Foment ha planteado recuperar la posibilidad de realizar despidos objetivos vinculados a ausencias laborales recurrentes por bajas médicas. La propuesta se ha presentado durante la publicación del Libro Blanco sobre el absentismo, en la que el presidente de la patronal, Josep Sánchez Llibre, también ha defendido revisar los complementos salariales que muchas empresas abonan durante los periodos de incapacidad temporal. A juicio de la organización empresarial, mantener una remuneración similar a la del puesto de trabajo durante una baja puede reducir los incentivos para reincorporarse a la actividad.
El catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universitat de Barcelona y coordinador del estudio, Jordi García Viña, ha señalado que las consecuencias del absentismo justifican recuperar la posibilidad de extinguir determinados contratos por acumulación de ausencias. Según los datos recogidos por Foment, el coste de las bajas por contingencias comunes se ha duplicado en los últimos ocho años y ya supera los 33.000 millones de euros anuales en España. La patronal calcula además que cada día alrededor de 1,4 millones de personas no acuden a su puesto de trabajo.
El informe constata que las bajas por enfermedad común han aumentado de forma significativa, aunque al mismo tiempo se ha reducido su duración media. La mayor parte de los procesos de incapacidad temporal corresponde a contingencias comunes. Entre las medidas propuestas para abordar esta evolución, Foment reclama reforzar los mecanismos de control para detectar posibles situaciones fraudulentas y mejorar la comunicación entre empresas y trabajadores durante los periodos de baja.
Sánchez Llibre ha señalado que el objetivo del Libro Blanco es trasladar el problema del absentismo al debate entre partidos políticos y organizaciones sindicales, ante su posible impacto sobre la competitividad de las empresas. Por su parte, García Viña ha defendido la necesidad de recuperar una mayor cultura del esfuerzo y ha destacado que el incremento de los procesos de baja es especialmente acusado entre los trabajadores jóvenes, mientras que las ausencias de mayor duración se concentran entre los empleados de más edad.
La OCDE vuelve a situar el foco sobre la situación educativa y laboral de los jóvenes españoles con su informe Education at a Glance 2026. El estudio muestra que el porcentaje de jóvenes que ni estudian ni trabajan sigue siendo superior en España al promedio de la OCDE y de la Unión Europea, aunque la evolución de la última década refleja una mejora significativa. En 2025, el 17% de las personas de entre 18 y 24 años se encontraba en esta situación, frente al 23% registrado en 2015.
Pese al descenso, España mantiene una tasa de jóvenes que no estudian, trabajan ni reciben formación por encima de la media de la OCDE y de la UE, situada en ambos casos en el 13% en 2025. El porcentaje español también supera al de países como Portugal, Bulgaria, Polonia, Hungría, Croacia o Eslovenia, mientras que Italia ha conseguido reducir su tasa desde el 30% de 2015 hasta el 16% en 2025. La OCDE advierte de que la permanencia prolongada en esta situación durante las primeras etapas de la vida puede tener consecuencias negativas sobre la trayectoria socioeconómica posterior y considera necesario reforzar los sistemas de apoyo a los jóvenes.
El informe también refleja diferencias por sexo. En España, en 2025, el 18% de los hombres de entre 18 y 24 años no estudiaba ni trabajaba, frente al 16% de las mujeres. Diez años antes, los porcentajes eran del 24% y del 23%, respectivamente. En el conjunto de la OCDE, la tendencia ha sido diferente, con una reducción media de cuatro puntos entre las mujeres y de dos puntos entre los hombres durante el mismo periodo. La organización señala, no obstante, que la evolución varía considerablemente entre países y que no existe una única política capaz de reducir estas tasas en todos los contextos.
La incorporación al mercado laboral de los jóvenes con estudios terciarios también ha mejorado en España. La tasa de desempleo entre los adultos jóvenes con formación universitaria o de Formación Profesional de grado superior pasó del 18% en 2015 al 8% en 2025. Aun así, continúa por encima de la media de la OCDE, que se situó en el 5% en 2025, frente al 7% una década antes.
