(El País, 20-05-2026) | Laboral

Claves de la próxima pasarela al RETA para mutualistas

El Congreso de los Diputados afrontará este miércoles 20 de mayo una votación decisiva para miles de abogados, procuradores, arquitectos e ingenieros que han cotizado para su jubilación a través de mutualidades profesionales en lugar de hacerlo mediante la Seguridad Social. Tras varios años de protestas y negociaciones, el Gobierno pretende impulsar una pasarela que permita transformar los fondos acumulados en esas mutualidades privadas, como la Mutualidad de la Abogacía, en años cotizados dentro del sistema público de pensiones. El origen de las reclamaciones está en las bajas prestaciones que reciben numerosos mutualistas al jubilarse. Muchos abogados denuncian que las cantidades ahorradas durante décadas apenas les garantizan pensiones inferiores a 500 euros mensuales en doce pagas, muy por debajo de los más de 1.300 euros de media que perciben los autónomos jubilados integrados en el RETA. Entre los procuradores, algunos casos se sitúan incluso por debajo de los 300 euros al mes. Esta situación ha llevado a los afectados a movilizarse y a intensificar la presión política sobre todos los grupos parlamentarios. Después de años de conversaciones, el Ministerio de Seguridad Social anunció en abril de 2024 el inicio de los trámites para crear esta pasarela. El objetivo también pasa por acabar progresivamente con el sistema de alternatividad que permitía a determinados profesionales cotizar exclusivamente mediante mutualidades en vez de hacerlo en el sistema público, una fórmula que incluso fue obligatoria hasta 1996 en algunos colectivos. El avance más importante llegó recientemente en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso, donde prosperó una enmienda transaccional impulsada por el PSOE dentro de una proposición de ley. Aunque el resto de grupos optaron por abstenerse, la propuesta salió adelante. No obstante, fuentes de la negociación aclaran que esa abstención no implica un apoyo definitivo, sino la voluntad de facilitar que algún tipo de solución termine aprobándose. Este miércoles la Comisión de Seguridad Social estudiará las enmiendas de los grupos parlamentarios antes de que el texto pase al Pleno del Congreso. Si la tramitación avanza según lo previsto, el Gobierno confía en que la ley pueda quedar aprobada antes del verano. Más de 100.000 profesionales vinculados al derecho, la arquitectura o las ingenierías siguen pendientes de una norma que regule esta conversión de cotizaciones. Personas implicadas en la negociación aseguran que existe una amplia voluntad política para resolver un problema que lleva años enquistado y que afecta a miles de jubilados y futuros pensionistas. La principal discusión gira en torno a cómo se calculará la equivalencia entre el dinero acumulado en las mutualidades y los años reconocidos en la Seguridad Social. Desde el inicio de las protestas han surgido distintas plataformas con posiciones diferentes. Algunas, como J2, defendían que cada año cotizado en una mutualidad equivaliera directamente a un año completo en el RETA. Otras asociaciones, como Anama, Anamarq o AMCO, aceptan aplicar factores de conversión para ajustar las diferencias entre ambos sistemas. Este aspecto es clave porque el número de años cotizados determina tanto el acceso a la pensión mínima -que exige al menos 15 años- como el importe final de la prestación. Algunos expertos consideran que los mutualistas más jóvenes, especialmente los menores de 50 años, podrían optar por mantener sus ahorros en la mutualidad y empezar a cotizar directamente en la Seguridad Social para alcanzar el mínimo exigido. En cambio, quienes superan esa edad probablemente recurrirán mayoritariamente a la pasarela. El proyecto también contempla un tratamiento específico para los mayores de 55 años, que disponen de menos margen para acumular nuevas cotizaciones. En estos casos, cada año aportado a la mutualidad sería reconocido como un año cotizado en la Seguridad Social, facilitando así el acceso a la pensión mínima del RETA. La base del sistema consistirá en trasladar voluntariamente los fondos acumulados en las mutualidades hacia la Seguridad Social. El cálculo tiene en cuenta que las cotizaciones al RETA no se destinan íntegramente a la jubilación, sino también a cubrir otras contingencias como incapacidad permanente, viudedad u orfandad. El economista José Enrique Devesa, profesor de la Universidad de Valencia, elaboró un informe para la asociación Anama en el que explica que parte de las cuotas del RETA funcionan como seguros destinados a cubrir riesgos concretos y cuyo dinero no puede recuperarse posteriormente. Por ejemplo, si un autónomo paga 270 euros mensuales, solo una parte se destina realmente a la futura pensión de jubilación. Uno de los puntos más controvertidos es precisamente el denominado factor de conversión. La propuesta que se debatirá inicialmente en el Congreso fija un coeficiente del 0,77, mientras que el informe de Devesa planteaba uno inferior, del 0,57. Cuanto menor es ese coeficiente, más favorable resulta para los mutualistas, ya que permite reconocer más años cotizados por el mismo capital acumulado. Con el factor del 0,57, un mutualista con 5.700 euros acumulados podría obtener el equivalente a diez años de cotización en el RETA. En cambio, con el coeficiente del 0,77, esa misma cantidad solo serviría para computar algo más de siete años. Por ello, la mayoría de asociaciones de afectados rechazan la propuesta inicial del Gobierno. Otro de los problemas detectados afecta a quienes abandonaron las mutualidades y se dieron de alta en el RETA durante los últimos años. La redacción actual deja fuera de la pasarela a estos profesionales, aunque el texto contempla estudiar específicamente la situación de quienes se incorporaron al RETA a partir del 1 de enero de 2023. Diversos expertos consideran que excluirlos generaría una clara desigualdad respecto al resto de mutualistas. Tampoco se contempla por ahora una solución para los llamados mutualistas pasivos, es decir, aquellos abogados o procuradores que ya cobran una pensión procedente de su mutualidad. Las asociaciones consideran injusto que el colectivo más afectado quede excluido de la reforma y reclaman que también puedan beneficiarse de algún mecanismo corrector. Sin embargo, fuentes cercanas a la negociación reconocen que resulta poco probable que esta situación se modifique durante la tramitación parlamentaria.

