(Expansión, 12-11-2025) | Fiscal

Verifactu: ¿qué empresas y autónomos no tendrán que cumplir las obligaciones en 2026?

La mayoría de las empresas y profesionales deberán adaptarse durante el próximo año a las nuevas exigencias establecidas por la Ley Antifraude. Algunos podrán quedar fuera de su aplicación, aunque asumirán un mayor riesgo de ser objeto de inspecciones por parte de Hacienda. La cuenta atrás para la entrada en vigor de estas obligaciones ya ha comenzado: a partir del 1 de enero de 2026, las compañías obligadas a presentar el Impuesto sobre Sociedades deberán cumplir con los nuevos requisitos de facturación, mientras que los autónomos tendrán que hacerlo desde el 1 de julio del mismo año. Aunque la mayoría de estos colectivos deberán ajustarse a las nuevas normas -como el registro cerrado de facturas, la incorporación de un código QR en los recibos o la prohibición de programas que permitan una doble contabilidad-, existen ciertos grupos que quedarán exentos. En concreto, hay cuatro colectivos que podrían quedar fuera del cumplimiento de estas obligaciones: Las empresas acogidas al Suministro Inmediato de Información (SII), ya que transmiten sus datos directamente a la Agencia Tributaria. Los que tributan bajo el régimen especial de actividades agrícolas y ganaderas. Aquellos sin obligación de emitir facturas ni justificantes de venta. Y quienes empleen el sistema TicketBAI en el País Vasco y Navarra, equivalente al sistema Verifactu en el resto del territorio foral. El resto de empresarios y profesionales que utilicen un Sistema Informático de Facturación (SIF) deberán ajustarse a las nuevas normas, incluso si trabajan con herramientas simples como hojas de cálculo en Excel o documentos en Word. Así lo confirmó la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) del Ministerio de Hacienda durante las jornadas del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF). El reglamento define de manera amplia lo que se considera un programa de facturación, lo que implica que el uso de estas herramientas también puede obligar a cumplir con la ley, salvo en determinados casos. La propia Agencia Tributaria aclara que el reglamento no afectará a quienes usen procesadores de texto o hojas de cálculo únicamente para registrar, emitir, imprimir o conservar facturas. Sin embargo, sí se considerará un sistema informático de facturación si el programa se utiliza para procesar la información y generar directamente los libros registro de IVA o IRPF, la contabilidad u otros documentos relacionados con obligaciones tributarias. Por ejemplo, si un usuario emplea Excel solo para listar facturas y realizar sumas básicas, no estará afectado. Pero si lo programa para crear una base de datos que genere el libro registro de facturas expedidas, entonces sí deberá cumplir con los nuevos requisitos. Este punto resulta clave, ya que, aunque el uso de Verifactu no sea obligatorio para todos, la ONIF advierte que no utilizar este sistema de envío en tiempo real de facturas a Hacienda podría incrementar el riesgo de inspecciones por parte del Fisco.

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(Expansión, 12-11-2025) | Fiscal

Europa redefine las reglas fiscales de las importaciones

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha determinado que, para calcular los aranceles de los productos almacenados, debe tomarse como referencia el valor correspondiente a la primera venta que introduce las mercancías en el territorio comunitario. Esta resolución aporta seguridad jurídica a las empresas importadoras, aunque también insiste en la necesidad de cumplir estrictamente con los requisitos de validez de los certificados de origen. La sentencia, de gran relevancia para el comercio internacional, resuelve un litigio entre la empresa española Compañía de Distribución Integral Logista y la Administración General del Estado, estableciendo un criterio que afectará a numerosos operadores logísticos y comerciales en la Unión Europea. El caso se refería a la importación de cigarros puros procedentes de países como Cuba. Los productos eran vendidos por el fabricante a una primera empresa, Altadis, y transportados a un depósito aduanero en La Rioja, gestionado por Logista. Antes de que los cigarros fueran distribuidos a los estancos, Altadis realizó una segunda venta a Logista, lo que generó el conflicto sobre qué valor debía utilizarse para calcular los derechos de aduana. Logista consideraba que debía aplicarse el precio de la primera venta, la que motivó la importación. En cambio, la Agencia Tributaria española defendía que el valor correcto era el de la segunda transacción, de mayor importe y, por tanto, con un efecto recaudatorio superior. Ante esta controversia, el Tribunal Supremo español elevó la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que dio la razón al importador. El TJUE concluyó que, cuando las mercancías se introducen en un depósito aduanero antes de ser despachadas, el valor en aduana debe fijarse en el momento de su entrada en dicho depósito. En consecuencia, el precio relevante es el de la primera venta que origina la importación al territorio aduanero comunitario. Esta interpretación, basada en el Código Aduanero Comunitario, otorga a las empresas una base sólida para planificar sus operaciones y calcular con precisión los costes arancelarios, ya que las ventas internas dentro del depósito no alteran la base imponible. No obstante, la sentencia también aborda la cuestión de los certificados de origen, necesarios para acceder a reducciones arancelarias en virtud de acuerdos comerciales. En el caso analizado, algunos certificados habían caducado durante el tiempo que los cigarros permanecieron almacenados. Logista argumentaba que debían seguir siendo válidos porque ya se habían aceptado para despachos anteriores de la misma mercancía, pero el Tribunal desestimó esta postura. El TJUE determinó que las autoridades aduaneras no están obligadas a admitir certificados de origen vencidos, aunque hayan sido válidos para operaciones previas del mismo lote. Una vez expirado el documento, pierde toda eficacia para nuevas declaraciones de importación. Esta conclusión pone de relieve la importancia de una gestión administrativa precisa. Las empresas deben planificar cuidadosamente la salida de sus productos del depósito aduanero y asegurarse de que los certificados necesarios para aplicar beneficios arancelarios se encuentren vigentes en el momento de despacho. En términos prácticos, el fallo refuerza el papel del depósito aduanero como herramienta logística eficiente y previsible, pero al mismo tiempo exige una coordinación estricta entre los departamentos de logística y fiscalidad. Un error en la gestión de la documentación puede suponer la pérdida de ventajas económicas significativas, por lo que la planificación de las operaciones debe incluir un control riguroso de la vigencia de los certificados y de los plazos de despacho.

