(Expansión, 13-01-2026) | Laboral

Los autónomos reclaman a la Seguridad Social no pagar la cuota durante la baja por enfermedad

Según el Barómetro de ATA sobre la situación de los trabajadores por cuenta propia, el 32,1% de los autónomos asegura que su actividad empeoró a lo largo de 2025. Desde la organización, su presidente, Lorenzo Amor, atribuye este deterioro al aumento de las cargas que afronta el colectivo, derivadas tanto de la nueva subida del salario mínimo como del endurecimiento de las obligaciones relacionadas con el control horario. Uno de los principales reclamos de los autónomos se dirige al Ministerio de Seguridad Social y se centra en reforzar la protección durante las bajas por enfermedad. Aunque desde 2018 están exentos de pagar cuotas a partir del segundo mes de incapacidad temporal, los 3,4 millones de trabajadores que integran el colectivo reclaman ahora que esa exención se aplique desde el primer día de baja. En un contexto marcado por el aumento de los costes laborales y una mayor presión fiscal, la mejora de la cobertura por incapacidad temporal se sitúa como la prioridad principal para más de la mitad de los autónomos. Así lo refleja el Barómetro de ATA sobre el cierre de 2025 y las perspectivas para 2026, que señala que el 53,8% considera esta medida la más urgente. A continuación, los encuestados reclaman la exención del IVA para quienes facturen menos de 85.000 euros anuales, una simplificación de las obligaciones fiscales que reduzca el número de declaraciones, la compatibilidad entre el trabajo y el cobro íntegro de la pensión de jubilación, incentivos a la contratación del primer empleado, una revisión de las deducciones de gastos para ganar seguridad jurídica, mejoras en el acceso al cese de actividad y la creación de un subsidio para mayores de 52 años que hayan agotado sus prestaciones. Conviene recordar que la prestación por incapacidad temporal de los autónomos depende de su base de cotización y de la causa de la baja. En caso de enfermedad común o accidente no laboral, no perciben prestación durante los cuatro primeros días; entre el cuarto y el vigésimo día reciben el 60% de la base reguladora, y a partir del día 21, el 75%. Si la baja se debe a un accidente laboral o enfermedad profesional, la prestación asciende al 75% desde el día siguiente a la baja. Pese a estas reivindicaciones, las conversaciones entre ATA y el Gobierno para mejorar la protección del colectivo y avanzar en cuestiones como la regularización de cuotas o la reforma del cese de actividad se encuentran paralizadas. Amor denuncia la falta de interlocución con el Ministerio de Seguridad Social, dirigido por Elma Saiz, y asegura que no se han retomado los contactos desde el pasado 20 de octubre. Fue en aquella fecha cuando el Ministerio dio marcha atrás en su propuesta inicial de actualización de las cuotas de autónomos para el periodo 2026-2028. Tras plantear subidas de entre el 4% y el 34%, el incremento se rebajó a una horquilla de entre el 1% y el 2,5%, hasta que finalmente el Ejecutivo optó por prorrogar en 2026 las cuotas vigentes en 2025, sin ningún aumento. Desde entonces, según ATA, no ha habido avances ni en la negociación futura de las cuotas ni en las medidas complementarias que la organización consideraba imprescindibles para alcanzar un acuerdo. Por el contrario, alertan de que las decisiones que se aprobarán próximamente en el Consejo de Ministros volverán a incrementar la carga sobre los autónomos. Entre ellas, destacan la subida del salario mínimo interprofesional, que será de al menos el 3,1%, y el refuerzo del registro horario, que obligará a muchos negocios a implantar sistemas digitales de control de jornada. Lorenzo Amor advierte de que este tipo de medidas están provocando una reducción del número de autónomos empleadores y de pequeñas empresas, mientras crece el empleo en grandes compañías con mayor capacidad de adaptación. En su opinión, el nuevo registro de jornada digital supondrá una carga adicional para el conjunto del tejido empresarial, pero tendrá un impacto especialmente negativo en los autónomos, a muchos de los cuales podría llevar al cierre. De cara a 2026, el Barómetro refleja un clima de moderado pesimismo. Solo el 16% de los autónomos confía en que su negocio crezca el próximo año, frente al 19% que lo pensaba a comienzos de 2025. Un 39,1% espera mantener su actividad y un 25,6% anticipa un empeoramiento. En cuanto al balance de 2025, el 30,8% de los autónomos afirma haber mejorado respecto al año anterior, mientras que un 32,1% reconoce un retroceso y un 34,9% señala que su situación se mantuvo sin cambios. Los datos de facturación siguen una línea similar: el 31,3% incrementó ingresos, el 30,4% los mantuvo y el 35% los redujo, lo que implica que para casi dos de cada tres autónomos 2025 fue un ejercicio sin crecimiento o con retrocesos. Para Amor, aunque el número total de autónomos haya aumentado, el balance del año es muy negativo. A su juicio, el incremento de la presión fiscal y la incertidumbre han generado un fuerte malestar en el colectivo. Además, señala que el crecimiento se concentra en solo cuatro comunidades autónomas, mientras se pierde empleo entre autónomos y pequeñas empresas y continúa el descenso en los sectores tradicionales.

