(Cinco Días, 13-10-2026) | Fiscal

El Gobierno prevé que la cuenta Financia Europa eleve la recaudación de impuestos

El Ministerio de Economía sostiene que los incentivos fiscales previstos para la cuenta Financia Europa no reducirán los ingresos públicos, sino que podrían aumentar la recaudación. El departamento dirigido por Carlos Cuerpo argumenta que las ventajas fiscales compensarán su coste al favorecer el traslado de parte del ahorro depositado en cuentas bancarias hacia inversiones con mayor rentabilidad potencial, como acciones, fondos de inversión y ETF. Actualmente, los depósitos ofrecen una remuneración media inferior al 1,6% y los hogares españoles mantienen en ellos alrededor de 1,1 billones de euros. Según Economía, aunque las plusvalías de estas inversiones disfruten de determinadas exenciones, el aumento de las ganancias patrimoniales y de los rendimientos distribuidos generaría una base imponible superior a la actual. Los últimos datos anuales disponibles de la Agencia Tributaria, correspondientes a 2024, sitúan la base imponible del ahorro cerca de los 60.000 millones de euros, frente a los poco más de 22.000 millones registrados en 2014. Ese año, Hacienda recaudó unos 13.300 millones de euros por la tributación del ahorro. El Ministerio considera que una mayor participación de los ciudadanos en los mercados financieros podría elevar estos ingresos. El departamento también confía en que la iniciativa atraiga un volumen significativo de ahorradores, tomando como referencia la experiencia de otros países europeos. En el Reino Unido, las cuentas Individual Savings Accounts (ISA) alcanzaron 9,3 millones de usuarios durante su primer año y actualmente superan los 22 millones de titulares. En Suecia, las cuentas de inversión ISK sumaron 2,2 millones de usuarios en cuatro años y ya están extendidas entre el 36% de la población. En Francia, el Plan d'Épargne en Actions (PEA) superó los seis millones de cuentas durante sus seis primeros años. La puesta en marcha del nuevo producto está pendiente de varios trámites. Las entidades financieras esperan que el Ministerio de Hacienda apruebe una orden ministerial que concrete las obligaciones de información a la Agencia Tributaria. Esta norma es imprescindible para iniciar la comercialización, que también requiere la convalidación del real decreto por parte de la Diputación Permanente del Congreso. Economía reconoce que todavía no hay una fecha definida, aunque prevé que la oferta pueda desplegarse con rapidez una vez aprobadas las disposiciones necesarias y adaptados los sistemas de las entidades. La cuenta Financia Europa permitirá invertir hasta 150.000 euros en acciones, fondos de inversión y ETF, con un diferimiento de la tributación de las plusvalías hasta el momento en que se retire el dinero. Si la inversión se mantiene durante más de cinco años, los primeros 10.000 euros de ganancias quedarán exentos y el resto disfrutará de una reducción fiscal del 20%. Así, en una operación que genere 20.000 euros de plusvalías, solo tributarán 8.000 euros. Sin esta cuenta, las ganancias estarían sujetas a los tipos habituales del ahorro, del 19% para los primeros 6.000 euros y del 21% para el tramo siguiente de hasta 50.000 euros. Los dividendos, por su parte, seguirán tributando en el IRPF conforme a las reglas generales. El producto estará sujeto a requisitos de inversión para favorecer la financiación de la economía europea. Los fondos deberán destinar al menos el 70% de sus activos al Espacio Económico Europeo, un mínimo del 50% a Bolsa y un 35% a acciones de ese ámbito. La cuenta no permitirá invertir directamente en bonos. Para Sara Gutiérrez Campiña, socia cofundadora de finReg360, esta limitación podría dificultar la incorporación de ahorradores con menos experiencia en los mercados financieros, precisamente uno de los colectivos a los que se dirige la iniciativa. La propuesta se enmarca en la estrategia europea para movilizar el ahorro privado hacia la inversión productiva dentro de la Unión Europea. Los informes de Mario Draghi y Enrico Letta ya habían advertido de la salida de capital europeo hacia Estados Unidos. Letta estima que unos 300.000 millones de euros abandonan cada año la UE con destino a Wall Street. Además, distintos estudios apuntan a que los europeos mantienen una proporción de su riqueza financiera en depósitos y efectivo superior a la de los estadounidenses: el 32%, frente al 13%. En este contexto, la Comisión Europea ha defendido el desarrollo de instrumentos que incentiven a los pequeños ahorradores a invertir en los mercados bursátiles europeos, con el objetivo de aumentar sus posibles rendimientos y reforzar la financiación de la economía comunitaria.

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(Expansión, 13-10-2026) | Fiscal

El FMI mejora el PIB de España al 2,5% este año, pero alerta de la abultada inflación

