(Expansión, 03-12-2025) | Fiscal

Hacienda retrasa un año la entrada en vigor de Verifactu tras las exigencias de Junts

El Ministerio de Hacienda aplazará un año la puesta en marcha del nuevo sistema de verificación de facturas, Verifactu, con el fin de dar más tiempo a las empresas para adaptarse. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha explicado que el real decreto ley que el Consejo de Ministros aprobueba -y con el que se atenderán compromisos pendientes con Junts- incluirá una ampliación del plazo "para la digitalización de los procesos de facturación en el ámbito fiscal". Esta prórroga afecta a las obligaciones previstas en la Ley Antifraude, que debían empezar a aplicarse el 1 de enero para las compañías y el 1 de julio para los autónomos. Fuentes de Hacienda han informado a EFE de que la ampliación será de un año. Esto significa que el sistema Verifactu no será obligatorio hasta el 1 de enero de 2027 para las empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades, y hasta el 1 de julio de ese año para los autónomos personas físicas. El caso de los desarrolladores de software de facturación (SIF) es distinto: sus obligaciones para adaptar los programas y evitar dobles contabilidades ya entraron en vigor en julio y se mantendrán sin cambios. Esta segunda prórroga en la implantación de Verifactu llega tras la presión ejercida por Junts sobre el Gobierno y responde a una de las principales peticiones de las asociaciones de autónomos. Por ello, el presidente de ATA, Lorenzo Amor, ha señalado que "agradecemos a Junts que haya abanderado esta reivindicación". Para Amor, "la demora en la aplicación del sistema Verifactu es un respiro para los autónomos en un contexto en el que cada día surgen más dificultades. Era lo que habíamos pedido al Gobierno. Quedaba muy poco para que terminara el año y este asunto estaba generando mucha incertidumbre". El sistema Verifactu exige que los programas de facturación generen un registro inalterable y no eliminable, accesible para la Agencia Tributaria, ya sea enviándole los datos directamente o guardándolos con medidas de seguridad adecuadas. Asimismo, las nuevas facturas deberán llevar un código QR que permita a los clientes verificar que se han cumplido las obligaciones de registro ante Hacienda y que se han declarado correctamente el IVA o el IRPF. Estos requisitos serán obligatorios para todos los autónomos y empresas que utilicen software de facturación -excepto quienes ya están en el suministro inmediato de información y los contribuyentes del País Vasco y Navarra-, por lo que quedan fuera quienes elaboran sus facturas de forma manual. Sánchez también ha adelantado que el real decreto ley dará más flexibilidad a los ayuntamientos en el uso de inversiones financieramente sostenibles, que no cuentan para la regla de gasto. Así, los municipios tendrán más margen para destinar fondos a proyectos que no generen gasto corriente, como la construcción de viviendas o la gestión del agua, sin incumplir sus obligaciones fiscales.

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(Expansión, 03-12-2025) | Fiscal

Desconcierto entre empresas y profesionales por la prórroga de Verifactu a última hora

