(Expansión, 17-11-2025) | Fiscal

La recaudación del Impuesto de Plusvalía se dispara un 41% pero sigue por debajo de niveles prerreforma

Los ayuntamientos de España ingresaron más de 30.000 millones de euros en 2023 a través de impuestos y tasas municipales, según los datos publicados este viernes por el Ministerio de Hacienda. Esta cifra supone un aumento del 4,5% respecto al año anterior, un crecimiento en el que destaca especialmente el fuerte repunte del Impuesto de Plusvalía, cuya recaudación se disparó un 41%. Es importante recordar que el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido como Plusvalía, quedó prácticamente desmantelado después de varias sentencias del Tribunal Constitucional que culminaron en 2021 con la anulación de su sistema de cálculo. Esto obligó a Hacienda a rediseñar el tributo para preservar la que era la segunda principal fuente de financiación municipal, solo por detrás del IBI. Sin embargo, la reforma provocó una caída abrupta de su recaudación, que pasó de 2.449 millones en 2021 a 1.206 millones en 2022, un descenso del 40%. En 2023, los ingresos por Plusvalía se recuperaron hasta alcanzar los 1.702 millones, aunque aún no se sitúan en los niveles previos al cambio normativo. La mejora del mercado inmobiliario y la consolidación del nuevo método de cálculo parecen ser factores que explican esta evolución. De cara al futuro, los inspectores de Hacienda local prevén que la nueva tasa de basuras se convierta en la segunda mayor fuente de ingresos municipales, con una recaudación estimada de 3.500 millones anuales. No obstante, advierten de que su diseño presenta importantes problemas. Mientras tanto, en 2023 los ayuntamientos ingresaron 14.821 millones de euros por IBI (1,1% más); 6.358 millones por tasas municipales (3,3%); 2.402 millones por el Impuesto de Circulación (-1,5%); 1.684 millones por el Impuesto de Actividades Económicas (0,4% más); y 1.525 millones por el Impuesto sobre Construcciones y Obras, que creció un 10%.

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(El País, 17-11-2025) | Fiscal

Hacienda cita a las comunidades para fijar la senda de estabilidad

El Ministerio de Hacienda inicia este lunes el proceso de elaboración de los Presupuestos de 2026 con la reunión del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF), en la que presentará a las comunidades autónomas su propuesta de senda de estabilidad para el periodo 2026-2028. La cita, prevista para las 12:00 horas, incluirá también debates sobre el sistema de financiación autonómica, una cuestión prioritaria para la mayoría de los gobiernos regionales -especialmente los del PP-, que consideran la senda de estabilidad un asunto secundario debido a sus escasas posibilidades de superar el trámite parlamentario. La exposición de la senda de estabilidad ante las comunidades y su futura aprobación en Consejo de Ministros marca el inicio formal de unos presupuestos que ya acumulan un considerable retraso. En la reunión, Hacienda planteará los objetivos de déficit, deuda y regla de gasto para 2026-2028, tanto para el conjunto de las Administraciones Públicas como para cada subsector, en línea con los compromisos asumidos con la Unión Europea. Su aprobación está garantizada, ya que el Gobierno controla la mitad de los votos en el CPFF. Tras el visto bueno del Consejo de Ministros, estos objetivos se enviarán al Congreso junto con el techo de gasto -que no está sujeto a votación-. Las Cortes podrán avalarlos o rechazarlos: si el Congreso los aprueba pero el Senado los veta, la Cámara Baja puede levantar ese veto. Si finalmente son rechazados -probable, dado el precedente de Junts, que ya bloqueó la senda de 2025-2027-, el Gobierno deberá volver a aprobar una senda alternativa o repetir la misma en el plazo de un mes y reiniciar todo el procedimiento. Si la segunda propuesta también fracasa, se aplicarán automáticamente los objetivos enviados a Bruselas, aunque Hacienda no ha especificado si serán los del programa de estabilidad de 2023 (déficit del 2,5% del PIB en 2026) o los del plan fiscal (2,1% del PIB). En cualquier caso, tanto el Estado como las comunidades dispondrán de una senda válida sobre la que elaborar sus cuentas del próximo año, independientemente de que las Cortes la hayan respaldado o no. Una vez aprobado el proyecto presupuestario en el Consejo de Ministros, se remitirá al Congreso, donde comenzará una tramitación que suele prolongarse unos tres meses. El primer obstáculo será el debate de totalidad, ya que un veto aprobado obligaría a devolver el proyecto al Ejecutivo. Las cuentas para 2026 serían las primeras de esta legislatura -con el desafío añadido de incorporar el aumento del gasto en defensa- y sustituirían a los Presupuestos de 2023, aún en vigor tras dos prórrogas consecutivas. Dado el calendario, es imposible que los nuevos presupuestos entren en vigor el 1 de enero, por lo que será necesaria una tercera prórroga de las cuentas de 2023, al menos hasta que se aprueben las de 2026. Más allá de la senda de estabilidad, las comunidades llegan al CPFF centradas en la reforma de la financiación autonómica. Las regiones gobernadas por el PP -11 de 17- reclaman desde más recursos, como Andalucía, hasta una revisión completa del modelo, como plantean Comunidad Valenciana y Canarias (donde gobiernan PP y CC), mientras que Baleares critica la falta de transparencia de las negociaciones bilaterales. En la misma línea, el presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, defiende un sistema común sin "privilegios", y Asturias espera aclarar "incertidumbres" relacionadas con el déficit. Aunque no se sabe si Hacienda pondrá sobre la mesa una propuesta concreta, el secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón, sugirió hace unas semanas que las comunidades podrían dejar de depender del sistema de anticipos y liquidaciones para pasar a recibir en tiempo real los ingresos que les corresponden por IRPF e IVA.

