(El Economista, 15-12-2025) | Fiscal

Hacienda cierra el año sin prorrogar el límite de facturación de módulos y deja a 350.000 autónomos en el limbo

El Ejecutivo ha dejado en una situación de incertidumbre fiscal a unos 350.000 autónomos al finalizar el año sin aprobar la prórroga de los límites de facturación anuales que permiten acogerse al régimen de estimación objetiva del IRPF, conocido como sistema de módulos. Aunque sí se ha dado luz verde a la orden que garantiza la continuidad de este régimen durante 2026, los profesionales afectados todavía no saben cuáles serán los topes de ingresos que deberán cumplir para poder tributar por esta modalidad. Desde 2016, los distintos gobiernos han venido renovando año tras año los umbrales que permiten permanecer en el sistema de módulos: ingresos anuales inferiores a 250.000 euros o facturación a otras empresas y autónomos por debajo de 125.000 euros. En ausencia de esa prórroga, los límites se reducen de forma automática a 150.000 euros en el primer caso y a 75.000 euros en el segundo. De no aprobarse la ampliación, miles de trabajadores por cuenta propia quedarían excluidos de este régimen de tributación del IRPF en 2026. Los sectores más perjudicados serían el transporte, la hostelería y el pequeño comercio. Estos límites más bajos fueron introducidos en la reforma fiscal aprobada a finales de 2014 por el Gobierno de Mariano Rajoy, con Cristóbal Montoro al frente del Ministerio de Hacienda. La normativa preveía que los nuevos umbrales -150.000 euros de ingresos y 75.000 euros de facturación- entrasen en vigor el 1 de enero de 2016. Sin embargo, su aplicación se ha ido posponiendo cada año mediante sucesivas prórrogas, manteniendo los topes de 250.000 y 125.000 euros. Este aplazamiento debe formalizarse mediante una norma con rango de ley, pero el Ejecutivo ha cerrado el ejercicio sin aprobar ningún texto que lo contemple. Los expertos esperaban que la prórroga se incluyera en el último Pleno del Congreso del año, celebrado el jueves pasado, algo que finalmente no ocurrió. Todo apunta, por tanto, a que los autónomos iniciarán 2026 con límites de módulos más restrictivos. Además, según el calendario parlamentario, no está previsto ningún Pleno hasta febrero, salvo que se convoque una sesión extraordinaria, de la que por ahora no hay constancia. Con todo, comenzar el año sin la prórroga no supone un escenario irreversible. El Gobierno aún podría aprobar en enero un real decreto-ley que incluya esta medida y someterlo a convalidación en el Congreso en febrero. Cabe recordar que la prórroga de los límites de módulos para 2025 se incorporó a un real decreto-ley aprobado a finales de 2024, que debía ser convalidado por el Congreso en el plazo de 30 días. Sin embargo, en enero de 2025 la oposición rechazó el texto, lo que implicaba, en principio, una reducción automática de los umbrales. Ante esa situación, el Ministerio de Hacienda emitió una nota aclarando que, dado que el real decreto-ley estaba en vigor a 1 de enero de 2025, se entendía que los límites de facturación quedaban aprobados. Aunque legalmente la prórroga debía hacerse por ley, al tratarse de una medida favorable para miles de autónomos, no se produjeron objeciones. El régimen de módulos permite a los profesionales con un elevado uso de efectivo calcular la base imponible del IRPF a partir de una estimación de sus ingresos, teniendo en cuenta variables como el número de empleados, la superficie del local o el municipio en el que desarrollan su actividad. Por el contrario, los autónomos que quedan fuera de este sistema tributan en estimación directa, declarando los ingresos reales obtenidos a lo largo del año.

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(El Economista, 15-12-2025) | Fiscal

