(Expansión, 19-01-2026) | Fiscal

Hacienda se abre a compensar parte del alza del SMI en contratos públicos

El Ministerio de Hacienda se muestra dispuesto a conceder un mayor margen de maniobra al departamento de Trabajo en su intento de lograr que la patronal respalde el acuerdo para subir el salario mínimo interprofesional. Según fuentes oficiales, el área dirigida por la vicepresidenta primera del Gobierno, María Jesús Montero, ha planteado la posibilidad de realizar algún tipo de concesión a las organizaciones empresariales, permitiendo una compensación parcial en los contratos públicos como respuesta al aumento de la inflación y del SMI. Este cambio de postura por parte de Hacienda, que hasta ahora se había mostrado contraria a cualquier flexibilización, llevó a la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, a suspender a última hora la reunión prevista con sindicatos y empresarios para negociar el salario mínimo. La decisión buscaba ganar tiempo para ampliar las conversaciones e intentar cerrar un acuerdo tripartito, algo que no se produce en esta materia desde el año 2020. Aunque Hacienda descarta modificar la Ley de Desindexación, que impide actualizar automáticamente los contratos públicos en función de la evolución de precios y salarios, sí ha iniciado conversaciones con Trabajo para analizar hasta qué punto se puede habilitar algún mecanismo de compensación parcial en determinadas contratas. Esta apertura se produce en un contexto en el que el Gobierno plantea elevar el salario mínimo un 3,1% este año, hasta situarlo en 17.094 euros anuales. Desde el ministerio que dirige Montero recuerdan que ya se asumió un coste relevante al aceptar la exención fiscal total del nuevo salario mínimo, ampliando la deducción específica creada el año anterior para evitar que los perceptores del SMI tengan que tributar por IRPF por primera vez. Tras este sacrificio recaudatorio, Hacienda está evaluando ahora qué impacto adicional podría asumir si se habilitan fórmulas de compensación más selectivas para los contratos públicos. Entre las alternativas que se estudian figura la posibilidad de cubrir parcialmente el aumento de los costes laborales que soportan las empresas que prestan servicios a la Administración y que se ven afectadas por la subida del salario mínimo. Se trata, sobre todo, de compañías vinculadas a sectores como la limpieza, la seguridad, la conserjería, el mantenimiento hospitalario o la restauración en centros educativos. En el ámbito de la construcción, por ejemplo, la normativa vigente ya permite revisar precios cuando se producen encarecimientos de materiales, aunque con límites claros: la compensación no puede superar el 20% del presupuesto y solo se activa si los costes aumentan al menos un 8%. Muchas de estas empresas operan mediante contratos de larga duración, que pueden extenderse hasta cinco años, y fijan sus precios sin poder anticipar incrementos salariales derivados de sucesivas subidas del salario mínimo. Esto genera, según el sector, un desfase significativo entre los ingresos previstos y los costes reales. Desde alianzAS, la confederación que agrupa a empresas de servicios esenciales, su presidente Javier Sigüenza advierte de que estas subidas suponen costes inesperados que afectan directamente a la sostenibilidad de las compañías. Añade que esta incertidumbre se traslada también a la negociación colectiva, al dificultar la previsión de los costes laborales futuros en los convenios. Sigüenza alerta además de que, en los casos en los que los márgenes son muy reducidos, algunas empresas podrían no ser capaces de absorber el aumento de los costes y verse abocadas al cierre. En el marco del diálogo social, la derogación de la Ley de Desindexación es una de las pocas reivindicaciones compartidas por sindicatos y organizaciones empresariales. En el sector de la construcción, ambas partes incluyeron en su último convenio una petición conjunta para modificar tanto esta ley como la de Contratos del Sector Público, con el objetivo de excluir la aplicación de la desindexación en los contratos públicos y recuperar un sistema de revisión de precios similar al existente antes de 2015, que tenga en cuenta también el coste de la mano de obra. El presidente de la Confederación Nacional de la Construcción, Pedro Fernández Alén, señala que cuando los contratos públicos no se ajustan a la evolución real de los precios se producen retrasos e incluso abandonos de obras, una situación especialmente preocupante. A su juicio, la normativa debe adaptarse para proteger tanto a las empresas como a los trabajadores, y subraya la necesidad de que los mecanismos de revisión contemplen el conjunto de los costes laborales, ya que estos también pueden experimentar variaciones significativas más allá del salario mínimo.

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(El Economista, 19-01-2026) | Fiscal

La deducción del IRPF para el nuevo SMI excluirá a más de un millón de pensionistas