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(El Confidencial, 13-01-2026) | Laboral

La organización mayoritaria de autónomos rechaza subir el SMI un 3,1% en 2026

La Federación Nacional de Asociaciones de Autónomos (ATA), integrada en la CEOE, ha manifestado su oposición al aumento del salario mínimo interprofesional planteado por el Ministerio de Trabajo para 2026, que contempla una subida del 3,1% con bonificación en el IRPF y situaría el SMI en 17.094 euros brutos al año. El presidente de la organización, Lorenzo Amor, afirmó este lunes que un incremento de ese calibre resulta "inviable" para muchos autónomos con trabajadores a su cargo, y reiteró la posición fijada previamente por el Comité Ejecutivo de la CEOE en diciembre. Amor señaló que una actualización más moderada, de entre el 1,5% y el 2%, habría sido aceptable, pero considera excesivo el porcentaje propuesto. Estas declaraciones, realizadas durante la presentación del barómetro de actividad de los autónomos de 2025, cierran en la práctica la puerta a una negociación efectiva entre Trabajo y las organizaciones empresariales para acordar una subida consensuada del SMI en 2026. El dirigente empresarial también cuestionó el informe de expertos utilizado para calcular el 60% del salario medio neto, al que calificó de "trilerismo estadístico", y defendió que el salario mínimo ya supera ese umbral. Desde el Gobierno y los sindicatos, en cambio, se considera insuficiente una subida por debajo de la inflación registrada en 2025, del 2,7%, y de la prevista para 2026, del 2,1%. Además, la alternativa planteada por el Ministerio de Trabajo el pasado 7 de enero, consistente en modificar la ley de desindexación, no ha prosperado y carece de apoyos para avanzar. La desindexación es una demanda recurrente tanto de CEOE y Cepyme como de UGT y CCOO. De hecho, en el último Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva se recogió la necesidad de que las empresas pudieran trasladar el coste de las subidas del SMI a los contratos con las administraciones públicas. No obstante, los ministerios implicados se oponen a esta posibilidad. Desde Hacienda se indicó la semana pasada que no se aceptará la desindexación por el impacto que tendría en las cuentas públicas en un contexto de mayores necesidades de gasto, mientras que desde Economía aseguran que esta opción ni siquiera se está abordando dentro del Gobierno. En este escenario, el Ministerio de Trabajo acabará previsiblemente cerrando un acuerdo únicamente con los sindicatos, como viene ocurriendo desde 2021, y UGT y CCOO no pondrán obstáculos a una subida del 3,1%. ATA, como principal organización representativa de los autónomos, fundamenta su rechazo a un mayor incremento de los costes laborales en la situación real del colectivo, que, según sostiene, no es tan favorable como podría sugerir el récord de afiliación al RETA, con 3,4 millones de trabajadores por cuenta propia. De acuerdo con su barómetro, elaborado a partir de 1.200 encuestas, el 32,1% de los autónomos afirma haber reducido su actividad en 2025 respecto al año anterior, y un 25,6% prevé un descenso a lo largo de 2026.

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(El Economista, 13-01-2026) | Laboral

Histórico sorpasso en el mercado laboral europeo

Se trata de un hecho histórico, no solo por su carácter inédito, sino porque rompe definitivamente con el estereotipo que durante años ha pesado sobre los países del sur de Europa, a menudo señalados -de forma más o menos velada- como derrochadores y poco disciplinados. Por primera vez, el país con la mayor tasa de desempleo de la Unión Europea no se encuentra en el sur, sino en el norte del continente. En concreto, es Finlandia la economía que hoy lidera el paro en Europa, un país cuyos dirigentes mostraron durante la crisis del euro una fuerte resistencia a ayudar a las economías meridionales y cuyos responsables económicos formaron parte del grupo de los denominados países frugales, defensores de la austeridad y la ortodoxia fiscal. Según los últimos datos oficiales de la Comisión Europea, Finlandia registra actualmente la tasa de paro más elevada de la UE. España ocupa la segunda posición, seguida muy de cerca por Suecia, otro país que tradicionalmente se asociaba con niveles muy bajos de desempleo. La tasa finlandesa, ajustada por estacionalidad, alcanza el 10,6%, ligeramente por encima del 10,4% de España, mientras que Suecia se sitúa en el 9,1%. El aumento respecto al dato de octubre, cuando el paro era del 10,4%, sitúa a Finlandia en su peor registro de los últimos 15 años. Estas cifras reflejan una tendencia más amplia: los países nórdicos, históricamente caracterizados por un mercado laboral sólido y bajos niveles de desempleo, están experimentando un deterioro en sus indicadores, mientras que las economías del sur de Europa muestran mejoras moderadas. La tasa de paro mide el porcentaje de personas desempleadas sobre la población activa de entre 15 y 74 años, y esta definición permite al Gobierno finlandés matizar el diagnóstico. Desde su punto de vista, el problema no reside en una destrucción masiva de empleo, sino en que el número de personas que buscan trabajo crece a un ritmo superior al de la creación de puestos. En otras palabras, la oferta de mano de obra está aumentando más rápido que la demanda. El Ministerio de Empleo de Finlandia ha señalado que en el último año el número de personas ocupadas ha crecido en torno a 25.000 y que determinados sectores están generando nuevos empleos. Sin embargo, este avance no logra absorber el incremento de la población activa, formada tanto por quienes ya trabajan como por quienes buscan empleo de manera activa. Desde esta perspectiva, el repunte del desempleo en Finlandia se explica en parte por el aumento de la inmigración registrado en los últimos años. La economía finlandesa no está siendo capaz de integrar a esta fuerza laboral procedente del exterior, lo que está generando tensiones sociales y políticas. La llegada de población migrante ha coincidido, además, con una fase de recesión económica y con mayores dificultades para encontrar trabajo. La situación contrasta con la de España, donde también se ha producido una intensa entrada de inmigrantes, pero en un contexto de recuperación económica tras la pandemia. En este caso, la inmigración está contribuyendo al aumento del empleo. Según la última Encuesta de Población Activa, que utiliza la misma metodología que Eurostat, en 2025 los trabajadores extranjeros superaron los 3,5 millones, lo que equivale al 15% del total de ocupados, su máximo histórico, en un momento en el que España se acerca a los 22 millones de personas empleadas. No obstante, aún hay más de 635.400 parados extranjeros en España, sin contar a quienes tienen doble nacionalidad. Este colectivo representa el 24,3% del desempleo total, el porcentaje más elevado desde 2009, cuando llegó al 25% con más de un millón de personas. A pesar de ello, la presencia de inmigrantes no ha impedido reducir la tasa de paro, que ha descendido 3,5 puntos porcentuales desde 2019, mientras que en Finlandia ha aumentado en 3,7 puntos durante el mismo periodo. A diferencia de lo ocurrido hace 16 años, el mayor peso de los inmigrantes en el desempleo español coincide ahora con un volumen total de parados mucho menor. Además, la experiencia de la Gran Recesión mostró que, en épocas de crisis, muchos inmigrantes tienden a abandonar España en busca de mejores oportunidades en otros países europeos. En el trasfondo de estas diferencias se encuentra un distinto modelo de integración de la mano de obra extranjera. La estructura productiva española depende en mayor medida de sectores intensivos en trabajo, como la agricultura, la construcción y, especialmente, los servicios -hostelería, logística o turismo-, lo que facilita la incorporación de trabajadores con perfiles diversos en un contexto de envejecimiento demográfico que está generando tensiones crecientes en la oferta laboral. También influye el origen de la inmigración. Aunque Marruecos es el principal país de procedencia, una parte muy relevante de los inmigrantes que llegan a España procede de América Latina. La cercanía cultural y lingüística reduce fricciones que sí aparecen con mayor intensidad en los países nórdicos, como Finlandia y Suecia. Lo que en el caso español actúa como un factor de apoyo al mercado laboral, en estos países se ha convertido en un desafío. Tanto Finlandia como Suecia afrontan problemas derivados del envejecimiento de su población, incluso de forma más acusada que España, pero no están logrando aprovechar esta entrada de trabajadores extranjeros como un motor de productividad en un entorno geopolítico complejo, marcado por su proximidad a Rusia. Resulta especialmente llamativo en el caso de Finlandia, a menudo presentada como el país más feliz del mundo, mientras que Suecia ha llegado a superar a Grecia como el tercer país europeo con mayor tasa de paro. Con todo, hay un elemento menos tranquilizador para España que emerge al analizar la serie histórica de datos. Es la primera vez que Finlandia supera a España en tasa de desempleo, pero no es la primera vez que se aproxima a hacerlo. En julio de 2005, en pleno auge inmobiliario, la diferencia estuvo a solo cuatro décimas. Este patrón pone de relieve una debilidad estructural del mercado laboral español: su elevada volatilidad.

