(El Periódico, 13-01-2026) | Mercantil, civil y administrativo
La Audiencia Nacional archiva la causa sobre el gran apagón de 2025 tras no hallar indicios de “sabotaje terrorista”
José Luis Calama, magistrado de la Audiencia Nacional, ha ordenado el sobreseimiento de la causa abierta por el apagón eléctrico que afectó a la Península el pasado 28 de abril, al concluir que no existe "el más mínimo indicio" de que el suceso respondiera a un sabotaje de carácter terrorista. El juez, que había mantenido las actuaciones bajo secreto, adopta esta decisión tras examinar numerosos informes técnicos que descartan de manera concluyente que el origen del incidente estuviera vinculado a una acción de terrorismo informático. La investigación se inició en abril de 2025, cuando Calama se encontraba de guardia y decidió abrir diligencias al no conocerse entonces la causa del fallo masivo en el suministro eléctrico. En ese momento consideró necesario investigar la posibilidad de un ataque cibernético dirigido contra infraestructuras críticas del país. Sin embargo, tras más de seis meses de actuaciones y la práctica de múltiples diligencias, el instructor concluye que no se ha acreditado ni siquiera de forma indiciaria la existencia de un hecho con relevancia penal, por lo que procede el archivo del procedimiento. En el auto dictado este lunes, el magistrado repasa el contenido de los informes solicitados a distintos organismos especializados, entre ellos el Centro Criptológico Nacional, dependiente del CNI; el Mando Conjunto del Ciberespacio; el Instituto Nacional de Ciberseguridad; la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad; la Comisaría General de Información de la Policía Nacional; y el comité encargado de analizar las circunstancias del apagón del 28 de abril. Todos ellos coinciden, subraya el juez, en descartar de forma tajante cualquier indicio que permita relacionar los hechos investigados con una acción de terrorismo informático. En particular, el informe del Centro Criptológico Nacional señala que el análisis de un archivo de 70 gigabytes, que recoge los eventos de seguridad de los sistemas de tecnología operativa, no ha aportado ningún elemento que contradiga las conclusiones iniciales. Dicho examen confirma que no se han identificado acciones cibernéticas maliciosas ni evidencias de un ciberataque atribuible a grupos de ciberdelincuencia, actores estatales o organizaciones terroristas. El magistrado también recoge las conclusiones del Mando Conjunto del Ciberespacio, que tras inspeccionar cinco centros de control de estaciones de generación eléctrica y analizar la información registrada en sus sistemas, descartó la existencia de cualquier ataque cibernético contra las infraestructuras examinadas. En la misma línea, el Instituto Nacional de Ciberseguridad emitió ocho informes en los que se constató la ausencia de actividades cibernéticas dañinas en los centros auditados. Por último, el auto hace referencia al informe de la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, que realizó doce visitas a distintos centros relacionados con el incidente sin detectar indicios de ningún tipo de ciberataque vinculado al apagón del 28 de abril. Con base en este conjunto de pruebas, el juez concluye que no existen fundamentos para mantener abierta la investigación.
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