(El País, 08-04-2026) | Fiscal

Los contribuyentes podrán empezar a entregar sus declaraciones de forma telemática a partir de este miércoles 8 de abril

La campaña de la renta ya está en marcha. Desde este miércoles 8 de abril y hasta el 30 de junio -fecha límite para cumplir con las obligaciones con Hacienda-, más de 20 millones de contribuyentes podrán presentar su declaración del IRPF correspondiente a los ingresos obtenidos el año anterior. En esta primera etapa, el trámite solo podrá realizarse por internet. Para acceder a la asistencia telefónica habrá que esperar unas semanas, mientras que la atención presencial no comenzará hasta junio. Calendario clave de la campaña del IRPF: 8 de abril: inicio de la campaña; ya es posible presentar la declaración online. 29 de abril: apertura del plazo para solicitar cita previa del plan "Le Llamamos". 6 de mayo: comienzo de la atención telefónica. 29 de mayo: se puede pedir cita para atención presencial. 1 de junio: inicio de la atención en oficinas. 25 de junio: último día para domiciliar pagos si el resultado es a ingresar. 29 de junio: fecha límite para solicitar cita previa. 30 de junio: fin de la campaña y último día para presentar la declaración. Quienes deseen realizar cuanto antes este trámite pueden hacerlo desde el primer día a través de la web o la aplicación de la Agencia Tributaria (Renta WEB), utilizando DNI o certificado electrónico, el sistema Cl@ve móvil o el número de referencia. Al comenzar, el contribuyente encontrará un borrador de la declaración elaborado por la Agencia Tributaria con la información fiscal disponible, como datos personales, domicilio o ingresos. Es importante revisarlo detenidamente antes de confirmarlo -momento en el que adquiere carácter oficial- y corregir posibles errores, ya que cualquier omisión puede derivar en sanciones o pérdidas económicas. La declaración recoge los ingresos percibidos durante 2025. Este desfase se debe a que el IRPF se paga de forma anticipada mediante retenciones a lo largo del año, y posteriormente se regulariza. Si el contribuyente ha pagado de más, recibirá una devolución; en caso contrario, deberá abonar la diferencia a Hacienda. A partir del 29 de abril podrá solicitarse cita previa, tanto por internet como por teléfono, para el plan "Le Llamamos", un servicio de ayuda telefónica para confeccionar y presentar la declaración. Las llamadas comenzarán el 6 de mayo, y se recomienda tener preparada toda la documentación necesaria para agilizar el proceso. Para quienes prefieran la atención presencial, el plazo para pedir cita se abrirá el 29 de mayo, y las oficinas comenzarán a atender a los contribuyentes desde el 1 de junio. Como cada año, la campaña concluirá el 30 de junio. El día 29 será el último para solicitar cita previa, y el 25 marcará el límite para domiciliar el pago de las declaraciones con resultado a ingresar, pudiendo abonarse en un solo plazo o de forma fraccionada, habitualmente en dos pagos (junio y noviembre).

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(El País, 08-04-2026) | Fiscal

Hacienda no exige a los particulares declarar en el IRPF las transferencias inmediatas de sus amigos o familiares

