(Cinco Días, 20-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El precio del gas se dispara un 24% y el petróleo alcanza los 116 dólares ante los ataques de Irán a instalaciones energéticas

Más de dos semanas después del estallido de la guerra en Irán, el conflicto ha entrado en una etapa más grave, marcada por ataques continuados contra infraestructuras energéticas que están impulsando con fuerza los precios del petróleo y el gas, aumentando así su impacto económico. Tras los bombardeos israelíes sobre un importante yacimiento gasista iraní, Teherán respondió atacando el miércoles la terminal de gas de Ras Laffan -la mayor del mundo- y, al día siguiente, instalaciones petroleras saudíes en el mar Rojo, un punto clave para la exportación de crudo del reino. Como consecuencia, el precio del gas natural se ha disparado un 24% en la jornada y ya duplica su valor desde el inicio de la guerra, reavivando en Europa el recuerdo de la crisis energética provocada por el conflicto en Ucrania. La planta de Ras Laffan, responsable de cerca de una quinta parte del suministro mundial de gas natural licuado, sufrió importantes daños tras varios ataques que provocaron grandes incendios, según Qatar Energy. Aunque la instalación ya estaba paralizada por las dificultades para que los buques atraviesen el estrecho de Ormuz, los desperfectos añaden incertidumbre sobre cuándo podrá recuperarse la producción. Analistas como los de ING advierten de que el problema ya no es solo la reapertura del tráfico marítimo, sino también el tiempo necesario para reparar las instalaciones dañadas, algo que aún se desconoce. Por otro lado, Irán también lanzó drones contra el complejo petrolero saudí de Yanbu, en la costa del mar Rojo, lo que provocó un repunte inmediato del precio del crudo. Este enclave resulta estratégico, ya que permite a Arabia Saudí mantener sus exportaciones gracias a un oleoducto que conecta con los yacimientos del golfo Pérsico. Aunque su capacidad es limitada, puede canalizar alrededor de cinco millones de barriles diarios, siendo un punto clave para los clientes de la petrolera estatal Aramco. Los expertos consideran que estos ataques suponen un salto cualitativo en la gravedad del conflicto. Según Norbert Rücker, de Julius Baer, el riesgo de interrupciones prolongadas del suministro aumenta cuando los daños afectan directamente a las instalaciones productivas y no solo al transporte. En los próximos días, añade, se podrá evaluar mejor si el mundo se enfrenta a una crisis energética más intensa y duradera. Otros analistas, como Susan Sakmar o Arne Lohmann Rasmussen, advierten de que el suministro de gas podría verse afectado durante meses o incluso años, situando este episodio como un posible punto de inflexión comparable -o incluso superior- al sabotaje del Nord Stream. El encarecimiento del gas llega además en un momento delicado para Europa, que, tras un invierno más frío de lo habitual, necesita reponer unas reservas estratégicas por debajo de la media. Al mismo tiempo, países asiáticos, grandes compradores del gas qatarí, tendrán que acudir al mercado internacional para compensar la pérdida de suministro, presionando aún más los precios. En el plano político, el presidente Donald Trump ha pedido el cese de los ataques contra infraestructuras energéticas. A través de su red Truth, aseguró que Estados Unidos no tenía conocimiento previo del ataque israelí al yacimiento de South Pars y afirmó que no se repetirán acciones contra ese enclave. No obstante, advirtió de que Washington podría intervenir de forma contundente si los activos energéticos de Qatar vuelven a ser objetivo. Además, dejó abierta la posibilidad de atacar la isla iraní de Kharg, principal punto de exportación de crudo del país. La escalada no se limita a estos ataques. Arabia Saudí ha interceptado misiles sobre Riad y drones dirigidos contra instalaciones energéticas en el este del país, mientras que dos refinerías en Kuwait han sido alcanzadas. También Emiratos Árabes Unidos ha suspendido operaciones en su planta de gas de Habshan tras incidentes similares, aunque Baréin ha negado daños en sus infraestructuras. Según expertos del Centro de Estudios Estratégicos e Internacionales, la tensión en el estrecho de Ormuz impide una resolución rápida del conflicto, y cualquier medida adicional para presionar a Irán podría elevar aún más los precios de la energía. En paralelo, para contener el encarecimiento, Trump ha suspendido temporalmente la Ley Jones, con el objetivo de abaratar el transporte de petróleo y gas en Estados Unidos. Además, el vicepresidente JD Vance y otros altos cargos tienen previsto reunirse con representantes del sector energético para analizar la situación.