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(Onda Cero, 13-01-2026) | Laboral

La Tesorería General de la Seguridad Social avisa a los pensionistas por la posible recepción de una carta fraudulenta

La Tesorería General de la Seguridad Social ha alertado a través de sus redes sociales de la circulación de una carta falsa dirigida a algunos pensionistas. En su aviso advierte claramente de que se trata de un engaño y pide no caer en la trampa. Junto al comunicado, el organismo ha difundido una copia del escrito fraudulento. En él, los supuestos remitentes afirman contactar "desde la Seguridad Social" para solicitar documentación, alegando la entrada en vigor de una nueva ley y la pérdida de datos personales como consecuencia de un supuesto ataque informático a los sistemas de Hacienda y de la propia Seguridad Social. El texto, con un uso incorrecto de mayúsculas y minúsculas, ya resulta sospechoso desde el primer momento. A lo largo de la carta se aprecian numerosos errores ortográficos y de puntuación. Además, se asegura que habrá un aumento de las prestaciones y de las pensiones de jubilación, y se pide al destinatario que remita diversa información personal: fotografías del DNI o NIE por ambas caras, una imagen de un extracto bancario en el que figure como titular o autorizado, así como el importe aproximado de la última pensión cobrada. El mensaje concluye prometiendo una subida de la pensión de entre 75 y 150 euros e incluye una dirección de correo electrónico a la que enviar toda esa documentación. El verdadero objetivo es obtener datos personales y bancarios para cometer un fraude. Ante este tipo de comunicaciones, lo más recomendable es no responder y ponerlo en conocimiento de las autoridades. Tanto la Seguridad Social como la Guardia Civil recuerdan de forma reiterada que este organismo nunca solicita información personal o bancaria por este tipo de vías, por lo que cualquier mensaje de estas características debe ser ignorado.

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(Expansión, 12-01-2026) | Laboral

¿Cuánto subirá el salario mínimo interprofesional en 2026?