LEER MÁS

(El País, 20-05-2026) | Laboral

Los jóvenes que ni estudian ni trabajan son menos que nunca y España ya roza la media de la UE

Cada vez hay menos jóvenes en España que ni estudian ni trabajan. De acuerdo con los últimos datos de Eurostat, la proporción de personas de entre 15 y 29 años que no están empleadas ni cursan estudios se situó en 2025 en el 11,5%, medio punto menos que en 2024. Se trata del nivel más bajo desde que existen registros comparables (2002) y se sitúa incluso por debajo del registrado durante el auge de la burbuja inmobiliaria. Los especialistas atribuyen esta evolución a dos factores principales: la reducción del desempleo juvenil y el descenso del abandono escolar. Ambos elementos han contribuido a que España se acerque progresivamente a la media de la Unión Europea, situada en el 11%, reduciendo a la mitad la brecha existente respecto al año anterior y alejándose de los niveles mucho más altos observados durante la Gran Recesión. En 2013, la tasa de jóvenes que no estudiaban ni trabajaban llegó a alcanzar el 22,5%, el doble que en la actualidad. Aquel incremento estuvo vinculado al fuerte impacto del paro juvenil tras el estallido de la crisis financiera, especialmente entre trabajadores procedentes del sector de la construcción. Con la recuperación económica, el indicador fue descendiendo de forma gradual hasta situarse en el 14,9% en 2019. La pandemia provocó un repunte hasta el 17,3%, pero desde entonces la tendencia ha vuelto a ser descendente hasta el actual 11,5%. Este comportamiento acerca a España al promedio europeo, aunque aún persisten diferencias con algunos países. En 2025, la tasa más elevada de la UE corresponde a Rumanía (19,2%), seguida de Bulgaria, Grecia e Italia. Francia registra un 12,7%, algo superior al dato español, mientras que los mejores registros se observan en países como Portugal, Eslovenia, Suecia o Países Bajos, donde las cifras se mantienen claramente por debajo del promedio comunitario. Diversos expertos y representantes institucionales coinciden en que la mejora española se explica también por el aumento de la ocupación juvenil tras la recuperación pospandemia y por una mayor continuidad en la formación educativa. El abandono escolar, que se sitúa en el 12,8% en 2025, se ha reducido de forma muy significativa respecto a los niveles de la Gran Recesión, cuando superaba el 30%. Desde el ámbito sindical se destaca además el impacto de las políticas educativas y laborales aplicadas en los últimos años, como el impulso a la Formación Profesional o la reforma laboral, que ha contribuido a reducir la temporalidad entre los jóvenes. Actualmente, alrededor del 33,7% de los trabajadores de entre 16 y 29 años tiene un contrato temporal, frente al 55,4% registrado antes de la reforma. A pesar de esta mejora, se advierte de que la precariedad sigue siendo elevada. La tasa de paro juvenil continúa muy por encima de la media del conjunto de la población, y persisten problemas como la inestabilidad laboral o situaciones de abuso en el ámbito de las prácticas formativas. También se señala la falta de avances en medidas destinadas a regular mejor estas prácticas, como el llamado estatuto del becario. Otro de los elementos destacados es la desigualdad de género en el acceso al empleo y la carga de los cuidados, que afecta especialmente a las mujeres jóvenes, con mayores tasas de desempleo y más interrupciones en su trayectoria profesional. Por otro lado, se cuestiona el propio término "nini", que organizaciones juveniles y sindicales consideran estigmatizante, ya que agrupa realidades muy distintas, desde el desempleo hasta situaciones de vulnerabilidad o cuidado no remunerado. En paralelo, crece el fenómeno de los jóvenes que estudian y trabajan al mismo tiempo, conocidos como "sisis". Según la Encuesta de Población Activa, más de un millón de jóvenes compatibilizan ambas actividades, lo que supone en torno a un tercio de los ocupados de este grupo de edad, una proporción que ha aumentado de forma notable en los últimos años. Este incremento se vincula a factores como el encarecimiento de la vivienda, la precariedad laboral y las dificultades de acceso a la formación.

