(Cinco Días, 26-01-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El desorden mundial lleva al oro a superar los 5.000 dólares ante una demanda de inversión que desborda la oferta

El oro ha superado la barrera histórica de los 5.000 dólares por onza tras una escalada prácticamente continua, impulsada por un entorno internacional cada vez más incierto. La tensión geopolítica refuerza su papel como valor refugio y, al mismo tiempo, contribuye a debilitar al dólar, un factor que favorece directamente la revalorización del metal precioso. A ello se suman las dudas sobre la independencia de la Reserva Federal de Estados Unidos y el temor a un repunte de la inflación, elementos que han intensificado una subida sin precedentes. Después de dispararse un 64% en 2025, el oro acumula ya un avance del 14% en lo que va de 2026. Durante la madrugada alcanzó un nuevo máximo histórico al situarse en 4.967 dólares la onza, con una ganancia semanal cercana al 8%. La plata también se revalorizó con fuerza hasta rozar los 100 dólares por onza, mientras que el platino marcó igualmente niveles récord. Según ING, el repunte del oro responde a una sucesión de sacudidas geopolíticas, como la detención en Estados Unidos del líder venezolano o la persistente incertidumbre sobre la posición de Washington respecto a Groenlandia. A estos factores se añaden los cuestionamientos sobre la Reserva Federal. En este contexto de aumento de la deuda estadounidense y mayor imprevisibilidad política, los inversores optan por metales preciosos en detrimento de divisas y bonos soberanos. Goldman Sachs considera que la tendencia alcista aún tiene margen y prevé que el oro cierre 2026 en torno a los 5.400 dólares por onza, apoyado en un escenario que dispara la demanda. La entidad señala que desde 2025 las subidas se han intensificado porque los bancos centrales, tras aumentar significativamente sus compras entre 2023 y 2024, compiten ahora por una oferta limitada de lingotes con los inversores privados. Esta demanda procede tanto de fondos cotizados como de nuevas fórmulas de cobertura frente a riesgos globales, especialmente compras físicas por parte de grandes patrimonios y operaciones en mercados de derivados. Los analistas describen esta situación como un proceso de "degradación", en el que activos tradicionales como las divisas o la deuda pública pierden peso en las carteras en favor del oro. Este desplazamiento también eleva el precio de otros metales por un efecto arrastre, aunque en el caso de la plata existe un componente especulativo más acusado. En el mercado del oro, muy líquido, el problema radica en que la oferta no logra satisfacer una demanda en constante crecimiento. Desde JP Morgan Private Bank, Yuxuan Tang explica que el oro vive una revalorización sostenida a medida que se resquebraja el orden internacional establecido tras la Segunda Guerra Mundial. En este escenario, muchos inversores perciben el metal como una cobertura fiable frente a riesgos estructurales difíciles de medir. En esta línea, el banco central de Polonia, líder mundial en compras declaradas de oro, aprobó esta semana un plan para adquirir otras 150 toneladas, mientras que la India ha reducido a mínimos de cinco años sus tenencias de deuda del Tesoro estadounidense. La plata, arrastrada por la fortaleza del oro, ha multiplicado por más de tres su precio en el último año. Su avance también se ha visto favorecido por una contracción histórica de las posiciones bajistas y por una oleada de compras de inversores particulares que el sistema financiero ha tenido dificultades para absorber. Además, la incertidumbre en torno a la revisión de la política china sobre licencias de exportación ha reforzado la sensación de escasez en un mercado ya de por sí muy volátil, incluso después de que Estados Unidos optara por no imponer aranceles generales a la importación de minerales críticos como la plata y el platino.

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(El País, 26-01-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La UE asegura estar “lista” para implementar el pacto comercial de Mercosur cuando los socios latinoamericanos empiecen a ratificarlo