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(Cinco Días, 20-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El diésel sube un 29% y la gasolina un 16% en España desde el ataque de Estados Unidos a Irán

El ritmo al que están subiendo los precios de los combustibles debido a la guerra en Oriente Próximo supera incluso al registrado durante el conflicto entre Rusia y Ucrania en 2022. Y, salvo que la situación en Irán se resuelva de forma rápida, todo apunta a que esta tendencia alcista continuará en las próximas semanas. Actualmente, el precio medio de la gasolina en España se sitúa en 1,709 euros por litro, mientras que el diésel alcanza los 1,837 euros, según el último Boletín Petrolero de la UE, con datos recogidos hasta el lunes. Al tratarse de medias, existen estaciones donde los precios son más altos o más bajos. Esto supone que la gasolina cuesta un 16% más que antes del inicio de los ataques sobre Teherán, y el diésel un 29% más. Estos incrementos superan los registrados en las primeras semanas de la guerra en Ucrania, cuando los precios subieron un 12% y un 20%, respectivamente. A pesar de ello, en términos absolutos, los carburantes aún no han alcanzado los máximos de 2022, cuando en junio la gasolina llegó a 2,141 euros por litro y el diésel a 2,100 euros. Sin embargo, no se descarta que se superen esos niveles, especialmente porque en la actual crisis el petróleo está teniendo un mayor peso en los mercados que el gas natural, aunque ambos hayan subido con fuerza. El barril de crudo ha superado los 110 dólares debido al bloqueo del estrecho de Ormuz por parte de Irán -una vía clave por la que pasa cerca del 20% del petróleo mundial- y a los ataques sobre infraestructuras energéticas. Medidas como la liberación de reservas estratégicas han evitado, por ahora, subidas aún mayores. No obstante, los expertos coinciden en que cuanto más se prolongue el conflicto, mayor será la presión sobre los precios y, en consecuencia, sobre la inflación. En España, el precio de la gasolina alcanza niveles no vistos desde octubre de 2023, en un contexto marcado también por los recortes de producción de Arabia Saudí y Rusia. En el caso del diésel, hay que remontarse a noviembre de 2022 para encontrar cifras más elevadas. Tradicionalmente, el diésel ha sido más barato que la gasolina, pero esa diferencia ha desaparecido en la actual coyuntura, ya que Europa tiene capacidad excedentaria para producir gasolina, pero depende de importaciones para cubrir su demanda de gasóleo. El encarecimiento es generalizado en toda la Unión Europea, donde los precios medios son superiores a los españoles: 1,838 euros por litro en gasolina y 1,949 en diésel. España se sitúa en una posición intermedia: en 11 países la gasolina es más cara y en 15 más barata. Países Bajos registra el precio más alto (2,262 euros por litro), mientras que Bulgaria presenta el más bajo (1,331 euros). En el caso del diésel, hay 14 países donde el coste es mayor que en España. Con estos precios, llenar un depósito medio de 55 litros cuesta alrededor de 94 euros en un vehículo de gasolina y algo más de 101 euros en uno diésel. Según el Instituto Complutense de Análisis Económico (ICAE), el impacto de estos combustibles en la inflación de marzo será significativo: el diésel aportará 0,57 puntos al IPC y la gasolina 0,32. Si a esto se suma el encarecimiento de la electricidad, que añadirá otros 0,21 puntos, el efecto conjunto sobre la inflación será de aproximadamente 1,1 puntos adicionales en marzo, a falta de considerar otros factores como el comportamiento de los alimentos, cuyos precios siguen mostrando resistencia a bajar. El dato oficial del IPC será publicado por el Instituto Nacional de Estadística el próximo 27 de marzo.

