(La Vanguardia, 09-04-2026) | Fiscal

La Agencia Tributaria devolverá 13.271 millones desde el viernes

La campaña de la Renta 2025 arranca este miércoles con la previsión de que se presenten alrededor de 25,25 millones de declaraciones. La Agencia Tributaria estima que las devoluciones comenzarán a efectuarse a partir del viernes y alcanzarán los 13.271 millones de euros, correspondientes a unos 15,7 millones de contribuyentes. Estas cifras suponen un ligero descenso respecto al año anterior, tanto en número de declaraciones a devolver como en el importe total. En la mañana del primer día, antes de las 11:00, ya se habían registrado unas 640.000 declaraciones, cuyos contribuyentes serán de los primeros en recibir las devoluciones. Por otro lado, las declaraciones con resultado a ingresar aumentarán de forma notable: se prevé que crezcan un 10,3%, hasta los 7,7 millones. Esto impulsará la recaudación un 18,4%, hasta los 24.628 millones de euros, lo que dará lugar a un saldo positivo para Hacienda de 11.357 millones. Según la directora general de la Agencia Tributaria, este incremento se explica en gran medida por las ganancias patrimoniales y el aumento de ingresos procedentes del mercado inmobiliario y de la Bolsa. Este año, el sistema Renta Directa permitirá presentar declaraciones de forma casi inmediata a unos nueve millones de contribuyentes, el doble que en la campaña anterior. Entre quienes podrán utilizar este servicio se encuentran personas con hipoteca que tienen derecho a deducción estatal, nuevos declarantes y, en algunos casos, contribuyentes con deducciones autonómicas. Entre los cambios normativos más relevantes destaca la introducción de una deducción de hasta 340 euros para trabajadores con ingresos inferiores a 18.276 euros anuales, siempre que no obtengan otras rentas superiores a 6.500 euros. También se modifica la tributación del ahorro, aumentando del 14% al 15% el tipo aplicable a las rentas que superen los 300.000 euros, tanto en el tramo estatal como en el autonómico. Además, se amplían hasta 2025 las deducciones por la compra de vehículos eléctricos, la instalación de puntos de recarga y las obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas. En cuanto a exenciones, no tributarán en el IRPF las ayudas concedidas por daños personales derivados de incendios forestales y emergencias de protección civil ocurridas entre junio y agosto de 2025, así como las ayudas relacionadas con la Dana en la Comunidad Valenciana. Aunque la campaña comienza el 8 de abril, desde el 18 de marzo ya estaban disponibles la aplicación móvil, los datos fiscales y la información inicial, lo que ha permitido que más de dos millones de contribuyentes consultaran sus datos con antelación. El plazo para presentar la declaración finalizará el 30 de junio, tanto para resultados a ingresar como a devolver. En el caso de pagos con domiciliación bancaria, la fecha límite será el 25 de junio. La atención telefónica, a través del plan "Le Llamamos", así como la asistencia en pequeños municipios, permitirá solicitar cita a partir del 29 de abril, iniciándose las atenciones el 6 de mayo. Por su parte, la cita previa para la atención presencial en oficinas podrá pedirse desde el 29 de mayo, comenzando el servicio el 1 de junio. Este sistema de atención personalizada seguirá contando con la colaboración de comunidades autónomas y ayuntamientos.

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(El País, 09-04-2026) | Fiscal

Hacienda lanzará 3,5 millones de avisos preventivos en la campaña de la renta e informará sobre deducciones autonómicas