La Unión Europea asegura que podrá activar de forma provisional el acuerdo comercial con Mercosur en cuanto los países del bloque sudamericano comiencen a ratificarlo. Así lo afirmó la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, con el objetivo de disipar las inquietudes surgidas al otro lado del Atlántico tras la decisión del Parlamento Europeo de remitir el texto al Tribunal de Justicia de la UE, un movimiento interpretado mayoritariamente como una maniobra para ganar tiempo. "Actuaremos cuando ellos lo hagan", señaló Von der Leyen al finalizar una reunión extraordinaria de líderes europeos celebrada el jueves por la tarde en Bruselas para abordar las "relaciones transatlánticas" después de la crisis de Groenlandia. Aunque el pacto con Mercosur no figuraba entre los asuntos centrales del encuentro, sí fue tratado en la sesión a puerta cerrada convocada por el presidente del Consejo Europeo. En ese marco, varios Estados miembros manifestaron su respaldo a una puesta en marcha rápida del acuerdo. Entre los dirigentes que apoyaron una entrada en vigor inmediata, aunque sea provisional, se encontraba el presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, quien defendió el impulso de alianzas comerciales y apostó por activar cuanto antes el tratado con Mercosur. En la misma línea se expresó el canciller alemán, Friedrich Merz, que criticó abiertamente la decisión del Parlamento Europeo y reclamó avanzar sin dilaciones. Desde el Foro Económico de Davos, antes de viajar a Bruselas, Merz afirmó que el acuerdo es "justo y equilibrado" y que resulta imprescindible para impulsar el crecimiento europeo. Con un tono más moderado, pero coincidente en el fondo, también se pronunciaron el primer ministro neerlandés, Dick Schoof, que consideró que el proceso "debería continuar", y el jefe del Ejecutivo austriaco, Christian Stocker, quien, pese a haber votado en contra en el Consejo la semana anterior, calificó la aplicación provisional como una práctica habitual. Desde el punto de vista institucional, Von der Leyen no necesitaba una nueva autorización del Consejo Europeo, formado por los jefes de Estado y de Gobierno, aunque sí contaba con el respaldo previo del Consejo de la UE, que representa a los Estados miembros a nivel ministerial. Así lo explicó António Costa, al recordar que los gobiernos nacionales ya habían dado su visto bueno la semana pasada, al tiempo que autorizaron a la Comisión a firmar el acuerdo, algo que se formalizó el sábado en Asunción, Paraguay. Aun así, Costa hizo explícito ese apoyo en su comparecencia ante la prensa durante la madrugada del viernes, al instar a la Comisión a utilizar la decisión del Consejo para poner en marcha la aplicación provisional del tratado. Con ello, otorgó un respaldo político claro a la presidenta de la Comisión. Este gesto responde a una realidad evidente en Bruselas: el principal escollo no es jurídico, sino político. Por un lado, la UE es consciente de la creciente impaciencia de los países del Mercosur, que desean que el acuerdo entre en vigor cuanto antes. Paraguay prevé presentar el texto la próxima semana ante la Comisión Permanente del Congreso, Argentina lo debatirá en sesiones extraordinarias a partir de febrero, y tanto Brasil como Uruguay mantienen su intención de ratificarlo con rapidez. Por otro lado, la Comisión procura no tensar aún más la relación con el Parlamento Europeo, donde existe un claro malestar ante la posibilidad de que se margine al hemiciclo en un asunto de tanta relevancia. Con una futura votación que se prevé muy ajustada y un Parlamento profundamente dividido, el Ejecutivo comunitario no puede permitirse perder apoyos por decisiones precipitadas o mal interpretadas. La llamada de Costa a Von der Leyen proporciona, en este contexto, un respaldo político que permitirá a la presidenta centrarse en su siguiente reto: evitar un mayor desgaste en la Eurocámara. Fuentes comunitarias indican que la Comisión está dispuesta a escuchar a todas las sensibilidades y que la propia Von der Leyen trabajará directamente con los grupos parlamentarios para recabar el mayor apoyo posible. Además, como recordó la presidenta de la Comisión, pese a la presión, no existe una urgencia inmediata. Todavía no se ha tomado ninguna decisión porque no será necesaria hasta que uno o varios países del Mercosur completen sus trámites internos, algo que Bruselas no prevé que ocurra antes de uno o dos meses. Cuando llegue ese momento, aseguró Von der Leyen, la Unión Europea cumplirá su parte. Una promesa que resume su mensaje y que, previsiblemente, volverá a recordarse en breve: la UE estará preparada cuando lo estén sus socios.

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(El País, 26-01-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La sentencia del Supremo sobre el tope al alquiler de vivienda abre la vía para nuevas limitaciones en los precios

