(El Economista, 28-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El Supremo estudia si los abogados pueden publicar el precio de sus servicios

El Tribunal Supremo (TS) ha decidido revisar su doctrina habitual, según la cual los Colegios de Abogados no pueden difundir listados orientativos de precios sobre los servicios jurídicos, usados por los clientes para estimar el coste de un procedimiento. Hasta ahora, el alto tribunal entendía que la difusión de estos honorarios orientativos contribuía en la práctica a fijar tarifas, uniformando el precio de las actuaciones jurídicas en todo o parte del país y, por tanto, limitando y distorsionando la competencia. Sin embargo, la entrada en vigor de la nueva Ley de Derecho a la Defensa en noviembre de 2024 -que autoriza a los Colegios de Abogados a "cuantificar y calcular" honorarios con el fin de informar a los ciudadanos sobre el coste de una eventual condena en costas- ha llevado al Supremo a mostrarse dispuesto a revisar, e incluso modificar si procede, su jurisprudencia previa. Este debate lleva más de quince años abierto y ha supuesto para varios colegios sanciones por un total de 825.218 euros por prácticas contrarias a la competencia. En los últimos años, el Supremo ha avalado las multas impuestas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Entre diciembre de 2022 y septiembre de 2023, el tribunal confirmó varias sanciones: 459.024 euros al Colegio de Abogados de Madrid; 19.443 euros al de Las Palmas; 10.515 euros al de Guadalajara; y 21.236 euros al de Zaragoza, en este último caso por una multa impuesta por el Tribunal de Defensa de la Competencia de Aragón. Ahora, mediante un auto fechado el 12 de noviembre, el Supremo admite a trámite el recurso del Colegio de Abogados de Valencia contra la sentencia de la Audiencia Nacional que este mes de junio ratificó la sanción de 315.000 euros impuesta por la CNMC por la publicación de honorarios. El TS recuerda que su doctrina se sustenta en la Ley de Colegios Profesionales de 1974, que prohíbe a estas entidades establecer "baremos orientativos" o cualquier recomendación sobre honorarios, salvo los necesarios para la tasación de costas y la jura de cuentas. El Colegio de Valencia sostiene que la Audiencia no ha tenido en cuenta la nueva Ley de Derecho a la Defensa y que, a la luz de esta norma, la jurisprudencia debería revisarse. Señala que la ley reconoce a los clientes el derecho a conocer las consecuencias económicas de una condena en costas y faculta a los colegios para elaborar criterios orientativos que permitan calcular los honorarios a efectos exclusivos de la tasación. No obstante, aclara que esto no equivale a permitir la creación de reglas cerradas sobre actuaciones concretas que conduzcan a fijar precios. El Supremo, al admitir el recurso, anuncia que interpretará la nueva ley para determinar si esta puede entrar en conflicto con su doctrina y para precisar qué debe entenderse por "criterios orientativos", con la posibilidad de confirmar, ajustar, ampliar, corregir o rectificar su jurisprudencia actual.

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(El Economista, 28-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Se compra más vivienda para invertir que para vivir