El Fondo Monetario Internacional (FMI), dirigido por Kristalina Georgieva, ha elevado en cuatro décimas su previsión de crecimiento de la economía española para 2026, hasta el 2,5%. Sin embargo, también ha revisado al alza sus estimaciones de inflación, que sitúa ahora en el 3,7%, siete décimas por encima de su cálculo anterior. En el ámbito mundial, el organismo mejora en una décima su pronóstico de crecimiento para este año, hasta el 3,1%, aunque advierte de que la inflación podría alcanzar el 4,7%. Las últimas previsiones de los principales organismos económicos, tanto nacionales como internacionales, coinciden en dos aspectos. Por un lado, la economía mundial está resistiendo mejor de lo esperado el impacto de la crisis energética derivada del conflicto en Oriente Próximo, que se prolonga desde hace ocho meses sin que se vislumbre una solución cercana. Por otro, persiste el riesgo de que las tensiones inflacionistas se intensifiquen y se mantengan durante más tiempo, con las consiguientes repercusiones sobre la actividad económica si los bancos centrales se ven obligados a subir los tipos de interés para contener los precios. De este modo, las estimaciones más recientes ofrecen una perspectiva desigual: mejoran las expectativas de crecimiento, pero empeoran las de inflación. Además, los efectos de la crisis energética están siendo muy diferentes según el país. El FMI, que esta semana celebra sus reuniones mundiales en Bangkok, ha actualizado sus proyecciones en el último informe Panorama Económico Mundial, publicado este martes. El organismo calcula que el PIB mundial crecerá un 3,1% en 2026, una décima más de lo previsto en julio, y mantiene en el 3,4% su estimación para 2027. Según explica, la actividad económica durante la primera mitad de 2026 evolucionó mejor de lo esperado, pese a la prolongación de la guerra en Oriente Próximo y a las tensiones comerciales. Una de las razones que explican esta resistencia es el impulso del sector tecnológico, especialmente por el fuerte volumen de inversión en inteligencia artificial (IA), que está contribuyendo a sostener la demanda. También han influido las medidas adoptadas por los gobiernos para amortiguar las consecuencias de la crisis y la capacidad de adaptación de las economías. A estos factores se suma una menor dependencia energética que en décadas anteriores, circunstancia que ha ayudado a reducir el impacto del conflicto sobre la actividad, según el organismo que dirige Kristalina Georgieva. No obstante, el FMI advierte de que esta capacidad de resistencia presenta importantes diferencias entre países y de que los recursos disponibles para afrontar nuevas perturbaciones no son ilimitados. La reducción de las reservas, la vulnerabilidad de los mercados de materias primas y la fragmentación económica podrían agravar la situación. Además, una incertidumbre prolongada puede deteriorar la confianza, mientras que las restricciones en el suministro energético podrían frenar el impulso de la inteligencia artificial. El organismo también alerta de que las condiciones de financiación podrían cambiar de forma repentina, entre otros motivos, por las dudas sobre la sostenibilidad de las cuentas públicas. Pese a este escenario internacional complejo, la economía española vuelve a destacar por su fortaleza. El FMI ha mejorado de forma significativa sus previsiones para España y espera ahora que el PIB avance un 2,5% en 2026, cuatro décimas más que en su estimación de julio. Para 2027, mantiene la previsión de crecimiento en el 1,8%. La nueva estimación del Fondo es ligeramente inferior a las de otros organismos, como la OCDE y el Banco de España, que sitúan el crecimiento previsto para este año en el 2,6%, en línea con las expectativas del Gobierno. En cualquier caso, España continuará entre las economías más dinámicas de la eurozona y crecerá a un ritmo superior al de las principales potencias europeas. Entre estas economías, Alemania registra una de las revisiones más favorables. El FMI prevé que su PIB aumente un 1,3% en 2026, seis décimas más de lo calculado en julio. Francia, en cambio, afronta un panorama menos favorable, marcado por la inestabilidad política y las dificultades de sus finanzas públicas. El organismo estima que su economía crecerá apenas un 0,4%, dos décimas menos de lo previsto anteriormente. Italia mejora sus perspectivas en tres décimas, hasta alcanzar un crecimiento del 0,8%. En conjunto, la eurozona crecerá un 1,1% en 2026, dos décimas por encima de la previsión publicada en julio, aunque a un ritmo inferior a la mitad del esperado para España. Las proyecciones del FMI también sitúan a la economía española por delante de la estadounidense en términos de crecimiento porcentual, ya que Estados Unidos registrará un avance del 2,3% este año. Las perspectivas de crecimiento, sin embargo, están condicionadas por el repunte de los precios. El FMI advierte de que una prolongación del conflicto o una nueva escalada de las tensiones en Oriente Próximo o Ucrania podría encarecer las materias primas y mantener su volatilidad durante más tiempo, intensificando las presiones inflacionistas. En este contexto, el organismo prevé que la inflación general mundial alcance el 4,7% en 2026 y se modere hasta el 4,1% en 2027. En España, la inflación media se situará previsiblemente en el 3,7% este año, siete décimas por encima de la estimación anterior y un punto porcentual más que en 2025. Para 2027, el FMI espera que se reduzca al 2,7%. En la eurozona, por su parte, el incremento medio de los precios será del 3,1% en 2026 y del 2,8% el próximo año. La evolución de los precios en España resulta especialmente relevante porque mantendrá una diferencia desfavorable respecto a varios de sus principales socios europeos durante el resto del año. Esta brecha puede perjudicar la competitividad de las exportaciones españolas, al encarecer relativamente los productos y servicios nacionales. El FMI calcula que la inflación media de Alemania será del 2,7% en 2026, un punto menos que la española, mientras que Francia registrará un 2,4% e Italia, un 3,3%. Por último, el organismo internacional también anticipa una desaceleración progresiva de la economía china, en línea con las previsiones de la OCDE. Tras crecer un 5% en 2025, el PIB de China aumentará un 4,5% en 2026 y un 4% en 2027. Ambas estimaciones suponen una rebaja de una décima respecto a las publicadas por el FMI en julio.

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(El Economista, 13-10-2026) | Fiscal