Entre 2022 y 2024, cada subida del salario mínimo fue acompañada de un aumento del umbral exento del IRPF, con el objetivo de que los trabajadores con menores ingresos no tuvieran que tributar. Así, el límite a partir del cual se paga el impuesto pasó de 14.000 euros anuales en 2022 a 15.876 euros, cifra que permanece vigente desde 2024 y que se aplica por igual a todos los contribuyentes. Sin embargo, en 2025 el Gobierno modificó su enfoque y optó por crear una deducción específica dirigida únicamente a quienes obtienen rentas inferiores al salario mínimo. Esta fórmula dejó fuera a pensionistas y personas en situación de desempleo, una exclusión que Hacienda mantendrá en 2026 y que, además, afectará a un número mayor de ciudadanos. En concreto, el colectivo de pensionistas perjudicados por este tratamiento desigual superaría el millón de personas. A comienzos de este mes, el Ministerio de Trabajo planteó elevar el salario mínimo un 3,1%, hasta los 1.221 euros brutos mensuales en 14 pagas, lo que equivale a 17.094 euros al año. Desde este departamento se trasladó también que Hacienda había dado su visto bueno para que el SMI continuara sin tributar y se dio por hecho que se repetiría el esquema aplicado el año anterior: una deducción específica para que los trabajadores recuperen lo aportado vía IRPF, sin extender esta ventaja ni a pensionistas ni a desempleados. De acuerdo con las estimaciones de Raquel Jurado, economista y asesora fiscal del REAF, la propuesta de Trabajo situaría esa deducción en 591 euros, repartidos a partes iguales entre el tramo estatal y el autonómico. Este incentivo fiscal quedaría reservado exclusivamente a quienes perciben rentas salariales, dejando nuevamente fuera a quienes cobran prestaciones por desempleo o pensiones. Además, la deducción se aplicaría de forma progresiva y se extendería gradualmente a los salarios que no superen los 20.049 euros anuales, es decir, unos 1.432 euros brutos al mes. Esto ampliaría notablemente la franja de ingresos en la que los trabajadores quedarían exentos de tributación mientras que pensionistas y parados sí pagarían IRPF. Con la subida prevista del salario mínimo, el tramo afectado pasaría de comprender rentas entre 15.876 y 18.276 euros anuales a abarcar todas las comprendidas entre 15.876 y 20.049 euros. Este ensanchamiento del rango supondría que cerca de 367.000 pensionistas adicionales se verían afectados por esta desigualdad fiscal respecto al año anterior. Según la última estadística de pensiones publicada por el Ministerio de Seguridad Social a finales de diciembre, al menos 1.000.312 personas perciben prestaciones contributivas -por jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad o a favor de familiares- con ingresos mensuales situados entre 1.150 y 1.405 euros. Esta cifra, no obstante, se queda corta, ya que no incluye a quienes cobran entre 1.134 euros, el SMI de 2024, y 1.150 euros. En ese tramo intermedio se encuentran otros 386.158 jubilados. La normativa vigente, explica Jurado, establece que esta deducción se aplica únicamente a contribuyentes con rendimientos del trabajo derivados de una relación laboral o estatutaria efectiva, es decir, a personas en activo. No obstante, la economista señala que el coeficiente utilizado para fijar el límite máximo de la deducción, actualmente situado en el 0,2, podría modificarse en el futuro. Aunque el Ministerio de Trabajo no dispone de datos detallados por tramos de ingresos, los desempleados que perciban entre 1.134 y 1.432 euros mensuales -el intervalo en el que se aplicará la deducción- tampoco podrán beneficiarse de ella al hacer la declaración de la renta. Esto afecta, entre otros, a quienes cobran la prestación máxima y tienen como máximo un hijo. El subsidio por desempleo alcanza los 1.225 euros mensuales para personas sin hijos, 1.400 euros para quienes tienen uno y 1.575 euros en el caso de dos o más. La cuantía media de la prestación por desempleo se sitúa en 1.029 euros mensuales, según los últimos datos del Ministerio de Trabajo correspondientes a noviembre, por lo que los afectados por esta exclusión se encuentran, en general, por encima de la media. El pasado viernes, Trabajo tenía previsto cerrar la negociación del salario mínimo con los agentes sociales, previsiblemente sin el respaldo de la patronal. Sin embargo, el Gobierno decidió suspender la reunión con CEOE, CCOO y UGT para ganar tiempo e intentar convencer a Hacienda de que compense el impacto del SMI en los contratos públicos con empresas privadas sin modificar la ley. Desde el ámbito empresarial se insiste en que esta compensación no es viable sin cambios normativos, una dificultad que el propio Ministerio de Hacienda reconoce. La reforma de la Ley de Desindexación era una de las principales exigencias de los empresarios para sumarse al acuerdo del SMI, aunque no la única, ya que la propuesta de CEOE planteaba una subida más moderada, del 1,5%, y que el salario mínimo pasara a tributar. Por su parte, Gestha, el sindicato de técnicos de Hacienda, ha reclamado al Gobierno que la exención del IRPF hasta el salario mínimo, actualmente limitada a los trabajadores en activo, se extienda también a pensionistas y desempleados que perciben prestaciones. Argumentan que estos ingresos también tienen la consideración de rentas del trabajo y que ni la condición de pensionista ni la de parado libera a estos contribuyentes de sus obligaciones fiscales. Además, defienden la necesidad de alcanzar un acuerdo estable que garantice que las futuras subidas del salario mínimo queden automáticamente exentas de tributación.

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(El País, 19-01-2026) | Fiscal

La mitad de los nuevos fondos que introduce la reforma de la financiación irán a Cataluña