Otro de los problemas que identifica la OCDE es la escasez de docentes cualificados, una situación que afecta a numerosos sistemas educativos y que podría agravarse en los próximos años por el envejecimiento de las plantillas y la competencia con otros sectores por atraer trabajadores. Las dificultades son especialmente visibles en determinadas zonas rurales y aisladas. Ante la falta de profesores, algunos sistemas educativos recurren a profesionales que no reúnen plenamente las cualificaciones exigidas, una situación que afectaba de media al 9% del profesorado de educación primaria en los países analizados.
Las empresas españolas están afrontando el repunte de la inflación en un contexto de menor dinamismo en la demanda de trabajadores. Los datos de ofertas de empleo apuntan a un enfriamiento del mercado laboral que, además, coincide con una pérdida de poder adquisitivo en los salarios anunciados. El volumen de ofertas publicadas en Indeed ha descendido un 12% desde el máximo alcanzado en marzo y los nuevos anuncios acumulan una caída del 15%. Mientras tanto, el IPC ha pasado del 2,3% en febrero al 4,9% estimado para septiembre.
Los salarios ofrecidos, en cambio, apenas han reaccionado. En agosto crecían alrededor de un 3,6%, siete décimas por debajo de la inflación y con la mayor diferencia desde abril de 2023. La evolución supone un cambio respecto a los últimos años, cuando los salarios anunciados aumentaban por encima de los precios. Desde 2023, la moderación de la inflación permitió que las remuneraciones ofertadas mantuvieran un crecimiento superior al IPC, pese a que la demanda de trabajadores continuaba siendo elevada. Ahora se combina una menor presión de contratación con una aceleración de los precios, lo que reduce el margen para mejorar las condiciones salariales.
Otros indicadores también reflejan esta moderación. Las vacantes registradas por el INE alcanzaron un máximo en el primer trimestre, pero descendieron un 5% en el segundo, especialmente en el sector servicios, que concentra la mayor parte de los puestos sin cubrir. Los datos de Indeed apuntan a que la tendencia continuó durante el verano. Aun así, el mercado laboral mantiene una mayor tensión que antes de la pandemia, con unas 61 vacantes por cada 1.000 desempleados, casi el doble que a finales de 2019.
El comportamiento de la contratación, sin embargo, presenta una evolución diferente. Entre marzo y agosto se formalizaron un 6,6% más de contratos que en el mismo periodo de 2025, con un incremento cercano al 9% en los indefinidos. Esto muestra que el descenso de las ofertas no se está trasladando de momento con la misma intensidad a la contratación registrada. La relación entre ambos indicadores tampoco ha sido constante en los últimos años: la fuerte demanda de trabajadores de 2021 y 2022 sí estuvo acompañada entonces por un incremento significativo de los salarios anunciados, pero posteriormente ambas variables han seguido trayectorias más independientes.
La negociación colectiva tampoco está compensando completamente el repunte de los precios. El incremento medio pactado en los convenios con efectos en 2026 se situaba en el 3,04% en agosto, frente a una inflación del 4,3% en ese momento. Además, una parte importante de los trabajadores está cubierta por convenios plurianuales acordados antes de la actual subida de los precios y solo el 39% dispone de una cláusula de garantía salarial, porcentaje que es todavía menor en los servicios.
El resultado es un escenario en el que coinciden una reducción de las ofertas de empleo, un crecimiento de los salarios anunciados inferior a la inflación y unas revisiones salariales pactadas que también evolucionan por debajo de los precios. Aunque la contratación continúa creciendo, estos indicadores apuntan a una menor capacidad de los trabajadores para recuperar poder adquisitivo a través de nuevas incorporaciones o revisiones salariales mientras persista el actual repunte inflacionista.