Hacienda recauda un 30% más en el IRPF de las rentas del ahorro e inversión

La recaudación del IRPF mantiene su tendencia al alza y, hasta agosto de 2026, ha aumentado un 11,6% respecto al mismo periodo del año anterior, hasta alcanzar los 109.995 millones de euros, según los últimos datos de la Agencia Tributaria. La mayoría de los tributos también han incrementado sus ingresos, con la excepción de los Impuestos Especiales, cuya recaudación ha disminuido un 7,9%. El mayor crecimiento corresponde al Impuesto sobre Sociedades, que ha registrado un avance del 24,4%, aunque el IRPF continúa siendo una de las principales fuentes de ingresos públicos. El aumento de la recaudación del IRPF se ha concentrado especialmente en julio, coincidiendo con el primer pago de la Campaña de la Renta correspondiente a 2025. Hacienda atribuye esta evolución al fuerte incremento de las rentas que no están sometidas íntegramente a retenciones y pagos a cuenta, como las ganancias patrimoniales, los rendimientos inmobiliarios y los ingresos de las empresas personales. Destacan especialmente las ganancias patrimoniales, que crecieron por encima del 30% por segundo año consecutivo. A ello se suma el efecto de la subida del tipo impositivo aplicable a las bases del ahorro superiores a 300.000 euros, incorporada en la declaración anual. Las retenciones sobre las ganancias patrimoniales procedentes de fondos de inversión han aumentado un 29,8% en el conjunto del año. Este crecimiento se produce en un contexto de elevada fiscalidad del ahorro financiero en España. Un informe del Instituto de Estudios Económicos (IEE) sitúa la tributación efectiva de los fondos de inversión en el 27%, frente al 21% de media de la Unión Europea y el 24% de la OCDE. El incremento de los ingresos tributarios refleja también el peso creciente de los impuestos sobre las rentas del ahorro. Actualmente, estas rentas están sometidas a una escala progresiva de cinco tramos, con tipos que van del 19% al 30% para las bases liquidables superiores a 300.000 euros. Según el IEE, la tributación efectiva de los productos financieros alcanza el 22% en España, frente al 16% de media de la OCDE y el 14% de la UE. Los autores del estudio consideran que estas diferencias sitúan a España entre los países donde la fiscalidad reduce con mayor intensidad la rentabilidad neta que obtienen las familias por sus inversiones. Esta valoración también es compartida por la Asociación Española de Asesores y Planificadores Financieros (EFPA España), que ha participado en el informe. El estudio señala asimismo que la Ley 35/2006 del IRPF ha experimentado numerosas modificaciones desde su aprobación. Entre ellas, destaca la reforma introducida por la Ley 26/2014, cuyas medidas sobre la tributación del ahorro, según los autores, respondieron principalmente a objetivos recaudatorios y ofrecieron incentivos limitados para fomentar la inversión a largo plazo. En cuanto a los ingresos procedentes de los productos financieros, las retenciones sobre el capital mobiliario apenas han variado en agosto, mientras que el incremento acumulado desde enero se sitúa en el 0,8%. La Agencia Tributaria explica que los intereses de las cuentas bancarias siguen disminuyendo, aunque a un ritmo cada vez menor. Esta caída se compensa con los ingresos procedentes de los dividendos. El tipo marginal máximo aplicado a estos últimos alcanza el 30% en España, cinco puntos por encima de la media de la OCDE y nueve puntos superior a la de la Unión Europea. En conjunto, los ingresos tributarios entre enero y agosto de 2026 han ascendido a 230.277 millones de euros, un 9,7% más que en el mismo periodo de 2025. El crecimiento habría sido mayor sin las medidas fiscales adoptadas para amortiguar el impacto de la inflación, entre ellas las reducciones de los impuestos sobre los hidrocarburos y la electricidad. La recaudación del Impuesto sobre Hidrocarburos ha caído un 11,8% hasta agosto. Sin embargo, la Agencia Tributaria estima que, sin la reducción de los tipos impositivos, los ingresos habrían aumentado un 2,1%. La evolución de este tributo responde al comportamiento favorable del consumo de gasolina, frente al descenso registrado en los gasóleos de automoción y los sujetos a bonificación. El Impuesto Especial sobre la Electricidad también presenta una evolución negativa, con una caída acumulada del 21,5% hasta agosto. Este resultado se explica por la rebaja fiscal que estuvo vigente entre marzo y mayo. Tras su eliminación en la revisión de las medidas contra la inflación, los ingresos han comenzado a recuperarse, tanto por la vuelta a los tipos anteriores como por el encarecimiento de la electricidad. Otros tributos especiales también registran retrocesos. La recaudación del impuesto sobre el alcohol ha disminuido un 3,4% en los ocho primeros meses del año, una evolución que Hacienda relaciona con la reducción del consumo de bebidas alcohólicas y no con cambios en los tipos impositivos. Por su parte, el Impuesto Especial sobre los Envases de Plástico No Reutilizables ha recaudado un 2,9% menos, aunque en agosto sus ingresos aumentaron un 2,4%. El Impuesto sobre las Labores del Tabaco muestra un comportamiento algo más favorable, con un incremento acumulado del 0,9% respecto al mismo periodo del año anterior. Su evolución, al igual que ocurre con el alcohol, está estrechamente vinculada a los hábitos de consumo.

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(El Economista, 13-10-2026) | Fiscal

La Justicia refrenda el ITP reducido de familia numerosa al comprar vivienda con el tercer hijo en gestación

El Tribunal Supremo ha establecido que las familias pueden beneficiarse del tipo reducido del 4% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) por la compra de su vivienda habitual cuando la madre esté embarazada de su tercer hijo en el momento de formalizar la adquisición, siempre que el bebé nazca vivo posteriormente. Así lo determina una sentencia del 24 de septiembre de 2026, que fija doctrina jurisprudencial sobre la aplicación de este incentivo fiscal. La magistrada ponente, Córdoba Castroverde, fundamenta la decisión en el artículo 39 de la Constitución Española, que encomienda a los poderes públicos la protección social, económica y jurídica de la familia. También se apoya en el artículo 29 del Código Civil, que considera nacido al concebido para todos los efectos que le resulten favorables. La Sala realiza una interpretación finalista de la Ley de Protección a las Familias Numerosas y se aparta del criterio estrictamente literal defendido por la Administración tributaria autonómica. Este razonamiento sigue la línea de la doctrina del Tribunal Constitucional recogida en su Sentencia 77/2015, que prioriza la efectividad de los beneficios fiscales destinados a facilitar el acceso a la vivienda habitual. Además, el Supremo recuerda que el título oficial de familia numerosa tiene carácter declarativo, no constitutivo, por lo que reconoce una situación familiar preexistente en lugar de crearla. El caso se originó cuando un matrimonio casado en régimen de separación de bienes adquirió una vivienda y autoliquidó el ITP al tipo general del 6%. Posteriormente, la madre solicitó la devolución de los ingresos indebidos al alegar que estaba embarazada de su tercer hijo cuando se otorgó la escritura pública de compraventa. Aunque la Administración tributaria rechazó la petición, tanto el Tribunal Económico-Administrativo Regional como el Tribunal Superior de Justicia reconocieron su derecho a aplicar el beneficio fiscal. La sentencia incluye un voto particular del magistrado Toledano Cantero, que discrepa de la decisión mayoritaria. A su juicio, el derecho a la reducción tributaria debe determinarse en la fecha del devengo del impuesto y la ficción jurídica prevista en el artículo 29 del Código Civil debe limitarse a proteger los derechos del concebido. Por ello, considera que esta disposición no puede extenderse para reducir las obligaciones fiscales de los progenitores.

