(Expansión, 26-11-2025) | Fiscal

Cisma en el Constitucional: cinco de sus magistrados acusan al Tribunal de avalar un "negocio piramidal" del Estado a costa de las empresas

Cinco magistrados han presentado un voto particular extremadamente crítico contra la sentencia que avala el sistema de pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, calificándolo como un "mecanismo encubierto de financiación gratuita" que grava "beneficios irreales". El Tribunal Constitucional queda así dividido. Un grupo de cinco magistrados ha suscrito un voto disidente inusualmente duro respecto al fallo que, la semana pasada, declaró conforme a la Constitución el actual modelo de adelantos del Impuesto sobre Sociedades. En un documento lleno de reproches jurídicos, Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel, César Tolosa y José María Macías acusan al tribunal de dar por bueno lo que definen literalmente como una especie de "esquema piramidal" impulsado por el Estado. El voto particular, al que ha tenido acceso EXPANSIÓN, no escatima descalificaciones hacia la argumentación mayoritaria, a la que acusa de caer en un "realismo especulativo" y de sostener un "conjunto de errores injustificables y razonamientos parciales" con el fin de imponer una "nueva verdad constitucional". El desacuerdo se centra en el funcionamiento de los pagos fraccionados aplicados a las grandes compañías. De acuerdo con la normativa cuestionada, estas empresas deben anticipar impuestos tomando como referencia su resultado contable, no su base imponible efectiva. Para los magistrados discrepantes, esto vulnera el principio de capacidad económica recogido en el artículo 31.1 de la Constitución, ya que obliga a ingresar impuestos sobre "rentas ficticias" o "inexistentes". El voto describe de forma contundente el sistema: las empresas pagan por adelantado sumas que el Estado acaba reembolsando al año siguiente porque exceden la cuota real. No obstante, la Administración dispone de ese dinero durante meses sin abonar intereses. "Con la decisión de la que disentimos se legitima, en esencia, un 'negocio piramidal': los anticipos de un ejercicio sirven para financiar de forma inconstitucional las devoluciones de los excesos cobrados el año anterior", señala el texto. Los magistrados también subrayan la contradicción del legislador: recuerdan que durante años se aprobaron leyes contra la morosidad para mejorar la liquidez de las empresas, mientras que esta medida fiscal opera justo al revés, otorgando al deudor -el Estado- liquidez adicional a costa del acreedor -las compañías-. El escrito denuncia que las grandes empresas han sido convertidas en "prestamistas del Estado sin remuneración alguna", con un drenaje de su tesorería destinado a mejorar artificialmente las cifras de déficit público. "Lo que nació como una solución a la morosidad de la Administración se transforma en un problema de morosidad privada", alertan. El voto particular reprocha a la sentencia mayoritaria que trate de justificar la norma recurriendo a fundamentos no mencionados por el legislador. Señalan que se emplean conceptos imprecisos como la "técnica tributaria" o la "practicabilidad administrativa" para sostener una medida que, según ellos, vulnera la capacidad económica de los contribuyentes. En un pasaje especialmente sarcástico, los magistrados discrepantes comparan esta postura con la sentencia sobre la Ley de Amnistía. Recuerdan que entonces el tribunal afirmó no poder atribuir a la ley fines distintos de los proclamados en su preámbulo, mientras que en el asunto tributario la mayoría abandona esa "autolimitación" y busca una justificación que permita convalidar la recaudación. Los firmantes concluyen que el auténtico motivo de la norma fue la necesidad urgente de recortar el déficit público para cumplir con las exigencias de Bruselas, un objetivo puramente recaudatorio que, en su opinión, no puede amparar la restricción de los derechos constitucionales de los contribuyentes. El documento se cierra con una afirmación rotunda sobre el efecto real del sistema: "Un mecanismo oculto de financiación al cero por ciento de interés" que provoca un "perjuicio evidente y considerable" a las empresas afectadas.

