(Expansión, 17-02-2026) | Laboral

La afiliación a los sindicatos cae a mínimos con récord de subvenciones

Las ayudas públicas destinadas a las organizaciones sindicales se han multiplicado por más de tres durante el mandato de Pedro Sánchez, pese a la caída continuada de su peso entre los trabajadores: han pasado de 8,8 millones de euros en 2018 a 32 millones en 2025. En paralelo, la afiliación sindical lleva décadas descendiendo y alcanzó en 2024 un nuevo mínimo histórico, con solo alrededor del 12% de los asalariados inscritos en algún sindicato, una proporción aún menor entre los jóvenes. Aun así, las subvenciones estatales han aumentado con fuerza tras el periodo de restricción presupuestaria durante el gobierno de Mariano Rajoy. Desde comienzos de los años 2000, el porcentaje de trabajadores afiliados ha bajado de forma gradual desde cerca del 15% -ya considerado entonces reducido- hasta el entorno actual del 12%, según datos de la OCDE analizados en el informe Focus on Spanish Society de Funcas. A principios de siglo la afiliación llegó a situarse en torno al 17%, antes de la crisis financiera. Durante los primeros años de recesión incluso subió, debido a que muchos despedidos eran trabajadores con poca antigüedad y menor presencia sindical, ya que las estadísticas solo contabilizan a los asalariados en activo. Sin embargo, poco después comenzó un descenso sostenido, especialmente entre quienes se incorporaban al mercado laboral, algo que algunos expertos atribuyen a que los sindicatos priorizaron la defensa del empleo existente frente a la creación de nuevos puestos. Funcas señala que el nivel de afiliación refleja tanto el grado de identificación de los trabajadores con estas organizaciones como su capacidad para atraer y conservar miembros. La caída, común en muchas economías avanzadas -sobre todo entre jóvenes y trabajadores con trayectorias laborales inestables-, responde a cambios estructurales del mercado laboral, como el aumento de la temporalidad, la rotación en el empleo y la transformación de las relaciones laborales. Aunque el descenso es generalizado en los países desarrollados, la tasa española resulta especialmente baja en comparación con Europa. En los países nórdicos -Islandia, Dinamarca, Suecia o Finlandia- la afiliación oscila entre el 60% y el 90% de los trabajadores, mientras que en Italia ronda el 30% y en Alemania cerca del 14%. Otro indicador preocupante para los sindicatos es la escasa fidelidad de sus antiguos miembros: aproximadamente la mitad de quienes estuvieron afiliados en el pasado ya no lo están, lo que apunta a un distanciamiento creciente entre las organizaciones sindicales y las preocupaciones reales de los trabajadores. Las diferencias también se aprecian por edad y tipo de contrato. Entre los asalariados a tiempo completo de 25 a 44 años, la afiliación alcanza el 18,3%, pero desciende al 10,3% en el empleo a tiempo parcial. Entre los mayores de 45 años, en cambio, cerca de uno de cada cuatro trabajadores pertenece a un sindicato, con independencia de la jornada. Estos datos sugieren que las organizaciones tienen dificultades para integrar a quienes acceden al mercado laboral, especialmente a los más vulnerables, a diferencia de lo que ocurre en países como Finlandia, Francia, Eslovaquia o Hungría, donde los trabajadores más precarios presentan mayores niveles de afiliación. En este contexto de pérdida de base social resulta llamativo el fuerte incremento de las subvenciones públicas. Las ayudas estatales se redujeron notablemente durante el mandato de Rajoy, tanto por los escándalos relacionados con la gestión de fondos de formación como por la necesidad de controlar el déficit. Sin embargo, con Sánchez volvieron a aumentar de forma significativa, hasta alcanzar los 32 millones de euros en 2025, muy por encima de los niveles registrados al final de la anterior etapa.

