(El Economista, 26-11-2025) | Laboral

Hostelería, construcción o el sector primario, que están "blindadas" contra la IA

Aunque muchos inversores consideran que la inteligencia artificial generativa podría estar impulsando una nueva burbuja financiera, su efecto sobre el empleo resulta cada vez más evidente a medida que se publican nuevos análisis. Uno de los estudios más recientes advierte de que los trabajos considerados de "mayor valor añadido" son precisamente los más vulnerables a esta tecnología y que, en los dos últimos años, han perdido peso en la evolución del mercado laboral. No se trata de un fenómeno marginal: estos perfiles representan el 45% del empleo total, pero en 2024 apenas contribuyeron con un 0,2% al crecimiento del trabajo. Con todo, España dispone de un cierto "amortiguador": las ocupaciones manuales -hostelería, construcción o agricultura- que están prácticamente a salvo del impacto de la IA y que han impulsado el empleo hasta diez veces más que los sectores de mayor cualificación. Durante décadas, se asumía que la digitalización y la automatización -ya fuera mediante inteligencia artificial o robotización- beneficiarían sobre todo al empleo cualificado, mientras que los trabajos manuales serían los más amenazados. Sin embargo, este diagnóstico ha quedado obsoleto. Según el estudio elaborado por José Manuel Amor y María Romero, socios de Análisis Económico y Mercados de Afi, junto a las analistas Camila Figueroa y Marina García, la llegada de los grandes modelos de lenguaje (LLM) ha alterado por completo este patrón, dado que su alcance es mucho mayor. El informe, recogido en la última edición de los Cuadernos del Mercado de Trabajo del SEPE, señala que "las ocupaciones con mejores salarios, mayor formación y mayores barreras de entrada son las más expuestas a los efectos disruptivos de GPT". Un fenómeno que "rompe con lo ocurrido en revoluciones tecnológicas anteriores, donde los más perjudicados eran los trabajadores con menor cualificación". ¿Cómo se manifiesta esto en España? A partir de los microdatos anuales de la EPA, los investigadores dividen el mercado laboral en dos grandes grupos opuestos: las "ocupaciones más expuestas" -sobre todo servicios profesionales, científicos, financieros, jurídicos, contables y tecnológicos- y las "menos expuestas", asociadas a actividades manuales. La primera categoría suma 11,2 millones de empleos, el 45% del total; la segunda, 10,5 millones. No obstante, el dinamismo se concentra en los trabajos menos afectados por la IA. Entre 2023 y 2024, los empleos de mayor exposición crecieron un 0,9% (unas 600.000 personas), mientras que los menos expuestos aumentaron un 3,9%. El empleo total se incrementó un 2,2%, de los que solo dos décimas proceden del primer grupo y un 2% del segundo. Hasta 2023, la evolución seguía condicionada por los efectos de la pandemia. En 2020 hubo un auge de los empleos más cualificados y digitalizados, mientras los manuales se hundieron. En 2021 ocurrió lo contrario: cayeron los de alta exposición a la IA y se recuperaron los sectores más castigados por los confinamientos. En 2022 ambos crecen, pero más los manuales. Y en 2023 repuntan los empleos de mayor valor añadido, un impulso que se ha desinflado completamente en 2024. ¿Hasta qué punto puede atribuirse esto al avance de la IA generativa? Los autores apuntan que los trabajos con mayor exposición han crecido un 13% desde 2019, pero en los dos últimos ejercicios -justo cuando los LLM han irrumpido con fuerza- "han perdido protagonismo frente a ocupaciones menos expuestas". Este fenómeno, que ya es evidente en las grandes tecnológicas -con recortes notables entre programadores-, se está extendiendo a otros sectores usuarios de IA. Aun así, en España no se aprecia un frenazo del mercado laboral gracias al impulso simultáneo de ambos tipos de empleo. En conjunto, el empleo en 2024 está un 7,1% por encima del nivel prepandemia, tendencia que parece mantenerse en 2025. Esto sitúa a España en una posición relativamente favorable para afrontar la disrupción. Según el análisis, nos encontramos todavía en una "fase de transición" en la que la IA no provoca una destrucción neta de empleo entre los perfiles más expuestos, sino una reorientación del crecimiento del trabajo. En otras palabras: el mercado laboral español está absorbiendo el impacto de la IA mediante cambios en la composición del empleo -tanto sectoriales como funcionales- en lugar de mediante despidos masivos. Así, la alta exposición convive con una creación de empleo positiva, lo que revela que el "efecto sustitución" está siendo progresivo y depende de la capacidad de adaptar tareas y generar funciones complementarias. No obstante, esta transición generará tensiones. Los expertos prevén que el desempleo estructural (la tasa NAIRU) aumentará temporalmente entre 2025 y 2028 como reflejo de los ajustes entre sectores expuestos. A partir de 2029, gracias a la plena difusión tecnológica y a una mayor eficiencia en el emparejamiento laboral, la NAIRU caería entre 0,5 y 1,1 puntos respecto al escenario sin IA generativa, impulsando también la productividad, el empleo y el crecimiento económico. El resultado final dependerá de la capacidad de empresas y trabajadores para incorporar la tecnología, del volumen de inversión en capital complementario y del diseño de políticas públicas que suavicen la transición. De ahí que los autores insistan en la necesidad de "distribuir de forma equitativa las ganancias de productividad" y evitar que su concentración en polos tecnológicos o determinados grupos laborales genere nuevas desigualdades territoriales o sociales. "Si la transición no se gestiona adecuadamente, la IA puede convertirse en un factor de desigualdad, conflicto social y desequilibrio territorial; si se gestiona bien, puede consolidarse como un motor de crecimiento sostenible, reforzar la cohesión territorial y afianzar la estabilidad económica y democrática a largo plazo", concluye el estudio.

