(El Economista, 21-06-2024) | Laboral

Los abogados afirman que los interinos que han acumulado contratos temporales durante años con la Administración tienen derecho a una indemnización, incluso si ya han conseguido una plaza fija. Desde Unive Abogados señalan que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 13 de junio permite a los empleados públicos que hayan sufrido contratos temporales en fraude solicitar una indemnización que podría ser de al menos 20 días por año trabajado, sin límite de mensualidades.

"La sentencia del 13 de junio reconoce expresamente que aquellos que hayan obtenido una plaza en los procesos selectivos también deben ser indemnizados, ya que habrían sufrido un daño debido a la utilización fraudulenta de la temporalidad, daño que no se elimina con la obtención de la plaza definitiva", señala el despacho en un comunicado.

En particular, el fallo europeo indicó que el Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada se opone a una jurisprudencia o normativa nacional que contemple como medidas para sancionar el uso abusivo de contratos de duración determinada "el abono de una compensación económica con un doble límite máximo solo en favor del empleado público que no supere dichos procesos".

El bufete señala que la sentencia considera que el mecanismo actual establecido por la Ley de 2021 para eliminar el uso abusivo de contratos temporales no es suficiente, ya que otorga una indemnización únicamente a aquellos que no superen el proceso de selección y, además, establece una doble limitación a la misma (veinte días por año trabajado con un máximo de doce mensualidades).

Además, recuerda que algunos juzgados españoles ya han reconocido esto basándose en el fallo del TJUE sobre interinos del pasado 22 de febrero. En concreto, el Juzgado de lo Social de Éibar, en dos sentencias del 22 de abril y del 7 de mayo, reconoció indemnizaciones a empleados públicos que ya habían conseguido su plaza fija en el proceso de estabilización, con importes que oscilaban entre los 20.000 y los 40.000 euros, dependiendo del tiempo trabajado como temporales de cada empleado.

Por su parte, Javier Araúz, abogado de los trabajadores e interinos del sector público, señaló la semana pasada tras conocerse el fallo del TJUE que la sentencia "da un varapalo importante al Gobierno de España y al Tribunal Supremo al declarar categóricamente que es contrario a la Directiva una normativa que contempla como medidas sancionadoras el mantenimiento del empleado público afectado hasta la convocatoria y resolución de procesos selectivos, y la convocatoria de estos procesos y el abono de una compensación económica con un doble límite máximo solo en favor del empleado público que no supere dichos procesos".

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