España atraviesa una grave crisis de acceso a la vivienda, marcada por el fuerte encarecimiento de los precios y por un número creciente de hogares que ven comprometida su capacidad para afrontar el pago de una hipoteca o un alquiler. Ante esta situación, dentro del Ejecutivo coexisten dos planteamientos distintos para abordar el problema: uno partidario de una mayor intervención pública y otro que apuesta por soluciones más vinculadas al funcionamiento del mercado. Aunque el debate sigue abierto, la reciente sentencia del Tribunal Supremo que avala el límite del 2% a la actualización de los alquileres impuesto por el Gobierno en 2022 refuerza la posibilidad de adoptar medidas excepcionales de regulación en este ámbito. La resolución, conocida este martes, concluye que la medida aprobada para mitigar los efectos de la crisis inflacionaria no vulnera el derecho a la propiedad privada cuando su objetivo es salvaguardar otro derecho constitucional, como el acceso a una vivienda digna, y cuando se fundamenta en la función social de la propiedad. Esta interpretación, según coinciden numerosos juristas consultados y el Ministerio de Consumo, no solo valida las decisiones ya adoptadas, sino que amplía el margen para futuras intervenciones directas en el mercado del alquiler, siempre que estén debidamente justificadas y sean proporcionadas a la situación de emergencia habitacional. Desde el Ministerio de Consumo, dirigido por Pablo Bustinduy (Sumar), se sostiene que de la sentencia "se desprende con claridad que el derecho a la vivienda y la función social de la propiedad prevalecen sobre otros intereses", en aplicación del artículo 33.2 de la Constitución, que consagra dicha función social. Asimismo, el departamento defiende que el Supremo avala el uso de reales decretos-ley para implantar este tipo de limitaciones, al tratarse de normas aprobadas en situaciones de extraordinaria y urgente necesidad que no afectan al contenido esencial del derecho de propiedad ni a la libertad de empresa. En una posición distinta se sitúa el Ministerio de Vivienda, liderado por el PSOE, que insiste en que sus informes técnicos y jurídicos no encuentran respaldo legal suficiente para prorrogar de forma obligatoria los contratos de alquiler que vencen o para imponer nuevos topes de precios, como plantea Sumar. Este ministerio recuerda, además, que el marco legal para contener el alza de los alquileres ya existe a través de la declaración de zonas tensionadas, cuya aplicación depende de las comunidades autónomas, muchas de las cuales han optado por no activar este mecanismo. Entre ambas posturas se sitúan los expertos, que consideran viable la adopción de nuevas medidas extraordinarias sin incurrir en inconstitucionalidad a la luz de esta sentencia. En esta línea se expresa Andrei Quintiá, investigador en Derecho Público de la Universidad de Santiago de Compostela, quien sostiene que el debate se ha desplazado desde la constitucionalidad hacia el diseño concreto de las políticas públicas. A su juicio, una limitación de los precios del alquiler es plenamente compatible con el marco constitucional español, e incluso no aprecia obstáculos jurídicos para que estos topes tengan carácter indefinido. Recuerda, además, que países como Países Bajos o Suecia cuentan con sistemas estables de control de rentas supervisados por órganos administrativos. Quintiá subraya que el elemento clave reside en cómo se configure la medida: debe evitar efectos confiscatorios, respetar un núcleo mínimo del derecho de propiedad y aplicarse con cautela para no provocar una caída significativa de la oferta. No obstante, considera que la realidad española -con un parque de vivienda social muy limitado que deja el acceso a la vivienda en manos del mercado- justifica sobradamente la adopción de fórmulas regulatorias más ambiciosas, especialmente en un contexto de precios desbocados y con una próxima renovación masiva de contratos. En términos similares se pronuncia Alejandra Jacinto, abogada del Centro de Asesoría y Estudios Sociales (CAES), quien entiende que la doctrina del Supremo puede extenderse a otras herramientas de contención del mercado. Según su análisis, el razonamiento del alto tribunal -que legitima la limitación de rentas para hacer frente a contextos inflacionarios y proteger a los inquilinos- podría aplicarse a medidas como la prórroga excepcional y obligatoria de los contratos o la imposición de topes de precios, con el objetivo de evitar un aumento de los desahucios en un escenario de emergencia habitacional. Jacinto añade que estas medidas no supondrían una novedad jurídica, ya que contarían con el respaldo de la Ley de Arrendamientos Urbanos y de precedentes como los informes favorables del Defensor del Pueblo. En su opinión, el principal escollo no es legal, sino político: la escasa aplicación de las zonas tensionadas por parte de las comunidades autónomas ha dejado al Estado sin instrumentos eficaces a corto plazo, lo que convierte la prórroga forzosa o los límites obligatorios de precios en algunas de las pocas opciones con capacidad real para frenar la escalada del alquiler y su creciente uso especulativo. Una visión más prudente es la de Virginia Jover Herrero, abogada del despacho López-Ibor, quien advierte de que la sentencia del Supremo no debe interpretarse como una autorización automática para desplegar nuevas intervenciones sin un análisis jurídico específico. A su entender, el fallo se limita a validar una medida excepcional adoptada en 2022 en un contexto muy concreto, marcado por la crisis inflacionaria derivada, entre otros factores, del encarecimiento de la energía tras la guerra en Ucrania. Por ello, recalca que "no supone un cheque en blanco para generalizar cualquier tipo de límite en el futuro". Jover señala que cualquier nueva regulación debería contar con su propia justificación: demostrar la existencia de una situación extraordinaria, acreditar la proporcionalidad de la medida, su carácter temporal y la ausencia de efectos confiscatorios sobre el derecho de propiedad. Solo si se cumplen estas condiciones -esto es, si no se elimina la utilidad económica del inmueble ni se vacía el contenido esencial del derecho- podría defenderse su constitucionalidad. Con todo, reconoce que la sentencia del Supremo sienta jurisprudencia y amplía el margen para futuras intervenciones. Por su parte, los sindicatos continúan analizando el alcance del fallo. Los servicios jurídicos de Comisiones Obreras estudian hasta qué punto las conclusiones del Tribunal Supremo pueden servir de base para nuevas iniciativas legislativas orientadas a garantizar el derecho de acceso a la vivienda.

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(Expansión, 23-01-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La UE perderá 4.400 millones por cada mes sin ratificar Mercosur