Las patronales empresariales han recibido con satisfacción la ampliación de un año en el plazo para aplicar las obligaciones de la Ley Antifraude. En cambio, los especialistas fiscales consideran que aprobar esta prórroga con menos de un mes de margen supone un perjuicio para las pymes que ya habían invertido en adaptarse. Una de las principales cesiones a Junts aprobadas ayer por el Gobierno en el Consejo de Ministros, con el objetivo de recuperar el respaldo del partido de Carles Puigdemont, es el aplazamiento de un año en la entrada en vigor de las obligaciones incluidas en la Ley Antifraude. Entre ellas destaca el sistema Verifactu de verificación de facturas, que debía ponerse en marcha el 1 de enero para las empresas y el 1 de julio para los autónomos personas físicas. Con la prórroga, estas obligaciones no serán exigibles hasta el 1 de enero de 2027 para quienes declaran el Impuesto sobre Sociedades (las empresas) y hasta el 1 de julio de ese mismo año para los autónomos que tributan como personas físicas. Se trata de una de las demandas que Junts había planteado en las últimas semanas y que también llevaba tiempo reclamando la principal asociación de autónomos, ATA. Su presidente, Lorenzo Amor, celebró la decisión y agradeció a Junts haber liderado esta reivindicación, recordando que quedaban muy pocos días para terminar el año y que la situación generaba mucha incertidumbre entre los autónomos. En la misma línea, la presidenta de Cepyme, Ángela de Miguel, valoró que la medida "avanza en la dirección correcta" y reconoce la realidad de miles de pequeñas y microempresas cuyos recursos y capacidades técnicas no son comparables a los de las grandes compañías. Por otro lado, Fernando Jesús Santiago Ollero, presidente del Consejo General de Gestores Administrativos, señaló que este aplazamiento aporta por fin la tranquilidad que empresas y autónomos no han tenido durante todo el año, aunque advirtió que solo tendrá sentido si se aprovecha para hacer correctamente lo que no se ha hecho hasta ahora. La decisión generó malestar en el Ministerio de Hacienda, dirigido por la vicepresidenta primera María Jesús Montero. El sindicato de técnicos de Hacienda, Gestha, lamentó no haber sido informado previamente, pese a que serán los encargados de gestionar Verifactu. Aun así, consideraron que la prórroga puede resultar útil para casi cinco millones de pymes y autónomos que debían adaptarse a partir de 2026. Sin embargo, la cercanía de la fecha prevista para la puesta en marcha del sistema en las pymes que utilizan software de facturación hace que otras voces no se muestren tan conformes. Explican que muchas empresas llevan meses destinando recursos económicos y tiempo a incorporar los nuevos requisitos de facturación electrónica. Agustín Fernández, presidente del Reaf del Consejo General de Economistas, señala que numerosas compañías han tenido que priorizar la adaptación a Verifactu, relegando otras necesidades importantes por falta de dinero y tiempo. Según Hostelería de España, el coste de adaptación puede alcanzar los 8.000 euros por pyme cuando se trata de programas desarrollados a medida, una cantidad especialmente elevada para pequeños comercios y negocios hosteleros. Para el presidente del Reaf, la medida carece de justificación y responde únicamente a motivos políticos. Considera que un cambio normativo tan repentino resta seguridad jurídica a las empresas y afecta a la credibilidad de los asesores fiscales, que durante meses aconsejaron a sus clientes adaptarse cuanto antes. Aun así, reconoce que la ampliación del plazo dará margen a quienes aún no habían cumplido con los nuevos requisitos. La aprobada ayer es la segunda prórroga -la primera se aprobó en abril- desde la fecha inicial prevista para Verifactu, que iba a entrar en vigor en junio. Con este nuevo retraso, Hacienda acerca la aplicación de la Ley Antifraude al lanzamiento de la factura electrónica obligatoria, otra medida pendiente de una fecha definitiva. Una vez publicada la orden ministerial correspondiente, las empresas tendrán un año para adaptarse si facturan más de ocho millones de euros y dos años si ingresan menos. En una situación distinta están las empresas desarrolladoras de software de facturación, que desde julio están obligadas a adaptar sus programas para impedir dobles contabilidades por parte de sus clientes. Para ellas, las obligaciones se mantienen sin cambios. Según el desarrollador TeamSystem, quienes ya han invertido en soluciones adaptadas se han adelantado, logrando digitalizar sus procesos y mejorar la eficiencia, lo que no solo les permitirá cumplir la ley, sino también optimizar sus operaciones y centrarse en generar valor añadido.

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(Expansión, 03-12-2025) | Fiscal

¿Cuánto gana el Estado con la Lotería de Navidad?