Los contribuyentes en España ya pueden presentar su declaración ante la Agencia Tributaria. La campaña de la renta 2025-2026 comenzó este miércoles con la apertura del plazo para realizar el trámite por internet, iniciando así un calendario que se extenderá hasta el 30 de junio y que, como es habitual, irá incorporando de forma progresiva la atención telefónica y presencial. En esta campaña, el organismo dirigido por Soledad Fernández Doctor pone el foco en reducir errores y mejorar la información ofrecida a los ciudadanos. Está previsto el envío de más de 3,5 millones de avisos preventivos relacionados con criptomonedas, rentas en el extranjero, ventas en plataformas digitales y alquileres. Como novedad, también se informará a algunos contribuyentes sobre posibles deducciones autonómicas que no hayan aplicado, con el fin de que no pierdan beneficios fiscales. El sistema de ayuda se estructura en tres etapas. La primera consiste en avisos incluidos en los datos fiscales, elaborados a partir de información de terceros y del intercambio internacional entre administraciones. No obstante, estos datos pueden ser incompletos. En concreto, se emitirán alrededor de 437.000 avisos a vendedores en plataformas digitales, unos 1,2 millones a propietarios de criptomonedas y cerca de 867.000 a arrendadores de inmuebles. La segunda fase se desarrolla antes de presentar la declaración, cuando se refuerzan los avisos para detectar posibles errores u omisiones. Aquí se introduce la principal novedad: las alertas sobre deducciones autonómicas que podrían aplicarse. La tercera etapa tiene lugar después de presentar la declaración, invitando a quienes hayan modificado información a revisar si deben corregirla para evitar futuras comprobaciones o sanciones. Otra novedad es la incorporación automática de la deducción dirigida a quienes perciben el salario mínimo interprofesional, creada en 2025. En general, la Agencia Tributaria calculará esta deducción e incluirá el importe directamente en la declaración. Está pensada para compensar las retenciones aplicadas a trabajadores con ingresos anuales inferiores a 18.276 euros, siempre que no superen ciertos límites adicionales, con un máximo de 340 euros. Además, por primera vez se ofrecerá información personalizada sobre subvenciones, para facilitar que los contribuyentes incluyan correctamente estos ingresos. El sistema permitirá consultar directamente las ayudas recibidas, evitar duplicidades cuando aparezcan en distintas fuentes y aclarar si están exentas de tributación, indicando también en qué apartado deben declararse. La Agencia Tributaria prevé un notable aumento en la recaudación de esta campaña, con un incremento del 18,4% respecto al año anterior, hasta alcanzar los 24.628 millones de euros en declaraciones con resultado a ingresar. Este crecimiento se debe principalmente al encarecimiento de la vivienda y al buen comportamiento de los mercados financieros. Se espera que el número total de declaraciones supere los 25,2 millones, un 2,1% más que el año pasado. De ellas, unos 15,7 millones saldrán a devolver, por un importe conjunto de 13.271 millones de euros, ligeramente inferior al ejercicio anterior. Por otro lado, aumentan con fuerza las declaraciones a pagar: más de 7,7 millones de contribuyentes tendrán que abonar cantidades a Hacienda, un 10,3% más. Esto explica el incremento previsto en la recaudación total, que dejará un saldo positivo de 11.357 millones de euros. El aumento de ingresos se explica en gran parte por la subida de los precios de la vivienda, especialmente en el mercado de segunda mano. Las operaciones de compraventa realizadas en 2025 han generado importantes ganancias para los vendedores, que ahora deben tributar por ellas en el IRPF. A esto se suma la evolución positiva de la Bolsa y de las rentas del capital, que crecieron cerca de un 40% el año pasado. Muchas de estas ganancias no estuvieron suficientemente sujetas a retención en su momento, lo que ahora se traduce en mayores cantidades a pagar. También influye, aunque en menor medida, el incremento de dos puntos en la tributación de las rentas del capital superiores a 300.000 euros, introducido en la reforma fiscal aprobada a finales de 2024.

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(Expansión, 09-04-2026) | Fiscal

La nueva declaración exprés duplica beneficiarios: se aplicará a 9 millones

El año pasado, la Agencia Tributaria puso en marcha Renta Directa, un nuevo sistema de declaración rápida del IRPF pensado para ciertos colectivos, que agiliza el proceso al simplificar tanto los conceptos como el diseño y la forma de presentar el impuesto. Tras una primera prueba piloto, Hacienda volverá a aplicarlo este año, ampliando considerablemente el número de usuarios. En su estreno, esta modalidad estuvo dirigida a 4,43 millones de contribuyentes con situaciones fiscales sencillas, como pensionistas o beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Para esta campaña, se prevé que alcance a unos 9 millones de personas. Entre los nuevos perfiles incluidos se encuentran quienes tienen hipoteca con derecho a deducción estatal, quienes presentan la declaración por primera vez o quienes pueden aplicar deducciones autonómicas, siempre que sus datos fiscales puedan incorporarse automáticamente. Aunque se mantiene la posibilidad de optar por el modelo tradicional, Renta Directa presenta la misma información fiscal en un formato más claro y fácil de entender. Por ejemplo, utiliza un tamaño de letra mayor y destaca en verde los resultados favorables al contribuyente, mientras que las cantidades a pagar aparecen en color rojo.

