(Expansión, 08-10-2026) | Laboral

Yolanda Díaz pisa el acelerador para anunciar la subida del salario mínimo de 2027 antes de las elecciones

La convocatoria de elecciones está acelerando los planes legislativos del Gobierno y también ha llevado al Ministerio de Trabajo a adelantar los trabajos para determinar la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) en 2027. El departamento dirigido por Yolanda Díaz convocará este jueves a la Comisión Asesora para el Análisis del SMI, que será la encargada de elaborar la recomendación sobre la horquilla en la que debería situarse la próxima revalorización. Los plazos permitirían que el informe de los expertos estuviera preparado antes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. Sin embargo, el Ejecutivo ha optado en los últimos años por aprobar la subida del SMI una vez iniciado el ejercicio y aplicarla posteriormente con carácter retroactivo. Por ello, el escenario más probable es que antes de los comicios se conozca la recomendación de los expertos y, posiblemente, la referencia que maneja el Gobierno, pero que la decisión definitiva quede condicionada al resultado electoral. La fijación del salario mínimo corresponde al Ejecutivo y no requiere la convalidación del Congreso. El SMI se sitúa actualmente en 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas y afecta a cerca de 2,5 millones de trabajadores. Las recomendaciones de la comisión de expertos han situado habitualmente la subida ligeramente por encima de la inflación, con el objetivo de preservar el poder adquisitivo, y han tenido también en cuenta el objetivo de aproximar el salario mínimo al 60% del salario medio. Con las previsiones actuales, una subida equivalente al 3,6%, en línea con la estimación de inflación anual del Banco de España, llevaría el SMI hasta aproximadamente 1.265 euros mensuales. Desde 2018, el salario mínimo ha registrado incrementos de forma continuada y acumula una subida del 66%. En aquel momento se situaba en 735,90 euros mensuales en 14 pagas, frente a los 1.221 euros actuales. El mayor incremento se produjo en 2019, cuando aumentó un 22,3% hasta los 900 euros. Posteriormente pasó a 950 euros en 2020, 965 euros en 2021, 1.000 euros en 2022, 1.080 euros en 2023, 1.134 euros en 2024 y 1.184 euros en 2025, hasta alcanzar los 1.221 euros fijados para 2026. La política de incrementos responde al compromiso del Gobierno de acercar el SMI al 60% del salario medio, en línea con la Carta Social Europea. Este objetivo, sin embargo, continúa generando discrepancias con las organizaciones empresariales. La CEOE sostiene que este porcentaje no tiene carácter vinculante y advierte de que el salario mínimo ya supera ampliamente ese nivel en buena parte del territorio. Según sus cálculos, el SMI se sitúa por encima del 70% del salario medio en casi la mitad de las provincias españolas. Para fijar la subida correspondiente a 2026, la Comisión Asesora tomó como referencia precisamente el objetivo de situar el salario mínimo en el 60% del salario medio neto de un trabajador a tiempo completo. Los expertos analizaron para ello las previsiones sobre la evolución de los salarios y las combinaron con indicadores como el IPC y el comportamiento esperado de la productividad media. El análisis también tuvo en cuenta factores relacionados con la distribución de la renta y la situación económica general, así como el posible efecto del incremento del SMI sobre la brecha salarial entre hombres y mujeres y sobre la pobreza laboral. A partir de todos estos elementos, la comisión estableció la horquilla que sirvió de referencia para la decisión final del Gobierno, que elevó el salario mínimo un 3,1% en 2026, hasta los 1.221 euros mensuales, frente a una inflación media del 2,7% el año anterior.

