(Expansión, 14-03-2025) | Fiscal

Castigo fiscal en Euskadi a las rentas altas y a las grandes empresas

El nuevo acuerdo entre PNV, PSE y Podemos permitirá sacar adelante la reforma fiscal impulsada por las Haciendas forales, después de que la formación morada retirara recientemente su apoyo al primer pacto. Ante el riesgo de que la propuesta quedara estancada, nacionalistas y socialistas -que gobiernan conjuntamente en las tres Diputaciones vascas- han introducido modificaciones que afectan principalmente a grandes empresas y rentas altas, al tiempo que refuerzan los beneficios para las rentas más bajas. Dado que PNV y PSE no cuentan con mayoría en las Juntas Generales de Álava y Gipuzkoa, necesitaban el respaldo de otro partido. EH Bildu se descartó de la negociación, mientras que los socialistas vetaron al PP, lo que dejó a Podemos como el socio clave en las conversaciones. Podemos ha dado a conocer este jueves los principales puntos acordados: Aumento del tipo del Impuesto de Sociedades del 24% al 28% para gravar beneficios extraordinarios de grandes empresas (con ganancias superiores al 35% en la media de los últimos tres años). Establecimiento de un tipo mínimo efectivo del 19% en Sociedades (actualmente 15%) para empresas que no mantengan empleo ni realicen inversiones en Euskadi. Incremento del tipo máximo del impuesto al ahorro del 25% al 28%. Reducción de la exención en el rescate de aportaciones a entidades de previsión social al 30% con un límite de 10.000 euros (actualmente del 40% y 12.000 euros). Aplicación de un impuesto a las entidades financieras desde este año. Kutxabank y Laboral Kutxa, bajo regulación autonómica, estaban previstas para quedar exentas en 2025, pero el acuerdo anticipa su aplicación. Sin embargo, su entrada en vigor depende de la modificación del Concierto Económico en el Parlamento español y su posterior tramitación en las Diputaciones y Juntas Generales. Eliminación de deducciones por compra o alquiler de vivienda para rentas superiores a 68.000 euros, aunque quienes ya las disfrutan podrán mantenerlas. Recargo del 159% en el IBI para viviendas vacías. Envío de datos por parte de las Haciendas forales en marzo y abril para fijar precios de referencia en las zonas de alquiler tensionadas. Aumento del umbral para presentar declaración de renta a 20.000 euros. Posibilidad de deducirse el 35% del alquiler (hasta 2.800 euros) para quienes no lleguen al mínimo exigido para declarar, siempre que presenten la declaración de la Renta. Podemos ha subrayado que esta reforma marca un cambio estructural en el sistema fiscal, introduciendo por primera vez la "reembolsabilidad de las deducciones o imposición negativa", lo que permitirá que quienes cumplan los requisitos puedan recibir hasta 2.800 euros por alquiler sin necesidad de tributar. Según la formación morada, las medidas pactadas beneficiarán a un millón de personas en Euskadi. Desde las Diputaciones forales han valorado positivamente el acuerdo, mientras que los sindicatos y empresarios han expresado posturas divergentes. ELA, el sindicato mayoritario en Euskadi, considera que la medida del tipo mínimo efectivo en Sociedades tiene "letra pequeña que la invalida" y que la subida de impuestos solo afectará a empresas que no inviertan, lo cual "es fácil de sortear". Por su parte, la patronal Confebask sigue analizando el impacto del pacto, y asociaciones empresariales como Cebek critican que no se han tenido en cuenta sus demandas. El Círculo de Empresarios, a través de su portavoz Enrique Portocarrero, advierte que la reforma no contempla medidas para fomentar la inversión ni generar un entorno favorable para la actividad económica. Asimismo, sostiene que penalizar a quienes desempeñan un papel clave en la creación de empleo y bienestar social podría ser contraproducente. Por último, expertos fiscales consideran que el endurecimiento de la carga tributaria para rentas altas y grandes empresas podría ir en contra del objetivo del Gobierno vasco y las Diputaciones de atraer talento e inversiones.