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(El País, 12-11-2025) | Fiscal

Los inspectores de Hacienda local alertan de un agujero de 2.000 millones en la gestión de basuras pese al nuevo impuesto

La Asociación Nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local ha alertado este martes de que la obligatoriedad de aplicar la nueva tasa de residuos en España ha generado un agujero financiero que superaría los 2.000 millones de euros en los presupuestos municipales de 2025. Las cifras recopiladas por distintas entidades privadas, difundidas por la asociación antes de su congreso anual, señalan que el coste total de la gestión de basuras asciende a 5.325 millones, mientras que los ingresos previstos por el nuevo tributo apenas llegan a 3.488 millones. Esta diferencia supone una cobertura del 65,5%, muy por debajo de la exigencia legal de que la tasa cubra la totalidad del servicio. La obligación de la ley estatal 7/2022 ha alterado un sistema que durante años combinaba tasas e impuestos para financiar el servicio y que ahora impone que los ciudadanos asuman la totalidad del gasto. Según explica Juan Ignacio Gomar, integrante del comité de expertos de la asociación, si se cumpliera estrictamente la norma, muchos ayuntamientos tendrían que aumentar aún más las tasas para cubrir ese déficit de unos 2.000 millones. Gomar, autor del Libro Blanco que la asociación difundirá esta semana, sostiene que la norma estatal introdujo "de manera discreta" la exigencia de imponer la tasa y que ello ha generado "incertidumbre y grandes desigualdades entre contribuyentes". Destaca que lo que se paga por este concepto varía enormemente entre municipios y advierte de que algunas tasas podrían ser anuladas en los tribunales, lo que crearía importantes desajustes presupuestarios. Si los ayuntamientos recaudan durante varios años una tasa que después se declare inválida, las consecuencias económicas podrían ser muy graves: "En pocos años podríamos ver consistorios obligados a devolver cantidades millonarias". El impacto es especialmente elevado en municipios que nunca habían tenido una tasa de basuras, donde la aparición repentina del cobro ha provocado tensiones. En localidades que sí la tenían, en algunos casos se han producido subidas bruscas que pueden superar los 200 euros por vivienda. Gomar califica el aumento de la carga fiscal como "muy significativo", sobre todo porque los ciudadanos no perciben mejoras en el servicio. "Si antes los ayuntamientos podían financiar la recogida y tratamiento de residuos, ahora esta tasa irrita a los vecinos porque no entienden el motivo del cambio", resume. El experto recuerda que la directiva europea obliga a trasladar a los usuarios los costes del tratamiento de residuos, pero no exige una tasa concreta ni impone que no genere déficit. Cada país puede establecer su propio mecanismo, y según él, solo España ha optado por la vía más estricta. La incertidumbre jurídica se extiende a cada ayuntamiento, especialmente por la aplicación del principio de pago por generación, que implica que pague más quien más residuos produzca. Este criterio induce numerosos conflictos: "¿Cómo se determina cuánto genera cada vivienda o cada vecino?", cuestiona Gomar. En grandes ciudades, donde el volumen y diversidad de residuos es mucho mayor, el cálculo individual resulta especialmente complicado. Las ordenanzas locales están adoptando soluciones muy dispares, lo que abre la puerta a una avalancha de reclamaciones judiciales. Las resoluciones de los tribunales superiores autonómicos pueden ser contradictorias entre sí y el Tribunal Supremo aún no ha fijado una doctrina clara, lo que hace prever un escenario similar al de la plusvalía municipal tras la sentencia del Constitucional de 2021. Arturo Delgado, presidente de la asociación, sostiene que esta situación es consecuencia de "muchos años de abandono en la normativa de Hacienda local". Critica que la tasa se aprobara con una regulación mínima que ha generado múltiples problemas y que la obligación de que no presente déficit ha provocado un impacto súbito en las cuentas de los ayuntamientos. Delgado recuerda que España actuó siguiendo la recomendación de la Comisión Europea de avanzar hacia instrumentos que facilitaran los objetivos ambientales, pero considera que la imposición obligatoria de una tasa para todos los municipios se introdujo de manera precipitada, "en apenas un párrafo", sin un desarrollo normativo suficiente y dejando los aspectos técnicos en manos de cada consistorio. Según los inspectores, esto ha supuesto trasladar una carga económica significativa tanto a las administraciones locales como a los ciudadanos, generando miles de horas de trabajo técnico y previsiblemente un fuerte aumento de los litigios. La asociación también señala otro problema que afecta a la capacidad de los ayuntamientos para aplicar correctamente esta tasa: la externalización de funciones inspectoras. Esta práctica, frecuente en muchos municipios, está empezando a ser anulada por los tribunales, algo que la asociación celebra. Delgado considera que la inspección local se ve "amenazada" cuando se sustituyen funciones que corresponden a empleados públicos por empresas privadas. Los inspectores denuncian que la colaboración con entidades privadas se ha usado para ceder tareas esenciales de la potestad tributaria, lo que puede vulnerar derechos de los contribuyentes. Aseguran que estas empresas han llegado a emitir requerimientos, iniciar procedimientos sancionadores e incluso gestionar planes reservados de inspección.