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(Expansión, 26-11-2025) | Fiscal

Montero asume que su senda fiscal "no saldrá" adelante por falta de apoyo de Podemos y Junts

La progresiva pérdida de apoyos en el Congreso que arrastra el Gobierno obligó ayer a la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, a reconocer públicamente que el Ejecutivo no logrará superar la primera votación decisiva para los Presupuestos de 2026. Montero admitió que la senda fiscal que el Congreso debatirá mañana "no saldrá adelante", después de que Podemos, Compromís y Junts anunciaran su rechazo o distanciamiento. La propuesta fiscal de Hacienda contempla reducir el déficit público del 2,5% del PIB previsto para 2025 al 2,1% en 2026, al 1,8% en 2027 y al 1,6% en 2028. Además, plantea que los ayuntamientos mantengan un presupuesto equilibrado cada año; que las comunidades autónomas puedan incurrir en un déficit del 0,1% anual; que la Seguridad Social pase de un desequilibrio de dos décimas a una; y que la Administración Central reduzca el suyo al 1,8% en 2026, al 1,5% en 2027 y al 1,4% en 2028. A diferencia del techo de gasto récord fijado para 2026 -216.177 millones de euros- que el Gobierno puede aprobar por sí mismo, la senda de déficit necesita el aval del Parlamento, y Montero tendrá que defenderla mañana en la Cámara. La propuesta parecía destinada al fracaso desde el principio, ya que es idéntica a la que el Ejecutivo presentó el año pasado y que cayó gracias a los votos de Junts, PP y Vox. Y el partido de Carles Puigdemont ya había avanzado que dejaría de respaldar al Gobierno. La situación se complicó aún más cuando Unidas Podemos anunció que optará por la abstención y Compromís insinuó incluso un voto en contra. Ante este escenario, Montero asumió la derrota inminente. "La consecuencia es que el Gobierno tendrá más margen fiscal que las comunidades autónomas por una simple pataleta y confrontación del Partido Popular, que ni siquiera apoya lo que le beneficia", argumentó la ministra en declaraciones recogidas por Europa Press en los pasillos del Senado. Según Montero, si la senda es finalmente rechazada -lo que obligaría al Ejecutivo a presentar otra, igual o distinta, en un plazo máximo de un mes- quedará vigente la senda comprometida con Bruselas, pero las comunidades autónomas tendrían que ajustarse al equilibrio fiscal, lo que supondría perder 5.500 millones de capacidad de gasto hasta 2028. No obstante, esta interpretación es cuestionada por la Airef. Incluso si fracasa la aprobación de la senda fiscal, Hacienda mantiene la intención de presentar un proyecto de presupuestos fuera de plazo, a mediados del primer trimestre de 2026, aunque con muy pocas posibilidades reales de que llegue a aprobarse.

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(Expansión, 26-11-2025) | Fiscal

España se desvía de la senda fiscal acordada

España se está apartando de la senda fiscal acordada y lo hace en un grado suficiente para recibir un aviso formal. Así lo señala la Comisión Europea en su paquete económico de otoño, donde analiza la evolución presupuestaria de los Estados Miembros y sitúa a España entre los países con riesgo de incumplir las normas fiscales pactadas. Bruselas ha detectado que el país podría superar el nivel de gasto previsto para 2026, año en el que el Ministerio de Economía se comprometió a limitarlo al 2,5% en el plan enviado a la UE. Aun así, la Comisión estima que este desvío sería inferior al umbral del 0,3% del PIB fijado por la normativa, un límite que, de superarse, elevaría la situación al nivel de "riesgo material de incumplimiento". Fuentes comunitarias calculan que el desfase podría rondar los 5.000 millones de euros. Según sus previsiones -al no disponer de un borrador de Presupuestos Generales del Estado- el gasto en 2026 ascendería hasta unos 30.000 millones. Desde 2024, Bruselas realiza estas evaluaciones basándose en el gasto primario neto acumulado, un indicador más flexible que excluye los intereses de la deuda y ciertos factores cíclicos como el paro. La intención es evitar que las nuevas reglas obliguen a aplicar ajustes excesivos que frenen el crecimiento y terminen agravando el endeudamiento. Además de no superar un desvío del 0,3% anual respecto a la senda acordada, la normativa también exige que el error acumulado en el conjunto de los siete años del plan no rebase el 0,6%. Es la primera vez que España aparece señalada como país en riesgo de incumplir el límite de gasto. En el análisis anterior -publicado en junio- Bruselas concluyó que España mantenía una senda fiscal compatible con lo pactado gracias a que el desvío era mínimamente inferior al margen máximo. No obstante, fuentes europeas aclaran que España podría reducir prácticamente a cero ese desvío si decidiera activar la cláusula de excepción que permite excluir el gasto en Defensa. El Gobierno, de momento, ha optado por no hacerlo, lo que implica que estas inversiones siguen computándose en la evaluación fiscal. Además de España, la Comisión considera que Croacia, Lituania, Eslovenia y Bulgaria también presentan riesgo de incumplimiento, mientras que Países Bajos se encuentra ya en un nivel de "riesgo material". Respecto a los países con procedimientos de déficit excesivo abiertos, Bruselas advierte que Hungría está en riesgo de incumplir y que Malta se sitúa en riesgo material. Por ahora, la institución que dirige Ursula von der Leyen ha decidido no adoptar medidas más severas contra los países en falta, ya que las evaluaciones se basan todavía en previsiones y existe margen para que el crecimiento económico mejore o las cuentas públicas se ajusten.

