(Expansión, 18-07-2025) | Fiscal

La Audiencia Nacional eleva ante el Tribunal Constitucional el llamado "impuesto a las pérdidas" empresariales

La Audiencia Nacional ha puesto en entredicho la constitucionalidad de una medida adoptada por el Ministerio de Hacienda en 2016, mediante un decreto, que impide a las empresas deducir fiscalmente las pérdidas derivadas de la venta de filiales. Esta decisión coincide con la imputación del exministro de Hacienda del PP, Cristóbal Montoro, por su presunta implicación en una trama de favores a compañías del sector gasista a cambio de beneficios económicos (ver página siguiente). A la vez, se reabre el debate judicial sobre una de las muchas subidas de impuestos aprobadas por decreto durante el mandato de Mariano Rajoy. Según un auto al que ha accedido EXPANSIÓN, la Audiencia Nacional ha decidido remitir al Tribunal Constitucional el análisis de la conocida como "tasa a las pérdidas", que prohibía a las compañías descontar de su base imponible las pérdidas ocasionadas por la venta de sus participaciones en otras empresas. Esta norma fue introducida por Montoro en el Real Decreto-ley 3/2016, parte del cual ya fue anulado por el Tribunal Constitucional en 2024, generando un desfase recaudatorio estimado en 5.000 millones de euros. En su fallo, el Tribunal consideró que los decretos-ley no son el instrumento adecuado para realizar cambios profundos en el Impuesto de Sociedades, por lo que anuló tres medidas concretas: la limitación a la compensación de bases imponibles negativas, las restricciones a la deducción por doble imposición y la obligación de incluir automáticamente en la base imponible los deterioros de participaciones deducidos anteriormente. Para paliar la pérdida de ingresos, el Gobierno reincorporó estas medidas en la reforma fiscal de finales del año pasado. Sin embargo, como la empresa que presentó el recurso inicial no se veía afectada por otras medidas del decreto, como el veto a deducir pérdidas por venta de filiales, los jueces no las evaluaron en su momento. La medida en cuestión reformó la Ley del Impuesto de Sociedades y, desde el 1 de enero de 2017, estableció que "no se integrarán en la base imponible las rentas negativas derivadas de la transmisión de participaciones en entidades". Con ello, se pretendía aumentar la recaudación del Estado limitando una ventaja fiscal importante para las empresas que se desprendieran de filiales con pérdidas. Sin embargo, ahora la sección segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha resuelto plantear al Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad sobre esta disposición, alegando una posible infracción de los límites materiales para modificar aspectos esenciales del Impuesto de Sociedades (artículo 86.1 de la Constitución Española), así como una posible vulneración del principio de contribución según la capacidad económica (artículo 31.1). En otras palabras, vuelve a cuestionarse si el Gobierno puede alterar de forma sustancial este impuesto a través de un decreto-ley, reservado en teoría para situaciones de urgencia, y abre la posibilidad de que también se examine el contenido de la medida. "Es una excelente noticia, ya que corrobora las dudas de constitucionalidad que muchos de nuestros clientes tenían sobre la prohibición de deducir las pérdidas por la venta de filiales", afirma Jordi de Juan, abogado de Crowe y representante de la empresa que ha logrado que la Audiencia Nacional eleve el caso al Constitucional. De Juan se muestra confiado en que el Constitucional podría anular esta medida por razones de forma, como ya ocurrió con otras del mismo decreto. Sin embargo, la firma también aspira a que el alto tribunal se pronuncie sobre el fondo del asunto, especialmente porque esta restricción se incluyó más adelante en una ley ordinaria, a partir de 2021. Aunque el auto de la Audiencia se centra en el posible defecto formal por el uso inadecuado del decreto-ley, Crowe tiene la intención de plantear ante el Tribunal Constitucional el debate de fondo: si es constitucional, desde la perspectiva del principio de capacidad económica, que se impida a las empresas deducir las pérdidas sufridas al deshacerse de participaciones en filiales, con independencia del instrumento legal utilizado para regularlo. "Ampliar el alcance de la cuestión de inconstitucionalidad no solo es procedente desde el punto de vista procesal, sino también muy oportuno", añade De Juan, recordando que desde 2021 esta medida restrictiva se incluyó en una ley ordinaria. Por tanto, si el Tribunal no se pronuncia también sobre el fondo, el debate podría continuar, incluso si se declara la inconstitucionalidad por razones formales. El abogado recuerda otros precedentes de medidas fiscales inicialmente anuladas por el Constitucional, como el aumento de los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades, que posteriormente fueron reincorporadas mediante leyes ordinarias.