El Ejecutivo ha planteado a sindicatos y empresarios una subida del salario mínimo interprofesional del 3,1% para 2026, lo que situaría su cuantía en 1.221 euros brutos mensuales, manteniendo la exención del IRPF. Esta propuesta se encuentra a medio camino entre la reivindicación sindical, que reclama un incremento del 7,5%, y la posición de la patronal, que defiende una subida más moderada del 1,5%. El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha citado a los agentes sociales el viernes 16 de enero a las nueve de la mañana para continuar con las conversaciones sobre la actualización del SMI de 2026, según han trasladado fuentes sindicales. En la última reunión, el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, trasladó a CCOO, UGT, CEOE y Cepyme la propuesta de elevar el salario mínimo un 3,1%, hasta 1.221 euros al mes en 14 pagas, sin que tribute en el IRPF. Esto supondría un aumento de 37 euros mensuales respecto a los 1.184 euros vigentes en 2025, con efectos retroactivos desde el 1 de enero una vez se apruebe la medida. La oferta del Gobierno coincide con una de las recomendaciones del Comité de Expertos que asesora sobre el SMI, que planteaba un incremento del 3,1% en caso de mantener la exención fiscal o del 4,7% si el salario mínimo pasaba a tributar. Para facilitar un posible acuerdo con la CEOE, Trabajo ha mostrado su disposición a analizar con mayor profundidad una flexibilización de la Ley de Desindexación en los contratos públicos, una demanda compartida por sindicatos y empresarios y que la patronal había fijado como condición en negociaciones anteriores sin que llegara a prosperar. El Ministerio también defiende estudiar fórmulas que permitan vincular la evolución del salario mínimo a los contratos públicos dentro del marco fiscal, laboral y tributario, aunque esta posibilidad ha chocado en el pasado con la oposición del Ministerio de Hacienda. De hecho, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, reconoció recientemente la existencia de discrepancias con el PSOE en esta materia. Aun así, Trabajo se ha comprometido a explorar con los departamentos implicados un acuerdo que permita suavizar las reglas de desindexación en determinados supuestos, un debate que se enmarca en la transposición de la Directiva Europea de Salarios Mínimos. En este contexto, el diálogo social también aborda la reforma de los mecanismos de compensación y absorción para evitar que las subidas del SMI queden neutralizadas por complementos salariales. Tras el último encuentro, las organizaciones sindicales y empresariales acordaron analizar la propuesta en sus órganos internos. Todo apunta a que, si no se introducen cambios sustanciales, CCOO y UGT respaldarán el planteamiento del Gobierno. La patronal, por su parte, mantiene una posición prudente y no ha definido públicamente su postura, aunque tanto Trabajo como los sindicatos han valorado su actitud constructiva durante la negociación y confían en que finalmente se sume al acuerdo. Los sindicatos, que inicialmente plantearon una subida del 7,5% con tributación en el IRPF, consideran que el incremento del 3,1% sin impuestos supera la inflación media de 2025, estimada en el 2,7%, y permite preservar el poder adquisitivo, además de avanzar hacia el objetivo del 60% del salario medio neto recomendado por la Carta Social Europea. Desde el ámbito empresarial, fuentes de la CEOE han señalado que la decisión final dependerá del desarrollo de la reunión del viernes y que la cuestión se abordará en su Junta Directiva del 19 de enero. Si la patronal acaba respaldando la propuesta gubernamental, el salario mínimo aumentaría en 2026 el doble de lo que propone la propia CEOE, que apuesta por un alza del 1,5%, hasta los 1.202 euros brutos mensuales. En paralelo, Trabajo pretende aprobar de forma diferenciada, pero dentro de un acuerdo global, tanto la subida del SMI como la reforma de las reglas de absorción y compensación, incorporando así la directiva europea al ordenamiento español. No obstante, esta reforma genera un fuerte desacuerdo, ya que los sindicatos y el Ministerio la consideran prioritaria, mientras que la patronal se opone. El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha insistido en que las organizaciones sindicales no renunciarán a esta reforma y ha defendido que se eleve al Consejo de Ministros el mismo día que se apruebe la cuantía del SMI para 2026, aunque su entrada en vigor se retrase por los trámites necesarios. Lo que sí está garantizado es que el salario mínimo seguirá sin tributar, ya que Trabajo y Hacienda han acordado mantener la exención fiscal. Hacienda había mostrado disposición a revisar la deducción del IRPF para adaptarla a la subida del SMI, una solución que UGT considera insuficiente y meramente provisional. Por ahora, el año ha comenzado con el SMI en la misma cuantía con la que terminó 2025, es decir, 1.184 euros mensuales en 14 pagas. Esta cifra se fijó tras la subida del 4,4% aprobada en febrero de 2025 con efectos retroactivos desde enero, un aumento de 50 euros respecto a 2024. Aquella subida fue acordada únicamente entre el Gobierno y los sindicatos, sin el respaldo de la patronal, que no apoya un incremento del salario mínimo desde 2020, cuando se elevó de 900 a 950 euros mensuales.

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(Expansión, 12-01-2026) | Laboral