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(El Economista, 12-11-2025) | Fiscal

La financiación singular catalana queda aparcada

La llamada financiación singular catalana -destinada a reconocer las particularidades de Cataluña y a reforzar su autonomía fiscal y de autogobierno- ha quedado, por el momento, en suspenso. Todo apunta a que no llegará a materializarse durante esta legislatura, como demuestran los últimos acontecimientos: la retirada por parte de ERC de su proposición de ley sobre la cesión del IRPF y las recientes declaraciones del Gobierno de Pedro Sánchez. El tiempo se agota, y se confirma así la previsión que fuentes políticas catalanas expresaron a este medio en junio: "No creemos que esta financiación vaya a salir adelante". El hecho más significativo ha sido la decisión del grupo parlamentario de ERC de retirar la proposición de ley que permitiría a la Generalitat recaudar, gestionar e inspeccionar el IRPF. El pasado 31 de octubre, la iniciativa fue sustituida por otra centrada en medidas fiscales contra la especulación inmobiliaria. Aunque no se han ofrecido explicaciones públicas, la causa es evidente: transferir a una comunidad autónoma la gestión del principal impuesto del sistema fiscal español -que representa cerca del 45% de la recaudación total- requeriría modificar la Ley Orgánica de Financiación Autonómica (LOFCA), algo que solo puede hacerse con mayoría absoluta, actualmente inalcanzable para cualquier grupo político. Además, el Gobierno central no parecía dispuesto a respaldar la propuesta, pese a que su aprobación era una de las condiciones de ERC para apoyar los Presupuestos Generales de 2026. Aunque el Ejecutivo insiste en presentar las cuentas, ya asume que difícilmente serán aprobadas, por lo que la iniciativa de Esquerra ha dejado de ser una prioridad. En paralelo, el Gobierno ha anunciado su intención de iniciar los trabajos para un nuevo modelo general de financiación autonómica. "Han cambiado el enfoque: de la financiación singular a una negociación multilateral, en parte para reforzar la posición de María Jesús Montero en Andalucía", explica el inspector de Hacienda Francisco de la Torre a elEconomista.es. "Es una maniobra importante -añade-. El Estado ha prometido aumentar en 23.000 millones de euros los recursos para todas las comunidades, incluida Cataluña, mediante más impuestos cedidos y fondos adicionales. Pero eso disparará el déficit". Por ahora, el anuncio del nuevo sistema de financiación autonómica no ha pasado del papel. Fuentes de la Junta de Andalucía confirman que el Gobierno "no se ha puesto en contacto con nosotros para tratar este tema", lo que indica que tampoco lo ha hecho con las demás regiones. Según los expertos, esta iniciativa generalizada podría servir para "diluir" la propuesta específica para Cataluña, mientras permite a la ministra de Hacienda encarar su posible candidatura en Andalucía con una imagen de equilibrio territorial, defendiendo un modelo que beneficie a todas las autonomías por igual. Incluso el portavoz de ERC en el Congreso, Isaac Albert, declaró recientemente que Montero "actúa más como candidata del PSOE en Andalucía que como ministra de Hacienda". Aunque en el acuerdo firmado entre el Gobierno y la Generalitat en julio se incluía la futura financiación singular dentro de la reforma del sistema de financiación autonómica, con la posibilidad de que otras comunidades se sumaran, esa condición ha ralentizado el proceso y complica los plazos. A ello se suma la actual debilidad parlamentaria del Ejecutivo tras la ruptura con Junts. En Cataluña, la situación tampoco avanza. La comisión de expertos creada por la Generalitat en el verano de 2024 para elaborar propuestas sobre el nuevo modelo debía presentar sus conclusiones el pasado 30 de junio. Más de cuatro meses después, el Govern de Salvador Illa aún no ha recibido dicho informe, lo que retrasa aún más cualquier posibilidad de acuerdo sobre la financiación singular.

