(Cinco Días, 01-07-2026) | Fiscal

La lista de grandes morosos de Hacienda baja a 5.853 contribuyentes, con 15.432 millones pendientes

La conocida lista de morosos de Hacienda vuelve a reducirse y pierde integrantes. La Agencia Tributaria hará público este martes, a partir del mediodía, su decimotercer listado de grandes deudores, en el que figuran 5.853 personas y empresas que, al cierre de 2025, mantenían obligaciones tributarias superiores a 600.000 euros. Esto supone un descenso del 2,4% respecto al año anterior. En conjunto, acumulan una deuda de 15.432 millones de euros, una cifra inferior a la de la edición previa, aunque con ciertas salvedades si se tienen en cuenta los efectos de las duplicidades contables. Formar parte de este listado no depende únicamente de tener deudas con Hacienda. Solo aparecen quienes, a 31 de diciembre de 2025, mantenían impagos superiores a 600.000 euros que no estaban aplazados ni suspendidos y que, además, tenían carácter firme. Este criterio fue reforzado por varias sentencias del Tribunal Supremo en 2023, que establecieron que únicamente pueden publicarse deudas y sanciones tributarias firmes y, en los casos vinculados a delitos, aquellas respaldadas por una sentencia condenatoria definitiva. Según los datos adelantados por la Agencia Tributaria, el importe total de la deuda reflejada en esta edición alcanza los 15.432 millones de euros, lo que representa una caída del 4,4% respecto al listado anterior. Sin embargo, esa cantidad incluye casos en los que se contabiliza tanto al deudor principal como a los responsables solidarios. Si se corrigen estas duplicidades, la deuda pendiente real se sitúa en 15.364 millones, lo que supone, en términos comparables, un aumento superior al 12% frente al ejercicio anterior. Las empresas continúan siendo mayoría entre los grandes morosos. De los 5.853 deudores incluidos, 4.742 corresponden a personas jurídicas, con deudas que suman 13.752 millones de euros. Por su parte, las 1.111 personas físicas presentes en el listado acumulan otros 1.680 millones. Hacienda también destaca que una parte significativa de la deuda está asociada a contribuyentes inmersos en procesos concursales. En concreto, 1.166 deudores, equivalentes al 20% del total, concentran obligaciones pendientes por 4.288 millones de euros. La recuperación de estas cantidades dependerá, en gran medida, del desarrollo de los procedimientos judiciales en curso. El listado muestra además una notable renovación de nombres. Este año dejan de aparecer 879 contribuyentes, cuyas deudas ascendían a 1.729 millones de euros, ya sea por haber saldado total o parcialmente sus obligaciones, por obtener aplazamientos o suspensiones, o porque sus deudas dejaron de cumplir las condiciones para su publicación. Al mismo tiempo, se incorporan 735 nuevos deudores, con un pasivo conjunto de 1.083 millones. La lista de grandes morosos fue creada en 2015 por impulso del entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, con el propósito de reforzar la lucha contra el fraude fiscal y aprovechar el impacto reputacional como incentivo para el pago de las deudas. Desde entonces, por este registro han pasado deportistas, artistas, empresarios y grandes compañías, especialmente vinculadas al sector inmobiliario y de la construcción, muy afectadas por el estallido de la burbuja anterior a la crisis financiera. Con el tiempo, la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha ido delimitando con mayor precisión los casos en los que la Agencia Tributaria puede divulgar públicamente la identidad de estos contribuyentes.

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(Expansión, 01-07-2026) | Fiscal

Entra en vigor en Madrid la ley que exime a la empresa familiar del 99% de Sucesiones