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(El Periódico, 20-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La Eurocámara da el primer paso para aprobar el acuerdo comercial con EEUU

La comisión de Comercio Internacional (INTA) del Parlamento Europeo ha aprobado el acuerdo de Turnberry, el pacto alcanzado en julio de 2025 entre la Comisión Europea y Estados Unidos, por el que la UE aceptaría aranceles generales del 15% sin responder con medidas similares, a cambio de que ese porcentaje actúe como límite máximo para las exportaciones europeas. La tramitación del acuerdo se había paralizado tras las amenazas del presidente estadounidense, Donald Trump, sobre Groenlandia, pero esta semana ha vuelto a activarse. El texto ha salido adelante con 29 votos a favor, 9 en contra y una abstención, y ahora deberá someterse a votación en el Pleno del Parlamento el próximo 26 de marzo. Este paso forma parte del proceso de ratificación, que aún no ha concluido. Una vez reciba el respaldo del Pleno, el acuerdo deberá seguir el procedimiento legislativo europeo habitual y negociarse con el Consejo, donde están representados los Estados miembros. El presidente de la comisión INTA, el eurodiputado socialista alemán Bernd Lange, ha señalado que el documento busca aportar estabilidad y equilibrio, subrayando que el Parlamento quiere mantener el control del proceso y tener la última palabra en su aplicación. El texto también incorpora una advertencia ante posibles presiones comerciales de Estados Unidos. Los eurodiputados han dejado claro que consideran inaceptable la imposición de aranceles como respuesta a decisiones de política exterior de la UE o de sus países miembros, como ocurrió durante la crisis de Groenlandia o en recientes tensiones con España. En este sentido, han reforzado la cláusula de suspensión: si se aplicaran nuevos aranceles, el Parlamento podría paralizar de inmediato la tramitación de las ventajas comerciales previstas para productos estadounidenses. Además, los legisladores europeos han introducido como condición que Washington reduzca los aranceles sobre productos europeos con bajo contenido en acero o aluminio, pasando del 50% actual al 15% establecido en el acuerdo. Sin embargo, persiste una fuerte desconfianza hacia la administración estadounidense, ya que muchos eurodiputados dudan de que se respete el espíritu del pacto. Por su parte, el comisario europeo de Comercio, Maros Sefcovic, ha instado a avanzar en la ratificación. Tras un revés judicial que anuló la base legal de los aranceles estadounidenses, Trump volvió a imponerlos recurriendo a otra vía legal que permite aplicar gravámenes temporales, fijándolos en el 10%, aunque posteriormente ha amenazado con elevarlos hasta el 15%. Ante esta posibilidad, el Parlamento Europeo advierte de que un aumento de este tipo podría llevar a un nuevo bloqueo del proceso de aprobación del acuerdo.

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(El Economista, 20-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Los pisos turísticos esquivan el veto de los vecinos si la comunidad no elevó a tiempo la prohibición en el Registro de la Propiedad

Los propietarios que adquirieron una vivienda antes de que la comunidad de vecinos registrara oficialmente en el Registro de la Propiedad unos estatutos que prohíben el uso turístico del inmueble no quedan sujetos a esa limitación. Así lo establece una resolución de la Dirección General de Seguridad y Fe Pública, publicada el 14 de marzo, en la que se da la razón a una empresa que compró una vivienda cuando la comunidad ya había acordado vetar los pisos turísticos, pero sin haber formalizado aún ese acuerdo en el registro correspondiente. En este caso, la junta de propietarios adoptó la decisión el 28 de septiembre de 2021, y la compañía adquirió el inmueble tres meses después. No obstante, los estatutos no se inscribieron en el Registro de la Propiedad hasta marzo de 2024. Posteriormente, en junio, el registrador denegó a la empresa el Número de Registro Único de Alquiler (NRUA), requisito obligatorio desde julio para anunciar la vivienda en plataformas digitales. La Dirección General ha fallado a favor de la empresa basándose en el artículo 32 de la Ley Hipotecaria, que señala que los derechos o títulos sobre bienes inmuebles que no estén inscritos correctamente no pueden perjudicar a terceros. Conviene recordar que, desde el 3 de abril de 2025, los propietarios que deseen destinar su vivienda al alquiler turístico deben contar con la aprobación de la comunidad de vecinos, mediante una mayoría de tres quintos. Sin embargo, esta exigencia no se aplica a quienes ya desarrollaban esta actividad con anterioridad.