Como cada año, el próximo 22 de diciembre tendrá lugar el Sorteo Extraordinario de Navidad. Este acontecimiento, muy esperado por numerosos ciudadanos, también es objeto de atención por parte de Hacienda. Por ello, desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf) del Consejo General de Economistas recuerdan que la fiscalidad aplicable a los premios seguirá siendo la misma que en años anteriores: los primeros 40.000 euros obtenidos están exentos y, a partir de esa cifra, se aplica un gravamen del 20%. Así, "si se gana el Gordo, de 400.000 euros, únicamente tributan 360.000. El 20% de esta cantidad se traduce en 72.000 euros que ingresará Hacienda, por lo que el premiado recibirá 328.000 euros por décimo", detalla a EXPANSIÓN el secretario técnico del Reaf, Rubén Gimeno. Dado el importe de los premios, solo el primero, el segundo y el tercero deben tributar. Desde el cuarto premio en adelante, cuyo valor por décimo es de 40.000 euros -justo el límite exento-, el importe se considera totalmente libre de impuestos, puntualiza Gimeno. En cuanto al proceso de recaudación del impuesto sobre los premios, los expertos fiscales explican que son los propios loteros o bien las entidades bancarias donde se ingresen las cantidades quienes se encargan de practicar la retención y realizar el pago a Hacienda. De este modo, el agraciado recibe directamente el importe neto y no debe presentar ninguna declaración adicional ante la Agencia Tributaria. Además, los premios del Sorteo de Navidad "no tributan en el IRPF", a diferencia de otras ganancias procedentes del juego, que sí deben incluirse en la declaración de la Renta. Lo mismo sucede con el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR): para los contribuyentes sin establecimiento permanente en España, los premios solo pueden gravarse mediante este tributo especial del 20%, según recuerda la Agencia Tributaria. La AEAT también subraya que los límites exentos fueron aumentando de forma progresiva desde 2018, pasando de 2.500 euros para sorteos celebrados antes del 5 de julio de aquel año, hasta los actuales 40.000 euros vigentes desde enero de 2020. Por tanto, estos valores llevan cinco años sin modificarse. A la fiscalidad de los tres principales premios se suma que el Estado obtiene un 30% del importe de la venta total de décimos. Para este año, Loterías y Apuestas del Estado ha emitido 198 series -cinco más que en 2024- de 100.000 números, lo que supone una emisión total de 3.960 millones de euros, 100 millones más que en la edición anterior. Así, si se venden todos los décimos, las arcas públicas ingresarían 1.188 millones solo por este concepto. A ello habría que añadir la recaudación procedente de la tributación de los premios, que se mantiene sin cambios respecto a años pasados. Si se venden todos los décimos del primero, segundo y tercer premio, Hacienda obtendría 168,3 millones adicionales, situando los ingresos totales del Estado por el Sorteo de Navidad en 1.356,3 millones de euros. Esta podría ser la última edición en la que el precio del décimo se mantenga en 20 euros, ya que el colectivo de loteros ha solicitado elevarlo al menos a 25 euros, siempre que el incremento venga acompañado de una subida proporcional de los premios. Un cambio que podría tener repercusiones fiscales, aunque por ahora no hay detalles confirmados.

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(El País, 02-12-2025) | Fiscal

Hacienda da el primer paso para que las plataformas recauden el IVA

Hacienda ha iniciado esta semana el proceso para que las plataformas de alquiler turístico y de transporte de pasajeros comiencen a recaudar el IVA en nombre de los particulares que ofrecen estos servicios. El Ministerio dirigido por la vicepresidenta primera, María Jesús Montero, publicó el lunes en su portal de audiencia pública el anteproyecto con el que España empezará a adaptar su legislación a las nuevas reglas fijadas por la Unión Europea. Estas reformas afectan de manera directa a plataformas como Airbnb en el ámbito del alojamiento y a Uber o Cabify en los desplazamientos urbanos. La idea central es que estas empresas pasen a actuar, a efectos del IVA, como si fueran las proveedoras del servicio. Dejarán de limitarse a conectar a anfitriones o conductores con los usuarios y deberán encargarse de cobrar el impuesto e ingresarlo en la Agencia Tributaria. Con ello se busca solucionar un problema que desde hace tiempo genera conflictos: muchos particulares que alquilaban viviendas turísticas o prestaban servicios de transporte funcionaban en un área poco regulada, difícil de controlar y con una clara desventaja para hoteles y taxis, obligados desde siempre a aplicar el IVA. El calendario previsto sitúa la entrada en vigor de esta obligación en enero de 2028, lo que ofrece un margen razonable para que los países adapten su legislación y las empresas ajusten sus sistemas. La Unión Europea ha establecido esta fecha para asegurar que todos los Estados miembros avancen de manera coordinada. Los cambios forman parte de la reforma europea del IVA en la era digital, recogida en la Directiva ViDA (VAT in the Digital Age), que busca actualizar el impuesto a las dinámicas económicas actuales. Según explica Hacienda, dado el buen funcionamiento del sistema de recaudación del IVA mediante plataformas que facilitan el comercio electrónico, se ampliará el concepto de "proveedor asimilado" -ya aplicado en algunos supuestos de comercio electrónico- a sectores donde se han detectado distorsiones competitivas, como el alquiler turístico de corta duración y el transporte de pasajeros. El plan consiste en otorgar a estas plataformas un papel mucho más activo en la gestión del impuesto, equiparándolas a entidades colaboradoras de la Agencia Tributaria, como ocurre con muchas instituciones financieras. Para quienes alquilan su vivienda o ponen sus vehículos en servicio, el cambio significa que será la plataforma la encargada de calcular y aplicar el IVA. Los clientes, por su parte, recibirán una factura que ya incluirá el impuesto. Este nuevo enfoque se enmarca dentro de la estrategia europea contra el fraude en la economía digital. La lógica es que, si la plataforma participa en toda la operación, controla los pagos y asume la responsabilidad de enviar el IVA, el control será más eficiente que depender de miles de pequeños operadores, muchos de ellos ocasionales o sin conocimientos fiscales. De esta manera, se busca cerrar una vía de evasión especialmente significativa en los sectores del alojamiento turístico breve y del transporte urbano bajo demanda. La reforma también contempla medidas para modernizar el intercambio de información entre empresas y administraciones, promover la facturación electrónica y facilitar la actividad de compañías que trabajan en varios países. El objetivo es lograr un IVA más homogéneo y dinámico dentro del mercado europeo, reduciendo trámites y reforzando los mecanismos de control. La transposición de la directiva será gradual, con hitos clave el 1 de julio de 2028 y el 1 de julio de 2030. Algunas modificaciones menores comenzarán a aplicarse desde el 1 de enero de 2027 para preparar el terreno. Desde este martes, el Ministerio permitirá enviar sugerencias al anteproyecto, un periodo de consultas que concluirá el 23 de diciembre.