La Comunidad de Madrid ha puesto en marcha una nueva normativa destinada a reforzar la continuidad de la empresa familiar y facilitar los procesos de relevo generacional. La ley, aprobada en junio por la Asamblea regional e impulsada por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso, introduce importantes ventajas fiscales y flexibiliza los requisitos para acceder a ellas, con el objetivo de favorecer la supervivencia de los negocios familiares. La iniciativa parte del reconocimiento de las dificultades que afronta la empresa familiar en España, donde los empresarios denuncian una elevada presión fiscal y un marco regulatorio que, en muchos casos, dificulta el crecimiento y la transmisión de los negocios entre generaciones. A estos obstáculos se suman los propios retos internos de este tipo de compañías, especialmente los vinculados a la sucesión empresarial. Entre las medidas más relevantes de la nueva norma destaca la mejora en el tratamiento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La reducción aplicable a la base imponible cuando se hereda o dona una empresa individual, un negocio profesional o participaciones sociales aumenta del 95% al 99%. Para beneficiarse de esta ventaja, el heredero o receptor deberá mantener tanto la actividad como los bienes vinculados a la empresa durante al menos cinco años, un plazo más favorable que el previsto en la normativa estatal. Una de las novedades más significativas es la ampliación de los beneficiarios de estos incentivos fiscales. Hasta ahora, las bonificaciones se concentraban principalmente en cónyuges y descendientes directos, pero la nueva regulación extiende el beneficio a familiares de tercer grado, como hermanos, tíos, sobrinos y primos. Incluso podrán acogerse determinados empleados con una vinculación estrecha con la empresa, siempre que acrediten una antigüedad mínima de diez años y hayan desempeñado funciones directivas durante al menos los cuatro años previos al fallecimiento del propietario. La ley también reduce las barreras de acceso a estas ventajas fiscales. Se eliminan requisitos que anteriormente complicaban la transmisión del negocio, como la obligación de que el donante tuviera al menos 65 años o que la actividad empresarial constituyera su principal fuente de ingresos. Además, la norma introduce distintas reducciones en la base imponible del impuesto según el grado de parentesco. En las herencias, los hijos y adoptados menores de 21 años podrán beneficiarse de una deducción de 16.000 euros, incrementada en 4.000 euros adicionales por cada año que les falte para cumplir esa edad, hasta un máximo de 48.000 euros. Para descendientes mayores de 21 años, la reducción será de 16.000 euros, mientras que para familiares de segundo y tercer grado, así como ascendientes y descendientes por afinidad, la deducción se fija en 8.000 euros. La nueva legislación también contempla beneficios adicionales para personas con discapacidad. Los herederos con un grado de discapacidad igual o superior al 33% podrán aplicar una reducción extra de 55.000 euros. Si la discapacidad alcanza o supera el 65%, la rebaja fiscal ascenderá a 153.000 euros. En el caso de seguros de vida, la ley establece una bonificación del 100% sobre las cantidades percibidas por beneficiarios que sean familiares directos -como cónyuges, ascendientes o descendientes-, con un límite máximo de 9.200 euros por contribuyente, independientemente del número de pólizas. Por otro lado, cuando la herencia incluya la vivienda habitual de la persona fallecida, se aplicará una reducción del 95% sobre su valor, con un límite de 123.000 euros por heredero. Para conservar esta ventaja, el inmueble deberá mantenerse durante cinco años, salvo fallecimiento del beneficiario dentro de ese periodo. Con esta ley, la Comunidad de Madrid busca consolidar un entorno más favorable para la empresa familiar, reforzando su papel como motor de actividad económica, empleo e inversión, al tiempo que reduce el impacto fiscal que tradicionalmente ha dificultado su continuidad generacional.

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(Expansión, 01-07-2026) | Fiscal

El ministro de Hacienda avanza una propuesta para mejorar la burocracia y fiscalidad de los autónomos

El ministro de Hacienda, Arcadi España, ha anunciado este martes que el Gobierno trabaja en una propuesta orientada a reducir la carga burocrática y revisar algunos aspectos fiscales que afectan al colectivo de los trabajadores autónomos. Durante una comparecencia en el Senado, el titular de Hacienda destacó el papel esencial que desempeñan los autónomos en la economía española, aunque reconoció las dificultades administrativas a las que se enfrentan de forma habitual. En este contexto, defendió la necesidad de introducir mejoras que faciliten su actividad, siempre dentro de un marco de responsabilidad fiscal. Aunque no detalló las medidas concretas, Arcadi España confirmó que su departamento está preparando cambios normativos que posteriormente serán trasladados a los distintos grupos parlamentarios. El objetivo sería simplificar trámites administrativos y revisar determinados elementos tributarios que actualmente generan cargas adicionales para los autónomos. El ministro expresó además su deseo de que estas propuestas logren respaldo suficiente en el Parlamento para poder salir adelante durante el proceso de negociación política. No obstante, también advirtió de que avanzar en esta materia no será sencillo. Según explicó, gran parte de la complejidad regulatoria que afecta a los autónomos no depende únicamente del Gobierno central, sino que también está condicionada por normativas aprobadas por las comunidades autónomas, por la Unión Europea y por el propio desarrollo legislativo en las Cortes. En definitiva, el Ejecutivo busca aliviar algunas de las trabas administrativas y fiscales que afectan al trabajo autónomo, aunque la puesta en marcha de cualquier reforma exigirá consenso político y coordinación entre distintas administraciones.