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(El Economista, 20-03-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La UE propone que la IA pague a la prensa por explotar reiteradamente sus contenidos

Europa propone que las herramientas de Inteligencia Artificial (IA) generativas, como ChatGPT o Gemini, paguen a los medios de comunicación y a cualquier titular de derechos de autor como artistas o creadores de contenidos creativos, por entrenarse con sus publicaciones u obras y utilizarlas para generar respuestas. El Parlamento Europeo ha dado la voz de alarma a la Comisión y le remitió el pasado 10 de marzo una serie de recomendaciones en las que le insta a elaborar un marco jurídico adicional sobre derechos de autor. "La legislación vigente en materia de derechos de autor resulta insuficiente para abordar el reto de la concesión de licencias para el uso por la IA generativa de material protegido", indica. El Parlamento pone especial énfasis en proteger al sector periodístico "cuyos servicios son explotados plena y reiteradamente por los sistemas de IA" desviando "de forma demostrable" el tráfico y los ingresos de los medios de comunicación. En este aspecto, plantea que la prensa pueda tener plenos derechos sobre sus contenidos digitales de modo que puedan vetar a las IA generativas su uso para entrenarse y dar respuestas y que, si quieren utilizar estas publicaciones, paguen. Insta a estudiar la posibilidad de que estos proveedores de sistemas de IA "compensen a dichos medios de manera justa, proporcionada y no discriminada, prestando especial atención a los medios de comunicación locales y regionales" para proteger el pluralismo y el discurso democrático. Alba María López, socia asociada del área legal de Elzaburu, señala que las recomendaciones del Parlamento evidencian que ha detectado un problema y llama la atención proponiendo unas bases para elaborar un plan de acción. "Quiere fomentar que los medios tengan pleno control sobre el uso digital de sus contenidos con fines de entrenamiento y que se les deje excluir de forma sólida y operativa las publicaciones porque reconocen que se explotan de forma reiterada. Valora establecer un mecanismo de protección, pero de momento no apunta en qué consiste, pero sí se entiende que buscaría un esquema de compensación justa atendiendo al uso que hace", explica. La experta añade que Europa también muestra su preocupación por la falta de transparencia de estas herramientas sobre los contenidos con los que se nutren, lo que puede dar lugar a sesgos y desinformación. "Se quita ese papel atribuido a los medios de voz autorizada y solvencia que fomenta la calidad de la información a la que los ciudadanos tienen derecho y afecta a una cultura democrática sana", destaca Alba María López. Por ello, la abogada de Elzaburu considera que la Comisión tendrá en cuenta estas recomendaciones. "No creo que vaya a ignorarlas porque la calidad de la información es clave en el estado en el que estamos ahora mismo. Cuando se ha visto que la IA desinforma, en un estado prebélico en Europa pero bélico a nivel global, es algo que interesa tenerlo previsto", asevera. Además, señala que también sirve como un aviso a navegantes para las industrias extranjeras que han entrenado a sus modelos con bases de datos de obras protegidas sin ninguna consideración. La experta indica que el Parlamento también propone articular un mercado de licencias centralizado desde Europa para conceder a la IA la utilización de obras creativas, artísticas, informativas o cualquier otra con derechos de autor a cambio de una contraprestación.

