(Expansión, 30-01-2026) | Laboral

Un trabajador puede modificar el permiso por nacimiento de un hijo aunque ya haya comenzado

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha rechazado el recurso presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) contra una sentencia que reconocía el derecho de un trabajador a modificar las condiciones de su permiso por nacimiento y cuidado del menor una vez iniciado el periodo de disfrute. La resolución confirma que los empleados pueden alterar la forma en que disfrutan este permiso, incluso después de haber comenzado a utilizarlo, siempre que exista acuerdo con la empresa. De este modo, el TSJ avala el fallo previo que dio la razón al trabajador frente a la negativa del INSS. El caso se remonta a un empleado que solicitó inicialmente el permiso a jornada completa entre agosto y diciembre de 2023. Sin embargo, en octubre comunicó su intención de reincorporarse parcialmente y pidió adaptar el permiso a un régimen de jornada parcial. Aunque la empresa aceptó el cambio, el INSS lo rechazó al entender que la vuelta anticipada al trabajo suponía la pérdida del derecho a la prestación. El tribunal aragonés, apoyándose tanto en el Estatuto de los Trabajadores como en la jurisprudencia existente, concluye que la normativa permite modificar el modo de disfrute del permiso, siempre que se respeten las seis semanas obligatorias posteriores al nacimiento y exista consenso entre las partes. Asimismo, la sentencia subraya que la regulación no establece un sistema rígido, sino que ofrece flexibilidad para adaptar el permiso a las necesidades familiares y laborales, favoreciendo la conciliación. Este pronunciamiento se suma a otras resoluciones dictadas por distintos tribunales superiores de justicia, que refuerzan la interpretación de que el permiso por nacimiento y cuidado del menor puede ajustarse a circunstancias sobrevenidas sin que una reincorporación parcial implique automáticamente la pérdida del derecho a la prestación.

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(Expansión, 30-01-2026) | Laboral

Gobierno y sindicatos pactan subir el salario mínimo a 1.221 euros, sin apoyo de CEOE

La patronal vuelve a descolgarse del acuerdo por sexto año consecutivo tras rechazar la deducción en el impuesto de Sociedades que permitía compensar íntegramente el coste del aumento salarial a cambio de la creación de empleo. Además, se restringe la posibilidad de absorber la subida del 3,1% mediante pluses y complementos. Por sexto año seguido, el incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se aprueba sin el respaldo de los agentes sociales. El Ministerio de Trabajo y los sindicatos UGT y CCOO cerraron este jueves un aumento del 3,1%, que sitúa el salario mínimo en 1.221 euros mensuales en catorce pagas y lo deja exento de IRPF. Con esta actualización, el SMI acumula un alza del 66% desde 2018. El incremento, de 37 euros mensuales, tendrá efectos retroactivos desde enero de 2026, por lo que los 2,5 millones de trabajadores beneficiados recibirán en su nómina el ajuste correspondiente al primer mes del año. Uno de los aspectos clave de esta subida es que se limitará la posibilidad de que las empresas compensen el aumento mediante complementos salariales. Esta restricción se regulará a través de un desarrollo reglamentario paralelo al decreto del SMI, por lo que no necesitará tramitación parlamentaria al no tener rango de ley. El nuevo salario mínimo será aprobado en los próximos días por el Consejo de Ministros y entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La urgencia se explica por la derogación de la prórroga del SMI de 2025 incluida en el fallido decreto ómnibus, lo que ha obligado al Ministerio de Trabajo, dirigido por Yolanda Díaz, a ordenar a la Inspección de Trabajo que vigile que los nuevos contratos no se firmen por debajo del umbral vigente a 31 de diciembre de 2025. Pese a que las expectativas eran reducidas, la última reunión del diálogo social confirmó el rechazo de las organizaciones empresariales. Consideran que la deducción fiscal ofrecida no compensa el aumento de costes y defendían una subida limitada al 1,5%. La patronal también criticó las condiciones impuestas a los incentivos fiscales, el hecho de conocerlos por la prensa y la restricción a la absorción de complementos, factores que terminaron por consolidar su negativa. Horas antes de la reunión final, ya habían calificado la propuesta de "trilerismo" y anticipado que no firmarían el acuerdo. "El salario mínimo no puede ligarse a los contratos públicos ni presentarse una propuesta fiscal inexistente", afirmó Lorenzo Amor, presidente de ATA y vicepresidente de CEOE, quien calificó la subida de desproporcionada, al situarse por encima de la inflación media de 2025 (2,7%), y denunció el uso de "artificios estadísticos" para justificar el 3,1%. Amor añadió que se han perdido tres meses en una negociación que, a su juicio, ya estaba decidida de antemano y que ha supuesto "jugar con autónomos y empresas". En un comunicado, la patronal explicó que, tras reunirse su Comité Ejecutivo extraordinario, y ante la ausencia de una propuesta formal y la falta de coordinación entre ministerios, se decidió por unanimidad no respaldar la subida. Asimismo, advirtieron de que la limitación de la compensación y absorción vulnera el Estatuto de los Trabajadores y la negociación colectiva, lo que podría provocar un fuerte aumento de costes y poner en riesgo a muchas empresas. Desde el Gobierno, el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, defendió que la propuesta fiscal no se llevó a la mesa tras el rechazo previo de la patronal, al considerar que debatirla habría sido "una pérdida de tiempo". Por su parte, los sindicatos subrayaron la necesidad de regular de forma clara la absorción de complementos para evitar que la subida del SMI quede neutralizada. Fernando Luján, de UGT, reclamó que se garantice que los pluses que retribuyen otros conceptos se mantengan. En la misma línea, Javier Pacheco, de CCOO, insistió en la importancia de modificar las reglas de aplicación del SMI para impedir que, como ha ocurrido en años anteriores, miles de trabajadores vean diluido el efecto real de las subidas salariales.