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(El Economista, 02-12-2025) | Fiscal

Las subidas en Sociedades recaudan ya un 17% más de lo previsto para todo 2025

La recaudación tributaria avanza a un ritmo tan elevado que está superando ampliamente las previsiones oficiales. Un ejemplo evidente son las modificaciones introducidas a finales de 2024 para incrementar los ingresos del impuesto sobre Sociedades. Hasta octubre, las medidas incluidas en la Ley 7/2024 han permitido ingresar 3.091 millones de euros, según la Agencia Tributaria. Esta cifra supera en un 16,6% la estimación realizada por la AIReF el pasado verano, que situaba la recaudación prevista en 2.650 millones. Las medidas que han impulsado este aumento -en la práctica, un mayor esfuerzo fiscal para las empresas- figuran en la Ley 7/2024, que incorporó importantes novedades en el impuesto sobre Sociedades. Entre ellas, destaca la recuperación de límites más estrictos para que las grandes compañías compensen bases imponibles negativas (BIN), en función de su volumen de negocio. Reducir estos límites equivale, de hecho, a un incremento tributario para ciertos contribuyentes. Concretamente, las empresas que facturen al menos 20 millones de euros en los 12 meses anteriores al inicio del ejercicio dejan de aplicar el límite del 70% y pasan a los siguientes topes: el 50% si su cifra de negocio se sitúa entre 20 y 60 millones, y el 25% si supera los 60 millones. Además, los grupos consolidados solo pueden deducir el 50% de las pérdidas de sus filiales, debiendo repartir el exceso en los diez años siguientes. La Agencia Tributaria señala que la principal razón del aumento de ingresos por cambios normativos es precisamente el nuevo modo en que estos grupos integran las pérdidas de sus sociedades. Octubre es un mes clave para este tributo, ya que se abona el segundo pago fraccionado, correspondiente al periodo de abril a septiembre, lo que hace más visible el incremento de recaudación. Aunque las medidas se aprobaron a finales de 2024, su efecto se refleja en la declaración anual presentada en julio. Según la AEAT, la "cuota diferencial neta" generada hasta octubre por esta reforma asciende a 1.024 millones. En el pago fraccionado de octubre, el impacto de la reducción de los límites ha supuesto 978 millones, lo que explica prácticamente todo el aumento del impuesto. El resto proviene de "ingresos y devoluciones extraordinarios" menos negativos que en meses previos. Pese al buen comportamiento de la recaudación, los datos globales de octubre del impuesto sobre Sociedades muestran cierta debilidad. Hacienda destaca una "pérdida de intensidad" en el crecimiento de los ingresos homogéneos, motivada sobre todo por la evolución de los pagos a cuenta: en octubre solo crecieron alrededor del 4%, lejos del aumento cercano al 14% registrado en el primer pago. Esto ocurre a pesar de que el segundo pago cubre el núcleo del ejercicio. La ralentización se explica por la moderación de los beneficios de los grupos consolidados: en el primer trimestre crecían un 23,5% interanual y ahora apenas un 4,8%. Los ingresos de estos contribuyentes en el segundo pago a cuenta fueron 11.572 millones, frente a los 11.418 millones del año anterior. En el conjunto del año, los pagos a cuenta del impuesto aumentan un 7,3%, en línea con otros tributos que no muestran desaceleración. Sin embargo, debido al carácter acumulado del impuesto, el dato de octubre aparece más débil. En contraste, otros grandes impuestos mantienen un impulso sólido: las retenciones salariales crecieron más del 8%, el IVA bruto casi un 7% y los pagos fraccionados de IRPF superaron el 9%. De enero a octubre, el impuesto sobre Sociedades ha generado 36.082 millones de euros, frente a los 34.630 millones del mismo periodo de 2024. Entre las grandes empresas fuera de grupos consolidados, la ralentización de beneficios ha sido más leve -del 5,8% al 5%-, y Hacienda señala que esto apenas ha tenido impacto en sus pagos, que además se vieron alterados por el traslado de una gran empresa al régimen de pymes en el primer trimestre.