La propuesta de revisión del sistema de financiación autonómica no incorpora el denominado cupo catalán que reclamaban inicialmente los partidos independentistas, pero sí contiene varios elementos favorables a Cataluña, que concentraría cerca de la mitad de los nuevos recursos previstos en el modelo presentado la semana pasada por el Ministerio de Hacienda. En concreto, la comunidad recibiría 216 millones de euros de los 1.000 millones asignados al nuevo fondo climático y alrededor del 70% de los 2.000 millones previstos en el mecanismo del IVA-pymes, que permitirá a las autonomías retener una parte del IVA generado por las pequeñas y medianas empresas en su territorio. Sumando ambos instrumentos, Cataluña captaría aproximadamente el 55% del total, según estimaciones del economista Ángel de la Fuente, director de Fedea, ya que Hacienda no ha difundido cifras oficiales detalladas. No obstante, los importes procedentes de estos nuevos mecanismos representan solo una pequeña parte del volumen adicional de recursos que la reforma del sistema contempla para las comunidades autónomas. El modelo presentado por la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, plantea una inyección global de 21.000 millones de euros al sistema común. De esa cantidad, unos 16.000 millones se obtendrían aumentando el porcentaje de impuestos cedidos por las comunidades -especialmente IRPF e IVA-, mientras que el resto procedería de una mayor aportación de la Administración General del Estado. Para comprender el alcance de la reforma, fruto de cerca de un año y medio de negociaciones con ERC, es necesario recordar el funcionamiento actual del sistema. La financiación autonómica se articula a través de una caja común alimentada tanto por el Estado como por las propias comunidades, que aportan el 75% de su recaudación normativa, calculada sin tener en cuenta decisiones fiscales propias. Actualmente, las autonomías tienen cedido el 50% del IRPF y del IVA, así como el 58% de los impuestos especiales, además de otros tributos como transmisiones patrimoniales, actos jurídicos documentados, sucesiones y donaciones o los impuestos sobre el juego. El nuevo esquema propone elevar la cesión del IRPF hasta el 55% y la del IVA hasta el 56,5%, e incorporar a la caja común figuras como el impuesto sobre el patrimonio, el gravamen sobre los depósitos bancarios o la tasa sobre residuos en vertederos. Con ello, aumentaría la capacidad fiscal de los territorios y se generarían más recursos para repartir, que posteriormente se asignarían en función de la población ajustada -un indicador que pondera a los habitantes según variables demográficas y territoriales-, criterio central del sistema actual y que sería objeto de algunos ajustes. El objetivo es garantizar que todas las comunidades, con independencia de su fortaleza económica, puedan prestar servicios públicos esenciales en condiciones similares, como sanidad, educación y servicios sociales. La reforma dejaría fuera los fondos de cierre del sistema vigente, que introducían correcciones posteriores al reparto inicial y que, según el consenso académico, distorsionaban el modelo. Sin embargo, incorpora nuevos ajustes, como el fondo climático y el mecanismo del IVA-pymes, que, en opinión de De la Fuente, "vuelven a introducir elementos de arbitrariedad que se pretendía eliminar". Y precisamente estos instrumentos adicionales son los que, según sus cálculos, beneficiarían de forma destacada a Cataluña. El fondo climático contará con unos 1.000 millones de euros, de los cuales dos tercios se destinarán a comunidades mediterráneas y se distribuirán según la población ajustada, al considerarse más expuestas a fenómenos ambientales extremos, según explicó Montero. Este criterio ha generado malestar en regiones del norte y del interior peninsular, afectadas en los últimos años por graves incendios. Según los cálculos de Fedea, Cataluña sería la segunda comunidad más favorecida por este fondo, con 216 millones de euros, solo por detrás de Andalucía, que recibiría 234 millones. La Comunidad Valenciana obtendría 141 millones, Madrid 105 millones, y el resto de autonomías no alcanzaría los 100 millones cada una. La diferencia es aún mayor en el mecanismo del IVA-pymes. Cataluña percibiría unos 1.441 millones de los 2.000 millones totales estimados por Hacienda. Este instrumento, de adhesión voluntaria, permite a las comunidades retener una parte del IVA generado por las pymes en su territorio, en lugar de recibir una transferencia basada en el índice de consumo, que es el criterio actualmente utilizado para repartir la recaudación del impuesto. Hacienda prevé que solo algunas comunidades opten por este mecanismo, ya que en muchas el peso del IVA generado por las pymes es inferior al que les correspondería por consumo. Cataluña concentraría cerca de tres cuartas partes del total debido al elevado número de pequeñas y medianas empresas de su tejido productivo. De acogerse al sistema, la Comunidad Valenciana recibiría 232 millones, Madrid 191 millones, Baleares 55 millones y Aragón 46 millones. Pese a calificar estos nuevos instrumentos de "arbitrarios", De la Fuente reconoce que "el núcleo central" de la propuesta resulta "bastante razonable", ya que reduce distorsiones y estrecha las diferencias de financiación por habitante. No obstante, la falta de información desagregada por parte de Hacienda ha alimentado las críticas del resto de comunidades -en su mayoría gobernadas por el PP-, que acusan al Ejecutivo de haber diseñado un modelo a medida para Cataluña.

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(El País, 19-01-2026) | Fiscal

El Círculo de Empresarios pide bajar el IVA de las obras arte y alinearlo al del resto de Europa