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(El País, 08-10-2026) | Laboral

Inspección de Trabajo regularizó a 47.000 falsos autónomos en 2025, la mayor cifra de la serie

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, encargada de supervisar el cumplimiento de la normativa laboral, intensificó su actividad durante 2025, según refleja la memoria anual del organismo. El aumento de las actuaciones se tradujo en un mayor volumen de sanciones y en más trabajadores regularizados. En concreto, las sanciones propuestas alcanzaron los 858 millones de euros, frente a los 541 millones del año anterior, mientras que las actuaciones inspectoras permitieron dar de alta en la Seguridad Social a 96.200 personas. Dentro de esta cifra destacan los falsos autónomos, trabajadores que formalmente figuran como empleados por cuenta propia pese a desarrollar una actividad que debería corresponder a una relación laboral. En 2025 se regularizaron 47.100 casos, el registro más elevado desde que existen datos, en 2015. La Inspección atribuye buena parte de este resultado al refuerzo de las actuaciones sobre plataformas digitales que recurren a este tipo de contratación y que, cuando lo hacen, suelen afectar a un número elevado de trabajadores. Las conversiones de falsos autónomos en asalariados superaron así el anterior máximo, registrado en 2022, cuando se contabilizaron alrededor de 39.000 regularizaciones. El fuerte incremento de estas actuaciones coincide con la expansión de la economía de plataformas en España y con el proceso de transformación que durante 2025 llevó a Glovo a abandonar su modelo basado en repartidores autónomos para pasar a un sistema de trabajadores asalariados. Del total de 96.200 personas regularizadas por la Inspección el pasado año, 48.500 correspondieron a trabajadores que no estaban dados de alta, 47.100 a relaciones laborales encubiertas como trabajo autónomo y 601 a falsos becarios. La cifra global supone un notable aumento respecto a las 56.100 regularizaciones de 2024 y las 80.600 de 2023, aunque se mantiene ligeramente por debajo de las 98.500 registradas en 2022. El fraude relacionado con los falsos autónomos ha tenido especial incidencia en el reparto de comida a domicilio. Las actuaciones inspectoras, la denominada ley rider, las resoluciones judiciales y los cambios introducidos en el Código Penal para sancionar a los responsables de determinadas prácticas laborales han contribuido a modificar el modelo del sector. Mientras Glovo completó su transformación en 2025, Uber Eats continúa utilizando parcialmente repartidores autónomos pese a haber anunciado su intención de operar exclusivamente con asalariados. Los sindicatos, además, advierten de que el recurso a plataformas digitales se está extendiendo a otras actividades con elevados niveles de precariedad, como la psicología, la limpieza o la abogacía. El fenómeno de los falsos autónomos, por tanto, ya no se limita al reparto de comida y se está trasladando a nuevos ámbitos de actividad. La Inspección también incrementó sus actuaciones contra el empleo irregular de trabajadores extranjeros. En 2025 se regularizaron 18.700 personas sin permiso de trabajo, frente a las 12.200 del año anterior. La hostelería concentró la mayor parte de estas intervenciones, con unas 6.200 actuaciones y 4.980 infracciones. Le siguieron el comercio, con 3.100 actuaciones y 2.300 infracciones, y la construcción, con 2.300 actuaciones y 2.030 infracciones. Otro de los focos de vigilancia fueron las situaciones de fraude en los contratos a tiempo parcial, en las que trabajadores contratados formalmente por una jornada reducida realizan en realidad una jornada completa. La intensificación de las inspecciones en este ámbito se tradujo en 15.400 actuaciones y permitió detectar 4.900 casos en los que se incrementó la jornada reconocida. En conjunto, la Inspección de Trabajo actuó sobre 427.500 centros durante 2025 y detectó 208.500 infracciones de la legislación social. Las sanciones propuestas ascendieron a 858 millones de euros, frente a los 541 millones de 2024. El Ministerio de Trabajo también destaca el aumento de las actuaciones iniciadas a partir de denuncias anónimas: el organismo concluyó 11.800 actuaciones procedentes de comunicaciones recibidas a través de su buzón de denuncias, frente a las 10.060 del ejercicio anterior.

