(El Mundo, 27-02-2026) | Laboral

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha comunicado la incorporación de 11 nuevas enfermedades al listado que permite adelantar la edad de jubilación hasta los 56 años. Esta ampliación alcanzará a cerca de 50.000 personas con un grado de discapacidad igual o superior al 45 %, que podrán acceder a la jubilación anticipada sin merma en el importe de su pensión.

Las patologías que se suman son: espina bífida, amiloidosis por transtiretina variante, párkinson, distrofia miotónica tipo 1 (enfermedad de Steinert), enfermedad de Huntington, enfermedad renal crónica en estadio 5, esclerosis sistémica, lesión medular, degeneración corticobasal, atrofia multisistémica y parálisis supranuclear progresiva.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, subrayó que se trata de "una medida de justicia para miles de personas que conviven con enfermedades graves que afectan de forma intensa a su vida diaria y que precisan anticipar su jubilación para situarse en condiciones similares al resto de trabajadores".

Esta modificación se llevará a cabo mediante la actualización del anexo del Real Decreto 1851/2009, norma que desarrolla el artículo 161 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Para poder acogerse a esta jubilación anticipada, será necesario encontrarse en situación de alta o asimilada al alta en el momento del hecho causante, así como acreditar un mínimo de 15 años cotizados, de los cuales al menos 5 deberán haberse realizado estando afectado por alguna de las patologías incluidas, con un grado de discapacidad igual o superior al 45 %.

Asimismo, el tiempo en el que se adelante la edad de jubilación se considerará como cotizado a efectos de determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora, que es el elemento utilizado para calcular la cuantía final de la pensión de jubilación, según ha precisado el propio Ministerio.

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