendientes de votación en la Diputación Permanente del Congreso antes del 6 de noviembre.
Junto a las medidas residenciales, el Consejo de Ministros aprobó una serie de cambios en distintas prestaciones sociales. Entre ellos destaca el reconocimiento de la pensión de viudedad a parejas que no estén casadas ni inscritas como parejas de hecho, siempre que tengan hijos en común y puedan acreditar que convivían. La solicitud podrá presentarse con efectos retroactivos durante el año siguiente a la publicación del real decreto en el BOE, y la prestación se reconocerá desde el mes posterior a la solicitud.
También se incrementará la prestación de orfandad cuando la madre haya fallecido como consecuencia de la violencia de género. En estos casos, la cuantía podrá alcanzar el doble del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento.
Otra de las novedades consiste en ampliar hasta los 26 años, en determinadas circunstancias, la edad máxima para acceder a la prestación económica destinada al cuidado de menores afectados por cáncer u otras enfermedades graves. Además, se incorporan el trastorno menopáusico y la violencia de género entre las causas que pueden dar lugar a una incapacidad temporal.
El paquete incluye igualmente mejoras en las prestaciones de orfandad relacionadas con actos de terrorismo y una modificación de la Ley General de la Seguridad Social para permitir la adopción de medidas extraordinarias de protección cuando se produzcan catástrofes o accidentes de gran magnitud. Estas medidas podrán beneficiar tanto a las personas afectadas como a sus familiares.
El repunte de la inflación, que se ha situado cerca del 5% en septiembre debido principalmente al encarecimiento de los productos energéticos, está reduciendo el poder adquisitivo de los trabajadores. Mientras los precios alcanzan su nivel más elevado desde febrero de 2023, los incrementos salariales pactados resultan insuficientes para compensar esta subida. Los convenios firmados durante 2026 contemplan un aumento medio del 3,76%, pero si se tienen en cuenta todos los acuerdos vigentes, incluidos los suscritos en ejercicios anteriores con efectos este año, la subida se limita al 3%. Esta diferencia ha provocado que los salarios pierdan capacidad de compra durante varios meses consecutivos y que en septiembre la brecha entre inflación y aumentos retributivos alcance los dos puntos porcentuales para quienes ya tienen pactadas sus condiciones salariales para todo el año.
A esta situación se suma el bloqueo de las negociaciones para renovar el Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), en el que las organizaciones sindicales y empresariales establecen recomendaciones sobre las subidas salariales. La falta de participación de la patronal mantiene paralizado el diálogo y no se vislumbra una solución a corto plazo. Por su parte, CC OO y UGT han anunciado que reclamarán incrementos del salario mínimo interprofesional de entre el 4% y el 7% anual durante los próximos tres años. El Ministerio de Trabajo prepara una nueva subida que podría situarse en torno al 5%, con la intención de aprobarla antes de las elecciones generales. En este contexto, la recuperación del poder adquisitivo y las dificultades para acceder a una vivienda figuran entre las principales reivindicaciones de la huelga general convocada para el 11 de noviembre.
La falta de mecanismos de protección salarial en la negociación colectiva agrava el problema. Solo el 30% de los convenios incluye cláusulas de garantía salarial vinculadas a la evolución de los precios, que amparan aproximadamente al 40% de los trabajadores cubiertos por estos acuerdos. Según Javier Pacheco, secretario de acción sindical de Comisiones Obreras, esta situación deja desprotegidos frente a la inflación a seis de cada diez empleados cuyos convenios no contemplan estas garantías, además de quienes carecen de cobertura convencional.
La desaparición progresiva de estas cláusulas se explica, en parte, por el prolongado periodo de inflación reducida que vivió España durante más de una década. En aquellos años, los incrementos salariales solían rondar el 2% y las revisiones posteriores apenas llegaban a aplicarse. Esta falta de utilidad práctica contribuyó a que las garantías vinculadas al IPC fueran desapareciendo de muchos convenios, como recuerda Pacheco.
El escenario ha cambiado considerablemente. El índice de precios de consumo alcanzó el 4,9% en septiembre, un repunte que Raymond Torres, director de Coyuntura Económica de Funcas, considera probablemente el máximo inflacionario del año. Las previsiones apuntan a una moderación gradual durante los próximos meses, con una inflación media anual de entre el 3,7% y el 3,9%, en línea con las estimaciones del Banco de España.
Sin embargo, una posible desaceleración de los precios no significa que los hogares recuperen automáticamente el poder adquisitivo perdido. Muchos trabajadores siguen sujetos a convenios plurianuales que contemplan aumentos más limitados, mientras que el encarecimiento acumulado continúa repercutiendo sobre sus presupuestos. Según los analistas, las familias están afrontando parte de este impacto mediante una reducción de sus ahorros.
La energía constituye uno de los principales focos de presión, con incrementos superiores al 20%. Su encarecimiento repercute en otros bienes y servicios a través de los costes de transporte y producción. El gas natural, por ejemplo, es esencial para fabricar fertilizantes, por lo que su subida puede trasladarse a los costes agrícolas y terminar reflejándose en los precios de los alimentos. Aunque las variaciones de estos productos todavía están lejos de los incrementos de dos dígitos, los analistas advierten de que el impacto podría llegar progresivamente a los supermercados.
La pérdida de capacidad económica se produce, además, cuando numerosos hogares todavía no se han recuperado de las anteriores crisis de precios. Un análisis de Euroconsumers indica que alrededor de dos de cada cinco familias españolas tienen dificultades para comprar carne u otras fuentes de proteínas, mientras que más de una cuarta parte encuentra problemas para adquirir productos básicos. En cuanto al suministro energético, el 28% de los hogares declaraba dificultades para pagar sus facturas incluso antes del último encarecimiento asociado a la guerra en Oriente Próximo.
