(Expansión, 21-01-2026) | Fiscal

Los expertos señalan que la tributación de las aportaciones y rescates no incentivan el ahorro para la jubilación a través de un plan de pensiones

Los cambios que comenzaron a aplicarse en enero del año pasado en el ámbito de los planes de pensiones no han logrado reactivar un instrumento de ahorro para la jubilación que sigue mostrando signos de estancamiento. Así lo reflejan los datos de la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones, Inverco, cuyo último informe trimestral, publicado en septiembre, indica que el leve aumento del número de partícipes en España, en torno a los ocho millones, se explica exclusivamente por el crecimiento de los planes de empleo simplificados dirigidos a autónomos y empresas, que empezaron a desplegarse a mediados de 2024. En determinados sectores, como el de la construcción, los convenios colectivos ya obligan a las empresas a realizar aportaciones periódicas a favor de sus trabajadores. Pese a ello, la mayor parte del ahorro acumulado continúa concentrándose en los planes de pensiones individuales, cuyo patrimonio alcanzó en septiembre los 93.341 millones de euros, un 2,6% más que en el informe anterior de Inverco publicado en junio. En un escenario en el que el ahorro privado para la jubilación gana relevancia ante la incertidumbre sobre la sostenibilidad futura del sistema público de pensiones, los especialistas reclaman una revisión de la fiscalidad de los planes privados que actúe como verdadero estímulo al ahorro previsional. Así lo defiende Fernando Martínez-Cue, socio fundador de la consultora Martínez-Cue & Asociados y autor de un informe del Instituto Santalucía, en el que analiza las vías para dinamizar estos productos mediante incentivos fiscales, tomando como referencia la reforma recientemente aprobada en el País Vasco. El estudio apunta a la necesidad de abordar una reforma fiscal en profundidad, centrada en dos grandes ámbitos: el tratamiento fiscal de las aportaciones realizadas durante la vida laboral y la tributación de los fondos rescatados tras la jubilación, tanto si se perciben como renta periódica como en forma de capital. En relación con las aportaciones, Martínez-Cue plantea diversas medidas destinadas a impulsar la contratación de planes de pensiones como fórmula de ahorro a largo plazo. Entre ellas, propone reforzar los incentivos para las empresas que contribuyan a planes de empleo mediante mayores deducciones en el Impuesto sobre Sociedades; permitir que los trabajadores puedan aportar de forma independiente a la contribución empresarial hasta el límite no utilizado, fijado actualmente en 8.500 euros anuales; elevar en el caso de los matrimonios el límite conjunto de aportación a planes individuales exento de tributación hasta los 5.000 euros, frente a los 1.500 actuales; y adaptar los límites de aportación de los autónomos a la irregularidad de sus ingresos, permitiendo periodos de cálculo superiores al año. En este último punto, también se plantea equiparar el límite de aportación de los trabajadores por cuenta propia al de los asalariados, elevándolo de los actuales 5.750 euros hasta los 10.000 euros anuales, una demanda reiterada por las organizaciones representativas del colectivo. Asimismo, el informe propone revisar el actual sistema de reducción en la base imponible del IRPF, al considerar que tiene un carácter regresivo, ya que el beneficio fiscal depende no solo del importe aportado, sino también del nivel de renta del contribuyente. Como alternativa, se plantea introducir deducciones directas en la cuota, un modelo que ya funciona en el País Vasco y que podría incentivar las aportaciones voluntarias. Otras propuestas incluyen aumentar el límite salarial actualmente fijado en 27.000 euros y vincularlo a una referencia revalorizable, como la pensión máxima, así como establecer deducciones adicionales en función del porcentaje de contribución empresarial o incentivos específicos para mayores de 35 años. En cuanto a la fiscalidad del rescate de los planes de pensiones, Martínez-Cue considera prioritario que los rendimientos tributen en la escala del ahorro como rendimientos del capital mobiliario, en lugar de hacerlo como rendimientos del trabajo, como ocurre actualmente. También propone fomentar el cobro en forma de renta durante un periodo mínimo de 15 años mediante la exención de los rendimientos derivados de las aportaciones, así como aplicar una reducción del 30% en los rescates en forma de capital correspondientes a las aportaciones realizadas a partir de 2007.