La merma de competitividad y el perjuicio al entramado cultural español son algunos de los argumentos que esgrime el Círculo de Empresarios para instar al Gobierno a reducir el IVA aplicado a las obras de arte, actualmente situado en el 21%, y equipararlo a los tipos más bajos vigentes en otros países de la Unión Europea. La organización también reclama la aprobación de una ley de mecenazgo que refuerce la financiación privada de la cultura. Estas posiciones se recogen en un documento de análisis hecho público este lunes. Hasta 2012, el sector cultural se beneficiaba de un tipo reducido de IVA, pero ese año el Ejecutivo decidió elevarlo al 21% como parte de un amplio programa de ajustes en plena crisis económica. Con el paso del tiempo y la recuperación de la actividad, algunas de esas subidas fueron corregidas, como en el caso de los conciertos, el cine o los libros. No ocurrió lo mismo con la venta de obras de arte a través de intermediarios, que continúa sujeta al tipo general. Según el Círculo de Empresarios, esta situación genera una clara desventaja fiscal que coloca a España en peor posición frente a los principales mercados europeos. Mientras que Italia aplica un IVA del 5% a la compraventa de arte, Francia lo sitúa en el 5,5%, Portugal en el 6% y Alemania en el 7%, España mantiene un gravamen del 21%. A juicio del centro de análisis, esta diferencia perjudica al sector cultural nacional y fomenta el traslado de artistas, galerías y coleccionistas hacia otros países del entorno. El presidente del Círculo, Juan María Nin Génova, subraya que una fiscalidad elevada sobre el arte supone un freno a una actividad con capacidad para generar riqueza, empleo especializado y visibilidad internacional. En su opinión, el actual IVA deja a España claramente descolgada del marco europeo. La organización también señala la existencia de un trato desigual dentro del propio ámbito cultural. Las obras originales de disciplinas como la pintura, la escultura o la fotografía tributan al 10% únicamente cuando la venta se realiza directamente del artista al comprador. Sin embargo, si la operación se canaliza a través de galerías u otros intermediarios profesionales, se aplica el 21%. Esta situación contrasta con otros sectores culturales, como el literario, las artes escénicas, el cine o la música, que disfrutan de tipos reducidos o superreducidos de entre el 4% y el 10%. El Círculo advierte de que esta política fiscal desincentiva la creación artística, especialmente entre los creadores jóvenes y emergentes, y limita el acceso del público, al reforzar la percepción del arte como un producto de lujo. El pronunciamiento llega además a pocos días de la huelga anunciada por las galerías de arte contemporáneo españolas, que suspenderán su actividad entre el 2 y el 7 de febrero para exigir una rebaja del IVA. Asimismo, la entidad reclama acelerar la incorporación al ordenamiento español de la directiva europea de 2022 sobre el IVA, que debía haberse transpuesto hace más de un año y que permite una aplicación más flexible de los tipos reducidos a distintos bienes y servicios, incluidas las obras de arte. Junto a ello, insiste en la necesidad de una ley de mecenazgo eficaz que impulse el desarrollo artístico mediante el apoyo privado. El documento concluye que esta reforma fiscal no debería entenderse como una merma de ingresos públicos, sino como una apuesta estratégica. Un IVA más bajo, sostiene el Círculo, favorecería la actividad de las galerías, atraerá ferias y coleccionistas internacionales, facilitaría la circulación del patrimonio cultural y contribuiría a la profesionalización del sector artístico, con efectos positivos a medio plazo tanto en la recaudación como en la proyección internacional de la cultura española.

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(Cinco Días, 19-01-2026) | Laboral

Las empresas, sin prisa ante la reforma del registro horario

El Ministerio de Trabajo presentó el pasado mes de septiembre una propuesta para modificar la normativa que regula el control horario en las empresas, en vigor desde 2019. El eje central de la reforma es la implantación obligatoria de sistemas digitales de registro de jornada, que permitan un mayor seguimiento de las horas trabajadas y faciliten el acceso directo de esos datos a la Inspección de Trabajo. A estas medidas se suman requisitos más estrictos y un refuerzo del régimen sancionador, con la finalidad de combatir el fraude en las horas extraordinarias, después del repunte de infracciones detectadas por la Inspección a lo largo de 2024. Sin embargo, al igual que otras iniciativas clave del Gobierno en materia laboral -como la reducción de la jornada-, la reforma aún no ha concluido su tramitación. Pese a que el Consejo de Ministros acordó su procedimiento por la vía urgente y fijó como horizonte su aprobación antes de que termine 2025, los plazos de adaptación para las empresas siguen siendo inciertos. A pesar de que la obligación del registro horario lleva más de cinco años en vigor, numerosos negocios continúan sin cumplirla. Así lo revela el informe Nóminas: descifrando un misterio moderno, elaborado por Ipsos, según el cual uno de cada cinco trabajadores asegura que en su empresa no existe ningún sistema de control de la jornada. Otro estudio de la misma consultora, el Observatorio TeamSystem: radiografía y diagnóstico de pymes, autónomos y asesorías, muestra que el 34% de los encuestados desconoce que el registro digital es obligatorio y solo un 23% afirma estar bien informado al respecto. Emilio Martínez, director general de TeamSystem, atribuye esta situación a una "brecha digital que afecta principalmente a los negocios de menor tamaño". De hecho, el 35% de autónomos y pequeñas empresas sigue utilizando métodos manuales, como papel o hojas de Excel, para registrar la jornada, "algo que el cambio normativo dejaría fuera de la legalidad". A su juicio, la nueva regulación supondría un paso adelante frente al real decreto de 2019 al imponer sistemas digitales, aunque reconoce que conlleva costes de adquisición, puesta en marcha y formación. No obstante, sostiene que, a medio y largo plazo, las empresas pueden compensar esa inversión inicial gracias a ahorros en gestión y en recursos humanos. Desde otra perspectiva, Joan Pons, consejero delegado de WorkMeter, reconoce que las pymes han mejorado su nivel de cumplimiento, pero advierte de que cumplir formalmente la norma no siempre implica una correcta gestión del tiempo de trabajo. En muchos casos, señala, las empresas "implantan el registro solo para cubrir el expediente", recurriendo a sistemas poco fiables que generan recelo entre los empleados. El problema más habitual, según Pons, es la ausencia de normas internas claras que definan qué se considera tiempo efectivo de trabajo o cómo deben contabilizarse las pausas y el teletrabajo. Esta falta de criterios, añade, convierte el registro horario en una fuente de conflictos laborales y de riesgos legales que afectan a la actividad empresarial. Pons subraya que la digitalización del control horario también representa una oportunidad. Aunque implica ajustes operativos -ya que el tiempo de trabajo se hace visible y obliga a revisar hábitos, procesos y planificación-, estos cambios pueden amortiguarse si la herramienta elegida simplifica la gestión administrativa. En cuanto a los costes, recuerda que existen soluciones asequibles para cualquier tipo de empresa y concluye que "el verdadero coste es no implantar un sistema fiable y exponerse a sanciones". Por su parte, el portavoz del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Jesús Prieto, insiste en que la falta de registro diario o su deficiente aplicación no es una irregularidad menor, sino una infracción grave en materia de jornada laboral. Con la normativa vigente, las multas parten de 751 euros en su grado mínimo y pueden alcanzar los 7.500 euros, en función del número de trabajadores afectados, el perjuicio ocasionado o la intencionalidad detectada. Además, Prieto recuerda que, en casos de horas extraordinarias, la sanción administrativa puede ir acompañada de procedimientos de oficio para exigir el pago de las cantidades adeudadas. A este riesgo económico se suma la obligación de aportar documentación durante una inspección, como contratos, nóminas, calendarios laborales y, especialmente, el registro diario de jornada, que debe estar disponible en el mismo momento de la visita, así como los resúmenes mensuales facilitados a los trabajadores. Para garantizar su fiabilidad, Prieto considera imprescindible el uso de sistemas electrónicos, ya que "los métodos manuales fallan con facilidad y son muy difíciles de supervisar de forma continuada". Como medida preventiva, el inspector recomienda implantar protocolos internos de tolerancia cero frente al incumplimiento del fichaje, que contemplen desde advertencias hasta sanciones disciplinarias previstas en el convenio colectivo. Por último, advierte de que no respetar el registro horario no solo expone a multas, sino que también puede servir como prueba en reclamaciones de los trabajadores por horas extra no abonadas, con el consiguiente riesgo económico para la empresa.