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(Cinco Días, 09-10-2026) | Fiscal

La banca aguarda la bendición de Hacienda para lanzar la cuenta de inversión con incentivos fiscales

La cuenta Financia Europa se ha aprobado, ha sido derogada y se ha recuperado en poco más de una semana, aunque todavía no está disponible para los inversores. El Congreso rechazó la iniciativa junto con las medidas relacionadas con el acceso a la vivienda, pero el Gobierno la recuperó cuatro días después mediante un nuevo decreto, con el mismo texto que el anterior. España, y en particular el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, ha presentado esta iniciativa como un avance que responde a una demanda planteada desde hace meses por la Unión Europea. Para que pueda empezar a funcionar, todavía debe ser convalidada por la Diputación Permanente del Congreso y Hacienda debe aprobar una orden ministerial que detalle cómo las entidades financieras comunicarán a la Agencia Tributaria la información correspondiente. Por el momento, el Ministerio no ha fijado una fecha para publicar esa norma. La iniciativa ha quedado en segundo plano ante la atención generada por la crisis de la vivienda y la muerte de Maricarmen Abascal, pero podría convertirse en un instrumento relevante para los inversores. Las cuentas Financia Europa permitirán gestionar inversiones y reinvertir las ganancias sin tributar por las plusvalías en cada operación, de modo que los impuestos se aplacen hasta que se retire el dinero. Algunos expertos las comparan con las sicavs, aunque estarán abiertas a todo tipo de inversores, por lo que empiezan a conocerse como «minisicavs». Según los especialistas consultados, se trata de una de las reformas más importantes de la fiscalidad de la inversión desde 2002, cuando se permitió traspasar dinero entre fondos de inversión sin pagar impuestos por la operación. El Ministerio de Economía ha aprobado los cambios reglamentarios necesarios en el IRPF y en los procedimientos de gestión tributaria para establecer las obligaciones de información de las entidades financieras. Estas deberán comunicar anualmente los datos de los titulares, las aportaciones y retiradas de dinero, las ganancias y pérdidas, los saldos a 31 de diciembre, el valor liquidativo de las inversiones y las operaciones realizadas con los activos, incluidas las movilizaciones y cancelaciones. Ahora corresponde a Hacienda, bajo la dirección de Arcadi España, concretar el modelo de declaración y los detalles técnicos mediante una orden ministerial. Su aprobación es imprescindible para que las cuentas puedan comercializarse y contratarse. El propósito es que estos productos permitan reunir distintas modalidades de inversión en un mismo vehículo. En una primera fase, solo podrán incluir acciones negociadas en bolsas europeas, mientras se espera que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) publique la relación de fondos de inversión y fondos cotizados (ETF) que podrán incorporarse. Las entidades financieras ya están estudiando cómo integrar las cuentas en su oferta comercial. Desde la firma de asesoramiento regulatorio finReg360 señalan que mantienen contactos con numerosas compañías para analizar tanto la estructura del producto como las posibilidades de comercialización. Trade Republic también sigue de cerca el desarrollo normativo. Su director general para España y Portugal, Pablo López, ha explicado que está en contacto con el equipo de desarrollo de producto de la entidad en Berlín para preparar el lanzamiento en cuanto Hacienda concrete los últimos detalles. Otras firmas, como MyInvestor, N26, Indexa Capital e InBestMe, están haciendo un seguimiento de la regulación con la intención de ofrecer estas cuentas cuanto antes. La expectativa se extiende a los brókeres y a los proveedores de fondos y ETF. Eduardo Escario, responsable de VanEck para España y Latinoamérica, apunta que la gestora ya dispone de productos que encajan en este tipo de inversión, como su fondo VanEck Morningstar Developed Markets ex-US Dividend Leaders, que reúne un centenar de acciones con dividendos y una presencia destacada de empresas europeas. Los bancos y las gestoras también analizan cómo incorporar el nuevo vehículo a sus catálogos. El sector considera que puede atraer importantes cantidades de ahorro hacia la economía productiva europea y generar nuevas oportunidades de negocio a través de las comisiones. No obstante, Inverco, la asociación española de instituciones de inversión colectiva, recuerda que los fondos deberán estar inscritos en el registro del supervisor para poder integrarse en estas cuentas. El éxito del producto dependerá, en buena medida, de la estrategia comercial de las entidades financieras. Fuentes relacionadas con su diseño sostienen que será fundamental que bancos y plataformas lo promocionen activamente, de forma similar a las campañas de planes de pensiones. También advierten de que la incertidumbre política podría afectar a su continuidad después de las elecciones. Desde finReg360, Fernando Alonso, socio de estrategia y operaciones, considera que sería una lástima que una medida con potencial para impulsar los mercados de capitales europeos quedara condicionada por la inestabilidad política y regulatoria desde su puesta en marcha. Las cuentas permitirán invertir hasta 150.000 euros en distintos activos, como acciones, fondos y ETF, sin tributar por las plusvalías generadas en cada operación mientras el dinero permanezca dentro del vehículo. La tributación se producirá cuando el inversor retire los fondos, con ventajas fiscales significativas: los primeros 10.000 euros de plusvalías estarán totalmente exentos y el resto podrá beneficiarse de una reducción del 20%, siempre que hayan transcurrido más de cinco años. Así, si se obtienen 20.000 euros de ganancias, solo tributarán 8.000. Fuera de este sistema, una plusvalía de ese importe estaría sujeta a los tipos habituales del ahorro, del 19% para los primeros 6.000 euros y del 21% para los 14.000 restantes. Los dividendos, sin embargo, seguirán tributando en el IRPF con las retenciones y los tipos vigentes. En el caso de los fondos que puedan incluirse en estas cuentas, al menos el 70% de la inversión deberá destinarse a activos del Espacio Económico Europeo, un mínimo del 50% tendrá que estar invertido en bolsa y el 35% deberá corresponder a acciones de países de ese ámbito. Esto permite mantener parte de la cartera en bonos o acciones estadounidenses, siempre que no se incumplan los porcentajes establecidos. Las cuentas, por su parte, no admitirán inversiones directas en bonos. Sara Gutiérrez Campiña, socia cofundadora de finReg360, cuestiona esta limitación y considera que excluir la renta fija no parece imprescindible para impulsar la financiación de la economía europea, dado que la deuda pública y corporativa también puede canalizar el ahorro hacia la actividad productiva.

