(Expansión, 11-06-2025) | Fiscal

La Agencia Tributaria pierde muchos procedimientos en vía penal y también en la contenciosa

Los contribuyentes cada vez pierden más el miedo a pleitear con Hacienda. Es algo que constatan los fiscalistas especializados en contencioso tributario y que confirman las cifras sobre la Agencia Tributaria (AEAT). Las sentencias judiciales desfavorables han supuesto un fuerte impacto en la última década, con un coste promedio de 1.005 millones de euros anuales entre 2014 y 2023. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), en su reciente Opinión sobre Riesgos Fiscales, subraya la importancia de este fenómeno, que condiciona la estabilidad fiscal de España. El análisis de la AIReF revela que muchos de estos fallos judiciales en contra del Estado se deben a errores recurrentes en la formulación de políticas y normativas. Cita, por un lado, el uso inadecuado del real decreto-ley (RDL) para legislar, ya que es un instrumento de carácter extraordinario que ha sido empleado para regular materias que la Constitución reserva a leyes ordinarias, derivando en sentencias de inconstitucionalidad. Un ejemplo notable son las reformas en el Impuesto sobre Sociedades que se articularon a través de los Reales Decretos-ley 2/2016 y 3/2016. También destaca la extralimitación normativa respecto a lo regulado en la ley, que ha dado origen a dos importantes sentencias, que son la del canon hidráulico o la sentencia favorable a Endesa por la retribución de la energía. Además, la falta de alineación con directivas de la Unión Europea ha generado numerosos litigios. La Comisión Europea a menudo advierte sobre posibles incumplimientos, pero estas señales no siempre son atendidas. Un ejemplo claro es el régimen sancionador del Modelo 720 para la declaración de bienes en el extranjero y el ya conocido céntimo sanitario. "La Agencia Tributaria pierde muchos pleitos en vía penal, que es a la que me dedico yo, pero también en vía contenciosa", constata el exmagistrado y of counsel de Kepler Karst, Eduardo de Urbano. "En muchos casos, lo hace porque actúa obviando normas, derechos y garantías. Es lamentable, porque además todo eso lo pagamos los contribuyentes, muchas veces en forma de intereses", añade. En el último lustro, los abogados reconocen que han visto cómo esta litigiosidad ha aumentado. De hecho, muchos despachos, grandes y pequeños, han reforzado sus áreas de procedimiento tributario ante el creciente volumen de asuntos. Las reclamaciones de los contribuyentes se acumulan en los tribunales, tanto administrativos como en la jurisdicción de lo contencioso. Tal y como apunta el Plan estratégico de la Agencia Tributaria 2020-2023, en el año 2018, último con datos, en España había 12.763 millones de euros en deudas suspendidas por recurso o reclamación, una cantidad apalancada que los contribuyentes tienen que provisionar para hacer frente a un futuro posible fallo judicial en su contra que puede tardar en llegar años. Sin embargo, desde el punto de vista de la Administración esta cifra tampoco gusta. El principal problema, y más nocivo, es el pago en intereses de demora cuando los servicios tributarios pierden en los tribunales. Así lo reconoce el propio plan estratégico de la Agencia Tributaria: "En bastantes ocasiones los intereses de demora se originan por retrasos en la tramitación de devoluciones o resoluciones y sentencias desfavorables de las que se desprende un importe a devolver al contribuyente", apunta el documento. En 2018, el total de intereses de demora abonados por la Agencia Tributaria fue de 235,6 millones de euros. Cada año llega una media de unos 200.000 recursos a los tribunales económico administrativos (TEA) -el año 2021 alcanzaron un total de 247.646-, un volumen imposible de asumir por parte de la Administración. "Los TEA tienen un papel muy importante porque sería inasumible que los Tribunales Superiores de Justicia y la Audiencia Nacional asumieran este volumen de asuntos", explica el abogado Esaú Alarcón, socio de Gibernau. "Intentan resolver brevemente pero, con tal cantidad de asuntos y su tradicional escasez de medios, lo cierto es que da lugar a resoluciones estereotipadas y con calidad técnica mejorable, porque no dan abasto para mirarse todos los asuntos", añade. En cualquier caso y ante este panorama, Miguel Cáceres, doctor en Derecho Penal y Abogado-Consultor en Fuster Fabra Abogados, percibe que, a pesar de la presión, "hay más valentía por parte de los contribuyentes a la hora de litigar". A pesar de que el promedio anual del coste en sentencias desfavorables para Hacienda son 1.005 millones, el informe de la AIReF destaca que la magnitud de estas sentencias ha sido considerable, con varias que superan los 1.000 millones de euros en reintegros e indemnizaciones. Entre las más destacadas se encuentran la del céntimo sanitario que, declarado contrario al derecho de la UE en 2014, generó un déficit de 1.671 millones de euros en ese año. También está el asuntos del IRPF sobre prestaciones de maternidad y paternidad: la exención reconocida por el Tribunal Supremo en 2018 y 2019 supuso un impacto de 1.262 millones de euros, además de una minoración de ingresos anual estimada en 470 millones de euros desde 2018. También cita la compensación de bases imponibles negativas en Sociedades (caso Telefónica): en 2022 se registró un gasto de 1.317 millones de euros.

