(El País, 28-03-2024) | Fiscal

El déficit público baja un 8% en enero, hasta los 5.511 millones

El Ministerio de Hacienda ha dado a conocer hoy los datos de la ejecución presupuestaria correspondientes al mes de enero, los cuales indican una reducción del déficit público, excluyendo los datos de las administraciones locales que aún no están disponibles. Esta corrección se debe a que el incremento de los ingresos, del 5,9%, superó al aumento de los gastos, que fue del 4%. Como es habitual, la mayor parte del déficit se concentró en la administración central, con un total de 3.957 millones de euros, lo que representa una disminución del 12,4% en comparación con enero de 2023. Este déficit equivale al 0,26% del Producto Interno Bruto (PIB) y se debe principalmente al buen desempeño de la recaudación tributaria. Las comunidades autónomas registraron un déficit de 1.236 millones de euros, lo que equivale al 0,08% del PIB, mostrando un aumento del 29,4% debido al incremento de los gastos en conceptos como la remuneración de los asalariados o los intereses de la deuda. Solo Asturias, La Rioja y el País Vasco cerraron enero con superávit. Por otro lado, la Seguridad Social tuvo un déficit de 318 millones de euros en enero, lo que representa una reducción del 38,4% gracias al fuerte aumento de las cotizaciones sociales, que aumentaron un 8,6%. Este déficit equivale al 0,02% del PIB. En cuanto a los datos del Estado hasta febrero, se acumuló un déficit de 9.466 millones de euros, un 1% más que en el mismo período de 2023. Esto representa el 0,61% del PIB, 0,03 puntos menos que en el año anterior. Los gastos ascendieron a 40.012 millones de euros, un aumento del 2,5%, principalmente debido al incremento del gasto en intereses de la deuda, que creció un 24,9%. En los dos primeros meses del año, el Estado ingresó 30.546 millones de euros, un 3% más, impulsado por la recaudación tributaria, que aumentó un 7,5%. Sin embargo, el impuesto de sociedades recaudó un 29,6% menos debido a devoluciones extraordinarias a las empresas tras la declaración de inconstitucionalidad de la reforma impulsada en 2016. Para contrarrestar este impacto, el PSOE ha introducido modificaciones en la ley de medidas antiinflación para aumentar la recaudación de este impuesto.

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(El Economista, 28-03-2024) | Fiscal

El IPC repunta al 3,2% por la luz y las gasolinas y se coloca a una décima de la inflación subyacente

El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado hoy el avance del Índice de Precios de Consumo (IPC), que muestra un aumento significativo en el índice general hasta alcanzar el 3,2% interanual en marzo, cuatro décimas más que en febrero. Sin embargo, la evolución de la inflación subyacente apunta a una moderación de dos décimas hasta el 3,3%, marcando su nivel más bajo desde febrero de 2022. Si los datos adelantados hoy por Estadística se confirman el 12 de abril, el índice general quedará a tan solo una décima de distancia de la inflación subyacente (sin alimentos no elaborados ni productos energéticos). Esta situación representa un retorno del IPC a niveles por encima del 3% que había logrado abandonar el mes pasado, mostrando una cercanía no vista desde enero, cuando el índice general se situó dos décimas por debajo. La última vez que estuvieron tan cerca fue en noviembre de 2022, con el IPC cinco décimas por encima de la inflación subyacente, justo antes de que esta última superara al índice general. El aumento del índice general, que vuelve a acelerarse tras la moderación de seis décimas en febrero, se atribuye al incremento en los precios de la electricidad y las gasolinas. En marzo, el Gobierno puso fin a la reducción del IVA al 10% que se aplicaba a la electricidad desde junio de 2021, volviendo a establecerlo en el 21%. Por otro lado, aunque los alimentos continúan aumentando de precio, lo hacen en menor medida que hace un año. El comportamiento del indicador subyacente refleja una tendencia más alineada con lo observado en la zona del euro, donde se está atenuando el histórico aumento de precios en el bloque. Este retroceso está poniendo de manifiesto el objetivo del 2% establecido por el Banco Central Europeo, que apunta a junio para comenzar a reducir la tasa de depósito desde su récord actual del 4%, según señalan desde Bloomberg. En cuanto al desempeño mensual del IPC, registra un aumento mayor, de ocho décimas en comparación con febrero, lo que representa su tercer incremento mensual consecutivo y el más pronunciado desde febrero de 2023, cuando avanzó un 0,9% en tasa mensual. El Índice de Precios de Consumo Armonizado (IPCA), utilizado por Bruselas para sus estadísticas comunitarias, también experimentó un avance de tres décimas, situándose en el 3,2%, igualando el nivel del índice general.