La decisión del Parlamento Europeo de recurrir ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el acuerdo comercial con Mercosur amenaza con debilitar la capacidad exportadora del bloque en un momento especialmente delicado, marcado por el aumento de las fricciones comerciales con Estados Unidos. España se juega este año alrededor de dos décimas de crecimiento del PIB y figura como el cuarto país más perjudicado, solo por detrás de Alemania, Francia e Italia. Si, como decía Benjamin Franklin, "el tiempo es oro", el nuevo aplazamiento en la ratificación del acuerdo con Mercosur puede traducirse en pérdidas multimillonarias para la Unión Europea. En un contexto de tensiones arancelarias globales, la decisión de llevar el pacto ante la Justicia comunitaria paraliza la apertura de un mercado estratégico y genera un coste de oportunidad superior a los 4.000 millones de euros por cada mes de retraso. De acuerdo con estimaciones del Icese (European Centre for International Political Economy), cada mes de 2026 en el que el acuerdo con Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay no entre en vigor supondrá para la UE una merma de 4.400 millones de euros en PIB y cerca de 3.000 millones en exportaciones que dejarán de materializarse. Los analistas del centro calculan que el retraso acumulado desde 2021 -fecha inicialmente prevista para la firma- ha costado ya a los Veintisiete unos 291.000 millones de euros en crecimiento económico, incluidos 183.000 millones en ventas exteriores no realizadas. Además, se ha perdido la oportunidad de mejorar el acceso a insumos clave y de diversificar las cadenas de suministro. Esta cifra equivale aproximadamente al 1,6% del PIB total de la Unión Europea, o a dos años de crecimiento nominal del bloque. El impacto podría agravarse aún más. Si la entrada en vigor del acuerdo se pospone un año adicional, algo considerado probable dado el calendario judicial del TJUE, las pérdidas podrían elevarse hasta los 344.000 millones de euros en crecimiento económico y 216.000 millones en exportaciones frustradas. El acuerdo entre la Unión Europea y Mercosur fue cerrado formalmente el pasado sábado en Asunción (Paraguay), tras una negociación especialmente compleja dentro del bloque comunitario, donde los intereses nacionales han estado profundamente enfrentados. Sin embargo, apenas unos días después, el Parlamento Europeo aprobó recurrir el pacto ante el TJUE en una votación muy ajustada -334 votos a favor, 324 en contra y 11 abstenciones- en la que la extrema derecha respaldó la iniciativa impulsada por los grupos de izquierda. El recurso se centra, en particular, en el denominado mecanismo de reequilibrio, que permitiría a los países de Mercosur impugnar futuras normativas europeas que consideren perjudiciales para sus exportaciones. También se cuestiona la estrategia de la Comisión Europea de dividir el acuerdo en dos partes -una política y otra comercial- para facilitar su ratificación por mayoría cualificada, evitando la unanimidad y la aprobación parlamentaria en todos los Estados miembros. Aunque la denuncia retrasa formalmente la ratificación, la Comisión Europea dispone de margen legal para comenzar a aplicar el acuerdo de forma provisional. No obstante, países como Francia, que se opuso hasta el final por el impacto negativo previsto sobre su sector agroalimentario, están presionando para que se espere al pronunciamiento del tribunal. Según los cálculos de Icese, Alemania es el país más perjudicado por el retraso, al haber dejado de exportar bienes por valor de 71.000 millones de euros entre 2021 y 2026, lo que equivale a renunciar a un 1,7% de su PIB en un periodo de debilidad económica. Francia ocupa el segundo lugar, con 38.000 millones de euros en ventas exteriores perdidas -el equivalente a un año de crecimiento-, seguida de Italia, con 29.000 millones, lo que supone 1,6 años de avance económico. España figura como el cuarto país más afectado, con unos 20.000 millones de euros en exportaciones no realizadas, especialmente en sectores como la industria, el transporte, la logística o el turismo. De haberse aplicado el acuerdo en el último lustro, la economía española habría crecido un punto porcentual adicional. En el corto plazo, el país se juega alrededor de dos décimas de PIB este año mientras el pacto siga bloqueado. Desde el punto de vista sectorial, las mayores pérdidas se concentran en actividades donde la Unión Europea goza de claras ventajas competitivas frente a Mercosur. El sector más castigado es el de material de transporte, con un déficit acumulado de 94.000 millones de euros en exportaciones debido a los seis años de retraso. Le siguen la maquinaria y los equipos industriales, con 23.800 millones; la industria química, con 21.200 millones; los productos de hierro y acero, con 12.600 millones; el sector agroalimentario, con cifras similares; y la industria farmacéutica, con pérdidas estimadas en 11.500 millones de euros.

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(El Economista, 23-01-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Las sentencias inventadas por la IA provocan el caos en la justicia