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(Expansión, 21-01-2026) | Fiscal

El Ecofin no descarta responder con impuestos a las tecnológicas de EEUU ante las nuevas amenazas arancelarias de Trump

La Comisión Europea y los ministros de Economía de la UE han advertido de que contemplan todas las posibles respuestas ante las amenazas arancelarias de Estados Unidos, desde el uso del denominado mecanismo anticoerción hasta la imposición de contraaranceles o nuevos gravámenes. Las instituciones comunitarias dejan claro que están dispuestas a emplear todo su arsenal comercial para responder a la presión ejercida por Donald Trump, que ha vinculado la imposición de nuevos aranceles a la exigencia de que la Unión Europea ceda Groenlandia. Tanto la Comisión como los responsables económicos de los Veintisiete señalaron que no descartan ninguna medida, incluidas nuevas cargas fiscales a las grandes tecnológicas estadounidenses, la reactivación de aranceles por valor de 93.000 millones de euros o la puesta en marcha, por primera vez, del llamado bazooka anticoerción. El comisario europeo de Economía, Valdis Dombrovskis, subrayó tras la reunión del Ecofin que la UE respalda plenamente a Dinamarca y a Groenlandia y considera inaceptable cualquier cuestionamiento de la soberanía o integridad territorial de los Estados miembros. En ese contexto, recalcó que todas las alternativas siguen abiertas frente a las amenazas de la Administración Trump, incluidas medidas como los impuestos digitales a empresas como Google o Meta, la activación del mecanismo anticoerción o la aplicación de contraaranceles en respuesta a los gravámenes que pueda imponer Washington. Este abanico de opciones fue analizado por los ministros después de que Trump anunciara nuevos aranceles contra los países que han desplegado tropas en Groenlandia para respaldar la soberanía danesa. Entre los afectados se encontrarían Dinamarca, Alemania, Francia, Países Bajos, Finlandia, Noruega, Suecia y Reino Unido, que afrontarían un aumento arancelario del 10% a partir del 1 de febrero, porcentaje que subiría al 25% desde el 1 de junio. El ministro de Finanzas de Chipre, Makis Keravnos, cuyo país ejerce la presidencia rotatoria del Consejo de la UE, calificó la situación de especialmente grave y defendió que los titulares de Economía y Finanzas deben asumir un papel activo mediante decisiones concretas en el ámbito comercial. Estas decisiones, precisó, dependerán de lo que acuerden los jefes de Estado y de Gobierno tras los encuentros previstos con Trump en el Foro de Davos y la cumbre extraordinaria de líderes europeos convocada para el día siguiente. Dombrovskis recordó que la UE lleva tiempo preparando posibles respuestas, lo que permitiría aplicarlas con rapidez si fuera necesario. Aunque insistió en que la prioridad sigue siendo alcanzar una solución negociada y constructiva con Estados Unidos, advirtió de que la Unión debe estar lista para actuar si no se logra un acuerdo. La opción de gravar a las grandes empresas tecnológicas ya se planteó la pasada primavera como respuesta a los llamados aranceles recíprocos impulsados por Trump al inicio de su mandato. Entre las ideas barajadas figuraba la aplicación de impuestos específicos sobre los ingresos publicitarios de los servicios digitales, en línea con el modelo de la tasa Google del 3% vigente en España. Otra posibilidad sería no reaccionar de inmediato a los nuevos aranceles previstos para el 1 de febrero y esperar hasta el día 6, fecha en la que expira, salvo prórroga, la suspensión de los contraaranceles por valor de 93.000 millones de euros que la UE dejó en pausa tras el acuerdo comercial del pasado verano. Ese pacto, que aceptaba aranceles del 15% sobre las exportaciones europeas a Estados Unidos, fue cuestionado ayer por el ministro francés de Exteriores, Jean-Noël Barrot, quien pidió que no se ratifique. Como última opción, la UE mantiene sobre la mesa la activación del mecanismo anticoerción, considerado el recurso más contundente, que permitiría restringir o incluso bloquear el acceso al mercado único europeo en caso de injerencias externas que afecten a la soberanía de los Estados miembros.