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(El Economista, 02-12-2025) | Fiscal

Cataluña ya recauda el doble que Madrid por las herencias y supera por primera vez los 1.000 millones

Cataluña ha alcanzado un nuevo máximo histórico en la recaudación del impuesto de Sucesiones y Donaciones, superando por primera vez los 1.000 millones de euros. En 2024 ingresó 1.111 millones, un 16% más que el año anterior y más del cuádruple de los 313 millones registrados hace diez años. Este crecimiento sostenido del tributo en la última década la ha distanciado notablemente del resto de comunidades. Comparada con regiones de tamaño similar, como Madrid y Andalucía, Cataluña recauda una cantidad muy superior: Madrid obtuvo 546 millones en 2024 y Andalucía 231 millones, según datos de la Agencia Tributaria. En conjunto, las comunidades autónomas ingresaron el año pasado 3.130 millones por este impuesto, un 2% más interanual. Solo Cataluña concentra ya el 35% de toda la recaudación nacional por herencias y donaciones. Aunque la comunidad ofrece deducciones para transmisiones entre familiares directos, sus bonificaciones son considerablemente más bajas que las de otras autonomías. El REAF, del Consejo General de Economistas, identifica a Cataluña como una de las regiones donde resulta más caro heredar. Por ejemplo, un hijo que reciba una herencia de 800.000 euros (incluyendo una vivienda de 200.000) pagaría 44.569 euros en Cataluña, frente a 1.586 en Madrid y nada en Andalucía. No obstante, este mismo heredero pagaría aún más en Asturias (103.000 euros) y en Aragón (55.466 euros), quedando Cataluña como la tercera región más gravosa. El impuesto se ha convertido en un debate político: mientras que los gobiernos autonómicos de derecha lo suprimen o lo bonifican casi por completo, los ejecutivos de izquierda lo mantienen. Las comunidades que aplican la mayor presión fiscal sobre sucesiones son Asturias, Cataluña, Castilla-La Mancha y Navarra -todas gobernadas por el PSOE-, además de Aragón, dirigida por el PP pero con intención declarada de eliminarlo. Por el contrario, la mayoría de regiones tienen el tributo prácticamente anulado, con bonificaciones del 99% o el 100%. Entre las que lo han derogado recientemente figuran la Comunidad Valenciana, Baleares y Canarias, cuyos ingresos han caído de forma notable en 2024 tras su supresión. El año pasado se registraron 54.866 renuncias a herencias, un 2,3% menos que el ejercicio anterior. La razón principal suele ser que el patrimonio heredado está acompañado de deudas superiores al valor de los bienes, y solo en casos excepcionales la causa es la carga fiscal. Andalucía, Cataluña y Madrid encabezan las renuncias, en línea con su población: 10.889, 9.672 y 5.687 respectivamente.

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(Cinco Días, 01-12-2025) | Fiscal

Luis de Guindos alerta que el aumento del gasto en defensa pone a prueba la estabilidad fiscal europea