La irrupción de la inteligencia artificial en el ámbito judicial español también está dejando episodios de errores graves derivados de las llamadas "alucinaciones" de estos sistemas. Juzgados de Ceuta, Canarias y Navarra ya han registrado casos en los que se han utilizado referencias jurídicas inexistentes generadas por herramientas de IA. Dos de estos incidentes han salido a la luz este mismo mes de enero. En uno de ellos, un abogado de Melilla presentó una queja ante el Consejo General del Poder Judicial después de que el titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Ceuta dictara un auto apoyándose en un escrito del Ministerio Fiscal que incluía supuesta jurisprudencia del Tribunal Supremo que en realidad no existía y que había sido creada por una herramienta de inteligencia artificial. En Canarias, el problema fue detectado antes de que tuviera mayores consecuencias. Un letrado recurrió a la IA para redactar un recurso de apelación en el que se citaban resoluciones judiciales falsas. Ante esta situación, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias abrió una investigación para determinar si se había vulnerado el principio de buena fe procesal. El tercer caso se produjo en Navarra en 2024. Un abogado utilizó una aplicación de IA para preparar una querella e incorporó una referencia normativa errónea, concretamente un precepto del Código Penal colombiano. En este supuesto, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra decidió archivar las actuaciones una vez que el profesional reconoció el fallo. Estos episodios se suman a más de 800 casos documentados a nivel internacional, teniendo en cuenta únicamente aquellos que han dejado rastro público, bien porque los errores aparecen reflejados en resoluciones judiciales o porque se han impuesto sanciones. Damien Charlotin, abogado francés especializado en derecho internacional y arbitraje e investigador principal en la escuela de negocios HEC de París, mantiene un exhaustivo registro de litigios de todo el mundo afectados por el uso incorrecto de la inteligencia artificial. Su trabajo recoge incidentes en países como Estados Unidos, Reino Unido, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, Sudáfrica, Brasil, Argentina o Italia, en los que la IA ha generado sentencias, precedentes o referencias legales inexistentes. Ángel Sancho, director de inteligencia artificial y sistemas de información legal en Lefebvre, explica que las tres alucinaciones más habituales de la IA en el ámbito jurídico consisten en inventar resoluciones judiciales, atribuir citas literales que nunca se han pronunciado y forzar interpretaciones de la jurisprudencia. A su juicio, el principal riesgo surge cuando los profesionales del derecho recurren a herramientas generalistas, como ChatGPT, en lugar de soluciones diseñadas específicamente para el ámbito jurídico. Según Sancho, actualmente el uso de la IA avanza a dos velocidades. Mientras que el Ministerio de Justicia está incorporando herramientas destinadas a servir de apoyo a jueces y funcionarios, centradas en tareas como la clasificación de documentos, la elaboración de resúmenes o la búsqueda de información, en los despachos de abogados su empleo es más intenso y se utiliza como un verdadero asistente jurídico. Pese a estos esfuerzos, advierte de que muchos usuarios no se limitan a las herramientas oficiales y recurren directamente a aplicaciones generalistas de uso libre. Estas presentan, a su juicio, dos grandes limitaciones: por un lado, su información solo está actualizada hasta una fecha determinada, a pesar de que diariamente se aprueban nuevas normas y se dictan nuevas sentencias; por otro, carecen de un criterio claro sobre el origen y la fiabilidad de los datos que ofrecen. Sancho añade que este tipo de sistemas tienden a proporcionar respuestas que resulten satisfactorias para el usuario. Si se les solicita una sentencia sobre una materia concreta y no disponen de información fiable, recurren a patrones generales para dar una respuesta verosímil y, si se insiste, pueden llegar a inventar referencias jurídicas sin dificultad. Esta capacidad de generar contenidos plausibles, unida a la dificultad para verificar de inmediato las fuentes, convierte a los modelos generalistas en una herramienta especialmente delicada en el ámbito legal. Desde su punto de vista, la solución pasa por una doble vía: utilizar aplicaciones especializadas y cambiar la forma en que los profesionales interactúan con la IA. En el caso de las herramientas jurídicas avanzadas, se incorporan mecanismos que obligan al sistema a ceñirse a un corpus normativo concreto, a identificar las fuentes y a ajustarse a las exigencias propias del razonamiento legal. Aun así, insiste en que la verificación final siempre debe recaer en el usuario. En última instancia, la responsabilidad por los errores derivados del uso de la inteligencia artificial en escritos procesales o resoluciones judiciales recae en quienes la emplean, ya sean abogados, fiscales o jueces. Los letrados pueden enfrentarse a sanciones disciplinarias tanto en el ámbito procesal como colegial, mientras que los jueces cuentan también con mecanismos de control y corrección por falta de diligencia. En Estados Unidos, no obstante, los tribunales están mostrando una mayor indulgencia con los ciudadanos que se representan a sí mismos y que, de forma incorrecta, utilizan la IA para preparar su defensa.

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(El País, 23-01-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La inflación de los alimentos golpea a los hogares pobres el doble que a los ricos