LEER MÁS

(El Economista, 20-05-2026) | Laboral

La Seguridad Social obliga a las empresas a pagar sanciones por los accidentes laborales de los becarios

La Seguridad Social ha fijado un nuevo criterio por el que las empresas deberán asumir sanciones económicas cuando los becarios sufran accidentes laborales o enfermedades profesionales durante sus prácticas. Las compañías tendrán que afrontar un recargo de entre el 30% y el 50% sobre las prestaciones por incapacidad temporal o permanente reconocidas al alumno afectado. La cuantía del recargo dependerá del grado de responsabilidad de la empresa y de la gravedad del incumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales. Hasta ahora, la Ley General de la Seguridad Social ya contemplaba esta obligación para los trabajadores asalariados cuando el accidente se producía por deficiencias en las medidas de seguridad, por instalaciones en mal estado o por la ausencia de protección adecuada. La principal novedad es que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), mediante un criterio comunicado el pasado 11 de mayo, amplía ahora esta responsabilidad también a los estudiantes en prácticas, tanto universitarios como de Formación Profesional. Blanca Liñán, socia del área laboral de Ceca Magán, explica que el aspecto más relevante de esta interpretación es que no excluye a los alumnos en prácticas de la aplicación de estos recargos. Según señala, el INSS considera que, al estar integrados en la Seguridad Social como asimilados a trabajadores por cuenta ajena, también les resulta aplicable la protección derivada de accidentes laborales y enfermedades profesionales sufridas durante las prácticas. La experta destaca además que la responsabilidad recaerá sobre la entidad en la que se produzca el incumplimiento de las medidas preventivas, situando así el foco directamente sobre la empresa donde el estudiante desarrolla su actividad formativa. A su juicio, este criterio obliga a las compañías a integrar plenamente a los becarios en sus sistemas de prevención de riesgos laborales, equiparando sus condiciones de protección a las del resto de empleados de la plantilla. El Ejecutivo ya obligaba desde noviembre de 2011 a cotizar por los estudiantes en prácticas remuneradas. Posteriormente, desde el 1 de enero de 2024, esa obligación se amplió también a las prácticas no remuneradas. Pese a ello, tanto los becarios remunerados como los no remunerados continúan excluidos de determinadas coberturas, como la prestación por desempleo o la protección del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa). Además, quienes realizan prácticas sin remuneración no tienen derecho a la prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, como enfermedades ordinarias o accidentes ocurridos fuera del entorno laboral. No obstante, Blanca Liñán aclara que esta limitación no afecta a las contingencias profesionales. Por ello, considera que el recargo también podría aplicarse en el caso de becarios no remunerados siempre que exista una prestación económica vinculada a un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

LEER MÁS

(Expansión, 19-05-2026) | Laboral

El Supremo obliga al SEPE a conceder el pago único del paro a los autónomos familiares

El Tribunal Supremo ha reforzado el derecho de los autónomos colaboradores a capitalizar la prestación por desempleo para incorporarse a un negocio familiar y darse de alta en la Seguridad Social. En una sentencia fechada el 11 de marzo de 2026, la Sala de lo Social corrige el criterio restrictivo que venía manteniendo el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y reconoce que estos trabajadores pueden acceder plenamente al pago único del paro cuando deciden integrarse en la actividad de un familiar. El caso parte de una trabajadora de Barcelona que, tras quedarse en paro, solicitó cobrar de forma anticipada su prestación para darse de alta como autónoma colaboradora en el negocio de su marido. Aunque inicialmente el SEPE autorizó la ayuda, posteriormente revocó la decisión y reclamó la devolución del dinero. El organismo entendía que la capitalización del desempleo está pensada para financiar inversiones necesarias para iniciar una actividad económica y defendía que, al tratarse de una empresa ya en marcha, no existía una inversión que justificara la concesión. La sentencia del Supremo, a la que ha tenido acceso EXPANSIÓN, rechaza de forma tajante ese planteamiento. Los magistrados recuerdan que la finalidad de la norma es favorecer el autoempleo y subrayan que ninguna disposición legal excluye expresamente a los autónomos colaboradores del acceso a esta modalidad de cobro de la prestación. El tribunal destaca además que estos trabajadores, aunque se incorporen a un negocio ya existente, deben asumir personalmente el pago de sus cotizaciones al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Precisamente, la legislación contempla que el pago único pueda destinarse a cubrir esas cuotas mensuales a la Seguridad Social, un gasto que el Supremo considera suficiente para justificar el acceso a la ayuda. Hasta ahora existían resoluciones contradictorias sobre esta cuestión. Mientras el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña respaldó la posición de la trabajadora, otros órganos judiciales, como el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, habían avalado la interpretación del SEPE. Con esta resolución, el Supremo unifica doctrina y deja claro que el objetivo de la norma es facilitar la reincorporación al mercado laboral, sin que el vínculo familiar con el titular del negocio suponga un impedimento. La sentencia insiste en que el autónomo colaborador afronta con su propio patrimonio el coste de las cotizaciones sociales, lo que justifica la necesidad de apoyo económico mediante la capitalización del paro. Por ello, los magistrados concluyen que debe reconocerse "el derecho a percibir la prestación por desempleo en pago único en la modalidad de subvención para el abono de las cotizaciones de Seguridad Social". El fallo supone además un respaldo importante para los pequeños negocios familiares, ya que permitirá que cónyuges e hijos de autónomos utilicen las prestaciones acumuladas por desempleo para incorporarse a la actividad y aliviar el impacto económico que supone asumir desde el primer día la cuota mensual de autónomos.