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(Expansión, 17-02-2026) | Laboral

El Gobierno da luz verde a la subida del salario mínimo a 1.221 euros

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, junto a la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz; la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero; la portavoz del Ejecutivo y ministra de Seguridad Social, Elma Saiz; y el ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy, asistieron al acto de firma de la actualización del salario mínimo junto a los sindicatos UGT y CCOO. Desde Palacio de la Moncloa se presentó esta octava subida del salario mínimo desde la llegada de Sánchez al poder como la escenificación más relevante realizada hasta ahora para un acuerdo de este tipo, en un contexto de tensiones dentro del Ejecutivo. La firma del pacto entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos para elevar el SMI un 3,1% en 2026 -hasta 1.221 euros mensuales en catorce pagas- contó con la presencia de Sánchez y Díaz, acompañados también por Montero, Saiz y Bustinduy, así como por la presidenta del Congreso, Francina Armengol, y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre. La subida, que tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero, beneficiará a unos 2,5 millones de trabajadores, según el Ministerio de Trabajo. Además, el salario continuará exento del IRPF gracias a una bonificación de Hacienda. Paralelamente, se aprobará un decreto para regular la aplicación de los incrementos, con el objetivo de evitar que las empresas compensen la subida reduciendo pluses u otros complementos salariales. Los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, calificaron la evolución reciente del salario mínimo en España como una historia de "éxito", aunque subrayaron que sigue siendo un sueldo de mera subsistencia, insuficiente para afrontar gastos elevados como la vivienda. Álvarez insistió en que el aumento no es tan elevado como se suele afirmar y recordó que España aún está lejos de cumplir los objetivos de la Carta Social Europea, que situarían el SMI en torno a 1.444 euros. También comparó la situación con otros países europeos: en Francia el salario mínimo alcanza los 1.823 euros y afecta a alrededor del 10% de la población; en Bélgica llega a 2.112 euros y afecta al 3%; y en Alemania se sitúa en 2.343 euros, con incidencia en el 6% de los trabajadores. Por su parte, Sordo destacó que el incremento acumulado del 66% en los últimos años ha desmontado la idea de que subir los salarios mínimos destruye empleo. Además, afirmó que ha contribuido a reducir la pobreza y a estrechar la brecha salarial en torno a un 20%, aunque advirtió de que todavía es necesario actuar sobre la alta temporalidad a tiempo parcial y la falta de políticas de cuidados.

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(El Periódico, 17-02-2026) | Laboral

Sánchez pide a los empresarios de CEOE que "cumplan su parte" y "paguen más”

El Ejecutivo pretendía recuperar este año la imagen de consenso del diálogo social alcanzado en 2020, cuando las patronales CEOE y Cepyme respaldaron una subida del salario mínimo interprofesional (SMI) del 5,6%, hasta 13.300 euros brutos anuales. Sin embargo, las organizaciones empresariales mantienen un rechazo frontal a negociar con el Gobierno durante esta legislatura, especialmente en las medidas impulsadas por el Ministerio de Trabajo. La fragilidad parlamentaria del Ejecutivo también desincentiva a la patronal a ceder en acuerdos, ante la previsión de que muchas reformas no prosperen por falta de apoyos, como ya ocurrió con la reducción de la jornada laboral. En medio de un clima de tensión permanente entre Trabajo y la patronal, varios ministerios intentaron durante meses persuadir a los empresarios para aceptar un incremento del SMI del 3,1% en 2026, hasta 17.094 euros anuales (1.221 euros en 14 pagas), pero sin éxito. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, reprochó públicamente la ausencia de la CEOE en la firma del acuerdo con los sindicatos, señalando que esa ausencia refleja quién se beneficia del crecimiento económico. Sánchez sostuvo que la patronal sí celebra los máximos del Ibex y los récords de beneficios empresariales, pero se desmarca cuando se trata de elevar el salario mínimo. Por ello, instó a los empresarios a asumir su responsabilidad, negociar con los sindicatos y avanzar hacia subidas salariales generalizadas, en línea con las reclamaciones de la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, y de las organizaciones sindicales. Además, diferenció entre los dirigentes de la CEOE y aquellos empresarios que sí consideran a sus trabajadores como su principal activo y mejoran sus sueldos. Para facilitar el acuerdo, el Gobierno ofreció a la patronal una rebaja en el Impuesto de Sociedades que compensara el alza del SMI, pero las condiciones no resultaron atractivas. Las organizaciones empresariales reclamaban modificar la ley que impide trasladar automáticamente estos aumentos a los contratos públicos en vigor, algo que el Ministerio de Hacienda rechazó por el elevado impacto presupuestario que supondría. Por su parte, los sindicatos UGT y CCOO insisten en reformar las reglas de compensación y absorción para evitar que las empresas neutralicen las subidas del SMI reduciendo complementos salariales. Trabajo pretende incluir esta modificación en el decreto que adaptará la directiva europea sobre salarios mínimos, aunque su alcance podría verse limitado por su carácter reglamentario y por la doctrina del Tribunal Supremo. Al acto de firma acudieron numerosos miembros del Ejecutivo y figuras vinculadas al PSOE, pese a que la subida de este año es la más moderada desde 2021, cuando el incremento fue del 1,6% en plena salida de la pandemia y al inicio de la crisis inflacionaria. Entre los asistentes destacaron la vicepresidenta primera, María Jesús Montero, la portavoz gubernamental, Elma Saiz, y la presidenta del Congreso, Francina Armengol. Desde 2018, el salario mínimo ha aumentado un 66%, pasando de 736 euros mensuales a los 1.221 euros previstos, lo que sitúa a España entre los países europeos con SMI más elevados en términos reales. Este incremento acumulado contrasta con el crecimiento del 14,7% registrado entre 2012 y 2018. En cuanto a la tributación, el Ministerio de Hacienda prevé aplicar nuevamente una bonificación para que quienes perciben el SMI recuperen en la declaración de la renta las retenciones practicadas por el IRPF durante el año. Hasta 2024 se optó por elevar el umbral exento de tributación para igualarlo al salario mínimo, pero esa medida reducía los ingresos fiscales de todos los salarios. La nueva fórmula, en cambio, beneficia únicamente a quienes cobran el SMI y evita que pierdan alrededor del 81% del aumento previsto para 2026.