478.000 empresas despiden 2025 con alzas salariales próximas al 5%

El incremento salarial medio acordado en los convenios colectivos registrados hasta diciembre se situó en el 3,53%, aunque más de 4,43 millones de trabajadores han experimentado subidas sensiblemente superiores, cercanas al 4,71%. De forma gradual, los asalariados en España están logrando dejar atrás, o al menos amortiguar, el impacto de la fuerte inflación que golpeó con especial intensidad en 2021 y 2022, y que solo empezó a moderarse a partir de 2023. Aun así, el encarecimiento acumulado desde finales de 2020 supera el 22%. En este contexto, la desaceleración de los precios junto con una recuperación lenta pero sostenida de los salarios ha permitido que muchos hogares recuperen parte de su poder adquisitivo o, al menos, frenen su deterioro. El mercado laboral cerró 2025 con una mejora salarial media del 3,53%, según los datos del Ministerio de Trabajo, que reflejan las revisiones retributivas pactadas en los convenios colectivos inscritos hasta diciembre. Este avance apenas supera en cuatro centésimas el registrado en noviembre, pero representa medio punto más que al inicio del año. Este aumento, en el que han tenido un papel relevante las sucesivas subidas del salario mínimo interprofesional -para el que el Gobierno plantea un alza del 3,1% en 2026 manteniendo la exención fiscal-, se coloca seis décimas por encima del IPC de diciembre, situado en el 2,9%, y ocho décimas por encima de la inflación media de 2025, del 2,7%. Esto supone un alivio para el poder de compra de muchos trabajadores, aunque de forma desigual, ya que persisten diferencias significativas entre colectivos, con brechas cercanas a los cinco puntos entre quienes han visto crecer sus salarios y quienes han vuelto a sufrir congelaciones. A finales de diciembre, 478.339 empresas habían pactado con sus plantillas incrementos salariales medios del 4,71%, casi 1,2 puntos por encima del promedio general, 1,8 puntos más que la inflación de diciembre y dos puntos por encima de la media anual. Este avance beneficia a 4,43 millones de trabajadores, el 43,6% de los 10,15 millones de asalariados cubiertos por los convenios registrados en 2025, y les permitirá mejorar su capacidad de compra. A la espera de que sindicatos y empresarios inicien las negociaciones para un nuevo Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva, tras expirar el anterior a finales de 2025, los datos de los convenios más recientes apuntan a una tendencia al alza. En concreto, los convenios firmados durante 2025 recogen un aumento salarial medio del 4,18%, frente al 3,31% correspondiente a acuerdos de años anteriores que siguen vigentes. Pese a que los más de 4,4 millones de trabajadores con subidas cercanas al 5% representan una parte relevante del total, la mayoría de los asalariados no ha experimentado mejoras de ese calibre. De los 10,15 millones cubiertos por convenio, 5,72 millones se encuentran en situaciones muy diversas, que van desde la congelación salarial hasta incrementos que apenas compensan el aumento de los precios, pasando por alzas inferiores al IPC que implican pérdida de poder adquisitivo. En concreto, 3,74 millones de empleados han acordado subidas del 2,96%, en línea con la inflación de diciembre y solo ligeramente por encima de la media anual, mientras que 1,87 millones han pactado incrementos de entre el 1,35% y el 2,47%, con un valor intermedio del 1,94%. Para estos colectivos, la capacidad de compra vuelve a verse erosionada, una situación aún más acusada en el caso de más de 104.000 trabajadores que en 2025 han sufrido una congelación salarial o apenas han logrado aumentos de entre el 0,08% y el 0,55%.

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(El Economista, 12-01-2026) | Laboral

El Supremo facilita las devoluciones de la Seguridad Social por errores de cotización

El Tribunal Supremo ha allanado el camino para que la Seguridad Social devuelva con mayor facilidad las cantidades cobradas de más como consecuencia de errores en las cotizaciones. En una sentencia dictada el 19 de diciembre, el alto tribunal establece que empresas y profesionales pueden reclamar el importe total abonado en exceso, sin necesidad de hacerlo mes a mes por cada liquidación. Este criterio resulta especialmente relevante porque permite acceder a la segunda instancia judicial en reclamaciones que, de otro modo, quedarían excluidas al no superar individualmente el umbral de 30.000 euros exigido para recurrir. El caso analizado se origina a raíz de una empresa que, entre 2013 y 2017, ingresó indebidamente unos 50.700 euros debido a un error en el encuadramiento de sus trabajadores. La Seguridad Social rechazó la devolución y el juzgado de lo contencioso-administrativo de primera instancia respaldó la postura de la Administración al entender que no se había reconocido formalmente el error. No obstante, la compañía recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que estimó su pretensión. Posteriormente, la Seguridad Social llevó el asunto ante el Supremo, defendiendo que la cuantía debía analizarse por cada liquidación mensual, ninguna de las cuales alcanzaba los 30.000 euros, lo que impediría el acceso a la apelación. La empresa sostuvo que este planteamiento supondría, en la práctica, bloquear cualquier posibilidad de recurrir en segunda instancia las devoluciones de ingresos indebidos derivadas de cotizaciones erróneas. El Tribunal Supremo ha dado la razón a este argumento y ha fijado doctrina al señalar que, cuando la reclamación se basa en un error de encuadramiento, la cuantía relevante es el importe económico global reclamado, sin fragmentarlo por periodos de cotización. El alto tribunal recuerda que en resoluciones anteriores, de mayo de 2021 y enero de 2023, había establecido que, al impugnar actas de liquidación de cuotas, la cuantía debía calcularse atendiendo a cada liquidación mensual. Sin embargo, aclara que este supuesto es distinto, ya que no se trata de discutir actas de liquidación, sino de solicitar la devolución de cantidades ingresadas indebidamente por un error común. En este sentido, el Supremo invoca su propia doctrina, así como la del Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que obligan a interpretar los requisitos de acceso a los recursos de manera razonable y proporcionada para salvaguardar el derecho a la tutela judicial efectiva. Bajo este enfoque, concluye que debe facilitarse la admisión de los recursos. La sentencia, redactada por la magistrada María Pilar Cancer Minchot, subraya que la devolución solicitada tiene su origen en una única causa, el error en el encuadramiento de los trabajadores, por lo que no resulta justificado fragmentar la cuantía reclamada por periodos. A juicio del tribunal, debe atenderse al importe total de la reclamación, como consecuencia directa de un mismo presupuesto, con independencia de que las cantidades puedan desglosarse por cuotas mensuales. Además, precisa que no existe una acumulación artificial de importes, sino la consecuencia lógica de un único error.