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(Expansión, 01-07-2026) | Fiscal

Los fiscalistas advierten del riesgo de convertir la cooperación en una herramienta de presión

La Agencia Tributaria está inmersa en una transformación profunda de su modelo de control fiscal, orientándose hacia un sistema que prioriza el cumplimiento voluntario y la prevención antes que la inspección tradicional. Este cambio ha abierto un debate entre quienes supervisan el cumplimiento tributario y quienes asesoran a contribuyentes y empresas sobre si realmente se está avanzando hacia una relación basada en la confianza mutua. Uno de los elementos centrales de esta nueva estrategia son las comunicaciones preventivas, mediante las cuales Hacienda alerta al contribuyente de posibles discrepancias o errores antes de iniciar una comprobación formal. Para Ana de la Herrán, presidenta de la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado, todavía es pronto para extraer conclusiones definitivas, aunque sí aprecia una mayor disposición al diálogo y a resolver dudas de forma anticipada. Desde el lado de los asesores fiscales, la valoración es más matizada. Agustín Fernández, presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales, reconoce que una interlocución temprana con la Administración puede ayudar a reducir conflictos y aclarar discrepancias antes de que escalen. Sin embargo, advierte de que estas herramientas deben utilizarse con prudencia y con un propósito estrictamente informativo, evitando que el contribuyente perciba estos avisos como una forma de presión o intimidación. Un ejemplo reciente de esta nueva dinámica ha sido la campaña de avisos preventivos durante la última campaña de la renta. Hacienda envió alrededor de 130.000 comunicaciones alertando de posibles errores en declaraciones presentadas. Para muchos contribuyentes, estas notificaciones funcionan como una señal para corregir su declaración antes de enfrentarse a una futura inspección. No obstante, algunos sectores han bautizado estas cartas como "las cartas del miedo", reflejando la desconfianza que todavía persiste. Otro de los pilares del llamado cumplimiento cooperativo es el Informe de Transparencia Fiscal. Desde la Inspección se insiste en que este documento no otorga inmunidad frente al control tributario, pero sí permite a la Administración comprender mejor la política fiscal, la estructura de gobernanza y los criterios seguidos por las empresas. Según De la Herrán, este mayor conocimiento mutuo favorece un entorno de supervisión más colaborativo y menos confrontativo. Los asesores fiscales comparten parcialmente esa visión, al considerar que una mayor transparencia puede reducir incertidumbres y permitir que la Administración concentre sus recursos en los casos con mayores indicios de incumplimiento. Sin embargo, subrayan que la transparencia debe ser bidireccional: el contribuyente puede ofrecer más información, pero a cambio necesita mayor previsibilidad, seguridad jurídica y reglas estables por parte de Hacienda. Las diferencias entre ambas perspectivas se hacen más visibles en la relación cotidiana entre contribuyentes y Administración. Mientras los inspectores destacan el esfuerzo interno por comprender nuevos modelos de negocio y adaptar el control a realidades económicas emergentes, muchos asesores describen una Agencia Tributaria todavía percibida como distante, rígida y excesivamente enfocada en la fiscalización. Una de las críticas recurrentes es la práctica de solicitar, en un único requerimiento, grandes volúmenes de documentación -libros contables, facturas y justificantes- sin delimitar claramente el alcance de la comprobación. Para los fiscalistas, este enfoque genera costes innecesarios y coloca en desventaja a pequeños contribuyentes o empresas con menos recursos técnicos y jurídicos para defenderse. Pese a sus discrepancias, ambos sectores coinciden en que el sistema tributario opera en un entorno cada vez más complejo. La economía digital, los nuevos modelos empresariales y la rápida evolución normativa plantean retos de encaje legal y operativo que exigen mayor flexibilidad. A ello se suma la crítica a la técnica legislativa utilizada en materia fiscal. Desde el ámbito de la asesoría se cuestiona la frecuente aprobación de cambios tributarios mediante reales decretos-ley, una práctica que, según denuncian, incrementa la inseguridad jurídica y eleva los costes de cumplimiento para empresas y contribuyentes. En definitiva, la evolución de Hacienda apunta hacia una gestión basada en el análisis de datos y la prevención, pero el éxito de este modelo dependerá de que la confianza mutua entre Administración y contribuyentes deje de ser una aspiración teórica y se convierta en una realidad práctica, equilibrada y recíproca.