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(La Vanguardia, 08-10-2026) | Laboral

La huelga general por la vivienda se celebrará el 11 de noviembre

La huelga general convocada por la crisis de acceso a la vivienda en España se celebrará el próximo 11 de noviembre, según el acuerdo alcanzado entre los principales sindicatos que respaldan el paro y las organizaciones que lideran las protestas por la situación del mercado inmobiliario. A la convocatoria se suman también centrales con una importante implantación territorial, como la gallega CIG y las vascas ELA y LAB. La Confederación de Sindicatos de Inquilinas, que reúne a las organizaciones de este colectivo de distintas ciudades, confirmó posteriormente que el 11 de noviembre es la fecha que planteará en la reunión prevista esta tarde, a las 19.00 horas, con el resto de entidades convocantes. Por su parte, el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, confirmó en Televisión Española que el sindicato se incorporará al paro y señaló que la fecha ya está acordada con CC OO, a falta de cerrar los últimos detalles con los sindicatos de inquilinas y las demás organizaciones que quieran participar. Se tratará de la primera huelga general respaldada por los grandes sindicatos de clase en 14 años. El paro tendrá lugar un miércoles, apenas dos semanas y media antes de las elecciones generales y solo un día antes del inicio oficial de la campaña electoral, que comenzará en la medianoche del jueves al viernes. La proximidad de los comicios ha generado críticas entre algunos sindicatos corporativos y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme, que consideran que las reivindicaciones planteadas no son propiamente laborales y califican de inadmisible que el coste de una protesta dirigida contra las políticas del Gobierno recaiga sobre las empresas, los trabajadores y la actividad económica. PP y Vox también han expresado su rechazo a la convocatoria. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, afirmó este martes que la huelga se plantea en torno a un problema que afecta a numerosos trabajadores y sus familias, como es el acceso a la vivienda, y aseguró que el Ejecutivo debe respetar el derecho constitucional a la huelga. La última huelga general respaldada por CC OO y UGT tuvo lugar el 14 de noviembre de 2012, en plena crisis económica y como respuesta a los recortes aplicados entonces. La movilización se desarrolló también en otros países europeos, entre ellos Italia, Portugal, Chipre y Malta. Ese mismo año, en marzo, ambas centrales habían convocado otro paro general contra la reforma laboral promovida por el Gobierno de Mariano Rajoy, que redujo el coste del despido. La primera gran huelga general promovida conjuntamente por los principales sindicatos de clase se celebró el 14 de diciembre de 1988, durante el Gobierno de Felipe González. Posteriormente se produjeron nuevas movilizaciones generales en 1992, 1994, 2002 y 2010, esta última contra las medidas de ajuste adoptadas por el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero. Con la convocatoria prevista para noviembre, serán nueve las huelgas generales respaldadas por CC OO y UGT.

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(El Economista, 08-10-2026) | Laboral

Los trabajadores que se sumen a la huelga por la vivienda reducirán su sueldo en 90 euros de media

Los sindicatos y las organizaciones sociales que defienden el derecho a la vivienda preparan una huelga general de 24 horas para reclamar medidas a las administraciones públicas y a las patronales. Los trabajadores tienen derecho a secundar este tipo de movilizaciones, amparado por la Constitución y regulado desde 1977 mediante un real decreto-ley. Las empresas no pueden despedir ni sancionar a quienes ejerzan este derecho, aunque sí pueden descontar de la nómina la parte correspondiente a la jornada no trabajada. La cantidad que dejará de percibir cada trabajador en la nómina de noviembre dependerá de su salario y de su jornada laboral. El descuento incluye las horas que no se hayan trabajado y los complementos salariales asociados, además de la parte proporcional de las pagas extraordinarias y del descanso semanal. En cambio, la huelga no permite reducir los días de vacaciones ni los festivos. Durante el paro, el trabajador pasa a una situación de alta especial en la Seguridad Social, por lo que se suspenden las obligaciones de cotización tanto para el empleado como para la empresa. El presidente del Registro de Economistas Asesores Laborales, Jesús Bravo, señala que el impacto económico también varía en función de si el empleado trabaja cinco o seis días a la semana. Tomando como referencia el salario medio anual de 29.540,26 euros registrado por el INE en 2024, un trabajador con una jornada habitual de lunes a viernes tendría un descuento aproximado de 113,31 euros brutos por un día de huelga. En términos netos, la pérdida sería menor debido a que durante esa jornada no se realizan las correspondientes cotizaciones a la Seguridad Social y también se reduce la retención del IRPF. Con una cotización aproximada del 6,5% y una retención del 15%, el trabajador dejaría de percibir alrededor de 89 euros netos en su nómina de noviembre. Bravo considera que el salario mediano puede ofrecer una referencia más representativa, al situarse en el punto central de la distribución salarial. En 2024 fue de 24.497,17 euros anuales. Para un trabajador con esta remuneración, el descuento por un día de huelga con una jornada de lunes a viernes rondaría los 94 euros brutos. En el caso de los trabajadores con el salario mínimo, el coste de secundar la huelga sería inferior. El SMI está establecido en 1.221 euros mensuales en 14 pagas, lo que equivale a 17.094 euros brutos al año. Con una jornada de lunes a viernes, un día de huelga supondría dejar de cobrar unos 65,57 euros brutos. Si la jornada se desarrolla de lunes a sábado, el descuento sería de aproximadamente 54,64 euros brutos. La cantidad que finalmente se pierde en la nómina es menor que el descuento bruto, ya que durante la huelga también se interrumpen las cotizaciones a la Seguridad Social y disminuye la retención de IRPF. De este modo, un trabajador que cobre el SMI y secunde un día completo de huelga podría ver reducida su nómina de noviembre en unos 61 euros netos.