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(Expansión, 21-01-2026) | Fiscal

Los asesores fiscales denuncian el rechazo exprés a los recursos contra la tasa de basuras de Madrid

El enfrentamiento de los contribuyentes con la nueva tasa municipal de basuras se ha intensificado tras el primer choque producido en la ciudad de Madrid. La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) ha denunciado que el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid está rechazando de manera sistemática y acelerada todas las reclamaciones interpuestas por los vecinos contra este nuevo tributo. La implantación de la tasa de basuras responde a la exigencia de la normativa europea de que los ciudadanos asuman íntegramente el coste de la gestión de los residuos que generan. A partir de este mandato, cada ayuntamiento ha diseñado su propio sistema de aplicación. El cobro comenzó a finales de 2025, en muchos casos de forma simultánea al recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, lo que ha provocado una oleada de recursos en municipios de todo el país. En el caso de Madrid, Aedaf estima que se han presentado más de 50.000 reclamaciones contra la liquidación de la tasa. Según el colectivo, el Tribunal Económico-Administrativo Municipal estaría desestimando estos recursos de forma rápida, sin esperar a que los tribunales de justicia se pronuncien sobre la legalidad de la ordenanza que regula el gravamen. Cabe recordar que la propia Aedaf recurrió dicha ordenanza ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, procedimiento que se encuentra en fase de conclusiones y para el que se prevé una resolución en los próximos meses. La asociación critica que el órgano municipal esté tramitando y resolviendo estas reclamaciones en plazos inusualmente cortos, en torno a dos meses, cuando el tiempo medio habitual ronda los dos años, además de darles prioridad frente a miles de expedientes pendientes. A su juicio, esta actuación plantea serias dudas sobre la imparcialidad y la equidad del proceso. Los asesores fiscales advierten de que la desestimación rápida de las reclamaciones en vía administrativa obligará a quienes quieran continuar con la impugnación a acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa, lo que supone un aumento considerable de los costes económicos y legales y puede disuadir a muchos contribuyentes. Pese a ello, Aedaf confía en que el conflicto termine con la anulación general de todas las liquidaciones de la tasa.

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(Expansión, 21-01-2026) | Fiscal

El Tribunal Supremo ha establecido nueva doctrina respecto a la recuperación de ayudas de Estado declaradas ilegales

La Sala ha concluido que la regulación española, que obliga a constituir una garantía en efectivo en la Caja General de Depósitos para poder suspender de forma cautelar la devolución de estas ayudas, es plenamente conforme con el Derecho de la Unión Europea. De este modo, el Tribunal Supremo rechaza los planteamientos de la parte recurrente, que sostenía que la exigencia de un depósito dinerario vulneraba los principios europeos de equivalencia y de eficacia en materia de tutela cautelar. La resolución afirma que el artículo 264 de la Ley General Tributaria, que impide la suspensión de la ejecución si no se aporta dicho depósito, no entra en conflicto con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La sentencia admite que esta previsión supone una excepción dentro del régimen general español de suspensión de actos tributarios, en el que habitualmente se aceptan otras modalidades de garantía. No obstante, los magistrados justifican esta mayor severidad por la necesidad de atender al principio de efectividad e inmediatez exigido por las instituciones europeas para corregir las distorsiones de competencia derivadas de ayudas consideradas ilícitas. El Supremo añade que la consignación del importe en la Caja General de Depósitos es, en la práctica, equiparable al abono de la cantidad reclamada, aunque sin producir efectos liberatorios hasta que se dicte una resolución firme. En este procedimiento, el Abogado del Estado sostuvo, y el alto tribunal avaló, que este mecanismo permite asegurar la recuperación real de los fondos públicos sin vaciar por completo la posibilidad de adoptar medidas cautelares, ya que la suspensión solo se concede bajo requisitos estrictos que salvaguardan los intereses públicos de la Unión Europea.