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(El Economista, 12-01-2026) | Laboral

La desigualdad de las pensiones entre las CCAA crece un 20%, hasta 1.330 euros

En el último lustro, la brecha territorial entre la pensión media más alta, que corresponde a los jubilados del País Vasco, y la más baja, percibida en Extremadura, se ha ampliado en unos 100 euros mensuales, lo que equivale a 1.330 euros al año, un incremento cercano al 20%. Al cierre de 2024, la pensión media de jubilación alcanzó los 1.512 euros al mes. Sin embargo, los pensionistas vascos recibían de media 1.841 euros mensuales, la cifra más elevada del país, mientras que los extremeños se situaban en el extremo opuesto, con 1.279 euros, es decir, 562 euros menos al mes. Esta diferencia supone actualmente una brecha del 44%, una desigualdad que se repite desde que existen datos, aunque con una tendencia clara al ensanchamiento. Estas disparidades regionales responden, en gran medida, a las trayectorias laborales de los actuales pensionistas. Así lo señala el informe Las pensiones de la Seguridad Social en las comunidades autónomas, elaborado por el Instituto BBVA, que destaca que el País Vasco es la región con mayor remuneración neta y Extremadura la que presenta los ingresos medios más bajos. Según el estudio, la distancia entre ambas asciende a 11.700 euros anuales, lo que representa un 26,6% más. Junto con la edad de jubilación y los años cotizados, estas diferencias salariales explican el importe final de las pensiones. Más allá del valor medio de las prestaciones, otros indicadores reflejan la magnitud de las desigualdades territoriales. Uno de ellos es la distribución de las pensiones en vigor por tramos de cuantía. En diciembre de 2025, el 58% de los pensionistas en España cobraba una prestación inferior al Salario Mínimo Interprofesional. Esta proporción se elevaba notablemente en comunidades con pensiones más bajas: alcanzaba el 73% en Extremadura, el 68% en Galicia, el 67% en Andalucía y el 66% tanto en Murcia como en Canarias. Por el contrario, en regiones con pensiones superiores a la media nacional, la concentración de prestaciones por debajo del SMI es sensiblemente menor, como ocurre en el País Vasco, donde afecta al 40% de los pensionistas, Navarra con un 44%, Madrid y Asturias con un 47%, o Aragón con un 53%. Otro dato revelador es el uso del complemento a mínimos, un mecanismo que eleva la pensión contributiva cuando no alcanza el umbral legal, fijado en 2025 en 9.193 euros anuales para hogares unipersonales y en 10.723 euros para aquellos con cónyuge a cargo. En Extremadura, un 33% de las pensiones de jubilación necesitan este complemento, frente al 9,5% en el País Vasco. La media nacional se sitúa en el 18%, aunque en comunidades como Galicia y Castilla-La Mancha más de una cuarta parte de los jubilados requiere este apoyo adicional. El informe del Instituto BBVA subraya que estas diferencias no resultan sorprendentes en un sistema de pensiones de carácter contributivo. A menores cotizaciones a lo largo de la vida laboral, menores prestaciones en la jubilación. En este sentido, la cotización media anual por trabajador es claramente superior en el País Vasco, con 7.255 euros, frente a los 5.319 euros registrados en Extremadura. La dependencia de las pensiones como principal fuente de ingresos también varía según el territorio. Si se compara el número de jubilados con la población total, hay provincias donde más del 30% de los habitantes percibe una pensión contributiva, como Ourense, Lugo, León o Asturias. A nivel nacional, la media se sitúa en el 21% al cierre de 2024, lo que equivale a una de cada cinco personas. No obstante, en 19 provincias, entre ellas las tres vascas, buena parte de Castilla y León, Asturias o Cantabria, uno de cada cuatro ciudadanos vive de una pensión. Por comunidades autónomas, la proporción de pensionistas alcanza el 26% tanto en el País Vasco como en Castilla y León, un reflejo del acusado envejecimiento demográfico. Las diferencias en envejecimiento y dependencia también son notables. De acuerdo con el último Índice de Envejecimiento del INE, Asturias, Castilla y León y Galicia encabezan la lista de regiones con mayor peso de población de edad avanzada. Estas mismas comunidades destacan asimismo en la tasa de dependencia de mayores de 64 años y en el número de afiliados por pensionista. El informe del Instituto BBVA también vincula las desigualdades en las pensiones a las diferencias de productividad entre comunidades autónomas. Las regiones con mayores niveles de productividad tienden a registrar salarios más elevados y, en consecuencia, pensiones más altas. Lo que ocurre en el ámbito productivo y laboral resulta determinante para el sistema de pensiones, ya que existe una relación directa entre productividad, salarios y prestaciones de jubilación. En esta línea, el último Observatorio de la Productividad del Ivie pone de relieve que, tras la pandemia, la productividad total de los factores ha mejorado en todas las comunidades autónomas excepto en Extremadura, donde permaneció estancada entre 1995 y 2020 y ha mostrado un comportamiento negativo entre 2020 y 2023, con una caída del 0,87%. Se trata de la única región que ha perdido eficiencia en el periodo posterior a la crisis sanitaria. Por el contrario, Baleares, Canarias, el País Vasco y Cataluña figuran entre las comunidades que más han contribuido al aumento de la productividad en los últimos años. En conjunto, la productividad de España creció cerca de un 2% en 2024, frente al descenso del 0,7% registrado de media en la Unión Europea.

