(Expansión, 20-03-2026) | Fiscal

Sánchez lanza hoy un paquete acotado de rebajas fiscales a luz y carburantes

El Gobierno aprobará hoy en un Consejo de Ministros extraordinario un plan para hacer frente a las repercusiones económicas derivadas de la guerra en Irán, centrado principalmente en medidas fiscales destinadas a frenar el encarecimiento de la electricidad y los combustibles. Con este paquete, el Ejecutivo pretende mantener un delicado equilibrio: por un lado, ofrecer un alivio económico significativo a hogares y empresas; por otro, evitar un aumento excesivo del gasto público que choque con los criterios europeos; y, además, no sobrepasar las distintas líneas rojas marcadas por los partidos políticos para asegurar su aprobación parlamentaria. Este plan integral, que se ha estado negociando durante días con agentes sociales, representantes empresariales y formaciones políticas, será aprobado en un Consejo de Ministros extraordinario. Posteriormente, lo presentará el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, quien ha reiterado su rechazo tanto al conflicto como a sus efectos económicos. El paquete incluirá un primer bloque de medidas estructurales orientadas a reforzar la electrificación de la economía y a ampliar el uso de energías renovables, una estrategia que el Ejecutivo considera clave para amortiguar el impacto de las tensiones energéticas, especialmente tras el encarecimiento del petróleo provocado por el cierre del estrecho de Ormuz. No obstante, el protagonismo recaerá en un segundo bloque de actuaciones urgentes destinadas a aliviar la presión sobre los ingresos de las familias y la actividad empresarial, según ha señalado la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero. En este ámbito, el Gobierno recurrirá principalmente a medidas fiscales, tomando como referencia la experiencia adquirida con la guerra en Ucrania, cuando se redujeron impuestos vinculados a la electricidad. Sin embargo, en el caso de los carburantes, se descarta recuperar la bonificación directa por litro, por lo que las alternativas pasan por ajustes en el IVA o en el Impuesto de Hidrocarburos, dentro de los límites fijados por la Unión Europea. Además, se prevé un seguimiento de los precios mediante herramientas de inteligencia artificial en colaboración con la CNMC. Más allá de las medidas generales, el Ejecutivo pondrá especial atención en los sectores más afectados por el aumento de los costes energéticos, como el transporte, la logística, la agricultura, la pesca y la industria con alto consumo eléctrico. El diseño del plan está condicionado por la negativa de la Comisión Europea a flexibilizar las reglas fiscales, lo que limita el margen para aumentar el gasto público. Asimismo, el Gobierno buscará asegurar la convalidación parlamentaria del decreto, evitando incluir medidas controvertidas como la prohibición de desahucios, que ya ha sido rechazada anteriormente. Solo se incorporarán aquellas propuestas que cuenten con un respaldo suficiente. En paralelo, el Ejecutivo ha decidido aplazar la presentación de los Presupuestos Generales del Estado, argumentando que su prioridad actual es responder a la crisis derivada del conflicto en Oriente Próximo. Según Pedro Sánchez, la situación requiere centrarse en proteger a la ciudadanía ante un contexto internacional especialmente complejo. No obstante, desde el Ministerio de Economía se insiste en que la situación no alcanza la gravedad de la vivida tras el inicio de la guerra en Ucrania. Por su parte, María Jesús Montero ha confirmado que el retraso de los Presupuestos se debe a la prioridad otorgada a este decreto, en un momento en el que, además, se prepara para dejar su cargo y optar a la presidencia de Andalucía.