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(Expansión, 14-03-2025) | Fiscal

Trump quiere eximir de impuestos a quienes ganen menos de 150.000 dólares al año

El presidente de EE.UU., Donald Trump, tiene la intención de eximir del pago de impuestos a los ciudadanos que ganen menos de 150.000 dólares anuales, según reiteró este jueves el secretario de Comercio, Howard Lutnick, en varias entrevistas con medios nacionales. "Conozco el objetivo de Trump: ningún impuesto para quienes ganen menos de 150.000 dólares al año. Esa es su meta y en eso estoy trabajando", afirmó Lutnick en declaraciones a la cadena CBS, señalando que esta medida se implementaría una vez se logre equilibrar el presupuesto estatal. Además, Lutnick sugirió la posibilidad de llevar a cabo una de las propuestas más llamativas de Trump en la última campaña electoral: eximir del pago de impuestos las propinas recibidas por trabajadores del sector servicios. También planteó otras ideas, como eliminar los impuestos sobre las horas extras o incluso sobre la seguridad social, aunque sin dar detalles concretos, según informa la agencia Efe. En defensa de las políticas económicas de Trump, que incluyen una disputa comercial con Canadá y México, Lutnick aseguró que estas medidas valen la pena, a pesar de los temores de una posible recesión en los mercados. "Estas políticas son las más importantes que ha tenido Estados Unidos. La única razón por la que podría haber una recesión es por las decisiones erróneas de Biden, con las que hemos tenido que lidiar. Las medidas de Trump generan ingresos", afirmó el secretario de Comercio. A finales de febrero, la Cámara de Representantes aprobó, por un margen reducido, una resolución presupuestaria alineada con la agenda de Trump. Esta contempla endurecer la política migratoria, ampliar los recortes fiscales y reducir significativamente el gasto público. En concreto, el plan prevé disminuir el gasto público en 1,5 billones de dólares y extender recortes fiscales por 4,5 billones de dólares durante la próxima década.

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(El País, 14-03-2025) | Fiscal

La Autoridad Fiscal cifra en 1.000 millones anuales el coste de las sentencias judiciales contrarias al Estado

La economía española enfrenta de manera constante una serie de riesgos fiscales que pueden desviar significativamente los objetivos inicialmente planteados. Estos riesgos, en su mayoría, son de naturaleza macroeconómica, ambiental y legal, y pueden ejercer un fuerte impacto en las finanzas públicas, especialmente en un contexto donde la sostenibilidad fiscal es analizada con detalle. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef) ha llevado a cabo un análisis y cuantificación de estos riesgos por primera vez, con el propósito de mejorar la planificación ante este tipo de contingencias en el futuro. Según sus cálculos, los riesgos de origen legal representan un coste aproximado de 1.000 millones de euros anuales, mientras que los de carácter natural ascienden a unos 2.600 millones por año. En este análisis, la Airef ha identificado además limitaciones en el funcionamiento del Fondo de Contingencia, que debería ser el principal mecanismo para afrontar estos imprevistos. Sin embargo, más del 40% del gasto financiado con este fondo se destina a partidas recurrentes, lo que reduce su efectividad para cubrir gastos inesperados. Los riesgos fiscales son factores que pueden generar desviaciones en las previsiones macroeconómicas. Estos pueden surgir de crisis sanitarias y económicas, como la provocada por la pandemia de la covid-19; desastres naturales, como los provocados por fenómenos meteorológicos extremos; o sentencias judiciales adversas para el Estado. En un contexto donde la frecuencia e intensidad de estos riesgos tiende a aumentar, la Airef subraya la importancia de una adecuada gestión, ya que esta contribuye a mejorar la planificación a medio plazo y a garantizar unas finanzas públicas más estables y sólidas. Uno de los riesgos más relevantes es el de carácter legal, derivado principalmente de litigios contra el Estado. Entre 2014 y 2023, el coste de las resoluciones judiciales confirmadas ha supuesto un impacto medio de 1.000 millones de euros anuales para las arcas públicas, y existen aún numerosos casos pendientes cuyo efecto es incierto. Muchas de estas sentencias están relacionadas con impuestos como el de sociedades, la plusvalía municipal o el impuesto especial sobre los hidrocarburos, además de otras vinculadas a cánones y tasas. Un ejemplo significativo es la sentencia del Tribunal Supremo en 2023, que determinó que ciertos contribuyentes que cotizaban en antiguas mutualidades habían realizado pagos indebidos a la Administración y debían ser compensados, lo que supondrá un impacto de al menos 1.700 millones de euros, cifra que podría aumentar en el futuro. También destaca la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el tramo autonómico del impuesto sobre hidrocarburos, vigente entre 2013 y 2018, cuyo coste fiscal potencial se estima en 6.500 millones de euros para la Hacienda pública. La Airef señala que algunos de estos problemas recurrentes se deben al uso inadecuado de herramientas legislativas, como el real decreto ley, o a una extralimitación normativa con respecto a lo establecido en la legislación vigente. Además, advierte que muchas de las sentencias adversas para España han surgido por incumplimientos de la normativa europea, como ocurrió con el impuesto sobre hidrocarburos. Por ello, la Autoridad Fiscal recomienda al Gobierno adoptar políticas fiscales más prudentes y estrategias que reduzcan la exposición a litigios. Entre sus propuestas, sugiere al Ministerio de Hacienda reforzar la evaluación del impacto financiero y legal antes de introducir cambios normativos relevantes y consultar con organismos europeos e internacionales para evitar disputas legales. Asimismo, considera fundamental la implementación de una estrategia judicial proactiva para reducir la duración de los litigios y minimizar los costos asociados a estos procesos.