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(Expansión, 27-03-2024) | Fiscal

El Supremo frena a Hacienda: no podrá exigir pagar Sucesiones en herencias en disputa

El Tribunal Supremo (TS) prohíbe a Hacienda exigir el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en aquellas herencias que están siendo objeto de disputa entre los herederos. En consecuencia, cuando surge un litigio civil relacionado con la herencia, los servicios tributarios deben detener el proceso de cobro hasta que se resuelva la situación. Así lo dictamina el Tribunal Supremo en una reciente sentencia. Los jueces, cuya decisión ha sido consultada por EXPANSIÓN, establecen que "la existencia de un litigio civil sobre la herencia, que influye directamente en la determinación de los elementos esenciales del impuesto, suspende el proceso de cobro llevado a cabo como resultado de la falta de pago de la autoliquidación presentada por el contribuyente antes de que surgiera dicho proceso judicial". De esta manera, el Supremo resuelve el caso de un contribuyente con una deuda tributaria que generó acciones de apremio y embargos debido al Impuesto sobre Sucesiones que se adeudaba tras el fallecimiento de su madre. Mientras tanto, el reparto de la herencia estaba siendo objeto de un litigio judicial en el Juzgado de Primera Instancia como resultado de impugnaciones realizadas por otros herederos. El contribuyente presentó recursos contra las acciones de embargo emitidas por los servicios tributarios, pero la Administración los rechazó. Fue el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía quien le dio la razón en una sentencia que ahora confirma el Tribunal Supremo. El TSJ determinó que cuando la Agencia Estatal de la Administración Tributaria llevó a cabo los embargos impugnados, la demanda del litigio civil sobre la herencia ya había sido presentada varios meses antes. "Si la norma general establecida en el artículo 69 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones indica que se debe suspender la liquidación cuando se inicia un litigio que afecta al hecho imponible del impuesto hasta que se dicte una resolución judicial firme al respecto, y dado que estamos examinando la fase de cobro, este efecto suspensivo debe aplicarse a dicho estado del procedimiento, por lo tanto, debemos aceptar la excepción planteada en la demanda", señaló el TSJ. Según este Tribunal, "el proceso de apremio debe ser suspendido en los casos previstos por la normativa tributaria y, de manera automática y sin necesidad de ofrecer garantías, cuando el interesado demuestre que la deuda tributaria debería haber sido suspendida". El TSJ concluyó que "es completamente razonable que la AEAT, en el ejercicio de su poder recaudatorio, no pueda llevar a cabo la cobranza mediante el proceso de apremio de la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones realizada por la Administración tributaria autonómica, mientras el litigio civil entre los coherederos no se haya resuelto". Según su argumento, "el resultado de este litigio podría afectar al patrimonio restante de la herencia y, por ende, a la base imponible del impuesto considerada en la liquidación apremiada". El Tribunal Supremo respalda estos argumentos, rechaza el recurso de casación presentado por la Administración y concluye que, en estos casos, Hacienda debe "suspender el proceso de cobro llevado a cabo como resultado de la falta de pago voluntario de una deuda derivada del Impuesto sobre Sucesiones cuando se inicia un litigio sobre la herencia que afecta al hecho imponible".

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(Expansión, 27-03-2024) | Fiscal