El repunte inflacionario también está ralentizando la negociación de los convenios laborales. Hasta antes del verano, el ritmo de firma de nuevos acuerdos era similar al del año anterior y afectaba a cerca de tres millones de trabajadores. Sin embargo, desde la vuelta de las vacaciones, las negociaciones han perdido impulso, ya que las partes muestran mayores dificultades para acordar incrementos salariales en un contexto de precios al alza. Javier Pacheco anticipa, por ello, una desaceleración en el registro de nuevos convenios.
Los expertos advierten de que, si los salarios no se revisan para adaptarse a la evolución de los precios, la capacidad de compra de las familias seguirá deteriorándose, especialmente entre los hogares con menores ingresos. El Fondo Monetario Internacional también ha alertado de los riesgos que entraña una inflación persistente, que podría mantener elevados los tipos de interés y frenar el crecimiento de la renta real. Esta combinación aumentaría el esfuerzo necesario para atender las deudas de las familias más vulnerables, que disponen de menos recursos líquidos para afrontar nuevos gastos imprevistos.
El repunte de la inflación, que se ha situado cerca del 5% en septiembre debido principalmente al encarecimiento de los productos energéticos, está reduciendo el poder adquisitivo de los trabajadores. Mientras los precios alcanzan su nivel más elevado desde febrero de 2023, los incrementos salariales pactados resultan insuficientes para compensar esta subida. Los convenios firmados durante 2026 contemplan un aumento medio del 3,76%, pero si se tienen en cuenta todos los acuerdos vigentes, incluidos los suscritos en ejercicios anteriores con efectos este año, la subida se limita al 3%. Esta diferencia ha provocado que los salarios pierdan capacidad de compra durante varios meses consecutivos y que en septiembre la brecha entre inflación y aumentos retributivos alcance los dos puntos porcentuales para quienes ya tienen pactadas sus condiciones salariales para todo el año.
A esta situación se suma el bloqueo de las negociaciones para renovar el Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), en el que las organizaciones sindicales y empresariales establecen recomendaciones sobre las subidas salariales. La falta de participación de la patronal mantiene paralizado el diálogo y no se vislumbra una solución a corto plazo. Por su parte, CC OO y UGT han anunciado que reclamarán incrementos del salario mínimo interprofesional de entre el 4% y el 7% anual durante los próximos tres años. El Ministerio de Trabajo prepara una nueva subida que podría situarse en torno al 5%, con la intención de aprobarla antes de las elecciones generales. En este contexto, la recuperación del poder adquisitivo y las dificultades para acceder a una vivienda figuran entre las principales reivindicaciones de la huelga general convocada para el 11 de noviembre.
La falta de mecanismos de protección salarial en la negociación colectiva agrava el problema. Solo el 30% de los convenios incluye cláusulas de garantía salarial vinculadas a la evolución de los precios, que amparan aproximadamente al 40% de los trabajadores cubiertos por estos acuerdos. Según Javier Pacheco, secretario de acción sindical de Comisiones Obreras, esta situación deja desprotegidos frente a la inflación a seis de cada diez empleados cuyos convenios no contemplan estas garantías, además de quienes carecen de cobertura convencional.
La desaparición progresiva de estas cláusulas se explica, en parte, por el prolongado periodo de inflación reducida que vivió España durante más de una década. En aquellos años, los incrementos salariales solían rondar el 2% y las revisiones posteriores apenas llegaban a aplicarse. Esta falta de utilidad práctica contribuyó a que las garantías vinculadas al IPC fueran desapareciendo de muchos convenios, como recuerda Pacheco.
El escenario ha cambiado considerablemente. El índice de precios de consumo alcanzó el 4,9% en septiembre, un repunte que Raymond Torres, director de Coyuntura Económica de Funcas, considera probablemente el máximo inflacionario del año. Las previsiones apuntan a una moderación gradual durante los próximos meses, con una inflación media anual de entre el 3,7% y el 3,9%, en línea con las estimaciones del Banco de España.
Sin embargo, una posible desaceleración de los precios no significa que los hogares recuperen automáticamente el poder adquisitivo perdido. Muchos trabajadores siguen sujetos a convenios plurianuales que contemplan aumentos más limitados, mientras que el encarecimiento acumulado continúa repercutiendo sobre sus presupuestos. Según los analistas, las familias están afrontando parte de este impacto mediante una reducción de sus ahorros.
La energía constituye uno de los principales focos de presión, con incrementos superiores al 20%. Su encarecimiento repercute en otros bienes y servicios a través de los costes de transporte y producción. El gas natural, por ejemplo, es esencial para fabricar fertilizantes, por lo que su subida puede trasladarse a los costes agrícolas y terminar reflejándose en los precios de los alimentos. Aunque las variaciones de estos productos todavía están lejos de los incrementos de dos dígitos, los analistas advierten de que el impacto podría llegar progresivamente a los supermercados.
La pérdida de capacidad económica se produce, además, cuando numerosos hogares todavía no se han recuperado de las anteriores crisis de precios. Un análisis de Euroconsumers indica que alrededor de dos de cada cinco familias españolas tienen dificultades para comprar carne u otras fuentes de proteínas, mientras que más de una cuarta parte encuentra problemas para adquirir productos básicos. En cuanto al suministro energético, el 28% de los hogares declaraba dificultades para pagar sus facturas incluso antes del último encarecimiento asociado a la guerra en Oriente Próximo.
El repunte inflacionario también está ralentizando la negociación de los convenios laborales. Hasta antes del verano, el ritmo de firma de nuevos acuerdos era similar al del año anterior y afectaba a cerca de tres millones de trabajadores. Sin embargo, desde la vuelta de las vacaciones, las negociaciones han perdido impulso, ya que las partes muestran mayores dificultades para acordar incrementos salariales en un contexto de precios al alza. Javier Pacheco anticipa, por ello, una desaceleración en el registro de nuevos convenios.