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(Expansión, 09-04-2026) | Fiscal

Hacienda prevé cobrar un 60% más de IRPF neto en la campaña por el rally bursátil e inmobiliario

Hacienda se perfila como uno de los grandes beneficiarios tanto de la subida de los mercados bursátiles como del auge en la compraventa de viviendas registrado el año pasado. Aunque habitualmente la mayor parte de los ingresos del IRPF se recauda por adelantado mediante retenciones, la campaña de la renta iniciada ayer se presenta clave para las finanzas públicas. En concreto, la Agencia Tributaria prevé aumentar en un 60% los ingresos netos a su favor durante la liquidación del impuesto, superando los 11.000 millones de euros, impulsado por la tributación de las ganancias obtenidas por los contribuyentes en la venta de inmuebles y acciones. En total, para la campaña correspondiente al ejercicio 2025, que se prolongará hasta el 30 de junio, se estima la gestión de 25.155.822 declaraciones, un 2,1% más que el año anterior. Este récord, según explicaron la directora de la Agencia Tributaria, Soledad Fernández Doctor, y la responsable del Departamento de Gestión, Rosa Prieto, se debe principalmente al crecimiento del empleo, que avanzó un 3,3%. Dentro de ese conjunto, se espera tramitar 7,7 millones de declaraciones con resultado a ingresar, lo que supone un aumento del 10,3%, por un importe total de 24.628 millones de euros (un 18,4% más). Este incremento se atribuye, sobre todo, al notable aumento de las ganancias patrimoniales, especialmente por la venta de viviendas de segunda mano (18% más) y por las operaciones con activos financieros, como acciones y otros valores cotizados (40% más). Además, se recuerda que la tributación del ahorro ha aumentado en dos puntos, hasta el 30%, para rentas superiores a 300.000 euros anuales, tras la última reforma fiscal. Cabe destacar que el Ibex vivió en 2025 su mejor año desde 1993, con una subida del 49% que le permitió superar los 17.000 puntos por primera vez, situándose ayer por encima de los 18.100. Por su parte, el mercado inmobiliario creció un 11,5% en número de operaciones, alcanzando las 714.237 compraventas, su nivel más alto desde 2007, antes de la crisis inmobiliaria. Por otro lado, Hacienda prevé gestionar 15,7 millones de declaraciones con resultado a devolver, un 1,8% menos, por un importe de 13.271 millones de euros (un 3,2% inferior). Así, el resultado neto esperado a favor de la Agencia Tributaria asciende a 11.357 millones de euros, frente a los 7.089 millones del año anterior. Esta cifra ya había superado en un 70% las previsiones iniciales, debido también al buen comportamiento de los mercados bursátiles e inmobiliarios. Fernández señaló que, en la última década, las devoluciones han ido disminuyendo mientras aumentan las declaraciones favorables a Hacienda, aunque reconoció que las previsiones se han visto alteradas por el fuerte crecimiento de las ganancias patrimoniales y de los rendimientos del capital. En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, cuya campaña se desarrolla simultáneamente, la Agencia Tributaria espera recaudar 2.473 millones de euros (un 15,4% más), procedentes de 220.797 contribuyentes (un 2,5% menos), ingresos que se destinan a las comunidades autónomas.

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(El País, 08-04-2026) | Fiscal

Los contribuyentes podrán empezar a entregar sus declaraciones de forma telemática a partir de este miércoles 8 de abril