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(El Economista, 12-11-2025) | Fiscal

El Congreso rechaza crear un impuesto a partir de la tercera vivienda

El Congreso de los Diputados ha rechazado este martes la proposición de ley presentada por Esquerra Republicana (ERC) para crear un impuesto progresivo sobre la acumulación de viviendas a partir de la tercera propiedad, cuyo tipo aumentaría en función del número de inmuebles. La iniciativa planteaba gravar los bienes inmobiliarios de uso residencial desde la tercera vivienda, con tipos que irían del 4% al 8% y al 12% entre la tercera y la quinta, añadiendo un 5% adicional por cada vivienda a partir de la sexta. El Partido Popular, Vox, PNV y Junts votaron en contra de la toma en consideración de la propuesta, mientras que el PSOE destacó los avances del Gobierno en materia de vivienda y subrayó que algunas de las ideas de ERC coinciden con las políticas impulsadas por el Ejecutivo. Durante su intervención en la Cámara, el portavoz de ERC, Gabriel Rufián, defendió que el acceso a la vivienda es actualmente el principal problema en España. Señaló que hoy en día se necesitarían hasta 59 años de salario para adquirir un piso de 60 metros cuadrados y denunció que el 45% de los inquilinos vive en situación de pobreza, mientras el mercado inmobiliario se ha convertido en un "refugio de inversión" para grandes fortunas internacionales. En este contexto, Rufián abogó por intervenir los precios y aplicar impuestos a los especuladores, a los que calificó como la "criptonita" de los inversores en vivienda. "Quien quiera enriquecerse con casas, que pague", afirmó. En el debate, los grupos de la oposición conservadora mostraron su rechazo a la propuesta. El diputado popular Raúl Cuevas Larrosa criticó que se trata de una medida "ideológica" que supondría una "subida masiva de impuestos" y un "castigo al ahorro y la inversión". Por su parte, el portavoz adjunto de Vox, Carlos Hernández Quero, calificó la iniciativa como un "despropósito" que no soluciona las verdaderas causas que dificultan el acceso a la vivienda. Desde Junts, la diputada Marta Madrenas argumentó que el impuesto "sobrecargaría" a los propietarios, lo que podría desincentivar la oferta de viviendas. En la misma línea, la portavoz económica del PNV, Idoia Sagastizabal, expresó sus dudas sobre gravar de forma generalizada a partir de la tercera vivienda, advirtiendo que podría tener "efectos negativos" y provocar que más viviendas salgan del mercado. En cambio, los grupos situados a la izquierda del PSOE, como Bildu, BNG, Podemos y Compromís, mostraron su apoyo a la iniciativa. El diputado de Compromís y portavoz de Vivienda de Sumar, Alberto Ibáñez, consideró que la propuesta de ERC va en la dirección adecuada y defendió la necesidad de aumentar la presión fiscal sobre los grandes propietarios. "Con la situación actual del mercado, lo que toca es subir los impuestos a los rentistas", concluyó.

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(El Periódico, 12-11-2025) | Fiscal

El Congreso insta al Gobierno a derogar la suspensión de los desahucios y tumba un impuesto a la reventa de casas