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(El Economista, 17-11-2025) | Fiscal

La nueva tasa de basuras incrementa la desigualdad entre los ciudadanos españoles

La diferencia en las cuotas de la tasa de basuras puede alcanzar hasta 230 euros según el municipio de residencia. La media nacional se sitúa en 122 euros, aunque los vecinos de Valencia, Gerona, Tarragona, Palma y San Sebastián son los que pagan más, superando los 200 euros por vivienda. En concreto, los valencianos abonan de media 287 euros; en Gerona, 238 euros; Tarragona, 236 euros; Palma, 209 euros; y San Sebastián, 206 euros. Estas cinco capitales de provincia se sitúan por encima de los 200 euros, mientras que la media del resto de municipios queda por debajo de ese umbral, según datos de la Asociación Nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local (ANIHPL), provenientes de la Fundación ENT. Estos promedios indican que habrá vecinos que paguen más o menos según cómo cada ayuntamiento calcule la cuota, considerando criterios como los metros cuadrados del inmueble, el valor catastral o el consumo de agua, entre otros. Por ejemplo, Madrid cobrará por primera vez esta tasa desde que la exalcaldesa Ana Botella la eliminara de cara a 2015, y a partir de 2026 tendrá en cuenta el número de personas empadronadas en cada vivienda para ajustar mejor el cálculo de residuos generados. En el extremo opuesto, las ciudades con la tasa más baja son Toledo (56 euros), Palencia (57 euros), León (62 euros), Cáceres (63 euros) y La Coruña (68 euros). La nueva tasa surge de la Ley de Residuos de 2022, que transpone la directiva europea sobre economía circular y obligó a todos los ayuntamientos a aprobar antes de abril de 2025 una ordenanza reguladora del gravamen con dos condiciones principales: que cada vivienda pague según la basura que genera y que la recaudación cubra por completo el coste del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos. Esto ha provocado que consistorios que ya contaban con la tasa la aumentaran y que los que no la tenían la implantaran. El aumento de la tasa en los municipios donde ya existía ha sido del 30% de media, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), registrándose un alza del 30,3% en comparación con el año anterior. Se trata del incremento más alto frente a otros bienes y servicios como alimentación, vivienda, ropa, sanidad, transporte u ocio. Sin embargo, los incrementos podrían continuar en los próximos años. Los inspectores de Hacienda Local advirtieron recientemente que el coste total del servicio de basura en España para 2025 asciende a 5.325 millones de euros, mientras que las nuevas tasas solo financian 3.488 millones, el 65,5% del total. Quedan, por tanto, 1.837 millones sin cubrir, lo que significa que algunos ayuntamientos podrían tener que seguir subiendo la cuota para garantizar la financiación completa del servicio, con impacto económico para los ciudadanos y consecuencias financieras para los consistorios. Los inspectores alertan de que la tasa de basuras podría generar más litigios que el impuesto de plusvalía municipal. Miles de ciudadanos y asociaciones ya están recurriendo la tasa en todo el país. La clave legal será determinar si las ordenanzas cumplen con la Ley de 2022, que exige aplicar el principio de "quien contamina, paga", es decir, que la cuota se ajuste a la basura efectivamente generada. Aunque se estima que los casos tarden entre tres y cuatro años en llegar al Tribunal Supremo, una eventual anulación de ordenanzas obligaría a los ayuntamientos a devolver el dinero recaudado, más intereses. En Madrid, donde se espera recaudar entre 250 y 275 millones de euros, el impacto financiero sería considerable. No obstante, la práctica judicial hasta ahora ha limitado las devoluciones solo a quienes reclamen y cuyas resoluciones administrativas o judiciales aún no sean firmes, como ocurrió con las devoluciones del impuesto de plusvalía municipal.