En 2025, en España se realizaron 39 transferencias por segundo a través de Bizum, según datos de la propia plataforma. El uso de este sistema de pago sigue creciendo, lo que llevó a la Agencia Tributaria a anunciar en diciembre un mayor control sobre estas operaciones, generando cierta inquietud entre los ciudadanos. Posteriormente, Hacienda matizó que ese refuerzo de la vigilancia se centra en empresarios y profesionales que utilizan Bizum en el desarrollo de su actividad, ya sea para cobrar o pagar servicios. Tras esta aclaración, surge la duda de si los particulares deben incluir los bizums en la declaración de la renta. En general, no es necesario, aunque todo depende del origen del dinero recibido. Las transferencias entre familiares o amigos -por ejemplo, para dividir gastos de una comida o un evento- no deben declararse. Solo será obligatorio hacerlo cuando esas cantidades constituyan una ganancia patrimonial o formen parte de una actividad económica. Así, si un profesional cobra sus servicios mediante Bizum, sí deberá reflejar esos ingresos ante Hacienda. Desde la entrada en vigor del Real Decreto 253/2025, el 1 de enero de 2026, los bancos están obligados a informar mensualmente a la Agencia Tributaria de los ingresos que reciban empresas y autónomos por cualquier medio de pago, incluido Bizum. No obstante, como aclara Rubén Gimeno, del REAF-CGE, esta obligación de información solo afecta a operaciones en las que interviene un empresario o profesional. A diferencia de lo que ocurre con el efectivo, no existe un límite concreto de importe ni un número determinado de operaciones que obligue a declarar los bizums. Hacienda no fija umbrales específicos, aunque sí puede realizar comprobaciones automáticas. En el caso del dinero en metálico, por ejemplo, el límite general para pagos en los que interviene un profesional es de 1.000 euros, y existen obligaciones de declaración para movimientos superiores a 100.000 euros dentro de España o de 10.000 euros en operaciones con el extranjero. También deben declararse los ingresos por alquiler recibidos mediante Bizum, ya que se consideran rendimientos del capital inmobiliario. En cambio, las ayudas económicas entre familiares, como las aportaciones de padres a hijos para pagar el alquiler, no tributan en el IRPF si son de escasa cuantía, aunque podrían calificarse como donaciones a efectos fiscales. Otra cuestión habitual es la tributación de ventas en plataformas de segunda mano como Wallapop o Vinted. Según los expertos, solo deben incluirse en la declaración si generan una ganancia, algo poco frecuente, ya que normalmente los objetos se venden por debajo de su precio de compra. Si no se puede justificar esa posible ganancia con una factura, Hacienda podría integrarla en la base general del IRPF, aplicando tipos más altos. Además, hay que diferenciar entre ventas ocasionales y actividades habituales con ánimo profesional. En este último caso, sí existe obligación de declarar los ingresos. Estas plataformas, por su parte, deben comunicar a la Agencia Tributaria la información de aquellos usuarios que superen las 30 ventas anuales o los 2.000 euros de ingresos. La campaña de la renta comienza el 8 de abril y finaliza el 30 de junio. La presentación por teléfono estará disponible a partir del 6 de mayo, y la atención presencial desde el 1 de junio. Asimismo, si la declaración resulta a pagar, Hacienda permite abonar el importe mediante Bizum, aunque conviene comprobar previamente los límites diarios de este sistema.

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(El País, 08-04-2026) | Fiscal

El récord turístico dispara un 19% las devoluciones del IVA por compras a los viajeros extracomunitarios