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(Expansión, 11-06-2025) | Fiscal

Gobierno y socios siguen sin deflactar el IRPF para adaptarlo a la inflación

El Gobierno y sus aliados parlamentarios dejaron pasar ayer una nueva ocasión para adaptar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) al impacto de la inflación, al rechazar en el Congreso de los Diputados una proposición no de ley presentada por el Partido Popular, que proponía la deflactación de los tramos del impuesto. Desde el PSOE negaron que se haya producido un aumento de la presión fiscal sobre los ciudadanos en los últimos años y pusieron en valor la reciente ampliación de los mínimos exentos del IRPF. No obstante, la ministra de Hacienda se ha mostrado en varias ocasiones contraria a aplicar dicha corrección por inflación. Carlos Martín Urriza, diputado de Sumar, defendió que el Gobierno ya habría abordado este problema al reducir los impuestos a quienes ganan menos de 21.000 euros anuales. El representante económico del partido de Yolanda Díaz aprovechó su intervención para resaltar los avances logrados, especialmente desde el Ministerio de Trabajo. "Critican la llamada progresividad en frío, pero ustedes nunca ajustaron las tarifas, ni los mínimos, ni las deducciones cuando estuvieron en el poder", señaló en referencia al PP. También se opuso a la medida la diputada de ERC Pilar Vallugera, quien argumentó que "el Estado del bienestar se sostiene con una recaudación justa y progresiva". Criticó al PP por negarse a aplicar impuestos extraordinarios a la banca, las compañías eléctricas o las rentas más altas, al tiempo que, según ella, intentan presentarse como defensores de los sectores más vulnerables. Desde el Partido Popular, el vicesecretario de Economía, Juan Bravo, reprochó al Gobierno que haya incrementado la recaudación fiscal a costa de una mayor carga impositiva sobre el trabajo. Aseguró que, mientras el salario medio en España ha caído, los ingresos fiscales de la Agencia Tributaria han seguido creciendo. "España necesita superar estos siete años de retroceso fiscal", afirmó. Según los populares, el tipo efectivo medio del IRPF ha pasado del 12,8% en 2019 al 14,7% en 2023, lo que se ha traducido en un aumento del 49% en la recaudación por este impuesto, según cifras del Banco de España y el Ministerio de Hacienda. Para el PP, estos datos desmienten el argumento del Gobierno de que la inflación no ha tenido un efecto real sobre la presión fiscal. Varias comunidades autónomas gobernadas por el Partido Popular sí han optado por actualizar los tramos autonómicos del IRPF según el aumento de precios, permitiendo así que sus contribuyentes conserven en parte su poder adquisitivo. En cambio, la negativa del Ejecutivo central a aplicar este ajuste -una situación conocida como "progresividad en frío"- supone, según diversos analistas fiscales, un incremento encubierto de impuestos. Este fenómeno ocurre porque, aunque los ingresos brutos de los trabajadores y autónomos hayan crecido, el aumento de precios impide que ello se traduzca en una mejora real de su situación económica. En algunos casos, el poder de compra incluso ha disminuido. Sin embargo, al mantenerse los tramos impositivos sin cambios, muchos contribuyentes han pasado a tributar en escalones superiores, pagando más impuestos sin haber ganado realmente más en términos reales.

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(El Economista, 11-06-2025) | Fiscal

Hacienda corrige el "error" para que el SMI no pague IRPF y extiende la ventaja a sueldos de 18.276 euros