La inflación puede compararse con un impuesto encubierto, aunque con características muy particulares. Las subidas de precios se producen sin previo aviso, no figuran explícitamente en ningún recibo ni pasan por ningún trámite democrático, y además suelen tener un efecto desigual: afectan proporcionalmente más a quienes cuentan con menos ingresos. Las cifras de 2025 así lo confirman. El aumento del coste de los alimentos tuvo un impacto el doble de intenso en los hogares con menos recursos que en los más acomodados, debido a que la alimentación ocupa una parte mucho mayor de su gasto mensual. Si se observa la inflación acumulada desde 2021, cuando comenzó el repunte de los precios, el resultado vuelve a ser el mismo: las familias con menor poder adquisitivo han soportado un encarecimiento casi tres puntos superior al de las rentas más altas, según un estudio del centro EsadeEcPol. El origen de esta escalada de precios se sitúa en la salida de la pandemia, cuando la demanda se recuperó más rápido que la oferta tras meses de restricciones. A ese contexto ya tensionado se sumó posteriormente la guerra en Ucrania, que agravó aún más la situación. En 2022, la inflación alcanzó tasas de dos dígitos, niveles que no se registraban desde los años ochenta, tras la segunda crisis del petróleo. Con el paso del tiempo y gracias a distintas medidas adoptadas por las administraciones, como ayudas al transporte o rebajas fiscales, el aumento de los precios se ha ido moderando. En diciembre, último dato disponible, el IPC se situó en el 2,9%, lo que refleja una cierta normalización, aunque el impacto acumulado sigue siendo especialmente duro para los hogares con presupuestos más ajustados. El informe de EsadeEcPol clasifica a la población en diez grupos según su nivel de renta y, utilizando datos de la Encuesta de Presupuestos Familiares del INE, calcula la inflación soportada por el hogar medio de cada uno en 2025. La conclusión es clara: el encarecimiento de los precios afectó en mayor medida a las familias con menos ingresos, que registraron una inflación del 3%, frente al 2,4% soportado por los hogares más ricos. Más allá de esta visión general, el análisis incorpora matices relevantes. Uno de los principales es el comportamiento de los precios de los alimentos, cuyo impacto ha sido claramente desigual. Las familias más vulnerables destinan una mayor proporción de su renta a la compra de comida, por lo que el aumento de estos precios les afecta con mayor intensidad. En el caso del decil más bajo, el encarecimiento de los alimentos añadió un punto completo a su inflación, mientras que en el decil más alto la contribución fue de medio punto. La bajada de precios en productos como aceites y grasas ayudó a que la diferencia no fuera aún mayor. Entre los alimentos que más subieron de precio en el último año destacan los huevos, la carne de vacuno, el café y el chocolate. Un patrón similar se observa en el coste de la recogida de basuras, que fue el concepto que más se encareció en términos absolutos en 2025, con aumentos superiores al 30% tras la implantación de la nueva tasa municipal. De nuevo, el impacto fue más acusado en los hogares con menos recursos, donde esta subida contribuyó casi tres veces más a la inflación que en los hogares con mayores ingresos. Según el informe, este aumento explicó alrededor de una décima adicional de la brecha inflacionaria entre los distintos niveles de renta. El precio de la electricidad también reforzó este efecto desigual. Tras haber tenido ya un papel relevante en 2024, en 2025 se completó la retirada de las rebajas fiscales aprobadas durante la crisis energética. En enero, el IVA de la luz volvió al 21%, lo que se tradujo en un aumento del IPC de cinco décimas para los hogares más pobres, frente a solo dos décimas en los más ricos. En sentido contrario, durante 2025 se encarecieron algunos bienes y servicios más habituales entre las rentas altas. Los precios de restaurantes y hoteles, consumidos con mayor frecuencia por los hogares más acomodados, continuaron creciendo por encima de la media. Esta categoría registró un aumento del 4,4%, aportando más de 0,6 puntos a la inflación de los hogares con mayores ingresos, el doble que en el caso de los más pobres. Algo similar ocurrió con los seguros privados de salud, cuyos precios subieron cerca de un 10% y cuyo impacto se concentró casi exclusivamente en la mitad superior de la distribución de renta. El estudio de EsadeEcPol, como en ediciones anteriores, no analiza las diferencias de precios dentro de cada categoría de consumo. No distingue, por ejemplo, si los productos que más se han encarecido son los más caros o los más baratos. Esta cuestión es relevante porque, cuando los mayores incrementos afectan a los bienes de menor precio -un fenómeno conocido como baratoflación-, el efecto vuelve a ser regresivo, ya que estos productos son los más consumidos por los hogares con menos ingresos. De hecho, en la cesta de la compra, los alimentos básicos y más económicos han sido los que más han subido desde el inicio del repunte inflacionario en 2021. Entre ese año y 2024, su precio aumentó un 37%, según un informe del Instituto de Investigación Urbana de Barcelona. En este grupo se incluyen productos de consumo diario como la leche o la mantequilla, cuyos precios se incrementaron en más de un 30%, así como el aceite de oliva, que, pese a haberse abaratado recientemente, acumula una subida cercana al 80%. Un aumento que, una vez más, recae con mayor fuerza sobre los hogares con menos recursos.

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(Cinco Días, 22-01-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El Parlamento Europeo paraliza la aprobación del pacto comercial con Mercosur

El Parlamento Europeo ha decidido frenar la aprobación del acuerdo comercial entre la Unión Europea y Mercosur. Esta paralización llega después de una votación celebrada este miércoles en la Eurocámara, en la que se acordó enviar el tratado al Tribunal de Justicia de la UE, tal y como había solicitado un reducido grupo de la izquierda. El pronunciamiento del Parlamento suponía un trámite fundamental, ya que previamente los Veintisiete habían dado su respaldo político al pacto y la Comisión Europea había formalizado su firma junto a los dirigentes latinoamericanos el pasado sábado en Asunción, Paraguay. La vicepresidenta de la Comisión Europea, Teresa Ribera, ha sugerido este miércoles que el Ejecutivo comunitario intentará impedir que esta iniciativa parlamentaria bloquee la entrada en vigor del acuerdo. Ribera reconoce que la moción es "una propuesta legítima que debe respetarse", aunque destaca que salió adelante por un margen muy estrecho: de los 669 eurodiputados presentes, 334 apoyaron la iniciativa, frente a 324 votos en contra y 11 abstenciones. "Debemos estudiarlo con detalle y, al mismo tiempo, avanzar en la aplicación provisional de un tratado clave que no puede demorarse indefinidamente desde el punto de vista político", señaló. En este sentido, adelantó que la Comisión, "dentro de sus competencias", tratará de encontrar una solución para evitar retrasos. Aunque el contratiempo no resulta inesperado, el momento elegido no es el más favorable. La Unión Europea firmó el acuerdo con Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay -los países que integran Mercosur- el mismo sábado en que Donald Trump intensificó su política arancelaria. Mientras los líderes europeos y latinoamericanos celebraban el lanzamiento de lo que aspira a convertirse en la mayor zona de libre comercio del planeta, el expresidente estadounidense anunciaba la imposición de aranceles del 25% a los países que participen en maniobras militares en Groenlandia. En este contexto, la firma del acuerdo buscaba enviar un mensaje claro a Trump y reafirmar la defensa de un orden comercial basado en normas, negociación y tratados, en lugar de amenazas. De hecho, las políticas proteccionistas y confrontativas del actual ocupante de la Casa Blanca sirvieron como catalizador para desbloquear las últimas reticencias de algunos Estados miembros, en una negociación que se ha prolongado durante 25 años debido a la dificultad de alcanzar consensos. "Optamos por el comercio justo frente a los aranceles; por una alianza a largo plazo frente al aislamiento", afirmó la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, el día de la firma. No obstante, ya se daba por hecho que el proceso de ratificación sería complejo, del mismo modo que lo ha sido su gestación. Tanto los partidos de ultraderecha como ciertos grupos minoritarios de izquierda en el Parlamento Europeo han expresado su oposición al acuerdo. A ello se suman diversos intereses nacionales que han actuado como freno a la tramitación de un pacto destinado a crear un mercado de cerca de 700 millones de consumidores. La moción presentada pone en cuestión la compatibilidad del acuerdo con los tratados de la Unión Europea. En particular, critica la legalidad del mecanismo de reequilibrio incluido en el texto, al considerar que podría limitar la capacidad de la UE para desarrollar políticas medioambientales y de protección al consumidor. Esta cláusula contempla la posibilidad de que los países de Mercosur reclamen compensaciones si la Unión introduce cambios normativos que alteren el equilibrio del acuerdo y les generen perjuicios.