LEER MÁS

(Expansión, 19-05-2026) | Laboral

El sueldo medio en el tercer sector subirá un 23% con la equiparación

"Europa se dirige hacia un modelo de prestaciones sociales que alcance también a las clases medias y trabajadoras", sostiene la consellera de Afers Socials i Inclusió de la Generalitat, Mònica Martínez Bravo. "No podíamos permitir que hubiera profesionales de primera y de segunda dentro del tercer sector", explica Martínez Bravo, doctora en Economía y responsable del departamento desde el verano de 2024. La consellera atiende a EXPANSIÓN tras cerrar un acuerdo con sindicatos y patronales para elevar los salarios y aproximar gradualmente las condiciones laborales del sector a las de los empleados públicos. La medida beneficiará a unas 120.000 personas, que verán incrementados sus salarios un 23% cuando el acuerdo se complete en 2030. "Desde el primer momento el Govern consideró esta cuestión una prioridad, porque el ámbito social es donde se concentran los salarios más bajos y donde existía más margen de mejora", afirma. Martínez Bravo admite que la equiparación no era sencilla debido a la gran cantidad de convenios existentes en el sector. Por ello, el Ejecutivo catalán impulsará un nuevo sistema para fijar tarifas que premie a las entidades que mejoren las condiciones salariales de sus trabajadores. "Queremos implantar un modelo basado en incentivos: entre dos proveedores, recibirá una mayor retribución quien pague mejor a sus profesionales", explica. Para hacer viable esta equiparación, la Generalitat destinará 150 millones de euros adicionales al año durante los próximos cuatro ejercicios. El tercer sector engloba áreas como la dependencia, la atención a la infancia y juventud, la salud mental o la asistencia a personas mayores. Precisamente en este último ámbito se registraban las mayores diferencias salariales respecto al sector público, con brechas de hasta el 42%. El salario medio pasará de 18.402 euros brutos anuales a 26.019 euros. Otro de los grandes desafíos de la consellera es la gestión de las ayudas económicas. Su departamento administra directamente 33 prestaciones, a las que se suman las destinadas a hogares con menores acogidos y el ingreso mínimo vital (IMV), cuya gestión asumirá la Generalitat "después del verano". Según detalla Martínez Bravo, será el Govern quien tramite las solicitudes, las valide y remita posteriormente la información al Instituto Nacional de la Seguridad Social, encargado de efectuar los pagos. La intención es avanzar hacia una ventanilla única junto a la renta garantizada de ciudadanía (RGC) para facilitar el acceso a más beneficiarios. La consellera recuerda que, de acuerdo con un estudio de Ivàlua, más del 65% de las familias que podrían recibir el IMV no lo solicitan, mientras que en el caso de la RGC el porcentaje asciende al 89,2%. Esta ayuda autonómica complementa el ingreso mínimo vital estatal. "Con una gestión centralizada será mucho más sencillo llegar a quienes tienen derecho a estas prestaciones, y ya hemos aprobado la creación de 115 plazas de empleo público para asumir esta tarea", señala. Martínez Bravo considera que las prestaciones sociales sí cumplen una función redistributiva, especialmente en el caso de las pensiones. "El sistema de pensiones redistribuye riqueza de forma muy significativa entre las personas mayores, pero en otros segmentos de edad el estado del bienestar tiene más dificultades para reducir desigualdades", apunta. A su juicio, existen estudios que evidencian que el sistema fiscal ha perdido capacidad redistributiva, lo que hace necesario reforzar las ayudas públicas más allá de la lucha contra la pobreza extrema. "Los países europeos avanzan hacia modelos de prestaciones dirigidos también a las clases medias y trabajadoras", insiste. En materia fiscal, critica los discursos que prometen rebajas de impuestos sin recortes de gasto público. "Resulta sorprendente que partidos de tradición centrista sostengan que bajar impuestos aumentará automáticamente la recaudación y evitará ajustes. Es una teoría ampliamente desacreditada por la ciencia económica", afirma. Respecto al debate migratorio y el auge de la ultraderecha, Martínez Bravo defiende el papel de la inmigración en Cataluña. "El Govern de Salvador Illa mantiene una posición firme frente a los discursos que criminalizan a la población migrante", asegura. La consellera recuerda que cada día unas 700.000 personas extranjeras trabajan en Cataluña y contribuyen de manera decisiva a la economía. "Sin ellas, estaríamos ante una crisis económica y también demográfica", sostiene. Según añade, sin inmigración el crecimiento vegetativo habría sido negativo desde 2018. Cataluña acaba de superar los ocho millones de habitantes y las previsiones apuntan a que podría alcanzar los diez millones en la década de 2040. Para Martínez Bravo, el debate no debe centrarse tanto en la cifra de población como en la capacidad de reforzar el estado del bienestar. "Si se fortalecen adecuadamente los servicios públicos y las políticas sociales, hay margen de crecimiento para todos", concluye.