La campaña de la renta ya está en marcha. Desde este miércoles 8 de abril y hasta el 30 de junio -fecha límite para cumplir con las obligaciones con Hacienda-, más de 20 millones de contribuyentes podrán presentar su declaración del IRPF correspondiente a los ingresos obtenidos el año anterior. En esta primera etapa, el trámite solo podrá realizarse por internet. Para acceder a la asistencia telefónica habrá que esperar unas semanas, mientras que la atención presencial no comenzará hasta junio. Calendario clave de la campaña del IRPF: 8 de abril: inicio de la campaña; ya es posible presentar la declaración online. 29 de abril: apertura del plazo para solicitar cita previa del plan "Le Llamamos". 6 de mayo: comienzo de la atención telefónica. 29 de mayo: se puede pedir cita para atención presencial. 1 de junio: inicio de la atención en oficinas. 25 de junio: último día para domiciliar pagos si el resultado es a ingresar. 29 de junio: fecha límite para solicitar cita previa. 30 de junio: fin de la campaña y último día para presentar la declaración. Quienes deseen realizar cuanto antes este trámite pueden hacerlo desde el primer día a través de la web o la aplicación de la Agencia Tributaria (Renta WEB), utilizando DNI o certificado electrónico, el sistema Cl@ve móvil o el número de referencia. Al comenzar, el contribuyente encontrará un borrador de la declaración elaborado por la Agencia Tributaria con la información fiscal disponible, como datos personales, domicilio o ingresos. Es importante revisarlo detenidamente antes de confirmarlo -momento en el que adquiere carácter oficial- y corregir posibles errores, ya que cualquier omisión puede derivar en sanciones o pérdidas económicas. La declaración recoge los ingresos percibidos durante 2025. Este desfase se debe a que el IRPF se paga de forma anticipada mediante retenciones a lo largo del año, y posteriormente se regulariza. Si el contribuyente ha pagado de más, recibirá una devolución; en caso contrario, deberá abonar la diferencia a Hacienda. A partir del 29 de abril podrá solicitarse cita previa, tanto por internet como por teléfono, para el plan "Le Llamamos", un servicio de ayuda telefónica para confeccionar y presentar la declaración. Las llamadas comenzarán el 6 de mayo, y se recomienda tener preparada toda la documentación necesaria para agilizar el proceso. Para quienes prefieran la atención presencial, el plazo para pedir cita se abrirá el 29 de mayo, y las oficinas comenzarán a atender a los contribuyentes desde el 1 de junio. Como cada año, la campaña concluirá el 30 de junio. El día 29 será el último para solicitar cita previa, y el 25 marcará el límite para domiciliar el pago de las declaraciones con resultado a ingresar, pudiendo abonarse en un solo plazo o de forma fraccionada, habitualmente en dos pagos (junio y noviembre).

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(El País, 08-04-2026) | Fiscal

Hacienda no exige a los particulares declarar en el IRPF las transferencias inmediatas de sus amigos o familiares

En 2025, en España se realizaron 39 transferencias por segundo a través de Bizum, según datos de la propia plataforma. El uso de este sistema de pago sigue creciendo, lo que llevó a la Agencia Tributaria a anunciar en diciembre un mayor control sobre estas operaciones, generando cierta inquietud entre los ciudadanos. Posteriormente, Hacienda matizó que ese refuerzo de la vigilancia se centra en empresarios y profesionales que utilizan Bizum en el desarrollo de su actividad, ya sea para cobrar o pagar servicios. Tras esta aclaración, surge la duda de si los particulares deben incluir los bizums en la declaración de la renta. En general, no es necesario, aunque todo depende del origen del dinero recibido. Las transferencias entre familiares o amigos -por ejemplo, para dividir gastos de una comida o un evento- no deben declararse. Solo será obligatorio hacerlo cuando esas cantidades constituyan una ganancia patrimonial o formen parte de una actividad económica. Así, si un profesional cobra sus servicios mediante Bizum, sí deberá reflejar esos ingresos ante Hacienda. Desde la entrada en vigor del Real Decreto 253/2025, el 1 de enero de 2026, los bancos están obligados a informar mensualmente a la Agencia Tributaria de los ingresos que reciban empresas y autónomos por cualquier medio de pago, incluido Bizum. No obstante, como aclara Rubén Gimeno, del REAF-CGE, esta obligación de información solo afecta a operaciones en las que interviene un empresario o profesional. A diferencia de lo que ocurre con el efectivo, no existe un límite concreto de importe ni un número determinado de operaciones que obligue a declarar los bizums. Hacienda no fija umbrales específicos, aunque sí puede realizar comprobaciones automáticas. En el caso del dinero en metálico, por ejemplo, el límite general para pagos en los que interviene un profesional es de 1.000 euros, y existen obligaciones de declaración para movimientos superiores a 100.000 euros dentro de España o de 10.000 euros en operaciones con el extranjero. También deben declararse los ingresos por alquiler recibidos mediante Bizum, ya que se consideran rendimientos del capital inmobiliario. En cambio, las ayudas económicas entre familiares, como las aportaciones de padres a hijos para pagar el alquiler, no tributan en el IRPF si son de escasa cuantía, aunque podrían calificarse como donaciones a efectos fiscales. Otra cuestión habitual es la tributación de ventas en plataformas de segunda mano como Wallapop o Vinted. Según los expertos, solo deben incluirse en la declaración si generan una ganancia, algo poco frecuente, ya que normalmente los objetos se venden por debajo de su precio de compra. Si no se puede justificar esa posible ganancia con una factura, Hacienda podría integrarla en la base general del IRPF, aplicando tipos más altos. Además, hay que diferenciar entre ventas ocasionales y actividades habituales con ánimo profesional. En este último caso, sí existe obligación de declarar los ingresos. Estas plataformas, por su parte, deben comunicar a la Agencia Tributaria la información de aquellos usuarios que superen las 30 ventas anuales o los 2.000 euros de ingresos. La campaña de la renta comienza el 8 de abril y finaliza el 30 de junio. La presentación por teléfono estará disponible a partir del 6 de mayo, y la atención presencial desde el 1 de junio. Asimismo, si la declaración resulta a pagar, Hacienda permite abonar el importe mediante Bizum, aunque conviene comprobar previamente los límites diarios de este sistema.