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(El Economista, 26-11-2025) | Laboral

La Seguridad Social agota lo presupuestado para el IMV en 2025

El Ministerio de Seguridad Social ha destinado en lo que va de año un total de 4.655 millones de euros al pago del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Esta cantidad ya supera, solo hasta septiembre -último mes con datos publicados-, la dotación inicial prevista por el Gobierno en los presupuestos. Gracias a las ampliaciones extraordinarias aprobadas, el Departamento dispone ahora de margen para incrementar el gasto en torno a un 50%. Según refleja el Resumen de Ejecución Presupuestaria y los acuerdos del Consejo de Ministros, Seguridad Social ha utilizado hasta ahora 2.208 millones de euros para financiar el IMV. Hasta septiembre, el Ejecutivo había incrementado la partida en 1.650,79 millones de euros, a los que se sumaron otros 558 millones aprobados en el Consejo de Ministros de octubre, aún no reflejados en la ejecución presupuestaria disponible. En conjunto, si se parte de que el presupuesto inicial contemplaba un gasto de 4.123,72 millones, estas ampliaciones ya representan un 53% adicional sobre lo previsto para todo el ejercicio. Conviene recordar que el Gobierno sigue trabajando con los Presupuestos Generales del Estado de 2023, lo que implica que las previsiones de gasto provienen de hace dos años, antes de dos aumentos del IMV y con un número menor de beneficiarios. La transferencia de crédito de 558 millones aprobada en octubre tiene como objetivo "asegurar la financiación del Ingreso Mínimo Vital". En el documento asociado se recuerda que, según la Ley General de la Seguridad Social, el IMV es una prestación no contributiva que debe financiarse mediante aportaciones estatales al presupuesto de Seguridad Social. Estas ampliaciones, por tanto, requieren aprobación del Consejo de Ministros. El IMV es la segunda partida más elevada entre las prestaciones no contributivas de Seguridad Social, solo superada por el complemento a mínimos de las pensiones no contributivas, cuyo gasto ya asciende a 6.232 millones (sobre un presupuesto anual de 7.250 millones). Si finalmente se ejecutan todos los créditos adicionales aprobados, el gasto total del IMV alcanzaría a finales de año los 6.331 millones de euros. En comparación con 2024, Seguridad Social ha desembolsado un 13,65% más en los nueve primeros meses del año. Este incremento contrasta con la caída del 9% en el gasto de subsidios por maternidad, paternidad y riesgo durante el embarazo dentro del nivel no contributivo. El IMV crece a un ritmo similar al del complemento a mínimos de las pensiones contributivas. El aumento del gasto está directamente relacionado con el incremento de perceptores. En octubre, el INSS contabilizó 773.272 prestaciones activas y 2,3 millones de beneficiarios, con una media de tres personas por hogar. En el último año, el número de familias con IMV ha crecido un 19,25% y el de beneficiarios un 20,1%. En octubre, la cuantía media por hogar fue de 556 euros mensuales, que se reducen a 159 euros por persona. Este importe corresponde a la prestación básica, ya que la nómina puede llegar a 869 euros mensuales cuando se suma el complemento a la infancia (CAPI). Los menores representan la mitad de los beneficiarios: de los 2,3 millones de perceptores, 1 millón son niños y adolescentes. Concretamente, 118.460 tienen entre 0 y 2 años; 169.705 entre 3 y 5 años; y 716.559 entre 6 y 17 años. El CAPI supone, de media, 68 euros al mes por menor. Este viernes, el INE publicará el dato adelantado del IPC, que volverá a ser la referencia -como desde 2022, tras vincularse la revalorización a la inflación- para actualizar las pensiones en 2026. Las estimaciones prevén una subida de entre el 2,6% y el 2,7%. El artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social establece que las prestaciones contributivas se actualizan cada inicio de año según el IPC medio. Sin embargo, para conocer el incremento que se aplicará a las prestaciones no contributivas, los beneficiarios deberán esperar un poco más.