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(El País, 20-03-2026) | Fiscal

La Agencia Tributaria da acceso ya a los contribuyentes a los datos fiscales para preparar la declaración de la renta

La campaña de la renta está a punto de comenzar. El próximo 8 de abril se inicia el plazo oficial para presentar la declaración del IRPF -en un primer momento únicamente por internet-, aunque desde este miércoles 18 de marzo los contribuyentes ya pueden consultar sus datos fiscales, un resumen con su información personal y económica. Estos datos incluyen la identificación del contribuyente y su domicilio, así como los ingresos obtenidos por trabajo o actividad profesional, las retenciones aplicadas durante el año, posibles ganancias patrimoniales -como las derivadas de la venta de acciones- o, en su caso, pérdidas. Con esta información, la Agencia Tributaria elabora un borrador de la declaración que pone a disposición del ciudadano, por lo que resulta fundamental comprobar que todos los datos sean correctos antes de validarlo. El IRPF funciona mediante retenciones a lo largo del año, es decir, se va adelantando parte del impuesto. Al finalizar el ejercicio -en esta campaña se declaran los ingresos de 2025- se regulariza la situación: si el resultado es a pagar, significa que se ha abonado menos de lo debido y hay que ingresar la diferencia; si es a devolver, será Hacienda quien reintegre el exceso pagado. Revisar los datos fiscales es clave tanto para evitar posibles errores que puedan acarrear sanciones como para asegurarse de aplicar todas las deducciones disponibles. Por ejemplo, ingresos por alquileres o beneficios fiscales por la compra de un vehículo eléctrico o por mejoras en la eficiencia energética de la vivienda. La consulta de estos datos puede hacerse a través de la web o la aplicación de la Agencia Tributaria, utilizando sistemas de identificación como Cl@ve Móvil, certificado digital o DNI electrónico. Para acceder, es necesario obtener previamente un número de referencia de seis caracteres y confirmar el domicilio fiscal. Tras comprobar y, si procede, corregir la información, habrá que esperar al 8 de abril para presentar la declaración. Desde ese día podrá hacerse online; a partir del 29 de abril se podrán pedir citas para atención telefónica, que comenzará el 6 de mayo; y desde el 1 de junio se habilitará la opción de realizarla presencialmente en oficinas, siempre con cita previa. La campaña finalizará el 30 de junio.

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(La Vanguardia, 20-03-2026) | Fiscal

Montero avanza que España cumplió el objetivo de déficit del 2,5% en 2025

España ha logrado cumplir el objetivo de déficit fijado para 2025, situado en el 2,5% del PIB. Así lo anunció este jueves la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante su intervención en Los Desayunos, un nuevo espacio informativo impulsado por RTVE y EFE. Según destacó, este resultado es relevante porque proporciona cierto margen de actuación ante situaciones imprevistas, como la reciente guerra en Irán, que amenaza con desencadenar una crisis energética. De hecho, el Ejecutivo ha convocado un Consejo de Ministros extraordinario para este viernes con el fin de aprobar medidas que amortigüen el encarecimiento de los carburantes. Montero subrayó que alcanzar este objetivo ha sido especialmente significativo si se tiene en cuenta que durante la pandemia el déficit llegó a situarse en torno al 10% del PIB. Además, defendió que la reducción no se ha basado en recortes del gasto ni en fuertes subidas de impuestos, como ocurrió -según señaló- durante la crisis financiera bajo gobiernos del Partido Popular. En su lugar, aseguró que se ha ampliado la base impositiva y reforzado la progresividad del sistema, reduciendo la carga fiscal para las rentas más bajas y aumentándola para grandes empresas y patrimonios. El dato definitivo del déficit se conocerá a finales de mes, cuando se remita a Bruselas. La mejora del saldo público ha sido posible gracias a la recuperación económica tras la pandemia, que impulsó la recaudación, en parte también favorecida por el repunte de la inflación tras la invasión rusa de Ucrania. En 2024, el déficit se situó en el 2,8% del PIB, muy por debajo de los niveles alcanzados en 2020. Si se incluyen los gastos extraordinarios derivados de la dana de octubre -que la Comisión Europea permitió excluir-, la cifra ascendía al 3,2%. Cumplir el objetivo de 2025 supone, por tanto, una reducción adicional de al menos siete décimas. No obstante, este margen no implica necesariamente mayor flexibilidad presupuestaria. La propia ministra recordó que las reglas fiscales europeas ya no están suspendidas, como ocurrió durante la pandemia. Además, el nuevo marco comunitario pone el foco en el crecimiento del gasto público -ajustado por ciertos factores como los intereses de la deuda-, y las previsiones apuntan a que España tendrá que aplicar ajustes a partir de 2027 para cumplir con los compromisos adquiridos. En este contexto, y ante la incertidumbre sobre la duración del conflicto en Oriente Próximo y su impacto económico, se prevé que el Gobierno apruebe un paquete de medidas más moderado que el adoptado en 2022 frente a la crisis inflacionaria, cuando se impulsó una amplia rebaja de impuestos energéticos. Montero no ha adelantado los detalles del plan que presentará el presidente Pedro Sánchez, aunque sí indicó que combinará medidas estructurales en el ámbito energético con otras destinadas a reducir el impacto del encarecimiento de los combustibles. Asimismo, confirmó que el Ejecutivo continúa negociando con los distintos grupos parlamentarios el contenido del decreto de ayudas, que incluirá únicamente aquellas iniciativas que cuenten con suficiente respaldo. Esta postura reduce la probabilidad de incorporar medidas en materia de vivienda, como los límites al alquiler que defienden algunos partidos, pero que otros rechazan y cuyos apoyos son necesarios para sacar adelante la norma. Según Montero, las conversaciones siguen abiertas tanto con los agentes sociales como con las formaciones políticas para garantizar la aprobación del decreto.