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(El País, 07-10-2026) | Laboral

Los sindicatos ultiman la fecha de la huelga general en noviembre entre críticas de la patronal y la derecha

Los sindicatos han decidido convocar una huelga general durante las primeras semanas de noviembre para protestar por las dificultades de acceso a la vivienda, aunque todavía no han cerrado una fecha definitiva. La movilización cuenta ya con el respaldo de CCOO y UGT y podría celebrarse entre el 2 y el 6 de noviembre, aunque también gana peso la opción de trasladarla a los días 10 u 11. En cualquiera de los casos, el paro tendría lugar pocas semanas antes de las elecciones generales del 29 de noviembre. La fecha concreta se abordó este martes en una reunión entre el Sindicato de Inquilinas y varias organizaciones sindicales que han participado en las movilizaciones por la vivienda, entre ellas CGT, CO.BAS y Solidaridad Obrera. El respaldo de los dos principales sindicatos del país refuerza una convocatoria que está teniendo impacto en el debate político y que también ha recibido el apoyo de las centrales vascas ELA y LAB y de la gallega CIG. La cercanía de la huelga con las elecciones ha provocado críticas de las organizaciones empresariales y de distintas formaciones políticas, además de la oposición de algunos sindicatos como CSIF, USO y Fetico. CEOE y Cepyme consideran que la convocatoria constituye una medida de presión dirigida fundamentalmente a conseguir cambios legislativos y presupuestarios en materia de vivienda y cuestionan que se traslade a las empresas y a los trabajadores el coste de una protesta que, a su juicio, no responde a reivindicaciones estrictamente laborales. Uno de los principales debates gira precisamente en torno al destinatario de la protesta. Desde el PSOE, María Jesús Montero ha señalado que la huelga se dirige contra los partidos de la oposición por haber rechazado los decretos de vivienda del Gobierno. Pedro Sánchez, por su parte, ha defendido que el acceso a la vivienda es una cuestión que afecta directamente a los trabajadores y sus familias y ha asegurado que el Ejecutivo respetará el derecho de huelga. CCOO y UGT también han situado parte de la responsabilidad en las administraciones territoriales. El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha recordado que las comunidades autónomas tienen las principales competencias en materia de vivienda, mientras que el líder de CCOO, Unai Sordo, ha vinculado la situación de la vivienda con el debate electoral sobre salarios, servicios públicos y modelo económico. El PP considera, sin embargo, que la convocatoria beneficia políticamente al Gobierno en plena precampaña electoral. Los populares cuestionan el momento elegido por las centrales sindicales y acusan al Ejecutivo de intentar obtener rédito político de las movilizaciones. Vox ha endurecido todavía más sus críticas y ha acusado a los sindicatos mayoritarios de actuar en favor del Gobierno. La convocatoria no cuenta con un respaldo unánime dentro del movimiento sindical. Fetico considera que los sindicatos deberían evitar posicionarse en procesos que puedan interpretarse como una intervención política. USO comparte parte de las reivindicaciones sobre vivienda, pero rechaza la huelga y cuestiona especialmente que se haya convocado coincidiendo con el anuncio de las elecciones. CSIF defiende que la vivienda requiere soluciones globales y considera que las elecciones son el momento adecuado para que los ciudadanos valoren las distintas propuestas políticas. El sindicato ferroviario Semaf también se ha desmarcado del paro y reivindica su carácter independiente y apolítico. En cambio, ELA y LAB han confirmado su apoyo a la movilización en el País Vasco. LAB ha llamado a incrementar la presión para impulsar políticas redistributivas y combatir la especulación y el rentismo. En Galicia, la CIG también respaldará la huelga ante el incremento de los precios y las dificultades de los trabajadores para acceder a una vivienda, mientras que la CUT se ha sumado con el lema de que el problema no afecta únicamente a la vivienda, sino al conjunto del modelo económico. La convocatoria se encuentra, por tanto, todavía pendiente de concretar en cuanto a la fecha, pero ha ido ampliando sus apoyos territoriales mientras crece también la contestación empresarial y política. Su celebración en las semanas previas a las elecciones generales convierte la movilización en uno de los elementos que previsiblemente marcarán la precampaña.