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(El País, 30-01-2026) | Laboral

CEOE y Cepyme catalogan como “intervencionista” y “trilera” la propuesta del Gobierno para compensar el alza del salario mínimo

Las organizaciones empresariales se alejan prácticamente de un acuerdo para elevar el salario mínimo interprofesional (SMI) hasta los 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas, lo que supondría un incremento del 3,1%. Tanto la CEOE como Cepyme han expresado en un comunicado conjunto su malestar por haberse enterado a través de los medios de comunicación de la propuesta del Gobierno, diseñada para atraer su apoyo, y han dejado claro que no comparten el planteamiento. La iniciativa del Ministerio de Hacienda contempla una deducción progresiva en el Impuesto de Sociedades para aquellas empresas que contraten trabajadores con salarios superiores al SMI. Este incentivo podría llegar a compensar hasta el 100% del coste asociado a la subida del salario mínimo y estaría dirigido principalmente a sectores con un elevado peso de los gastos de personal. Según la propuesta, las compañías con menos de 100 empleados podrían acogerse a la deducción si incorporan al menos a un trabajador a jornada completa durante un año con un sueldo por encima del SMI. En el caso de las empresas de mayor tamaño, el requisito sería que el incremento salarial afecte como mínimo al 1% de la plantilla, con un umbral mínimo de dos empleados. Desde CEOE y Cepyme critican duramente la forma en la que se ha actuado. Aseguran que el Gobierno vuelve a mostrar "una falta de respeto al diálogo social" al filtrar una propuesta antes de presentarla oficialmente en la mesa de negociación. Consideran, además, que la medida sustituye la esperada actualización de los contratos públicos por fórmulas que califican de insuficientes y que no compensan el aumento de costes derivados del nuevo SMI, alejándose de lo acordado en el Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC). Las patronales también denuncian que el planteamiento de Hacienda deja fuera a la mayoría de autónomos y empresas, especialmente a aquellas que atraviesan dificultades económicas. Subrayan que quedan excluidas, de manera llamativa, las compañías con pérdidas, las cooperativas y las entidades sin ánimo de lucro, precisamente las que más necesitarían este tipo de apoyo. Asimismo, consideran que los requisitos para acceder a la deducción son inasumibles para la mayoría del tejido empresarial y alertan de que la medida supone una intromisión en la negociación colectiva y en la libertad de empresa, calificándola de intervencionista. Anuncian que emitirán una valoración definitiva cuando reciban la documentación completa, una vez se reúna su Comité Ejecutivo. Este jueves está prevista una nueva reunión en el Ministerio de Trabajo con sindicatos y patronal. Los representantes de los trabajadores ya habían mostrado ciertas reservas sobre la propuesta de Hacienda incluso antes de conocer sus detalles. La reivindicación que sí contaba con el respaldo sindical -y también del Ministerio de Trabajo- era la posibilidad de trasladar el aumento del SMI a los contratos públicos, una demanda que las patronales plantean cada año y que el Ministerio de Hacienda vuelve a rechazar. Con el rechazo empresarial prácticamente asegurado, todo apunta a que Yolanda Díaz volverá a cerrar el acuerdo únicamente con CCOO y UGT. La vicepresidenta segunda solo logró el respaldo de la patronal a una subida del SMI en 2020. Desde 2018, el salario mínimo ha aumentado un 61%, situándose actualmente en 1.184 euros brutos mensuales, y el Ejecutivo pretende ahora elevarlo hasta los 1.221 euros. A diferencia de otras reformas laborales, esta medida no requiere aprobación parlamentaria.