Los expertos advierten de que, si los salarios no se revisan para adaptarse a la evolución de los precios, la capacidad de compra de las familias seguirá deteriorándose, especialmente entre los hogares con menores ingresos. El Fondo Monetario Internacional también ha alertado de los riesgos que entraña una inflación persistente, que podría mantener elevados los tipos de interés y frenar el crecimiento de la renta real. Esta combinación aumentaría el esfuerzo necesario para atender las deudas de las familias más vulnerables, que disponen de menos recursos líquidos para afrontar nuevos gastos imprevistos.
Los responsables de Función Pública han asegurado a los sindicatos que el Gobierno mantendrá la subida salarial del 5% prevista para 2027 para más de tres millones de empleados públicos, pese al adelanto de las elecciones generales. Así lo han trasladado representantes del Ejecutivo durante una reunión con CC OO, UGT y CSIF. El incremento forma parte del acuerdo plurianual que el Gobierno suscribió con las organizaciones sindicales en noviembre de 2025.
Sin embargo, el Ministerio dirigido por Óscar López no ha aclarado cuándo aprobará la medida, si antes o después de los comicios del 29 de noviembre. La actualización de las retribuciones se realizará en dos fases. En primer lugar, los salarios aumentarán un 4,5% a partir del 1 de enero de 2027, tal como establece el acuerdo para el periodo 2025-2028.
A este incremento se añadirá una subida del 0,5% vinculada a la desviación de la inflación de 2026, que se abonará durante el primer trimestre de 2027. Esta actualización, que tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026, ya fue aprobada por el Gobierno y el Parlamento y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 2 de diciembre de 2025.
El acuerdo establece que el aumento adicional del 0,5% se aplicará si la inflación de 2026 supera el 1,5%. Con el IPC situado en el 4,9% en septiembre y las previsiones apuntando a una media anual cercana al 3,5%, se da por hecho que se cumplirá esta condición. No obstante, el Ejecutivo deberá esperar a que el Instituto Nacional de Estadística publique el dato definitivo de diciembre, previsto para mediados de enero, antes de proceder al abono.
Por tanto, la actualización de las nóminas comenzará con la aplicación del incremento del 4,5% en enero de 2027. Posteriormente, se incorporará la subida del 0,5% correspondiente a 2026, con efectos retroactivos, y se recalcularán las retribuciones resultantes para aplicar el aumento previsto para 2027.
Los sindicatos han reclamado que el Gobierno apruebe el incremento del 4,5% antes de las elecciones. En concreto, piden que la medida se incluya en alguno de los Consejos de Ministros que se celebren hasta el 24 de noviembre, fecha de la última reunión del Gabinete antes de los comicios. Según CSIF, el objetivo es evitar posibles retrasos derivados de las limitaciones que afectan al Ejecutivo cuando se encuentra en funciones.
Durante el encuentro, el Gobierno también habría trasladado su intención de impulsar una reforma para apartar de sus puestos a los responsables de las administraciones que abusen de la contratación temporal en el sector público. Sin embargo, fuentes conocedoras de la propuesta consideran poco probable que esta modificación pueda aprobarse durante el periodo electoral. El problema afecta especialmente a las administraciones autonómicas y locales y a las universidades, donde persiste el encadenamiento de contratos temporales.
España continúa, además, pendiente de la evolución del procedimiento de infracción abierto por la Comisión Europea por el abuso de la temporalidad en el empleo público. Bruselas podría llevar el caso ante la justicia europea si considera que el país no ha adoptado las reformas necesarias para poner fin a estas prácticas y establecer sanciones que compensen a los trabajadores afectados.
CC OO y UGT también han insistido en la necesidad de revisar el sistema de tasa de reposición, que limita la posibilidad de cubrir todas las plazas que quedan vacantes por jubilación. Entre sus reivindicaciones figuran asimismo la actualización de las indemnizaciones por residencia y por razón de servicio, así como la mejora de las condiciones laborales del personal destinado en el exterior.
Las centrales sindicales han recordado, además, que siguen pendientes varios compromisos incluidos en el anterior Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI, suscrito por CC OO y UGT. Entre ellos se encuentran la implantación de la jubilación parcial anticipada para el personal funcionario y estatutario y la finalización de los trabajos relativos a la clasificación profesional.
Hasta ahora, el Gobierno únicamente ha conseguido aprobar, en julio de 2026, la jubilación parcial del personal laboral de las administraciones públicas, sin extenderla a los funcionarios. Esta posibilidad estaba contemplada en las enmiendas socialistas a la Ley de Función Pública, cuya tramitación llevaba más de dos años bloqueada en el Congreso y que ha decaído tras el adelanto electoral. La norma también incluía la posibilidad de que los empleados públicos que lo desearan pudieran prolongar voluntariamente su actividad laboral hasta los 72 años.
El aumento de las bajas laborales por enfermedad o lesiones se ha convertido en una de las principales preocupaciones de las empresas españolas y ha ganado protagonismo en las negociaciones de los convenios colectivos. Cada vez es más frecuente que los empresarios condicionen los acuerdos sobre incrementos salariales y otras mejoras laborales a cambios en las condiciones de la incapacidad temporal, especialmente a la reducción del periodo durante el que complementan la prestación de la Seguridad Social hasta alcanzar el salario habitual del trabajador.
La normativa establece diferencias entre las bajas derivadas de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales y las que tienen un origen común, que concentran buena parte de la preocupación por el aumento del gasto. En los procesos de origen laboral, la mutua o el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) abona una prestación equivalente al 75% de la base reguladora. En las bajas por contingencias comunes, los tres primeros días no generan prestación económica; entre el cuarto y el decimoquinto, el pago corresponde a la empresa, que abona el 60% de la base reguladora, y a partir del día 16 asume el pago la Seguridad Social. En los procesos más prolongados, la prestación se eleva al 75% desde el día 21. Tradicionalmente, muchos convenios han establecido complementos para cubrir la diferencia hasta alcanzar el salario habitual.