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(Expansión, 22-01-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Trump anuncia "un marco para un futuro acuerdo" sobre Groenlandia y retira su amenaza arancelaria

La tensión en torno a Groenlandia empieza a disminuir. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció este miércoles la creación de "un marco para un futuro acuerdo" sobre la isla más grande del planeta, tras reunirse con el secretario general de la OTAN, Mark Rutte. Según explicó el mandatario republicano en la red social Truth, "este planteamiento, de concretarse, será muy positivo para Estados Unidos y para el conjunto de los países de la OTAN". Como resultado inmediato de este entendimiento preliminar, Trump también decidió suspender los aranceles que debían entrar en vigor el próximo 1 de febrero sobre las importaciones procedentes de ocho países europeos. Estas naciones habían desplegado tropas en el territorio autónomo de Dinamarca y se oponían a que Groenlandia pasara a estar bajo control estadounidense. "En virtud de este acuerdo, no aplicaré los aranceles previstos para el 1 de febrero", afirmó el presidente. En concreto, Trump había amenazado con imponer un gravamen del 10% a los productos procedentes de Dinamarca, Noruega, Suecia, Francia, Alemania, Reino Unido, Países Bajos y Finlandia. De no haberse alcanzado una solución, ese porcentaje habría aumentado hasta el 25% a partir del 1 de junio. A partir de ahora, las negociaciones estarán lideradas por el vicepresidente de Estados Unidos, JD Vance; el secretario de Estado, Marco Rubio; y el enviado especial Steve Witkoff, quienes "informarán directamente" al presidente. El anuncio realizado por Trump en redes sociales impulsó con fuerza a Wall Street, cuyos principales índices pasaron de leves avances a cerrar la sesión con subidas superiores al 1%. El Dow Jones fue el más destacado, al terminar el día con un incremento del 1,21%. La reunión con Rutte, que Trump calificó de "muy productiva", también permitió abordar "conversaciones adicionales" sobre la denominada Cúpula Dorada (Golden Dome), el ambicioso proyecto con el que la Casa Blanca pretende reforzar la defensa de Estados Unidos frente a ataques a gran escala. Este sistema combinaría satélites, sensores espaciales e interceptores terrestres y navales para neutralizar misiles balísticos intercontinentales y armas hipersónicas dirigidas contra Estados Unidos y, eventualmente, otros territorios aliados. La seguridad nacional ha sido uno de los principales argumentos esgrimidos por Trump para justificar su interés en Groenlandia. El presidente ha asegurado que en la región operan destructores chinos y submarinos rusos "por todas partes", y ha insistido en que la Cúpula Dorada "solo puede alcanzar su máximo rendimiento y eficacia" si la zona permanece bajo control estadounidense. Más allá de las presiones comerciales, Trump ha intensificado sus exigencias a los países europeos para que acepten negociar la cesión de Groenlandia desde que logró la captura del presidente venezolano, Nicolás Maduro, a comienzos de mes. Incluso llegó a no descartar el uso de la fuerza para lograr su objetivo. Preguntado el pasado 7 de enero sobre si renunciaba a la "coerción militar" para hacerse con la isla, se limitó a responder: "No". No fue hasta este miércoles, durante su intervención en el Foro Económico Mundial de Davos, cuando descartó esa posibilidad. "Algunos pensaron que recurriría a la fuerza. No necesito hacerlo. No quiero usar la fuerza. No la utilizaré", afirmó, antes de reclamar "negociaciones inmediatas" sobre el futuro de la región. En el ámbito económico, la Administración estadounidense llegó a estimar que la anexión de Groenlandia tendría un coste de 700.000 dólares, según NBC, una cifra equivalente a la mitad del presupuesto del Departamento de Defensa de Estados Unidos. Cabe recordar que en 1946 el entonces presidente Harry Truman ofreció 100 millones de dólares en oro por la isla.