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(El Confidencial, 01-07-2026) | Fiscal

La recaudación tributaria sigue disparada pese a la bajada de impuestos por la guerra

El Gobierno amplió el lunes hasta septiembre parte de las rebajas fiscales incluidas en el decreto anticrisis. Desde mañana, además, entran en vigor nuevas medidas tributarias dirigidas principalmente a contener el coste de los carburantes para familias y empresas. Aunque persisten dudas sobre el efecto de estas rebajas en las cuentas públicas, los últimos datos apuntan a que España mantiene margen fiscal gracias al fuerte crecimiento de los ingresos tributarios, que continúan acelerándose en 2026 pese a la reducción de algunos impuestos. En mayo, la recaudación de la Agencia Tributaria aumentó un 10,4% respecto al mismo mes del año anterior. Lejos de desacelerarse, el ritmo de crecimiento de los ingresos públicos sigue siendo muy elevado, situándose claramente por encima de la suma del avance económico y la inflación. Durante los cinco primeros meses del año, Hacienda ingresó 135.000 millones de euros, una cifra que casi equivale a toda la recaudación tributaria registrada en 2009. El incremento acumulado alcanza el 10,6%, consolidando de nuevo tasas de crecimiento de doble dígito. Este comportamiento recuerda al observado en 2025. Aunque la rebaja de impuestos ha moderado parcialmente los ingresos, la inflación continúa actuando como un potente motor recaudatorio. Especialmente relevante es la inflación vinculada a los salarios, ya que sus efectos sobre la recaudación suelen prolongarse durante varios trimestres tras el inicio de un episodio inflacionario. Según cálculos del Ministerio de Economía, el coste conjunto de las rebajas fiscales aprobadas superará ligeramente los 5.000 millones de euros en 2026. Sin embargo, solo en los cinco primeros meses del año, la recaudación aumentó en casi 13.000 millones, más del doble del impacto estimado de dichas medidas. El principal impulsor de este aumento vuelve a ser el IRPF. Su peso sobre el PIB sigue creciendo, en parte por la falta de deflactación del impuesto tanto por parte del Gobierno central como de muchas comunidades autónomas. En lo que va de año, el IRPF ha generado 5.200 millones de euros adicionales respecto al mismo periodo del ejercicio anterior. En esta ocasión, el impulso proviene especialmente del sector público, ya que las subidas salariales aplicadas a los empleados públicos han elevado un 10,4% la recaudación asociada a este tributo en el arranque del año. El IVA también mantiene un comportamiento muy sólido. Su recaudación creció un 8,8% en los cinco primeros meses del año y un 13,4% en mayo. El aumento del consumo y el efecto de la inflación compensan ampliamente la pérdida de ingresos derivada de la rebaja del IVA aplicada a carburantes, electricidad, gas y pellets. Otra de las sorpresas positivas procede del impuesto sobre sociedades. Tras la liquidación correspondiente a 2025 y el primer pago fraccionado de 2026, la recaudación neta alcanza los 7.600 millones de euros. Esta cifra se aproxima al máximo histórico registrado en 2007, cuando en plena burbuja inmobiliaria se recaudaron alrededor de 8.400 millones en el mismo periodo. Pese a ello, el peso económico de este impuesto sigue lejos de los niveles de aquella etapa. En 2007 llegó a representar más del 20% de la recaudación total, mientras que en 2011 cayó por debajo del 10%. Actualmente vuelve a ganar relevancia y ya aporta el 13,5% de los ingresos tributarios, su nivel más alto desde 2010. Con una recaudación que crece muy por encima de la actividad económica, la presión fiscal continúa aumentando. Los ingresos gestionados por la Agencia Tributaria -que solo representan una parte del total de ingresos públicos- podrían alcanzar este trimestre el 19,5% del PIB, lo que supondría un máximo histórico. Esta evolución refleja que, más allá de las rebajas puntuales, la carga fiscal efectiva en España sigue aumentando de forma sostenida, aunque no siempre resulte evidente para ciudadanos y empresas.

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(El Economista, 01-07-2026) | Fiscal

Arranca la campaña de Sociedades con rebajas de tipos para pymes y deducciones por capitalizarse