El presidente de la Generalitat Valenciana, Juanfran Pérez Llorca, ha aprovechado el debate de política general en las Cortes Valencianas, el último antes de las próximas elecciones autonómicas, para presentar un paquete de 50 medidas en materia de vivienda, sanidad, fiscalidad y apoyo a la actividad económica. Los anuncios, que previsiblemente marcarán las principales líneas de actuación del Ejecutivo autonómico durante los próximos meses, incluyen nuevas ayudas para autónomos, empresas y jóvenes.
Entre las principales novedades figura la implantación de una cuota cero durante dos años para los autónomos que inicien una actividad, plazo que se ampliará hasta cuatro años en el caso de los jóvenes. En el ámbito empresarial, la Generalitat prevé duplicar hasta 24 millones de euros los recursos destinados a atraer grandes proyectos estratégicos y presentar a principios de 2027 una ley de apoyo a las empresas emergentes para reducir trámites administrativos. También se plantea crear un fondo de 60 millones para invertir en sectores como el aeroespacial y la biotecnología y otro de 100 millones, mediante colaboración público-privada, para impulsar proyectos de crecimiento industrial y tecnológico.
El plan contempla asimismo aumentar la disponibilidad de suelo industrial hasta alcanzar 10 millones de metros cuadrados mediante acuerdos con los ayuntamientos. En materia de vivienda, el aval público del IVF para la compra de la primera vivienda por parte de jóvenes se ampliará hasta los 50 años. Además, el presupuesto destinado a ayudas al alquiler alcanzará los 60 millones de euros y se facilitará un seguro para los propietarios que incorporen al mercado viviendas actualmente vacías. Los menores de 35 años podrán recibir también una ayuda de 1.000 euros para cubrir gastos de notaría, registro y gestoría relacionados con la compra de una vivienda.
El paquete incluye otras medidas dirigidas a los jóvenes, como una ayuda de 300 euros para obtener el permiso de conducir para quienes tengan entre 18 y 24 años. En materia fiscal, el Ejecutivo autonómico plantea reducir la cuota autonómica del IRPF, aunque todavía no ha concretado el porcentaje, y elevar el mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio. También aumentará hasta 60.000 euros en declaraciones individuales y 78.000 euros en conjuntas el límite de renta para acceder a determinadas deducciones por nacimiento, además de incorporar beneficios fiscales por la compra de audífonos, los gastos veterinarios y determinadas actividades de voluntariado.
Por último, Pérez Llorca ha anunciado una reducción del 10% en el canon del agua y una rebaja general del 3% en las tasas de la Generalitat. El conjunto de medidas configura las principales propuestas económicas y sociales anunciadas por el Gobierno valenciano para la próxima etapa.
La generación del baby boom gana peso en el mercado laboral español y siete de cada diez personas de entre 50 y 64 años trabajan o buscan empleo. Este grupo ha pasado de 6,5 millones de integrantes en 2002 a 11,2 millones en 2026, un aumento del 72%, y su tasa de actividad ha crecido del 50,9% al 76% en dos décadas. La evolución responde principalmente a la incorporación de las mujeres al mercado laboral y al retraso de la salida del empleo por las mayores dificultades para acceder a la jubilación anticipada.
El número de ocupados de esta franja de edad se encuentra en máximos históricos, con 7,76 millones, mientras que la tasa de empleo alcanza el 69,5%. Sin embargo, el desempleo continúa siendo uno de sus principales problemas. La tasa de paro se sitúa actualmente en el 8,6%, con 730.700 personas desempleadas, todavía 1,5 puntos por encima del nivel previo a la crisis financiera. La recuperación del empleo sénior ha sido más lenta que la registrada entre las edades centrales de la población.
El aumento de la participación laboral de los mayores no parece haberse producido a costa de los jóvenes. Entre 2008 y 2013, el empleo cayó tanto entre los trabajadores de 50 a 64 años como entre los menores de 25, mientras que posteriormente la tasa de actividad juvenil se redujo del 52,2% al 39,1%, en buena medida por la prolongación de los estudios y el desánimo ante las dificultades para encontrar trabajo. Al mismo tiempo, la actividad de las mujeres de 50 a 64 años se ha incrementado de forma notable: en 2002 solo tres de cada diez trabajaban o buscaban empleo, frente a siete de cada diez en la actualidad.