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(La Vanguardia, 07-10-2026) | Laboral

La CEOE considera “inadmisible” la huelga general y duda de su encaje legal

La CEOE ha reaccionado oficialmente a la huelga general anunciada por UGT y CC.OO. y ha calificado la movilización de "inadmisible". La patronal considera que los sindicatos pretenden trasladar a las empresas el coste de una medida de presión destinada a reclamar cambios legislativos y presupuestarios en materia de vivienda. Además, pone en duda que la convocatoria tenga encaje jurídico. El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, ya había advertido antes del anuncio sindical de que una huelga general centrada en la vivienda no sería legal, al considerar que este tipo de movilizaciones deben responder a motivos relacionados con el ámbito laboral. Este martes ha vuelto a defender esta posición y ha señalado que la iniciativa tiene un "claro componente político y electoral". En declaraciones a Onda Cero y Antena 3, Garamendi ha asegurado que "es indudable que es una huelga política", aunque ha matizado que la posible ilegalidad deberá determinarse cuando se conozca la convocatoria formal. A su juicio, todo apunta a que podría carecer de cobertura legal y ha señalado que los sindicatos han tenido que buscar "el encaje por donde meten lo laboral". La patronal sostiene que las reivindicaciones planteadas por las organizaciones sindicales exceden de las cuestiones que corresponden directamente al ámbito laboral y afectan a materias que no dependen de las empresas. Desde esta perspectiva, considera especialmente cuestionable recurrir a la actividad empresarial y a los trabajadores como instrumento de presión en un momento en el que los ciudadanos están llamados a las urnas el próximo 29 de noviembre para pronunciarse sobre el escenario político. La CEOE considera que utilizar la huelga para tratar de influir en cuestiones que forman parte del debate político y presupuestario resulta difícilmente justificable y reclama que estos asuntos se aborden dentro de la "normalidad democrática" y con mayor sosiego. No obstante, la patronal reconoce que su valoración todavía es provisional. La convocatoria anunciada por UGT y CC.OO. está pendiente de ratificación, aún no tiene una fecha concreta y tampoco se ha presentado el preaviso formal requerido por la legislación. Por este motivo, la CEOE señala que todavía no dispone de todos los elementos necesarios para fijar una posición definitiva sobre la legalidad de la movilización. Por su parte, los sindicatos no limitan el motivo de la protesta exclusivamente al acceso a la vivienda. UGT y CC.OO. plantean una movilización en defensa del "derecho a la vivienda y los salarios dignos para pagarla". En este marco, vinculan la convocatoria con sus propuestas para la futura negociación del Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), en el que reclaman incrementos salariales de entre el 4% y el 7%, cláusulas de revisión de los salarios y medidas destinadas a facilitar el acceso de los trabajadores a la vivienda.