La política fiscal europea atraviesa retos de gran calado y urgencia, donde el aumento del gasto militar se ha convertido en la principal "prioridad" para las instituciones de la UE. Así lo afirmó el vicepresidente del Banco Central Europeo (BCE), Luis de Guindos, durante el XXIV Congreso de Directivos CEDE celebrado este jueves en Zaragoza. Este nuevo foco en la seguridad supone una presión notable sobre las cuentas públicas y revela la vulnerabilidad política interna del continente. Según el exministro de Economía del Gobierno de Mariano Rajoy (PP), la defensa es ahora el desafío más crítico. En su intervención señaló que en el seno de las instituciones europeas "la obsesión actual es la defensa". Este giro responde a la necesidad de abandonar el enfoque tradicional y adaptarse tanto a la amenaza que representa Rusia como a una administración estadounidense "más imprevisible". Por ello, Europa debe replantear su estrategia y "aumentar de forma considerable" su inversión en defensa. El plan propuesto es ambicioso: elevar el gasto del 2% al 3,5% del PIB. Ese incremento de 1,5 puntos porcentuales tendrá un efecto presupuestario evidente y, además, exige que el dinero se gestione "de forma adecuada". Este mayor esfuerzo en defensa entra en conflicto directo con el segundo gran reto fiscal: mantener la estabilidad. Guindos subrayó que el panorama político europeo es "complicado", lo que dificulta la toma de decisiones. "Hay gobiernos que incluso encuentran obstáculos para aprobar sus presupuestos anuales", recordó, en referencia al rechazo por parte del Congreso de los Diputados a la senda de déficit, un paso clave para poder elaborar los Presupuestos Generales del Estado. "Si ya es difícil aprobar un presupuesto anual, sacar adelante planes plurianuales -que Bruselas reclama a los gobiernos de la zona euro y de la UE- resulta todavía más complejo", advirtió. Pese a este escenario incierto, Guindos destacó que los mercados de deuda soberana europeos están "notablemente calmados". Los diferenciales se han estrechado, especialmente en los países más afectados por la crisis de deuda (Portugal, Grecia, Italia y España). Francia, en cambio, ha seguido una tendencia contraria, aunque sus spreads se mantienen en niveles "razonables" sin señales de volatilidad excesiva ni contagio al sector bancario o corporativo. En este clima de fragilidad, el exministro insistió en que el respeto a la separación de poderes, la protección de las minorías y la libertad de prensa son pilares imprescindibles para sostener la estabilidad política y económica, mencionando indirectamente la controversia en torno al ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. Guindos también abordó la cuestión de la vivienda en relación con el fuerte crecimiento poblacional que ha experimentado España, impulsado en gran parte por la inmigración. A su juicio, la llegada de población extranjera es necesaria e inevitable, dadas las tendencias demográficas tanto nacionales como europeas. Sin embargo, este modelo de crecimiento tropieza con un obstáculo clave: la falta de vivienda, un problema que también sufren otros países de la UE. El vicepresidente del BCE explicó que esta dificultad se concentra especialmente en el mercado del alquiler. Mientras que la construcción requiere largos plazos, la demanda de alquiler ha aumentado de forma abrupta. A ello se añade una regulación que, según señaló, limita la oferta disponible, lo que está disparando los precios. El encarecimiento del alquiler se ha convertido en uno de los grandes lastres de la economía española, ya que dificulta la movilidad laboral. Guindos mencionó que atraer talento a regiones como Aragón es complicado si no existe un mercado de alquiler dinámico. Por ello, subrayó que resolver el problema de la vivienda debería ser una de las máximas prioridades. Asimismo, advirtió de que el aumento poblacional debe acompañarse de mayores recursos para servicios esenciales como la educación y la sanidad, evitando respuestas cortoplacistas. Concluyó afirmando que, si España supera este bloqueo y refuerza sus servicios públicos, podrá mantener su ritmo de crecimiento.

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(Expansión, 01-12-2025) | Fiscal

España se queda sola en la UE al negar la exención del IVA

El rechazo del Gobierno a implantar una exención del IVA para los autónomos con menor volumen de ingresos, tal como ya ocurre en la mayoría de los países de la Unión Europea, coloca a los profesionales españoles en una situación desfavorable frente a sus competidores europeos. La decisión del Ministerio de Hacienda, encabezado por María Jesús Montero, de no activar un sistema de IVA franquiciado que permita a los autónomos con baja facturación dejar de repercutir el impuesto a sus clientes convierte a España en el único Estado miembro que aún no aplica este tipo de beneficio fiscal. Este tema es especialmente relevante para el colectivo, que lleva años exigiendo que el Gobierno cumpla con la Directiva europea del IVA, cuya adaptación debía estar lista en enero de 2025, y cuyo incumplimiento podría acarrear sanciones. Por ahora, la intención del Ejecutivo parece centrarse únicamente en permitir la exención del IVA a los autónomos que vendan bienes o servicios a otros países de la UE, ajustándose a los límites de facturación fijados en cada Estado. Esta medida dejaría a España aún más aislada y a sus autónomos en una evidente "desventaja competitiva" respecto a los del resto de Europa. Así lo denuncian las asociaciones del sector, que consideran que Hacienda solo plantea "una aplicación parcial de la Directiva" y reclaman que el sistema también se aplique a las operaciones dentro del país, como ya sucede en los demás miembros de la Unión. Fuentes cercanas a la negociación con Hacienda admiten a este medio que el diálogo está actualmente detenido por parte del equipo de María Jesús Montero, a pesar del efecto que la medida podría tener en las cuentas de millones de autónomos y de que el Ministerio inicialmente se mostró dispuesto a encontrar una salida. Además del ahorro que supondría dejar de ingresar el IVA de sus ventas -aunque renunciarían a deducir el impuesto de sus gastos si se adhieren voluntariamente al sistema-, "el IVA franquiciado reduciría considerablemente la carga administrativa que soportan los autónomos, ya que dejarían de presentar trimestralmente la liquidación del impuesto", explica a este diario Celia Ferrero, vicepresidenta de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA). También recuerda que estas declaraciones son con frecuencia objeto de requerimientos y comprobaciones por parte de la Agencia Tributaria. Ferrero cree que el principal motivo por el que Hacienda frena la implantación del IVA franquiciado "es económico", ya que un gran número de autónomos -alrededor de un millón, según sus cálculos- podrían acogerse a él. En cualquier caso, aclara que la adhesión sería voluntaria, pues para algunos autónomos no resultaría ventajosa la imposibilidad de deducir gastos. La negativa del Gobierno a aplicar íntegramente la normativa europea, alegando que España ya dispone de regímenes especiales que impiden adaptar por completo la Directiva, ha llevado el debate del IVA franquiciado al terreno político en las últimas semanas. En este contexto, una de las principales propuestas del Partido Popular en materia económica consiste precisamente en instaurar la exención del IVA para los autónomos que facturen menos de 85.000 euros anuales. Durante su presentación, Alberto Núñez Feijóo aseguró que esta medida supondría "un alivio fiscal, porque un autónomo no es un cajero automático del Estado". Ese umbral de facturación, defendido también por la principal asociación de autónomos del país, permitiría equiparar a España con países como Francia -que reduce el límite a 35.000 euros para quienes prestan servicios-, Irlanda o Italia. No obstante, las asociaciones recuerdan que los límites son flexibles y podrían establecerse por debajo de esa cifra, como ocurre en otros países de la Unión Europea, donde los topes varían desde los 78.848 euros en la República Checa hasta los 6.713 euros en Dinamarca.

