(Expansión, 25-06-2025) | Fiscal

La Comisión Europea alerta sobre el futuro fiscal de España

El incremento previsto del gasto en pensiones representa una amenaza para el equilibrio de las cuentas públicas, ya que se espera que absorba una parte cada vez más significativa de los ingresos del Estado. Así lo advierte la Comisión Europea en su Informe Anual sobre Impuestos, donde se destaca especialmente el caso de España. El informe señala que el desembolso destinado a las pensiones públicas ejercerá una fuerte presión sobre las finanzas de varios países europeos, siendo España el que, según las estimaciones, registrará el mayor incremento de este gasto en proporción a sus ingresos fiscales hasta 2050. En ese horizonte temporal, se prevé que España destine de media un 41% de su recaudación tributaria al pago de pensiones. Esta situación se agrava por el elevado nivel de endeudamiento público del país, lo que lo sitúa entre los Estados miembros con mayores desequilibrios financieros. La Comisión considera este contexto especialmente delicado. Otro elemento que complica el panorama es que España mantiene una carga fiscal por debajo de la media europea. Si no hay cambios, en 2026 se estima que la presión fiscal en España será 2,5 puntos porcentuales inferior a la media del resto de los países de la Unión. Bruselas cree que esto se podría corregir, aunque su preocupación principal no es tanto el nivel de impuestos, sino cómo están estructurados. Actualmente, más de la mitad de los ingresos tributarios de España provienen de gravámenes sobre el trabajo, mientras que los impuestos sobre el consumo aportan menos del 25%. Esta distribución es problemática, ya que el mismo fenómeno que impulsa el aumento del gasto en pensiones -el envejecimiento de la población- también podría reducir la base de cotizantes y, por tanto, limitar la recaudación. A menos que la inmigración lo compense, se espera que el porcentaje de población activa disminuya, afectando aún más los ingresos fiscales. Este fenómeno no es exclusivo de España. En la zona euro, trece países obtienen más de la mitad de su recaudación a través de impuestos sobre el trabajo. En este grupo destacan Suecia y Alemania, con cifras del 57% y el 56,6%, respectivamente. Con la actual configuración fiscal, si la inmigración se reduce un tercio respecto al escenario previsto, economías como la española o la alemana necesitarían crecer un punto porcentual adicional cada año entre mediados de la década de 2030 y 2070 para mantener estable su nivel de deuda pública. Ante este panorama, la Comisión Europea recomienda a España que lleve a cabo una reforma fiscal que incremente el peso de los impuestos sobre el consumo. Entre otras medidas, propone una revisión del sistema tributario para trasladar parte de la carga impositiva del trabajo hacia gravámenes medioambientales, al consumo y a los bienes inmuebles. El objetivo es mejorar la sostenibilidad de las cuentas públicas, fomentar el crecimiento económico y favorecer la transición ecológica y digital. Actualmente, España se encuentra entre los países que menos recaudan por impuestos al consumo en proporción a su PIB, con una media del 9% en la última década, solo por delante de Malta e Irlanda. Uno de los factores que explican esta situación es la existencia de numerosos tipos reducidos en el IVA. Según Bruselas, si se eliminaran estas reducciones, la diferencia entre lo que debería y lo que efectivamente se recauda por este impuesto disminuiría en un 27%. La Comisión Europea insta a España a actuar con rapidez para poner en marcha esta reforma, con el fin de reforzar su posición fiscal antes de que se produzca el máximo gasto previsto en pensiones. Si los países que se enfrentan a este reto optan por aplazar las reformas necesarias, advierte el informe, tendrán que asumir más adelante ajustes más difíciles. Según la Comisión, si no se toman medidas, el aumento del gasto en pensiones limitará los recursos disponibles para otras necesidades, tanto relacionadas con el envejecimiento -como sanidad, cuidados de larga duración y educación- como en ámbitos distintos, como investigación, defensa o vivienda.

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(Expansión, 25-06-2025) | Fiscal