El turismo de compras mantiene un fuerte crecimiento en España, impulsado en gran parte por los beneficios fiscales que disfrutan los visitantes procedentes de fuera de la Unión Europea. Según datos de la Agencia Tributaria, en 2025 se alcanzaron cifras récord tanto en número de devoluciones como en su importe: se registraron 10,6 millones de reembolsos, un 19,1% más que el año anterior, por un total de 529 millones de euros, lo que supone un incremento del 10,4%. Este avance se explica, en buena medida, por el auge del turismo procedente de Latinoamérica y la recuperación, más lenta de lo esperado, de visitantes asiáticos y de Oriente Próximo, actualmente afectados por el conflicto en Irán. Estos perfiles de turistas destacan por su mayor capacidad de gasto en comparación con los mercados tradicionales como Reino Unido, Alemania o Francia. Mientras que estos últimos suelen gastar entre 100 y 200 euros diarios, viajeros de países como Corea del Sur, Emiratos Árabes Unidos, Arabia Saudí, México, Argentina, Japón o India pueden superar los 300 o incluso 400 euros al día. Además, al venir de destinos más lejanos, suelen prolongar más su estancia, lo que incrementa aún más su gasto total. Los turistas extracomunitarios pueden recuperar el IVA de sus compras -del 21%- siempre que se trate de bienes para uso personal que transporten consigo, quedando excluidos servicios como la restauración. Desde 2018, además, no es necesario alcanzar un importe mínimo por compra para acceder a esta devolución, lo que supone una ventaja frente a países como Francia o Italia, donde sí existen umbrales mínimos. Esta política ha contribuido a que el número de devoluciones casi se haya duplicado desde 2019 y que el importe total haya crecido un 60%. En España, este proceso se realiza a través del sistema digital DIVA, gestionado por la Agencia Tributaria, que permite tramitar las devoluciones tanto en los propios comercios como en los aeropuertos antes de abandonar el país. Desde el sector, se apunta a que el crecimiento del número de operaciones por encima del gasto total se debe a la entrada de nuevos actores más allá del lujo. La digitalización ha facilitado que más comercios participen en este tipo de turismo, incluyendo grandes cadenas como Inditex, Mango o Primark. Esto ha ampliado la oferta, pero también ha reducido el importe medio por compra. Además, las grandes marcas consideran este segmento como estratégico y analizan de cerca la evolución del comprador internacional y su comportamiento. Entre los cambios recientes destaca el fuerte crecimiento del turismo argentino, que ha superado al mexicano como principal nacionalidad en este ámbito. Sin embargo, su patrón de consumo es distinto, lo que también ha contribuido a reducir el gasto medio. Pese a ello, Estados Unidos sigue siendo el mercado más relevante, representando alrededor del 14% del total y con un volumen de compras cercano a los 6.000 millones de euros. China ocupa el segundo lugar en devoluciones de IVA, aunque aún no ha recuperado los niveles previos a la pandemia. El mayor dinamismo del turismo americano, tanto del norte como del sur, frente a la debilidad del mercado chino ha reforzado el peso de Madrid, que concentra casi la mitad del gasto en compras con devolución de IVA. En cambio, Barcelona se ha visto más afectada por su dependencia del turismo asiático, especialmente el chino, y por los cambios en sus hábitos de viaje, que ahora incluyen otros destinos cercanos como Japón, especialmente en el segmento del lujo.

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(El Economista, 08-04-2026) | Fiscal

El Gobierno deja en el aire los nuevos coeficientes para calcular el pago de la plusvalía municipal en 2026

El Gobierno mantiene sin definir los coeficientes correspondientes a este año para calcular el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido como plusvalía municipal. Estos coeficientes fueron aprobados inicialmente mediante un real decreto-ley el 23 de diciembre, pero quedaron sin efecto al no ser convalidados por el Congreso el 27 de enero. Como consecuencia, según explicó el secretario técnico del REAF durante la presentación del informe sobre fiscalidad autonómica y foral de 2026, los contribuyentes deben seguir aplicando los coeficientes anteriores. El experto recordó que, tras la sentencia del Tribunal Constitucional del 26 de octubre de 2021, estos coeficientes deben actualizarse cada año mediante una norma con rango de ley. Aquella resolución anuló el sistema de cálculo de la base imponible del impuesto, lo que obligó a modificar la Ley de Haciendas Locales para establecer la actualización anual obligatoria. En este contexto, el Gobierno tiene de plazo hasta el 31 de diciembre para aprobar los nuevos coeficientes. Mientras tanto, la incertidumbre afecta a las operaciones realizadas durante el año, que tendrán que liquidarse con los valores antiguos. El decreto aprobado en diciembre contemplaba un aumento del impuesto para quienes compraran vivienda con fines especulativos, elevando los coeficientes en transmisiones a corto plazo, y reduciéndolos en el caso de inmuebles mantenidos durante 20 años o más. Este tributo se aplica tanto en la venta de un inmueble como en su transmisión por herencia o donación. El cálculo del impuesto puede hacerse de dos maneras: aplicando un tipo sobre la ganancia obtenida entre el precio de compra y el de venta, o utilizando un coeficiente sobre el valor del suelo. En la práctica, la mayoría de contribuyentes opta por esta segunda opción al resultar más favorable.