La campaña del Impuesto sobre Sociedades arranca con importantes novedades fiscales, especialmente para pymes y grupos empresariales. Entre el 1 y el 20 de julio, las empresas deberán presentar su declaración incorporando cambios normativos que buscan, por un lado, aliviar la carga tributaria de los negocios más pequeños y, por otro, reforzar el control fiscal sobre grandes compañías y determinadas deducciones. Uno de los cambios más relevantes es la reducción de tipos para pequeñas y medianas empresas. Las micropymes -aquellas con una facturación inferior al millón de euros- comienzan a beneficiarse de una rebaja progresiva del impuesto. Si hasta ahora tributaban al 23%, en esta campaña los primeros 50.000 euros de beneficio tributarán al 21%, mientras que el resto lo hará al 22%. La reducción continuará en los próximos ejercicios hasta alcanzar tipos aún más bajos en 2027. También las pymes con ingresos de entre uno y diez millones de euros verán rebajada su tributación. El tipo general pasa del 25% al 24%, con una reducción gradual prevista en los próximos años hasta situarse en el 20% en 2029. Otra novedad destacada es el refuerzo de los incentivos para la capitalización empresarial. Las compañías que destinen parte de sus beneficios a incrementar sus fondos propios podrán aplicar una deducción del 20% sobre la cuantía reservada, siempre que mantengan ese refuerzo patrimonial durante al menos tres años. Este incentivo mejora si además se incrementa el empleo: la deducción podrá elevarse hasta el 30% en los casos de mayor crecimiento de plantilla. En el caso de los grupos empresariales acogidos al régimen de consolidación fiscal, esta campaña marcará el último ejercicio en el que seguirá vigente la limitación para compensar pérdidas de filiales. Durante este año solo podrán deducir el 50% de esas bases negativas, debiendo distribuir el resto en ejercicios posteriores. A partir de 2026, esta restricción desaparecerá, lo que supondrá una menor recaudación estimada de 1.700 millones de euros para Hacienda. No obstante, las limitaciones para grandes empresas continúan. Las sociedades con una facturación de entre 20 y 60 millones de euros solo podrán compensar el 50% de sus pérdidas fiscales, mientras que aquellas que superen los 60 millones únicamente podrán deducir el 25%. Se mantienen además los incentivos vinculados a la transición energética. Las empresas podrán seguir aplicando la libertad de amortización en la compra de determinados vehículos eléctricos y en inversiones destinadas a instalar puntos de recarga, siempre que estas inversiones se realicen entre 2024 y 2026. Otra novedad afecta a la clasificación de actividades económicas. Se actualizan los epígrafes para adaptarlos a la transformación tecnológica y económica, incorporando nuevas categorías relacionadas con servicios en la nube, plataformas digitales, comercio electrónico especializado, gestión de datos y energías renovables. Las empresas de nueva creación continúan disfrutando de un régimen fiscal favorable. Las nuevas sociedades podrán tributar al tipo reducido del 15% durante el primer ejercicio en el que obtengan beneficios y también durante el siguiente. En el caso de las startups, este tipo reducido podrá aplicarse durante más tiempo, especialmente en sectores estratégicos como energía, industria o biotecnología. En materia de mecenazgo, las donaciones realizadas por empresas a ONG y fundaciones reconocidas seguirán generando importantes beneficios fiscales. La deducción puede alcanzar el 40% del importe donado y elevarse al 45% cuando las aportaciones sean recurrentes. También se endurece el control sobre las deducciones por investigación, desarrollo e innovación (I+D+i). Por primera vez, Agencia Tributaria exigirá de forma obligatoria identificar a los socios de las Agrupaciones de Interés Económico (AIE), una medida destinada a reforzar la supervisión y evitar el uso indebido de incentivos fiscales. Por último, esta campaña incorpora una novedad de gran calado internacional: la entrada en vigor del impuesto mínimo global del 15%. Este nuevo gravamen afectará a unas 830 grandes empresas y multinacionales con una facturación superior a 750 millones de euros. Su objetivo es garantizar que estas compañías tributen al menos al 15% sobre sus beneficios, evitando estrategias de planificación fiscal agresiva. El Gobierno estima que esta medida permitirá ingresar alrededor de 1.700 millones de euros anuales. En conjunto, la campaña de Sociedades de este año combina alivios fiscales dirigidos a pequeñas empresas con mayores exigencias de control para grandes corporaciones, reflejando un equilibrio entre estímulo empresarial y refuerzo de la recaudación.