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(El Economista, 17-02-2026) | Laboral

Las mutuas registran un déficit de casi 1.700 millones por el auge de las bajas laborales

El aumento sostenido de las bajas laborales por incapacidad temporal en los últimos años, junto con el coste que conllevan, ha provocado que los ingresos que perciben las mutuas por contingencias comunes resulten insuficientes para financiar las prestaciones. En 2024, según datos conocidos por elEconomista.es, las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social registraron un déficit cercano a los 1.700 millones de euros, la cifra más alta hasta la fecha al sumar todas las comunidades autónomas. Fuentes del sector explican que desde 2015 el gasto en incapacidad temporal supera lo recaudado por las cotizaciones destinadas a contingencias comunes -las que cubren las bajas por enfermedad común o accidentes no laborales-. Desde entonces, el desfase no ha dejado de crecer hasta alcanzar los 1.697 millones en 2024, último ejercicio con datos consolidados. Aunque las cifras de 2025 aún no están cerradas, ya se detecta un aumento interanual del déficit. La Ley General de la Seguridad Social establece que, cuando se producen pérdidas, cada mutua debe recurrir primero a su fondo de reserva específico para contingencias comunes. Si este se agota, puede utilizar una reserva complementaria y, en última instancia, el fondo destinado a contingencias profesionales. Según las fuentes consultadas, actualmente muchas mutuas ya están empleando este último recurso, de modo que los ingresos pensados para cubrir accidentes laborales están compensando el incremento del gasto por bajas médicas comunes. El pago de la prestación por incapacidad temporal se reparte entre empresa, mutua y sistema público. Durante los tres primeros días de baja el trabajador no percibe salario -salvo mejoras establecidas por convenio-; entre el cuarto y el decimoquinto día la empresa abona al menos el 60% del sueldo; y a partir del día 16 la prestación corre a cargo de la mutua o del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), según quién cubra a la empresa. En cualquier caso, los fondos proceden de las cotizaciones sociales. En 2024, las mutuas protegían a unos 15,85 millones de trabajadores, aproximadamente el 78% del total, según la Asociación de Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social (AMAT). Ese año, junto con la Seguridad Social, destinaron unos 15.000 millones de euros a estas prestaciones, cifra que podría alcanzar los 16.787 millones al cierre de 2025. De ese total, las mutuas asumieron cerca de 9.942 millones, mientras que el INSS aportó 5.072 millones. La frecuencia de estos procesos también ha aumentado. A finales de 2024 se registraban 36,47 bajas por cada 1.000 trabajadores en el ámbito de las mutuas y 35,98 en el sistema general. Sin embargo, el incremento resulta mucho más acusado si se compara con la etapa previa a la pandemia: según un informe de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef), la incidencia ha crecido alrededor de un 60% desde 2017. Ante esta situación, la patronal reclama desde hace tiempo ampliar las competencias de las mutuas -entidades privadas de empresarios que colaboran con el sistema público y están vinculadas a la CEOE-. La directora de Empleo de la organización empresarial, Rosa Santos, insistió recientemente en permitir que estas entidades puedan emitir altas médicas para acortar los plazos de las bajas. Por ahora, el Ministerio de Seguridad Social dirigido por Elma Saiz solo contempla que las mutuas puedan dar el alta en casos de accidentes laborales cuando la incapacidad supere los 365 días, es decir, en procesos de contingencias profesionales de larga duración. Otra propuesta del Gobierno es reforzar su participación en la gestión de estas entidades, incorporando dos representantes de la Administración a sus órganos de gobierno.