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(El Economista, 08-04-2026) | Fiscal

Hacienda prorroga los módulos para los autónomos pese al rechazo del Congreso

Alrededor de 230.000 autónomos podrán seguir tributando por el sistema de módulos en el IRPF durante 2026 gracias a la extensión de los límites vigentes, lo que supone un alivio para este colectivo. Así lo recoge una nota de la Agencia Tributaria, que mantiene los umbrales aplicados entre 2016 y 2024 -y también en 2025 mediante una solución similar- para este ejercicio. Sin embargo, esta decisión se ha adoptado al margen del Congreso. La prórroga formaba parte de varios decretos ómnibus que fueron rechazados en enero y febrero. En ellos se incluían, entre otras medidas, la actualización de pensiones, la extensión de la moratoria de desahucios y cambios fiscales como el mantenimiento de los límites de facturación para tributar por módulos: 250.000 euros anuales en general y 125.000 euros en operaciones con empresas. El Real Decreto-ley 16/2025 no fue aprobado por el Congreso, por lo que su contenido no llegó a entrar en vigor. Aun así, Hacienda ha aplicado la medida mediante una nota administrativa, lo que ha suscitado críticas entre expertos fiscales, que consideran que se trata de una actuación irregular desde el punto de vista jurídico y democrático, al aplicarse como si el decreto hubiera sido validado. Según estos especialistas, las notas de la Agencia Tributaria no tienen capacidad normativa para modificar impuestos, ya que estos cambios deben aprobarse mediante ley en el Parlamento. Aunque la Agencia se apoya en criterios de la Dirección General de Tributos, este organismo, que en una situación similar el año pasado avaló la prórroga, en esta ocasión no se ha pronunciado. El trasfondo del problema es el impacto que habría tenido no prorrogar estos límites. De no hacerlo, muchos autónomos habrían tenido que pasar al sistema de estimación directa, lo que habría incrementado notablemente su carga fiscal, además de obligarles a adaptarse sin margen de tiempo en plena campaña de renta. Diversos colectivos han trasladado su preocupación al Ministerio de Hacienda. Entre ellos, asociaciones del transporte de mercancías, especialmente afectadas por el aumento de los costes del combustible, han mantenido reuniones con la Administración para exponer su situación. Estas presiones han influido en la decisión de aplicar la prórroga pese al rechazo parlamentario. Los expertos critican que estas medidas no se hayan tramitado de forma independiente, lo que habría facilitado su aprobación. Consideran que podrían haberse incluido en otras iniciativas recientes, como los decretos para paliar los efectos de conflictos internacionales, pero no se hizo sin una explicación clara. Además, advierten de varios problemas en la actuación de Hacienda: se estaría modificando un impuesto sin respaldo legal, apoyándose en un decreto no convalidado -que además tiene límites constitucionales- y sentando un precedente que ignora el papel del Congreso. Este último punto genera especial inquietud, ya que abre la puerta a que decisiones relevantes se adopten mediante simples comunicaciones administrativas en lugar de leyes aprobadas por el Parlamento. En paralelo, existe incertidumbre sobre otros decretos recientes, como el que plantea limitar los precios del alquiler, que aún debe ser convalidado por el Congreso en un plazo de 30 días. Desde el propio Gobierno se está animando a aplicar estas medidas de forma provisional, lo que, a la luz de lo ocurrido con los módulos, podría derivar en soluciones similares aunque no exista respaldo parlamentario.

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(Expansión, 02-04-2026) | Fiscal

Hacienda pone fin a la incertidumbre de miles de autónomos y publica la prórroga de los límites de facturación de módulos