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(La Vanguardia, 20-03-20226) | Mercantil, civil y administrativo

La CNMC recomienda cambios normativos y técnicos para evitar un nuevo apagón

Tras decidir no elaborar un informe que señalara responsables por el apagón que afectó a la Península Ibérica el 28 de abril del año pasado, la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha publicado este jueves un documento alternativo centrado únicamente en propuestas para evitar que se repita un episodio similar o reducir sus efectos. En él plantea ajustes normativos y técnicos para prevenir variaciones bruscas de tensión y mejorar la coordinación entre los operadores de las redes. El organismo considera que, en el momento del incidente, el sistema contaba con herramientas regulatorias y mecanismos suficientes para garantizar el suministro. Esta valoración coincide con la del Ministerio para la Transición Ecológica, que ha recibido positivamente el informe, y también con la postura de las compañías eléctricas, que interpretan estas conclusiones como una prueba de que no fueron responsables del apagón. El documento, aprobado por el consejo de administración del regulador el miércoles, se ha publicado justo antes de que se conozca otro informe elaborado por el panel de expertos de la asociación europea de operadores de red Entso-e. Llega también poco después de la comparecencia en el Senado de la presidenta de la CNMC, Cani Fernández. Según fuentes cercanas al organismo, se optó por retrasar su aprobación para lograr un mayor consenso interno, lo que ha dado lugar a un texto más moderado. Aunque la ley que regula la CNMC le permite identificar responsables en casos de fallos en el suministro, el organismo ha optado por no hacerlo en este caso, alegando falta de seguridad jurídica, ya que los posibles afectados no podrían recurrir la decisión por vía administrativa. En su lugar, mantiene abierta la investigación iniciada tras el apagón y, en su caso, podrá iniciar un expediente sancionador. Por ello, el informe tiene carácter consultivo. Entre las recomendaciones, la CNMC destaca la complejidad de las infraestructuras compartidas por distintos productores, subrayando la necesidad de definir con claridad las responsabilidades para garantizar un funcionamiento eficiente del sistema. También propone avanzar en la armonización de normas a nivel nacional y europeo en relación con los límites de tensión y la duración de las sobretensiones, así como reforzar las inspecciones periódicas de los sistemas de protección y comprobar el correcto funcionamiento de las instalaciones tras su certificación. El organismo insiste en que es necesario adaptar continuamente los marcos técnicos, operativos y regulatorios a un sistema eléctrico en transformación, marcado por una mayor presencia de energías renovables, una operativa más compleja y una mayor volatilidad en la tensión. Según explica, el análisis se ha basado en la información recabada y en reuniones mantenidas con los distintos agentes del sector. El Ministerio para la Transición Ecológica ha agradecido el enfoque del regulador y ha señalado que sus conclusiones coinciden con las del informe elaborado por el comité de análisis del Gobierno el pasado junio. Desde entonces, asegura, ya se han incorporado algunas de las recomendaciones, como un mayor control sobre las obligaciones de regulación de tensión, y se trabaja en otras medidas, como mejorar la digitalización de las redes, aumentar su capacidad de supervisión o reforzar las interconexiones internacionales. Desde el apagón se han publicado varios informes que, según fuentes del sector, evitan asumir responsabilidades. Entre ellos, el del propio ministerio y el del operador del sistema, Red Eléctrica, que atribuyó el incidente al incumplimiento de ciertas normas por parte de las compañías eléctricas. El documento de la CNMC, publicado casi un año después, tampoco señala culpables. Se espera además otro informe del panel de expertos europeos, que seguirá la línea de uno anterior centrado en describir los hechos. Tras conocer el contenido del informe, la patronal de las grandes eléctricas, Aelec -integrada por Iberdrola, Endesa y EDP-, ha valorado positivamente sus conclusiones, al considerar que confirman que los generadores no fueron responsables del apagón, que atribuyen a problemas en la gestión del sistema y a oscilaciones de tensión. La asociación sostiene que las empresas actuaron conforme a la normativa y que una aplicación adecuada de las herramientas disponibles habría reducido el riesgo. Asimismo, Aelec defiende la necesidad de revisar los procedimientos operativos y eliminar ciertas limitaciones aplicadas tras el incidente, con el objetivo de optimizar el control de tensión sin comprometer la seguridad del suministro. También respalda la propuesta de fijar en 420 kV el límite operativo de tensión. Por su parte, el operador del sistema coincide en la importancia de cumplir la normativa vigente y asegura que ya aportó pruebas de que actuó conforme a ella durante y después del apagón, tal y como exigía la legislación. El informe incluye además recomendaciones para otros sectores dependientes del suministro eléctrico, como el gas, los carburantes, el transporte ferroviario o las telecomunicaciones. En este último ámbito, se propone avanzar en la normativa sobre seguridad y resiliencia de las redes y mejorar la coordinación con la planificación eléctrica, incorporando sistemas automáticos de alerta.