Los autónomos reclaman bajar 5 puntos el IRPF autonómico para ahorrar 650 euros

La carga impositiva es una de las principales inquietudes de los trabajadores autónomos, y las organizaciones empresariales del sector están elaborando propuestas para rebajar los impuestos y aliviar su situación económica. En este contexto, la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (Upta) ha remitido a los parlamentos autonómicos una iniciativa en la que reclama a las comunidades autónomas una reducción de cinco puntos en el IRPF para las rentas de hasta 35.200 euros. Esta medida supondría un ahorro anual de hasta 650 euros por autónomo y liberaría recursos que podrían destinarse a inversión y crecimiento de la actividad. La propuesta se apoya en la Ley 22/2009 de financiación autonómica, que otorga a las comunidades competencias para fijar su propia escala del IRPF, introducir deducciones y regular tipos y tramos. Además, la patronal de autónomos trasladó esta iniciativa el pasado miércoles a la mesa del foro tributario que mantienen las organizaciones de autónomos y los agentes sociales con la Agencia Tributaria. El objetivo es que Hacienda valore una rebaja tanto a nivel autonómico como estatal, de forma que el ahorro total para los trabajadores por cuenta propia alcance entre 1.300 y 1.400 euros anuales. En este sentido, el presidente de Upta, Eduardo Abad, ha señalado que Esquerra Republicana (ERC) ha sido el primer grupo parlamentario en llevar el debate al Congreso, aunque limitando la medida a rentas de hasta 25.000 euros. No obstante, el informe económico elaborado por Upta advierte de que una rebaja conjunta del IRPF a nivel autonómico y estatal supondría una merma recaudatoria de entre 1.000 y 1.500 millones de euros. Para compensar esta pérdida, la organización propone elevar entre cinco y siete puntos el Impuesto sobre Sociedades a las empresas que facturen más de cuatro millones de euros anuales, un grupo que engloba a unas 50.000 sociedades, menos del 5% del total. En la actualidad, el tipo efectivo que soportan estas empresas se sitúa en torno al 20%. La propuesta plantea incrementarlo hasta el 25% o el 27%, lo que permitiría recuperar la recaudación perdida por la rebaja del IRPF. Según las estimaciones de Upta, esta medida generaría ingresos adicionales de entre 1.200 y 1.800 millones de euros. Con este planteamiento, la organización defiende una mayor "progresividad fiscal", argumentando que no es razonable que autónomos con ingresos inferiores a 35.000 euros soporten una carga impositiva más elevada que grandes empresas con estructuras económicas mucho más potentes. Más allá de la rebaja del IRPF, Upta plantea ampliar el abanico de deducciones para equiparar la fiscalidad de los autónomos a la de las pequeñas y medianas empresas. Esta línea de actuación cuenta con el respaldo de ATA, según fuentes consultadas por elEconomista.es, aunque esta organización no apoya la reducción de cinco puntos en el IRPF. Entre las medidas propuestas destaca el aumento de las deducciones por gastos de suministros como agua, electricidad, internet, teléfono y alquiler, que actualmente se sitúan en el 30% y que Upta plantea elevar hasta el 50%, dado que muchos autónomos desarrollan su actividad desde el domicilio. Otra de las iniciativas es permitir la deducción de hasta el 100% del coste de adquisición de un vehículo y de los gastos asociados a su uso profesional cuando su vinculación a la actividad económica supere el 70%. Asimismo, se propone crear deducciones específicas para inversiones en herramientas digitales, software, marketing online, así como en energías renovables, vehículos eléctricos y mejoras en eficiencia energética. El objetivo es facilitar que los autónomos puedan incorporarse a la transición digital y energética, un proceso más asumible para las grandes empresas que para los pequeños negocios. Por último, con el fin de impulsar la contratación y la colaboración profesional, Upta plantea una deducción del 100% de los gastos derivados de la contratación de personal o de la colaboración con otros profesionales, además de bonificaciones específicas por la incorporación del primer empleado o por la formalización de contratos indefinidos.

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(El Confidencial, 15-12-2025) | Fiscal