La Agencia Tributaria ha emitido una nota técnica que, en la práctica, implica la prórroga de los límites de facturación que permiten a los autónomos acogerse al régimen de módulos. Al igual que ocurrió el año anterior, el Ministerio de Hacienda, ahora dirigido por Arcadi España, ha optado por extender estos umbrales para quienes tributan en estimación objetiva mediante este procedimiento. La medida se ha adoptado en el último momento, después de que el Congreso rechazara su inclusión tanto en el decreto ómnibus de enero como en el posterior decreto del llamado "escudo social". Además, se produce tras la decisión de la anterior ministra, María Jesús Montero, de prolongar el sistema al menos hasta el 31 de diciembre de este año a través de una orden ministerial aprobada en noviembre. Gracias a esta prórroga, los trabajadores autónomos con ingresos inferiores a 125.000 o 250.000 euros anuales -según facturen a empresas o a particulares- podrán seguir tributando bajo este sistema, cuya continuidad estaba en duda. De no haberse aprobado, estos límites se habrían reducido a la mitad, lo que habría dejado fuera del régimen a cerca de 350.000 autónomos. Como viene ocurriendo desde hace más de diez años, el sistema de módulos seguirá vigente hasta finales de año. Antes de esa fecha, Hacienda deberá decidir si lo mantiene para el siguiente ejercicio o lo elimina, una cuestión que sigue generando debate entre los expertos fiscales sobre su utilidad en el sistema tributario actual. El régimen de estimación objetiva consiste en pagar una cantidad fija en las declaraciones trimestrales de IRPF e IVA, en lugar de tributar en función del beneficio real obtenido (ingresos menos gastos). Esta cuantía se calcula a partir de ciertos indicadores del negocio, como el tamaño del local, el número de mesas, el consumo eléctrico o el personal empleado. En la práctica, este método suele suponer una menor carga fiscal en comparación con la estimación directa, ya que la cuota estimada acostumbra a ser inferior a la que resultaría de aplicar los datos reales de facturación. No obstante, posteriormente la Agencia Tributaria puede ajustar estas cifras en la declaración anual de la Renta o en la última liquidación trimestral del IVA, que se presenta en enero del año siguiente.

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(Expansión, 02-04-2026) | Fiscal

Los parches presupuestarios superaron los 120.000 millones en el último año

El Gobierno ha sorteado las restricciones derivadas de la prórroga presupuestaria mediante la aprobación de ampliaciones de crédito por valor de 77.000 millones de euros, junto con transferencias entre ministerios que suman otros 41.000 millones. En conjunto, el Ministerio de Hacienda ha incrementado en un 250% los ajustes presupuestarios para adaptar las cuentas de 2023 a la realidad de 2025. El ejercicio 2025 comenzó con la prórroga automática de los Presupuestos de 2023, pero al cierre del año el Ejecutivo había autorizado ampliaciones, modificaciones y reasignaciones de crédito entre distintos departamentos por un total de 120.000 millones de euros, alterando significativamente el diseño inicial. Cabe destacar que el Gobierno no ha presentado ningún nuevo proyecto presupuestario durante la legislatura, incumpliendo así su obligación constitucional, en parte por el riesgo de no lograr su aprobación en un Parlamento fragmentado, donde cada apoyo político resulta más costoso. Como consecuencia, ha encadenado tres prórrogas consecutivas, una situación inédita que ha gestionado ampliando su margen para modificar las cuentas sin necesidad de aprobación parlamentaria. Según los datos recopilados por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), entre enero y septiembre de 2025 se aprobaron modificaciones presupuestarias por unos 124.000 millones de euros. Esta cifra incluye más de 47.000 millones en ampliaciones de crédito, 9.400 millones en suplementos, 5.400 millones en créditos extraordinarios, 9.900 millones procedentes de remanentes y 20.700 millones generados por mayores ingresos públicos, en un contexto en el que la recaudación tributaria superó por primera vez los 325.000 millones de euros. En total, los datos oficiales reflejan un incremento del crédito disponible de 92.400 millones de euros, compensado parcialmente por anulaciones y ajustes por valor de 15.500 millones, lo que deja un aumento neto de 76.950 millones. Al mismo tiempo, Hacienda ha hecho uso de su capacidad para reorganizar fondos, redistribuyendo más de 41.000 millones de euros mediante transferencias entre distintos programas y ministerios. En conjunto, estos cerca de 124.000 millones en modificaciones suponen un notable aumento respecto a los 95.500 millones registrados en 2024, lo que evidencia las tensiones de gestionar unas cuentas prorrogadas. Si se compara con 2023, último año con presupuestos aprobados, cuando las modificaciones ascendieron a 36.000 millones, el incremento en 2025 alcanza el 244%. Entre los principales ajustes destaca el incremento del gasto en Defensa hasta el 2% del PIB, en línea con los compromisos con la OTAN, llevado a cabo sin pasar por el Parlamento. Para ello se movilizaron 10.500 millones de euros, de los cuales 6.300 correspondieron a ampliaciones de crédito y 4.200 a transferencias desde otros ministerios. Asimismo, se realizaron ajustes para destinar 30.000 millones adicionales al pago de la deuda pública, 18.000 millones al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones -encargado de las pensiones-, 10.000 millones a Industria y 17.000 millones al área de Economía.