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(El País, 22-01-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El Supremo avala el límite del 2% a la subida en los alquileres que el Gobierno impuso en 2022

El Tribunal Supremo ha respaldado el tope del 2% impuesto por el Gobierno en marzo de 2022 a la revisión anual de los alquileres de vivienda, una medida adoptada para amortiguar el impacto de la inflación. La Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que esta limitación, introducida mediante un real decreto-ley de medidas urgentes frente a las consecuencias económicas y sociales derivadas de la invasión rusa de Ucrania, así como de la reconstrucción de La Palma tras la erupción del volcán Cumbre Vieja y otras situaciones de especial vulnerabilidad, no supuso una expropiación ni afectó al contenido esencial del derecho de propiedad. El Ejecutivo optó entonces por prolongar el denominado "escudo social" diseñado durante la pandemia y suspendió de forma temporal la cláusula que permitía a los propietarios actualizar anualmente el alquiler conforme al Índice de Precios de Consumo (IPC). Con ello, se impidió que las rentas pudieran incrementarse por encima del límite fijado, salvo en los casos de finalización del contrato y firma de uno nuevo, en los que el precio podía renegociarse libremente. La medida se mantuvo durante 2023 con el mismo tope, se elevó al 3% en 2024 y, para los años 2025 y 2026, la actualización se rige por el nuevo Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda del INE en los contratos nuevos, mientras que los antiguos siguen vinculados al IPC. La imposición de este límite generó una fuerte controversia, especialmente entre los arrendadores, que consideraban vulnerado su derecho a la propiedad privada. En este contexto, la empresa catalana Societat de Arrendaments 2007 S.L.U. reclamó al Estado una indemnización de 631.000 euros por daños y perjuicios, alegando responsabilidad patrimonial. El Consejo de Ministros rechazó la petición en octubre de 2024, decisión que ahora ha sido confirmada por el Tribunal Supremo en una sentencia fechada el pasado 14 de enero, en la que descarta que la medida tuviera carácter expropiatorio. La compañía recurrente sostenía que la limitación provocó una reducción sustancial de los ingresos por alquiler, al aplicar un índice muy inferior al IPC pactado en los contratos, especialmente en un año en el que la inflación superó el 10% en algunos meses. Por ello, argumentaba que se había infringido, entre otros preceptos, el artículo 33.3 de la Constitución, que prohíbe la privación de bienes sin causa justificada. El Alto Tribunal, sin embargo, considera que las medidas adoptadas por el Gobierno para proteger a los inquilinos fueron "razonables, proporcionadas y debidamente motivadas", y que no lesionaron derechos fundamentales. Subraya, además, que estas decisiones se adoptaron en un contexto excepcional, marcado por la guerra de Ucrania, cuando la inflación alcanzó en febrero de 2022 el 7,6%, el nivel más alto en 35 años, y llegó al 10,8% en julio de ese mismo año. La resolución, cuyo ponente ha sido el magistrado Francisco Javier Pueyo, señala que el legislador puede limitar la actualización anual de los alquileres de vivienda, en ausencia de acuerdo entre las partes, siempre que lo haga dentro de márgenes "razonables y justificados", con el objetivo de frenar la escalada de precios y proteger a los arrendatarios. En esta misma línea, el tribunal destaca que los mecanismos introducidos pretendían contener el proceso inflacionario y reducir el impacto económico y social en el mercado del alquiler. A su juicio, la protección de los inquilinos en un contexto de elevada inflación responde a un objetivo con respaldo constitucional y no supone un vaciamiento de los derechos de los propietarios, que únicamente se ven limitados de manera temporal y proporcionada. Respecto a la alegada privación del derecho de propiedad, el Supremo recuerda la doctrina del Tribunal Constitucional, según la cual solo cabe hablar de expropiación cuando existe una supresión efectiva del derecho o interés afectado. En este caso, afirma, se trata de una delimitación temporal del derecho de propiedad orientada a proteger a colectivos especialmente vulnerables ante la situación del mercado inmobiliario. Tras conocerse el fallo, el Ministerio de Vivienda ha valorado positivamente la decisión judicial. En un comunicado, el departamento que dirige Isabel Rodríguez destacó que el límite a la actualización de los alquileres permitió que los inquilinos ahorraran más de un 8% en sus rentas en comparación con lo que habrían pagado de haberse mantenido el IPC como referencia.

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(La Vanguardia, 02-01-2026) | Mercantil, civil y administrativo

Funcas sube una décima su previsión de crecimiento para el 2026, hasta el 2,2%

El Panel de Funcas ha revisado al alza su previsión de crecimiento para la economía española en 2026, elevándola una décima hasta el 2,2% del Producto Interior Bruto (PIB). Este ritmo supondrá una moderación frente a 2025, explicada principalmente por una menor aportación de la inversión y, en menor medida, del consumo de los hogares. De acuerdo con las estimaciones del panel, la demanda interna contribuirá con 2,5 puntos porcentuales al crecimiento, dos décimas más que en la previsión anterior, aunque casi un punto menos que en 2025. Por su parte, el sector exterior tendrá un impacto negativo de tres décimas, mejorando ligeramente frente a la detracción de cinco décimas registrada el año previo. La actividad económica mantendrá un crecimiento trimestral del 0,5% a lo largo de todo el año, sin variaciones respecto al escenario consensuado anteriormente. En materia de precios, los expertos calculan que la inflación general alcanzará una media anual del 2,2%, una décima más de lo previsto inicialmente, mientras que la tasa interanual de diciembre se situará en el 2,1%. La inflación subyacente también se ha revisado al alza en una décima, hasta el 2,3%. Estas previsiones apuntan a que el Banco Central Europeo (BCE) mantendrá el tipo de interés de la facilidad de depósito en el 2% durante todo el periodo analizado, sin modificaciones respecto a las proyecciones previas. En el ámbito del empleo, el Panel de Funcas anticipa un aumento del número de ocupados del 1,7% según la Encuesta de Población Activa (EPA), al tiempo que la tasa media de paro descenderá hasta el 10% en 2026. Por último, en relación con las cuentas públicas, los analistas han reducido en una décima su estimación del déficit público para ese año, que quedaría en el 2,5% del PIB.

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