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(Expansión, 13-11-2025) | Fiscal

Hacienda deberá incluir más información en sus notificaciones tributarias

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo obliga a la Agencia Tributaria a especificar el motivo de sus comunicaciones desde el mismo acuse de recibo. En los últimos meses, varios tribunales han corregido la forma en que Hacienda venía gestionando las notificaciones tributarias, reforzando así la protección de los derechos de los contribuyentes, que en muchos casos no habían sido plenamente respetados. El nuevo criterio del Supremo se centra en la obligación de informar claramente sobre la razón por la que se emite una notificación en el propio acuse de recibo. En una resolución dictada el pasado 1 de octubre, el Alto Tribunal considera insuficiente la información que la Agencia Tributaria incluía hasta ahora en sus avisos, ya que esta no permitía al ciudadano conocer de antemano el contenido de la comunicación, actuar con la debida diligencia al recogerla o, en su caso, responder adecuadamente. Por ello, el Tribunal modifica el criterio aplicado hasta el momento -que podría hacerse extensivo a cualquier otro tipo de notificación administrativa- y determina que "es necesario que la documentación acreditativa del intento de notificación contenga, además de la identificación del expediente, la fecha, la identidad y el contenido del acto que se pretende notificar, mediante una referencia específica a su contenido esencial". Expertos en derecho tributario señalan que, si Hacienda incumple esta exigencia y procede a publicar la notificación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el procedimiento podría considerarse defectuoso, lo que abriría la posibilidad de recurso por parte del contribuyente. Además, este nuevo criterio se suma a la doctrina establecida por el Tribunal Supremo a comienzos de año, según la cual la Agencia Tributaria debe agotar todos los medios de comunicación disponibles antes de dar por válida una notificación electrónica que el contribuyente no haya abierto en un plazo de diez días, principio que ya están aplicando otros tribunales.