Hacienda ha rectificado un fallo que impedía a los contribuyentes con ingresos equivalentes al nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI), fijado en 16.576 euros anuales, quedar exentos del pago del IRPF. Con la corrección, no solo se asegura que estos salarios no tributen, sino que también se extiende progresivamente este beneficio a quienes perciban hasta 18.276 euros al año. Para ello, el Gobierno ha establecido una deducción fija de 340 euros, aplicable de forma directa y sin diferenciar entre la parte estatal y la autonómica del impuesto. La nueva enmienda establece que los contribuyentes con ingresos iguales o inferiores a 16.576 euros podrán beneficiarse de una deducción íntegra de 340 euros en su declaración de la renta. Para quienes ganen entre esa cantidad y hasta 18.276 euros, la deducción se aplicará de manera progresiva. Es decir, se restará de los 340 euros un 20% de la diferencia entre su salario y el SMI. Por ejemplo, si una persona cobra 17.500 euros anuales, la diferencia con el SMI es de 924 euros. Aplicando el 20% a esa diferencia (0,2 x 924), se obtiene un resultado de 184,8 euros. Por tanto, la deducción que le correspondería sería de 340 euros menos esos 184,8 euros, lo que da un total de 155,2 euros. Esta cantidad sería devuelta por Hacienda al hacer la declaración de la Renta. No obstante, para poder acceder a esta devolución, los beneficiarios deberán presentar obligatoriamente la declaración, aunque sus ingresos no superen el umbral general (22.000 euros anuales de un solo pagador) que obliga a hacerlo. A principios de abril, el Ejecutivo introdujo esta deducción a través de una enmienda al proyecto de ley sobre responsabilidad civil y seguros en la circulación de vehículos a motor. El objetivo era permitir que los trabajadores con ingresos equivalentes al SMI pudieran aplicarse esta deducción en la declaración de la Renta de 2025, que se presentará en la primavera de 2026, y así recuperar lo retenido de IRPF durante el año. Sin embargo, en su planteamiento inicial, el Gobierno cometió un error técnico: dividió la deducción en dos partes de 170 euros, una para el tramo estatal del IRPF y otra para el autonómico, pero solo modificó el artículo 68 de la Ley del IRPF, el que regula la parte estatal. Olvidó modificar el artículo 77, que regula el tramo autonómico, lo que limitaba la deducción aplicable a solo 170 euros en lugar de los 340 previstos. La Comisión de Economía del Congreso corrigió este defecto durante la tramitación de la ley de seguridad vial, utilizando su capacidad para incluir cambios legales sin pasar por el Pleno, siempre que no se trate de leyes orgánicas o de presupuestos. El proyecto ha pasado ahora al Senado, que dispone de 20 días para su aprobación por la vía de urgencia, por lo que es probable que la norma quede definitivamente aprobada antes de fin de mes.

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(Cinco Días, 10-06-2025) | Fiscal

El Banco de España revisa a la baja el PIB de 2025, hasta el 2,4%, por la guerra comercial

La intervención de José Luis Escrivá este lunes en el Congreso generó gran interés. Desde septiembre, Escrivá pasó directamente de ser ministro de Transformación Digital en el Gobierno de Pedro Sánchez a ocupar el cargo de gobernador del Banco de España. Antes ya había liderado la cartera de Inclusión y Seguridad Social, desde donde impulsó la mayor parte de la reforma de las pensiones actualmente vigente. Su comparecencia ante la Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital del Congreso, con motivo de la presentación del Informe Anual 2024 del Banco de España, se produjo en medio de la polémica por la renuncia del director general de Economía de la institución, Ángel Gavilán, que se hará efectiva este jueves, día 12. Esta salida ha desatado especulaciones sobre una posible pérdida de influencia de la Dirección General de Economía dentro del banco central. Además, las dudas sobre la autonomía del Banco de España no solo no se han disipado, sino que se han intensificado con la marcha de Gavilán. Esta se conoció justo después de hacerse público el Informe Anual, en el que se ha echado en falta el análisis de temas clave como la sostenibilidad del sistema de pensiones, el efecto del aumento del salario mínimo interprofesional sobre el empleo o los impactos de la propuesta para reducir la jornada laboral a 37,5 horas semanales sin disminuir los sueldos. En este contexto, Escrivá presentó ante los diputados las nuevas previsiones macroeconómicas de la institución, adelantándose a Gavilán, quien tenía previsto detallar el informe este martes, en la que será su última intervención en el cargo. En un entorno que calificó de muy incierto y "extraordinariamente complejo", Escrivá anunció que el Banco de España ha rebajado su previsión de crecimiento del PIB para 2025 al 2,4%, tres décimas menos que en marzo, y para 2026 al 1,8%, una décima menos. El propio Escrivá ya había adelantado el pasado 9 de abril que se verían obligados a revisar a la baja las previsiones debido a la amenaza arancelaria de Donald Trump. Con ello, el Banco de España se alinea con otras instituciones como la OCDE, que también recortó su estimación para España al 2,4%, o la AIReF, que la situó incluso en el 2,3%. Estas cifras se sitúan por debajo del 2,6% que aún mantiene el Gobierno. El recorte en las previsiones se produce tras confirmarse, a través del dato del INE, una moderación del crecimiento económico en el primer trimestre, con un incremento del 0,6%, inferior al 0,7% registrado en los dos trimestres anteriores. Esta ralentización, que parece continuar en el segundo trimestre, se atribuye principalmente a una menor aportación del sector exterior, lo que ha reducido el ritmo de crecimiento desde cifras superiores al 3% hasta situarse en torno al 2,5% en la primera mitad del año. Aunque España tiene una exposición comercial directa limitada con Estados Unidos, los efectos indirectos de una escalada arancelaria podrían ser significativos, al impactar negativamente en sus socios comerciales y amplificarse a través de los mercados financieros. El recorte en las proyecciones corresponde al escenario central, considerado el más probable, pero el Banco de España advierte de que un agravamiento del conflicto comercial, con aranceles elevados y represalias, podría deteriorar aún más la situación. En un escenario más negativo, la economía española podría crecer solo un 2% este año y desacelerarse hasta un 1,1% en 2026, siete décimas menos que la estimación central. Todo esto en un entorno en el que, por primera vez, los activos estadounidenses han dejado de ser considerados un refugio seguro en tiempos de crisis. A pesar del complicado panorama y del impacto que el conflicto comercial puede tener sobre la economía española, el Banco de España mantiene en gran medida sus previsiones para empleo, inflación, déficit y deuda, aunque reconoce una gran incertidumbre. Escrivá señaló que la evolución de la inflación es incierta: podría aumentar si hay interrupciones en las cadenas de suministro o disminuir si cae la demanda. La previsión del IPC se ajusta ligeramente a la baja, hasta el 2,4% en 2024 y el 1,7% en 2025. En cuanto al desempleo, se mantiene la proyección del 10,5% para 2025, aunque para 2024 se eleva en dos décimas, al 10,2%. Las previsiones del déficit público no varían: 2,8% este año y 2,6% el próximo. Lo mismo sucede con la deuda, que se prevé que se reduzca ligeramente hasta el 101,4% del PIB en 2025 y se mantenga en ese nivel en 2026. Finalmente, Escrivá reconoció que España continúa teniendo uno de los niveles de deuda más elevados de la eurozona, lo que limita su capacidad de respuesta ante futuras crisis, por lo que insistió en la necesidad de una estrategia de consolidación fiscal creíble a medio plazo, como ya defendía el propio informe anual.