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(El País, 30-01-2026) | Laboral

Las patronales de sectores con más trabajadores extranjeros aplauden la regularización pese a que no convence a CEOE

El Gobierno dio este martes el primer paso para regularizar mediante decreto a miles de inmigrantes que actualmente residen en España sin autorización administrativa. Se trata de una medida de gran impacto laboral, ya que permitirá aflorar a un importante número de trabajadores que hoy operan en la economía sumergida y facilitará su acceso a un contrato y a los derechos laborales correspondientes. La iniciativa ha sido bien recibida por los sindicatos CCOO y UGT, aunque no ha contado con el respaldo de la patronal CEOE y de Cepyme. Las principales organizaciones empresariales venían defendiendo una regularización amplia a través de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP), por lo que critican ahora que el Ejecutivo haya optado por aprobarla mediante decreto, sin debate parlamentario. A su juicio, este procedimiento resta legitimidad a la medida. Sin embargo, distintas patronales sectoriales, especialmente aquellas que emplean a un mayor número de trabajadores extranjeros, sí valoran positivamente la propuesta del Gobierno y no cuestionan el mecanismo elegido. El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, no se ha pronunciado públicamente, aunque fuentes de la organización han expresado su malestar por lo que consideran una decisión adoptada "de espaldas al Congreso". En una línea similar se ha manifestado la presidenta de Cepyme, Ángela de Miguel, quien ha criticado que el acuerdo alcanzado entre el Gobierno y Podemos se haya cerrado mediante un pacto político y no como una cuestión de Estado debatida en el Parlamento. A su juicio, una medida de este calado debería contar con el mayor consenso posible y tramitarse de forma transparente. Esta postura contrasta con la de diversas organizaciones sectoriales, que no ven inconveniente en el procedimiento escogido. España alcanza actualmente un récord de empleo extranjero, con 3,58 millones de trabajadores, lo que representa el 16% del total. Desde el sector agrario, Andrés Góngora, responsable de relaciones laborales de la Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos, ha valorado positivamente la iniciativa, recordando que se trata de una reivindicación histórica ante la falta de mano de obra. En términos similares se pronuncia Juan José Álvarez, de Asaja, quien considera que la regularización es necesaria para garantizar el funcionamiento del sector y evitar la escasez de trabajadores. La agricultura es uno de los ámbitos con mayor presencia de empleados extranjeros, cerca de un tercio del total. En la construcción, donde los inmigrantes representan aproximadamente uno de cada cinco trabajadores, el diagnóstico es similar. Desde la Confederación Nacional de la Construcción subrayan que la regularización contribuirá a combatir la economía sumergida y facilitará la incorporación de trabajadores a través de procesos de formación y arraigo. También desde Confemetal se valora favorablemente la medida. Su presidente, José Miguel Guerrero, considera que puede ayudar a paliar la falta de profesionales cualificados, aunque subraya la importancia de acompañar el proceso con formación y acreditaciones para los oficios regulados del sector industrial y comercial. En el transporte por carretera, Confebus ve con buenos ojos la iniciativa, dado que el sector sufre una grave escasez de personal, especialmente en zonas turísticas y rurales. No obstante, recuerda que es imprescindible que los trabajadores cuenten con la formación y habilitaciones necesarias. Más crítica se muestra la patronal del transporte de mercancías, CETM, que considera que la regularización por sí sola no resuelve el problema estructural del sector y reclama una agilización de los trámites para homologar permisos de conducción y certificados profesionales.