Sin embargo, varios acuerdos publicados durante este año reflejan un cambio de tendencia y establecen límites temporales a estos complementos. Algunas empresas solo garantizan el pago adicional durante los primeros 100 días de baja, mientras que otras fijan periodos más cortos. Uno de los ejemplos es el convenio de Avatel Telecom, en el que se establece un máximo de 100 días para cobrar el 100% del salario durante las bajas por contingencias comunes.
Este derecho queda reservado a los empleados con al menos tres años de antigüedad que no hayan acumulado más de dos bajas durante el año anterior ni hayan tenido un proceso de incapacidad temporal superior a 20 días. En otras circunstancias, el complemento se limita a 20 días y, a partir de 2027, se reducirá a 15. La excepción corresponde a las enfermedades oncológicas, en las que se mantiene durante todo el periodo de baja. También se conserva sin límite temporal específico en los accidentes laborales y en las situaciones de riesgo durante el embarazo, con efectos desde el primer día.
El Grupo 360, empresa catalana de recursos humanos con presencia en distintas ciudades españolas, publicó en mayo su primer convenio colectivo, que restringe a tres meses el periodo durante el que los trabajadores pueden percibir el 100% del salario en situación de incapacidad temporal. La medida destaca porque se aplica a las bajas causadas por accidentes o enfermedades profesionales. El texto no contempla expresamente los procesos de origen común, lo que implica que no se establece ese complemento para las bajas ajenas al trabajo, cuya incidencia ha aumentado en los últimos años.
El convenio estatal de empresas de seguridad, publicado en abril, mantiene la garantía de cobrar el 100% del salario, incluidos los complementos de antigüedad y peligrosidad, durante las bajas de origen profesional. Para las contingencias comunes, en cambio, fija un límite de 100 días y establece porcentajes distintos en función de la duración del proceso. Durante los tres primeros días, la empresa complementa la prestación hasta alcanzar el 50% del salario; entre los días 21 y 40 se garantiza el 100%, mientras que posteriormente el porcentaje vuelve a reducirse al 90% y, más adelante, al 80%.
También existen precedentes en convenios de ámbito autonómico. Es el caso de Bühler, empresa de soluciones industriales con sede en Madrid, cuyo acuerdo, publicado en marzo, establece que la compañía completará la prestación de la Seguridad Social hasta el 100% del salario durante un máximo de 60 días, sin distinguir entre bajas de origen laboral y común.
En el sector del metal, el convenio de Cuenca contempla que, en las bajas por contingencias comunes, las empresas complementen la prestación hasta alcanzar el 80% del salario durante un máximo de 50 días. Esta limitación no se aplica cuando el proceso requiere hospitalización ni cuando la incapacidad temporal deriva de un accidente laboral, situaciones en las que se garantiza el 100% del salario.
Una regulación similar, aunque con condiciones diferentes, figura en el convenio de la industria, la tecnología y los servicios del metal de Las Palmas. En las bajas no laborales, se establece un complemento hasta el 100% del salario durante un máximo de 100 días, siempre que el trabajador no haya tenido otro proceso de incapacidad temporal en el año anterior. En los casos de accidente profesional o cuando la baja está relacionada con un tratamiento oncológico, el complemento se mantiene durante todo el tiempo que dure la incapacidad, sin que se fije un límite concreto.
En otros convenios, la reducción del complemento depende de que el trabajador acumule varias bajas. Es lo que sucede en el sector de la limpieza de edificios y locales de Badajoz. El acuerdo publicado en febrero garantiza el complemento hasta el 100% del salario durante el primer proceso de incapacidad temporal: desde el primer día si requiere hospitalización y a partir del decimotercero si no es necesaria. En las bajas posteriores, las empresas dejan de abonar ese complemento una vez transcurridos 100 días.
El Gobierno mantiene contactos con los sindicatos que representan a los empleados públicos para estudiar la posibilidad de aprobar la subida salarial antes de las elecciones generales del 29 de noviembre. El calendario contempla que a comienzos de 2027 se haga efectivo el incremento adicional del 0,5% correspondiente a 2026, vinculado a la evolución del IPC, así como la subida del 4,5% prevista para el próximo ejercicio.
Después de confirmar que elevará el salario mínimo interprofesional para beneficiar a 2,5 millones de trabajadores antes de las elecciones y que actualizará las pensiones de los 9,5 millones de perceptores antes de finalizar el año, el Ejecutivo también estudia adelantar la subida salarial de los funcionarios y del resto del personal público. Este colectivo agrupa a unos 3,5 millones de trabajadores de la Administración General del Estado, las comunidades autónomas y los ayuntamientos.
El ministro de Función Pública, Óscar López, se comprometió recientemente a hacer todo lo posible para aplicar el incremento salarial acordado con los sindicatos a finales de noviembre de 2025. A raíz de estas declaraciones, CSIF, la principal organización sindical entre los empleados públicos, ha trasladado su intención de acelerar la aplicación de los dos aumentos previstos para los primeros meses de 2027.
El primero de ellos corresponde al incremento adicional del 0,5% sobre la subida del 1,5% aplicada en 2026. Según el acuerdo alcanzado, esta revisión debe aprobarse durante el primer trimestre del próximo año y tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026, siempre que la inflación media anual supere el 1,5%. Las previsiones de los principales servicios de estudios sitúan el IPC medio de este ejercicio entre el 3,6% y el 3,7%, por lo que se cumplirían las condiciones para activar este aumento complementario.