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(El Economista, 26-11-2025) | Fiscal

El Supremo impide a Hacienda negar deducciones a los autónomos aunque no coticen a la Seguridad Social

El Tribunal Supremo (TS) ha dictaminado que la Agencia Tributaria debe permitir a los autónomos que facturan a través de una sociedad aplicar en el IRPF las deducciones y reducciones correspondientes, aunque no estén dados de alta ni coticen en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. En una sentencia del 8 de octubre, que sienta jurisprudencia, el Supremo establece que Hacienda no puede negar la condición de autónomo a quienes cumplen los requisitos para serlo -es decir, ejercer una actividad económica por cuenta propia- únicamente por no estar inscritos en el RETA. El fallo subraya que, si un profesional está obligado a cotizar como autónomo y no lo hace, esto constituye una infracción grave que debe ser sancionada por la autoridad competente. Sin embargo, ese incumplimiento no autoriza a la Agencia Tributaria a modificar la naturaleza de sus rendimientos ni a tratarlos como ingresos derivados de trabajo asalariado. La resolución, redactada por la magistrada Sandra María González de Lara, pone fin al conflicto entre un médico que poseía el 57% de una sociedad a la que prestaba servicios y la Agencia Tributaria, a raíz de su declaración del IRPF de 2017. Hacienda revisó su declaración y concluyó que, al no cotizar en el RETA, sus ingresos no podían considerarse rendimientos de actividad económica, sino rendimientos del trabajo, como si fuera empleado de otra empresa. En consecuencia, regularizó su situación con un ajuste de 5.275 euros y le impuso una sanción por no ingresar esa cantidad a tiempo. Para resolver el caso, el Supremo interpreta el artículo 27 de la Ley del IRPF, que señala que los ingresos percibidos de una sociedad controlada por el contribuyente se consideran actividad económica cuando el profesional está "incluido" en el RETA. El tribunal analiza el término "incluido" y concluye que no es equivalente a estar formalmente afiliado o dado de alta en dicho régimen. Según precisa la sentencia, la "inclusión" hace referencia a que el trabajador está encuadrado dentro del colectivo que debe formar parte del RETA por la naturaleza de su actividad, no necesariamente a que haya cumplido el trámite administrativo de alta. El tribunal añade que, de haber querido referirse a la afiliación, el legislador podría haberlo formulado explícitamente. Dado que el contribuyente estaba inscrito en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y realizaba una actividad que obliga a cotizar como autónomo, el Supremo anula la liquidación y la sanción impuestas por Hacienda. Este pronunciamiento es especialmente relevante para los autónomos que operan a través de sociedades, ya que obliga a la Agencia Tributaria a reconocer sus rendimientos como ingresos de actividad económica y, por tanto, a aceptar las deducciones y reducciones fiscales asociadas a los gastos necesarios para su actividad. Hasta ahora, Hacienda solía negar estos beneficios a los profesionales que, pese a cumplir los requisitos para ser autónomos, no estaban cotizando en el RETA.

