(El Periódico, 21-07-2026) | Laboral
La Seguridad Social continúa avanzando en la digitalización de sus procedimientos administrativos con el objetivo de facilitar la realización de trámites por vía telemática. En los últimos años, la mayoría de las gestiones ya pueden efectuarse a través de herramientas como Cl@ve o el certificado electrónico, evitando en muchos casos la necesidad de acudir presencialmente a una oficina.
Un nuevo paso en este proceso llegará el 1 de septiembre de 2026. A partir de esa fecha, las personas que soliciten una prestación por incapacidad temporal, una incapacidad permanente o una indemnización por lesión permanente no incapacitante recibirán las comunicaciones de la Seguridad Social, con carácter preferente, por medios electrónicos.
De este modo, la vía digital pasará a ser el canal principal para estas notificaciones. Los ciudadanos podrán consultar las resoluciones a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social y, además, recibir avisos mediante correo electrónico o mensajes SMS, de acuerdo con los datos de contacto que hayan facilitado.
No obstante, este cambio no supone la desaparición de las comunicaciones en papel. La Administración mantendrá ambos sistemas, aunque en determinados procedimientos dará prioridad a las notificaciones electrónicas, al considerar que un número creciente de ciudadanos dispone de los medios necesarios para acceder a este tipo de comunicaciones.
Para quienes necesiten ayuda con el uso de las herramientas digitales, la Seguridad Social seguirá ofreciendo atención presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), donde los usuarios podrán recibir asistencia para utilizar los servicios electrónicos sin dejar de contar, cuando proceda, con los canales tradicionales de comunicación.