La Comisión de Vivienda y Agenda Urbana del Congreso aprobó este martes, con el respaldo de PP, Vox y Junts, una iniciativa que insta al Gobierno a "combatir con firmeza la ocupación ilegal y derogar cualquier normativa que la favorezca". En particular, estos partidos reclaman eliminar la actual suspensión de desahucios y lanzamientos, una medida que expira a finales de año y cuya prórroga indefinida exige Podemos. Esta votación supone un nuevo revés para el Ejecutivo en el ámbito legislativo, ya que ninguna de sus propuestas sobre vivienda prosperó -salvo una del Grupo Republicano para fomentar las cooperativas en cesión de uso-, incluida la idea de establecer un impuesto sobre la compra y posterior reventa de viviendas. La moción contra la ocupación fue defendida por el diputado del PP Daniel Pérez Osma, quien recordó que, según cifras del Ministerio del Interior, en 2024 se contabilizaron 16.426 casos de ocupación, un aumento del 7,4% respecto al año anterior, y que Cataluña concentra el 42% del total. "Hoy en España alguien puede perder en una noche lo que le ha costado toda una vida ganar, y luego tardar años en recuperarlo. Y aún hay quien dice que es un problema exagerado. Díganselo al jubilado que sigue pagando luz y comunidad de una casa que ya no puede usar. Proponemos anular la suspensión vigente de desahucios y lanzamientos, garantizando a la vez la protección de quienes están en situación vulnerable sin cargar esa responsabilidad sobre los propietarios. También queremos proteger la convivencia, ya que la ocupación ilegal deteriora los espacios comunes, degrada los barrios y genera inseguridad", expresó el diputado popular. En paralelo, la Comisión rechazó por amplia mayoría -solo seis votos a favor y 30 en contra- la propuesta de Sumar de aplicar un impuesto del 25% a la reventa de viviendas adquiridas en los dos años previos. El diputado de Sumar Alberto Ibáñez denunció que el house flipping -comprar, reformar y vender pisos rápidamente- ofrece beneficios que oscilan entre el 10% y el 35%. "La especulación inmobiliaria permite que alguien gane durmiendo más que otra persona que no puede dormir porque, trabajando ocho horas, no consigue pagar el alquiler. Esa situación merece una respuesta fiscal que proteja el derecho constitucional a una vivienda", afirmó. El Grupo Socialista presentó dos propuestas ante la Comisión. La primera, titulada El problema de la vivienda, un compromiso de todos, pedía al Gobierno reforzar la cooperación con todas las administraciones para impulsar el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, blindar permanentemente las viviendas financiadas con fondos públicos, mejorar los sistemas de datos y aumentar la inversión en políticas públicas de vivienda. Sin embargo, PP, Vox y Junts votaron en contra. La segunda iniciativa, previsiblemente rechazada por los mismos partidos, se centraba en la regulación de los pisos turísticos en los territorios insulares. La única propuesta que obtuvo un respaldo casi unánime -con la excepción de Vox- fue una PNL destinada a promover las cooperativas de vivienda en régimen de cesión de uso. En este modelo, la cooperativa es propietaria del edificio y otorga a sus miembros el derecho de uso de las viviendas a cambio de una aportación y del pago de los gastos. El texto plantea reformar la legislación cooperativa y su fiscalidad, además de impulsar bonificaciones municipales, mecanismos de gestión de suelo y avales públicos, entre otras medidas. La iniciativa fue presentada por el Grupo Republicano y lleva la firma de Etna Estrems y Gabriel Rufián.

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(El País, 12-11-2025) | Laboral

La justicia europea avala la directiva de salarios mínimos en la UE pero rebaja su alcance

