(El Economista, 12-05-2025) | Laboral
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Murcia ha dictado una sentencia que establece que el permiso parental de ocho semanas aprobado en junio de 2023 para el cuidado de hijos menores de ocho años debe ser remunerado. Esta es la tercera sentencia que obliga a las empresas a pagar este permiso, en línea con la Directiva europea sobre conciliación. Sin embargo, el Gobierno aún no ha aprobado una normativa que regule su retribución, a pesar de que la UE exige que sea remunerado desde agosto de 2024.
La sentencia, dictada el 23 de marzo por el juez Lucas Osvaldo Giserman, resuelve el recurso de un empleado público contra la negativa de la Administración de concederle una semana de las ocho de permiso parental para el cuidado de su hija menor de ocho años. El fallo concluye que la negativa no estaba basada en necesidades del servicio, sino en la falta de desarrollo reglamentario sobre la remuneración, sin considerar la posibilidad de conceder el permiso, aunque no fuera remunerado. El juez subraya que la Directiva europea de 2019, que obliga a los países miembros a implementar este permiso, es clara y otorga derechos a los ciudadanos. Además, señala que España no ha cumplido con el plazo para transponer la directiva, lo que lleva a la conclusión de que este permiso debe ser remunerado.
La sentencia también destaca que otros permisos contemplados en el Estatuto Básico del Empleado Público, como los de conciliación de la vida personal y laboral, o por razones de violencia de género o terrorismo, son remunerados, aunque no se mencione expresamente en la normativa.
El fallo remarca la necesidad de un desarrollo reglamentario para detallar varios aspectos del permiso parental, ya que el Real Decreto-ley que lo aprobó especificaba que se disfrutaría "según los términos reglamentarios que se establezcan". No obstante, el juez subraya que el incumplimiento de la transposición de la directiva en España es evidente, especialmente considerando que la concesión del permiso es obligatoria.
Este permiso de ocho semanas fue aprobado por el Gobierno en junio de 2023 con el objetivo de mejorar la conciliación familiar y laboral. Sin embargo, la norma reconocía que la transposición del permiso era parcial, ya que aún falta por aprobar la retribución de este permiso. La Directiva europea obliga a los Estados a pagar estos días de conciliación antes del 2 de agosto de 2024.
El Ejecutivo, por su parte, sigue sin aprobar la remuneración del permiso, que aún está pendiente en el Congreso de los Diputados. El PSOE presentó en febrero una enmienda en el Proyecto de Ley de Función Pública para retribuir estos días, pero la norma aún no ha sido aprobada. Además, el Gobierno tiene la intención de que tanto las empresas privadas como la Administración pública solo remuneren dos de las ocho semanas del permiso. Cabe recordar que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Barcelona ya dictó una sentencia el 28 de noviembre de 2024 estableciendo que este permiso debe ser remunerado. De igual manera, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cuenca falló en el mismo sentido el 27 de enero de 2025.