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(Expansión, 25-11-2025) | Fiscal

Airef no ve margen de déficit para las CCAA

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef) criticó ayer la senda de déficit aprobada por el Gobierno la semana pasada y que el Congreso votará este jueves, previsiblemente sin éxito. Según el organismo fiscalizador, la aplicación estricta de las nuevas reglas fiscales de la UE no permite el margen de déficit de 0,1 puntos del PIB que Hacienda plantea para las comunidades autónomas en 2026, por lo que estas deberían aspirar al equilibrio o incluso a un superávit. El Ejecutivo ha vuelto a presentar la misma senda fiscal que el Parlamento ya rechazó el año pasado con el apoyo de PP, Vox y Junts. "Se repite exactamente lo de todos los años: un objetivo de déficit y otro de deuda", reprochó la presidenta de la Airef, Cristina Herrero, señalando que, tras la reforma europea, el elemento clave de control ya no es ese, sino la regla de gasto. Esta norma establece que en 2026 el gasto público -una vez descontadas las medidas discrecionales de ingresos- no puede aumentar más de un 3,5%. Sin embargo, según la Airef, permitir un déficit autonómico del 0,1% implica que en algunas regiones el gasto computable podría crecer más de un 10%, mientras que otras tendrían que reducirlo. "La senda debe ser coherente con la regla de gasto", insistió Herrero, recordando que su cumplimiento exigiría que las comunidades cerraran 2026 con equilibrio presupuestario o incluso con un pequeño superávit creciente en 2027 y 2028. "Si se prioriza el déficit sobre la regla de gasto, todas las autonomías la incumplirán", advirtió. La Airef también restó importancia a que el Parlamento pudiera volver a rechazar la senda, ya que considera que el verdadero punto de partida del Presupuesto debe ser la regla de gasto. Frente al aviso de Hacienda de que tumbar la senda implicaría imponer el equilibrio presupuestario a las comunidades en virtud de la Constitución -lo que reduciría su capacidad de gasto en 5.500 millones hasta 2028-, la institución recuerda que esa misma exigencia podría aplicarse a la Administración General del Estado, a la que el Gobierno reserva un déficit del 1,8% en 2026. En cualquier caso, la Airef subrayó la necesidad urgente de adaptar el marco fiscal español a las nuevas reglas europeas. Aunque sus efectos prácticos sean limitados, la normativa española vigente es más estricta y requeriría un ajuste de 15.000 millones entre este año y el próximo (12.000 millones en 2025 y 2.600 en 2026). Pese a que Hacienda afirma que la adaptación llegará antes de fin de año mediante dos decretos leyes, la Airef advierte de que será inevitable reformar la ley orgánica, para lo cual el Gobierno -en minoría- podría no contar con los apoyos suficientes. Herrero señaló que el actual marco fiscal nacional es "poco realista, poco creíble y difícil de hacer cumplir". Añadió que algunos de sus aspectos son "inaplicables" y reclamó una reforma que lo convierta en un sistema "sólido, coherente, eficaz y operativo". La regla de gasto española fija límites de aumento del gasto neto del 3,2% en 2025, 3,5% en 2026, 3,4% en 2027 y 3,2% en 2028. En cambio, la regla de gasto europea marca topes del 3,7% este año y del 3,5%, 3,2% y 3% en los años siguientes. Según la Airef, si la regla nacional se hubiera respetado, la deuda pública habría bajado del 101% al 69% en la actualidad, aunque ello habría requerido ajustes adicionales de entre 0,6 y 1,7 puntos de PIB entre 2013 y 2015, unos años marcados por fuertes recortes.

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(Expansión, 25-11-2025) | Fiscal