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(Expansión, 18-07-2025) | Fiscal

La gran patronal censura el cupo catalán y la falta de negociación con todas las regiones

Ni por su contenido ni por la forma en que se ha alcanzado, la financiación especial acordada entre el Gobierno central y la Generalitat de Cataluña convence al grueso del tejido empresarial español. Las principales organizaciones patronales critican duramente lo que consideran una decisión de tinte político, adoptada por el Ejecutivo de Pedro Sánchez para asegurar el respaldo de partidos independentistas catalanes -en este caso, Esquerra Republicana-. Advierten, además, de los posibles efectos negativos que esta medida tendría tanto sobre la economía nacional como sobre los principios de igualdad y solidaridad entre comunidades autónomas. Estas son algunas de las conclusiones que se desprenden de las declaraciones recogidas por EXPANSIÓN de parte de los representantes de las principales patronales, tras conocerse el acuerdo que servirá como base para un nuevo modelo de financiación que el Gobierno pretende aplicar también al conjunto del país. Una de las críticas fundamentales se centra en la naturaleza bilateral del acuerdo. "Este no es un asunto que deba resolverse entre dos partes, sino que debe abordarse en conjunto por todas las comunidades autónomas", afirma Antonio Garamendi, presidente de la CEOE, quien reclama una mesa de negociación multilateral para reformar el sistema de financiación autonómica. En la misma línea se manifiesta Lorenzo Amor, presidente de la organización de autónomos ATA, quien considera especialmente grave que las negociaciones se hayan llevado a cabo en secreto y sin contar con la participación del resto de regiones. Garamendi hace además un llamado al respeto por la Constitución, recordando que establece la igualdad de derechos y deberes para todos los ciudadanos, sin importar su lugar de residencia. "Un acuerdo de esta envergadura debería ser sometido a referéndum. Los ciudadanos merecen poder opinar", subraya, evocando el "espíritu de 1978", cuando se crearon los regímenes forales del País Vasco y Navarra. Desde las organizaciones empresariales de ámbito estatal se alerta también de que esta financiación especial para Cataluña podría erosionar gravemente el principio de igualdad. "Un cambio de este tipo afecta al concepto mismo de Estado y al trato igualitario entre los españoles", advierte Ángela de Miguel, presidenta de Cepyme, que señala la ruptura del principio de solidaridad entre territorios. Amor coincide: "Rompe la igualdad y genera desequilibrios", mientras Garamendi recalca que "pluralidad no debe confundirse con privilegios". En lo económico, los empresarios destacan dos riesgos principales: por un lado, la inseguridad jurídica que podría derivarse de la aplicación de este modelo, con consecuencias negativas para la inversión y el crecimiento; y por otro, el posible recorte de la competencia fiscal entre comunidades autónomas. "Lo más preocupante es que se busque limitar la capacidad de algunas regiones para aliviar la presión fiscal sobre sus ciudadanos y aplicar impuestos más bajos", señala Amor. Respecto a la inseguridad jurídica, De Miguel señala que el nuevo modelo socava la solidaridad territorial y daña la imagen del país ante los inversores internacionales. Garamendi, por su parte, recuerda que la inseguridad normativa es ya una de las principales inquietudes del sector empresarial, agravada por otras iniciativas del Gobierno como la reducción de la jornada laboral o la baja calidad de la legislación aprobada. Desde el Consejo General de Economistas, su presidente, Miguel Ángel Vázquez Taín, expresa una postura de cautela ante la propuesta. "Si se particulariza demasiado, se pierde la visión general del sistema. Sin conocer aún los detalles del modelo, lo vemos con cierta preocupación. Habrá que esperar a su desarrollo para hacer un análisis más preciso, pero de momento predomina la inquietud", comenta. Finalmente, Amor remata la crítica apuntando directamente al trasfondo político del acuerdo: "El verdadero problema es el oportunismo. El Gobierno está débil y hay actores que lo están aprovechando para presionarlo. Sánchez está dispuesto a pactar lo que sea con tal de seguir unos meses más en el poder", concluye.