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(El Economista, 17-02-2026) | Laboral

El Constitucional pone en jaque la nueva obligación de negociar antes de demandar

El Tribunal Constitucional (TC) ha aceptado estudiar una cuestión de inconstitucionalidad relativa a los medios adecuados de solución de controversias (MASC), una de las principales reformas impulsadas por el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, que lleva menos de un año en vigor. La Ley de Eficiencia de la Justicia exige desde el 3 de abril intentar una negociación previa antes de acudir a los tribunales en asuntos civiles y mercantiles -como disputas societarias, cláusulas bancarias, determinados casos de ocupación, conflictos de alquiler, incumplimientos contractuales o procesos de divorcio y custodia-. Sin ese intento acreditado, la demanda puede ser inadmitida. El tribunal deberá determinar si esta obligación constituye un obstáculo al derecho de acceso a la justicia, al exigir demostrar previamente que se ha intentado resolver el conflicto por vías alternativas. Según José Miguel Blasco, socio del área civil y procesal de Net-Craman, la admisión a trámite indica que existen dudas razonables sobre si este requisito vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. Añade que la situación genera incertidumbre jurídica, ya que cuestiona un elemento procesal clave para planificar litigios. Si finalmente se declarara inconstitucional, desaparecería la exigencia de negociación previa, facilitando acudir directamente a los tribunales, aunque también podría frustrar la estrategia de reducir la judicialización de conflictos. Por su parte, Tomás Villatoro, especialista en derecho procesal y resolución alternativa de disputas en Ius + Aequitas Trial Lawyers, señala que el análisis del Constitucional girará previsiblemente en torno al artículo 24 de la Constitución, que garantiza la tutela judicial efectiva. El tribunal deberá valorar si imponer un mecanismo extrajudicial como condición para demandar es una carga proporcionada o si, en determinados casos, se convierte en una barrera excesiva. A su juicio, el debate no se centra en la utilidad de estos sistemas, sino en su compatibilidad con la Constitución. Desde la entrada en vigor de la ley, los MASC han generado una intensa controversia entre los profesionales del derecho. Se han cuestionado tanto su diseño técnico como sus efectos reales sobre el acceso a la justicia, lo que ha derivado en interpretaciones dispares por parte de los tribunales. Diferentes salas de los Tribunales Superiores de Justicia han fijado criterios propios sobre los aspectos más polémicos del requisito, sin que exista aún una doctrina unificada, lo que obliga a los abogados a desenvolverse en un contexto de inseguridad jurídica y diferencias territoriales. Ahora corresponde al Constitucional establecer un criterio claro que aporte coherencia y estabilidad al sistema. Para ello, el tribunal ha solicitado alegaciones al Congreso, al Senado, al Gobierno y a la Fiscalía General del Estado, que disponen de 15 días para pronunciarse. Este procedimiento sitúa en el foco público una de las reformas más relevantes del Ejecutivo y lo obliga a defender su legalidad.