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(Expansión, 29-01-2026) | Laboral

Caos en las empresas por las nóminas tras el bloqueo de la subida de cotizaciones de 2026

La anulación del decreto ómnibus que contemplaba la revalorización de las pensiones, el llamado escudo social y un amplio conjunto de medidas fiscales ha generado un clima de incertidumbre entre las empresas. Se trata de una situación ya vivida el año pasado, pero que vuelve a repetirse justo cuando comienza la elaboración de las nóminas de febrero. El problema principal radica en que, con la derogación del texto, también han quedado sin efecto las subidas de cotizaciones previstas para 2026, lo que ha sembrado dudas sobre qué parámetros deben aplicarse en las nóminas del próximo mes, algunas de las cuales se confeccionan a comienzos de febrero. Además del incremento del 2,7% de las pensiones contributivas, el decreto incluía tres aumentos en las cotizaciones: la elevación del mecanismo de equidad intergeneracional hasta el 0,9%, el incremento de la base máxima de cotización en un 3,9% -hasta los 5.101,2 euros mensuales (61.214 euros anuales)- y la subida de la denominada cuota de solidaridad, que pasaría a situarse entre el 1,15% y el 1,45% para los salarios que superan la base máxima. Expertos, juristas, empresarios y sindicatos consultados por EXPANSIÓN coinciden en señalar el escenario de inseguridad jurídica generado. Asimismo, instan al Gobierno a aprobar de forma urgente un nuevo decreto que incluya exclusivamente las medidas de Seguridad Social, con el fin de superar el trámite parlamentario y aclarar cuanto antes la situación, especialmente para los departamentos de recursos humanos y las gestorías. Así lo subraya el presidente de ATA y vicepresidente de CEOE, Lorenzo Amor, quien considera fundamental que el problema se resuelva antes del 15 de febrero, fecha en la que se comienzan a tramitar la mayoría de las nóminas. "Ya ocurrió el año pasado y se ha vuelto a crear un desorden. Las dificultades para aplicar las cotizaciones no las provoca la derogación del decreto por parte de la oposición, sino la actuación del Gobierno", afirma Amor. En la misma línea se expresa Alfredo Aspra, abogado laboralista y socio de Labormatters Abogados, quien señala que la no convalidación del real decreto "es un nuevo ejemplo de la debilidad del sistema normativo", y lamenta que, tratándose de cuestiones tan relevantes, se repita una situación similar por segundo año consecutivo. "La inseguridad jurídica que genera esta forma de legislar es máxima", advierte. Por su parte, Eva Hernández, socia responsable del área laboral en Escalona & De Fuentes Abogados, destaca que las empresas quedan atrapadas en un escenario de incertidumbre que puede obligar a realizar ajustes posteriores, a la espera de que se aprueben definitivamente las medidas. Si la situación no se resuelve a tiempo, podría darse el caso de que, mientras las nóminas de enero se abonaron conforme a los nuevos criterios, las de febrero tuvieran que elaborarse con los parámetros de 2025: un mecanismo de equidad del 0,8%, una base máxima de cotización de 4.909,50 euros mensuales y una cuota de solidaridad de entre el 0,92% y el 1,17%. Otra posibilidad es que las nuevas cotizaciones de 2026 se aprueben justo en el momento de confeccionar las nóminas, lo que obligaría a muchas gestorías y departamentos de recursos humanos a rehacer el trabajo. "Las empresas necesitan certidumbre, no improvisaciones. En materia de cotizaciones, cada día de retraso tiene un coste", advierte Fernando Jesús Santiago Ollero, presidente del Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos. Recuerda además que esta situación ya se produjo el año pasado. "Los gestores estamos preparados y volveremos a sacarlo adelante, pero supone un problema innecesario. Cambiar las reglas o dejarlas en el aire cuando las nóminas ya están en marcha genera confusión, inseguridad y costes que no deberían asumir ni empresas ni trabajadores", señala. En la misma línea, Carlos Pardo, director general de SD Worx en España, apunta que "la derogación del decreto vuelve a generar inseguridad jurídica en un momento clave para la gestión de nóminas". A finales de enero, muchas empresas ya están cerrando las nóminas de febrero, y este cambio les obliga a revisar cálculos y volver a aplicar los criterios de 2025. Desde el punto de vista de la gestión laboral, añade, estos cambios normativos de última hora incrementan el riesgo de errores, obligan a posteriores regularizaciones y aumentan la carga administrativa. "La estabilidad y la previsibilidad normativa son esenciales para garantizar una gestión eficiente y segura tanto para las empresas como para los trabajadores", concluye.