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(Expansión, 19-03-2026) | Fiscal

El Tribunal Supremo reabre la guerra por la tributación en el IRPF de los intereses de demora

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha decidido admitir a trámite un recurso que cuestiona la doctrina vigente, la cual obliga a tributar por las indemnizaciones abonadas por Hacienda, y volverá a pronunciarse sobre este asunto. El recorrido judicial de los contribuyentes en relación con los intereses de demora pagados por la Agencia Tributaria (AEAT) entra así en una nueva fase clave. Mediante un auto reciente (recurso 1039/2025), el Tribunal Supremo ha aceptado estudiar un recurso de casación que podría implicar otro cambio significativo en el tratamiento fiscal de estas cantidades. El debate no es nuevo, pero sigue generando controversia: ¿deben incluirse en el IRPF los intereses que Hacienda paga cuando devuelve ingresos indebidos? Tras años de criterios cambiantes, el Supremo considera necesario aclarar, matizar o incluso revisar su propia doctrina. Para comprender la relevancia de este paso, conviene recordar los cambios previos. En diciembre de 2020, el Alto Tribunal estableció que estos intereses tenían carácter indemnizatorio y, por tanto, no debían tributar en el IRPF, lo que supuso un importante respaldo para los contribuyentes. Sin embargo, en enero de 2023, la misma Sala modificó su postura y pasó a calificarlos como una ganancia patrimonial sujeta a tributación dentro de la base del ahorro. Desde entonces, Hacienda ha exigido impuestos sobre esas cantidades. El recurso admitido tiene su origen en el caso de un contribuyente que, tras lograr que el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Madrid anulara una liquidación de IRPF correspondiente a los años 2008 a 2010, recibió más de 255.000 euros en concepto de intereses de demora. Aplicando el criterio de 2023, la Administración le exigió tributar por esa suma. Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid respaldó la postura de Hacienda, al considerar aplicable la doctrina vigente en ese momento. No obstante, el afectado sostiene que esta interpretación vulnera principios constitucionales como la seguridad jurídica, la confianza legítima y la irretroactividad de normas sancionadoras o restrictivas de derechos. Lo más relevante del auto no es solo la admisión del recurso, sino también el enfoque adoptado por el Supremo. La Sala reconoce que existe un interés casacional objetivo, dado que la cuestión afecta a numerosos contribuyentes y existen resoluciones previas del propio tribunal con criterios contradictorios. El Supremo se plantea dos cuestiones principales. Por un lado, definir la naturaleza fiscal de estos intereses: si, por su carácter compensatorio -al resarcir un perjuicio causado por la Administración-, deberían quedar fuera del IRPF. Por otro, analizar el alcance temporal del cambio de criterio de 2023, es decir, si debe aplicarse también a situaciones anteriores no firmes o únicamente a las posteriores a esa sentencia. Este último aspecto resulta especialmente relevante, ya que, si se limita la aplicación retroactiva del nuevo criterio, muchos contribuyentes con procedimientos abiertos podrían evitar el pago del impuesto. En el ámbito fiscal existe un cierto optimismo, aunque prudente. El hecho de que el Supremo admita la posibilidad de revisar su doctrina actual indica que es consciente de la inseguridad jurídica generada. La defensa del contribuyente insiste en que su actuación se ajustó a la interpretación vigente en su momento, avalada por el propio Supremo, por lo que no debería verse perjudicado por un cambio posterior de criterio. Si finalmente el Tribunal decide volver a la interpretación de 2020 o, al menos, restringir los efectos de la doctrina de 2023, supondría un respaldo importante al principio de seguridad jurídica. Por ahora, la admisión del recurso reabre el debate y obliga a la Administración a justificar por qué una compensación por un error propio debe terminar, en parte, sujeta a tributación.