La mayor participación laboral de los baby boomers ha permitido a España aproximarse a los niveles europeos. La tasa de actividad del grupo se sitúa en el 75,8%, prácticamente en línea con el 75,4% de la Unión Europea, aunque la tasa de empleo española, del 68,9%, permanece tres puntos por debajo de la media comunitaria. La diferencia se explica fundamentalmente por el mayor desempleo.
España registra además una de las mayores tasas de paro de la UE entre los trabajadores de 50 a 64 años. La media del último año se sitúa en el 9%, frente al 4,4% comunitario, y el desempleo femenino alcanza el 10,9%, casi dos veces y media el promedio europeo. El deterioro respecto a los años anteriores a la crisis financiera contrasta con la evolución del conjunto de la Unión, donde el paro de este grupo de edad se ha reducido, poniendo de relieve las dificultades que persisten en España para mantener y reincorporar al empleo a los trabajadores de mayor edad.
El Tribunal Supremo establece que revelar secretos comerciales puede ser lícito cuando la información se utiliza para denunciar posibles irregularidades y proteger el interés general o colaborar con la Justicia. En una sentencia de 9 de septiembre de 2026, la Sala considera que esta conducta queda amparada por las excepciones previstas en el artículo 2.3 de la Ley de Secretos Empresariales, interpretado de acuerdo con la normativa europea de protección de denunciantes.
La resolución, de la que ha sido ponente la magistrada Orellana Cano, señala que el ordenamiento jurídico protege a los trabajadores que, tras acceder a determinada información en el ámbito laboral, la ponen a disposición de las autoridades judiciales o la hacen pública cuando existen motivos razonables para sospechar la existencia de irregularidades. El Supremo considera que esta protección resulta necesaria para evitar que el riesgo de acciones judiciales por parte de las empresas pueda disuadir a los empleados de colaborar con la Justicia.
El caso se originó con la demanda presentada por Iberdrola contra un antiguo responsable de control de gestión, al que acusaba de vulnerar la legislación sobre secretos empresariales por conservar y entregar a la Audiencia Nacional, así como facilitar a medios de comunicación, determinadas facturas confidenciales relacionadas con servicios de seguridad y dietas de miembros de un consejo consultivo.
Aunque los tribunales de Bilbao habían dado la razón inicialmente a la compañía, el Tribunal Supremo ha revocado esas resoluciones y ha absuelto al antiguo directivo. La Sala concluye que la utilización y difusión de la documentación estaba vinculada a la denuncia de posibles conductas irregulares y, por tanto, quedaba cubierta por las excepciones legales a la protección de los secretos empresariales.
El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los representantes sindicales a conocer las cantidades concretas que percibe cada funcionario en concepto de productividad. En dos sentencias dictadas el 10 y el 18 de junio de 2026, la Sala confirma que el último párrafo del artículo 23.3 c) de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, continúa vigente y establece un régimen específico de acceso a esta información.
El Supremo considera que esta norma permite a los representantes sindicales y a los funcionarios del propio departamento u organismo acceder a los importes individualizados de productividad. La Sala sitúa este derecho en el marco de los principios constitucionales de transparencia, rendición de cuentas y control del gasto público, frente a los criterios más restrictivos que había mantenido la Agencia Española de Protección de Datos.
La sentencia señala además que la condición de empleado público implica una limitación de la privacidad respecto de determinados datos profesionales relacionados con el puesto desempeñado y las retribuciones abonadas con fondos públicos. Asimismo, considera que el artículo 40.1 del Estatuto Básico del Empleado Público, relativo a las funciones de las Juntas de Personal, no establece un sistema cerrado que excluya la aplicación de la Ley de Transparencia u otras normas específicas de acceso a la información.