En España, la mayoría de las hipotecas se solicitan para adquirir una vivienda con fines de inversión, por encima de las destinadas a comprar un hogar para uso propio. La diferencia entre ambos motivos es amplia, y aunque en los últimos meses se ha moderado esta tendencia, sigue predominando claramente la intención de invertir. Que casi la mitad de los compradores se endeuden movidos por razones financieras resulta muy significativo en un contexto marcado por las tensiones del mercado inmobiliario, con una oferta insuficiente para atender la demanda. La Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) ha puesto en marcha un barómetro trimestral para analizar la evolución del mercado de la vivienda basándose en aspectos como las motivaciones de compra, el uso que se dará al inmueble, los costes o la capacidad económica de los solicitantes. Entre los primeros datos destacables se observa que cerca del 48% de las hipotecas se piden para comprar una segunda vivienda orientada a la inversión. Esta proporción, prácticamente la mitad de todas las respuestas, indica que "el ciclo de adquirir para alquilar o para conservar el valor y vender más caro continúa ejerciendo una fuerte presión sobre el mercado", según Asufin. Los demás motivos representan porcentajes claramente inferiores: un 18,5% compra una segunda residencia para vivir en ella, un 17,9% se hipoteca para cambiar de vivienda habitual y un 15,9% solicita financiación para adquirir su primer hogar. El análisis refleja los cambios que ha sufrido el mercado inmobiliario a partir de 2022, año en el que la elevada inflación (8,4% de media) llevó al Banco Central Europeo a elevar los tipos de interés hasta el 4,5% en 2023. También muestra variaciones entre febrero y noviembre de este año. Aunque la inversión sigue al frente, ha bajado del 56,20% al 47,70%. También disminuyen las hipotecas para una segunda residencia como vivienda propia (del 19,10% al 18,50%). En contraste, han aumentado las destinadas a cambiar de vivienda habitual (del 10,30% al 17,90%) y las dirigidas a la primera adquisición (del 14,40% al 15,90%). El papel de la vivienda como refugio en tiempos inciertos vuelve a quedar reflejado en el barómetro. La inversión motiva el 65,6% de las compras. En segundo lugar aparecen las mejores condiciones de financiación (22,6%). Mucho más atrás quedan quienes consideran que ahora los precios son favorables (5,40%). Un 6,40% responde por motivos diversos incluidos en la categoría "otros". Entre febrero y noviembre, la motivación económica también varía: el peso de la inversión sube ligeramente respecto al 64,8% inicial, pero crece aún más el porcentaje de quienes se endeudan porque encuentran condiciones de financiación más ventajosas. En cuanto al tipo de hipotecas, también se aprecian cambios. Las hipotecas fijas vuelven a recuperar terreno frente a las mixtas y variables, después del periodo en que el precio del dinero alcanzó niveles cercanos a máximos históricos. Las fijas son hoy las más atractivas, con un tipo medio del 2,87%, frente al euríbor actualmente situado algo por debajo. Las mixtas se sitúan en un 3,22% y las variables son ahora las más costosas, con un tipo del 3,38%. Asufin señala que, pese al freno en la bajada de los tipos, sigue siendo recomendable optar por un interés fijo dado que la diferencia respecto al variable es de apenas 0,51 puntos. Según el Instituto Nacional de Estadística, en septiembre el importe medio de una hipoteca alcanzó los 171.612 euros -un 28% más que un año atrás- a un plazo de 25 años. En un entorno de precios crecientes, encontrar condiciones asumibles es fundamental, ya que la cuota media representa el 35,90% del salario promedio, casi seis puntos más que en 2021. Para los jóvenes, el acceso a la vivienda resulta aún más complicado: con un tipo medio del 3,12% y cuotas superiores a los 800 euros, quienes tienen entre 16 y 24 años deben dedicar el 58,8% de su sueldo a pagar la hipoteca, mientras que los menores de 35 años destinan cerca del 40,5%. "Sin políticas específicas para este grupo, la brecha se agranda y los jóvenes se ven empujados hacia alquileres elevados o a compartir vivienda", advierte Asufin. Solo a partir de los 45 años las cuotas se acercan al límite recomendado del 30% del salario para afrontar vivienda sin asumir riesgos.

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(El Periódico, 28-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