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(El Economista, 18-07-2025) | Fiscal

El Supremo avala la exención en el IRPF de la indemnización por despido de altos directivos

El Tribunal Supremo ha determinado que las indemnizaciones por despido que perciben los altos directivos de una empresa que, además, actúan como consejeros o administradores, están exentas de pagar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), siempre que no superen los 180.000 euros. Esta resolución, dictada el 24 de junio, aclara un punto que había generado dudas: la naturaleza jurídica de la relación entre estos profesionales y la empresa, ya que podía considerarse tanto laboral como mercantil. Sin embargo, tras años de jurisprudencia que reconoce la posibilidad de que un consejero o administrador mantenga una relación laboral con la compañía -siempre que desempeñe funciones reales y efectivas-, el Supremo completa el marco aclarando el tratamiento fiscal de las indemnizaciones por cese. En concreto, el alto tribunal establece que, cuando se extingue un contrato de alta dirección por decisión unilateral del empresario, el directivo tiene derecho, como mínimo, a una indemnización equivalente a siete días de salario por año trabajado, con un tope de seis mensualidades. Esta compensación, según la sentencia, está exenta de tributar en el IRPF dentro de los límites legales. La Ley del IRPF ya prevé que las indemnizaciones por despido están exentas de tributación, siempre que no haya mediado acuerdo entre empresa y trabajador, y hasta un máximo de 180.000 euros. En caso de superar esa cifra, el exceso sí debe tributar. En este caso concreto, el Supremo obliga a Hacienda a devolver al contribuyente la parte del IRPF cobrada indebidamente por esta indemnización, junto con los intereses de demora acumulados desde el inicio del conflicto en 2015. Cabe destacar que, en ese momento, aún no existía una jurisprudencia clara que reconociera la posible existencia de una relación laboral entre administradores y empresas. Incluso el propio Abogado del Estado, en representación de la Agencia Tributaria, aceptó los argumentos del contribuyente, a la luz de la evolución doctrinal más reciente del Supremo. Además, la sentencia también aborda la posibilidad de aplicar una reducción del 30% en el IRPF a estas indemnizaciones, en caso de que se consideren rendimientos obtenidos de forma irregular, es decir, no periódica y generados durante un período superior a dos años. Ya en julio de 2023, el tribunal se había pronunciado a favor de esta aplicación, siempre que se cumplan los requisitos legales. No obstante, esta cuestión queda al margen en esta ocasión, ya que el núcleo del fallo es confirmar que las indemnizaciones por despido de estos altos cargos están plenamente exentas hasta el límite legal. Con ello, el Supremo refuerza y consolida su doctrina fiscal sobre las indemnizaciones a directivos con vínculos contractuales laborales con la empresa.

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(Expansión, 17-07-2025) | Fiscal

Bruselas plantea un impuesto a las empresas que facturen más de 100 millones

La Comisión Europea ha presentado un ambicioso plan para incrementar sus ingresos sin necesidad de aumentar las aportaciones de los Estados miembros. Coincidiendo con la presentación de sus nuevos presupuestos, la presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, dio a conocer una serie de iniciativas, centradas principalmente en la creación de nuevas tasas e impuestos, con los que se pretende recaudar cerca de 60.000 millones de euros anuales. Una de las medidas más controvertidas del paquete es la introducción de un nuevo impuesto dirigido a las empresas que operan en territorio comunitario. Este gravamen afectará a todas aquellas compañías cuya facturación anual supere los 100 millones de euros, estableciendo una escala dividida en tres tramos. Las empresas con ingresos entre 100 y 250 millones deberán pagar 100.000 euros al año. Aquellas con una facturación entre 250 y 500 millones, contribuirán con 250.000 euros, y las que superen los 500 millones de euros tendrán que abonar 500.000 euros anuales. Este impuesto se aplicará a cada empresa individual, sin tener en cuenta el grupo empresarial al que pertenezca, por lo que aquellas que cuenten con varias filiales o sociedades podrían verse obligadas a pagar múltiples veces. Con esta medida, Bruselas estima obtener unos 6.800 millones de euros al año. Cabe señalar que el umbral mínimo se ha elevado respecto al borrador anterior, que fijaba el límite en 50 millones de euros. Otra propuesta del Ejecutivo europeo consiste en destinar un 15% de los impuestos especiales que los países recaudan sobre el tabaco al presupuesto comunitario, lo que, según cálculos de la Comisión, supondría unos 11.200 millones de euros anuales. Esta iniciativa implicaría una reforma de la Directiva sobre los Impuestos Especiales del Tabaco (TED), adaptándola al reciente aumento en la fiscalidad del sector. A esto se añadiría una nueva tasa sobre los residuos electrónicos no recogidos, que podría aportar unos 15.000 millones de euros por año. Además, la Comisión cuenta con ingresos procedentes del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono -un arancel ambiental de la UE- y del Sistema de Comercio de Emisiones, con los que espera recaudar 1.400 millones y 9.600 millones de euros anuales, respectivamente. No obstante, todas estas nuevas fuentes de financiación deberán ser aprobadas por unanimidad por los Estados miembros, lo que representa un desafío considerable. Fuentes comunitarias reconocen que es habitual que este tipo de propuestas se modifiquen significativamente o incluso se rechacen por completo. En el pasado, los Veintisiete ya desestimaron planes similares para aumentar los recursos propios de la UE, incluso en circunstancias más críticas como durante la pandemia, cuando fue necesario financiar el fondo de recuperación de 750.000 millones de euros.