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(El País, 13-11-2025) | Fiscal

Hacienda tienta con 125.000 millones a las CCAA para atar la financiación autonómica

En el Consejo de Política Fiscal y Financiera convocado para el lunes, el Gobierno planteará a las comunidades autónomas una propuesta que les permitirá recibir de forma inmediata el 50% de la recaudación del IRPF, el 50% del IVA y el 58% de los Impuestos Especiales. El objetivo es facilitar la negociación de la reforma del sistema de financiación autonómica, pendiente desde 2014. El Ministerio de Hacienda prepara una propuesta difícil de rechazar: sustituir las entregas a cuenta tradicionales por un sistema de pago directo y en tiempo real de los grandes impuestos, lo que supondría transferir más de 125.000 millones de euros anuales a las comunidades. Con ello, el Ejecutivo busca avanzar en un nuevo modelo de financiación regional que, además, permita integrar el futuro "cupo catalán" en un marco común, al tiempo que se retrasa su puesta en marcha definitiva. Aunque el punto principal del Consejo será la distribución del déficit que servirá de base para los Presupuestos Generales de 2026, el debate sobre la financiación autonómica -aplazado en varias ocasiones- se ha convertido en una prioridad. El Gobierno pretende presentar un esquema que acomode el pacto singular ofrecido a ERC para garantizar la investidura de Salvador Illa como presidente de la Generalitat, sin generar agravios con el resto de territorios, la mayoría gobernados por el Partido Popular. Ante la posibilidad de que las comunidades forzaran el debate, Hacienda decidió incluir este asunto en el orden del día del encuentro. Concretamente, el sexto punto abordará el "estado actual de la reforma del sistema de financiación autonómica". La propuesta del Ministerio busca poner fin al sistema de entregas a cuenta -un mecanismo provisional de reparto anual de fondos que se liquida dos años después- y reemplazarlo por un modelo de distribución simultánea entre el Estado y las autonomías a medida que se recauden los impuestos. "Estamos estudiando que la recaudación se reparta al mismo tiempo para todas las administraciones, de manera que el dinero del IRPF, del IVA y de los impuestos compartidos llegue en tiempo real", explicó recientemente el secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón. En la práctica, esto supondría que las comunidades recibieran de forma inmediata su parte de los principales tributos: el 50% del IRPF, el 50% del IVA y el 58% de los Impuestos Especiales. Aplicado a los datos de 2024, implicaría transferencias automáticas de 64.700 millones por IRPF, 45.270 millones por IVA y 12.800 millones por Impuestos Especiales, en total unos 123.000 millones de euros. Para 2025, la cifra sería aún mayor, dado que la recaudación ha crecido un 10%, con 20.000 millones adicionales hasta septiembre. El nuevo modelo -de adhesión voluntaria y que se estrenaría con el IRPF- también pretende dar cabida al sistema fiscal especial para Cataluña. Este prevé el traspaso progresivo de la gestión, recaudación e inspección de todos los impuestos a la Generalitat, empezando por la renta. Así, Cataluña recibiría directamente la recaudación del IRPF, mientras que el resto de comunidades también podrían beneficiarse de la liquidación en tiempo real mediante el nuevo sistema. La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero -también candidata socialista a la presidencia de Andalucía-, defiende que el acuerdo con Cataluña no supondrá privilegios frente a otras regiones. Además, al incluir el cupo catalán dentro de la reforma global del sistema de financiación, su aplicación efectiva se retrasará al menos hasta después de las elecciones andaluzas del próximo verano, una demora que parece contar con el visto bueno de ERC, que esta semana ha aplazado la tramitación de su propuesta sobre el cupo.

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(El País, 13-11-2025) | Fiscal