Bruselas estudia una histórica subida de impuestos al tabaco

Se avecina una importante transformación en la fiscalidad del tabaco en la Unión Europea. La Comisión Europea está considerando llevar a cabo la mayor reforma de los impuestos especiales sobre estos productos en décadas, mediante la revisión de la Directiva sobre los Impuestos Especiales del Tabaco (TED), que fija las bases y los tipos mínimos impositivos aplicables. Un borrador preliminar, al que ha tenido acceso la agencia italiana Ansa, revela que Bruselas se plantea incrementos sustanciales en la fiscalidad: un 139% para los cigarrillos, un 258% para el tabaco de liar y hasta un 1.090% en el caso de los puros. La reforma también contemplaría la incorporación de impuestos específicos para productos alternativos como los cigarrillos electrónicos, el tabaco calentado o las bolsas de nicotina, con el objetivo de adaptarse a la evolución del mercado. Aunque la propuesta todavía no ha sido incluida en la agenda oficial del Colegio de Comisarios -el órgano que inicia los procesos legislativos en la UE-, fuentes comunitarias han señalado al diario Expansión que podría haber novedades al respecto en las próximas semanas. Uno de los momentos clave podría ser la presentación del nuevo Marco Financiero Plurianual, prevista para el 16 de julio, donde el tabaco podría figurar como una posible fuente de ingresos para el presupuesto europeo. Cualquier modificación de esta directiva, así como la introducción de nuevos recursos propios para el presupuesto de la UE, requerirá el respaldo unánime de los 27 Estados miembros, lo que anticipa negociaciones complejas y prolongadas. No obstante, la iniciativa ya cuenta con cierto respaldo. En meses recientes, 15 países de la Unión solicitaron por carta a la Comisión una revisión de la normativa vigente, al considerar que ha quedado desfasada y ya no responde a las necesidades actuales. La posibilidad de un aumento drástico de la fiscalidad ha generado inquietud en el sector tabacalero. Las empresas del sector temen que estas medidas se traduzcan en una caída de ventas, ya que los consumidores asumirían un coste mucho más elevado. En el caso de España, los cálculos preliminares indican que los cigarrillos podrían encarecerse una media de 1,4 euros por paquete, superando los 7 euros en muchas marcas. Para el tabaco de liar, el aumento sería de unos cuatro euros de media. La industria advierte, además, que un incremento de esta magnitud podría estimular el crecimiento del mercado ilegal. Según estimaciones de KPMG, en 2024 el consumo de tabaco ilícito en España alcanzó los 1.400 millones de unidades.

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(El País, 25-06-2025) | Fiscal

La Autoridad Fiscal insiste en que el aumento del gasto militar obliga a hacer recortes o subir impuestos

La OTAN está ejerciendo presión sobre España para que incremente su gasto en defensa, mientras que la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) advierte que dicho aumento tendrá consecuencias claras y directas en las cuentas públicas. Aunque el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, defiende que alcanzar el 2,1% del PIB es suficiente para cumplir con los compromisos internacionales, el nuevo secretario general de la OTAN, Mark Rutte, considera que España debería llegar al 3,5%. Incluso algunos aliados, como Estados Unidos, plantean una meta más ambiciosa del 5%. Las diferencias entre estas cifras son notables, pero, en cualquier caso, España solo tiene tres formas de cumplir: incrementar los ingresos, reducir otros gastos o recurrir al endeudamiento. La AIReF señala que el incremento del gasto militar hasta el 2% del PIB puede ajustarse dentro del marco de los actuales Presupuestos Generales del Estado de 2023, que están prorrogados. No obstante, advierte que será necesario aumentar los ingresos o recortar en otras áreas para evitar un deterioro fiscal. Así lo manifestó este martes la presidenta de la AIReF, Cristina Herrero, durante su intervención en el seminario económico organizado por la Asociación de Periodistas de Información Económica (APIE) y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) en Santander. Explicó que los 10.000 millones de euros adicionales en defensa que permitirían alcanzar el 2% del PIB están contemplados en los presupuestos actuales, pero aclaró que, como ya ha advertido anteriormente, este aumento generará un efecto fiscal real. Herrero recordó que el Ejecutivo aseguró en un principio que esta subida se financiaría mediante la redistribución de partidas ya existentes, lo cual no implicaría impacto alguno. Sin embargo, señaló que aunque esa impresión se mantenga en términos presupuestarios, desde el punto de vista del déficit y la deuda, la realidad es diferente. Esto se debe a que el verdadero impacto se mide con base en la ejecución presupuestaria y no en el presupuesto inicial. Al financiar el gasto con créditos que no se habían ejecutado antes, se produce un aumento real del gasto, y por tanto, del déficit y la deuda pública. Este impacto, no obstante, no será inmediato, sino que se percibirá a medio plazo. Herrero subrayó que, independientemente de si España se queda en el 2,1% del PIB, como plantea el Gobierno, o aspira al 3,5% o incluso al 5% reclamado por otros socios, los efectos fiscales se irán reflejando conforme se vayan entregando los materiales adquiridos (fragatas, aviones, sistemas antiaéreos...), lo que puede tardar entre cuatro y cinco años. Por tanto, el aumento de déficit y deuda es seguro, pero su momento exacto aún es incierto. Ya se empiezan a notar los efectos de esta inversión en las proyecciones fiscales. La AIReF calcula que el gasto público primario neto crecerá un 4,1% en 2025, superando el límite del 3,7% comprometido con Bruselas. Esta desviación obedece principalmente al incremento del gasto militar, que el Gobierno considera una medida excepcional y que, por tanto, no debería contabilizarse en el cumplimiento de la regla de gasto. Sin embargo, España no ha solicitado formalmente activar la cláusula de escape que permite excluir ciertos gastos extraordinarios bajo el nuevo marco fiscal europeo. Además, una parte de estos gastos se está gestionando a través de una "cuenta de control", un mecanismo que permite registrar compromisos sin que estos se reflejen inmediatamente en el déficit. La AIReF advierte que esta fórmula no evita el impacto final sobre las finanzas públicas, ya que los pagos acaban realizándose y afectan igualmente al déficit. En abril, Sánchez presentó el plan de aumento de 10.000 millones para alcanzar el objetivo del 2% del PIB en defensa, asegurando que no se tocarían los recursos destinados a servicios públicos ni al Estado del bienestar. Más recientemente, el presidente logró pactar con la OTAN para evitar que España deba subir su gasto militar hasta el 5% del PIB, argumentando que ese nivel de inversión comprometería la protección social y obligaría a subir impuestos o recortar prestaciones. El gobernador del Banco de España, José Luis Escrivá, ha criticado el planteamiento actual del debate sobre el gasto militar, al considerar que está mal enfocado. Para Escrivá, más que marcar un objetivo en porcentaje del PIB, habría que plantearse cuál es el ritmo sostenible de crecimiento del gasto, de modo que este sea eficaz y tenga un verdadero efecto positivo. Puso como ejemplo a países como Alemania o Reino Unido, que están optando por aumentos anuales progresivos de entre dos y tres décimas del PIB. Según él, ir más allá de ese ritmo no es realista, ya que el Estado no tendría capacidad para gestionar con eficacia esos recursos. Escrivá también subrayó que es fundamental analizar en qué se está invirtiendo ese dinero. A su juicio, no es igual destinar fondos a innovación y tecnología en defensa que cubrir gastos operativos sin efecto en la industria nacional o europea. Recalcó que el impacto económico depende mucho del tipo de inversión y pidió una mayor coordinación a nivel europeo para maximizar la eficiencia del gasto. "Hay que elevar el enfoque y entender que no se trata solo de cuánto se gasta, sino de cómo y cuándo se hace", concluyó.