Esta doctrina consolida una línea jurisprudencial iniciada en 2020. En la sentencia de 11 de junio de ese año, el Tribunal Supremo ya estableció que la Ley de Transparencia constituye la normativa básica en materia de acceso a la información y que el Estatuto Básico del Empleado Público no impide a los representantes del personal recurrir a este mecanismo. También exigió que cualquier negativa de la Administración estuviera respaldada por un perjuicio real y concreto, y no por invocaciones genéricas a la protección de determinados intereses públicos.
Posteriormente, la sentencia de 15 de octubre de 2020 consideró que datos como la identidad, el nivel, el complemento específico y el puesto de los empleados públicos tienen carácter profesional. El Supremo también descartó que fuera necesario consultar previamente a cada funcionario antes de facilitar a los representantes del personal determinadas relaciones de puestos, al entender que la publicidad de los puestos públicos forma parte de las exigencias de control de la Administración.
Esta línea se amplió con la sentencia de 11 de diciembre de 2023, que reconoció un interés público relevante en conocer las retribuciones, titulaciones y funciones del personal técnico y reglado, y no únicamente de quienes ocupan puestos de confianza o de libre designación. El objetivo de estas solicitudes de información es facilitar el control sobre el reparto de complementos variables y comprobar que su asignación respeta los principios de igualdad, mérito y capacidad.
La Comisión Europea sitúa a España entre los países de la Unión Europea con mayor necesidad de desarrollar sistemas de ahorro complementario para la jubilación, debido a la presión que el envejecimiento de la población ejercerá sobre las cuentas públicas. El organismo comunitario también advierte del reducido grado de implantación que mantienen actualmente en España tanto los planes de pensiones de empleo como los individuales.
La reforma de las pensiones aprobada entre 2021 y 2023 no incorporó ajustes relevantes sobre el gasto futuro del sistema, por lo que el Gobierno planteó medidas complementarias destinadas a contener el impacto financiero que tendrá la jubilación de la generación del baby boom. Entre ellas se encuentran los cambios para compatibilizar pensión y trabajo y favorecer el retraso voluntario de la jubilación, así como el impulso del ahorro privado destinado a complementar las prestaciones públicas.
Sin embargo, varios años después de reducir los incentivos fiscales de los planes de pensiones individuales, aumentar los correspondientes a los planes de empleo y poner en marcha el denominado fondo público de pensiones, este último todavía no ha conseguido reunir una oferta significativa de planes colectivos de ahorro. España continúa, por tanto, entre los países europeos con menor desarrollo de la previsión social complementaria.
Esta situación adquiere especial relevancia ante el deterioro previsto de las cuentas de la Seguridad Social. El déficit contributivo ronda ya los 60.000 millones de euros y el sistema requiere una creciente aportación de recursos tributarios para afrontar sus obligaciones. La escasa acumulación de ahorro privado a largo plazo añade así otro elemento de presión sobre un modelo público que deberá afrontar en las próximas décadas el incremento del número de pensionistas.
La Comisión Europea analiza esta cuestión en su informe sobre las finanzas públicas de la Unión Europea, en el que estudia las medidas necesarias para hacer frente al aumento de las necesidades de gasto sin comprometer la estabilidad presupuestaria. El documento concluye que España presenta un amplio margen para desarrollar los sistemas complementarios de pensiones y plantea reforzarlos como una vía para contribuir a la sostenibilidad futura del sistema público y de las cuentas públicas.
El organismo comunitario utiliza dos indicadores para comparar la situación de los distintos países. El primero mide la madurez de los sistemas de previsión complementaria y refleja hasta qué punto están implantados estos mecanismos de ahorro. El segundo evalúa su potencial de expansión en función de las necesidades derivadas de la evolución demográfica y de la situación presupuestaria. La Comisión considera este último indicador de carácter prescriptivo, al señalar las actuaciones que deberían abordarse para reforzar estos sistemas.
En términos generales, Bruselas plantea aumentar el peso de los mecanismos complementarios para diversificar las fuentes de ingresos durante la jubilación y reducir parcialmente la presión que el envejecimiento generará sobre los presupuestos públicos. El objetivo señalado es garantizar unas prestaciones adecuadas utilizando el menor volumen posible de recursos públicos a lo largo del tiempo, sin poner en riesgo la sostenibilidad de las finanzas públicas ni la actividad económica.