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(Expansión, 19-03-2026) | Fiscal

El Tribunal Supremo reabre la guerra por la tributación en el IRPF de los intereses de demora

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha decidido admitir a trámite un recurso que cuestiona la doctrina vigente, la cual obliga a tributar por las indemnizaciones abonadas por Hacienda, y volverá a pronunciarse sobre este asunto. El recorrido judicial de los contribuyentes en relación con los intereses de demora pagados por la Agencia Tributaria (AEAT) entra así en una nueva fase clave. Mediante un auto reciente (recurso 1039/2025), el Tribunal Supremo ha aceptado estudiar un recurso de casación que podría implicar otro cambio significativo en el tratamiento fiscal de estas cantidades. El debate no es nuevo, pero sigue generando controversia: ¿deben incluirse en el IRPF los intereses que Hacienda paga cuando devuelve ingresos indebidos? Tras años de criterios cambiantes, el Supremo considera necesario aclarar, matizar o incluso revisar su propia doctrina. Para comprender la relevancia de este paso, conviene recordar los cambios previos. En diciembre de 2020, el Alto Tribunal estableció que estos intereses tenían carácter indemnizatorio y, por tanto, no debían tributar en el IRPF, lo que supuso un importante respaldo para los contribuyentes. Sin embargo, en enero de 2023, la misma Sala modificó su postura y pasó a calificarlos como una ganancia patrimonial sujeta a tributación dentro de la base del ahorro. Desde entonces, Hacienda ha exigido impuestos sobre esas cantidades. El recurso admitido tiene su origen en el caso de un contribuyente que, tras lograr que el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Madrid anulara una liquidación de IRPF correspondiente a los años 2008 a 2010, recibió más de 255.000 euros en concepto de intereses de demora. Aplicando el criterio de 2023, la Administración le exigió tributar por esa suma. Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid respaldó la postura de Hacienda, al considerar aplicable la doctrina vigente en ese momento. No obstante, el afectado sostiene que esta interpretación vulnera principios constitucionales como la seguridad jurídica, la confianza legítima y la irretroactividad de normas sancionadoras o restrictivas de derechos. Lo más relevante del auto no es solo la admisión del recurso, sino también el enfoque adoptado por el Supremo. La Sala reconoce que existe un interés casacional objetivo, dado que la cuestión afecta a numerosos contribuyentes y existen resoluciones previas del propio tribunal con criterios contradictorios. El Supremo se plantea dos cuestiones principales. Por un lado, definir la naturaleza fiscal de estos intereses: si, por su carácter compensatorio -al resarcir un perjuicio causado por la Administración-, deberían quedar fuera del IRPF. Por otro, analizar el alcance temporal del cambio de criterio de 2023, es decir, si debe aplicarse también a situaciones anteriores no firmes o únicamente a las posteriores a esa sentencia. Este último aspecto resulta especialmente relevante, ya que, si se limita la aplicación retroactiva del nuevo criterio, muchos contribuyentes con procedimientos abiertos podrían evitar el pago del impuesto. En el ámbito fiscal existe un cierto optimismo, aunque prudente. El hecho de que el Supremo admita la posibilidad de revisar su doctrina actual indica que es consciente de la inseguridad jurídica generada. La defensa del contribuyente insiste en que su actuación se ajustó a la interpretación vigente en su momento, avalada por el propio Supremo, por lo que no debería verse perjudicado por un cambio posterior de criterio. Si finalmente el Tribunal decide volver a la interpretación de 2020 o, al menos, restringir los efectos de la doctrina de 2023, supondría un respaldo importante al principio de seguridad jurídica. Por ahora, la admisión del recurso reabre el debate y obliga a la Administración a justificar por qué una compensación por un error propio debe terminar, en parte, sujeta a tributación.