Hacienda asume pérdidas millonarias por sanciones por un error con los plazos

La Agencia Tributaria está viéndose obligada a asumir pérdidas de gran magnitud tras declarar nulas numerosas sanciones impuestas por la Inspección que fueron tramitadas fuera del plazo legal. El origen del problema se encuentra en una interpretación errónea del cambio normativo introducido en 2021, que amplió de tres a seis meses el margen para iniciar un procedimiento sancionador después de una inspección o comprobación. La Ley 11/2021, de 9 de julio, modificó este plazo, pasando de tres a seis meses el tiempo disponible para que Hacienda pudiera abrir un expediente sancionador una vez concluidas las actuaciones de comprobación, verificación o inspección. Según coinciden distintos fiscalistas, este nuevo plazo se ha aplicado en algunos expedientes durante los últimos ejercicios, aunque no siempre resultaba jurídicamente procedente. Normalmente, explican los expertos, las propuestas de sanción se formulan casi de inmediato al finalizar una inspección. Sin embargo, también existen expedientes donde la Administración ha agotado el plazo disponible. En estos casos, y especialmente en los que afectan a ejercicios anteriores a 2021, Hacienda está anulando sus propias sanciones. El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha aclarado recientemente que, cuando la infracción es anterior a 2021, el plazo aplicable es el vigente en el momento en que se cometió la infracción, con independencia de que el expediente sancionador se iniciara después de ese año. Es decir, el plazo correcto seguía siendo de tres meses. Dado que las infracciones tributarias prescriben a los cuatro años -plazo que se interrumpe al iniciarse un procedimiento-, muchas sanciones actuales provienen de actuaciones sobre ejercicios todavía no prescritos anteriores a 2021. En ellos, el límite temporal era de tres meses, pero la Agencia Tributaria utilizó en algunos casos el plazo de seis meses, lo que, a la luz del criterio del TEAC, invalida el procedimiento sancionador y obliga a anular la sanción, con el consiguiente impacto económico. Además, al tratarse de un pronunciamiento del propio TEAC, Hacienda no puede recurrirlo. Las anulaciones son automáticas en cuanto se acredita que el procedimiento se inició fuera de plazo y el contribuyente recurrió. Las resoluciones que están recibiendo los afectados contienen fórmulas como: "Se declara la caducidad del procedimiento sancionador y se ordena el archivo del expediente [...] quedando sin efecto". Según explica Luis Miguel Larriba, socio fundador de LRB Tax & Legal, esta resolución "impide a la Administración sancionar en cientos de expedientes en los que se superó el plazo de tres meses para comenzar el procedimiento sancionador, una situación frecuente en algunas delegaciones". Añade que tanto la Agencia Tributaria como los tribunales económico-administrativos y los juzgados deberán apreciar de oficio la extemporaneidad y anular las sanciones sin posibilidad de reiniciar el proceso, lo que supone para Hacienda dejar de ingresar sanciones en miles de expedientes. Aunque lo habitual es que Hacienda no agote los plazos y proponga la sanción casi inmediatamente después de finalizar la comprobación, también hay muchos expedientes en los que la decisión se demora por análisis internos, consultas o porque se asumía que el plazo de seis meses era aplicable. Por ahora no puede calcularse el impacto total, pero se trata de pérdidas millonarias derivadas de sanciones que ya no podrán exigirse.

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(Expansión, 12-12-2025) | Fiscal

Los autónomos podrán seguir tributando en módulos en 2026

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer la orden del Ministerio de Hacienda que amplía, por al menos un año más, la aplicación del sistema de estimación objetiva -conocido como módulos- y del régimen simplificado del IVA para autónomos de distintos sectores, especialmente hostelería, comercio, transporte y agricultura. La norma, que estuvo recientemente en consulta pública, también mantiene la reducción del 5% sobre el rendimiento neto que actualmente beneficia a unos 1,1 millones de trabajadores por cuenta propia en España: 352.000 de actividades no agrícolas y 772.000 del ámbito agrario, según datos de la Agencia Tributaria. El sistema de módulos consiste en pagar una cuota fija en las declaraciones trimestrales de IRPF e IVA, en lugar de tributar según el beneficio real obtenido (ingresos menos gastos). Para muchos autónomos supone un alivio fiscal, ya que suelen abonar menos impuestos durante el año, aunque Hacienda ajusta después las cifras en la declaración anual de la Renta o en la última liquidación trimestral del IVA, presentada en enero. Si un autónomo considera que este régimen ya no le resulta ventajoso, puede renunciar a él antes del 31 de diciembre y pasar al sistema de estimación directa, tributando así según los beneficios reales de cada trimestre. Sin embargo, la orden ministerial publicada en el BOE no aclara si se prolongarán los límites de facturación que permiten acogerse a los módulos -125.000 o 250.000 euros, según se facture a empresas o a particulares-. Desde ATA recuerdan que esta decisión debe aprobarse en el Congreso mediante un real decreto antes de que concluya el primer trimestre. El año pasado, esta ampliación salió adelante en el último momento, tras un rechazo inicial al decreto ómnibus de enero. De no renovarse, los límites regresarían a los establecidos en 2015: 75.000 euros para actividades con obligación de emitir factura y 150.000 euros para el resto, salvo en agricultura, ganadería y forestal, donde se mantendrían los 250.000 euros. Fuentes del Ministerio de Hacienda, consultadas por EXPANSIÓN, no garantizan la continuidad de estos topes, aunque admiten que la intención del departamento dirigido por María Jesús Montero es prorrogarlos vía real decreto. Con esta nueva prórroga de los módulos, el Gobierno aplaza también la implantación de un régimen de IVA franquiciado para autónomos, pese a que es una exigencia de la normativa europea y que España es el único país de la UE que aún no ha incorporado. Los expertos consideran que esta situación coloca en desventaja a los autónomos españoles frente a sus homólogos europeos.