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(El País, 17-07-2025) | Fiscal

La AIReF pide un ajuste de 11.000 millones de euros para cumplir con la regla de gasto en 2025

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ha evitado posicionarse de forma definitiva sobre la propuesta de financiación específica para Cataluña debido a la falta de datos e información concreta. No obstante, su presidenta, Cristina Herrero, ha expresado ciertas reservas preliminares al afirmar que "no nos convence un enfoque fragmentado" para reformar el sistema de financiación autonómica. En su opinión, es necesario contar con una visión más amplia, conocer los detalles del posible acuerdo entre el Gobierno central y la Generalitat, y analizar si las modificaciones comprometerían el cumplimiento de las reglas fiscales. "Si los cambios tienen impacto en la sostenibilidad fiscal, nos pronunciaremos cuando contemos con información suficiente", ha advertido. En cuanto a la posibilidad de que la Agencia Tributaria catalana asuma la recaudación de impuestos, Herrero ha subrayado que la descentralización en este ámbito suele traducirse en una menor eficacia y eficiencia. Además, ha manifestado su preocupación por la posible pérdida de información si se producen cesiones de competencias en este ámbito: "Estas transferencias no deben conllevar una merma en los datos disponibles". También ha solicitado que la AIReF sea la encargada de evaluar cualquier cambio que se produzca, aunque ha insistido en que, por ahora, no es posible determinar si este nuevo modelo perjudicará al resto de comunidades autónomas. Por otro lado, la AIReF ha llamado la atención sobre la falta de transparencia en el gasto en defensa, un apartado presupuestario que cobrará mayor protagonismo en los próximos años y que ya tiene comprometidos 10.000 millones de euros solo para 2025. Según ha denunciado, actualmente no es posible seguir la evolución de este gasto en los informes de ejecución presupuestaria, y además, se tiende a subestimar su impacto en los cálculos iniciales. La institución ha señalado que sin medidas correctivas, el déficit y la deuda pública podrían empezar a aumentar en el medio plazo, sin contar siquiera con el gasto militar, lo que refuerza la necesidad de tener estimaciones claras sobre su evolución. En su informe más reciente sobre ejecución presupuestaria, la AIReF estima que en 2024 se incumplirá la regla de gasto europea al incrementarse los desembolsos en un 4,6%, frente al 3,7% pactado. Esta diferencia representa aproximadamente 4.500 millones de euros, justo en el límite permitido por Bruselas (0,3% del PIB anual), que se va acumulando en una "cuenta de control" con un tope del 0,6% del PIB. Si se sobrepasa ese margen, se activarían medidas de corrección. No obstante, España dispone de cierto margen acumulado en esta cuenta gracias al menor gasto de 2024 frente a lo pactado, lo que otorga al Ejecutivo algo de margen para evitar ajustes inmediatos pese al incumplimiento. En cuanto a la regla nacional de gasto, también se supera, con una desviación de unos 5.000 millones por parte del Estado y de unos 11.000 millones si se suma el conjunto de administraciones. Esta norma, sin embargo, ha sido relegada por no ser aplicada por la Comisión Europea, aunque ha obligado a 13 comunidades autónomas a presentar planes de reequilibrio ante Hacienda. La AIReF ha recomendado que el Gobierno central haga lo mismo y ha instado a elaborar ya unos presupuestos para 2025, denunciando la escasa información sobre los planes fiscales del Ejecutivo. Un punto preocupante señalado por la AIReF es el crecimiento del gasto computable para Europa de la Seguridad Social, que sube un 5,6%, muy por encima del límite permitido. Esto implica que el resto de administraciones deberán contener su gasto aún más para compensar el aumento en pensiones. "Este es el gran reto a medio plazo", ha declarado Herrero. En cuanto a la situación fiscal general, la previsión de la AIReF es que el déficit público se sitúe este año en el 2,7% del PIB, incluyendo los gastos derivados de la DANA. Sin ellos, bajaría al 2,4%. Esta mejora se explica por la buena evolución de la recaudación, especialmente del IRPF, la retirada gradual de las medidas anticrisis por la inflación y la disminución del gasto relacionado con la DANA. Respecto a la deuda pública, la tendencia de reducción se ralentiza, situándose en el 101,4% del PIB para este año. La institución mantiene su previsión de crecimiento económico en el 2,3% para 2025, tras revisarla a la baja por la incertidumbre ligada al conflicto arancelario. Esta estimación parte del supuesto de que los aranceles no se incrementarán. La AIReF ha detectado una desaceleración del gasto público y del turismo, influido por la apreciación del euro, mientras que la inversión muestra signos de mejora, aunque con dudas sobre su resistencia en un entorno incierto. El crecimiento económico, aunque moderado, cuenta con un fuerte respaldo en el aumento de la inmigración, lo que se refleja en un mayor consumo total pero no per cápita: es decir, se consume más porque hay más población, no porque cada persona consuma más. Además, todo el empleo creado en los últimos meses se debe a trabajadores extranjeros, mientras que la población activa con nacionalidad española se reduce. La AIReF también detecta señales de que la tasa de paro podría estar tocando fondo.