La inflación retrocede por primera vez en seis meses y se modera hasta el 3%

La inflación ofrece un pequeño respiro en noviembre y baja una décima, situándose en el 3%, según el avance publicado este viernes por el Instituto Nacional de Estadística. Es el primer retroceso en seis meses, y todo apunta a que en diciembre podría repetirse la tendencia gracias al llamado efecto base, ya que la comparación con el mismo mes del año pasado resulta más favorable debido al fuerte repunte que se registró entonces. El principal motivo de esta moderación es el abaratamiento de la electricidad, mientras que los precios de los alimentos y de las bebidas no alcohólicas siguen presionando al alza. La inflación subyacente -que deja fuera la energía y los alimentos sin procesar- subió ligeramente hasta el 2,6%, una décima más que en octubre. A pesar de este alivio, los precios en España continúan por encima del promedio de la zona euro, donde el ritmo de subida se sitúa en torno al 2,1%, prácticamente en línea con el objetivo del Banco Central Europeo. Entre los factores que están ayudando al conjunto de la eurozona destacan el descenso del precio del petróleo, un 15% más barato que hace un año y un 5% menos que el mes pasado, y la apreciación del euro frente al dólar, que abarata las importaciones y contribuye a contener los precios. En España, sin embargo, el proceso de desinflación avanza más lentamente que en otros países del euro. Además de la resistencia de los alimentos a bajar, hay productos como el gasóleo -muy utilizado en el parque automovilístico español- que se ha encarecido un 7% desde junio y está a punto de volver a situarse por encima de la gasolina, según los últimos datos del Boletín Petrolero de la Unión Europea. En el mes de noviembre la tasa de variación anual estimada del IPCA disminuye una décima y se sitúa en el 3,1%. La tasa anual estimada de la inflación subyacente del IPCA se sitúa en el 2,7%. Por su parte, la variación mensual estimada del IPCA es del 0,0%.

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(Cinco Días, 27-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El BCE advierte de “valoraciones exageradas” en un mercado cada vez más concentrado

Por avisos no será. Las señales de alerta que el Banco Central Europeo ha lanzado en los últimos días sobre los riesgos que se acumulan en los mercados financieros han tomado forma este jueves con la publicación de su Informe de Estabilidad Financiera. En él, la institución vuelve a subrayar el peligro de "un ajuste abrupto de los precios", motivado por "valoraciones infladas" y por un mercado bursátil excesivamente concentrado en unas pocas grandes tecnológicas. El vicepresidente del BCE, Luis de Guindos, recalca que, pese al vigoroso rebote desde abril, las incertidumbres siguen presentes. El organismo admite que la inestabilidad generada por la ofensiva comercial de Estados Unidos en abril "ha disminuido de manera significativa", pero recuerda que "la incertidumbre sigue ahí y podría repuntar en cualquier momento". Si esto ocurriera, afectaría especialmente a unas bolsas que continúan siendo vulnerables a correcciones repentinas. De acuerdo con el BCE, "la confianza del mercado podría deteriorarse de manera súbita, por ejemplo, ante un empeoramiento de las expectativas económicas o ante noticias negativas sobre el avance de la inteligencia artificial". Y advierte de que ciertos factores podrían amplificar estas tensiones: desajustes de liquidez en fondos abiertos, altos niveles de apalancamiento en hedge funds o la falta de transparencia en mercados privados. El banco central también mantiene la mirada puesta en los mercados de deuda, atentos a la complicada situación presupuestaria de Francia, al entorno fiscal del Reino Unido -que presenta hoy sus cuentas- y a Estados Unidos, donde las políticas de Donald Trump incrementarán la deuda pública y podrían dañar la credibilidad de la Reserva Federal. "La inquietud por las finanzas públicas en algunas economías avanzadas puede generar turbulencias en los mercados globales de bonos", advierte el BCE. Estas tensiones podrían contagiar a la zona euro mediante movimientos bruscos de capitales y variaciones en los tipos de cambio, deteriorando la competitividad y encareciendo la financiación, lo que se traduciría en mayores rendimientos de la deuda y un aumento de las primas de riesgo. El informe reconoce que la eurozona se está beneficiando de una reducción de los riesgos para el crecimiento respecto a meses anteriores, así como de un movimiento de "búsqueda de refugio" motivado por las tensiones arancelarias de abril, que ha llevado a muchos inversores a preferir el euro frente a Estados Unidos. Aun así, la institución apunta dos amenazas para la financiación europea a medio plazo: "la expansión fiscal, en parte ligada al aumento del gasto en defensa, y los desafíos estructurales persistentes, como la digitalización, la baja productividad, el envejecimiento y el cambio climático". A colación de esto, la presidenta del BCE ha advertido recientemente de que limitar el desarrollo de la inteligencia artificial "ralentizaría el progreso en Europa", y ha reclamado reforzar el mercado único para impulsar el crecimiento y reducir la dependencia exterior, insistiendo en que "no actuar es irresponsable". En cuanto al sistema bancario, el BCE subraya que las entidades europeas "han mostrado fortaleza ante las recientes sacudidas, gracias a su buena rentabilidad y a sus elevados colchones de capital y liquidez". Sin embargo, admite que la exposición al riesgo crediticio de empresas especialmente sensibles a los aranceles podría seguir deteriorando la calidad de los préstamos. El BCE insiste en que el capítulo de la guerra comercial no está cerrado y recuerda que el impacto total del nuevo régimen de aranceles aún no se ha dejado sentir. Por último, alerta de que los vínculos crecientes entre bancos y entidades financieras no bancarias podrían revelar vulnerabilidades en condiciones de mercado adversas. "En el contexto macrofinanciero y político actual, marcado por una elevada incertidumbre, es esencial mantener y reforzar la solidez del sistema financiero", concluye.

