(Expansión, 15-06-2026) | Laboral
La aprobación en el Congreso de los Diputados de la esperada pasarela al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) para los mutualistas ha supuesto un cambio significativo respecto a la propuesta inicial del Gobierno. Tras más de dos años de negociaciones entre el Ejecutivo, los grupos parlamentarios y las asociaciones de afectados, las enmiendas introducidas por el Partido Popular y Junts han ampliado de forma notable el alcance de la medida.
La reforma permitirá que los profesionales integrados en mutualidades alternativas puedan trasladar sus derechos al sistema público de Seguridad Social y acceder a sus prestaciones, especialmente a las pensiones de jubilación, que cuentan con mecanismos de revalorización vinculados al IPC y con garantías de cuantías mínimas que no existen en muchos sistemas mutualistas.
Aunque los detalles definitivos deberán concretarse mediante un desarrollo reglamentario, las modificaciones aprobadas alteran sustancialmente los planteamientos iniciales del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Desde el principio, el Ejecutivo había intentado limitar el impacto económico de incorporar al RETA a los más de 100.000 mutualistas alternativos, profesionales que cotizan a través de sus colegios profesionales en lugar de hacerlo directamente al sistema público.
Sin embargo, el texto aprobado amplía considerablemente el número de beneficiarios potenciales. La posibilidad de acceder a la pasarela ya no dependerá de los años previamente cotizados a la Seguridad Social y, además, se extiende también a quienes ya se encuentran jubilados.
La nueva regulación beneficiará a abogados, procuradores, arquitectos, ingenieros, médicos y otros profesionales adscritos a mutualidades alternativas. Se elimina así una de las principales restricciones previstas inicialmente, que impedía acogerse a la pasarela a quienes ya hubieran acumulado al menos quince años de cotización en alguno de los regímenes de la Seguridad Social.
Uno de los cambios más relevantes afecta a los mutualistas jubilados. Hasta ahora, este colectivo había quedado excluido de cualquier integración en el sistema público. Con la nueva redacción, también podrán solicitar su incorporación. Esta medida responde a las demandas de numerosas asociaciones de jubilados que perciben prestaciones reducidas, en muchos casos de apenas 400 o 500 euros mensuales.
No obstante, la aplicación práctica de esta medida plantea importantes interrogantes. A diferencia de los mutualistas en activo, los jubilados ya están percibiendo prestaciones financiadas con el capital acumulado durante su vida laboral, por lo que el futuro reglamento deberá establecer cómo se articula su eventual acceso a una pensión pública. Entre mutualistas activos y jubilados, la reforma abre la puerta a que más de 120.000 profesionales puedan integrarse en la Seguridad Social. Otro de los aspectos más debatidos durante la tramitación ha sido el denominado coeficiente de conversión, es decir, la fórmula utilizada para transformar las aportaciones realizadas a las mutualidades en años cotizados al RETA.
La propuesta inicial contemplaba un coeficiente del 0,77, lo que suponía reconocer únicamente el 77% del tiempo cotizado en la mutualidad a efectos de la Seguridad Social. Sin embargo, la enmienda finalmente aprobada establece el denominado sistema "uno por uno". De este modo, cada año cotizado en la mutualidad se computará como un año completo de cotización en el RETA.
Esta modificación resulta especialmente favorable para los mutualistas, ya que durante años la normativa solo les exigía aportar un mínimo equivalente al 80% de la base mínima de cotización de los autónomos. Con el nuevo criterio, esas aportaciones se reconocerán como si hubieran alcanzado el nivel completo exigido en el sistema público.
La reforma también introduce cambios para quienes decidan continuar en las mutualidades profesionales. Con el objetivo de reforzar su sostenibilidad y evitar futuras diferencias de protección social, se incrementarán progresivamente las aportaciones mínimas exigidas. Así, las cuotas deberán equivaler al 86% de la base mínima del RETA en 2026, al 93% en 2027 y alcanzar el 100% en 2028, equiparándose plenamente a las cotizaciones mínimas de los trabajadores autónomos integrados en la Seguridad Social.
Asimismo, el texto reconoce expresamente el sistema de equivalencia "uno por uno" para los mutualistas mayores de 55 años, garantizando que cada año de aportación a la mutualidad sea considerado como un año cotizado a efectos del cálculo de la futura pensión de jubilación. Otro de los cambios de mayor alcance afecta al propio modelo de mutualismo alternativo. La propuesta inicial del Gobierno contemplaba su desaparición a partir del 1 de enero de 2028, obligando a todos los nuevos profesionales autónomos a incorporarse directamente al RETA.
Sin embargo, una enmienda impulsada por Junts elimina esta fecha límite y permite que las mutualidades continúen funcionando como alternativa al sistema público. La decisión supone una importante victoria para estas entidades, que mantendrán su actividad más allá de 2028. La nueva normativa establece que el Gobierno deberá realizar antes del 31 de diciembre de 2030 una evaluación sobre la viabilidad y funcionamiento del mutualismo alternativo. A partir de ese análisis se decidirá si resulta conveniente mantener el modelo o avanzar hacia su eventual integración definitiva en la Seguridad Social.
En consecuencia, la reforma no solo amplía el acceso de miles de mutualistas al sistema público, sino que también garantiza, al menos por el momento, la continuidad de un modelo profesional que el Ejecutivo había planteado extinguir en los próximos años.