(Cinco Días, 02-09-2026) | Mercantil, civil y administrativo
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha pedido este martes a empresas y organizaciones que registren sus alias comerciales antes del 15 de septiembre de 2026 para evitar que las compañías de telecomunicaciones bloqueen la identificación de sus mensajes SMS, MMS y RCS. El objetivo de esta medida es comprobar que los remitentes son legítimos y reforzar la lucha contra las estafas basadas en la suplantación de identidad. Las entidades disponen así de apenas 15 días para completar el proceso antes de que comience a aplicarse el nuevo sistema de filtrado.
Según fuentes del sector, las grandes empresas de servicios, compañías energéticas, bancos, aseguradoras y operadores de telecomunicaciones ya han registrado mayoritariamente sus denominaciones en el registro habilitado para ello. La situación es diferente entre las pequeñas y medianas empresas y los autónomos, donde el grado de inscripción es mucho menor. Entre las razones apuntadas figuran el desconocimiento de las nuevas obligaciones y las dificultades para gestionar adecuadamente sus canales de comunicación.
La regulación alcanza a todas las entidades que utilizan identificadores alfanuméricos para enviar comunicaciones informativas o transaccionales a sus clientes, como nombres comerciales, denominaciones sociales o dominios de internet, en lugar de una numeración telefónica convencional. Entre los colectivos afectados se encuentran comercios, empresas de transporte, proveedores de servicios sanitarios y organismos de la Administración pública, que deberán realizar el trámite si quieren seguir mostrando su identidad comercial en los dispositivos de los destinatarios.
Desde el 15 de septiembre, las operadoras bloquearán los SMS, MMS y RCS enviados mediante alias que no figuren en el Registro de Alias de la CNMC. También deberán impedir la llegada de mensajes identificados procedentes de operadores que no estén registrados en el sistema. Las empresas que no hayan completado el trámite podrán seguir comunicándose electrónicamente con sus clientes, pero sus mensajes se enviarán utilizando únicamente una numeración telefónica convencional y dejarán de mostrar el alias corporativo.
El nuevo procedimiento administrativo tiene su origen en la Orden Ministerial aprobada el pasado 12 de febrero y en la Circular de la CNMC de 18 de marzo. Ambas disposiciones establecen las condiciones técnicas, los formatos y los mecanismos necesarios para vincular los identificadores alfanuméricos con sus respectivos remitentes dentro del Plan Antiestafas impulsado por el Gobierno. De esta manera, los operadores pueden comprobar que la identidad que aparece en pantalla pertenece realmente a la compañía responsable de la comunicación.
El regulador también ha recomendado a las entidades que hayan recibido comunicaciones oficiales solicitando su inscripción que respondan con suficiente antelación para evitar posibles interrupciones en sus comunicaciones comerciales o informativas. En cualquier caso, las empresas que no completen el registro antes del 15 de septiembre podrán realizarlo posteriormente y recuperar así la posibilidad de enviar mensajes utilizando sus identificadores corporativos.