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(El País, 29-01-2026) | Laboral

El Gobierno pone en marcha la jornada de 35 horas para los empleados públicos del Estado

El Ministerio de Función Pública ha informado este miércoles a los sindicatos firmantes del Acuerdo Marco para la Administración del siglo XXI -CC OO y UGT- de que ha iniciado el proceso para implantar la jornada laboral de 35 horas semanales en la Administración General del Estado (AGE). Con esta medida se pretende dar cumplimiento a lo pactado en dicho acuerdo, cuya vigencia finalizó el pasado 31 de diciembre, según han señalado fuentes del departamento que encabeza Óscar López. Algunas fuentes apuntan a que la aplicación de la nueva jornada podría concretarse durante el primer trimestre del año, aunque advierten de que la complejidad del proceso podría retrasar los plazos. Para avanzar en esta dirección, la Secretaría de Estado de Función Pública tiene previsto elaborar nuevas instrucciones sobre horarios y jornada laboral del personal de la Administración General del Estado y de sus organismos dependientes, en las que se recogerá la reducción del tiempo de trabajo a 35 horas semanales. De acuerdo con el último Boletín Estadístico de personal de las Administraciones Públicas, esta medida afectaría a cerca de 250.000 empleados públicos. Asimismo, Función Pública convocará los próximos 10 y 11 de febrero a la Comisión Superior de Personal y a la Comisión Permanente, con el objetivo de informar a los subsecretarios y responsables de personal de los distintos ministerios sobre el cambio previsto. Posteriormente, la propuesta será elevada a la Mesa General de la Administración del Estado, donde deberá negociarse con las organizaciones sindicales, según han indicado fuentes gubernamentales. Desde UGT consideran posible que la nueva jornada esté en vigor en marzo, e incluso a finales de febrero, aunque recuerdan que antes debe celebrarse la correspondiente negociación en la Comisión Técnica Permanente de la AGE y en la Mesa General, tal y como se acordó el pasado mes de diciembre. La semana pasada, representantes del Gobierno mantuvieron una reunión con los responsables sindicales de función pública de CC OO y UGT para abordar los asuntos pendientes del Acuerdo Marco. Tras el encuentro, los sindicatos denunciaron que el Ejecutivo había planteado la posibilidad de supeditar la implantación de la jornada de 35 horas a la aprobación de unos nuevos Presupuestos Generales del Estado, cuya viabilidad es actualmente incierta. A su juicio, esta opción supondría un incumplimiento de lo pactado.

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(El País, 29-01-2026) | Laboral

Las comunidades abonan el alza salarial pendiente de 2025 a los funcionarios

La gran mayoría de las comunidades autónomas ya han abonado en las nóminas de enero los atrasos correspondientes a la subida salarial del 2,5% aprobada para 2025, que no se pagó en su momento al haberse acordado en diciembre con efectos retroactivos. Además, salvo en el caso de Cataluña, las autonomías también han aplicado ya el incremento retributivo del 1,5% previsto para 2026, según ha confirmado a EL PAÍS la Central Sindical Independiente de Funcionarios (CSIF). De este modo, más de tres millones de empleados públicos han recibido ya las cantidades pendientes del pasado ejercicio. La combinación de ambos conceptos -los atrasos de 2025 y la subida correspondiente a 2026- ha supuesto que los trabajadores públicos inicien el año con un aumento acumulado del 4% en sus nóminas. Según cálculos de CSIF, este incremento se traduce en una mejora salarial que oscila entre 60 y 100 euros netos al mes en 14 pagas, en función de cada caso. Durante todo el año pasado, los empleados públicos no percibieron ningún aumento salarial, ya que el anterior acuerdo retributivo expiró el 31 de diciembre de 2024 y el nuevo pacto no se cerró hasta finales de 2025. Este acuerdo, denominado Acuerdo para la mejora del empleo público y el servicio a la ciudadanía, fue firmado por CC OO, UGT y CSIF junto al Ministerio de Función Pública. En él se estableció una subida del 2,5% con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025, así como un incremento fijo del 1,5% para 2026 y otro variable del 0,5% condicionado a que la inflación de este año alcance o supere el 1,5%. De cumplirse esta última condición, se abonaría en el primer trimestre de 2027 con efectos retroactivos sobre todo 2026. Para los ejercicios siguientes, el acuerdo contempla una subida del 4,5% en 2027 y otro 2% en 2028. Tras cerrarse el acuerdo en noviembre, el Gobierno aprobó un real decreto ley con medidas urgentes en materia retributiva, que se publicó en el BOE el 3 de diciembre. En él se establecía que el sector público estatal debía abonar los atrasos correspondientes a 2025 en la nómina de diciembre, algo que comenzó a cumplirse a partir del día 18 de ese mes. Sin embargo, el decreto permitía a las comunidades autónomas y a las entidades locales distribuir estos pagos entre 2026, 2027 y 2028, o bien adelantarlos a diciembre de 2025. Aun así, la mayoría de las autonomías optaron por no demorar el abono. De hecho, ocho de ellas -Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Comunidad Valenciana, La Rioja, Navarra y Murcia- pagaron los atrasos ya en las nóminas de diciembre. El resto de comunidades completaron el pago en enero: Baleares, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, País Vasco, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid y Cataluña. Asimismo, todas han aplicado el incremento salarial fijo del 1,5% correspondiente a 2026, excepto Cataluña, donde este aumento se abonará a partir de febrero con carácter retroactivo. En el ámbito local, la situación es más desigual debido al elevado número de ayuntamientos. Según CSIF, la mayoría de los consistorios de capitales de provincia y diputaciones ya han abonado los atrasos. No obstante, existen excepciones: en Cataluña se pagarán en febrero; en algunas entidades de Castilla y León se prevé hacerlo entre febrero y marzo; y en otros casos, como algunos ayuntamientos de Cantabria, el pago se extenderá a lo largo del primer semestre del año. Incluso se ha detectado algún caso extremo, como el del Ayuntamiento de Chiva (Valencia), que no prevé abonar estas cantidades hasta 2028.