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(Expansión, 10-06-2025) | Fiscal

La CEOE denuncia que la litigiosidad tributaria supera ya los 40.000 millones

El Instituto de Estudios Económicos (IEE) estima que la suma de la deuda tributaria pendiente de cobro y las indemnizaciones que debe afrontar el Estado representa ya el 21% de la recaudación fiscal anual, reflejo de un sistema que perjudica tanto a empresas como a contribuyentes y al propio Estado. Según el IEE, el volumen de litigios fiscales en España es excesivo, tanto por el número de reclamaciones como por los importes involucrados, especialmente si se compara con otros países europeos. Esta situación genera no solo costes económicos adicionales, sino también daños reputacionales, tanto para los ciudadanos y las empresas como para la propia Administración Pública. Así lo advirtió ayer el instituto, órgano de análisis vinculado a la CEOE, al presentar su informe El problema de la litigiosidad tributaria en España. Propuestas de solución y mejora desde la perspectiva de las empresas, elaborado por 17 especialistas, entre ellos catedráticos de Derecho Financiero y expertos fiscales. El documento revela que en 2022 la deuda tributaria en litigio ascendía a 40.421 millones de euros, incluyendo 10.847 millones correspondientes a ingresos paralizados por recursos presentados. En 2023 esta cifra subió a 42.036 millones, según datos oficiales de la Agencia Tributaria. A esto hay que sumar 12.145 millones de euros en indemnizaciones que el Estado debe pagar tras perder juicios tributarios, según la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF). En conjunto, la deuda fiscal en disputa y las compensaciones derivadas de sentencias contrarias al Estado equivalen a una quinta parte de lo que recauda Hacienda en un año. Es decir, un 21% de los ingresos obtenidos en 2022 por vía impositiva. "Es una cifra absolutamente desproporcionada", señaló el catedrático Luis Manuel Alonso González, uno de los autores del informe, quien advirtió que el nivel de litigiosidad tributaria en España ha llegado a ser insostenible. Solo en 2022 se registraron más de 230.000 reclamaciones ante los tribunales económico-administrativos, lo que supone una media de unas 630 diarias. De ellas, cerca del 40% terminan con resolución favorable al contribuyente. Aunque apenas el 2% de las actuaciones de la Agencia Tributaria son recurridas por los ciudadanos, estos recursos tienden a tener un elevado impacto económico y una tasa considerable de resoluciones contrarias a Hacienda. El estudio también analiza el recorrido de estos litigios. En 2022, el 24,8% de los recursos de reposición fueron resueltos a favor de los reclamantes, total o parcialmente. Esto implica que en uno de cada cuatro casos, la propia Administración admite que no actuó correctamente. En la siguiente instancia, los tribunales económico-administrativos estimaron por completo el 25,9% de las reclamaciones. Finalmente, en los juzgados de lo contencioso-administrativo, la tasa de éxito para el contribuyente ascendió al 31,7%. En conjunto, el informe concluye que de cada 100 recursos fiscales presentados, aproximadamente un 60% terminan siendo estimados en su totalidad en alguna de las fases del procedimiento, lo que indica una elevada proporción de errores administrativos y alimenta la alta litigiosidad del sistema tributario, haciendo que recurrir resulte rentable para muchos contribuyentes. El IEE también señala que algunas decisiones del Tribunal Constitucional han incentivado aún más la litigación. Por ejemplo, en el caso de la Plusvalía municipal, el impuesto fue declarado inconstitucional, pero solo se permitió reclamar su devolución a quienes lo habían impugnado previamente. Esto ha consolidado la práctica de pagar impuestos discutibles con la intención de recurrirlos de inmediato, por si en el futuro son anulados por los tribunales. A pesar de que el sistema prevé ciertos incentivos para evitar la vía judicial -como reducciones en los acuerdos de conformidad-, muchos prefieren litigar. "Cuando se recurre, se pierden esas bonificaciones, por lo que hay contribuyentes que prefieren asegurarlas y evitar un proceso largo y costoso", explicó Gregorio Izquierdo, director general del IEE.