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(Expansión, 12-12-2025) | Fiscal

El Congreso convalida la prórroga de Verifactu hasta 2027

El Congreso de los Diputados ha aprobado el decreto con las concesiones a Junts que el Consejo de Ministros validó la semana pasada, y que contempla, entre otros puntos, ampliar un año el plazo para la entrada en vigor del sistema de verificación de facturas de la Agencia Tributaria. La Cámara Baja dio este jueves su visto bueno a la norma impulsada por el Ejecutivo para recuperar el respaldo de Junts. Entre las medidas incluidas destaca la prórroga de doce meses para que empresas y profesionales estén obligados a implantar Verifactu, el nuevo sistema de control de facturación. Con esta convalidación se fijan oficialmente las nuevas fechas para cumplir con las obligaciones derivadas de la Ley Antifraude, que incorpora importantes cambios para todas las compañías y autónomos que utilicen programas informáticos de facturación, con el fin de reforzar la lucha contra el fraude fiscal. Las empresas deberán adaptar sus sistemas antes del 1 de enero de 2027, mientras que los trabajadores por cuenta propia dispondrán de un margen adicional de seis meses, hasta el 1 de julio de ese mismo año. Se trata de la segunda ampliación de plazos aprobada por el Ejecutivo -la primera se acordó en abril-, ya que la entrada en vigor estaba inicialmente prevista para junio. Con esta nueva prórroga, el Ministerio de Hacienda aproxima la aplicación de la Ley Antifraude a la futura obligatoriedad de la factura electrónica, cuyo calendario sigue sin concretarse. Cuando se publique la orden correspondiente, las compañías con una facturación superior a ocho millones de euros tendrán un año para adaptarse, y las de ingresos inferiores, dos. El anuncio de esta extensión ha provocado opiniones encontradas en el ámbito empresarial. Aunque inicialmente fue bien recibida por Pimec y por la asociación de autónomos ATA, numerosas entidades han mostrado su rechazo, al considerar que responde a intereses políticos y perjudica a quienes ya habían dedicado tiempo y recursos a adaptarse a las exigencias de Verifactu. Agustín Fernández, presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf), explicaba recientemente que muchas empresas han tenido que priorizar la adaptación a Verifactu por encima de otros proyectos esenciales debido a la falta de tiempo y presupuesto. En la misma línea, la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) subrayó que introducir cambios de tal envergadura a última hora mina la confianza en la estabilidad normativa y crea incertidumbre sobre la planificación fiscal. En un contexto económico complejo -advirtieron- la seguridad jurídica es fundamental. Las críticas también se han dejado sentir dentro del propio Ministerio de Hacienda, dirigido por María Jesús Montero. La Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado expresó su "preocupación" por una modificación aprobada "sin el necesario contraste técnico previo", y a escasos días de la fecha que muchas empresas daban por definitiva, el 1 de enero, después de una prórroga previa de seis meses. Asimismo, Javier Hurtado, inspector adjunto en la Oficina Nacional de Control del Fraude y uno de los principales responsables del desarrollo de Verifactu, admitió haber recibido la noticia con "gran desconcierto" tras más de cuatro años de trabajo, y pidió disculpas a empresas, desarrolladores y despachos que habían confiado en que los plazos anunciados se cumplirían.