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(El Economista, 01-12-2025) | Fiscal

Los trabajadores destinarían unos 57 euros de la subida del SMI propuesta por los sindicatos a pagar el IRPF

Los sindicatos quieren cerrar de manera definitiva el debate sobre si el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) debe tributar o no. Tanto CCOO como UGT se han mostrado favorables a que este sueldo empiece a pagar IRPF a partir de 2026 y han planteado un aumento mensual de 89 euros, de los cuales aproximadamente dos tercios irían destinados a Hacienda. La propuesta que trasladarán al Gobierno consiste en elevar el SMI actual de 1.184 euros brutos mensuales a 1.273 euros en 14 pagas. Según sus cálculos, los trabajadores pagarían como máximo 57 euros al mes en impuestos (798 euros al año), de modo que la mejora salarial real sería de 32 euros al mes (448 euros anuales). Fuentes sindicales explican a elEconomista.es que estas previsiones se han hecho tomando como referencia el caso de un trabajador sin cargas familiares, que es quien soporta una mayor retención. Esto implica que quienes perciben el SMI y tienen otra situación familiar podrían ver incrementos netos superiores, ya que el objetivo es asegurar que el salario mínimo neto equivalga al 60% del salario medio neto. En los últimos años, el Gobierno ha optado por que este colectivo no tribute por IRPF. Sin embargo, esta cuestión ha generado tensiones entre los ministerios de Hacienda y Trabajo, lo que ha llevado a firmar acuerdos con los sindicatos sin clarificar cómo debía tratarse el SMI en la declaración de la renta. Por ello, CCOO y UGT consideran necesario zanjar la polémica y establecer un sistema que permita que estos trabajadores contribuyan sin que su salario neto se vea reducido. Desde 2023, el Ministerio dirigido por María Jesús Montero ha introducido distintos ajustes para adaptar el umbral libre de tributación al nivel del salario mínimo. En 2023 y 2024 se incrementó el mínimo exento para evitar que los trabajadores solteros sin hijos pagaran IRPF. En 2025, en un primer momento se negó a aplicar un ajuste similar y posteriormente creó una deducción de 340 euros para que quienes cobran el SMI recuperen las retenciones al hacer la declaración, mientras que quienes ganan hasta 18.276 euros acceden a una reducción gradual. Según ha podido saber este periódico, los cálculos sindicales se basan en la hipótesis de que este esquema fiscal se mantenga. Consideran un mínimo exento de 15.876 euros (correspondiente al SMI de 2024) más una deducción aplicable hasta el salario mínimo vigente. Así, entienden que solo la parte del nuevo SMI que supere el umbral actual (16.576 euros) debería tributar, y señalan que ese coste debería asumirlo la empresa. Los responsables de Acción Sindical de CCOO y UGT -Javier Pacheco y Fernando Luján- explicaron que tomaron como referencia el método de la comisión asesora del Ministerio de Trabajo, de la cual forman parte, para determinar qué cuantía corresponde al 60% del salario medio neto. En el informe presentado a comienzos de 2025, representantes de Hacienda, Economía, Trabajo, expertos académicos y sindicatos utilizaron los datos de la Encuesta de Estructura Salarial (EES) de 2022 como base, extrapolando la evolución del salario medio mediante la Encuesta Trimestral de Coste Laboral (ETCL). A partir de ese análisis, CCOO y UGT concluyeron que el SMI debía incrementarse un 2,7% para mantener su proporción respecto al salario medio y 4,8 puntos adicionales para compensar el impacto del IRPF. La vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, siempre ha defendido que los sueldos más bajos no deberían pagar este impuesto. No obstante, en septiembre pidió al grupo asesor que incluyera la tributación en sus cálculos, lo que sugiere que podría aceptar un cambio de criterio de cara a 2026. A la espera del resultado final, todo apunta a que las recomendaciones tendrán en cuenta el mantenimiento del actual marco fiscal y asumirán que Hacienda prolongará la deducción existente. Los expertos podrían presentar sus conclusiones en las próximas semanas, permitiendo que el Gobierno abra el diálogo con patronal y sindicatos antes de fin de año y apruebe la nueva cuantía del SMI en enero.