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(El País, 17-07-2025) | Fiscal

Inspectores de Hacienda ven “imposible” aplicar el acuerdo de financiación catalana

La Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) ha advertido este miércoles que el acuerdo de financiación singular pactado entre el Gobierno central y la Generalitat de Cataluña es, a su juicio, "inviable" en términos prácticos y supone un riesgo grave para la estructura del Estado si se replica en otras comunidades. Según la organización que agrupa a los inspectores de élite de la Agencia Tributaria, esta propuesta marcaría el inicio de la "desintegración del Estado". En este contexto, han reiterado su petición de dimisión de la ministra de Hacienda, María Jesús Montero. La presidenta de la asociación, Ana de la Herrán, ha señalado que llevan tiempo advirtiendo sobre los efectos negativos que implicaría una financiación fiscal diferenciada para Cataluña. Durante la presentación de un informe técnico, los inspectores han asegurado que un modelo como el planteado conduciría a la "descomposición" de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), que se vería fragmentada y dividida entre las distintas autonomías. Según explican, dicho esquema vulneraría principios esenciales del sistema tributario nacional, como la existencia de una única base de datos, una caja común y una gestión integrada de las retenciones fiscales. En particular, consideran que el traspaso del 100% de la gestión del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a la Generalitat en 2026 no sería factible. A su entender, no es una medida realista, ya que sería imposible cruzar la información entre una base de datos estatal y otra catalana. Entre los efectos concretos, alertan de que se ralentizarían significativamente las devoluciones del IRPF y se dificultaría el envío de los datos fiscales a los contribuyentes, al estar distribuidos en dos sistemas independientes. Asimismo, afirman que se vería comprometida la capacidad para cruzar información fiscal, lo que afectaría la detección de posibles fraudes. Aunque no han ofrecido estimaciones precisas sobre la pérdida de ingresos, han recordado que, según los datos más recientes (de 2022), Cataluña aportó el 19,35% de la recaudación total. En ese año, los ingresos tributarios del Estado ascendieron a 255.463 millones de euros, de los cuales 49.434 millones provinieron de esta comunidad. Los inspectores concluyen que una separación en la gestión tributaria estatal y catalana dañaría la eficacia en la lucha contra el fraude fiscal. "Una base de datos dividida no puede ofrecer los mismos resultados que el sistema unificado actual", han afirmado.

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(Expansión, 16-07-2025) | Fiscal

La financiación singular puede llegar a arrebatar unos 24.000 millones de euros anuales a Hacienda