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(El Economista, 25-06-2025) | Fiscal

Hacienda dejará de embargar el ahorro de los deudores que proceda de su salario

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), dependiente del Ministerio de Hacienda, ha modificado su postura y ha dictaminado que la Agencia Tributaria no podrá apropiarse del dinero que los contribuyentes con salarios o pensiones embargadas consigan ahorrar o no utilicen al final del mes. Esta decisión busca proteger a los deudores con menos recursos, permitiéndoles conservar una parte de su renta no embargada para cubrir imprevistos o pagos puntuales, como seguros o determinados tributos. Actualmente, la normativa impide que Hacienda embargue salarios o pensiones que no superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en 2025 se sitúa en 1.184 euros mensuales. Si los ingresos superan esta cifra, el embargo se aplica de forma progresiva sobre el exceso. Por ejemplo, si alguien percibe 1.800 euros, solo se podrá embargar el 30% de los 616 euros que exceden el SMI, es decir, 184 euros. Este porcentaje aumenta al 50%, 60%, 75% y hasta el 90% a medida que los ingresos superan hasta seis veces el SMI. Hasta ahora, existía una laguna legal: si tras el embargo el contribuyente no gastaba la totalidad del dinero restante y lo dejaba en su cuenta bancaria, ese sobrante podía ser embargado posteriormente, ya que las leyes vigentes (como la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley General Tributaria) permiten el embargo de saldos en cuentas corrientes. Sin embargo, en su resolución del 18 de junio, el TEAC aclara que esta interpretación es errónea: el dinero no gastado de la parte inembargable no puede ser considerado como ahorro susceptible de embargo. El TEAC justifica este cambio señalando que los ciudadanos tienen gastos esenciales que no son necesariamente mensuales -como luz, agua, seguros, tributos locales o gastos médicos inesperados-, por lo que es legítimo que puedan reservar parte de su renta para hacer frente a esas obligaciones. Si se les impidiera conservar lo no gastado de su sueldo o pensión protegida, se estaría vulnerando su derecho a cubrir necesidades básicas. En definitiva, el tribunal sostiene que los límites legales de inembargabilidad también deben aplicarse al saldo no utilizado del mes, pues considerarlo como "ahorro embargable" desvirtuaría la protección legal prevista para los ingresos mínimos. En el caso concreto que ha motivado esta resolución, Hacienda había embargado 25.000 euros a un contribuyente cuya pensión había sido ingresada en una cuenta bloqueada judicialmente por un proceso penal. El TEAC ha anulado el embargo al entender que esos fondos, aunque no se gastaron, no dejaron de ser ingresos inembargables destinados a cubrir necesidades vitales. Con este fallo, se refuerce la protección a personas con menor capacidad económica, evitando que el Estado embargue pequeñas cantidades que, lejos de representar una capacidad de ahorro, están destinadas a gastos básicos e inaplazables.

