(El País, 22-10-2026) | Fiscal
La Junta de Castilla y León ha incluido en el Proyecto de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas para 2027 una reforma del impuesto sobre la afección medioambiental que amplía su aplicación a los grandes parques fotovoltaicos y a las infraestructuras fijas de telecomunicaciones. El tributo, que hasta ahora gravaba las instalaciones eólicas, los embalses hidroeléctricos y las líneas de alta tensión, es la única figura impositiva propia que mantiene la comunidad tras la supresión del impuesto sobre vertederos.
El Ejecutivo autonómico, integrado por PP y Vox y presidido por Alfonso Fernández Mañueco, justifica la modificación por la necesidad de adaptar el gravamen a la realidad actual y extenderlo a actividades que, según el proyecto, generan costes sociales y medioambientales. La inclusión de las instalaciones solares pretende reforzar la neutralidad fiscal entre actividades con una finalidad económica similar y que pueden producir efectos adversos sobre el entorno. La Junta también invoca el principio europeo de «quien contamina, paga» y recuerda que Castilla y León produce más energía renovable de la que consume, aunque soporta parte de los impactos derivados de estas instalaciones.
La nueva regulación busca gravar los efectos visuales y ambientales de los parques eólicos y fotovoltaicos, que pueden alterar el paisaje, la flora y la fauna, además de ocupar terrenos agrícolas y modificar los usos tradicionales del suelo. La obligación tributaria se mantendrá incluso cuando las instalaciones estén fuera de servicio, hasta que sean completamente desmanteladas y se restituya el entorno natural a su estado original.
El gravamen también afectará a determinadas instalaciones de autoconsumo. Quedan fuera del impuesto las placas solares situadas en cubiertas y tejados de edificios, así como las instalaciones sobre suelo que ocupen menos de cinco hectáreas. Sin embargo, las grandes plantas de autoconsumo industrial o agrícola ubicadas en terrenos de mayor superficie deberán cumplir condiciones específicas para conservar la exención.
En las instalaciones de autoconsumo con excedentes que ocupen cinco hectáreas o más, la potencia contratada durante el periodo punta P1 deberá representar, al menos, el 50% de la potencia de generación instalada. Si no se alcanza ese umbral, la Administración podrá considerar que la finalidad principal de la instalación es vender electricidad a la red y aplicar el impuesto íntegro por hectárea.
Castilla y León se suma así a Aragón y La Rioja, otras dos comunidades gobernadas por el PP que ya han establecido gravámenes sobre la energía solar. No obstante, fuentes de la asociación fotovoltaica Unef sostienen que la carga prevista en el proyecto castellanoleonés es considerablemente superior a la de los tributos aprobados en esos territorios.
La reforma también incrementa la tributación de las instalaciones eólicas. El proyecto actualiza las cuantías de los tramos vigentes, que permanecían sin cambios desde 2012, e incorpora dos nuevas tarifas de 14.000 y 16.000 euros por unidad para los aerogeneradores de mayor potencia.
Además, la Junta plantea reducir la exención fiscal del 100% durante los primeros cinco años de funcionamiento, aprobada en 2017. Según la justificación recogida en el proyecto, esta bonificación ha perdido su razón de ser debido al liderazgo de Castilla y León en potencia eólica instalada. Con la reforma, el periodo exento quedaría limitado al año de puesta en marcha y al siguiente. Las empresas podrán reducir el impacto de la subida si acometen proyectos de repotenciación que disminuyan el número de aerogeneradores o realizan inversiones destinadas a combatir la despoblación en los municipios afectados.
En el ámbito de las telecomunicaciones, el proyecto incorpora al impuesto los elementos fijos de las redes de comunicaciones telefónicas o telemáticas. La Junta fundamenta esta decisión en los posibles efectos visuales y ambientales de estas infraestructuras sobre el paisaje y los ecosistemas.
La cuota prevista asciende a 700 euros por cada poste, torre o antena que no esté conectado con otros elementos mediante cables. Las nuevas instalaciones disfrutarán de una exención durante los dos primeros años. Asimismo, quedarán totalmente exentos los nuevos despliegues en municipios rurales de menos de 1.000 habitantes que carezcan de cobertura básica antes de 2027.
La ampliación del impuesto sobre las instalaciones fotovoltaicas tendrá consecuencias económicas para las grandes compañías energéticas y los promotores que operan en la comunidad, entre ellos Iberdrola, Endesa, Naturgy, Solaria, Acciona Energía y Eni. La cuantía se calculará en función de la superficie ocupada por cada planta, tomando como referencia el terreno delimitado por vallas u otros elementos fijos. En las instalaciones flotantes sobre embalses, se atenderá a la superficie de generación.
El proyecto contempla una exención temporal para las instalaciones fotovoltaicas durante el ejercicio en que comiencen a funcionar y el siguiente ejercicio completo. También establece que la recaudación se destinará a financiar programas medioambientales y de eficiencia energética, en lugar de incorporarse a la financiación general.
Por último, las empresas podrán reducir el impacto fiscal mediante una deducción del 20% del importe invertido en programas y actuaciones dirigidos a mejorar el bienestar socioeconómico y combatir la despoblación en los municipios directamente afectados. Esta deducción tendrá como límite el 30% de la cuota tributaria y exigirá que las inversiones se articulen mediante convenios con las entidades locales o con la Administración autonómica.