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(El País, 29-01-2026) | Laboral

España alcanza un nuevo récord de empleo extranjero con 3,58 millones de trabajadores, el 16% del total

En España trabajan actualmente 22,46 millones de personas, la cifra más alta registrada hasta ahora. Dentro de ese total, el número de trabajadores extranjeros también ha alcanzado un máximo histórico. Según la Encuesta de Población Activa (EPA) correspondiente al cuarto trimestre de 2025, publicada este martes, hay 3,58 millones de ocupados de nacionalidad extranjera, lo que supone 258.000 más que un año antes. Este incremento representa un crecimiento del 7,8% interanual, muy superior al aumento del empleo entre los trabajadores españoles, que fue del 2% (342.000 personas más). Esta evolución ha ido elevando progresivamente el peso de los extranjeros en el mercado laboral español. Si hace dos décadas representaban el 10,4% del total, ahora suponen el 15,9%. Si se incluyen también quienes poseen doble nacionalidad, el porcentaje asciende al 21,4%, lo que significa que más de uno de cada cinco ocupados cuenta con al menos un pasaporte distinto al español. La publicación de estos datos coincidió con el anuncio del Consejo de Ministros del inicio del proceso para regularizar a miles de inmigrantes en situación irregular. Según Funcas, alrededor de 800.000 extranjeros viven sin documentación en España, mientras que las organizaciones que apoyan la medida calculan que beneficiará a cerca de medio millón de personas. Desde el Ministerio de Migraciones señalan que no disponen aún de una estimación concreta sobre cuántos trabajadores se verán afectados ni cuántos de ellos están ya empleados. Esa cifra de medio millón coincide aproximadamente con la diferencia entre el número de ocupados extranjeros que refleja la EPA y los afiliados a la Seguridad Social, que en diciembre eran 3,08 millones. La EPA incluye tanto el empleo formal como el informal, mientras que la Seguridad Social solo contabiliza a quienes cotizan legalmente. Por ello, muchos trabajadores en situación irregular aparecen en la encuesta del INE pero no en los registros administrativos. Según explica Luis Zarapuz, coordinador del Gabinete Económico Confederal de CC OO, la regularización apenas alterará los datos de la EPA. Los expertos recuerdan que estas estadísticas no son completamente comparables. La afiliación mide puestos de trabajo, no personas, por lo que alguien con dos empleos figura dos veces, mientras que en la EPA cuenta como un solo ocupado. Aun así, Zarapuz señala que la regularización podría provocar un aumento puntual de afiliaciones en los próximos meses. El volumen de trabajadores extranjeros registrado en el último trimestre de 2025 -3,58 millones- es el más elevado desde que existen datos, en 2002, cuando había 1,16 millones. Durante el auge inmobiliario la cifra creció hasta los 2,86 millones en 2008, para después caer con la crisis económica hasta 1,77 millones en 2014. A partir de entonces, el empleo extranjero volvió a crecer de forma sostenida: superó los dos millones en 2016, rozó los 2,5 millones antes de la pandemia y, tras un breve retroceso, retomó una senda ascendente muy marcada. Solo en 2025 se sumaron 258.000 trabajadores extranjeros, que representaron el 43% del empleo creado ese año. Paralelamente, también ha aumentado con fuerza el número de trabajadores con doble nacionalidad, en su mayoría latinoamericanos. En 2019 eran 713.000 y actualmente superan los 1,22 millones, aunque su crecimiento se ha moderado en el último año tras haber sido clave en ejercicios anteriores. La EPA muestra además diferencias claras en el perfil laboral. Entre los trabajadores extranjeros hay más hombres (1,97 millones) que mujeres (1,6 millones), y su edad media es menor: el 30% tiene 34 años o menos, frente al 24% de los españoles. En cuanto al nivel educativo, el 52% de los ocupados nacionales posee estudios superiores, porcentaje que desciende al 28% entre los extranjeros. Por procedencia, 1,48 millones de los trabajadores extranjeros vienen de América Latina, 987.000 de países de la Unión Europea, 257.000 del resto de Europa y 851.000 de otras regiones del mundo. Los datos de la Seguridad Social, que detallan la nacionalidad, sitúan a Marruecos como el principal país de origen, con 373.436 afiliados, seguido de Rumanía (336.530), Colombia (250.248) y Venezuela (215.735). Precisamente los venezolanos fueron el colectivo que más creció en 2025, con más de 40.000 nuevos afiliados.

