(El Economista, 23-09-2025) | Fiscal
Hacienda paga hasta un 10% del valor de las herencias sin herederos a los ciudadanos que las denuncien
Aunque pueda parecer inusual, Hacienda tiene la facultad de reclamar las herencias de aquellas personas que fallecen sin dejar herederos. En estos casos, los bienes o patrimonios pasan a formar parte del Tesoro Público, siempre mediante un procedimiento que debe ajustarse estrictamente a la ley. Sin embargo, no siempre ocurre así, ya que el Estado no dispone de acceso a toda la información sobre estas situaciones. Para solventar este problema, la ley contempla que los ciudadanos pueden colaborar informando a la Agencia Tributaria de herencias sin beneficiarios. Si la información resulta ser verídica, quienes las denuncien podrán recibir un premio equivalente al 10% del valor de los bienes señalados. Así lo establece el Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, cuyo artículo 7 especifica que cualquier persona puede comunicar a la Delegación de Economía y Hacienda de la provincia correspondiente el fallecimiento intestado de alguien sin herederos legítimos. El mismo artículo aclara que quienes realicen esta notificación tendrán derecho a una recompensa del 10% sobre el valor neto de los bienes incluidos en la denuncia, siempre que no estén excluidos de su venta. No obstante, la norma impone limitaciones al llamado "derecho a premio": quedan excluidos de esta recompensa aquellos que, por su cargo o empleo público, tengan conocimiento del fallecimiento; los responsables de centros o residencias donde viviera el difunto; y los administradores o representantes legales. En todos estos casos, no solo no pueden cobrar el premio, sino que están obligados a informar del fallecimiento a la Delegación de Economía y Hacienda de la provincia donde el causante tuviera su último domicilio. Todo ello se fundamenta en el artículo 956 del Código Civil, que concede al Estado, a través de Hacienda, el derecho a heredar cuando una persona fallece sin dejar sucesores legítimos. Tras liquidar la herencia, los bienes pasan al Tesoro Público. Además, la ley señala que dos tercios del valor de la herencia deben destinarse a fines de interés social, sumándose a la asignación prevista en los Presupuestos Generales del Estado para este propósito.
LEER MÁS