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(Cinco Días, 27-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Las empresas españolas aumentan un 6% su financiación en los mercados, hasta 16.000 millones de euros

Las compañías españolas han incrementado su actividad de obtención de financiación hasta alcanzar los 16.000 millones de euros en el primer semestre del año, según las estimaciones de la Asociación de Mercados Financieros de Europa (AFME), de la que forman parte entidades como BBVA, Santander, CaixaBank y BME. La cifra marca un máximo histórico y representa un avance del 6% respecto al mismo periodo del año anterior. No obstante, el comportamiento varía considerablemente según el tipo de instrumento empleado. Las emisiones de deuda de alto rendimiento -o high yield, con calificación BB o inferior- se han disparado un 42%, hasta los 4.000 millones de euros. En contraste, la financiación obtenida a través del mercado bursátil se ha desplomado: las salidas a Bolsa se hundieron un 49%, hasta 800 millones, y las ampliaciones de capital descendieron un 31%, hasta 400 millones. La mayor parte del volumen captado procede de las emisiones de deuda con grado de inversión, que crecieron un 3% y sumaron 10.800 millones de euros. En conjunto, solo el 7% de la financiación de las empresas no financieras españolas provino de los mercados de capitales (acciones y bonos), un porcentaje prácticamente igual al registrado en el mismo periodo de 2024. Esta proporción está muy por debajo de la media de la UE (13%), así como de la del Reino Unido (29,8%) y Estados Unidos (29,8%). Diversos informes, como los elaborados por Enrico Letta y Mario Draghi, han instado a los países europeos a promover un mayor uso de los mercados de capitales para reducir la excesiva dependencia del crédito bancario y hacer el acceso a la financiación menos vulnerable a los ciclos económicos. "El informe muestra avances en el acceso al capital para las empresas españolas, que recurren cada vez más al mercado de deuda, pero también evidencia el estancamiento del mercado de renta variable y la necesidad de impulsar la financiación mediante capital", señaló Adam Farkas, director general de AFME. El documento también subraya que los hogares españoles destinan pocos recursos a los mercados financieros: en 2025, el equivalente al 66% del PIB estaba invertido en acciones, bonos, fondos de inversión y productos de seguro o pensiones, un nivel muy inferior al promedio europeo (94%) y al de países como Dinamarca (194%) o Países Bajos (164%). El informe también destaca el giro en la estrategia de financiación de los unicornios europeos -compañías valoradas en más de 1.000 millones de dólares-, que han dejado de mirar a la Bolsa. Más del 70% de los unicornios surgidos en 2016 salieron a cotizar en los cuatro años siguientes (un 55% en mercados europeos y un 15% en Estados Unidos), mientras que únicamente el 18% permaneció en manos privadas. Sin embargo, en 2025, el 90% de los unicornios creados en 2021 seguían sin cotizar. Una tendencia similar se observa en Estados Unidos, pese a su mayor dinamismo bursátil. "Este patrón muestra una creciente dependencia de los mercados privados para la financiación a largo plazo", concluye AFME.