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(El Periódico, 14-03-2025) | Fiscal

Cuerpo adelanta un "tratamiento fiscal favorable" en el producto financiero que impulsa para que los particulares inviertan en la UE

El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, ha adelantado este jueves que el nuevo producto financiero europeo en el que lleva meses trabajando contará con un "tratamiento fiscal favorable" y estará sujeto a la condición de que una parte de la inversión se dirija a empresas e industrias de la Unión Europea. Así lo ha explicado tras su reunión en Madrid con la comisaria europea de Servicios Financieros, Maria Luís Alburquerque, quien ha respaldado la iniciativa del Gobierno español para impulsar este instrumento: "Nuestra postura es favorable a todo lo que ayude a los ahorradores europeos a poner su dinero a trabajar". Como ya había informado este medio, dos elementos clave aún están en proceso de definición: el régimen fiscal que se aplicará en cada país para incentivar su contratación y el porcentaje mínimo de inversión que deberá destinarse a compañías o proyectos europeos. En este sentido, Cuerpo ha señalado que "el punto de partida debe ser, como mínimo, un tratamiento fiscal equivalente al más ventajoso de los instrumentos de inversión existentes en cada país". No obstante, ha matizado que "las condiciones fiscales varían considerablemente entre los Estados miembros, por lo que es crucial diseñar incentivos adecuados que redirijan el ahorro hacia opciones más rentables". El pasado lunes, el ministro logró dar el primer paso en uno de sus proyectos más ambiciosos: la creación del Laboratorio Europeo de Competitividad. Este espacio servirá como un banco de pruebas donde varios países -entre ellos Alemania, Francia, Italia, España, Polonia, Luxemburgo y Países Bajos- podrán desarrollar y evaluar proyectos innovadores en el mercado de capitales en coordinación con la Comisión Europea. Más adelante, estos proyectos podrían ser ampliados legislativamente al resto de la UE. Según ha explicado Cuerpo, los países involucrados están definiendo los primeros proyectos específicos con el objetivo de tener detalles concretos en junio y comenzar su implementación a principios de otoño. Uno de los primeros proyectos será la creación de esta "etiqueta o producto de ahorro europeo", cuyos detalles aún están siendo negociados entre los países participantes. "El objetivo es establecer unas características comunes que otorguen a estos productos una identidad europea homogénea", ha indicado el ministro. Cuanto más alineadas estén estas características, mayor será la similitud de los productos financieros en toda la UE. Entre los aspectos clave que se están debatiendo figuran: La obligación de destinar parte de la inversión a empresas e industrias europeas. Un tratamiento fiscal ventajoso. Un conjunto mínimo de características comunes que permitan su identificación y compatibilidad en distintos países. Cuerpo ha subrayado la importancia de definir un marco que permita que estos productos sean "lo más parecidos posible, al menos en un 90%, para que sean fácilmente intercambiables dentro de la UE". El ministro ha recordado que actualmente los ciudadanos europeos acumulan unos 11 billones de euros en cuentas corrientes o depósitos a plazo, los cuales no ofrecen una rentabilidad atractiva. En este sentido, ha defendido la necesidad de crear productos financieros más atractivos, combinando ventajas fiscales con la inversión en sectores estratégicos del continente. Por su parte, la comisaria Alburquerque ha respaldado la iniciativa, destacando que los europeos son de los que más ahorran en el mundo, pero obtienen bajos rendimientos. Según Alburquerque, el objetivo es doble: "Primero, garantizar una rentabilidad adecuada para los ahorradores de la UE. Y segundo, canalizar esos fondos hacia inversiones dentro de la propia Unión, generando un círculo virtuoso".