No obstante, la principal reivindicación de los representantes de los funcionarios se centra en la subida del 4,5% prevista para 2027. Este porcentaje representa casi la mitad del incremento salarial acumulado del 11% acordado para el periodo 2026-2028, que incluye también una subida pendiente del 2% para 2028. Su aplicación permitiría compensar, al menos parcialmente, el impacto del encarecimiento de los precios y contribuiría a preservar el poder adquisitivo de los empleados públicos.
Fuentes del Gobierno señalan que la senda retributiva ya fue pactada con los sindicatos y suscrita por el presidente del Ejecutivo, Pedro Sánchez, por lo que no sería necesario volver a negociar sus términos. Las organizaciones sindicales, por su parte, insisten en la conveniencia de agilizar los trámites para que los incrementos puedan aplicarse dentro de los plazos establecidos.
Tradicionalmente, las subidas salariales de los funcionarios se incorporaban a los Presupuestos Generales del Estado. Sin embargo, el Ejecutivo ha tramitado las últimas actualizaciones al margen de las cuentas públicas, prorrogadas desde 2023. Ante la ausencia de nuevos presupuestos, la subida tendría que aprobarse mediante un instrumento normativo específico, ya fuera por el Gobierno actual en funciones después del 29 de noviembre o por el Ejecutivo que se constituya tras las elecciones. El objetivo es que el incremento previsto para 2027 entre en vigor en enero.
CSIF ha reclamado que el Gobierno apruebe mediante real decreto, a través de la Diputación Permanente, antes de los comicios generales del 29 de noviembre, tanto el aumento del 4,5% para 2027 como el 0,5% adicional correspondiente a 2026. CCOO también respalda esta petición de cara a la reunión de la comisión de seguimiento convocada por el Ministerio de Función Pública.
Las reivindicaciones sindicales incluyen, además, la actualización de las indemnizaciones por residencia, la equiparación de las retribuciones entre las distintas administraciones, el refuerzo de los servicios públicos y la recuperación de la estructura salarial anterior a los recortes aplicados desde 2010.
La aplicación de ambos incrementos supondría un desembolso conjunto de unos 10.000 millones de euros para las administraciones públicas. El pago del 0,5% adicional de 2026, con carácter retroactivo, tendría un coste aproximado de 1.000 millones de euros para las nóminas de los empleados públicos. A esta cantidad se sumarían otros 9.000 millones derivados de la subida del 4,5% prevista para 2027, lo que elevaría la factura total de las dos medidas hasta los 10.000 millones de euros.
Las personas que convivan y tengan hijos en común podrán acceder a la pensión de viudedad sin necesidad de estar casadas ni de haber inscrito su relación como pareja de hecho, siempre que acrediten que han convivido de forma ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud. Esta es una de las medidas que recoge el decreto ley que el Consejo de Ministros prevé aprobar este martes, según la última versión del documento que el Gobierno manejaba este lunes.
La reforma equipara a estos convivientes con los matrimonios y las parejas de hecho, los dos grupos que hasta ahora podían solicitar esta prestación. El Ejecutivo recupera así una propuesta que ya trasladó a sindicatos y organizaciones empresariales durante las negociaciones para modificar la regulación de la incapacidad temporal y que desarrolló en un borrador el pasado julio. La medida se incorporará ahora a una norma que entrará en vigor tras su aprobación, aunque deberá ser convalidada por el Congreso en el plazo de un mes para mantenerse vigente. Este trámite resulta más sencillo para el Gobierno tras la disolución de las Cortes, ya que en la Diputación Permanente no necesita el apoyo de Junts.
El cambio modifica el artículo 221 de la Ley General de la Seguridad Social, que regula la pensión de viudedad de las parejas de hecho. Cuando existan hijos en común, bastará con demostrar que la pareja ha mantenido una convivencia estable y pública durante al menos dos años inmediatamente anteriores a la solicitud de la prestación. Por tanto, si la relación no se formalizó legalmente, la persona superviviente podrá solicitar la pensión siempre que haya tenido descendencia con la fallecida y ambos hayan residido en el mismo domicilio durante ese periodo. Para acreditar este requisito será suficiente presentar el certificado de empadronamiento.
De esta forma, los convivientes que tengan hijos quedarán equiparados a las parejas de hecho con descendencia. Hasta ahora, estas últimas debían demostrar que habían transcurrido al menos dos años desde la formalización de la relación para tener derecho a la prestación, una condición que se mantiene en la normativa vigente. En cambio, para las parejas de hecho sin hijos seguirá siendo obligatorio acreditar cinco años de convivencia ininterrumpida y haber inscrito la unión, como máximo, dos años antes del fallecimiento.
El Gobierno justifica la reforma por la necesidad de flexibilizar las condiciones de acceso a la pensión de viudedad para las parejas con hijos en común y suprimir trámites formales que, según el Ejecutivo, han provocado situaciones de desprotección y numerosos litigios. El objetivo, añade, es adaptar la normativa a la realidad social y garantizar una protección efectiva a quienes mantienen una convivencia estable que pueda acreditarse.
La norma contempla también un plazo de un año para que las personas que pudieran beneficiarse de este cambio por fallecimientos ocurridos con anterioridad puedan solicitar la prestación. El Ejecutivo no ha calculado cuántos ciudadanos podrían acogerse a la medida. Según las estimaciones del Instituto Nacional de Estadística, aproximadamente la mitad de los niños nacen de parejas que no están casadas.
Esta iniciativa formaba parte del borrador que la Seguridad Social presentó en julio a CC OO, UGT, CEOE y Cepyme durante las conversaciones para reformar las bajas laborales. El departamento dirigido por Elma Saiz buscaba entonces un acuerdo para frenar el incremento de la incapacidad temporal, cuyas cifras habían alcanzado máximos históricos, aunque los últimos datos oficiales apuntaban a una moderación del ritmo de crecimiento. Tras meses de negociación, no fue posible cerrar un pacto con sindicatos y patronales sobre esta y otras medidas. La convocatoria electoral ha reducido las posibilidades de alcanzar un acuerdo global en el marco del diálogo social, por lo que el Gobierno pretende recuperar algunas de las propuestas antes de los comicios.