Los indicadores elaborados por la Comisión sitúan a España en el segundo lugar de la Unión Europea por potencial y necesidad de expansión de los sistemas complementarios, con una puntuación de 80,5 sobre 100. Solo Luxemburgo obtiene una puntuación superior, con 84 puntos, mientras que la media de la Unión Europea se sitúa en 54,1.
La situación cambia cuando se analiza específicamente la presión fiscal que afrontará el sistema público de reparto. En el periodo comprendido entre 2025 y 2040, España obtiene 25,1 puntos en el indicador que mide esta tensión, la cifra más elevada de toda la Unión Europea. El resultado supera ampliamente la media comunitaria, situada en 12,1 puntos, y también los registros de Italia, con 15,2 puntos, Alemania, con 12, y Francia, con 8,1.
El informe refleja así el elevado impacto que tendrán en España la evolución demográfica y el crecimiento del gasto asociado a las pensiones. El envejecimiento de la población incrementará la presión financiera sobre un sistema de reparto que deberá atender a un número creciente de jubilados durante las próximas décadas.
En cuanto al grado de implantación de los sistemas complementarios, España obtiene únicamente 12 puntos sobre 100 en el indicador de madurez, frente a los 25,7 puntos de media de la Unión Europea. La diferencia es especialmente significativa respecto a países con una mayor tradición de sistemas de capitalización, como Dinamarca, que alcanza 91,8 puntos, o Países Bajos, con 76,7.
España presenta en este apartado niveles similares a Francia, con 11,1 puntos, e Italia, con 12,4, mientras que Alemania alcanza 19,3. La diferencia respecto a algunos de estos países radica, según el análisis de la Comisión, en la evolución prevista del gasto público en pensiones, que crecerá de manera más contenida en Francia y Alemania durante los próximos quince años. En el caso español, esta combinación entre una baja implantación del ahorro complementario y una elevada presión futura sobre el sistema público explica la especial necesidad de desarrollar mecanismos adicionales de previsión para la jubilación.
Las pensiones de los nuevos jubilados del Régimen General, que constituyen la prestación más extendida y corresponden aproximadamente al 48% de los 10,5 millones de pensionistas, alcanzaron en agosto una media de 1.826 euros mensuales en catorce pagas. Equivalente a repartir la misma cantidad en doce mensualidades, la cuantía asciende a unos 2.130 euros al mes. Este importe refleja las prestaciones generadas por trabajadores que, en general, han acumulado carreras de cotización más prolongadas y estables y bases reguladoras más elevadas. La previsión es que la cuantía continúe aumentando a medida que las generaciones del baby boom accedan a la jubilación.
El incremento de las nuevas pensiones tiene, sin embargo, una repercusión directa sobre las cuentas de la Seguridad Social. El sistema afronta un déficit contributivo de alrededor de 60.000 millones de euros anuales, que se cubre mediante recursos procedentes de los impuestos y transferencias del Estado.
La presión es especialmente relevante porque el modelo español funciona mediante un sistema de reparto, en el que las cotizaciones de los trabajadores en activo financian las prestaciones de los pensionistas. Su equilibrio depende, por tanto, de la relación entre el número de cotizantes y el de jubilados. Las previsiones demográficas de la Airef apuntan a que España mantendrá durante las próximas décadas una de las tasas de natalidad más reducidas del mundo, con una cifra cercana a un hijo por mujer en 2050, muy por debajo del nivel de reemplazo generacional, situado en 2,1 hijos. Como consecuencia, la tasa de dependencia podría pasar del entorno del 30% actual a aproximarse al 40%.