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(El País, 19-01-2026) | Laboral

El empleo en el turismo tocó máximos en 2025 con 2,75 millones de afiliados

El intenso ciclo de crecimiento del turismo internacional en España durante los últimos cuatro años, que ha llevado al país de recibir 71 millones de visitantes extranjeros en 2022 a alcanzar los 97 millones en 2025 -según avanzó el Ministerio de Industria el pasado jueves-, ha tenido un reflejo directo en el empleo. Las actividades vinculadas al turismo cerraron 2025 con un récord histórico de afiliación, al sumar 2,75 millones de cotizantes, de acuerdo con el último informe publicado por Turespaña. Este volumen de empleo explica en buena medida que el número total de afiliados a la Seguridad Social en España alcanzara también un máximo histórico de 21,6 millones al cierre de 2025. El turismo aportó el 12,7% del total de cotizantes, superando los niveles previos a la pandemia tanto en cifras absolutas -con 357.000 afiliados más- como en términos relativos, al situarse tres décimas por encima del 12,4% registrado en 2019. Los datos actualizados por Turespaña, organismo dependiente del Ministerio de Industria, reflejan que la mayor parte del empleo turístico se concentra en la hostelería, que sumó 1,74 millones de afiliados tras crecer un 1,6% en el último año. Dentro de este sector destacan dos grandes ramas: los servicios de comidas y bebidas, con 1,42 millones de trabajadores (un aumento del 1,3%), y el alojamiento hotelero, con 324.174 empleados (un 2,9% más). A continuación se sitúan las agencias de viajes y los turoperadores, con 68.498 afiliados, un 1,5% más que el año anterior. El resto, hasta completar los 2,75 millones, corresponde a actividades relacionadas con el ocio, el entretenimiento y otros servicios turísticos. Durante la presentación del balance de llegadas de turistas internacionales en 2025, el ministro de Industria y Turismo, Jordi Hereu, destacó el impacto de estos datos en el mercado laboral. "Nunca se había alcanzado la cifra de 2,75 millones de personas afiliadas en actividades turísticas. Esto demuestra que los beneficios del crecimiento del sector ya se están trasladando al empleo, con un 80,9% de trabajadores que cuentan con contrato indefinido. Se trata de más empleo, más asalariados y mayor estabilidad, lo que contribuye a reducir la temporalidad", señaló. La relación entre los destinos más visitados y la creación de empleo es clara. Seis comunidades autónomas -Cataluña, Baleares, Canarias, Andalucía, Madrid y la Comunidad Valenciana- concentran el 90% de los turistas extranjeros y generan alrededor del 70% del empleo vinculado al turismo. Andalucía encabeza la lista, con 319.157 cotizantes, lo que representa el 17,6% del total del sector, seguida de Cataluña, con 287.929 trabajadores (15,9%), Madrid, con 260.422 afiliados (14,3%), y la Comunidad Valenciana, con 205.858 cotizantes (11,3%). En Baleares y Canarias, aunque el número absoluto de afiliados es menor, el peso del turismo sobre el empleo total es mucho más elevado debido a la fuerte dependencia de esta actividad. En Canarias, los 179.684 trabajadores del sector turístico representaban el 22% del total de 813.461 afiliados al cierre de 2025. En Baleares, los 62.391 cotizantes suponían el 15,7% de los 396.626 afiliados. En comparación, el peso del turismo en el empleo total se situó en el 10,8% en Andalucía, el 8,7% en Cataluña, el 7,5% en Madrid y el 11% en la Comunidad Valenciana.