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(El Economista, 10-06-2025) | Fiscal

El Supremo cuestiona la neutralidad de los informes periciales de Hacienda en un juicio

El Tribunal Supremo ha puesto en tela de juicio la imparcialidad de los informes elaborados por funcionarios de Hacienda cuando estos se presentan como pruebas periciales en procesos judiciales. El alto tribunal se dispone a establecer una doctrina clara sobre si dichos documentos deben tener más valor probatorio que los informes o pruebas presentadas por los propios contribuyentes. Esta decisión marcará un precedente no solo en litigios tributarios, sino en cualquier procedimiento judicial en el que intervenga una Administración pública. Según los tres recursos admitidos a trámite por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, a los que ha tenido acceso elEconomista.es, existe preocupación por el hecho de que estos informes sean redactados por empleados públicos bajo la dirección de la Agencia Tributaria, lo que podría comprometer su objetividad debido a la subordinación jerárquica que mantienen frente a este organismo. El Supremo no se centrará en las habituales actas de inspección que elaboran los técnicos de Hacienda para formalizar liquidaciones fiscales, sino en los informes que respaldan jurídicamente la actuación de la Administración en una disputa con el contribuyente, ya sea durante la vía administrativa o en sede judicial. En autos dictados los días 5 y 12 de marzo y el 28 de mayo, todos con ponencia del magistrado Rafael Toledano Cantero, el Tribunal señala que estos informes no deben recibir el mismo tratamiento cuando la Administración es parte interesada, ya que se cuestiona su independencia respecto a los intereses en juego. El Supremo deberá pronunciarse sobre dos aspectos clave. El primero es si los informes elaborados por funcionarios públicos de una Administración implicada en un litigio pueden ser considerados verdaderas pruebas periciales únicamente por su origen institucional. El segundo, si el hecho de que la Administración sea parte en el proceso judicial despoja a estos informes del valor adicional de objetividad que se les atribuye por ser obra de empleados públicos. El Alto Tribunal recuerda que en su sentencia del 8 de octubre de 2024 ya advirtió sobre los riesgos de considerar válidas pruebas "autogeneradas" por la propia Administración, pero considera necesario precisar o incluso corregir su jurisprudencia anterior mediante un nuevo fallo. Uno de los casos que se revisará está relacionado con un recurso que impugna los informes del Equipo de Apoyo Informático de Hacienda, usados para denegar deducciones fiscales por actividades de I+D+i a empresas, a pesar de que esas actividades habían sido previamente reconocidas por el Ministerio de Ciencia e Innovación. En ese contexto, el Tribunal Supremo analizará si los informes elaborados por este equipo deben considerarse simplemente como documentos de parte, con el mismo valor que cualquier otra prueba presentada por una de las partes en litigio, o si, por proceder de funcionarios públicos, se les puede atribuir una mayor fuerza probatoria basada en una supuesta objetividad institucional.

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(Expansión, 06-06-2025) | Fiscal