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(El Economista, 19-03-2026) | Fiscal

Canarias exime de su "IVA" isleño a los autónomos que ingresen menos de 50.000 euros

El Gobierno de Canarias ha decidido liberar del pago del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) a los autónomos y micropymes cuyos ingresos anuales no superen los 50.000 euros. A diferencia del resto de España, donde se aplica el IVA, en Canarias rige este impuesto sobre el consumo, cuyo tipo general es más bajo (7% frente al 21% en la península y Baleares). Con esta medida, el Ejecutivo autonómico adopta el llamado régimen de franquicia del IVA, contemplado en una directiva europea de 2020 que simplifica las obligaciones fiscales para pequeños negocios con ingresos inferiores a 85.000 euros. No obstante, el Gobierno central ha optado por no aplicar esta exención en el IVA, alegando que la normativa comunitaria lo permite, pero no lo exige. Su propuesta se limita a eliminar el impuesto en operaciones realizadas por pequeñas empresas en otros países de la Unión Europea, aunque esta iniciativa está incluida en un proyecto de ley sobre control de criptoactivos que aún no ha avanzado en el Congreso. En este contexto, la Comisión Europea anunció recientemente que llevará a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no haber adaptado su normativa para eliminar el IVA en determinadas operaciones intracomunitarias. Bruselas ha señalado que, aunque la exención es opcional, España debería haber incorporado al menos las disposiciones que permiten a las pymes acogerse a este régimen en otros Estados miembros. El vicepresidente del Gobierno canario y consejero de Economía, Manuel Domínguez, explicó que esta exención del IGIC busca reducir tanto la carga fiscal como los trámites administrativos, y estima que beneficiará a unos 11.000 trabajadores. Gracias a esta medida, estos profesionales no tendrán que repercutir el impuesto en sus facturas ni presentar declaraciones trimestrales a partir del 1 de julio de 2026. En su lugar, solo deberán realizar una declaración anual desde 2027. Domínguez subrayó además que, mientras España no ha incorporado la directiva europea y mantiene la obligación de aplicar el IVA a estos colectivos, Canarias avanza hacia un modelo propio de simplificación fiscal orientado a facilitar la actividad de autónomos y emprendedores.

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(El Economista, 19-03-2026) | Fiscal

Madrid refuerza su "cheque bebé": 14.500 euros por hijo para madres menores de 30 años