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(El Economista, 12-12-2025) | Fiscal

Hacienda permitirá salir del sistema de facturación de grandes firmas a quienes se adhirieron para huir de Verifactu

La Agencia Tributaria habilitará un plazo excepcional para que los empresarios que se refugiaron en el sistema de facturación para grandes compañías -el Suministro Inmediato de Información (SII)- con el fin de evitar Verifactu puedan ahora abandonarlo. El secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), Rubén Gimeno, señala que existe "una clara disposición" por parte de Hacienda para permitir la salida de estos contribuyentes, que han quedado atrapados en el régimen del SII. No obstante, recuerda que es necesario modificar su reglamento, algo que no depende directamente de la Agencia Tributaria, sino de la Dirección General de Tributos (DGT), cuya delegación de IVA se espera que actúe próximamente. El Congreso convalidó ayer el Real Decreto-ley que aplaza hasta 2027 la entrada en vigor de Verifactu. Este sistema, previsto inicialmente para enero de 2026, obligaba a empresas con ingresos inferiores a seis millones de euros y a autónomos a incorporar un software de facturación que cumpliera nuevos estándares: trazabilidad completa, conservación obligatoria, imposibilidad de alterar las facturas ya emitidas y blindaje frente a contabilidades paralelas, entre otros requisitos. Quienes lo desearan podían, además, remitir voluntariamente sus facturas a la Administración, algo que, según advertían los técnicos de Hacienda en los últimos meses, probablemente sería obligatorio en el futuro. Gimeno explica que, en los últimos meses, muchos empresarios se adhirieron voluntariamente al SII para eludir los costes asociados a Verifactu, como la compra de software o la adaptación de sus procesos internos. Sin embargo, con la prórroga anunciada el 2 de diciembre y confirmada ayer, han quedado atrapados en el SII, ya que el plazo para solicitar la baja venció en noviembre. Aunque Hacienda muestra voluntad de permitir una salida extraordinaria, Gimeno insiste en que cuanto antes se modifique el reglamento, mejor. Recuerda que, aunque el sistema para grandes empresas es gratuito, implica obligaciones mucho más estrictas: la obligación de comunicar las facturas cada cuatro días al fisco. Si el cambio normativo se aprueba en enero, las empresas deberán enviar toda la facturación de diciembre; si se aprueba en febrero, también la de enero. El experto confía en que se abra cuanto antes la vía para que estas compañías puedan abandonar el SII y no queden sometidas a un régimen mucho más exigente que Verifactu.

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(El Economista, 12-12-2025) | Fiscal

El Congreso rechaza definitivamente la senda fiscal del Gobierno y deja en vía muerta los Presupuestos

El Congreso ha vuelto a rechazar la senda de estabilidad propuesta por el Gobierno. En esta segunda votación -celebrada este jueves, apenas dos semanas después del primer intento fallido- el plan fiscal ha sido nuevamente tumbado por 177 votos en contra, frente a 166 a favor y 5 abstenciones (Podemos y Compromís). A pesar de que la ley permite una segunda votación, el Ministerio de Hacienda no ha modificado los objetivos presentados el pasado 27 de noviembre: un déficit del -2,1% para 2026, distribuido entre el Estado (-1,8%), las comunidades autónomas (-0,1%), las entidades locales (equilibrio) y la Seguridad Social (-0,2%). Los objetivos para 2027 y 2028 tampoco han variado, del mismo modo que el techo de gasto previsto para 2025 (216.177 millones incluyendo fondos europeos, aunque este no se somete a votación) ni la meta de deuda pública, fijada en el 100% del PIB. La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha defendido la presentación de la misma propuesta alegando que supone "un respaldo financiero muy relevante" para autonomías, entidades locales y servicios públicos. También ha asegurado que el Gobierno trabaja para presentar cuanto antes los nuevos Presupuestos. Pero la reacción de Junts, grupo clave para sacar adelante la votación, ha sido contundente. Su portavoz, Josep Cruset, ha zanjado: "No. Incumplir con Cataluña tiene consecuencias; por tanto, ni objetivos de déficit ni Presupuestos". Cruset ha sido especialmente crítico con Montero y la ha acusado de aportar "mentiras, medias verdades y trilerismo numérico". La jornada, sin embargo, comenzó con buen pie para el Ejecutivo. En este último Pleno del año -acortado por las elecciones en Extremadura- se convalidó el Real Decreto-ley que aplaza la puesta en marcha de Verifactu, permite a comunidades autónomas y ayuntamientos realizar Inversiones Financieramente Sostenibles con su superávit de 2024 y devuelve a Cataluña la capacidad de gestionar las ofertas de empleo público y los procesos selectivos de los funcionarios locales, competencias anuladas en 2023. Todas estas medidas formaban parte de las exigencias de Junts. También salió adelante el decreto que regula la subida salarial de los empleados públicos entre 2025 y 2028. Con su aprobación quedan fijados los incrementos: un 11,4% total con efecto arrastre incluyendo el ejercicio en curso. En 2025 la subida será del 2,5%, con carácter retroactivo desde enero y previsión de abonarse este mismo mes. Para 2026, se aplicará un 1,5% fijo y un 0,5% adicional que se pagará en el primer trimestre de 2027 si la inflación supera el 1,5% (la AIReF prevé un 1,9%). En 2027 se producirá el mayor aumento, un 4,5%, fundamental para recuperar poder adquisitivo, y en 2028 el alza será del 2%. En relación con los autónomos y las pymes, el Gobierno ha decidido aplazar hasta 2027 la obligación de utilizar herramientas informáticas que permitan enviar las facturas a Hacienda, es decir, la implantación de Verifactu. Las empresas con una facturación inferior a seis millones debían adaptarse inicialmente en enero de 2026, y los autónomos a partir de julio del mismo año. Con el cambio anunciado, las compañías tendrán de plazo hasta el 1 de enero de 2027, y los trabajadores por cuenta propia hasta el 1 de julio de 2027.