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(Expansión, 16-02-2026) | Laboral

CEOE exige a la Seguridad Social que la inspección controle las bajas antes del año

La patronal está elaborando un conjunto de iniciativas para frenar el absentismo laboral. Entre sus demandas al Ejecutivo figura intervenir sobre los empleados que encadenan múltiples bajas por incapacidad temporal y reforzar los recursos del sistema sanitario. El Gobierno ha reactivado la mesa de diálogo social con empresas y sindicatos para analizar el incremento sostenido de las bajas laborales en España, disparado tras la pandemia. Estas ausencias suponen ya un coste cercano a 16.000 millones de euros para las compañías y unos 17.000 millones para las arcas públicas en prestaciones. En el primer encuentro celebrado el año pasado en el Ministerio de Seguridad Social se planteó la posibilidad de reincorporaciones graduales en bajas superiores a 180 días, compatibilizando trabajo y subsidio, una propuesta que no convenció a ninguna de las partes. La última reunión tripartita se había producido en octubre, antes de retomarse las conversaciones en febrero. Los interlocutores sociales confían ahora en que el Ejecutivo perfeccione esa fórmula de altas progresivas para que realmente reduzca los efectos del absentismo, que genera costes económicos y organizativos, gastos de sustitución, sobrecarga de las plantillas y pérdida de competitividad y productividad. El departamento que dirige la ministra Elma Saiz insiste en diseñar un sistema que reduzca especialmente las bajas de muy larga duración, a partir de los seis meses. Mientras tanto, según fuentes del diálogo social citadas por EXPANSIÓN, la CEOE planea presentar medidas orientadas a mejorar la gestión y el control de las bajas, con el objetivo de detectar posibles abusos en determinados colectivos. Entre sus propuestas figura que la Seguridad Social movilice antes de los 365 días a la inspección del INSS, organismo competente en esta materia. Según la legislación vigente, al cumplirse un año de baja la inspección médica del INSS asume en exclusiva el seguimiento del caso y puede decidir el alta por recuperación, la prórroga de la baja, el alta por incomparecencia o la propuesta de incapacidad permanente. También puede extender la situación de incapacidad temporal hasta 180 días más o determinar una incapacidad definitiva. Aunque la ley permite que el INSS intervenga también durante el primer año con las mismas competencias que los servicios de salud autonómicos, en la práctica -según fuentes de mutuas- estos controles suelen activarse solo después de los 12 meses. Por ello, la patronal pide intensificar las inspecciones desde etapas más tempranas y reforzar los recursos humanos en todos los niveles: sanidad pública, inspección médica del INSS y mutuas. Especial atención solicitan para los trabajadores que acumulan varias bajas. Un estudio de la AIReF indica que los procesos de incapacidad se concentran en un grupo reducido de personas y que esta concentración ha aumentado: el 25% de los trabajadores acumula más de la mitad de las bajas, mientras que la mitad de la población concentra el 77% de los episodios. Según el organismo, el sistema está siendo utilizado de forma intensiva por un segmento limitado de beneficiarios. La patronal también rechaza el modelo de reincorporación gradual propuesto por el Gobierno, al considerar que trasladaría parte del coste de la incapacidad temporal a las empresas. El plan prevé que quienes lleven más de 180 días de baja vuelvan de forma paulatina durante un máximo de 30 días, trabajando media jornada y cobrando la parte proporcional del salario más una prestación equivalente al 50% del subsidio por el tiempo no trabajado. Tanto empresas como sindicatos muestran reservas. Las compañías sostienen que, si un trabajador recibe el alta, debería reincorporarse plenamente, mientras que las organizaciones sindicales defienden que solo existen dos situaciones posibles: baja si no está recuperado o alta si lo está completamente. La complejidad del modelo pone en duda su viabilidad, en un contexto en el que las bajas superiores a un año casi se han triplicado entre 2017 y 2024.

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(Expansión, 16-02-2026) | Laboral