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(El Confidencial, 14-03-2025) | Fiscal

El Cercle d’ Economia pide que Madrid sea más solidaria en la nueva financiación autonómica

El Cercle d'Economia insta a que la reforma del sistema de financiación autonómica, postergada por más de una década, se convierta en una prioridad en esta legislatura. Como novedad, plantea que la Comunidad de Madrid, presidida por Isabel Díaz Ayuso, asuma un mayor compromiso solidario con el resto de España. Sin embargo, no se menciona esta misma exigencia para las comunidades forales, Euskadi y Navarra, a diferencia de lo que en su momento propuso la Sindicatura de Cuentas de Cataluña. Según el comunicado del Cercle, "es necesario reforzar la solidaridad de la Comunidad de Madrid con el resto del país". Argumentan que el sistema actual no refleja esta realidad y permite que la capital absorba recursos del resto de comunidades. Esta situación se ha visto agravada por la competencia fiscal que ha impulsado Madrid, lo que ha generado un flujo de población y actividad económica desde otras regiones, incrementando así la desigualdad territorial y afectando al conjunto de España. El Cercle destaca que la reforma del modelo de financiación debe reconocer el papel de Madrid como capital del país y los beneficios económicos que obtiene de su posición privilegiada. En este sentido, cita estudios del Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas (IVIE) que documentan cómo la estructura institucional actual favorece esta concentración económica. Además, denuncia que la Comunidad de Madrid se beneficia de una elevada concentración de empleo público estatal. Aparte de los ministerios, la capital también acoge numerosas entidades dependientes de la Administración central que podrían estar distribuidas en otras regiones. A esto se suma un sesgo persistente en la contratación pública en favor de empresas con sede en Madrid y la concentración de infraestructuras estratégicas. Según el Cercle, una distribución más equitativa de estos recursos contribuiría a fortalecer la cohesión territorial, económica y social de España. El comunicado también supone un respaldo a la propuesta de Salvador Illa sobre la reforma del sistema de financiación autonómica y subraya la urgencia de su implementación, sin más demoras. Sin embargo, la incertidumbre persiste, dado que la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, dejará su cargo en 2026 para presentarse como candidata del PSOE a las elecciones andaluzas. El Cercle apoya la Generalitat en su propuesta de un nuevo modelo de financiación, en el que la solidaridad entre comunidades se estructure desde la Administración central. De este modo, se garantizaría que todas las autonomías dispongan de los recursos necesarios para financiar servicios básicos, evitando la percepción de que cualquier mejora en una comunidad perjudica a las demás. Así, se reforzaría el consenso sobre el funcionamiento del sistema. Para dotar de mayores recursos a las comunidades autónomas, el Cercle insiste en que los mecanismos de solidaridad deben ser transparentes, eficaces y equitativos, asegurando que todos los ciudadanos, independientemente de su lugar de residencia, accedan a servicios públicos en igualdad de condiciones y con la misma carga fiscal. Como modelo, propone calcular anualmente el coste de los servicios prestados por el Estado a Cataluña y, a partir de ahí, asignar una parte de los tributos estatales para cubrir esos recursos. Otra opción sería establecer una cuota fija de recursos a transferir, una solución más sencilla y similar al sistema vigente en el País Vasco y Navarra. Estos mecanismos, según el Cercle, contribuirían a equilibrar la distribución de recursos entre la Administración central y las comunidades autónomas, evitando la creciente desigualdad en la financiación autonómica.