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(El País, 12-12-2025) | Fiscal

Hacienda plantea ampliar otra vez la deducción en el IRPF para los perceptores del nuevo salario mínimo

El Ministerio de Hacienda está valorando prolongar un año más la deducción en el IRPF creada para los trabajadores que cobran el salario mínimo interprofesional (SMI). Este mecanismo fiscal nació el año pasado como solución de consenso tras el intenso desacuerdo dentro del Gobierno sobre si el SMI debía o no estar sujeto a tributación. "Hacienda está abierta a estudiar esta opción para que el impacto de la subida no recaiga únicamente en las empresas", señalan a este periódico fuentes del equipo dirigido por María Jesús Montero. La posibilidad gana peso ante el nuevo incremento del SMI previsto para 2026, que volverá a elevar el nivel salarial de referencia y reabre el riesgo de que trabajadores con rentas bajas terminen pagando más impuestos. El comité de expertos convocado por Trabajo propone un aumento del 3,1% si el SMI no tributa y del 4,7% si lo hace. Estos datos, adelantados por EL PAÍS, serán presentados oficialmente este viernes por Yolanda Díaz. El año pasado, el desacuerdo entre PSOE y Sumar provocó una de las tensiones más fuertes de la legislatura. Hacienda y el área económica defendían que, tras la notable subida acumulada del SMI -un 61% desde 2018, pasando de 736 a 1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas en 2025-, este debía tributar para contribuir a la financiación pública. Trabajo sostenía que no tenía sentido aplicar impuestos a quienes se encuentran entre los salarios más bajos. Finalmente, se pactó una salida intermedia: mantener sin cambios el mínimo exento del IRPF, como quería el PSOE, pero crear una deducción específica que compensara a los afectados para que no tuvieran que pagar la renta, tal como exigía Sumar. Así, los perceptores del SMI comenzaron a tener retenciones, pero luego recuperaban ese importe en la declaración anual. Gracias a esa deducción, unos 500.000 trabajadores -aproximadamente el 20% de quienes perciben el SMI, sobre todo solteros sin hijos- evitaron perder poder adquisitivo. La medida, sin embargo, se diseñó como temporal, limitada a un solo ejercicio. Ahora, el Gobierno plantea reeditarla para que el esfuerzo derivado de la subida del salario mínimo se reparta entre empresas y Administración. "Hacienda puede ajustar la deducción para evitar que la carga caiga solo sobre los empleadores", explican estas fuentes. La lógica del Ministerio es que el objetivo es situar el SMI en el 60% del salario medio neto, compromiso incluido en el programa de Gobierno de PSOE y Sumar. Por ello, si se amplía la deducción, parte del aumento de ingresos del trabajador podría venir del IRPF, lo que permitiría no elevar tanto el salario bruto para cumplir la meta. Los datos ayudan a entender la situación. En 2025, el SMI subió 50 euros al mes hasta 1.184 euros (16.576 euros al año), pero sin un ajuste del IRPF que excluyera estas rentas, como se había hecho en incrementos previos. Esto provocaba que algunos trabajadores del SMI debieran pagar más de 300 euros anuales en retenciones. La coalición resolvió el conflicto mediante la creación de la deducción compensatoria. Para 2026, los expertos de Trabajo plantean dos escenarios: Un aumento del 3,1%, hasta 1.221 euros mensuales (17.094 euros anuales), si el SMI continúa sin tributar; Un incremento del 4,7%, hasta 1.240 euros al mes (17.360 euros anuales), si finalmente se somete al IRPF. Si el impuesto no se modifica -como parece probable-, la carga fiscal para los trabajadores sería mayor. Por ese motivo, Hacienda estudia ampliar la deducción, aunque la cuantía exacta está aún por definir, para aliviar total o parcialmente el impacto en el salario neto. El SMI se sitúa ahora en 16.576 euros anuales. Desde el Gobierno recuerdan que cuando Pedro Sánchez llegó al poder era de 10.303 euros, lo que supone una subida del 61%. En 2026 volverá a aumentar. El motivo por el que se opta por una deducción y no por elevar los mínimos exentos del IRPF es que aumentar los umbrales beneficiaría a todos los contribuyentes, incluidas las rentas altas, y generaría un coste recaudatorio mucho mayor. Como el IRPF es progresivo y los contribuyentes con mayores ingresos también tributan por los primeros tramos, el Ejecutivo quiere evitar que se beneficien de una medida no destinada a ellos. La deducción, en cambio, concentra la ayuda en los trabajadores con salarios bajos y reduce el impacto para Hacienda.

