(Expansión, 29-04-2026) | Fiscal
El Anteproyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública, concebido en un inicio para reforzar la transparencia institucional, ha generado preocupación entre expertos en cumplimiento normativo y prevención del fraude. La razón principal es un cambio profundo en la forma de transmitir participaciones en las Sociedades de Responsabilidad Limitada, que podría debilitar los mecanismos de control que actualmente sitúan a España entre los países más avanzados en la identificación de los verdaderos propietarios de las empresas.
Hasta ahora, cualquier modificación en la titularidad de una sociedad limitada debía formalizarse en un documento público, lo que aseguraba la intervención de un tercero independiente encargado de verificar la identidad de las partes y la legalidad de la operación. La propuesta normativa, sin embargo, plantea que estas transmisiones se realicen mediante documentos privados. Según distintos análisis técnicos, este cambio podría favorecer la opacidad y facilitar el uso de testaferros.
El principal riesgo radica en que el documento privado no cuenta con un control externo en el momento de su firma. Al desaparecer la obligación de intervención de una autoridad que dé fe del acto, se abre la puerta a prácticas como la manipulación de fechas o la ocultación de la identidad real de los propietarios. Casos previos han demostrado que este tipo de instrumentos puede emplearse para encubrir la titularidad efectiva de participaciones con fines ilícitos.
Además, la reforma introduce un cambio relevante: la condición de socio no se adquiriría en el momento de la compra, sino cuando la operación quede inscrita en el Registro Mercantil. Esto podría generar una situación de incertidumbre jurídica, ya que una persona podría haber pagado por su participación sin ser reconocida formalmente como socio hasta que se complete el trámite registral. Este desfase, unido a la falta de verificación inicial, dificulta el trabajo de las autoridades en la investigación de delitos económicos.
En la actualidad, España dispone de uno de los sistemas más sólidos a nivel internacional para identificar a los titulares reales de las empresas, gestionado a través de un órgano creado por el Consejo General del Notariado en 2005. Este mecanismo permite a organismos como la Agencia Tributaria, las fuerzas de seguridad y las autoridades de prevención del blanqueo acceder a información fiable y actualizada. Solo en 2025 se solicitaron miles de documentos para investigar posibles delitos financieros.
La reforma podría afectar negativamente a esta eficacia, ya que la información pasaría a basarse en declaraciones privadas sin verificación previa, lo que reduciría la calidad de los datos disponibles. De hecho, ya se han detectado altos niveles de error en registros que no proceden de documentación pública contrastada, con problemas como la falta de identificación de los verdaderos titulares o la asignación de propiedades a entidades inexistentes.
La Agencia Tributaria es uno de los organismos que más utiliza esta información para rastrear operaciones sospechosas. Sin el respaldo de documentos públicos, se vería limitada la capacidad de seguir el rastro del dinero y de detectar actividades de riesgo con rapidez.
Por último, la propuesta entra en contradicción con las recomendaciones de la Unión Europea y de organismos internacionales, que abogan por reforzar la transparencia, especialmente en empresas no cotizadas, mediante controles más estrictos y la intervención de autoridades que garanticen la veracidad de las operaciones.