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(Expansión, 13-03-2025) | Fiscal

El juez de lo Penal puede discutir pruebas de la Agencia Tributaria

El Tribunal Constitucional (TC) ha fijado un criterio relevante sobre la validez de las pruebas obtenidas en registros realizados por la Agencia Tributaria. Ha determinado que los tribunales penales tienen la facultad de decidir sobre la admisibilidad de dichas pruebas, incluso cuando el registro haya sido autorizado por un juez del ámbito contencioso-administrativo. El caso examinado involucra a una mujer acusada de delitos contra la Hacienda Pública, cuya absolución en primera instancia se basó en la nulidad del auto que autorizó la entrada y registro en su empresa. El motivo fue la falta de una justificación adecuada, lo que invalidó las pruebas documentales obtenidas. Sin embargo, la Audiencia de Barcelona revocó esta decisión, argumentando que el juzgado de lo penal no tenía competencia para anular una resolución firme de otra jurisdicción, y ordenó la repetición del juicio. Ante esta situación, la defensa de la acusada recurrió al TC, alegando que la Audiencia no se pronunció sobre la legalidad de la prueba, ya que el registro se realizó sin que existiera previamente un procedimiento de inspección tributaria. El TC ha concedido el amparo a la mujer, al considerar que se vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva. Aunque reconoce que el juez penal no podía anular el auto dictado por el juez contencioso-administrativo, sí tenía la potestad de evaluar si la prueba obtenida en el registro era ilícita y, por lo tanto, debía ser excluida del proceso penal. Según el Constitucional, la acusada tenía derecho a recibir una argumentación fundamentada sobre la legalidad de la documentación obtenida, dado que no existía una inspección tributaria previa en su contra. Esta sentencia marca un precedente clave, al establecer que los tribunales penales deben examinar la legalidad de las pruebas obtenidas en registros avalados por otros jueces, garantizando así la protección de los derechos fundamentales de los acusados.

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(Expansión, 13-03-2025) | Fiscal

Bruselas lleva a España ante el TJUE por su discriminación fiscal a residentes en el exterior

La Comisión Europea ha anunciado que llevará a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por considerar que su normativa fiscal discrimina a los contribuyentes no residentes. Esta medida responde a la falta de corrección por parte de España de una infracción relacionada con la libre circulación de capitales (artículo 63 del Tratado de Funcionamiento de la UE), debido a un trato fiscal que Bruselas considera desigual. El conflicto surge por la diferencia en la tributación de las plusvalías derivadas de la transferencia de activos, dependiendo de si el contribuyente reside o no en España. La situación es especialmente problemática cuando el pago de la venta se aplaza más de un año o se realiza en plazos durante un período prolongado. De acuerdo con la legislación española cuestionada, los residentes pueden optar por pagar el impuesto sobre las plusvalías en el momento en que se generan o fraccionar el pago en función de los importes que vayan recibiendo. Esto les otorga un beneficio financiero, ya que el impuesto solo se abona conforme se perciben los pagos. En contraste, los contribuyentes no residentes deben liquidar la totalidad del impuesto en el momento de la transmisión del activo, sin posibilidad de aplazamiento, aunque el pago se realice a plazos. Esta diferencia en el tratamiento fiscal los coloca en una clara desventaja económica frente a los residentes, quienes pueden distribuir su carga tributaria a lo largo del tiempo. Para la Comisión Europea, esta normativa supone una restricción injustificada a la libre circulación de capitales, ya que impone condiciones más gravosas a los no residentes, desincentivando las operaciones transfronterizas dentro del mercado único europeo. El procedimiento de infracción se inició el 2 de diciembre de 2021, cuando la Comisión envió una carta de emplazamiento a España. Posteriormente, el 23 de mayo de 2024, emitió un dictamen motivado instando al Gobierno español a modificar la normativa para eliminar la desigualdad fiscal. No obstante, España ha defendido que su legislación es acorde con el Derecho de la UE y no ha realizado cambios sustanciales en su regulación. "Dado que los intentos de la Comisión por resolver la cuestión mediante el diálogo no han dado resultado, se ha decidido llevar el caso ante el TJUE", han señalado desde Bruselas. Esta decisión pone de manifiesto la necesidad de garantizar un trato fiscal equitativo entre residentes y no residentes dentro del mercado único de la UE. La libre circulación de capitales es un principio esencial de la integración europea, y cualquier normativa que la obstaculice sin justificación puede distorsionar el mercado y afectar la confianza de los inversores. Ahora, el Tribunal de Justicia de la UE deberá analizar si la legislación española cumple con el artículo 63 del TFUE. En caso de que el fallo favorezca a la Comisión, España deberá modificar su normativa para eliminar la discriminación fiscal. Si no lo hace, podría enfrentarse a sanciones económicas adicionales.