Hacienda presentará el techo de gasto la próxima semana

El Ministerio de Hacienda ha puesto en marcha por fin el proceso para la elaboración de los nuevos Presupuestos. El Gobierno convocó ayer a las comunidades autónomas a un Consejo de Política Fiscal y Financiera que se celebrará el próximo lunes, donde presentará su propuesta de senda de déficit. Además, prevé aprobar el techo de gasto para 2026 en el Consejo de Ministros del martes. Ambos elementos serán las bases fundamentales sobre las que se construirá el nuevo proyecto presupuestario. En circunstancias normales, estos pasos deberían haberse dado en julio, para cumplir con el mandato constitucional de remitir el proyecto de Presupuestos Generales al Congreso antes de finalizar septiembre. Sin embargo, el Ejecutivo acumula un retraso de cuatro meses y enfrenta nuevos obstáculos políticos. La ruptura con Junts, que ha advertido a Pedro Sánchez de que no respaldará ninguna votación parlamentaria, amenaza con bloquear el proyecto incluso antes de su presentación. Aun así, el presidente ha prometido llevarlo adelante, tras dos años consecutivos sin presentar presupuestos. Durante el Consejo del lunes, Hacienda expondrá su propuesta de distribución del déficit entre las distintas administraciones para el periodo 2026-2028. El Gobierno podría aprobarla con el apoyo de una sola comunidad -Cataluña, cuyo respaldo está garantizado-, aunque necesitará posteriormente el aval del Parlamento. Precisamente en ese punto se truncó la tramitación presupuestaria el año pasado, cuando Junts se unió al PP y a Vox para rechazar la senda fiscal propuesta. En aquella ocasión, el Ejecutivo planteó un déficit del 1,8% para el Estado en 2026, reservando 0,2 puntos para la Seguridad Social y 0,1 para las autonomías, mientras que exigía equilibrio presupuestario a los ayuntamientos. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ya ha advertido de que será "difícil" que el Gobierno disponga de margen para ofrecer "más recursos a las comunidades" este año, lo que complica el intento de recuperar el apoyo de Junts. Pese a ello, Hacienda trabaja en un techo de gasto expansivo, diseñado para permitir nuevas concesiones financieras o, al menos, para atribuir la responsabilidad del bloqueo a los partidos que se opongan al proyecto.

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(El Economista, 13-11-2025) | Fiscal

Los cinco cambios en el IRPF de 2025 que pueden reducir la factura fiscal

La Declaración de la Renta del próximo año se empieza a definir en los últimos meses de este ejercicio, por lo que conviene tener presentes las últimas modificaciones introducidas en el IRPF y a quién afectan. Desde 2025 se aplica una nueva deducción de 340 euros dirigida a los trabajadores con ingresos iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional, fijado en 16.576 euros anuales. Esta ayuda busca evitar que la subida del SMI afecte negativamente a quienes lo perciben. La deducción se reduce progresivamente a medida que los ingresos superan ese umbral, hasta desaparecer cuando se alcanzan los 18.276 euros al año. Por ejemplo, quien gane 16.800 euros podrá deducirse 295,2 euros; con 17.000 euros, 255,2; y con 18.000 euros, 55,2. Quienes tengan ingresos cercanos al SMI y una retención muy baja deberían presentar la declaración aunque no estén obligados, ya que probablemente les saldrá a devolver. Otra novedad es la subida del tipo máximo del IRPF sobre el ahorro, que desde el 1 de enero de 2025 pasa del 28% al 30% para las rentas de capital que superen los 300.000 euros. Los tramos inferiores no cambian, por lo que la medida solo afecta a los contribuyentes con grandes patrimonios. Para evitar saltar de tramo, puede ser recomendable planificar las ventas de activos o compensar las ganancias con pérdidas pendientes. También hay cambios relevantes en los planes de pensiones. Desde 2025 será posible rescatar el dinero aportado con más de diez años de antigüedad sin necesidad de justificar motivos especiales, como desempleo o incapacidad. Además, las aportaciones anteriores a 2006 podrán beneficiarse de una reducción del 40% si se rescatan en forma de capital, aunque esta ventaja solo se mantendrá hasta 2026. Por ello, puede resultar conveniente combinar un rescate parcial en forma de capital antes de esa fecha y continuar cobrando el resto como renta a partir de 2027. Los artistas, técnicos audiovisuales y creadores que cedan los derechos de sus obras literarias, científicas o artísticas disponen de una nueva reducción del 30% sobre los rendimientos generados en ejercicios excepcionales. Podrán aplicarla cuando esos ingresos superen en más de un 30% la media de los tres años anteriores, con un límite máximo de 150.000 euros. Así, si alguien ha facturado 60.000 euros anuales de media y en 2025 obtiene 110.000 euros, podrá aplicar la reducción sobre el exceso de 78.000 euros. Por último, quienes adquieran un coche eléctrico en 2025 podrán deducirse el 15% del importe de la compra, siempre que el vehículo no supere los 45.000 euros. Esta misma deducción se aplica a la instalación de un punto de recarga en el hogar, tanto en vivienda habitual como en una alquilada, siempre que se cuente con la documentación técnica y las facturas correspondientes. Para beneficiarse, la compra o instalación debe realizarse y pagarse dentro del ejercicio 2025.