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(El País, 12-01-2026) | Laboral

El Gobierno lanza una batería de decretos laborales que sortean al Congreso

Existen diversas normas impulsadas desde los ministerios económicos y sociales que podrían salir adelante mediante vías reglamentarias, sin necesidad de someterse a la aprobación del Parlamento. El desarrollo normativo más avanzado es el que refuerza los sistemas de control de la jornada laboral en las empresas. Esta regulación, amparada por el Estatuto de los Trabajadores -en concreto por su artículo 34.7-, se encuentra pendiente de recabar los informes obligatorios, entre ellos los del Consejo Económico y Social y la Agencia Española de Protección de Datos, antes de su aprobación definitiva por el Consejo de Ministros. Según afirmó la semana pasada el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, este trámite se completará en breve. El real decreto introduce cambios relevantes, como la obligatoriedad de que el registro horario sea digital, salvo en casos justificados, ya que actualmente puede realizarse en papel. Además, deberá ser verificable y permitir el acceso en tiempo real a la Inspección de Trabajo. También establece que los fichajes se efectúen diariamente por el propio trabajador, de forma personal y libre, e incluyan con precisión la hora y el minuto de inicio y fin de la jornada, así como de cada pausa realizada. Asimismo, deberá constar el número exacto de horas ordinarias, extraordinarias y complementarias realizadas cada día, y en el caso de las horas extra, la forma concreta de compensación, ya sea económica o mediante descanso. El Ministerio de Trabajo, encabezado por la vicepresidenta segunda Yolanda Díaz, tiene además pendientes de aprobación inmediata otros dos reales decretos vinculados al salario mínimo interprofesional. El primero recogerá el incremento del 3,1% previsto para 2026, con efectos retroactivos desde el 1 de enero, tal y como se anunció recientemente. El segundo, aún en negociación con los agentes sociales, pretende aclarar la regulación vigente del SMI y, si se aprueba en los términos pactados entre Trabajo y los sindicatos el pasado año -con la oposición de la patronal-, restringirá al máximo la posibilidad de que las subidas del salario mínimo queden neutralizadas mediante la compensación o absorción con determinados complementos salariales. En el ámbito de la prevención de riesgos laborales, Trabajo aspira también a sacar adelante nueva normativa. Durante cerca de 20 meses ha intentado consensuar con empresarios y sindicatos reformas tanto de la ley de prevención de riesgos laborales como del reglamento de los servicios de prevención ajenos, obligatorios para todas las empresas y que las de menor tamaño suelen externalizar. La modificación de este último contemplaba, entre otras cuestiones, una regulación más detallada para el sector de la ayuda a domicilio. Sin embargo, la falta de acuerdo, tras el rechazo de la patronal a finales de año, ha llevado al ministerio a prever que estos cambios se pacten únicamente con los sindicatos. La intención inicial es llevar ambas reformas al Parlamento, aunque, si no se alcanzan los apoyos necesarios -una posibilidad muy probable en el contexto actual-, el Ministerio de Trabajo recurrirá a la misma fórmula empleada con la reducción de jornada y el registro horario. Esto implicaría aprobar de forma unilateral un nuevo reglamento de los servicios de prevención ajenos y, al mismo tiempo, extraer de la ley de prevención aquellas materias que cuenten con habilitación en otras normas para regularlas mediante real decreto. Entre ellas podrían encontrarse el reglamento de Lugares de Trabajo, especialmente en lo relativo a las condiciones climáticas, o el de Coordinación de Actividades Empresariales, que establece las medidas preventivas cuando varias empresas operan en un mismo centro de trabajo. En materia laboral aún existe otro frente en el que el Ministerio podría optar por la vía reglamentaria en lugar de la legislativa. Se trata del proyecto de ley para incorporar al ordenamiento español la directiva europea sobre condiciones laborales transparentes y previsibles, que debería haberse transpuesto antes del 1 de enero de 2022. El bloqueo de esta norma en el Congreso ha provocado que la Comisión Europea haya abierto un procedimiento de infracción contra España y haya llevado el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con el consiguiente riesgo de sanciones económicas. Ante esta situación, las fuentes consultadas señalan que el Gobierno podría aprobar por decreto algunas de las medidas contenidas en el proyecto, como las relativas a los elementos esenciales del contrato de trabajo. Por su parte, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dirigido por la portavoz del Gobierno Elma Saiz, tiene en marcha una reforma de calado relacionada con la jubilación flexible, aquella modalidad que permite compatibilizar una parte de la pensión con un trabajo a tiempo parcial tras la jubilación. La reforma de pensiones aprobada en diciembre de 2024 obligaba al Ejecutivo a presentar en el plazo de seis meses una propuesta de modificación del real decreto que regula esta figura. Aunque la iniciativa sigue siendo objeto de análisis y negociación en el marco del diálogo social, al estar regulada por decreto y no por ley, puede aprobarse sin intervención parlamentaria. Entre los cambios que se estudian figura la mejora de la pensión para los jubilados anticipados forzosos que regresen al mercado laboral, así como una mayor flexibilidad en los porcentajes de jornada exigidos, que podrían situarse entre el 40% y el 80%. Asimismo, se contempla que, si la jornada trabajada alcanza al menos el 60%, la parte de pensión compatible se incremente entre un 10% y un 20%, aunque estas propuestas aún no están cerradas. Por último, el departamento de Seguridad Social tiene pendiente la aprobación de otras normas reglamentarias que afectan a la gestión administrativa de las bajas por incapacidad temporal. Este real decreto, también debatido con los agentes sociales, supondrá una profunda reorganización del sistema de evaluación de las incapacidades y prevé la creación de una Unidad Central de Evaluación de Incapacidades, dependiente del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que irá sustituyendo progresivamente a los actuales equipos provinciales encargados de esta función.

