(El Economista, 08-10-2026) | Laboral

Los sindicatos y las organizaciones sociales que defienden el derecho a la vivienda preparan una huelga general de 24 horas para reclamar medidas a las administraciones públicas y a las patronales. Los trabajadores tienen derecho a secundar este tipo de movilizaciones, amparado por la Constitución y regulado desde 1977 mediante un real decreto-ley. Las empresas no pueden despedir ni sancionar a quienes ejerzan este derecho, aunque sí pueden descontar de la nómina la parte correspondiente a la jornada no trabajada.

La cantidad que dejará de percibir cada trabajador en la nómina de noviembre dependerá de su salario y de su jornada laboral. El descuento incluye las horas que no se hayan trabajado y los complementos salariales asociados, además de la parte proporcional de las pagas extraordinarias y del descanso semanal. En cambio, la huelga no permite reducir los días de vacaciones ni los festivos. Durante el paro, el trabajador pasa a una situación de alta especial en la Seguridad Social, por lo que se suspenden las obligaciones de cotización tanto para el empleado como para la empresa.

El presidente del Registro de Economistas Asesores Laborales, Jesús Bravo, señala que el impacto económico también varía en función de si el empleado trabaja cinco o seis días a la semana. Tomando como referencia el salario medio anual de 29.540,26 euros registrado por el INE en 2024, un trabajador con una jornada habitual de lunes a viernes tendría un descuento aproximado de 113,31 euros brutos por un día de huelga.

En términos netos, la pérdida sería menor debido a que durante esa jornada no se realizan las correspondientes cotizaciones a la Seguridad Social y también se reduce la retención del IRPF. Con una cotización aproximada del 6,5% y una retención del 15%, el trabajador dejaría de percibir alrededor de 89 euros netos en su nómina de noviembre.

Bravo considera que el salario mediano puede ofrecer una referencia más representativa, al situarse en el punto central de la distribución salarial. En 2024 fue de 24.497,17 euros anuales. Para un trabajador con esta remuneración, el descuento por un día de huelga con una jornada de lunes a viernes rondaría los 94 euros brutos.

En el caso de los trabajadores con el salario mínimo, el coste de secundar la huelga sería inferior. El SMI está establecido en 1.221 euros mensuales en 14 pagas, lo que equivale a 17.094 euros brutos al año. Con una jornada de lunes a viernes, un día de huelga supondría dejar de cobrar unos 65,57 euros brutos. Si la jornada se desarrolla de lunes a sábado, el descuento sería de aproximadamente 54,64 euros brutos. La cantidad que finalmente se pierde en la nómina es menor que el descuento bruto, ya que durante la huelga también se interrumpen las cotizaciones a la Seguridad Social y disminuye la retención de IRPF. De este modo, un trabajador que cobre el SMI y secunde un día completo de huelga podría ver reducida su nómina de noviembre en unos 61 euros netos.

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