La "ley Beckham" dispara su atractivo tras el golpe fiscal en Reino Unido

España tiene una nueva posibilidad de atraer a profesionales e inversiones debido a la renuncia del Reino Unido a su histórico régimen especial de impatriados, conocido como Nom-Dom. Esto dejará a los profesionales y grandes patrimonios establecidos en el país sin su principal protección tributaria, lo que aumenta el atractivo de la ley española similar a la de Beckham. Según las últimas informaciones, se espera que el régimen británico, en vigor desde 1799, sea abolido a partir del 6 de abril de 2025, con disposiciones transitorias limitadas para los actuales Non-Dom. "Esto marcará un cambio significativo en el Reino Unido y en la City en términos de atracción de talento y grandes patrimonios", explica Marc Cantavella, cofundador de Relocate & Save y experto fiscal en regímenes fiscales preferenciales. "Puede representar una gran oportunidad para los países europeos que estén alerta para aprovechar esta situación provocada por la abolición del NHR en Portugal y el fin del Non-Dom", añade. El régimen británico que se pretende eliminar ha sido exitoso durante décadas, ya que permitía a los nuevos residentes tributar solo por los ingresos remitidos al Reino Unido, exonerando de impuestos todos los ingresos extranjeros (como inversiones en el extranjero, trusts, derechos de imagen de deportistas, regalías, etc.). En este contexto, el atractivo del régimen español se incrementa en la búsqueda de un nuevo destino para estos contribuyentes. Sin embargo, los asesores fiscales reciben más consultas de profesionales que de grandes patrimonios. "Actualmente, la ley Beckham no sería un gran refugio para los grandes patrimonios que tendrán que abandonar el Reino Unido", explica Cantavella. El Nom-Dom atrajo a oligarcas rusos que se mudaron a la City de Londres en los años 2000, así como a millonarios de la India que se establecieron en Londres, como la esposa del actual presidente del país, Rishi Sunak, y a futbolistas que optaron por jugar en la Premier League. "Para estos individuos, la ley Beckham no es adecuada, ya que no se aplica a rentistas ni a deportistas", señala Cantavella. En su opinión, regímenes preferenciales como el impuesto único de 100.000 euros en Italia o Grecia, o países como Andorra o Mónaco, atraerán a una gran parte de estos grandes patrimonios que quedan sin una jurisdicción tras la abolición del Non Dom. "En cualquier caso, si algún partido político propusiera ampliar el alcance de la ley Beckham también a jubilados, rentistas, deportistas y autónomos, excluidos tras la modificación en el ejercicio fiscal de 2023, se podría lograr el regreso de grandes patrimonios que se fueron al Reino Unido por el Nom Dom, jubilados que se fueron a Portugal por el NHR o incluso youtubers que se trasladaron a Andorra", destaca el especialista. "Sería un retorno de talento y patrimonio al alcance de la mano tras los cambios recientes", añade. Según los expertos de Relocate & Save, anteriormente, la ley Beckham estaba limitada a trabajadores por cuenta ajena, exceptuando algunas situaciones. Es decir, a empleados. Sin embargo, el año pasado se amplió con la aprobación de la Ley de Startups. Ahora, también pueden beneficiarse de este régimen trabajadores de empresas extranjeras, autónomos y emprendedores. Si un contribuyente acredita su residencia fiscal en España, solo tributará en España por los ingresos obtenidos en territorio español y no por sus ingresos globales. Por lo tanto, los ingresos obtenidos en el extranjero, es decir, en un país que no sea España, no estarán sujetos a tributación en España, excepto los ingresos del trabajo y profesionales, que siempre deben tributar en España, independientemente del país en el que se generen. Esto es especialmente relevante porque un contribuyente que no esté bajo este régimen debe tributar por sus ingresos globales, es decir, debe declarar en España los ingresos obtenidos en territorio español y también los obtenidos en cualquier parte del mundo. Además, los tipos impositivos que gravan los ingresos de los impatriados acogidos a la Ley de Startups son inferiores a los tipos marginales máximos del IRPF. Existen solo dos tramos. Hasta 600.000 euros, el 24%. A partir de ahí, el 47%. Esto es importante porque en España, los tipos normales del IRPF tienen una escala de seis tramos, y el último tramo grava al 47% los ingresos que superen los 300.000 euros. Las ganancias de capital (dividendos, venta de acciones o intereses) obtenidas en el extranjero estarán exentas de tributación en España. Sin embargo, aquellas obtenidas en territorio español por una persona acogida al régimen especial sí deben tributar en España, y lo harán con una escala progresiva diferente, con tipos del 21% al 28%, según la cuantía de los rendimientos obtenidos. Bajo este régimen, se debe pagar el Impuesto sobre el Patrimonio, pero solo se contabilizan los bienes y derechos en España. Para estar obligado a tributar, el patrimonio en España debe ser, en términos generales, superior a 1.000.000 de euros.

