(Expansión, 09-07-2024) | Laboral

Entre las nuevas propuestas que Trabajo presentó ayer a la patronal y a los sindicatos sobre la reducción de la jornada laboral sin recortar el salario, se destaca un notable incremento en las sanciones económicas para las empresas que afecten la salud de los trabajadores por exceder la jornada laboral.

Pérez Rey, el secretario de Estado de Trabajo, explicó que la infracción pasa de ser considerada "grave" a "muy grave". Las sanciones por infracciones en prevención de riesgos laborales son, con diferencia, las más altas. Según el artículo 40 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, una infracción muy grave implica las siguientes sanciones para la empresa: en su grado mínimo, una multa de entre 49.181 euros y 196.745 euros por trabajador afectado; en su grado medio, la sanción varía entre 196.746 euros y 491.865 euros; y en su grado máximo, la multa puede oscilar entre 491.866 euros y 983.736 euros por trabajador perjudicado.

Joaquín Pérez Rey explicó el aumento de las sanciones de la siguiente manera: "El problema de la jornada no es solo ganar bienestar; es que las jornadas excesivas, las jornadas desproporcionadas, el trabajo de sol a sol mata. Lo vemos cuando hay condiciones climáticas adversas, pero también cuando se produce el agotamiento derivado de jornadas excesivas en sectores como el transporte.

Por lo tanto, "el Gobierno también ha propuesto esta agravante en las sanciones cuando los excesos de jornada que incumplen la ley pongan en riesgo directo a los trabajadores de nuestro país".

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