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(Expansión, 12-11-2025) | Fiscal

Verifactu: ¿qué empresas y autónomos no tendrán que cumplir las obligaciones en 2026?

La mayoría de las empresas y profesionales deberán adaptarse durante el próximo año a las nuevas exigencias establecidas por la Ley Antifraude. Algunos podrán quedar fuera de su aplicación, aunque asumirán un mayor riesgo de ser objeto de inspecciones por parte de Hacienda. La cuenta atrás para la entrada en vigor de estas obligaciones ya ha comenzado: a partir del 1 de enero de 2026, las compañías obligadas a presentar el Impuesto sobre Sociedades deberán cumplir con los nuevos requisitos de facturación, mientras que los autónomos tendrán que hacerlo desde el 1 de julio del mismo año. Aunque la mayoría de estos colectivos deberán ajustarse a las nuevas normas -como el registro cerrado de facturas, la incorporación de un código QR en los recibos o la prohibición de programas que permitan una doble contabilidad-, existen ciertos grupos que quedarán exentos. En concreto, hay cuatro colectivos que podrían quedar fuera del cumplimiento de estas obligaciones: Las empresas acogidas al Suministro Inmediato de Información (SII), ya que transmiten sus datos directamente a la Agencia Tributaria. Los que tributan bajo el régimen especial de actividades agrícolas y ganaderas. Aquellos sin obligación de emitir facturas ni justificantes de venta. Y quienes empleen el sistema TicketBAI en el País Vasco y Navarra, equivalente al sistema Verifactu en el resto del territorio foral. El resto de empresarios y profesionales que utilicen un Sistema Informático de Facturación (SIF) deberán ajustarse a las nuevas normas, incluso si trabajan con herramientas simples como hojas de cálculo en Excel o documentos en Word. Así lo confirmó la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) del Ministerio de Hacienda durante las jornadas del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF). El reglamento define de manera amplia lo que se considera un programa de facturación, lo que implica que el uso de estas herramientas también puede obligar a cumplir con la ley, salvo en determinados casos. La propia Agencia Tributaria aclara que el reglamento no afectará a quienes usen procesadores de texto o hojas de cálculo únicamente para registrar, emitir, imprimir o conservar facturas. Sin embargo, sí se considerará un sistema informático de facturación si el programa se utiliza para procesar la información y generar directamente los libros registro de IVA o IRPF, la contabilidad u otros documentos relacionados con obligaciones tributarias. Por ejemplo, si un usuario emplea Excel solo para listar facturas y realizar sumas básicas, no estará afectado. Pero si lo programa para crear una base de datos que genere el libro registro de facturas expedidas, entonces sí deberá cumplir con los nuevos requisitos. Este punto resulta clave, ya que, aunque el uso de Verifactu no sea obligatorio para todos, la ONIF advierte que no utilizar este sistema de envío en tiempo real de facturas a Hacienda podría incrementar el riesgo de inspecciones por parte del Fisco.