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(Expansión, 13-03-2025) | Fiscal

¿Cómo tasa la Agencia Tributaria el precio de un inmueble?

La valoración de un inmueble depende del tipo de impuesto que se aplique. Hacienda toma como referencia el valor catastral para calcular ciertos tributos, aunque también puede llevar a cabo comprobaciones de valor si considera que el declarado no refleja el precio real de mercado. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La compraventa de bienes inmuebles puede generar ganancias o pérdidas patrimoniales que deben incluirse en la declaración del IRPF. La ganancia se determina restando al precio de venta el precio de adquisición, descontando los gastos e impuestos asociados a la operación. Además, la propiedad de un inmueble puede generar rendimientos del capital inmobiliario, ya sea por su arrendamiento o por la imputación de renta cuando no está alquilado. Impuesto sobre el Patrimonio (IP). Este tributo grava el patrimonio neto de una persona física, incluyendo el valor de los bienes inmuebles. Cada Comunidad Autónoma establece sus propios criterios de exención y los tipos impositivos aplicables. Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Es un tributo de carácter municipal que se calcula aplicando un porcentaje al valor catastral del inmueble, el cual es fijado por la administración local. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Se aplica a la compra de viviendas nuevas directamente al promotor, tomando como base el precio escriturado. El tipo impositivo general en estos casos es del 10%.

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(El Economista, 13-03-2025) | Fiscal

Los fiscalistas denuncian el freno en la creación de empresas "holding" por el temor a Hacienda

Los abogados especializados en fiscalidad advierten sobre un importante freno en la creación de sociedades holding destinadas a reorganizar grupos empresariales. Tradicionalmente, estas operaciones de reestructuración eran comunes, especialmente entre empresas familiares, con el objetivo de transferir las acciones de distintas compañías a una sociedad holding, que actuaría como la matriz de todas ellas. Sin embargo, desde la primavera pasada, a raíz de varias resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), la Agencia Tributaria considera abusivo que una persona física transfiera sus acciones a una holding. El motivo radica en que, al percibir dividendos, estos tributan en la holding a través del Impuesto sobre Sociedades en lugar de hacerlo directamente en el IRPF del contribuyente. Este nuevo criterio ha desencadenado numerosas regularizaciones fiscales y, lo que es más grave, ha generado una "enorme inseguridad jurídica", lo que ha provocado la paralización de estas reestructuraciones, especialmente en el ámbito de los grupos familiares, debido al temor a posibles sanciones por parte de Hacienda, según explican distintos expertos en fiscalidad. Si bien la cuestión siempre ha sido objeto de debate, la aportación de acciones o bienes, como inmuebles, a una sociedad holding estaba amparada por el régimen fiscal especial de fusiones (FEAC). Este régimen permitía a los contribuyentes diferir el impacto fiscal de la operación, siempre que existiera una justificación económica real y no se tratara de una mera estrategia para reducir la carga impositiva. No obstante, con la postura adoptada por el TEAC, la creación de holdings ha pasado a considerarse una estrategia orientada únicamente a evitar la tributación en el IRPF. En consecuencia, Hacienda entiende que los dividendos generados por estas sociedades deben ser regularizados de manera constante y sin prescripción, lo que ha sumido a estas operaciones en un estado de incertidumbre. Javier Prieto, socio del departamento Fiscal de Araoz & Rueda, señala que el impacto de estas resoluciones es "demoledor". Según su análisis, el criterio de Hacienda prácticamente excluye la posibilidad de que una holding pueda acogerse al régimen FEAC, algo que considera insostenible. Prieto añade que, aunque no se ha detenido por completo la creación de sociedades holding, cada vez más empresarios y asesores fiscales están reconsiderando su viabilidad. "Nadie en el ámbito profesional comparte la interpretación del TEAC. Incluso en el mundo académico hay serias dudas sobre esta visión del régimen FEAC impulsada por Hacienda. Confiamos en que los tribunales terminen anulando esta interpretación", afirma. Por el momento, las resoluciones del TEAC han sido impugnadas ante la Audiencia Nacional. No obstante, expertos fiscales advierten que la incertidumbre continuará hasta que se resuelvan los recursos, lo que ha generado un fuerte desincentivo para realizar estas operaciones. Además, en caso de que el fallo de la Audiencia Nacional no sea favorable para alguna de las partes, el caso podría llegar al Tribunal Supremo, lo que retrasaría una resolución definitiva entre dos y tres años.