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(Expansión, 27-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Un vecino puede actuar en defensa de la comunidad en caso de obras ilegales

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) es una de las normas esenciales para regular la convivencia en comunidades de vecinos y edificios. Aunque su contenido es claro, siguen produciéndose situaciones en las que es necesario recurrir a los tribunales para resolver disputas entre propietarios. Un ejemplo reciente es el caso analizado por la Audiencia Provincial (AP) de Cantabria, relativo a una demanda presentada por una vecina contra otra por haber realizado obras en elementos comunes del inmueble sin contar con la autorización de la comunidad. El Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Torrelavega fue el primero en pronunciarse, concluyendo que las modificaciones efectuadas -la división de un local en dos viviendas independientes, los cambios en la balaustrada de la escalera de acceso, la conexión de nuevos baños y desagües a las bajantes de pluviales, alterando su funcionalidad, y la ampliación y aumento de huecos de ventana en la fachada sur- se realizaron sin permiso y únicamente para beneficiar a la propietaria que llevó a cabo la reforma. Por ello, el juzgado declaró las obras ilegales, ordenó la restitución de los elementos comunes a su estado original y le impuso las costas del proceso. Disconforme con la sentencia, la mujer demandada recurrió ante la Audiencia Provincial. Como primer argumento, sostuvo que la demandante carecía de legitimación para iniciar el procedimiento y que no había actuado con el respaldo de la comunidad. Además, alegó abuso de derecho y afirmó que la propiedad horizontal ni siquiera estaba formalmente constituida, cuestionando así la aplicación de la LPH. Por último, defendió que las obras eran, en realidad, beneficiosas para todos los vecinos, pese a la evidencia presentada en su contra. La Audiencia Provincial respondió de forma tajante. Sobre la legitimación de la propietaria demandante, recordó que tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal Supremo reconocen que cualquier copropietario puede ejercer acciones en defensa de los intereses comunes, incluso de manera individual. Por tanto, quedaba acreditada su capacidad para actuar. En relación con el presunto abuso de derecho, la Audiencia expuso la doctrina consolidada sobre esta figura, que exige elementos como un uso formal del derecho con finalidad antisocial o daños inmorales. El tribunal consideró que no existía indicio alguno que mostrara que la demanda se presentó con intención de perjudicar o sin un fin válido. Los magistrados también confirmaron la aplicación de la LPH, puesto que la configuración del inmueble cumplía los requisitos del artículo 396 del Código Civil. Así, el ejercicio del derecho por parte de la demandante resultaba plenamente legítimo. Respecto al supuesto beneficio para la comunidad, la AP dejó claro que la división del local exigía un acuerdo previo de los propietarios -según el artículo 10.3.b de la LPH-, autorización que nunca se obtuvo. En consecuencia, tanto la separación como las obras realizadas eran contrarias a la ley. Apoyándose en los informes periciales y municipales, la Audiencia concluyó que las modificaciones no solo no aportaban ninguna mejora, sino que además alteraban la funcionalidad de los desagües y modificaban la fachada sin permiso. En resumen, la sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria reafirma la aplicación rigurosa de la LPH para proteger los elementos comunes y respalda la legitimación de cualquier copropietario para defender los derechos de la comunidad, garantizando así la seguridad jurídica y el buen funcionamiento de las comunidades de vecinos.

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(El Economista, 27-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El Supremo libra a los inquilinos de locales que rompen el contrato antes de tiempo de pagar todas las rentas