El salario mínimo se ha convertido en el mayor lastre para el campo

Agricultores y ganaderos aseguran que las elevadas cargas laborales derivadas de las políticas del Ejecutivo de PSOE y Sumar les impiden competir en igualdad de condiciones con los productos procedentes del exterior. Entre las protestas del sector que bloquearon el centro de Madrid la pasada semana destacó la denuncia de que los costes laborales -impulsados por las sucesivas subidas del salario mínimo por encima de la inflación y por el aumento de las cotizaciones sociales- encarecen notablemente la contratación del personal necesario para mantener las explotaciones, cuya rentabilidad disminuye año tras año. Según el sector agrario, cuando entre en vigor el nuevo incremento del SMI de este año, con efectos retroactivos desde el 1 de enero -acuerdo suscrito por Pedro Sánchez y Yolanda Díaz junto a los sindicatos-, el coste total de un jornalero (salario, cotizaciones y seguros) será diez veces mayor que en Marruecos y alrededor de un 30% más alto que en Portugal. Aunque el salario mínimo también ha aumentado en otros países del euro, solo en Europa del Este lo ha hecho con una intensidad comparable. Entre los grandes productores agrícolas, únicamente Francia supera a España en salario mínimo, pero su crecimiento porcentual desde 2016 ha sido aproximadamente la mitad. Si bien esta situación no afecta únicamente al campo, su impacto es especialmente acusado en el sector primario. De hecho, cerca de un 31% de los trabajadores beneficiados por la subida del SMI en 2025 -del 4,4%, casi el doble de la inflación media- pertenecían a la agricultura, donde la mano de obra supone aproximadamente el 45% de los costes de producción. Esto ha provocado que los costes unitarios del sector crezcan más rápido que los de la industria, favoreciendo el abandono de tierras y el traslado de parte de la producción a países con menores gastos operativos, principalmente Marruecos. Las organizaciones agrarias han solicitado en repetidas ocasiones a la vicepresidenta de Trabajo, Yolanda Díaz, y al ministro de Agricultura, Luis Planas ayudas o incentivos que compensen el impacto de estos costes, ya que la fuerte competencia internacional les impide repercutir plenamente el encarecimiento en los precios finales. Sin embargo, aseguran que sus peticiones no han sido atendidas. Aunque la Ley de la Cadena Alimentaria prohíbe vender por debajo de los costes de producción, en la práctica muchas explotaciones apenas obtienen beneficios. Esta situación genera especial inquietud ante la posible entrada en vigor del acuerdo comercial entre la Unión Europea y Mercosur -integrado por Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay-, que podría introducir en el mercado europeo productos a precios con los que los productores españoles difícilmente podrían competir. A las cargas laborales se suma el aumento de los costes de insumos, especialmente fertilizantes, piensos y semillas. Aunque estos precios se han moderado respecto al máximo alcanzado a finales de 2022, todavía se sitúan alrededor de un 20% por encima de los niveles previos a la guerra de Ucrania, lo que agrava la pérdida de competitividad. Ante la delicada situación del campo, agravada por los temporales recientes, el ministro Luis Planas ha mostrado su disposición a flexibilizar la aplicación de la PAC, revisar los módulos fiscales del IRPF agrario y asegurar contingentes de trabajadores temporales extranjeros para campañas estacionales. No obstante, con una estructura de costes fijos cada vez más condicionada por las decisiones gubernamentales, el sector considera complicado recuperar su competitividad.

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(El País, 16-02-2026) | Laboral

El índice de accidentados por cada 100.000 ocupados expuestos cae por tercer año consecutivo y se sitúa en 2.547 afectados con baja

