(El Economista, 29-01-2026) | Laboral

El Ministerio de Trabajo y Economía Social recordó este miércoles que la anulación parlamentaria de la prórroga del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2025 -derivada del rechazo al decreto ómnibus del Gobierno- no tiene efectos sobre los contratos ya en vigor. Estos no pueden ver reducida su retribución ni perder como referencia el salario actual, ni tampoco afecta a los nuevos contratos, que deberán regirse igualmente por el último SMI aprobado, fijado en 1.184 euros.

Así lo recoge el criterio interpretativo publicado por el Ministerio, en el que se aclara el alcance de la derogación sobre los trabajadores que perciben el salario mínimo. El documento establece dos principios fundamentales: por un lado, que la desaparición de la prórroga no altera los salarios ya pactados, al considerarse "contractualizados"; y por otro, que las nuevas contrataciones no pueden fijarse por debajo del salario mínimo vigente en 2025.

Desde el departamento que dirige Yolanda Díaz recuerdan además que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social vela por el cumplimiento de la normativa laboral y por la protección de los derechos de las personas trabajadoras.

Paralelamente, el Ministerio continúa negociando la actualización del SMI para 2026, que contempla una subida del 3,1%, equivalente a 37 euros mensuales. La previsión es que este jueves, en lo que podría ser la última reunión de la mesa de diálogo social, se intente cerrar un acuerdo con sindicatos y organizaciones empresariales. Para facilitar el consenso, el Gobierno ha puesto sobre la mesa incentivos fiscales dirigidos a las empresas, aunque el apoyo de la patronal no se produce desde 2020.

Trabajo también ha recordado que, una vez aprobado, el nuevo salario mínimo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero.

Esta situación no es nueva. Hace justo un año se produjo un escenario similar, cuando la falta de apoyos parlamentarios impidió aprobar la prórroga del SMI de 2024. En aquel momento, el Ministerio publicó un criterio interpretativo para evitar que se aplicaran salarios inferiores al último SMI vigente, entonces fijado en 1.184 euros, siguiendo las mismas directrices que ahora se han vuelto a aplicar.

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