La comparación entre las pensiones de los nuevos jubilados y los salarios actuales permite apreciar el elevado importe relativo de estas prestaciones. Los últimos datos del INE sobre distribución salarial por deciles, correspondientes a 2024, muestran que una pensión equivalente a 2.130 euros mensuales en doce pagas se encuentra por encima de la remuneración media de una parte mayoritaria de los trabajadores. De acuerdo con esta distribución, la cuantía se sitúa en torno al nivel del sexto decil, por lo que supera los salarios medios de los cinco primeros grupos, que reúnen al 50% de los asalariados con menores ingresos.
La diferencia es especialmente amplia respecto a los trabajadores situados en los tramos inferiores de la distribución salarial. La pensión de 2.130 euros supera en un 199,9% el salario medio del primer decil, situado en 710,2 euros; en un 66,3% el del segundo, de 1.280,9 euros; en un 43,1% el del tercero, de 1.488,5 euros; y en un 26,7% el del cuarto, de 1.681,5 euros. Frente al quinto decil, cuyo salario medio alcanza 1.888,7 euros, la pensión resulta un 12,8% superior. El sexto decil registra exactamente los mismos 2.130 euros.
A partir de ese nivel, la relación se invierte. La pensión media de los nuevos jubilados es un 13% inferior al salario medio del séptimo decil, situado en 2.448 euros; un 26,9% menor que el del octavo, de 2.914,7 euros; un 40,3% inferior al del noveno, de 3.567,3 euros; y un 62,9% por debajo del salario correspondiente al décimo decil, que alcanza los 5.741 euros mensuales.
Incluso si los salarios aumentaran un 6%, manteniendo sin cambios la pensión de 2.130 euros, la prestación seguiría situándose por encima de los ingresos de aproximadamente entre el 52% y el 55% de los trabajadores. Este supuesto toma como referencia una evolución salarial coherente con incrementos acumulados próximos a los registrados en los convenios colectivos durante 2025 y 2026.
Los datos de Fedea muestran además cómo ha evolucionado esta relación durante las últimas décadas. Entre 1995 y 2023 se ha producido un incremento significativo de las pensiones de jubilación del Régimen General en comparación con los salarios netos, especialmente en el caso de las nuevas altas. En 2023, la pensión media en vigor, cercana a 1.550 euros, equivalía al 107,3% del salario más frecuente, al 89% del salario mediano y al 73,8% del salario medio.
La distancia era todavía mayor entre quienes acababan de incorporarse al sistema de pensiones. Las nuevas altas, con importes próximos a 1.800 euros en 2023, representaban el 123,4% del salario más habitual, superaban ligeramente el salario mediano, al alcanzar el 102,4%, y equivalían al 84,8% del salario medio neto de los trabajadores.
Una de las razones que explican esta elevada relación entre pensiones y salarios es la tasa de reemplazo del sistema español, que se encuentra entre las más altas de los países de la OCDE. Para un trabajador con un salario equivalente al promedio, la tasa bruta de reemplazo alcanza el 80,4% de los ingresos anteriores a la jubilación.
En el caso de los trabajadores con ingresos equivalentes a la mitad del salario medio, la tasa bruta se sitúa en el 80,6%, mientras que para quienes perciben el doble del salario medio desciende hasta el 49,9%. En este último caso influye el efecto del límite máximo de cotización y de la pensión máxima, que reduce la proporción de los ingresos previos que puede cubrir la prestación.
Si se calcula la tasa en términos netos, teniendo en cuenta la renta disponible después de impuestos y cotizaciones sociales, la proporción aumenta. Para un trabajador con salario medio alcanza el 86,3%, mientras que para los trabajadores con ingresos bajos se sitúa en el 78,6%. En el caso de los salarios elevados, la tasa neta alcanza el 57,9%. La diferencia respecto a las tasas brutas responde, entre otros factores, a la menor carga fiscal y de cotizaciones que soportan las pensiones frente a los ingresos obtenidos durante la etapa laboral.