La Comunidad de Madrid refuerza sus políticas de apoyo a la natalidad. El Consejo de Gobierno ha aprobado este miércoles un incremento de 5,3 millones de euros en la partida destinada a ayudas por gestación, nacimiento y adopción. Con este aumento, la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales prevé destinar en 2026 más de 121 millones de euros a estas prestaciones. El consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín, explicó tras la reunión del Ejecutivo que esta iniciativa forma parte de las 80 medidas incluidas en la Estrategia de protección a la maternidad y paternidad y de impulso a la natalidad y la conciliación 2022-2026 impulsada por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso. Según detalló, este plan cuenta con un presupuesto global de 4.800 millones de euros, de los cuales ya se ha ejecutado el 90%, mientras que el resto de actuaciones continúa en marcha. Cabe recordar que desde 2022 el Ejecutivo regional concede una ayuda de 500 euros mensuales por hijo a madres menores de 30 años, desde la semana 21 de embarazo hasta que el menor cumple dos años. En total, estas beneficiarias reciben 14.500 euros por cada hijo a lo largo de 29 meses. Estas ayudas también se aplican en casos de adopción. Desde la puesta en marcha de este programa, se han otorgado cerca de 28.000 ayudas, con una inversión superior a los 324 millones de euros destinada a incentivar la natalidad. Según destacó García Martín, estas medidas han contribuido a que Madrid liderara el número de nacimientos en España en 2025, con un incremento del 3,3%, de acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). En total, se registraron 52.450 nacimientos, de los cuales 25.408 fueron niñas y 27.042 niños. Asimismo, los datos del INE reflejan un aumento del 2,11% en los nacimientos durante el mes de enero, con un total de 4.316. En cuanto al perfil de las madres, el grupo de edad entre 30 y 39 años sigue concentrando la mayor parte de los nacimientos en lo que va de 2025, con 2.828 casos, seguido del tramo de 20 a 29 años, con 927. Por detrás se sitúan las mujeres de entre 40 y 49 años, con 492 nacimientos, y las de 15 a 19 años, con 65. Por último, las estadísticas registran cuatro partos en mujeres mayores de 50 años y ninguno en menores de 15 años.

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(Expansión, 18-03-2026) | Fiscal

Hacienda abre el plazo para obtener el número de referencia para la declaración de la Renta

La Agencia Tributaria ya ha activado el servicio necesario para llevar a cabo uno de los trámites esenciales de cara a la próxima campaña de la Renta: la obtención del número de referencia, clave para acceder y gestionar el borrador del IRPF a partir del 8 de abril. La Campaña de la Renta 2026 está a punto de comenzar. En ella deberán declararse los ingresos y gastos correspondientes al ejercicio 2025 sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Desde hace unos días, ya es posible solicitar este número de referencia, que permite acceder a los distintos servicios de la campaña actual y también a gestiones relacionadas con ejercicios anteriores, como modificaciones o rectificaciones. Como principal novedad, la Agencia Tributaria advierte de que los números de referencia obtenidos en años anteriores dejan de ser válidos, por lo que será imprescindible generar uno nuevo para esta campaña. Para obtenerlo, es necesario acceder a la web de la Agencia Tributaria e identificarse mediante Cl@ve Móvil, certificado digital o DNI electrónico. También existe la opción de introducir el DNI junto con el importe de la casilla 505 de la declaración de la Renta 2024. La AEAT recomienda utilizar su aplicación móvil, ya que facilita el acceso durante toda la campaña y simplifica el uso de los servicios más habituales. No obstante, quienes estén registrados en el sistema Cl@ve podrán realizar todas las gestiones sin necesidad de solicitar este número de referencia. La campaña comenzará el 8 de abril y finalizará el 30 de junio. Sin embargo, los plazos varían según el método elegido para presentar la declaración: Presentación por internet: desde el 8 de abril. Presentación telefónica: disponible a partir del 6 de mayo, con cita previa desde el 29 de abril. Atención presencial en oficinas: desde el 1 de junio. Conviene tener en cuenta estos plazos para planificar con antelación la presentación de la declaración y evitar incidencias de última hora.

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(Expansión, 18-03-2026) | Fiscal