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(El Economista, 07-10-2026) | Laboral

Trabajo sondea a los "expertos" para dejar planteada la subida del SMI antes de las elecciones

El Ministerio de Trabajo mantiene sus planes para volver a incrementar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a comienzos de 2027, pese al adelanto de las elecciones generales. El departamento dirigido por Yolanda Díaz prevé convocar este jueves a la comisión asesora del SMI, conocida como grupo de expertos, para solicitarle un nuevo informe con una recomendación sobre la subida del salario mínimo, actualmente situado en 1.221 euros mensuales. Posteriormente, Trabajo deberá consultar a las organizaciones empresariales y sindicales, tal y como establece el Estatuto de los Trabajadores, aunque el contexto actual hace poco probable que se alcance un acuerdo entre las partes. El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ya había anunciado su intención de reunir durante octubre a los académicos, técnicos de los ministerios de Economía y Hacienda y representantes de los sindicatos que integran este órgano asesor. La convocatoria, inicialmente prevista para finales de la semana pasada, mantiene su fecha pese al anuncio de las elecciones generales del 29 de noviembre, ya que Trabajo considera que el proceso para fijar el nuevo SMI debe continuar. La reunión se producirá más tarde que el año pasado, cuando los expertos fueron convocados el 30 de septiembre. Este retraso complica que la ronda de consultas con los agentes sociales pueda celebrarse antes de las elecciones. Además, la elaboración de las recomendaciones suele prolongarse durante varios meses. En 2025, por ejemplo, el informe no llegó al Gobierno hasta diciembre y el acuerdo con los sindicatos para elevar el SMI un 3,1% no se anunció ni aprobó hasta febrero. Desde hace varios años, uno de los objetivos de Yolanda Díaz es situar el SMI en el equivalente al 60% del salario medio, una referencia utilizada en el ámbito europeo para valorar si el salario mínimo garantiza un nivel suficiente de ingresos. Sin embargo, determinar la cuantía exacta a partir de este criterio ha generado discrepancias dentro de la propia comisión, entre otras razones porque las estadísticas salariales disponibles se publican con retraso y es necesario recurrir a otros indicadores para realizar una estimación actualizada del salario medio. El calendario de elaboración de estas recomendaciones y de aprobación de las subidas ha variado considerablemente desde la creación de la comisión asesora en 2021. En algunos ejercicios, como 2023, Trabajo ni siquiera convocó al grupo para establecer una propuesta, mientras que en otros, como 2025, el debate estuvo condicionado por la discusión entre Trabajo y Hacienda sobre la tributación en el IRPF de los trabajadores que perciben el salario mínimo. Por este motivo, resulta difícil determinar si el Ministerio dispondrá de la recomendación antes del inicio de la campaña electoral. Para fijar la última subida del 3,1%, uno de los datos determinantes fue la inflación registrada en octubre de 2025. En esta ocasión, el IPC de octubre ya estará disponible cuando se celebren las elecciones, aunque la referencia final con la que contará Trabajo dependerá también de cuánto se prolonguen los trabajos de la comisión de expertos. Tras las elecciones, el Gobierno pasará a estar en funciones hasta la formación del nuevo Ejecutivo. La Ley de Gobierno establece que, durante este periodo, el Ejecutivo debe limitarse al despacho ordinario de los asuntos públicos y solo puede adoptar medidas adicionales en situaciones de urgencia debidamente justificadas o cuando concurran razones de interés general. En principio, esto no impediría una subida del SMI si se justificara por alguna de estas circunstancias. Además, su aprobación se realiza mediante un reglamento y no requiere la tramitación parlamentaria de una ley, aunque aprobarla antes de las elecciones parece poco probable por los plazos disponibles. La posibilidad de alcanzar un acuerdo entre sindicatos y empresarios sobre la subida del SMI también se presenta complicada. Las organizaciones empresariales llevan varios años sin respaldar los incrementos aprobados, mientras que los sindicatos condicionan nuevos pactos a la aprobación de medidas ya acordadas y todavía pendientes, entre ellas la reforma del registro horario y los complementos salariales. La convocatoria electoral dificulta aún más que estas iniciativas puedan avanzar.