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(El País, 02-04-2026) | Fiscal

Todos los trabajadores por cuenta propia están obligados desde 2023 a presentar la declaración de la renta

A diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos tributan con independencia de sus ingresos, aunque tienen la opción de deducir determinados gastos vinculados a su actividad profesional, siempre que estén debidamente justificados y documentados, según indican los especialistas. Para ello, es imprescindible estar dado de alta tanto en Hacienda como en la Seguridad Social, ya que los gastos realizados antes de ese momento no pueden incluirse como deducibles. Álvaro Viqueira, técnico de ATA, recuerda que en cualquier deducción "la responsabilidad de demostrarla recae en el autónomo", por lo que recomienda consultar ante cualquier duda. En la misma línea, Valeria Hernández, experta fiscal de TaxDown, aconseja contar con asesoramiento profesional. Con el inicio de la campaña de la renta el próximo 8 de abril, estas son algunas pautas clave para reducir la carga fiscal. En cuanto a los gastos deducibles, los expertos coinciden en que deben estar directamente relacionados con la actividad económica. Viqueira insiste en que debe existir una conexión clara. Francisco Serantes, de la AEDAF, señala que cuando llega el momento de hacer la declaración hay poco margen de maniobra, por lo que recomienda conservar todas las facturas durante el año. Además, matiza que no solo son deducibles los gastos imprescindibles, sino también aquellos que resulten útiles o convenientes para mejorar la actividad y los ingresos. Otro requisito fundamental es disponer de un justificante adecuado, preferiblemente una factura completa. Serantes advierte que los tickets suelen generar problemas, y Hernández añade que, además de la factura, el gasto debe estar registrado en los libros contables. Entre los gastos que pueden deducirse figuran la cuota de autónomos -deducible en su totalidad-, el alquiler de un local si se trabaja fuera del domicilio, o parte de los suministros si la actividad se desarrolla en casa (hasta un 30% proporcional). También se incluyen servicios profesionales como gestoría o asesoría, material de oficina, equipos informáticos, mobiliario, software, así como gastos en publicidad y marketing digital. En algunos casos no es necesaria una factura, pero sí un justificante de pago, como ocurre con las cuotas a la Seguridad Social, seguros o ciertos tributos como el IBI o la tasa de basuras. No todos los conceptos son deducibles. Por ejemplo, las aportaciones a planes de pensiones reducen la base imponible del IRPF, pero no se consideran gasto de la actividad. Solo son deducibles las cotizaciones obligatorias. Tampoco pueden deducirse sanciones, multas o pérdidas derivadas del juego. Existen gastos especialmente difíciles de justificar, como los relacionados con telefonía o vehículos. En el caso del móvil, es necesario demostrar que su uso es exclusivamente profesional, algo complicado si no hay varias líneas. En cuanto al coche, solo puede deducirse al 100% si se destina íntegramente a la actividad, algo que Hacienda limita a ciertos sectores como transporte, taxis o comerciales. Respecto a las subvenciones públicas recibidas en 2025, deben declararse en el IRPF. Para ello, hay que distinguir entre subvenciones corrientes, que se incluyen íntegramente como ingresos, y de capital, que se imputan de forma progresiva mediante amortización. El llamado kit digital suele tratarse como subvención corriente. Entre las novedades de este año destaca un mayor control sobre los pagos realizados mediante Bizum. También se permite amortizar libremente vehículos eléctricos y puntos de recarga adquiridos en 2024 o 2025. Además, los autónomos podrán reflejar en la declaración las regularizaciones de sus cotizaciones a la Seguridad Social, adaptadas desde 2023 a sus ingresos reales, gracias a nuevas casillas específicas en el modelo de IRPF.