Ceder el control de la recaudación a Cataluña podría tener efectos negativos sobre las finanzas del Estado, la estabilidad de las cuentas públicas y el sistema fiscal español. Así lo advierten diversos analistas y economistas tras analizar el acuerdo de financiación específica alcanzado este lunes entre el Gobierno central y la Generalitat. Según sus estimaciones, este modelo podría restar hasta 24.000 millones de euros anuales a las arcas de Hacienda. Así lo señala un informe publicado ayer por la agencia de calificación crediticia Morningstar DBRS, que advierte de que "el nuevo esquema podría perjudicar la salud financiera del Gobierno central". De acuerdo con sus cálculos, la pérdida de ingresos estatales podría situarse entre el 0,4% y el 1,5% del PIB, es decir, entre 6.400 y 23.900 millones de euros, dependiendo del nivel de implementación del modelo propuesto para Cataluña. Estas cifras se basan en las proyecciones publicadas por la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) en su estudio Las implicaciones financieras de un concierto catalán. "El escenario descrito por Morningstar es correcto en términos generales", confirma Diego Martínez, catedrático de economía aplicada en la Universidad Pablo de Olavide e investigador de Fedea especializado en financiación autonómica. El experto manifiesta su preocupación por el posible impacto de este modelo en la disponibilidad de recursos para el resto de comunidades autónomas y en la capacidad del Estado para ejercer su función de estabilización macroeconómica. Los analistas de la agencia de rating coinciden en que una menor disponibilidad de recursos para el Tesoro Público podría traducirse en un deterioro de los resultados consolidados de las finanzas del Estado. Señalan, además, que una caída en los ingresos del Gobierno central "reduce su margen de maniobra sobre las cuentas regionales". Aunque en teoría esta pérdida podría verse compensada por una mejora en las finanzas autonómicas, la agencia advierte de que es poco probable que este equilibrio se dé en la práctica. Si otras comunidades siguieran el ejemplo y usaran los ingresos adicionales para aumentar el gasto en lugar de sanear sus cuentas, el nuevo modelo podría obligar al Estado a realizar ajustes. Según Morningstar DBRS, "si los déficits autonómicos no mejoran pese al incremento de la recaudación, el déficit de la Administración General también se verá afectado". En ese caso, el Gobierno central se vería obligado a recortar el gasto o a subir impuestos para cumplir con sus objetivos fiscales. La agencia, que actualmente otorga a España una calificación de A (alta) con perspectiva estable y a Cataluña un BBB (alta) también con perspectiva estable, prevé que este acuerdo de financiación singular mejore las finanzas de la Generalitat, que asumiría la totalidad de la recaudación tributaria. No obstante, advierte de los riesgos que esto supondría para el conjunto del Estado. Para evitar una desviación fiscal, la agencia recomienda que el Gobierno refuerce los mecanismos de control y coordine de forma más estricta los objetivos fiscales entre la administración central y las regiones. El impacto económico concreto del nuevo modelo no se conocerá hasta otoño. Así lo anunció ayer la consellera de Economía y Finanzas de la Generalitat, Alicia Romero, en una entrevista en TV3. Señaló que se espera tener cifras concretas del acuerdo "entre septiembre y octubre", una vez concluyan los trabajos del grupo de expertos encabezado por Martí Carnicer, exsecretario general de Economía del Govern. "Nos gustaría ir más rápido", admitió Romero, aunque aclaró que "ha sido una negociación compleja" y que aún no se han definido elementos clave como la aportación solidaria, el principio de ordinalidad, la composición de la cesta tributaria ni el reparto de competencias en la gestión de los impuestos. Además del impacto en la sostenibilidad de las cuentas públicas y en el modelo de financiación autonómica -sobre todo considerando que Cataluña es una de las tres regiones que más aportan, junto con Madrid y Baleares-, el sistema singular plantea amenazas para la arquitectura del sistema tributario. "La cesión de competencias tan sensibles como la recaudación de impuestos estatales o el diseño de sistemas propios de gestión puede generar problemas operativos, fragmentación del sistema y pérdida de eficiencia administrativa", advierte Rubén Gimeno, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF). Coincide con la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) en que esta fragmentación fiscal podría dificultar tanto la eficiencia como la lucha contra el fraude.

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(Expansión, 16-07-2025) | Fiscal

Francia rechaza su impuesto a fortunas y asesta un golpe a la "tasa Zucman"

