(El Economista, 09-05-2025) | Fiscal

La Unión Europea ha intensificado su control sobre las multinacionales para garantizar que cumplan con el nuevo impuesto mínimo del 15% en cada país donde operan. Además, exige a las autoridades fiscales de los Estados miembros compartir automáticamente información fiscal sobre estas grandes empresas, con el fin de asegurar que cada país pueda recaudar la parte que le corresponde.

En diciembre de 2024, España adoptó este tributo, que da cumplimiento a una directiva comunitaria, y afecta a grupos empresariales con ingresos superiores a 750 millones de euros. La medida se articula en tres vías: un impuesto complementario nacional que aplica a multinacionales con sede en España para asegurar un mínimo del 15%; un impuesto complementario primario para cubrir posibles déficits fiscales en filiales extranjeras; y un impuesto complementario secundario que afecta a filiales extranjeras radicadas en territorio español. Se estima que unos 830 grupos con actividad en España estarán sujetos a esta normativa.

Recientemente, Bruselas ha aprobado con carácter urgente la directiva DAC 9, que establece un marco de cooperación entre los países de la UE para facilitar el intercambio de información fiscal sobre este nuevo impuesto. Esta normativa, adoptada el 14 de abril, deberá estar implementada en todos los países antes del 31 de diciembre de 2025.

Según esta directiva, las casas matrices de las multinacionales deberán enviar una declaración informativa sobre el impuesto a la Hacienda del país donde están establecidas. Esa información se compartirá, en un plazo máximo de tres meses, con los Estados miembros que tengan interés en los datos por tener filiales de la multinacional en su territorio.

Sin embargo, este sistema de intercambio no entrará en funcionamiento antes del 1 de diciembre de 2026, debido a la complejidad de la aplicación del impuesto. El objetivo es reforzar el control para evitar que las multinacionales esquiven sus obligaciones fiscales mediante la utilización de filiales en otros países, al menos dentro del ámbito comunitario. Así, se busca que todos los Estados puedan comprobar si las filiales establecidas en su jurisdicción cumplen con el pago del impuesto mínimo.

Este impuesto global fue acordado inicialmente por 138 países de la OCDE para combatir la evasión fiscal, aunque naciones clave como Estados Unidos y China han decidido no aplicarlo por ahora. En caso de que la información fiscal intercambiada resulte inexacta, la administración receptora podrá exigir aclaraciones al país emisor. Si no recibe ninguna información, también podrá solicitar directamente la declaración correspondiente a la empresa.

Por último, las declaraciones presentadas por las matrices o por las entidades designadas (siempre que estén en jurisdicciones que cooperen con la UE) deberán ser suficientemente detalladas para que las autoridades fiscales puedan evaluar correctamente los riesgos y determinar la deuda tributaria correspondiente.

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