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(Expansión, 09-10-2026) | Fiscal

¿Vender o seguir alquilando? El cálculo fiscal que cambia tras el nuevo decreto de vivienda

El Gobierno ha recuperado sus reformas en materia de vivienda durante la disolución de las Cortes y pretende que la Diputación Permanente decida sobre su convalidación. Los cambios previstos en las indemnizaciones a los inquilinos y en las reducciones del IRPF por el alquiler obligan a los pequeños propietarios a revisar sus cálculos para decidir si les conviene mantener sus viviendas arrendadas o venderlas. Cientos de miles de propietarios particulares se enfrentan a una decisión que puede tener importantes consecuencias económicas: continuar alquilando sus inmuebles o ponerlos a la venta. La publicación en el Boletín Oficial del Estado de los Reales Decretos-leyes 28/2026 y 29/2026 introduce cambios que alteran la rentabilidad de ambas opciones. La tramitación de estas medidas se produce en un contexto de fuerte controversia política. Después de que el Parlamento rechazara los textos originales el pasado 29 de septiembre y de las posteriores movilizaciones ciudadanas, el presidente del Gobierno disolvió las Cortes y convocó elecciones anticipadas. Sin embargo, el Ejecutivo aprobó al día siguiente dos nuevos decretos con el objetivo de someterlos a la Diputación Permanente para su convalidación. Al margen de la polémica institucional, las medidas planteadas modifican las condiciones económicas del mercado inmobiliario. Por un lado, recuperar una vivienda para venderla al finalizar el contrato de alquiler podría resultar más costoso. Por otro, mantenerla arrendada con una reducción de la renta permitiría acceder a importantes ventajas fiscales. Hasta ahora, muchos propietarios aprovechaban el vencimiento del contrato para recuperar el inmueble y venderlo. El Real Decreto-ley 28/2026 modifica el artículo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y establece nuevas condiciones para la continuidad de los arrendamientos. Una vez transcurridos los cinco años de duración obligatoria del contrato, o siete cuando el arrendador sea una persona jurídica, el alquiler se prorrogaría automáticamente por periodos sucesivos de cinco años, salvo que el propietario comunicara su voluntad de no renovarlo con seis meses de antelación. Si decide recuperar la vivienda para venderla o por otros motivos que no respondan a una necesidad personal o familiar justificada, tendría que indemnizar al inquilino. La compensación se calcularía aplicando el importe más elevado entre doce mensualidades de renta, determinadas conforme a las condiciones previstas en la norma, y una mensualidad por cada año de residencia del arrendatario en el inmueble. Además, la venta no eliminaría este derecho, ya que el comprador asumiría las obligaciones correspondientes. Esta circunstancia podría afectar al precio de venta de las viviendas que se transmitan con inquilinos cuyos contratos estén próximos a finalizar. Frente a estas condiciones, el Real Decreto-ley 29/2026 introduce incentivos fiscales para los propietarios que opten por mantener sus inmuebles en alquiler. La modificación del artículo 23.2 de la Ley del IRPF contempla una reducción del 100% del rendimiento neto para determinados arrendadores particulares que formalicen un nuevo contrato con una rebaja superior al 5% respecto a la renta anterior o alquilen a un nuevo inquilino por debajo del índice de referencia, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. En estos supuestos, el rendimiento neto del alquiler quedaría íntegramente reducido a efectos del IRPF, de modo que el propietario no tendría que tributar por esos ingresos. Por el contrario, los arrendadores que incrementen las rentas podrían beneficiarse de porcentajes de reducción inferiores, que variarían en función de las condiciones aplicables y podrían descender hasta el 15% si la subida supera el 20%. Las diferencias se aprecian en un ejemplo práctico. Un propietario que tribute a un tipo marginal del 37% y alquile su vivienda por 1.000 euros mensuales obtendría unos ingresos anuales de 12.000 euros. Si sus gastos deducibles ascienden a 2.500 euros, el rendimiento neto sería de 9.500 euros. Si mantiene la renta sin cambios y aplica una reducción fiscal del 50%, la base sometida a tributación sería de 4.750 euros. Con un tipo marginal del 37%, el impuesto ascendería a 1.757,50 euros y el rendimiento neto después de ese pago quedaría en 7.742,50 euros. En cambio, si reduce el alquiler un 6%, hasta los 940 euros mensuales, sus ingresos anuales bajarían a 11.280 euros y el rendimiento neto, después de descontar los mismos gastos, sería de 8.780 euros. Si cumple las condiciones para aplicar la reducción del 100%, no tendría que pagar IRPF por ese rendimiento. De esta forma, pese a ingresar 720 euros brutos menos al año, acabaría disponiendo de 1.037,50 euros más después de impuestos que si hubiera mantenido la renta inicial. La alternativa de vender la vivienda también presenta obstáculos regulatorios y fiscales. La reforma del artículo 25 de la LAU refuerza el derecho de tanteo y retracto del inquilino e impide renunciar a él mediante una cláusula contractual. En consecuencia, cuando proceda este derecho, el arrendatario dispondrá de 30 días para adquirir preferentemente el inmueble en las condiciones comunicadas por el propietario. Además, la venta genera una ganancia patrimonial que tributa en la base del ahorro del IRPF, con tipos progresivos del 19% al 28% sobre la plusvalía obtenida, a lo que puede añadirse el impuesto municipal sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), conocido como plusvalía municipal. El decreto también actualiza los coeficientes máximos aplicables a determinadas transmisiones de larga duración, con un multiplicador de hasta 0,30 para periodos de generación de veinte años o más. La normativa contempla una excepción fiscal para determinadas ventas de inmuebles a las administraciones públicas. La nueva disposición adicional sexagésima quinta de la Ley del IRPF prevé una exención del 100% de la ganancia patrimonial para operaciones relativas a inmuebles de hasta 200.000 euros y exenciones parciales en determinados casos de hasta 800.000 euros. Para acogerse a este beneficio, se exige que el comprador sea una Administración pública y que la vivienda haya permanecido desocupada de forma continuada durante los dos años anteriores a la transmisión.