En 2025 se registraron 620.386 accidentes laborales con baja médica, lo que supone una caída del 1,3% respecto al año anterior, es decir, cerca de 8.000 casos menos, según el avance provisional publicado por el Ministerio de Trabajo. Sin embargo, esta ligera mejora global no impidió un notable incremento de los fallecimientos en el sector de la construcción, donde murieron 29 trabajadores, un 22% más que en 2024. En el conjunto de la economía, las muertes en el trabajo sí descendieron: se contabilizaron 735 en 2025 frente a las 796 del año previo, lo que representa una reducción cercana al 8%. Aun así, el responsable de Salud Laboral de Comisiones Obreras (CC OO), Mariano Sanz, calificó estas cifras de "inaceptables" y señaló que el país no debería asumir ese nivel de tragedia humana. Habitualmente, cuando el empleo crece con fuerza también lo hace la siniestralidad, pero en España esta relación no siempre se cumple. Pese al fuerte aumento de la ocupación en los últimos tres años -superior al 2% anual-, el número de accidentes ha descendido de forma continuada. Por ello, los expertos consideran más adecuado analizar el índice de incidencia, que mide los accidentes o fallecimientos por cada 100.000 trabajadores expuestos. Este indicador se situó en 2.547 accidentes con baja en 2024, un 4% menos que el año anterior, y en 2,8 muertes por cada 100.000 trabajadores, un descenso del 11,6%. No obstante, estos índices también reflejan el deterioro en la construcción, donde la mortalidad alcanzó 11,3 fallecidos por cada 100.000 trabajadores, un 18% más. En cambio, en el resto de sectores se redujo: en agricultura cayó un 31% (6,7 muertes por cada 100.000), en servicios -donde es más baja- descendió un 21,6% (1,6 fallecidos), y en la industria se situó en 4,5 muertes, un 6,7% menos. El sindicato UGT advierte, no obstante, que la cifra final de fallecidos podría aumentar cuando se disponga de datos definitivos. La organización subraya que cada año mueren de media unas 700 personas en accidentes laborales y que en el último lustro la cifra acumulada ronda los 4.000 fallecidos. Por ello, reclama actualizar la normativa y reforzar los medios de la Inspección de Trabajo para garantizar el cumplimiento de las medidas preventivas. El descenso de los accidentes con baja se concentró principalmente en los ocurridos durante la jornada laboral -540.314 del total-, que se redujeron casi un 2%. En cambio, los accidentes "in itinere", producidos en los desplazamientos hacia o desde el trabajo, aumentaron en 2.562 casos, un 3% más que el año anterior. Los hombres siguieron concentrando la mayoría de los siniestros (372.117) frente a las mujeres (157.712), en gran medida por su mayor presencia en sectores de riesgo como la construcción o la industria. Además, la reducción de accidentes fue más intensa entre los varones (unos 9.000 menos, un 2,4% de descenso) que entre las mujeres (1.474 menos, un 1%). En cuanto a las causas, los sobreesfuerzos físicos y los golpes contra objetos fijos provocaron cerca de la mitad de los accidentes con baja, con descensos del 8% y del 0,5%, respectivamente. Por su parte, los infartos -que causaron 251 muertes- fueron el motivo más frecuente de fallecimiento durante la jornada laboral.

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(El Economista, 16-02-2026) | Laboral

Los despidos considerados "ejecutivos", los disciplinarios que no conllevan indemnización, se han frenado en seco

Las decisiones judiciales y pequeños cambios normativos, aparentemente secundarios, se han convertido en una especie de reforma laboral encubierta que ya ha tenido un efecto claro en las estadísticas: los despidos disciplinarios sin indemnización -los llamados "ejecutivos"- se han reducido con fuerza, registrando una caída interanual del 7,5%. Mientras sigue abierto el debate político y sindical sobre una posible modificación de los límites del despido improcedente -con recursos ante el Tribunal Constitucional y la intención del Ministerio de Trabajo de impulsar cambios pese a la falta de apoyos parlamentarios-, las empresas se han enfrentado a un escenario distinto en la práctica. Los datos muestran que, tras la reforma laboral, el número total de despidos ha aumentado, especialmente entre trabajadores con contrato indefinido, algo que el Gobierno atribuye al mayor peso de este tipo de empleo. Sin embargo, hay una anomalía destacada: las bajas en la Seguridad Social por despido disciplinario han descendido un 7,5% en el último año. En 2020 y 2021 también se redujeron, pero entonces se debía al uso de los ERTE, que favorecieron la conservación del empleo fijo. En 2025 esa explicación ya no vale, porque hay más trabajadores indefinidos que nunca y, aun así, es la única modalidad de despido que disminuye. En contraste, los despidos por causas objetivas -principalmente económicas, técnicas u organizativas- aumentaron un 5,4%. Este fenómeno resulta llamativo en un contexto de crecimiento económico y niveles récord de empleo, donde cabría esperar menos ceses por motivos económicos. La razón parece estar en el endurecimiento práctico de las condiciones para despedir, que no ha reducido el número total de salidas, pero sí ha obligado a las empresas a cambiar de estrategia. El despido disciplinario, utilizado durante años como vía rápida para prescindir de un trabajador, pierde atractivo. Tradicionalmente, esta modalidad se asociaba al llamado despido "exprés": la empresa comunicaba un despido disciplinario -sin indemnización- y posteriormente pactaba con el trabajador una compensación equivalente a la del despido improcedente. Así se evitaban los trámites y la dificultad de justificar causas objetivas. Por ello, sindicatos y Ministerio de Trabajo han planteado revisar los límites indemnizatorios para desincentivar esta práctica. No obstante, el verdadero punto de inflexión ha llegado por vía judicial. Según expertos laboralistas, una sentencia reciente ha introducido la obligación de conceder al trabajador una audiencia previa antes de ejecutar un despido disciplinario por conducta o rendimiento. Si no se cumple este trámite, el despido puede ser declarado nulo -no solo improcedente-, lo que implica la readmisión obligatoria. Este requisito, incorporado a finales de 2024, ha reducido notablemente los llamados despidos disciplinarios "ejecutivos". Los abogados recomiendan ahora documentar exhaustivamente estos ceses, con informes detallados sobre conductas o rendimiento, y desaconsejan utilizar esta vía como atajo para evitar los procedimientos del despido objetivo, especialmente habitual en pequeñas empresas. La alternativa más segura, señalan, es recurrir a un despido objetivo bien fundamentado. Este cambio explica por qué los despidos disciplinarios retroceden mientras crecen los objetivos. Aunque muchas compañías siguen utilizándolos, ya no resultan tan sencillos ni seguros como antes. Además, los trabajadores despedidos han modificado su propia estrategia legal. El aumento de demandas por nulidad y por daños morales es cada vez más frecuente. Aunque el Tribunal Supremo mantiene el límite de indemnización por despido improcedente en 33 días por año trabajado (con un máximo de 24 mensualidades), se observa un incremento de los casos en los que se solicita la nulidad por vulneración de derechos fundamentales, discriminación o represalias -lo que se conoce como garantía de indemnidad-. En estos supuestos, los trabajadores no buscan solo la indemnización legal máxima, sino la readmisión obligatoria y el pago de los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la sentencia. Además, suelen reclamar compensaciones adicionales por perjuicios morales, lo que puede elevar considerablemente el coste para la empresa. En definitiva, sin una reforma legislativa formal, la combinación de jurisprudencia y cambios procesales está transformando de hecho el sistema de despido en España, encareciendo y complicando especialmente el uso del despido disciplinario como vía rápida de extinción del contrato.

