(El Economista, 01-10-2026) | Fiscal
El Boletín Oficial del Estado ha publicado los detalles de la nueva cuenta europea de inversión que pretende impulsar el Gobierno. Una de sus principales ventajas fiscales será la exención de los primeros 10.000 euros de ganancias patrimoniales, siempre que el dinero permanezca en la cuenta durante un mínimo de cinco años. Además, cuando las plusvalías superen esa cantidad, el inversor tampoco tributará por la totalidad de las ganancias, ya que el 20% de las plusvalías adicionales quedará igualmente exento. La aportación máxima estará limitada a 150.000 euros.
La medida pretende incentivar el paso del ahorro a la inversión y movilizar parte del dinero que los hogares españoles mantienen actualmente en depósitos y cuentas a la vista. Se trata de fondos que, en muchos casos, ofrecen una rentabilidad limitada y que pueden perder poder adquisitivo cuando la inflación supera el rendimiento obtenido. Frente a los productos de ahorro tradicionales, la inversión en acciones y otros activos financieros ofrece un mayor potencial de rentabilidad, aunque también implica asumir un nivel de riesgo superior y no garantiza ningún retorno.
El alcance de la ventaja fiscal puede apreciarse en diferentes supuestos. Si una persona aporta 5.000 euros y, después de cinco años, alcanza los 7.000 euros suponiendo una rentabilidad anual del 7%, habría obtenido 2.000 euros de ganancias. Con la fiscalidad actual, tendría que pagar 380 euros aproximadamente en impuestos si retirase las ganancias, aplicando un tipo del 19%. Con la nueva cuenta, esa plusvalía quedaría completamente exenta al encontrarse por debajo del límite de 10.000 euros.
En el caso de una inversión inicial de 24.000 euros, la ganancia también se mantendría por debajo del umbral de exención tomando como referencia el mismo supuesto de rentabilidad, por lo que el inversor tampoco tendría que tributar por ella. Con la fiscalidad vigente, en cambio, tendría que afrontar alrededor de 765 euros en impuestos sobre las ganancias obtenidas.
La diferencia comienza a ser más significativa cuando las plusvalías superan los 10.000 euros. Una inversión de 50.000 euros que alcanzase algo más de 70.000 euros después de cinco años, con una rentabilidad anualizada del 7%, generaría unas ganancias de 20.128 euros. Con la fiscalidad actual, el importe a pagar rondaría los 4.107 euros, al aplicar un 19% a los primeros 6.000 euros y un 21% al resto. Con la nueva cuenta europea, los primeros 10.000 euros quedarían exentos y de los 10.128 euros restantes solo tributaría el 80%, por lo que la factura fiscal se reduciría hasta unos 1.581 euros. El ahorro impositivo sería, por tanto, cercano a los 2.500 euros.
Con la aportación máxima de 150.000 euros, y manteniendo el mismo supuesto de rentabilidad del 7% anual, la inversión podría generar unas plusvalías de alrededor de 60.000 euros en cinco años. En este escenario, el ahorro fiscal superaría los 5.000 euros: frente a una tributación superior a los 13.000 euros con la fiscalidad actual, el importe a pagar con la nueva cuenta se situaría en torno a los 8.300 euros.
En todos estos ejemplos hay que tener en cuenta que el 7% de rentabilidad utilizado es únicamente una hipótesis. Las inversiones no garantizan una determinada rentabilidad y pueden incluso registrar pérdidas, a diferencia de determinados productos de ahorro en los que el rendimiento está previamente establecido. Por ello, el atractivo fiscal de la cuenta no elimina el riesgo asociado a los activos en los que se invierta.
La normativa también contempla un tratamiento específico cuando el titular recupera solo una parte del dinero. En estos casos se aplica una fórmula destinada a determinar qué proporción del importe retirado corresponde a ganancias y cuál a capital aportado. Esto permite calcular también el margen disponible para realizar nuevas aportaciones sin superar el límite de 150.000 euros.
Así, si se hubieran aportado los 150.000 euros y, transcurridos cinco años, el saldo alcanzara los 180.000 euros, existirían 30.000 euros de diferencia respecto al capital inicial. Sin embargo, no todo ese importe se consideraría plusvalía a efectos fiscales. De acuerdo con la fórmula prevista, la ganancia patrimonial sería de 6.000 euros, mientras que los 24.000 euros restantes corresponderían a capital recuperado. En ese momento, quedarían 126.000 euros de aportaciones pendientes de recuperar y, por tanto, existiría un margen de 24.000 euros para realizar nuevas aportaciones hasta alcanzar nuevamente el límite establecido.