Bruselas ofrece ventajas fiscales al pago con acciones en empresas innovadoras

La Comisión Europea presenta hoy su ambicioso proyecto normativo dirigido al ámbito empresarial: el nuevo régimen corporativo EU Inc. Este modelo pretende establecer un marco jurídico y administrativo común que permita a las empresas operar con reglas homogéneas en toda la Unión, eliminando la actual fragmentación de los 27 sistemas nacionales mediante procesos íntegramente digitalizados. Más allá de simplificar trámites, la iniciativa busca reforzar la competitividad de las empresas innovadoras, especialmente en lo relativo a la captación y fidelización del talento. La intención es revertir la tendencia de muchas compañías a trasladarse a mercados como Estados Unidos, atraídas por entornos regulatorios y fiscales más favorables. De acuerdo con el borrador al que ha tenido acceso EXPANSIÓN, el nuevo régimen introduce un incentivo fiscal relevante: las start up y scale up consideradas innovadoras podrán ofrecer retribuciones en acciones a sus empleados sin que estas tributen en el momento de su concesión. La tributación se diferirá hasta que los títulos se vendan, lo que incrementa notablemente el atractivo de este tipo de compensación. En concreto, la Comisión establece que no se generará renta imponible en el momento de concesión, adquisición o ejercicio de derechos sobre acciones. Este tratamiento se asemeja al de los dividendos en acciones, donde la carga fiscal también se pospone hasta la transmisión de los títulos. Este enfoque no solo retrasa el pago de impuestos, sino que permite ajustar la tributación al valor real de las acciones en el momento de su venta, algo especialmente relevante en empresas jóvenes, donde la valoración puede fluctuar significativamente. De este modo, se evita que los profesionales soporten una carga fiscal sobre un valor que posteriormente puede no materializarse. Desde Bruselas se subraya que este tipo de remuneración resulta clave para empresas en fases iniciales o de crecimiento, que no siempre pueden ofrecer salarios elevados y recurren a planes de opciones sobre acciones para competir por talento cualificado. Aunque varios Estados miembros ya cuentan con regímenes fiscales favorables para estas fórmulas, la propuesta europea introduce un principio adicional: si una empresa EU Inc cumple también los requisitos de un régimen nacional, se aplicará el tratamiento fiscal más beneficioso entre ambos. Esto garantiza a las empresas el acceso a las mejores condiciones posibles en cada país. En el caso de España, ya existe un sistema de diferimiento fiscal para este tipo de retribuciones desde 2022, aunque con un límite anual de 50.000 euros en acciones. El borrador europeo, por ahora, no establece topes cuantitativos, lo que supondría una mejora significativa. No obstante, fuentes comunitarias no descartan que estos límites puedan incorporarse durante la tramitación legislativa en el Parlamento Europeo y el Consejo. La medida no será aplicable a personas con participaciones significativas en la empresa (superiores al 25%) ni a quienes las hayan tenido en los dos años previos a la concesión de las acciones. Además, para acogerse a estas ventajas, las empresas deberán implantar un plan específico denominado "EU-ESOP", aprobado por la junta general, en el que se definan aspectos como el número máximo de derechos a emitir y las acciones vinculadas a los mismos. Finalmente, la propuesta adopta la forma de reglamento europeo, lo que implica que, una vez aprobada, será directamente aplicable en todos los Estados miembros sin necesidad de adaptación normativa nacional.

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(Expansión, 18-03-2026) | Fiscal

El TJUE avala la ley española que impide a las empresas deducir el IVA de los gastos de representación