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(El Economista, 29-01-2026) | Laboral

El tiempo efectivo de trabajo se desploma pese al récord de ocupados

En 2025, los trabajadores en España registraron una media semanal de 679,4 millones de horas trabajadas, el nivel más alto desde 2008. Sin embargo, este dato debe interpretarse con cautela, ya que en ese mismo periodo el número de ocupados aumentó en cerca de dos millones de personas, hasta alcanzar un récord de 22 millones. Como consecuencia, la media de horas efectivas por trabajador descendió de 33,2 a 30,5 semanales, el registro más bajo de la serie histórica si se excluye el año 2020. Esta evolución plantea interrogantes relevantes sobre la productividad y el potencial de crecimiento de la economía española, en un contexto en el que el absentismo parece tener un peso mayor que los cambios en la organización del trabajo. La Encuesta de Población Activa (EPA) correspondiente al cierre del año refleja máximos históricos de ocupación y una tasa de paro inferior al 10% por primera vez en 17 años. No obstante, el volumen de horas realmente trabajadas no ha crecido al mismo ritmo que el empleo. Conviene diferenciar este fenómeno del debate sobre la reducción de la jornada laboral, ya que el indicador de horas efectivas incluye tanto a asalariados como a autónomos, con independencia de que trabajen a tiempo completo o parcial. Aun así, los datos resultan llamativos. Durante 2020 y 2021, años marcados por la pandemia, se alcanzaron los mínimos de horas trabajadas y de tiempo efectivo por trabajador, con una media de 29 horas semanales. El impacto de los ERTE fue determinante, ya que muchos trabajadores computaban como ocupados aunque no prestaran servicios. Lo sorprendente es que, tras la recuperación económica y el fuerte crecimiento del empleo, esta tendencia no se haya revertido: el volumen total de horas aumentó por el mayor número de ocupados, pero el promedio por trabajador se mantuvo por debajo de los niveles previos a la crisis sanitaria y ha seguido descendiendo desde entonces. Cuando el empleo crece más rápido que las horas trabajadas, pueden darse varias explicaciones. Una de ellas es que el nuevo empleo se concentre en sectores de mayor valor añadido, donde la productividad no depende tanto del tiempo trabajado. Algunos análisis apuntan a un cambio de modelo en esta dirección, favorecido en parte por el aumento de la contratación indefinida tras la reforma laboral. Sin embargo, también existe la posibilidad de que esta aparente mejora de la productividad sea engañosa y difícil de sostener a medio plazo. De hecho, gran parte del mercado laboral español sigue apoyándose en sectores intensivos en mano de obra, como la hostelería, el comercio, la logística o la construcción. En ellos se observa una creciente desconexión entre oferta y demanda de trabajadores, con un aumento de las vacantes pese a contar con más de 2,4 millones de desempleados. Esto ha llevado a algunos analistas a sostener que en España no se está creando empleo neto, sino redistribuyéndolo. Las empresas señalan como uno de los principales problemas el aumento de las bajas por incapacidad temporal, que se han convertido en la principal causa de ausencia laboral tras las vacaciones. Otros factores señalados son el empleo a tiempo parcial o el auge de figuras como los fijos discontinuos, aunque su impacto es más limitado. De hecho, el empleo a tiempo parcial representa actualmente el 13,75% del total, una proporción inferior a la existente antes de la reforma laboral, cuyo principal efecto ha sido el incremento de los contratos indefinidos a jornada completa. La caída de las horas trabajadas respecto a 2008 se observa en todos los colectivos, aunque con distinta intensidad tras la pandemia. Entre los autónomos se aprecia una ligera recuperación que parece haberse estabilizado en 2025, mientras que entre los asalariados del sector privado la debilidad es más acusada. El dato más negativo corresponde al empleo público, donde el tiempo efectivo de trabajo ha caído hasta las 27,8 horas semanales, el mínimo histórico, incluso por debajo de los niveles registrados durante la pandemia. Surge entonces la cuestión clave: ¿trabajan menos los españoles o ha caído la productividad? Para responder, es importante analizar cuántos ocupados trabajaron realmente durante la semana de referencia de la EPA. En 2025, solo el 88,2% del total de ocupados lo hizo, el segundo dato más bajo de la serie tras el 84,5% de 2020 y muy lejos del 91,4% registrado en 2009. Este matiz es fundamental, ya que si se calcula la media de horas solo entre quienes efectivamente trabajaron, el resultado es de 34,6 horas semanales, un nivel más estable y coherente con otras referencias, como los convenios colectivos. El problema, por tanto, no es tanto que se trabajen menos horas, sino que hay menos personas trabajando de forma efectiva. La ruptura se produce tras la pandemia, cuando la evolución de ocupados y horas trabajadas deja de ir en paralelo. Este fenómeno coincide con el aumento de las bajas médicas, que algunos expertos relacionan con el envejecimiento de la población activa. Aunque se trata de trabajadores cualificados, su encaje en sectores intensivos en mano de obra resulta más complejo. A ello se suma un sistema de gestión de las bajas médicas saturado, que prolonga innecesariamente los periodos de inactividad. Ante este escenario, organismos como el Banco de España han advertido ya en 2025 del riesgo que supone esta dinámica para el crecimiento económico, al generar una productividad laboral inferior a la que cabría esperar a la vista del aumento del empleo.