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(Expansión, 09-10-2026) | Fiscal

Bruselas descarta dar más flexibilidad fiscal a los países por la crisis energética

El comisario europeo de Economía y Productividad, Valdis Dombrovskis, ha descartado conceder una mayor flexibilidad fiscal a los Estados miembros para hacer frente a la crisis energética. Bruselas considera que ampliar las excepciones a las reglas de gasto podría debilitar la credibilidad del marco presupuestario comunitario y poner en riesgo la sostenibilidad de las finanzas públicas, que considera un activo fundamental para la Unión Europea. Dombrovskis trasladó este mensaje durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Eurogrupo celebrada en Luxemburgo, en la que participaron los ministros de Finanzas de los países de la zona euro. El comisario letón defendió la necesidad de mantener la disciplina presupuestaria en un momento en el que los mercados financieros prestan especial atención a la rentabilidad de la deuda europea y persiste el riesgo de nuevas tensiones financieras. El responsable económico de la Comisión Europea advirtió de que conceder nuevas excepciones de forma recurrente podría generar dudas sobre el compromiso de los Estados miembros con las reglas fiscales. A su juicio, la credibilidad de las políticas destinadas a garantizar la sostenibilidad de las cuentas públicas no debe ponerse en peligro mediante una ampliación continuada de los márgenes de gasto. La negativa de Bruselas llega después de que los primeros ministros de Grecia e Italia, Kyriákos Mitsotákis y Giorgia Meloni, solicitaran por carta una mayor capacidad presupuestaria para amortiguar las consecuencias económicas de la guerra de Irán. Ambos dirigentes alertaron del impacto que el encarecimiento de la energía está teniendo sobre los hogares y las empresas, una situación que se ha agravado en los últimos meses. En su petición, los dos mandatarios defendieron que la respuesta europea no puede limitarse a reducir el consumo energético y reclamaron un abanico más amplio de medidas para afrontar la crisis. Dombrovskis aseguró haber tomado nota de sus demandas, pero recordó que el marco fiscal reformado ya incorpora mecanismos de flexibilidad automática para responder a las circunstancias económicas, de modo que una desaceleración de la actividad o un aumento de los costes por intereses no obligan necesariamente a adoptar medidas presupuestarias compensatorias adicionales. La Comisión Europea permitió este verano que los Estados miembros destinaran hasta 0,3 puntos porcentuales del PIB a medidas para reducir la dependencia de los combustibles fósiles, dentro de una cláusula de salvaguardia fiscal de hasta 1,5 puntos del PIB inicialmente concebida para financiar el gasto en defensa. Sin embargo, Bruselas mantiene sus reservas ante las ayudas generalizadas al consumo de combustibles fósiles, como las aplicadas por España y las que Italia y Grecia aspiran a poner en marcha con un mayor margen presupuestario. Dombrovskis argumentó que las subvenciones generalizadas no solo supondrían un elevado coste para las cuentas públicas, sino que también podrían estimular la demanda energética y presionar al alza los precios. Por ello, defendió que las ayudas deben dirigirse a quienes más las necesitan, aunque reconoció que la cuestión seguirá debatiéndose en el ámbito europeo.

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(El Economista, 09-10-2026) | Fiscal

Cuerpo abre la puerta a solicitar más margen fiscal a la UE para las ayudas energéticas

La crisis energética provocada por el conflicto en Oriente Medio ha llevado a los Gobiernos a estudiar medidas para reducir el impacto económico y apoyar a los hogares. En este contexto, el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, ha señalado que España está estudiando la posibilidad de solicitar a Bruselas una mayor flexibilidad en las reglas fiscales para financiar ayudas relacionadas con la energía. A su llegada a la reunión del Eurogrupo celebrada en Luxemburgo, Cuerpo ha explicado que el Ejecutivo analiza los márgenes de flexibilidad que contempla la normativa fiscal europea, tanto para el gasto en defensa como para el energético. Según ha indicado, España dispone de «gastos elegibles» en este último ámbito, por lo que el Gobierno evaluará las medidas y recurrirá a esas posibilidades si considera que resulta necesario. El ministro también se ha mostrado dispuesto a estudiar la propuesta de Italia para ampliar el margen fiscal destinado a las ayudas energéticas. Cuerpo ha aludido a la situación excepcional derivada de la guerra en Irán y ha defendido la necesidad de mantener la sostenibilidad de las finanzas públicas, al tiempo que se responde a sus consecuencias económicas. Asimismo, ha destacado la solidez de la economía española, tanto por su crecimiento como por la responsabilidad presupuestaria, y ha afirmado que estos factores están contribuyendo a proteger al país frente a las turbulencias registradas en los mercados financieros durante las últimas semanas. En cuanto a las negociaciones del próximo presupuesto comunitario, Cuerpo ha asegurado que España mantendrá su posición hasta el final. Aunque ha reconocido que se avecinan meses complicados, ha defendido la voluntad del Gobierno de presentar propuestas que permitan acercar posturas y facilitar un acuerdo, pese a que España pasará a ser contribuyente neto al presupuesto de la Unión Europea. Según ha subrayado, el Ejecutivo ya está planteando iniciativas para generar suficiente margen de negociación y alcanzar un consenso.