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(El País, 21-01-2026) | Fiscal

La nueva bonificación por congelar el alquiler choca con las rebajas fiscales de la ley de vivienda

Ante el fuerte encarecimiento del alquiler, el principal socio del Gobierno ha vuelto a recurrir a fórmulas ya conocidas para tratar de contener los precios sin intervenir directamente en el mercado. La nueva propuesta pasa por introducir un incentivo fiscal adicional en el impuesto sobre la renta: una bonificación del 100% para los propietarios que mantengan el precio del alquiler cuando toque renovar el contrato. Se trata, no obstante, de una idea todavía embrionaria y pendiente de desarrollo técnico, que nace con una contradicción de fondo, ya que tal y como se ha planteado podría relegar o incluso dejar sin efecto el sistema de incentivos fiscales puesto en marcha recientemente tras la aprobación de la ley estatal de vivienda. Dicha ley, avalada por el Congreso en 2023, incorporó a partir del año siguiente un conjunto de reducciones en el IRPF para los arrendadores de vivienda habitual. El esquema parte de una reducción general del 50% y aumenta en función de determinadas decisiones del propietario, como rebajar la renta o alquilar a jóvenes. El incentivo más elevado alcanza el 90% del rendimiento neto positivo y se aplica a quienes firmen un nuevo contrato en zonas de mercado tensionado y reduzcan el alquiler en más de un 5% respecto al contrato anterior. A la espera de conocer los detalles concretos del anuncio realizado por Pedro Sánchez, surge una evidente incoherencia: resulta difícil justificar una rebaja del 5% para acceder a una reducción del 90% cuando bastaría con no subir el precio para beneficiarse, en teoría, de una bonificación total. Desde el ámbito técnico, esta posible contradicción ya ha generado críticas. Raquel Jurado, del servicio de estudios del Registro de Economistas Asesores Fiscales, señala que elevar al 100% la reducción para quienes congelen las rentas va en sentido opuesto al modelo de incentivos diseñado por la ley de vivienda. A su juicio, una exención total por no modificar el precio no solo compensa la rebaja previa del incentivo general al 50%, sino que desplaza el foco del sistema hacia la simple inmovilidad de las rentas, en lugar de premiar su reducción. Una opinión similar mantiene Francisco Serantes, coordinador del grupo de expertos en IRPF de la Asociación Española de Asesores Fiscales, quien advierte de que, salvo que se introduzcan requisitos adicionales aún desconocidos, la nueva medida podría vaciar de contenido las bonificaciones actualmente vigentes. También desde el sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda, Gestha, se subrayan las dudas que suscita la propuesta y se reclama una revisión global de los incentivos fiscales existentes. De no hacerse, alertan de que podría trasladarse la idea de que los propietarios que simplemente mantienen los precios reciben un trato fiscal más favorable que aquellos que los reducen. Desde el Ministerio de Hacienda, encargado de dar forma técnica a la iniciativa, reconocen que el trabajo se encuentra en una fase muy preliminar y que todavía quedan por definir los elementos clave de la medida. El objetivo declarado del plan anunciado por el Gobierno es frenar la escalada de los alquileres, una de las principales preocupaciones de los inquilinos. En los próximos meses vence un elevado número de contratos firmados durante la etapa de desescalada de la pandemia, una vez cumplidos los cinco años de duración mínima previstos en la Ley de Arrendamientos Urbanos para los propietarios particulares, o los siete años en el caso de las empresas. El contexto actual, sin embargo, es muy distinto: desde entonces, las rentas han aumentado en torno a un 35% y se sitúan en niveles récord, con precios medios cercanos a los 14,5 euros por metro cuadrado, según los portales inmobiliarios. A este encarecimiento potencial se suma el elevado número de contratos afectados. De acuerdo con estimaciones del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, alrededor de 630.000 contratos, que dan cobertura a cerca de 1,6 millones de personas, se firmaron en 2021 y deberán renovarse a lo largo de este año. Estas cifras no incluyen los contratos que pudieron extinguirse antes del plazo legal ni los situados en zonas declaradas tensionadas, como gran parte de Cataluña o ciudades como A Coruña, donde los precios están limitados por la aplicación de la ley de vivienda. La posible introducción de una reducción del 100% en el IRPF reduciría aún más el atractivo de las restantes bonificaciones previstas en la norma vigente. La ley rebajó la reducción general del 60% al 50%, pero amplió los incentivos en supuestos concretos: hasta el 60% si la vivienda había sido rehabilitada recientemente, hasta el 70% si se alquilaba a menores de 35 años en zonas tensionadas y hasta el 90% si se aplicaba una rebaja de la renta. Este sistema, fruto de una larga negociación política, pretendía establecer una escala clara de incentivos: cuanto mayor era el esfuerzo del propietario, mayor el beneficio fiscal. La introducción de una bonificación total para quienes simplemente congelen el precio rompería esa lógica y alteraría de forma sustancial el mensaje económico del modelo. Por ello, desde Gestha consideran prematuro introducir cambios de gran calado cuando las actuales reducciones fiscales entraron en vigor en enero de 2024 y se han aplicado por primera vez en la campaña de la Renta de 2024, realizada entre abril y junio de 2025. A su juicio, todavía no ha transcurrido el tiempo suficiente como para evaluar con rigor su eficacia real.