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(Expansión, 20-06-2025) | Fiscal

Canarias, Baleares y Comunidad Valenciana liderarán el alza del PIB

La economía española seguirá creciendo este año, aunque a un ritmo más moderado que en ejercicios anteriores. Este menor dinamismo se debe, en gran medida, a la debilidad económica del conjunto de la eurozona y a la incertidumbre generada por las tensiones comerciales internacionales, especialmente por la amenaza de una guerra arancelaria por parte de Estados Unidos. A pesar de ello, el crecimiento será desigual entre las distintas regiones del país. El turismo internacional se perfila como uno de los motores principales del PIB, favoreciendo particularmente a comunidades como Canarias, Baleares y la Comunidad Valenciana, donde se prevé un crecimiento superior al 3%. En cambio, regiones con menor dependencia del turismo, como Asturias, Cantabria o Aragón, mostrarán un avance más limitado. Según las previsiones de BBVA Research, el Producto Interior Bruto nacional aumentará un 2,5% en 2025, lo que representa una desaceleración de siete décimas respecto al año anterior. Este avance estará encabezado por Canarias (3,4%), seguida por Baleares (3,2%) y la Comunidad Valenciana (3,1%). También experimentarán un crecimiento por encima del promedio nacional Murcia (2,8%), Andalucía (2,7%), así como Madrid y Cataluña (ambas con un 2,6%). Este mejor comportamiento se atribuye al empuje del turismo y a la fortaleza de las exportaciones de servicios, en contraposición con la vulnerabilidad de aquellas comunidades más expuestas al comercio de mercancías, afectadas por la creciente incertidumbre internacional. El informe destaca que las exportaciones de servicios, incluyendo el turismo, continúan mostrando un desempeño positivo, lo cual beneficia especialmente a las regiones insulares y a la Comunidad Valenciana, que además se ha visto reforzada por inversiones orientadas a la recuperación tras los daños causados por la DANA. De igual forma, Murcia y Andalucía están siendo favorecidas por el buen comportamiento del turismo, al igual que Cataluña, aunque en su caso también pesa la relevancia de su sector industrial exportador, más impactado por el entorno global. Madrid, por su parte, se ve beneficiada por el fuerte crecimiento de las exportaciones de servicios profesionales. Los datos de los primeros cuatro meses del año reflejan un crecimiento notable del turismo internacional, con un aumento del 7,1% en el número de visitantes y del 9,3% en el gasto realizado, en comparación con el mismo periodo del año anterior. Esta demanda ha superado claramente a la oferta, lo que ha permitido al sector turístico incrementar los precios y mejorar los márgenes de beneficios. Además, el peso de los servicios vinculados a la restauración y el alojamiento ha aumentado en las pautas de consumo tanto en España como en países emisores de turistas como Francia y Alemania. Esto está incentivando la inversión en infraestructuras turísticas, sobre todo en regiones como la Comunidad Valenciana, Madrid y Andalucía, donde se espera que este dinamismo sostenga la demanda. Por el contrario, algunas comunidades avanzarán a un ritmo más lento, con incrementos del PIB por debajo del 2%. Es el caso de Asturias y Cantabria, ambas con un crecimiento estimado del 1,8%, y de Aragón, con un 1,9%. También estarán por debajo del promedio Castilla y León (2%), Extremadura (2,1%), Navarra (2,2%), así como País Vasco y Galicia (2,3%). La Rioja y Castilla-La Mancha crecerán en línea con la media nacional (2,5%). La menor expansión en estas regiones, donde el consumo y las exportaciones de bienes tienen un peso importante en la economía, se explica por una menor demanda interna y el impacto negativo de la incertidumbre comercial global. El deterioro en las exportaciones de mercancías y su elevada exposición a los cambios en la política comercial mundial están detrás de esta pérdida de impulso. BBVA Research también advierte que la economía española se encuentra en un proceso de desaceleración que continuará el próximo año. Sus estimaciones indican que el PIB avanzará un 2,5% en 2025, pero el ritmo se reducirá aún más en 2026, con un crecimiento previsto del 1,7%. Esta ralentización responde a factores estructurales como la escasez de vivienda, la débil respuesta de la inversión ante la mejora de las condiciones económicas y el menor dinamismo del consumo. Este enfriamiento económico tampoco será uniforme entre las comunidades. Mientras que en 2025 las regiones turísticas liderarán el crecimiento, en 2026 algunas de ellas verán recortadas significativamente sus tasas de avance. Por ejemplo, Canarias y Baleares pasarán a crecer solo un 1,7% y un 1,6%, respectivamente. En cambio, la Comunidad Valenciana mantendría el liderazgo, con un crecimiento del 2,4%, gracias a las políticas de estímulo tras la DANA. Madrid también destacaría, impulsada por sus exportaciones de servicios profesionales, con un crecimiento del 1,9%. En sentido opuesto, las comunidades más industrializadas continuarán rezagadas. Es el caso de La Rioja y el País Vasco, que crecerían un 1,4%, seguidas por Cataluña, Galicia, Castilla y León, Asturias y Extremadura, todas con un 1,5%. No obstante, hay un aspecto positivo: pese al envejecimiento de la población en varias de estas regiones, los flujos migratorios ayudarán a sostener el crecimiento del empleo y de la población activa, lo que podría dar algo de soporte a la economía en los próximos años.

