(Cinco Días, 16-10-2026) | Mercantil, civil y administrativo
El Gobierno autoriza la creación de la figura de economista jefe de la CNMC
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una modificación del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que introduce la figura del economista jefe, un nuevo puesto directivo con funciones transversales que dependerá directamente de la presidencia del organismo. La reforma entrará en vigor el viernes 16 de octubre de 2026 y supone una reorganización de su estructura técnica para reforzar las capacidades de análisis económico y supervisión de los mercados. La aprobación de esta medida se produce después de que el Consejo de Ministros acordara, el pasado 6 de octubre, tramitar de manera urgente el correspondiente real decreto y remitirlo al Consejo de Estado para la emisión de su dictamen. La reforma contempla la incorporación de una nueva dirección a la estructura de la CNMC, que se sumará a las unidades responsables de ámbitos como energía, telecomunicaciones y audiovisual, transporte y servicios postales, así como promoción de la competencia. El Ejecutivo justifica esta decisión por el progresivo incremento de las responsabilidades asumidas por el organismo desde su creación en 2013. Entre las nuevas tareas destaca la evaluación de las consecuencias económicas del conflicto en Oriente Próximo y el seguimiento de la eficacia de las medidas extraordinarias adoptadas para hacer frente a sus efectos. La iniciativa ha sido impulsada por el presidente de la CNMC, Juan José Ganuza, que asumió el cargo en septiembre de 2026, y cuenta con el respaldo del consejo del organismo. La creciente complejidad de los mercados, el volumen de información económica disponible y la utilización de tecnologías avanzadas han llevado al Gobierno a considerar necesario reforzar los recursos especializados del regulador. El nuevo economista jefe dispondrá de autonomía funcional y tendrá como principal responsabilidad ofrecer asesoramiento económico a los distintos órganos de la CNMC durante la tramitación y resolución de expedientes relacionados con la competencia, la regulación y la supervisión de los mercados. Entre sus competencias también se encontrarán la elaboración de metodologías de análisis comunes, el tratamiento de grandes cantidades de información económica y la incorporación de herramientas tecnológicas que permitan mejorar la evaluación de los mercados y apoyar la toma de decisiones. Asimismo, participará en la planificación estratégica de aquellas actuaciones del organismo que puedan tener una repercusión económica significativa. Otra de sus funciones será fortalecer las relaciones de la CNMC con el ámbito académico y científico, facilitando la colaboración con universidades, instituciones de investigación y especialistas en distintas disciplinas económicas. El nombramiento y el cese de la persona que ocupe este puesto corresponderán al pleno del consejo de la CNMC, a propuesta de su presidente. Para su designación se tendrán en cuenta la formación académica y la experiencia profesional acreditada en materias económicas. La reforma también prevé la creación de una Subdirección de Inteligencia Económica, que dependerá directamente del economista jefe y tendrá un papel operativo en el desarrollo de nuevas capacidades tecnológicas y analíticas. Esta unidad se encargará de diseñar y utilizar herramientas de análisis cuantitativo, gestionar información procedente de bases de datos económicas y aplicar técnicas estadísticas y sistemas de inteligencia artificial a los trabajos desarrollados por el organismo. Además, colaborará con las distintas direcciones de instrucción en la identificación y el análisis de posibles prácticas contrarias a la competencia, especialmente aquellas relacionadas con acuerdos restrictivos o conductas colusorias entre empresas. La persona responsable de esta subdirección será nombrada por el consejo de la CNMC a propuesta de la presidencia, después de escuchar al economista jefe. En el proceso de selección se valorarán especialmente los conocimientos en estadística, análisis económico y tratamiento avanzado de datos. El real decreto también modifica la regulación de 2013 para reconocer expresamente la condición de personal directivo tanto al economista jefe como a la persona titular de la Subdirección de Inteligencia Económica. La tramitación de la norma ha contado con la participación de los ministerios de Economía, Comercio y Empresa; Hacienda; y Transformación Digital y Función Pública, con el respaldo del departamento de Economía, al que está adscrita la CNMC. La creación de estas nuevas responsabilidades ha suscitado algunas dudas dentro del organismo, debido a que la CNMC ya dispone de unidades dedicadas al asesoramiento y al análisis económico. Actualmente cuenta con una asesoría económica dirigida por Javier García Verdugo, profesor de Economía Aplicada, así como con una subdirección de estudios económicos integrada en el área de Promoción de la Competencia. Algunas fuentes internas cuestionan, por este motivo, la necesidad de incorporar una nueva figura directiva con atribuciones que podrían coincidir parcialmente con funciones ya existentes. La CNMC nació en 2013 de la integración de varios organismos supervisores, entre ellos la Comisión Nacional de la Energía, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, los reguladores de los sectores aeroportuario y postal y la antigua Comisión Nacional de la Competencia. Aunque estos organismos no contaban con una figura equivalente a la de economista jefe, la antigua Comisión Nacional de la Competencia sí disponía de una asesoría económica, que estuvo ocupada por Juan Delgado durante la presidencia de Luis Berenguer. Con esta modificación, formalizada mediante el Real Decreto 825/2026, de 14 de octubre, el Gobierno pretende reforzar la capacidad técnica de la CNMC para afrontar los nuevos desafíos regulatorios, mejorar la utilización de los datos económicos y ampliar el uso de herramientas de inteligencia artificial en la supervisión de los mercados. La norma, publicada en el BOE del 15 de octubre de 2026, entrará en vigor al día siguiente de su publicación y establece el nuevo marco organizativo para desarrollar estas funciones dentro del organismo regulador.
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