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(Expansión, 27-03-2024) | Fiscal

Nuevo escenario tributario beneficia a trabajadores expatriados en España

Se ha abierto una puerta más accesible para los empleados y ejecutivos expatriados, así como para los teletrabajadores, que llegan o regresan a España para establecerse en el país durante la segunda mitad del año, es decir, entre julio y diciembre. La Dirección General de Tributos (DGT) ha eliminado la barrera fiscal que enfrentaban estos profesionales, a quienes la Agencia Tributaria podía exigirles tributar como no residentes por sus ingresos laborales durante los meses en que se trasladaban, lo que generaba una doble imposición al tener que pagar impuestos al mismo tiempo como residentes en el país de origen. La consulta realizada ante la DGT respalda la posición defendida por el Departamento de Fiscalidad Internacional de Montero Aramburu Abogados, cuyos expertos han elevado la cuestión al órgano directivo de Hacienda. Específicamente, Tributos aclara el cálculo del período de menos de 183 días en 12 meses que la normativa exige para que estos contribuyentes no estén obligados a tributar como no residentes en el año de su traslado.

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(El Economista, 27-03-2024) | Fiscal

Los contribuyentes podrán pagar los impuestos a Hacienda por Bizum o con tarjeta

Hacienda permitirá a los contribuyentes realizar sus pagos de impuestos y deudas fiscales a través de Bizum o tarjeta bancaria, según ha anunciado la Agencia Tributaria como parte de su nuevo Plan Estratégico para el período 2024-2027. Este plan se enfoca en mejorar la asistencia al contribuyente mediante herramientas informáticas, y dentro de esta iniciativa, la Administración considera esencial habilitar métodos de pago más modernos, como las tarjetas de crédito o débito y Bizum, además de los tradicionales. Además, la Agencia Tributaria también permitirá que los contribuyentes domicilien los pagos en entidades financieras no colaboradoras de la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA). Esta medida busca facilitar los procesos tanto para los ciudadanos como para la propia Agencia Tributaria, ya que el fisco reconoce las dificultades asociadas a las transferencias, dadas las limitaciones de información que suelen acompañar a los ingresos recibidos por este medio. Por otro lado, Hacienda implementará un sistema que permitirá a los contribuyentes corregir voluntariamente pequeños errores en sus declaraciones del IRPF sin enfrentar sanciones, a menos que se trate de conductas más graves. Para facilitar estas correcciones sin que la Administración inicie un procedimiento de comprobación, se proporcionará a los contribuyentes un borrador de declaración complementaria con las incidencias corregidas para que puedan subsanarlas ellos mismos. Además, aunque se mantendrá la atención presencial para los contribuyentes, especialmente para los mayores de 65 años, se ampliarán los servicios disponibles por internet y teléfono. La Agencia Tributaria intensificará la vigilancia sobre los grandes grupos para mejorar el control de los créditos fiscales aplicados en el Impuesto de Sociedades y así ampliar las bases imponibles. Se prestará especial atención a los grupos que tributan bajo el régimen de consolidación fiscal, ya que representan hasta el 30% de la recaudación por Sociedades. En este sentido, se establece como objetivo prioritario controlar los créditos tributarios pendientes que tienen las empresas, consolidando la información declarada por cada grupo sobre estos créditos y realizando análisis exhaustivos para garantizar una adecuada asistencia al contribuyente. Además, se promoverá la corrección de declaraciones en caso de detectar errores y se reforzará la presencia inspectora en las sedes de las compañías. La Administración busca reducir los inmuebles alquilados debido a su alto coste, y para ello, se implementará un nuevo sistema de teletrabajo que permitirá establecer un modelo híbrido de prestación de servicios, reduciendo así la superficie necesaria para oficinas. Asimismo, se prevé incrementar la plantilla en 2.082 trabajadores para 2027. Hacienda también mejorará el censo de empresarios y autónomos para tener un conocimiento más preciso de las actividades económicas y las obligaciones tributarias, con el objetivo de combatir la economía sumergida. Se identificarán adecuadamente las entidades realmente activas, ya que las inactivas pueden ocultar la identidad de los verdaderos propietarios de bienes. La lucha contra la economía sumergida es un objetivo clave que requerirá acciones continuas por parte de la Inspección Tributaria.