CCAA y municipios claman al Gobierno por 25.000 millones de financiación

Hoy se celebra en Barcelona la Conferencia de Presidentes, en la que Pedro Sánchez se reúne con los líderes de las comunidades autónomas y los representantes de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). El Gobierno central espera centrar el encuentro en su nuevo plan para triplicar la inversión en vivienda pública, aunque las exigencias de las regiones y los ayuntamientos han ampliado considerablemente la agenda, destacando especialmente el tema de la financiación. Las comunidades autónomas y las entidades locales reclaman con urgencia al Ejecutivo la transferencia de 25.000 millones de euros correspondientes a la actualización de los recursos para los ejercicios 2024 y 2025, aún pendiente por la ausencia de nuevos Presupuestos Generales del Estado. Entre los ocho puntos del orden del día, el primero -y uno de los más relevantes- es la "actualización inmediata de las entregas a cuenta", un asunto impulsado por las autonomías gobernadas por el PP, que actualmente son mayoría. Además, se debatirá sobre la financiación autonómica y la posible condonación de parte de la deuda regional. La presidenta de la FEMP, María José García-Pelayo, enfatizó la necesidad de que se incluya también la financiación local, advirtiendo que ayuntamientos, diputaciones y otros entes locales enfrentan una situación de "emergencia". La principal petición que tanto comunidades como ayuntamientos trasladarán hoy a Sánchez es la resolución del pago pendiente de 11.000 millones de euros correspondientes a las entregas a cuenta de 2024, cuya ejecución quedó en suspenso debido a la prórroga presupuestaria de las cuentas de 2023. Aunque el Gobierno se comprometió a abonar esta cantidad, el intento de hacerlo a través del Real Decreto-ley ómnibus fracasó en el Parlamento, al ser rechazado por PP, Vox y Junts. Desde entonces, aunque algunas de las medidas contenidas en ese decreto han sido recuperadas, la actualización de las entregas a cuenta no ha sido reactivada. Según datos del Ministerio de Hacienda, las comunidades han dejado de percibir 9.665,2 millones de euros, de los cuales 1.910 millones corresponden a Cataluña, 1.828 a Andalucía, 1.286 a Madrid y 814 a la Comunidad Valenciana. Solo las regiones gobernadas por el PP acumulan una falta de ingresos de unos 7.000 millones. Los ayuntamientos, por su parte, reclaman otros 1.165 millones. Aunque PSOE y ERC llegaron recientemente a un acuerdo para desbloquear esta situación en el ámbito municipal, aún no se ha fijado un calendario concreto. Se espera que la Conferencia de Presidentes sirva para aumentar la presión política y acelerar el desbloqueo del pago correspondiente a 2024. Sin embargo, al añadir la actualización de 2025, la deuda total con comunidades y entidades locales se aproxima ya a los 25.000 millones. A pesar de que el Gobierno aseguró que la prórroga presupuestaria para este año sería temporal y que presentaría unas nuevas cuentas para 2025, los plazos se agotan, ya que debe preparar ya el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2026, que deberá estar listo antes de que finalice septiembre. Así, queda también pendiente decidir cómo se abordará la actualización de las entregas a cuenta de 2025, que podría resolverse mediante otro Real Decreto-ley. Aunque Hacienda aún no ha revelado el importe estimado, se espera que supere ampliamente los 11.000 millones de 2024, debido al crecimiento económico. El Gobierno deberá decidir si afronta ambos pagos de forma conjunta, si los separa, o si continúa aplazando la actualización de los fondos pendientes.

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(Expansión, 06-06-2025) | Fiscal

La financiación singular prometida a Cataluña "es inconstitucional porque rompe la multilateralidad, que es la base del régimen común"