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(El País, 08-04-2026) | Fiscal

El récord turístico dispara un 19% las devoluciones del IVA por compras a los viajeros extracomunitarios

El turismo de compras mantiene un fuerte crecimiento en España, impulsado en gran parte por los beneficios fiscales que disfrutan los visitantes procedentes de fuera de la Unión Europea. Según datos de la Agencia Tributaria, en 2025 se alcanzaron cifras récord tanto en número de devoluciones como en su importe: se registraron 10,6 millones de reembolsos, un 19,1% más que el año anterior, por un total de 529 millones de euros, lo que supone un incremento del 10,4%. Este avance se explica, en buena medida, por el auge del turismo procedente de Latinoamérica y la recuperación, más lenta de lo esperado, de visitantes asiáticos y de Oriente Próximo, actualmente afectados por el conflicto en Irán. Estos perfiles de turistas destacan por su mayor capacidad de gasto en comparación con los mercados tradicionales como Reino Unido, Alemania o Francia. Mientras que estos últimos suelen gastar entre 100 y 200 euros diarios, viajeros de países como Corea del Sur, Emiratos Árabes Unidos, Arabia Saudí, México, Argentina, Japón o India pueden superar los 300 o incluso 400 euros al día. Además, al venir de destinos más lejanos, suelen prolongar más su estancia, lo que incrementa aún más su gasto total. Los turistas extracomunitarios pueden recuperar el IVA de sus compras -del 21%- siempre que se trate de bienes para uso personal que transporten consigo, quedando excluidos servicios como la restauración. Desde 2018, además, no es necesario alcanzar un importe mínimo por compra para acceder a esta devolución, lo que supone una ventaja frente a países como Francia o Italia, donde sí existen umbrales mínimos. Esta política ha contribuido a que el número de devoluciones casi se haya duplicado desde 2019 y que el importe total haya crecido un 60%. En España, este proceso se realiza a través del sistema digital DIVA, gestionado por la Agencia Tributaria, que permite tramitar las devoluciones tanto en los propios comercios como en los aeropuertos antes de abandonar el país. Desde el sector, se apunta a que el crecimiento del número de operaciones por encima del gasto total se debe a la entrada de nuevos actores más allá del lujo. La digitalización ha facilitado que más comercios participen en este tipo de turismo, incluyendo grandes cadenas como Inditex, Mango o Primark. Esto ha ampliado la oferta, pero también ha reducido el importe medio por compra. Además, las grandes marcas consideran este segmento como estratégico y analizan de cerca la evolución del comprador internacional y su comportamiento. Entre los cambios recientes destaca el fuerte crecimiento del turismo argentino, que ha superado al mexicano como principal nacionalidad en este ámbito. Sin embargo, su patrón de consumo es distinto, lo que también ha contribuido a reducir el gasto medio. Pese a ello, Estados Unidos sigue siendo el mercado más relevante, representando alrededor del 14% del total y con un volumen de compras cercano a los 6.000 millones de euros. China ocupa el segundo lugar en devoluciones de IVA, aunque aún no ha recuperado los niveles previos a la pandemia. El mayor dinamismo del turismo americano, tanto del norte como del sur, frente a la debilidad del mercado chino ha reforzado el peso de Madrid, que concentra casi la mitad del gasto en compras con devolución de IVA. En cambio, Barcelona se ha visto más afectada por su dependencia del turismo asiático, especialmente el chino, y por los cambios en sus hábitos de viaje, que ahora incluyen otros destinos cercanos como Japón, especialmente en el segmento del lujo.