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(El País, 19-01-2026) | Laboral

El Consejo Económico y Social critica al Gobierno por no definir ayudas a pymes en el estatuto del becario

El estatuto del becario avanza un nuevo paso en su tramitación al quedar más cerca de ser debatido en el Congreso de los Diputados. Este viernes, el Consejo Económico y Social ha aprobado el dictamen sobre el anteproyecto de ley, cuyo objetivo es compensar los gastos de los estudiantes en prácticas y restringir las prácticas extracurriculares, consideradas las más precarias. Este informe era un trámite imprescindible para que el texto regrese al Consejo de Ministros para una segunda aprobación. El dictamen evita pronunciarse de forma clara sobre el contenido de la norma. Su redacción ambigua ha permitido que salga adelante con 47 votos favorables y uno en contra -emitido por el sindicato gallego CIG- dentro de un órgano donde la representación empresarial es mayoritaria y pese a la oposición expresa de CEOE y Cepyme. Donde sí es más preciso es al reprochar al Gobierno la falta de una estimación detallada del impacto económico de la medida y la ausencia de mecanismos específicos de apoyo para las pequeñas y medianas empresas. El CES valora positivamente que se impulse una regulación legal de la formación práctica no laboral con el fin de fijar un marco de derechos, garantías y obligaciones para las partes implicadas. No obstante, el propio dictamen reconoce que no existe acuerdo entre las organizaciones representadas en el organismo respecto al alcance de la norma, su ámbito de aplicación ni el régimen sancionador previsto. El anteproyecto fue acordado entre los sindicatos y el Ministerio de Trabajo en junio de 2023, pero la oposición de las organizaciones empresariales, de los rectores universitarios y, especialmente, del ala socialista del Gobierno -que inicialmente consideró el texto inmaduro y con carencias técnicas- ha ido retrasando su tramitación. No llegó al Consejo de Ministros hasta noviembre del año pasado, más de dos años después de su presentación pública, y sus opciones de prosperar en el Parlamento se consideran limitadas. Tras conocerse el dictamen, el Ministerio de Trabajo señaló que lo está estudiando y subrayó que el CES aprecia el intento de unificar la regulación dispersa existente y reconoce la formación práctica no laboral como un elemento estratégico para el empleo. Desde UGT, por su parte, se interpreta el informe como un reconocimiento del estatuto del becario como una herramienta para combatir la precariedad y el uso fraudulento de las prácticas. La falta de apoyo empresarial, como ocurrió anteriormente con la propuesta de reducción de la jornada laboral, ha dificultado notablemente la obtención de un dictamen más favorable. En el plano económico, el CES se muestra especialmente crítico y lamenta la ausencia de datos sólidos que permitan evaluar la viabilidad de la norma y su impacto macroeconómico. El organismo considera necesario cuantificar tanto el número de personas que realizarán prácticas no laborales como el volumen de empresas que deberán acogerlas, datos que no aparecen suficientemente desarrollados. Además, señala deficiencias relevantes en la memoria de análisis de impacto normativo, especialmente en lo relativo a los aspectos económicos y organizativos. Aun así, el CES reconoce que una mejor planificación y un seguimiento más riguroso de las prácticas puede contribuir a elevar la calidad del sistema. Al mismo tiempo, advierte de que este refuerzo implicará una carga administrativa considerable, debido a la necesidad de formalizar acuerdos detallados entre centros formativos y empresas. Este esfuerzo, señala, puede resultar difícil de asumir para muchas pymes, sobre todo en sectores con márgenes reducidos o en zonas con menor tejido empresarial. Por ello, el CES recomienda que la propia ley garantice ayudas y compensaciones suficientes, estables y de acceso sencillo, evitando que queden supeditadas a trámites excesivamente complejos. También sugiere adoptar modelos simplificados, herramientas comunes y procedimientos homogéneos, coordinados entre las comunidades autónomas, para evitar que las pequeñas empresas se retraigan de participar en el sistema. El dictamen insiste en que existen medidas socialmente justificadas que tienen un impacto económico evidente, como la compensación mínima de los gastos de las personas en prácticas o los costes asociados a la labor de tutorización, y lamenta que estos elementos tampoco hayan sido adecuadamente valorados en el análisis de impacto. Las discrepancias entre sindicatos y patronales quedan igualmente reflejadas en el apartado dedicado a la tutorización. Mientras las organizaciones empresariales reclaman una mayor flexibilidad en las ratios de personas en formación por tutor, las organizaciones sindicales defienden que los límites fijados en el anteproyecto son esenciales para asegurar una formación práctica de calidad en el entorno laboral.