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(El País, 09-10-2026) | Fiscal

La UE urge a bajar los impuestos a la electricidad para hacerla más atractiva frente a los combustibles fósiles

La Unión Europea busca hacer frente a la creciente saturación de sus redes eléctricas, en un contexto marcado por el avance de la electrificación industrial y el aumento de la demanda de los centros de datos. Una propuesta normativa elaborada por el Consejo Europeo y el Parlamento Europeo, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, alerta de una posible falta de capacidad en los puntos de conexión y contempla que los reguladores puedan establecer prioridades para decidir qué usuarios acceden a la red cuando no haya recursos suficientes. El texto también plantea reducir los impuestos sobre la electricidad para que su carga fiscal sea inferior a la del gas y los carburantes, con el objetivo de acelerar la transición energética. La nueva crisis energética, la segunda de gran magnitud en cinco años, vuelve a poner de manifiesto la dependencia europea de los combustibles fósiles importados. Sin embargo, a diferencia de lo ocurrido durante las crisis del petróleo de los años setenta, actualmente existen alternativas tecnológicas para reducir esa dependencia. Según los últimos cálculos de la Universidad de Oxford, el 75% de la demanda energética actual podría electrificarse con tecnologías disponibles. Para aprovechar ese potencial, no obstante, será necesario superar las barreras existentes y adoptar medidas económicas que faciliten el cambio. Uno de los principales objetivos de la propuesta comunitaria es reducir la carga fiscal que soporta la electricidad para mejorar su competitividad frente a los combustibles fósiles. El documento mantiene el principio de que la electricidad no debe estar gravada por encima de combustibles como el gas natural. Además, contempla revisar el sistema de cálculo de los peajes de acceso a las redes y permite que los Estados asuman con recursos públicos parte de los costes correspondientes a determinados consumidores. El encarecimiento del petróleo y el gas, impulsado por los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, ha ampliado las ventajas económicas de utilizar electricidad en lugar de combustibles fósiles. Los propietarios de vehículos eléctricos o de sistemas de calefacción por aerotermia pueden comprobar el ahorro que supone esta alternativa. Sin embargo, cuando los precios energéticos se estabilizan, esa diferencia puede reducirse, en parte debido a unos sistemas tributarios que no siempre favorecen la electrificación. La propuesta europea señala que el ritmo de sustitución de los combustibles fósiles depende, entre otros factores, del coste de la electricidad, condicionado tanto por los peajes de red como por los impuestos aplicados a las facturas. Por ello, insta a los Estados miembros a garantizar un tratamiento fiscal más favorable para la electricidad que para el gas natural, de manera que los precios incentiven la electrificación de la economía comunitaria. El documento también advierte de que la transición hacia un modelo energético basado en la electricidad en los hogares, el transporte y la industria encuentra obstáculos cuando la fiscalidad nacional beneficia a los combustibles fósiles. Según el texto, este desequilibrio desincentiva la adopción de soluciones energéticas más económicas, renovables y con menores emisiones de carbono. España, pese a disponer de un importante potencial renovable y de unos costes de generación que pueden ser inferiores a los de buena parte de Europa, tampoco cuenta con un sistema fiscal especialmente favorable para extender la electrificación a todos los usos. En los últimos meses se han adoptado algunas medidas, como la eliminación progresiva del impuesto del 7% sobre la producción eléctrica y la reducción temporal del IVA de la factura de la luz al 10%, frente al tipo habitual del 21%, para amortiguar el impacto de la crisis energética. Sin embargo, la fiscalidad española sigue penalizando menos a los carburantes que la aplicada en numerosos países del centro y el norte de Europa. El eurodiputado socialista Nicolás González Casares defiende que la política tributaria debe acompañar los esfuerzos de hogares y empresas para sustituir los combustibles fósiles por electricidad. A su juicio, no resulta coherente impulsar la electrificación de la economía mientras los impuestos desincentivan esa decisión. La propuesta, no obstante, permitiría que la Comisión Europea autorizase aplazamientos cuando un Estado justificase circunstancias nacionales específicas, incluida su situación presupuestaria. Otro de los factores que influyen en el precio de la electricidad es el funcionamiento del mercado mayorista europeo. El sistema marginalista, en el que la última tecnología necesaria para cubrir la demanda determina el precio de la electricidad para el conjunto del mercado, ha contribuido durante años a impulsar la entrada de energías renovables. Sin embargo, en periodos de tensión energética, el encarecimiento del gas se traslada al resto del mercado y eleva los precios durante buena parte del día, con la excepción de las horas de mayor producción solar. La distribución de la capacidad disponible en las redes constituye otro de los grandes desafíos. La Unión Europea quiere dotar a los reguladores de herramientas para frenar las solicitudes especulativas de conexión, exigir que los proyectos tengan un grado suficiente de madurez y establecer prioridades cuando no sea posible atender todas las peticiones. Entre las categorías de usuarios que recoge la propuesta figuran los hogares, las pequeñas y medianas empresas, los servicios públicos y sociales, las comunidades energéticas, los centros de datos, las industrias con un elevado consumo eléctrico y el sector del transporte. Los criterios para asignar la capacidad deberán ser objetivos, transparentes y no discriminatorios. También podrán tener en cuenta el efecto de cada proyecto sobre la congestión de la red, así como sus costes y beneficios económicos, ambientales, de seguridad y sociales. Este cambio puede tener especial relevancia para España, que compite por atraer inversiones en centros de datos. Según González Casares, las solicitudes de acceso a la red para estas instalaciones ascienden a unos 22 gigavatios (GW), aunque solo alrededor de tres gigavatios corresponderían a proyectos suficientemente sólidos como para ejecutarse antes de 2030. La reforma también pretende que las tarifas eléctricas reflejen mejor el coste que supone para el sistema la forma en que se consume la energía. Para ello, la expansión de los contadores inteligentes será fundamental. La propuesta establece como objetivo alcanzar una cobertura mínima del 50% de los consumidores finales en 2030 y del 75% en 2033, con plazos más amplios para los países que partan de una implantación inferior al 30%. El propósito es que las tarifas transmitan señales que animen a reducir los picos de demanda y favorezcan el almacenamiento energético y una utilización más flexible de la red. De este modo, la factura eléctrica dejaría de depender principalmente de la cantidad de kilovatios hora consumidos para incorporar también factores como el momento, el lugar y las condiciones en las que se utiliza la infraestructura eléctrica.