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(El Economista, 26-11-2025) | Laboral

La pensión de jubilación llega en noviembre a los 3.000 euros y el gasto se eleva a 27.000 millones por la "extra" de Navidad

El gasto en pensiones aumentó un 6% en noviembre y, por primera vez, superó los 27.000 millones de euros debido al pago de la paga extraordinaria de Navidad. Esta cifra contrasta con los 25.500 millones desembolsados en el mismo mes del año anterior. Según los datos difundidos esta mañana por el Ministerio de Seguridad Social, la prestación media de los jubilados alcanzó los 3.000 euros: 1.511 euros correspondientes a la mensualidad ordinaria y 1.492 euros de la extra de noviembre. En conjunto, el departamento dirigido por Elma Saiz destinó 13.720 millones de euros a la nómina mensual de las pensiones contributivas y otros 13.400 millones a la paga adicional, marcando un nuevo máximo histórico. Más del 70% de ese gasto corresponde a las pensiones de jubilación, que por primera vez han rebasado los 10.000 millones de euros. El resto, 3.720 millones, se destinó a pensiones de viudedad (2.202 millones), incapacidad permanente (1.271 millones), orfandad (177 millones) y prestaciones a favor de familiares (36 millones). Sumando todas las modalidades, la pensión media mensual en noviembre fue de 1.316 euros, mientras que la paga extraordinaria se situó en 1.288 euros, lo que supone un total de 2.604 euros. El Ministerio recuerda que los pensionistas reciben la paga extra en noviembre -y no en diciembre, como la mayoría de trabajadores- porque el periodo computado para generarla va del 1 de junio al 30 de noviembre. El gasto en pensiones contributivas ha venido creciendo alrededor de un 6% cada mes durante todo el año. Este incremento se explica por la revalorización aprobada para 2024 (del 2,8% de forma general y entre un 6% y un 9% en las mínimas), por las pensiones más elevadas de los nuevos jubilados, la entrada en la edad de retiro de la generación del "baby boom" y el envejecimiento demográfico. En octubre, las nuevas pensiones de jubilación aumentaron un 3,4%, hasta situarse en una media de 1.620,7 euros; en el caso de quienes cotizaron como asalariados, la cuantía ascendió a 1.725,9 euros mensuales. El Ministerio también destaca el aumento del peso de las mujeres entre los perceptores de pensión de jubilación. Aunque los hombres siguen siendo mayoría (60%), la proporción femenina ha crecido 3,4 puntos desde 2019, en línea con su incorporación progresiva al mercado laboral durante las últimas décadas del siglo XX. En noviembre, la pensión media de jubilación fue de 1.728 euros para los hombres y de 1.208 euros para las mujeres. Además, en septiembre había 1.239.169 pensiones con complemento para reducir la brecha de género, de las cuales un 18,3% ya correspondían a hombres, porcentaje que ha ido aumentando tras la sentencia del Tribunal Supremo emitida el pasado julio.

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(El Periódico, 26-11-2025) | Laboral

Los sindicatos piden un incremento del salario mínimo hasta 1.273 euros brutos al mes, un 7,5% más