La directiva europea sobre salarios mínimos continuará adelante. Así lo ha decidido este martes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia que avala la mayor parte de esta norma, cuya validez había sido cuestionada por Dinamarca y Suecia al considerar que interfería en sus sistemas laborales. Aun así, el tribunal ha limitado su alcance al suprimir la parte que obligaba a los Estados con salario mínimo legal a aplicar ciertos criterios en su fijación y actualización. También elimina la disposición que impedía reducir el salario mínimo cuando este estuviera sujeto a mecanismos automáticos de indexación. Estas orientaciones sobre lo que debía considerarse un salario mínimo adecuado, ahora anuladas, habían sido defendidas por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y su equipo en las negociaciones con sindicatos y empresarios para incorporar la directiva al derecho español. Los criterios anulados, recogidos en el artículo 5, exigían valorar el poder adquisitivo del salario mínimo teniendo en cuenta el coste de la vida, los salarios brutos generales, su evolución y la productividad laboral a largo plazo. Estas pautas llevaron al Ministerio de Trabajo a plantear ajustes sobre los requisitos ya previstos en el Estatuto de los Trabajadores -IPC, productividad media, aumento de la renta nacional y situación económica del país-, con la intención de añadir la evolución del poder adquisitivo y la productividad a largo plazo. Además, Trabajo proponía dos criterios adicionales: que el salario mínimo garantizara un nivel de vida adecuado, favoreciera la cohesión social y ayudara a combatir la pobreza laboral; y que se tuvieran en cuenta factores distributivos que afectaran especialmente a los salarios más bajos y al impacto según el sexo, según los borradores negociados. Pese a la anulación parcial, fuentes del Ministerio destacan que el TJUE ha preservado el "núcleo" de la directiva, especialmente la referencia al uso de indicadores para fijar el salario mínimo, como el 60% de la mediana salarial bruta o el 50% del salario medio. Este apartado, ubicado también en el artículo 5, no ha sido invalidado. De hecho, el Ministerio subraya que, aunque Dinamarca y Suecia buscaban anular por completo la norma, los elementos suprimidos no afectan al propósito central. Asegura además que se mantienen aspectos esenciales como la importancia de la negociación colectiva, la definición de un salario mínimo que garantice un nivel de vida digno, su papel en la reducción de la pobreza y la convergencia social, así como la disminución de desigualdades. El ministerio afirma que la directiva ya ha impulsado incrementos del salario mínimo en varios países europeos. En la misma línea, la Confederación Europea de Sindicatos ha celebrado que el TJUE haya preservado la parte fundamental de la directiva, especialmente los umbrales del 50% del salario medio y del 60% de la mediana salarial brutos. Tras la sentencia, ha pedido a la Comisión Europea que emita de inmediato una recomendación para facilitar su aplicación por los Estados miembros. La directiva sobre Salarios Mínimos Adecuados se aprobó a finales de 2022 y poco después Dinamarca presentó un recurso, al que se sumó Suecia. Ambos países defendían que la UE no debía regular aspectos que afectaran a la fijación de remuneraciones, ya que el artículo 153 del Tratado de Funcionamiento de la Unión excluye explícitamente esa competencia. A sabiendas de estas limitaciones, la Comisión Europea, el Parlamento y el Consejo elaboraron un texto más cercano a una recomendación, que proponía orientar los salarios mínimos hacia el 50% del salario medio y el 60% de la mediana salarial de cada país. Sin embargo, Dinamarca y Suecia llevaron igualmente el asunto al TJUE, encontrando respaldo en el abogado general, que en enero recomendó anular completamente la directiva por considerar que suponía una intromisión directa en la fijación de salarios, un ámbito no atribuido a la UE. En esta ocasión, el tribunal no ha seguido la opinión del abogado general. El TJUE rechaza que la directiva vulnere la exclusión de competencias en materia de remuneraciones, argumentando que dicha limitación no afecta a todas las cuestiones relacionadas con los salarios, sino únicamente a aquellas que supongan una intervención directa en su determinación. Considera que la directiva no entra en ese nivel de intervención, ya que busca complementar la acción de los Estados en materia de condiciones laborales. Aun así, el tribunal sí aprecia una injerencia directa en dos puntos: la armonización de los criterios para fijar el salario mínimo y la prohibición de reducirlo en sistemas con indexación automática. Por ello, anula únicamente esas partes. Dinamarca y Suecia justificaron su recurso recordando que en sus países las relaciones laborales dependen casi por completo de la negociación entre sindicatos y empresas, con muy poca intervención estatal. A pesar de ello, cuentan con altos salarios y buenas condiciones laborales debido a la fuerte afiliación sindical. Precisamente por este modelo, carecen de un salario mínimo legal, temiendo que su introducción pudiera ejercer presión a la baja en los sueldos.

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(El Economista, 12-11-2025) | Laboral

La Seguridad Social registró en octubre una media de 200.734,26 altas y bajas de afiliación diaria