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(El País, 13-03-2025) | Fiscal

Hacienda cita a las comunidades a la primera reunión para analizar los detalles técnicos de la quita de deuda

El Gobierno ha acelerado su plan para que el Estado asuma parcialmente la deuda de las comunidades autónomas, avanzando rápidamente en su desarrollo. Dos semanas después de que el Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF) aprobara la propuesta de condonación parcial impulsada por el Ejecutivo -con la oposición de todas las comunidades gobernadas por el PP, que abandonaron la reunión antes de que se debatiera la medida-, el Ministerio de Hacienda ha enviado cartas a cada una de las autonomías de régimen común para coordinar la primera reunión en la que se abordarán los detalles y el alcance de la iniciativa. No obstante, aquellas comunidades que no deseen acogerse a la medida podrán rechazarla si finalmente es aprobada por el Congreso, dado que la condonación es voluntaria. En las cartas enviadas a los gobiernos autonómicos, el ministerio señala: "Para avanzar en el análisis de la cartera de deuda y otros aspectos específicos que afectan a cada comunidad, organizaremos reuniones bilaterales a nivel técnico". Además, recalca que estos encuentros son clave para garantizar que el diseño final de la propuesta se ajuste de la mejor manera posible a la situación de cada territorio. Aunque las comunidades gobernadas por el PP -que son mayoría, con 11 de 15- han expresado su rechazo a la medida, no se espera que boicoteen estas primeras reuniones técnicas. La principal preocupación de los dirigentes populares radica en el origen de la propuesta, que nació de un acuerdo entre ERC y el PSOE para Cataluña, con posibilidad de extenderse al resto de comunidades de régimen común. El Ministerio de Hacienda, dirigido por María Jesús Montero, pretende celebrar encuentros bilaterales con cada comunidad para evaluar su situación financiera, ya que el nivel de endeudamiento varía significativamente entre ellas. Algunas regiones tienen una deuda muy elevada, otras concentran la mayor parte de sus pasivos con el Estado y otras dependen en mayor medida de inversores privados. Para programar estas reuniones, Hacienda propone llevarlas a cabo entre el 24 de marzo y el 28 de abril, siguiendo el orden en que se aprobaron los respectivos estatutos de autonomía. Así, Cataluña sería la primera en participar, seguida por Galicia, Andalucía y el resto de comunidades, finalizando con Castilla y León. El monto total a condonar superaría los 83.000 millones de euros, aunque la distribución de la ayuda varía por comunidad. En términos absolutos, las regiones más beneficiadas serían Andalucía (18.791 millones), Cataluña (17.104), Comunidad Valenciana (11.210) y Madrid (8.644). Si se considera la quita en función del total de la deuda de cada comunidad, Canarias sería la más favorecida, ya que se le perdonaría el 50% de su pasivo. Por otro lado, si se toma en cuenta el ajuste por habitante, las mayores compensaciones corresponderían a la Comunidad Valenciana, Andalucía, Castilla-La Mancha, Murcia y Cataluña, con un promedio de 2.284 euros por persona. Mientras se llevan a cabo estas reuniones, el Gobierno deberá seguir de cerca el proceso legislativo en el Congreso, dado que la condonación requiere la aprobación de una ley orgánica. En caso de obtener luz verde en las Cortes, Hacienda tendrá que volver a negociar con las comunidades para formalizar los convenios o, en su defecto, permitir que aquellas que lo deseen renuncien a la medida. La propuesta de condonación, anunciada el 24 de febrero por la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda -dos días antes de la reunión con las comunidades en el CPFF y anticipada por el presidente de ERC, Oriol Junqueras-, plantea que el Estado asuma progresivamente el 25% de la deuda autonómica, que supera los 333.000 millones de euros. Esto se aplicaría con independencia de si las comunidades han recurrido al Fondo de Liquidez Autonómico (FLA) u otros mecanismos extraordinarios de financiación estatal.

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