LEER MÁS

(El Economista, 19-05-2026) | Laboral

Las empresas que renuncian a contratar por el coste salarial tocan máximos

El desajuste entre la oferta y la demanda de trabajadores en España atraviesa una fase llamativa. Aunque el país todavía registra 2,6 millones de desempleados, según la última Encuesta de Población Activa (EPA), el número de vacantes sin cubrir alcanzó máximos históricos al cierre de 2025, con cerca de 156.000 puestos pendientes de ocupar. A este escenario se suma un fenómeno adicional: compañías que no buscan empleados no porque no los necesiten, sino porque consideran demasiado elevado el coste de incorporarlos a la plantilla. En 2025, este motivo alcanzó cifras récord, reflejando cómo las tensiones del mercado laboral ya afectan de lleno a las nóminas. El debate sobre las dificultades para encontrar trabajadores suele centrarse precisamente en los salarios y en el coste de contratación. Mientras sindicatos y Gobierno defienden que la escasez de mano de obra se resuelve mejorando las retribuciones, las patronales sostienen que el aumento de los costes laborales, derivado de mayores cotizaciones, impuestos y subidas del salario mínimo impulsadas por razones políticas, limita la capacidad de muchas empresas para contratar más personal. La Encuesta Trimestral de Coste Laboral (ETCL) pregunta a las empresas por el número de vacantes disponibles y, cuando no tienen ninguna, indaga en los motivos. La mayoría, un 91%, asegura que simplemente no necesita trabajadores. Sin embargo, este porcentaje se situó a finales de 2025 en el nivel más bajo desde que comenzó la serie estadística en 2013. En cambio, las compañías que atribuyen la ausencia de contrataciones al elevado coste laboral alcanzaron el 5,3%, el porcentaje más alto registrado hasta ahora. Como ya ha señalado elEconomista.es, las cifras de vacantes en España siguen siendo reducidas en comparación con otros países europeos. De hecho, el INE refleja que existen alrededor de 16 desempleados por cada puesto vacante. Aun así, muchos analistas consideran que la evolución de esta encuesta evidencia un mercado laboral dinámico, coherente con el crecimiento del empleo y del PIB, aunque todavía marcado por un elevado desempleo estructural. Organismos como la AiRef ya advierten, además, de que este impulso económico podría estar perdiendo fuerza. Dentro de este contexto, el aumento de empresas que renuncian a contratar debido a los costes laborales dibuja una tendencia singular. Durante los años de recuperación posteriores a la crisis financiera, entre 2013 y 2018, el peso de este factor disminuyó progresivamente. Sin embargo, tras la pandemia volvió a repuntar con intensidad, pese a que el empleo continuó creciendo con fuerza. Una de las explicaciones apunta al fuerte incremento del salario mínimo interprofesional (SMI), que subió un 22,3% en 2019. No obstante, el impacto de esta medida quedó parcialmente oculto por la irrupción de la pandemia, que paralizó gran parte de la actividad económica y redujo temporalmente las necesidades de contratación de muchas empresas. Con la recuperación económica, el coste salarial no actuó inicialmente como un gran freno a la creación de empleo, aunque la preocupación empresarial comenzó a intensificarse a partir de 2022, coincidiendo con la entrada en vigor de la reforma laboral. Aunque la norma no encareció directamente las contrataciones -salvo en los contratos de muy corta duración-, las restricciones al uso de contratos temporales, más baratos de extinguir que los indefinidos, llevaron a muchas compañías a replantearse sus costes laborales. A ello se sumó el aumento de las cotizaciones derivado de la reforma de las pensiones aprobada también en 2022. Todo ello coincidió con un fuerte episodio inflacionista agravado por la guerra en Ucrania y posteriormente alimentado por nuevas tensiones geopolíticas y comerciales, especialmente tras las políticas arancelarias impulsadas por la administración Trump en Estados Unidos. La combinación de todos estos factores ha llevado a máximos la proporción de empresas que descartan contratar por el coste que supone incorporar trabajadores. Lo más llamativo, además, es que este impacto afecta tanto a los empleos con salarios más elevados como a aquellos con remuneraciones más bajas.

LEER MÁS

(La Vanguardia,19-05-2026) | Laboral

Sánchez Llibre renueva como presidente de Foment del Treball hasta 2030

La asamblea general de Foment del Treball ha reelegido este lunes a Josep Sánchez Llibre como presidente de la organización, cargo que mantendrá hasta 2030. El dirigente afrontaba el proceso electoral sin oposición, ya que no se presentó ninguna candidatura alternativa, por lo que la renovación se desarrolló sin sorpresas. Será su tercer mandato al frente de la patronal catalana, lo que supondrá acumular doce años en la presidencia al finalizar este nuevo periodo. Sánchez Llibre logró el respaldo de 290 avales de la junta directiva y fue recibido entre aplausos en el auditorio de la sede de la organización, acompañado por la música de la película Carros de fuego. Durante su intervención ante la asamblea, el presidente aseguró que su proclamación sin rival supone una muestra de confianza hacia el proyecto de la entidad y afirmó que ello le obliga a mantener el máximo nivel de exigencia. "No celebramos un simple trámite, sino la renovación de un compromiso", señaló. El dirigente explicó que este nuevo mandato estará marcado por la continuidad y fijó tres grandes prioridades: la defensa de la libertad de empresa, la protección de la propiedad privada y la garantía de la seguridad jurídica. En relación con las negociaciones entre el PSC y ERC para sacar adelante los próximos presupuestos de Cataluña, Sánchez Llibre expresó su deseo de que ambas formaciones alcancen un acuerdo, al considerar que un territorio no puede funcionar adecuadamente sin cuentas públicas aprobadas. No obstante, advirtió de que ese eventual pacto no debería traducirse en un aumento de la presión fiscal sobre empresas y familias, denunciando lo que calificó como un "ahogo fiscal" en Cataluña. Asimismo, anunció que durante esta nueva etapa pretende reforzar la relación entre Foment y la Generalitat con el objetivo de consolidar un espacio de diálogo permanente. En su discurso reivindicó el papel de la patronal como principal interlocutor económico de Cataluña y aseguró que la organización seguirá defendiendo a las empresas frente a discursos que, a su juicio, las sitúan bajo sospecha permanente o las criminalizan. En el acto participaron también el presidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales, Antonio Garamendi; el presidente de Asociación de Trabajadores Autónomos, Lorenzo Amor; y la presidenta de Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa, Ángela de Miguel. Durante su intervención, Garamendi reivindicó la responsabilidad que representan las organizaciones empresariales en un contexto que definió como marcado por el sectarismo y la radicalización, y afirmó que muchos empresarios no se sienten cómodos en el actual clima político y social. La renovación de Sánchez Llibre llega después de que la junta directiva de Foment aprobara a mediados de abril adelantar dos meses el calendario electoral y convocar las elecciones para este 18 de mayo. Además, hace dos años la patronal modificó sus estatutos para eliminar el límite de mandatos consecutivos en la presidencia. Hasta entonces, el reglamento impedía ocupar el cargo durante más de dos periodos seguidos de cuatro años. La Confederación Española de Organizaciones Empresariales ya había adoptado previamente una reforma similar.