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(El País, 02-04-2026) | Fiscal

Los impuestos representan cerca de la mitad del precio de la gasolina en España

En España, el precio final de los combustibles en las gasolineras está determinado principalmente por tres elementos: el coste del producto (petróleo o carburante refinado), el margen de distribución y los impuestos. Según datos de la CNMC, los impuestos suelen suponer aproximadamente el 50% del precio de la gasolina y alrededor del 43% en el caso del diésel. Por su parte, el coste del carburante representa cerca del 31% en la gasolina y el 36% en el diésel, mientras que el margen de distribución se sitúa en torno al 19% y el 21%, respectivamente. Estas proporciones son orientativas y pueden variar en función del mercado, tomando como referencia la media de 2025. El peso de cada componente cambia según el contexto. En épocas de precios bajos, como en 2016, los impuestos llegaron a representar hasta el 57% del precio de la gasolina. Sin embargo, en momentos de alta volatilidad o encarecimiento, como en 2022 tras el inicio de la guerra en Ucrania, su peso relativo disminuye, ganando protagonismo el coste del producto. A pesar de estas variaciones, el impuesto sobre hidrocarburos sigue siendo una de las principales fuentes de ingresos públicos dentro de los impuestos especiales. En 2025, generó más de 12.300 millones de euros, lo que supone más de la mitad de la recaudación de estos tributos y cerca del 4% del total ingresado por el Estado. Además, los carburantes están gravados con otras cargas, como el IVA, tasas medioambientales y contribuciones a reservas estratégicas. Recientemente, el Gobierno redujo temporalmente algunos de estos impuestos y aplicó ayudas directas, lo que ha permitido abaratar el precio por litro en casi 0,30 euros (0,293€) en la gasolina y unos 0,24 euros (0,239€) en el diésel, según el sector.

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(Expansión, 01-04-2026) | Fiscal

La Agencia Tributaria ingresa 56.700 millones de euros en los dos primeros meses del año

La Agencia Tributaria dio a conocer ayer los primeros datos oficiales de recaudación correspondientes a 2026. Después de cerrar el año anterior con un aumento del 10,4% y alcanzar la cifra récord de 325.356 millones de euros, los ingresos fiscales no solo han mantenido su dinamismo, sino que han crecido aún más, con un incremento interanual del 13,5% en los dos primeros meses del año. En concreto, entre enero y febrero de 2026, la recaudación tributaria ascendió a 56.702 millones de euros, lo que supone 6.755 millones más que en el mismo periodo de 2025. Por figuras impositivas, el IRPF aumentó un 8,1%, hasta situarse en 29.637 millones de euros; el IVA registró un alza del 9,9%, alcanzando los 25.715 millones; y los Impuestos Especiales crecieron ligeramente, un 0,5%, hasta los 3.587 millones, a la espera de que comience la liquidación del Impuesto sobre Sociedades. Desde la Agencia Tributaria señalan que febrero es un mes especialmente relevante para la recaudación, ya que en él se concentran las declaraciones del cuarto trimestre del IVA, los pagos fraccionados del IRPF, así como impuestos como los que gravan el alcohol o el de la producción de energía eléctrica. Como novedad, este ejercicio ha incluido el primer pago a cuenta del nuevo impuesto sobre la banca, que ha aportado 543 millones de euros, a diferencia del año pasado, cuando este tributo se abonó en junio. De cara a los próximos meses, la evolución de los ingresos estará condicionada por las rebajas fiscales aplicadas por el Gobierno en el ámbito energético, como la reducción del IVA de la luz, el gas y los carburantes del 21% al 10%, así como otros ajustes en los impuestos sobre la electricidad.

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