El Tribunal Supremo (TS) ha suavizado el impacto económico que supone para un inquilino abandonar antes de tiempo el alquiler de un local comercial, y descarta que deba pagar al propietario todas las rentas pendientes hasta la fecha de finalización del contrato. A diferencia de lo que ocurre con las viviendas, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) vigente no incluye disposiciones específicas sobre el desistimiento anticipado por parte del arrendatario cuando se trata de locales destinados a actividad comercial, como tiendas, talleres, oficinas o almacenes. Por ello, el Supremo establece en una sentencia del 21 de octubre que, si el contrato no prevé una cláusula que determine las consecuencias de esa rescisión anticipada, la compensación al propietario por el lucro cesante debe ajustarse a las circunstancias del caso y a las perspectivas del mercado. En otras palabras, debe valorarse la posibilidad de que el arrendador pueda volver a alquilar el inmueble en un plazo razonable y por un precio comparable. El tribunal recuerda que, cuando se declara resuelto el contrato -como ocurrió en este caso, ya que el Juzgado de Primera Instancia dio por terminado el acuerdo al haberse trasladado el inquilino a otro local, imposibilitando el cumplimiento- el propietario tiene derecho a ser indemnizado por las ganancias que ha dejado de obtener. La resolución precisa que dicha indemnización debe calcularse conforme a las reglas generales del Código Civil, lo que implica que el juez debe equilibrar el perjuicio sufrido por el arrendador con la realidad del mercado de alquileres de locales. El fallo explica: "En los arrendamientos de uso distinto de vivienda, donde rige la libertad contractual, las partes pudieron fijar las consecuencias de un desistimiento unilateral no justificado. Al no haberlo hecho, deben aplicarse las normas generales, que exigen probar el daño, y en el caso del lucro cesante, valorar las circunstancias concretas". Añade además que, aunque el abandono anticipado supone automáticamente dejar de pagar la renta -lo que causa un perjuicio evidente al casero- no puede asumirse sin más que el local no pudiera volver a alquilarse, en principio por un precio similar, pasado un tiempo razonable desde que el inmueble volvió a manos del propietario. En el litigio analizado, el contrato tenía una duración de ocho años, desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2022. El arrendatario dejó el local en octubre de 2016 -último mes abonado-, pero el Juzgado declaró resuelto el contrato en mayo de 2019. Por ello, el Supremo determina que el arrendador no recuperó efectivamente la disponibilidad del local hasta mayo de 2019, momento a partir del cual podía volver a ofrecerlo en alquiler. Así, fija la indemnización en 19.350 euros, cantidad que incluye los dos meses impagados de 2016, las rentas correspondientes a 2017 y 2018 y los meses entre enero y mayo de 2019. A ello se añade un año adicional considerado razonable para que el propietario reacondicionara el local y encontrara un nuevo arrendatario. De este modo, la cuantía fijada por el Supremo reduce la establecida por los tribunales inferiores, que ascendía a 33.300 euros -equivalente al importe pendiente hasta el final del contrato en 2022-, y la rebaja a 19.350 euros.

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(El Periódico, 26-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El dinero de una cuenta conjunta queda en manos de los herederos tras el fallecimiento y no se podrá sacar el dinero sin su permiso

Se ha convertido en algo muy habitual en los hogares españoles que uno de los miembros de la familia abra una cuenta compartida para gestionar el dinero junto con su pareja, cónyuge o algún familiar. No obstante, el Banco de España aclara ciertas dudas sobre su funcionamiento y las limitaciones que presentan este tipo de cuentas. La institución explica que, si uno de los titulares fallece, el saldo de la cuenta queda bloqueado de manera provisional. Esto se debe a que, tras la muerte de uno de los propietarios, los demás titulares necesitan obtener la autorización de los herederos para poder disponer del dinero. Ahora bien, existe una excepción importante: las llamadas cuentas indistintas. En este tipo de cuentas también puede haber varios titulares, pero las reglas cambian en caso de fallecimiento de uno de ellos. En una cuenta indistinta, los titulares pueden seguir operando con normalidad aun cuando uno de ellos haya fallecido. La diferencia entre ambos tipos de cuentas radica en que, en las conjuntas, cualquier movimiento de dinero requiere el consentimiento de todos los titulares, mientras que en las indistintas cada uno puede operar por su cuenta, lo que implica un mayor riesgo de uso indebido del dinero. En general, los especialistas aconsejan informar siempre al banco cuando muere un titular, ya que esto puede evitar complicaciones legales más adelante. Así, se mantiene un mayor control sobre los fondos y se previenen posibles fraudes o conflictos entre los titulares. Bancos como BBVA ofrecen algunas recomendaciones a la hora de abrir una cuenta por primera vez. Lo primero es definir qué tipo de cuenta se adapta mejor a nuestras necesidades: Cuenta corriente: Es la más habitual y permite operaciones como domiciliar nóminas o recibos, vincular tarjetas, hacer transferencias o ingresar y retirar dinero. Cuenta joven: Similar a la cuenta corriente, pero orientada a personas de una franja de edad específica. Suelen incluir ventajas o promociones para fomentar el ahorro entre los jóvenes. Cuenta remunerada: Proporciona una pequeña rentabilidad por el dinero depositado. Funciona de manera parecida a un depósito, pero permite disponer del dinero cuando se necesite, sin penalizaciones. Eso sí, no permite domiciliar pagos ni asociar tarjetas. Una vez elegido el tipo de cuenta, es fundamental revisar los costes y las condiciones de mantenimiento, para evitar sorpresas con las comisiones bancarias. Finalmente, conviene tener en cuenta otros aspectos, como los servicios adicionales que ofrece la cuenta, la posibilidad de operar mediante banca digital y la calidad del producto, información que puede obtenerse a través de opiniones de expertos, clientes actuales o antiguos usuarios de la entidad.