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(Expansión, 26-03-2024) | Fiscal

Hacienda prevé estrechar el cerco fiscal sobre empresas que facturen desde seis millones

La Agencia Tributaria tiene planes para enfocarse en las grandes empresas en los próximos años. Así lo indica el Plan Estratégico 2024-2027 publicado recientemente, donde se enfatiza la necesidad de fortalecer el control sobre los grupos empresariales y multinacionales. Se prevé la creación de una Unidad Nacional específica para el control de estas grandes compañías, que complementará la labor de fiscalización de las empresas cotizadas más importantes. Además, se planea revisar los créditos fiscales que estas empresas aplican para reducir su carga tributaria. El plan destaca la importancia de controlar a los grupos que tributan bajo el régimen de consolidación fiscal del Impuesto sobre Sociedades, ya que, aunque representan solo el 3% del censo empresarial, contribuyen con el 30% del Impuesto de Sociedades. Para abordar este grupo de contribuyentes, se propone una combinación de la inspección ordinaria con acciones específicas de las Unidades de Gestión de Grandes Empresas. A pesar de que la Delegación Central de Grandes Contribuyentes ya supervisa a las grandes empresas y cotizadas, Hacienda busca mejorar el control sobre las empresas medianas mediante la creación de una Unidad Nacional de apoyo. Esta unidad coordinará las acciones de los equipos regionales y transversales que examinan empresas con ingresos anuales superiores a seis millones de euros, pero que no están bajo la supervisión central. Se espera que esta iniciativa aumente la eficiencia y permita liberar recursos para otras actividades. Además, se planea desarrollar una herramienta para controlar los créditos tributarios pendientes, considerando los generados y aplicados por los contribuyentes en sus declaraciones, así como aquellos derivados de regularizaciones y decisiones judiciales. Esto permitirá indicar a los contribuyentes los créditos fiscales aplicables en cada declaración. Hacienda también prevé reforzar las actividades de investigación, enfocándose en la presencia inspectora en las sedes de los contribuyentes, lo que se considera fundamental en el control del fraude complejo. Además, se intensificarán los controles sobre nuevos riesgos tributarios y se mantendrá la presión sobre prácticas tradicionales de evasión fiscal. Más allá, Hacienda prevé intensificar los controles sobre nuevos riesgos tributarios, mientras mantiene la presión sobre nichos "tradicionales como la lucha contra la simulación de la residencia fiscal, el uso abusivo de la personalidad jurídica, la correcta aplicación del régimen de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores, así como el control de los contribuyentes de alta capacidad económica". Aquí, además, una vez que Hacienda subsanó legislativamente los límites judiciales al alcance de las inspecciones, el Fisco aspira a "aumentar el número de las actuaciones" en forma de comprobación limitada en el pago de IRPF sobre actividades económicas, IVA o Sociedades. La Agencia Tributaria también prevé impulsar campañas de mejora de la calidad de las declaraciones informativas más comunes en los impuestos a la actividad, la limpieza de los censos empresariales, y el envío de cartas informativas o de subsanación de datos. El control en la "implementación de los nuevos tributos medioambientales" (como los que afectan a plástico, gases fluorados, electricidad o el ajuste en frontera de carbono), así como el uso de criptoactivos y plataformas electrónicas son otros dos de los frentes de actuación que la Agencia Tributaria ha previsto para el periodo 2024-2027.

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(Expansión, 26-03-2024) | Fiscal

2.000 efectivos más para la Agencia Tributaria

Hacienda reconoce que los objetivos estratégicos de la Agencia Tributaria están estrechamente ligados al número de empleados necesarios para alcanzarlos. Por lo tanto, cumplir con los compromisos del recién publicado Plan Estratégico 2024-2027, que incluye fortalecer el control sobre las grandes empresas, fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales y priorizar la atención al contribuyente, implica aumentar la plantilla de la Agencia en un 7%. Esto significa pasar de los 27,294 empleados actuales a 29,376 en un plazo de cuatro años. El objetivo es superar el nivel de personal que existía antes de las restricciones en la contratación pública, aproximándose así a las dimensiones observadas en las administraciones tributarias de países pertenecientes a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). El documento destaca la importancia de fortalecer el área de Informática Tributaria, dada su creciente relevancia. De hecho, el porcentaje de personal externo en Informática ha aumentado del 38.9% en 2010 al 52.5% en 2023, lo que subraya la necesidad de reforzar el personal interno para reducir la dependencia de asistencia externa. Se sostiene que aumentar la plantilla de manera decidida es la única manera de hacer frente a las futuras jubilaciones y otras salidas de personal, así como para alcanzar un número adecuado de empleados públicos acorde con las responsabilidades y la estructura de la Agencia. La Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) advirtió ayer que el aumento de personal no debería realizarse a expensas de rebajar los estándares de capacitación del Cuerpo, facilitando el acceso a técnicos menos cualificados. Por ello, solicitaron una reunión con Hacienda para discutir posibles soluciones.