El Ministerio de Trabajo ha vuelto a reunir este año a una comisión de especialistas para que proponga cuánto debería aumentar el salario mínimo interprofesional (SMI) en 2026 con el fin de situarlo en el 60% del salario medio. El objetivo es que el SMI no pierda poder adquisitivo ni ritmo de crecimiento respecto al conjunto de las remuneraciones. Sin esperar a la recomendación oficial, los sindicatos hicieron pública este martes su propuesta: UGT y CC OO plantean una subida del 7,5%, lo que situaría el SMI en 1.273 euros brutos mensuales en 14 pagas. Asimismo, han reiterado que no aceptarán un acuerdo si el Gobierno no impide que las empresas compensen la subida absorbiéndola mediante pluses. La iniciativa sindical parte de la previsión de que el SMI empezará a tributar el próximo año, algo que actualmente no sucede. Según sus cálculos, si este salario deja de estar exento de IRPF, tendría que incrementarse un 7,5% para seguir representando el 60% del salario medio neto. Los sindicatos sostienen que ya es momento de que el SMI tribute y, por ello, plantean un aumento de esa magnitud. Una particularidad del encargo que Trabajo ha hecho a los expertos este año es que les ha pedido dos escenarios: uno en el que el SMI tribute y otro en el que continúe libre de IRPF. Este tema ha sido motivo de fricción en los últimos años entre los ministerios de Hacienda y Trabajo. A medida que el SMI gana peso entre los asalariados debido a las fuertes subidas recientes, cada vez más voces apuestan por que deje de estar exento, una posición que coincide con la de las organizaciones sindicales. El departamento que dirige Yolanda Díaz se adelantó a esta discusión solicitando ambas hipótesis. Aunque la vicepresidenta segunda ha manifestado su preferencia por que el SMI no tribute, recordó que la decisión final corresponde al ministerio que dirige María Jesús Montero. Esta postura difiere de la mantenida en ejercicios anteriores, cuando Trabajo defendía con firmeza que el SMI debía seguir sin tributar. Desde 2018, año en el que Pedro Sánchez accedió a la Moncloa, el salario mínimo ha aumentado un 61%. En aquel momento se situaba en 736 euros brutos al mes en 14 pagas; tras la última actualización para 2025 asciende a 1.184 euros, con lo que alcanza, según el Gobierno, el 60% del salario medio. Para calcular la subida adecuada del SMI se tienen en cuenta varias estadísticas oficiales. Una de las principales es la Encuesta Trimestral de Coste Laboral (ETCL) del INE, cuyo último dato refleja que los salarios empresariales han subido un 2,7% respecto al año anterior, mientras que el coste laboral total crece un 3% interanual en el segundo trimestre. Otra referencia relevante es la estadística de convenios colectivos, que ofrece información salarial con menos desfase temporal. A diferencia de la ETCL, esta no mide los salarios realmente pagados, sino las variaciones en las tablas salariales pactadas. Los datos de octubre indican que estas retribuciones han aumentado un 3,5%, y si se consideran solo los convenios firmados este año, el alza llega al 4,2%. El tercer indicador clave en la negociación es la inflación, que en octubre se situó en el 3,1% interanual.

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(Cinco Días, 25-11-2025) | Laboral

El Supremo avala que la pausa para comer puede ser tiempo de trabajo efectivo

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que establece que la pausa para comer debe computarse como tiempo de trabajo efectivo cuando el trabajador no puede desconectarse por completo. Si, por el contrario, la desconexión es total, esa hora pasa a ser considerada un periodo de descanso y, por tanto, no es retribuible. El Alto Tribunal afirma: "Si se garantiza una desconexión absoluta de las personas que prestan servicios durante el tiempo destinado a comer, ese periodo no puede entenderse como tiempo a disposición, sino como descanso. (...) Cuando la empresa no puede asegurar esa desconexión total, dicho tiempo debe computarse como tiempo a disposición". De este modo, el Supremo concluye que no puede calificarse como descanso la pausa para comer si el trabajador debe permanecer atento a posibles avisos o llamadas, ya que la desconexión no sería real. Estas consideraciones aparecen en una sentencia que resuelve un recurso de casación presentado por una empresa de ambulancias contra un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). En esa resolución, el TSJC dio la razón a los sindicatos, que habían planteado un conflicto colectivo tras la decisión de la empresa, en enero de 2018, de cambiar de manera sustancial las condiciones de trabajo para que la hora de comida dejara de ser tiempo de trabajo y pasara a considerarse descanso. El tribunal catalán anuló la modificación por vulnerar la tutela judicial efectiva y ordenó devolver a los trabajadores las condiciones anteriores, manteniendo los 60 minutos de comida como tiempo efectivo y remunerado. El Supremo, sin embargo, considera que la empresa tiene derecho a reorganizar su actividad y a negociar con la representación de los trabajadores para que ese tiempo sea considerado descanso, siempre y cuando se garantice la desconexión total o se autorice expresamente. A su juicio, la empresa actuó correctamente porque abrió un proceso negociador, aunque sin acuerdo final, y dio instrucciones claras para que los empleados no estuvieran disponibles durante su pausa, incluso si no podían apagar los dispositivos de comunicación dentro de la ambulancia. Además, autorizó expresamente a todas las unidades a desconectar los sistemas de telecomunicaciones durante esos 60 minutos. El Supremo añade que no puede considerarse vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva, ya que la decisión de cambiar la consideración de la hora de comida no fue "irracional, unilateral ni represiva", sino que se planteó siguiendo el procedimiento adecuado. "No puede interpretarse que el derecho de los trabajadores a no sufrir represalias por ejercer sus derechos impida para siempre a la empresa introducir cambios en su organización productiva", señala el fallo. Con todo ello, el Alto Tribunal estima el recurso de casación de la empresa Ambulancias Domingo, rechaza los recursos del Sindicato Independiente de Trabajadores de Ambulancias de Cataluña (Sitac) y de la CGT, anula la sentencia del TSJC y declara ajustada a derecho la modificación sustancial aplicada por la compañía.