El decreto incluye, además, otra modificación relativa a las pensiones de viudedad de personas divorciadas o separadas antes de 2008. Hasta ahora, quienes ya percibían otra pensión pública no podían acceder a esta prestación. Con el cambio planteado por el Ejecutivo, podrán cobrar la pensión de viudedad y compatibilizarla con otras prestaciones, como las de jubilación o incapacidad.
Otra de las novedades afecta a las prestaciones de la Seguridad Social derivadas de catástrofes naturales. El borrador establece que las normas aprobadas para ofrecer una cobertura extraordinaria tras una emergencia podrán asimilar determinadas prestaciones, como la incapacidad temporal, la incapacidad permanente o las de muerte y supervivencia, a contingencias profesionales. Esto permitiría mejorar la protección de los afectados respecto a la que recibirían si la situación se reconociera como una contingencia común.
El Ejecutivo considera que las catástrofes naturales y las emergencias registradas en los últimos años han puesto de manifiesto la necesidad de establecer un mecanismo permanente que permita ofrecer una respuesta homogénea, rápida y previsible. La nueva regulación pretende facilitar que las prestaciones vinculadas a estos acontecimientos dispongan de una cobertura más favorable.
El Gobierno prevé impulsar más cambios laborales y en materia de Seguridad Social durante las semanas previas a las elecciones del 29 de noviembre. Entre las medidas pendientes figura la subida del salario mínimo interprofesional para 2027, actualmente fijado en 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas. A falta de conocer la recomendación del grupo de expertos, la evolución de los precios y los incrementos aplicados en años anteriores apuntan a un posible aumento cercano al 5%, inferior al 7% que reclaman los sindicatos.
Las organizaciones empresariales todavía no han concretado qué incremento consideran adecuado, aunque han manifestado su sorpresa ante la posibilidad de que la subida se apruebe antes de las elecciones. En los últimos años, el Ministerio de Trabajo ha tramitado habitualmente la actualización del salario mínimo durante los primeros meses del año, en lugar de hacerlo antes de que finalice el ejercicio anterior.
CC OO, UGT, CGT, CNT, la Unión de Actores y Actrices, CO.BAS, Intersindical y la Confederación de Sindicatos de Inquilinas han registrado este lunes por la mañana en el Ministerio de Trabajo la convocatoria de huelga general prevista para el 11 de noviembre. Las organizaciones sindicales han unido sus fuerzas para animar a la ciudadanía a secundar el paro y no acudir a sus puestos de trabajo durante esa jornada, sin que se hayan producido los habituales enfrentamientos entre las centrales mayoritarias y las de menor tamaño.
La última intervención ha correspondido a Valeria Racu, portavoz del Sindicato de Inquilinas, organización que ha impulsado las movilizaciones por el acceso a la vivienda, especialmente tras el desahucio de Maricarmen. El movimiento ha conseguido reunir primero el apoyo de los sindicatos alternativos y, posteriormente, el de CC OO y UGT. Racu ha calificado la convocatoria de «hito histórico» y ha defendido que la organización de los inquilinos puede poner en dificultades a quienes se benefician del negocio del alquiler. También ha destacado que la colaboración con los sindicatos laborales permite aumentar la capacidad de movilización. En este sentido, ha insistido en que la huelga no pertenece a ninguna organización concreta, sino que es una iniciativa de la ciudadanía.
La portavoz ha animado a los trabajadores a organizarse para participar en el paro y ha remitido a la página web habilitada por el Sindicato de Inquilinas, que ofrece información práctica sobre la convocatoria. Por su parte, el secretario general de CC OO, Unai Sordo, ha pedido a la población que se sume libremente a la jornada de protesta, cuyo propósito es impulsar una nueva forma de abordar el problema de la vivienda en España. Sordo ha denunciado que numerosas familias destinan la mayor parte de sus ingresos al pago del alquiler o de la hipoteca y ha advertido de que el encarecimiento de la vivienda constituye una importante fractura social.
El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha subrayado que las subidas de los precios inmobiliarios dificultan que los convenios colectivos puedan garantizar mejoras suficientes en el poder adquisitivo de los trabajadores. Por ello, considera que la movilización del 11 de noviembre debe marcar un punto de inflexión y contribuir a modificar la evolución de esta situación. Álvarez ha dirigido sus críticas a quienes, pese a tener responsabilidad o capacidad de actuación, no han mostrado suficiente interés en solucionar el problema.
Desde CGT, su secretario general, Miguel Fadrique, ha afirmado que la protesta se dirige contra el conjunto de la clase política, tanto a nivel autonómico como estatal. A su juicio, ningún partido ha conseguido dar una respuesta eficaz a la crisis de la vivienda. Fadrique ha defendido que la movilización debe ser multitudinaria para obligar a los responsables políticos a reaccionar y ha llamado a participar de forma masiva.
Nieves Román, representante de CNT, ha reclamado una paralización de la actividad del país en defensa del derecho a la vivienda. Andrea Zayas, de CO.BAS, ha atribuido a la clase trabajadora el mérito de haber hecho posible la unidad sindical en esta convocatoria. Almudena Villar, de Intersindical, ha defendido que la huelga contribuya a cambiar las prioridades sociales, mientras que Ángel González, de Solidaridad Obrera, ha reivindicado la acción directa de los trabajadores como vía para proteger sus derechos.