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(Expansión, 11-12-2025) | Fiscal

La subida del salario mínimo solo para cubrir el IPC costará 1.500 millones a las empresas

La propuesta de CEOE y Cepyme, que plantea un incremento del 1,5%, supondría un coste de 862 millones de euros para las empresas, mientras que la subida del 7,5% defendida por UGT y CCOO elevaría esa cifra por encima de los 4.000 millones. A la espera de que la Comisión Asesora de expertos convocada por el Ministerio de Trabajo publique sus conclusiones sobre la actualización del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2026, ya se puede anticipar el impacto para el tejido productivo: un nuevo aumento de los costes laborales. Según alertan los empresarios, este incremento recaerá especialmente en unos pocos sectores en los que se concentra la mayor parte de los trabajadores que cobran el SMI. El Ministerio de Trabajo, dirigido por la vicepresidenta Yolanda Díaz, ha pedido a la Comisión Asesora que tenga en cuenta la evolución de la inflación para evitar que los salarios más bajos pierdan poder adquisitivo. Aunque el mandato establece que la revalorización debe mantener el SMI en el 60% del salario medio neto, parece evidente que la subida respetará al menos el incremento del IPC. Este es también uno de los requisitos mínimos que UGT y CCOO exigen para firmar un acuerdo. Según cálculos de CEOE, cada punto porcentual de aumento del SMI implica un coste bruto para las empresas -salario más cotizaciones- de 575 millones de euros. Así, una subida en 2026 que simplemente compense la inflación, algo que se considera probable, tendría un impacto de 1.552 millones, partiendo de una inflación media del 2,7% estimada para este año. A falta de que el Gobierno formule su propuesta, que presentará después de conocer el dictamen de la Comisión Asesora y de consultar a los agentes sociales, todo apunta a que la subida quedará en un punto intermedio entre las posiciones ya planteadas por los empresarios y los sindicatos. La patronal propone un aumento del 1,5%, que situaría el SMI en 1.202 euros al mes en 14 pagas (16.824 euros brutos anuales), con un coste estimado para las empresas de 862 millones. Por su parte, UGT y CCOO defienden un incremento del 7,5%, hasta 1.273 euros mensuales en 14 pagas (17.822 euros al año), lo que generaría un coste de 4.312 millones para los empleadores. Las organizaciones empresariales que encabezan Antonio Garamendi y Ángela de Miguel advierten además de que este impacto no se repartirá de forma homogénea, sino que se concentrará en unos pocos sectores compuestos en gran medida por pequeñas y medianas empresas. Entre ellos destacan el sector primario (agricultura, ganadería y pesca) y las actividades de cuidados y empleo doméstico. En este último caso, buena parte del coste recaería directamente sobre los hogares contratantes, que absorberían aproximadamente un 15% del total del aumento.