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(El Economista, 20-01-2026) | Fiscal

La justicia impide a Hacienda que limite a los autónomos la deducción de gastos de vivienda por horas

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha frenado a la Agencia Tributaria al impedirle restringir la deducción en el IRPF de los gastos y suministros de la vivienda que los autónomos utilizan como despacho, consulta o taller en función del número de horas trabajadas. Además, establece que Hacienda no puede denegar estas deducciones cuando el inmueble sea de alquiler alegando que la renta se abona sin IVA. Con esta resolución, el tribunal limita las trabas impuestas por el fisco a los profesionales que desarrollan su actividad desde su domicilio a la hora de desgravar determinados gastos. La sentencia, fechada el 22 de septiembre, resuelve el recurso presentado por un autónomo frente a la Agencia Tributaria por las deducciones aplicadas en su IRPF de 2018. El contribuyente residía en una vivienda alquilada en la que tenía habilitada una oficina que ocupaba el 15% del total del inmueble. Sobre ese porcentaje, previamente comunicado en el censo de empresarios, se dedujo la parte proporcional del alquiler, los seguros y los suministros de electricidad, agua, teléfono e internet. Hacienda rechazó la deducción de los gastos de alquiler, seguros, luz y agua al considerar que, al no abonarse el alquiler con IVA, la vivienda debía calificarse únicamente como residencia habitual. No obstante, sí aceptó la deducción del 15% de los gastos de telefonía fija e internet, aunque aplicó un segundo recorte: solo permitió computar el equivalente a ocho horas diarias durante cinco días a la semana, al entender que ese era el tiempo efectivo de uso profesional. El TSJM concluye que esta reducción adicional basada en las horas de uso vulnera la Ley del IRPF, ya que la normativa no contempla que el porcentaje de afectación de la vivienda deba reducirse de nuevo por un criterio temporal. El tribunal recuerda que la ley autoriza a los autónomos a deducir gastos como agua, gas, electricidad, telefonía e internet en la proporción en que la vivienda se destine a la actividad económica. Por ello, determina que la factura de teléfono e internet debe deducirse conforme al porcentaje de uso profesional del inmueble, que en este caso era del 15%. Asimismo, la sentencia avala la deducibilidad de los gastos de alquiler, seguro, agua y electricidad, al señalar que un eventual incumplimiento de las obligaciones en materia de IVA -como no repercutir el impuesto en la factura del arrendamiento- no implica que el inmueble no esté afecto a la actividad profesional a efectos del IRPF. Por último, el tribunal anula la sanción de 2.181 euros impuesta por Hacienda al contribuyente por intentar deducirse otros gastos supuestamente mal justificados, como los relativos al vehículo o a comidas. La resolución subraya que la Agencia Tributaria debe probar la culpabilidad del contribuyente y no basarse en afirmaciones genéricas. En este caso, Hacienda justificó la sanción argumentando que, al ser abogado, el contribuyente debía conocer las normas fiscales, un razonamiento que el tribunal considera insuficiente. La mera falta de justificación de los gastos, sin otros elementos que acrediten la culpabilidad, no permite imponer una sanción, por lo que esta queda anulada.