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(El Confidencial, 12-01-2026) | Laboral

CEOE se borra de la evaluación de la reforma laboral que ultima el Ministerio de Trabajo

La comisión encargada de evaluar la reforma laboral está ultimando los trabajos para hacer público el primer informe sobre los efectos de la norma de 2022 en la temporalidad del sector privado. Sin embargo, las organizaciones empresariales han optado por no formar parte del proceso. Un episodio más que pone de manifiesto el distanciamiento absoluto entre CEOE y Cepyme y el Ministerio de Trabajo, muy alejado del clima de entendimiento que caracterizó la legislatura anterior. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, dio a conocer a finales de abril de 2025 la composición de la comisión de expertos, en la que inicialmente figuraban dos representantes de las patronales -Rosa Santos por CEOE y Teresa Díaz por Cepyme-. No obstante, según explican fuentes empresariales, tras valorar internamente el desarrollo de la primera reunión, se decidió abandonar la comisión y no participar en sus conclusiones. Desde CEOE se argumenta que en ese primer encuentro se produjo una "estigmatización de las empresas" y una "extralimitación en los contenidos" del informe. De hecho, en un comunicado emitido el 30 de abril, la organización empresarial ya advirtió de que la convocatoria estuvo "marcada por el oportunismo político". Por su parte, Díaz defendió durante la presentación de la comisión que se trata de un órgano "absolutamente plural" y que sus integrantes actúan con "plena independencia" en sus debates. En el trasfondo del conflicto, los empresarios vienen denunciando de forma reiterada un creciente "intervencionismo" del Ministerio de Trabajo en las relaciones laborales, así como un "incremento constante de costes impuestos por el Gobierno sin consenso o en contra del diálogo social". Uno de los puntos de mayor fricción fue el cambio introducido en 2024 en la prevalencia de los convenios colectivos autonómicos, que alteró lo pactado con CEOE para recabar su apoyo a la reforma laboral y facilitar el respaldo del PNV a la investidura de Pedro Sánchez. La retirada de CEOE de la comisión de evaluación refleja con claridad la evolución de la relación entre la patronal y el Gobierno, y en particular con Yolanda Díaz. El recorrido comenzó con la firma de la subida del salario mínimo en 2020, del 5,5 %, continuó con numerosos acuerdos durante la pandemia para desplegar los ERTE y culminó con el pacto de la reforma laboral de 2022 tras once meses de negociación con sindicatos y Ejecutivo. En aquel acuerdo, los empresarios lograron introducir mecanismos de flexibilidad en la contratación y frenar la recuperación de figuras como los salarios de tramitación, reivindicadas por las organizaciones sindicales. Cuatro años después de la publicación de la reforma en el BOE, la patronal rechaza ahora participar en la evaluación comprometida con la Comisión Europea a través de la disposición adicional vigesimocuarta. Fuentes de la comisión indican que la próxima semana se celebrará una reunión para revisar el borrador del informe, por lo que su publicación podría producirse a lo largo de este mes. En abril, Díaz había señalado que el documento estaría disponible antes de que finalizara el año, aunque el encuentro de revisión se ha pospuesto unas semanas. En principio, el informe se centrará en analizar, con periodicidad bienal, la evolución sectorial de la contratación temporal e indefinida. Si los datos evidencian que no se avanza en la reducción de la temporalidad, el Gobierno podría plantear nuevas medidas. Según explicó el coordinador de la comisión, el catedrático de Economía Luis Ayala, el objetivo es identificar "qué hay detrás del cambio en las tasas y de la temporalidad en general" y formular recomendaciones en consecuencia. La comisión está integrada por siete miembros: dos académicos designados por los ministerios de Economía y de Seguridad Social, un técnico de Asuntos Económicos de la Presidencia del Gobierno, una asesora del Ministerio de Trabajo y dos representantes de CCOO y UGT. De acuerdo con los datos de la EPA, la tasa de temporalidad en el sector privado se situó en el tercer trimestre de 2025 en el 13 % -12,5 % de media en los últimos doce meses-, frente al 24,7 % registrado en el verano de 2021. Aunque el número de trabajadores indefinidos discontinuos ha aumentado tras la reforma, estos representan entre el 4 % y el 5 % del total de contratos indefinidos. Con estos niveles, España se sitúa en la media europea en materia de temporalidad. La reducción de la temporalidad es evidente y ha venido acompañada, aunque de forma más moderada, de un aumento de la duración media de los contratos que finalizan, lo que apunta a una mayor estabilidad laboral. No obstante, el Banco de España sigue detectando una elevada rotación en la contratación. A día de hoy, las posibilidades de que CEOE y Cepyme alcancen acuerdos con el Ministerio de Trabajo son muy limitadas. Entre los últimos desencuentros figuran la mesa de actualización de la normativa de prevención de riesgos laborales y la negociación para ampliar los permisos por fallecimiento y cuidados paliativos. El Ministerio de Trabajo dio por cerradas ambas mesas tripartitas en noviembre y diciembre de 2025 y continúa negociando únicamente con los sindicatos. El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, atribuye esta situación a una estrategia política de la patronal, basada en el cálculo de que la debilidad parlamentaria del Ejecutivo dificultará la aprobación de nuevas normas en el Congreso. A ello se suma la falta de apoyos internos de la propia Díaz, como ya ocurrió con la reducción de la jornada laboral. La comisión de evaluación de la reforma laboral no es el primer órgano del que se descuelga CEOE. Ya hizo lo mismo con la comisión de expertos sobre el salario mínimo, a la que fue invitada pero declinó asistir. En esta ocasión, además, las organizaciones empresariales han sido especialmente críticas con el informe de los expertos sobre el SMI de 2026, cuestionando sus criterios de cálculo y calificando su enfoque de más político que técnico. La mesa tripartita para el SMI de 2026 sigue formalmente abierta tras la propuesta del Ministerio de Trabajo de modificar la ley de desindexación de los contratos públicos, una vía que se considera poco viable ante la negativa de los ministerios socialistas competentes. Todo apunta, por tanto, a que el eventual acuerdo vuelva a cerrarse únicamente con los sindicatos.

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