LEER MÁS

(El Periódico, 19-05-2026) | Laboral

El Gobierno prepara el mayor cambio en el fichaje laboral desde 2019: registro digital obligatorio y multas de hasta 10.000 euros

El registro horario obligatorio lleva en vigor en España cerca de seis años, pero el Gobierno quiere reforzar ahora el sistema mediante una reforma que obligará a implantar un fichaje digital y permitirá a la Inspección de Trabajo acceder de forma remota a los datos. Además, el Ejecutivo estudia endurecer las sanciones para las empresas que incumplan la normativa. La iniciativa forma parte del Plan Anual Normativo y se integra en la reforma del control horario impulsada por el Ministerio de Trabajo que dirige Yolanda Díaz. Entre las medidas planteadas figura la desaparición progresiva de métodos considerados poco seguros o fácilmente manipulables, como los registros en papel o determinados sistemas basados en hojas de cálculo Excel. Las nuevas multas podrían llegar hasta los 10.000 euros por cada trabajador afectado en los supuestos más graves. No obstante, el nuevo modelo todavía no ha sido aprobado definitivamente y varias de las medidas siguen pendientes de desarrollo normativo. Lo que sí está plenamente vigente desde mayo de 2019 es la obligación de registrar diariamente la jornada laboral. Esta exigencia se introdujo mediante el Real Decreto-ley 8/2019, que modificó el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores y obligó a las empresas a dejar constancia de la hora exacta de entrada y salida de cada empleado. Desde entonces, las compañías pueden utilizar distintos sistemas de control horario siempre que los registros sean fiables y estén disponibles para la Inspección de Trabajo. Muchas empresas, especialmente pequeñas y medianas, continúan utilizando hojas firmadas, cuadrantes o archivos Excel para cumplir con esta obligación. El objetivo del Ministerio de Trabajo es avanzar hacia un sistema "objetivo, fiable y accesible". Los borradores conocidos hasta ahora apuntan a un modelo completamente digital, con trazabilidad de los datos y capacidad de supervisión inmediata por parte de la Inspección. Según el planteamiento del Gobierno, la reforma busca reforzar el control de las horas extraordinarias y evitar posibles manipulaciones de los registros de jornada. Trabajo considera que algunos de los métodos actuales dificultan la labor inspectora y no garantizan plenamente la autenticidad de la información. Entre las principales medidas que se estudian destacan la obligatoriedad de utilizar formatos digitales, la conservación segura y accesible de los registros, el acceso remoto para la Inspección de Trabajo, sistemas de identificación fiables para los empleados y un mayor control sobre las horas extra realizadas. La reforma también prevé modificar el régimen sancionador. Actualmente, las infracciones relacionadas con el registro horario se castigan conforme a la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), pero el Ejecutivo quiere elevar de forma significativa las cuantías y aplicar las multas de manera individualizada por cada trabajador afectado. Pese a ello, el proyecto sigue generando debate tanto en el ámbito jurídico como empresarial. El Consejo de Estado ha planteado objeciones sobre algunos aspectos del futuro sistema, especialmente en cuestiones relacionadas con la protección de datos, la carga administrativa para las pymes y el alcance técnico de determinadas obligaciones. También persisten dudas sobre cómo se aplicará la futura normativa al teletrabajo, a los empleados con horarios flexibles o a sectores donde el control de jornada resulta más complejo. Por el momento, el fichaje en papel no ha sido prohibido de forma general y tampoco existe una fecha definitiva para la entrada en vigor del futuro modelo digital obligatorio. Lo que sí parece claro es la intención del Gobierno de avanzar hacia un sistema de control horario mucho más automatizado, supervisable y sometido a vigilancia directa por parte de la Inspección de Trabajo.