No llegan buenas noticias para el tejido empresarial en España. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha resuelto el conocido caso Randstad confirmando que la normativa española, que impide deducir el IVA en determinados gastos de representación y ocio, es plenamente conforme con el Derecho comunitario. Con esta sentencia se cierra una de las cuestiones fiscales más relevantes de los últimos años. No se trataba solo de interpretar un precepto técnico, sino de la posibilidad de que las empresas recuperaran importes muy significativos de IVA soportado en conceptos como entradas a eventos deportivos, espacios VIP en Fórmula 1, viajes de incentivo o invitaciones a clientes. El origen del litigio se sitúa en Randstad España, que entre 2009 y 2011 se dedujo el IVA de gastos vinculados a entradas para partidos del Real Madrid C. F. y el F. C. Barcelona, accesos al Paddock Club del Gran Premio de España de Fórmula 1 y cruceros dirigidos a clientes. La Agencia Tributaria rechazó estas deducciones apoyándose en el artículo 96 de la Ley del IVA, que excluye expresamente los servicios recreativos y las atenciones a clientes. El núcleo del debate jurídico ha girado en torno a la llamada cláusula "standstill" prevista en la Directiva del IVA, que permite a los Estados miembros mantener limitaciones a la deducción ya existentes en el momento de su adhesión a la Unión Europea. La defensa de Randstad -respaldada por buena parte de la doctrina- sostenía que España no podía ampararse en esta cláusula, al no existir un sistema de IVA previo al 1 de enero de 1986. Sin embargo, el TJUE ha respaldado la interpretación de la Abogada General, Juliane Kokott, al considerar que introducir estas limitaciones desde el mismo momento de creación del impuesto no supone un perjuicio añadido para el contribuyente, sino una configuración inicial permitida por el legislador europeo para evitar que gastos de carácter privado se presenten como profesionales. La reacción en el ámbito fiscal ha sido, en general, de decepción. La sentencia se percibe como una ocasión perdida para avanzar en la armonización real del IVA en Europa y reducir la elevada litigiosidad que rodea a estos gastos desde hace décadas. Miguel Ferrández Amorós, socio de tributación indirecta en KPMG Abogados, señala que el problema reside en que bajo un mismo marco normativo se agrupan situaciones muy distintas. No es equiparable, por ejemplo, intentar deducir el IVA de un gasto claramente personal, con aquellos supuestos en los que el gasto responde a una estrategia empresarial legítima, como la entrega de bienes a clientes para fidelizarlos. El fallo, además, deja a las empresas en una posición delicada frente a interpretaciones amplias por parte de la Inspección. La falta de una delimitación clara entre lo que constituye una "atención a clientes" y un gasto necesario para la actividad seguirá generando controversia. En esta línea, Francisco Cremades y Alfonso Viejo Madrazo, socios de PwC Tax & Legal, advierten que la indefinición del concepto puede dar lugar a interpretaciones extensivas que desvirtúan la lógica del sistema del IVA. En definitiva, la resolución del TJUE cierra la vía a miles de empresas que mantenían reclamaciones abiertas o esperaban este pronunciamiento. El resultado es contundente: los gastos vinculados a invitaciones y atenciones a clientes continuarán siendo un coste íntegro, sin posibilidad de recuperación del IVA soportado.

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(El País, 18-03-2026) | Fiscal

Bruselas plantea bajar impuestos a la electricidad para abaratarla y “evitar cierres prematuros” de centrales nucleares