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(El País, 30-06-2026) | Fiscal

El Gobierno prorroga las rebajas a los combustibles, pero las irá retirando poco a poco durante el verano

El Gobierno ha decidido prolongar el escudo anticrisis mediante la aprobación de un nuevo real decreto que mantiene, aunque con ajustes significativos, la respuesta económica puesta en marcha tras la escalada del conflicto en Oriente Próximo, desencadenada por los ataques de Estados Unidos e Israel sobre Irán. Este nuevo paquete sustituye al plan aprobado en marzo, cuya vigencia finaliza este 30 de junio, y busca seguir amortiguando el impacto del encarecimiento energético sobre hogares, empresas y sectores especialmente vulnerables. Entre las principales medidas destaca la prórroga de las ayudas a los carburantes, aunque con un esquema de retirada gradual. Además, el Ejecutivo inicia la reducción progresiva del impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica, con el objetivo de eliminarlo por completo en 2028. El vicepresidente primero y ministro de Economía, Carlos Cuerpo, explicó tras el Consejo de Ministros que el nuevo real decreto-ley tendrá un coste fiscal estimado de 1.825 millones de euros. A esta cifra se suman otros 2.700 millones asociados a la rebaja y posterior supresión del gravamen sobre la producción e incorporación de energía eléctrica al sistema. En lo que respecta a los hogares, se mantendrán los descuentos sobre gasolina y gasóleo, aunque de forma decreciente. Durante julio, la bonificación equivaldrá a 15 céntimos por litro; en agosto se reducirá a 10 céntimos; y en septiembre quedará en 5 céntimos por litro, con la intención de eliminarla a partir de octubre. No obstante, el mecanismo incorpora una cláusula automática de reactivación: si la inflación de los combustibles supera el 15%, los descuentos volverán a elevarse hasta el equivalente a 20 céntimos por litro. Para los sectores más expuestos al encarecimiento energético, como agricultores, pescadores y transportistas, el apoyo será mayor. En estos casos se mantendrá una bonificación equivalente a 20 céntimos por litro de carburante, con el objetivo de preservar su competitividad y contener el impacto en costes operativos. En cambio, el decreto suprime de momento las rebajas fiscales aplicadas a otros componentes energéticos, como la electricidad y el gas. Aun así, el Gobierno ha previsto también un mecanismo de reactivación en este ámbito, de modo que podrían restablecerse bonificaciones si los precios oficiales de estos suministros aumentan por encima del umbral del 15%. La aprobación del decreto se produjo en un Consejo de Ministros extraordinario adelantado un día para asegurar su publicación en el Boletín Oficial del Estado dentro del plazo previsto. Con ello, el Ejecutivo consolida una nueva fase de un esquema de ayudas concebido desde el principio como flexible y adaptable a la evolución de la crisis. La primera batería de medidas fue aprobada con el respaldo de la mayoría de investidura, mientras que el Partido Popular y Podemos se abstuvieron y Vox votó en contra. Aquel plan incluía rebajas fiscales sobre electricidad, gas y carburantes, además de ayudas directas a sectores concretos y cláusulas de ajuste vinculadas a la evolución de la inflación. Con el nuevo decreto, el Ejecutivo modifica parte de ese esquema para adaptarlo a un contexto internacional todavía marcado por una fuerte incertidumbre geopolítica. El Gobierno considera que nuevas tensiones en los mercados energéticos podrían trasladarse rápidamente a la inflación y afectar a la actividad económica. Esta preocupación se produce en un momento en el que el IPC en España se ha mantenido en el 3,2% durante tres meses consecutivos, según el Instituto Nacional de Estadística. En el área económica del Ejecutivo existe inquietud por un posible repunte inflacionario coincidiendo con el periodo estival y el aumento de la movilidad durante las vacaciones. En paralelo, el Gobierno trabaja en un nuevo decreto centrado en vivienda. El 20 de marzo ya se aprobó un paquete específico tras intensas negociaciones entre el PSOE y Sumar, cuya medida estrella era la prórroga automática de contratos de alquiler. Sin embargo, esa iniciativa no prosperó en el Congreso. Ahora, el Ejecutivo negocia un nuevo decreto en materia de vivienda que prevé aprobar a lo largo de julio, con la intención de reactivar medidas de protección para inquilinos y reforzar la respuesta ante la crisis residencial.

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(El País, 30-06-2026) | Fiscal