Ceder más IRPF e IVA a las regiones exigiría recortes o alzas de impuestos

"El Estado no lo tiene sencillo para ceder recursos" a las comunidades autónomas, advirtió ayer la presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef), Cristina Herrero, al ser consultada sobre la reforma del sistema de financiación autonómica que Hacienda pretende impulsar a comienzos de 2026. Herrero precisó que, por ahora, la Airef "no tiene nada que valorar" de la propuesta, ya que solo se han dado a conocer "líneas muy generales". No obstante, adelantó que el organismo intervendrá si detecta "riesgos para la sostenibilidad de las cuentas públicas". Conviene tener presente que la idea de Hacienda pasa por reducir las desigualdades de financiación entre territorios aumentando los fondos para todos. Para ello, se plantea elevar la parte de recaudación del IRPF, el IVA y los Impuestos Especiales que reciben las autonomías, superando los porcentajes actuales del 50% y del 58%, respectivamente. En este contexto, Herrero advirtió que la Administración General del Estado ya opera con recursos limitados y se enfrenta a una creciente "presión del gasto" en los próximos años, debido al incremento del coste de las pensiones y a los compromisos de elevar el presupuesto en defensa. A su vez, las comunidades afrontarán mayores necesidades de financiación en sanidad y dependencia, consecuencia del envejecimiento demográfico. "Si el Estado pone más recursos encima de la mesa, como es previsible, deberán salir de algún sitio", subrayó Herrero, recordando que los fondos públicos son "como una manta que debe cubrirnos a todos: si una parte necesita más o aumenta su tamaño, la otra tendrá que adelgazar recortando gastos, o habrá que tejer una manta mayor, lo que implica subir impuestos. No hay alternativa", concluyó.

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(El Economista, 25-11-2025) | Fiscal

Bruselas quiere que las herencias inmobiliarias, las plusvalías por venta de pisos y los suelos vacíos tributen más

La Comisión Europea planea introducir cambios significativos en la política fiscal con el objetivo de financiar la construcción de viviendas a precios asequibles en toda la Unión. Así se desprende del informe del Housing Advisory Board, el grupo de 15 especialistas que orienta al Ejecutivo comunitario en la elaboración del inminente Plan Europeo de Vivienda Asequible. El informe plantea que la riqueza vinculada a los inmuebles -como herencias que incluyan propiedades, ganancias por compraventas o terrenos sin uso- debería tributar más en los Estados miembros, destinando esos ingresos adicionales a ampliar el parque de vivienda social y de alquiler regulado. Estas recomendaciones servirán de base para el plan que la Comisión prevé presentar a comienzos de 2026, como respuesta a una crisis habitacional que ya tiene alcance europeo. Los expertos también subrayan la necesidad de ordenar el alquiler de corta duración para contener el impacto del turismo en los mercados más tensionados. Con unos precios de compra que crecen muy por encima de los salarios y unos alquileres en máximos, el documento sostiene que las actuales partidas presupuestarias son insuficientes. Por ello propone aumentar la fiscalidad sobre los beneficios generados por la propiedad inmobiliaria en las últimas décadas, con el fin de financiar nuevos proyectos de vivienda asequible. En lo que respecta a las herencias, el informe sugiere que los países de la UE revisen sus impuestos sobre la transmisión de bienes inmuebles, especialmente en los niveles patrimoniales más altos y en el caso de segundas y terceras residencias que han experimentado revalorizaciones significativas. Los autores justifican este incremento impositivo en que gran parte del aumento de valor de estos activos responde a inversiones públicas en urbanización, infraestructuras y servicios. El texto insiste en que el objetivo no es únicamente elevar impuestos, sino redefinirlos y orientar sus ingresos hacia la financiación de la vivienda. En este sentido, propone que la recaudación procedente de grandes herencias inmobiliarias se asigne automáticamente a programas de vivienda, mediante un mecanismo presupuestario estable que permita una planificación a largo plazo. Los expertos también denuncian que, en muchos casos, el incremento del valor de las propiedades derivado de decisiones públicas acaba en manos privadas, mientras que es la Administración quien asume los costes. Por eso defienden reforzar herramientas ya existentes -como contribuciones obligatorias, cesiones de suelo o cupos de vivienda asequible en nuevos desarrollos- y avanzar hacia sistemas donde parte de la plusvalía se utilice de forma automática para financiar infraestructuras y proyectos de alquiler regulado. Con ello, argumentan, se podría crear una base fiscal más estable y menos sujeta a los ciclos económicos, permitiendo a las ciudades planificar promociones de vivienda asequible en las zonas de mayor demanda. Otra línea de actuación del informe se centra en mejorar el aprovechamiento de solares vacíos y edificios en ruinas dentro de los núcleos urbanos consolidados. Se propone incrementar los impuestos vinculados al valor del suelo para impulsar la puesta en uso de estos espacios, de modo que mantener un terreno vacío o un inmueble infrautilizado en áreas céntricas resulte más costoso. También plantea aplicar recargos sobre suelo recalificado que permanezca sin desarrollar durante demasiado tiempo y sobre inmuebles deteriorados en zonas de alta demanda residencial. Con estas medidas se pretende frenar prácticas especulativas que mantienen fuera del mercado grandes superficies de suelo y acelerar la regeneración urbana, especialmente si se incluyen obligaciones de destinar parte del desarrollo a vivienda asequible. El informe también señala que en numerosas ciudades la proliferación de alquileres turísticos ha reducido la oferta residencial y elevado los precios. Por ello, recomienda que la Comisión apoye a los Estados miembros en la regulación de este tipo de arrendamientos. En las áreas más afectadas por el turismo, el documento aconseja adoptar medidas para controlar los precios, facilitar que el sector público adquiera suelo y viviendas, y limitar o gravar los registros de alquileres de corta duración. Asimismo, insiste en priorizar las inversiones en vivienda asequible en estos territorios. "La Comisión Europea debería respaldar a los Estados miembros en la regulación del alquiler turístico mediante sistemas de licencias, zonificación y mecanismos de control", indica el informe. Los expertos recalcan que, en muchas ciudades, la expansión de estos alquileres ha disminuido la disponibilidad de vivienda y ha contribuido al aumento de los alquileres.

