(Expansión, 03-02-2026) | Laboral
Los funcionarios y empleados públicos contarán en 2026 con un día adicional de asuntos propios, ya que el 15 de agosto, festivo nacional, coincide ese año en sábado. Esta circunstancia genera el derecho a un permiso extra por asuntos particulares, que podrá sumarse a los conocidos "moscosos" en función de la antigüedad de cada trabajador.
Este día adicional beneficiará al personal que presta servicios en la Administración General del Estado y en sus organismos dependientes o vinculados, al tratarse de un festivo nacional no recuperable ni sustituible que cae en un día inhábil para las administraciones públicas. La concesión del permiso extra compensa precisamente esa coincidencia del festivo con un sábado.
La normativa general que regula las condiciones laborales en la Función Pública establece que, cuando una festividad nacional retribuida y no sustituible se celebra en sábado, puede añadirse hasta un día más de permiso por asuntos particulares dentro del mismo año natural.
En este sentido, al tratarse el 15 de agosto de una festividad de ámbito nacional, "corresponde, conforme a la normativa vigente, la incorporación de un día adicional de permiso para el personal incluido en el ámbito de aplicación de la Resolución de 28 de febrero de 2019 sobre jornada y horarios", según ha informado el área de Servicios Públicos del sindicato UGT.
La medida queda recogida en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 27 de enero de 2026, que regula el disfrute de este día adicional de permiso para el año 2026 como consecuencia de la coincidencia en sábado de un festivo nacional no recuperable ni sustituible, tal y como ya contemplaba la Resolución de 28 de febrero de 2019.
Esta última norma, que establece las instrucciones sobre jornada y horarios del personal al servicio de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos, señala en su apartado 9.8 que se podrá incorporar cada año natural, y como máximo, un día adicional de permiso cuando alguna de las festividades laborales nacionales, retribuidas y no sustituibles por las comunidades autónomas, coincida en sábado.