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(Expansión, 26-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

Los precios de la vivienda subirán un 7,8% en 2026

La crisis de acceso a la vivienda, que según el CIS se ha convertido en la mayor inquietud de la ciudadanía, sigue sin encontrar solución. En un contexto marcado por medidas intervencionistas del Gobierno -como la limitación de los precios del alquiler, ya aplicada en 300 municipios- la oferta disponible continúa menguando mientras la demanda no deja de aumentar. Como consecuencia, el precio de compraventa cerrará el año con un incremento del 13,7% y seguirá subiendo un 7,8% adicional en 2026. Estas conclusiones proceden de las previsiones presentadas ayer por el portal inmobiliario Pisos.com, que también prevé que el coste del alquiler suba un 10,3% en el conjunto de este año. Aunque el mercado del arrendamiento continuará encareciéndose en 2026, los analistas anticipan una desaceleración de 3,5 puntos, situando el crecimiento en un 6,8%. Esta moderación se atribuye al mayor dinamismo en las compraventas de vivienda usada. "Estamos detectando un repunte de los préstamos entre familiares y de las donaciones para facilitar que los jóvenes compren su primera casa y salgan del circuito del alquiler. Este fenómeno impulsa el número de operaciones de compraventa", explicó ayer Ferrán Font, director de Estudios de Pisos.com, durante la presentación del informe de perspectivas. De hecho, sus cálculos apuntan a que este año las operaciones de compraventa crecerán un 10,8%, hasta acercarse a las 710.000. En 2026, el avance sería del 4,9%, alcanzando unas 745.000 transacciones, niveles que no se veían desde 2007, en pleno auge de la burbuja inmobiliaria. El interés creciente de los jóvenes por adquirir vivienda -respaldados económicamente por sus familias- y la continua llegada de inmigrantes refuerzan la previsión de que en 2026 la demanda seguirá muy fuerte. "La capacidad para incrementar la oferta a corto plazo es muy limitada, por lo que, aunque el ritmo de subida podría moderarse tras los máximos históricos registrados en muchas capitales, los precios seguirán al alza", añadió Font. Pese a este trasvase de demanda hacia la compraventa, no se espera una bajada en los alquileres. Según el informe, la oferta de vivienda en arrendamiento se ha reducido a la mitad en los dos últimos años debido a la inseguridad que sienten muchos propietarios y a las restricciones impuestas en diversas ciudades. Como consecuencia, numerosos dueños han optado por retirar sus inmuebles del mercado residencial tradicional y orientarlos a modalidades consideradas más seguras o rentables. Font subrayó que "el 90% de los arrendadores son particulares", un perfil que está sustituyendo el alquiler de larga duración por el temporal, una modalidad que en ciudades como Barcelona ya representa el 28% de las viviendas ofertadas. El desequilibrio entre la escasa oferta y la elevada demanda es, según los expertos, el principal motor del encarecimiento. Los precios ya se sitúan en máximos en gran parte del país, especialmente en las grandes capitales. Mientras el Banco de España estima que harían falta más de 700.000 viviendas para absorber toda la demanda, el año cerrará con apenas 137.939 visados de nueva construcción, un 8% más que en 2024. De cara al próximo ejercicio, las perspectivas apenas mejoran: Pisos.com, a partir de los datos del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, calcula que los visados crecerán un 8,2%, hasta rozar las 150.000 unidades.