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(El País, 11-12-2025) | Fiscal

Los expertos de Trabajo recomiendan subir el salario mínimo entre un 3,1% y un 4,7%, hasta 56 euros brutos

¿Cuánto debe incrementarse el salario mínimo interprofesional (SMI) para equivaler al 60% del salario medio neto previsto en España para 2026? Esa es la cuestión que el Ministerio de Trabajo planteó en octubre al grupo de expertos encargado, un año más, de elaborar el informe que servirá de base para la negociación futura con sindicatos y organizaciones empresariales. Según confirman a EL PAÍS fuentes conocedoras del proceso, las recomendaciones de los especialistas ya están listas y contemplan dos posibles aumentos: Un 3,1%, que situaría el SMI en 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas (17.094 euros al año) si continúa exento de IRPF, como sucede actualmente. Un 4,7%, que lo elevaría a 1.240 euros al mes (17.360 euros anuales) si pasa a tributar. Ambas propuestas superan la evolución reciente del IPC, que promedia un 2,7% en los últimos 12 meses. En la actualidad, el SMI se sitúa en 1.184 euros mensuales (16.576 euros anuales), cifra alcanzada tras la subida aplicada en 2025, de 50 euros al mes. Precisamente, ese incremento fue el que recomendaron los expertos en la franja alta de su informe anterior, lo que refleja la influencia que estas propuestas tienen en la decisión final del Ministerio. Si se mantiene la exención fiscal, el SMI subiría 37 euros mensuales; en el caso de que empiece a pagar IRPF, el alza sería de 56 euros, aunque no todo ese dinero se traduciría en salario neto. La parte que podría retenerse dependerá de la situación personal y familiar del trabajador, de la normativa autonómica y de los criterios fiscales que estén vigentes. Trabajo pidió a los expertos ambos escenarios para anticiparse a un posible cambio tributario tras años de discrepancias con Hacienda. El debate sobre si el SMI debe tributar está ligado al fuerte crecimiento que ha experimentado en los últimos años -un 61% desde 2018-, lo que ha provocado que cada vez más trabajadores queden fuera del IRPF. La AIReF ha detectado una "concentración" creciente de empleados en torno al salario mínimo y los niveles justo superiores: en 2018 el 3,5% cotizaba por la base mínima; en 2023, el 7,4%. Y quienes cobran alrededor del 125% del SMI han pasado del 7,9% en 2018 al 22,8% en 2023. Durante la presentación de la comisión de expertos el 1 de octubre, la ministra Yolanda Díaz defendió que el SMI no debería tributar y que cualquier reforma fiscal debería comenzar "por arriba", aunque admitió que la competencia es de Hacienda. "Será Hacienda quien decida", afirmó. De momento, el departamento de María Jesús Montero no ha aclarado su posición este año, aunque en ejercicios anteriores ha mostrado preferencia por que el SMI sí contribuya al IRPF. Los sindicatos, por su parte, apoyan que el salario mínimo empiece a tributar. Hace dos semanas, UGT y CC OO propusieron un incremento del 7,5%, hasta 1.273 euros al mes (89 euros más que ahora), cifra que, según sus cálculos, garantizaría el 60% del salario medio neto si el SMI deja de estar exento. Esta subida es notablemente superior a la recomendada por los expertos. La patronal evita posicionarse sobre la tributación, pero sí ha puesto cifra a la subida: la CEOE propuso este martes un incremento del 1,5%, por debajo de la inflación. Sostienen que, aplicando los datos del INE, el SMI ya cumple con el objetivo del 60%, por lo que plantean un alza moderada, similar a la firmada para los empleados públicos. Trabajo calificó esta propuesta de "poco rigurosa" y los sindicatos la tildaron de "ridícula". "Una subida del SMI por debajo de la inflación no es aceptable", declaró en Bilbao el secretario general de CC OO, Unai Sordo. Desde UGT también rechazaron la oferta. Tanto CC OO como UGT han respaldado las seis subidas del SMI impulsadas por Yolanda Díaz desde su llegada al Ministerio de Trabajo. La patronal solo apoyó la primera, la que elevó el salario mínimo a 950 euros en 2020. Para un trabajador soltero de 35 años y sin hijos, sin tener en cuenta las variaciones autonómicas y con el diseño actual del impuesto, si se impone el incremento con IRPF (17.360 euros brutos anuales), las retenciones a la Seguridad Social serían aproximadamente de 526 euros y las cotizaciones sociales, de 1.500. El sueldo neto resultante rondaría los 15.334 euros. En el caso de una mujer soltera de 35 años y con dos hijos menores de edad, el salario neto se quedaría en el entorno de los 15.595 euros al año, de nuevo sin tener en cuenta los cambios autonómicos y en el supuesto de que el diseño actual del IRPF no se modifique.

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