El Gobierno no aprobará la próxima semana el refuerzo del registro horario, según fuentes del Ejecutivo, incumpliendo así el compromiso anunciado a finales de julio. En aquel momento, los ministerios de Trabajo y Economía aseguraron que habían alcanzado un acuerdo político para sacar adelante en septiembre la reforma pactada con los sindicatos. El calendario sirvió entonces para contener el malestar de UGT y CC OO, que habían advertido de que no cerrarían nuevos acuerdos con el Ejecutivo si la medida no se aprobaba antes de agosto. Finalmente, el plazo de julio no se cumplió, tampoco se hará en septiembre y el Gobierno todavía no ha fijado una nueva fecha.
El retraso estaría relacionado con el dictamen especialmente crítico emitido por el Consejo de Estado sobre el proyecto. El sector socialista del Ejecutivo mantiene reservas sobre la conveniencia de llevar el texto al Consejo de Ministros después de las objeciones planteadas por el órgano consultivo, que cuestionó, entre otros aspectos, la falta de adaptación de la norma a las particularidades de los distintos sectores, el impacto añadido sobre las pequeñas empresas y la posible invasión de materias reservadas a la ley pese a tratarse de un reglamento.
Desde Trabajo se considera que buena parte de estas objeciones se apoyaban en las observaciones realizadas previamente por Economía al proyecto, algo que ya provocó un enfrentamiento entre ambos departamentos. La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, defendió entonces públicamente la continuidad de la reforma y llegó a asegurar que el nuevo registro horario se aprobaría incluso aunque fuera su última actuación al frente del departamento. Sin embargo, el discurso se ha moderado durante los últimos meses, mientras Trabajo y Economía han ido negociando modificaciones destinadas a responder a las observaciones del Consejo de Estado.
Ahora ninguno de los dos ministerios cuestiona públicamente el nuevo aplazamiento ni ofrece un nuevo calendario. Trabajo señala que su intención es aprobar la norma cuanto antes y que continúa trabajando en ello, mientras Economía insiste en que siempre ha defendido su aprobación con la mayor rapidez posible. La atención política de la próxima reunión del Consejo de Ministros se concentra, no obstante, en las medidas de vivienda que prepara el Ejecutivo ante el impacto social provocado por el desahucio de Maricarmen.
Trabajo ha venido señalando que el texto incorporará determinados ajustes técnicos para responder al dictamen del Consejo de Estado, pero sin alterar el contenido esencial del acuerdo alcanzado con las organizaciones sindicales. Entre las cuestiones que han generado discrepancias entre Economía y Trabajo figura el periodo de adaptación que tendrán las empresas para implantar el nuevo sistema digital. Díaz defendía un plazo de seis meses, mientras que el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, planteaba ampliarlo a un año. Los sindicatos aseguran que el Ejecutivo todavía no les ha concretado qué modificaciones introducirá respecto al acuerdo que alcanzaron en diciembre de 2024.
El registro de jornada es obligatorio para las empresas desde 2019. La reforma que impulsa Trabajo pretende que pase a realizarse necesariamente mediante sistemas digitales y que la Inspección de Trabajo pueda acceder directamente a los registros, lo que permitiría comprobar de manera más inmediata el cumplimiento de la normativa sobre jornada laboral.
Según los cálculos del gabinete económico de CC OO a partir de los datos de la Encuesta de Población Activa, los trabajadores asalariados realizan cada semana una media de 6,43 millones de horas extraordinarias. De ellas, alrededor de 2,54 millones, cerca de cuatro de cada diez, no son compensadas por las empresas, mientras que las 3,89 millones restantes sí reciben algún tipo de compensación.
El Ejecutivo pretende introducir la reforma mediante un real decreto, sin necesidad de tramitarla como proyecto legislativo en el Parlamento. De esta manera, evitaría someter la medida a una votación parlamentaria que podría acabar con su rechazo, como sucedió hace un año con la propuesta de reducción de la jornada laboral. La CEOE coincide con el Consejo de Estado en considerar que esta vía es inadecuada, al entender que el contenido de la reforma afecta a materias que deberían regularse mediante una norma con rango de ley. La patronal ya ha advertido de que recurrirá ante los tribunales el decreto si fina
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