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(El Economista, 01-12-2025) | Fiscal

El Supremo avala el desahucio de inquilinos por el impago del IBI y la tasa de basuras

El Tribunal Supremo (TS) ha respaldado que un arrendador pueda desahuciar a sus inquilinos por no pagar el IBI y la tasa de basuras. En una sentencia del 17 de noviembre, el alto tribunal establece que, si los arrendatarios han aceptado en el contrato hacerse cargo de estos tributos, deben cumplirlo, aunque no figure en la cláusula el importe exacto. De lo contrario, el propietario puede iniciar el proceso de desahucio. Este pronunciamiento es importante porque resuelve las discrepancias que existían entre diversas Audiencias Provinciales y se produce justo cuando la nueva tasa de basuras, obligatoria en toda España a partir de 2025, empieza a influir en los contratos de alquiler, pues muchos propietarios pretenden trasladarla a los inquilinos. La resolución, redactada por la magistrada María de los Ángeles Parra Lucán, analiza el caso de un propietario que solicitó la resolución del contrato y el desalojo de los arrendatarios por dejar de pagar el IBI y la tasa de basuras. El contrato, firmado en junio de 2019 por un periodo de cinco años, establecía expresamente que los inquilinos asumirían ambos pagos. Aunque los arrendatarios abonaron estos impuestos en 2020, dejaron de hacerlo en 2021 alegando que el contrato no detallaba la cuantía anual que debían pagar, escudándose en el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). El Supremo analiza dicho artículo, que permite que el inquilino asuma gastos del inmueble, servicios y tributos no individualizables, siempre que su importe anual figure por escrito. Sin embargo, el tribunal concluye que esta exigencia no aplica al IBI ni a la tasa de basuras, ya que ambos pueden individualizarse: cada vivienda paga en función de sus características. En cambio, los gastos que no pueden individualizarse -a los que se refiere el artículo 20- son aquellos relacionados con el edificio en su conjunto, cuya cuota se calcula según la participación de cada propietario y no por consumo. Por ello, el Supremo aclara que cuando se trata de tributos individualizados por vivienda no es necesario especificar el importe anual en el contrato. El tribunal también recuerda que la Ley Reguladora de las Haciendas Locales permite a los propietarios repercutir el IBI conforme al derecho común, y que si existe libertad para fijar la renta, también debe reconocerse la posibilidad de pactar que sea el arrendatario quien pague este impuesto. En cuanto a la tasa de basuras, señala que la normativa también autoriza su traslado a los inquilinos, dado que son quienes realmente se benefician del servicio de recogida. El Supremo ratifica el desahucio y obliga a los inquilinos a pagar al propietario 1.006 euros correspondientes al IBI y la tasa de basuras de 2021 y 2022. Los especialistas prevén que, según vayan venciendo los contratos de alquiler, será cada vez más habitual que los propietarios incluyan en los nuevos contratos la tasa de basuras, debido a su coste y al hecho de que son los arrendatarios quienes generan los residuos. El coste medio en España es de 122 euros por vivienda, aunque varía por municipio: Valencia, Tarragona y Gerona superan los 200 euros anuales, mientras que en Toledo o Palencia no alcanza los 60 euros.

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