El Gobierno revisa al alza el crecimiento de este año hasta el 2,6%

El Ministerio de Economía presentará este lunes una revisión al alza de sus previsiones de crecimiento para la economía española en 2026, elevando la estimación del PIB al 2,6%, frente al 2,2% proyectado en noviembre. Esta actualización del cuadro macroeconómico constituye el primer paso para la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2027. El departamento dirigido por Carlos Cuerpo prevé además que la economía mantenga un ritmo de expansión superior al 2% hasta 2029. Estas previsiones son más optimistas que las manejadas por otros organismos, como el Banco de España, que sitúa el crecimiento de 2026 en el 2,3%, o el Fondo Monetario Internacional, que lo rebaja al 2,1%. La revisión llega en un escenario marcado por la caída de las exportaciones y por una fuerte presión sobre la demanda interna, en un contexto de inflación todavía elevada -con el IPC en el 3,2%- y tras recientes subidas de tipos de interés. A pesar de ello, el consumo privado ha mostrado fortaleza durante el primer trimestre, apoyado en un mercado laboral que sigue ofreciendo señales de solidez. Con esta mejora de perspectivas, el Gobierno refuerza su defensa del paquete de medidas desplegado frente a la crisis energética, aprobado hace tres meses y que será renovado nuevamente por el Consejo de Ministros, dado que el plan vigente expira este mes. En el informe remitido a Comisión Europea en abril, el Ejecutivo reconocía que la guerra con Irán podía restar hasta cuatro décimas al crecimiento económico. El Banco de España llegó incluso a advertir de un impacto potencial de hasta ocho décimas si el estrecho de Ormuz quedaba bloqueado. Finalmente, los escenarios más adversos no se han materializado. La moderación del conflicto y la relajación de los precios energéticos han reducido significativamente los riesgos para la economía, favoreciendo esta revisión al alza del crecimiento previsto. Un avance del 2,6% situaría nuevamente a España muy por encima del promedio de la eurozona, cuya expansión para 2026 la Comisión Europea estima en apenas un 0,9%. Además, el dato se acercaría al crecimiento registrado en 2025, cuando la actividad económica avanzó un 2,8%, consolidando a España entre las economías más dinámicas del entorno desarrollado durante los últimos años. Este contexto de fortaleza económica también reabre el debate sobre la necesidad de mantener medidas de apoyo como la rebaja del IVA de los carburantes o las ayudas directas a transportistas. Diversos expertos y la propia Comisión Europea han cuestionado estas ayudas por considerar que incentivan el consumo de combustibles fósiles y distorsionan la demanda. Pese a ello, el Gobierno insiste en la conveniencia de seguir protegiendo a las familias y a sectores especialmente sensibles como el transporte, la agricultura y la industria, aunque ajustando progresivamente la intensidad de las ayudas. En este enfoque también pesa el contexto político: la fragilidad parlamentaria del Ejecutivo y la posibilidad de elecciones en el primer trimestre de 2027 condicionan el diseño de unas cuentas públicas que previsiblemente tendrán un marcado carácter expansivo. Otro elemento relevante en la elaboración del nuevo cuadro macroeconómico es el impulso final derivado de los fondos europeos Next Generation EU. Las administraciones están acelerando la ejecución de estos recursos antes de agosto, lo que prolongará durante un año adicional el efecto positivo del programa de recuperación aprobado en 2022 y seguirá actuando como uno de los principales motores de inversión y crecimiento.

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(La Vanguardia, 30-06-2026) | Fiscal

El Gobierno aprobará en julio otra prórroga de alquileres y el 21% del IVA de los pisos turísticos

El Gobierno prevé aprobar durante julio un nuevo paquete de medidas destinado a mejorar el acceso a la vivienda, articulado en dos grandes bloques de actuación. El objetivo es intervenir tanto sobre la demanda como sobre la oferta, combinando iniciativas orientadas a contener los precios del alquiler con otras destinadas a aumentar el parque de vivienda asequible. El primer bloque se centrará en aliviar la presión sobre los inquilinos y reforzar la estabilidad del mercado del alquiler. Entre las medidas previstas figura una nueva prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento, con el propósito de ofrecer mayor protección a quienes ya ocupan una vivienda alquilada y evitar subidas bruscas de renta o desahucios por finalización contractual. Dentro de este mismo paquete también se incluirá una regulación específica para los alquileres de temporada y por habitaciones, dos modalidades que han ganado peso en los últimos años y que, según el Ejecutivo, en ocasiones se utilizan para esquivar la normativa del alquiler residencial tradicional. Además, se establecerá la obligatoriedad de formalizar por escrito todos los contratos de arrendamiento, con la intención de reducir situaciones de fraude o inseguridad jurídica. Otra de las medidas contempladas es la introducción de incentivos fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para propietarios que rebajen el precio de sus alquileres. Con ello, el Gobierno busca fomentar reducciones voluntarias de rentas sin recurrir exclusivamente a mecanismos de intervención directa en precios. El segundo bloque estará orientado a ampliar la oferta de vivienda asequible y a mejorar la eficiencia administrativa en el sector inmobiliario. Una de las medidas más destacadas será el aumento del IVA aplicado a las viviendas de uso turístico, que pasará al 21%. Esta subida fiscal pretende desincentivar la expansión de los pisos turísticos en zonas tensionadas y favorecer que parte de ese parque vuelva al mercado residencial convencional. La decisión afecta especialmente a un segmento que ha crecido con fuerza en ciudades con alta presión turística y donde la oferta residencial se ha reducido notablemente. El Ejecutivo considera que el encarecimiento fiscal de esta actividad puede contribuir a corregir distorsiones en el mercado. Junto a ello, el Gobierno trabaja en reformas dirigidas a agilizar trámites administrativos vinculados a la promoción y movilización de vivienda, con el fin de reducir plazos y facilitar la incorporación de nuevas unidades al mercado. Según ha explicado la ministra portavoz, Elma Saiz, el Ejecutivo aspira a lograr un amplio consenso parlamentario en torno a estas iniciativas. El Gobierno busca tejer apoyos entre diferentes grupos políticos para sacar adelante un real decreto-ley que permita aplicar estas medidas con rapidez. La intención es construir lo que el Ejecutivo define como un "gran acuerdo" en el Congreso de los Diputados que permita afrontar el problema de la vivienda de forma integral. El paquete pretende combinar medidas de contención de precios, refuerzo de derechos para inquilinos y estímulos para aumentar la oferta, en un contexto en el que el acceso a la vivienda se ha consolidado como una de las principales preocupaciones sociales en España.