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(La Vanguardia, 26-03-2024) | Fiscal

Los Inspectores de Hacienda: la soberanía fiscal catalana es "inconstitucional" y merma la lucha contra el fraude fiscal

La propuesta de soberanía fiscal para Cataluña, presentada por el Gobierno de la Generalitat bajo la dirección de ERC, ha generado preocupación entre los Inspectores de Hacienda. Este colectivo advierte que adoptar un sistema de financiación "singular" para la comunidad catalana, que implica la cesión del 100% de los impuestos a la región y la creación de un régimen similar al cupo vasco para pagar por los servicios estatales, tendría consecuencias negativas. Entre estas se incluirían el desmembramiento de la Agencia Tributaria, un debilitamiento en la lucha contra el fraude fiscal, y un deterioro en los servicios públicos para los ciudadanos de todo el país. La Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) destacó que esta propuesta de independencia fiscal no está respaldada ni por la Constitución, ni por el Estatuto de Autonomía de Cataluña, ni por la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (Lofca). Además, sostienen que viola los principios de igualdad y solidaridad establecidos en la Carta Magna. "Es la primera vez que se solicita de manera clara y rotunda una independencia fiscal para Cataluña que es inconstitucional", señaló Ana de la Herrán, presidenta de la Asociación de Inspectores de Hacienda, enfatizando que fragmentar el sistema tributario español perjudicaría las funciones de inspección y la lucha contra el fraude fiscal. El plan de soberanía fiscal propuesto por el Govern catalán implicaría, según advirtió Teresa Benito, vicepresidenta de IHE, un retroceso en la gestión de los impuestos, un deterioro en el sistema de retenciones fiscales, y la fragmentación de las bases de datos y los mecanismos de control tributario, en un contexto donde la tendencia internacional es hacia la globalización. La asociación alerta que este plan pone en riesgo el control de la recaudación, generando incentivos para la deslocalización de contribuyentes y amenazando los ingresos públicos, así como la capacidad de financiar los servicios públicos básicos en todas las comunidades autónomas. Además, los Inspectores critican la falta de una oposición clara desde el Gobierno central ante esta propuesta catalana. Aunque la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha afirmado que no aceptará reformas del sistema de financiación autonómica que no garanticen recursos suficientes para todas las comunidades, los Inspectores expresan preocupación por la falta de una negativa formal, lo que podría dejar la puerta abierta a ceder a las demandas de la Generalitat mientras se buscan otras formas de compensación para el resto de las regiones. El plan de financiación "singular" impulsado por el presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, semanas después de convocar elecciones anticipadas en la región para mayo, incluye la cesión del 100% de los impuestos recaudados en la región, así como la capacidad normativa para modificarlos.

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(Cinco Días, 25-03-2024) | Fiscal

El Gobierno persiste en hacer permanente el gravamen a bancos y empresas energética

Durante una intervención pública, el gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, planteó la posibilidad de utilizar los recursos provenientes del gravamen para fortalecer la solvencia de las entidades financieras. Sugirió que parte de lo que los bancos deberían pagar podría dirigirse hacia el aumento de sus reservas, lo cual los prepararía mejor para enfrentar posibles desafíos futuros. Los supervisores están preocupados por mantener la estabilidad financiera y asegurar que el sector continúe ofreciendo servicios a la sociedad. Consideran que, en general, la prioridad debería ser aumentar la solvencia de los bancos. Hernández de Cos señaló el caso de Italia, donde se decidió reforzar los recursos propios a través de medidas similares. Sin embargo, algunos expertos advierten que existen diversas formas de mejorar la solvencia, como reducir los dividendos en lugar de destinar recursos adicionales al gravamen. En los últimos años, los bancos han incrementado notablemente los dividendos y llevado a cabo programas de recompra de acciones, lo que podría afectar negativamente a su solvencia. El consejero delegado de CaixaBank, Gonzalo Gortázar, también se pronunció sobre el gravamen, argumentando que introduce una doble imposición y crea una discriminación negativa para los bancos más grandes que operan en España. Gortázar destacó además las preocupaciones sobre la competencia interna, especialmente en áreas rurales donde CaixaBank es la única entidad con presencia significativa. En resumen, tanto Hernández de Cos como Gortázar han planteado sus preocupaciones sobre el gravamen y sus posibles implicaciones para el sector financiero español, resaltando la necesidad de encontrar un equilibrio entre fortalecer la solvencia de los bancos y mantener la competitividad en el mercado.

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