LEER MÁS

(Expansión, 18-05-2026) | Laboral

El Supremo sostiene que pueden convivir varios convenios en empresas multiservicios

El Tribunal Supremo ha delimitado el alcance del concepto de unidad de empresa, utilizado para decidir qué convenio colectivo debe aplicarse cuando en una misma compañía y centro de trabajo conviven varias actividades. Una reciente sentencia sobre una empresa pública canaria con distintas líneas de negocio y varios convenios colectivos asociados a cada una avala la coexistencia de diferentes marcos laborales dentro de una misma entidad. De este modo, el alto tribunal rechaza la demanda presentada por UGT, que reclamaba que toda la plantilla estuviera sujeta a un único convenio: el XIX Convenio Colectivo del sector de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos. Actualmente, la empresa aplica hasta cuatro convenios distintos según el área de actividad: uno para comercio de alimentación en Tenerife y Las Palmas, otro de comercio de alimentación de Madrid para un único trabajador, uno de ingeniería y estudios técnicos para el área de proyectos y otro para el personal de servicios centrales que presta apoyo a ambas ramas. El principal argumento de los trabajadores era que el convenio de ingeniería debía imponerse al resto porque agrupa al mayor número de empleados. En concreto, 134 personas estaban adscritas al área de proyectos e ingeniería, frente a 94 trabajadores vinculados a los convenios de comercio. Sobre esa base, el sindicato sostenía que, al concentrar cerca del 60% de la plantilla, la actividad técnica debía considerarse la principal de la empresa y extender su convenio al conjunto de trabajadores. La demanda también defendía que la existencia de distintos convenios dentro de la misma empresa provocaba diferencias laborales que podían llegar a resultar discriminatorias. Según recoge la resolución, esas divergencias afectaban a aspectos relevantes como la jornada, las vacaciones, las licencias o los permisos. El objetivo de la reclamación era unificar las condiciones laborales aplicando el convenio considerado más favorable -el de ingeniería- a los empleados de comercio y servicios centrales, cuyas condiciones eran menos beneficiosas. Sin embargo, el Supremo da la razón a la empresa al considerar que el criterio determinante no es el número de trabajadores, sino el peso económico y organizativo de cada actividad. La sentencia destaca que la rama comercial -centrada en la recogida, empaquetado y venta de plátanos, tomates y otros productos- genera unos ingresos anuales cercanos a los 12 millones de euros, frente a los 6,4 millones de la actividad de ingeniería e inspecciones, que además presenta pérdidas en determinados ejercicios. Para los magistrados, la actividad comercial es la que sostiene estructuralmente a la compañía. El tribunal también subraya que la actividad de proyectos depende de encargos puntuales de la Administración y de partidas presupuestarias sujetas a intermitencias, lo que le resta estabilidad y continuidad. Esa falta de permanencia impide, según el fallo, que pueda imponerse su convenio al resto de áreas de la empresa. La resolución señala que la actividad principal de una empresa no debe determinarse por su objeto social, sino por la actividad efectiva que resulte predominante desde el punto de vista organizativo, productivo y económico. Además, añade que una actividad puede emplear temporalmente a más trabajadores sin que ello la convierta automáticamente en la principal si su carácter es coyuntural o subordinado. En consecuencia, el Supremo rechaza la pretensión sindical de extender el convenio de ingeniería a toda la plantilla y avala que la empresa pública mantenga distintos convenios según la actividad desarrollada: comercio para el área logística y estable, e ingeniería para los proyectos específicos. La sentencia aporta además mayor seguridad jurídica a las empresas con divisiones de negocio diferenciadas, ya que permite mantener convenios separados siempre que puedan acreditar que determinadas actividades tienen un carácter temporal o menos estable. De esta manera, el fallo frena la idea de que el convenio aplicable deba decidirse únicamente en función del número de empleados adscritos a una actividad. En esta línea, Eva Hernández, socia responsable de Derecho Laboral en Escalona & de Fuentes, recuerda otra sentencia reciente del Tribunal Supremo, dictada el pasado 19 de enero y considerada relevante para el sector servicios. En aquel caso, el tribunal también concluyó que el convenio aplicable debe definirse atendiendo a la actividad económica predominante de la empresa. El conflicto surgió tras la separación de una compañía de su matriz, cuando las trabajadoras reclamaban el convenio de comercio mientras la dirección defendía el de márketing operacional. Con ese criterio, el Supremo vuelve a reforzar la idea de que la realidad económica de la empresa es el elemento clave para determinar el marco laboral aplicable, especialmente en compañías con actividades diversificadas.

LEER MÁS

(El País, 18-05-2026) | Laboral

El PNV aboca al estatuto del becario a la derrota parlamentaria al presentar una enmienda a la totalidad del proyecto