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(El País, 25-11-2025) | Laboral

Óscar López: "La subida del sueldo de los funcionarios del 11% garantiza el poder adquisitivo"

El ministro de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López, defendió la propuesta de aumentar un 11% el salario de los empleados públicos en cuatro años, argumentando que esta medida garantiza que "no pierdan poder adquisitivo". Según explicó, la oferta para el periodo 2025-2028 se ha elaborado tomando como referencia las previsiones de inflación del cuadro macroeconómico del Gobierno y el comportamiento del IPC durante los últimos tres años. López insistió en que no se trata de "una medida electoralista", sino de asegurar que los trabajadores públicos mantengan su capacidad de compra en un contexto de inflación prevista para los próximos ejercicios. En una entrevista en Antena 3, subrayó además que el Ejecutivo ha apostado siempre por el diálogo social y por alcanzar consensos con las organizaciones sindicales. El Gobierno, señaló, está siendo "coherente" con su objetivo de buscar acuerdos. El Ejecutivo volverá a reunirse con los sindicatos para intentar cerrar el nuevo acuerdo para la función pública que incluye esa subida salarial del 11% entre 2025 y 2028. El Ministerio ya ha adelantado que ese porcentaje es "inalterable". Los ministerios de Función Pública y Hacienda no han logrado este lunes que los tres sindicatos más representativos del sector público (CC OO, UGT y CSIF) respalden en bloque su propuesta para subir el salario de 3,5 millones de empleados públicos un 11% entre 2025 y 2028 (ambos años inclusive), por lo que se han emplazado a seguir negociando el miércoles. El principal escollo es que el Gobierno se mantiene firme en una condición: los sueldos públicos solo podrán subir un máximo del 4% acumulado en 2025 y 2026, según ha confirmado el secretario general del Área Pública de CC OO, Lucho Palazzo. De esta forma, para garantizar la capacidad adquisitiva en el presente ejercicio, las retribuciones de estos trabajadores deberían de subir de forma retroactiva un 2,5% (aproximadamente el incremento promedio de la inflación en el año), lo que limitaría el incremento para 2026 a solo el 1,5%. Esto abocaría casi con toda seguridad a una pérdida de poder de compra el próximo año, lo que ha impedido a los sindicatos respaldar el acuerdo plurianual. Según la secretaria de Servicios Públicos de UGT, Isabel Araque, los sindicatos han propuesto pasar medio punto del incremento del 7% que correspondería a 2027 y 2028 al 2026, pero los negociadores del Ejecutivo lo han rechazado. Aunque, en el lado positivo, Araque ha destacado que Función Pública ha aceptado que no se vincule ninguna parte de la subida salarial al cumplimiento de condiciones variables como el IPC o el PIB, con lo que el alza del 11% al cabo de cuatro años quedaría garantizada en su totalidad. Por su parte, desde el sindicato de funcionarios CSIF ha insistido en la necesidad de prorrogar las negociaciones más allá de este lunes y cree que "hay margen de mejora" por lo que "aspiran al mejor acuerdo posible". Esta central asegura que se han logrado mejoras en el texto en materia de permisos, promoción interna, mejora de la asistencia en Muface, empleo o clasificación profesional, así como el compromiso de la eliminación total de la tasa de reposición. CSIF consultará a sus órganos de dirección sobre su postura respecto a este acuerdo. Fuentes de la negociación han indicado que la intención del Gobierno era lograr el visto bueno de las centrales a esta oferta salarial para aprobarla este mismo martes en el Consejo de Ministros y poder abonar ya la subida de 2025 de forma retroactiva con efectos a 1 de enero en las nóminas de diciembre. Sin embargo, a los sindicatos rechazan de plano la limitación del 4% en 2025 y 2026 y creen que hay margen para seguir negociando y alcanzar un acuerdo que se apruebe en un Consejo de Ministros posterior. Pero, la presión gubernamental fue tal que los responsables gubernamentales llegaron a instar a los representantes sindicales a que, si hiciera falta, lo consultasen a lo largo de la noche con sus órganos de dirección para dar respuesta antes de la reunión del Gabinete de este martes.

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(El País, 25-11-2025) | Laboral

El Gobierno limitará a tres el máximo de contratos formativos en centros de trabajo de hasta diez empleados