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(El Economista, 08-04-2026) | Fiscal

El Gobierno deja en el aire los nuevos coeficientes para calcular el pago de la plusvalía municipal en 2026

El Gobierno mantiene sin definir los coeficientes correspondientes a este año para calcular el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido como plusvalía municipal. Estos coeficientes fueron aprobados inicialmente mediante un real decreto-ley el 23 de diciembre, pero quedaron sin efecto al no ser convalidados por el Congreso el 27 de enero. Como consecuencia, según explicó el secretario técnico del REAF durante la presentación del informe sobre fiscalidad autonómica y foral de 2026, los contribuyentes deben seguir aplicando los coeficientes anteriores. El experto recordó que, tras la sentencia del Tribunal Constitucional del 26 de octubre de 2021, estos coeficientes deben actualizarse cada año mediante una norma con rango de ley. Aquella resolución anuló el sistema de cálculo de la base imponible del impuesto, lo que obligó a modificar la Ley de Haciendas Locales para establecer la actualización anual obligatoria. En este contexto, el Gobierno tiene de plazo hasta el 31 de diciembre para aprobar los nuevos coeficientes. Mientras tanto, la incertidumbre afecta a las operaciones realizadas durante el año, que tendrán que liquidarse con los valores antiguos. El decreto aprobado en diciembre contemplaba un aumento del impuesto para quienes compraran vivienda con fines especulativos, elevando los coeficientes en transmisiones a corto plazo, y reduciéndolos en el caso de inmuebles mantenidos durante 20 años o más. Este tributo se aplica tanto en la venta de un inmueble como en su transmisión por herencia o donación. El cálculo del impuesto puede hacerse de dos maneras: aplicando un tipo sobre la ganancia obtenida entre el precio de compra y el de venta, o utilizando un coeficiente sobre el valor del suelo. En la práctica, la mayoría de contribuyentes opta por esta segunda opción al resultar más favorable.

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(El Economista, 08-04-2026) | Fiscal