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(El Economista, 19-03-2026) | Fiscal

Canarias exime de su "IVA" isleño a los autónomos que ingresen menos de 50.000 euros

El Gobierno de Canarias ha decidido liberar del pago del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) a los autónomos y micropymes cuyos ingresos anuales no superen los 50.000 euros. A diferencia del resto de España, donde se aplica el IVA, en Canarias rige este impuesto sobre el consumo, cuyo tipo general es más bajo (7% frente al 21% en la península y Baleares). Con esta medida, el Ejecutivo autonómico adopta el llamado régimen de franquicia del IVA, contemplado en una directiva europea de 2020 que simplifica las obligaciones fiscales para pequeños negocios con ingresos inferiores a 85.000 euros. No obstante, el Gobierno central ha optado por no aplicar esta exención en el IVA, alegando que la normativa comunitaria lo permite, pero no lo exige. Su propuesta se limita a eliminar el impuesto en operaciones realizadas por pequeñas empresas en otros países de la Unión Europea, aunque esta iniciativa está incluida en un proyecto de ley sobre control de criptoactivos que aún no ha avanzado en el Congreso. En este contexto, la Comisión Europea anunció recientemente que llevará a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no haber adaptado su normativa para eliminar el IVA en determinadas operaciones intracomunitarias. Bruselas ha señalado que, aunque la exención es opcional, España debería haber incorporado al menos las disposiciones que permiten a las pymes acogerse a este régimen en otros Estados miembros. El vicepresidente del Gobierno canario y consejero de Economía, Manuel Domínguez, explicó que esta exención del IGIC busca reducir tanto la carga fiscal como los trámites administrativos, y estima que beneficiará a unos 11.000 trabajadores. Gracias a esta medida, estos profesionales no tendrán que repercutir el impuesto en sus facturas ni presentar declaraciones trimestrales a partir del 1 de julio de 2026. En su lugar, solo deberán realizar una declaración anual desde 2027. Domínguez subrayó además que, mientras España no ha incorporado la directiva europea y mantiene la obligación de aplicar el IVA a estos colectivos, Canarias avanza hacia un modelo propio de simplificación fiscal orientado a facilitar la actividad de autónomos y emprendedores.

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(El Economista, 19-03-2026) | Fiscal

Madrid refuerza su "cheque bebé": 14.500 euros por hijo para madres menores de 30 años

La Comunidad de Madrid refuerza sus políticas de apoyo a la natalidad. El Consejo de Gobierno ha aprobado este miércoles un incremento de 5,3 millones de euros en la partida destinada a ayudas por gestación, nacimiento y adopción. Con este aumento, la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales prevé destinar en 2026 más de 121 millones de euros a estas prestaciones. El consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín, explicó tras la reunión del Ejecutivo que esta iniciativa forma parte de las 80 medidas incluidas en la Estrategia de protección a la maternidad y paternidad y de impulso a la natalidad y la conciliación 2022-2026 impulsada por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso. Según detalló, este plan cuenta con un presupuesto global de 4.800 millones de euros, de los cuales ya se ha ejecutado el 90%, mientras que el resto de actuaciones continúa en marcha. Cabe recordar que desde 2022 el Ejecutivo regional concede una ayuda de 500 euros mensuales por hijo a madres menores de 30 años, desde la semana 21 de embarazo hasta que el menor cumple dos años. En total, estas beneficiarias reciben 14.500 euros por cada hijo a lo largo de 29 meses. Estas ayudas también se aplican en casos de adopción. Desde la puesta en marcha de este programa, se han otorgado cerca de 28.000 ayudas, con una inversión superior a los 324 millones de euros destinada a incentivar la natalidad. Según destacó García Martín, estas medidas han contribuido a que Madrid liderara el número de nacimientos en España en 2025, con un incremento del 3,3%, de acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). En total, se registraron 52.450 nacimientos, de los cuales 25.408 fueron niñas y 27.042 niños. Asimismo, los datos del INE reflejan un aumento del 2,11% en los nacimientos durante el mes de enero, con un total de 4.316. En cuanto al perfil de las madres, el grupo de edad entre 30 y 39 años sigue concentrando la mayor parte de los nacimientos en lo que va de 2025, con 2.828 casos, seguido del tramo de 20 a 29 años, con 927. Por detrás se sitúan las mujeres de entre 40 y 49 años, con 492 nacimientos, y las de 15 a 19 años, con 65. Por último, las estadísticas registran cuatro partos en mujeres mayores de 50 años y ninguno en menores de 15 años.