El PNV no comparte el contenido del estatuto del becario impulsado por el Ministerio de Trabajo junto a CC OO y UGT y, por ello, presentará una enmienda a la totalidad contra el anteproyecto de ley. Así lo han confirmado fuentes del grupo parlamentario vasco a EL PAÍS. Dado que el Ejecutivo necesita el respaldo de todos sus socios de investidura para aprobar sus iniciativas, la oposición del PNV deja este proyecto en una situación muy complicada. También se prevé que Junts registre otra enmienda a la totalidad. Aunque el partido catalán aún no lo confirma oficialmente, fuentes del diálogo social aseguran que esa es su intención. A esto se suma el rechazo habitual de Vox a las propuestas del Gobierno y la postura del PP de no apoyar medidas laborales que no cuenten con consenso empresarial. Si no cambia el escenario, el estatuto del becario podría acabar igual que la reducción de jornada: acordado con los sindicatos, fuente de tensiones dentro del Ejecutivo y sin apoyos suficientes en el Congreso. Aun así, Trabajo mantiene la confianza en sacar adelante la norma. Fuentes del PNV explican que el texto se ha elaborado desde una perspectiva puramente laboral para personas que todavía están en formación, en una negociación en la que han participado sindicatos y el Ministerio de Trabajo, pero sin incorporar la visión global del ámbito educativo. El partido vasco considera que los estudiantes deben ser tratados como tales y no como trabajadores, y entiende que el principal interés a proteger debe ser el académico. Además, recuerda que se trata de una cuestión relacionada con competencias educativas. Por ello, el PNV confirma que registrará una enmienda a la totalidad al proyecto, cuyo plazo de enmiendas permanece abierto desde el pasado 31 de marzo y ya ha sido prorrogado en siete ocasiones. El actual vence el 20 de mayo, aunque podría volver a ampliarse. Desde el Ministerio de Trabajo aseguran seguir confiando en que el texto será aprobado. Fuentes del departamento de Yolanda Díaz recuerdan que siempre han estado abiertos a negociar con todos los grupos, incluido el PNV, y consideran que la tramitación parlamentaria es precisamente el espacio para alcanzar acuerdos. También recuerdan que los nacionalistas vascos ya presentaron una enmienda similar contra la Ley de Empleo y finalmente esa norma salió adelante tras las negociaciones. Es el mismo mensaje que lanzó el ministerio cuando Junts anunció su rechazo a la reducción de jornada. El estatuto del becario fue pactado entre Trabajo, UGT y CC OO en junio de 2023, poco antes de las elecciones generales. Desde el principio contó con la oposición de las patronales, de los rectores universitarios e incluso de sectores del propio Gobierno. En aquel momento, fuentes de Moncloa y del Ministerio de Economía calificaron el texto de "inmaduro" y señalaron que necesitaba más trabajo técnico. Nunca antes un acuerdo alcanzado por una parte del Ejecutivo con los sindicatos había sido cuestionado públicamente por otra área del Gobierno el mismo día de su presentación. Las diferencias internas, la convocatoria electoral y la prioridad concedida a otras reformas, como la reducción de jornada, retrasaron la tramitación del proyecto y provocaron malestar en los sindicatos. Finalmente, dos años y medio después del acuerdo inicial, el Consejo de Ministros dio luz verde al anteproyecto en noviembre del año pasado prácticamente sin cambios respecto al texto inicialmente cuestionado por el PSOE, que nunca aclaró el motivo de su cambio de posición. La segunda aprobación llegó en marzo, pese a un duro dictamen previo del Consejo Económico y Social, que criticó la falta de datos para evaluar el impacto económico de la norma y la ausencia de medidas de apoyo para las pequeñas y medianas empresas. Entre las principales medidas del estatuto figura la reducción a un máximo de 480 horas de las prácticas extracurriculares por estudiante, la mitad de lo permitido actualmente, al considerarse el ámbito donde más fraude se produce. También plantea sanciones de hasta 225.000 euros para los incumplimientos más graves y obliga a las empresas a asumir gastos derivados de las prácticas, como el transporte. Esta compensación no afectaría a los becarios remunerados, ya que se entiende que el salario ya cubre esos costes. La norma, sin embargo, no contempla la obligatoriedad de pagar a todos los becarios, una reivindicación histórica de sindicatos y partidos de izquierda que finalmente quedó fuera del acuerdo. CC OO ha respondido con dureza a la postura del PNV y acusa al partido de utilizar el argumento del estudiantado como excusa política, ignorando la situación de miles de jóvenes que realizan prácticas fraudulentas cada año. UGT comparte esa crítica y considera que la enmienda supondría un golpe a los derechos de los becarios y un respaldo implícito a un modelo basado en la precariedad juvenil. La posición del PNV supone además un cambio respecto a la reducción de jornada laboral. En aquel caso, los nacionalistas vascos rechazaron las enmiendas a la totalidad y se mostraron dispuestos a negociar, aunque criticaron que no existiera acuerdo con la patronal. Finalmente, aquella reforma de las 37,5 horas semanales cayó en el Congreso por el voto conjunto de PP, Vox y Junts. Aunque tradicionalmente el PNV ha mantenido una relación más cercana con el Gobierno que Junts, en esta ocasión ha expresado antes y de forma más clara su rechazo. Fuentes próximas al diálogo social apuntan además que Junts también registrará una enmienda a la totalidad, aunque el grupo catalán evita confirmarlo hasta que concluya el plazo parlamentario. Las relaciones entre Yolanda Díaz y Junts se deterioraron especialmente durante la negociación de la reducción de jornada. Mientras trataba de lograr el apoyo del partido catalán, la vicepresidenta mantuvo un tono prudente, pero tras confirmarse el rechazo de Junts endureció sus críticas y comenzó a incluir al partido dentro de lo que denominó "las tres derechas", junto al PP y Vox. Las tensiones aumentaron todavía más durante el debate sobre la prórroga de los alquileres, cuando Díaz llegó a calificar a Junts de "racista" y "clasista".

LEER MÁS

¿ESTAS BUSCANDO

ASESORÍA PERSONAL O EMPRESARIAL?

Realiza tu consulta online o ven a visitarnos