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(El Confidencial, 25-11-2025) | Fiscal

Hacienda eleva la presión sobre los socios de empresas con deudas pese a los frenos del TS

Las derivaciones de responsabilidad aplicadas por Hacienda continúan creciendo. Pese a los reveses judiciales que la Agencia Tributaria ha recibido del Tribunal Supremo en los dos últimos años -que han limitado las actuaciones del área de Recaudación-, no se ha producido una contención. En 2024 se alcanzó un máximo de 40.580 expedientes. Los fiscalistas consultados, que trabajan habitualmente en este tipo de procedimientos, dan por hecho que las cifras de 2025 reflejarán un nuevo incremento y prevén que seguirá siendo una de las prioridades del organismo dependiente del Ministerio de Hacienda. Las derivaciones constituyen el único mecanismo del que dispone la Administración para reclamar deudas impagadas de empresas, trasladando la responsabilidad a sus administradores. Este instrumento empezó a emplearse de manera más intensiva tras la avalancha de impagos generada entre 2008 y 2012, en plena crisis, y ante la necesidad de reforzar la recaudación. En los últimos años, esta tendencia no solo se ha mantenido, sino que se ha acelerado. En 2024 se registró el mayor número histórico de derivaciones y otras reclamaciones a terceros, con un incremento del 13,1% respecto a 2023 y del 39,6% en comparación con 2021, cuando se contabilizaron 29.078 expedientes. Ese año, Hacienda ingresó 358 millones mediante este procedimiento, que figura como una de las actuaciones prioritarias del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero. "Este crecimiento prolonga la línea de los últimos ejercicios, durante los cuales se ha hecho un esfuerzo por multiplicar actuaciones de este tipo, muchas de ellas complejas y esenciales para asegurar el cobro", detalló recientemente la Agencia Tributaria en su informe anual de control. Se trata de una herramienta clave, ya que la deuda en vía ejecutiva -la que no se ha pagado en el periodo voluntario- ascendía a 25.920 millones al cierre de 2024, un 4,2% más que el año anterior. Esta cifra ronda el 1,6% del PIB y no se computa como déficit, aunque representa un ingreso reconocido pero aún no materializado, cuya recuperación es incierta. "Los asesores fiscales trabajamos en numerosos expedientes de esta naturaleza, y como ha sido un ámbito en expansión, ya empieza a generarse jurisprudencia, porque muchos casos están llegando al Supremo", señala Pablo Romá, socio de Romá Bohorques Tax & Legal. La escalada continúa pese a que el Alto Tribunal ha exigido a Hacienda acreditar que los administradores a quienes se imputa la deuda tuvieron realmente responsabilidad en su origen. "El aumento viene de atrás y se mantiene en 2025. Asesoramos tanto en derivaciones solidarias como subsidiarias, pero ahora contamos con resoluciones que han perfilado y limitado su alcance", explica Javier Vinuesa, socio de Gómez-Acebo & Pombo. José Suárez, socio de Pérez Llorca, coincide en que "la actividad recaudatoria que desemboca en derivaciones es cada vez mayor", impulsada también por el endurecimiento de las condiciones para aplazar o fraccionar deudas. Señala que las derivaciones suelen utilizarse "junto con otros mecanismos para garantizar el cobro", como las reclamaciones a socios de sociedades disueltas y liquidadas como sucesores de las mismas. Añade que existen casos relativos a "situaciones de confusión patrimonial, en las que se usan estructuras interpuestas de forma abusiva para eludir la responsabilidad universal frente a Hacienda", si bien son menos frecuentes. Aunque existen casos de abusos por parte de contribuyentes, otros asesores apuntan que también se producen excesos desde la propia Administración. "La Agencia ha intensificado el uso de las derivaciones por la presión recaudatoria y por la mejora de los sistemas de información. Además, los cambios normativos han ampliado los supuestos de aplicación o han reaccionado frente a interpretaciones favorables al contribuyente", explican