La reforma laboral acordada en 2021 entre el Gobierno, CEOE, Cepyme, UGT y CC OO introdujo cambios importantes en los contratos formativos: redujo sus modalidades de tres a dos, los limitó a menores de 30 años y modificó varios aspectos de su regulación. Aunque estas novedades quedaron recogidas en el Estatuto de los Trabajadores, algunos puntos quedaron pendientes de desarrollo reglamentario. Cuatro años después, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha informado de que el Consejo de Ministros aprobará este martes esos detalles mediante un real decreto. Entre las principales medidas se incluye la fijación de un número máximo de contratos formativos por centro de trabajo según su tamaño. En los centros con hasta diez empleados se permitirá un máximo de tres contratos de este tipo, y en ningún caso, independientemente de la dimensión de la empresa, se podrán superar los 30. "Este martes vamos a aprobar en el Consejo de Ministros el reglamento que desarrolla el artículo 11 sobre los contratos formativos del Estatuto de los Trabajadores", afirmó Díaz en un acto en Madrid. Añadió que con este decreto se garantizará que estas personas cuenten con derechos laborales completos en materia salarial, de jornada y de retribución mínima. Al tratarse de un reglamento, no requiere convalidación parlamentaria y evita riesgos como los que afectaron a la propuesta de reducción de jornada. El borrador sometido a consulta pública en 2023 establece que los centros de trabajo de hasta diez empleados podrán tener un máximo de tres contratos formativos. La referencia al "centro de trabajo" -y no a la empresa- busca evitar que grandes compañías con múltiples sedes superen el límite global mediante su estructura. Para centros con entre 11 y 31 trabajadores, el tope será de siete contratos; para los de entre 31 y 50, de diez; y para aquellos con más de 50 empleados, se permitirá que el 20% de la plantilla esté contratada bajo esta modalidad, sin superar en ningún caso los 30 contratos. Además, las personas con discapacidad contratadas con esta fórmula no contarán para ese límite. Según el texto, los empleados con contratos a tiempo parcial o temporales se contabilizarán igual que un trabajador más. Los convenios sectoriales podrán modificar estos límites o sustituirlos por porcentajes. Estas restricciones constituyen una novedad, ya que el reglamento actualmente en vigor, de 1998, no fija máximos. Díaz ha querido diferenciar los contratos formativos de las prácticas de estudiantes en empresas. Ha recordado que el Tribunal Supremo ha dejado claro que las prácticas no profesionales -las de los becarios- no pueden ocupar puestos estructurales. Los contratos formativos, en cambio, se conciertan con personas que forman parte de la plantilla y a la vez están aprendiendo. La titular de Trabajo ha señalado que el contrato formativo se utiliza muy poco en España, y lo atribuye al abuso de la figura del becario. Según su criterio, muchas empresas recurren a estudiantes en prácticas para cubrir necesidades laborales, lo que desplaza el uso del contrato formativo. "Estamos avanzando en el estatuto de prácticas no profesionales para combatir este fraude", insistió, recordando que un 22% de los becarios supera los 30 años, lo que considera una evidencia del problema. La Inspección ya vigila este ámbito, aunque a falta del estatuto aún no se generan demasiadas sanciones. En 2024 se realizaron 802 actuaciones, que derivaron en la conversión en asalariados de 220 falsos becarios. Estas regularizaciones sumaron sanciones por 325.000 euros y el pago de casi 738.000 euros en cotizaciones atrasadas. El real decreto que aprobará el Gobierno define con más precisión las dos modalidades de contrato formativo: el de formación en alternancia -combinado con estudios teóricos- y el destinado a adquirir experiencia profesional. El primero tendrá una duración de entre tres meses y dos años, y el segundo de entre seis meses y un año. El contrato de alternancia no permite establecer periodo de prueba, mientras que en el de práctica profesional sí se admite, con un máximo de un mes salvo que el convenio establezca otra cosa. Díaz ha defendido la importancia de vincular la formación al tejido productivo local para mejorar la inserción laboral. El anuncio se realizó en Madrid, durante un evento por el 40 aniversario de las Escuelas Taller. La ministra destacó que, en estas cuatro décadas, se han puesto en marcha más de 30.000 proyectos de formación en alternancia que han beneficiado a más de 1,2 millones de personas, cifras que calificó de "muy relevantes".

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(El Economista, 25-11-2025) | Laboral

Los trabajadores podrán gastar el permiso de cinco días para cuidados familiares aunque acabe el reposo domiciliario