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(El Economista, 30-06-2026) | Fiscal

El Supremo obliga a Hacienda a rebajar las multas por usar una empresa para facturar

El Tribunal Supremo ha limitado la práctica habitual de la Agencia Tributaria de imponer de forma automática la sanción tributaria más severa a contribuyentes regularizados por facturar sus servicios a través de una sociedad. La resolución, fechada el 4 de junio, supone un cambio relevante en el tratamiento de este tipo de regularizaciones, frecuentes en el ámbito fiscal. Hasta ahora, Hacienda venía considerando de manera casi automática que el uso de una sociedad para canalizar ingresos constituía una infracción muy grave, al entender que implicaba la utilización de medios fraudulentos. La Administración fundamentaba esta interpretación en el artículo 184.3.c) de la Ley General Tributaria, que contempla como agravante el empleo de personas o sociedades interpuestas para ocultar la identidad real de quien obtiene las rentas o ganancias económicas. Sin embargo, el alto tribunal aclara que la mera utilización de una sociedad para emitir facturas no basta por sí sola para concluir que exista una interposición fraudulenta. En la sentencia, cuya ponencia corresponde a la magistrada María de la Esperanza Córdoba Castroverde, se precisa que para aplicar esta agravación debe acreditarse una auténtica ocultación de identidad. En concreto, el Supremo sostiene que solo puede hablarse de interposición en el sentido sancionador cuando el verdadero titular de la capacidad económica permanece oculto tras terceros que actúan como pantalla, como testaferros o sustitutos. Por tanto, si la sociedad utilizada pertenece a los propios socios que generan realmente los ingresos, no puede presumirse automáticamente la existencia de ocultación. Distinto sería el caso en que la empresa esté formalmente en manos de terceros que actúan únicamente para encubrir al beneficiario real. La sentencia remarca que, aunque el uso de sociedades pueda formar parte de un esquema de simulación fiscal, ello no implica necesariamente la concurrencia de medios fraudulentos. El elemento decisivo no es la existencia de la sociedad en sí misma, sino si esta ha servido realmente para esconder la identidad del contribuyente. El tribunal reprocha expresamente a Hacienda el automatismo con el que venía aplicando la calificación más grave. Insiste en que el simple hecho de detectar un supuesto de simulación no permite elevar de manera automática la infracción al grado máximo. Además, recuerda que en materia sancionadora toda agravación exige una motivación específica y suficiente. En consecuencia, la Administración deberá justificar de forma individualizada que existió una estructura diseñada para ocultar la identidad real del obligado tributario. Esta distinción resulta especialmente importante por su impacto económico. La calificación de una infracción tributaria determina directamente el importe de la multa. Cuando la infracción es leve, la sanción equivale al 50% de la cantidad dejada de ingresar. Si se considera grave, la multa puede oscilar entre el 50% y el 100%. En cambio, si se califica como muy grave, la sanción puede alcanzar hasta el 150% de la cuota no ingresada. Con esta resolución, el Tribunal Supremo fija doctrina y establece un criterio más restrictivo para la imposición de sanciones máximas, obligando a Hacienda a acreditar de manera expresa la existencia de mecanismos reales de ocultación antes de aplicar las multas más elevadas.

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