Miguel Bastida, socio de Chevez Ruiz Zamarripa, y Alejandro Megías, asociado. Según añaden, esto ha dado lugar a "interpretaciones expansivas, derivaciones prácticamente automáticas o medidas cautelares adoptadas incluso antes de que concluya el expediente". Pablo Romá detalla que existen dos tipos de responsables en las derivaciones: los solidarios, recogidos en el artículo 42 de la Ley General Tributaria (LGT), que se aplican cuando se considera que los administradores han provocado o colaborado en la infracción o han ocultado bienes; y los subsidiarios, que abarcan los casos en los que los administradores no han realizado las actuaciones necesarias para cumplir con las obligaciones fiscales. En el primer supuesto se presupone dolo; en el segundo, omisión o negligencia. Distintas sentencias del Supremo han frenado algunas prácticas de la Agencia Tributaria, provocando resoluciones desfavorables para ella tanto en el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) como en los tribunales. El Supremo ha precisado que algunos procedimientos tienen carácter sancionador -los del artículo 42.1 LGT, sobre administradores que contribuyeron a generar la deuda, y los del 43.1.a, centrados en socios que no actuaron para evitarla-. El Alto Tribunal ha dictaminado que, cuando existe naturaleza sancionadora, la carga de la prueba recae en la Administración: "La AEAT debe justificar y demostrar hechos concretos atribuibles al administrador; no bastan fórmulas genéricas como la simple dejación de funciones. Es obligatorio acreditar la culpabilidad y el vínculo causal con la infracción de la sociedad. La derivación cae si la infracción original se anula por falta de motivación sobre la culpabilidad. Y, ante dudas sobre la conducta del administrador, prevalece su absolución ('in dubio pro reo')", sintetiza Romá.

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(El Periódico, 25-11-2026) | Fiscal

La recaudación de impuestos en España alcanzará máximos históricos en 2025 y 2026

Según manifestó la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, la recaudación prevista para finales de año superará los 325.000 millones de euros, mientras que para 2026 se calcula que los ingresos tributarios representarán el 8,5% del total del Estado. Estas estimaciones encajan con el límite de gasto aprobado por el Gobierno, que ronda los 352.625 millones. Si se observa la aportación media por ciudadano, en 2025 cada persona contribuirá con unos 6.573 euros, lo que supone un incremento del 9,5% respecto al año anterior. La evolución de la recaudación revela un crecimiento sostenido desde 2017, con la excepción del descenso de 2020. A partir de 2021 se aprecia un repunte notable, con un aumento de 4.804 euros equivalente al 14,9%. En 2023 y 2024 la subida de ingresos comienza a moderarse, situándose en 5.712 euros más en el primer caso (un 5,3%) y en 6.127 euros adicionales en el segundo (un 7,3%). Para 2025 vuelve a producirse un incremento significativo, alcanzando los 6.573 euros, cifra que se convierte en la más elevada de los últimos años. Con estos resultados, surge la cuestión de quién se beneficia en mayor medida de este avance recaudatorio y de qué impuestos procede la mayor parte de los ingresos. Aunque el crecimiento es generalizado en todas las figuras tributarias, la mayor aportación proviene de los impuestos directos. El IRPF se mantiene como la principal fuente de recursos, con 129.408 millones recaudados en 2024. El Impuesto sobre Sociedades alcanza los 39.096 millones gracias a la mejora continuada de los beneficios empresariales, que encadenan cuatro años con incrementos superiores al 10% tras la recuperación pospandemia. El IVA suma 90.541 millones en 2024 y las estimaciones para los primeros nueve meses de 2025 lo sitúan en torno a 75.090 millones. Por su parte, los Impuestos Especiales aportan 22.128 millones en 2024, impulsados por la recaudación ligada a la electricidad, los hidrocarburos, el tabaco y el gravamen sobre los envases de plástico no reutilizables.