El Senado francés ha rechazado de forma contundente la propuesta de establecer un impuesto sobre el patrimonio de las grandes fortunas, en contraste con los esfuerzos de España por promover una medida similar a nivel internacional. Mientras la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, trabaja en foros globales para lograr un acuerdo que permita implantar un tributo universal a las grandes riquezas, Francia lanza un mensaje claro en sentido opuesto. La negativa de la Cámara Alta francesa se convierte así en una advertencia para los planes del Gobierno de Pedro Sánchez. El escenario parisino fue especialmente simbólico. En las inmediaciones del jardín de Luxemburgo, activistas de organizaciones como Oxfam y Attac desplegaron figuras de multimillonarios como Bernard Arnault, acompañadas del lema "¡Taxez-moi!" ("¡Cobradme impuestos!"). Sin embargo, esta protesta no logró influir en la votación del Senado. La iniciativa, promovida por los ecologistas e inspirada por el economista Gabriel Zucman, proponía aplicar un impuesto mínimo del 2% sobre el patrimonio de las 1.800 personas en Francia que poseen más de 100 millones de euros. El resultado fue claro: 188 votos en contra y 129 a favor, con el rechazo del gobierno de Emmanuel Macron. Este revés en una de las potencias clave de la Unión Europea contrasta abiertamente con la postura que defiende el Ejecutivo español. Desde Sevilla, durante la IV Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo de la ONU, la ministra Montero propuso como uno de los objetivos de la cumbre la creación de "un impuesto global a las grandes fortunas", destinado a reducir las desigualdades y a respaldar a los países con menos recursos. Para Montero, este tipo de impuesto es una herramienta crucial para promover la justicia social y avanzar hacia un desarrollo sostenible. No obstante, la tendencia general en Europa apunta en dirección contraria. La decisión francesa refleja una corriente dominante en el continente. Así lo destaca Antonio Barderas, director de la Asociación Madrileña de la Empresa Familiar (AMEF), quien sostiene que este tipo de impuestos implican una doble tributación, ya que afectan a ahorros que ya han pagado impuestos previamente. Además, recuerda que el propio Informe Anual sobre Fiscalidad de la Comisión Europea señala que la mayoría de los países europeos han eliminado los impuestos sobre el patrimonio neto desde los años 90. En efecto, desde entonces lo han suprimido naciones como Austria (1994), Dinamarca (1997), Alemania (1997), Países Bajos (2001), Finlandia y Luxemburgo (2006), Suecia (2007) y Francia (2017), dejando a España como una excepción. Las declaraciones de Barderas reflejan el aislamiento de España respecto a sus socios europeos en esta materia. Mientras Montero busca un consenso global difícil de alcanzar, Europa parece haber consolidado su posición contraria a este tipo de tributos hace tiempo. La supresión del Impuesto de Solidaridad sobre la Fortuna en Francia en 2017, impulsada por Macron, ya fue un punto de inflexión, y el rechazo actual a reintroducirlo -aunque sea de forma limitada- refuerza esa línea. El debate deja a España en una situación cada vez más solitaria. Aunque la izquierda francesa ha prometido insistir y volver a presentar la llamada taxe Zucman, el Gobierno español sigue defendiendo una figura fiscal que sus principales socios europeos han descartado por considerar que penaliza la inversión y desincentiva el ahorro. La decisión del Senado francés no es solo un asunto interno: representa un obstáculo significativo para la propuesta de un tributo global a las grandes fortunas, y sirve como argumento para quienes consideran que España está yendo a contracorriente en el contexto europeo.

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(El Economista, 16-07-2025) | Fiscal

Los ciudadanos pagan 855 euros de media al año de IRPF por tener viviendas vacías