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(El Economista, 19-01-2026) | Laboral

Las bajas en los autónomos son cuatro veces menor que en asalariados

Una de las principales reivindicaciones de los trabajadores autónomos para este año es quedar exentos del pago de la cuota a la Seguridad Social durante los periodos de baja médica. Actualmente, los profesionales por cuenta propia deben seguir abonando la cotización durante los dos primeros meses de incapacidad temporal, pese a que en ese tiempo solo perciben el 75% de su base reguladora en el mejor de los casos. Esta circunstancia ha contribuido a que el número de bajas médicas entre los autónomos lleve tres años consecutivos a la baja y sea hasta cuatro veces inferior al registrado entre los asalariados, según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. En 2025, solo 10,06 autónomos por cada mil recurrieron a una baja por enfermedad, frente a los 37,92 por cada mil trabajadores por cuenta ajena. Además, la tendencia en el colectivo autónomo ha sido descendente en los últimos años: en 2023 la tasa era del 10,68, en 2024 bajó al 10,54 y en diciembre de 2025 se situó en el 10,06. Este comportamiento se explica, en parte, por las condiciones económicas de la incapacidad temporal para los autónomos. Durante los tres primeros días de baja no reciben prestación alguna; a partir del cuarto día cobran el 60% de su base reguladora y no alcanzan el 75% hasta el día 21. A pesar de estos ingresos reducidos, deben seguir pagando la cuota mensual, lo que merma de forma significativa su renta disponible. La situación contrasta con la de los trabajadores asalariados, entre los que las bajas por incapacidad temporal no han dejado de aumentar desde 2020. En seis años, la incidencia ha pasado de 19,22 bajas por cada mil empleados a las 37,92 registradas en diciembre de 2025. Este aumento es una de las principales inquietudes de las organizaciones empresariales, que alertan del crecimiento del absentismo, entendido no solo como ausencias injustificadas, sino también como bajas médicas. En términos de prestación, el esquema porcentual es el mismo para asalariados y autónomos: no se cobra nada hasta el cuarto día de baja, se percibe el 60% de la base reguladora entre el cuarto y el vigésimo día -en el caso de los asalariados, abonado por la empresa- y a partir de entonces se recibe el 75%, cubierto por la Seguridad Social o por la mutua correspondiente. Sin embargo, muchos convenios colectivos incluyen complementos que elevan la prestación hasta el 100% del salario para los trabajadores asalariados durante la baja. Precisamente, la patronal plantea revisar estos complementos como una vía para contener el coste creciente de la incapacidad temporal. Así lo expresó recientemente la representante de CEOE, Rosa Santos, en la Comisión del Pacto de Toledo, al señalar que estos pagos adicionales, en un contexto de aumento de las bajas, dificultan la reducción de las cifras. Cualquier modificación de estos complementos requiere negociación con los sindicatos. A esta línea de actuación se suma la demanda de ATA, integrada en CEOE, que reclama dejar de pagar cotizaciones desde el primer día de baja para aliviar los costes empresariales. El último informe que analiza la evolución de la incapacidad temporal fue elaborado por la patronal de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, AMAT. En él se advierte de que el coste para las empresas podría cerrar 2025 en 16.010,97 millones de euros, lo que supone un incremento del 13,55% respecto a 2024 y más del triple en comparación con 2015. Por su parte, el Gobierno está a la espera de la evaluación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal dentro de la segunda fase del Spending Review. Este análisis abordará cuestiones relacionadas con la gestión de la prestación, el marco normativo, los procedimientos administrativos y la coordinación entre los distintos actores implicados. También examinará los factores que influyen en las bajas, como el acceso y la calidad de los servicios sanitarios -incluidas las listas de espera-, las condiciones laborales y los cambios legislativos. La Airef ya advirtió de que en 2023 el gasto en incapacidad temporal alcanzó niveles récord y se convirtió en la segunda mayor partida del Ministerio de Seguridad Social. A finales de 2025, este gasto se situó en máximos históricos, con 16.642 millones de euros desembolsados hasta el mes de noviembre.

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(Cinco Días, 19-01-2026) | Mercantil, civil y administrativo

La UE prepara aranceles por valor de 93.000 millones de euros en represalia por la amenaza de Trump sobre Groenlandia

Los Estados miembros de la Unión Europea estudian la posibilidad de aplicar aranceles a Estados Unidos por un importe de hasta 93.000 millones de euros o de limitar la entrada de compañías estadounidenses en el mercado comunitario, como respuesta a las amenazas de Donald Trump contra los aliados de la OTAN que rechazan su ofensiva para asumir el control de Groenlandia. Esta iniciativa representa el mayor deterioro de las relaciones entre ambos lados del Atlántico en varias décadas. Según fuentes implicadas en los preparativos, las represalias se están ultimando para ofrecer a los dirigentes europeos un instrumento de presión eficaz en sus encuentros clave con el presidente estadounidense durante el Foro Económico Mundial de Davos de esta semana. El objetivo es alcanzar un entendimiento que evite una fractura profunda en la alianza militar occidental, un escenario que supondría un riesgo existencial para la seguridad europea. De salir adelante, se reactivaría la misma batería de contramedidas diseñada el año pasado, pero que fue aplazada hasta el 6 de febrero para esquivar una escalada hacia una guerra comercial abierta. Ayer, mientras la UE debatía cómo responder a la amenaza de Trump de imponer aranceles punitivos, los 27 embajadores del bloque volvieron a plantear la reactivación de estas medidas, que, junto al denominado Instrumento Anticoerción (ACI), permitirían vetar el acceso de empresas estadounidenses al mercado interior. Los mercados reaccionaron con nerviosismo: los futuros indicaban que el Euro Stoxx 50 podría iniciar la jornada con una caída del 1,5%, mientras que el oro repuntó cerca de un 2%, hasta marcar un máximo histórico de 4.690 dólares por onza. Trump, que ha reclamado a Dinamarca la cesión del control de Groenlandia, anunció el sábado por la noche su intención de imponer aranceles del 10% a partir del 1 de febrero a productos procedentes del Reino Unido, Noruega y otros seis países de la UE que han desplegado tropas en la isla ártica para participar esta semana en maniobras militares. Cinco meses. Eso es lo que ha durado la Paz de Turnberry entre Estados Unidos y la Unión Europea. Conocida así por la localidad escocesa en la que se firmó el acuerdo comercial de finales de julio, ahora parece al borde de saltar por los aires tras las últimas amenazas arancelarias de Donald Trump a ocho miembros de la Unión Europea y aliados en la OTAN. Estos últimos acontecimientos parecen haber provocado un cambio en el sentir de la UE. Hasta ahora, Bruselas había aceptado un acuerdo comercial desequilibrado en favor de EEUU con tal de "garantizar la estabilidad y la predictabilidad" de una relación comercial que mueve 1,6 billones de euros cada año. Los europeos pagaban aranceles del 15% o más por los bienes exportados a EEUU, que a su vez se recibían sin gravámenes en el suelo comunitario para apaciguar a Trump. Ahora se ha visto que ni siquiera plegarse a las exigencias de Trump les ha permitido que esa situación de estabilidad perdure y vuelven a darse de bruces con el que parece que es el mismo problema: el único lenguaje político que conoce Trump es el de la fuerza y la Unión Europea se prepara para ejercerla. Los embajadores de los Veintisiete miembros de la Unión Europea se reunieron hoy para "valorar los últimos acontecimientos, intercambiar información y coordinar los pasos siguientes". La reunión se alargó durante más de cuatro horas y, tras ella, el presidente del Consejo Europeo, Antonio Costa, ha decidido convocar una cumbre extraordinaria de los presidentes y primeros ministros de la Unión Europea para dar respuesta a Trump.