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(El Economista, 29-01-2026) | Laboral

Trabajo recuerda que los contratos vinculados al SMI están blindados a la última referencia pese a decaer la prórroga de 2025 con el decreto ómnibus

El Ministerio de Trabajo y Economía Social recordó este miércoles que la anulación parlamentaria de la prórroga del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2025 -derivada del rechazo al decreto ómnibus del Gobierno- no tiene efectos sobre los contratos ya en vigor. Estos no pueden ver reducida su retribución ni perder como referencia el salario actual, ni tampoco afecta a los nuevos contratos, que deberán regirse igualmente por el último SMI aprobado, fijado en 1.184 euros. Así lo recoge el criterio interpretativo publicado por el Ministerio, en el que se aclara el alcance de la derogación sobre los trabajadores que perciben el salario mínimo. El documento establece dos principios fundamentales: por un lado, que la desaparición de la prórroga no altera los salarios ya pactados, al considerarse "contractualizados"; y por otro, que las nuevas contrataciones no pueden fijarse por debajo del salario mínimo vigente en 2025. Desde el departamento que dirige Yolanda Díaz recuerdan además que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social vela por el cumplimiento de la normativa laboral y por la protección de los derechos de las personas trabajadoras. Paralelamente, el Ministerio continúa negociando la actualización del SMI para 2026, que contempla una subida del 3,1%, equivalente a 37 euros mensuales. La previsión es que este jueves, en lo que podría ser la última reunión de la mesa de diálogo social, se intente cerrar un acuerdo con sindicatos y organizaciones empresariales. Para facilitar el consenso, el Gobierno ha puesto sobre la mesa incentivos fiscales dirigidos a las empresas, aunque el apoyo de la patronal no se produce desde 2020. Trabajo también ha recordado que, una vez aprobado, el nuevo salario mínimo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero. Esta situación no es nueva. Hace justo un año se produjo un escenario similar, cuando la falta de apoyos parlamentarios impidió aprobar la prórroga del SMI de 2024. En aquel momento, el Ministerio publicó un criterio interpretativo para evitar que se aplicaran salarios inferiores al último SMI vigente, entonces fijado en 1.184 euros, siguiendo las mismas directrices que ahora se han vuelto a aplicar.

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