(Expansión, 19-05-2026) | Fiscal

La Audiencia Nacional ha reprendido a Hacienda por sancionar a la artista sin haber acreditado que residiera en España más de los 163 días constatados en 2011, cuando la normativa exige superar los 183 días para determinar la residencia fiscal. Pese al revés judicial, la Agencia Tributaria prevé llevar el caso ante el Tribunal Supremo.

"Las mujeres ya no lloran, las mujeres facturan", canta Shakira en uno de sus temas más conocidos, donde también lamentaba haberse quedado "con la prensa en la puerta y la deuda en Hacienda". Después de ocho años de batalla judicial, la cantante colombiana ha conseguido una victoria que anula la reclamación tributaria pendiente y puede marcar un precedente relevante para otros rostros conocidos enfrentados al Fisco.

La sentencia fija con claridad el umbral de los 183 días de permanencia en España dentro de un año natural para exigir la tributación como residente fiscal, lo que podría reforzar la posición de otras celebridades inmersas en disputas similares con la Agencia Tributaria. El fallo se suma a otros éxitos judiciales logrados por figuras como Ana Duato o Xabi Alonso, que combatieron las acusaciones fiscales, a diferencia de Leo Messi o Cristiano Ronaldo, que optaron por pactar.

La defensa de Shakira ha estado liderada por José Luis Prada, especialista en derecho tributario y socio director de Prada Tax Advisors. El abogado, antiguo responsable de EY Abogados en Barcelona, creó recientemente su propio despacho centrado en fiscalidad patrimonial, empresarial y procesal. Entre sus clientes figuran compañías del Ibex, filiales de multinacionales, empresas familiares y grandes patrimonios.

Con esta representación, la artista logró que la Audiencia Nacional anulase una reclamación de 55 millones de euros vinculada a supuestos incumplimientos fiscales de 2011, en un fallo que puede limitar la estrategia de Hacienda contra presuntos falsos residentes fiscales. Los magistrados concluyen que el Fisco no logró demostrar que Shakira viviera en España más de 163 días ese año, lejos del mínimo de 183 exigido legalmente.

La resolución deja sin efecto las liquidaciones del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes a 2011, así como las sanciones asociadas, después de que Hacienda y el Tribunal Económico-Administrativo Central consideraran que la cantante debía tributar en España por todas sus rentas mundiales. La decisión judicial elimina además la multa por infracción muy grave, los intereses y obliga a la Administración a asumir las costas. Aunque la cuantía total en disputa rondaba los 60 millones de euros, los técnicos de Gestha estiman que la devolución efectiva sería aproximadamente la mitad, dado que Shakira no abonó la sanción mientras recurría.

Los jueces sostienen que las liquidaciones y sanciones "son contrarias a Derecho" porque parten de la premisa de que la cantante tenía su domicilio fiscal en España en 2011 sin que ello haya quedado probado. La Audiencia recuerda que corresponde a Hacienda acreditar que el contribuyente permaneció más de 183 días en territorio español, tal y como establece la Ley del IRPF. Para ello, la Agencia Tributaria suele realizar investigaciones exhaustivas analizando consumos domésticos, visitas médicas, escolarización de hijos, movimientos bancarios, actividad telefónica o publicaciones en redes sociales.

En el caso de Shakira, sin embargo, los inspectores no consiguieron acreditar 20 días adicionales de permanencia en España y centraron buena parte de su estrategia en cuestionar su residencia en Bahamas y la validez del certificado fiscal aportado. La Audiencia considera irrelevante que Bahamas fuera o no considerado paraíso fiscal en 2011, ya que, según el fallo, la cantante acreditó haber pasado al menos 183 días fuera de España. Tampoco quedó probado que tuviera en España el núcleo principal de sus intereses económicos.

Tras conocerse la sentencia, Shakira aseguró en un comunicado que, después de más de ocho años de "señalamiento público", campañas para destruir su reputación y problemas personales derivados del proceso, la Audiencia Nacional "ha puesto las cosas en su sitio". La artista defendió que "nunca hubo fraude" y que la Administración no pudo demostrar lo contrario.

No obstante, la cantante evitó mencionar que previamente aceptó una condena de tres años de prisión -que no implicó ingreso en la cárcel- y una multa de 7,3 millones de euros por fraude fiscal entre 2012 y 2014, tras reconocer que debía haber tributado en España durante esos ejercicios. Precisamente ese antecedente fue destacado ayer por la Agencia Tributaria, que ya ha pedido a la Abogacía del Estado recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo, donde continuará el enfrentamiento judicial con la artista.

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