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(Expansión, 20-06-2025) | Fiscal

El FMI pide "ajustes significativos" a los países más endeudados de la eurozona

El Fondo Monetario Internacional (FMI) ha solicitado este jueves a los países de la eurozona con una elevada deuda pública y un margen fiscal reducido -como es el caso de España- que lleven a cabo importantes ajustes en sus cuentas públicas. Esta petición llega en un contexto en el que estos países deben afrontar un aumento del gasto derivado de los compromisos en materia de seguridad, defensa y del envejecimiento demográfico. En su informe sobre la economía de la eurozona, presentado ante los ministros de Finanzas del bloque monetario reunidos en Luxemburgo, el FMI indica que "en aquellos países con niveles altos de deuda y poco margen fiscal, es imprescindible aplicar medidas de consolidación presupuestaria significativas para reducir los riesgos". En cambio, los países con mayor capacidad fiscal pueden permitirse retrasar estos ajustes. El documento insiste en que es clave llevar a cabo una consolidación fiscal ordenada y que fomente el crecimiento económico, con el objetivo de asegurar la sostenibilidad de las cuentas públicas y hacer frente a las crecientes presiones de gasto, especialmente por el envejecimiento de la población y el incremento de los costes en seguridad. En cuanto a los objetivos concretos, el FMI recomienda que, salvo Alemania, todos los países del euro logren un superávit estructural primario equivalente al 1,4% del PIB para el año 2030. Para alcanzar esta meta, será necesario reducir el déficit fiscal en unos dos puntos porcentuales de aquí a 2030 en comparación con las proyecciones actuales. El organismo reconoce, sin embargo, que esta consolidación fiscal plantea decisiones difíciles, ya que Europa está viendo cómo se intensifican más rápido de lo esperado diversas presiones de gasto. Según las estimaciones del FMI, estos factores -entre ellos el envejecimiento poblacional, el aumento de los intereses de la deuda, la transición energética y los gastos en defensa- podrían suponer un coste anual adicional del 4,4% del PIB de la eurozona para 2050. En relación con los planes de varios gobiernos europeos de incrementar el presupuesto destinado a defensa, el FMI insta tanto a la Comisión Europea como a los Estados miembros a evaluar el impacto que esto tendrá en la sostenibilidad de la deuda, y a diseñar estrategias que permitan estabilizarla o reducirla en el medio plazo. No obstante, el organismo advierte que aquellos países que presentan bajos niveles de riesgo fiscal y que deseen elevar su gasto para estimular el crecimiento económico y reforzar su resiliencia, deberían tener margen para hacerlo sin quedar restringidos por las nuevas normas fiscales de la Unión Europea.

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(Cinco Días, 19-06-2025) | Fiscal

Las ayudas fiscales por cuidado de dependientes quedan sin efecto tras más de 10 años con los límites congelados