Un informe jurídico encargado por la Asociación Madrileña de la Empresa Familiar (AMEF) advierte que la financiación diferenciada prometida a Cataluña sería contraria a la Constitución, ya que vulneraría el principio de multilateralidad que sustenta el régimen común de financiación autonómica. La esperada reforma del sistema territorial de financiación, pendiente desde hace más de diez años, se ha convertido en el tema más espinoso del debate actual, especialmente tras el acuerdo entre el PSOE y los partidos independentistas que contempla otorgar a Cataluña una soberanía fiscal similar a la de las comunidades forales, como el País Vasco y Navarra. Esta posibilidad ha generado un fuerte rechazo entre los presidentes autonómicos -incluso más allá de los gobernantes del PP- por considerar que desmantelaría el principio de solidaridad entre territorios y atentaría contra la igualdad entre ciudadanos. El texto elaborado por César García Novoa, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Santiago de Compostela, sostiene que la propuesta de una especie de "cupo catalán" no tiene encaje constitucional. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha sido clara al cerrar la puerta a que comunidades del régimen común puedan disfrutar de un régimen similar al foral. Aunque reconoce que el actual modelo de financiación necesita una reforma urgente por sus múltiples deficiencias, insiste en que cualquier modificación debe realizarse bajo el principio de multilateralidad, es decir, con la participación de todas las comunidades autónomas. El informe, al que ha tenido acceso el diario Expansión, subraya que el principio de cooperación constitucional exige que las decisiones que afecten a la financiación territorial se adopten de manera conjunta entre el Estado y las comunidades autónomas, no mediante acuerdos bilaterales como los mantenidos con Cataluña. De aplicarse un modelo singular, y según los cálculos expuestos en el documento, la Generalitat podría recibir hasta 52.000 millones de euros anuales, el doble de lo que obtiene actualmente. Esto implicaría un descenso de los ingresos estatales superiores a los 25.000 millones, lo cual, a juicio del informe, afectaría seriamente a la financiación del resto de regiones y a los recursos públicos disponibles, o bien obligaría a subir los impuestos al resto de ciudadanos. El análisis recalca que la bilateralidad en materia financiera solo es válida para los territorios forales y no puede extenderse a comunidades como Cataluña, que forma parte del régimen común. También advierte del riesgo de que la aportación de Cataluña a la solidaridad interterritorial quede subordinada a lo que decida unilateralmente la propia Generalitat. Además, el informe examina los límites a la autonomía financiera de las comunidades, garantizada por la Constitución en su artículo 156, en donde se establece que dicha autonomía debe ejercerse en coordinación con la Hacienda estatal y en base al principio de solidaridad entre todos los españoles. García Novoa critica que se haya llamado "armonización" a medidas que en realidad suponen un retroceso en la autonomía fiscal, como ocurrió con el impuesto sobre el Patrimonio, y advierte que podría repetirse con otros tributos cedidos. Aunque la reforma del sistema afecta a todas las comunidades del régimen común, Madrid es especialmente sensible al debate por ser la región que más contribuye al fondo de solidaridad interterritorial. De las tres comunidades que aportan más de lo que reciben -Madrid, Cataluña y Baleares-, la capital representa la mayor parte, con unos 6.000 millones de euros anuales, el triple que Cataluña. Aun así, ha visto disminuir su financiación efectiva por habitante ajustado. El documento sostiene que esta posición de liderazgo otorga a Madrid una legitimidad especial para oponerse a una financiación diferenciada para Cataluña y solicita al Gobierno de Isabel Díaz Ayuso que mantenga una postura firme en defensa del interés general y los principios constitucionales. Así lo expresó Antonio Barderas, director de la AMEF, quien pidió una reforma con visión de Estado y ajustada a la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA). Finalmente, el informe desmonta las críticas por supuesto "dumping fiscal" al recordar que todas las comunidades tienen capacidad para bonificar impuestos cedidos, y niega que el "efecto capitalidad" justifique la mayor recaudación madrileña. Asegura que la proporción de empleo público en el PIB regional es incluso menor que en otras autonomías, y advierte que el verdadero problema de Madrid es la incapacidad del sistema vigente para generar suficientes recursos frente al crecimiento de su población.

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(El País, 06-06-2025) | Fiscal

La escalada de precios de la vivienda dispara a máximos los ingresos de las comunidades

El mercado inmobiliario vive uno de sus momentos más dinámicos, y las comunidades autónomas están aprovechando esta coyuntura para aumentar significativamente su recaudación. El notable incremento en la compraventa de viviendas de segunda mano, unido al constante encarecimiento de los precios, ha llevado los ingresos fiscales relacionados con el sector inmobiliario a niveles récord. Según los últimos datos del Ministerio de Hacienda, en 2024 las autonomías ingresaron un total de 12.360 millones de euros a través del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y el de Actos Jurídicos Documentados (AJD), ambos aplicados a las operaciones de compraventa de inmuebles usados. Este volumen de ingresos representa un crecimiento del 14,8% con respecto al año anterior y un 1,5% más que en 2022, cuando se alcanzó un número récord de compraventas, aunque con precios más moderados. Ahora, el valor más alto de las viviendas está elevando las bases imponibles, lo que, según explica la economista María Cadaval, también incrementa directamente la recaudación. En la historia reciente del sector inmobiliario en España, se pueden distinguir dos etapas claras: una inicial, previa al estallido de la burbuja, con más de 700.000 ventas anuales dominadas por la obra nueva; y otra posterior a la crisis, con una fuerte caída de operaciones y precios. Desde entonces, con la excepción de la pandemia, el mercado ha ido recuperando fuerza hasta alcanzar su punto álgido en 2022, con más de medio millón de viviendas usadas vendidas. En 2024, aunque se registraron menos operaciones (unas 507.000 viviendas de segunda mano), los precios más altos compensaron esa caída, disparando la recaudación. El ITP y el AJD son tributos indirectos cuya gestión recae sobre las comunidades autónomas, que tienen margen para fijar sus tipos impositivos. El ITP grava la transmisión de bienes como viviendas usadas, préstamos hipotecarios o cesión de derechos, con tipos que varían entre el 6% y el 13% del valor de la operación, según la comunidad. El AJD, por su parte, se aplica a documentos notariales como escrituras y pólizas, con tipos entre el 0,5% y el 1,5%. Con precios en aumento y un volumen estable de transacciones, los ingresos por estos conceptos siguen al alza. Además, el valor catastral también influye, ya que puede utilizarse como base para calcular los impuestos si no es inferior al declarado. Todas las comunidades autónomas aumentaron su recaudación por estos conceptos. Los incrementos más destacados se produjeron en Aragón (25,7%), Madrid (23%) y Castilla y León (19%), regiones donde además aumentaron notablemente las ventas de segunda mano. En cambio, Galicia (4,3%), Baleares (5%) y Canarias (8,6%) mostraron crecimientos más moderados. En las islas, de hecho, se vendieron menos viviendas usadas, pero los precios más elevados compensaron esa bajada y elevaron la recaudación. Los datos del primer trimestre de 2025 indican que esta tendencia continuará: las comunidades ingresaron 3.307 millones de euros por ITP y AJD, un 31% más que en el mismo periodo del año anterior. Todo apunta a que 2025 será otro año destacado, con la vivienda de segunda mano manteniendo el protagonismo, debido a la lenta evolución del mercado de obra nueva. Según el Banco de España, se necesitarían unas 600.000 viviendas para cubrir la demanda actual, pero en 2024 apenas se concedieron 128.000 licencias de obra nueva. Con este escenario, la presión sobre la vivienda usada seguirá empujando tanto el número de operaciones como los precios. Así lo refleja también el informe de Presupuestos autonómicos de 2025 del Ministerio de Hacienda, que estima que las comunidades ingresarán un 14,3% más por ITP y AJD, hasta alcanzar los 12.588 millones de euros. Aunque cabe destacar que estas previsiones pueden quedarse cortas, ya que algunas regiones han prorrogado presupuestos anteriores y sus cifras no reflejan por completo la evolución actual del mercado. Un ejemplo claro es 2024, cuando las comunidades calcularon unos ingresos de 11.000 millones, y el resultado final fue muy superior.