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(El Economista, 20-01-2026) | Fiscal

Los mil millonarios de España ganan 77 millones de euros al día

En España residen actualmente 33 personas con un patrimonio igual o superior a los mil millones de euros, que en conjunto acumularon en 2025 una riqueza de 197.500 millones de euros. Esta cifra supone un aumento del 13,6% respecto al año anterior, según recoge un informe de Oxfam Intermón difundido este lunes, en el que se subraya que el proceso de acumulación de riqueza se ha intensificado durante el último ejercicio. El número de grandes fortunas creció en cinco nuevos integrantes a lo largo de 2025 hasta alcanzar los 33 actuales. Se trata de un grupo formado mayoritariamente por hombres, cuya riqueza conjunta alcanza el mayor nivel histórico registrado. El incremento respecto a 2024 fue de casi 28.300 millones de euros, lo que equivale a un crecimiento real del 13,6%, más de cuatro veces superior al avance previsto para la economía española ese año, estimado en el 2,9%. En el último año, el patrimonio de los mil millonarios españoles aumentó a un ritmo cuatro veces superior al promedio de los cinco ejercicios anteriores, lo que implica que sus fortunas crecieron, de media, en más de 77 millones de euros diarios. Además, Oxfam Intermón destaca que la riqueza total de este reducido grupo supera la que posee el 39% de la población española, unos 18,7 millones de personas. A escala global, los más de 3.000 mil millonarios del mundo incrementaron su riqueza en más de un 16% durante el pasado año, hasta sumar 15,7 billones de euros, una cantidad que prácticamente iguala el patrimonio acumulado por la mitad más pobre de la población mundial, integrada por 4.100 millones de personas. El informe también señala que en España el 1% con mayores ingresos concentra el 23,9% de la riqueza total, mientras que el 50% con menos recursos apenas reúne el 6,7%. En términos aún más extremos, el 0,1% más rico -unas 48.000 personas con una fortuna media de 20 millones de euros- ha incrementado su peso en la riqueza nacional desde 2010 y ya controla más del 10% del total. En contraste con esta evolución, el estudio indica que durante los diez primeros meses de 2025 los salarios crecieron seis puntos porcentuales menos que la inflación, lo que se tradujo en una notable pérdida de poder adquisitivo para la mayoría de la población. Ante este escenario, el director de Oxfam Intermón, Franc Cortada, advierte de la creciente brecha económica. Por todo ello, la organización insta a poner en marcha estrategias nacionales orientadas a reducir la desigualdad, con metas claras y plazos definidos, así como a desarrollar políticas fiscales eficaces que graven a las grandes fortunas con tipos suficientemente elevados para frenar la desigualdad extrema.

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(El Confidencial, 20-01-2026) | Fiscal

La Autoridad Fiscal advierte: "La incertidumbre no es excusa para no presentar presupuestos"

La presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, Cristina Herrero, ha apelado a la necesidad de dotar de mayor estabilidad y coherencia a la política fiscal y ha reclamado responsabilidad a todas las administraciones para cumplir las reglas fiscales, durante su intervención en el II Observatorio El Confidencial-Mapfre Economics. Herrero subrayó que la presión cada vez mayor sobre el gasto público obliga a establecer prioridades claras, que deben reflejarse de forma transparente a través de unos presupuestos. Entre los principales factores que explican ese aumento del gasto citó el envejecimiento de la población y el refuerzo de la defensa, que ha ganado peso en un contexto de elevada incertidumbre geopolítica y debilitamiento del multilateralismo. En este sentido, sostuvo que la incertidumbre no puede servir de justificación para no aprobar unos nuevos Presupuestos Generales del Estado y defendió que, precisamente en momentos como el actual, la política fiscal debe aportar certidumbre y compromiso. También criticó que la falta de presupuestos deje al Ministerio de Hacienda sin una hoja de ruta clara para orientar al resto de administraciones públicas. España continúa operando con las cuentas prorrogadas de 2023, que se han ido ampliando mediante modificaciones presupuestarias sucesivas. Estas han permitido incrementar el gasto en defensa hasta acercarlo al 2% del PIB y aumentar las transferencias a la Seguridad Social para cubrir parte del coste de las pensiones. Ante la ausencia de nuevos presupuestos y el crecimiento del gasto de las administraciones territoriales, la AIReF prevé que el gasto público avance por encima de los límites fijados en las nuevas reglas fiscales. Según Herrero, las tasas de crecimiento del gasto se sitúan más cerca del 4% que del 3% en el periodo 2025-2028. Aunque el margen existente evita, por ahora, la apertura de un procedimiento de déficit excesivo por parte de la Comisión Europea, la presidenta del organismo advirtió de que el cumplimiento será más complejo a partir de 2027 y 2028, años para los que anticipa la necesidad de adoptar medidas adicionales. En este escenario, Herrero destacó que el crecimiento económico es tan determinante como la propia política fiscal para garantizar la sostenibilidad de las cuentas públicas. España se ha beneficiado en los últimos años de un mayor dinamismo que otros países, con tasas de crecimiento superiores al 2% anual desde 2021, lo que ha permitido reducir en casi 25 puntos la ratio de deuda sobre el PIB desde el fuerte aumento registrado en 2020 a raíz de la pandemia. No obstante, la deuda sigue rondando el 100% del PIB y la previsión es que su reducción se ralentice en los próximos años, hasta situarse en torno al 95% en 2030, muy lejos del objetivo del 60% marcado en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Pese al contexto favorable, Herrero alertó de que persisten desafíos relevantes, especialmente el bajo avance de la productividad. La AIReF estima que la productividad crecerá a largo plazo, hasta 2050, a un ritmo medio del 1,1%, una cifra superior al promedio histórico de la economía española, que ha sido del 0,5% en los últimos 25 años, pero aún insuficiente para sostener un crecimiento elevado del PIB si se moderan los flujos migratorios, como se prevé. Por ello, el organismo calcula que el crecimiento potencial a largo plazo se limitará al 1,3%. Herrero advirtió de que el avance de la productividad no compensará la menor llegada de población ni el envejecimiento demográfico. Un menor crecimiento económico, añadió, implicará una reducción más lenta de la deuda pública. Aunque la economía española podría crecer un 2,4% en 2026, la AIReF prevé que el ritmo se sitúe por debajo del 2% de media hasta 2030, debido a la desaceleración del crecimiento global, del comercio internacional y de los flujos migratorios. Al mismo tiempo, el gasto seguirá presionando al alza y la deuda se reducirá con menor intensidad, a pesar de la existencia de superávits primarios y de que el déficit se mantenga por debajo del 3% del PIB durante el periodo. Según explicó Herrero, la reducción anual de la ratio de deuda pasará de descensos del 6,4% en 2024 y de más del 5% en 2025 a una caída del 3,6% en 2030. En este sentido, advirtió de que medio punto menos de crecimiento económico puede traducirse en tres puntos menos de reducción de la deuda a medio plazo.

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(El Economista, 16-01-2026) | Fiscal

El Supremo analizará si el fisco puede echar de módulos a los agricultores por las compensaciones del IVA

El Tribunal Supremo (TS) se pronunciará sobre si la Agencia Tributaria puede excluir del régimen de estimación objetiva del IRPF -conocido como sistema de módulos- a agricultores, ganaderos y pescadores por las compensaciones del IVA que perciben al adquirir bienes necesarios para el desarrollo de su actividad. En concreto, el alto tribunal deberá aclarar si dichas compensaciones del IVA deben computarse como ingresos a la hora de calcular la facturación anual y comprobar si se supera el límite de 250.000 euros, que marca el umbral máximo para poder tributar por este régimen simplificado. El pasado 10 de diciembre, el Supremo admitió a trámite dos nuevos recursos relacionados con esta cuestión, que se añaden a otros cinco ya aceptados con anterioridad. Conviene señalar que, a partir de 2025, Hacienda ha establecido de forma expresa que estas compensaciones por cuotas de IVA no deben incluirse en el cálculo del límite de ingresos para acogerse al régimen de módulos. No obstante, para los ejercicios anteriores a 2024 no existía una regulación clara al respecto. De hecho, la Agencia Tributaria ha venido expulsando a numerosos profesionales del sistema de estimación objetiva al considerar las compensaciones del IVA soportado como ingresos ordinarios, lo que ha provocado que muchos contribuyentes superaran el umbral permitido y quedaran fuera de este régimen. En uno de sus autos, el Tribunal Supremo reconoce la existencia de criterios judiciales dispares. Mientras algunos tribunales excluyen estas compensaciones del cómputo de rendimientos, otros -como la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada- entienden que deben sumarse como un ingreso más. Ante esta disparidad de interpretaciones, el Supremo considera necesario fijar doctrina. "Dado que la cuestión puede afectar a cualquier contribuyente acogido al Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca, resulta conveniente un pronunciamiento de esta Sala que permita unificar la interpretación de la normativa aplicable", señala el alto tribunal.