La Audiencia Nacional ha dado un nuevo paso adelante en la interpretación del permiso retribuido de cinco días para atender a un familiar por accidente, hospitalización o intervención quirúrgica. En una sentencia del 6 de octubre, el tribunal establece que los trabajadores podrán utilizar los cinco días íntegros incluso cuando ya haya finalizado el periodo de reposo domiciliario prescrito al paciente. Es decir, aunque el médico solo recomiende tres días de reposo, el empleado podrá ausentarse durante los cinco días completos si la persona a su cargo sigue necesitando atención. Eso sí, deberá acreditar ante la empresa que persiste la necesidad de cuidados. Hasta ahora, la doctrina del Tribunal Supremo -a raíz de la sentencia del 26 de junio de 2024- permitía prolongar el permiso más allá del alta hospitalaria siempre que existiera una indicación médica de reposo en casa. Este criterio había sido seguido también por la propia Audiencia Nacional en fallos del 24 de julio de 2024 y el 6 de febrero de 2025. La decisión actual aclara un escenario adicional: el fin del reposo domiciliario no supone automáticamente el final del permiso. Este puede completarse hasta los cinco días si el familiar aún no se ha recuperado totalmente y precisa apoyo. La Audiencia resuelve así el conflicto entre varios sindicatos y una empresa que defendía que el permiso no debía ampliarse de forma automática cuando el reposo prescrito fuera menor, argumentando que podría ocurrir que el paciente retomara su actividad laboral mientras el trabajador seguía disfrutando del permiso. El tribunal rechaza este planteamiento y precisa que la conclusión del reposo no equivale necesariamente al alta médica ni a la curación. "Puede que el reposo finalice, pero que la recuperación no sea todavía plena", señala el fallo. Además, critica que la empresa asimile el fin del reposo a la reincorporación del familiar a su trabajo, una interpretación que la Sala no considera válida. La Audiencia recuerda que el permiso retribuido de cinco días aprobado el 28 de junio de 2023 no distingue según la gravedad del caso ni según la duración necesaria de los cuidados. "Se reconocen cinco días sin excepciones para todos los supuestos contemplados", subraya. Dichos supuestos incluyen accidente, enfermedad grave, hospitalización e intervenciones sin ingreso que requieran reposo en casa. Si el legislador hubiera querido fijar un límite inferior, afirma el tribunal, lo habría dejado claro con expresiones como "hasta cinco días", cosa que no hizo. En consecuencia, la empresa no puede restringir de antemano el disfrute de este permiso basándose en la posibilidad de un uso fraudulento. La intención del legislador, según la Audiencia, es conceder esos cinco días completos en todas las situaciones previstas. Eso sí, el empleado deberá justificar posteriormente la necesidad real de cuidados para evitar un uso indebido, especialmente si el paciente ya está recuperado o reincorporado a su puesto.

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(El Economista, 25-11-2025) | Laboral

Siete de cada diez contratos bonificados por el SEPE son temporales

El 70,3% de los 136.276 contratos subvencionados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) entre enero y octubre de este año fueron temporales. Este porcentaje supera ampliamente el 58,3% de temporalidad registrado en las contrataciones no bonificadas gestionadas por el organismo dependiente del Ministerio de Trabajo, que en 2023 reformó estas ayudas precisamente para orientarlas hacia el empleo estable. Los datos, sin embargo, no terminan de despejar las dudas sobre si estas bonificaciones generan realmente nuevas contrataciones o si, por el contrario, suponen un "peso muerto", es decir, si las empresas contratarían igualmente sin recibirlas. En comparación con el año pasado, los contratos con bonificación han caído un 7,5%. Los indefinidos han descendido un 9,5% y los temporales un 6,8%, cuando entonces representaban el 69,8% del total. En términos interanuales, se observa una reducción de ayudas y un freno en la disminución de la temporalidad. Aunque el Real Decreto-Ley que regula este sistema se aprobó en enero de 2023, las nuevas condiciones no empezaron a aplicarse hasta septiembre. Si se analiza el periodo de enero a octubre de 2023, momento del cambio normativo, el número total de contratos bonificados cae un 46,3%, los indefinidos un 18,1% y los temporales un 58,2%. En ese entonces, estos últimos suponían un 75,9%, cinco puntos y medio más que en la actualidad. La caída de las bonificaciones no solo coincide con el descenso del desempleo, sino que también era uno de los principales propósitos de la reforma impulsada por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, que unificó en un solo marco jurídico todos los incentivos a la contratación financiados mediante reducciones en las cotizaciones sociales. La norma pretendía, por un lado, favorecer los contratos indefinidos dirigidos a colectivos prioritarios y, por otro, facilitar la conversión de algunos contratos temporales en fijos, simplificando los trámites para las empresas. Además, buscaba cumplir con el compromiso adquirido con la Unión Europea de revisar un sistema que tradicionalmente ha sido cuestionado por su escasa eficacia debido al posible efecto de "peso muerto". Pese a la reforma, persisten las dudas, especialmente si se analiza la calidad del empleo. Aunque la temporalidad entre los contratos bonificados se ha reducido unos cinco puntos desde 2023, la mejora es modesta en comparación con la caída más acusada que se produjo previamente debido a la reforma laboral que afectó al conjunto del mercado de trabajo. Para cuando entraron en vigor los nuevos incentivos, en septiembre de 2023, la reforma laboral llevaba ya un año y medio aplicándose con un impacto evidente, también en los contratos con bonificación. En 2019, solo el 17,8% de los contratos bonificados eran indefinidos, frente al 9,6% de los no incentivados. En 2022, tras la reforma del Estatuto de los Trabajadores, estas cifras subieron al 23,3% y al 38,1% respectivamente. En 2023, los empleos fijos dentro del conjunto de bonificados aumentaron ligeramente hasta el 24%, mientras que entre el resto de contratos alcanzaron el 43,8%.

