(Expansión, 16-06-2026) | Mercantil, civil y administrativo
La cuenta atrás para la plena aplicación del reglamento europeo sobre criptoactivos, conocido como MiCA (Markets in Crypto-Assets), entra en su fase decisiva. El próximo 30 de junio finalizará el periodo transitorio establecido para que las empresas del sector adapten su actividad a la nueva normativa comunitaria.
Ante la proximidad de esta fecha, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha lanzado una advertencia dirigida tanto a los inversores como a los proveedores de servicios relacionados con criptoactivos. El organismo recuerda que, a partir del 1 de julio, únicamente podrán operar en España aquellas entidades que hayan obtenido la autorización exigida por la regulación europea.
El supervisor recomienda a los usuarios extremar la precaución y evitar realizar operaciones con plataformas o proveedores que no hayan completado el proceso de autorización. Estas entidades quedarán fuera del marco de supervisión previsto por MiCA y, por tanto, sus clientes no dispondrán de las garantías y mecanismos de protección contemplados por la normativa.
La CNMV también ha instado a los proveedores que no vayan a conseguir la autorización antes de la fecha límite a poner en marcha planes de migración para sus clientes. Estos procedimientos deberán permitir que los usuarios puedan retirar sus criptoactivos hacia otras direcciones o transferir sus fondos a cuentas bancarias, garantizando en todo momento la seguridad de las operaciones y el cumplimiento de la normativa de prevención del blanqueo de capitales.
Otra de las alternativas contempladas consiste en alcanzar acuerdos con entidades que sí cuenten con autorización para prestar servicios sobre criptoactivos. En estos casos, los clientes podrían aceptar el traslado de sus activos a la nueva plataforma y continuar operando una vez completados los correspondientes procesos de identificación y verificación.
El regulador considera fundamental que las empresas afectadas mantengan una comunicación transparente con sus usuarios, informándoles con antelación suficiente sobre los plazos, procedimientos y opciones disponibles durante el proceso de transición.
Asimismo, los planes de migración deberán incluir un periodo razonable para que los inversores puedan retirar sus fondos o activos digitales. Una vez concluido dicho plazo, los criptoactivos y el efectivo que permanezcan sin movilizar podrán ser transferidos a entidades debidamente autorizadas, siempre con la correspondiente notificación a los clientes afectados.
La entrada en vigor definitiva de MiCA supone un cambio relevante para el ecosistema de los criptoactivos en Europa, al establecer un marco regulatorio común destinado a reforzar la transparencia, la protección de los inversores y la supervisión de un sector que hasta ahora operaba con importantes diferencias normativas entre países.