Una cifra muy parecida a la registrada en los mismos meses de 2019 y 2021 refleja que, aunque los empleos estables han aumentado de forma notable, este avance se ha visto compensado por una mayor rotación tanto en los contratos temporales como en los indefinidos, especialmente entre los fijos discontinuos. A punto de cumplirse cuatro años desde la entrada en vigor de la reforma laboral, y a la espera del informe del grupo de expertos nombrado por el Ministerio de Trabajo, los sindicatos y la patronal para evaluar sus efectos, los datos confirman que la medida no ha logrado corregir una de las principales debilidades del mercado laboral español: la elevada rotación en el empleo. En octubre se registraron 2,34 millones de altas y 2,92 millones de bajas en el Régimen General de la Seguridad Social. Con 23 días laborables, esto equivale a una media diaria de 101.078 altas y 99.656 bajas, según los datos de la Tesorería General de la Seguridad Social. En conjunto, suman una rotación diaria del 1,15% del total de afiliados. Aunque el porcentaje pueda parecer pequeño, hay que tener en cuenta que se trata de movimientos diarios. Comparando estas cifras con las de años previos a la reforma, la volatilidad del empleo en septiembre se mantiene prácticamente igual que en 2019 y 2021, aunque algo más moderada que en 2017 y 2018, cuando se registraban unas 220.000 altas y bajas diarias. Aquellos fueron años de fuerte creación de empleo tras la crisis financiera, lo que explica una rotación más elevada, impulsada por el gran peso de los contratos temporales. Sin embargo, las comparaciones varían mucho según el mes analizado. Por ejemplo, en septiembre de 2025 se alcanzaron 252.000 altas y bajas, la segunda cifra más alta desde 2009, solo superada por la de septiembre de 2019. Este comportamiento es coherente con un mercado laboral que sigue creciendo, pero sigue dominado por la estacionalidad y la temporalidad. Lo que sí ha cambiado desde la pandemia es el tipo de empleo afectado por esta rotación. Antes de la reforma, la mayor parte de los movimientos correspondían a contratos temporales; ahora, los indefinidos representan una proporción mucho mayor. En 2019, los indefinidos apenas suponían el 13% de las rotaciones. En octubre de este año alcanzaron el 49% (99.463 movimientos), superando por primera vez a los temporales, que representaron el 47% (96.181). Dentro de los indefinidos, las altas y bajas de los contratos ordinarios pasaron del 8% al 20%, y las de los fijos discontinuos del 5% al 29%. Estos datos indican que los nuevos contratos indefinidos creados tras la reforma son más inestables. En el caso de los fijos discontinuos, esto se debe a la naturaleza de su empleo, ligado a la estacionalidad, que obliga a los trabajadores a pasar periodos sin actividad, sin salario ni cotización, hasta ser llamados de nuevo por la empresa. De hecho, la segunda causa más frecuente de baja en la afiliación, tras la finalización de un contrato temporal, y la principal entre los indefinidos, es precisamente el paso a la inactividad. En cuanto a los indefinidos ordinarios, la causa de su mayor rotación es más difícil de determinar, ya que la Seguridad Social no especifica los motivos de baja según el tipo de contrato fijo. La razón más común suele ser la dimisión voluntaria, aunque parte de estos casos podrían corresponder a fijos discontinuos que no se reincorporan al ser llamados. En segundo lugar están los despidos, que incluyen los ceses por no superar el periodo de prueba, y que han aumentado un 138% respecto a los niveles anteriores a la reforma. Para analizar la evolución real de la volatilidad no basta con observar los valores absolutos, sino que conviene recurrir a la tasa de volatilidad diaria, que en octubre fue del 1,15%. Esta cifra refleja una ligera mejora respecto a los años previos a la reforma, con una reducción de dos décimas, y casi cinco respecto a 2017 y 2018, lo que ofrece una lectura algo más favorable del impacto de la norma. No obstante, esta aparente mejora puede explicarse por un efecto de composición: el aumento de los contratos indefinidos reduce la tasa general de movimientos. Al analizar los datos por tipo de contrato, se observan diferencias claras. La tasa de volatilidad diaria de los indefinidos ordinarios ha pasado del 0,18% en 2019 al 0,32% en septiembre de 2025, un incremento pequeño pero relevante, especialmente concentrado en los trabajadores con menos antigüedad. Aunque la mayoría de estos empleados goza de mayor estabilidad que el promedio, su nivel de rotación ya es similar al de los trabajadores incluidos en la categoría "otros" (que engloba a funcionarios, interinos y personal eventual de las administraciones), con una tasa del 0,31%. Por su parte, la tasa de los contratos temporales ha subido del 3,9% al 4,5%, mientras que la de los fijos discontinuos ha pasado del 2% al 5%. Esto demuestra que los empleos vinculados a actividades estacionales o eventuales presentan ahora una mayor rotación incluso después de la reforma laboral.

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(El Confidencial, 12-11-2025) | Laboral

Los mutualistas llevan su protesta a Ferraz y Génova tras el golpe de Junts al futuro de las pensiones