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(El Economista, 25-11-2025) | Laboral

Los sindicatos presentan su propuesta para llevar el SMI por encima de 1.200 euros en 2026

Los sindicatos CCOO y UGT definirán este martes sus prioridades de cara a la negociación del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026. Las ejecutivas de ambas organizaciones llevan meses trabajando para acordar una propuesta conjunta antes de sentarse con el Ministerio de Trabajo. En esta ocasión, ya han adelantado que su enfoque no estará centrado únicamente en la cifra de actualización del SMI, como ha ocurrido en ejercicios anteriores, sino en modificar la redacción del Real Decreto que lo establece cada año. Su intención es impedir que las empresas puedan ajustar o absorber complementos salariales para adaptarse al nuevo mínimo obligatorio, algo que sí pueden hacer actualmente. Esta línea ya ha sido aceptada por el Ministerio de Trabajo y reflejada en el último borrador presentado en la mesa para transponer la directiva europea sobre salarios mínimos. Por su parte, las patronales CEOE y Cepyme se oponen frontalmente a este cambio, argumentando que contraviene una práctica respaldada por el Tribunal Supremo y por el Estatuto de los Trabajadores, ya que la norma actual permite estos ajustes mientras no estén prohibidos expresamente por los convenios colectivos aplicables. La patronal ha advertido que acudirá a los tribunales si Yolanda Díaz modifica así la estructura salarial. Además, se espera que los sindicatos hagan públicas este martes sus demandas respecto al incremento del SMI. Para ellos, es fundamental que los salarios más bajos ganen poder adquisitivo, lo que implica que la subida aplicada debe superar el aumento medio de los precios del último año. Según el dato más reciente del Instituto Nacional de Estadística (INE), correspondiente a octubre, la inflación media fue del 3,1%. A esto se suma que CCOO y UGT suelen vincular su propuesta a los incrementos salariales pactados en convenios, que en octubre alcanzaban un 3,5% de media, llegando al 4,15% en los acuerdos firmados durante 2023. Los negociadores esperan que el aumento se sitúe dentro de este rango. Los empresarios contemplan un alza del 3%, lo que situaría el SMI en 1.219 euros brutos mensuales, mientras que los sindicatos apuestan por la franja más alta o incluso superarla. Si Trabajo decidiera aplicar un incremento del 3,5%, el SMI alcanzaría los 1.225 euros en 14 pagas, lo que supondría un incremento de 59 euros respecto al año anterior, frente a los 50 euros de la subida a comienzos de 2023 y los 54 euros de la anterior. En cualquier caso, se da por seguro que en 2026 el salario mínimo superará los 1.200 euros, ya que los sindicatos llevan años reclamando situarlo en este entorno. Incluso un incremento modesto del 2%, inferior a la inflación, lo colocaría en 1.207 euros mensuales. Desde 2019, cuando Pedro Sánchez fijó el SMI en 900 euros, este umbral ha crecido un 61%. No obstante, la propuesta concreta de los sindicatos tiene un peso limitado frente a la recomendación que emita la Comisión de Expertos creada por el Ministerio de Trabajo, compuesta por representantes de Economía, Hacienda, academia y sindicatos, dado que los empresarios rechazaron formar parte. Aunque el Gobierno ha empleado distintas estrategias de negociación en los últimos años, la cifra recomendada por este comité suele ser la base que lleva al Ejecutivo a la mesa, incorporando al acuerdo otras demandas. Este comité analiza estadísticas laborales como la Encuesta de Estructura Salarial (EES), la Estadística de Convenios Colectivos (ECC) y la Encuesta Trimestral de Coste Laboral (ECTL) para determinar la evolución de los salarios y calcular el salario neto que equivaldría al 60% de la media. El año pasado, la recomendación del grupo consideró que los perceptores pagarían IRPF por la parte del salario que superara el "mínimo exento". En esta ocasión, Díaz ha solicitado dos cifras, para permitir que el SMI suba más si Hacienda determina que estos sueldos tributen por primera vez. Trabajo, sindicatos y patronal llevan meses sin reunirse en la mesa para transponer la directiva de salarios mínimos, en la que el Ministerio busca consolidar la función de esta comisión. A mediados de mes, la justicia europea se pronunció sobre la norma, presentada con denuncias de Dinamarca y Suecia, validando la mayor parte del texto y eliminando artículos que enumeraban criterios para determinar el aumento y que impedían reducir el SMI si el IPC del año anterior había sido negativo.

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