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(El País, 26-11-2025) | Mercantil, civil y administrativo

El menú del día alcanza los 14,2 euros de media: el más económico en Canarias, el más caro en Baleares

El precio del menú del día en España ha aumentado un 1,5% de media en bares y restaurantes, situándose en 14,2 euros, según el informe elaborado por Hostelería de España junto con Edenred. El secretario general de Hostelería de España, Emilio Gallego, citado por Europa Press, señala que este incremento supone más bien una "estabilidad" en los precios, ya que el coste de los alimentos y bebidas ha subido bastante más que ese 1,5%, lo mismo que los salarios en el sector, según ha remarcado. El estudio indica que el 40% de los establecimientos ha incrementado su tarifa entre un 2% y un 3%. Un 30% afirma no haberla tocado, un 20% la ha subido en torno a un 1% y un 10% reconoce haber aplicado un alza superior al 4%. Por comunidades autónomas, Canarias ofrece los menús del día más baratos, con un coste medio de 13 euros, seguida de Asturias (13,2 euros), y Andalucía y Murcia (13,4 euros). En el extremo opuesto se sitúa Baleares, donde el precio medio alcanza los 16 euros, seguida del País Vasco (15,8 euros) y Cataluña (15,4 euros). Madrid, por su parte, se coloca en los 14,5 euros. Pese a ello, el informe refleja que Baleares (16 euros), Extremadura (13,7 euros) y País Vasco (15,8 euros) mantienen los mismos precios que el año anterior. Gallego ha alertado de que los locales cuyo negocio se basa especialmente en el menú del día deben gestionar sus recursos con mucha prudencia en el contexto actual. Asegura que están en un momento clave para seguir adelante con garantías. También ha destacado que la oferta de menú del día es muy variada en todo el país. Si bien originalmente estaba pensada para los residentes, en zonas turísticas se ha transformado en una opción atractiva para los visitantes, lo que ha ampliado su público. En este escenario, los establecimientos están ajustando sus propuestas culinarias con alternativas como el medio menú -en auge en los últimos años- o sustituyendo ingredientes por otros más asequibles, lo que explica que en algunas cartas hayan desaparecido productos como los solomillos. Gallego ha advertido de que esta reorganización de la oferta forma parte de las estrategias para hacer frente al aumento de costes, pero aun así algunos locales en barrios periféricos de grandes ciudades como Madrid o Barcelona están cerrando. Además, ha reiterado su preocupación por la falta de mano de obra cualificada en el sector. Los hosteleros temen cómo evolucionará el menú del día en los próximos años, dado que la restauración depende en gran medida de productos frescos y de unos costes de alimentación y bebidas que no dejan de subir. Gallego también ha señalado que en España se cocina cada vez menos y se recurre más a los platos preparados, un segmento en el que los supermercados han encontrado una oportunidad, ampliando su oferta y creando espacios para consumir in situ. Considera que esta tendencia podría suponer un desafío para la hostelería y reclama que todos los actores compitan bajo las mismas condiciones legales. En este sentido, distingue entre las barras de degustación de algunas pastelerías y las zonas habilitadas en ciertos supermercados con mesas y sillas para comer. Afirma que, si ofrecen servicios similares a los de un restaurante, deben cumplir con los mismos requisitos y obligaciones. Por su parte, el director general de Edenred España, Stanislas de Bourgues, destaca que la subida del precio del menú del día este año ha sido "moderada" y que los hosteleros perciben un regreso de los clientes a los locales. Por ello, defiende impulsar el 'Ticket Restaurant' y actualizar su límite de exención diaria, fijado desde 2018 en 11 euros. Edenred insiste en que esta actualización -respaldada por sindicatos y patronales- beneficiaría tanto a trabajadores como a hosteleros y a la Administración Pública, al favorecer la conciliación, reducir la estacionalidad de la demanda y apoyar políticas de bienestar laboral y alimentación saludable, según explica su directora de Asuntos Públicos, Cristina Afán.

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