Los profesionales afectados por la llamada bomba de las pensiones preparan nuevas protestas entre las sedes del PP y del PSOE para reclamar la creación de una pasarela hacia el RETA y critican que ni la ministra Elma Saiz ni el líder popular, Alberto Núñez Feijóo, hayan accedido a reunirse con ellos. Este miércoles, frente al Congreso de los Diputados, los mutualistas volverán a manifestarse por trigésima ocasión. Desde hace meses realizan cada miércoles un piquete informativo para denunciar las pensiones que reciben -muchas inferiores a 400 euros- tras décadas cotizando en mutualidades alternativas. La protesta número 30 llega en un momento especialmente delicado. La ruptura de Junts con el Gobierno pone en riesgo la tramitación de la ley que permitiría a abogados, arquitectos, ingenieros y otros profesionales incorporarse de manera voluntaria al sistema público de pensiones. "La norma está paralizada, pendiente de fijar la fecha de la ponencia. Es el momento de que los principales grupos parlamentarios generen un acuerdo que recoja nuestras demandas. Queremos una pasarela 1x1 para todos. No aceptaremos una solución mínima", señalan desde el Movimiento J2, que representa a gran parte de los afectados. Tras concluir el periodo de enmiendas, corresponde a la Comisión competente designar una Ponencia para elaborar un informe en un plazo de quince días. Cuando la Comisión apruebe ese informe, el texto pasará al Pleno, cuya inclusión en el orden del día depende de la Junta de Portavoces y la Mesa del Congreso. "Desde el Ministerio hubo contactos previos con los mutualistas, pero ahora la tramitación está en manos de los grupos", explican desde Inclusión y Seguridad Social. Paradójicamente, Junts fue una de las formaciones que más apoyó al colectivo. Sus enmiendas defendían el principio de "una cotización, un derecho", incluían a los mutualistas ya jubilados y planteaban una revisión del sistema en 2030. Con su veto general a las iniciativas legislativas, la tramitación ha quedado prácticamente bloqueada. Desde J2 critican que el debate político se haya convertido en una disputa partidista mientras el problema empeora. "Hemos hablado con PP y PSOE, pero no con quienes realmente pueden decidir", lamentan. "La ministra no se ha reunido con nosotros y Feijóo tampoco. Ha habido encuentros con miembros de ambos partidos, pero nadie aclara cuándo será la ponencia ni si tendremos una pasarela que garantice pensiones dignas para abogados, procuradores y otros profesionales". También reprochan al Ministerio de Seguridad Social que haya dejado la cuestión "en manos del grupo parlamentario", pese a que su titular presume de diálogo. "La ministra ha evitado implicarse directamente, y el PP quiere llevar el asunto al Pacto de Toledo, lo que significaría retrasarlo durante años. El problema es urgente: hay profesionales trabajando en juzgados con más de 80 años porque no tienen una pensión suficiente, y muchos no pueden jubilarse porque con 400 euros no se puede vivir", alertan desde el colectivo. La tensión se arrastra desde el cierre del plazo de enmiendas en septiembre. Se registraron 49 propuestas que dividieron el debate en dos bloques: el PSOE, que restringe el acceso a quienes estuvieron en alta entre 2013 y 2022, y el resto del arco parlamentario, que reclama la equivalencia 1x1 y que el traspaso de fondos no tribute. El PP, por su parte, supedita cualquier avance al Pacto de Toledo, lo que en la práctica aplaza la decisión y reduce las opciones de que la pasarela salga adelante esta legislatura. Con el trámite parlamentario encallado, las movilizaciones se han intensificado. "Todos los miércoles hacemos piquetes frente al Congreso y hemos solicitado reuniones directas con la ministra y con Feijóo", explican. "El 15 de noviembre llevaremos las protestas a las sedes del PP y del PSOE. Además, ya se están replicando en ciudades como Jaén, Málaga, Alicante, Santander, A Coruña, Oviedo y Valladolid". Este sábado, J2 organizará un "piquete caminante" entre Génova y Ferraz, un recorrido simbólico entre las sedes de los dos principales partidos. "La situación exige una solución inmediata, y corresponde tanto al Gobierno como al principal partido de la oposición actuar", concluyen.

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(Cinco Días, 12-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Las demanda de letras a 3 y 9 meses sigue fuerte pese a que pagan por debajo del 2%

El Tesoro Público colocó este martes 2.318 millones de euros en una subasta de letras a 3 y 9 meses, una cifra ligeramente inferior al rango medio previsto, que oscilaba entre 2.000 y 3.000 millones. La rentabilidad de los títulos a 9 meses se acercó al 2%, mientras que la de las letras a 3 meses permaneció estable, por debajo de ese nivel. La demanda volvió a ser elevada: los inversores solicitaron cerca de 5.500 millones, más del doble del importe finalmente emitido. En detalle, se asignaron 706 millones en letras a tres meses, frente a los más de 2.000 millones pedidos por el mercado. El interés marginal quedó en el 1,926%, casi idéntico al 1,928% de la subasta anterior. En las letras a 9 meses, el Tesoro adjudicó 1.612 millones, pese a que las peticiones rozaron los 3.500 millones. La rentabilidad marginal subió ligeramente hasta el 1,976%, frente al 1,966% de la emisión previa. El organismo volverá a los mercados este jueves 20 de noviembre con una nueva emisión de bonos y obligaciones, con la que cerrará el calendario de subastas de noviembre. El pasado septiembre, el Tesoro rebajó en 5.000 millones sus necesidades de financiación para 2025, situando la emisión neta prevista en 55.000 millones, por debajo de los 60.000 millones inicialmente anunciados. El coste medio de la deuda en circulación se mantiene en el 2,28%, apenas 64 puntos básicos por encima del mínimo histórico de 2021 (1,64%) y lejos del incremento de 250 puntos básicos aplicado por los bancos centrales en este periodo. Por su parte, el coste medio de emisión acumulado en 2025 hasta agosto es del 2,75%, inferior al 3,16% registrado en el conjunto del año pasado, lo que contribuye a contener el peso de los intereses de la deuda en torno al 2% del PIB. El Tesoro continúa además ampliando y diversificando su base inversora y sigue potenciando el mercado de bonos verdes mediante nuevas aperturas del bono sostenible emitido en 2021, con el objetivo de equiparar su volumen al de otras referencias y financiar proyectos de transición ecológica. En total, están programadas 48 subastas ordinarias de letras, bonos y obligaciones del Estado, además del uso de sindicaciones para determinadas emisiones de deuda a largo plazo.

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