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(Expansión, 24-11-2025) | Fiscal

Cuestiones clave de fin de año para bajar la factura de la declaración de la Renta

Con la llegada del final del año, es momento de revisar y ajustar la situación fiscal para que la próxima declaración del IRPF resulte lo más favorable posible. EXPANSIÓN y el Consejo General de Economistas-REAF ofrecen estos días una relación de 60 consejos destinados a reducir la carga tributaria. Ahorro en planes de pensiones, beneficios para autónomos, vivienda, criptomonedas, inversiones en bolsa... todo con el objetivo de mejorar el resultado de la declaración de la renta. Un año más, EXPANSIÓN y el Consejo General de Economistas-Asesores Fiscales (REAF) han elaborado la Guía Fiscal del IRPF, con 60 recomendaciones para planificar con antelación la campaña de la Renta de 2025-2026, que se presentará la próxima primavera. A continuación, avanzamos algunas de estas pautas, que se detallarán en próximas entregas. Al acercarse el cierre del ejercicio, es conveniente analizar qué medidas podemos adoptar para disminuir el importe del IRPF correspondiente a 2025, que deberemos liquidar en 2026. Para ello, es fundamental repasar las rentas obtenidas a lo largo del año e identificar las operaciones económicas realizadas, así como aquellas que estemos valorando acometer antes del 31 de diciembre. Asimismo, conviene revisar los saldos negativos de ejercicios anteriores para comprobar si aún es posible compensarlos. Si este año hemos recibido ingresos distintos a los habituales, puede resultar útil hacer una estimación previa del impuesto, con el fin de valorar decisiones que permitan reducir la cuota o recuperar parte de las retenciones soportadas. A la hora de determinar qué acciones tomar, además de las herramientas que ofrece la normativa vigente -como reducciones de la base imponible o diversas deducciones-, es importante considerar las novedades fiscales aprobadas en 2025, ya que aún queda margen para beneficiarse de determinados incentivos y recortar la factura tributaria. Entre las medidas destacadas figura la ampliación de ciertos incentivos relacionados con la sostenibilidad y la eficiencia energética. En particular, se ha prorrogado durante un año más la deducción por la compra de vehículos eléctricos o de pila de combustible, así como por la instalación de puntos de recarga, por lo que estarán vigentes todo 2025. Respecto a las medidas habituales de planificación fiscal, sigue siendo posible reducir la base imponible mediante aportaciones a planes de pensiones o a otros mecanismos de previsión social. La aportación individual máxima continúa limitada a 1.500 euros, aunque puede aumentarse si el empleador también contribuye a un plan de empleo o, en el caso de autónomos y empresarios, si se cuenta con un plan de empleo simplificado. Otra recomendación recurrente es la compensación de ganancias y pérdidas patrimoniales, e incluso la posibilidad de combinar plusvalías y minusvalías con rendimientos del capital mobiliario de signo contrario. También continúa vigente, aunque únicamente para quienes compraron su vivienda antes de 2013, la deducción por adquisición de vivienda habitual: permite deducir el 15% de los pagos destinados a intereses y amortización del préstamo hipotecario, con un máximo de 1.356 euros por declaración. Por último, las recomendaciones varían según la situación personal y económica de cada contribuyente. Por ello, es fundamental prestar especial atención a las operaciones más relevantes realizadas durante el año y, en caso de tratarse de movimientos complejos o de importe elevado, es aconsejable contar con el asesoramiento de un profesional especializado en fiscalidad.

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