Hacienda prorroga los módulos para los autónomos pese al rechazo del Congreso

Alrededor de 230.000 autónomos podrán seguir tributando por el sistema de módulos en el IRPF durante 2026 gracias a la extensión de los límites vigentes, lo que supone un alivio para este colectivo. Así lo recoge una nota de la Agencia Tributaria, que mantiene los umbrales aplicados entre 2016 y 2024 -y también en 2025 mediante una solución similar- para este ejercicio. Sin embargo, esta decisión se ha adoptado al margen del Congreso. La prórroga formaba parte de varios decretos ómnibus que fueron rechazados en enero y febrero. En ellos se incluían, entre otras medidas, la actualización de pensiones, la extensión de la moratoria de desahucios y cambios fiscales como el mantenimiento de los límites de facturación para tributar por módulos: 250.000 euros anuales en general y 125.000 euros en operaciones con empresas. El Real Decreto-ley 16/2025 no fue aprobado por el Congreso, por lo que su contenido no llegó a entrar en vigor. Aun así, Hacienda ha aplicado la medida mediante una nota administrativa, lo que ha suscitado críticas entre expertos fiscales, que consideran que se trata de una actuación irregular desde el punto de vista jurídico y democrático, al aplicarse como si el decreto hubiera sido validado. Según estos especialistas, las notas de la Agencia Tributaria no tienen capacidad normativa para modificar impuestos, ya que estos cambios deben aprobarse mediante ley en el Parlamento. Aunque la Agencia se apoya en criterios de la Dirección General de Tributos, este organismo, que en una situación similar el año pasado avaló la prórroga, en esta ocasión no se ha pronunciado. El trasfondo del problema es el impacto que habría tenido no prorrogar estos límites. De no hacerlo, muchos autónomos habrían tenido que pasar al sistema de estimación directa, lo que habría incrementado notablemente su carga fiscal, además de obligarles a adaptarse sin margen de tiempo en plena campaña de renta. Diversos colectivos han trasladado su preocupación al Ministerio de Hacienda. Entre ellos, asociaciones del transporte de mercancías, especialmente afectadas por el aumento de los costes del combustible, han mantenido reuniones con la Administración para exponer su situación. Estas presiones han influido en la decisión de aplicar la prórroga pese al rechazo parlamentario. Los expertos critican que estas medidas no se hayan tramitado de forma independiente, lo que habría facilitado su aprobación. Consideran que podrían haberse incluido en otras iniciativas recientes, como los decretos para paliar los efectos de conflictos internacionales, pero no se hizo sin una explicación clara. Además, advierten de varios problemas en la actuación de Hacienda: se estaría modificando un impuesto sin respaldo legal, apoyándose en un decreto no convalidado -que además tiene límites constitucionales- y sentando un precedente que ignora el papel del Congreso. Este último punto genera especial inquietud, ya que abre la puerta a que decisiones relevantes se adopten mediante simples comunicaciones administrativas en lugar de leyes aprobadas por el Parlamento. En paralelo, existe incertidumbre sobre otros decretos recientes, como el que plantea limitar los precios del alquiler, que aún debe ser convalidado por el Congreso en un plazo de 30 días. Desde el propio Gobierno se está animando a aplicar estas medidas de forma provisional, lo que, a la luz de lo ocurrido con los módulos, podría derivar en soluciones similares aunque no exista respaldo parlamentario.

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(Expansión, 02-04-2026) | Fiscal

Hacienda pone fin a la incertidumbre de miles de autónomos y publica la prórroga de los límites de facturación de módulos

La Agencia Tributaria ha emitido una nota técnica que, en la práctica, implica la prórroga de los límites de facturación que permiten a los autónomos acogerse al régimen de módulos. Al igual que ocurrió el año anterior, el Ministerio de Hacienda, ahora dirigido por Arcadi España, ha optado por extender estos umbrales para quienes tributan en estimación objetiva mediante este procedimiento. La medida se ha adoptado en el último momento, después de que el Congreso rechazara su inclusión tanto en el decreto ómnibus de enero como en el posterior decreto del llamado "escudo social". Además, se produce tras la decisión de la anterior ministra, María Jesús Montero, de prolongar el sistema al menos hasta el 31 de diciembre de este año a través de una orden ministerial aprobada en noviembre. Gracias a esta prórroga, los trabajadores autónomos con ingresos inferiores a 125.000 o 250.000 euros anuales -según facturen a empresas o a particulares- podrán seguir tributando bajo este sistema, cuya continuidad estaba en duda. De no haberse aprobado, estos límites se habrían reducido a la mitad, lo que habría dejado fuera del régimen a cerca de 350.000 autónomos. Como viene ocurriendo desde hace más de diez años, el sistema de módulos seguirá vigente hasta finales de año. Antes de esa fecha, Hacienda deberá decidir si lo mantiene para el siguiente ejercicio o lo elimina, una cuestión que sigue generando debate entre los expertos fiscales sobre su utilidad en el sistema tributario actual. El régimen de estimación objetiva consiste en pagar una cantidad fija en las declaraciones trimestrales de IRPF e IVA, en lugar de tributar en función del beneficio real obtenido (ingresos menos gastos). Esta cuantía se calcula a partir de ciertos indicadores del negocio, como el tamaño del local, el número de mesas, el consumo eléctrico o el personal empleado. En la práctica, este método suele suponer una menor carga fiscal en comparación con la estimación directa, ya que la cuota estimada acostumbra a ser inferior a la que resultaría de aplicar los datos reales de facturación. No obstante, posteriormente la Agencia Tributaria puede ajustar estas cifras en la declaración anual de la Renta o en la última liquidación trimestral del IVA, que se presenta en enero del año siguiente.

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