El sistema fiscal español contempla determinadas deducciones y reducciones en el Impuesto sobre la Renta para quienes conviven con personas dependientes, siempre que estas no superen un cierto nivel de ingresos. La finalidad es clara: aliviar la carga fiscal de quienes se hacen responsables del cuidado de ascendientes o descendientes con discapacidad o con escasos recursos económicos. No obstante, lo que en teoría debería servir como un apoyo a las familias, en la práctica ha perdido eficacia para la mayoría de los potenciales beneficiarios. El motivo principal es que el umbral de renta que da derecho a estas deducciones lleva casi 20 años sin actualizarse, mientras que las pensiones han aumentado significativamente debido a su revalorización conforme al IPC. Actualmente, el límite de ingresos anuales netos para aplicar el mínimo por ascendiente, descendiente o persona con discapacidad en el IRPF es de 8.000 euros, descontando los 2.000 euros de reducción general aplicables a todos los contribuyentes. Esta cifra no se ha modificado en más de una década, a pesar de que tanto el coste de vida como las prestaciones han variado notablemente. De hecho, las pensiones mínimas, tanto contributivas como no contributivas, han ido aumentando, primero de forma gradual y más recientemente con fuerza, debido a la necesidad de compensar la inflación. Solo en los últimos dos años, el incremento ha sido superior al 15 %, mientras que los límites del IRPF permanecen inalterados. Así, muchas pensiones mínimas ya superan los 8.000 euros netos anuales, lo que excluye de estas deducciones a contribuyentes que, a pesar de convivir y mantener económicamente a familiares dependientes, no pueden ya reflejarlo en su declaración. Para determinar si se rebasa el límite de los 8.000 euros, se suman todas las rentas netas del ascendiente o descendiente: rendimientos del trabajo, del capital, de actividades económicas, imputaciones de renta y ganancias o pérdidas patrimoniales. Según Raquel Jurado, técnica del REAF (Registro de Economistas Asesores Fiscales), el cómputo se realiza de forma directa, sin aplicar las reglas de integración y compensación habituales. El cálculo se hace sobre las rentas netas, es decir, después de aplicar las deducciones pertinentes, como los 2.000 euros de reducción general o las mayores cantidades previstas en casos de discapacidad, conforme a una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos. Por ello, el umbral bruto se sitúa en torno a los 10.000 euros anuales. Un ejemplo representativo es el de Francisco, directivo en una empresa de Málaga. Desde 2017 cuida de su madre, pensionista, quien comenzó entonces a mostrar síntomas de una enfermedad neurodegenerativa. Durante varios años pudo beneficiarse de la deducción por ascendiente con discapacidad, que le suponía un alivio fiscal de unos 4.500 euros anuales frente a unos gastos de más de 13.000 euros al año en cuidados. No obstante, con el avance de la enfermedad, el aumento del coste de vida y la subida de la pensión de su madre, dicha deducción desapareció. Desde 2022, al rebasar ligeramente los 8.000 euros netos de ingresos, su madre dejó de generar derecho a la deducción, a pesar de su alto grado de dependencia. Como resultado, Francisco perdió una ayuda fiscal que era esencial para cubrir los costes de cuidado. Desde el Ministerio de Hacienda se justifica la falta de actualización de estos límites argumentando que se ha priorizado una gran reducción del impuesto para las rentas más bajas. El notable incremento de las pensiones mínimas y no contributivas ha afectado no solo al mínimo por ascendientes o descendientes, sino también a otras ayudas fiscales. Es el caso de la deducción de 1.200 euros anuales (100 euros al mes) para quienes tienen a su cargo personas con discapacidad. Estos contribuyentes, especialmente quienes cuidan de personas con discapacidad severa, solían beneficiarse tanto de los mínimos por discapacidad como de esta deducción adicional, ya que las pensiones no contributivas que recibían los dependientes no superaban el límite de los 8.000 euros. Sin embargo, como explica Lola Santana Camiña, abogada de la Federación Aspace Galicia (que atiende a personas con parálisis cerebral), las recientes subidas de dichas pensiones han provocado que muchos de estos beneficiarios superen el umbral, perdiendo así el derecho a estas deducciones. Esto afecta especialmente a quienes perciben la pensión no contributiva de invalidez en su cuantía máxima, junto con el complemento del 50 % por necesitar asistencia de terceros. En 2025, la pensión íntegra es de 7.905,80 euros al año, pero con el complemento se eleva a 11.858 euros, superando claramente el umbral. Esta situación, que se empezó a notar en las declaraciones de 2023 y 2024 tras las mayores revalorizaciones, tiene un doble impacto negativo: por un lado, se pierde el derecho a los mínimos fiscales, lo que puede reducir o incluso anular las devoluciones de Hacienda; por otro, se deja de aplicar la deducción de 1.200 euros, afectando económicamente a quienes más apoyo necesitan.