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(El Economista, 16-02-2026) | Laboral

Díaz firma con los sindicatos el alza del SMI para 2026

La vicepresidenta segunda y titular de Trabajo, Yolanda Díaz, rubricará este lunes junto a los líderes sindicales Unai Sordo (CCOO) y Pepe Álvarez (UGT) el incremento del 3,1% del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2026, pactado sin el respaldo de la CEOE, que acumula seis años sin avalar estas subidas. Este trámite formal previsiblemente antecederá al envío del decreto al Consejo de Ministros de este martes, aunque desde Trabajo no dan por cerrada la agenda. La firma tendrá lugar a las 11:30 en el Ministerio de Trabajo y contará con la presencia del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. El alza, con efectos retroactivos desde el 1 de enero y exenta de IRPF, implicará 37 euros más al mes (518 al año), situando el salario bruto en 1.221 euros mensuales repartidos en 14 pagas. Salvo contratiempos, el Real Decreto que recoge la medida podría aprobarse ese mismo martes en el Consejo de Ministros; de lo contrario, se tramitaría como muy tarde en la reunión interministerial del día 24, ya que el objetivo de Trabajo es dejarla ratificada entre mediados y finales de mes. La actualización, basada en la recomendación del comité de expertos, beneficiará a unos 2,5 millones de trabajadores, que pasarán a percibir en general 17.094 euros brutos anuales (40,70 euros al día). Para eventuales y temporeros, el mínimo por jornada legal será de 57,82 euros, mientras que las empleadas del hogar deberán cobrar al menos 9,55 euros por hora. Como en años anteriores, la subida no modifica los salarios profesionales que ya superen el SMI en cómputo anual. En cambio, sí deberán ajustarse los sueldos fijados en contratos o acuerdos privados por debajo del nuevo mínimo, aplicando las normas vigentes de absorción y compensación. Además, el Gobierno y los sindicatos han pactado revisar dichas reglas para evitar que el aumento se neutralice reduciendo complementos como los de peligrosidad o nocturnidad. Esta reforma se aprobará en un decreto distinto, vinculado a la transposición de la directiva europea sobre salarios mínimos, con el fin de no retrasar la entrada en vigor de la subida, que en todo caso tendrá efectos desde el 1 de enero.

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