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(Expansión, 19-03-2026) | Laboral

Los empleadores pagan 840 euros al mes por trabajador de media

El aumento de los salarios medios y la intensa subida del salario mínimo interprofesional (SMI), junto con los incrementos en las cotizaciones aplicados por el Gobierno en los últimos años, han encarecido de forma significativa el coste de contratar trabajadores para las empresas. Por este motivo, las organizaciones empresariales destacan la capacidad de resistencia del tejido productivo, que ha logrado seguir generando empleo pese al alza de los costes laborales, a lo que se añade también el encarecimiento de los costes de producción derivado de la inflación. En esta línea, los datos más recientes de la Encuesta de Costes Laborales del Instituto Nacional de Estadística (INE) reflejan un notable incremento en las cotizaciones a la Seguridad Social asumidas por los empleadores. En los últimos siete años, coincidiendo con el Gobierno de Pedro Sánchez, estas cotizaciones han aumentado cerca de un 30% (un 29,2% en concreto), pasando de una media de 650,4 euros mensuales por trabajador en el cuarto trimestre de 2018 a 840,9 euros en el mismo periodo de 2025. Estas aportaciones cubren prestaciones como enfermedad, maternidad, accidentes laborales, invalidez, jubilación, desempleo, formación profesional o garantía salarial, entre otras. Por su parte, los costes salariales también han crecido de forma importante, aunque en menor proporción que las cotizaciones. En este mismo periodo, han pasado de 2.039 a 2.531 euros mensuales, lo que supone un incremento del 24%, es decir, seis puntos porcentuales menos que el aumento de las cuotas. Estos costes incluyen el salario base, los pagos extraordinarios y los atrasos. Si se compara con el periodo anterior, se aprecia un cambio significativo: entre 2011 y 2018, las cotizaciones sociales obligatorias solo subieron un 7,4%, al pasar de 605,5 a 650,4 euros. Por tanto, gran parte del incremento reciente se explica por medidas destinadas a reforzar los ingresos del sistema de Seguridad Social y afrontar el creciente gasto en prestaciones, especialmente en pensiones públicas, que rondan los 217.000 millones de euros anuales. Entre estas medidas destacan el mecanismo de equidad intergeneracional -en vigor desde 2023 y que en 2026 supone el 0,9% del salario bruto-, la cuota de solidaridad -aplicada desde 2025 a los sueldos que superan la base máxima y situada entre el 1,15% y el 1,46% en 2026-, así como el incremento progresivo de las bases máximas de cotización en línea con el IPC más 1,2 puntos adicionales. A ello se suma la subida del SMI, que ha aumentado un 66% respecto a 2018. Por sectores, como es lógico, aquellos con salarios más elevados son también los que soportan mayores cotizaciones. Encabeza la lista el suministro de energía, con una media de 1.374 euros mensuales por trabajador, seguido de las actividades financieras (1.247 euros), la industria extractiva (1.185 euros), el sector de información y comunicaciones (1.085 euros) y la Administración pública (954 euros). En un nivel intermedio se sitúan sectores como el suministro de agua (947 euros), la industria manufacturera (925 euros), las actividades profesionales, científicas y técnicas (906 euros), la construcción (877 euros) y el transporte (869 euros). Por debajo se encuentran las actividades sanitarias (776 euros), la educación (771 euros), el sector inmobiliario (755 euros), el comercio (699 euros), las actividades administrativas (597 euros) y, finalmente, las actividades artísticas, con 540 euros mensuales de media por trabajador.

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