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(El País, 19-06-2025) | Fiscal

Los incentivos fiscales dirigidos a los jóvenes son escasos

Bajos salarios, empleo inestable y un mercado inmobiliario tensionado son algunos de los principales obstáculos que dificultan el desarrollo económico de los jóvenes en España, quienes cada vez encuentran más complicado independizarse. En este contexto, el Consejo General de Economistas (CGE) y el centro de estudios Fedea han reclamado la puesta en marcha de reformas estructurales en áreas como la fiscalidad, la educación y el empleo, durante la quinta sesión de los encuentros Fedea-CGE, celebrada este miércoles bajo el título La situación económica de los jóvenes en España. Durante el evento, varios expertos de ambas entidades analizaron las causas que condicionan la realidad económica de los jóvenes. La sesión fue moderada por el presidente del CGE, Miguel Vázquez Taín, y el director ejecutivo de Fedea, Ángel de la Fuente. También participaron como ponentes José Ignacio Conde-Ruiz (catedrático de la UCM y subdirector de Fedea), Raquel Jurado (miembro del Registro de Economistas Asesores Fiscales) y Mar Villares (secretaria técnica del Registro de Economistas Asesores Laborales). Villares destacó que la precariedad laboral juvenil queda reflejada en datos como una tasa de temporalidad del 60,5% entre los menores de 30 años en 2024, un salario medio de 1.558 euros brutos al mes -un 27% por debajo del promedio nacional- y el hecho de que un 46% de estos jóvenes tengan contratos a tiempo parcial no deseados. Esta situación, señaló, dificulta seriamente el acceso a una vida independiente, por lo que propuso un pacto de Estado en materia de empleo juvenil. A lo largo del debate, también se propusieron otras medidas, como fortalecer la formación profesional dual y los vínculos entre universidades y empresas, así como mejorar la capacitación en habilidades digitales. Los ponentes recomendaron crear incentivos fiscales dirigidos a facilitar la emancipación y el emprendimiento juvenil, reforzar las políticas de conciliación y mejorar el acceso a la vivienda mediante el aumento de la oferta, ayudas al alquiler y ventajas fiscales para hogares jóvenes con ingresos reducidos. Vázquez Taín criticó la escasez y dispersión de incentivos fiscales para los jóvenes, y recalcó que, a pesar de que muchos no tributan por IRPF debido a sus bajos ingresos, sí soportan una carga considerable en cotizaciones sociales e impuestos indirectos como el IVA. En esta línea, Jurado defendió la necesidad de introducir beneficios fiscales ligados a la adquisición de vivienda habitual, la formación y la creación de empresas. Por su parte, el presidente de Fedea, Ángel de la Fuente, alertó sobre el desajuste en el sistema de protección social, que beneficia principalmente a los mayores, mientras que las nuevas generaciones encuentran dificultades para financiarlo debido al envejecimiento de la población y la inversión de la pirámide demográfica. Esto obliga a destinar fondos que deberían reforzar áreas clave como la innovación o la educación. Conde-Ruiz también subrayó la brecha generacional existente, apuntando que desde 2008 los ingresos de los jóvenes han caído un 10%, mientras que los mayores de 65 han visto incrementarse su renta en un 8%. Además, la edad media de emancipación ya supera los 30 años. "El deterioro del impulso demográfico que antes sostenía el crecimiento económico, sumado a la menor capacidad de influencia política de los jóvenes en una sociedad cada vez más envejecida, coloca a esta generación en una posición estructuralmente desventajosa", explicó Conde-Ruiz. En su opinión, la única vía para mejorar la renta per cápita es a través de un aumento de la productividad. Por último, Villares insistió en la necesidad de fomentar la contratación indefinida mediante ayudas específicas para jóvenes en situación vulnerable, revisar el sistema de prácticas y becas para asegurar su carácter formativo, establecer una remuneración mínima y condiciones laborales dignas, en sintonía con el futuro Estatuto del Becario, e impulsar el empleo juvenil en sectores estratégicos.

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(El Economista, 19-06-2025) | Fiscal

Bruselas expedienta a España por discriminación fiscal a extranjeros con vivienda habitual