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(Expansión, 05-06-2025) | Fiscal

La declaración del Impuesto sobre Sociedades de 2024 comienza el 1 de julio

El próximo 1 de julio comenzará una nueva campaña del Impuesto sobre Sociedades, en la que todas las empresas deberán presentar el modelo 200 correspondiente al ejercicio 2024. Aunque en esta declaración todavía no será posible aplicar los nuevos tipos reducidos para pymes y microempresas que entraron en vigor el 1 de enero, el Registro de Economistas Asesores Fiscales del Consejo General de Economistas ha señalado hasta siete cambios relevantes para tener en cuenta. Uno de los principales cambios afecta a las donaciones realizadas por las empresas, ya que este año el porcentaje de deducción en la cuota íntegra aumenta hasta el 40% de la base de deducción. Además, si en los dos ejercicios anteriores se realizaron donaciones por importes iguales o superiores al de este año a la misma entidad, ese porcentaje podría llegar al 50%. En cualquier caso, el límite de la deducción seguirá siendo del 15% de la base imponible. Otra novedad es la posibilidad de aplicar la amortización libre, en lugar de acelerada, para inversiones en determinados vehículos eléctricos e híbridos enchufables, así como para la instalación de puntos de recarga. Esta medida, recogida en el Real Decreto-ley 4/2024, se aplica a las inversiones que comiencen a funcionar en los ejercicios iniciados en 2024 y 2025. También se han introducido modificaciones en la reserva de capitalización. A partir de esta campaña, el incremento de los fondos propios que puede reducir la base imponible será del 15% y el periodo obligatorio para mantener dicha cantidad se reduce de cinco a tres años. En la próxima campaña, correspondiente al ejercicio 2025, esta reducción podrá alcanzar el 20% y, en el caso de empresas que aumenten su plantilla en al menos un 10%, hasta el 30%. En relación con los gastos no deducibles, no se podrá incluir como gasto deducible el importe correspondiente al Impuesto Complementario que establece un mínimo de tributación global para grupos multinacionales y grandes empresas, ni tampoco el impuesto sobre márgenes de intereses y comisiones aplicable a ciertas entidades financieras. En cuanto a la compensación de bases imponibles negativas, tras la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló los límites anteriores, se vuelven a establecer topes diferenciados según el volumen de facturación. Las empresas que facturen entre 20 y 60 millones de euros podrán compensar pérdidas hasta un 50% de la base imponible, las que superen los 60 millones sólo hasta el 25%, mientras que las que facturen menos de 20 millones podrán hacerlo hasta el 70%. Respecto a las deducciones para evitar la doble imposición, se vuelve a fijar un límite del 50% de la cuota íntegra para las deducciones por doble imposición internacional o interna, generadas o pendientes de aplicar. Este límite solo afecta a las sociedades con una facturación superior a los 20 millones de euros en los doce meses previos al inicio del ejercicio fiscal. Finalmente, y como consecuencia de otra sentencia del Tribunal Constitucional, desde este ejercicio las empresas deberán revertir de forma lineal los deterioros de valor de participaciones que fueron deducibles antes de 2013. A partir de ahora, estas reversiones deberán integrarse en la base imponible de manera igual en cada periodo impositivo iniciado desde el 1 de enero de 2024, en lugar de hacerlo en cinco partes como hasta ahora.

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