Los propietarios pagan una media de 855 euros anuales en concepto de IRPF por tener viviendas vacías. La Agencia Tributaria ha reforzado el control sobre los inmuebles desocupados y, por primera vez, ha publicado una estadística elaborada a partir de datos de las declaraciones de la Renta y del Catastro. Este informe revela que existen en España 4,8 millones de viviendas vacías, el 90% de ellas sin uso durante todo el año, y 2,5 millones alquiladas al cierre de 2023. Hacienda aplica a las viviendas desocupadas lo que se conoce como imputación de rentas: se exige a los contribuyentes tributar por potenciales ingresos derivados de inmuebles que no están alquilados ni se utilizan como vivienda habitual. La base del cálculo es el valor catastral: se aplica un 1,1% si ha sido actualizado después de 2012, o un 2% si no se ha revisado desde entonces. Este endurecimiento fiscal llega en un momento en que el PSOE impulsa en el Congreso una ley para penalizar aún más la tenencia de viviendas vacías, proponiendo un aumento del tipo hasta el 3% del valor catastral, con el fin de fomentar su salida al mercado del alquiler. Por comunidades autónomas, Baleares lidera el ranking de los propietarios que más pagan por tener viviendas sin ocupar, con una media de 1.083 euros al año. Le siguen Madrid (1.075 euros) y Cantabria (1.033 euros). En el otro extremo, los asturianos y extremeños pagan en torno a 672 euros, mientras que en Aragón la media es de 687 euros. En cuanto al número de viviendas sin uso, Andalucía encabeza la lista con 819.597, seguida de Madrid (832.250) y Cataluña (682.351), las regiones más pobladas del país. En los últimos años, la Agencia Tributaria ha intensificado las inspecciones a los propietarios de inmuebles desocupados, obligándoles a tributar tanto si la vivienda ha estado vacía durante todo el año como si solo lo ha estado por un periodo breve mientras buscaban nuevo inquilino. A ello se suma la doctrina del Tribunal Supremo, que desde su sentencia del 25 de febrero de 2021 impide a los arrendadores deducirse gastos relacionados con el inmueble (como IBI, seguros, hipoteca o comunidad) por los días en que no está alquilado. Por otro lado, en 2023 los contribuyentes declararon ingresos medios de 657 euros mensuales por alquiler de vivienda, lo que equivale a cerca de 8.000 euros anuales. En total, se alquilaron 2,5 millones de viviendas, con unos ingresos brutos que sumaron 22.000 millones de euros. De estos ingresos, la mayoría de los arrendadores solo tributó por entre el 30% y el 40%, tras deducir gastos y aplicar la bonificación por alquiler de vivienda habitual, que en 2023 alcanzaba el 60%. Sin embargo, desde 2024, con la entrada en vigor de la nueva Ley de Vivienda, esta deducción puede llegar hasta el 90% si el alquiler se realiza en zonas tensionadas y se aplica una reducción del precio de al menos un 5%. En caso contrario, la deducción general baja al 50%. Hacienda también ha reforzado la vigilancia sobre los ingresos por alquiler. En la campaña de la Renta de este año, envió 836.000 avisos recordando la obligación de declarar estas ganancias. Para ello, cruza datos con la información que facilitan las comunidades autónomas sobre las fianzas depositadas por los propietarios. Cataluña, Madrid y Andalucía son las comunidades con mayor número de viviendas arrendadas, con 544.782, 486.792 y 308.018 respectivamente. En promedio, los inmuebles alquilados están ocupados 339 días al año, tienen una superficie de 82 m² (los más pequeños están en Madrid, con 77 m², y los más grandes en Baleares, con 99 m²) y ofrecen una rentabilidad media del 5,1%. Aragón, Asturias y Murcia lideran en rentabilidad con un 6,1%, mientras que Cataluña se sitúa a la cola con un 4,9%.

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(El Economista, 16-07-2025) | Fiscal

La banca informará a Hacienda de los ingresos de los autónomos por Bizum y tarjeta a partir de febrero de 2026

El Ministerio de Hacienda ha aprobado una Orden que introduce nuevos modelos de declaración para que bancos, entidades de pago y empresas de dinero electrónico informen mensualmente sobre todos los ingresos que reciben empresarios y autónomos mediante tarjetas bancarias y Bizum. Esta obligación comenzará a aplicarse en febrero de 2026, con respecto a los datos correspondientes a enero de ese año. En concreto, la norma establece cuatro nuevos modelos: el 170, el 174, el 196 y el 181. El modelo 170 obligará a las entidades financieras a reportar cada mes los ingresos que los profesionales y empresarios reciben mediante pagos con tarjeta o Bizum, especificando por qué canal se ha producido el cobro. También deberán identificar las cuentas en las que se reciben dichos ingresos, así como los terminales de punto de venta (TPV) utilizados. Por su parte, el modelo 174 será de carácter anual y servirá para que las entidades informen sobre todos los movimientos con tarjeta realizados por los contribuyentes, siempre que el total de abonos y cargos supere los 25.000 euros anuales. Aquellos contribuyentes cuyos movimientos estén por debajo de ese umbral quedarán exentos de esta obligación. Esta información deberá remitirse a Hacienda por primera vez entre el 1 y el 31 de diciembre de 2026, en relación con los datos de 2025. En cuanto al modelo 181, este requerirá que bancos y otras entidades informen anualmente sobre préstamos, créditos y operaciones financieras vinculadas a bienes inmuebles. El plazo para enviar esta información correspondiente al ejercicio 2025 será del 1 al 31 de diciembre del próximo año. Finalmente, el modelo 196 incluirá dos tipos de reportes. En primer lugar, las entidades deberán comunicar mensualmente cualquier nueva cuenta bancaria abierta, incluyendo los datos del titular. Esta información deberá enviarse por primera vez en febrero de 2026, con relación a las cuentas abiertas en enero. En segundo lugar, las entidades estarán obligadas a remitir anualmente el saldo de las cuentas al 31 de diciembre, así como los movimientos (ingresos y retiradas) registrados durante todo el año. Esta última información se entregará por primera vez en enero de 2027.

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