La Comisión Europea ha iniciado este miércoles un procedimiento de infracción contra España por no aplicar correctamente la normativa fiscal comunitaria a los ciudadanos extranjeros que tienen su residencia habitual en el país. Según Bruselas, se produce una situación de desigualdad, ya que a estos contribuyentes se les exige el pago de un 2% del valor catastral de su vivienda, a diferencia de lo que ocurre con los residentes españoles. En concreto, el Ejecutivo comunitario ha enviado una carta de emplazamiento a España al considerar que la legislación nacional en materia de tributación de los no residentes con vivienda habitual en el país vulnera las normas europeas sobre libre circulación de personas y de capitales. Según denuncia Bruselas, los ciudadanos residentes no están obligados a pagar el Impuesto sobre la Renta (IRPF) por la vivienda en la que residen de forma habitual. Sin embargo, los no residentes que utilizan un inmueble como residencia habitual en España deben incluir en su declaración del IRPF una imputación del 2% del valor catastral de dicha propiedad. La carta de emplazamiento supone el primer paso del procedimiento de infracción. A partir de ahora, España dispone de un plazo de dos meses para dar una respuesta a la Comisión y corregir la situación. Si no lo hace, Bruselas podría remitir un dictamen motivado y, si aún persiste el incumplimiento, llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Además, dentro del conjunto de procedimientos de infracción correspondientes al mes de junio, la Comisión ha decidido llevar a España ante la Justicia europea por no haber incorporado completamente las normas sobre transparencia en las condiciones laborales. Se trata del tercer y último paso del procedimiento. Bruselas recuerda que la normativa comunitaria obliga a proporcionar a los trabajadores información clara y detallada sobre aspectos esenciales de su empleo, como el horario laboral o el salario. Sin embargo, considera que España no ha aplicado plenamente estas disposiciones. Este procedimiento comenzó en septiembre de 2022, cuando la Comisión inició la infracción. En junio de 2023 se avanzó al siguiente paso con el envío de un dictamen motivado. En febrero de 2025, el Gobierno español comunicó que había incorporado parcialmente las exigencias de la directiva europea a su legislación, pero no en su totalidad. Al considerar insuficientes estos avances, la Comisión ha decidido elevar el asunto al Tribunal de Justicia de la UE, que podría imponer sanciones al país.

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(El Confidencial, 19-06-2025) | Fiscal

¿Puede un juez anular una multa de Hacienda impuesta directamente por ley cuando considera que es desproporcionada?

El Tribunal Supremo ha decidido pronunciarse sobre esta cuestión en un caso que pone en entredicho el carácter automático del régimen sancionador fiscal frente a los principios fundamentales del Derecho de la Unión Europea. En un auto fechado el 4 de junio, el Alto Tribunal ha admitido a trámite el recurso presentado por una empresa que cuestiona la legalidad de una multa por un error en una declaración de IVA que no supuso ningún perjuicio económico para la Administración. El caso tiene como protagonista a Atirual Inmobiliaria. En una inspección fiscal, la Agencia Tributaria detectó que la empresa no había incluido en su declaración de IVA del cuarto trimestre de 2014 varias adquisiciones de inmuebles por un importe de 5,4 millones de euros en concepto de cuota del impuesto. A pesar de que la omisión no causó daño a las finanzas públicas -la autoliquidación seguía arrojando un resultado a devolver antes y después de la corrección-, la normativa obliga a imponer una sanción del 10 % sobre la cuota no declarada cuando se comete este tipo de error formal. Atirual aceptó el acta y pagó voluntariamente, accediendo a las reducciones previstas por la ley, pero aun así la sanción superó los 286.000 euros. La multa se impuso en base a lo establecido por la Ley del IVA, que prevé una penalización automática del 10 % en los casos en que un contribuyente no declare determinadas operaciones, como las que están sujetas al mecanismo de inversión del sujeto pasivo. Es decir, aunque no exista intención de defraudar ni perjuicio económico, la normativa impone la sanción si se omite la información correspondiente. La empresa afectada presentó un recurso alegando que la multa es excesiva y vulnera el principio de proporcionalidad reconocido por el Derecho comunitario. El asunto ha llegado hasta el Tribunal Supremo, que plantea por primera vez la posibilidad de que un tribunal ordinario inaplique una norma con rango de ley si considera que infringe principios del Derecho de la UE, sin necesidad de elevar una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional. En su auto, el Supremo plantea el fondo del asunto: se trata de dilucidar si un tribunal puede anular una sanción por considerarla desproporcionada, incluso cuando la cuantía de la misma está fijada por ley en función de un porcentaje, como ocurre con el artículo 171 de la Ley del IVA. Es decir, si el juez puede apartarse de una norma legal cuando su aplicación automática genera un resultado desproporcionado, aunque esa ley no haya sido declarada inconstitucional. El auto también destaca que este tipo de infracciones no dejan margen al juzgador para ajustar la sanción en función de la gravedad real de la conducta, ya que la ley fija la multa exclusivamente en base a la cuota no declarada, sin tener en cuenta la intencionalidad del contribuyente ni el impacto económico de la omisión. Por último, el Tribunal advierte que esta rigidez legal puede entrar en conflicto con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que exige que las sanciones administrativas sean proporcionales y no excedan lo necesario para garantizar una recaudación eficaz y evitar el fraude fiscal. El Supremo recuerda que la infracción "solo tiene alcance formal, de control de la información fiscal a los efectos de un adecuado control de la gestión del impuesto", y que no está ligada necesariamente a un perjuicio económico. La cuestión es si, en esos supuestos, imponer una sanción del 10 % sin margen de modulación vulnera el principio de proporcionalidad.

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