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(Expansión, 12-11-2025) | Fiscal

Europa redefine las reglas fiscales de las importaciones

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha determinado que, para calcular los aranceles de los productos almacenados, debe tomarse como referencia el valor correspondiente a la primera venta que introduce las mercancías en el territorio comunitario. Esta resolución aporta seguridad jurídica a las empresas importadoras, aunque también insiste en la necesidad de cumplir estrictamente con los requisitos de validez de los certificados de origen. La sentencia, de gran relevancia para el comercio internacional, resuelve un litigio entre la empresa española Compañía de Distribución Integral Logista y la Administración General del Estado, estableciendo un criterio que afectará a numerosos operadores logísticos y comerciales en la Unión Europea. El caso se refería a la importación de cigarros puros procedentes de países como Cuba. Los productos eran vendidos por el fabricante a una primera empresa, Altadis, y transportados a un depósito aduanero en La Rioja, gestionado por Logista. Antes de que los cigarros fueran distribuidos a los estancos, Altadis realizó una segunda venta a Logista, lo que generó el conflicto sobre qué valor debía utilizarse para calcular los derechos de aduana. Logista consideraba que debía aplicarse el precio de la primera venta, la que motivó la importación. En cambio, la Agencia Tributaria española defendía que el valor correcto era el de la segunda transacción, de mayor importe y, por tanto, con un efecto recaudatorio superior. Ante esta controversia, el Tribunal Supremo español elevó la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que dio la razón al importador. El TJUE concluyó que, cuando las mercancías se introducen en un depósito aduanero antes de ser despachadas, el valor en aduana debe fijarse en el momento de su entrada en dicho depósito. En consecuencia, el precio relevante es el de la primera venta que origina la importación al territorio aduanero comunitario. Esta interpretación, basada en el Código Aduanero Comunitario, otorga a las empresas una base sólida para planificar sus operaciones y calcular con precisión los costes arancelarios, ya que las ventas internas dentro del depósito no alteran la base imponible. No obstante, la sentencia también aborda la cuestión de los certificados de origen, necesarios para acceder a reducciones arancelarias en virtud de acuerdos comerciales. En el caso analizado, algunos certificados habían caducado durante el tiempo que los cigarros permanecieron almacenados. Logista argumentaba que debían seguir siendo válidos porque ya se habían aceptado para despachos anteriores de la misma mercancía, pero el Tribunal desestimó esta postura. El TJUE determinó que las autoridades aduaneras no están obligadas a admitir certificados de origen vencidos, aunque hayan sido válidos para operaciones previas del mismo lote. Una vez expirado el documento, pierde toda eficacia para nuevas declaraciones de importación. Esta conclusión pone de relieve la importancia de una gestión administrativa precisa. Las empresas deben planificar cuidadosamente la salida de sus productos del depósito aduanero y asegurarse de que los certificados necesarios para aplicar beneficios arancelarios se encuentren vigentes en el momento de despacho. En términos prácticos, el fallo refuerza el papel del depósito aduanero como herramienta logística eficiente y previsible, pero al mismo tiempo exige una coordinación estricta entre los departamentos de logística y fiscalidad. Un error en la gestión de la documentación puede suponer la pérdida de ventajas económicas significativas, por lo que la planificación de las operaciones debe incluir un control riguroso de la vigencia de los certificados y de los plazos de despacho.

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(El País, 12-11-2025) | Fiscal

Los inspectores de Hacienda local alertan de un agujero de 2.000 millones en la gestión de basuras pese al nuevo impuesto