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(Expansión, 19-01-2026) | Mercantil, civil y administrativo

El Supremo da poder a los colegiados para fiscalizar la gestión de sus juntas directivas

El Tribunal Supremo ha ampliado los derechos de los miembros de los colegios profesionales al reconocer que cualquier colegiado puede recurrir judicialmente la gestión económica de estas entidades. La resolución establece que todos los integrantes de un colegio tienen legitimación plena para impugnar las decisiones económicas adoptadas por sus órganos de gobierno, con independencia de que dichas decisiones conlleven o no un pago directo adicional para el colegiado. El origen del pronunciamiento se encuentra en un recurso de casación presentado por los registradores Ignacio del Río García de Sola y José Campos Calvo-Sotelo frente al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España. Ambos cuestionaron acuerdos adoptados por la Asamblea de Decanos mediante los cuales el colegio asumía pérdidas y financiaba, a través de préstamos participativos y la adquisición de participaciones, a la sociedad inmobiliaria IICRE SL, en la que la corporación era socio mayoritario. Con anterioridad, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid había rechazado la demanda al considerar que los recurrentes carecían de legitimación para actuar. El argumento fue que, al no haberse incrementado las cuotas colegiales -e incluso haberse reducido en determinados periodos-, no existía un perjuicio económico individual que justificara la impugnación. El Tribunal Supremo, sin embargo, discrepa de ese planteamiento. En la sentencia, cuyo ponente es el magistrado José Luis Gil Ibáñez, se señala que el interés del colegiado no puede limitarse al importe de la cuota mensual, sino que abarca la correcta gestión del patrimonio colectivo del colegio. El alto tribunal afirma que las decisiones con impacto económico relevante, como el rescate de una sociedad con pérdidas, inciden directamente en la situación jurídica de los colegiados. Si el patrimonio de la corporación se ve afectado, también lo hace su capacidad para cumplir con sus funciones y prestar servicios, lo que repercute en el conjunto de sus miembros. La resolución también introduce un criterio relevante respecto a los colegiados jubilados. Frente a la alegación del colegio de que uno de los demandantes no tenía legitimación por estar retirado, el Supremo rechaza esa interpretación y aclara que la condición de miembro, incluso tras la jubilación, preserva el derecho a controlar y fiscalizar la actuación económica de la institución para garantizar su adecuación a la legalidad. El tribunal advierte además de que negar este tipo de control judicial genera espacios de inmunidad incompatibles con un Estado de Derecho. Al inadmitir la demanda sin analizar el fondo, se vulneró, según el Supremo, el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, recordando que los tribunales no pueden ampararse en formalismos para eludir el control de la actuación administrativa. La sentencia profundiza en la dimensión constitucional de los colegios profesionales, recogida en el artículo 36 de la Constitución Española. El Supremo razona que la obligatoriedad de la colegiación para ejercer determinadas profesiones exige como contrapartida un funcionamiento democrático efectivo. Apoyándose en la doctrina del Tribunal Constitucional, subraya que esta exigencia democrática actúa como compensación al deber de colegiarse y como garantía de control por parte de los propios colegiados. En consecuencia, el Tribunal Supremo ha ordenado retrotraer las actuaciones al momento anterior a la sentencia del tribunal madrileño, que deberá dictar ahora una nueva resolución entrando a valorar el fondo del asunto. Esto implica analizar si la financiación de la sociedad IICRE por parte del Colegio de Registradores se ajustó o no a derecho, sin poder rechazar la demanda por falta de legitimación. Este pronunciamiento se consolida así como un instrumento relevante para que profesionales de distintos ámbitos puedan exigir mayor transparencia y responsabilidad en la administración de los recursos económicos de sus colegios profesionales.

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