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(El Economista, 06-10-2026) | Laboral

Aval del Supremo a que las empresas evalúen a sus plantillas sin negociar con los sindicatos

Las empresas pueden implantar sistemas complementarios y voluntarios para evaluar el desempeño de sus trabajadores sin que ello suponga una vulneración de la libertad sindical, según ha establecido el Tribunal Supremo en una sentencia dictada el 9 de septiembre. La resolución, con la magistrada Ureste García como ponente, considera que este tipo de iniciativas forman parte de las facultades de dirección y organización de la empresa cuando no alteran las condiciones salariales, los procesos de promoción ni el sistema establecido en el convenio colectivo. El Supremo entiende que las facultades organizativas reconocidas al empresario permiten poner en marcha herramientas de evaluación y retroalimentación profesional dirigidas a determinados colectivos sin que sea necesario diseñarlas conjuntamente o negociarlas previamente con la representación de los trabajadores. La Sala señala además que los procedimientos de tutela de derechos fundamentales están destinados a reparar lesiones directas e inmediatas. En este caso, al tratarse de un sistema al que los empleados podían acogerse de manera completamente voluntaria, considera que no se produjo una vulneración de la libertad sindical ni del derecho a la negociación colectiva. La sentencia fundamenta esta interpretación en el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, relativo a las facultades de dirección empresarial, y lo pone en relación con las garantías constitucionales de libertad sindical y negociación colectiva recogidas en los artículos 28.1 y 37.1 de la Constitución, así como con la Ley Orgánica de Libertad Sindical y el XXII Convenio Colectivo del personal de tierra de la compañía aérea afectada. En el ámbito procesal, el Tribunal Supremo recurre además al artículo 178 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y a la doctrina establecida previamente por el Tribunal Constitucional y por el propio Supremo. El conflicto se originó a raíz de una demanda presentada por UGT contra una aerolínea nacional por una supuesta vulneración de derechos fundamentales y reclamación de una indemnización. El sindicato recurrió la implantación de una guía interna destinada a evaluar el rendimiento y favorecer el desarrollo profesional de gestores y técnicos. UGT sostenía que la empresa había introducido unilateralmente este programa, creando un sistema paralelo que no había sido negociado con la representación de los trabajadores y que, a su juicio, afectaba tanto a la negociación colectiva como al derecho de información. La Audiencia Nacional rechazó inicialmente las pretensiones del sindicato, decisión que ahora confirma el Tribunal Supremo.

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(El Economista, 06-10-2026) | Laboral

Díaz impulsa cambios en la prestación por desempleo en la antesala de las elecciones