La Unión de Actores y Actrices es la única organización participante en la comparecencia que no tiene una orientación sindical de clase. Su portavoz, el actor Juanjo Artero, ha presentado la huelga como un instrumento para defender los derechos laborales y construir el futuro del sector, al tiempo que ha animado a actores y actrices a sumarse al paro. Artero también ha denunciado que la expansión de las plataformas audiovisuales no se ha traducido en una mejora de las retribuciones y ha señalado la inestabilidad laboral que caracteriza a buena parte de la profesión, marcada por la discontinuidad de los contratos.
La convocatoria cuenta asimismo con el respaldo de los sindicatos vascos ELA y LAB, los gallegos CIG y CU, el andaluz SAT, el aragonés SOA, Alternativa Sindical de Clase, la Unión Progresista de Inspectores de Trabajo, el sindicato de guionistas Alma y la Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP). Sin embargo, otras organizaciones sindicales han decidido no apoyar la huelga al considerar que existen motivaciones políticas detrás de la convocatoria. Entre ellas figuran USO, Fetico, CSIF, ANPE, Amyts, Semaf y SLT, además de otras centrales sectoriales que también han expresado su rechazo a participar en la movilización.
El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, ha defendido la necesidad de reforzar el diálogo y la cooperación entre empresas, administraciones públicas y agentes sociales para abordar los principales desafíos económicos y sociales. Durante su intervención en los XXV Premios ATA: Autónomo del Año, expresó su preocupación por la situación política española y advirtió de que el país parece alejarse del espíritu de consenso que permitió alcanzar la Constitución.
Garamendi también cuestionó la convocatoria de la huelga general y anunció que la patronal tiene intención de impugnarla por considerar que podría ser ilegal. «Ese no es el camino», afirmó, al tiempo que criticó lo que considera una creciente confrontación con las empresas. En este sentido, planteó si los autónomos son responsables de los problemas de acceso a la vivienda o de la inflación y pidió que las tensiones no se trasladen a las calles.
El dirigente empresarial reclamó, asimismo, respeto por las reglas democráticas y rechazó que determinadas decisiones institucionales se utilicen con fines electorales. También mostró su desacuerdo con la actuación del Ministerio de Trabajo en relación con el Consejo Económico y Social (CES), en particular con la iniciativa para facilitar la incorporación de la patronal catalana Pimec a este órgano, una decisión impulsada por Yolanda Díaz sin el consenso previo de las organizaciones empresariales.
Durante su intervención, el presidente de la CEOE insistió en que cuestiones como el acceso a la vivienda y el aumento de los costes empresariales requieren soluciones negociadas entre las partes implicadas. En este sentido, reclamó mayor lealtad institucional y coordinación entre las distintas administraciones, además de una mayor atención a las demandas ciudadanas. «A las soluciones complejas, como la vivienda, solo vamos a llegar si nos sentamos en una mesa con espacios de escucha», defendió.
La convocatoria de la huelga general por parte de CCOO y UGT, bajo la reivindicación del derecho a la vivienda y de unos salarios suficientes para poder pagarla, ya había suscitado dudas entre CEOE y Cepyme sobre su legalidad. Ambas organizaciones empresariales consideraban que la protesta podía tener un componente político, al estar relacionada con la crisis de acceso a la vivienda. No obstante, habían evitado pronunciarse de forma definitiva hasta conocer el contenido de la convocatoria, registrada oficialmente este lunes ante el Ministerio de Trabajo.
Junto a la iniciativa de los dos sindicatos mayoritarios, otras organizaciones de trabajadores, como CGT y CNT, han promovido una convocatoria propia. Pese a las diferencias entre las distintas organizaciones sindicales, el Sindicato de Inquilinas ha destacado la unidad mostrada por estos colectivos en torno a la movilización.
El documento presentado por CCOO y UGT sitúa el derecho a la vivienda como principal motivo de la huelga, pero incorpora también reivindicaciones relacionadas con los salarios y la negociación colectiva. Entre ellas figuran la mejora del poder adquisitivo de los trabajadores y las críticas a CEOE y Cepyme por no haber retomado las conversaciones para renovar el acuerdo marco estatal sobre negociación colectiva.
Esta combinación de demandas sociales y laborales constituye uno de los puntos centrales de la controversia entre sindicatos y patronal. Mientras las organizaciones convocantes defienden que sus reivindicaciones están vinculadas a los intereses económicos y profesionales de los trabajadores, la CEOE cuestiona la legalidad de la protesta por entender que puede perseguir objetivos ajenos al ámbito estrictamente laboral.
El marco jurídico de referencia es el Real Decreto-ley 17/1977, que considera ilegales las huelgas iniciadas o mantenidas por motivos políticos o con finalidades distintas de los intereses profesionales de los trabajadores afectados. La interpretación de este precepto resulta determinante para valorar la convocatoria. Los sindicatos, por su parte, confían en que los precedentes judiciales del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional respalden su posición, al considerar que las reivindicaciones socioeconómicas también pueden quedar amparadas por el derecho de huelga.
España continúa alcanzando máximos de afiliación a la Seguridad Social y registra la cifra de desempleo más baja de los últimos 18 años. Sin embargo, esta evolución favorable del mercado laboral no beneficia por igual a todos los grupos de edad. Un estudio de la Fundación Más Sénior advierte de las dificultades que afrontan los desempleados mayores de 45 años para reincorporarse al mercado de trabajo. El análisis de las últimas dos décadas revela que este colectivo consigue muchos menos contratos que los trabajadores más jóvenes, una brecha que no se ha reducido pese a la recuperación económica.
Entre enero y septiembre de 2026 se formalizaron 12,15 millones de contratos en España. De ellos, 3,20 millones correspondieron a personas mayores de 45 años, el 26,3% del total. Sin embargo, este grupo representa 1.354.570 desempleados registrados, el 56,9% del conjunto de personas inscritas en las oficinas de empleo, frente a los 1.024.935 parados menores de esa edad.