La Asociación Nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local ha alertado este martes de que la obligatoriedad de aplicar la nueva tasa de residuos en España ha generado un agujero financiero que superaría los 2.000 millones de euros en los presupuestos municipales de 2025. Las cifras recopiladas por distintas entidades privadas, difundidas por la asociación antes de su congreso anual, señalan que el coste total de la gestión de basuras asciende a 5.325 millones, mientras que los ingresos previstos por el nuevo tributo apenas llegan a 3.488 millones. Esta diferencia supone una cobertura del 65,5%, muy por debajo de la exigencia legal de que la tasa cubra la totalidad del servicio. La obligación de la ley estatal 7/2022 ha alterado un sistema que durante años combinaba tasas e impuestos para financiar el servicio y que ahora impone que los ciudadanos asuman la totalidad del gasto. Según explica Juan Ignacio Gomar, integrante del comité de expertos de la asociación, si se cumpliera estrictamente la norma, muchos ayuntamientos tendrían que aumentar aún más las tasas para cubrir ese déficit de unos 2.000 millones. Gomar, autor del Libro Blanco que la asociación difundirá esta semana, sostiene que la norma estatal introdujo "de manera discreta" la exigencia de imponer la tasa y que ello ha generado "incertidumbre y grandes desigualdades entre contribuyentes". Destaca que lo que se paga por este concepto varía enormemente entre municipios y advierte de que algunas tasas podrían ser anuladas en los tribunales, lo que crearía importantes desajustes presupuestarios. Si los ayuntamientos recaudan durante varios años una tasa que después se declare inválida, las consecuencias económicas podrían ser muy graves: "En pocos años podríamos ver consistorios obligados a devolver cantidades millonarias". El impacto es especialmente elevado en municipios que nunca habían tenido una tasa de basuras, donde la aparición repentina del cobro ha provocado tensiones. En localidades que sí la tenían, en algunos casos se han producido subidas bruscas que pueden superar los 200 euros por vivienda. Gomar califica el aumento de la carga fiscal como "muy significativo", sobre todo porque los ciudadanos no perciben mejoras en el servicio. "Si antes los ayuntamientos podían financiar la recogida y tratamiento de residuos, ahora esta tasa irrita a los vecinos porque no entienden el motivo del cambio", resume. El experto recuerda que la directiva europea obliga a trasladar a los usuarios los costes del tratamiento de residuos, pero no exige una tasa concreta ni impone que no genere déficit. Cada país puede establecer su propio mecanismo, y según él, solo España ha optado por la vía más estricta. La incertidumbre jurídica se extiende a cada ayuntamiento, especialmente por la aplicación del principio de pago por generación, que implica que pague más quien más residuos produzca. Este criterio induce numerosos conflictos: "¿Cómo se determina cuánto genera cada vivienda o cada vecino?", cuestiona Gomar. En grandes ciudades, donde el volumen y diversidad de residuos es mucho mayor, el cálculo individual resulta especialmente complicado. Las ordenanzas locales están adoptando soluciones muy dispares, lo que abre la puerta a una avalancha de reclamaciones judiciales. Las resoluciones de los tribunales superiores autonómicos pueden ser contradictorias entre sí y el Tribunal Supremo aún no ha fijado una doctrina clara, lo que hace prever un escenario similar al de la plusvalía municipal tras la sentencia del Constitucional de 2021. Arturo Delgado, presidente de la asociación, sostiene que esta situación es consecuencia de "muchos años de abandono en la normativa de Hacienda local". Critica que la tasa se aprobara con una regulación mínima que ha generado múltiples problemas y que la obligación de que no presente déficit ha provocado un impacto súbito en las cuentas de los ayuntamientos. Delgado recuerda que España actuó siguiendo la recomendación de la Comisión Europea de avanzar hacia instrumentos que facilitaran los objetivos ambientales, pero considera que la imposición obligatoria de una tasa para todos los municipios se introdujo de manera precipitada, "en apenas un párrafo", sin un desarrollo normativo suficiente y dejando los aspectos técnicos en manos de cada consistorio. Según los inspectores, esto ha supuesto trasladar una carga económica significativa tanto a las administraciones locales como a los ciudadanos, generando miles de horas de trabajo técnico y previsiblemente un fuerte aumento de los litigios. La asociación también señala otro problema que afecta a la capacidad de los ayuntamientos para aplicar correctamente esta tasa: la externalización de funciones inspectoras. Esta práctica, frecuente en muchos municipios, está empezando a ser anulada por los tribunales, algo que la asociación celebra. Delgado considera que la inspección local se ve "amenazada" cuando se sustituyen funciones que corresponden a empleados públicos por empresas privadas. Los inspectores denuncian que la colaboración con entidades privadas se ha usado para ceder tareas esenciales de la potestad tributaria, lo que puede vulnerar derechos de los contribuyentes. Aseguran que estas empresas han llegado a emitir requerimientos, iniciar procedimientos sancionadores e incluso gestionar planes reservados de inspección.

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