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(El Economista, 16-01-2026) | Fiscal

Trabajo intenta convencer a Hacienda de compensar el SMI en los contratos públicos sin cambiar la ley

El Ministerio de Trabajo ha optado por ampliar los plazos para seguir negociando con el Ministerio de Hacienda una fórmula que permita compensar el impacto de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en los precios de los contratos públicos adjudicados a empresas privadas, lo que ha llevado a posponer la reunión prevista para este viernes. Así lo anunció la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, quien explicó que su departamento está elaborando "una propuesta de indexación" que no requeriría modificar la Ley de Desindexación, norma que actualmente impide la actualización de precios reclamada tanto por la patronal CEOE como por los sindicatos UGT y CCOO en sus conversaciones con el Ejecutivo. Desde Trabajo señalan que continúan las reuniones técnicas para analizar posibles vías jurídicas que permitan compensar a las empresas que prestan servicios a la Administración -Estado, comunidades autónomas y ayuntamientos- y que cuentan con un elevado número de empleados vinculados al SMI, como ocurre en sectores como la limpieza. Por su parte, fuentes de Hacienda confirman que estos trabajos están en marcha, a pesar de la negativa manifestada hace apenas una semana a introducir este ajuste como incentivo para alcanzar un acuerdo con la CEOE sobre el salario mínimo. Aunque no se muestran favorables a la medida, admiten cierta disposición a explorar alternativas. Desde el punto de vista legal, las fuentes consultadas consideran complicado articular una solución que no pase por modificar la Ley de Desindexación y la Ley de Contratos del Sector Público. No obstante, no sería la primera vez que el equipo de Díaz intenta introducir cambios mediante un desarrollo reglamentario, una estrategia que ha generado críticas tanto entre grandes despachos de abogados como entre los técnicos de la patronal. El Gobierno mantiene la discreción sobre las opciones que se están estudiando, mientras que los agentes sociales aseguran estar a la espera de conocer la propuesta concreta que Trabajo pondrá sobre la mesa en relación con el SMI. Este jueves, la vicepresidenta insistió en que las medidas que se están valorando junto a Hacienda no contemplan reformas legales, ya que, de alcanzarse un acuerdo entre ambos ministerios, bastaría con su aprobación en el Consejo de Ministros, sin necesidad de pasar por el Congreso. Sin embargo, desde el ámbito empresarial se sostiene que una compensación de este tipo no es viable sin modificar la normativa vigente, y el propio Ministerio de Hacienda reconoce la dificultad de hacerlo sin tocar la ley que impide la revisión de precios. En este caso, al tratarse de una demanda impulsada por la patronal, el principal escollo no sería la aritmética parlamentaria -que podría contar incluso con el apoyo del PP o de Junts-, sino las reservas presupuestarias de Hacienda. La ministra María Jesús Montero ha reiterado en distintas ocasiones, tanto en privado como públicamente, que no considera adecuado que el sector público asuma el sobrecoste derivado de las subidas salariales en los contratos, ya que las empresas, al concurrir a una licitación, asumen el riesgo de incrementos de los costes laborales derivados de convenios o de cambios normativos. Esta postura volvió a ponerse de manifiesto el pasado mes de diciembre, cuando Hacienda promovió un voto en el Congreso para frenar una enmienda del Partido Nacionalista Vasco (PNV). En ese texto, al que tuvo acceso elEconomista.es, el equipo de Montero estimaba en 280,5 millones de euros el coste para el Estado de una revisión del 2% en los contratos vigentes, a lo que habría que añadir el impacto presupuestario para comunidades autónomas y ayuntamientos. La propuesta de Trabajo contempla una subida del SMI del 3,1%, hasta los 1.221 euros, lo que elevaría aún más ese coste. Pese a las dificultades, el Ministerio de Trabajo confía en poder acercar posturas con Hacienda y lanzar así una señal de acercamiento a la CEOE, con la que acumula meses de tensiones por distintas iniciativas, como la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas, los cambios en prevención de riesgos o el permiso por fallecimiento. La reforma de la Ley de Desindexación fue una de las exigencias iniciales de los empresarios en las negociaciones del SMI para sumarse a un acuerdo, aunque este año optaron por una posición más pragmática y centraron su demanda en evitar la modificación de las reglas de absorción y compensación de los complementos salariales al aplicar el salario mínimo.

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