Reducir el coste de la energía se ha convertido en una de las principales prioridades de la Unión Europea. En el corto plazo, el objetivo es amortiguar el impacto del encarecimiento del petróleo provocado por la guerra en Oriente Próximo; a más largo plazo, la meta es mejorar la competitividad de las empresas europeas en los mercados internacionales. Con esta finalidad, la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, ha planteado a los líderes europeos una serie de medidas que podrían aplicarse con rapidez. Entre ellas figura la posibilidad de reducir los impuestos sobre la electricidad, fijar límites al precio del gas -o incluso subvencionarlo- cuando se utilice para generar electricidad, y revisar el sistema de derechos de emisión de carbono para frenar, al menos temporalmente, su encarecimiento. Además, pensando en el futuro, la dirigente alemana ha insistido en la conveniencia de evitar el cierre anticipado de infraestructuras energéticas como las centrales nucleares que aún están en funcionamiento. La guerra en Oriente Próximo ha vuelto a evidenciar la vulnerabilidad europea frente a los combustibles fósiles. Así lo reconoce la propia Von der Leyen en una carta enviada a los jefes de Estado y de Gobierno antes del Consejo Europeo previsto para esta semana. En el documento señala que varios sectores de la economía comunitaria, especialmente el transporte, continúan dependiendo en gran medida de combustibles fósiles importados. Algo similar ocurrió en 2022, cuando la invasión rusa de Ucrania provocó una fuerte crisis en el mercado del gas. En el actual conflicto, el problema se ha trasladado al petróleo, cuyo encarecimiento ha supuesto ya un coste estimado de 6.000 millones de euros para empresas y hogares europeos desde que comenzaron los bombardeos en Irán el 28 de febrero, según cálculos de la Comisión. Bruselas considera que Europa estaría mejor preparada para afrontar este tipo de crisis si hubiera avanzado más en la electrificación y la descarbonización de su economía. Por ello, la principal estrategia que propone el Ejecutivo comunitario pasa por acelerar el despliegue de energías renovables. A esta apuesta se suma también una renovada defensa de la energía nuclear, una postura que Von der Leyen ha reforzado recientemente al advertir de que el cierre prematuro de centrales nucleares -como ha ocurrido en algunos países- puede haber sido un "error estratégico". En su opinión, estas instalaciones pueden seguir aportando electricidad fiable, con costes relativamente bajos y con bajas emisiones. Tanto las renovables como la energía nuclear se encuentran, de hecho, entre las fuentes de generación eléctrica más económicas. Por este motivo, la Comisión descarta modificar el actual mecanismo de formación de precios del mercado eléctrico, al considerar que favorece la inversión en energías limpias. En cambio, apuesta por reforzar las interconexiones eléctricas entre países europeos y fomentar contratos de suministro a más largo plazo que protejan a las empresas frente a la volatilidad de los precios de los combustibles fósiles. Sin embargo, estas soluciones estructurales no resuelven el problema inmediato de los altos precios energéticos, especialmente visibles en las gasolineras tras el cierre del estrecho de Ormuz. El comisario europeo de Energía, Dan Jørgensen, explicó tras reunirse con los ministros de Energía de la UE que Bruselas trabaja en medidas urgentes para aliviar la situación de empresas y ciudadanos más vulnerables. Según indicó, el análisis se centra en cuatro componentes de la factura energética: el precio de la energía, los costes de las redes, los impuestos y gravámenes, y los costes asociados al carbono. Las propuestas concretas se darán a conocer a finales de semana, siguiendo un procedimiento similar al aplicado al inicio de la guerra en Ucrania. Mientras tanto, Von der Leyen ha adelantado en su carta algunas de las líneas de actuación que estudia la Comisión. Una de ellas consiste en flexibilizar las normas sobre ayudas de Estado en el ámbito energético o permitir que los países establezcan límites al precio del gas utilizado para generar electricidad, una fórmula similar a la conocida como "excepción ibérica" aplicada en 2022. El Ejecutivo comunitario también ve margen para actuar en el ámbito fiscal. Según señala la presidenta de la Comisión, los impuestos y tasas varían mucho según la fuente energética, y en muchos casos la electricidad soporta una carga fiscal mucho mayor que el gas, llegando a ser hasta quince veces superior. Por ello, Bruselas plantea revisar esta situación para favorecer un tratamiento fiscal más favorable para la electricidad frente a los combustibles fósiles. Esta opción tiene la ventaja de alinearse con el objetivo estratégico de electrificar la economía y reducir las emisiones de carbono. En cambio, otras medidas como los topes al gas o las subvenciones podrían tener un efecto negativo si, al contener temporalmente los precios, retrasan la reducción de la dependencia de los combustibles fósiles. Otra posible vía de actuación sería modificar temporalmente el sistema europeo de comercio de emisiones de carbono (ETS). La normativa prevé revisar este mecanismo en 2026, y existe consenso en que serán necesarios algunos ajustes. Sin embargo, no hay acuerdo sobre la dirección de esos cambios. La Comisión, al menos por ahora, no parece partidaria de una reforma profunda, ya que este sistema ha contribuido -según recuerda Von der Leyen- a reducir el consumo de 100.000 millones de metros cúbicos de gas natural. Aun así, varios países, entre ellos Italia, Polonia o Alemania, presionan para introducir cambios más flexibles. Frente a ellos se ha formado una alianza poco habitual integrada por los países nórdicos (Suecia, Finlandia y Dinamarca), los países ibéricos (España y Portugal), además de Luxemburgo, Países Bajos y Eslovenia, que defienden mantener el sistema actual aunque aceptan introducir ajustes puntuales. En una posición intermedia parece situarse la Comisión, que contempla aumentar la disponibilidad de derechos de emisión, lo que podría contribuir a reducir su precio en el mercado.

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