El adelanto de las elecciones generales al 29 de noviembre ha modificado las prioridades del Gobierno, aunque los ministerios mantienen capacidad para impulsar algunas medidas mientras el Ejecutivo continúe en plenas funciones. En este contexto, el Ministerio de Trabajo ha puesto en marcha la tramitación de cambios en la regulación de la prestación por desempleo mediante un borrador de real decreto que introduce ajustes en tres ámbitos concretos. El departamento dirigido por Yolanda Díaz publicó el texto el pasado viernes y este lunes abrió el periodo para presentar alegaciones, que permanecerá abierto hasta el 26 de octubre. El borrador plantea modificar hasta tres reglamentos y cuenta ya con informes del Consejo de Estado, del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Por tanto, las modificaciones podrían llegar al Consejo de Ministros antes de las elecciones, aunque su aprobación dependerá de las prioridades del Ejecutivo durante las próximas semanas. Uno de los principales cambios afecta a la capitalización de la prestación por desempleo, que permite cobrar el paro en un único pago para poner en marcha un negocio o incorporarse como socio a una cooperativa. Trabajo pretende ampliar esta posibilidad a los trabajadores que hayan impugnado su despido alegando que es improcedente y que opten a la indemnización correspondiente de 33 días por año trabajado. Con la nueva regulación, quienes recurran judicialmente su despido por improcedente podrán solicitar la capitalización del paro sin tener que esperar a que exista una sentencia firme. La medida no se extenderá, sin embargo, a quienes impugnen el despido por considerar que es nulo ni a los representantes de los trabajadores que aleguen esta causa, ya que en estos casos podría producirse la readmisión del empleado si la demanda prospera. Trabajo considera que, en esas situaciones, la resolución sobre la capitalización debe esperar a que exista un pronunciamiento judicial definitivo. El segundo cambio pretende modificar el tratamiento de las pensiones alimenticias que reciben las mujeres separadas o divorciadas por parte del otro progenitor para atender a sus hijos. Actualmente, estas cantidades se consideran ingresos de los menores a efectos del reconocimiento de responsabilidades familiares, una circunstancia que puede perjudicar al progenitor con el que conviven los hijos, habitualmente la madre. El Ministerio considera que esta situación puede provocar que no se reconozcan determinadas responsabilidades familiares cuando la pensión alimenticia alcanza o supera el salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Esto puede afectar a la cuantía de la prestación contributiva por desempleo, que cuenta con límites máximos vinculados al IPREM y que pueden elevarse cuando existen hijos a cargo. El impacto previsto de ambos cambios será, en cualquier caso, limitado. Trabajo calcula que la modificación relacionada con la capitalización del desempleo podría beneficiar a unas 330 personas, mientras que una cifra similar se vería afectada por el nuevo tratamiento de los ingresos vinculados a las pensiones alimenticias. El tercer bloque de modificaciones se refiere a las aportaciones que deben realizar las empresas con beneficios que efectúan despidos de trabajadores mayores de 50 años. En este caso, los cambios tienen principalmente carácter técnico y pretenden precisar los procedimientos para el ingreso de estas cantidades y para la devolución al SEPE de los importes cobrados indebidamente. Durante 2025, las cantidades ingresadas de forma indebida y posteriormente objeto de devolución ascendieron a unos 330.000 euros.

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(El Mundo, 06-10-2026) | Laboral

UGT y CCOO pactan convocar una huelga general por la crisis de la vivienda

CCOO y UGT han acordado este lunes convocar una huelga general de 24 horas durante este otoño para reclamar salarios suficientes que permitan a los trabajadores afrontar el coste de una vivienda digna. La fecha concreta del paro se determinará en coordinación con las organizaciones sociales y el Sindicato de Inquilinas, dentro de una movilización que los sindicatos plantean bajo el lema del derecho a la vivienda y unos salarios dignos. El acuerdo deberá ser ratificado ahora por los máximos órganos de dirección de ambas organizaciones. La decisión supone el paso adelante que CCOO y UGT habían anunciado el pasado viernes, después de que el Congreso rechazara los dos decretos relacionados con la vivienda. En aquel momento, los sindicatos avanzaron que reunirían a sus órganos de dirección para definir cómo incorporar al movimiento sindical a las movilizaciones, junto con las organizaciones sociales, vecinales y de inquilinos. Para las organizaciones sindicales, las manifestaciones celebradas durante el pasado fin de semana han evidenciado la dimensión de la demanda social y consideran que la respuesta debe articularse entre todas las organizaciones implicadas. La convocatoria pretende dirigirse tanto a las administraciones públicas con competencias en materia de vivienda como a las organizaciones empresariales. CCOO y UGT sostienen que las empresas deben asumir que los salarios tienen que permitir a los trabajadores acceder a un bien básico como la vivienda. Las reivindicaciones sindicales forman parte de las propuestas planteadas para el VI Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), que contemplaba cláusulas de revisión salarial con incrementos de entre el 4% y el 7%, además de medidas destinadas a facilitar el acceso a la vivienda. También se integran en la Propuesta Sindical Unitaria impulsada por ambos sindicatos. Este documento incluye un decálogo por el derecho a la vivienda que plantea alcanzar un pacto social y político, ampliar el parque público de vivienda protegida con carácter permanente, limitar los precios de los alquileres y garantizar la aplicación efectiva de la Ley por el Derecho a la Vivienda en todos los territorios. CCOO y UGT han llamado a los trabajadores a participar en las movilizaciones tanto en los centros de trabajo como en la calle y a secundar la futura huelga general. Los sindicatos aseguran que mantendrán la presión y la negociación colectiva hasta conseguir que la vivienda deje de considerarse un privilegio y los salarios permitan a los trabajadores vivir con dignidad.

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