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(Expansión, 08-10-2026) | Fiscal

Cuánto puede ahorrar un casero en el IRPF si baja el alquiler un 5%

El Gobierno ha vuelto a poner sobre la mesa su paquete de medidas en materia de vivienda apenas unos días después de que el Congreso rechazara la convalidación de los anteriores decretos. Tras la disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones generales, el Ejecutivo de Pedro Sánchez aprobó de nuevo, al día siguiente, los dos reales decretos-leyes, el 28/2026 y el 29/2026, y trasladó su convalidación a la Diputación Permanente. La decisión ha generado una fuerte controversia política y jurídica. Mientras la oposición considera que el Ejecutivo está tratando de sortear el rechazo parlamentario producido antes de la disolución de las Cortes, el Gobierno justifica la nueva aprobación por la necesidad urgente de actuar ante el encarecimiento de la vivienda. Al margen de la polémica institucional, el Real Decreto-ley 29/2026 introduce cambios relevantes en el IRPF, con importantes incentivos fiscales para los propietarios que reduzcan el precio del alquiler y una reducción progresiva de las ventajas fiscales cuando opten por incrementar las rentas. El nuevo sistema puede generar una situación paradójica para los propietarios: reducir el alquiler mensual puede acabar proporcionando una mayor rentabilidad neta anual gracias al ahorro fiscal. La medida modifica el artículo 23.2 de la Ley del IRPF y está dirigida a los arrendadores que no tengan la consideración de grandes tenedores. El incentivo se aplica cuando se formaliza un nuevo contrato y la renta inicial se reduce más de un 5% respecto al contrato anterior, una vez aplicada la actualización que corresponda. La reducción fiscal puede alcanzar el 100% del rendimiento neto del alquiler en determinados casos. Esta ventaja se aplica, por ejemplo, cuando el propietario mantiene al mismo inquilino una vez finalizado el periodo legal obligatorio de cinco años o sus prórrogas. También puede alcanzar ese porcentaje cuando se firma un contrato con un nuevo arrendatario siempre que la renta se sitúe por debajo del límite máximo establecido por el sistema estatal de índices de referencia. El porcentaje de reducción también depende de las características del inmueble y del arrendatario. Puede ser del 95% cuando la vivienda se encuentre en una zona tensionada y el inquilino tenga entre 18 y 35 años; del 90% cuando el inmueble esté situado en una zona tensionada, independientemente de la edad del arrendatario; y del 85% cuando el inquilino tenga entre 18 y 35 años aunque la vivienda esté fuera de estas áreas. Para el resto de situaciones en las que se produzca una reducción superior al 5%, la rebaja fiscal será del 70%. El impacto económico puede apreciarse con un ejemplo. Un propietario que tenga un tipo marginal del IRPF del 37% y alquile una vivienda por 1.000 euros mensuales obtiene unos ingresos anuales de 12.000 euros. Si sus gastos deducibles ascienden a 2.500 euros, el rendimiento neto sería de 9.500 euros. Si mantiene la renta en 1.000 euros mensuales y aplica la reducción general del 50%, tributaría por 4.750 euros. Con un tipo marginal del 37%, la factura fiscal ascendería a 1.757,50 euros y el rendimiento disponible después de impuestos quedaría en 7.742,50 euros. En cambio, si reduce el alquiler un 6%, hasta los 940 euros mensuales, los ingresos anuales bajarían a 11.280 euros y, después de descontar los 2.500 euros de gastos, el rendimiento neto sería de 8.780 euros. Al poder aplicar una reducción del 100%, la cantidad sometida a tributación sería cero y el propietario no tendría que pagar IRPF por ese rendimiento. De esta forma, pese a cobrar 60 euros menos al mes, obtendría 8.780 euros netos, es decir, 1.037,50 euros más al año que manteniendo la renta en 1.000 euros. El nuevo régimen también reduce las ventajas fiscales para quienes incrementen el precio de los alquileres. Cuando la subida sea de hasta el 5%, la reducción aplicable será del 40%. Si el aumento se sitúa entre el 5% y el 10%, bajará al 30%; entre el 10% y el 15%, al 25%; entre el 15% y el 20%, al 20%; y cuando la subida supere el 20%, la reducción quedará limitada al 15%. Siguiendo con el mismo ejemplo, si el propietario elevara la renta un 5%, hasta 1.050 euros mensuales, obtendría 12.600 euros anuales. Una vez descontados los 2.500 euros de gastos, el rendimiento neto sería de 10.100 euros. Con una reducción fiscal del 40%, tendría que tributar por 6.060 euros y, aplicando un tipo marginal del 37%, pagaría 2.242,20 euros en impuestos. Su rendimiento neto después de impuestos sería de 7.857,80 euros. Así, aumentar el alquiler en 50 euros mensuales solo supondría para el propietario 115 euros adicionales de beneficio neto al año respecto a mantener la renta congelada. Además, el resultado sería casi 1.000 euros inferior al que obtendría si redujera el precio del alquiler y pudiera beneficiarse de la reducción fiscal del 100%.

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