La diferencia resulta todavía más evidente al comparar el número de contratos con el volumen de desempleados de cada grupo. Durante los nueve primeros meses del año se firmaron 8,7 contratos por cada parado menor de 45 años, mientras que entre los mayores de esa edad la proporción se redujo a 2,4. En otras palabras, las oportunidades de contratación de los trabajadores sénior apenas alcanzaron una cuarta parte de las que tuvieron los más jóvenes en relación con el número de desempleados.
La recuperación de la contratación tampoco ha servido para corregir esta desigualdad. En comparación con el mismo periodo de 2025, los contratos suscritos por mayores de 45 años aumentaron un 2,3%, frente al crecimiento del 5,6% registrado entre los menores de esa edad. La situación empeora especialmente a partir de los 55 años. Entre los desempleados de 45 a 54 años se contabilizaron 3,8 contratos por cada persona en paro, mientras que entre los mayores de 55 la proporción cayó hasta 1,4, aproximadamente un contrato por cada seis desempleados. La distribución de las contrataciones confirma esta diferencia. Las personas de entre 45 y 54 años representan el 23,5% del paro registrado, pero concentran el 17,2% de los contratos. En el caso de los mayores de 55 años, suponen el 33,5% de los desempleados, aunque únicamente reciben el 9,1% de las nuevas contrataciones.
La Fundación Más Sénior sostiene que esta brecha generacional se mantiene incluso durante los periodos de expansión económica. Los datos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) muestran que en 2006, durante el auge de la construcción, se formalizaban una media de 9,3 contratos por cada desempleado menor de 45 años. La proporción descendía a 3,9 entre los trabajadores de 45 a 54 años y a 1,4 entre los mayores de 55. Las ratios actuales reflejan una situación muy similar.
Las diferencias se redujeron temporalmente durante la Gran Recesión y la pandemia, cuando la contratación cayó en todos los grupos de edad, aunque con mayor intensidad entre los más jóvenes. Entre 2007 y 2009, los contratos por desempleado menor de 45 años descendieron de 9,3 a 3,4, mientras que en el grupo de 45 a 54 años pasaron de cuatro a 1,9. En 2020 volvió a producirse una evolución parecida: la ratio de los menores de 45 años bajó de 8,4 a 4,3, y la de los trabajadores de 45 a 54 años, de 3,9 a 2,4. Con la recuperación del empleo, la distancia volvió a ampliarse.
A esta persistencia de las dificultades se suma el envejecimiento de la población desempleada. Aunque el número de parados de entre 45 y 54 años ha disminuido considerablemente desde los máximos registrados en 2013, cuando alcanzó los 1.178.780, actualmente se sitúa en 558.232. En cambio, el desempleo entre los mayores de 55 años siguió aumentando hasta llegar a 902.993 personas en 2020 y apenas ha retrocedido desde entonces, hasta los 796.338 actuales.
Desde 2021, los desempleados mayores de 55 años superan en número a los del tramo de 45 a 54 años, y la diferencia continúa creciendo. De este modo, una proporción cada vez mayor del paro se concentra en el grupo que encuentra más obstáculos para acceder a un empleo.
La fundación describe esta dinámica como un círculo vicioso en el que la escasez de oportunidades laborales incrementa el desempleo y, a su vez, contribuye a perpetuar los prejuicios asociados a la edad. Aunque las ratios de contratación muestran que el problema viene de lejos, el aumento del peso de los trabajadores sénior entre los desempleados agrava sus consecuencias.
Para explicar esta situación, la Fundación Más Sénior identifica cuatro factores que contribuyen a mantener las barreras de acceso al empleo. El primero son los prejuicios de los responsables de selección, que pueden asociar una mayor edad con una menor capacidad de adaptación, dificultades para utilizar nuevas tecnologías o resistencia al cambio. La organización también señala la tendencia de algunos responsables de contratación a elegir candidatos con perfiles y características similares a los propios.
El segundo factor es el coste salarial. La antigüedad y la progresión retributiva pueden hacer que los trabajadores con más experiencia sean percibidos como candidatos más caros. No obstante, la fundación considera que este elemento no basta para explicar la magnitud de la brecha. El tercer obstáculo se encuentra en las políticas activas de empleo. Según el análisis, las bonificaciones a la contratación de mayores de 45 años no han tenido suficiente capacidad para revertir la situación, mientras que buena parte de la formación dirigida a los desempleados resulta demasiado general y no responde adecuadamente a las necesidades de las empresas.
Por último, la organización apunta a la brecha digital como otro elemento que dificulta la reincorporación laboral. La falta de determinadas competencias tecnológicas puede utilizarse como motivo para descartar candidaturas, una barrera que podría intensificarse con los filtros automatizados y los algoritmos empleados en los procesos de selección. Sin embargo, la persistencia de diferencias similares desde hace dos décadas indica que la digitalización no constituye el origen del problema, aunque puede contribuir a reforzar prejuicios que ya existían.
Para reducir estas desigualdades, la Fundación Más Sénior propone establecer incentivos fiscales de mayor alcance para las empresas que mantengan plantillas con una composición equilibrada por edades y contraten a desempleados de larga duración mayores de 50 años. También plantea desarrollar programas intensivos de recualificación en ámbitos como la inteligencia artificial y el análisis de datos, con el objetivo de mejorar la adaptación de los trabajadores sénior a las nuevas demandas del mercado laboral.
Asimismo, defiende vincular el subsidio para mayores de 52 años a programas obligatorios de recolocación, de manera que esta prestación no termine convirtiéndose en una vía de salida anticipada del mercado de trabajo. El propósito de estas medidas sería aumentar las oportunidades de contratación y evitar que la edad siga condicionando de forma tan determinante el acceso al empleo.
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